MANUAL DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “COOP. CATAR LTDA.”
Fecha elaboración: Mayo-2018 Versión: 01
Unidad: CUMPLIMIENTO
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MANUAL DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS, INCLUIDO EL TERRORISMO
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOP CATAR LTDA.
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA PREVENCIÓN DE LAVADO
DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS.
Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:
MÓNICA TOMALO OFICIAL DE
CUMPLIMIENTO.
Dr. TELMO MARTÍNEZ. PRESIDENTE.
ING. ÁNGEL BONILLA. GERENTE.
MBA. ELIZABETH AGUIRRE AUDITORA INTERNA
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
CONSEJO DE VIGILANCIA.
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ÍNDICE
CAPITULO I: MARCO LEGAL Y TEÓRICO .............................................................................. 5
1. Introducción ............................................................................................................................ 5
1.1 Objetivo general ................................................................................................................... 5
1.2 Objetivos específicos ........................................................................................................... 5
1.3 Alcance ................................................................................................................................. 5
1.4 Marco Legal .......................................................................................................................... 6
1.5 Estándares Internacionales ................................................................................................. 7
1.6 Marco Teórico ...................................................................................................................... 7
1.6.1 Definiciones ................................................................................................................... 7
1.6.2 Etapas del Lavado de Activo ....................................................................................... 14
1.6.3 Tipologías del Lavado de Activos ................................................................................ 14
1.7 Señales de alerta ............................................................................................................... 16
1.7.1 Perfil del socio/cliente, proveedor y corresponsal....................................................... 16
1.7.2 Perfil transaccional ...................................................................................................... 16
1.7.3 Perfil de directivos y empleados .................................................................................. 17
1.8 Aprobación, divulgación y actualización del manual ......................................................... 17
CAPITULO II: POLÍTICAS ....................................................................................................... 18 2.1.1.1. Del Consejo de Administración ........................................................................... 18 2.1.1.2. Del Comité de Cumplimiento .............................................................................. 18 2.1.1.3. De la Unidad de Cumplimiento ............................................................................ 19
2.1.2. Roles y funciones ....................................................................................................... 19 2.1.2.1. Consejo de Administración .................................................................................. 19 2.1.2.2. Consejo de Vigilancia ........................................................................................... 20 2.1.2.3. Comité de Cumplimiento ...................................................................................... 20 2.1.2.4. Unidad de Cumplimiento ...................................................................................... 21 2.1.2.5. Oficial de Cumplimiento ....................................................................................... 22 2.1.3.1 Políticas para el cumplimiento de las disposiciones legales. ............................... 23 2.1.3.2 Políticas para la priorización de realizar negocios seguros para minimizar los riesgos de la entidad. ........................................................................................................ 24 2.1.3.3. Políticas al conocimiento de los administradores y empleados del marco legal vigente. .............................................................................................................................. 24 2.1.3.4. Políticas para la aplicación de conozca a la contraparte Socio/Cliente. ............. 24 2.1.3.5 Políticas para la aplicación de conozca a la contraparte Corresponsal............... 26 2.1.3.6 Políticas para la aplicación de conozca al Empleado/ Administrador. ................. 27 2.1.3.7 Políticas para la aplicación de conozca a la contraparte Proveedor u Contratista ........................................................................................................................................... 28 2.1.3.8 Política para la aplicación de conozca a su mercado. ........................................ 29
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2.1.3.9 Política para la aplicación de la debida diligencia y procedimiento de conozca a su contraparte. ................................................................................................................... 30 2.1.3.10 Políticas para análisis transaccional, definición de niveles, factores y criterios de riesgos de las contrapartes. .............................................................................................. 33 2.1.3.11 Políticas para la aplicación de los requerimientos del organismo de control, auditoria interna y externa. ................................................................................................ 45 2.1.3.12. Política para la reserva, confidencialidad y administración de la información. . 46 2.1.3.13 Políticas para la utilización de herramientas tecnológicas ................................. 47 2.1.3.14 Política previa a la difusión y lanzamiento de nuevos productos y servicios..... 47 2.1.3.15 Políticas para las capacitaciones al personal de la institución........................... 47 2.1.3.16 Políticas de las prohibiciones de la Cooperativa. ............................................... 48 2.1.3.17 Política para el monitoreo de la contraparte ....................................................... 48
CAPITULO III: PROCEDIMIENTO........................................................................................... 49
3.1 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia ampliada y reducida........... 49
3.2 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte - Socio/cliente. ............................................................................................... 50
3.3 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte – Corresponsal. ............................................................................................. 54
3.4 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte - Empleado /administrador ............................................................................ 55
3.5 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte - Proveedor u contratista ............................................................................... 58
3.6 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida - Socio/cliente ..... 59
3.7 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida – Corresponsal ... 59
3.8 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida - Empleado /administrador ....................................................................................................................... 60
3.9 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida - Proveedor u contratista .............................................................................................................................. 61
3.10 Procedimientos para la aplicación conozca a su mercado .......................................... 61
3.11 Procedimientos para personas expuestas política y públicamente (PEP) .................. 62
3.12 Procedimientos para la definición de niveles, factores y criterios de riesgo ............... 63
3.13 Procedimientos de análisis transaccional de las contrapartes .................................... 77
3.14 Procedimientos para cumplimiento de los requerimientos del organismo de control, de auditoria interna y externa. .............................................................................................. 77
3.15 Procedimientos para la reserva, confidencialidad y administración de la información. ............................................................................................................................................... 77
3.16 Procedimientos para las capacitaciones. ..................................................................... 79
CAPITULO IV: Formularios, formatos y anexo ........................................................................ 80
4.1 Formularios ..................................................................................................................... 80
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4.1.1. Formulario de inclusión y actualización de información de la persona natural ......... 80
4.1.2. Formulario de inclusión y actualización de información de la persona natural ......... 81
4.1.3. Formulario compromiso con el manual de Prevención Lavado de Activos ............... 82
4.1.4. Formulario compromiso con el Código de Ética ........................................................ 83
4.1.5. Política “conozca a su cliente” persona natural ......................................................... 84
4.1.6. Política “conozca a su cliente” persona jurídica ......................................................... 85
4.1.7. Política “conozca a su empleado” .............................................................................. 86
1.8. Política “conozca a su proveedor” ................................................................................. 87
4.1.9. Política “conozca a su corresponsal” ......................................................................... 90
4.1.10. Declaración sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente .................... 92
4.1.10. Formulario de Excepción (para firmar solo por una ocasión la licitud de fondos) . 93
4.1.11. Formulario de solicitud de Empleo ........................................................................... 94
4.1.12. Formulario de Reporte Interno de Transacciones Inusuales e Injustificadas ......... 95
4.2. Formatos ........................................................................................................................... 96
4.2.1 Formato de registro de firmas ..................................................................................... 96
4.3. Anexos ............................................................................................................................... 96
4.3.1. Paraísos Fiscales considerados por el SRI ............................................................... 96
4.3.2. Escala de Remuneración Mensual Unificada del Nivel Jerárquico Superior ............ 99
4.3.3. Grados de Consanguinidad y Afinidad para la consideración de PEPS ................... 99
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CAPITULO I: MARCO LEGAL Y TEÓRICO
1. Introducción
Con el propósito de que la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Coop Catar Ltda.”, efectúe una
prevención eficaz del lavado de activo y financiamiento de delitos incluido el terrorismo, el
presente manual contiene las políticas, procedimientos y responsabilidades, que deberá
observar cada instancia de la cooperativa, de conformidad con las disposiciones de la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, la Superintendencia de Economía Popular
y Solidaria y demás leyes conexas
1.1 Objetivo general
Establecer las políticas, controles, procedimientos y metodologías que deben observar todas
las instancias de la entidad, bajo la coordinación de la Unidad de Cumplimiento con la
finalidad de prevenir el riesgo de lavado de activos y financiamiento de delitos al que pudiere
estar expuesta la cooperativa.
