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personas físicas con actividad empresarialPráctica integral de pagos de IETU, ISR, IVA e IDE
C.P. Gregorio Fuentes García
Al maestro Jaime Valls Esponda, rector de la UNACH, por su brillante conducción de nuestra máxima casa de estudios en Chiapas
IntroducciónLa mayoría de contribuyentes en nuestro país siempre han argumen tado la complejidad de las disposiciones fiscales en los pagos de impuestos que realizan por concepto de los impuestos sobre la renta (iSR), al valor agregado (iVA) y empresarial a tasa única (iETU), que son los más comunes y se calculan mensual-mente, además del impuesto a los depósitos en efectivo (idE), causado y retenido principalmente por las instituciones de crédito que forman parte del sistema financiero en nuestro país.
En los últimos meses, organismos multinacionales como la Organización para la Cooperación y desarrollo Económicos (OCdE) han realizado análisis y recomendaciones a nuestro país a fin de elevar la recaudación tributaria, pues México, según ellos, se encuentra en los últimos lugares en recaudación de impuestos en relación con los países integrantes de dicho organismo. Ante la muy probable reforma fiscal que presentará el Ejecutivo de nuestro país en el segundo semestre de este año y en el marco del Pacto por México, firmado por las dirigencias de los tres prin-cipales partidos políticos (PAN, PRi y PRd), hay voces autoriza-das de especialistas en materia fiscal, organismos empresariales, colegios profesionales, entre otros, que han externado en diferen-tes foros que no solamente se trata de incrementar la recaudación tributaria y de aumentar la base de contribuyentes, sino de imple-mentar un esquema fiscal más sencillo,
Técnico en contabilidad y administración por el Instituto Técnico del Pacífico. Contador público y auditor por la Facultad de Contaduría Pública de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Maestrante en impuestos por el instituto de Estudios Universitarios, Campus Tuxtla Gutiérrez. docente en la Universidad Salazar, Campus Tonalá. docente de asignatura en la Universidad Autónoma de Chiapas, Campus iX, Tonalá. Consejero Electoral Propietario en el instituto Federal Electoral designado para las Elecciones Federales 2012 y 2015 en el distrito 07 con sede en Tonalá, Chiapas.
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Es por ello que hemos preparado esta práctica integral, prin-cipalmente dirigida a las pequeñas y medianas empresas (Pymes), en la cual encontrarán conceptos básicos para determinar los impuestos ya mencionados. Seguramente estas disposiciones fiscales estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de este año, sin profundizar en la parte técnica, pues el objetivo de la misma es que el contribuyente comprenda y aplique de manera sencilla, lo siguiente:
• Pagos provisionales del ISR por el ejercicio fiscal 2013.• Pagos provisionales del IETU por el ejercicio fiscal 2013.• Pagos definitivos del IVA por el ejercicio fiscal 2013.• Cálculo del IDE por el ejercicio fiscal 2013.• Acreditamiento del ISR contra el IETU.• Acreditamiento del IDE contra el ISR propio y retenido a ter-
ceros.• Compensación del IDE contra el IVA.
Caso prácticoEl señor Alberto Ceballos Méndez inició operaciones el día 1 de enero del año 2013, con Registro Federal de Contribuyentes (RFC) CEMA-620901dA3, su actividad principal es la comercialización de material eléctrico y de ferretería en general, tiene su domicilio fiscal en Tonalá, Chiapas, y tributa para efectos del iSR en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (Sección i del Capítulo ii del Título iV de la LiSR).
Por su actividad, 70% de sus ventas las realiza de contado con el público en general, cobrándolas y depositándolas en efectivo en una sola cuenta de cheques que aperturó en una sucursal bancaria, también acepta cheques por sus ventas de contado; cuenta con terminal punto de venta con el objeto de aceptar pagos con tarjetas de crédito y dé-bito de sus clientes. También efectúa depósitos en efectivo por el cobro que realiza por ventas a crédito, asimismo, algunas dependencias de gobierno le realizan sus pagos vía transferencia electrónica de fondos.
Datos supuestos que servirán de base para realizar la práctica
Ingresos
Los ingresos obtenidos por esta persona física, correspondientes al ejercicio fiscal 2013, son los que se presentan (veáse cédula 1 al final del artículo).
Retenciones de ISR a terceros
Este concepto está integrado por las retenciones de iSR que la per-sona física efectúa como patrón a sus trabajadores por concepto de
salarios, cuyo importe de enero a diciembre del ejercicio fiscal 2013, es por la cantidad de $736.55 por cada uno de los meses de dicho ejercicio.
Datos para realizar el cálculo del IDE
Los depósitos efectuados a su cuenta bancaria, según estados de cuenta del banco, correspon-dientes de enero a diciembre de 2013, se muestran de manera concentrada en la cédula 2 (veáse cédula 2 al final del artículo).
Mecánica de cálculo del IDE
Las personas físicas en términos del artículo 1 de la Ley del impues-to a los depósitos en Efectivo (LidE) están obligadas al pago de este impuesto, por todos los depó-sitos en efectivo, ya sea en mone-da nacional o extranjera, que efectúen en sus cuentas bancarias, aperturadas a su nombre en cual-quier institución financiera.
El cálculo del impuesto lo reali-zarán aplicando la mecánica si-guiente:
lLa mayoría de contribuyentes en nuestro país siempre han argumen tado la complejidad de las disposiciones fiscales en los pagos de impuestos que forman parte del sistema financiero en nuestro país
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Concepto importe
Total de depósitos en efectivo $350,000.00
(–) depósitos en efectivo exentos* 15,000.00
(=) Base gravable $335,000.00
(×) Tasa de impuesto** 0.03(=) idE causado y retenido*** $10,050.00
* de conformidad con lo señalado en la fracción iii del artículo 2 de la LidE, no pagarán el impuesto (exentos) los depósitos en efectivos hasta por un monto de $15,000.00 que las personas físicas depositen en sus cuentas bancarias en cada uno de los meses del ejer-cicio.
** La tasa de impuesto de 3% que se aplica a la base gravable, es de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la LidE.
*** El impuesto causado y retenido deberán efectuarlo las instituciones del sistema financiero, el último día del mes correspondiente, como lo estipula la fracción i del ar tículo 4 de la LidE.
No existe en los 13 artículos y disposiciones tran-
sitorias de los cuales consta la LidE disposición al-guna que exente de este gravamen a los depósitos en efectivo de impuestos trasladados, por ejemplo, el iVA, por tanto, deberá pagarse el idE cuando se deposite en efectivo el importe de la venta con el iVA incluido.
Es necesario recalcar que no todos los depósitos están afectos al pago del idE. El artículo 1 de la LidE señala expresamente cuáles no se considerarán depósitos en efectivo, siendo aquellos que se efectúen a favor de personas físicas y morales en las siguien-tes formas:
• Transferencias electrónicas de fondos.• Traspasos de cuentas.• Títulos de crédito, por ejemplo, el depósito con
cheques.• Cualquier otro documento pactado con el sistema
financiero.
Como puede observarse, de los diferentes tipos de depósitos que se efectúan, no son objeto del pago del idE los realizados por ventas de contado co-bradas con cheques, tarjetas de crédito, tarjetas de débito y los efectuados mediante transferencias electrónicas de fondos y únicamente vamos a consi-derar para efectos del cálculo del idE los depósitos
en efectivo por ventas de contado y cobros a clien-tes.
