1. DEFINICION:..........................................................................................................2
2. ORGANIZACIÓN GENERAL DEL ORGANO EJECUTIVO ..............................3
3. EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DEL ESTADO:.............................3
3.1. Atribuciones del Presidente”.................................................................................4
3.2. Atribuciones del Vicepresidente............................................................................5
4. MINISTERIOS DE ESTADO.................................................................................5
5. VICEMINISTROS Y VICEMINISTRAS.................................................................6
6. MINISTERIOS DEL ESTADO PLURINACIONAL...............................................7
7. ESTRUCTURA COMUN DE APOYO PARA LOS MINISTERIOS.....................8
7.1. DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION........................................................9
7.2. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS...............................9
7.3. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS...........................................10
7.4. UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA......................................................................11
7.5. UNIDAD DE TRANSPARENCIA............................................................................11
ORGANO EJECUTIVO1. DEFINICION:
Según la CPE el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el
Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y
las Ministras y los Ministros de Estado;1 siendo todos ellos los principales
responsables de la Administración del Estado, al responder al mandato del
pueblo boliviano. Se deben a la población en cuanto a la satisfacción de sus
necesidades, promoviendo el acercamiento directo entre el Estado y la
sociedad, y ejerciendo sus funciones mediante los mecanismos
institucionales definidos por la Constitución Política del Estado y la presente
norma. Se constituyen desde el día de su designación, en los principales
promotores del bienestar social, en aras de alcanzar el vivir bien
promoviendo el ejercicio de valores y principios morales con relación a la
atención de la población.2
Tiene a cargo la toma de decisiones y la administración del gobierno en
materia económica, social, educativa, política, etc. Hoy en día el poder
ejecutivo es en la mayoría de las sociedades uno de los cuatro poderes,
encargado de la administración de la región y de la toma de decisiones
sobre diferentes problemáticas que incumben a la sociedad que gobierna.
Hablamos de un Órgano Ejecutivo, también plurinacional, que es el
dispositivo político que concentra la voluntad y la acción política de la
condición plurinacional y comunitaria del país.
1 CPE Art 165.I2 D.S. 29894 Art. 5
2. ORGANIZACIÓN GENERAL DEL ORGANO
EJECUTIVO 3
a) A Nivel Central: (administración central del estado, se ejerce a través
de…)
Presidencia del Estado Plurinacional.
Vicepresidencia del Estado Plurinacional.
Ministerios del Estado Plurinacional.
b) A Nivel Departamental: (para atender asuntos específicos y por un
tiempo determinado; es establecido por el gobierno central)
Representación Presidencial en los Departamentos.
3. EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DEL
ESTADO:
Serán elegidas o elegidos por sufragio universal, obligatorio, directo, libre y
secreto. Será proclamada a la Presidencia y a la Vicepresidencia la
candidatura que haya reunido el cincuenta por ciento más uno de los votos
válidos; o que haya obtenido un mínimo del cuarenta por ciento de los votos
válidos, con una diferencia de al menos diez por ciento en relación con la
segunda candidatura. 4
Para acceder a la candidatura a la Presidencia o a la Vicepresidencia del
Estado se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al
servicio público, contar con treinta años de edad cumplidos al día de la
elección, y haber residido de forma permanente en el país al menos cinco
años inmediatamente anteriores a la elección.
El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la
Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden
ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.
3 D.S. 29894 Art. 6,7,84 CPE Art. 166.I
El presidente cuenta con un cuerpo de asesores jurídicos, económicos, de
comunicación y otros especialistas de diversas ramas que requiera.5
El presidente recibirá apoyo funcional, a través de la estructura organizativa
del Ministerio de la Presidencia y estará compuesto por:
a) Secretaría Privada de la Presidenta o Presidente.
b) Jefatura de Gabinete de la Presidenta o Presidente.
c) Dirección General de Comunicaciones de la Presidenta o Presidente.
d) Asesoría de la Presidenta o Presidente.
e) Unidad de Apoyo a la Gestión Social, responsable de apoyar y
coordinar las labores que realizan la Presidencia y Órgano Ejecutivo.
f) Casa Civil, responsable de apoyar y coordinar las labores
administrativas en la Residencia Presidencial.
g) Casa Militar, como órgano responsable de la seguridad personal de
la Presidenta o Presidente, para cuyo efecto deberá coordinar con
toda la estructura institucional de seguridad del Estado.