1.2 Objetivos específicos
Establecer las políticas y procedimientos según la normativa vigente en materia de
prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos.
Estandarizar las políticas y procedimientos, cuyos contenidos sean de fácil
comprensión para el personal de la cooperativa.
Contar con una herramienta que contribuya a los objetivos de la Unidad de
Cumplimiento y permita llevar un control adecuado de las operaciones económicas,
financieras y contractuales de la cooperativa.
Fortalecer la relación de Unidad de Cumplimiento con las demás áreas relacionadas
de la entidad para el control de lavado de activos y financiamiento de delitos.
Definir criterios metodológicos para ejecutar el control de lavado de activos y
financiamiento de delitos.
1.3 Alcance
Las disposiciones establecidas en el presente manual son de cumplimiento obligatorio para
todo el personal de la entidad, en particular para aquellos que participan directamente en el
proceso de prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el
Terrorismo de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Coop Catar Ltda.”, las áreas
involucradas directamente son: operaciones, inversiones, crédito, servicio al cliente,
caja.
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1.4 Marco Legal
El presente manual fundamenta sus disposiciones en el marco legal que a continuación se
expone:
En el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 332 del 11 de septiembre de 2014 en el
cual se publicó el Código Orgánico Monetario y Financiero que tiene por objeto regular los
sistemas monetario y financiero, así como los regímenes de valores y seguros del Ecuador;
El literal a) del numeral 11, del artículo 14 del Código ibídem señala como una de las
funciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, la de establecer en el
marco de sus competencias, cualquier medida que coadyuve a: "Prevenir y desincentivar
prácticas fraudulentas, incluidos el lavado de activos y el financiamiento de delitos como el
terrorismo"; El artículo 244 del Código Orgánico Monetario y Financiero, establece: "Las
entidades del sistema financiero nacional tienen la obligación de establecer sistemas de
control interno para la prevención de delitos, incluidos el lavado de activos y el
financiamiento de delitos como el terrorismo, en todas las operaciones financieras";
El artículo 96 del referido Código determina que las operaciones de remesas de dinero físico
deben cumplir con las disposiciones de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y
Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos;
El Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 802 se puso en vigencia la Ley Orgánica de
Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento
de Delitos y en el artículo 5 indica que además de las instituciones del sistema financiero y
de seguros, las cooperativas serán sujetos obligados a informar a la Unidad de Análisis
Financiero y Económico.
El Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 966 de 20 de marzo de 2017 se pone en
vigencia el Decreto Ejecutivo No. 1331 que contiene el Reglamento a la Ley Orgánica de
Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento
de Delitos reformado con Decreto Ejecutivo No. 1344 publicado con Primer Suplemento al
Registro Oficial No. 979 el 6 de abril de 2017.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera el 4 de diciembre de 2014, resolvió
aprobar y emitir la resolución No. 011-2014-F, que contiene la “Norma para la Prevención de
Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos incluido el Terrorismo en las Entidades
Financieras de la Economía Popular y Solidaria”, norma reformada por las Resoluciones
024-2014-F, 039-2015-F, 164-2015-F, 312-2016-F y 365 -2017-F de 08 de diciembre de
2014, 13 de febrero de 2015, 16 de diciembre de 2015, 15 de diciembre de 2016 y 08 de
mayo de 2017, respectivamente.
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El Código Orgánico Integral Penal en el artículo 319 que refiere a la omisión de control de
lavado de activos señala: “La persona que, siendo trabajadora de un sujeto obligado a
reportar a la entidad competente y estando encargada de funciones de prevención,
detección y control de lavado de activos, omita el cumplimiento de sus obligaciones de
control previstas por la Ley, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a
un año.”
El numeral 3 del artículo 23 inserto en el capítulo 2 de la Constitución de la República del
Ecuador, que refiere a los derechos civiles, que señala “La igualdad ante la ley. Todas las
personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y
oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen
social, idioma; religión, filiación política, posición económica, orientación sexual; estado de
salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole”
1.5 Estándares Internacionales
Entre los estándares internacionales que deben observar las entidades para la prevención
del lavado de activos y financiamiento de delitos, se consideran los siguientes:
Las Recomendaciones del GAFI.- Son las medidas que los países deben implementar para
combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Dentro de los documentos a
observar y listas publicadas por la Unidad de Análisis Financiero y Económico se
encuentran:
Lista consolidada de sanciones del Consejo de Seguridad de la Naciones Unidas.
Listado de Terroristas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Informes de los Estados miembros de conformidad con la resolución 1373 (2001).
Oficina de Control de Bienes Extranjeros del Departamento de Tesorería de los
Estados Unidos - OFAC. INTERPOL.
Listado de Personas Designadas OFAC.
Función Judicial.
Certificado de Antecedentes Penales.
Consulta de Compañías Domiciliadas en Estados Unidos.
Consulta de Personas Vinculadas Panamá Papers.
1.6 Marco Teórico
1.6.1 Definiciones
Dentro del presente manual se van a utilizar los siguientes términos:
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Alertas de prevención de lavado de activos.- Son señales obtenidas del comportamiento
atípico, inusual e injustificado de los administradores, empleados, corresponsales,
proveedores, socios de la entidad y de la forma como se diseñan y ejecutan sus respectivas
transacciones.
Beneficiario final.- Son las personas naturales o jurídicas propietarias finales del producto
de una transacción.
Código de Ética y Comportamiento- Es la declaración interna de la entidad que contiene
reglas de conducta basados en la moral y en la ética.
Compras, proveeduría o adquisiciones.- Es la persona o área que se encarga de la
adquisición de bienes y servicios utilizados en las actividades de la entidad.
Contraparte.- Es el socio, cliente, proveedor, corresponsal, empleado, administrador y/o
cualquier persona natural o jurídica que tenga relación comercial o contractual con la
entidad.
Corporación.- Se refiere a la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias, que
fue creada mediante la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector
Financiero Popular y Solidario.
Corresponsal.- Institución financiera nacional o extranjera, por medio de la cual, la entidad
recibe y envía transferencias de dinero o realiza compensaciones financieras.
Adquisición de instrumentos negociables.- Para reducir los inconvenientes que
representa el traslado del dinero en efectivo, el lavador adquiere instrumentos negociables,
tales como cheques bancarios, y los transporta físicamente a otro país en donde son
ingresados a una entidad financiera.
Contrabando de bienes.- Esta es una técnica que aumenta al mismo ritmo que crece el
proceso de integración económica de las naciones. Ante las nuevas políticas de disminución
de barreras aduaneras comerciales y cambiarias, el lavador aprovecha para sobre facturar
bienes comprados en el exterior y blanquear buena parte de su precio real si son para
consumo o, sub facturar y venderlos en un precio menor.