Una vez realizado lo anterior, estamos en posibilidad de determinar el cálculo del idE, como se aprecia en las cédulas 3 que aparecen al final del artículo.
El impuesto causado y retenido el último día del mes por la institución de crédito, que es el impuesto efectivamente pagado, es el importe que vamos a recuperar a través del acreditamiento, compensación o, en su caso, devolución.
No obstante lo anterior, con base en la regla i.7.12. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 (RMF-13), se le brinda la posibilidad a las instituciones del sistema financiero de efectuar la recaudación del IDE a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente al último día del mes de que se trate.
Mecánica de acreditamiento del IDE
Para efectos del acreditamiento, el artículo 8 de la LidE establece lo siguiente:
a) Los contribuyentes podrán acreditar el idE contra el pago provisional de iSR del mes de que se trate;
b) Si el idE es mayor al iSR, la diferencia se podrá acreditar contra el iSR retenido a terceros, por ejemplo, retenciones por salarios, iSR retenido a profesionistas, etcétera;
c) Si el idE es mayor al iSR retenido por terceros, la diferencia se podrá compensar contra impues-tos federales a su cargo, en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación (CFF), por ejemplo, el iETU e iVA, y
d) Una vez realizado el procedimiento anterior de acreditamiento y compensación, si existe una di-ferencia, ésta se podrá solicitar en devolución, siempre y cuando sea dictaminada por contador público registrado (CPR).
Esquematizando lo anterior, tendríamos lo siguiente:
Concepto importe
idE causado y retenido $10,050.00(–) idE acreditado contra el iSR
propio 3,850.00(=) iDE pendiente de acreditar
(diferencia 1) $6,200.00
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Concepto importe
(–) idE acreditado contra el iSR retenido por salarios 1,500.00
(=) iDE pendiente de acreditar (diferencia 2) $4,700.00
(–) idE compensado contra el iVA 500.00(=) iDE pendiente de acreditar
(diferencia 3) $4,200.00
Como puede observarse, el idE por $4,200.00 (después de acreditamientos y compensación), es la diferencia que se puede solicitar en devo-lución.
Datos para realizar el cálculo del ISR
Ingresos
Los ingresos son los contenidos en la cédula 1, por lo que remitimos al amable lector a verificar dicha cédula.
Recordemos que los ingresos para efectos del iSR, se acumulan y pagan el impuesto en el momen-to en que sean efectivamente percibidos, lo anterior, en términos del artículo 122 de la Ley del impuesto sobre la Renta (LiSR).
Para efectos del caso práctico, todos los ingresos concentrados en dicha cédula fueron efectivamente cobrados en el mes correspondiente.
Deducciones autorizadas
Las deducciones autorizadas están relacionadas en las cédulas 4 (veáse cédulas al final del ar-tículo).
Estas deducciones son estrictamente indispensa-bles para la realización de las actividades de la persona física y reúnen los requisitos de deducibilidad que señala el artículo 125 de la LiSR.
dentro de las deducciones autorizadas se incluye el pago del impuesto sobre nómina estatal, en los artículos 206 y 207, del Código de la Hacienda Pú-blica para el estado de Chiapas, se establece que la tasa de impuesto es de 2% y el pago se efectúa mediante declaración bimestral, que tendrá el carác-ter de definitiva.
Pagos provisionales del impuesto sobre la renta
Calcularemos los 12 pagos provisionales mensuales, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 127 de la LiSR.
Las tarifas utilizadas son las contenidas en el Anexo 8 de la RMF-13 publicadas en el Diario Oficial de la Federación (dOF) el 31 de diciembre de 2012.(veáse cédulas 5 al final del ar tículo).
Es importante mencionar que el último párrafo del artículo 8 de la LidE establece que el pago provisio-nal del iSR contra el que se puede acreditar el idE, es el que resulte después de disminuir los pagos provisionales del iSR pagados con anterioridad en el mismo ejercicio.
Como puede observarse, en cada uno de los meses del ejercicio de 2013 se acreditó el idE cau-sado y retenido por el banco contra el pago provisio-nal de iSR propio; sin embargo, el idE es mayor al iSR por lo que queda un “saldo a favor de idE”, el cual más adelante vamos a acreditarlo contra el iSR retenido por salarios correspondientes al mismo periodo.
ISR retenido por salarios
Como ya habíamos anotado al principio, existen retenciones por salarios, las cuales deberán pagar-se conjuntamente con los pagos provisionales del iSR, pero antes tenemos que efectuar el acredita-miento del idE por todos los meses del ejercicio 2013, quedando los pagos del iSR retenido por sa-larios del ejercicio fiscal 2013 (veáse cédulas 6 al final del ar tículo).
a Organización para la Cooperación y desarrollo Económicos ha realizado análisis y recomendaciones a nuestro país a fin de elevar la recaudación tributaria
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Tal como se observa, en todos y cada uno de los meses del ejercicio del 2013, el idE es mayor que el iSR retenido por salarios, por tanto, no pagamos este último, es decir, sigue quedando un saldo a favor de idE, por lo que procede la compensación contra el iVA a cargo, situación que más adelante comentaremos.
Datos para realizar el cálculo del IVA
Ingresos
Los ingresos son los contenidos en la cédula 1, por lo que remitimos al amable lector a verificar dicha cédula. La tasa general aplicable es de 16%.
Erogaciones
Las erogaciones gravadas para iVA se encuentran contenidas en las cédulas 7 (véase al final del ar-tículo).
Las operaciones de ventas de mercancías (depó-sitos), así como las compras y gastos (cheques) están registradas en contabilidad y efectivamente cobradas y pagadas, respectivamente, según las conciliaciones bancarias mensuales realizadas por el periodo de enero a diciembre de 2013.
Pagos mensuales definitivos de IVA
Los pagos mensuales del iVA correspondientes al ejercicio fiscal 2013, se determinarán de acuerdo con lo establecido por el artículo 5o.-d, los cuales quedan en las cédulas 8 (veáse al final del ar tículo).
En el cálculo del iVA correspondiente al ejercicio del 2013, se llevó a cabo la compensación contra el idE, por tanto, se realizan pagos del iVA únicamente por la diferencia en febrero, octubre, noviembre y diciembre.
desde luego, que la compensación del idE contra el iVA deberá llevarse a cabo en los términos del artículo 23 del CFF.
Datos para realizar el cálculo del IETU
Ingresos
Los ingresos percibidos para efectos del iETU son los contenidos en la cédula 1, por lo que remitimos al amable lector a verificar dicha cédula.
Se paga el impuesto en el momento en que sean efectivamente cobradas las contraprestaciones (en este caso por enajenación de bienes), lo anterior en términos del artículo 2 de la Ley del impuesto Empresarial a Tasa Única (LiETU).
Para efectos del caso práctico, todos los ingresos concentrados en dicha cédula fueron efectivamente cobrados en el mes correspondiente, es decir, se acumuló la totalidad de los ingresos al haberse fac-turado en cada uno de los meses de dicho ejercicio.
Cabe aclarar que los ingresos acumulables para ISR, en este ejemplo y para fines didácticos son los mismos que para iETU.
Deducciones autorizadas
Las deducciones autorizadas para iETU correspon-diente al ejercicio fiscal 2013 están relacionadas en las cédulas 9 (veáse al final del ar tículo).