3.1. Atribuciones del Presidente”6
a. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.
b. Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano.
c. Proponer y dirigir las políticas de gobierno y de Estado.
d. Dirigir la administración pública y coordinar la acción de los
Ministros de Estado.
e. Dirigir la política exterior; suscribir tratados internacionales;
nombrar servidores públicos diplomáticos y consulares de
acuerdo a la ley; y admitir a los funcionarios extranjeros en
general.
f. Solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias al
Presidente o Presidenta de la Asamblea Legislativa
Plurinacional.
5 D.S. 29894 Art. 116 CPE Art. 172
g. Promulgar las leyes sancionadas por la Asamblea Legislativa
Plurinacional.
h. Dictar decretos supremos y resoluciones.
3.2. Atribuciones del Vicepresidente7
a. Asumir la Presidencia del Estado, en los casos establecidos
en la presente Constitución.
b. Coordinar las relaciones entre el Órgano Ejecutivo, la
Asamblea Legislativa Plurinacional y los gobiernos
autónomos.
c. Participar en las sesiones del Consejo de Ministros.
d. Coadyuvar con la Presidenta o el Presidente del Estado en la
dirección de la política general del Gobierno.
e. Participar conjuntamente con la Presidenta o el Presidente del
Estado en la formulación de la política exterior, así como
desempeñar misiones diplomáticas.
4. MINISTERIOS DE ESTADO
Las Ministras y los Ministros de Estado son servidoras públicas y servidores
públicos que dependen directamente del Presidente del Estado, son
responsables de los actos de administración adoptados en sus respectivas
carteras. Tienen como atribuciones, además de las determinadas en esta
Constitución y la ley: 8
a) Proponer y coadyuvar en la formulación de las políticas generales
del Gobierno.
b) Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector.
c) La gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente.
d) Dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia.
7 CPE Art. 1748 CPE Art. 175 ó D.S. 29894 Art. 14
e) Proponer proyectos de decreto supremo y suscribirlos con la
Presidenta o el Presidente del Estado.
f) Resolver en última instancia todo asunto administrativo que
corresponda al Ministerio.
g) Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional los informes que
les soliciten.
h) Coordinar con los otros Ministerios la planificación y ejecución de las
políticas del gobierno.
Los requisitos para ser designado como Ministro(a) de Estado se
requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio
público; tener cumplidos veinticinco años al día del nombramiento; no
formar parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional; no ser directivo,
accionista ni socio de entidades financieras o empresas que mantengan
relación contractual o que enfrenten intereses opuestos con el Estado;
no ser cónyuge ni pariente consanguíneo o afín dentro del segundo
grado de quienes se hallaren en ejercicio de la Presidencia o la
Vicepresidencia del Estado. No podrán ser designados las persona que,
en forma directa o como representante legal de persona jurídica, tenga
contratos pendientes de su cumplimiento o deudas ejecutoriadas con el
Estado.9
5. VICEMINISTROS Y VICEMINISTRAS
Algunas de sus funciones son:10
a) Planificar las actividades de su área, en coordinación con los demás
Viceministros.
b) Desarrollar sus responsabilidades y funciones específicas en el
marco de las directrices establecidas por el Ministro del área.
9 CPE Art. 176, 17710 D.S. 29894 Art. 15
c) Ejecutar una gestión eficiente y efectiva, de acuerdo con las normas
y regulaciones aplicables a las materias bajo su competencia.
d) Cumplir y hacer cumplir los objetivos institucionales…. Entre otras.
6. MINISTERIOS DEL ESTADO PLURINACIONAL
1) Ministerio de la presidencia
Min. Juan Ramón Quintana
2) Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Min. David Choquehuanca Céspedes
3) Ministerio de Justicia
Min. Virginia Velasco Condori
4) Ministerio de Minería y Metalurgia
Min. César Navarro Miranda
5) Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
Min. Luis Alberto Arce Catacora
6) Ministerio de Hidrocarburos y Energía
Min. Luis Alberto Sánchez
7) Ministerio de Planificación del Desarrollo
Min. René Gonzalo Orellana Halkyer
8) Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural
Min. Verónica Ramos Morales
9) Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
Min. José Gonzalo Trigoso
10)Ministerio de Medio Ambiente y Agua
Min. Alexandra Moreira López
11)Ministerio de Gobierno
Min. Carlos Gustavo Romero Bonifaz
12)Ministerio de Culturas y Turismo
Min. Marko Marcelo Machicao Bankovic
13)Ministerio de Comunicación
Min. Marianela Paco Durán
14)Ministerio de Defensa Nacional
Min. Reymi Ferreira
15)Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Min. Milton Claros Hinojosa
16)Ministerio de Educación
Min. Roberto Iván Aguilar Gómez
17)Ministerio de Salud
Min. Ariana Campero Nava
18)Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras
Min. Nemecia Achacollo Tola
19)Ministerio de Autonomías
Hugo José Siles Nuñez del Prado
20)Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la
Corrupción
Min. Lenny Tatiana Valdivia Bautista
21)Ministerio de Deportes
Tito Rolando Montaño Rivera
7. ESTRUCTURA COMUN DE APOYO PARA LOS
MINISTERIOS11
Los ministerios contaran con una estructura máxima integrada por:
Una Dirección General de Planificación
Una Dirección General de Asuntos Administrativos.
