EDUCACIÓN Y SOCIEDAD.
Prácticas del módulo II de
educación y sociedad. 2º MAGISTERIO A.
Elena Redondo Crespo.
10/05/2016
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PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD.
Apellidos, Nombre Redondo Crespo, Elena.
Titulación Magisterio Primaria Grupo 2ºA Curso académico 2016
Autoevaluación Práctica I – Puntuación: 0,6 (0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos. según
corresponda)
Práctica 2a:
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco
legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de
Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de
10 de dic. de 2013)
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de
julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI
Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa
y profesional).
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o
Primaria según corresponda a la titulación que cursa).
LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de
dic. de 2013)
Preámbulo II:
La realidad familiar, en general y en particular en el ámbito de su
relación con la educación, está experimentando profundos cambios. Son
necesarios canales y hábitos que nos permitan restaurar el equilibrio y la
fortaleza de las relaciones entre alumnos, alumnas, familias y escuelas. Las
familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello
el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus
decisiones. Son de destacar los resultados del trabajo generoso del
profesorado, familias y otros actores sociales, que nos brindan una visión
optimista ante la transformación de la educación a la que nos enfrentamos, al
ofrecernos una larga lista de experiencias de éxito en los más diversos
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ámbitos, que propician entornos locales, en muchos casos con proyección
global, de cooperación y aprendizaje.
Artículo 20: Tutoría.
1. La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de
la función docente y serán competencia de todo el profesorado,
canalizada y coordinada a través del tutor.
2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual
y colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en
la vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de
aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución
académica.
Artículo 21: Tutores.
1. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será
asignado por el director a propuesta del jefe de estudios. La tutoría
recaerá preferentemente en el maestro que imparta mayor número de
horas lectivas semanales a dicho grupo. Además del anterior, en
determinadas ocasiones, se pondrá nombre un tutor ayudante que
colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo
con lo que se establezca en las normas de organización y
funcionamiento del centro.
2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos,
duramente el primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista
causa justificada y motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá
la permanencia del mismo tutor en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º.
3. El tutor coordinará el trabajo del equipo decente del
grupo de alumnos tutorizados y mantendrá una relación permanente y
de mutua colaboración con sus familias. Para ello establecerá a lo largo
del curso escolar un número mínimo de tres reuniones con el conjunto
de padres del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de
evaluación trimestrales, y una individual con los padres de cada
alumno.
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4. Son funciones de los tutores:
a) Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las
actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y
pudiendo contar, para ello, con la colaboración del orientador del
centro.
b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos con su
grupo.
c) Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para
proceder a la adecuación personal del currículo.
d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar
la participación en las actividades del entorno.
e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades
educativas. f) Colaborar con el orientador del centro en términos que
establezca la jefatura de estudios.
g) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
h) Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del
alumnado, a los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo
aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el
rendimiento académico.
i) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los
padres de los alumnos.
j) Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del
profesorado del centro, en los períodos de recreo y en las actividades
no lectivas.
5. Los tutores serán coordinados por el Jefe de estudios,
mantenimiento las reuniones que sean precisas, con la finalidad de la que la
acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas.
Artículo 132: Competencias del profesor.
Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con
organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un
clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones
propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y
alumnas.
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LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Preámbulo:
El principio del esfuerzo, que resulta indispensable para lograr una
educación de calidad, debe aplicarse a todos los miembros de la comunidad
educativa. Cada uno de ellos tendrá que realizar su contribución específica.
Las familias habrán de colaborar estrechamente y deberán comprometerse
con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida de los centros docentes.
Artículo 99: Funciones del profesorado.
1. La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su
aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las
familias.
2. La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en
colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
3. La información periódica a las familias sobre el proceso de
aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación
en el mismo.
Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I
Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad
de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
Artículo 22: El papel de las familias.
Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso
educativo y actuando en colaboración con el profesorado como miembros de
la comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.