Como puede observarse, no todas las deducciones autorizadas para iSR, contenidas en la cédula 4, son deducibles para iETU, los conceptos que no se con-sideran deducibles son:
• Cuotas al IMSS.• Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores (infonavit) y Siste-ma de Ahorro para el Retiro (SAR).
• Salarios
Lo anterior, en términos del artículo 5, fracciones i y ii, de la LiETU; sin embargo, se permite efectuar un acreditamiento mensualmente por estos concep-tos contra el pago provisional del iETU, mismos que comentamos enseguida.
Crédito fiscal por salarios
En términos del artículo 10, penúltimo párrafo, de la LiETU, se permite a los contribuyentes un acredita-miento mensual por salarios gravados que efectúen a sus trabajadores, aplicando un factor de 0.175.
Para efectos del caso práctico, esta persona rea-lizó pagos por concepto de salarios, por un monto de $30,000.00 en cada uno de los meses correspon-diente al ejercicio fiscal 2013, como puede observar-se en la cédula 4, que son las deducciones autori-zadas para efectos de iSR, por tanto, la determinación del crédito fiscal por salarios, para su posterior acreditamiento contra los pagos provisionales men-suales de iETU, quedan en las cédulas 10 (veáse al final del ar tículo).
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res del iSR, se proceden a determinar los pagos provi-
sionales en términos de los artículos 9 y 10 de la LiETU, los cuales se determinan de manera acumu-lada, como se aprecia en las cédulas 12 que apare-cen al final del artículo.
Es importante recalcar que el pago provisional de iSR propio mensual efectivamente pagado que se acredita contra el iETU, debe incluir el idE. Lo ante-rior en términos del artículo 10, quinto párrafo, de la LiETU, que señala lo siguiente:
Artículo 10. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
… No se considera efectivamente pagado el im-puesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo…
(El uso de negrillas dentro del texto es nuestro .)
Vale la pena aclarar que en pagos provisionales de iETU no existen saldos a favor, pues como se observa en diciembre de 2013, el iETU a cargo es por un importe de $6,221.22 y los pagos provisiona-les de iETU efectuados con anterioridad son por $7,403.84, luego entonces el acreditamiento se lleva a cabo hasta por el monto a cargo de dicho mes, por tanto, no existe iETU a pagar.
Es necesario aclarar que las cantidades a las cuales se les aplica el factor de acreditamiento antes citado, son las erogaciones gravadas para los traba-jadores en los términos de la LiSR, no a las exentas.
Para efectos didácticos se consideró que todos los pagos realizados en los meses del ejercicio fue-ron ingresos gravados de los trabajadores.
Crédito fiscal por aportaciones de seguridad social
En la misma forma de determinar el crédito fiscal por salarios, se determina el crédito fiscal por apor-taciones de seguridad social. El crédito fiscal se determina por las cuotas del instituto Mexicano del Seguro Social (iMSS) a cargo de los patrones, como lo señala el penúltimo párrafo del artículo 10 de la LIETU. Se recomienda al lector verificar la cédula 4, pues los datos se consignan en ella. Recordemos que las cuotas a cargo de los trabajadores no son deducibles para el iSR, ya que el patrón les retuvo dichas cantidades y cuando las entera al iMSS éstas no representan una erogación para el patrón (veáse cédulas 11 al final del ar tículo).
El factor de acreditamiento se le aplica a las apor-taciones de seguridad social, a cargo del patrón.
Pagos provisionales del impuesto empresarial a tasa única
Una vez que ya calculamos los ingresos percibidos, las deducciones autorizadas, el crédito fiscal por salarios y por aportaciones de seguridad social, y toda vez que ya calculamos los pagos provisionales
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CÉDulA 1. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE inGrEsos Por VEntAs CorrEsPonDiEntEs Al EJErCiCio FisCAl 2013 (iMPortEs sin iVA inCluiDo)
Mes ConceptoVentas de contado
cobradas en efectivoVentas de contado
cobradas con chequeVentas de contado
con tarjetas de créditoVentas de contado
con tarjetas de débitoVentas de contado
por transferencia de fondosDepósito en efectivo
por cobros a clientes*total de depósitos s/
estados de cuentaEnero ingresos por ventas
mensuales $279,696.55 $13,984.83 $17,481.03 $27,969.66 $10,488.62 $0.00 $349,620.69Febrero ingresos por ventas
mensuales 262,662.33 15,009.28 18,761.59 30,018.55 11,256.96 37,523.19 375,231.90Marzo ingresos por ventas
mensuales 287,603.45 16,434.48 20,543.10 32,868.97 12,325.86 41,086.21 410,862.07Abril ingresos por ventas
mensuales 301,503.28 17,228.76 21,535.95 34,457.52 12,921.57 43,071.90 430,718.97Mayo ingresos por ventas
mensuales 317,335.34 18,133.45 22,666.81 36,266.90 13,600.09 45,333.62 453,336.21Junio ingresos por ventas
mensuales 338,472.33 19,341.28 24,176.59 38,682.55 14,505.96 48,353.19 483,531.90Julio ingresos por ventas
mensuales 362,285.00 20,702.00 25,877.50 41,404.00 15,526.50 51,755.00 517,550.00Agosto ingresos por ventas
mensuales 377,606.55 21,577.52 26,971.90 43,155.03 16,183.14 53,943.79 539,437.93Septiembre ingresos por ventas
mensuales 398,812.93 22,789.31 28,486.64 45,578.62 17,091.98 56,973.28 569,732.76Octubre ingresos por ventas
mensuales 416,031.12 23,773.21 29,716.51 47,546.41 17,829.91 59,433.02 594,330.17Noviembre ingresos por ventas
mensuales 427,516.55 24,429.52 30,536.90 48,859.03 18,322.14 61,073.79 610,737.93diciembre ingresos por ventas
mensuales 452,995.95 25,885.48 32,356.85 51,770.97 19,414.11 64,713.71 647,137.07total de ingresos por ventas $4’222,521.38 $239,289.10 $299,111.38 $478,578.21 $179,466.83 $563,260.69 $5’982,227.59
* Se aclara que los depósitos en efectivo por cobros a clientes corresponden a las ventas a crédito que realiza esta persona física.
