INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015
TOMO I, INFORME EJECUTIVO
ÍNDICE
PRESENTACIÓN 5
I. LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
I.1. EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN 14
I.1.1. La Fase de Planeación 14
I.1.2. La Fase de Ejecución 15
I.1.3. La Fase de Elaboración de Informes 16
I.2. EL PROGRAMA GENERAL DE AUDITORÍA 16
I.2.1. La Selección de las Auditorías 16
I.2.2. Criterios Generales de Selección de Auditorías 17
I.2.3. Tipos de Auditorías que realiza la Auditoría Superior de la Ciudad de México 19
I.2.4. Alcance de la Fiscalización de la Cuenta Pública de 2015 23
I.3. ACCIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 27
I.3.1. Acciones que promueve la Auditoría Superior de la Ciudad de México 28
I.3.2. Clasificación de las Recomendaciones por Deficiencias Detectadas 30
I.4. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ANTE EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN LOCAL 33
I.4.1. La Reforma Legal en materia Anticorrupción de la Ciudad de México 34
I.4.2. El Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México 36
II. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN 39
II.1. LA PREVENCIÓN COMO ESTRATEGIA ANTICORRUPCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES 42
II.2. BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN 44
II.3. BUENAS PRÁCTICAS EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 46
II.3.1. Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México 46
II.3.2. Creación de Capacidades y Competencia Institucional en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 48
II.3.3. Transparencia y Participación Ciudadana en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 50
III. RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 53
III.1. OBSERVACIONES RELEVANTES DE LA REVISIÓN 55
III.2. HALLAZGOS 139
III.2.1. Hallazgos en materia de Control Interno 140
III.2.2. Hallazgos en materia de Ingresos 140
III.2.3. Hallazgos en materia de Adquisiciones y Servicios 142
III.2.4. Hallazgos en materia de Bienes Muebles e Inmuebles 142
III.2.5. Hallazgos en materia de Ayudas 143
III.2.6. Hallazgos en materia de Presupuesto Participativo 144
III.2.7. Hallazgos en materia de Ventanilla Única 144
III.2.8. Hallazgos en materia de Obra Pública 145
III.2.9. Hallazgos en materia de Desempeño 146
III.2.10. Hallazgos en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 146
IV. PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA 147
IV.1. EN MATERIA LEGISLATIVA 149
IV.1.1. Obra Pública 149
IV.1.2. Ayudas 150
IV.1.3. Presupuesto Participativo 150
IV.1.4. Tecnologías de la Información 150
IV.2. EN MATERIA NORMATIVA 150
IV.2.1. Ingresos 150
IV.2.2. Obra Pública 151
IV.2.3. Desempeño 151
IV.3. EN MATERIA DE MEJORA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO 151
IV.3.1. Control Interno 151
ÍNDICE GENERAL 153
PRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN
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a Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) rinde a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), por conducto de la Comisión de Vigi-lancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (CVASCM), el Informe
de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México corres-pondiente al Ejercicio de 2015. Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 122, apartado A, fracción II, sexto y séptimo párrafos; 74, fracción VI; y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1; 3; 4; 7; 8, fracciones I, II y IV; 14, fracción VI; 28; 36; 60; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; y 5, fracciones I, inciso f) y VII, inciso a), del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
Con el presente informe se concluye el proceso de revisión y verificación de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, el cual inició con su análisis mediante la aplicación de los criterios establecidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización, y continuó con la elaboración del Programa General de Auditoría (PGA) para la Revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de dicho ejercicio.
El PGA comprendió 186 auditorías; adicionalmente, se realizaron 10 auditorías con base en el convenio de coordinación y colaboración suscrito entre la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la ASCM, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 2014, con objeto de fiscalizar los recursos federales transfe-ridos a la Ciudad de México, labor en que la ASCM funge como coadyuvante.
En cumplimiento del artículo 36 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, los Informes Finales de Auditoría (IFA) derivados de la revisión de la Cuenta Pública de 2015, una vez autorizados por el Auditor Superior, se remitie-ron en tiempo y forma a los sujetos fiscalizados.
En términos de la normatividad antes mencionada, la revisión de la Cuenta Pública de 2015 tuvo por objeto verificar si los sujetos fiscalizados cumplieron las siguien-tes obligaciones:
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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
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1. Realizar sus operaciones, en lo general y en lo particular, de conformidad con
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal, el Código Fiscal del Distrito Federal, la Ley de Ingresos del
Distrito Federal, el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal para el Ejercicio
de 2015; y cumplir las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y su reglamento, la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su reglamento,
la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás
normatividad vigente en dicho ejercicio.
2. Ejercer correcta y estrictamente su presupuesto conforme a las funciones
y subfunciones aprobadas y con la periodicidad y formas establecidas por la ley.
3. Ajustar y ejecutar los programas de inversión en los términos y montos aprobados
y de conformidad con sus partidas.
4. Recaudar los ingresos de acuerdo con las cuotas y tarifas vigentes y con la
normatividad aplicable; y soportar las operaciones del gasto con la documentación
justificativa y comprobatoria respectiva.
5. Registrar las operaciones conforme a la Ley General de Contabilidad Guber-
namental y demás normatividad aplicable.
En cuanto a las 10 auditorías coordinadas con la ASF, practicadas con recursos
del PROFIS por tratarse de la revisión de recursos de origen federal, se verificó de
manera adicional el cumplimiento de las disposiciones aplicables en dicho ámbito.
El presente informe se integra por dos tomos. El Tomo I, “Informe Ejecutivo”, incluye
esta presentación y cuatro capítulos; y el Tomo II, “Resultados de Auditoría y Reco-
mendaciones Preventivas”, contiene los resultados de las 186 auditorías, las recomen-
daciones derivadas de éstas y cinco apéndices, incluido un glosario de siglas.
En el primer tomo, en el capítulo I, “La función Fiscalizadora de la Auditoría Supe-
rior de la Ciudad de México”, se refieren la misión y visión de la ASCM; el marco
jurídico y las normas de carácter nacional e internacional que rigen su actuación;
PRESENTACIÓN
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las fases de la auditoría; aspectos relacionados con la integración del Programa
General de Auditoría; la descripción de los diversos tipos de auditorías practica-
das; el alcance de la fiscalización; las promociones de acciones derivadas de la
revisión; y la clasificación de las deficiencias a que se refieren las recomendacio-
nes formuladas por la ASCM. Asimismo, se presentan las nuevas bases constitu-
cionales del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México.
En el capítulo II, “La Auditoría Superior de la Ciudad de México y la Prevención
de la Corrupción”, se aborda el papel de las entidades de fiscalización superior
y la prevención como base fundamental para combatir el fenómeno de la corrup-
ción; y las buenas prácticas en el ámbito de la fiscalización derivadas de la expe-
riencia internacional. Como parte del trabajo preventivo institucional, se expone la
implementación de la Política Institucional de Integridad, el Servicio Profesional
Fiscalizador de Carrera y las acciones de capacitación y desarrollo efectuadas en
el marco de la estrategia de creación de capacidades y competencia institucional;
y las prácticas que se han seguido en materia de transparencia, acceso a la infor-
mación pública y protección de datos personales.
En el capítulo III, “Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública”, se presentan
las observaciones relevantes de la revisión, que resumen los hechos, circunstancias,
magnitud e impacto de las observaciones más sobresalientes de las auditorías prac-
ticadas, así como los hallazgos de la revisión de la Cuenta Pública, que se refieren
a situaciones reiteradas, generalizadas o estructurales de los sujetos de fiscaliza-
ción, organizados en nueve grupos temáticos: control interno, ingresos, adqui-
siciones y servicios, bienes muebles e inmuebles, ayudas, presupuesto participa-
tivo, ventanilla única, obra pública, desempeño y tecnologías de la información
y las comunicaciones.
Finalmente, el capítulo IV, “Propuestas para el Desarrollo de Política Pública”, incor-
pora algunas sugerencias que se derivaron de las auditorías para ser valoradas
por la ALDF, agrupadas en tres materias: Legislativa, Normativa y de Mejora del
Sistema de Control Interno. Las propuestas se orientan a hacer más eficientes los
procesos operativos; y a prevenir eventos contrarios al logro de los objetivos,
fines y metas de los entes públicos.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
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El Tomo II se integra con los resultados de las 186 auditorías, en los cuales se seña-
lan las acciones y omisiones que contravienen la normatividad, y se formulan las
recomendaciones que esta entidad de fiscalización consideró procedentes. Por últi-
mo, se incorporan cinco apéndices, que presentan análisis complementarios de
orden financiero, presupuestal y programático; información estadística de carác-
ter económico-financiero y programático-presupuestal; y un glosario de las siglas
utilizadas en el documento.
Con la entrega del presente informe, se cumple en tiempo y forma lo establecido
en los artículos 36, párrafo cuarto, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad
de México; y 5, fracciones I; inciso f), y VII, inciso a), del Reglamento Interior de
la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
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a Auditoría Superior de la Ciudad de México tiene como misión fiscalizar y evaluar el ingreso y gasto públicos del Gobierno de la Ciudad de México conforme a los principios de independencia, imparcialidad, honestidad,
objetividad, transparencia y autonomía técnica y de gestión, observando estricta-mente la legislación aplicable, en beneficio de la ciudadanía.
El fundamento normativo con que cuenta esta entidad de fiscalización para cumplir su misión está constituido por el mandato constitucional, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, que no sólo establecen sus facultades y atribuciones, sino que garantizan su indepen-dencia, autonomía y objetividad en su quehacer cotidiano. Tales ordenamientos se complementan con otros de carácter secundario.
La ASCM considera además como parte de su marco de referencia las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI, por sus siglas en inglés), emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizado-ras Superiores (INTOSAI, también por sus siglas en inglés); las Normas Inter-nacionales de Auditoría (NIA); y las Normas Profesionales del Sistema Nacional de Fiscalización.
La función fiscalizadora de la ASCM se ejerce de manera posterior a la gestión financiera, tiene carácter externo y, por tanto, se lleva a cabo de manera independiente y autónoma de cualquier otra forma de control de los sujetos de revisión.
La fiscalización consiste en revisar y evaluar a los sujetos auditados, pronuncián-dose respecto de la aplicación de los recursos públicos, ingreso y gasto públicos y operaciones concluidas. La revisión que lleva a cabo la ASCM obedece a un proceso de fiscalización superior, que incluye desde la integración del Programa General de Auditoría (PGA) hasta la emisión del Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, con el propósito de garantizar que las auditorías y sus procesos se efectúen de acuerdo con la normatividad aplicable y con los fines institucionales.
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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
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I.1. EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN
El proceso general de fiscalización se efectúa en tres fases: planeación, ejecución
y elaboración de informes. Las actividades de fiscalización de la ASCM se reali-
zan en cumplimiento de las normas y procedimientos instituidos en el Manual de
Selección de Auditorías y en el Manual del Proceso General de Fiscalización, entre
otros documentos normativos.
Derivado de la función de auditoría, se emiten recomendaciones y se les da se-
guimiento, y se elaboran dictámenes y expedientes técnicos.
I.1.1. LA FASE DE PLANEACIÓN
La fase de planeación se divide en dos etapas: genérica y específica. Se inicia
cuando la ASCM recibe de la CVASCM la Cuenta Pública de la Ciudad de México,
o bien, cuando son asignados a la UAA los recursos humanos y materiales nece-
sarios para el desarrollo de una auditoría especial, acordada por el Pleno de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de la legislación aplicable.
La fase de planeación concluye con la emisión del Reporte de Planeación.
Antes de ejecutar el trabajo de auditoría, el auditor realiza una investigación de
gabinete y de campo o, en su caso, visitas para definir los objetivos de la revisión,
su alcance, los procedimientos y recursos necesarios, así como la oportunidad
para aplicar los primeros. Esta información se consigna en los papeles de trabajo
respectivos.
Planeación Genérica
De acuerdo con lo establecido en el Manual de Selección de Auditorías, en la planeación genérica se aplican los criterios para la selección de los entes, rubros, funciones o su equivalente por auditar; y se determinan las actividades y estrate-gias para llevar a cabo la revisión.
En dicho manual también se refieren los aspectos que deberán atenderse para supervisar la selección de auditorías, elaborar los proyectos de auditoría e integrar-los en el Programa General de Auditoría (PGA), el cual es aprobado por el Auditor Superior. El PGA es, pues, el resultado de la planeación genérica.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
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Planeación Específica
En esta etapa se programan las actividades por desarrollar durante la auditoría,
con el propósito de cumplir su objetivo. Con base en los resultados de la planeación
genérica y de la evaluación del control interno, se determina el alcance de la audi-
toría; la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas y procedimientos por
aplicar; y el tamaño de la muestra por revisar.
La planeación específica se plasma en el Programa Específico de Auditoría (PEA)
y da lugar a la elaboración del Reporte de Planeación.
En la planeación específica se deben, por una parte, ponderar los riesgos signifi-
cativos que afectan a los rubros o equivalente sujetos a revisión y, por otra, de-
terminar las actividades que se desarrollarán en las fases de auditoría subse-
cuentes (ejecución y elaboración de informes).
I.1.2. LA FASE DE EJECUCIÓN
La fase de ejecución de la auditoría inicia al término de la fase de planeación y con-
cluye el día en que se celebra la reunión de confronta con el sujeto fiscalizado.
Comprende la evaluación del control interno, la aplicación de pruebas sustanti-
vas, la revisión de registros contables y presupuestales de las operaciones, la
recopilación de evidencia suficiente y apropiada, así como, en su caso, visitas,
revisiones e inspecciones para respaldar los resultados que se plasmen en el
Informe Final de Auditoría.
En la revisión, se verifica si el sistema de control interno del sujeto fiscalizado
contribuye al logro de las metas y objetivos organizacionales.
En esta fase se recaba la evidencia de auditoría, es decir, el conjunto de elemen-
tos que, por una parte, comprueban la autenticidad de los hechos y la razonabili-
dad de las determinaciones expresadas por los auditores y, por otra, permiten
evaluar los procedimientos contables, presupuestarios, programáticos o adminis-
trativos empleados por el sujeto fiscalizado. Su finalidad es obtener elementos
técnicos para contar con un grado de certeza razonable respecto de los hechos
y situaciones observados.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
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Con un mínimo de diez días de anticipación a la reunión de confronta, la ASCM da a conocer al sujeto fiscalizado el informe de resultados de auditoría, con objeto de que éste aporte en la reunión los elementos documentales que considere adecuados para aclarar o desvirtuar las observaciones contenidas en el informe.
I.1.3. LA FASE DE ELABORACIÓN DE INFORMES
La última fase de la auditoría comprende desde el día hábil siguiente a aquel en que se efectúa la reunión de confronta con el sujeto fiscalizado hasta la emisión del Informe Final de Auditoría.
El IFA es el documento con que se notifica el objetivo de la revisión; en qué con-sistió la auditoría; los hechos, actos u omisiones detectados; su análisis y evalua-ción; y las recomendaciones derivadas de la revisión.
Los principios conforme a los cuales se elaboran los informes son la confiabilidad, objetividad, fundamentación, sistematización, idoneidad, claridad, concisión y relevancia.
La totalidad de los IFA integran el Tomo II del presente IR, que se rinde a la ALDF, por conducto de la CVASCM, en los términos del artículo 36 de la Ley de Fiscali-zación Superior de la Ciudad de México.
I.2. EL PROGRAMA GENERAL DE AUDITORÍA
El PGA se integra básicamente por un resumen de las auditorías por efectuar y los respectivos Proyectos de Auditoría, los cuales describen el ámbito general de cada revisión (objetivo, alcance y justificación). En él se prevén los trabajos que deben ser realizados por la ASCM para la revisión de la Cuenta Pública de la Ciu-dad de México del ejercicio que corresponda, los cuales podrán ser complemen-tados según las circunstancias que se presenten en el transcurso de la revisión.
I.2.1. LA SELECCIÓN DE LAS AUDITORÍAS
Dada la magnitud de la estructura orgánica del Gobierno de la Ciudad de México (universo por fiscalizar), la revisión de la Cuenta Pública se efectúa de manera selectiva, para lo cual se aplican diversos criterios que permiten precisar los sujetos de fiscalización, rubros o funciones de gasto (o su equivalente) por auditar, a fin de optimizar la utilización de los recursos disponibles y los resultados esperados.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
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Para la selección de las auditorías se realizan las siguientes actividades, entre otras:
1. Analizar la Cuenta Pública de la Ciudad de México, aplicando sistemática y articu-ladamente el esquema metodológico previsto en la normatividad institucional.
2. Efectuar una selección objetiva e imparcial, basada en la autonomía técnica y de gestión de la institución.
3. Aplicar los criterios contenidos en el Manual de Selección de Auditorías, con el fin de identificar a los sujetos de fiscalización, rubros, funciones de gasto (o su equivalente) que sean significativos en relación con el grupo de sujetos de fiscalización, partidas y capítulos de gasto, renglones de ingreso, cuentas contables, estructura funcional-programática u otro nivel de desagregación al cual correspondan.
4. Identificar los aspectos significativos de cada grupo de sujetos de fiscalización, partidas y capítulos de gasto, renglones de ingreso, cuentas contables, estruc-tura funcional-programática u otro nivel de desagregación pertinente.
5. Considerar los sujetos de fiscalización, rubros funciones de gasto (o su equiva-lente) que resulten más significativos por su comportamiento financiero, presu-puestal, contable y funcional-programático, por su importancia en la atención de demandas sociales, por el impacto de las políticas públicas aplicadas en la atención de dichas demandas y por la coincidencia de criterios de selección.
I.2.2. CRITERIOS GENERALES DE SELECCIÓN DE AUDITORÍAS
Importancia Relativa
Mediante este criterio se seleccionan los rubros de ingreso, gasto, inversión y fun-ción de gasto (o su equivalente) que presentaron variaciones significativas entre los montos presupuestados y los ejercidos que implican una consideración des-tacada, así como variaciones significativas (positivas o negativas) en el cumpli-miento de las metas, tanto físicas como financieras.
Respecto de las variaciones significativas, se privilegiará la inclusión de los rubros (capítulo, concepto o partida) o funciones de gasto (o su equivalente) que durante el ejercicio en revisión presentaron variaciones de signo positivo o negativo
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superiores al 20.0% del ingreso recaudado o del gasto ejercido con relación a lo estimado en la Ley de Ingresos del Distrito Federal o en el Presupuesto de Egre-sos de la Ciudad de México, respectivamente; o bien, que hayan presentado una variación positiva o negativa superior al 10.0% en el ingreso o gasto registrados en comparación con el ejercicio inmediato anterior.
Exposición al Riesgo
De acuerdo con este criterio, se considera preferentemente a los sujetos de fisca-lización que, por la naturaleza y características del procedimiento, actividad u opera-ción que realizan; por ser de reciente creación (con operación mínima de dos ejer-cicios fiscales); o por encontrarse en proceso de extinción o liquidación, estén expuestos a riesgos de errores, desperdicio, efectos secundarios no deseados derivados de la actividad principal o irregularidades, así como aquellos rubros, funciones de gasto (o su equivalente), programas o proyectos propensos a ineficien-cias e incumplimiento de objetivos y metas físicas y financieras.
Propuesta e Interés Ciudadano
Este criterio permite elegir los rubros, funciones de gasto (o su equivalente), pro-gramas o proyectos, obra pública, su equipamiento y servicios relacionados con ésta y demás inversiones físicas, incluidos los proyectos de infraestructura pro-ductiva a largo plazo, que por su naturaleza, impacto social o trascendencia sean de interés o repercusión para los habitantes de la Ciudad de México; ello incluye sujetos, programas o acciones, que hayan sido objeto de denuncias ciudadanas o solicitudes realizadas por las instituciones del sector público o privado, previo análisis y valoración de su viabilidad y procedencia técnica.
Con este principio se reconoce la participación, colaboración e interés de perso-nas y grupos que no pertenecen al sector público en los esfuerzos de prevención y erradicación de la corrupción.
Presencia y Cobertura
De acuerdo con estos criterios, se incorporan rubros, funciones de Gasto (o su equi-valente) y sujetos de fiscalización con asignaciones presupuestales significativas o no, a fin de garantizar que, eventualmente, se revisen todos los sujetos de fisca-lización y todos los conceptos susceptibles de ser auditados por estar incluidos en la Cuenta Pública del Gobierno de la Ciudad de México.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
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I.2.3. TIPOS DE AUDITORÍAS QUE REALIZA LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Los tipos de auditoría se refieren a aquellas materias en que la ASCM ejerce sus
facultades y atribuciones. Éstos se presentan de manera enunciativa mas no limi-
tativa y pueden llevarse a cabo con diversos enfoques. A continuación se presen-
tan los tipos de auditorías practicadas para efectos de la revisión de la Cuenta
Pública de la Ciudad de México de 2015:
Auditoría financiera
Auditoría de cumplimiento
Auditoría financiera y de cumplimiento
Auditoría financiera de cumplimiento con enfoque a tecnologías de la informa-ción y comunicaciones
Auditoría de desempeño
Auditoría de desempeño con enfoque al medio ambiente
Auditoría de obra pública y su equipamiento
I.2.3.1. Auditoría Financiera
La auditoría financiera se dirige a comprobar que en la recaudación del ingreso
y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en la Ley de Ingre-
sos y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, el Código Fiscal
del Distrito Federal, la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
la Ley General de Contabilidad Gubernamental, los acuerdos emitidos por el CONAC
y por el CONSAC-DF, acuerdos administrativos, circulares y demás ordenamien-
tos aplicables.
En materia de ingresos, se verifica que éstos se hayan operado conforme a los
momentos contables presupuestales de estimado, modificado, devengado y recau-
dado; que, en su caso, correspondan a los bienes vendidos o servicios prestados;
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
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que las transferencias coincidan con las reportadas en la Cuenta Pública de la Ciu-
dad de México y que se hayan destinado a los fines para los cuales se otorgaron;
y que los financiamientos se hayan obtenido, registrado y aplicado conforme a la
normatividad aplicable.
En relación con el gasto, se verifica que el presupuesto aplicado se haya operado conforme a los momentos contables presupuestales de aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad apli-cable; que las adquisiciones de bienes y las contrataciones de servicios y obra públi-ca se hayan sujetado a los procedimientos establecidos; y que los bienes y servi-cios se hayan adquirido oportunamente, a precios razonables, en la cantidad y con la calidad pactadas y en las condiciones estipuladas en los contratos, entre otros propósitos.
Tanto en materia de ingresos como de gasto, se comprueba que la Cuenta Públi-
ca del Gobierno de la Ciudad de México contenga información veraz, y se consta-
ta que los sistemas de control interno implantados sean aplicados, vigentes, ac-
tualizados, confiables, suficientes y oportunos.
I.2.3.2. Auditoría de Cumplimiento
Se orienta a verificar en qué medida el sujeto fiscalizado cumple las reglas, leyes,
reglamentos, políticas y códigos establecidos o las estipulaciones acordadas en
el desarrollo de sus actividades, así como los mecanismos instrumentados para
la aplicación de éstas, sobre todo por lo que corresponde a sus instrumentos jurí-
dicos básicos (de creación, organización, representación, etc.).
Lo anterior, a efecto de constatar la legalidad de sus actuaciones, el correcto fun-
cionamiento de sus órganos jurídico-administrativos y la adecuada protección
de sus intereses como organismos de interés público.
I.2.3.3. Auditoría Financiera y de Cumplimiento
La auditoría financiera y de cumplimiento se orienta a verificar que el presupuesto público sea registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado; y que sea destinado al cumplimiento de objetivos y metas establecidos
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en programas y proyectos de acuerdo con el marco normativo aplicable y con los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.1
Este tipo de auditorías busca obtener evidencia suficiente y apropiada, para es-tablecer una relación entre las actividades, procedimientos y operaciones finan-cieras de los sujetos fiscalizados y el grado de cumplimiento y adecuación de las leyes, reglamentos, normas y lineamientos internos.
I.2.3.4. Auditoría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Se enfoca a la revisión objetiva y metodológica de las normas, políticas, procesos y prácticas nacionales e internacionales en materia de tecnologías de la informa-ción y comunicaciones (TIC), de los sistemas informáticos en que se aplican, del uso eficaz de los recursos tecnológicos y de la efectividad del sistema de control in-terno asociado a las TIC de los sujetos fiscalizados para determinar hallazgos y, en su caso, formular recomendaciones respecto a la confidencialidad, integridad, disponibilidad y confiabilidad de la información.
Se evalúan la seguridad física, lógica y de las redes para resguardar el acceso a los datos, con el propósito de determinar la confiabilidad y desempeño de la tec-nología utilizada. Su objetivo es mantener el intercambio de información libre de riesgo y proteger los recursos informáticos de los usuarios y las organizaciones.
Este tipo de auditoría constituye un examen de la implementación de los siste-mas de tecnologías de la información y sus controles para asegurarse de que contribuyan al logro de los objetivos de los sujetos fiscalizados sin comprometer la seguridad, costo y otros elementos vitales, verificando su alineación a los prin-cipios de legalidad, eficiencia, economía y efectividad.
I.2.3.5. Auditoría de Desempeño
La auditoría al desempeño se dirige a evaluar y fiscalizar a los entes públicos de la Ciudad de México en torno al cumplimiento de objetivos, metas y atribuciones, conforme a la normativa aplicable, con la finalidad de medir el impacto social
1 ISSAI 400, en www.intosai.org.mx, Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento, pp. 3-4.
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de la gestión pública e identificar las fortalezas, debilidades y oportunidades de mejora para sustentar los resultados.
La auditoría de desempeño se lleva a cabo considerando los criterios de eficacia,
eficiencia y economía; transparencia; competencia de los actores; y calidad de
los bienes y servicios. De esta forma promueve la rendición de cuentas.
I.2.3.6. Auditoría de Desempeño con Enfoque al Medio Ambiente
Las auditorías de desempeño con enfoque al medio ambiente tienen como pro-pósito evaluar la gestión ambiental de las dependencias y entidades públicas de la Ciudad de México; la alineación de sus procesos, actividades y recursos a las normas nacionales e internacionales en materia ambiental; la información de pro-gramas y proyectos que permitan identificar sus efectos presentes y futuros en el medio ambiente y la sociedad; y la eficacia de las acciones gubernamentales y sus programas mediante la generación de unidades de impacto estratégico e indicadores relativos al cumplimiento de la salvaguarda de bienes jurídicamente incluidos en la protección del ambiente.
Estas auditorías consideran, al igual que las auditorías de desempeño, los criterios de eficacia, eficiencia y economía, así como la calidad de los bienes y servicios, las características de los ciudadanos usuarios y la competencia de los actores.
I.2.3.7. Auditoría de Obra Pública y su Equipamiento
Para el caso de los sujetos fiscalizados que hayan ejercido gasto de inversión en obra pública por contrato en proyectos u obras y en el equipamiento de éstas, se verifica que éstos se hayan planeado, programado, presupuestado, adjudicado, contratado, ejecutado, pagado, supervisado y, en su caso, liquidado y finiquitado de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su reglamento y otras normas de carácter general e incluso supletorio.
En cuanto a las obras públicas por administración, se revisará que se hayan eje-cutado efectivamente y cuenten con los estudios previos, proyectos y otros docu-mentos requeridos por la normatividad; que se haya llevado el control del perso-nal y equipo empleados para la ejecución de las obras, así como los registros del ejercicio del presupuesto; y que se haya ejercido la supervisión correspondiente.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
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En los proyectos integrales, se comprobará que las actividades principales y sus
precios alzados coincidan con los estipulado en los contratos y que los costos sean
acordes con las condiciones vigentes en la zona; que los trabajos se hayan reali-
zado en el plazo pactado; que se hayan cumplido las especificaciones establecidas
en los contratos; que los anticipos otorgados a los contratistas se hayan amorti-
zado en su totalidad; que se haya controlado la calidad de los materiales utilizados;
y que, en su caso, se hayan aplicado las penas convencionales, principalmente.
I.2.4. ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
El Programa General de Auditoría para la Revisión de la Cuenta Pública de la
Ciudad de México correspondiente al ejercicio de 2015 se integra por 186 audito-
rías, de las cuales 28 son financieras, 104 financieras y de cumplimiento, 19 de
cumplimiento (2 con enfoque a tecnologías de la información y comunicaciones),
15 de obra pública y 20 de desempeño (2 con enfoque al medio ambiente), como se
muestra en la gráfica siguiente:
TIPOS DE AUDITORÍAS PRACTICADAS PARA LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Financieras:28
15.0%
Financieras y de cumplimiento:
10455.9%
De cumplimiento:19
10.2%
De obra pública:15
8.1%
De desempeño:20
10.8%
De acuerdo con el número de revisiones por sector, 40 se practicaron a depen-
dencias del sector central, 64 a órganos político-administrativos, 17 a órganos
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
24
desconcentrados, 50 a entidades, 5 a órganos de gobierno y 10 a órganos autó-
nomos, como se muestra en seguida:
DISTRIBUCIÓN POR SECTOR DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Dependencias:40
21.5%
Órganos político-administrativo:
6434.4%
Órganos desconcentrados
:17
9.1%
Entidades:50
26.9%
Órganos de gobierno:
52.7%
Órganos autónomos:
105.4%
Enseguida se presenta el total de entes que se integraron en la Cuenta Pública
de la Ciudad de México correspondiente a 2015, agrupados por sector, y los que
fueron seleccionados y fiscalizados:
ENTES FISCALIZADOS POR SECTOR, CUENTA PÚBLICA DE 2015
Sector Universo Selección Porcentaje
Dependencias 22 21 95.4
Órganos político-administrativos 16 16 100.0
Órganos desconcentrados 16 12 75.0
Entidades 43 37 86.0
Órganos de gobierno 3 3 100.0
Órganos autónomos 7 7 100.0
Total 107 96 89.7
En el cuadro de la página siguiente, se muestran, agrupadas por sector, sujeto
fiscalizado y tipo de auditoría, las auditorías practicadas para la revisión de la
Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
25
AUDITORÍAS PARA LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015 POR SUJETO FISCALIZADO Y TIPO DE AUDITORÍA
Sujetos de fiscalización
Tipos de auditorías Financieras Financieras
y de cumplimiento
De cumplimiento
De obra pública
De desempeño
Suma
Dependencias Secretaría de Gobierno 1 – – – – 1 Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda 2 1 – – – – 2 Secretaría de Desarrollo Económico – 1 – – – 1 Secretaría de Turismo 1 – – – – 1 Secretaría del Medio Ambiente – – 1 2 2 2 3 5 Secretaría de Obras y Servicios 1 – – 5 – 6 Secretaría de Desarrollo Social – 1 – – – 1 Secretaría de Finanzas 3 1 4 1 – – 5 Secretaría de Movilidad 1 – – – – 1 Secretaría de Seguridad Pública 1 – – – 1 2 Secretaría de Salud 1 – – – 1 5 2 Secretaría de Cultura – 1 – – – 1 Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo – 1 – – 1 2 Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades – 1 – – – 1 Secretaría de Protección Civil – – – – 1 1 Secretaría de Educación del Distrito Federal – 1 – – – 1 Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación del Distrito Federal – – – – 1 1 Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal 2 – – – – 2 Contraloría General del Distrito Federal 1 – – – – 1 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal – – – – 2 2 Consejería Jurídica y de Servicios Legales 1 – – – – 1
Subtotal 15 7 2 7 9 40 Órganos Político-Administrativos
Delegación Álvaro Obregón – 3 1 – – 4
Delegación Azcapotzalco – 3 1 – – 4 Delegación Benito Juárez – 3 1 – – 4 Delegación Coyoacán – 3 1 – – 4
Delegación Cuajimalpa de Morelos – 3 1 – – 4 Delegación Cuauhtémoc – 3 1 – – 4 Delegación Gustavo A. Madero – 3 1 – – 4
Delegación Iztacalco – 3 1 – – 4 Delegación Iztapalapa – 3 1 – – 4
Delegación La Magdalena Contreras – 3 1 – – 4
Delegación Miguel Hidalgo – 3 1 – – 4 Delegación Milpa Alta – 3 1 – – 4 Delegación Tláhuac – 3 1 – – 4 Delegación Tlalpan – 3 1 – – 4
Delegación Venustiano Carranza – 3 1 – – 4 Delegación Xochimilco – 3 1 – – 4
Subtotal – 48 16 – – 64 Órganos Desconcentrados
Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México 1 – 1 2 – – 2 Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México – – – – 1 1 Sistema de Radio y Televisión Digital del Distrito Federal 1 – – – – 1 Autoridad del Centro Histórico 1 – – – – 1 Autoridad del Espacio Público – – – 3 1 4 Coordinación de los Centros de Transferencia Modal – – – – 1 1 Sistema de Aguas de la Ciudad de México – – – 2 – 2 Planta de Asfalto del Distrito Federal 1 – – – – 1 Proyecto Metro del Distrito Federal 1 – – – – 1 Instituto Técnico de Formación Policial – 1 – – – 1 Policía Auxiliar del Distrito Federal 1 – – – – 1 Policía Bancaria e Industrial 1 – – – – 1
Subtotal 7 1 1 5 3 17
Continúa…
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
26
… Continuación
Sujetos de fiscalización
Tipos de Auditorías Financieras Financieras
y de cumplimiento
De cumplimiento
De obra pública
De desempeño
Suma
Entidades Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de Vivienda del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México – 1 – – – 1 Fondo Mixto de Promoción Turística del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso del Centro Histórico de la Ciudad de México – 1 – 1 – 2 Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal – 1 – – – 1 Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México – 1 – – – 1 Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de la Juventud del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de las Mujeres del Distrito Federal – 1 – – – 1 Procuraduría Social del Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal – 1 – – – 1 Metrobús – 1 – – – 1 Sistema de Transporte Colectivo 1 2 – 1 1 5 Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal – 2 – – – 2 Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal 2 1 – – – 3 Fondo para el Desarrollo Económico del Distrito Federal – 1 – – – 1 Escuela de Administración Pública del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito – – – – 1 1 Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México – 1 – 1 Servicios de Salud Pública del Distrito Federal – 1 – – – 1 Procuraduría Ambiental y del Ordenamien-to Territorial del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Fideicomiso Museo de Arte Popular Mexicano – 1 – – – 1 Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México – 1 – – – 1 Instituto del Deporte del Distrito Federal – 1 – – – 1 Heroico Cuerpo de Bomberos – 1 – – – 1 Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal – 1 – – – 1 Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal – 1 – – – 1 Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal – 1 – – – 1 Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal – 1 – – – 1 Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal – 1 – – – 1 PROCDMX, S.A. de C.V. 2 1 – – – 3 Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V. – 1 – – – 1 Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. – 1 – – – 1 Subtotal 5 38 – 2 5 50
Continúa…
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
27
… Continuación
Sujetos de fiscalización
Tipos de Auditorías Financieras Financieras
y de cumplimiento
De cumplimiento
De obra pública
De desempeño
Suma
Órganos de Gobierno Asamblea Legislativa del Distrito Federal – 1 – – – 1 Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 1 1 – 1 – 3 Consejo de la Judicatura del Distrito Federal – 1 – – – 1 Subtotal 1 3 1 – 5
Órganos Autónomos Instituto Electoral del Distrito Federal – 1 – – – 1 Tribunal Electoral del Distrito Federal – 1 – – – 1 Tribunal de los Contencioso Administrativo del Distrito Federal – 1 – – – 1 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal – 1 – – 1 2 Universidad Autónoma de la Ciudad de México – 1 – – 1 2 Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal – 1 – – – 1
Subtotal – 7 – – 3 10
Total 28 104 19 15 20 186
1 Auditorías en las que adicionalmente se dio cobertura a la Autoridad del Espacio Público y a la Secretaría de Finanzas. 2 Auditoría con enfoque a tecnologías de la información y comunicaciones. 3 Auditorías con enfoque al medio ambiente. 4 Auditoría en la que adicionalmente se dio cobertura a la Secretaría de Seguridad Pública. 5 Auditoría en la que adicionalmente se dio cobertura a Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
I.3. ACCIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN
DE LA CUENTA PÚBLICA
Derivado de las revisiones y evaluaciones practicadas a los sujetos de fiscalización
con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, la ASCM
promueve, en su caso, ante las autoridades competentes las acciones legales
que se resulten de las presuntas irregularidades detectadas, con objeto de que
éstas determinen las responsabilidades a que haya lugar.