Una Dirección General de Asuntos Jurídicos.
Una Unidad de Auditoría Interna
Una Unidad de Transparencia
7.1. DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION12
11 D.S. 29894 Art. 11812 D.S. 29894 Art. 121
A cargo de un director(a), con dependencia directa del Ministro(a)
apoyando transversalmente en sus funciones a la estructura central
del MINISTERIO; cuenta con diferentes funciones como por ejemplo:
a. Coordinar y articular los procesos de planificación estratégica
y operativa, el seguimiento y la evaluación con los
Viceministerios y las entidades bajo tuición o dependencia del
Ministerio.
b. Articular la formulación y gestión de programas y proyectos,
en función a sus planes sectoriales de desarrollo y políticas
intersectoriales.
c. Verificar que sus programas y proyectos estén alineados a los
objetivos estratégicos de sus Planes Sectoriales de
Desarrollo, previa a la aprobación por la Máxima Autoridad
Ejecutiva del Ministerio.
d. Implantar los sistemas de Planificación, Seguimiento y
Evaluación, en concordancia con las directrices del Sistema
de Planificación Integral Estatal, y en coordinación con el
Ministerio de Planificación del Desarrollo.
e. Elaborar y administrar la información referente a la gestión y
ejecución de planes, programas y proyectos.
7.2. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS13
Tiene las siguientes funciones
a. Es responsable de dirigir y llevar adelante toda la
administración y finanzas de la estructura central del
ministerio, en el marco de la normativa legal vigente.
b. Desarrollar, implementar y supervisar la aplicación de los
sistemas financieros y no financieros establecidos en las
normas de Administración y Control Gubernamentales.
13 D.S. 29894 Art. 122
c. Prestar asistencia técnica en el ámbito de su competencia,
cuando sea requerida.
d. Asesorar y apoyar en asuntos administrativos al Ministro,
viceministros y demás estructura del ministerio.
e. Emitir resoluciones administrativas para resolver asuntos de
su competencia.
f. Asumir la representación en temas administrativos y
financieros para la estructura central del ministerio.
g. Ejecutar las funciones y tareas delegadas por el Ministro.
h. Elaborar y presentar los estados financieros auditados en
cumplimiento a normas legales vigentes.
i. Dirigir la organización y supervisar la biblioteca, archivo
central y los sistemas informáticos de la estructura central del
ministerio.
7.3. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS14
Tiene as siguientes funciones:
a. Prestar asesoramiento especializado al Ministro, Viceministros
y demás componentes de la estructura central del ministerio.
b. Apoyar en las tareas de desarrollo normativo jurídico de
competencia del ministerio.
c. Registrar y archivar las resoluciones ministeriales y toda otra
documentación, así como organizar las fuentes de información
legal.
d. Coordinar y supervisar la función y gestión jurídica del
ministerio.
e. Proyectar las resoluciones de los recursos que conozca el
ministerio y emitir informe fundado sobre su procedencia y
mérito.
14 D.S. 29894 Art. 123
7.4. UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA15
Se crea en cada ministerio, a cargo de un Jefe de Unidad, cuya
dependencia es directa del Ministro, sus funciones y atribuciones
están sujetas a las normas de Administración y Control
Gubernamental.
7.5. UNIDAD DE TRANSPARENCIA16
Se crea en cada ministerio, a cargo de un Jefe de Unidad bajo la
dependencia directa del Ministerio. Se encargará de transparentar la
gestión pública del Ministerio.
Tendrá un nivel de coordinación con el Ministerio de Transparencia
Institucional y Lucha Contra la Corrupción. Sus funciones son:
a. Asegurar el acceso a la información pública del respectivo
Ministerio.
b. Promover la ética de los servidores públicos del respectivo
Ministerio.
c. Desarrollar mecanismos para la implementación del control
social.
d. Velar porque sus autoridades cumplan con la obligación de
rendir cuentas, incluyendo la emisión de estados financieros,
informes de gestión, memorias anuales y otros.
15 D.S. 29894 Art. 12416 D.S. 29894 Art. 125
Top Related