Constitución de empresas ficticias.- El lavador constituye con facilidad empresas lícitas
en los paraísos fiscales para disfrazar la procedencia del dinero y posteriormente lo envía a
otro país en donde los controles no se ejercen porque el origen del dinero aparece como
lícito.
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Cambio de divisas.- El lavador adquiere cheques bancarios en moneda extranjera y las
utiliza para la compra de bienes y servicios. También es común el blanqueo a través de la
compra de bienes y servicios con Tarjetas de Crédito expedidas por una entidad financiera
de un paraíso fiscal.
Compra de acciones y títulos negociables en bolsa de valores.- Las operaciones de
corretaje por la ausencia de controles. A través del corredor de bolsa se compran las
acciones o los títulos, preferiblemente al portador, y se negocian. Desaparece a la huella
del origen ilícito del dinero.
Falsificación de facturas por creación o sobre facturación.- Es un método simple que
consiste en utilizar facturas falsas en la compra de bienes o servicios cuando la empresa
que compra y la que vende son del lavador y se encuentran en países diferentes, al hacerse
una transacción se produce automáticamente el lavado del excedente de la factura.
Utilización de centros de juego.- Es una de las formas más antiguas para legitimar el
origen ilícito del dinero. El aparente jugador ingresa al casino y compra una gran cantidad
de fichas pero no juega o juega muy poco, posteriormente cobra el valor de las fichas y le es
entregado un cheque que justifica la cantidad inicial como legítima, por ser ganancia de
juego.
Utilización de sistemas bancarios clandestinos.- El lavador utiliza las relaciones
comerciales entre los distintos países y simula el traslado del dinero de una Cooperativa a
otra, reclamando el dinero en el seguido país.
Compra venta de bienes lujosos o de fácil transporte.- Exige mayores controles por
parte del vendedor. El lavador invierte su dinero a través de la compra de automóviles
lujosos, animales exóticos, pieles, naves y aeronaves, antigüedades y obras de arte de gran
valor comercial. El mercado de piedras preciosas también es uno de los medios
tradicionalmente utilizados para lavar dinero.
Utilización de la finca raíz.- Uno de los sectores de mejor y más alta inversión en los
últimos años es la finca raíz. Mediante la compra de bienes inmuebles rurales y urbanos o
la inversión en cuantiosas obras de construcción como complejos habitacionales, hoteles,
moteles o centros comerciales, el lavador obtiene una importante y segura forma de
aparentar la licitud del producto de las actividades delictivas. Para ello, aprovecha la falta de
registros veraces sobre el verdadero valor de los bienes. También es común el
aprovechamiento del sistema judicial de remates para justificar el patrimonio invertido en
finca raíz.
Comercio de servicios: Este es quizás uno de los aspectos de mayor relevancia en el
estudio de métodos de lavados de la actualidad, y por tanto requiere la mayor atención. El
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mercado internacional de bienes y servicios pone a disposición del lavador la tecnología, las
comunicaciones, el desarrollo, el concurso de la sociedad, y sobre todo, la ausencia de
controles. Más que una simple casualidad, el hecho de que actividades como la reparación
y venta de vehículos suntuosos, el transporte, la industria del turismo y el comercio de
alimentos, resulten de alguna forma vinculados al crimen organizado. También es frecuente
la utilización de profesiones de buen prestigio, contando con personas que permiten al
lavador sostener ingresos altos por concepto de servicios profesionales. La medicina, la
Ingeniería, la arquitectura, contadores, abogados y otros profesionales, de forma inocente o
consciente han prestado su credibilidad profesional a clientes deshonestos, jugando así un
papel en estas tretas.
Fiduciarias: En las compañías fiduciarias los sistemas que más se utilizaban con este fin
eran las fiducias en garantía mediante las cuales el lavador garantizaba préstamos que no
pagaba, lavando así los bienes dados en garantía. Las fiducias para construcción con el
mecanismo de venta de los inmuebles al costo también se usaron para el blanqueo, en
especial por la facilidad de manejar grandes aumentos artificiales de costos.
Leasing: En las compañías de leasing uno de los mecanismos más usuales es el de la
celebración de este tipo de contratos sobre bienes de toda clase pagando los cánones
cumplidamente, así los bienes en la realidad no produzcan renta alguna.
Uso de tarjetas de crédito.- Una opción que tiene el crimen organizado para aprovecharse
de la opción de emplear las tarjetas de crédito, es establecer una "sociedad ficticia" que
ayuda a cubrir la pista documentaria. La sociedad ficticia ofrece servicios o productos y,
empleando una operación de encubrimiento, los encubridores utilizan sus tarjetas de crédito
- tales como Visa o MasterCard - para comprar productos ficticios de dichas sociedades.
Otra opción posible es inflar las facturas de ventas. Por consiguiente, para que estas
opciones funcionen, las compañías ficticias deben mantener relaciones con las compañías
que expiden las tarjetas de crédito, lo que es muy común hoy en día. De allí parte la
responsabilidad de las compañías emisoras de tarjetas de crédito de conocer a sus clientes.
Utilización de cuentas de ahorro o corrientes.- En todas las actividades de lavado
pueden acabar involucradas en procesos penales personas que nada o poco tienen que ver.
Es el caso de quienes con la disculpa de no tener una cuenta de ahorros le piden a un
amigo o familiar que les preste una cuenta de ahorro para consignar una plata en efectivo, la
cual resulta ser proveniente de un "trabajito" En este caso la persona que presta la cuenta,
así no hubiese conocido el origen ilícito del dinero puede terminar enredado en un proceso
penal en su contra.
Transferencias electrónicas.- Las transferencias electrónicas, diariamente procesan
millones de dólares en transacciones internacionales. Si bien es cierto que los bancos de la
Comunidad Europea, Canadá, Estados Unidos, Japón y otros países deben conocer la
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identidad de sus clientes, el amplio volumen de transferencias electrónicas, la naturaleza
instantánea de estas transacciones y la importancia de este medio para el comercio
internacional contribuyen a que esta área sea difícil de controlar. Un aspecto importante es
que la tecnología financiera, los mercados electrónicos, los sistemas de pagos y
cancelaciones y las facilidades de custodia crean riesgos mayores y retos competitivos
dentro del sistema. Esta tecnología hacia el movimiento instantáneo de dinero aumenta el
peligro de transmitir la inestabilidad financiera de una institución a otra y de país a país.
Existen ya casos, donde las actividades ilegales de fraude y de lavado de dinero se han
propagado como un virus de un sistema bancario a otro, planteando interrogantes sobre la
seguridad y solidez de las instituciones locales.
Pitufeo.- Se realiza mediante el manejo de reducidas cantidades de efectivo en varias
cuentas, muchas veces pertenecientes a personas ajenas a la operación, quienes las
prestan a cambio de una mínima remuneración pero asumiendo un enorme riesgo. Con el
pitufeo se busca principalmente realizar operaciones por debajo de los límites vigilados por
las autoridades.
Ventas que se pagan en efectivo.- También es fácil quedar involucrado cuando se realizan
ventas que se pagan en efectivo como cuando se vende un carro, ganado o un inmueble y
se recibe el pago sin verificar el origen del dinero.