De las observaciones expuestas en los Informes Finales de Auditoría se derivan
recomendaciones, que son las medidas preventivas propuestas a los sujetos fis-
calizados para solventar las observaciones determinadas y evitar su recurrencia;
y promociones de acciones, que se dirigen a las autoridades competentes para
que emprendan las acciones legales que procedan para corregir las irregularida-
des detectadas y determinar las responsabilidades a que haya lugar.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
28
I.3.1. ACCIONES QUE PROMUEVE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
I.3.1.1. Recomendaciones
Las recomendaciones son declaraciones que se formulan al sujeto fiscalizado acerca
de las medidas que se consideran necesarias para corregir o prevenir la recurrencia
del problema identificado (deficiencia, error, inobservancia de normas, etc.) en el
curso de la auditoría. Deben ser específicas, viables, procedentes en términos de
la relación costo-beneficio que corresponda su aplicación y susceptible de verifi-
cación y seguimiento.
I.3.1.2. Promoción de Acciones
La normatividad interna de esta entidad de fiscalización establece el tratamiento
general por seguir a partir de los hallazgos que obran en los IFA. Cuando éstos
son remitidos a los sujetos fiscalizados, se inicia la elaboración, emisión, inte-
gración, trámite, seguimiento y autorización de las respectivas promociones
de acciones.
Una vez que las UAA elaboran y emiten los dictámenes técnicos correctivos los
expedientes técnicos, éstos son analizados en cuanto a su fundamentación jurídica
para determinar la procedencia de las promociones legales correspondientes.
Las acciones legales que promueve la ASCM pueden ser de los siguientes tipos:
Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Se promueve cuando la ASCM
detecta actos u omisiones de servidores públicos que puedan dar lugar a res-
ponsabilidades administrativas, por incumplimiento de una o más disposicio-
nes legales, reglamentarias o administrativas. Para ello, se elabora el Oficio
de Solicitud de Inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario, dirigido
a la Contraloría General de la Ciudad de México o al órgano interno de control
que corresponda.
Pliego de Observaciones. Se promueve cuando la ASCM considera que, de-
rivado de los actos u omisiones que dieron lugar a la emisión del Dictamen
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
29
Técnico Correctivo para la Determinación de Presuntas Responsabilidades
Administrativas, se ocasionó un daño o perjuicio al patrimonio del sujeto
fiscalizado o a la Hacienda Pública de la Ciudad de México. Por este medio
se requieren al sujeto fiscalizado la información, documentación y argumentos
que demuestren la inexistencia del daño o perjuicio o, en su caso, el resarci-
miento respectivo.
Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria. Con esta clase de promoción,
la ASCM solicita a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México que inicie el
Procedimiento de Responsabilidades Resarcitorias, por la falta de solventación
o resarcimiento de la totalidad de las irregularidades contenidas en el Pliego de
Observaciones, con objeto de que se resarza el daño o perjuicio causado a la
Hacienda Pública de la Ciudad de México o al patrimonio de los entes públi-
cos o de algún órgano de gobierno o autónomo; o de que determine lo que en
derecho proceda. En caso de que las irregularidades se presuman realizadas
por particulares en su actuación ante la administración pública de la Ciudad
de México, no será requisito indispensable la emisión y autorización del Dicta-
men Técnico Correctivo para la presentación de la denuncia de hechos, única-
mente con la documentación obtenida en el proceso de auditoría debidamente
certificada.
Denuncia de Hechos. Se promueve ante la Procuraduría General de Justicia
de la Ciudad de México, previo acuerdo del Auditor Superior, cuando de las
irregularidades contenidas en el Dictamen Técnico Correctivo para la Determi-
nación de Presuntas Responsabilidades Administrativas o de las respuestas
que los sujetos fiscalizados formulen en atención al Pliego de Observaciones
se desprende la existencia de situaciones que pueden constituir delitos.
Oficio de Incumplimiento de Obligaciones Fiscales. Con este documento la
ASCM hace del conocimiento de la autoridad fiscal competente la presunción
de errores, omisiones o incumplimiento de obligaciones fiscales de los suje-
tos fiscalizados o de terceros, detectados en la revisión de la Cuenta Pública
de la Ciudad de México.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
30
I.3.2. CLASIFICACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES POR DEFICIENCIAS DETECTADAS
En este apartado, se presenta una clasificación de las recomendaciones en fun-
ción de las deficiencias detectadas. La clasificación propuesta puede resultar un
tanto esquemática, dado que la práctica una misma observación puede involucrar
más de un tipo de conducta:
1. Deficiencias en la captación de ingresos. En el caso de las dependencias, se
refiere a la recaudación por concepto de contribuciones (impuestos, productos,
contribuciones de mejoras, derechos y aprovechamientos) en favor del Go-
bierno de la Ciudad de México; en el de las Delegaciones (o su equivalente),
a la captación de recursos autogenerados; y en el de las entidades, a la recu-
peración de ingresos propios.
2. Incumplimiento en el ejercicio del gasto. Se refiere a erogaciones mayores
o menores que las presupuestadas, a la realización de adecuaciones presu-
puestales no autorizadas o a la aplicación de recursos para fines distintos a los
previstos originalmente.
3. Falta de documentación justificativa o comprobatoria y evidencia del presu-
puesto devengado. Corresponde a los casos en que los sujetos fiscalizados
no cuentan con los documentos legales que determinen la obligación de ha-
cer un pago o que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspon-
dientes; o a la falta de evidencia de que los bienes y servicios se entregaron
en la cantidad, calidad y especie convenidas.
4. Incumplimiento de la normatividad interna aplicable. Cuando en el desempeño
de sus actividades, el sujeto fiscalizado no observó los lineamientos estable-
cidos en sus manuales, procedimientos y demás normatividad interna.
5. Carencia de normatividad. Cuando las actividades del sujeto fiscalizado no
están reguladas por manuales o procedimientos específicos, o los documen-
tos normativos de que dispone no están actualizados.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
31
6. Debilidades del control interno. Cuando no se cuenta con medidas de super-
visión suficientes para la correcta ejecución de las actividades ni para la pla-
neación y registro de las operaciones (contables y presupuestales).
7. Incumplimiento de disposiciones legales. Cuando el sujeto fiscalizado no cum-
plió la normatividad aplicable en la Ciudad de México o generó normatividad
interna que contradice las disposiciones legales.
8. Eventualidades o contingencias. Si el sujeto fiscalizado no emprendió las accio-
nes necesarias para atender de manera fundamentada una eventualidad en
su operación, o bien, no les dio seguimiento.
Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública de 2015, se generaron 2,002 re-
sultados de auditoría que dieron origen 1,604 recomendaciones, las cuales se distri-
buyeron de la siguiente forma:
TOTAL DE AUDITORÍAS, ENTES REVISADOS Y RECOMENDACIONES POR SECTOR DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Sector Auditorías Entes revisados Recomendaciones
Dependencias 40 21 362
Órganos político-administrativos 64 16 470
Órganos desconcentrados 17 12 145
Entidades 50 37 508
Órganos de gobierno 5 3 25
Órganos autónomos 10 7 94
Total 186 96 1,604
NOTA: Algunos entes fueron objeto de más de una auditoría, por lo cual el número de éstas es mayor que el de sujetos fiscalizados.
En la gráfica de la página siguiente se presentan las recomendaciones formuladas
como resultado de la revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México corres-
pondiente al ejercicio de 2015, agrupadas por sector:
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
32
TOTAL DE RECOMENDACIONES POR SECTOR, DERIVADAS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Dependencias:362
Órganos político-administrativos:
470Órganos
desconcentrados:145
Entidades:508
Órganos de gobierno:
25
Órganos autónomos:
94
Las 1,604 recomendaciones derivadas de la revisión se clasificaron de acuerdo
con las deficiencias detectadas. En seguida se presentan agrupadas por sector:
RECOMENDACIONES POR SECTOR AUDITADO DE ACUERDO CON LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS,
CUENTA PÚBLICA DE 2015
Tipo de deficiencia detectada Dependencias
Órganos político-
administrativos
Órganos desconcentrados Entidades Órganos
de gobierno Órganos
autónomos Total
Deficiencias en la captación de ingresos 2 – – – – – 2 Incumplimiento en el ejercicio del gasto – 2 – 2 – – 4 Falta de documentación comprobatoria o justificativa y evidencia del presupuesto devengado 10 4 19 14 1 2 50 Incumplimiento de la normatividad interna aplicable 41 10 6 46 5 21 129 Carencia de normatividad 25 5 11 31 – 15 87 Debilidades del control interno 101 90 28 121 2 23 365 Incumplimiento de las disposiciones legales 181 358 77 289 17 33 955 Eventualidades o contingencias 2 1 4 5 – – 12
Totales 362 470 145 508 25 94 1,604
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
33
Las deficiencias más recurrentes fueron incumplimiento de disposiciones legales, con 955 recomendaciones (59.5%); debilidades de control interno, con 365 (22.7%); e incumplimiento de la normatividad interna aplicable, con 129 (8.0%). En seguida se presentan las deficiencias a que se refieren las recomendaciones por cada sector:
RECOMENDACIONES POR SECTOR Y DEFICIENCIAS DETECTADAS, CUENTA PÚBLICA DE 2015
I.4. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ANTE EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN LOCAL
El 29 de enero de 2016 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la Reforma Política de la Ciudad de México, que implicó la modificación de 51 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con ella se extinguió jurídi-camente el Distrito Federal y se creó la Ciudad de México.
Esta reforma cambió la naturaleza jurídica de la ciudad, pero mantuvo su condición de sede de los Poderes de la Unión y capital del país (artículo 44). En cuanto a régimen interior y organización política y administrativa, reconoció su autonomía (artículo 122) y mandató la creación de una Constitución propia para la entidad por medio de una Asamblea Constituyente encargada de su elaboración y aprobación.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
34
La Asamblea Constituyente, integrada por 100 diputados, recibió el proyecto de Cons-
titución enviado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y el proceso de delibe-
ración abarcó del 15 de septiembre de 2016 al 31 de enero de 2017.
La primera Constitución de la ciudad fue publicada el 5 de febrero en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México y en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor
el 17 de septiembre de 2018, salvo lo relativo al tema electoral, que entró en vigor al
día siguiente de su publicación.
La Constitución Política de la Ciudad de México debe pasar por diferentes procesos
de ejecución antes de la fecha en que iniciará su vigencia. Conforme a su régimen
transitorio, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal expedirá, a más tardar el 31 de
diciembre de 2017, las leyes constitucionales relativas a la organización y funcio-
namiento de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad de México.
Las leyes relativas al Poder Legislativo entrarán en vigor el 17 de septiembre
de 2018, las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Poder Judicial
el 1o. de junio de 2019.2
La realidad jurídica constitucional de la Ciudad de México, es decir, el proceso que
debe seguirse para que entren en vigor las disposiciones de la Constitución Polí-
tica Local, corre de manera simultánea con la reforma que crea el Sistema Nacional
Anticorrupción; y obliga a las entidades federativas a crear sistemas locales anti-
corrupción, por ello, los principios establecidos en la Constitución Política de la Ciudad
de México en materia del sistema local anticorrupción y de fiscalización superior
deben desarrollarse en las leyes secundarias respectivas.
I.4.1. LA REFORMA LEGAL EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
A partir de la reforma del artículo 113 constitucional en materia de combate
a la corrupción del 27 de mayo de 2015, así como de la Ley General del Sistema
Nacional Anticorrupción y de la Ley General de Responsabilidades publicadas
el 18 de julio de 2016, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por mandato
constitucional debe diseñar, aprobar y poner en marcha el andamiaje jurídico
2 Artículo Transitorio Décimo Primero de la Constitución Política de la Ciudad de México.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
35
que constituya el Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, el cual deberá
estar vigente a más tardar el 19 de julio de 2017.
La VII Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por medio de
las Comisiones Unidas de Gobierno; de Administración Pública Local; de Adminis-
tración y Procuración de Justicia; de Transparencia a la Gestión; de Normatividad
Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias; y de Vigilancia de la Auditoría
Superior de la Ciudad de México, trabajan en el análisis y dictaminación de los docu-
mentos que contienen las iniciativas de ley y propuestas de reforma de las leyes que
constituirán el andamiaje jurídico del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México
y que son las siguientes:
1. Reforma de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
2. Reforma de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
3. Reforma de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Ren-
dición de Cuentas de la Ciudad de México
4. Reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
5. Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México
6. Ley de Auditoría y Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad
de México
7. Ley de Responsabilidades Administrativas
8. Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
9. Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
10. Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Ciu-
dad de México
11. Reforma del Código Penal para el Distrito Federal
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
36
El Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México debe ser acorde con el Sistema
Nacional Anticorrupción y buscar la coordinación con la Federación para el efec-
tivo combate a la corrupción, basado en un esquema tripartito de prevención,
investigación y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrup-
ción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos.
Conforme a lo previsto en la Constitución Política de la Ciudad de México y a la
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la ASCM formará parte del
Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México y tendrá un papel fundamental
en el sistema regulador de la gestión gubernamental, ya que su actividad tiene un
impacto positivo en la confianza de la sociedad y apoya los mecanismos de rendi-
ción de cuentas de la ciudad.
Las facultades y atribuciones que permitirán a la ASCM cumplir los propósitos
de prevención y combate de faltas administrativas y hechos de corrupción están
previstas en la Constitución Política de la Ciudad de México y, a partir de su desarrollo
en las leyes locales, se fortalecerán la fiscalización y control de los recursos públi-
cos de la Ciudad de México.
La Constitución incluye 71 artículos generales y 39 artículos transitorios; está divida
en 8 títulos, que introducen cambios significativos en los derechos de los habitantes
de la ciudad y en su organización política. En el Título Sexto de la Constitución Polí-
tica de la Ciudad de México, “Del Buen Gobierno y de la Buena Administración”
(artículos 60 al 67), se establecen los principios de la función pública, se sientan
las bases del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, se regula la Fiscaliza-
ción Superior en la Ciudad de México y se establecen los principios del régimen
de responsabilidades de los servidores públicos.
I.4.2. EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
El artículo 63 de la Constitución Política de la Ciudad de México define al Sistema
Local Anticorrupción como la “instancia de coordinación de las autoridades com-
petentes en la prevención, detección, investigación y sanción de responsabilida-
des administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control
de recursos”.
LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA ASCM
37
Se conformará por un Comité Coordinador, un Comité de Participación Ciudada-
na y un Secretariado Ejecutivo.
El Comité Coordinador se integrará con los titulares de la entidad de fiscalización,
de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, del Tribunal de Justicia
Administrativa, del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información, del Con-
sejo de Evaluación, del órgano de control del Congreso y de la secretaría encargada
del control interno, todos de la Ciudad de México; así como por un representante del
Consejo de la Judicatura y por un representante del Comité de Participación Ciuda-
dana del Sistema, quien lo presidirá.
En su calidad de integrante del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción
de la Ciudad de México, la Auditoría Superior de la Ciudad de México participará
y coadyuvará en lo siguiente:
1. Establecer mecanismos de coordinación con el Sistema Nacional Anticorrup-ción y con los entes públicos.
2. Formular diagnósticos de los factores que propician hechos de corrupción.
3. Diseñar y promover políticas públicas en materia de fiscalización y control de los recursos públicos; del ejercicio de las atribuciones de los servidores públicos; y de la prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción.
4. Determinar mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actua-lización de la información que sobre estas materias generen las instituciones públicas, académicas, sociales y privadas.
5. Crear mecanismos de participación ciudadana destinados al combate a la corrup-ción y al seguimiento de denuncias ciudadanas.
6. Establecer bases y principios para la efectiva coordinación de las autorida-des de la ciudad en materia de fiscalización, control de los recursos públicos y responsabilidades.
7. Formular recomendaciones a las autoridades locales, dirigidas a eliminar las causas institucionales de hechos de corrupción.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
38
8. Elaborar informes públicos que contengan los avances y resultados del ejer-cicio de sus funciones, de la aplicación de las políticas y los programas desti-nados a combatir la corrupción, de las recomendaciones emitidas, su estado y las respuestas correspondientes.
El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco personas que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuen-tas, el combate a la corrupción y su independencia del Gobierno de la Ciudad. Sus integrantes durarán en el encargo cinco años, sin posibilidad de reelección y serán renovados de manera escalonada.
Entre las atribuciones del Comité, destacan las siguientes: establecer mecanismos de vinculación, cooperación y colaboración con la ciudadanía; recibir las denun-cias de cualquier ciudadano sobre hechos de corrupción; y presentar denuncias sobre hechos de corrupción en los términos que fije la ley.
Para el auxilio técnico del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México se es-tablece un Secretariado Ejecutivo, que será designado por el Comité Coordinador a propuesta de su presidente. El Secretariado Ejecutivo tendrá el carácter de órgano descentralizado del Gobierno de la Ciudad.
El Secretariado Ejecutivo se encargará de apoyar los trabajos del Sistema mediante la generación, compilación y procesamiento de la información para identificar las causas de los hechos de corrupción; el diseño de metodologías e indicadores para medirlos y evaluarlos; y la formulación de los proyectos de informes y recomen-daciones que emitirá el Comité Coordinador. Asimismo, estará encargado de es-tablecer una plataforma digital que albergue el registro de denuncias, recomenda-ciones y sanciones.
La ASCM tiene un papel determinante en la prevención de la corrupción por lo que busca ser considerada una entidad de fiscalización objetiva, creíble, com-petente e independiente que apoya los cambios en beneficio de la ciudadanía. Asimismo, con base en las atribuciones que en materia de investigación y subs-tanciación de las responsabilidades administrativas se desarrollarán en las leyes respectivas, la ASCM formará parte del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, buscando siempre la coordinación con las autoridades competentes para la efectiva sanción de los servidores públicos y particulares involucrados en hechos de corrupción.
II
LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
41
LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
urante los últimos años, el papel de las entidades de fiscalización su-perior (EFS) ha ido cambiando. Dependiendo de su naturaleza y facul-tades, las EFS pueden generar productos de fiscalización superior, co-
mo informes de auditoría o sentencias; y servicios de fiscalización superior, como capacitación en materias de su competencia y proyección a la ciudadanía. Esos productos y servicios generan, a su vez, un impacto directo, como pueden ser mejoras en la gestión y control del erario por parte de las entidades fiscalizadas, rendición de cuentas de los fiscalizados y de la propia EFS, ahorros, recuperaciones y similares, así como ciudadanos mejor informados y capacitados para exigir rendi-ción de cuentas a los gestores públicos.3
Por todas estas facultades y servicios se ha reconocido que las EFS constituyen piezas fundamentales en la prevención y en la detección de la corrupción.
La ASCM ha privilegiado el enfoque de prevención en su función fiscalizadora por medio de diferentes acciones. En efecto, en el Informe de Resultados que rinde a la ALDF ha sido precursora en la presentación de un Informe Ejecutivo que incluye, con una visión integral basada en el análisis de las observaciones relevantes y hallazgos recurrentes detectados en las revisiones que realiza, pro-puestas sobre aspectos legales que abonan en el marco jurídico de los entes fiscalizados, así como propuestas de mejora de la gestión, incluidas acciones en materia de control interno del Gobierno de la Ciudad de México.
En el combate a la corrupción, la fiscalización externa es imprescindible, como parte del sistema regulador de la gestión pública. El trabajo sustantivo de fiscali-zación no tiene como propósito la aplicación de medidas punitivas en contra de los servidores públicos; el punto neurálgico de la fiscalización consiste en fomen-tar y propiciar las mejores prácticas administrativas mediante el señalamiento claro y preciso de áreas de oportunidad y de riesgo, y no necesariamente medidas
3 Participación ciudadana y entidades de fiscalización superior: impactos en el control y generación de valor público,
Coord. Contraloría General de la República de Costa Rica Presidencia de la Comisión Técnica de Participación Ciudadana (CTPC), XXV Asamblea General Ordinaria de la OLACEFS Querétaro, México, 23 al 26 de noviem-bre de 2015, p. 9.
D
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
42
de apremio, si bien éstas pueden aplicarse también de ser procedentes conforme al marco legal.
Los mecanismos de prevención de la fiscalización superior deben tener como pro-pósito disuadir conductas presuntamente constitutivas de delitos o malas prácticas administrativas mediante la detección de vulnerabilidades institucionales o normativas. Las acciones de fiscalización superior por sí mismas representan un mecanismo preventivo.
En otro enfoque preventivo, la ASCM promueve el fortalecimiento de las capaci-dades y competencias profesionales de su personal y pondera la ética del servidor público como estrategia para prevenir la corrupción. Al efecto, ha implementado diversas acciones relacionadas con la Política Institucional de Integridad, el Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera, la Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Participación Ciudadana.
Las acciones que ha implementado la ASCM se ajustan a las tendencias de diversos organismos internacionales relacionados con la función de fiscalización, los que han reconocido que las EFS cuentan con distintas herramientas de prevención y detección de la corrupción, que incluyen mecanismos y estrategias de concien-tización ciudadana, así como de transparencia proactiva.4
II.1. LA PREVENCIÓN COMO ESTRATEGIA ANTICORRUPCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES
La prevención como estrategia implica acciones, medidas y disposiciones que se toman de manera anticipada para aminorar un riesgo o un daño. Para el combate de la corrupción, países integrantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) firmaron la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC) en Mérida, México, en 2003. En este documento se establecen las bases para pre-venir la corrupción en las administraciones públicas mediante la implementación de diversas medidas y acciones que constituyen una estrategia para el combate efectivo de la corrupción.
4 OLACEFS, Comisión Técnica de Prácticas de Buena Gobernanza, Caja de Herramientas de las Entidades
Fiscalizadoras Superiores de la OLACEFS para el Control de la Corrupción (versión actualizada a noviembre de 2015), 2ed., 2015, p. 15.
43
LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
México se encuentra entre los Estados que han suscrito la CNUCC, por lo que
está obligado a formular y aplicar políticas coordinadas y eficaces contra la corrup-
ción, que promuevan la participación ciudadana, el imperio de la ley, la debida
gestión de los asuntos públicos y los bienes públicos, la integridad, la transparencia
y la rendición de cuentas.5
Las EFS son reconocidas por la ONU (Resolución de la Asamblea General de las
Naciones Unidas A/66/209 del 2011) como entidades esenciales para la promo-
ción de la eficiencia, la rendición de cuentas, la eficacia y la transparencia de la
administración pública, en aras de la consecución de los objetivos y prioridades
de desarrollo nacionales, así como de los objetivos de desarrollo convenidos inter-
nacionalmente. Por esa razón, la Organización Internacional de Entidades Fisca-
lizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés) estableció, en la Norma
Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 12, que las EFS
están llamadas, desde sus ámbitos de competencia, a generar valor y benefi-
cio para producir una diferencia en la vida de los ciudadanos, en tres dominios
fundamentales:
1. Fortalecer la rendición de cuentas, la transparencia y la integridad del gobierno
y de las entidades públicas.
2. Demostrar la relevancia continua de las EFS para los ciudadanos, el parla-
mento y otros actores interesados. Para ello, deben ser receptivas a los entornos
cambiantes y riesgos emergentes, comunicar con eficacia a las diversas par-
tes interesadas y constituirse en fuente confiable de conocimiento y orienta-
ción que aporte valor a los cambios beneficiosos del sector público.
3. Ser organizaciones modelo, procurando la buena gobernanza, la transparencia
y la rendición de cuentas de la EFS, con adhesión a normas éticas; vigilantes
de la calidad y la mejora continua de sus procesos, productos y servicios;
y promotoras del aprendizaje e intercambio de conocimientos en lo interno y en
lo externo.
5 Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, artículo 5o. numerales 1 y 2.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
44
En este contexto, la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades de
Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) ha resaltado que, en materia de prevención,
la participación ciudadana tiene un papel determinante. Además de la obligación
técnica de desarrollar una fiscalización objetiva, imparcial e independiente, las EFS
tienen el desafío de incorporar a la ciudadanía en las ciertas etapas del proceso
de fiscalización, (en un primer término, en la planeación de sus programas de
fiscalización) y demostrar a está una actuación ejemplar y el impacto o beneficio
que pueden generar en la mejora del control y la gestión de los recursos públicos.
En el ámbito de su competencia, la ASCM ha sido congruente con las tendencias in-ternacionales y ha dado puntual seguimiento al intercambio de experiencias y bue-nas prácticas de las EFS en materia de prevención de la corrupción y en la participa-ción ciudadana.
II.2. BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN
Las buenas prácticas son experiencias locales e internacionales que innovan la rela-
ción Estado-sociedad civil, introduciendo cambios en la gestión pública.6 Organismos
internacionales como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económi-
cos (OCDE), la INTOSAI y la OLACEFS han documentado buenas prácticas basa-
das en experiencias internacionales y que sirven para establecer relaciones de
colaboración entre las EFS y que motivan el intercambio y la posibilidad de explotar
contextos factibles para su réplica.7
En materia de prevención la OCDE, ha reconocido que el papel tradicional de las EFS
como verificadoras de la legalidad y regularidad de la gestión financiera y conta-
ble ha evolucionado. Hoy día, los objetivos de las revisiones de las EFS engloban
el planteamiento clásico de ahorro, regularidad y legalidad, así como el examen
de la eficiencia y eficacia de la gestión financiera y de los programas. Sin embargo,
la Government Accountability Office (GAO) de Estados Unidos de América,
6 Rosales Mario y Hernández J. Carlos, Buen Gobierno Local, Mejores Prácticas y Gestión del Conocimiento:
Los Bancos de Buenas Prácticas y su Influencia en la Acumulación de saber sobre Desarrollo Municipal y Local, disponible en http://www.celadel.org/textos/encuentro/Rosales,%20Mario.pdf.
7 Véase: Participación Ciudadana en el Control Fiscal. Buenas Prácticas para el Fortalecimiento de las Relaciones entre las Entidades de Fiscalización Superior y la Ciudadanía, disponible en http://www.olacefs.com/wp-content/uploads/2014/05/Buenas-practicas-Informe.pdf.
45
LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
que va más allá de esos objetivos y proporciona además asesoría en la elabora-
ción de políticas públicas y recomendaciones para la gestión pública.8 Con estas
acciones se privilegia en el enfoque preventivo de la función fiscalizadora, en
virtud de que se busca abonar en el proceso de implementación de las políticas
públicas con base en la experiencia de las EFS y generar observaciones que
deriven en el mejoramiento de la gestión pública.
La INTOSAI ha resaltado como buena práctica la creación de capacidades y compe-
tencia institucional para el fortalecimiento de las EFS, ya que les permite ello con-
tribuir al mejor desempeño de sus gobiernos, a mejorar la transparencia, combatir
la corrupción y a promover la rendición de cuentas. Para la creación de capaci-
dades y competencias institucionales, son fundamentales la implementación del
servicio profesional de carrera y el establecimiento de políticas de integridad.9
Para la OLACEFS la revalorización de la ética en la actuación del servidor públi-
co es de suma importancia como estrategia anticorrupción. Las EFS de América
Latina han jugado un rol determinante en el fortalecimiento de la integridad en sus
Estados. Las EFS de países como Argentina, Cuba, Ecuador, El Salvador, Hon-
duras, Panamá y Venezuela se han destacado por la implementación de Códigos
de Ética para sus funcionarios; Comités de Probidad y Ética; Programas de Ética
Pública, Transparencia y Competencias Institucionales; y sistemas para la decla-
ración en formato electrónico.10
La EUROSAI (Organización de Entidades Fiscalizadoras Superiores de Europa)
cuenta con un Grupo de Trabajo sobre Auditoría y Ética. Las actividades de este
grupo de trabajo están dirigidas a dos objetivos principales: promover la ética como
pilar de las EFS y promover la conducta ética en las organizaciones públicas me-
diante las actividades auditoras de las EFS. 11
8 La Modernización del Estado: El camino a seguir, OCDE; traducción Sonia Piedrafita-Temosa, Madrid: Insti-
tuto Nacional de Administración Pública, 2006, p. 119. 9 La INTOSAI establece, en la ISSAI 40, “Control de Calidad para las Entidades de Fiscalización Superior”, que
las entidades de fiscalización superior deben establecer políticas y procedimientos que garanticen que cuen-tan con personal competente, capaz y comprometido a los principios éticos para realizar sus trabajos de conformidad con los estándares profesionales, la ley y la normatividad correspondiente. Estas políticas y pro-cedimientos incluyen reclutamiento; evaluación; desarrollo profesional; capacidades; competencias; promo-ción y compensación de todo el personal de las EFS para favorecer el desarrollo profesional.
10 OLACEFS, op. cit., pp. 16-17. 11 Información disponible en http://www.eurosai.org/es/working-groups/audit-ethics/.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
46
Los países integrantes de la EUROSAI se han destacado por la implementación
de buenas prácticas relacionadas con la creación de capacidades y competencia
institucional de las EFS; por ejemplo, el Tribunal de Cuentas de Austria, en coordina-
ción con la Universidad de Economía y Negocios de Viena, imparte a su personal
el Master of Business Administration, que abarca temas de las áreas de finanzas
y contabilidad, economía del sector público, derecho y procesos de auditoría.12
II.3. BUENAS PRÁCTICAS EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Conforme a las directrices de los organismos internacionales y a la experiencia
derivada de las buenas prácticas de las EFS, la ASCM ha implementado diversas
acciones con enfoque preventivo, que buscan el mejoramiento de la gestión pú-
blica de los entes que fiscaliza; la creación de capacidades y competencia institu-
cional de su personal; y la implementación de mecanismos de participación ciu-
dadana que abonen en la transparencia y rendición de cuentas.
Con el propósito de fortalecer su actividad fiscalizadora, la ASCM, en el ámbito
de su competencia, ha integrado a su marco legal y normativo los principios jurí-
dicos y metodológicos necesarios para implementar una Política Institucional de
Integridad propia; un Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera, que conlleva
acciones de capacitación en coordinación con instituciones como la Universidad
Nacional Autónoma de México; y mecanismos de participación ciudadana contri-
buyen a la transparencia y a la rendición de cuentas.
II.3.1. POLÍTICA INSTITUCIONAL DE INTEGRIDAD DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
La integridad, entendida como principio ético, comprende cualidades esenciales
que debe tener todo servidor público, sobre todo quien se desempeña en un órgano
responsable de fiscalizar los recursos públicos. Incorruptibilidad, honestidad, pro-
fesionalismo, neutralidad y objetividad, entre otros, son valores que deben poseer
quienes se encargan de revisar las cuentas públicas; por ello, la ASCM se
ha preocupado por implementar medidas que no sólo de carácter correctivo,
12 Información disponible en: http://www.eurosai-tfae.tcontas.pt/default.aspx
47
LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
sino principalmente preventivas, propiciando un ambiente institucional abierto
y transparente, en el que los directivos de las ASCM actúen con el ejemplo y pro-
muevan una imagen congruente con el mandato institucional.
En este contexto, la ASCM estableció la Política Institucional de Integridad de la
Auditoría Superior de la Ciudad de México,13 en la que se privilegia la prevención
y la promoción de principios y valores entre sus servidores públicos, conforme a las
mejores prácticas nacionales e internacionales en materia de integridad, ética pública
y fiscalización, con el fin de lograr una nueva cultura de integridad y ética pública y
promover y difundir principios y valores que coadyuven a la prevención de la corrup-
ción y los conflictos de interés al interior de la ASCM.
La Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México
está basada fundamentalmente en tres acciones, a saber:
1. La creación de un Comité de Integridad;
2. La conformación de un marco normativo, integrado por el Código de Ética, que define los principios éticos que rigen la actuación de los sujetos obligados en la ASCM; el Código de Conducta, que determina, por medio de valores, las reglas de conductas que deberán observar en su actuación diaria los sujetos obligados; y el Acuerdo para prevenir el Conflicto de Intereses para la ASCM, el cual establece los lineamientos que deberán observar los sujetos obliga-dos a efecto de evitar impedimentos o influencias de terceros que comprome-tan su independencia y vulneren su imparcialidad.
3. El desarrollo e implementación de un plan de acciones de carácter perma-nente para garantizar la adopción de la cultura de ética pública, así como la evaluación de la Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
Las dos primeras acciones ya están implementadas. La ASCM realiza actualmente
diversas acciones que tienen como propósito impulsar una nueva cultura de inte-
gridad y de ética pública; por ejemplo, organizó el concurso Ensayo sobre Ética
13 Mediante acuerdo publicado el 14 de marzo de 2017, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
48
Pública en la Fiscalización, entre el personal de la ASCM, con objeto promover
el interés por el estudio de la ética pública en la fiscalización. Además, se llevó a cabo
la designación de Agentes del Cambio, que como servidores públicos de la ASCM
tienen la misión de promover la adopción de los principios y valores de Política
Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, princi-
palmente con el ejemplo.
El fin último de la Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la
Ciudad de México es que todas las actividades que se realizan en la ASCM se
conduzcan con forme a los principios de integridad, independencia, objetividad,
imparcialidad, confidencialidad y competencia técnica y profesional.
La ASCM reconoce que la actuación ética y profesional de sus servidores públicos
impacta en su imagen institucional e influye en la confianza ciudadana acerca de
la función que desempeña, por lo que su función debe desarrollarse en un con-
texto que genere el respeto y confianza públicos.
II.3.2. CREACIÓN DE CAPACIDADES Y COMPETENCIA INSTITUCIONAL EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Con base en la experiencia internacional que fomenta la creación de capacidades
profesionales y competencia institucional para el fortalecimiento de las EFS me-
diante la adopción de sistemas y procesos que regulen la convocatoria, contrata-
ción, retención, capacitación y promoción de los servidores públicos, la ASCM
creó el Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera (SPFC), dirigido al personal
auditor de la institución.14
El SPFC tiene por objeto promover el buen desempeño y permanencia de sus
integrantes, con base en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad,
eficiencia, profesionalismo, tecnicidad, eficacia, no discriminación, desempeño ade-
cuado, evaluación permanente, transparencia de procedimientos y competencia
de sus miembros por mérito.