CÉDulA 2. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE inGrEsos Por VEntAs CorrEsPonDiEntEs Al EJErCiCio FisCAl 2013 (DEPÓsitos Con El iVA inCluiDo)
Mes ConceptoVentas de contado
cobradas en efectivoVentas de contado
cobradas con chequeVentas de contado con
tarjetas de créditoVentas de contado
con tarjetas de débitoVentas de contado por transferen-
cia de fondosDepósito en efectivo por cobros a clientes
total de depósitos s/ estados de cuenta
Enero ingresos por ventas mensuales $324,448.00 $16,222.40 $20,278.00 $32,444.80 $12,166.80 $0.00 $405,560.00
Febrero ingresos por ventas mensuales 304,688.30 17,410.76 21,763.45 34,821.52 13,058.07 43,526.90 435,269.00
Marzo ingresos por ventas mensuales 333,620.00 19,064.00 23,830.00 38,128.00 14,298.00 47,660.00 476,600.00
Abril ingresos por ventas mensuales 349,743.80 19,985.36 24,981.70 39,970.72 14,989.02 49,963.40 499,634.00
Mayo ingresos por ventas mensuales 368,109.00 21,034.80 26,293.50 42,069.60 15,776.10 52,587.00 525,870.00
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CÉDulA 1. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE inGrEsos Por VEntAs CorrEsPonDiEntEs Al EJErCiCio FisCAl 2013 (iMPortEs sin iVA inCluiDo)
Mes ConceptoVentas de contado
cobradas en efectivoVentas de contado
cobradas con chequeVentas de contado
con tarjetas de créditoVentas de contado
con tarjetas de débitoVentas de contado
por transferencia de fondosDepósito en efectivo
por cobros a clientes*total de depósitos s/
estados de cuentaEnero ingresos por ventas
mensuales $279,696.55 $13,984.83 $17,481.03 $27,969.66 $10,488.62 $0.00 $349,620.69Febrero ingresos por ventas
mensuales 262,662.33 15,009.28 18,761.59 30,018.55 11,256.96 37,523.19 375,231.90Marzo ingresos por ventas
mensuales 287,603.45 16,434.48 20,543.10 32,868.97 12,325.86 41,086.21 410,862.07Abril ingresos por ventas
mensuales 301,503.28 17,228.76 21,535.95 34,457.52 12,921.57 43,071.90 430,718.97Mayo ingresos por ventas
mensuales 317,335.34 18,133.45 22,666.81 36,266.90 13,600.09 45,333.62 453,336.21Junio ingresos por ventas
mensuales 338,472.33 19,341.28 24,176.59 38,682.55 14,505.96 48,353.19 483,531.90Julio ingresos por ventas
mensuales 362,285.00 20,702.00 25,877.50 41,404.00 15,526.50 51,755.00 517,550.00Agosto ingresos por ventas
mensuales 377,606.55 21,577.52 26,971.90 43,155.03 16,183.14 53,943.79 539,437.93Septiembre ingresos por ventas
mensuales 398,812.93 22,789.31 28,486.64 45,578.62 17,091.98 56,973.28 569,732.76Octubre ingresos por ventas
mensuales 416,031.12 23,773.21 29,716.51 47,546.41 17,829.91 59,433.02 594,330.17Noviembre ingresos por ventas
mensuales 427,516.55 24,429.52 30,536.90 48,859.03 18,322.14 61,073.79 610,737.93diciembre ingresos por ventas
mensuales 452,995.95 25,885.48 32,356.85 51,770.97 19,414.11 64,713.71 647,137.07total de ingresos por ventas $4’222,521.38 $239,289.10 $299,111.38 $478,578.21 $179,466.83 $563,260.69 $5’982,227.59
* Se aclara que los depósitos en efectivo por cobros a clientes corresponden a las ventas a crédito que realiza esta persona física.
CÉDulA 2. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE inGrEsos Por VEntAs CorrEsPonDiEntEs Al EJErCiCio FisCAl 2013 (DEPÓsitos Con El iVA inCluiDo)
Mes ConceptoVentas de contado
cobradas en efectivoVentas de contado
cobradas con chequeVentas de contado con
tarjetas de créditoVentas de contado
con tarjetas de débitoVentas de contado por transferen-
cia de fondosDepósito en efectivo por cobros a clientes
total de depósitos s/ estados de cuenta
Enero ingresos por ventas mensuales $324,448.00 $16,222.40 $20,278.00 $32,444.80 $12,166.80 $0.00 $405,560.00
Febrero ingresos por ventas mensuales 304,688.30 17,410.76 21,763.45 34,821.52 13,058.07 43,526.90 435,269.00
Marzo ingresos por ventas mensuales 333,620.00 19,064.00 23,830.00 38,128.00 14,298.00 47,660.00 476,600.00
Abril ingresos por ventas mensuales 349,743.80 19,985.36 24,981.70 39,970.72 14,989.02 49,963.40 499,634.00
Mayo ingresos por ventas mensuales 368,109.00 21,034.80 26,293.50 42,069.60 15,776.10 52,587.00 525,870.00
14
CÉDulA 2. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE inGrEsos Por VEntAs CorrEsPonDiEntEs Al EJErCiCio FisCAl 2013 (DEPÓsitos Con El iVA inCluiDo)
Mes ConceptoVentas de contado
cobradas en efectivoVentas de contado
cobradas con chequeVentas de contado con
tarjetas de créditoVentas de contado
con tarjetas de débitoVentas de contado por transferen-
cia de fondosDepósito en efectivo por cobros a clientes
total de depósitos s/ estados de cuenta
Junio ingresos por ventas mensuales 392,627.90 22,435.88 28,044.85 44,871.76 16,826.91 56,089.70 560,897.00
Julio ingresos por ventas mensuales 420,250.60 24,014.32 30,017.90 48,028.64 18,010.74 60,035.80 600,358.00
Agosto ingresos por ventas mensuales 438,023.60 25,029.92 31,287.40 50,059.84 18,772.44 62,574.80 625,748.00
Septiembreingresos por ventas mensuales 462,623.00 26,435.60 33,044.50 52,871.20 19,826.70 66,089.00 660,890.00
Octubre ingresos por ventas mensuales 482,596.10 27,576.92 34,471.15 55,153.84 20,682.69 68,942.30 689,423.00
Noviembre ingresos por ventas mensuales 495,919.20 28,338.24 35,422.80 56,676.48 21,253.68 70,845.60 708,456.00
diciembre ingresos por ventas mensuales 525,475.30 30,027.16 37,533.95 60,054.32 22,520.37 75,067.90 750,679.00
total de ingresos por ventas $4’898,124.80 $277,575.36 $346,969.20 $555,150.72 $208,181.52 $653,382.40 $6’939,384.00
CÉDulA 3. CÁlCulo DEl iDE CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013 Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
Depósitos afectos al pago del iDE
Ventas de contado cobradas en efectivo $324,448.00 $304,688.30 $333,620.00 $349,743.80 $368,109.00 $392,627.90
(+) depósitos en efecti-vo por cobros a deu-dores 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(+) depósitos en efecti-vo por cobros a clientes 0.00 43,526.90 47,660.00 49,963.40 52,587.00 56,089.70
(+) depósitos en efecti-vo por préstamos obtenidos 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(=) total de depósitos afectos al pago del iDE $324,448.00 $348,215.20 $381,280.00 $399,707.20 $420,696.00 $448,717.60
(–) depósitos en efecti-vo exentos 15,000.00 15,000.00 15,000.00 15,000.00 15,000.00 15,000.00
(=) depósitos en efecti-vo gravados $309,448.00 $333,215.20 $366,280.00 $384,707.20 $405,696.00 $433,717.60
(×) Tasa de impuesto 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03(=) impuesto causado