Artículo 23: Participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padres y madres y los tutores/as legales tienen
derecho a elegir y participar en la definición del modelo educacional de
sus hijos/as o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a
participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en
la Ley 3/2007, del 8 de marzo, de Participación Social en la educación y
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lo estableció en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación.
2. La consejería competente en materia de educación
impulsará programas de formación de las familias o tutores legales
para mejorar su papel como educadores y para contribuir a una
colaboración más efectiva en la educación de sus hijos/as y sus
pupilos/as.
3. La consejería de Gobierno desarrolla los derechos y
deberes de las familias del alumnado en tanto que miembros de la
comunidad educativa, incluidos los que les reconoce la Ley Orgánica
8/1985 de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y regulará
y garantizará su ejercicio.
Artículo 24: Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras
legales.
Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se
sustentan en el derecho a la educación de su hijos/as y su pupillos/as y a que
estos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus
propias convicciones.
Artículo 25: Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
1. Los deberes de los padres y madres o tutores/as legales
se sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto
educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y
la contribución al desarrollo educativo de su hijos/as y su pupilos/as.
2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las
familias o tutores legales de compromiso orientados a la mejora del
estudio y la convivencia de su hijos/as o su pupilos/as.
Artículo 26: Asociaciones de madres y padres del alumnado.
1. Los padres y madres o tutores/as legales del alumnado
matriculado en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 8 de marzo, de Participación Social en
la Educación y demás normativa vigente.
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2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de
alumnos/as serán los que se establezcan en el artículo 27 de la Ley
3/2007 de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación.
Artículo 27: Medidas de fomento del asociacionismo.
1. La consejería competente en materia de educación
fomentará la creación y desarrollo de asociaciones, federaciones y
confederaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado.
2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado y sus
federaciones y confederaciones, deberán inscribirse en el Registro de
entidades colaboradoras de la enseñanza, al que se hace referencia en
el artículo 135,5 de la presente Ley, de acuerdo al procedimiento
reglamentario que se establezca.
3. La consejería competente en materia de educación
impulsará campañas informativas, de manera directa y a través de los
medios de comunicación, en colaboración con las federaciones y
confederaciones de madres y padres, para dar a conocer sus derechos
y deberes.
Artículo 28: La participación de las familias en los consejos escolares.
Las familias tienen el derecho y el deber de participar.
Artículo 29: La colaboración de las familias.
Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de
forma voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas
educativas, no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la
convivencia y el aprendizaje.
Artículo 161: Organización.
1. La orientación educativa y profesional se desarrolla
mediante:
a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes
no universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la
coordinación de los equipos docentes.
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b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las
estructuras específicas de orientación en los centros docentes que
forman parte del servicio público educativo, y los profesionales
adscritos, en su caso, a la red de formación en las zonas rurales.
c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de
los profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería
competente en materia de educación determine.
2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la
orientación en lo referido a la organización interna de la misma, las
estructuras y responsables, la integración con las actividades de apoyo, la
cooperación con otras actuaciones de asesoramiento y la colaboración con el
entorno para obtener la mejor atención educativa.
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha.
Dentro del Decreto 68/2007 de 29 de mayo, observamos el siguiente
análisis:
Anexo III. Orientaciones para el desarrollo de los procesos de
enseñanza y aprendizaje.
3. La tutoría.
La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla la tutora o tutor
del alumnado, con sus familias y con el resto de maestras y maestros que
imparten docencia a un mismo grupo de alumnas y alumnos de acuerdo a lo
establecido en el artículo 10 de este Decreto. Su contenido, planificación,
desarrollo y evaluación son asesorados por el responsable de orientación del
centro.
La tutora o tutor los nombra el responsable de la dirección de acuerdo
con lo establecido en las Normas de convivencia, organización y
funcionamiento del centro de entre aquellas y aquellos que cumplen con el
criterio de impartir docencia al grupo de alumnas y alumnos al menos, en una
de las áreas lingüísticas, las matemáticas, el conocimiento del medio (ciencias
sociales y naturales) y la hora de lectura.