Otras modalidades.- Así mismo, cuando se hacen favores como el de cambiar cheques por
efectivo sin conocer la persona giradora del título, cuando se compran o se cambian dólares
por fuera de las entidades autorizadas o cuando se reciben grandes préstamos de manos de
particulares, con bajos intereses y sin mayores trámites
Debida diligencia.- Es la aplicación de procedimientos eficaces y oportunos, para identificar
a la contraparte de la entidad y al beneficiario final de una transacción; sirve para
documentar las transacciones y, verificar que la información obtenida sea coherente, veraz e
íntegra.
Debida diligencia ampliada.- Llamada también mejorada o reforzada.- Es el conjunto de
procedimientos exigentes y exhaustivos que la entidad bajo su criterio y responsabilidad,
decide aplicar para ampliar su conocimiento sobre el origen y destino de los recursos de una
transacción.
Debida diligencia simplificada.- Llamada también reducida.- Es el conjunto de
procedimientos que, bajo la responsabilidad de la entidad y conforme al análisis efectuado
por ésta, se aplica a las transacciones consideradas de menor riesgo.
Lavado de activos.- Es el proceso mediante el cual, se da apariencia de licitud al dinero y
activos obtenidos de fuentes ilícitas, a través de varias formas denominadas tipologías.
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Listas de informaciones nacionales e internacionales.- utilizadas principalmente por los
oficiales de cumplimiento o encargados de las funciones de cumplimiento que, contienen
información de diversas fuentes sobre personas naturales o jurídicas. Esta información
contribuye a que la entidad tenga conocimiento más amplio de los antecedentes legales de
sus contrapartes.
Paraísos fiscales.- Son aquellos territorios o estados que se caracterizan por tener
legislaciones impositivas y de control laxas.
Listas de personas expuestas políticamente – PEP.- Son todas aquellas personas
naturales nacionales o extranjeras, que desempeñan o hayan desempeñado, hasta un año
anterior, funciones públicas destacadas en el Ecuador o en el extranjero; o a quienes, se les
haya confiado una función prominente en una organización internacional.
Estas listas de PEP son generadas por la misma entidad, de acuerdo a los
parámetros establecidos en la normativa vigente de la Unidad de Análisis Financiero,
para lo cual podrá utilizar información de conocimiento público, la propia declaración
de la contraparte u otra fuente.
Nivel de riesgo.- Es el grado de afectación que pudiera sufrir la entidad al
materializarse el evento de riesgo. Los niveles de riesgo serán como mínimo los
siguientes:
Riesgo bajo: Contingencia que requiere el monitoreo periódico a efectos de
observar cambios.
Riesgo medio: Contingencia que implica la definición de acciones a ser
implementadas. Su materialización compromete ciertamente a la entidad.
Riesgo alto: Contingencia que requiere definición e implantación de acciones
inmediatas, arriesga la marcha del negocio; y en caso de no ser mitigado,
ocasionaría hasta el cierre de la entidad.
Oficial de cumplimiento o responsable de la función de cumplimiento.- Es la
persona que, con base a criterios técnicos y de idoneidad, lidera los procesos de
prevención de lavado de activos en una entidad.
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Operación inusual e injustificada.- Es el movimiento realizado por personas
naturales o jurídicas, que no guardan correspondencia, por su monto, frecuencia o
destinatario, con su perfil económico y de comportamiento; o que el origen y destino
de los recursos no hubieren sido justificados.
Perfil económico y de comportamiento.- Son el conjunto de características
socioeconómicas que poseen los socios, administradores, empleados, corresponsal
y administradores, según su nivel de ingresos.
Perfiles de riesgo.- Es el conjunto de condiciones socio económicas o de
comportamiento de una contraparte, que permite anticipar el grado de exposición de
la entidad frente a una transacción.
Políticas institucionales.- Son declaraciones y principios que orientan las acciones de la
entidad y delimitan el espacio dentro de la cual, la administración podrá tomar decisiones.
Las políticas son dictadas por el Consejo de Administración o el Directorio en el caso de la
Corporación.
Proveedores.- Son las personas naturales o jurídicas que, facilitan bienes y servicios a la
entidad, quien adquiere para su funcionamiento operativo. Adicionalmente, se consideran
proveedores a las personas naturales o jurídicas que entregan a la entidad recursos
financieros reembolsables o no.
Reglas de conducta.- Son las normas que orientan el comportamiento de los
administradores, empleados y dependientes de una entidad, a través de la declaración de
principios, valores y formas de proceder.
Segmentos.- Se refiere a la clasificación o grupo dentro de los cuales se ubican las
entidades que integran el Sector Financiero Popular y Solidario, según el total de activos
registrado en sus balances y de acuerdo al vínculo con sus territorios, según lo establecido
en la “Norma para la Segmentación de las Entidades del Sector Financiero Popular y
Solidario”, emitida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
Tipologías de lavado de activos y financiamiento de delitos.- Son formas y métodos que
utilizan los lavadores de activos, para lograr que los recursos que obtuvieron de forma ilegal
e ilícita parezcan lícitos.
Transacción.- Es el acto comercial o financiero por medio del cual, se facilitan o movilizan
recursos monetarios tales como: préstamos; créditos; transferencias de dinero dentro y fuera
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del país; depósitos y retiros monetarios; inversiones; compra - venta de bienes y servicios;
entre otros.
Unidad de Análisis Financiero (UAF).- Unidad creada por la Ley de Prevención, Detección
y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de delitos, competente para
solicitar y receptar, con carácter de reservado, información respecto de las transacciones,
cuyas cuantías superen los umbrales legales establecidos; así como aquellas consideradas
inusuales e injustificadas.
Vinculación de una contraparte.- Es el inicio de una relación comercial o contractual de un
socio, cliente, proveedor, directivo, empleado o corresponsal con la entidad.
1.6.2 Etapas del Lavado de Activo
Las etapas del lavado de activos1son las siguientes:
1. Obtención de dinero en efectivo o medios de pago, como consecuencia de actividades
ilícitas (venta de productos o prestación de servicios ilícitos).
2. Colocación: incorporar el producto ilícito en el torrente financiero o no financiero de la
economía local o internacional.
3. Estratificación, diversificación o transformación: es cuando el dinero o los bienes
introducidos en una entidad financiera o no financiera, se estructuran en sucesivas
operaciones, para ocultar, invertir, transformar, asegurar o dar en custodia bienes
provenientes del delito o mezclar con dineros de origen legal, con el propósito de disimular
su origen ilícito y alejarlos de su verdadera fuente.
4. Integración, inversión o goce de los capitales ilícitos: el dinero ilícito regresa al sistema
financiero o no financiero, disfrazado como dinero legítimo.
1.6.3 Tipologías del Lavado de Activos
La Unidad de Análisis Financiero y Económico señala las siguientes tipologías de lavado de
activos:
1. Captación ilegal de recursos
Esta tipología se orienta a detectar a personas naturales y jurídicas que realizan captación
ilegal de recursos, no pertenecientes al sistema financiero, es un hecho ilícito sujeto a
acciones administrativas, tributarias y penales, incumpliendo con los deberes y prohibiciones
de ley.