y retenido $9,283.44 $9,996.46 $10,988.40 $11,541.22 $12,170.88 $13,011.53
15
Talle
res
CÉDulA 2. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE inGrEsos Por VEntAs CorrEsPonDiEntEs Al EJErCiCio FisCAl 2013 (DEPÓsitos Con El iVA inCluiDo)
Mes ConceptoVentas de contado
cobradas en efectivoVentas de contado
cobradas con chequeVentas de contado con
tarjetas de créditoVentas de contado
con tarjetas de débitoVentas de contado por transferen-
cia de fondosDepósito en efectivo por cobros a clientes
total de depósitos s/ estados de cuenta
Junio ingresos por ventas mensuales 392,627.90 22,435.88 28,044.85 44,871.76 16,826.91 56,089.70 560,897.00
Julio ingresos por ventas mensuales 420,250.60 24,014.32 30,017.90 48,028.64 18,010.74 60,035.80 600,358.00
Agosto ingresos por ventas mensuales 438,023.60 25,029.92 31,287.40 50,059.84 18,772.44 62,574.80 625,748.00
Septiembreingresos por ventas mensuales 462,623.00 26,435.60 33,044.50 52,871.20 19,826.70 66,089.00 660,890.00
Octubre ingresos por ventas mensuales 482,596.10 27,576.92 34,471.15 55,153.84 20,682.69 68,942.30 689,423.00
Noviembre ingresos por ventas mensuales 495,919.20 28,338.24 35,422.80 56,676.48 21,253.68 70,845.60 708,456.00
diciembre ingresos por ventas mensuales 525,475.30 30,027.16 37,533.95 60,054.32 22,520.37 75,067.90 750,679.00
total de ingresos por ventas $4’898,124.80 $277,575.36 $346,969.20 $555,150.72 $208,181.52 $653,382.40 $6’939,384.00
CÉDulA 3. CÁlCulo DEl iDE CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
Depósitos afectos al pago del iDE
Ventas de contado cobradas en efectivo $420,250.60 $438,023.60 $462,623.00 $482,596.10 $495,919.20 $525,475.30
(+) depósitos en efecti-vo por cobros a deu-dores 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(+) depósitos en efectivo por cobros a clientes 60,035.80 62,574.80 66,089.00 68,942.30 70,845.60 75,067.90
(+) depósitos en efecti-vo por préstamos obtenidos 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(=) total de depósitos afectos al pago del iDE $480,286.40 $500,598.40 $528,712.00 $551,538.40 $566,764.80 $600,543.20
(–) depósitos en efecti-vo exentos 15,000.00 15,000.00 15,000.00 15,000.00 15,000.00 15,000.00
(=) depósitos en efecti-vo gravados $465,286.40 $485,598.40 $513,712.00 $536,538.40 $551,764.80 $585,543.20
(x) Tasa de impuesto 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03(=) impuesto causado
y retenido $13,958.59 $14,567.95 $15,411.36 $16,096.15 $16,552.94 $17,566.30
16
CÉDulA 4. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE DEDuCCionEs AutoriZADAs PArA isr CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
Compras de mercancías $272,369.51 $290,594.00 $342,050.00 $341,698.00 $379,456.00 $391,546.00Comisiones bancarias 950.00 1,012.00 820.00 950.00 897.00 1,050.00Fletes y acarreos 1,850.00 1,650.00 1,230.00 1,987.00 950.00 1,235.00Arrendamiento de local 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00Honorarios a profesionistas 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00Mantenimiento de local 3,250.00 0.00 0.00 500.00 0.00 4,200.00Papelería y artículos de oficina 650.00 890.00 325.00 560.00 970.00 691.00Servicio de energía eléctrica 3,526.00 3,824.00 3,982.00 4,050.00 4,560.00 3,897.00Servicio telefónico 3,256.00 3,986.00 4,569.00 2,950.00 3,523.00 3,125.00Cuotas al iMSS 11,705.00 10,706.00 11,444.00 11,075.00 10,672.00 10,568.00Aportaciones al infonavit y SAR 0.00 14,534.00 0.00 14,653.00 0.00 14,126.00impuesto sobre nómina estatal 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00Salarios 30,000.00 30,000.00 30,000.00 30,000.00 30,000.00 30,000.00total deducciones auto-rizadas para isr $342,556.51 $373,396.00 $409,420.00 $424,623.00 $446,028.00 $476,638.00
CÉDulA 4. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE DEDuCCionEs AutoriZADAs PArA isr CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre DiciembreCompras de mercancías $446,045.00 $448,198.00 $476,960.00 $485,632.00 $511,650.00 $505,280.00Comisiones bancarias 893.00 794.00 998.00 845.00 758.00 963.00Fletes y acarreos 1,560.00 1,487.00 1,365.00 1,786.00 1,234.00 1,100.00Arrendamiento de local 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00Honorarios a profesionistas 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00Mantenimiento de local 0.00 0.00 5,500.00 0.00 0.00 0.00Papelería y artículos de oficina 750.00 630.00 0.00 631.00 560.00 425.00Servicio de energía eléctrica 3,597.00 4,025.00 3,897.00 3,972.00 3,581.00 3,964.00Servicio telefónico 3,698.00 4,120.00 4,635.00 3,912.00 3,658.00 3,478.00Cuotas al iMSS 10,517.00 10,137.00 11,109.00 11,200.00 10,847.00 11,365.00Aportaciones al infonavit y SAR 0.00 14,334.00 0.00 15,257.00 0.00 14,991.00impuesto sobre nómina estatal 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00Salarios 30,000.00 30,000.00 30,000.00 30,000.00 30,000.00 30,000.00total deducciones auto-rizadas para isr $512,060.00 $529,925.00 $549,464.00 $569,435.00 $577,288.00 $587,766.00
17
Talle
res
CÉDulA 5. CÁlCulo DE los PAGos ProVisionAlEs DEl isr DEl EJErCiCio 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
ingresos percibi-dos en el mes $349,620.69 $375,231.90 $410,862.07 $430,718.97 $453,336.21 $483,531.90ingresos percibi-dos acumulados en el periodo 0.00 349,620.69 724,852.59 1,135,714.66 1,566,433.62 2,019,769.83
A. suma de ingre-sos percibidos $349,620.69 $724,852.59 $1’135,714.66 $1’566,433.62 $2’019,769.83 $2’503,301.72deducciones auto-rizadas en el mes 342,556.51 373,396.00 409,420.00 424,623.00 446,028.00 476,638.00deducciones auto-rizadas acumula-das en el periodo 0.00 342,556.51 715,952.51 1’125,372.51 1’549,995.51 1’996,023.51
B. suma de deduc-ciones autoriza-das $342,556.51 $715,952.51 $1’125,372.51 $1’549,995.51 $1’996,023.51 $2’472,661.51
(A–B) Utilidad fiscal 7,064.18 8,900.08 10,342.15 16,438.11 23,746.32 30,640.21
(–)
Pérdidas fiscales de ejercicios ante-riores pendientes de amortizar 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(=) Base gravable para pago provi-sional $7,064.18 $8,900.08 $10,342.15 $16,438.11 $23,746.32 $30,640.21
(–) Límite inferior (Li) tarifa artículo 113 de la LiSR 4,210.42 8,420.83 1,488.22 1,984.29 21,052.06 25,262.47
(=) Excedente del Li $2,853.76 $479.25 $8,853.93 $14,453.82 $2,694.26 $5,377.74(×) Porcentaje aplica-
ble sobre el exce-dente 10.88 10.88 6.40 6.40 10.88 10.88