14 El 29 de febrero de 2016, se instaló el Comité del Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera de la Auditoría Supe-
rior de la Ciudad de México, se emitió el Estatuto del Servicio Profesional Fiscalizador de Carrera, instrumento con el que se creó la Coordinación del Servicio Profesional Fiscalizador, como el área encargada de ejecutar los acuerdos del Comité.
49
LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
El SPFC constituye un sistema de gestión de personal que promueve la permanen-
cia, profesionalización y desarrollo de los auditores mediante un conjunto de normas
que regulan los procesos generales de planeación, ingreso, formación profesional,
evaluación del desempeño, movilidad y desarrollo.
Entre los beneficios de la implementación del SPFC destaca el fortalecimiento de
la profesionalización y especialización del personal, la toma decisiones colegiadas
para otorgar movilidad y estímulos, la igualdad de oportunidades del personal y el re-
conocimiento de méritos para ingresar, desarrollarse y permanecer en la ASCM.
El SPFC cuenta actualmente con un Plan de Formación en Fiscalización 2016-2021,
un Plan Curricular en Fiscalización para el personal del servicio y el Proceso de
Formación y Certificación de Competencias Profesionales del personal auditor
de la ASCM.
Dado que la capacitación es fundamental para la certificación de competencias
profesionales, la ASCM implementó las Jornadas de Capacitación, en las que se
desarrollan temas como Contabilidad Gubernamental y su Marco Normativo, Inte-
gración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México como base de la Fiscaliza-
ción de la ASCM, Auditoría Gubernamental, Control Interno y Criterios para su
Evaluación y Administración de Riesgos, Elaboración de Dictámenes Técnico-
Correctivos para la Promoción de Acciones; Responsabilidades Administrativas,
Argumentación Jurídica, Elaboración y Seguimiento de Recomendaciones, y Pla-
neación de Auditoría.
En las Jornadas de Capacitación también se desarrollan los cursos “Habilidades
para Auditoría Gubernamental”, el cual tiene como propósito mejorar el desem-
peño de los auditores en el proceso certificación; e “Inducción al Servicio Profe-
sional Fiscalizador de Carrera”.
Con el propósito de contribuir a que los servidores públicos de la ASCM desarro-
llen sus capacidades profesionales y eleven su nivel académico, se han celebrado
convenios de coordinación con instituciones educativas, a fin de establecer los proce-
sos de formación y profesionalización respectivos.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
50
Con la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal (EAP-DF) se cele-
bró un convenio de coordinación en el que se establecen las bases para el pro-
ceso de formación de los servidores públicos de la ASCM, por medio de diversos
cursos impartidos por dicha entidad, que posteriormente realiza la certificación de
capacidades del personal auditor.
Con base en un convenio de colaboración, con la Universidad Nacional Autóno-
ma de México (UNAM) imparte dos maestrías, en auditoría y administración,
en las instalaciones de la ASCM.
Se han establecido también programas de regularización académica con la Secreta-
ría de Educación de la Ciudad de México y programas de titulación con beca con
entidades privadas de educación superior.
II.3.3. TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
En materia de transparencia, la ASCM se ha distinguido por su compromiso con
el derecho de acceso a la información pública y con la protección de los datos
personales. Mantiene una colaboración constante con el Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal para
coadyuvar al aseguramiento de estos derechos fundamentales.
La ASCM atiende oportunamente las solicitudes de información pública y las relacio-
nadas con datos personales ingresadas mediante el Sistema INFOMEX o en la
ventanilla de atención al público, en los términos que establece la Ley de Trans-
parencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad
de México.
La ASCM cumple también las obligaciones de transparencia específicas que fija
la ley de referencia, al poner a disposición del público por medio del portal institu-
cional, información relacionada con el Programa General de Auditoría que se está
ejecutando y el avance trimestral de éste; y de los programas de auditoría con-
cluidos, los resultados de las auditorías, información relativa a las solventaciones
o aclaraciones de las observaciones derivadas de las auditorías, las recomenda-
ciones formuladas a los sujetos fiscalizados y su seguimiento.
51
LA ASCM Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN
Transparencia y participación ciudadana constituyen un binomio indisociable;
por ello, la ASCM ha integrado a su marco legal y normativo los principios jurídi-
cos y metodológicos necesarios para satisfacer las exigencias que conlleva una
ciudad abierta que privilegia la participación ciudadana.
El 21 de enero de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Regla-
mento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el que se prevé
la facultad del Auditor Superior de la Ciudad de México de coordinar el análisis de la
información generada en el ámbito de la demanda ciudadana, para determinar
los posibles riesgos que deben ser tomados en consideración para el desempeño
de la función fiscalizadora.15
Concretamente, el Manual de Selección de Auditorías de la Auditoría Superior de
la Ciudad de México vigente a partir del 29 de abril de 2016 prevé como criterio
para la selección de auditorías el de “Propuesta e Interés Ciudadano”. Este criterio
permite elegir los rubros, programas o proyectos, obra pública, su equipamiento,
servicios relacionados con ésta y demás inversiones físicas que por su naturaleza,
impacto social o trascendencia sean de interés o repercusión para los habitantes
de la ciudad de México; incluye también sujetos, programas o acciones que hayan
sido objeto de denuncias ciudadanas.
Para recabar este tipo de propuestas, la ASCM implementó en su portal institu-
cional un buzón ciudadano. Con él se fomenta la participación ciudadana en la
fiscalización y se promueve el combate a la corrupción, ya que esta herramienta
permite a la ASCM recibir sugerencias de auditoría las 24 horas de los 365 días
del año. Una vez analizadas, y de ser procedentes, las propuestas ciudadanas
se incorporan en el Programa General de Auditoría o, en su caso, se turnan a la
autoridad competente. Ello no obsta para que los ciudadanos puedan presentar
también sus propuestas por escrito
Con estas acciones, la ASCM reconoce la participación, colaboración e interés de
personas y grupos que no pertenecen al sector público en los esfuerzos por pre-
venir y erradicar la corrupción.
15 Artículo 6o., fracción XXXI, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
III
55
RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
ste capítulo incorpora las principales observaciones derivadas de la audito-rías que efectuó esta entidad de fiscalización con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio de 2015,
así como algunas sugerencias en materia legislativa, normativa y de control interno emanadas de las auditorías practicadas, con objeto de que sean valoradas por la ALDF para enriquecer la legislación que orienta las acciones de la fiscalización superior de la Ciudad de México.
III.1. OBSERVACIONES RELEVANTES DE LA REVISIÓN
En este apartado se presentan los hechos, circunstancias, magnitud e impacto que
caracterizaron las observaciones derivadas de las auditorías practicadas que, en opi-
nión de la ASCM, son más significativas, por lo cual no se consideran todos los sujetos
fiscalizados. Para conocer éstos en detalle, habrá que remitirse a los volúmenes
correspondientes que presentan el contexto completo de las revisiones efectuadas.
INGRESOS
DEPENDENCIAS
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, AUTORIDAD DEL ESPACIO
PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL Y SECRETARÍA DE FINANZAS
Ingresos por Derechos por el Estacionamiento de Vehículos en la Vía Pública (ECOPARQ)
La SEFIN careció de procedimientos actualizados que incluyeron mecanismos
de control y supervisión de los Ingresos por el Estacionamiento de Vehículos en
la Vía Pública (ECOPARQ).
La Secretaría no cuenta con un mecanismo de control que permita una supervisión
constante del funcionamiento de los sistemas, dispositivos e instrumentos de control
(parquímetros) de estacionamiento en la vía pública.
E
56
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
SECRETARÍA DE FINANZAS
Ingresos por Impuesto Predial
En los 10 expedientes de levantamientos topográficos realizados por la Subteso-
rería de Catastro y Padrón Territorial en 2015, el plazo entre la fecha de acuse del
trámite solicitado por el contribuyente y aquella en que se realizó el levantamiento
físico fue de 30 a 177 días naturales; con relación a la fecha de acuse del trámite
solicitado con el oficio del resultado del levantamiento físico, el desfase fue de
55 a 352 días naturales, por lo que se excedió el límite de los cuatro meses natu-
rales para su total sustanciación establecido en el artículo 54 del Código Fiscal
del Distrito Federal vigente en 2015.
En 15 expedientes de altas, bajas y movimientos al padrón, transcurrieron de
7 a 616 días naturales entre la fecha de acuse del trámite solicitado por el contribu-
yente, ante la Oficialía de Partes de la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial,
y aquella en que se realizaron las altas, bajas y movimientos al padrón. En conse-
cuencia, en algunos casos se excedió el límite de cuatro meses naturales para su
total sustanciación, establecido en el artículo 54 del Código Fiscal del Distrito Fede-
ral vigente en 2015.
De los cinco cheques devueltos por las instituciones bancarias, recibidos para el
pago del Impuesto Predial, por un importe de 50,624.2 miles de pesos, no hay eviden-
cia documental de que se haya recuperado el importe del crédito fiscal, sus acce-
sorios e indemnización, por lo que no se observó el Código Fiscal del Distrito Federal
vigente en 2015.
En cinco expedientes de dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales,
no se verificaron los cálculos aritméticos del valor catastral e Impuesto Predial, precios
unitarios y tarifas que utilizó el contador público para determinar las diferencias
a cargo, de conformidad con el procedimiento “Requerimiento de Saldos a cargo
de los Dictámenes de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales de Contribuciones
Locales” vigente en 2015.
En tres dictámenes de cumplimiento de obligaciones fiscales, se determinaron
diferencias por 6,117.0 miles de pesos en el valor catastral y por 14,135.2 miles
57
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
de pesos en Impuesto Predial, respecto de lo determinado por los contadores públi-
cos. Por no haber verificado los cálculos aritméticos, la dependencia no observó
el procedimiento “Requerimiento de Saldos a cargo de los Dictámenes de Cum-
plimiento de Obligaciones Fiscales de Contribuciones Locales” vigente en 2015.
Reducciones Fiscales de las Contribuciones Locales
Algunos expedientes de las Administraciones Tributarias (AT) de la SEFIN care-
cieron de la firma del servidor público facultado para autorizar la aplicación de las
reducciones fiscales de las contribuciones locales.
Las AT no conciliaron con la autoridad competente las constancias u oficios para
la aplicación de las reducciones fiscales de las contribuciones fiscales.
SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Ingresos por Aprovechamientos de Tipo Corriente, Multas de Tránsito (por Exceder los Límites de Velocidad en la Red Vial Primaria)
Algunas boletas de infracción emitidas por exceder los límites de velocidad fueron
firmadas por agentes de tránsito de la SSP que estaban facultados, pero cuyo nom-
bre y número de placa no habían sido publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México.
No hubo coordinación entre la SSP y la SEFIN para recuperar los ingresos por las
infracciones emitidas por exceder los límites de velocidad pendientes de cobro.
ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS
ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS Y SECRETARÍA DE FINANZAS
Ingresos por Derechos por los Servicios de Expedición de Licencias (por la Expedición de Licencias de Construcción o por el Registro de Manifestación de Construcciones)
El manual administrativo de la Delegación Álvaro Obregón incluyó un procedimiento
con un plazo para la expedición de licencias de construcción especial, distinto al
establecido en la normatividad aplicable. El manual administrativo de la Delegación
58
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Azcapotzalco registrado con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012 no fue
incorporado en la página de Internet del órgano político-administrativo para
consulta de sus servidores públicos hasta el ejercicio de 2016. La Delegación
Iztapalapa no incorporó en su normateca el manual administrativo registrado
con el núm. MA-13/100715-OPA-IZTAP-11/2011 para consulta de los servidores
públicos del órgano político-administrativo, aunque sí lo difundió entre su perso-
nal. El manual administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo careció de un pro-
cedimiento específico para la expedición de licencias de construcción especial
pero se ajustó a los Procedimientos Únicos para la Atención de Trámites y Servi-
cios, en particular, al procedimiento que regula las actividades para gestionar
dicho trámite.
En la Delegación Milpa Alta, tres de cuatro procedimientos relacionados con el rubro
sujeto a revisión no fueron actualizados conforme a los procedimientos adminis-
trativos únicos correspondientes a los trámites aplicables, lo que pudo ocasionar
que se autorizaran trámites sin sujetarse a la normatividad vigente; el manual
administrativo de la Delegación Tláhuac registrado con el núm. MA-314-1/13 no
fue elaborado conforme a los nuevos elementos de integración establecidos por
la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA); y los manuales
administrativos de las Delegaciones Milpa Alta y Tláhuac no fueron incorporados
en la normateca de los órganos político-administrativos para consulta de sus ser-
vidores públicos.
La Delegación Cuajimalpa de Morelos careció de procedimientos alineados o que dieran
atención a las disposiciones establecidas en la normatividad aplicable, y tampoco
incorporó sus manuales administrativos, apartados de organización y procedimien-
tos en su normateca para consulta de sus servidores públicos.
La Delegación Gustavo A. Madero no contó con procedimientos para el registro
de manifestaciones de construcciones ni para delimitar las responsabilidades de
los servidores públicos que participan en dichas actividades; y los procedimientos
de la Delegación Xochimilco relacionados con el rubro auditado no estuvieron
alineados a las disposiciones establecidas en la normatividad aplicable, no descri-
ben con precisión la forma de realizar las actividades que permitan la expedición
59
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
de licencias de construcción especial y el registro de manifestación de construc-
ciones ni delimitan las responsabilidades de los servidores públicos que partici-
pan en dichas actividades.
La Delegación Gustavo A. Madero registró una manifestación de construcción
como tipo “B”, aun cuando reunía las características de una tipo “C”.
Las Delegaciones Tláhuac y Xochimilco no inscribieron en el Registro Electrónico
de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Dis-
trito Federal, los trámites y servicios en materia de uso de suelo, construcciones
y obras de los cuales tienen bajo su responsabilidad la atención, regulación, orien-
tación, seguimiento, resolución o notificación, así como los formatos de solicitud
correspondientes; además, la Delegación Tláhuac proporcionó a un particular un
formato de solicitud de registro de una manifestación de construcción tipo “A” que
no estuvo registrado en el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito
Federal vigente en 2015 ni fue inscrito en el Registro Electrónico de los Trámites
y Servicios en 2015.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Cuajimalpa de Morelos, La Mag-
dalena Contreras, Milpa Alta y Xochimilco expidieron licencias de construcción
especial aun cuando los solicitantes no cumplieron la totalidad de los requisitos
y la documentación establecidos en el Reglamento de Construcciones para el
Distrito Federal, el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal,
el Acuerdo por el cual se establecen Procedimientos Únicos para la Atención
de Trámites y Servicios, el Código Fiscal del Distrito Federal y, en su caso, en el
Manual Administrativo del órgano político-administrativo, vigentes en 2015.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos, Cuauh-
témoc, Iztacalco, Iztapalapa, Miguel Hidalgo, Tlalpan y Xochimilco registraron mani-
festaciones de construcciones aun cuando los solicitantes no cumplieron la totali-
dad de los requisitos y la documentación necesarios para ello.
Las Delegaciones Benito Juárez y Cuajimalpa de Morelos registraron manifesta-
ciones de construcciones aun cuando rebasaron la superficie o niveles máximos
60
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
autorizados para construcción indicados en los Certificados de Uso del Suelo que
emitió la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
La Delegación Azcapotzalco registró una manifestación de construcción aun
cuando el solicitante presentó adeudos de los Derechos por el Suministro de Agua
en los bimestres del primero al sexto de 2003, del primero al sexto de 2004, del
primero al sexto de 2005, del primero al segundo de 2006 y el tercero de 2015.
Las Delegaciones Coyoacán, Tlalpan y Xochimilco expidieron licencias de cons-
trucción especial o registraron manifestaciones de construcciones a solicitantes
que no estaban al corriente de sus obligaciones fiscales, en específico, en el pa-
go de los Derechos por el Suministro de Agua o del Impuesto Predial, y no inicia-
ron el procedimiento de nulidad del acto administrativo para declarar la nulidad de
la expedición de la licencia de construcción especial o del registro de la manifes-
tación de construcción.
En las Delegaciones Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuajimalpa
de Morelos, La Magdalena Contreras y Venustiano Carranza, algunos solicitantes de
la expedición de las licencia de construcción especial o del registro de manifesta-
ciones de construcciones presentaron constancias de adeudos del Impuesto
Predial o de los Derechos por el Suministro de Agua presumiblemente apócrifas,
ya que no fueron emitidas por la Secretaría de Finanzas y por el Sistema de Aguas
de Ciudad de México, respectivamente.
En la Delegación Cuajimalpa de Morelos un solicitante entregó un recibo de pago
correspondiente a los derechos de una manifestación de construcción tipo “B”
que presuntamente no es auténtico.
Las Delegaciones Benito Juárez, Coyoacán y Miguel Hidalgo no revisaron ni veri-
ficaron que el monto de los derechos autodeterminados y pagados por los solici-
tantes de la expedición de licencias de construcción especial o del registro de
manifestaciones de construcciones fuese correcto y se hubiese ajustado a la me-
todología de cálculo para la determinación de dichos derechos, toda vez que pa-
garon un monto inferior al que les correspondía. Las Delegaciones Benito Juárez,
61
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Coyoacán e Iztacalco registraron manifestaciones de construcciones sin contar
previamente con el comprobante de pago de los derechos correspondientes.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuauhtémoc, La Mag-
dalena Contreras, Miguel Hidalgo y Tlalpan expidieron licencias de construcción
especial fuera del plazo establecido en la normatividad aplicable.
La Delegación Benito Juárez, Cuauhtémoc, Iztacalco y Venustiano Carranza noti-
ficaron prevenciones a los solicitantes de la expedición de licencias de construc-
ción especial o del registro de manifestaciones de construcciones fuera del plazo
que establece la normatividad aplicable; asimismo, las Delegaciones Benito Juárez
e Iztacalco no emitieron las resoluciones en las que determinaran por no presen-
tados algunos trámites de solicitud de registro de manifestaciones de construcciones
y no declararon nulo el acto administrativo, por no recibir las respuestas de los
solicitantes a los oficios de prevención notificados.
La Delegación Benito Juárez notificó dos prevenciones al solicitante del registro
de una manifestación de construcción en lugar de notificarlo una sola vez; y la Delega-
ción Milpa Alta no previno al solicitante de una licencia de construcción especial
para requerirle aclaraciones o documentación faltante en su expediente.
Las Delegaciones Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Iztacalco, Iztapalapa,
Miguel Hidalgo y Tlalpan no realizaron ni solicitaron al Instituto de Verificación
Administrativa del Distrito Federal la realización de visitas técnicas de verifica-
ción del desarrollo de los trabajos de obra llevado a cabo en los predios o in-
muebles a los que les expidieron licencias de construcción especial o les otorga-
ron el registro de manifestaciones de construcciones y, por tanto, no elaboraron
los reportes ni adjuntaron la documentación que los acreditara en los expedientes
respectivos.
62
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
EGRESOS
DEPENDENCIAS
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
Trece Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC), por 197,466.3 miles de pesos, emiti-
das con cargo a la partida 6321 “Ejecución de Proyectos Productivos no Incluidos en
Conceptos Anteriores de este Capítulo” se expidieron con desfases de 6 a 198 días.
La SEGOB tramitó dichas CLC ante la SEFIN para la obtención de los recursos
económicos para su pago con posterioridad a la cancelación de las obligaciones
correspondientes.
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
La documentación contenida en los expedientes de beneficiarios del Programa
de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal “Yo te Apoyo”
no contiene la leyenda “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado
ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que
pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines
políticos electorales…”.
En algunos casos, se duplico el registro de las ayudas a los beneficiarios del pro-
grama de Fortalecimiento de Apoyo a los Micronegocios para el Distrito Federal
“Yo te Apoyo”.
SECRETARÍA DE TURISMO
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
La modificación al presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales”
contribuyó parcialmente al cumplimiento de los objetivos y metas del sujeto fisca-
lizado, toda vez que existen afectaciones que no necesariamente obedecieron
63
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
al cumplimiento de metas y objetivos, sino a recalendarizaciones y deficiencias en el
proceso de programación-presupuestación.
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
En el contrato bianual de obra pública núm. SMA-DGBUEA-001-2014-OP, cuyo
objeto es el “Mejoramiento de Infraestructura Urbana-Segunda Sección del Bos-
que de Chapultepec”, la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación
Ambiental en la SEDEMA no acreditó las causas que fundamentaron el motivo
de la excepción para caso fortuito de la licitación pública, al haberlo adjudicado
directamente.
Pagó estimaciones sin que éstas contaran con la autorización del residente de obra.
La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental entregó al contra-
tista de obra el anticipo correspondiente al ejercicio de 2015 con 44 días naturales
de atraso.
Se detectaron diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por
719.7 miles de pesos (sin IVA), en los conceptos CON-CIM01 “Construcción de
cimiento de 0.50x0.50x1.0…”, EXC-MA02 “Excavación a mano zona “B”, clase II,
saturado…” y TF14HD “Suministro y colocación de juego de 4 anclas…”; autori-
zados para pago por la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Am-
biental, mediante las estimaciones núms. 1/REV, 2/REV, 3/REV, 4/REV, 5/REV,
6/REV, 7/REV, 8/REV y 9/REV/CON. Lo anterior, debido a que dichos trabajos
están incluidos en el alcance del concepto LM-ECK-01 “Suministro, instalación
y pruebas de luminario tipo solar marca ECOKIT…”, conforme a la especificación
para el “Suministro y colocación de luminaria de acuerdo a proyecto” (según el archi-
vo magnético núm. 55: Normas y especificaciones de construcción, proporcionado
por el sujeto fiscalizado).
Se detectaron diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por
717.9 miles de pesos (sin IVA), en los conceptos LM-ECK-01 “Suministro, insta-
lación y pruebas de luminaria tipo solar marca ECOKIT…” y PS-C0002 “Suministro
64
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
e instalación de poste cónico circular de 9.00 m de altura…”, autorizados para pago
por la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, mediante
la estimación núm. 9/REV/CON. En la visita de verificación física del 30 de sep-
tiembre de 2016, en la que participó personal de la ASCM y de la Dirección
de Bosques Urbanos y de Educación Ambiental en la SEDEMA, se observó que de
las 410.00 piezas pagadas, solamente se ejecutaron 392.00 piezas, con lo que
resulta una diferencia de 18.00 piezas pagadas no ejecutadas en cada uno de
los conceptos, en los siguientes frentes: Parque Amistad, Fuente de las Ranas
zoológico y Coordinación SEDEMA.
Se detectaron diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por
359.4 miles de pesos (sin IVA), en el concepto BN16DC “Acarreo en camión de mate-
rial de demolición de concreto, kilómetros subsecuentes, zona urbana (acarreo al
sitio donde se ubicará la planta de trituración en tramo 21 en explanada de con-
creto)”, autorizado para pago por la Dirección General de Bosques Urbanos
y Educación Ambiental, mediante las estimaciones núms. 5/REV y 9/REV/CON.
Lo anterior, debido a que se consideró la aplicación de 3, 17 y 20 kilómetros sub-
secuentes en los números generadores de las estimaciones en mención.
En el contrato de servicios relacionados con la obra pública
núm. SMA-DGBUEA-002-2014 OP, referente a la “Supervisión externa para el mejo-
ramiento de Infraestructura Urbana-Segunda Sección del Bosque de Chapulte-
pec”, la Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, no aplicó
la pena convencional a la empresa encargada de los trabajos de supervisión, por
aprobar pagos por 2,168.7 miles de pesos (sin IVA), que presentan diferencias
entre los trabajos pagados y los ejecutados en el contrato bianual de obra pública
núm.SMA-DGBUEA-001-2014-OP.
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
La SEDEMA realizó obra pública por contrato, por conducto de la Dirección Ge-
neral de Bosques Urbanos y Educación Ambiental, sin contar con personal para
la dirección, coordinación y supervisión de la obra pública en su estructura organi-
zacional autorizada. Asimismo, careció de procedimientos técnicos y administrati-
vos para el control de los procesos de planeación, programación, presupuestación,
65
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
licitación, adjudicación, contratación, ejecución, pago, supervisión, entrega-recepción,
liquidación y finiquito de la obra pública.
La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental realizó obra
pública en terrenos y vialidades que no están bajo la administración de la SEDEMA,
para su conservación, preservación, rehabilitación, mejoramiento, desarrollo y fun-
cionamiento y no acreditó la tenencia de la tierra ni los permisos y autorizaciones
que le permitieran construir el “Biciestacionamiento masivo La Raza”, en este caso,
en un terreno del patrimonio del STC.
En un contrato, esta Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Am-
biental convino en la cláusula octava que la garantía para responder de los defec-
tos que resultaren de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad, ten-
dría vigencia de un año, sin considerar que en el caso de proyecto integral, el plazo de
garantía deberá cubrir por lo menos el veinticinco por ciento de su vida útil o que
debe subsistir al menos durante un plazo de 24 meses.
No se estableció la Residencia de Obra para un contrato; y para otro, fue desig-
nado como Residente de Obra una persona que no era un servidor público de
estructura.
La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental autorizó pagos,
sin acreditar su procedencia y que correspondieran a compromisos efectivamente
devengados; y no efectuó la recepción de las obras públicas, objeto de los cuatro
contratos revisados, a pesar de que las empresas contratistas avisaron de la con-
clusión de los trabajos.
Sin acreditar que las obras a cargo de dos contratos, estuvieran concluidas, la Direc-
ción General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental autorizó su pago sin rete-
ner el 5.0% del importe de la obra no ejecutada, que tendría el carácter de defini-
tivo si a la fecha pactada para la terminación no se hubiese concluido; y no aplicó
la pena del 0.1% (uno al millar) por cada día natural de atraso que transcurrió
hasta el día de su plena ejecución y entrega, ambos convenidos en la cláusula
décima primera contractual.
66
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
La Dirección General de Bosques Urbanos y Educación Ambiental autorizó el pago
de estimaciones sin que el contrato tuviera el carácter de justificante del gasto,
ya que convino obligaciones anteriores a la fecha de su suscripción.
No requirió a la empresa de servicios que estuvo a cargo de la supervisión de
dos contratos, el pago de las penas convencionales a que se hicieron acreedoras
por los daños y perjuicios ocasionados por deficiencias en la ejecución de los
servicios de supervisión.
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
La SOBSE no acreditó que los elementos de soporte para la determinación de sus
metas física y financiera correspondieran a las metas establecidas en el Guion
del Programa Operativo Anual.
La dependencia no proporcionó la constancia del cumplimiento de las obligacio-
nes contractuales y de aceptación de los servicios prestados por las cuatro em-
presas de la muestra de auditoría.
Capítulo 6000 “Inversión Pública” (Rehabilitación de la Línea 12 STC)
En relación con el procedimiento de adjudicación directa núm. OPAD-DDCOC-L-001-15,
la Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE no elaboró adecuadamente
el dictamen que sirvió de base para la adjudicación del contrato de obra pública
núm. DGOP-AD-L-1-001-15, referente a la “Rehabilitación del Sistema de Vías de
la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo, tramo Tláhuac-Mixcoac 1ra Etapa”.
La Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE, en el contrato de obra pública
núm. DGOP-AD-L-1-001-15, puso a disposición del contratista el anticipo con 22 días
hábiles de atraso respecto a la fecha en que recibió la fianza correspondiente.
En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, el residente de obra
y la supervisión externa no registraron en la bitácora de obra, notas relevantes tales
como la resolución a las solicitudes del contratista de obra, para que se le autori-
zara la utilización de la “Multicalzadora”, propiedad del STC.
67
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron dife-
rencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 190.4 miles de pesos
(sin IVA), en el concepto 1.1 “Retiro de balasto (Alcance No. 1)”, autorizado por la
Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para pago, mediante la esti-
mación núm. 1 CA correspondiente al período de ejecución del 1o. al 30 de no-
viembre de 2015, debido a una duplicación de 73.84 m3 en la vía 2 entre los PK
(cadenamientos) 6+164.47 al 6+240.00, los cuales ya habían sido pagados en la
estimación núm. 10 con período de ejecución del 1o. al 31 de octubre de 2015,
con un precio unitario contratado de 2.6 miles de pesos por metro cúbico.
En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron diferencias
entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 7,455.3 miles de pesos (sin IVA),
integrado por 3,880.5 miles de pesos (sin IVA), en el concepto 2.3 “Suministro
e instalación de durmiente de concreto tipo S354 IPA para sujeción VIPA de 4 aguje-
ros UIC 60 (Alcance No. 5)”, y 3,574.8 miles de pesos (sin IVA), en el concepto
4.2 “Suministro y colocación de fijación UIC 60 VIPA SP (Alcance No. 19)”; autoriza-
dos por la Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para pago mediante
las estimaciones núms. 10 y 1 (CA).
En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron dife-
rencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 298.8 miles de pesos
(sin IVA), en el concepto 2.2 “Retiro de durmiente existente de concreto tipo mo-
nobloque a almacén provisional en talleres Tláhuac (Alcance No. 4)”, autorizado
por la mencionada Dirección en la SOBSE para pago mediante la estimación
núm. 9, con un período de ejecución del 1o. al 30 de septiembre de 2015, debido
a que en la vía 2, entre los PK (cadenamientos) 12+660.00 al 12+664.00, consi-
deró erróneamente en los generadores para este tramo de 4.00 m, la cantidad de
275 durmientes en lugar de ocho, lo que arroja una diferencia de 267 durmientes,
con un precio unitario contratado de 1.1 miles de pesos por durmiente.
En el contrato de obra pública núm. DGOP-AD-L-1-001-15, se detectaron dife-
rencias entre los trabajos pagados y los ejecutados, por 4,634.4 miles de pesos
(sin IVA), en el concepto 8.2 “Nivelación alineación y compactado de vías conforme
a proyecto topográfico de perfil y trazo con Multicalzadora (Alcance No. 28)”, autori-
zado por la Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para pago, mediante
68
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
las estimaciones núms. 6, 7, 8, 9 y 10, así como las núms.1 (CA) y 1 (CA2)
del convenio adicional al plazo y modificación de importe del contrato. El importe
se integra por 3,323.1 miles de pesos (sin IVA), en razón de que dicha Dirección
no tomó en cuenta que en 13,026.77 mv (metros-vía), el contratista utilizó una Multi-
calzadora propiedad del STC; y 1,311.3 miles de pesos (sin IVA), debido a que en
la vía 2, se detectó una diferencia de 1,970.06 mv entre lo pagado y lo verificado.
En el contrato de servicios relacionados con la obra pública
núm. DGOP-AD-L-5-002-15, no aplicó la pena convencional a la empresa encar-
gada de los trabajos de supervisión, por 1,022.5 miles de pesos, cantidad que no
causa IVA ni intereses, por aprobar pagos por 12,578.9 miles de pesos (sin IVA),
que presentan diferencias entre los trabajos pagados y los ejecutados de acuerdo
con el contrato de obra núm. DGOP-AD-L-1-001-15.
Capítulo 6000 “Inversión Pública” (Ampliación de la Línea 12 STC)
La Dirección General de Obras Públicas en la SOBSE para la elaboración de sus
programas y presupuestos relacionados con la obra pública denominada “Traba-
jos de Construcción de la Obra Civil y Obras Complementarias para la Ampliación
de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo (Primera Etapa)”, no consideró la
adquisición y cambio de uso de suelo de tres inmuebles y un terreno, colindantes
con el trazo de la Línea, y no presentó los derechos de propiedad ni la Resolución
definitiva para el cambio de uso de suelo correspondientes.
En el contrato de obra pública núm. DGOP-LPN-F-1-017-15, referente a los “Traba-
jos de Construcción de la Obra Civil y Obras Complementarias para la Ampliación
de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo (Primera Etapa)”, formalizado
el 17 de julio de 2015, la mencionada Dirección en la SOBSE, no puso a disposición
del contratista de manera oportuna tres inmuebles y dos terrenos, ubicados a lo largo
del trazo de la Línea, para llevar a cabo los trabajos correspondientes a la primera
etapa.
En el contrato de obra pública núm. DGOP-LPN-F-1-017-15, la Dirección General
de Obras Públicas en la SOBSE no registró en la bitácora electrónica de obra públi-
ca asuntos trascendentes que derivaron de la ejecución de los trabajos, tales como
69
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
la autorización de modificaciones al programa de ejecución convenido por casos
de fuerza mayor presentados por la falta de entrega de los inmuebles en donde se
llevarían a cabo los trabajos; los dos convenios modificatorios sobre la forma de entrega
del anticipo; así como el convenio de diferimiento por la entrega extemporánea del
anticipo. Tampoco existe la nota en la que se precise la fecha real de inicio de los traba-
jos a efecto de contabilizar el plazo de ejecución pactado contractualmente.
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
La SOBSE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas, no contó con la documentación comprobatoria de la evaluación sobre la capacidad financiera con la que determinó la solvencia de la proposición de la empresa a la que se le adjudi-có el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15, cuyo objeto fue la “Cons-trucción del cuerpo ‘A’ del Centro de Salud San Gregorio Atlapulco en la Jurisdic-ción Sanitaria Xochimilco”.
La SOBSE, por medio de dicha Dirección, no envió al órgano interno de control, el informe sobre los contratos formalizados por el procedimiento de excepción a la licitación pública, durante el mes calendario inmediato anterior a su elaboración, acompañado de la copia del escrito mediante el cual se justifican las razones por las cuales se optó por celebrar el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15 con el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas y del dictamen, mediante el cual se hace constar el análisis de la proposición y las razones para su adjudicación.
Al inicio de la ejecución de los trabajos objeto del contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15, la dependencia aperturó y usó la bitácora de obra pública convencional sin contar con la autorización de la Secretaría de la Función Públi-ca; y no vigiló que la empresa a la que se adjudicó el contrato presentara, poste-rior al fallo, la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, emitida por el Sistema de Administración Tributaria.
La SOBSE no contó con la evaluación y autorización, por parte de la Secretaría
del Medio Ambiente de la Ciudad de México, sobre los informes correspondientes
por ser generadora de residuos de manejo especial, dentro de la categoría de gene-
ración mayor o igual a 7 m3, tampoco presentó el plan de manejo de residuos
70
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
sólidos originados en la obra ejecutada al amparo del contrato de obra pública
núm. DGOP-IR-F-2-020-15, ni contó con el informe sobre el destino que se le daría
a dichos residuos sólidos.
Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública, en relación con
el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-2-020-15, la Dirección General de
Obras Públicas aplicó al contratista retenciones económicas en las estimaciones
núms. 01, 02, 03, 04 y 05, por 88.8 miles de pesos, debido al atraso en la ejecu-
ción de los trabajos, monto que le fue devuelto en la estimación núm. 06. Sin em-
bargo, las estimaciones núms. 06, 07 y 08 también presentaban atraso, por lo que
las retenciones correspondientes a las estimaciones núms. 01 a la 08 debieron
ser aplicadas con carácter de definitivas, cuyo importe, calculado por la ASCM,
es por 91.3 miles de pesos.