1 Sitio web Derecho Ecuador http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derechopenal/2009/08/20/el-lavado-dedinero-y-
activos
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Para encubrir su finalidad ilícita, utilizan empresas de fachada, servicios y/o productos: salud
y medicamentos; estética y belleza; turismo, recreación y deporte; asesoría profesional;
dotación de equipos y maquinaria; alimentos y productos naturales y artesanales; y, giros
nacionales; planes pensionales, vivienda autos, venta de tarjetas prepago, entre otros.
2. Abuso de las facultades y atribuciones de los funcionarios públicos
Esta tipología se orienta a detectar funcionarios públicos que abusan de las facultades y
atribuciones en razón de los cargos que desempeñan y solicitan, aceptan o reciben, de
cualquier manera (dádivas, recompensas, regalos o contribuciones en especies, bienes o
dinero, privilegios y ventajas), incumpliendo con los deberes y prohibiciones de ley.
Los funcionarios públicos aprovechan el acceso a la información que poseen para su
beneficio, o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o
sus amigos íntimos.
El dinero resultante de estas actividades termina en las cuentas de los funcionarios públicos
o sus familiares, con lo que se demuestra la concentración de beneficiarios finales, sin que
éstos puedan justificar el origen de los mismos.
3. Exportaciones de bienes sobrevaloradas
Esta tipología se orienta a detectar transferencias enviadas y recibidas de alta cuantía,
justificando con exportaciones de bienes sobrevalorados.
El dinero resultante de las exportaciones termina en las cuentas de las mismas empresas en
otro país donde no se realizó la actividad comercial.
4. Remesas recibidas del exterior, exportaciones de bienes sobrevalorados, mercado
cambiario de divisas, transporte transfronterizo de dinero.
Estas tipologías se orientan a detectar:
1. Remesas recibidas del exterior, justificando él envió del dinero a familiares de los
migrantes en el Ecuador.
2. Transferencias recibidas del exterior justificando con las exportaciones de bienes
sobrevalorados.
3. El cambio de billetes de alta denominación por billetes dólares de baja
denominación, billetes de moneda local (pesos) y transferencias.
4. El dinero resultante de las remesas recibidas y de las exportaciones, se envía a
varios países, entre los cuales se encuentran paraísos fiscales.
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1.7 Señales de alerta
Las señales de alerta pueden identificarse a partir de la evaluación de los perfiles del
socio/cliente, proveedor, directivo, empleado de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop
Catar Ltda., y por su transaccionalidad, como se detalla a continuación:
1.7.1 Perfil del socio/cliente, proveedor y corresponsal
Cuando la persona no proporciona información, ésta es falsa, muy general y no
permite conocer con exactitud la información requerida.
Personas que utilizan su influencia personal u ofrecen pagar altas comisiones por
favoritismos. Personas cuya información financiera difiere sustancialmente de lo
declarado en otras instituciones del mismo sector.
Menores de edad con altos saldos en sus cuentas y alta transaccionalidad.
Empresas pantalla o fachada constituidas para simular una actividad económica y
dar apariencia de licitud a operaciones ilícitas.
Empresas que no tienen existencia legal y cuyo fin es únicamente es realizar y
justificar transacciones.
Personas cuya información tributaria y nivel de ingresos declarados no tiene relación
con la magnitud de sus transacciones.
Empresas cuyos precios de comercialización no guardan relación con los precios
del mercado. Empresas que comercializan productos difíciles de identificar por su
nombre y composición.
Personas que reciben pagos provenientes de diferentes países y realizan
transferencias a múltiples beneficiarios.
Personas que declaran una actividad económica diferente a la que realizan.
Personas que están registrados en listas de control.
Instituciones cuya fuente de financiamiento proviene de préstamos otorgados por el
exterior cuyo prestatario es de difícil identificación o no quiere ser revelado.
Instituciones cuya fuente de financiamiento proviene de paraísos fiscales.
Adultos mayores con alta transaccionalidad no acorde con su perfil económico
Personas con reacciones desmesuradas o nerviosas cuando se les solicita justificar
procedimientos o información.
1.7.2 Perfil transaccional
Operaciones que no están de acuerdo a la actividad económica del socio/cliente.
Créditos que frecuentemente se respaldan y pre cancelan con certificados de
depósitos.
Créditos pagados por anticipado de la fecha de vencimiento sin justificativo.
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Operaciones fraccionadas o montos inferiores al umbral para eludir normas u
obligaciones de reporte. Operaciones efectuadas frecuentemente a nombre de
terceros, sin que exista justificativo personal o comercial.
Operaciones realizadas mediante compañías domiciliadas en paraísos fiscales.
Depósitos recibidos a través de remesas donde no se cuente con información
suficiente del remitente y beneficiario final.
Cuentas nuevas con múltiples depósitos de pequeñas cantidades, pocos retiros de
altas sumas y que a continuación no registran movimientos o son canceladas.
Cuando exista carencia de operaciones, es decir que existe solo una operación con
crédito y débito y luego inactividad en la transaccionalidad.
Cuando exista una alta transaccionalidad en actividades económicas tales como:
amas de casa, estudiantes extranjeros, menores de edad.
1.7.3 Perfil de directivos y empleados
Empleados renuentes a salir de vacaciones.
Empleados renuentes a entregar información o dilaten los procedimientos de control.
Empleados que no quieren delegar ni cambiar sus funciones.
Empleados de confianza con atribuciones que no corresponden a su cargo.
Directivos que a través de su influencia incumplen o disponen el incumplimiento de
procedimientos de control.
Directivos y empleados cuyo nivel de vida no está acorde con sus ingresos.
Directivos y empleados con reacciones desmesuradas o nerviosas cuando se les
solicita justificar procedimientos o información.
1.8 Aprobación, divulgación y actualización del manual
El presente Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos deberá
ajustarse permanentemente a las disposiciones de la Ley Orgánica de Prevención,
Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos, su
Reglamento General, a las resoluciones de la Junta de Política de Regulación Monetaria y
Financiera y a las disposiciones que establezca la Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria y la Unidad de Análisis Financiero y Económica.
Entrará en vigencia a partir del 20 de febrero de 2018, fecha de aprobación por parte del
consejo de administración a través de acta N° 2017-002 y deberá ser puesto en
conocimiento del personal de la entidad por la Unidad de Cumplimiento.
El presente manual será revisado y actualizado por el oficial de cumplimiento titular/suplente
al menos cada año, en función de las reformas al marco normativo, cambios en el perfil de
los socios o clientes y la planificación de la Cooperativa.
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CAPITULO II: POLÍTICAS
Políticas de la organización para prevenir el lavado de activos
La Cooperativa de Ahorro y Crédito “Coop Catar Ltda.”, implementará políticas para prevenir
el lavado de activos y financiamiento de delitos, con base en la estructura organizacional, tal
como se ilustra a continuación:
Gráfico No.1 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA COOPERATIVA COOP CATAR
LTDA.
Fuente: Coop Catar
2.1.1. Políticas para la estructura organizacional
2.1.1.1. Del Consejo de Administración
Se conformará según lo indicado en la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria,
su reglamento y las resoluciones respectivas
Art. 38.- Consejo de Administración.- Es el órgano directivo y de fijación de políticas de
la cooperativa, estará integrado por un mínimo de tres y máximo nueve vocales
principales y sus respectivos suplentes, elegidos en Asamblea General en votación
secreta, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de esta Ley.