(=) impuesto previo $310.49 $52.14 $566.65 $925.04 $293.14 $585.10(+) Cuota fija 247.23 494.46 28.56 38.08 1,236.15 1,483.38(=) isr causado $557.72 $546.60 $595.21 $963.12 $1,529.29 $2,068.48(–) Pagos provisiona-
les de iSR efectua-dos con anteriori-dad 0.00 546.60 557.72 595.21 963.12 1,529.29
(=) A cargo antes de acreditamiento del idE $557.72 $0.00 $37.49 $367.91 $566.16 $539.19
(–) Acreditamiento del idE 557.72 0.00 37.49 367.91 566.16 539.19
(=) isr neto por pa-gar $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
18
CÉDulA 5. CÁlCulo DE los PAGos ProVisionAlEs DEl isr DEl EJErCiCio 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
ingresos percibi-dos en el mes $517,550.00 $539,437.93 $569,732.76 $594,330.17 $610,737.93 $647,137.07ingresos percibi-dos acumulados en el periodo 2’503,301.72 3’020,851.72 3’560,289.66 4’130,022.41 4’724,352.59 5’335,090.52
A. suma de ingre-sos percibidos $3’020,851.72 $3’560,289.66 $4’130,022.41 $4’724,352.59 $5’335,090.52 $5’982,227.59deducciones auto-rizadas en el mes 512,060.00 529,925.00 549,464.00 569,435.00 577,288.00 587,766.00deducciones auto-rizadas acumula-das en el periodo 2’472,661.51 2’984,721.51 3’514,646.51 4’064,110.51 4’633,545.51 5’210,833.51
B. suma de deduc-ciones autoriza-das $2’984,721.51 $3’514,646.51 $4’064,110.51 $4’633,545.51 $5’210,833.51 $5’798,599.51
(A–B) Utilidad fiscal 36,130.21 45,643.15 65,911.90 90,807.08 124,257.01 183,628.08(–) Pérdidas fiscales
de ejercicios ante-riores pendientes de amortizar 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(=) Base gravable para pago provi-sional $36,130.21 $45,643.15 $65,911.90 $90,807.08 $124,257.01 $183,628.08
(–) Li tarifa artículo 113 de la LiSR 29,472.88 33,683.29 37,893.70 86,015.01 113,281.86 123,580.21
(=) Excedente del Li $6,657.33 $11,959.86 $28,018.20 $4,792.07 $10,975.15 $60,047.87(×) Porcentaje aplica-
ble sobre el exce-dente 10.88 10.88 10.88 17.92 21.36 21.36
(=) impuesto previo $724.32 $1,301.23 $3,048.38 $858.74 $2,344.29 $12,826.22(+) Cuota fija 1,730.61 1,977.84 2,225.07 7,865.50 11,996.82 13,087.44(=) isr causado $2,454.93 $3,279.07 $5,273.45 $8,724.24 $14,341.11 $25,913.66(–) Pagos provisionales
de iSR efectuados con anterioridad 2,068.48 2,454.93 3,279.07 5,273.45 8,724.24 14,341.11
(=) A cargo antes de acreditamiento del idE $386.45 $824.14 $1,994.38 $3,450.79 $5,616.87 $11,572.55
(–) Acreditamiento del idE 386.45 824.14 1,994.38 3,450.79 5,616.87 11,572.55
(=) isr neto por pa-gar $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
19
Talle
res
CÉDulA 6. isr rEtEniDo Por sAlArios PAGADo CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
iSR retenido por salarios $736.55 $736.55 $736.55 $736.55 $736.55 $736.55(–) Acreditamiento del idE 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55(=) isr retenido por salarios
por pagar $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
CÉDulA 6. isr rEtEniDo Por sAlArios PAGADo CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
iSR retenido por salarios $736.55 $736.55 $736.55 $736.55 $736.55 $736.55(–) Acreditamiento del idE 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55(=) isr retenido por salarios
por pagar $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
CÉDulA 7. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE EroGACionEs GrAVADAs PArA iVA CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
Compras de mercan-cías $272,369.51 $290,594.00 $342,050.00 $341,698.00 $379,456.00 $391,546.00Comisiones banca-rias 950.00 1,012.00 820.00 950.00 897.00 1,050.00Fletes y acarreos 1,850.00 1,650.00 1,230.00 1,987.00 950.00 1,235.00Arrendamiento de local 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00Honorarios a profe-sionistas 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00Mantenimiento de local 3,250.00 0.00 0.00 500.00 0.00 4,200.00Papelería y artículos de oficina 650.00 890.00 325.00 560.00 970.00 691.00Servicio de energía eléctrica 3,526.00 3,824.00 3,982.00 4,050.00 4,560.00 3,897.00Servicio telefónico 3,256.00 3,986.00 4,569.00 2,950.00 3,523.00 3,125.00total erogaciones gravadas para iVA $300,851.51 $316,956.00 $367,976.00 $367,695.00 $405,356.00 $420,744.00
(×) Tasa general de iVA 0.16 0.16 0.16 0.16 0.16 0.16(=) iVA acreditable efec-
tivamente pagado $48,136.24 $50,712.96 $58,876.16 $58,831.20 $64,856.96 $67,319.04
20
CÉDulA 7. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE EroGACionEs GrAVADAs PArA iVA CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
Compras de mercan-cías $446,045.00 $448,198.00 $476,960.00 $485,632.00 $511,650.00 $505,280.00Comisiones banca-rias 893.00 794.00 998.00 845.00 758.00 963.00Fletes y acarreos 1,560.00 1,487.00 1,365.00 1,786.00 1,234.00 1,100.00Arrendamiento de local 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00Honorarios a profe-sionistas 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00Mantenimiento de local 0.00 0.00 5,500.00 0.00 0.00 0.00Papelería y artículos de oficina 750.00 630.00 0.00 631.00 560.00 425.00Servicio de energía eléctrica 3,597.00 4,025.00 3,897.00 3,972.00 3,581.00 3,964.00Servicio telefónico 3,698.00 4,120.00 4,635.00 3,912.00 3,658.00 3,478.00total erogaciones gravadas para iVA $471,543.00 $474,254.00 $508,355.00 $511,778.00 $536,441.00 $530,210.00
(×) Tasa general de iVA 0.16 0.16 0.16 0.16 0.16 0.16(=) iVA acredi tab le
efectivamente pa-gado $75,446.88 $75,880.64 $81,336.80 $81,884.48 $85,830.56 $84,833.60
CÉDulA 8. CÁlCulo MEnsuAl DEl iVA CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo JunioiVA trasladado efec-tivamente cobrado $55,939.31 $60,037.10 $65,737.93 $68,915.03 $72,533.79 $77,365.10
(–) iVA retenido 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00(–) iVA acreditable efec-
tivamente pagado 48,136.24 50,712.96 58,876.16 58,831.20 64,856.96 67,319.04(=) iVA a cargo $7,803.07 $9,324.14 $6,861.77 $10,083.83 $7,676.83 $10,046.06(=) iVA a favor 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00(–) Acreditamiento de
saldos a favor 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00(=) iVA por pagar antes
de compensación del idE $7,803.07 $9,324.14 $6,861.77 $10,083.83 $7,676.83 $10,046.06
(–) Compensación del idE 7,803.07 9,259.91 6,861.77 10,083.83 7,676.83 10,046.06
(=) iVA neto por pagar $0.00 $64.23 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
21
Talle
res
CÉDulA 8. CÁlCulo MEnsuAl DEl iVA CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