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3.1 La tutoría con el alumnado.
La tutora o el tutor incluyen dentro del horario del grupo de alumnas y
alumnos que tutorizan, un tiempo semanal para desarrollar tareas propias de
orientación y seguimiento del conjunto de procesos de enseñanza y
aprendizaje y actividades que contribuyan al desarrollo de las habilidades
propias de la competencia social y cívica, de la competencia para aprender a
aprender y de la competencia de autonomía personal.
En su programación se ha de tener cuenta que:
1. Las competencias clave se desarrollan a través del contenido y la
metodología de las áreas; de la práctica de las Normas de convivencia,
organización y funcionamiento del centro; y de las actividades
extracurriculares.
2. Es necesario incorporar a los procesos de enseñanza y aprendizaje
contenidos relativos al autoconcepto, el desarrollo de una autoestima positiva;
habilidades sociales y estrategias para el trabajo en equipo, prácticas de
mejora de hábitos de estudio; estrategias de autoconomiento; información y
entrenamiento en toma de decisiones para facilitar la transición en el paso de
ciclo y etapa; y estrategias para el desarrollo del pensamiento creativo e
innovador.
3. La tutoría tiene como momentos claves el paso de educación infantil
a primaria y de ésta a secundaria. En el primero de los pasos es necesario
mantener estrategias metodológicas asociadas a la asamblea para facilitar la
incorporación gradual a la clase, evitando generar conflictos. En el segundo,
se hace imprescindible diseñar actividades que vayan adelantando respuestas
para facilitar la posterior adaptación.
4. Junto a la respuesta al grupo, la tutora y el tutor tienen la
responsabilidad de una manera individualizada al alumnado de su grupo. El
centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que faciliten esa
relación con el alumnado y su familia.
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3.2 La tutoría con las familias:
La tutora o el tutor son los mediadores entre el centro y la familia y los
encargados de garantizar un proceso de intercambio continuado sistemático,
que comienza con el nuevo curso y continúa al finalizar cada trimestre.
Este proceso se ha de alimentar y enriquecer a lo largo del curso a
través de las sesiones de presentación, de las entrevistas de recogida de
información y la entrega de la información sobre los resultados escolares
como vías habituales. Asimismo contribuye de forma positiva a su desarrollo
la organización de procesos formativos y participativos como las Escuelas de
Padres y madres, la intervención de las familias en el desarrollo del currículo, a
través de la elaboración de materiales, la agenda escolar del alumnado y la
participación directa como responsables de talleres o con acciones puntuales.
3.3 La tutoría como coordinación del equipo docente:
Corresponde a la tutora o el tutor coordinar la intervención educativa
del conjunto del profesorado. Dentro de esta responsabilidad está el asegurar
que todo el profesorado tiene una información suficiente del grupo y de la
problemática de cada uno de ellos, así como de que existe un acuerdo a la
hora de abordar las líneas básicas de comportamiento con el grupo.
La responsabilidad no queda reducida a coordinar el intercambio en las
sesiones de evaluación y a las tareas de registro y calificación, pues este
proceso se continúa con la toma de decisiones sobre medidas que
contribuyan a resolver problemas concretos y a dar respuestas a las
necesidades poniendo en marcha estrategias de atención a la diversidad.
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Práctica 2b:
Tras el visionado del video:
https://www.youtube.com/watch?v=dA1ogXCwHmI
"La comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una
tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una
breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal
en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
El video está enfocado a la relación que se acontece entre la familia y la
escuela, habiendo una comunicación entre ambos.
El video presenta dos tipos de comunicación:
La comunicación verbal.
La comunicación no verbal.
El contexto.
Además, presenta tres modelos de comunicación y de relación:
Modelo agresivo.
Modelo asertivo.
Modelo inhibido.