Los vocales durarán en sus funciones el tiempo fijado en el estatuto social, que no
excederá de cuatro años y podrán ser reelegidos por una sola vez.
2.1.1.2. Del Comité de Cumplimiento
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La entidad contará con un comité de cumplimiento, cuya función principal será la de velar
por la aplicación de las políticas y procedimientos de control para mitigar el riesgo de
lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo. Este comité estará
conformado por:
1. Vocal del Consejo de Administración,
2. Gerente,
3. Responsable del área comercial o de negocios,
4. Auditor interno,
5. Oficial de cumplimiento (quien actuará como Secretario).
El comité de cumplimiento estará integrado por: un Vocal del Consejo de Administración,
quien lo presidirá; el Gerente, el responsable del área comercial o de negocios, el auditor
interno, el oficial de cumplimiento, quien además cumplirá las funciones de secretario.
Todos los integrantes tendrán derecho a voz y voto, excepto el auditor interno, quien
tendrá derecho a voz.
Las decisiones se tomarán con el voto mayoritario de sus asistentes. En caso de empate,
el presidente tendrá voto dirimente.
El comité de cumplimiento de la entidad sesionará en forma ordinaria mensualmente y
extraordinarias cuando el Presidente lo convoque, por iniciativa propia; o por pedido de al
menos dos de sus miembros, en las cuales se tratará únicamente los puntos del Orden
del Día.
2.1.1.3. De la Unidad de Cumplimiento
La entidad contará con una unidad de cumplimiento, que está conformada por el oficial de
cumplimiento.
2.1.2. Roles y funciones
Los órganos colegiados de la entidad deberán cumplir con los siguientes roles y
funciones.
2.1.2.1. Consejo de Administración
a) Aprobar el manual de prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos
incluido el terrorismo, y sus respectivas modificaciones o actualizaciones.
b) Aprobar el plan anual de trabajo, para la prevención, presentado por el oficial de
cumplimiento;
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c) Conocer los informes mensuales del oficial de cumplimiento, incluidas las
recomendaciones y pronunciamientos del comité y emitir las disposiciones que considere
pertinentes;
d) Aprobar el código de ética que incluirá los principios de prevención de lavado de
activos, el mismo que será de cumplimiento obligatorio para todos los administradores y
empleados de la entidad;
e) Aprobar las políticas, procedimientos, factores y criterios de riesgo a ser utilizados en
el análisis transaccional de los socios para la prevención del lavado de activos y
financiamiento de delitos incluido el terrorismo;
f) Aprobar las medidas disciplinarias y correctivas, para quien incumpla las disposiciones
de reserva y confidencialidad, el manual, las políticas y los procedimientos de prevención
de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo;
g) Determinar el período máximo para actualizar la información de las contraparte socio,
empleado, proveedor, mercado y corresponsal; y,
h) Nombrar de entre sus miembros a un delegado para presidir el comité de
cumplimiento.
2.1.2.2. Consejo de Vigilancia
a) Velar que la entidad cumpla estrictamente las disposiciones legales y normativas
relativas a la prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el
terrorismo; la presente resolución y las disposiciones de la propia entidad;
b) Nombrar al oficial de cumplimiento y a su respectivo suplente;
c) Remover de sus cargos al oficial de cumplimiento titular y suplente cuando existan
motivos para ello;
d) Evaluar la gestión del oficial de cumplimiento y realizar recomendaciones a la
administración, para la ejecución de los planes de trabajo correspondientes.
2.1.2.3. Comité de Cumplimiento
a) Proponer para aprobación del Consejo de Administración/Directorio, el Código de
Ética, y el Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos
incluido el Terrorismo; y los formularios para la implementación de la debida diligencia;
b) Recomendar al Consejo de Administración, las políticas para el inicio y continuidad de
la relación contractual con las distintas contrapartes;
c) Conocer y aprobar los reportes de operaciones inusuales e injustificadas que, el oficial
de cumplimiento, haya enviado o vaya a remitir a la Unidad de Análisis Financiero;
d) Informar al Consejo de Administración, los incumplimientos de las políticas y
procedimientos para prevenir el lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el
terrorismo;
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e) Poner a consideración del Directorio/Consejo de Administración los procedimientos
legales y las medidas de mitigación a que hubiere lugar, en casos relacionados con
lavado de activos;
f) Conocer las recomendaciones que el oficial de cumplimiento haya realizado a los
distintos procesos de la entidad, realizar sus propias recomendaciones y promover su
cumplimiento;
g) Conocer las faltas o errores en la aplicación de los procesos de prevención de lavado
de activos y formular recomendaciones para corregirlos;
h) Proponer medidas y controles para evitar el riesgo, que la entidad sea utilizada para
lavar activos y financiar delitos incluido el terrorismo;
i) Aprobar el documento metodológico que contiene los procedimientos utilizados para
obtener las categorías de riesgos de lavado de activos; y,
j) Comunicar al Directorio/Consejo de Administración, los incumplimientos del marco legal
y regulatorio sobre prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el
terrorismo.
2.1.2.4. Unidad de Cumplimiento
a) La entidad tendrá personal responsable del funcionamiento adecuado y eficiente del
sistema de prevención de lavado de activos.
b) La entidad contará con una unidad de cumplimiento, conformada como mínimo por un
oficial de cumplimiento, deben ser calificados por la Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria.
c) Podrán ser nombrados oficiales de cumplimiento titular y suplente de la entidad los que
también hayan sido calificados por la Superintendencia de Bancos.
d) La entidad no permanecerá más de treinta días consecutivos, sin oficial de
cumplimiento. Si la ausencia del oficial titular o suplente, fuere definitiva, la entidad
designará sus respectivos reemplazos en un término no mayor de treinta (30) días.
e) En caso de presentarse ausencia temporal o definitiva del oficial de cumplimiento en la
entidad, lo reemplazará el oficial de cumplimiento suplente. A falta del suplente, la función
de cumplimiento, será ejercida por el representante legal.
f) La entidad deberá comunicar la designación del oficial de cumplimiento titular y
suplente a la Superintendencia, dentro de los cinco días posteriores al inicio de
sus funciones.
g) La calificación del oficial de cumplimiento titular permanecerá vigente siempre
que el calificado no haya interrumpido por más de 12 meses consecutivos el
ejercicio de las funciones de prevención de lavado de activos, caso contrario
deberá solicitar una nueva calificación a la Superintendencia.
h) La entidad deberá cumplir lo establecido lo indicado en el literal d), en caso de
que el oficial de cumplimiento titular haya sido descalificado por la
Superintendencia.