En la actividad principal “Instalaciones” se pagó un importe, por 2,414.2 miles
de pesos, mediante las estimaciones núms. 02, 03, 04, 05, 07 y 08, que incluyen
el “sistema de detección de incendios” y que de acuerdo con lo señalado en las
“Bases de Licitación Obra Pública por invitación a cuando menos tres personas”
y en los “términos de referencia”, entre los trabajos a ejecutar estaban la canalización
con tubería galvanizada pared gruesa; las alarmas acústicas para notificación de
incendios; la estación manual de alarma de doble acción disparo y aborto; las
cajas galvanizadas pared gruesa; el registro de lámina núm. 18; el detector inteli-
gente tipo múltiple (fotoeléctrico-térmico); el detector inteligente tipo fotoeléctrico con
sensor de medida analógico; la canalización exterior a base de tubería conduit
de PVC y el panel repetidor y controlador sinóptico.
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
La SOBSE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas, adjudicó el contrato
de obra núm. DGOP-IR-F-4-021-15, relacionado con el “Proyecto Integral para la
Construcción de la Clínica de Geriatría en el Centro de Salud Dr. Manuel Pesqueira,
en la Jurisdicción Sanitaria de Iztacalco”, omitiendo verificar en sus archivos la existen-
cia de estudios o proyectos similares a dicha obra y, en su caso, sólo haber contratado
aquellos trabajos que hubieran sido necesarios para su adecuación, actualización
o complemento.
71
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
La SOBSE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas, no realizó la inves-
tigación de mercadeo, de acuerdo con las condiciones vigentes en el mercado, para
avalar el cálculo del presupuesto de referencia, ya que éste fue el parámetro de
aceptación o desechamiento de las proposiciones presentadas por los licitantes
en la invitación a cuando menos tres personas.
Asimismo, no contó con la documentación que compruebe que realizó la evaluación
de la capacidad financiera, mediante la cual adjudicó el contrato de obra pública
núm. DGOP-IR-F-4-021-15, ni acreditó que dicha empresa reuniera las condicio-
nes económicas requeridas en las bases de concurso, tales como: a) Que el capital
de trabajo cubriera el financiamiento de los trabajos a realizar en los dos primeros
meses de la ejecución de los trabajos, de acuerdo con las cantidades y plazos
considerados en su análisis financiero; b) Que el licitante tuviera capacidad para
pagar sus obligaciones; y c) El grado de propiedad de cumplimiento en que el
licitante dependía del endeudamiento y rentabilidad de su empresa y, por tanto,
garantizara el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
La SOBSE, por conducto de la Dirección General de Obras Públicas, no vigiló que la
empresa a la que se le adjudicó el contrato de obra pública núm. DGOP-IR-F-4-021-15
presentara, posterior al fallo, la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales, emitida por el Sistema de Administración Tributaria.
No vigiló que se llevaran a cabo los actos administrativos correspondientes a la
verificación de la conclusión de los trabajos, levantamiento del acta de entrega-
recepción y finiquito de los trabajos, conforme a los plazos establecidos contrac-
tualmente. Tampoco vigiló que el Director Responsable de Obra cumpliera con la
obligación de llevar en la obra un libro de bitácora, foliado, con las anotaciones
de los materiales empleados para fines estructurales o de seguridad, de los proce-
dimientos generales de construcción y de control de calidad, así como las fechas
de inicio de cada etapa de la obra, con los nombres y firmas del Propietario
o Poseedor y de los Corresponsables en Seguridad Estructural e Instalaciones.
Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública, relacionada con
el contrato de obra núm. DGOP-IR-F-4-021-15, la Dirección General de Obras
Públicas pagó en una actividad, un importe de 769.4 miles de pesos (sin IVA),
72
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
mediante las estimaciones núms. 1, 2, 3, 4, 5 y 6, sin contar con la documenta-
ción que acredite la procedencia de su pago, ya que dicha actividad no se en-
cuentra realizada conforme a lo establecido en los términos de referencia.
En dos subactividades se pagó un importe por 383.3 miles de pesos (sin IVA),
mediante la estimación número 6, sin contar con la documentación que acredite
la procedencia de su pago, ya que dichas subactividades no se ejecutaron con-
forme a lo establecido en la propuesta técnica del contratista.
Capítulo 6000 “Inversión Pública” (Alumbrado Público)
La Dirección General de Servicios Urbanos en la SOBSE no verificó que en la bitácora electrónica de obra pública se registraran en tiempo y forma asuntos rele-vantes derivados de la ejecución de los trabajos de los contratos de obra pública núms. DGSU-LPN-F-1-046-14 y DGSU-LPN-F-1-048-14, referentes a la “Renova-ción y modernización del alumbrado público en siete (7) delegaciones de la zona Norte de la Ciudad de México, en el marco del Programa Iluminamos tu Ciudad segunda etapa…” y “Renovación y modernización del alumbrado público en siete (7) delegaciones de la zona Sur de la Ciudad de México, en el marco del Programa Iluminamos tu Ciudad segunda etapa…”.
Tampoco verificó que en los generadores de las estimaciones, los contratistas acompañaran las fotografías previas a la realización de los trabajos y las posterio-res, una vez realizados éstos, referenciadas además con los croquis de la colocación y las firmas correspondientes por cada punto de luz, de conformidad con los “Térmi-nos de Referencia, Especificaciones y Alcances de los Trabajos” de los contratos.
La Dirección General de Servicios Urbanos pagó las estimaciones núms. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 1 (Uno) Cant, Adic, Cmp-2, 2 (Dos) Cant, Adic, Cmp-2, 15 y 16 Finiquito con atrasos de 11 a 68 días naturales; y las núms. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 10 Adic, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 Lq, con atrasos de 11 a 202 días naturales, cuando el plazo establecido es de 20 días naturales, contados a partir de la fecha de autorización de la residencia de obra contenida en las hojas de seguimiento de las estimaciones, y las fechas de pago asentadas en el oficio núm. GCDMX/SOBSE/DRFM/1954/2016 del 29 de agosto de 2016, emitido por el Director de Recursos Financieros y Mate-riales de la Dirección General de Administración en la SOBSE.
73
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
En el contrato de obra pública núm. DGSU-LPN-F-1-046-14, la Dirección General de
Servicios Urbanos verificó la terminación de los trabajos con 157 días hábiles de atraso.
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESO) no cuenta con reglas de operación para el otorgamiento de recursos con cargo a la partida 4921 “Transferencias para Organismos Internacionales”.
La SEDESO no cuenta con un procedimiento específico que regule el otorgamiento de los apoyos con cargo a la partida 4921 “Transferencias para Organismos Interna-cionales”, que incluya las funciones específicas relacionadas con la elaboración, supervisión y autorización de los apoyos y los servidores públicos responsables de realizarlas.
De la CLC núm. 08 C0 01 101136, por 20.0 miles de pesos, la SEDESO no pro-porcionó la documentación justificativa y comprobatoria del gasto de la partida 4921 “Transferencias para Organismos Internacionales”.
SECRETARÍA DE FINANZAS
Capítulo 7000 “Inversiones Financieras y Otras Provisiones” y Capítulo 9000 “Deuda Pública”
La Dirección de Deuda Pública, adscrita a la DGAF de la SEFIN, remitió a la Di-
rección de Análisis Sectorial “F”, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la depen-
dencia, los informes mensuales sobre las conciliaciones programático-presupuestales
con corte al 31 de mayo y al 30 de junio de 2015, con desfases de siete y cinco días
hábiles respectivamente, con relación al plazo establecido.
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
La Secretaría de Movilidad remitió a la SEFIN su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos fuera del plazo establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015.
74
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Los bienes adquiridos con cargo a las partidas 5151 “Equipo de Cómputo y de
Tecnologías de la Información” y 5422 “Carrocerías y Remolques Destinados a Ser-
vicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, carecieron de un medio
de identificación física (etiquetas).
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
La SSP no concilió los pagos de los servicios de “Subrogación multianual del servicio
para imponer multas por medio de cinemómetros a vehículos que excedan los
límites de velocidad” con el prestador de servicios.
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
La Dirección de Administración en la STyFE no actualizó su manual administrativo
dentro del plazo establecido.
Los padrones de beneficiarios de los programas “Seguro de Desempleo” y “Trabajo
Digno Hacia la Igualdad” se publicaron fuera del plazo establecido.
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
Dos servidores públicos fueron registrados como beneficiarios del programa revi-
sado con los folios ASPE/03-G y 2015/05/011/042/03/0016; el primero estaba adscri-
to a la Dirección General del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en
el Distrito Federal y a la SEDEREC, y recibió 39.0 miles de pesos por la realiza-
ción de “acciones de información, difusión, monitorio y seguimiento a las actividades
operativas del programa”; el segundo era servidor público de la Delegación Tláhuac,
y recibió 15.7 miles de pesos para la realización de un proyecto productivo.
La SEDEREC otorgó recursos del programa revisado a diversas personas sin haber
autorizado previamente su ingreso a éste, por un monto de 142.1 miles de pesos.
75
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
Cincuenta y seis expedientes correspondientes a beneficiarios colaboradores
del Programa de Servicios SaludArte, carecieron de toda la documentación
necesaria.
De 46 expedientes de promotores y alfabetizadores del Programa “Alfabetización”,
11 no contaron con el “Formato de Solicitud de Inscripción” y 2 con la constancia
de estudios.
OFICIALÍA MAYOR
Compras Consolidadas Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
La Oficialía Mayor (OM) no acreditó documentalmente que el proveedor al cual
se adjudicó el contrato para la adquisición de papel bond se encontrara al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al momento de suscribir dicho
contrato administrativo consolidado.
CONTRALORÍA GENERAL
Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
Siete vehículos a cargo de la dependencia, según los registros mensuales y trimes-
trales de consumo de combustible, superaron la dotación mensual de combusti-
ble permitida.
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
La Consejería Jurídica y de Servicios Legales no acreditó documentalmente la
programación de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio
fiscal 2015 ni los elementos soporte para la determinación de su meta física
y financiera.
76
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
El manual administrativo de Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Iztacalco, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza no estuvo actualizado con base en la última es-tructura orgánica autorizada; y la Delegación Milpa Alta no contó con un procedi-miento específico relacionado con las operaciones aplicables al gasto aprobado.
La Delegación Venustiano Carranza no formalizó la entrega de los formatos del Anteproyecto, Programa Operativo Anual (POA) y Guion del POA ante la SEFIN.
El eje, objetivo, estrategia y línea de acción señalados en los respectivos Programas de Desarrollo de las Delegaciones Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza, no guardaron congruencia con el eje, área de oportunidad, objetivo, meta y línea de acción establecidos en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018. Los programas y/o acciones sociales sujetos a revisión incluidos en el POA de las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo y Tláhuac, no se vin-cularon con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, tampoco se vincularon los programas sociales revisados de la Delegación Álvaro Obregón, incluidos en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos con el Pro-grama General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.
Con excepción de las Delegaciones Benito Juárez y Xochimilco, los órganos políticos-administrativos, al elaborar el Programa Operativo Anual y determinar las metas físicas y financieras de los programas y acciones sociales revisadas, no consideraron elementos reales de valoración.
La programación de recursos de los programas y acciones sociales revisados en las Delegaciones Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena Contreras y Milpa Alta fue deficiente.
Las modificaciones presupuestarias realizadas al presupuesto original autorizado de las Delegaciones Benito Juárez, Gustavo A. Madero, La Magdalena Contreras
77
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
y Milpa Alta no contribuyeron al cumplimiento de los objetivos y metas de los pro-gramas y acciones sociales revisados.
Las Delegaciones Coyoacán y Xochimilco no incluyeron en su Programa Anual
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) las adquisi-
ciones revisadas.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán e Iztapalapa enviaron con desfase
la relación de los programas sociales al Comité de Planeación del Desarrollo para
que emitiera su opinión sobre la posible duplicidad de esfuerzos para hacerlo del
conocimiento de las Delegaciones.
Las Delegación Álvaro Obregón publicó con desfase las reglas de operación del
programa social sujeto a revisión; y en las 16 Delegaciones el contenido de las reglas
de operación no se sujetó a la normatividad aplicable.
Las Delegaciones Gustavo A. Madero y Venustiano Carranza otorgaron ayudas
sociales mediante acciones sociales cuando debieron hacerlo conforme a los linea-
mientos que rigen a los programas sociales.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Mo-
relos, Cuauhtémoc, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Tláhuac, Tlalpan
y Venustiano Carranza presentaron con desfase los reportes mensuales del pre-
supuesto comprometido correspondientes al ejercicio de 2015.
La Delegación Cuauhtémoc otorgó ayudas sin contar con la autorización del ór-
gano político-administrativo, y la Delegación Milpa Alta adjudicó de forma directa
la adquisición de bienes sin que fundamentara fehacientemente el ejercicio de
dicha opción con la debida justificación del titular del área requirente y la autori-
zación del titular del órgano político-administrativo.
Las Delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena
Contreras, Tlalpan y Xochimilco no contaron con evidencia documental de las entre-
gas de las ayudas económicas y/o en especie a los beneficiarios de programas
sociales y acciones sociales sujetos a revisión.
78
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Las Delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Mag-
dalena Contreras, Miguel Hidalgo y Tláhuac otorgaron ayudas económicas y/o en
especie a personas que no reunieron la totalidad de los requisitos establecidos
en las reglas de operación de los programas sociales sujetos a revisión, asimismo,
la Delegación Iztacalco otorgó ayudas a personas que no formaron parte del padrón
de beneficiarios publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 31 de mar-
zo de 2016.
La Delegación Iztacalco otorgó ayudas a beneficiarios que presentaron actas
de nacimiento que no fueron expedidas por la Dirección General de Registro Civil de
la Ciudad de México.
La delegación Azcapotzalco no acreditó contar con la documentación estipulada
en las declaraciones y en las cláusulas de los convenios suscritos.
La Delegación Venustiano Carranza no publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, el padrón de beneficiarios o participantes de la actividad institucional
para el Mantenimiento de Unidades habitacionales en la Delegación Venustiano
Carranza para el ejercicio fiscal 2015. Además, las 16 Delegaciones, publicaron
con desfases los padrones de beneficiarios de sus programas sociales o actividades
institucionales sujetos a revisión.
La Delegación Iztapalapa no enteró a la Secretaría de Finanzas los rendimientos
financieros por el reintegro de los recursos no devengados al 31 de diciembre
de 2015 del programa social “Los Adultos Mayores Transformamos Iztapalapa”.
La Delegación Milpa Alta no realizó las evaluaciones internas de los programas
sociales sujetos a revisión, y las evaluaciones internas de los programas sociales
sujetos a revisión realizadas por las Delegaciones Miguel Hidalgo y Xochimilco,
no se enviaron o fueron remitidas con retraso a las instancias correspondientes.
Además, la Delegación Álvaro Obregón publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal las evaluaciones internas de los programas sociales con desfase.
Las Delegaciones Benito Juárez, La Magdalena Contreras, Milpa Alta y Xochimil-
co no reportaron a la CGDF la información relativa al ejercicio de los recursos
79
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” o, en
su caso, las cifras reportadas a esa dependencia difieren de lo reportado en la Cuenta
Pública de la Ciudad de México de 2015.
La Delegación Benito Juárez no incluyó la información relativa a la evaluación
y ejercicio de los recursos del gasto social en los informes de avance trimestral
presentados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Destino de Gasto 65 “Presupuesto Participativo”
La Delegación Cuajimalpa de Morelos contó con 240 procedimientos que no es-
taban actualizados, de los cuales únicamente acreditó haber difundido 55 entre
sus servidores públicos.
Las Delegaciones Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco no proporcionaron evidencia
documental de la difusión de la Consulta Ciudadana sobre presupuesto participa-
tivo 2015, en cooperación con el Instituto Electoral del Distrito Federal.
Las Delegaciones Azcapotzalco, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc,
Gustavo A. Madero, Iztacalco y Xochimilco no proporcionaron evidencia documental
de la promoción de cursos entre los servidores públicos, de cursos de formación y
sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana; y en
las Delegaciones Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Tlalpan
y Xochimilco no se acreditaron los nombres de los servidores públicos designados
para proporcionar a los ciudadanos las asesorías sobre la viabilidad física, técnica,
financiera y legal de los proyectos; además de campañas informativas y formativas
entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del Distrito Federal sobre el presupuesto
participativo en 2015.
La Delegación Cuajimalpa de Morelos no proporcionó evidencia documental
del envío y captura, en el sitio de internet que establece la Dirección General de
Recursos Materiales y Servicios Generales, de las modificaciones trimestrales
al PAAAPS 2015 del cuarto trimestre de 2015; y en las Delegaciones Benito Juá-
rez, Gustavo A. Madero, Tlalpan y Venustiano Carranza, los informes fueron pre-
sentados con desfases.
80
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Los informes mensuales sobre adquisiciones, arrendamientos o prestación de ser-
vicios autorizadas por el procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Pro-
veedores o Adjudicación Directa, de las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhté-
moc, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco que contemplan los proyectos del presupuesto
participativo, fueron presentados con desfases, de acuerdo con lo establecido
en la normatividad aplicable, en la Delegación Iztapalapa no fueron enviados
a la SEFIN.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Coyoacán, La Magdalena Con-
treras, Milpa Alta, Iztacalco, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza no presenta-
ron en tiempo los reportes de los recursos comprometidos sobre recursos fiscales,
crediticios y provenientes de transferencias federales, que se encuentren com-
prometidos al cierre del mes inmediato anterior.
Los Informes Trimestrales Acumulados, sobre el Compromiso y la Ejecución de
los Recursos correspondientes al Presupuesto Participativo, por Proyecto, en cada
Colonia y Pueblo Originario, de las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuauh-
témoc, Iztacalco, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tlalpan,
Venustiano Carranza y Xochimilco, fueron presentados con desfase.
Las Delegaciones Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuauhtémoc, Coyoacán, Gustavo
A. Madero, Iztapalapa, Tláhuac, La Magdalena Contreras, Milpa Alta, Venustiano
Carranza y Xochimilco no proporcionaron evidencia del envío y realización de los
informes pormenorizados sobre el ejercicio del destino de gasto 65 “Presupuesto
Participativo”.
La Delegación Iztapalapa no envió en tiempo y forma el informe del pasivo circu-
lante, con monto y características, correspondiente al que registraron las opera-
ciones del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
En el Programa Anual de Obra Pública 2015 de las Delegaciones Coyoacán, Gustavo
A. Madero, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco no se previó el lugar
de realización de la obra, las zonas beneficiadas y las características fundamen-
tales de las obras públicas correspondientes y las Delegaciones Álvaro Obregón,
Coyoacán, Iztacalco, Miguel Hidalgo y Xochimilco.
81
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Las Delegaciones Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Gustavo A. Madero, Izta-
calco, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac, Venustiano Carranza y Xochimil-
co no ejercieron la totalidad de los recursos asignados del presupuesto participativo.
Las Delegaciones Azcapotzalco, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Tlal-
pan y Xochimilco no proporcionaron evidencia de la entrega a los Comités Ciudada-
nos de los bienes adquiridos y trabajos de obra pública realizados a satisfacción
de la ciudadanía.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos y Tláhuac rebasaron
los montos de actuación para las adquisiciones de bienes mediante adjudicación direc-
ta e invitación restringida.
La Delegación Coyoacán no contó con la evidencia documental de las bitácoras
de todos los frentes de trabajo en los expedientes de obra seleccionados como
muestra de auditoría.
La Delegación Iztacalco presentó fuera de plazo la póliza de responsabilidad civil.
La Delegación Iztapalapa no garantizó que en los expedientes de los procesos
de contratación de obra pública se encontrara toda la documentación justificativa
y comprobatoria correspondiente.
La Delegación La Magdalena Contreras no llevó a cabo, conforme al plazo esta-
blecido, las etapas del proceso de adjudicación de obras.
La Delegación Miguel Hidalgo no acreditó la notificación de la designación del
supervisor interno de obra ni evidencia del acta de entrega–recepción de obra, y existió
un desfase en la entrega e instalación de las luminarias por parte del proveedor.
La Delegación Milpa Alta en los expedientes de adjudicación y supervisión de
obra, no proporcionó ni los proyectos, planos, croquis, especificaciones particula-
res, términos de referencia o memoria descriptiva de los trabajos de obra contra-
tados; y en cuanto a los plazos de entrega de la obra y de la supervisión se
extendieron hasta siete meses más , a lo establecido en los contratos iniciales,
82
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
por lo que se excedieron en un 25% de los plazos pactados; además no se en-
contró evidencia de la bitácora original de la obra; y la Delegación Milpa Alta no
acreditó la existencia del acta de verificación y la documentación soporte para la
aplicación de penas convencionales.
La Delegación Tláhuac no reflejó en la Cuenta Pública las cifras reales del gasto
correspondiente al presupuesto participativo 2015.
En los expedientes de eventos artísticos de la Delegación Tláhuac no se encontró
evidencia documental de la autorización del titular de ésta. En el expediente de
obras públicas se observó que la póliza de responsabilidad civil fue presentada
fuera del plazo establecido.
En la Delegación Tlalpan, los expedientes de obra no contaron con la documenta-
ción soporte de las diferentes etapas del proceso de las obras públicas, asimismo
los documentos no contaron con la firma de los servidores públicos, de supervi-
sión, autorización y visto bueno.
En las Delegaciones Benito Juárez, Gustavo A. Madero, Iztacalco, La Magdalena
Contreras, Miguel Hidalgo y Tlalpan, se identificaron integrantes de los Comités Ciu-
dadanos que laboraron en los órganos político-administrativos.
En los portales de la Delegaciones Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Izta-
calco, Miguel Hidalgo, Tláhuac y Xochimilco no se contó con información pública
relacionada con el presupuesto participativo de 2015.
Ventanilla Única Delegacional
La Delegación Benito Juárez no contó con procedimientos específicos que regularan
las actividades a su cargo, su interacción con otras áreas y que delimitaran las
responsabilidades de los servidores públicos que participan en dichas activida-
des. La Delegación Coyoacán no contó con un procedimiento específico de ope-
ración para el trámite de refrendo de empadronamiento para ejercer actividades
comerciales en mercados públicos. La Delegación Iztacalco no actualizó el ma-
nual administrativo conforme a la estructura orgánica vigente ni lo incorporó en su
83
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
normateca. La Delegación Iztapalapa no incorporó el manual administrativo en
su normateca.
La Delegación Cuauhtémoc los procedimientos implementados no fueron actuali-
zados con base en su estructura orgánica vigente, como disponen los Lineamien-
tos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Opera-
ción de la Administración Pública del Distrito Federal. El manual administrativo de
la Delegación Tlalpan registrado con el núm. MA-19/200715-OPA-TLAL-11/2012
tampoco fue actualizado con base en su estructura orgánica vigente.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo
A. Madero, Iztacalco, Miguel Hidalgo, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco no acredita-
ron haber enviado oportunamente a la CGMA la plantilla del personal de la VUD
registrado, para la actualización del Padrón de Personal de Atención Ciudadana
y su publicación en la página de internet de la Oficialía Mayor (OM); no demostra-
ron que hubiesen cubierto el proceso de reclutamiento, evaluación y selección
de personal establecido en la normatividad aplicable; y no comprobaron haber
enviado a la CGMA el informe con el número de gafete asignado al personal de
la VUD y la fecha de su contratación. Álvaro Obregón, Coyoacán, Iztacalco
y Xochimilco no enviaron a la CGMA el formato “Evaluación Laboral Final del
Personal de Atención Ciudadana del Gobierno del Distrito Federal”; y la CGMA
no actualizó el Padrón de Personal de Atención Ciudadana de Iztapalapa en la página
de internet de la OM.
Las Delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Milpa Alta y Tláhuac turnaron a la
CGMA la plantilla del personal para la actualización del Padrón de Personal de Aten-
ción Ciudadana y su publicación en la página de internet fuera del plazo establecido
y no le enviaron la evaluación final del personal de la VUD que causó baja en 2015.
Las Delegaciones Gustavo A. Madero, Iztacalco y Milpa Alta no acreditaron haber
remitido a la CGMA las propuestas de examen y guía de estudio, para su visto
bueno y registro, previo al inicio de la evaluación del nuevo responsable de la VUD,
ni que el candidato a ocupar la Coordinación de la VUD hubiese obtenido una
calificación satisfactoria en el examen de conocimientos y hubiese acreditado la eva-
luación curricular, la entrevista y el examen psicométrico previo a su contratación.
84
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
En Álvaro Obregón y Coyoacán no acreditaron haber remitido a la CGMA las pro-
puestas de examen y guía de estudio para su visto bueno y registro, previo al inicio
de la evaluación del nuevo responsable de la VUD.
La Delegación Tlalpan nombró al Coordinador de Ventanilla Única Delegacional
y a sus cuatro operadores sin contar previamente con la acreditación y registro
ante la CGMA.
En la Delegación Milpa Alta no se cuenta con el respaldo del Sistema de Datos
de la Ventanilla Única del ejercicio 2015, por lo que no fue posible verificar el re-
gistro de los trámites correspondientes a la muestra del rubro en revisión.
En las VUD en Álvaro Obregón y Xochimilco, los mecanismos de identificación
de expedientes no cubren los parámetros señalados en la normatividad aplicable.
Los informes mensuales que la Delegación Iztapalapa remitió a la CGMA no in-
cluyeron trámites registrados en su Libro de Gobierno.
La Delegación Benito Juárez no resguardó los Libros de Gobierno en que se asenta-
ron los registros de los trámites que ingresaron a la VUD en el período de octubre
a diciembre de 2015.
Las Delegaciones Benito Juárez, Iztacalco y Xochimilco no conciliaron el registro
electrónico de los trámites que ingresaron y se registraron por medio de la VUD,
toda vez que dicho registro no refleja ni coincide con lo asentado en los Libros de
Gobierno; y las VUD en Iztacalco y Tlalpan no operan con la infraestructura tecnoló-
gica ni un sistema informático suficientes para el mejoramiento y agilización de
la atención al público en la VUD, toda vez que requiere de impresoras, así como
de la actualización del sistema denominado ventanilla.net.
Las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Iztacalco y Xochimilco entregaron
con desfase los informes mensuales de los trámites y servicios que se gestiona-
ron en la VUD.
Las VUD en Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero,
Iztacalco, La Magdalena Contreras, Milpa Alta y Tlalpan no elaboraron el Plan Anual
85
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
de Mejora en la Atención Ciudadana, ni sus avances semestrales correspondien-
tes al ejercicio de 2015; y las VUD en Benito Juárez, Cuauhtémoc, Iztapalapa
y Venustiano Carranza no acreditaron haber remitido oportunamente a la CGMA
el Plan Anual de Mejora ni haber elaborado y remitido los informes de avance
semestral.
La Delegación Xochimilco no acreditó contar con 83 expedientes por concepto
de “Expedición de Certificado de Residencia” seleccionado para su revisión.
Las VUD en Álvaro Obregón, Coyoacán, Iztacalco, Iztapalapa y Xochimilco entrega-
ron a los particulares la resolución de los trámites solicitados de forma desfasada.
La Delegación Benito Juárez remitió al Sistema de Aguas de la Ciudad de México
solicitudes con días adicionales a los que contaba para atenderlas a partir de su
recepción.
En la Delegación La Magdalena Contreras no se proporcionó información o do-
cumentación relacionada con la elaboración y envío, dentro de los plazos esta-
blecidos de los informes mensuales de los trámites y servicios que se gestiona-
ron en la VUD a la CGMA y en las Delegaciones Azcapotzalco y Miguel Hidalgo,
dichos informes se entregaron con desfase.
Las VUD en Azcapotzalco, La Magdalena Contreras y Miguel Hidalgo no acredi-
taron la realización del Programa de Capacitación para el personal de atención
ciudadana; que éste haya sido enviado, aprobado, registrado y aplicado; y que
el resultado de la capacitación se haya reportado a la CGMA.
En la Delegación La Magdalena Contreras no se proporcionó información y do-
cumentación relacionada con la simplificación administrativa que asegurara la simpli-
ficación de los trámites de solicitudes, avisos y manifestaciones presentados por
la ciudadanía ante la VUD.
En las Delegaciones Azcapotzalco, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa
Alta, Tláhuac y Venustiano Carranza, se encontraron deficiencias en la integración
de los expedientes de las VUD. Dichas Delegaciones no contaron con controles
86
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
adecuados para la recepción de la documentación, integración y resguardo de los
expedientes por las áreas involucradas en los trámites de las materias agua y servicios
hidráulicos, espectáculos públicos, industria, mercados públicos y protección civil.
La Delegación Miguel Hidalgo no contó con mecanismos de control que permitie-
ran verificar que los establecimientos y actividades comerciales no operaran cuando
sus trámites fueran denegados o revocados.
La VUD en Venustiano Carranza no dispuso de evidencia de que la CGMA haya
enviado material de apoyo para la Atención Ciudadana y Calidad en el Servicio ni apli-
cado exámenes, evaluaciones o visitas de campo para verificar el cumplimiento
en la lectura, estudio e implementación de la información contenida en dicho material.
En la Delegación Azcapotzalco no hubo evaluaciones ni metas establecidas
por la CGMA.
Las Delegaciones Benito Juárez, Cuauhtémoc, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo
A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa y Tlalpan no atendieron las recomendaciones emi-
tidas por la CGMA en relación con los sistemas de autoevaluaciones de los espa-
cios físicos de las VUD.
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
Se identificaron deficiencias en el resguardo de la evidencia documental de las esta-
dísticas que se utilizaron para el cálculo del gasto estimado, así como la determi-
nación de las metas, presentado en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.
Se identificaron deficiencias de control en la integración de la documentación
justificativa y comprobatoria correspondiente a las CLC.
No se aplicaron los procedimientos autorizados para garantizar el mantenimiento
de la infraestructura de los Sistemas Tecnológicos de Video Vigilancia (STV).
87
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
El SRTDGDF remitió con desfases a la SEFIN las conciliaciones programático
presupuestales, y las modificaciones trimestrales del PAAAPS 2015 a la Direc-
ción General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM.
El órgano desconcentrado careció de controles internos para el seguimiento opor-
tuno del gasto comprometido y no solicitó oportunamente el reintegro del pago en
exceso, así como los intereses al proveedor de servicios.
POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
En la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de
Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 22 vehículos registrados
en el inventario físico del órgano desconcentrado fueron registrados a un costo
unitario inferior al que les correspondía, debido a que no se incluyó el IVA con-
signado en las facturas.
En la partida 5413 “Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a Servidores Públi-
cos y Servicios Administrativos”, 14 vehículos del inventario físico fueron registra-
dos a un costo unitario inferior al que procedía, debido a que no se incluyó el IVA
consignado en las facturas.
POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL
Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
Toda vez que 48 de las 2,259 recetas médicas expedidas por los médicos adscri-
tos a la Subdirección de Servicios Médicos Integrales no fueron llenadas con todos
los datos requeridos, que la PBI contravino la cláusula octava del contrato abierto
núm. PBI-AD-02/2015 del 31 de diciembre de 2014.
88
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
La AEP no contó con la autorización previa del área responsable de la ejecución
de los trabajos para subcontratar la elaboración del proyecto ejecutivo corres-
pondiente al contrato de obra pública núm. AEP/LPN/039/2015, cuyo objeto fue
“Proyecto Integral ‘Calle Compartida La Viga’”, ya que para ello, el contratista
contó con la participación de diversas empresas en las especialidades de Arqui-
tectura, Ingeniería Estructural, Ingeniería Hidráulica y Sanitaria, Ingeniería Eléctrica
e Ingeniería de Tránsito.
En los contratos de obra pública núms. AEP/LPN/028/2015, cuyo objeto fue “Pro-
yecto Integral de Obras en Espacios Públicos, ‘Rehabilitación en Espacios Públi-
cos Garita de la Viga (Zona Norte)’”, y AEP/LPN/039/2015, la AEP no puso a dis-
posición de los contratistas los anticipos pactados con antelación a la fecha programada
para el inicio de los trabajos.
En cuanto al contrato de obra pública núm. AEP/LPN/039/2015, la AEP no utilizó
la bitácora electrónica de obra pública requerida, por ser una obra pública financiada
con recursos federales ni obtuvo la autorización de la SFP para llevar la bitácora
convencional.
En el contrato de obra pública núm. AEP/LPN/028/2015, la AEP no verificó que el
contratista comunicara por escrito la terminación de los trabajos; tampoco verificó
su conclusión dentro del término de 15 días hábiles posteriores a la fecha de ter-
minación ni levantó el acta de verificación física correspondiente. Asimismo, no
se cercioró de que se llevara a cabo la recepción física de los trabajos y tampoco
informó al Órgano Interno de Control la fecha señalada para la recepción.
La AEP realizó pagos por 2,742.7 miles de pesos (sin IVA) en dos y cinco subac-
tividades, las cuales no fueron ejecutadas por los contratistas de obra.
En cuanto al contrato de obra pública núm. AEP/LPN/028/2015, la AEP efectuó un pago por 876.5 miles de pesos (sin IVA), a costo directo, mediante las estima-
89
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
ciones de obra núms. 02, 03 y 04 Finiquito, en las que se detectaron diferencias entre los insumos considerados por el contratista en su propuesta y los ejecutados en cuatro actividades.
Asimismo, la AEP dejó de aplicar un importe de 458.9 miles de pesos (importe que no causa IVA ni intereses), por la pena convencional pactada en el contrato de obra pública núm. AEP/LPN/028/2015, ya que la penalización que aplicó fue de 54.5 miles de pesos, correspondiente al 2/1000 (dos al millar), debiendo aplicar 1,026.9 mi-les de pesos correspondiente al 2.0% (dos por ciento) pactado, por cada día natural de atraso (25 días naturales) sobre el total del faltante por ejecutar.
La AEP omitió aplicar una pena, por 168.4 miles de pesos, importe que no causa IVA ni intereses, a la empresa encargada de la “Supervisión de la obra ‘Obras en Espacios Públicos: Rehabilitación de Espacios Públicos Garita de la Viga Zona Norte’”, al amparo del contrato núm. AEP/AD/027/2015, debido a que dicha empresa realizó deficientemente algunas actividades establecidas en su contrato, en rela-ción con las Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Fede-ral; también autorizó el pago de dos subactividades, sin contar con la documentación soporte que acreditara la procedencia de su pago y autorizó para pago subactivi-dades en las que el contratista dejó de proporcionar cantidades de insumos utili-zados, por un monto de 2,818.8 miles de pesos (sin IVA).
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
La AEP no se sujetó al calendario del presupuesto autorizado por la SEFIN para los proyectos de inversión ni a la reprogramación de los recursos presupuestales para el ejercicio fiscal de 2015.
En el ejercicio fiscal de 2015, la AEP adjudicó la obra para el rescate del parque La Bombilla donde consideró 442 conceptos y solo utilizó 301, de los cuales, 102 pre-sentaron volúmenes excedentes y de éstos, 61 rebasaron en más del 25.0% la canti-dad propuesta. Además, generó 82 conceptos no previstos en el catálogo original y sólo utilizó 68 conceptos.
En cuatro contratos de obra pública, suscritos con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la AEP no estableció el uso de la bitá-cora electrónica.