iVA Trasladado efec-tivamente cobrado $82,808.00 $86,310.07 $91,157.24 $95,092.83 $97,718.07 $103,541.93
(–) iVA retenido 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00(–) iVA acreditable efec-
tivamente pagado 75,446.88 75,880.64 81,336.80 81,884.48 85,830.56 84,833.60(=) iVA a cargo $7,361.12 $10,429.43 $9,820.44 $13,208.35 $11,887.51 $18,708.33(=) iVA a favor 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00(–) Acreditamiento de
saldos a favor 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00(=) iVA por pagar antes
de compensación del idE $7,361.12 $10,429.43 $9,820.44 $13,208.35 $11,887.51 $18,708.33
(–) Compensación del idE 7,361.12 10,429.43 9,820.44 11,908.81 10,199.52 5,257.20
(=) iVA neto por pagar $0.00 $0.00 $0.00 $1,299.54 $1,687.99 $13,451.13
CÉDulA 9. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE DEDuCCionEs AutoriZADAs PArA iEtu CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
Compras de mercan-cías $272,369.51 $290,594.00 $342,050.00 $341,698.00 $379,456.00 $391,546.00Comisiones bancarias 950.00 1,012.00 820.00 950.00 897.00 1,050.00Fletes y acarreos 1,850.00 1,650.00 1,230.00 1,987.00 950.00 1,235.00Arrendamiento de lo-cal 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00Honorarios a profesio-nistas 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00Mantenimiento de lo-cal 3,250.00 0.00 0.00 500.00 0.00 4,200.00Papelería y artículos de oficina 650.00 890.00 325.00 560.00 970.00 691.00Servicio de energía eléctrica 3,526.00 3,824.00 3,982.00 4,050.00 4,560.00 3,897.00Servicio telefónico 3,256.00 3,986.00 4,569.00 2,950.00 3,523.00 3,125.00impuesto sobre nómi-na estatal 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00total deducciones autor izadas para iEtu $300,851.51 $318,156.00 $367,976.00 $368,895.00 $405,356.00 $421,944.00
22
CÉDulA 9. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE DEDuCCionEs AutoriZADAs PArA iEtu CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre DiciembreCompras de mercancías $446,045.00 $448,198.00 $476,960.00 $485,632.00 $511,650.00 $505,280.00Comisiones bancarias 893.00 794.00 998.00 845.00 758.00 963.00Fletes y acarreos 1,560.00 1,487.00 1,365.00 1,786.00 1,234.00 1,100.00Arrendamiento de local 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00 10,000.00Honorarios a profesio-nistas 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00 5,000.00Mantenimiento de local 0.00 0.00 5,500.00 0.00 0.00 0.00Papelería y artículos de oficina 750.00 630.00 0.00 631.00 560.00 425.00Servicio de energía eléctrica 3,597.00 4,025.00 3,897.00 3,972.00 3,581.00 3,964.00Servicio telefónico 3,698.00 4,120.00 4,635.00 3,912.00 3,658.00 3,478.00impuesto sobre nómi-na estatal 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00 0.00 1,200.00total deducciones autorizadas para iEtu $471,543.00 $475,454.00 $508,355.00 $512,978.00 $536,441.00 $531,410.00
CÉDulA 10. DEtErMinACiÓn DEl CrÉDito FisCAl Por sAlArios CorrEsPon-DiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
Salarios $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00(×) Factor de acre-
ditamiento 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50%(=) Crédito fiscal
por salarios mensual $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00
(=) Crédito fiscal por salarios acumulado $5,250.00 $10,500.00 $15,750.00 $21,000.00 $26,250.00 $31,500.00
CÉDulA 10. DEtErMinACiÓn DEl CrÉDito FisCAl Por sAlArios CorrEsPonDiEntE Al EJEr-CiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
Salarios $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00 $30,000.00(×) Factor de acre-
ditamiento 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50%(=) Crédito fiscal
por salarios mensual $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00 $5,250.00
(=) Crédito fiscal por salarios acumulado $36,750.00 $42,000.00 $47,250.00 $52,500.00 $57,750.00 $63,000.00
23
Talle
res
CÉDulA 11. DEtErMinACiÓn DEl CrÉDito FisCAl Por sEGuriDAD soCiAl CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
Cuotas al iMSS a cargo del pa-trón $11,705.00 $10,706.00 $11,444.00 $11,075.00 $10,672.00 $10,568.00
(+) Aportaciones al infonavit y SAR 0.00 14,534.00 0.00 14,653.00 0.00 14,126.00
(=) Suma de apor-taciones de se-guridad social $11,705.00 $25,240.00 $11,444.00 $25,728.00 $10,672.00 $24,694.00
(×) Factor de acre-ditamiento 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50%
(=) Crédito f iscal por seguridad social mensual $2,048.38 $4,417.00 $2,002.70 $4,502.40 $1,867.60 $4,321.45
(=) Crédito fiscal por seguridad social acumu-lado $2,048.38 $6,465.38 $8,468.08 $12,970.48 $14,838.08 $19,159.53
CÉDulA 11. DEtErMinACiÓn DEl CrÉDito FisCAl Por sEGuriDAD soCiAl CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
Cuotas al iMSS a cargo del pa-trón $10,517.00 $10,137.00 $11,109.00 $11,200.00 $10,847.00 $11,365.00
(+) Aportaciones al infonavit y SAR 0.00 14,334.00 0.00 15,257.00 0.00 14,991.00
(=) Suma de apor-taciones de se-guridad social $10,517.00 $24,471.00 $11,109.00 $26,457.00 $10,847.00 $26,356.00
(×) Factor de acre-ditamiento 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50% 17.50%
(=) Crédito f iscal por seguridad social mensual $1,840.48 $4,282.43 $1,944.08 $4,629.98 $1,898.23 $4,612.30
(=) Crédito fiscal por seguridad social acumu-lado $21,000.01 $25,282.44 $27,226.52 $31,856.50 $33,754.73 $38,367.03
eEl crédito fiscal se determina por las cuotas del IMSS a cargo de los patrones, como lo señala el penúltimo párrafo del artículo 10 de la LIETU
24
CÉDulA 12. CÁlCulo DE los PAGos ProVisionAlEs DEl iEtu DEl EJErCiCio 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
ingresos percibidos en el mes $349,620.69 $375,231.90 $410,862.07 $430,718.97 $453,336.21 $483,531.90ingresos percibidos acumulados en el periodo 0.00 349,620.69 724,852.59 1’135,714.66 1’566,433.62 2’019,769.83
A. suma de ingresos percibidos $349,620.69 $724,852.59 $1’135,714.66 $1’566,433.62 $2’019,769.83 $2’503,301.72deducciones autori-zadas en el mes 300,851.51 318,156.00 367,976.00 368,895.00 405,356.00 421,944.00deducciones autori-zadas acumuladas en el periodo 0.00 300,851.51 619,007.51 986,983.51 1’355,878.51 1,761,234.51
B. suma de deduccio-nes autorizadas $300,851.51 $619,007.51 $986,983.51 $1’355,878.51 $1’761,234.51 2,183,178.51
(A–B) Base gravable para pago provisional 48,769.18 105,845.08 148,731.15 210,555.11 258,535.32 320,123.21