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2.1.2.5. Oficial de Cumplimiento
El oficial de cumplimiento tendrá las siguientes funciones dentro de la entidad:
a) Proteger a la entidad del riesgo de lavado de activos y financiamiento de delitos
incluido el terrorismo;
b) Proponer medidas para mitigar el riesgo de lavado de activos y financiamiento
de delitos incluido el terrorismo;
c) Cuidar que la entidad cumpla en todo momento con las disposiciones legales,
regulaciones, resoluciones, políticas internas y procedimientos correspondientes;
d) Verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
relacionadas con la prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos
incluido el terrorismo;
e) Recomendar políticas, procedimientos y estrategias a las autoridades; a la
administración; y a los distintos procesos de la entidad para fortalecer el control
interno en la prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido
el terrorismo. Dichas recomendaciones serán específicas y se entregarán por
escrito a los respectivos responsables de los procesos con copia al Comité de
Cumplimiento;
f) Elaborar, actualizar y someter a conocimiento del Comité de Cumplimiento, el
Código de Ética y el Manual de Prevención de Lavado de Activos y
Financiamiento de delitos incluido el Terrorismo;
g) Poner en conocimiento de la entidad el manual de prevención de lavado de
activos y financiamiento de delitos y sus modificaciones y, asesorar a las distintas
áreas de la entidad sobre la implementación de los procedimientos
correspondientes;
h) Elaborar, bajo los parámetros que establezca la Superintendencia, el plan de
trabajo para la prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos
incluido el terrorismo, someterlo a aprobación del Consejo de Administración, y
ponerlo en conocimiento de la Superintendencia, hasta el 31 de diciembre del año
anterior a su ejecución;
i) Monitorear permanentemente las transacciones que se realizan en la entidad, a
fin de detectar oportunamente la existencia de operaciones inusuales e
injustificadas;
j) Conocer los reportes de administradores y funcionarios sobre posibles inusualidades no
justificadas y analizarlos para determinar la necesidad de elaborar reportes de
operaciones inusuales e injustificadas para la Unidad de Análisis Financiero;
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k) Realizar visitas de inspección a sucursales, agencias, oficinas y dependencias, a fin de
verificar el cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y evaluar si
los controles internos implementados son suficientes;
l) Presentar informes mensuales de su gestión al Comité de Cumplimiento, en los cuales
incluirá, la estadística de los reportes sobre el umbral de USD 10.000,00 (diez mil dólares
de Estados Unidos de Norteamérica), una descripción de los reportes de operaciones
inusuales e injustificadas que fueron aprobados por el comité de cumplimiento y remitidos
a la Unidad de Análisis Financiero; y las novedades registradas en el cumplimiento de las
políticas y procedimientos de prevención;
m) Elaborar el documento metodológico que contenga el análisis de los factores y
criterios para determinar los niveles de riesgo de lavado de activos y financiamiento de
delitos incluido el terrorismo y presentarlo para la aprobación del Comité de
Cumplimiento;
n) Definir perfiles de riesgo para la aplicación de debida diligencia reducida y ampliada, y
ponerlo en consideración del Consejo de Administración;
o) Recomendar medidas de control previo a la difusión y lanzamiento de nuevos
productos y servicios;
p) Remitir a la Unidad de Análisis Financiero, los reportes dispuestos por la Ley de
Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento
de Delitos referidos a las transacciones iguales o superiores al umbral de USD 10.000,00
(diez mil dólares de Estados Unidos de Norteamérica); y las operaciones inusuales
injustificadas originadas del análisis transaccional, estos requieren de la aprobación del
comité de cumplimiento;
q) Enviar a la Superintendencia reportes e información en la forma y plazos que ésta
disponga;
r) Atender los requerimientos de las autoridades competentes en temas relacionados con
la prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo;
s) Mantener actualizado el documento metodológico que contiene el análisis y
procedimientos para determinar el riesgo de lavado de activos;
t) Capacitar a los miembros de los consejos, gerente, ejecutivos, funcionarios, empleados
y demás miembros de la entidad, en temas que se requiera, para apoyar la gestión de
control y prevención para la entidad. La capacitación formará parte del plan anual de
trabajo del oficial y podrá ser general o focalizada a una área; y,
u) Otras medidas o directrices que establezca la entidad para prevenir el riesgo de lavado
de activos y el financiamiento de delitos incluido el terrorismo.
2.1.3 Políticas de la entidad
2.1.3.1 Políticas para el cumplimiento de las disposiciones legales.
La entidad aplicará las políticas en el cumplimiento irrestricto por parte de socios,
administradores y empleados de la cooperativa a las leyes relacionadas con la materia
tales como: Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado
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de Activos y Financiamiento de Delitos, esta resolución y las políticas de cumplimiento
general y obligatorio establecidas por el Consejo de Administración / Directorio (registrar
el órgano de control que corresponda según el tipo de entidad).
La entidad deberá reportar las operaciones según lo dispuesto por la Ley Orgánica de
Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento
de Delitos y su Reglamento General referidos a las transacciones iguales o superiores al
umbral de USD 10.000,00 (diez mil dólares de Estados Unidos de Norteamérica); y las
operaciones inusuales injustificadas originadas del análisis transaccional realizada por el
Oficial de Cumplimiento.
2.1.3.2 Políticas para la priorización de realizar negocios seguros para
minimizar los riesgos de la entidad.
La Cooperativa aplicará procedimientos de debida diligencia ampliada y/o reducida,
según el nivel de riesgo de la contraparte para establecer negocios que permitan
minimizar los riesgos de la entidad.
La Cooperativa previo al inicio de la relación comercial u contractual con las contrapartes
(socios/clientes, corresponsal, directivos y/o empleados, y proveedores) deberá
verificarlos en las listas de control (proporcionadas por la UAFE y propias de la entidad),
el cual deberá ser revisado por la Unidad de Cumplimiento cuando sea una coincidencia
con el 100% de exactitud. Dichas listas deberán ser actualizadas permanentemente.
2.1.3.3. Políticas al conocimiento de los administradores y empleados del
marco legal vigente.
La Cooperativa implementará procedimientos para la difusión del presente manual, el
código de ética y el conocimiento que deben tener los administradores y empleados
sobre Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación de Lavado de Activos y
Financiamiento de Delitos, su Reglamento General; el Código Orgánico Monetario y
Financiero; el Código Orgánico Integral Penal y las resoluciones que emita la Junta de
Política de Regulación Monetaria y Financiera.
2.1.3.4. Políticas para la aplicación de conozca a la contraparte Socio/Cliente.
Constituye en sí, el pilar fundamental dentro de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop
Catar Ltda., ya que la misma se crea con el objeto de fomentar el ahorro, la inversión y
por ende el desarrollo del mismo, razón por la cual las medidas para la prevención del
lavado de activos nos permitirán conocer al socio a profundidad, el origen de sus fondos,
y las transacciones objeto del mismo.
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Permite identificar el cliente actual, ocasional, permanente y potencial de manera en que
se obtenga datos como su profesión, actividades principales, negocios, así como las
relaciones tanto de las personas naturales como jurídicas.
Esto implica el conocimiento y verificación de los datos obtenidos al inicio de la relación
contractual, así como cuando se den cambios en su información, se realicen trámites
ocasionales o como cuando exista alguna incongruencia en la información que identifique
al socio.
Esta requerirá de la colaboración continua de los socios, así como el tratamiento
adecuado por parte de los trabajadores de la entidad distinguiéndose el respeto, buen
trato y calidad en el servicio factores fundamentales para el desarrollo y éxito de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda.
La obtención de estos datos nos permite realizar una comparación entre las actividades o
transacciones que realiza el socio frente a los ingresos que este percibe.
De esta manera la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop Catar Ltda., logrará minimizar
el riesgo de que sea utilizada como un canal para que sus socios legitimen fondos
obtenidos de actividades ilícitas.