90
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Además, autorizó 101,198.5 miles de pesos (sin IVA) para pago por trabajos de
obra electromecánica especializada y la puesta en marcha de equipo de alta tec-
nología como de obra civil para la Comisión Federal de Electricidad en la avenida
Presidente Masaryk, cuando dichos trabajos estaban considerados en los alcan-
ces de un contrato bajo la modalidad de proyecto integral a precio alzado, suscri-
to en el ejercicio presupuestal de 2013 con el mismo contratista, por lo que no se
justificó el pago realizado.
Para la obra del rescate en el parque La Bombilla, la AEP autorizó 5,496.1 miles
de pesos (sin IVA), para pago de 102 conceptos que presentaron cantidades adicio-
nales a las originalmente contratadas sin tener el convenio respectivo, y 967.9 miles
de pesos (sin IVA), por 68 conceptos no previstos en el catálogo de conceptos con-
tratado, sin tener el convenio respectivo, así como la autorización por escrito para
su pago, el presupuesto ni la documentación soporte.
En la obra mencionada, la AEP autorizó 652.7 miles de pesos (sin IVA), para pago
de dos conceptos de suministro y acarreo de agua, cuando éstos ya estaban consi-
derados en los correspondientes al suministro y sembrado de plantas y pastos,
que incluyen el riego en su alcance.
La AEP formalizó los trabajos para el reordenamiento de espacios públicos (pro-
tecciones metálicas) y provisión de mobiliario urbano de estancia en la avenida
Presidente Masaryk, por 6,026.6 miles de pesos (sin IVA), cuando dichos traba-
jos estaban considerados en los alcances de un contrato bajo la modalidad de
proyecto integral a precio alzado, suscrito en el ejercicio presupuestal de 2013.
Además, autorizó para pago 118.9 miles de pesos (sin IVA), sin que correspon-
dieran a compromisos efectivamente devengados.
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
En el ejercicio fiscal de 2015, en las convocatorias para las licitaciones públicas
que realizó, la AEP estableció que las contrataciones serían bajo la modalidad
de precios unitarios y unidad de concepto de trabajo terminado; sin embargo, los
contratos se formalizaron en la modalidad de precio alzado.
91
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
La AEP contrató dos proyectos integrales para un mismo parque, mediante contratos
de obra bajo la modalidad de precio alzado, cuyos objetos fueron el proyecto integral de
la rehabilitación del Jardín Pushkin (zona sur plaza “A” y entorno) y el proyecto
integral creación del Parque Turístico Pushkin (zona norte) y su entorno, sin que con
esta modalidad se aseguraran las mejores condiciones para la Ciudad de México.
En cuatro de los cinco contratos revisados, la AEP no verificó que las estimaciones
presentadas por las empresas contratistas se acompañaran de la documentación refe-
rente a notas de bitácora, controles de calidad y pruebas de laboratorio, entre otros.
La AEP autorizó 1,781.3 miles de pesos sin IVA, para pago en el proyecto inte-
gral creación del Parque Turístico Pushkin (zona norte) y su entorno, sin tener
la documentación que acreditara la procedencia del pago e incluyó los servicios
de Directores Responsables de Obras (DRO) y Corresponsables, que para este
tipo de obra no se requieren.
Al formalizar injustificadamente la creación del Parque Turístico Jardín Pushkin
(zona sur plaza ‘A’ y entorno), la AEP pagó 2,925.7 miles de pesos (sin IVA), ya que
dichos trabajos estaban incluidos dentro de los alcances de otros contratos.
La AEP no realizó el análisis de los precios unitarios de 26 conceptos del catálogo
original para la creación del Parque Turístico Jardín Pushkin correspondientes al
alumbrado público, canalización media tensión-semaforización, por los que se paga-
ron 323.3 miles de pesos (sin IVA) y que rebasaron el 25.0% del volumen contra-
tado originalmente. Además, autorizó 345.9 miles de pesos (sin IVA), para pago
de ocho conceptos no previstos en el catálogo de conceptos contratado, sin tener
el convenio correspondiente.
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
El SACMEX, en relación con las obras públicas financiadas con fondos federales,
no puso a disposición del público en general, por medio de CompraNet, su Pro-
grama Anual de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas ni su actua-
lización correspondiente al ejercicio fiscal 2015.
92
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
En cuanto a los contratos de obra pública núms. 0189-2O-LN-DC-2-15
y 0390-2O-LN-DC-2-15, cuyos objetos fueron la “Construcción de la Laguna de Regu-
lación Vicente Guerrero, en la Delegación Iztapalapa, D.F.” y la construcción “Segunda
Etapa, de obras para solucionar encharcamientos en la Unidad Habitacional Vi-
cente Guerrero, Santa Cruz Meyehualco, Constitución de 1917 y Reforma Políti-
ca, Delegación Iztapalapa, D.F. (Colector)”, respectivamente, el SACMEX no contó
con la autorización en materia de impacto ambiental por parte de la SEDEMA;
tampoco presentó el estudio de daño ambiental por iniciar las obras sin tener la auto-
rización correspondiente.
El SACMEX no especificó en las actas de junta de aclaraciones que éstas
serían las últimas que se celebrarían respecto de las licitaciones públicas
núms. LO-909004999-N100-2015 y LO-909004999-N166-2015, así como de la invi-
tación a cuando menos tres personas núm. IO-909004999-N174-2015, para
la adjudicación de los contratos de obra pública núms. 0189-2O-LN-DC-2-15,
0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, cuyo objeto de este último fue “Rehabi-
litación de la línea de agua tratada de 72" diámetro (Riachuelo Serpentino) del
Acueducto Cerro de la Estrella-Tláhuac, ubicado entre la Calzada Tláhuac-Chalco,
Delegación Tláhuac, D.F.”
El SACMEX no llevó a cabo, previo al inicio de los trabajos, la apertura de la bitá-
cora electrónica de obra pública, correspondientes a los contratos de obra pública
núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DC-2-15, 0254-2O-LN-DM-1-15,
0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, cuyos objetos del primero y el ter-
cero fueron la “Rehabilitación de equipos electromecánicos de las plantas de bombeo
ubicadas en los pasos a desnivel en Viaducto…” y “Rehabilitación de equipo electro-
mecánico a la planta 2 del Gran Canal (sistema de rejillas)…”, respectivamente.
En cuanto a los contratos de obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15
y 0254-2O-LN-DM-1-15, el SACMEX aperturó y usó la bitácora convencional al
inicio de la obra sin contar con la autorización de la SFP; y en el contrato de obra
pública núm. 0400-2O-IR-DC-1-15 aperturó y usó simultáneamente la bitácora con-
vencional y la bitácora electrónica de obra pública, sin contar con la autorización
de la SFP.
93
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
El SACMEX no verificó que en las bitácoras electrónicas de obra pública de los
contratos de obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DC-2-15,
0367-2O-LN-DC-1-15 (cuyo objeto fue la “Rehabilitación y sustitución de líneas de
drenaje para la Línea 7 del Metrobús. […] rehabilitación de colector de 2.44 me-
tros de diámetro sobre Calzada de los Misterios con Robles Domínguez, en la Delega-
ción Gustavo A. Madero, D.F.”), 0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, se
registraran asuntos trascendentes que derivaron de su ejecución, tales como solicitu-
des y autorizaciones de las modificaciones generadas a los programas de ejecución
convenidos; fechas de entrega, aprobación, autorización y revisión de estimaciones;
aprobación de conceptos no previstos en el catálogo original; cantidades adicio-
nales; y actualización de programas.
Para el contrato de obra pública núm. 0390-2O-LN-DC-2-15, el SACMEX no puso
a disposición del contratista el anticipo pactado en el contrato, con antelación a la
fecha estipulada para el inicio de los trabajos ni a la entrega de la garantía.
El SACMEX tramitó para pago las estimaciones correspondientes a los contratos de
obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DM-2-15, 0254-2O-LN-DM-1-15,
0367-2O-LN-DC-1-15, 0390-2O-LN-DC-2-15 y 0400-2O-IR-DC-1-15, sin que éstas
estuvieran autorizadas por el residente de obra, ya que éste sólo las firmó de revisa-
do; además, dichas estimaciones no fueron acompañadas de las notas de bitácora
procedentes.
En cuanto a los contratos de obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15,
0189-2O-LN-DC-2-15 y 0390-2O-LN-DC-2-15, el SACMEX no tuvo el plan de manejo
de residuos de la construcción y demolición que debió presentar a la SEDEMA,
ni la evaluación y autorización por parte de ésta; y tampoco tuvo los informes de
entrega-recepción de residuos que debió presentar a la SEDEMA al ser genera-
dora de residuos de manejo especial dentro de la categoría de generación mayor
de 7 m3.
Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública, en los contratos de
obra pública núms. 0134-2O-LN-DM-1-15, 0189-2O-LN-DC-2-15, 0390-2O-LN-DC-2-15
y 0400-2O-IR-DC-1-15, el SACMEX pagó 9 conceptos de obra en los que se
94
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
detectaron diferencias entre las cantidades de obra pagadas y las realmente eje-
cutadas, por 3,039.7 miles de pesos (sin IVA).
En el contrato de obra pública núm. 0134-2O-LN-DM-1-15, el SACMEX no aplicó
un ajuste de 966.4 miles de pesos (sin IVA), con cargo a un concepto extraordi-
nario, debido a la diferencia entre los costos directos de los insumos considera-
dos en el análisis del precio unitario extraordinario respecto a la factura de com-
pra de dichos insumos.
El SACMEX no aplicó una pena por 132.6 miles de pesos, importe que no causa
IVA ni intereses, a la empresa encargada de la “Supervisión de la rehabilitación
de equipos electromecánicos de las plantas de bombeo ubicadas en los pasos
a desnivel en Viaducto pertenecientes al Sistema de Aguas de la Ciudad de Mé-
xico, en las Delegaciones Venustiano Carranza, Miguel Hidalgo, Azcapotzalco
y Gustavo A. Madero”, al amparo del contrato de servicios relacionados con la
obra pública núm. 0164-3O-AD-DM-1-15, debido a que realizó deficientemente
algunas actividades establecidas en las Normas de Construcción de la Adminis-
tración Pública del Distrito Federal. Concretamente la contratista de supervisión
autorizó para pago cantidades de obra diferentes de las realmente ejecutadas;
y no verificó que los costos de materiales que se incluyen en las hojas de análisis
de los conceptos no previstos (extraordinarios) en el catálogo de conceptos del
contrato supervisado correspondieran con los documentos soporte, por un monto
de 1,127.2 miles de pesos (sin IVA), detectados en el contrato de obra pública
núm. 0134-2O-LN-DM-1-15.
El SACMEX no aplicó una pena convencional por 800.1 miles de pesos, importe
que no causa IVA ni intereses, al contratista encargado del contrato de obra pública
núm. 0367-2O-LN-DC-1-15, por atraso en la entrega de la obra.
Asimismo, en el contrato de obra de obra pública núm. 0367-2O-LN-DC-1-15,
el SACMEX pagó un importe de 57.9 miles de pesos (sin IVA) por un insumo
que consideró dentro de un análisis de precio unitario, sin justificar la utilización
de éste.
95
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Respecto al contrato de obra pública núm. 0400-2O-IR-DC-1-15, el SACMEX realizó
un pago por 41.4 miles de pesos (sin IVA), en un concepto extraordinario, referente
a suministro de material, debido a la diferencia entre el importe pagado de 208.3 miles
de pesos y el calculado por el sujeto fiscalizado, por 166.8 miles de pesos.
El SACMEX realizó un pago, por 22.3 miles de pesos (sin IVA), en el contrato de
obra pública núm. 0400-2O-IR-DC-1-15, ya que aplicó un factor de financiamiento
de 0.5996% en los análisis de precios unitarios de los conceptos que integraron
el catálogo de conceptos, debiendo haber aplicado el factor de financiamiento de
0.2958%, considerado en los análisis de precios unitarios de la propuesta eco-
nómica presentada por el contratista.
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
El SACMEX no acreditó que, previo al inicio de los trabajos, se hayan realizado
las investigaciones y estudios de campo para la construcción de la planta de rebom-
beo para agua potable Los Galeana, por lo que las obras inducidas no conside-
radas en el proyecto proporcionado por el SACMEX contribuyeron a que los tra-
bajos objeto del contrato no se concluyeran conforme a lo programado.
El SACMEX no acreditó la tenencia del lugar donde se llevó a cabo la construc-
ción de la planta potabilizadora Tláhuac-La Caldera.
No acreditó el presupuesto base (referencia), utilizado para efectuar la evaluación
de las propuestas económicas en la licitación pública nacional para la construc-
ción de la planta potabilizadora Río Hondo-Agrícola Pantitlán.
En dos de cinco contratos revisados, el SACMEX aprobó y tramitó para pago
estimaciones (ministraciones), por conducto de un servidor público que no conta-
ba con las atribuciones de residente de obra, ya que únicamente fueron aproba-
das por la supervisión contratada respectiva.
En cuatro de cinco contratos revisados, el SACMEX no precisó en las notas de
la bitácora electrónica, la ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia
96
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
económica, responsabilidad, ni ratificó las instrucciones emitidas vía oficios, mi-
nutas y circulares. Además, no consideró la inscripción de los documentos que iden-
tifiquen oficialmente al residente de obra. Tampoco, registró en las bitácoras electró-
nicas de los contratos que se ejercieron recursos federales, así como las solicitudes
y autorizaciones de modificaciones al proyecto ejecutivo, los programas de ejecu-
ción convenidos ni la autorización de las estimaciones (ministraciones). De los con-
tratos revisados que ejercieron recurso local, el SACMEX no vigiló que para la
bitácora convencional de obra se asentaran las notas que se refirieren a la entre-
ga de fianzas, anticipos, actualizaciones de programas, retrasos, penalizaciones,
terminación de las obras y su entrega-recepción.
Para la entrega-recepción en los alcances del contrato para la construcción de la
planta potabilizadora de agua potable Tláhuac- La Caldera, el SACMEX aceptó
sin fundamentar una “carta garantía” de la empresa contratista por cada equipo
instalado, en sustitución de la transferencia de las garantías de los fabricantes de
los equipos instalados al SACMEX.
En dos de cinco contratos revisados, el SACMEX autorizó para pago 34,723.0 miles
de pesos (sin IVA), por actividades que no acreditó que estuvieran terminadas,
con lo cual se generó un financiamiento para las empresas contratistas.
El SACMEX autorizó para pago 1,343.6 miles de pesos (sin IVA), en los contratos
del proyecto para la construcción de la planta de rebombeo Los Galeana, sin que
acreditara que correspondiera a compromisos efectivamente devengados.
PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
De acuerdo con el contrato de arrendamiento núm. CA/07/2015, PMDF contrajo
obligaciones previas a la suscripción del contrato.
Respecto del contrato de arrendamiento núm. CA/07/2015, PMDF no solicitó la
autorización del contrato ni remitió copia de él a la DGPI de la OM.
97
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
ENTIDADES PARAESTATALES
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles; Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso” y partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro”
El DIF-DF contó con tres unidades vehiculares que no se encontraban rotuladas
y seis bienes muebles (bebederos) carecieron de un resguardo actualizado.
La entidad no presentó a la DGRMSG (DGRMSG) de la Oficialía Mayor (OM) los
Informes Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumenta-
les; DAI, Reporte de Inventario Físico; Informe de Altas, Bajas y Destino Final
de Bienes Muebles; y Programa de Enajenación de Bienes Muebles (Proyección
Anualizada de Disposición Final), dentro de los plazos previstos en la normativi-
dad aplicable.
El DIF-DF no contó con reglas de operación para el otorgamiento de las ayudas so-
ciales y careció de lineamientos o procedimientos que regularan de una manera
clara y detallada la selección de las asociaciones civiles.
El organismo efectuó el pago de ayudas a tres asociaciones mediante cheques
en lugar de transferencias bancarias, como lo dispone la normatividad aplicable.
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles e Inmuebles”
El INVI carece de las facturas o documentos que acrediten la propiedad de los
bienes repuestos o sustituidos, debido a que no se solicitan en ninguno de esos
casos a las personas o empresas que realizan la entrega de los bienes muebles,
a pesar de que el procedimiento denominado “Reposición de Bienes Muebles”
del Manual Específico para la Administración de los Bienes Muebles y el Manejo de
los Almacenes establece que se deberá contar con los documentos que acreditan
la propiedad de los bienes en favor del Gobierno del Distrito Federal.
98
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Por otra parte, el instituto resguardó tres automóviles en los domicilios particula-
res de los usuarios de dichos vehículos y en otro caso, una unidad tenía nueve
meses en el taller para su reparación.
Los automóviles seleccionados para su revisión carecían de la clave CABMSDF
adherida a ellos y se observó la desactualización de la información en la base de
datos del “Padrón Inventarial, al 31 de diciembre de 2015” respecto a la informa-
ción contenida en el “Resguardo Múltiple de Bienes Instrumentales”.
FONDO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
“Bienes Muebles”
El Fondo no acreditó la propiedad de 15 bienes ni proporcionó el método que utilizó
para determinar su valor.
FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
El FMPT careció de un procedimiento que señale de manera clara y detallada las
áreas y actividades para llevar un control en la administración, autorización, opera-
ción, valuación, registro y baja de los bienes muebles.
La entidad no publicó en internet el inventario actualizado de los bienes de su
propiedad.
En la memoria de cálculo de la depreciación del equipo de cómputo, diversos
bienes fueron registrados con importes diferentes al monto original de las inversiones
y otros bienes se registraron y depreciaron de forma global, y no por bien y tipo, según
su naturaleza.
Los Resultados Finales del Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales (Padrón
Inventarial) y el informe de altas correspondiente al cuarto trimestre de 2015 fueron
presentados por la entidad a la DGRMSG de la OM con un desfase de 11 días
hábiles, y el DAI-2 “Dictamen General de Almacenes” se entregó con un desfase
99
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
de 40 días hábiles. Además, la entidad no presentó a dicha Dirección General el
Calendario de Actividades con Cierre al 31 de diciembre de 2015 del Programa
de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales, los Informes Consolidados de
Resguardos, el Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instru-
mentales, y el Programa de Enajenación de Bienes Muebles.
FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
El FICENTRO realizó el procedimiento de contratación por adjudicación directa
y formalizó el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/024/2015, sin sujetarse
al procedimiento de licitación pública y sin estar en alguno de los supuestos
que prevé la normatividad para los casos de excepción a la licitación pública.
Además, el monto contratado excedió los montos máximos autorizados en el Pre-
supuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015. Asimismo, el sujeto
fiscalizado no cuenta con los análisis e integración de costos indirectos de campo,
de oficina central y el del factor de financiamiento, los cuales debió presentar
la empresa a la que se le adjudicó el contrato.
En la evaluación de las propuestas, mediante la cual adjudicó el contrato de obra
pública núm. FCH/DDI/IR/001/2015, cuyo objeto fue la “Rehabilitación y puesta en
valor del mercado Merced Nave Menor”, el FICENTRO no realizó el análisis cuali-
tativo y comparativo de la documentación presentada por los concursantes para
determinar quiénes reunían las condiciones legales, técnicas, económicas y admi-
nistrativas fijadas en las bases de la invitación restringida a cuando menos tres
concursantes y así garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contratista,
y seleccionar la propuesta que resultara más conveniente para la Administración
Pública de la Ciudad de México.
En los contratos de obra pública núms. FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015, cuyo objeto fueron “Los trabajos de obra para la rehabilitación del corredor Semi-nario-Argentina: Ventanas Arqueológicas” y la “Rehabilitación de las calles Repú-blica de Perú, Leandro Valle y Academia, en el Centro Histórico de la Ciudad de México”, respectivamente, el FICENTRO no registró la bitácora electrónica
100
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
de obra pública en el programa informático implementado por la SFP, por lo que no utilizó medios remotos de comunicación electrónica en la elaboración, control y seguimiento de la bitácora de obra, ni solicitó a la SFP la autorización de elabora-ción, control y seguimiento de la bitácora por medios de comunicación convencional.
En los contratos de obra pública núms. FCH/DDI/IR/001/2015, FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO no designó por escrito al servidor público que fungiría como residente de obra, por lo que durante la ejecución de los traba-jos contratados no se contó con un representante designado y acreditado ante los contratistas como responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revi-sión de los trabajos.
En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/IR/001/2015, el FICENTRO no con-tó con la documentación que compruebe que dio el aviso a la Contraloría General de la Administración Pública del Distrito Federal sobre la resolución de termina-ción anticipada de la que fue objeto dicho contrato.
En los contratos de obra pública núms. FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO revisó y autorizó las estimaciones después del plazo establecido para ello, que era de 15 días naturales siguientes a su presentación.
El FICENTRO no elaboró un plan de manejo de residuos de la construcción, el cual debió presentar a la SEDEMA para su evaluación y autorización de los con-tratos de obra pública núms. FCH/DDI/AD/005/2015 y FCH/DDI/AD/024/2015; tampo-co presentó los informes correspondientes al ser generador de residuos de ma-nejo especial dentro de la categoría de generación mayor a 7 m3.
Respecto a la revisión del gasto ejercido en inversión pública sobre el contrato de obra núm. FCH/DDI/IR/001/2015, mediante la estimación núm. 1, el FICENTRO reali-zó un pago por 401.6 miles de pesos (sin IVA), por un concepto extraordinario a pesar de que existe diferencia entre el precio unitario pagado, por 2,911.4 miles de pesos (sin IVA), y el precio unitario que debió pagar, por 2,509.9 miles de pe-sos (sin IVA). Lo anterior, debido a que en la matriz de análisis de precio unitario del concepto extraordinario pagado, en el rubro de materiales, se consideró en una factura como costo directo el importe del material incluyendo el IVA, siendo que debió considerarse sin IVA.
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RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Asimismo, el FICENTRO otorgó un anticipo, por 21,892.9 miles de pesos (sin IVA),
para iniciar los trabajos y la compra de materiales y equipo. De ese anticipo, la em-
presa contratista amortizó 996.1 miles de pesos (sin IVA) mediante la estimación
núm. 1, quedando un saldo pendiente, por 20,896.8 miles de pesos (sin IVA), debido
a la terminación anticipada del contrato por causas imputables a la Administra-
ción Pública, y a que el FICENTRO no acreditó documentalmente que los mate-
riales adquiridos y recibidos como amortización del anticipo le hayan sido entrega-
dos y estén bajo su resguardo en bodegas de su propiedad.
El FICENTRO pagó 328.9 miles de pesos (sin IVA), mediante la estimación núm. 1,
con la que autorizó el pago de un concepto sin justificar su ejecución, ya que en
la hoja denominada “números generadores” que acompañan a la citada estima-
ción, no se presenta la documentación que acredite la cuantificación de las áreas
estimadas y pagadas.
En el contrato de servicios relacionados con la obra pública núm. FCH/DDI/AD/018/2015,
consistente en la “Dirección arquitectónica de los trabajos de rehabilitación y puesta en
valor del mercado Merced Nave Menor en el Centro Histórico de la Ciudad de Méxi-
co”, el FICENTRO otorgó a la empresa de supervisión un anticipo, por 2,909.3 miles
de pesos (IVA incluido), para inicio y conclusión de los servicios. Sin embargo, al sus-
citarse la terminación anticipada del contrato de obra pública a supervisar por
causas imputables a la Administración Pública, el FICENTRO informó que la em-
presa amortizó en la estimación núm. 1, un importe de 154.7 miles de pesos (IVA
incluido) y que el saldo, de 2,754.6 miles de pesos (IVA incluido), se amortizaba
con un concepto. Sin embargo, el sujeto fiscalizado no cuenta con la documenta-
ción que compruebe y justifique la ejecución de las actividades correspondientes
al concepto ni la que determine la procedencia y obligación del pago.
En el contrato de servicios núm. FCH/DDI/AD/018/2015, el FICENTRO no aplicó una pena, por 4,955.1 miles de pesos, importe que no causa IVA ni intereses, a la empresa encargada del servicio por la “Dirección arquitectónica de los trabajos de Rehabilitación y puesta en valor del mercado Merced Nave Menor en el Centro His-tórico de la Ciudad de México”, ya que dicha empresa realizó deficientemente al-gunas actividades establecidas en las Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal, al no verificar la correcta integración del análisis del precio
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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
unitario de un concepto extraordinario; la amortización del saldo del anticipo compro-metido derivado de la terminación anticipada del contrato de obra; ni la ejecución de 41,900.00 m2 de un concepto de obra, lo que ocasionó daños, por 21,627.3 miles de pesos (sin IVA).
En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/005/2015, el FICENTRO realizó un pago, por 257.3 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones núms. 1, 2, 6 y 7, correspondiente a tres conceptos de obra, sin que en el primer concepto se acredite el suministro y colocación; en el segundo, sin comprobar su retiro, depó-sito y resguardo; y en el tercero, sin contar con la documentación que acredite las actividades que se realizaron.
El FICENTRO realizó un pago, por 77.2 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones núms. 1, 2, 5, 6, 7 y 8, sin advertir que en cinco conceptos de obra se rebasaron las cantidades consideradas en el presupuesto contratado, sin la autori-zación del FICENTRO para el pago de dichas cantidades excedentes, mediante el convenio correspondiente con las nuevas condiciones, sustentándolo con un dicta-men técnico. Por tanto, el sujeto fiscalizado no contó con la documentación que compruebe y justifique la autorización para la ejecución de las cantidades exce-dentes y así determinar la procedencia y obligación del pago.
En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO pagó 392.7 miles de pesos (sin IVA), mediante las estimaciones de obra núms. 02, 03, 04 y 05, correspondiente a 11 conceptos, las cuales presentan diferencias entre las cantidades de obra pagadas y las realmente ejecutadas.
El FICENTRO pagó 376.4 miles de pesos (sin IVA), mediante la estimación de obra núm. 05, en dos conceptos no previstos en el catálogo de conceptos del contrato, sin contar con los documentos que acrediten su autorización de pago, tales como la solicitud de la ejecución de los trabajos extraordinarios; la nota de bitácora y orden de trabajo para la ejecución de los trabajos extraordinarios; los análisis de precios unitarios correspondientes, entre los que se incluyen las cantidades y rendimientos de materiales, mano de obra y equipo utilizados para la ejecución de los trabajos.
En el contrato de obra pública núm. FCH/DDI/AD/024/2015, el FICENTRO omitió
aplicar una pena, por 727.2 miles de pesos, importe que no causa IVA ni intereses
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RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
al contratista encargado de la ejecución de los trabajos de la “Rehabilitación de
las calles República de Perú, Leandro Valle y Academia, en el Centro Histórico
de la Ciudad de México”, por el atraso en la entrega total de los trabajos.
CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles” y “Presupuesto Total Ejercido”
EVALÚA-DF careció de un procedimiento para llevar a cabo el control de asistencia de su personal.
Lo reportado en los auxiliares contables y en estados financieros dictaminados de EVALÚA-DF, en el rubro “Bienes Muebles”, por un monto de 1,583.1 miles de pesos, no coincidió con lo informado en la “Relación de Bienes Muebles que Componen el Patrimonio” incluida en el Informe de la Cuenta Pública de 2015 del sujeto fis-calizado, donde existió una variación de 26.5 miles de pesos. Además, en la Cuenta Pública se reportó un total de 200 bienes muebles y en el padrón inventarial se registraron 199 bienes muebles; es decir, existió una variación de un bien.
EVALÚA-DF no contempló en sus auxiliares de 2015, en la cuenta “Equipo de Trans-porte”, un vehículo por 84.3 miles de pesos.
En la inspección física de los bienes muebles, se corroboró que 20 bienes (telé-fonos IP) con un valor de 71.3 miles de pesos, se encontraban sin uso y en cajas; es decir, dichos bienes no fueron utilizados para su fin determinado.
La entidad envió a la DGRMSG de la OM los informes DAI-1 “Movimiento de Existencias en Almacén”, DAI-3 “Bienes de Lento y Nulo Movimiento”, DAI-BAJA “Bienes en Proceso de Desincorporación”, “Informe de Altas, Bajas y Destino Final de Bienes” e “Informes de Distribución de Bienes”, con desfases respecto al plazo previsto en la normatividad aplicable. Además, el EVALÚA-DF entregó úni-camente dos de los 12 informes que debió presentar, correspondientes al Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales.
EVALÚA-DF no proporcionó los registros auxiliares presupuestales correspon-dientes a los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suminis-tros” y 3000 “Servicios Generales”.
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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
En 2015, la entidad careció de un sistema que permitiera efectuar la interrelación
automática de clasificadores presupuestarios, lista de cuentas y catálogo de bienes
en tiempo real.
El consejo reportó que 10 prestadores de servicios gozaron de vacaciones dividi-
das en dos períodos, de 10 días cada uno, pero la entidad no acreditó que los días
otorgados a los prestadores de servicios como períodos de vacaciones se encon-
traran justificados y, en consecuencia, dichos días fueron pagados sin que se
hubiesen devengado los servicios.
La entidad no proporcionó la documentación comprobatoria de la póliza de diario
núm. 54 del 31 de diciembre de 2015, por 0.1 miles de pesos, ni la documenta-
ción completa de la póliza de diario núm. 40 de la misma fecha, la cual carece de
documentación comprobatoria por 15.2 miles de pesos.
EVALÚA-DF registró la provisión del gasto de la gratificación de fin de año en diciem-
bre de 2015, y no la programó, comprometió y devengó, de enero a diciembre.
El sujeto fiscalizado presentó las modificaciones al Programa Anual de Adquisicio-
nes, Arrendamientos y Prestación de Servicios de 2015, correspondientes al primer,
segundo y tercer trimestre, con desfases que van de 9 a 190 días.
CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
“Bienes Muebles”
El COPRED careció de un procedimiento autorizado que regulara las áreas y activida-
des para llevar un control en la administración, autorización, operación, valuación,
registro y baja de los bienes muebles.
La entidad realizó la conciliación entre los registros contables y el inventario físico
de los bienes, en la que se reflejó una variación de 5.9 miles de pesos, que
corresponde a 12 bienes; sin embargo, el COPRED no efectuó los ajustes res-
pectivos en el inventario físico. Además, la “Relación de Bienes Muebles que Com-
ponen su Patrimonio”, el levantamiento físico del inventario y su correspondiente
acta, reportan diferentes cantidades de bienes, ya que en el primer documento
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RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
se incluyen 751 bienes, en el segundo 775 y en el tercero 844. Las variaciones
presentadas revelan deficiencias en el registro, supervisión y control de los bienes
muebles del organismo y en su Sistema de Contabilidad Gubernamental.
El COPRED realizó incorrectamente el registro contable en la subcuenta “Otros
Mobiliarios y Equipo de Administración” de 10 mesas combinadas madera-metal
y 100 sillas plegables, que corresponden a la subcuenta “Muebles de Oficina y Estan-
tería”; asimismo, registró incorrectamente diversos bienes en el padrón inventarial.
El ente únicamente entregó a la DGRMSG de la OM dos reportes en materia de
almacenes e inventarios y no presentó el resto de los informes que prevé la nor-
matividad aplicable; aunado a ello, los dos reportes fueron remitidos a la citada
Dirección General con desfases de 149 y 290 días hábiles.
INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
El INDEPEDI careció de un procedimiento que regule las áreas y actividades
para llevar a cabo el cálculo y registro de la vida útil estimada y de la deprecia-
ción de los bienes muebles.
La entidad registró erróneamente en la cuenta contable “Muebles de Oficina y Estante-
ría” dos ruteadores, 10 aparatos telefónicos y un conmutador telefónico, ya que de
conformidad con el Plan de Cuentas de la entidad, debieron clasificarse en la cuenta
contable “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, lo que además
ocasionó que la entidad aplicara un porcentaje de depreciación incorrecto.
El instituto calculó la depreciación en forma global, sin considerar las fechas de adquisición de los bienes y sin incluir el IVA de 11 bienes; asimismo, no registró la baja de 4 bienes de “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” que debieron estar ya depreciados en su totalidad y sólo ser registrados para su control. Además, el INDEPEDI registró la misma depreciación para los ejercicios 2013 y 2014 de 14 bienes transferidos, monto que no debió ser el mismo para los dos años, ya que los bienes no fueron utilizados durante todos los meses de 2013. Aunado a ello, el Instituto adquirió 115 bienes los días 18, 23 y 30 de diciembre
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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
de 2014, depreciándolos en ese mismo año, lo cual no era procedente, toda vez que la depreciación debe iniciar el mes siguiente de su adquisición.
La entidad no proporcionó el Informe de Resultados Finales del Programa de Levan-tamiento Físico de Bienes Instrumentales ni los diversos informes del rubro de alma-cenes e inventarios relativos al ejercicio de 2015 que se deben remitir a la DGRMSG de la OM.
INSTITUTO DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO FEDERAL
Capítulo 3000 “Servicios Generales” y “Bienes Muebles”
En el caso de 10 bienes muebles adquiridos en mayo de 2015, el INJUVE calculó y registró la depreciación dos meses después de la fecha en que debió hacerlo.
Se localizaron nueve PC de escritorio (Desktop HP) totalmente nuevas y empa-cadas, no obstante que en los registros del INJUVE aparecen como asignadas al Centro de Salud Emocional Cuídate. Por otra parte, se identificó la desactualización de la información en la base de datos del INJUVE respecto al control de la localiza-ción de los bienes muebles.
El INJUVE proporcionó diversos resguardos, mismos que no incluyeron 11 bienes por un importe de 106.1 miles de pesos.
La entidad omitió remitir diversos informes del rubro de almacenes e inventarios relativos al ejercicio de 2015, a la DGRMSG de la OM.
El INJUVE realizó sus pagos con cheques en vez de efectuarlos en forma electrónica.
INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles” y Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
El sistema gubernamental que utilizó el INMUJERES-DF para el registro de las ope-raciones contables no facilitó el registro y control de los inventarios de bienes muebles, no generó estados financieros y de ejecución presupuestaría en tiempo real, y los registros auxiliares no mostraron el avance presupuestario y contable a la fecha; además, se expidieron cheques nominativos para el pago a proveedores.
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RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
De los 657 bienes muebles seleccionados como muestra, el Instituto únicamente
formalizó el resguardo correspondiente (individual o múltiple) de 32.
El INMUJERES-DF no proporcionó el Informe de Resultados Finales del Progra-
ma de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales del ejercicio 2015 ni los diver-
sos informes del rubro de almacenes e inventarios relativos a ese ejercicio que se
deben remitir a la DGRMSG de la OM. Además, en la actualización del Programa
de Aseguramiento Consolidado no se incluyeron los 18 relojes checadores bio-
métricos para el registro de asistencia del personal del instituto por 52.6 miles de
pesos y 18 mesas redondas por 92.7 miles de pesos, todos adquiridos en 2015.
La entidad no integró la garantía de cumplimiento por 121.4 miles de pesos del con-
trato núm. 087/RMSG/2015 suscrito el 13 de noviembre de 2015 para la adquisi-
ción de aditamentos para las usuarias del Programa de Atención al Cáncer de Mama,
por 939.1 miles de pesos, con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales
a Personas”.
PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles” y Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
La PROSOC careció de un manual de contabilidad y de un plan de cuentas alinea-
dos a las disposiciones emitidas por el CONAC; no dispuso de estados financieros
dictaminados; no generó estados financieros en tiempo real; y careció de un sistema
contable que efectúe la interrelación automática de los clasificadores presupues-
tarios, lista de cuentas y el catálogo de bienes en tiempo real. Aunado a ello, durante
el período de enero a agosto de 2015, la PROSOC careció de procedimientos
y en el año fiscalizado no contó con un procedimiento para regular la administración
de los bienes muebles.
La entidad careció de cifras contables conciliadas con el inventario físico de los
bienes muebles.
La PROSOC no contó con evidencia de las acciones legales realizadas ante el
Ministerio Público ni de las acciones administrativas emprendidas ante la aseguradora,
108
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
derivadas de un incendio, para la recuperación o reposición de un bien incluido en la
muestra, así como del registro contable de la baja de dicho artículo.
La entidad no entregó o lo hizo fuera de los plazos establecidos, los informes del
rubro de almacenes e inventarios a la DGRMSG de la OM.
Los registros auxiliares de la PROSOC no mostraron el registro por cada opera-
ción de la etapa del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado,
ejercido y pagado, en las cuentas de orden presupuestario que establece el CONAC
y no muestran los avances presupuestarios y contables que permitan realizar el se-
guimiento y la evaluación del ejercicio del gasto público.
Las obras realizadas en la unidad habitacional “CUP José María Morelos y Pavón”
con los recursos otorgados por la PROSOC no habían sido concluidas a la fecha
de la inspección física realizada por la ASCM.
La entidad pagó a la unidad habitacional “Ignacio Allende 169” 5.0 miles de pesos
de más de los establecidos en el convenio de corresponsabilidad y en el contrato de
prestación de servicios, sin contar con el documento que justificara dicho pago.
METROBÚS
“Bienes Muebles” y “Permisos Administrativos Temporales Revocables”
Metrobús careció de un manual de procedimientos que regule la baja de bienes
muebles.
En 388 casos, el código CABMSDF en el campo “Partida” del padrón inventarial
no corresponde con los niveles del CAMBSDF, lo que no permite la interrelación
automática entre el registro contable de las operaciones y el catálogo de bienes
muebles, ya que el número reportado en el campo partida es de la sub-subcuenta
en la que se registran los bienes y en esos casos el registro contable de los bie-
nes se realizó en sub-subcuentas que no les corresponden.
Metrobús no cuenta con los dictámenes técnicos del estado físico de los bienes
muebles para darlos de baja por inutilidad.
109
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Al día de la inspección física, 46 bienes adquiridos en diciembre de 2014 y de 2015
no habían sido utilizados y se encontraban empacados.
La entidad no actualizó las etiquetas, los resguardos ni el padrón inventarial de
los bienes muebles cuando se efectuó el levantamiento físico de inventarios.
Metrobús no entregó a la DGRMSG los informes DAI-2 “Dictamen General de Alma-
cenes” e “Informe Consolidado de Resguardos de Bienes”, correspondientes al ejerci-
cio de 2015; además, entregó diversos informes de almacenes e inventarios a
dicha Dirección General en fecha posterior a la establecida en la norma y remitió
varios informes en forma conjunta, a pesar de que deben ser en forma separada.
En relación con los Permisos Administrativos Temporales Revocables de las cin-
co líneas de Metrobús, se identificó que no se especificó la cantidad de espacios
permisionados en las bases del PATR de la línea 5; la permisionaria realizó
pagos extemporáneos de la contraprestación por el uso, aprovechamiento y ex-
plotación de los espacios permisionados; la OM no comunicó con oportunidad
a Metrobús la actualización de la contraprestación a recibir en 2015; el monto
de las pólizas de fianzas de las líneas 1, 2 y 4 fue menor del equivalente al pago de
un año de la contraprestación actualizada; la permisionaria no contaba con medidor de
energía eléctrica en la terminal de la Línea 4; y no se identificó evidencia docu-
mental que acreditara el pago a Metrobús de las cuotas de energía eléctrica de
esa terminal.
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
En las actas de fallo de las licitaciones públicas nacionales núms. EO-909009999-N10-2014
del 16 de febrero de 2015 y EO-909009999-N9-2014 del 23 de febrero de 2015,
correspondientes a los contratos de obra pública núms. SDGM-GOM-2-01/15
y SDGM-GOM-2-09/15, respectivamente, el STC no indicó el lugar y fecha de su firma.
En el contrato de obra pública núm. SDGM-GOM-2-08/15, el STC llevó a cabo la
entrega-recepción de los trabajos con 12 días hábiles de atraso respecto al plazo
establecido contractualmente que era de 20 días hábiles siguientes a la constatación
110
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
de la terminación, ya que ésta se efectúo el 20 de enero de 2016 y la entrega-
recepción, el 7 de marzo de 2016.
En los contratos de obra pública núms. SDGM-GOM-2-01/15 y SDGM-GOM-2-08/15,
el STC no realizó la liquidación de los trabajos dentro de los 100 días hábiles
posteriores a su recepción, como señalan las actas de entrega-recepción del 14
y 7 de marzo de 2016, respectivamente.
En el contrato de obra pública núm. SDGM-GOM-2-08/15, el STC no verificó que
los generadores cumplieran la descripción cualitativa y cuantitativa de los con-
ceptos considerados en las estimaciones. Tal es el caso de las estimaciones
núms. 7 y 9, donde se observa que en el concepto 28 “Suministro y reposición de
la carpeta asfáltica…”, se integró un generador con nombre de otro contratista
y los datos señalados en el croquis de ubicación no corresponden a los realiza-
dos; y en el concepto 13 “Suministro de acero de refuerzo…”, los generadores no
corresponden con el número de estimación y con la especificación del concepto,
entre otras irregularidades.
En la notificación de la rescisión administrativa del contrato de obra pública
núm. SDGM-GOM-2-09-/15, el STC otorgó al contratista un plazo de 10 días há-
biles para que manifestara lo que a su derecho conviniera, en contravención del plazo
de 5 días hábiles establecidos en el artículo 71, fracción III, párrafo primero, del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL
“Derechos a recibir Bienes o Servicios y Derechos a recibir Efectivo o Equivalentes”
Las políticas y procedimientos establecidos por RTP para el control y recupera-
ción de los derechos a recibir efectivo o equivalentes y para la administración de
riesgos fueron insuficientes.
El manual de contabilidad y el catálogo de cuentas utilizados en 2015 no fueron
los autorizados por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública vigentes para ese año.
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RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
RTP interpuso un juicio especial de fianzas para reclamar a una afianzadora el pago de las pólizas de fianzas que garantizan un anticipo y el cumplimiento de un contrato, que se encuentra en desahogo de pruebas; además de un juicio or-dinario civil para reclamar la devolución de 92,707.2 miles de pesos que le fueron en-tregados a una empresa por el 40.0% de anticipo de un contrato para la adquisi-ción de autobuses, el pago de intereses generados, de penas convencionales, de intereses generados por concepto de penas convencionales y de daños y perjui-cios, del cual transcurre término para que la entidad manifieste lo que a su dere-cho convenga, por las excepciones de la parte contraria.
RTP reportó un saldo por cobrar de 213.1 miles de pesos a la Dirección General de Administración de la SEDESO por servicios de transporte proporcionados de 2009 a 2010, que por su antigüedad tiene el riesgo de no recuperarse en su totalidad.
La entidad registró en una cuenta por cobrar un laudo pagado por 476.1 miles de pesos que no será recuperado.
“Bienes Muebles y Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso”
Los códigos de los bienes muebles señalados en la “Relación de Bienes Muebles que Componen el Patrimonio” no coinciden con el Catálogo de Bienes Muebles del Distrito Federal emitido por el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal.
RTP envió los informes DAI-1 y DAI-2 con posterioridad al plazo establecido en la normatividad aplicable y no acreditó el envío de los informes “Bienes Excedentes”, “Distribución de Bienes Muebles”, DAI-Baja “Bienes en Proceso de Desincorporación”, “Informe de Altas, Bajas y Destino Final de Bienes Muebles” y “Calendario de Activida-des con Cierre al 31 de diciembre del Programa de Levantamiento Físico de Bie-nes Instrumentales”.
SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL DISTRITO FEDERAL
Partida Genérica 1540 “Prestaciones Contractuales”
El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal comprometió 344.9 mi-les de pesos para realizar, con cargo a la partida 1547 “Asignaciones Conmemo-rativas”, un evento para festejar el Día del niño tranviario a celebrarse el 2 de mayo
112
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
de 2015 (303.2 miles de pesos) y la adquisición de regalos para el Día de las madres (41.7 miles de pesos); sin embargo, dichas prestaciones no se identifica-ron en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente en 2015 y el STE no proporcionó documentación que permitiera comprobar la devengación de dicho importe.
ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
La EAP registró dos sopladores aspiradoras, por un monto de 95.9 miles de pesos,
erróneamente en la cuenta contable “Equipo Médico y de Laboratorio”, debiendo
ser en la cuenta “Materiales y Suministros para Seguridad”, conforme a su Plan
de Cuentas.
INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles” y Capítulo 1000 “Servicios Personales”
El sistema de contabilidad gubernamental que utilizó el INVEA-DF se encontró
en proceso de pruebas, y no se concluyó la integración de la información de los proce-
sos de cada área para cumplir la normatividad regulatoria definida por el CONAC
y entrelazar las etapas del proceso de contratación, asignación, distribución y
manejo de recursos, bienes y servicios; no generó estados financieros en tiempo
real; y no facilitó el registro y control de los inventarios.
El manual administrativo de la entidad no se actualizó acorde a la estructura
orgánica vigente y no contó con un procedimiento que regulara el control y regis-
tro de asistencia del personal; además, el manual de contabilidad no se actualizó con-
forme a los apartados precisados por el CONAC y no incorporó una cuenta espe-
cífica para el registro del pasivo circulante al cierre del ejercicio; conjuntamente,
el instituto careció de la clasificación administrativa del ejercicio del gasto de los servi-
cios personales.
De los 318 puestos que integran la estructura orgánica, el INVEA-DF sólo contó
con 15 perfiles de puestos; además, no documentó sobre la existencia del catálogo
de puestos.
113
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
El devengado del aguinaldo no se registró por mes (de enero a diciembre), dado que
el registro de la provisión del gasto de la gratificación de fin de año se realizó al cierre
del ejercicio. Igualmente, no se provisionaron 221.7 miles de pesos y 19.7 miles de
pesos pagados en julio de 2015 y enero de 2016, respectivamente, correspondientes
a ajustes a las cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de 2014
y a cuotas al IMSS del sexto bimestre de 2015, en ese orden; el INVEA-DF tam-
poco previó recursos para contar con suficiencia presupuestal para el pago de
cuotas al IMSS.
INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
“Bienes Muebles” y Capítulo 1000 “Servicios Personales”
El IAPA no realizó un inventario físico de bienes muebles.
La entidad no acreditó que para la contratación del Seguro Colectivo de Protec-ción Familiar de Trabajadores de Estructura del Gobierno del Distrito Federal se hubiesen obtenido las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportu-nidad; además, no atendió el acuerdo emitido por su Consejo Directivo en el sen-tido de realizar una consulta a la OM respecto de la vigencia de la póliza de protec-ción familiar para los trabajadores.
El instituto efectuó pagos por servicios del seguro de protección familiar que no fueron devengados, ya que pagó 34.1 miles de pesos a trabajadores que ya ha-bían sido dados de baja y un pago retroactivo de 1,013.6 miles de pesos por un período en el cual no se contaba con el servicio del seguro (enero-agosto de 2015).
Según consta en la documentación que obra en los expedientes de personal, se determinó que dos personas de estructura no cumplen el perfil de puesto necesa-rio para cubrir una Subdirección y una Jefatura de Unidad Departamental.
El instituto no capturó correctamente en el Sistema Integral Desconcentrado de Nóminas (SIDEN) los datos de 12 empleados y pagó las aportaciones al ISSSTE con base en lo registrado en las nóminas del SIDEN y no en función de las remu-neraciones efectivamente otorgadas, lo que originó que dicho pago se realizara por un monto inferior de 16.5 miles de pesos.
114
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles” y “Bienes Inmuebles”
Durante 2015, SSP-DF no registró contablemente y, por ende, no reportó en su
Informe de Cuenta Pública 120 pantallas por un importe total de 900.9 miles de pesos,
entregadas por una institución bancaria en 2013; la entidad tampoco registró 439 bie-
nes que fueron transferidos por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal
durante 2012, por un monto de 2,501.5 miles de pesos.
De la verificación física a la existencia, uso y destino de los bienes muebles pro-
piedad de la entidad, se observó que no se encontraban en uso los siguientes bienes:
15 unidades dentales portátiles con módulo integrado, 2 cabinas de fototerapia de
cuerpo entero, 3 equipos de rayos X unidad radiográfica, 3 computadoras portátiles
y 1 cámara web.
De los 1,279 bienes revisados, 1,267 no contaron con los resguardos respectivos.
SSP-DF entregó con un desfase de cuatro días el informe “DAI-1 Movimiento de
Existencias en Almacenes” correspondiente al cuarto trimestre; los informes “Avance
del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales” correspondientes
a octubre, noviembre y diciembre de 2015 no fueron entregados a la DGRMSG
de la OM y en tanto que seis informes de dicho avance fueron presentados con des-
fases de 1 a 47 días; y no remitió el “Informe Consolidado de Resguardo de Bienes”
correspondiente al tercero y cuarto trimestres del ejercicio 2015.
La entidad tiene dos inmuebles que se encontraban sin uso.
PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
La PAOT reportó en la relación de “Bienes Muebles que Componen el Patrimonio”,
un monto de 46,324.4 miles de pesos, que difiere en 405.2 miles de pesos con el pre-
sentado en el padrón inventarial por 45,919.2 miles de pesos; dicha variación corres-
ponde a cuatro bienes que no fueron considerados en el padrón citado.
115
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
Un vehículo asignado a la Subprocuraduría de Ordenamiento Territorial careció de la etiqueta de inventario y no estaba balizado con los logotipos del organismo y la leyenda respectiva.
FIDEICOMISO MUSEO DE ARTE POPULAR MEXICANO
“Ingresos Propios” y Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
Durante el período del 1o. de enero al 24 de diciembre de 2015, el MAP careció de procedimientos para regular sus operaciones y en los procedimientos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de esta última fecha, no se incluyó los que regularían las operaciones vinculadas con los ingresos propios y el capítulo 5000.
Aun cuando las obras de arte de la muestra contaban con número de identificación por parte de la Bodega de Colecciones, carecieron del número de inventario es-tablecido por la OM.
El MAP efectuó el pago a los artesanos y proveedores de equipo de cómputo mediante cheques y no por transferencias bancarias.
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
“Bienes Muebles” y Capítulo 3000 “Servicios Generales”
El sistema informático contable implantado por el ICATCDMX no emitió auxiliares presupuestales en los cuales se debió haber reflejado el ingreso estimado, modi-ficado, devengado y recaudado; tampoco emitió estados financieros en tiempo real; ni se interrelacionó contable y presupuestalmente con las operaciones realizadas por las áreas de la entidad.
Se confirmó que el instituto eximió pólizas de garantía y fianzas a los proveedo-res, sin contar con autorización de la SEFIN.
HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL
Capítulo 1000 “Servicios Personales” y “Bienes Muebles”
El Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos a los bienes muebles de su propiedad
116
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
ante las instancias competentes, en los términos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables.
INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
El IEMS no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos
a los bienes muebles de su propiedad ante las instancias competentes, en los
términos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables. Además,
37 bienes muebles no han sido asignados o no se encuentran en uso, por lo que
no están cumpliendo el fin para el que fueron adquiridos.
INSTITUTO LOCAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles e Inmuebles”
El ILIFE presentó una variación de 37,717.8 miles de pesos en el rubro Activo no
Circulante y la “Relación de Bienes Muebles que Compone el Patrimonio”, la cual
se debió a que en el saldo del Activo no Circulante se encuentran registrados bienes
muebles destinados al equipamiento para la infraestructura física educativa de la
Ciudad de México, los cuales se adquirieron con recursos del Fondo de Aporta-
ciones Múltiples 2013 y 2014; recursos federales procedentes del Fondo Concur-
sable de Inversión para Centros y Unidades de Formación o Capacitación para el
Trabajo 2015; y recursos de gasto corriente reclasificados de los capítulos 3000
“Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”. Sin embargo,
dichos bienes no fueron para el uso de la entidad.
El instituto elaboró auxiliares contables en el ejercicio de 2015.
FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
El FEG no contó con un manual de procedimientos que regulara la baja de bienes
muebles, incluyendo políticas, descripción de actividades, responsables y tiempos
para llevar a cabo las actividades.
117
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
La entidad no acreditó la propiedad de 423 bienes.
El FEG operó 67 bajas de bienes muebles, pero no proporcionó dictamen de baja
enviado a la Contraloría Interna de la entidad.
Al verificar la existencia, uso y destino de los 483 bienes informáticos y 272 relo-
jes para juegos de ajedrez seleccionados como muestra, se detectó que: 1 cámara,
1 plotter, 3 proyectores, 1 servidor y 261 relojes aún estaban empaquetados en
su caja de origen y sin ser utilizados; 1 equipo multifuncional, 2 impresoras, 56 mi-
crocomputadoras, 45 laptops, 4 minicomputadoras, 2 no break y 2 proyectores
no se identificaron por carecer de etiqueta o número de inventario; 6 impresoras,
49 microcomputadoras, 39 laptops y 2 ruteadores estaban fuera de servicio y en
desuso; no se ubicaron físicamente 3 switch lan y 3 relojes; además de que
63 bienes informáticos estaban descompuestos y 26 fuera de servicio.
La entidad careció de los resguardos de 6 bienes muebles y de 60 bienes informáticos.
El FEG no entregó a la OM los siguientes informes: “Avance del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales”, “Resultados Finales del Programa de Levantamiento Físico de Bienes Instrumentales”, “Informe Consolidado de Res-guardo de Bienes” y “Programa de Enajenación de Bienes Muebles”. Además, los informes “Altas, Bajas y Destino Final de Bienes Muebles”, correspondientes al pri-mer y segundo trimestre del ejercicio 2015, fueron entregados a la OM con un desfa-se de cinco y cuatro, en ése orden, con relación al plazo establecido en la norma.
CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”
La CAPREPA reportó en su Informe de Cuenta Pública de 2015, en la “Relación de Bienes Muebles que componen el patrimonio” 54.0 miles de pesos correspon-dientes a bienes de consumo que debieron registrarse en el capítulo 2000 “Mate-riales y Suministros”, lo que denota deficiencias de control interno.
La entidad presentó deficiencias de control y registro de los bienes muebles; asi-mismo, cuenta con bienes muebles almacenados y sin usar, mismos que se encuen-tran en proceso de deterioro por las condiciones y lugar en el que se encuentran.
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INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
La CAPREPA no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos a los bienes muebles de su propiedad ante las instancias competentes, en los términos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables.
CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles e Inmuebles”
En 60 bienes muebles de la CAPTRALIR se observaron dos situaciones: 17 bie-nes muebles iniciaron su depreciación a partir del 30 de septiembre de 2015, no obstante que su adquisición corresponde a años anteriores, sin considerar sus registros los parámetros de vida útil ni la base acumulativa para determinar el valor de los bienes de su patrimonio; y la depreciación de 42 bienes muebles no inició al mes siguiente de la adquisición.
La CAPTRALIR presentó importes diferentes en el Estado de Situación Financie-ra de Cuenta Pública de 2015 en el rubro de bienes inmuebles y en la relación de bienes inmuebles que componen su patrimonio.
En la Cuenta Pública el ente reporteó un bien inmueble que no es de su propiedad.
CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Capítulo 1000 “Servicios Personales” y “Bienes Muebles e Inmuebles”
Una persona prestó sus servicios de manera simultánea en la CAPREPOL y en otro ente del gobierno local.
Dos inmuebles propiedad de la CAPREPOL, están invadidos desde el 23 de septiembre de 2013 y el17 de diciembre de 2014, respectivamente; y otros dos se encuen-tran en desuso.
PROCDMX, S.A. DE C.V.
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
PROCDMX, S.A. de C.V., celebró el contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/029/2015 con una persona física para prestar “servicios profesionales para coadyuvar con
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RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
agentes en el extranjero”, quien a la fecha de la formalización del contrato forma-ba parte de la estructura de PROCDMX.
El 28 de octubre de 2015, PROCDMX celebró el contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/039/2015 con vigencia del 1o. de noviembre al 31 de diciembre de 2015, con la misma persona física del contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/029/2015, con vigencia del 1o. de agosto al 15 de octubre de 2015.
El prestador de servicios profesionales reportó haber realizado actividades los días 19, 20 y 21 de octubre de 2015, las cuales fueron incluidas para el primer pago del contrato núm. PROCDMX/CGA/SERV/039/2015; sin embargo, tales fechas estu-vieron fuera de la vigencia de los contratos núms. PROCDMX/CGA/SERV/029/2015 y PROCDMX/CGA/SERV/039/2015.
“Activo no Circulante”
Al 31 de diciembre de 2015, PROCDMX no contó con las escrituras que acredita-ran la propiedad de dos terrenos, como se manifestó en los estados financieros dictaminados del ejercicio de 2015.
CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN, S.A. DE C.V.
“Bienes Muebles e Inmuebles”
COMISA no elaboró ni presentó diversos informes, reportes y programas relativos a los bienes muebles de su propiedad ante las instancias competentes, en los térmi-nos que establecen la normatividad y los ordenamientos aplicables.
SERVICIOS METROPOLITANOS, S.A. DE C.V.
“Bienes Muebles e Inmuebles”
De una muestra de auditoría de 50 bienes inmuebles de SEVIMET, se observó que únicamente 17 cuentan con escritura pública.
Se llevó a cabo la inspección física de 15 inmuebles, durante la cual la entidad no
acreditó con evidencia el estado que guardan nueve de éstos, ya que presentan
120
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
variaciones en su registro; asimismo, en dicha inspección física se determinó que
no es clara la delimitación de los usos de dichos inmuebles.
Se identificó que 79 bienes instrumentales se encuentran en desuso y no se les
ha aplicado el procedimiento de baja.
SERVIMET no elaboró ni integró un Programa de Levantamiento Físico de Inven-
tario de Bienes Instrumentales.
ÓRGANO DE GOBIERNO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
Capítulo 6000 “Inversión Pública”
La Dirección Ejecutiva de Obras, Mantenimiento y Servicios del TSJDF no contó
con procedimientos para el control de la ejecución de obra pública para su estruc-
tura orgánica autorizada en el ejercicio fiscal de 2015.
El TSJDF no realizó las evaluaciones para determinar el porcentaje de los antici-
pos otorgados para la ejecución de las obras objeto de tres contratos.
No estableció en las cláusulas de tres contratos de obra pública, la fecha de corte
para la presentación de las estimaciones o ministraciones de obra para pago de
los trabajos.
Al formalizar dos contratos de obra pública bianuales (2015-2016) a precio alzado,
el TSJDF convino programas para la ejecución de los trabajos distintos al de las
propuestas contratadas ganadoras de los procedimientos de invitación restringida
que realizó para su adjudicación.
El Tribunal pagó con cargo a un contrato de obra pública, 165 luminarios fluores-
centes que no se ajustaron a la descripción del concepto pagado, pues aunque autori-
zó modificar la especificación convenida por un producto de mejor calidad, no celebró
el convenio respectivo.
121
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
ÓRGANOS AUTÓNOMOS
TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Muebles”, “Bienes Inmuebles” y Capítulo 1000 “Servicios Personales”
Para el ejercicio de 2015, el TEDF careció de un manual de contabilidad y plan de cuentas alineados a las disposiciones del CONAC.
Doce lugares de tres crucetas no se encontraban en uso y estaban guardadas en el sótano del edificio del tribunal. Además, el órgano autónomo proporcionó una rela-ción de 388 bienes informáticos, de los cuales 339 bienes también habían sido guardados sin usarse; entre éstos se encontraban CPU y monitores para compu-tadoras, sin que el TEDF mostrara evidencia de su destino final.
El TEDF no suscribió el acta del inventario físico de bienes y careció de un padrón inventarial de bienes que conforman su patrimonio (altas, bajas y destino final).
Para el cálculo de la depreciación, el TEDF incluyó el saldo de la cuenta “Terre-nos”, por lo que los estados financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2015 no presentaron cifras correctas y confiables.
El sistema contable presupuestal del TEDF no permitió efectuar la interrelación automática de los clasificadores presupuestarios, la lista de cuentas y el catálogo de bienes en tiempo real. Asimismo, los registros auxiliares del TEDF del ejercicio re-visado no mostraron el registro por cada operación de la etapa del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado en las cuen-tas de orden presupuestario que establece el CONAC.
Una trabajadora laboró en el TEDF y en otro ente de la administración pública local de manera simultánea.
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
“Bienes Inmuebles, Infraestructura y Construcciones en Proceso” y “Bienes Muebles”
La CDHDF carece de lineamientos, procedimientos y programas que regulen el control
de vehículos para atención ciudadana.
122
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
“Bienes Muebles e Inmuebles”
La UACM, no cuenta con una normatividad que refleje su naturaleza jurídica como
órgano autónomo, no cuenta con un procedimiento de bajas de muebles y existe
una variación de 11,688.2 miles de pesos entre la Cuenta Pública 2015 y la ba-
lanza de comprobación.
En el almacén de la UACM se encontraron 90 bienes muebles empaquetados
con antigüedad que van de los siete meses hasta los tres años, la ubicación se-
ñalada en el resguardo de dos bienes no corresponde con la real, y no se llevó
acabo el levantamiento físico de los bienes muebles.
Se identificó un faltante de 1,325 bienes que carecen de registro de almacén
y que se publicaron en la Cuenta Pública.
Se identificaron cinco bienes inmuebles cuyas gestiones de desincorporación con
el gobierno de la Ciudad de México no habían concluido.
ENFOQUE A TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
DEPENDENCIA
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Zona Metropolitana del Valle de México (SIMAT)
La SEDEMA no contó con un área especializada en Gobierno TIC que apoyara en la
organización y monitoreo del uso de TIC en relación con los objetivos de la misma.
La Secretaría no posee documentación relativa a Políticas de Seguridad de la Infor-
mación y Gobernanza TIC ni a las Políticas de Desarrollo y Adquisición de Software.
No ha gestionado el registro de los derechos de autoría intelectual de las aplica-
ciones (software) desarrolladas.
123
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
La dependencia no realizó por lo menos una auditoría de desempeño de los compo-nentes del sistema durante 2015, por lo que incumplió lo establecido en el Programa Nacional de Monitoreo Atmosférico.
ÓRGANO DESCONCENTRADO
CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Sistema de Alerta Sísmica
El C5 no posee documentación relativa a la Gobernanza TIC, Políticas de Segu-ridad de la Información o instrumentos normativos oficiales publicados y difundi-dos, que protejan la seguridad e integridad del mensaje emitido por el CIRES, así como su alineación con ITIL V3 y ISO/IEC 27002.
El mantenimiento correctivo y preventivo de la infraestructura del Sistema de Alerta Sísmica no posee la cobertura total, lo cual redujo el impacto de la alerta en las zonas donde fallaron los STV; además, la alerta sísmica es exclusivamente sono-ra, lo que pone en riesgo a la población con discapacidad auditiva, por lo que se considera que la infraestructura tecnológica que soporta el SDAS, no cuenta con elementos suficientes para cumplir su objetivo.
El C5 no posee un mecanismo que garantice la coordinación con otras institucio-nes (locales y federales) para establecer mecánicas inherentes para la difusión a la población de la alerta sísmica por medios alternos a los STV, así como es-quemas de concientización ciudadana y comunicación social, mediante el uso de herramientas unificadas, durante un evento sísmico en la Ciudad de México, para dar cumplimiento a la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal.
AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Función de Gasto 1 “Protección Ambiental”, Actividad Institucional 321 “Acciones enfocadas a la Inspección y Vigilancia Ambiental”
La dependencia cumplió en forma parcial el objetivo, fin y propósito de la activi-dad institucional porque, aun cuando realizó acciones encaminadas a garantizar que se cumplan las obligaciones ambientales e instalación de equipo de control para
124
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
minimizar los contaminantes generados y la atención oportuna a las denuncias ciudadanas, no contó con elementos de medición que permitieran verificar la disminución y control de contaminantes generados por fuentes fijas. Tampoco contó con información pertinente sobre la restauración ecológica del suelo de conservación recuperado; y no se resuelven de manera inmediata las denuncias ambientales.
La unidad de medida “inspección”, impidió a la Secretaría evaluar el cumplimiento
de sus objetivos estratégicos y el fin, propósito y objetivo de la actividad institucional,
debido a que no tiene una implicación directa con los conceptos establecidos en
los objetivos, el fin y el propósito.
La Secretaría careció de elementos documentales y técnicos que le permitieran
evaluar de manera objetiva los beneficios generados a las y los habitantes de la
CDMX con la operación de la actividad institucional, por lo que recurrió a estudios
elaborados por otros entes.
En su manual administrativo, el proceso que rige la actividad institucional 321 con-
cluye con la emisión de la resolución administrativa, sin contemplar la verificación
del cumplimiento de las medidas ordenadas en la resolución; que están orienta-
das a subsanar los daños o afectaciones ambientales detectados en las visitas
de inspección.
La SEDEMA alcanzó la misma meta física programada en 2014, pese a que se le
autorizaron más recursos humanos y financieros para el ejercicio de 2015.
Respecto al personal que operó la actividad institucional revisada, la SEDEMA no
atendió en su totalidad los perfiles de puesto ni los requisitos documentales para
su contratación.
La SEDEMA no contó con un sistema de evaluación del desempeño que contempla-
ra los elementos metodológicos para valorar de manera objetiva el desempeño
de sus actividades, con base en indicadores estratégicos y de gestión que coadyu-
varan a la toma de decisiones y permitieran confirmar los resultados obtenidos
mediante el ejercicio de los recursos públicos de la actividad institucional.
125
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Función de Gasto 1 “Protección Ambiental”, Actividad Institucional 327 “Detección de Vehículos sin Verificación Vehicular y/o Contaminantes”
La dependencia no estableció conceptos acordes y congruentes entre la unidad
de medida, objetivo, fin y propósito para la actividad institucional revisada; y no estuvo
en posibilidad de medir su eficacia en la reducción de contaminación a la atmós-
fera, por lo que no se reflejó el cumplimiento de objetivos y propósitos consisten-
tes en la disminución de emisiones.
La SEDEMA no sustentó el diagnóstico con base en el cual se formuló la activi-
dad institucional y determinó una finalidad de la actividad institucional para la cual
la unidad administrativa que la operó no es competente para darle seguimiento.
La SEDEMA no cuenta con elementos documentales y técnicos que le permitan
determinar de forma objetiva, el grado de reducción de emisiones contaminantes
generadas por vehículos automotores que circularon en la CDMX, en el marco de
la actividad institucional revisada.
La SEDEMA no considera en su manual administrativo la totalidad de los proce-
dimientos que se realizan en el marco de la actividad institucional estudiada ni
tiene control, resguardo y registro para la integración y mantenimiento de expedientes
que deriven de la documentación generada por las sanciones impuestas en la
operación de la actividad institucional revisada.
La Secretaría no utilizó los opacímetros adquiridos en el año 2015 para medir
los niveles de emisiones contaminantes generadas por los vehículos detectados
y sancionados.
Se carece de convenios de coordinación con entes del gobierno de la Ciudad de
México, dependencias federales y entidades federativas, para garantizar que los
ciudadanos sancionados se vean obligados a cubrir las sanciones impuestas, acredi-
tar que las emisiones contaminantes del vehículo objeto de sanción se encuentran
126
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
dentro de los límites máximos permisibles establecidos en la normatividad, efec-
tuar el cobro de la sanción económica y dar destino final a las placas retenidas.
La SEDEMA no realizó cursos orientados a la profesionalización del personal opera-
tivo y de estructura que atiende la actividad institucional 327.
La dependencia no tiene un sistema de evaluación del desempeño e indicadores
estratégicos y de gestión para evaluar la operación de la actividad institucional
revisada, en cuanto al cumplimiento de sus objetivos, su desempeño y su impac-
to en el medio ambiente y en el entorno social.
SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL
Función de Gasto 1 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior”, Actividad Institucional 354 “Opinión Especializada y Verificaciones en Materia de Protección Civil”
La SPC incumplió la meta física que reportó en el Informe de Cuenta Pública
de 2015, debido a que en dicho informe contabilizó acciones no sustantivas. Asi-
mismo, la documentación soporte de la meta física alcanzada no permitió verificar
que se haya cumplido el objetivo de la actividad institucional, que consistió en conso-
lidar un sistema de protección civil y que se atendieran en forma efectiva los ries-
gos naturales y antropogénicos. Aunado a lo anterior, la unidad de medida “Do-
cumento” imposibilitó evaluar el impacto generado como resultado de la prevención
de riesgos para la población de la Ciudad de México.
El manual administrativo de la SPC se encontró desactualizado, debido a que no
contiene la totalidad de procedimientos sustantivos y no se especificaron los tra-
mos de control que regulen las actividades ejecutadas por la Dirección General
de Prevención en la emisión de opiniones especializadas y verificaciones en ma-
teria de protección civil.
La SPC no contó con un sistema de evaluación del desempeño, al carecer de indi-
cadores para medir la eficacia en el cumplimiento de metas y objetivos; la eficiencia
en el uso de los recursos para emitir una opinión y realizar las verificaciones;
y determinar la economía con la que se utilizaron los recursos financieros.
127
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 000 “Transferencia a Órganos Autónomos”, Programa 02 “Defensa”
La CDHDF presentó discrepancias entre los reportes “Expedientes por presuntas violaciones a los derechos humanos” y “Quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos”.
La Comisión realizó acciones para el cumplimiento de los objetivos de su activi-dad institucional contempladas en procedimientos no actualizados, en los que se señalan unidades administrativas no identificadas en su Manual General de Organi-zación; además, el documento utilizado para la conclusión de quejas por presun-tas violaciones de derechos humanos es un instrumento que establece de mane-ra general los procesos de investigación y conclusión de quejas por presuntas violaciones de derechos humanos, sin que en éstos se describan en forma deta-llada las áreas involucradas en la operación de dicho proceso, así como los pla-zos, tramos de control, descripción de operaciones y políticas que deben aplicarse.
La CDHDF no dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitie-ra medir el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos ni contó con indi-cadores que le permitieran determinar la eficacia en el cumplimiento de los obje-tivos de la actividad institucional.
JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 005 “Transferencias a Órganos Autónomos”
En la JLCA no fue posible comprobar la metodología empleada en 2015 para la pro-gramación de la meta física.
Las cuatro acciones que integraron la actividad institucional en revisión se contabili-zaron con unidades de medida que no permitieron reflejar su comportamiento real.
Se identificaron diferencias entre lo reportado en los Informes de Cuenta Pública y los registros internos, con lo expuesto en las bases de datos, en los Informes Estadísticos Anuales y en los Informes de Avance Trimestral.