(×) Tasa de impuesto 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175(=) iEtu causado $8,534.61 $18,522.89 $26,027.95 $36,847.14 $45,243.68 56,021.56(–) Crédito fiscal por ex-
ceso de deduccio-nes sobre ingresos 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(–) Acreditamiento de salarios gravados 5,250.00 10,500.00 15,750.00 21,000.00 26,250.00 31,500.00
(–) Acreditamiento de aportaciones de se-guridad social 2,048.38 6,465.38 8,468.08 12,970.48 14,838.08 19,159.53
(–) Acreditamiento de pago prov is ional de iSR propio 557.72 557.72 595.21 963.12 1,529.29 2,068.48
(–) Acreditamiento de iSR retenido por terceros 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(=) Pago provisional a cargo $678.51 $999.79 $1,214.66 $1,913.54 $2,626.31 3,293.55
(–) Acreditamiento de pagos provisionales de iETU anteriores 0.00 678.51 999.79 1,214.66 1,913.54 2,626.31
(=) Pago provisional a pagar de iEtu $678.51 $321.28 $214.87 $698.88 $712.78 667.24
CÉDulA 12. CÁlCulo DE los PAGos ProVisionAlEs DEl iEtu DEl EJErCiCio 2013 Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
ingresos percibidos en el mes $517,550.00 $539,437.93 $569,732.76 $594,330.17 $610,737.93 $647,137.07ingresos percibidos acumulados en el periodo 2’503,301.72 3’020,851.72 3’560,289.66 4’130,022.41 4’724,352.59 5’335,090.52
A. suma de ingresos percibidos $3’020,851.72 $3’560,289.66 $4’130,022.41 $4’724,352.59 $5’335,090.52$5’982,227.59
25
Talle
res Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
deducciones auto-rizadas en el mes 471,543.00 475,454.00 508,355.00 512,978.00 536,441.00 531,410.00deducciones auto-rizadas acumuladas en el periodo 2’183,178.51 2’654,721.51 3’130,175.51 3’638,530.51 4’151,508.51 4’687,949.51
B. suma de deduc-ciones autoriza-das $2’654,721.51 $3’130,175.51 $3’638,530.51 $4’151,508.51 $4’687,949.51 5,219,359.51
(A–B) Base gravable para pago provisional 366,130.21 430,114.15 491,491.90 572,844.08 647,141.01 762,868.08
(×) Tasa de impuesto 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175(=) iEtu causado $64,072.79 $75,269.98 $86,011.08 $100,247.71 $113,249.68 133,501.91(–) Crédito fiscal por ex-
ceso de deducciones sobre ingresos 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(–) Acreditamiento de salarios gravados 36,750.00 42,000.00 47,250.00 52,500.00 57,750.00 63,000.00
(–) Acreditamiento de aportaciones de se-guridad social 21,000.01 25,282.44 27,226.52 31,856.50 33,754.73 38,367.03
(–) Acreditamiento de pago provisional de iSR propio 2,454.93 3,279.07 5,273.45 8,724.24 14,341.11 25,913.66
(–) Acreditamiento de iSR retenido por ter-ceros 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
(=) Pago provisional a cargo $3,867.85 $4,708.47 $6,261.11 $7,166.97 $7,403.84 $6,221.22
(–) Acreditamiento de pagos provisionales de iETU anteriores 3,293.55 3,867.85 4,708.47 6,261.11 7,166.97 6,221.22
(=) Pago provisional a pagar de iEtu $574.30 $840.62 $1,552.64 $905.86 $236.87 $0.00
CÉDulA 13. Control DEl iDE DEsPuÉs DE ACrEDitAMiEntos y CoMPEnsACiÓn ContrA iMPuEstos Por El EJErCiCio FisCAl 2013
Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
idE causado y retenido $9,283.44 $9,996.46 $10,988.40 $11,541.22 $12,170.88 $13,011.53(–) idE acreditado contra el iSR
propio 557.72 0.00 37.49 367.91 566.16 539.19(=) iDE pendiente de acreditar
(diferencia 1) $8,725.72 $9,996.46 $10,950.91 $11,173.31 $11,604.72 $12,472.34idE pendiente de acreditar $8,725.72 $9,996.46 $10,950.91 $11,173.31 $11,604.72 $12,472.34
(–) idE acreditado contra el iSR retenido por salarios 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55
(=) iDE pendiente de acreditar (diferencia 2) $7,989.17 $9,259.91 $10,214.36 $10,436.76 $10,868.17 $11,735.79
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Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo JunioidE pendiente de acreditar $7,989.17 $9,259.91 $10,214.36 $10,436.76 $10,868.17 $11,735.79
(–) idE compensado contra el iVA a cargo 7,803.07 9,259.91 6,861.77 10,083.83 7,676.83 10,046.06
(=) iDE pendiente de acreditar (diferencia 3) $186.10 $0.00 $3,352.59 $352.93 $3,191.34 $1,689.73
CÉDulA 13. Control DEl iDE CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013 Concepto Julio Agosto septiembre octubre noviembre Diciembre
idE causado y retenido $13,958.59 $14,567.95 $15,411.36 $16,096.15 $16,552.94 $17,566.30(–) idE acreditado contra el iSR
propio 386.45 824.14 1,994.38 3,450.79 5,616.87 11,572.55(=) iDE pendiente de acreditar
(diferencia 1) $13,572.14 $13,743.81 $13,416.98 $12,645.36 $10,936.07 $5,993.75
idE pendiente de acreditar $13,572.14 $13,743.81 $13,416.98 $12,645.36 $10,936.07 $5,993.75(–) idE acreditado contra el iSR
retenido por salarios 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55 736.55(=) iDE pendiente de acreditar
(diferencia 2) $12,835.59 $13,007.26 $12,680.43 $11,908.81 $10,199.52 $5,257.20
idE pendiente de acreditar $12,835.59 $13,007.26 $12,680.43 $11,908.81 $10,199.52 $5,257.20(–) idE compensado contra el
iVA a cargo 7,361.12 10,429.43 9,820.44 11,908.81 10,199.52 5,257.20(=) iDE pendiente de acreditar
(diferencia 3) $5,474.47 $2,577.83 $2,859.99 $0.00 $0.00 $0.00
Resumen de pagos provisionales y definitivos efectuados durante el ejercicio fiscal 2013
CÉDulA 14. rElACiÓn AnAlÍtiCA DE iMPuEstos PAGADos CorrEsPonDiEntE Al EJErCiCio FisCAl 2013
Meses del ejercicio isr propio isr por salarios iEtu iVA iDE totalEnero $0.00 $0.00 $678.51 $0.00 $9,283.44 $9,961.95Febrero 0.00 0.00 321.28 64.23 9,996.46 10,381.97Marzo 0.00 0.00 214.87 0.00 10,988.40 11,203.27Abril 0.00 0.00 698.88 0.00 11,541.22 12,240.10Mayo 0.00 0.00 712.78 0.00 12,170.88 12,883.66Junio 0.00 0.00 667.24 0.00 13,011.53 13,678.77Julio 0.00 0.00 574.30 0.00 13,958.59 14,532.89Agosto 0.00 0.00 840.62 0.00 14,567.95 15,408.57Septiembre 0.00 0.00 1,552.64 0.00 15,411.36 16,964.00Octubre 0.00 0.00 905.86 1,299.54 16,096.15 18,301.55Noviembre 0.00 0.00 236.87 1,687.99 16,552.94 18,477.80diciembre 0.00 0.00 0.00 13,451.13 17,566.30 31,017.43total de impuestos pagados $0.00 $0.00 $7,403.84 $16,502.90 $161,145.22 $185,051.98
ConclusiónComo puede observarse, mediante la ejemplificación del caso práctico anterior, se determinó la mecánica a seguir para el cálculo de los impuestos iVA, idE, iETU e iSR, con sus respectivos acreditamientos, com-pensaciones y papeles de trabajo que realizan la mayoría de contribuyentes personas físicas en el país con actividades empresariales.
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