Tal y como se puede observar, es muy importante la comunicación
entre la familia y la escuela, ya que es primordial para una educación
completa.
En la comunicación no verbal que se pone como ejemplo, el profesor
recibe de pie a la madre y no la propone que siente, por lo que se quedan
tanto la madre como el tutor de pie. Tanto la madre como el tutor, tienen un
tono de voz alto y se interrumpen constantemente, por lo que no se
escuchan y no se crea un clima cálido. Además no existe dialogo entre ellos
dos y no se llegan a acuerdos.
Esto es una muestra de que es importante el tono de voz, los gestos, la
postura del profesor, de la madre, etc.
Por otro lado se encuentra la comunicación verbal, ejemplo que nos
sirve a nosotros como futuros profesores para saber cómo debemos tratar
con los padres de nuestros alumnos. Es importante que seamos
comprensibles con ellos, que intentemos llegar siempre a un acuerdo mutuo
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que nos favorezca a nosotros, a los padres y sobretodo, y lo más importante
a nuestro alumno, por lo que tendremos que tener una relación más cercana.
En mi opinión, la relación familia – escuela es imprescindible para
favorecer al alumno. Hay que tener presente que los alumnos son lo más
importante y tenemos que trabajar unidos para favorecer su educación, por lo
que si la relación es cordial entre el tutor y la familia y hay una participación
activa en la educación del alumno, dará numerosos beneficios al alumno.
Práctica 2c:
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos.
Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.
CAUSAS:
- Algunos colegios ven a la familia como un impedimento
para el funcionamiento de los colegios.
- Familias que presentan un menor nivel de estudios.
- Nivel económico más bajo y que destinan menos recursos
a la educación de sus hijos.
- Padres jóvenes.
- Nacionalidad de origen extranjera.
- En esta época, los padres trabajan más horas para poder
sostener a su familia, por lo que la mayoría de las veces no pueden
asistir a las tutorías.
- Algunos padres se desentienden de lo que ocurra en el
colegio ya que piensan que el profesor es el encargado de la
educación del alumno, es decir, tienen una función pasiva.
PROPUESTAS Y MEDIDAS:
- Actividades de formación para un desarrollo más eficaz de
la familia por parte de profesionales.
- Las familias deben apoyar y ayudar en casa a sus hijos,
mediante el acompañamiento y la supervisión de la vida escolar de sus
hijos. (López Rupérez, 2014)
- Las familias deberán tener un clima de confianza con el
profesorado para llegar a acuerdos que beneficien al alumno. (López
Rupérez, 2014)
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- Los centros educativos deberán favorecer espacios, apoyo
y asesoramiento adecuados para las familias. (López Rupérez, 2014)
- Los centros educativos y su personal docente y no
docente deberán contribuir a un clima cooperativo para que haya una
relación favorable entre familia y centro. (López Rupérez, 2014)
- El tutor deberá citar a todos los padres que conozcan el
progreso de su hijo.
- Crear un blog/foro en Internet para informar de las
noticias del centro y a su vez, los padres que puedan realizar sus
aportaciones pertinentes.
- Realizar actividades extraescolares donde participe el
centro, docentes, alumnos y familias, para crear un vínculo entre ellos.
Práctica2d:
Programación de una actividad con padres en formato de presentación
audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,... ). Tras la visión de los ejemplos que
incluye la plataforma en relación a actividades de participación de padres en
aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una
propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar
talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres
tengan que trabajar de forma coordinada.
http://es.slideshare.net/eleniitacrespo/las-profesiones-de-nuestros-
padres
BIBLIOGRAFÍA.
López Rupérez, F. (2014). La participación de las familias en la educación escolar.
Mirando al futuro. 1st ed. Madrid: Secretaría General Técnica. Disponible en:
http://www.mecd.gob.es/dctm/cee/publicaciones/estudioparticipacion/webmi
randofuturocee.pdf?documentId=0901e72b81b57bbd [Acceso el día 6 de
mayo de 2016].
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