128
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
En la JLCA aumentó la acumulación de los expedientes de quejas y denuncias
en comparación con 2014.
La información presupuestal presentada no reflejó su costo real de operación res-
pecto a la meta física por actividad institucional y a nivel total.
Las medidas de austeridad no fueron cubiertas en su totalidad para el logro de eco-
nomías presupuestarias que señala el artículo 1 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente.
La JLCA no acreditó con la documentación soporte los cursos que fueron impar-
tidos durante el ejercicio 2015 y la evaluación al desempeño se realizó a un por-
centaje mínimo del personal que intervino en la actividad institucional en estudio.
Los indicadores internos asociados a la actividad institucional 005 “Transferen-
cias a órganos autónomos” fueron insuficientes para medir el cumplimiento de los
objetivos totales enunciados en el Informe de Cuenta Pública de 2015.
PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 301 “Atención de Denuncias e Investigaciones de Oficio en materia Ambiental y del Ordenamiento Territorial”
La unidad de medida no fueron congruente con las acciones desarrolladas en la
actividad institucional (denuncias ciudadanas, reconocimientos de hechos, reco-
mendaciones y dictámenes).
En algunos casos no se cumplieron los plazos establecidos en su manual, ni en la
normatividad supletoria para la atención de las actuaciones, considerando la ope-
ración real.
La PAOT no contó con mecanismos de control y supervisión para una adecuada pro-
gramación del presupuesto enfocada a resultados respecto de la meta a cumplir.
No contó con un sistema de evaluación del desempeño, al carecer de indicadores
para medir la eficacia en el cumplimiento de metas y objetivos, la eficiencia
129
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
en el uso de los recursos para emitir una resolución y determinar la economía
con la que se utilizaron los recursos financieros.
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 308 “Capacitación en materia de Procuración de Justicia”
La PGJDF no conto con evidencia de la programación de la meta física para el ejer-
cicio de 2015 y los registros auxiliares que soportaron la evolución de la meta física
alcanzada.
En cuanto a los perfiles de puesto, la PGJDF no atendió en su totalidad lo previs-
to en la normatividad aplicable.
La PGJDF careció de un sistema de evaluación del desempeño y en el indicador
denominado “Porcentaje de elementos capacitados” no contempló los atributos
o elementos de la metodología de la matriz del marco lógico, como el fin y propó-
sito, así como los supuestos para cada uno de los objetivos.
Actividad Institucional 316 “Seguimiento a Procesos Penales, Civiles y Familiares en su Carácter de Representante Social”
La PGJDF mostró deficiencias en la programación de la meta física, al no acreditar la
existencia de papeles de trabajo ni bases de cálculo empleados para estimar el
cumplimiento de las metas contenidas en el presupuesto autorizado y la determi-
nación del grado o la medida de cumplimiento de las mismas.
La Procuraduría, no contó con la información suficiente para comprobar la aplica-
ción del gasto de manera detallada en los capítulos 1000 “Servicios Personales”,
2000 “Materiales y suministros” y 3000 “Servicios Generales”.
La PGJDF no contó con un sistema de evaluación del desempeño y, aunque pro-
porcionó un indicador denominado “Índice de Sentencias”, éste mostró carencias en
su planteamiento, dado que los elementos contenidos en el método de cálculo no permi-
tieron medir el impacto de la actividad institucional en el cumplimiento de las me-
tas y objetivos.
130
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 304 “Análisis y Estudios de las Pruebas Periciales”
La PGJDF mostro deficiencias en la programación de la meta física de la actividad
institucional en estudio, al no corresponder a lo señalado en el Informe de Cuenta
Pública.
Se determinó que la PGJDF presentó deficiencias de control en cuanto a la conforma-
ción de la plantilla de personal.
La información justificativa del capítulo 1000 “Servicios Personales” no permitió corro-
borar lo erogado.
La PGJDF no contó con un sistema de evaluación del desempeño y el indicador
proporcionado muestra carencias en su planteamiento, dado que los elementos
contenidos en el método de cálculo no permiten medir el impacto de la actividad
institucional en el cumplimiento del objetivo.
AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO
Función de Gasto 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, Actividad Institucional 330 “Gestión Integral de Espacios Públicos”
La Autoridad del Espacio Público no concluyó los proyectos previstos para la re-
cuperación y rehabilitación de los espacios públicos en los tiempos programados,
lo cual provocó un retraso en la obtención de sus beneficios.
El manual administrativo de la AEP no contempla en sus procedimientos lo co-
rrespondiente a la fase de identificación de espacios públicos susceptibles de ser
rescatados, rehabilitados o mejorados para beneficio de un mayor número de ciuda-
danos; a la evaluación preliminar del mejor uso para el espacio público por resca-
tar y rehabilitar; a la evaluación del impacto urbano y social del proyecto; y a la
fase posterior al proceso licitatorio, como sería la supervisión de la construcción
y equipamiento de los proyectos y la entrega del espacio público a la autoridad,
asociación civil o grupo de vecinos que se hará responsable de operar y mante-
ner cada espacio público.
131
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
El manual tampoco se incluye lo relativo a la coordinación que debe tener dicho
órgano desconcentrado con las Delegaciones y otras autoridades u organismos pú-
blicos y privados para la realización eficaz, eficiente y económica de los trabajos
de obra civil y equipamiento por realizar en los espacios públicos por intervenir.
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL
Función de Gasto 2 “Vivienda y Servicios a la Comunidad”, Actividad Institucional 354 “Acciones para el Desarrollo de Vivienda en Conjunto”
Aunque las áreas participantes en la actividad institucional en revisión trabajan en
un mismo proceso, éste se realiza de forma desarticulada; es decir, no se cumple
el control asignado normativamente a la Dirección Ejecutiva de Promoción y Fo-
mento de Programas de Vivienda. Al presentar sólo un listado a nivel de predio,
el Informe de Cuenta Pública de 2015 del Instituto de Vivienda del Distrito Federal,
no permite identificar las modalidades y las líneas de financiamientos que otorgó
durante dicho ejercicio.
Las bases de datos no consideraron el total de acciones de vivienda por predio
vigentes en el Instituto, es decir, la oferta potencial; y respecto de los predios aproba-
dos, créditos otorgados y firmados, se desconocen sus fechas, es decir, el tiempo
en que iniciaron cada una de sus fases: aprobación, contratación y operación.
La política pública de vivienda del Gobierno de la Ciudad de México, ejecutada
por medio del INVI para atender a la población de escasos recursos económicos
y en situación de riesgo y vulnerabilidad, resulta poco eficiente, ya que se observó
que existen proyectos de vivienda que datan del año 2004 y aún no han sido
concluidos en su totalidad.
La forma en que se calculó la meta durante el ejercicio 2015 desvincula la parte
operativa del INVI, es decir, el uso eficiente o no, de los recursos humanos, mate-
riales, tecnológicos, de infraestructura, etc., y los productos que generan sus dis-
tintas áreas (solicitudes y contratos de crédito, dictámenes, cédulas únicas de infor-
mación, corridas financieras, supervisión de los proyectos de edificación, pagos de
estimaciones por los avances de obra, cartas finiquito, entrega de escrituras, etc.).
132
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
Según el análisis de costos, las razones presentadas mostraron un costo creciente
para el Gobierno de la Ciudad de México por atender la política pública en mate-
ria de vivienda.
El INVI carece de un sistema de evaluación del desempeño que lo guíe en la medi-
ción de sus resultados logrados.
FONDO PARA LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO
Función de Gasto 2 “Justicia”, Actividad Institucional 332 “Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito”
El FAAVID mostró deficiencias de control en la programación de la meta física
y no acreditó la existencia de papeles de trabajo ni bases de cálculo empleados
para la cuantificación de la misma.
El FAAVID contó con un procedimiento para el otorgamiento de apoyos económi-
cos a las víctimas del delito; sin embargo, dicho procedimiento no estuvo formali-
zado y aprobado por el Comité Técnico y careció de tiempos específicos en la
consecución de las actividades descritas en el mismo.
El FAAVID careció de una metodología para presupuestar sus recursos financie-
ros en función de la meta física posible de alcanzar; asimismo, el proceso de pre-
supuestación fue deficiente y careció de registros auxiliares detallados que le permitie-
ran correlacionar el avance de las metas física y financiera.
El FAAVID no ha concluido el proceso de armonización de la Ley de Atención
y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal y su Reglamento, con la
Ley General de Víctimas.
El FAAVID no realizó el diagnóstico de detección de necesidades de capacitación
y por ende su personal no se integró a cursos de capacitación y no se contó con
evidencia de que los servidores públicos hayan asistido a cursos vinculados con la
actividad institucional en revisión.
El FAAVID no contó con un sistema de evaluación del desempeño y los indicado-
res del Formato IAPP para evaluar los avances de los programas presupuestarios
133
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
mostraron carencias en su planteamiento, dado que los elementos contenidos en
el método de cálculo no permiten medir el impacto de la actividad institucional en el
cumplimiento del objetivo.
AGENCIA DE GESTIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Función de Gasto 03 “Coordinación de la Política de Gobierno”, Actividad Institucional 306 “Sistema Único de Información de Servicios Públicos Urbanos”
La AGU careció de una unidad de medida que reflejara el total del abanico de accio-nes que realizó para la atención de solicitudes ciudadanas respecto a los servi-cios públicos urbanos y funcionalidad de la vía pública.
La Agencia no contó con los mecanismos de control y supervisión necesarios para que la información reportada en los registros auxiliares, Informes de Avance Trimes-tral y los Informes de Cuenta Pública sea supervisada y verificada.
Las delegaciones que tienen convenio con la AGU no reportaron en su totalidad las solicitudes de atención ciudadana, a pesar de estar vinculadas a la plataforma SALES FORCE, por lo que no coinciden las cifras reportadas como meta física en el Informe de Cuenta Pública.
La Agencia no cumplió el convenio de coordinación interinstitucional con las de-legaciones, al no dar seguimiento a las bases estipuladas de registrar y reportar las solicitudes de atención ciudadana realizadas por las delegaciones en el sistema único de datos.
La AGU realizó las actividades contempladas en su manual administrativo, el cual presentó deficiencias en la especificación de tiempos estimados en la operación de la plataforma CRM SALES FORCE, la cual está a cargo de empresas subroga-das que la apoyan.
En cuanto al sistema de evaluación del desempeño, si bien la AGU contó con indica-dores de gestión, éstos no le permiten realizar una valoración objetiva de su desempeño conforme a los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos con base en indicadores estratégicos y de gestión que reflejen el impacto de los programas y acciones que ejecuta.
134
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Función de Gasto 5 “Educación”, Actividad Institucional 000 “Fondo Específico de Obras e Infraestructura”
La Universidad Autónoma de la Ciudad de México no ejerció los recursos federa-les asignados al Fondo Específico de Obras e Infraestructura durante 2015.
De igual manera, la aplicación de los procedimientos previstos en el Estatuto Ge-neral Orgánico de la UACM no favoreció la toma de acciones que permitieran ejecutar lo acordado en las sesiones del Consejo Universitario para cumplir en tiempo y forma el objetivo establecido para la actividad institucional en revisión.
COORDINACIÓN DE CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL
Función de Gasto 5 “Transporte”, Actividad Institucional 388 “Operación de los Centros de Transferencia Modal”
El manual administrativo de la CETRAM no considera lo correspondiente a las activi-dades relacionadas con la operación, supervisión y vigilancia de los CETRAM, que son las actividades sustantivas del sujeto fiscalizado.
La CETRAM no lleva a cabo un proceso de evaluación de riesgo que le permita la identificación y valoración de riesgos, así como la evaluación de la tolerancia y desa-rrollo de respuestas para mitigar riesgos relevantes para el logro de sus objetivos.
Diecisiete de los 21 centros revisados no cuentan con instalaciones que permitan a las personas con discapacidad acceder al servicio de transporte público en condi-ciones de seguridad y comodidad.
La Coordinación careció de indicadores que proporcionaran información cuantitativa y cualitativa sobre la gestión y los resultados alcanzados en el marco de las metas y objetivos establecidos y con ello detectar las causas de incumplimiento o de desviación.
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
Función de Gasto 5 “Transporte”, Actividad Institucional 384 “Mantenimiento de Instalaciones Fijas”
Los casos de las averías que ocurren de manera contingente son adicionados en los resultados que se reportan en los diversos informes que presenta el ente, sin aclarar este hecho.
135
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
En relación al cumplimiento del fin, propósito y objetivo, se evidenció por parte del
personal que participa en el desarrollo de la actividad institucional el desconocimien-
to de los conceptos establecidos en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos,
así como en el Informe de Cuenta Pública.
En lo relativo al impacto social, aun cuando el STC da cumplimiento a la deman-
da ciudadana carece de control, ya que la información presentada en el portal de
internet difiere de la proporcionada por el ente.
En la mayoría de sus intervenciones, el STC no utiliza los formatos establecidos
en los procedimientos autorizados en su manual administrativo, debido a que en
algunas áreas éstos no son acordes con las necesidades técnicas y operativas;
además, cuenta con documentos que denomina “fichas técnicas” (410) y “activi-
dades adicionales” (23), los cuales no se encuentran contenidos en el referido
manual.
En algunos formatos, el STC registró dos o más actividades (intervenciones) rea-
lizadas por concepto de mantenimiento; asimismo, efectuó el registro parcial de los
formatos utilizados, quedando diversos espacios sin requisitar. En dichos espa-
cios, destacaron los rubros referentes al consumo y necesidades de material, personal
programado, el que asistió, el faltante y las causas o justificación; así como la falta
de nombre y firma del personal encargado, del que supervisó y del que autorizó;
y se detectó que no se efectuaron trabajos de supervisión.
El STC presentó una falta de actualización de los expedientes de personal, y no
cuenta con un Catálogo de Puestos actualizado (no se ha actualizado desde 1967).
En cuanto al requerimiento de necesidades de capacitación, el STC incluyó el mínimo
necesario de los cursos de especialidad solicitados por el área requirente en el Pro-
grama Anual de Capacitación 2015.
El STC no dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitiera
medir de manera agregada el grado de cumplimiento de las metas y objetivos esta-
blecidos ni contó con indicadores que le ayudaran a conocer con precisión los
logros y cambios ocurridos y, en su caso, detectar las causas de incumplimiento
o desviaciones que pudieran dar lugar a posibles ajustes en las estrategias y líneas
136
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
de acción; asimismo, no existe congruencia entre los indicadores proporcionados,
los publicados en el Informe de Cuenta Pública y los publicados en su página de
internet.
FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA
Función de Gasto 5 “Educación”, Actividad Institucional 444 “Estímulos para la Continuación de la Preparatoria PREPA SÍ”
El FEG mostró deficiencias en el reporte de los beneficiarios de los estímulos
para la continuación de la Preparatoria, en virtud de que las cifras reportadas en
su base de datos interno difieren de lo reportado en el Informe de Cuenta Pública
como beneficiarios.
El Fideicomiso presentó deficiencias en la alineación del objetivo de la actividad
institucional con las estrategias señaladas en el programa institucional, que le permi-
tieran el cumplimiento de los objetivos y metas derivadas del Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, respecto de la identificación de los
jóvenes en riesgo de deserción escolar, y de un mecanismo para abatir dicha
deserción en los niveles de educación media superior.
Se mostró deficiencias en la elaboración de las reglas de operación del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, en virtud de que la información reca-
bada en sus apartados no es específica y no se ajusta a los criterios establecidos
en los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los pro-
gramas Sociales.
El Fideicomiso presentó deficiencias en la suscripción de los convenios de
colaboración, al no suscribir con todas las instituciones educativas en las que estu-
dian los beneficiarios de los estímulos del programa de bachillerato universal, lo cual
limita determinar la eficiencia en el proceso de fortalecimiento en el intercambio
de la información y validación de la información de los estudiantes.
No se dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitiera medir
el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos ni contó con indicadores
que le permitieran determinar la eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la
137
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
actividad institucional, así como evaluar la eficiencia terminal y determinar el grado
de contribución del PREBU en la disminución de la deserción escolar en la edu-
cación media superior, de las escuelas públicas de la Ciudad de México.
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
Función de Gasto 6.4 “Protección Social”, Actividad Institucional 464 “Fortalecimiento a la Vinculación Laboral”
La dependencia reportó una meta física alcanzada (con unidad de medida “Persona”)
donde se atendieron a 110,516 personas y se colocaron en un empleo a 28,216 per-
sonas, mientras que en la base de datos soporta la realización de 105,829 aten-
ciones y 28,394 colocaciones en un empleo.
La STyFE tuvo diferencias (13,746 personas) entre las cifras reportadas en los infor-
mes de avance trimestral (202,674), respecto a lo reportado en el Informe de Cuenta
Pública de 2015 (188,928).
La STyFE llevó a cabo acciones encaminadas a la vinculación laboral y a la aten-
ción integral de jóvenes y de grupos vulnerables; sin embargo, en el caso de la
atención a jóvenes, se observó que dentro de esta categoría se atendió a perso-
nas de todas las edades.
La Secretaría no reflejó el costo real de operación, al excluir los sueldos de parte
de personal involucrado con la actividad institucional.
La STyFE careció de evidencia documental que acreditara la capacitación otor-
gada al personal que intervino en la operación de la actividad institucional 464.
Los indicadores de la dependencia no fueron suficientes para medir el cumpli-
miento del objetivo, coadyuvar a la toma de decisiones y permitir una valoración
objetiva del cumplimiento de las metas establecidas.
Respecto al sistema de evaluación del desempeño, la STyFE no contó con el
conjunto de elementos metodológicos que le permitan una valoración objetiva
138
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
de la actividad institucional para conocer el grado de cumplimiento de sus metas
y objetivos con base en indicadores estratégicos y de gestión para establecer el
impacto social de sus programas y proyectos.
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Función de Gasto 7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior”, Actividad Institucional 309 “Sanción de Vehículos Infractores para inducir la Cultura Vial entre los Conductores”
El objetivo establecido en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos no es con-
gruente con el fin, propósito, diagnóstico, misión y visión de la SSP; asimismo, se es-
tableció diferente la misión y la visión respecto de la señalada en los manuales
administrativos autorizados.
En la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, la SSP no previó
el presupuesto para los recursos humanos, materiales y financieros; y no elaboró
un diagnóstico que le permitiera determinar la población objetivo y contar con infor-
mación estadística y socioeconómica para sancionar a los vehículos infractores.
La meta física original establecida, la modificada y la alcanzada, reportadas en
el Informe de Cuenta Pública de 2015, mostró variaciones en los datos, reflejan
la falta de coordinación entre las áreas y la carencia de mecanismos de control
interno.
Del manual administrativo de la SSP, 11 procedimientos fueron cancelados por
la CGMA y en sustitución fueron emitidos seis lineamientos para su aplicación,
por lo que algunos de los procedimientos y lineamientos no contribuyeron al logro
de los objetivos estratégicos, metas y fines o lo hicieron de manera parcial.
La SSP no dispuso de un sistema de evaluación del desempeño que permitiera
medir de manera agregada el grado de cumplimiento de las metas y objetivos es-
tablecidos, ni contó con indicadores que le ayudaran a conocer con precisión los
logros y cambios ocurridos y, en su caso, detectar las causas de incumplimiento
o desviaciones que pudieran dar lugar a posibles ajustes en las estrategias y líneas
de acción.
139
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Función de Gasto 8 “Ciencia, Tecnología e Innovación”, Actividad Institucional 374 “Fomento en materia de Desarrollo, Promoción y Fomento Científico y Tecnológico”
La SECITI alcanzó el 45.5% de la meta física establecida para la actividad insti-
tucional en estudio y cumplió parcialmente la meta del proyecto “Estrategia na-
cional para fomentar y fortalecer la difusión y divulgación de la ciencia, tecnología
y la innovación en las entidades federativas: Distrito Federal”.
La información financiera presentada en el Informe de Cuenta Pública reflejó par-
cialmente el costo real de operación de la SECITI, al registrar algunos montos de
la partida 4441 “Ayudas sociales a actividades científicas o académicas”, en otras
actividades institucionales, por lo que no fue posible verificar la correcta aplica-
ción del gasto.
La dependencia no contó con un sistema de evaluación del desempeño que con-
templara los elementos metodológicos necesarios para valorar de manera objetiva el
desempeño de las actividades a cargo de las Direcciones Generales de Ciencia
y Tecnología y de Innovación, con base en indicadores estratégicos y de gestión
que coadyuvaran a la toma de decisiones y permitieran confirmar los resultados ob-
tenidos mediante el ejercicio de los recursos públicos de la actividad institucional
374 “Fomento en materia de desarrollo, promoción y fomento científico y tecnoló-
gico”, respecto a la eficacia, eficiencia, economía y competencia profesional de
los servidores públicos.
III.2. HALLAZGOS
En este apartado se incluyen los hallazgos derivados de la revisión de la Cuenta
Pública que se refieren a situaciones recurrentes, generalizadas o estructurales
de los sujetos de fiscalización, organizados en nueve materias: control interno,
ingresos, adquisiciones de bienes y servicios, obra pública, desempeño, ayudas,
presupuesto participativo, bienes muebles e inmuebles, ventanilla única y tecno-
logías de la información y comunicaciones. El detalle de los hallazgos está con-
tenido en los Informes Finales de Auditoría respectivos.
140
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
III.2.1. HALLAZGOS EN MATERIA DE CONTROL INTERNO
1. No se dispuso de procedimientos para la expedición de licencias de cons-
trucción especial o para el registro de manifestación de construcciones.
2. No se actualizaron ni publicaron apartados de organización y procedimientos
de los manuales administrativos.
3. Se presentaron deficiencias de control en cuanto a la documentación reque-
rida para la contratación de los trabajadores y la integración de los expedien-
tes de personal.
4. No se contó con políticas de operación ni sistemas integrales de información
que orientaran los procesos al logro de resultados.
5. Se presentaron deficiencias de control en la programación y presupuestación
del gasto público.
6. Se careció en general de un sistema de contabilidad gubernamental y de ma-
nuales de contabilidad alineados a las disposiciones del CONAC.
III.2.2. HALLAZGOS EN MATERIA DE INGRESOS
1. Se careció de registros auxiliares que facilitaran el reconocimiento de las opera-
ciones de ingresos por Derechos por los Servicios de Expedición de Licencias
(por la Expedición de Licencias de Construcción o por el Registro de Manifes-
tación de Construcciones).
2. No hubo evidencia documental de que se haya recuperado el importe del crédito
fiscal, sus accesorios e indemnización por los cheques recibidos para el pago
del Impuesto Predial que fueron devueltos por instituciones bancarias.
3. Se presentaron deficiencias en el cálculo del Impuesto Predial en los dictá-
menes de cumplimiento de obligaciones fiscales.
4. Se careció de coordinación para recuperar los ingresos de las infracciones emiti-
das por exceder los límites de velocidad que estaban pendientes de cobro.
141
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
5. Algunos expedientes de reducciones fiscales de las contribuciones locales no contaron con la autorización del servidor público facultado para ello y las constancias y oficios para su aplicación no se conciliaron con la autoridad competente.
6. Se expidieron licencias de construcción especial o registraron manifestacio-nes de construcciones, aun cuando los solicitantes no presentaron la totali-dad de los requisitos y documentación necesarios.
7. Se registraron manifestaciones de construcciones con superficies o niveles mayo-res que los autorizados por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
8. Se expidieron licencias de construcción o se registraron manifestaciones de construcciones aun cuando los solicitantes no estaban al corriente en el cum-plimiento de sus obligaciones fiscales.
9. No se constató la autenticidad de algunas constancias de adeudo del Impuesto Predial o de los Derechos por el Suministro de Agua que presentaron los soli-citantes de la expedición de licencias de construcción especial o del registro de manifestaciones de construcciones.
10. No se verificó que el monto de los derechos autodeterminados y pagados por los solicitantes del registro de las manifestaciones de construcciones se hubiese ajustado a la metodología de cálculo establecida.
11. Se registraron manifestaciones de construcciones sin contar previamente con el comprobante de pago de los derechos correspondientes.
12. Se expidieron licencias de construcción especial fuera del plazo establecido para tal efecto.
13. Se presentaron deficiencias en la prevención a los solicitantes de la expedición de licencias de construcción o registros de manifestación de construcción.
14. No se emitieron las resoluciones en las que se determinaran por no presen-tados los trámites de solicitud de registro de manifestaciones de construccio-nes y no iniciaron los procedimientos de nulidad respectivos.
142
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
15. No se realizaron ni se solicitaron al Instituto de Verificación Administrativa del
Distrito Federal las visitas técnicas de verificación del desarrollo de los traba-
jos de obra llevados a cabo en los predios o inmuebles a los que expidieron
licencias de construcción especial u otorgaron el registro de manifestaciones
de construcciones.
III.2.3. HALLAZGOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
1. Hubo retraso en la entrega del Programa Anual de Adquisiciones, Arrenda-
mientos y Prestación de Servicios y en las conciliaciones programático-
presupuestarias. También hubo retrasos en el envío del informe trimestral
sobre el avance del programa.
2. Se presentaron deficiencias de control en la recepción de documentación
y pólizas de fianza de proveedores y prestadores de servicios.
3. Hubo deficiencias en la elaboración de los contratos de adquisiciones y ser-
vicios y en la vigilancia de su cumplimiento.
4. Se celebraron operaciones con proveedores y prestadores de servicios
que no acreditaron estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales.
5. No se integraron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Pres-
tación de Servicios de la unidad administrativa consolidadora las compras con-
solidadas de los entes adheridos.
III.2.4. HALLAZGOS EN MATERIA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES
1. No se elaboraron o no se presentaron en tiempo a la Oficialía Mayor de la Ciudad
de México los informes de los rubros de almacenes e inventarios.
2. Se presentaron deficiencias de registro en el Sistema de Movimientos en el Pa-
drón Inventarial (SIMOPI).
3. No se publicaron ni actualizaron en los portales electrónicos las versiones
públicas de los inventarios de bienes muebles.
143
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
4. No se elaboraron dictámenes técnicos del estado físico de los bienes muebles
para darlos de baja.
5. Se registraron deficiencias de control en la asignación de códigos de bienes
muebles con relación al Catálogo de Bienes Muebles del Distrito Federal.
6. Se presentaron deficiencias de control en el registro de altas, bajas o cálculo
de depreciaciones de los bienes muebles, así como de conciliación de los regis-
tros contables con el inventario físico.
7. Hubo bienes muebles sin utilizar, deteriorados o sin mantenimiento.
8. Se presentaron deficiencias en el registro de entradas y salidas de bienes mue-
bles del almacén.
9. Se contó con bienes inmuebles adquiridos o en posesión que no fueron apro-
vechados o carecieron de documentación que acredite su propiedad por encon-
trarse en proceso de regularización.
10. No se identificaron bienes muebles mediante números de inventario o se pre-
sentaron deficiencias de control en el registro del padrón inventarial.
11. Se presentaron deficiencias en el resguardo de bienes muebles.
III.2.5. HALLAZGOS EN MATERIA DE AYUDAS
1. El eje, objetivo, estrategia y líneas de acción señalados en los programas dele-
gacionales no guardaron congruencia con el eje, área de oportunidad, meta
y línea de acción establecidos en el Programa General de Desarrollo del Dis-
trito Federal 2013-2018.
2. No se publicaron los padrones de beneficiarios en los plazos establecidos.
3. No se sujetó a la normatividad el contenido de las reglas de operación de los
programas sociales.
4. Se careció de la documentación justificativa y comprobatoria de la entrega
de apoyos en especie o ayudas económicas a los beneficiarios.
144
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
III.2.6. HALLAZGOS EN MATERIA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
1. No se llevó un control adecuado de los cursos de formación y sensibilización
impartidos a servidores públicos para dar a conocer los instrumentos de partici-
pación ciudadana.
2. Se presentaron deficiencias en la elaboración y envío de los informes rela-
cionados con el presupuesto participativo.
3. No se ejercieron en su totalidad los recursos del presupuesto participativo.
4. Se incumplieron requisitos de contratos de bienes y obras.
5. Se presentaron deficiencias de control en la entrega de bienes y obras a los
Comités Ciudadanos.
6. No se publicó en el portal de internet información pública del presupuesto
participativo.
7. Personal que laboró en el órgano político-administrativo fue parte de los Comités
Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.
III.2.7. HALLAZGOS EN MATERIA DE VENTANILLA ÚNICA
1. No se enviaron a la CGMA la plantilla del personal de la Ventanilla Única Dele-
gacional (VUD) en el tiempo establecido, el informe con el número de gafete
asignado y la fecha de su contratación; además, no se demostró haber cu-
bierto el proceso de reclutamiento, evaluación y selección de dicho personal.
2. No se llevó un control adecuado de los trámites realizados y reportados en
la VUD.
3. No se elaboraron o no se enviaron oportunamente a la CGMA el Plan Anual
de Mejora en la Atención Ciudadana ni los correspondientes informes de avance
semestrales respecto de las VUD.
4. No se atendieron las recomendaciones de la CGMA relacionadas con los siste-
mas de autoevaluaciones de los espacios físicos de la VUD.
145
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
III.2.8. HALLAZGOS EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA
1. Se publicaron programas anuales de obra pública de forma extemporánea en la gaceta oficial.
2. Se omitieron estudios técnicos relativos a presupuestos de referencia y estu-dios de mercado.
3. Se omitieron requisitos en las actas de fallo y la publicación de los ganadores en algunas licitaciones públicas.
4. Se adjudicaron contratos de obra pública en forma directa sin reunir los requisi-tos legales.
5. Se formalizaron contratos de obra pública que no cumplieron los requisitos mínimos establecidos en la ley aplicable.
6. Se omitió la designación del residente de obra.
7. No se implementó la bitácora electrónica de obra pública, y no se contó con la autorización de la Secretaría de la Función Pública para su excepción.
8. No se entregaron anticipos a contratistas en el plazo establecido en los contratos.
9. Se pagaron estimaciones sin contar con la documentación soporte y en algunos casos fuera de los plazos establecidos en la legislación aplicable.
10. Se omitieron notas relevantes en la bitácora de obra.
11. Se presentaron diferencias entre las cantidades de obra pagadas y las ejecutadas.
12. No se formalizaron convenios modificatorios a los contratos de obra pública en los supuestos previstos por la legislación aplicable.
13. No se aplicaron penas convencionales a contratistas de obra pública.
14. Se incumplió la normatividad respecto de la verificación de los trabajos termi-nados, la entrega-recepción de éstos y su liquidación.
15. No se observó la normatividad a que se encuentra sujeto el ajuste de costos.
146
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
III.2.9. HALLAZGOS EN MATERIA DE DESEMPEÑO
1. No se contó con indicadores estratégicos y de gestión que permitieran medir
el cumplimiento de sus objetivos y metas.
2. Se careció de sistemas de evaluación del desempeño.
3. No se dispuso de procedimientos relacionados con las actividades institucio-
nales auditadas o los disponibles no estuvieron actualizados.
III.2.10. HALLAZGOS EN MATERIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
1. Se careció de documentación relativa a Políticas de Seguridad de la Información,
Gobernanza TIC, ni de Políticas de Desarrollo y Adquisición de Software.
2. No se gestionó el registro de derechos de autoría intelectual de las aplicacio-
nes desarrolladas.
3. No se realizó por lo menos una auditoría de Desempeño de los Componen-
tes del Sistema de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional de Mo-
nitoreo Atmosférico.
4. No se aplicaron los procedimientos autorizados, para el mantenimiento de la
infraestructura de los Sistemas Tecnológicos de Video Vigilancia (STV).
IV
PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA
PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA
149
on base en los hallazgos de las auditorías, se conformaron los siguientes conjuntos de propuestas para mejorar los resultados del Gobierno de la Ciu-dad de México. Cada una de las acciones propuestas requiere la ejecución
de estudios de impacto jurídico específicos que indiquen las mejoras a leyes, reglamen-tos y normatividad interna que se encuentran correlacionados, así como la realización de gestiones y mecanismos de coordinación para ser concretadas. De manera enun-ciativa, con base en su relevancia, se señalan los aspectos iniciales de tales acciones.
IV.1. EN MATERIA LEGISLATIVA
IV.1.1. OBRA PÚBLICA
1. Adicionar al artículo 17, fracción V, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal la obligación de contar, para la elaboración de programas y presu-
puestos de obra pública, con los anteproyectos, presupuestos de referencia
y estudios de mercado correspondientes.
2. Adicionar al artículo 34 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal el plazo
en que deberán publicarse, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los
datos mínimos a que hace referencia dicho artículo, con la finalidad de dar
certeza en el tiempo adecuado y con ello propiciar transparencia y difusión
de la información.
3. Adicionar al artículo 49, fracción I, de la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, la consideración del plazo establecido en el artículo 35, párrafo último,
del mismo ordenamiento respecto de la entrega de los anticipos una vez pre-
sentada la garantía por parte del contratista.
4. Adecuar el artículo 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal con el
artículo 47 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
para que los plazos fijados en ellos no se contrapongan, a fin de que los con-
tratistas cobren las estimaciones en el plazo legal establecido.
C
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
150
IV.1.2. AYUDAS
5. Modificar la fracción II del artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, relativa a la publicación de los padrones de beneficiarios, toda vez que, en los términos actuales, permite que los órganos político-administrativos que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social incurran en incumplimiento reiterado.
IV.1.3. PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
6. Incluir en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal la obligación para los órganos político-administrativos de entregar formalmente, a los Comités Ciudadanos o Consejos de los Pueblos, los bienes y obras derivados de los proyectos ganadores de la Consulta Ciudadana de Presupuesto Participativo.
IV.1.4. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
7. Incluir en la Ley de Gobierno Electrónico para el Distrito Federal, sección II, un apartado donde se prevea que los entes de la administración pública local deberán de contar con documentación relativa a la gobernanza de las tecno-logías de la información y las comunicaciones, así como políticas de seguri-dad de la información, alineadas con las normas, estándares y mejores prác-ticas internacionales en la materia, o bien, generar ex profeso una norma que mandate las previsiones antes señaladas, a fin de dar certidumbre a la ges-tión de las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte de los entes públicos de la Ciudad de México.
IV.2. EN MATERIA NORMATIVA
IV.2.1. INGRESOS
1. Adicionar, en los capítulos I, “De las Manifestaciones de Construcción”; y II, “De las Licencias de Construcción Especial”, del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, un artículo en el que se establezca la obligación de los órganos político-administrativos de verificar la autenticidad de los docu-mentos que les presentan los solicitantes de la expedición de licencias de construcción y del registro de manifestaciones de construcciones.
PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA
151
2. Establecer en los Procedimientos Únicos para la Atención de Trámites y Servi-cios y en los manuales administrativos de los sujetos de fiscalización, la obli-gación para las áreas que intervengan en la expedición de licencias de cons-trucción especial o en el registro de manifestaciones de construcciones de verificar la autenticidad de los documentos que presenten los solicitantes y que deban ser expedidos por otras instancias de gobierno.
IV.2.2. OBRA PÚBLICA
3. Establecer mecanismos de control para asegurarse de que, previo a la auto-rización del trámite de pago de las estimaciones de las obras públicas, se ve-rifique que los trabajos cumplan las especificaciones, alcances, términos de referencia y avance establecido en los programas de ejecución; que los pa-gos se sustenten con la documentación que acredite su procedencia; y que correspondan a compromisos efectivamente devengados.
IV.2.3. DESEMPEÑO
4. Articular un Sistema de Evaluación de Desempeño que integre la totalidad de actividades y permita evaluar la cobertura, eficacia, eficiencia, economía de las políticas públicas, sus metas, así como el impacto de sus programas y de-más actividades vinculadas con el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás norma-tividad aplicable.
IV.3. EN MATERIA DE MEJORA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
IV.3.1. CONTROL INTERNO
1. Elaborar e implementar un documento normativo que contenga elementos de
control interno que proporcionen una seguridad razonable en la administra-
ción y operación de las actividades realizadas para el cumplimiento de los
objetivos y metas establecidos.
ÍNDICE GENERAL
153
TOMO I
“INFORME EJECUTIVO”
PRESENTACIÓN 5
I. LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
I.1. EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN 14
I.1.1. La Fase de Planeación 14
I.1.2. La Fase de Ejecución 15
I.1.3. La Fase de Elaboración de Informes 16
I.2. EL PROGRAMA GENERAL DE AUDITORÍA 16
I.2.1. La Selección de las Auditorías 16
I.2.2. Criterios Generales de Selección de Auditorías 17
I.2.3. Tipos de Auditorías que realiza la Auditoría Superior de la Ciudad de México 19
I.2.4. Alcance de la Fiscalización de la Cuenta Pública de 2015 23
I.3. ACCIONES DERIVADAS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 27
I.3.1. Acciones que promueve la Auditoría Superior de la Ciudad de México 28
I.3.2. Clasificación de las Recomendaciones por Deficiencias Detectadas 30
I.4. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO ANTE EL SISTEMA ANTICORRUPCIÓN LOCAL 33
I.4.1. La Reforma Legal en materia Anticorrupción de la Ciudad de México 34
I.4.2. El Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México 36
II. LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN 39
II.1. LA PREVENCIÓN COMO ESTRATEGIA ANTICORRUPCIÓN DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES 42
II.2. BUENAS PRÁCTICAS DE LAS ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN 44
II.3. BUENAS PRÁCTICAS EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO 46
II.3.1. Política Institucional de Integridad de la Auditoría Superior de la Ciudad de México 46
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
154
II.3.2. Creación de Capacidades y Competencia Institucional en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 48
II.3.3. Transparencia y Participación Ciudadana en la Auditoría Superior de la Ciudad de México 50
III. RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 53
III.1. OBSERVACIONES RELEVANTES DE LA REVISIÓN 55
III.2. HALLAZGOS 139
III.2.1. Hallazgos en materia de Control Interno 140
III.2.2. Hallazgos en materia de Ingresos 140
III.2.3. Hallazgos en materia de Adquisiciones y Servicios 142
III.2.4. Hallazgos en materia de Bienes Muebles e Inmuebles 142
III.2.5. Hallazgos en materia de Ayudas 143
III.2.6. Hallazgos en materia de Presupuesto Participativo 144
III.2.7. Hallazgos en materia de Ventanilla Única 144
III.2.8. Hallazgos en materia de Obra Pública 145
III.2.9. Hallazgos en materia de Desempeño 146
III.2.10. Hallazgos en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 146
IV. PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICA PÚBLICA 147
IV.1. EN MATERIA LEGISLATIVA 149
IV.1.1. Obra Pública 149
IV.1.2. Ayudas 150
IV.1.3. Presupuesto Participativo 150
IV.1.4. Tecnologías de la Información 150
IV.2. EN MATERIA NORMATIVA 150
IV.2.1. Ingresos 150
IV.2.2. Obra Pública 151
IV.2.3. Desempeño 151
IV.3. EN MATERIA DE MEJORA DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO 151
IV.3.1. Control Interno 151
ÍNDICE GENERAL 153
ÍNDICE GENERAL
155
TOMO II
“RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS”
VOLUMEN 1/20
I. DEPENDENCIAS 5
I.1. SECRETARÍA DE GOBIERNO 7
I.1.1. ANTECEDENTES 7
I.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA 15
I.1.2.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 15
Auditoría ASCM/1/15
I.2. SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA 79
I.2.1. ANTECEDENTES 79
I.2.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 87
I.2.2.1. INGRESOS POR DERECHOS POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA (ECOPARQ)16 87 Auditoría ASCM/2/15
I.2.2.2. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS 133
Auditoría ASCM/3/15
I.3. SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 183
I.3.1. ANTECEDENTES 183
I.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 189
I.3.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 189 Auditoría ASCM/4/15
I.4. SECRETARÍA DE TURISMO 269
I.4.1. ANTECEDENTES 269
I.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 275
I.4.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 275 Auditoría ASCM/5/15
16 Auditoría practicada a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a la Secretaría de Finanzas y a la Auto-
ridad del Espacio Público del Distrito Federal.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
156
I.5. SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE 327
I.5.1. ANTECEDENTES 327
I.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA 333
I.5.2.1. SISTEMA DE MONITOREO ATMOSFÉRICO DE LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO (SIMAT)17 333 Auditoría ASCM/6/15
I.5.3. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 380
I.5.3.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 380 Auditoría ASCM/172/15
I.5.3.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 452 Auditoría ASCM/173/15
VOLUMEN 2/20
I.6. SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS 5
I.6.1. ANTECEDENTES 5
I.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA 11
I.6.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 11 Auditoría ASCM/7/15
I.6.3. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 90
I.6.3.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” (REHABILITACIÓN DE LA LÍNEA 12 DEL STC) 90
Auditoría ASCM/174/15
I.6.3.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” (AMPLIACIÓN DE LA LÍNEA 12 DEL STC) 133
Auditoría ASCM/175/15
I.6.3.3. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 165 Auditoría ASCM/176/15
I.6.3.4. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 220
Auditoría ASCM/177/15
I.6.3.5. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” (ALUMBRADO PÚBLICO) 276 Auditoría ASCM/178/15
I.7. SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL 299
I.7.1. ANTECEDENTES 299
I.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 306
I.7.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 306 Auditoría ASCM/8/15
17 Auditoría de cumplimiento con enfoque en tecnologías de la información y comunicaciones.
ÍNDICE GENERAL
157
I.8. SECRETARÍA DE FINANZAS 391
I.8.1. ANTECEDENTES 391
I.8.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 401
I.8.2.1. INGRESOS POR IMPUESTO PREDIAL 401 Auditoría ASCM/9/15
VOLUMEN 3/20
I.8.2.2. INGRESOS POR IMPUESTO SOBRE NÓMINAS 5 Auditoría ASCM/10/15
I.8.2.3. CAPÍTULOS 7000 “INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES” Y 9000 “DEUDA PÚBLICA” 77 Auditoría ASCM/12/15
I.8.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 144
I.8.3.1. INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE, MULTAS DE TRÁNSITO (POR EXCEDER LOS LÍMITES DE VELOCIDAD EN LA RED VIAL PRIMARIA)18 144 Auditoría ASCM/11/15
I.8.4. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 207
I.8.4.1. REDUCCIONES FISCALES DE LAS CONTRIBUCIONES LOCALES 207 Auditoría ASCM/13/15
I.9. SECRETARÍA DE MOVILIDAD 269
I.9.1. ANTECEDENTES 269
I.9.2. AUDITORÍA FINANCIERA 277
I.9.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 277 Auditoría ASCM/14/15
I.10. SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA 327
I.10.1. ANTECEDENTES 327
I.10.2. AUDITORÍA FINANCIERA 336
I.10.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 336 Auditoría ASCM/15/15
I.11. SECRETARÍA DE SALUD 397
I.11.1. ANTECEDENTES 397
I.11.2. AUDITORÍA FINANCIERA 403
I.11.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 403 Auditoría ASCM/16/15
18 Auditoría practicada a las Secretarías de Finanzas y de Seguridad Pública.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
158
I.12. SECRETARÍA DE CULTURA 449
I.12.1. ANTECEDENTES 449
I.12.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 456
I.12.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 456 Auditoría ASCM/17/15
VOLUMEN 4/20
I.13. SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO 5
I.13.1. ANTECEDENTES 5
I.13.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 12
I.13.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 12 Auditoría ASCM/18/15
I.14. SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES 67
I.14.1. ANTECEDENTES 67
I.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 73
I.14.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 73 Auditoría ASCM/19/15
I.15. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN 121
I.15.1. ANTECEDENTES 121
I.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 129
I.15.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 129
Auditoría ASCM/20/15
I.16. OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL 189
I.16.1. ANTECEDENTES 189
I.16.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 203
I.16.2.1. COMPRAS CONSOLIDADAS, CAPÍTULOS 1000 “SERVICIOS PERSONALES” Y 3000 “SERVICIOS GENERALES” 203 Auditoría ASCM/21/15
I.16.2.2. COMPRAS CONSOLIDADAS, CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 297 Auditoría ASCM/22/15
I.17. CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL 375
I.17.1. ANTECEDENTES 375
I.17.2. AUDITORÍA FINANCIERA 386
I.17.2.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 386 Auditoría ASCM/23/15
ÍNDICE GENERAL
159
I.18. CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES 441
I.18.1. ANTECEDENTES 441
I.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA 449
I.18.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 449 Auditoría ASCM/24/15
VOLUMEN 5/20
II. ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS 5
II.1. ANTECEDENTES 7
II.2. DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN 23
II.2.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 23
II.2.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)19 23 Auditoría ASCM/34/15
II.2.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 87 Auditoría ASCM/36/15
II.2.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 149 Auditoría ASCM/37/15
II.2.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 192
II.2.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 192 Auditoría ASCM/35/15
II.3. DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO 227
II.3.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 227
II.3.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)20 227 Auditoría ASCM/38/15
II.3.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 287 Auditoría ASCM/40/15
II.3.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 349 Auditoría ASCM/41/15
II.3.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 388
II.3.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 388 Auditoría ASCM/39/15
19 Auditoría practicada a la Delegación Álvaro Obregón y a la Secretaría de Finanzas. 20 Auditoría practicada a la Delegación Azcapotzalco y a la Secretaría de Finanzas.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
160
VOLUMEN 6/20
II.4. DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ 5
II.4.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5
II.4.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)21 5 Auditoría ASCM/42/15
II.4.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 87 Auditoría ASCM/44/15
II.4.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 143 Auditoría ASCM/45/15
II.4.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 185
II.4.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 185 Auditoría ASCM/43/15
II.5. DELEGACIÓN COYOACÁN 223
II.5.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 223
II.5.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)22 223 Auditoría ASCM/46/15
II.5.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 288 Auditoría ASCM/48/15
II.5.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 344 Auditoría ASCM/49/15
II.5.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 395
II.5.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 395 Auditoría ASCM/47/15
II.6. DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS 435
II.6.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 435
II.6.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)23 435 Auditoría ASCM/50/15
21 Auditoría practicada a la Delegación Benito Juárez y a la Secretaría de Finanzas. 22 Auditoría practicada a la Delegación Coyoacán y a la Secretaría de Finanzas. 23 Auditoría practicada a la Delegación Cuajimalpa de Morelos y a la Secretaría de Finanzas.
ÍNDICE GENERAL
161
II.6.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 500 Auditoría ASCM/52/15
II.6.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 554 Auditoría ASCM/53/15
II.6.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 605
II.6.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 605 Auditoría ASCM/51/15
VOLUMEN 7/20
II.7. DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC 5
II.7.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5
II.7.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)24 5 Auditoría ASCM/54/15
II.7.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 63 Auditoría ASCM/56/15
II.7.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 137 Auditoría ASCM/57/15
II.7.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 173
II.7.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 173 Auditoría ASCM/55/15
II.8. DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO 205
II.8.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 205
II.8.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)25 205 Auditoría ASCM/58/15
II.8.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 258 Auditoría ASCM/60/15
II.8.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 325 Auditoría ASCM/61/15
II.8.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 373
II.8.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 373 Auditoría ASCM/59/15
24 Auditoría practicada a la Delegación Cuauhtémoc y a la Secretaría de Finanzas. 25 Auditoría practicada a la Delegación Gustavo A. Madero y a la Secretaría de Finanzas.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
162
VOLUMEN 8/20
II.9. DELEGACIÓN IZTACALCO 5
II.9.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5
II.9.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)26 5 Auditoría ASCM/62/15
II.9.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 65 Auditoría ASCM/64/15
II.9.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 141 Auditoría ASCM/65/15
II.9.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 185
II.9.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 185 Auditoría ASCM/63/15
II.10. DELEGACIÓN IZTAPALAPA 223
II.10.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 223
II.10.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)27 223 Auditoría ASCM/66/15
II.10.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 281 Auditoría ASCM/68/15
II.10.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 342 Auditoría ASCM/69/15
II.10.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 402
II.10.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 402 Auditoría ASCM/67/15
II.11. DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS 431
II.11.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 431
II.11.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)28 431 Auditoría ASCM/70/15
II.11.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 488 Auditoría ASCM/72/15
26 Auditoría practicada a la Delegación Iztacalco y a la Secretaría de Finanzas. 27 Auditoría practicada a la Delegación Iztapalapa y a la Secretaría de Finanzas. 28 Auditoría practicada a la Delegación La Magdalena Contreras y a la Secretaría de Finanzas.
ÍNDICE GENERAL
163
II.11.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 555 Auditoría ASCM/73/15
II.11.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 603
II.11.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 603 Auditoría ASCM/71/15
VOLUMEN 9/20
II.12. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO 5
II.12.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5
II.12.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)29 5 Auditoría ASCM/74/15
II.12.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 63 Auditoría ASCM/76/15
II.12.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 120 Auditoría ASCM/77/15
II.12.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 171
II.12.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 171 Auditoría ASCM/75/15
II.13. DELEGACIÓN MILPA ALTA 231
II.13.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 231
II.13.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)30 231 Auditoría ASCM/78/15
II.13.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 278 Auditoría ASCM/80/15
II.13.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 351 Auditoría ASCM/81/15
II.13.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 408
II.13.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 408 Auditoría ASCM/79/15
29 Auditoría practicada a la Delegación Miguel Hidalgo y a la Secretaría de Finanzas. 30 Auditoría practicada a la Delegación Milpa Alta y a la Secretaría de Finanzas.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
164
II.14. DELEGACIÓN TLÁHUAC 445
II.14.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 445
II.14.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)31 445 Auditoría ASCM/82/15
II.14.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 492 Auditoría ASCM/84/15
II.14.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 553 Auditoría ASCM/85/15
II.14.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 619
II.14.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 619 Auditoría ASCM/83/15
VOLUMEN 10/20
II.15. DELEGACIÓN TLALPAN 5
II.15.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 5
II.15.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)32 5 Auditoría ASCM/86/15
II.15.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 67 Auditoría ASCM/88/15
II.15.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 132 Auditoría ASCM/89/15
II.15.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 182
II.15.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 182 Auditoría ASCM/87/15
II.16. DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA 223
II.16.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 223
II.16.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)33 223 Auditoría ASCM/90/15
II.16.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 208 Auditoría ASCM/92/15
31 Auditoría practicada a la Delegación Tláhuac y a la Secretaría de Finanzas. 32 Auditoría practicada a la Delegación Tlalpan y a la Secretaría de Finanzas. 33 Auditoría practicada a la Delegación Venustiano Carranza y a la Secretaría de Finanzas.
ÍNDICE GENERAL
165
II.16.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 326 Auditoría ASCM/93/15
II.16.1. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 364
II.16.1.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 364 Auditoría ASCM/91/15
II.17. DELEGACIÓN XOCHIMILCO 403
II.17.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 403
II.17.1.1. INGRESOS POR DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS (POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O POR EL REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIONES)34 403 Auditoría ASCM/94/15
II.17.1.2. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 467 Auditoría ASCM/96/15
II.17.1.3. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 531 Auditoría ASCM/97/15
II.17.2. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 585
II.17.2.1. VENTANILLA ÚNICA DELEGACIONAL 585 Auditoría ASCM/95/15
VOLUMEN 11/20
III. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 5
III.1. CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
III.1.1. ANTECEDENTES 7
III.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA 15
III.1.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 15 Auditoría ASCM/25/15
III.1.3. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 70
III.1.3.1. SISTEMA DE ALERTA SÍSMICA35 70 Auditoría ASCM/26/15
III.2. SISTEMA DE RADIO Y TELEVISIÓN DIGITAL DEL DISTRITO FEDERAL 107
III.2.1. ANTECEDENTES 107
III.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA 111
III.2.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 111 Auditoría ASCM/27/15
34 Auditoría practicada a la Delegación Xochimilco y a la Secretaría de Finanzas. 35 Auditoría de cumplimiento con enfoque en tecnologías de la información y las comunicaciones.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
166
III.3. AUTORIDAD DEL CENTRO HISTÓRICO 157
III.3.1. ANTECEDENTES 157
III.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA 169
III.3.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 169 Auditoría ASCM/28/15
III.4. PLANTA DE ASFALTO DEL DISTRITO FEDERAL 211
III.4.1. ANTECEDENTES 211
III.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 218
III.4.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 218
Auditoría ASCM/29/15
III.5. INSTITUTO TÉCNICO DE FORMACIÓN POLICIAL 271
III.5.1. ANTECEDENTES 271
III.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 277
III.5.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 277
Auditoría ASCM/31/15
III.6. POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL 315
III.6.1. ANTECEDENTES 315
III.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA 321
III.6.2.1. CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 321
Auditoría ASCM/32/15
III.7. POLICÍA BANCARIA E INDUSTRIAL DEL DISTRITO FEDERAL 381
III.7.1. ANTECEDENTES 381
III.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA 387
III.7.2.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 387
Auditoría ASCM/33/15
VOLUMEN 12/20
III.8. AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL 5
III.8.1. ANTECEDENTES 5
III.8.2. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 11
III.8.2.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 11 Auditoría ASCM/179/15
III.8.2.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 53
Auditoría ASCM/180/15
ÍNDICE GENERAL
167
III.8.2.3. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 107
Auditoría ASCM/181/15
III.9. SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO 167
III.9.1. ANTECEDENTES 167
III.9.2. AUDITORÍAS DE OBRA PÚBLICA 172
III.9.2.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 172 Auditoría ASCM/182/15
III.9.2.2. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 264 Auditoría ASCM/183/15
III.10. PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL 329
III.10.1. ANTECEDENTES 329
III.10.2. AUDITORÍA FINANCIERA 335
III.10.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 335 Auditoría ASCM/30/15
VOLUMEN 13/20
IV. ENTIDADES PARAESTATALES 7
IV.1. SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL DISTRITO FEDERAL 9
IV.1.1. ANTECEDENTES 9
IV.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 15
IV.1.2.1. “BIENES MUEBLES”, “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y PARTIDA 4451 “AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO” 15 Auditoría ASCM/98/15
IV.2. INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL 55
IV.2.1. ANTECEDENTES 55
IV.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 63
IV.2.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INMUEBLES” 63 Auditoría ASCM/99/15
IV.3. FONDO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 91
IV.3.1. ANTECEDENTES 91
IV.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 97
IV.3.2.1. “BIENES MUEBLES” 97 Auditoría ASCM/100/15
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
168
IV.4. FONDO MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL DISTRITO FEDERAL 129
IV.4.1. ANTECEDENTES 129
IV.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 136
IV.4.2.1. “BIENES MUEBLES” 136 Auditoría ASCM/101/15
IV.5. INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL 167
IV.5.1. ANTECEDENTES 167
IV.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 173
IV.5.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 173 Auditoría ASCM/102/15
IV.6. FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 209
IV.6.1. ANTECEDENTES 209
IV.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 218
IV.6.2.1. “BIENES MUEBLES”, “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 218 Auditoría ASCM/103/15
IV.6.3. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 242
IV.6.3.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 242 Auditoría ASCM/184/15
IV.7. CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL 299
IV.7.1. ANTECEDENTES 299
IV.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 305
IV.7.2.1. “BIENES MUEBLES” Y PRESUPUESTO TOTAL EJERCIDO 305 Auditoría ASCM/104/15
IV.8. CONSEJO PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO 373
IV.8.1. ANTECEDENTES 373
IV.8.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 380
IV.8.2.1. “BIENES MUEBLES” 380 Auditoría ASCM/105/15
IV.9. INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL 403
IV.9.1. ANTECEDENTES 403
IV.9.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 411
IV.9.2.1. “BIENES MUEBLES” 411 Auditoría ASCM/106/15
ÍNDICE GENERAL
169
IV.10. INSTITUTO DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO FEDERAL 437
IV.10.1. ANTECEDENTES 437
IV.10.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 447
IV.10.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” Y “BIENES MUEBLES” 447 Auditoría ASCM/107/15
IV.11. INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL DISTRITO FEDERAL 477
IV.11.1. ANTECEDENTES 477
IV.11.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 487
IV.11.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 487 Auditoría ASCM/108/15
IV.12. PROCURADURÍA SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL 521
IV.12.1. ANTECEDENTES 521
IV.12.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 529
IV.12.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 529 Auditoría ASCM/109/15
IV.13. FIDEICOMISO DE RECUPERACIÓN CREDITICIA DEL DISTRITO FEDERAL 601
IV.13.1. ANTECEDENTES 601
IV.13.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 608
IV.13.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INMUEBLES” 608 Auditoría ASCM/110/15
VOLUMEN 14/20
IV.14. METROBÚS 7
IV.14.1. ANTECEDENTES 7
IV.14.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 13
IV.14.2.1. “BIENES MUEBLES” Y PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES 13 Auditoría ASCM/111/15
IV.15. SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO 69
IV.15.1. ANTECEDENTES 69
IV.15.2. AUDITORÍA FINANCIERA 75
IV.15.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 75 Auditoría ASCM/112/15
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
170
IV.15.3. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 148
IV.15.3.1. “INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO” 148 Auditoría ASCM/113/15
IV.15.3.2. “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y “BIENES MUEBLES” 184 Auditoría ASCM/114/15
IV.15.4. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 254
IV.15.4.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 254 Auditoría ASCM/185/15
IV.16. RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL 277
IV.16.1. ANTECEDENTES 277
IV.16.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO 284
IV.16.2.1. “DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS” Y “DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES” 284 Auditoría ASCM/115/15
IV.16.2.2. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” 320 Auditoría ASCM/116/15
IV.17. SERVICIO DE TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL DISTRITO FEDERAL 347
IV.17.1. ANTECEDENTES 347
IV.17.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 353
IV.17.2.1. “INGRESOS POR VENTA DE SERVICIOS” 353 Auditoría ASCM/117/15
IV.17.2.2. PARTIDA GENÉRICA 1540 “PRESTACIONES CONTRACTUALES” 378 Auditoría ASCM/118/15
IV.17.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 397
IV.17.3.1. “BIENES MUEBLES” 397 Auditoría ASCM/119/15
IV.18. FONDO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL 415
IV.18.1. ANTECEDENTES 415
IV.18.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 425
IV.18.2.1. “BIENES MUEBLES” 425 Auditoría ASCM/120/15
IV.19. ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL 447
IV.19.1. ANTECEDENTES 447
IV.19.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 456
IV.19.2.1. “BIENES MUEBLES” 456 Auditoría ASCM/121/15
ÍNDICE GENERAL
171
IV.20. INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 479
IV.20.1. ANTECEDENTES 479
IV.20.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 485
IV.20.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 485 Auditoría ASCM/122/15
IV.21. INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO 525
IV.21.1. ANTECEDENTES 525
IV.21.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 532
IV.21.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 532 Auditoría ASCM/123/15
IV.22. SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL 571
IV.22.1. ANTECEDENTES 571
IV.22.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 577
IV.22.2.1. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES” 577
Auditoría ASCM/124/15
IV.23. PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL 617
IV.23.1. ANTECEDENTES 617
IV.23.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 627
IV.23.2.1. “BIENES MUEBLES” 627 Auditoría ASCM/125/15
VOLUMEN 15/20
IV.24. FIDEICOMISO MUSEO DE ARTE POPULAR MEXICANO 7
IV.24.1. ANTECEDENTES 7
IV.24.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 13
IV.24.2.1. “INGRESOS PROPIOS” Y CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES” 13 Auditoría ASCM/126/15
IV.25. INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
IV.25.1. ANTECEDENTES 41
IV.25.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 46
IV.25.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 46 Auditoría ASCM/127/15
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
172
IV.26. HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL 89
IV.26.1. ANTECEDENTES 89
IV.26.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 96
IV.26.2.1. CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” Y “BIENES MUEBLES” 96 Auditoría ASCM/128/15
IV.27. INSTITUTO DEL DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL 135
IV.27.1. ANTECEDENTES 135
IV.27.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 141
IV.27.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS” 141 Auditoría ASCM/129/15
IV.28. INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL 173
IV.28.1. ANTECEDENTES 173
IV.28.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 179
IV.28.2.1. “BIENES MUEBLES” 179 Auditoría ASCM/130/15
IV.29. INSTITUTO LOCAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 205
IV.29.1. ANTECEDENTES 205
IV.29.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 211
IV.29.2.1. “BIENES MUEBLES” E “INMUEBLES” 211 Auditoría ASCM/131/15
IV.30. FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL 235
IV.30.1. ANTECEDENTES 235
IV.30.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 241
IV.30.2.1. “BIENES MUEBLES” 241 Auditoría ASCM/132/15
IV.31. CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL 273
IV.31.1. ANTECEDENTES 273
IV.31.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 279
IV.31.2.1. “BIENES MUEBLES” 279 Auditoría ASCM/133/15
IV.32. CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 319
IV.32.1. ANTECEDENTES 319
IV.32.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 325
IV.32.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 325 Auditoría ASCM/134/15
ÍNDICE GENERAL
173
IV.33. CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL 361
IV.33.1. ANTECEDENTES 361
IV.33.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 367
IV.33.2.1. CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” Y “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 367 Auditoría ASCM/135/15
IV.34. PROCDMX, S.A. DE C.V. 407
IV.34.1. ANTECEDENTES 407
IV.34.2. AUDITORÍAS FINANCIERAS 414
IV.34.2.1. “INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS” 414 Auditoría ASCM/136/15
IV.34.2.2. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” 446 Auditoría ASCM/137/15
IV.34.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 492
IV.34.3.1. ACTIVO NO CIRCULANTE 492 Auditoría ASCM/138/15
IV.35. CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN, S.A. DE C.V. 523
IV.35.1. ANTECEDENTES 523
IV.35.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 529
IV.35.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 529 Auditoría ASCM/139/15
IV.36. SERVICIOS METROPOLITANOS, S.A. DE C.V. 579
IV.36.1. ANTECEDENTES 579
IV.36.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 585
IV.36.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 585 Auditoría ASCM/140/15
VOLUMEN 16/20
V. ÓRGANOS DE GOBIERNO 7
V.1. ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL 9
V.1.1. ANTECEDENTES 9
V.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 15
V.1.2.1. “BIENES MUEBLES” 15 Auditoría ASCM/141/15
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
174
V.2. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL 33
V.2.1. ANTECEDENTES 33
V.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA 38
V.2.2.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 38 Auditoría ASCM/142/15
V.2.3. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 56
V.2.3.1. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES” 56 Auditoría ASCM/143/15
IV.2.4. AUDITORÍA DE OBRA PÚBLICA 88
IV.2.4.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 88
Auditoría ASCM/186/15
V.3. CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL 131
V.3.1. ANTECEDENTES 131
V.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 137
V.3.2.1. “BIENES MUEBLES” Y “BIENES INMUEBLES” 137 Auditoría ASCM/144/15
VI. ÓRGANOS AUTÓNOMOS 165
VI.1. INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL 167
VI.1.1. ANTECEDENTES 167
VI.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 175
VI.1.2.1. “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y “BIENES MUEBLES” 175 Auditoría ASCM/145/15
VI.2. TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL 199
VI.2.1. ANTECEDENTES 199
VI.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 205
VI.2.2.1. “BIENES MUEBLES”, “BIENES INMUEBLES” Y CAPÍTULO 1000 “SERVICIOS PERSONALES” 205 Auditoría ASCM/146/15
VI.3. TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL 259
VI.3.1. ANTECEDENTES 259
VI.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 267
VI.3.2.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES” Y “BIENES MUEBLES” 267 Auditoría ASCM/147/15
ÍNDICE GENERAL
175
VI.4. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL 293
VI.4.1. ANTECEDENTES 293
VI.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 299
VI.4.2.1. “BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES EN PROCESO” Y “BIENES MUEBLES” 299 Auditoría ASCM/148/15
VI.5. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL 315
VI.5.1. ANTECEDENTES 315
VI.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 322
VI.5.2.1. “BIENES MUEBLES” 322
Auditoría ASCM/149/15
VI.6. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO 349
VI.6.1. ANTECEDENTES 349
VI.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 356
VI.6.2.1. “BIENES MUEBLES E INMUEBLES” 356 Auditoría ASCM/150/15
VI.7. INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL 383
VI.7.1. ANTECEDENTES 383
VI.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO 389
VI.7.2.1. “BIENES MUEBLES” Y CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 389 Auditoría ASCM/151/15
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VII. RESULTADOS DE AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO 5
VII.1. ANTECEDENTES 7
VII.2. FUNCIÓN 1 “PROTECCIÓN AMBIENTAL”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 321 “ACCIONES ENFOCADAS A LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA AMBIENTAL” (SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE)36 17
Auditoría ASCM/152/15
VII.3. FUNCIÓN 1 “PROTECCIÓN AMBIENTAL”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 327 “DETECCIÓN DE VEHÍCULOS SIN VERIFICACIÓN VEHICULAR Y/O CONTAMINANTES” (SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE)37 85
Auditoría ASCM/153/15
36 Auditoría de desempeño con enfoque al medio ambiente. 37 Auditoría de desempeño con enfoque al medio ambiente.
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
176
VII.4. FUNCIÓN 1 “ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 354 “OPINIÓN ESPECIALIZADA Y VERIFICACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL” (SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL) 179
Auditoría ASCM/157/15
VII.5. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 000 “TRANSFERENCIAS A ÓRGANOS AUTÓNOMOS” (COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL) 249
Auditoría ASCM/170/15
VII.6. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 005 “TRANSFERENCIAS A ÓRGANOS AUTÓNOMOS” (JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE DISTRITO FEDERAL) 349 Auditoría ASCM/169/15
VII.7. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 301 “ATENCIÓN DE DENUNCIAS E INVESTIGACIONES DE OFICIO EN MATERIA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL” (PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL) 419 Auditoría ASCM/167/15
VOLUMEN 18/20
VII.8. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDADES INSTITUCIONALES 308 “CAPACITACIÓN EN MATERIA DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA” Y 316 “SEGUIMIENTO A PROCESOS PENALES, CIVILES Y FAMILIARES EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE SOCIAL” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL) 5 Auditoría ASCM/160/15
VII.9. FUNCIÓN 2 “VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 330 “GESTIÓN INTEGRAL DE ESPACIOS PÚBLICOS” (AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO) 101 Auditoría ASCM/162/15
VII.10. FUNCIÓN 2 “VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 354 “ACCIONES PARA EL DESARROLLO DE VIVIENDA EN CONJUNTO” (INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL) 167 Auditoría ASCM/164/15
VII.11. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 304 “ANÁLISIS Y ESTUDIOS DE LAS PRUEBAS PERICIALES” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL) 237 Auditoría ASCM/159/15
VII.12. FUNCIÓN 2 “JUSTICIA”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 332 “ATENCIÓN Y APOYO A VÍCTIMAS DEL DELITO” (FONDO PARA LA ATENCIÓN Y APOYO A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO) 295 Auditoría ASCM/166/15
ÍNDICE GENERAL
177
VII.13. FUNCIÓN 3 “COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE GOBIERNO”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 306 “SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS URBANOS” (AGENCIA DE GESTIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO) 349 Auditoría ASCM/161/15
VII.14. FUNCIÓN 3 “SALUD”, ACTIVIDADES INSTITUCIONALES 397 “VISITA MÉDICA EN DOMICILIO (PROGRAMA MÉDICO EN TU CASA)”, 320 “ATENCIÓN MÉDICA DE CARÁCTER GENERAL” Y 321 “ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA” (SECRETARÍA DE SALUD Y SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL) 409 Auditoría ASCM/155/15
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VII.15. FUNCIÓN 5 “EDUCACIÓN”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 000 “FONDO ESPECÍFICO DE OBRAS E INFRAESTRUCTURA” (UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO) 5 Auditoría ASCM/171/15
VII.16. FUNCIÓN 5 “TRANSPORTE”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 388 “OPERACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL” (COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL) 33 Auditoría ASCM/163/15
VII.17. FUNCIÓN 5 “TRANSPORTE”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 384 “MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES FIJAS” (SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO) 107 Auditoría ASCM/165/15
VII.18. FUNCIÓN 5 “EDUCACIÓN”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 444 “ESTÍMULOS PARA LA CONTINUACIÓN DE LA PREPARATORIA PREPA SÍ” (FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL) 167 Auditoría ASCM/168/15
VII.19. FUNCIÓN 6 “PROTECCIÓN SOCIAL”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 464 “FORTALECIMIENTO A LA VINCULACIÓN LABORAL” (SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO) 251 Auditoría ASCM/156/15
VII.20. FUNCIÓN 7 “ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 309 “SANCIÓN DE VEHÍCULOS INFRACTORES PARA INDUCIR LA CULTURA VIAL ENTRE LOS CONDUCTORES” (SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA) 317 Auditoría ASCM/154/15
VII.21. FUNCIÓN 8 “CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN”, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 374 “FOMENTO EN MATERIA DE DESARROLLO, PROMOCIÓN Y FOMENTO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO” (SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN) 383 Auditoría ASCM/158/15
INFORME DE RESULTADOS DE LA CUENTA PÚBLICA DE 2015
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APÉNDICES
I. RESULTADOS FINANCIERO-PRESUPUESTALES 23
I.1. BALANCE DE LAS FINANZAS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL 26
I.2. INGRESOS 33
I.3. EGRESOS 52
I.4. DEUDA 89
I.5. DESAHOGO DE OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES FORMULADAS POR LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN RESPECTO A LA DEUDA PÚBLICA 93
II. RESULTADOS PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTALES 101
II.1. ESTRATEGIA PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTAL 103
II.1.1. Política de Gasto 103
II.2. FUNCIONES CON PRIORIDADES Y SIN PRIORIDADES 108
II.2.1. Funciones con Prioridades de Gasto 109
II.2.2. Funciones sin Prioridades de Gasto 109
II.3. ANÁLISIS POR EJES ESTRATÉGICOS PARA UN GOBIERNO CIUDADANO 110
II.3.1. “Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano” 111
II.3.2. “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana” 116
II.3.3. “Desarrollo Económico Sustentable” 120
II.3.4. “Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura” 125
II.3.5. “Efectividad, Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción” 134
III. ECONÓMICO-FINANCIERO 139
IV. PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTAL 295
V. GLOSARIO DE SIGLAS 327
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