La actualización de la información se realizará cada año por la persona o área que haya
sido designada en la institución, de preferencia esto lo realizara el Área de Información-
Atención al cliente.
Políticas de Debida Diligencia
Para esto la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop Catar Ltda., debe tomar en cuenta lo
que dictamina la Ley de prevención, detección y erradicación del delito de lavado de
activos y financiamiento del delito (2013):
No puede crear ni mantener cuentas anónimas cifradas ya que estas encubren la
verdadera identidad de su titular.
Se deberá evitar las relaciones comerciales con sociedades o empresas
extranjeras constituidas en el exterior por el anonimato que esa legislación puede
dar a sus dueños.
Mediante el establecimiento del perfil del cliente se debe realizar la respectiva
verificación de la información proporcionada en el formulario de inicio de la
relación contractual.
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En cuanto a las cuentas inactivas se realizará un seguimiento para que estas no
sean usadas como un medio para el lavado de activos.
En el caso de personas jurídicas la información que se obtendrá será más
profunda logrando un conocimiento completo tanto de los propietarios de las
acciones, su persona jurídica y más aún para quienes posean más del 25% del
capital suscrito o pagado en la empresa.
Si se determinan transacciones que no guardan relación con el perfil transaccional
y de comportamiento establecido, la Cooperativa., solicitará los justificativos
respectivos y si estos no son existentes o razonables serán reportados a la UAF.
Se debe monitorear permanentemente las transacciones de los socios para
determinar comportamientos inusuales.
Estas políticas estarán bajo la responsabilidad del Oficial de Cumplimiento de la
Cooperativa.
2.1.3.5 Políticas para la aplicación de conozca a la contraparte
Corresponsal
Es vital que la Cooperativa, una vez que tenga corresponsales o aliados estratégicos esta
reúna la información suficiente sobre su representado para así comprender en forma clara
mediante quien está prestando sus servicios logrando así no verse involucrado en el tema
del lavado de activos. Debemos entender que un corresponsal es un canal por medio del
cual la Cooperativa presta sus servicios, mismos que está bajo la entera responsabilidad de
la Cooperativa y requiere la debida autorización de la Superintendencia.
Políticas de debida diligencia
Pueden actuar como corresponsales tanto las personas naturales o jurídicas mediante
instalaciones ubicadas en el país que atiendan a la ciudadanía.
La Cooperativa, debe reunir suficiente información dentro de la cual tenemos: Debida
diligencia corresponsal o aliado estratégico:
Conocimiento de la actividad comercial de su corresponsal nacional.
Obtención del permiso de funcionamiento, firmas autorizadas, estados financieros
auditados, calificación de la entidad realizada por empresas de reconocido prestigio,
servicios y productos que ofrece, así como la calidad de su supervisión,
conocimiento de los controles implementados para detectar transacciones de lavado
de activos y financiamiento de delito.
Obtener información sobre la gestión anual y conocimiento de sus relaciones en el
mercado.
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2.1.3.6 Políticas para la aplicación de conozca al Empleado/ Administrador.
Un factor importante que contribuye a la prevención de este delito es el conocimiento
adecuado de sus colaboradores y directivos para que los mismos se integren a la
Cooperativa, siempre y cuando tengan el perfil idóneo, ético, moral, así como los
conocimientos, capacidad y sobretodo honorabilidad y honestidad en el desarrollo de sus
funciones.
Políticas de debida diligencia
Estas serán ejecutadas por el área de recursos humanos quien debe solicitar,
revisar, y actualizar en forma continua la información de sus colaboradores para
de darse el caso identificar algún aspecto que se relacione con el lavado de
activos.
Las mismas se aplicarán tanto a los trabajadores antiguos de la entidad como a
los que se incorporen en forma reciente, su principal objetivo es que sus
colaboradores no sean utilizados como un medio para el cometimiento del delito,
así como que no ingresen a la Cooperativa con ese fin.
El área de recursos humanos, debe realizar análisis periódicos con el fin de
determinar cambios en el estilo de vida y comportamiento de sus ejecutivos,
funcionarios y empleados, verificando que estos tengan un nivel de vida acorde a
sus ingresos habituales y no muestren comportamientos sospechosos, de darse el
caso el Oficial de Cumplimiento emitirá el reporte a la UAF. Para esto la entidad
en forma previa al inicio de la relación de dependencia, de forma anual y cuando
realicen actualizaciones requerirán la siguiente información:
a) Nombres, apellidos completos y estado civil;
b) Dirección domiciliaria, número telefónico y dirección de correo electrónico;
c) Copia del documento de identidad: cédula de identidad o pasaporte
vigente para el caso de extranjeros.
d) Original del record policial al momento de la vinculación;
e) Hoja de vida.
f) Referencias personales y laborales, de ser el caso.
g) Copia de un recibo de cualquiera de los servicios básicos;
h) Declaración de origen lícito de recursos;
i) Declaración de no haber sido enjuiciado y condenado por el cometimiento
de actividades ilícitas.
j) Declaración anual de la situación financiera: total y detalle de activos
y pasivos;
k) Fecha de ingreso a la entidad; y,
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l) Perfil del cargo y perfil de competencias. Nota. Resolución JB-2012-2146, (p. 18)
2.1.3.7 Políticas para la aplicación de conozca a la contraparte Proveedor u
Contratista
Implica el conocimiento de las personas o empresas a las cuales la Cooperativa,
adquiere diferentes suministros, materiales, equipos, muebles o herramientas.
Permite un conocimiento amplio de que las transacciones que se realicen sean con
empresas cuyos productos no estén relacionados con el lavado de activos.
Es importante ya que siempre a más de buscar calidad se trata de optimizar los
costos, por lo que en la búsqueda de proveedores con estas características
podemos encontrar proveedores con mejores alternativas, pero producto del origen
ilícito de los fondos.
Dándose así la importancia de que se tenga un conocimiento oportuno de las
relaciones comerciales que la Cooperativa maneja.
Políticas de debida diligencia
Todos los documentos formarán parte del historial de los proveedores y serán
archivados para los análisis correspondientes, de darse el caso se actualizarán sus
datos como mínimo una vez al año.
El Gerente de la Cooperativa, será el encargado de aprobar al proveedor previo
análisis y la respectiva aprobación del Consejo de Administración. El encargado de
emitir las órdenes de compra será el área de Contabilidad previa autorización.
De darse el caso que se solicite servicios se solicitará la hoja de vida, copia de su
cédula de identidad, y la respectiva factura por parte de esta.
Para la selección del proveedor se solicitarán tres ofertas como mínimo. La
Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., solicitará al nuevo proveedor que
llene el formulario de Conozca su Proveedor mismo que permitirá la obtención de
datos importantes que serán validados.
Para esto la Cooperativa solicitará la siguiente información:
Presentación de la Empresa: Giro del negocio, direcciones, teléfonos
Copia del RUC, cédula, pasaporte, y papeleta de votación
Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias
Certificación bancaria / estado de cuenta
Copia de la Cédula del Representante Legal
Catálogo de productos y/o servicios ofrecidos con sus precios
Políticas de Formas de Pago y Tiempos de Entrega
Referencias Comerciales de preferencia entidades financieras.
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Declaración Juramentada (En caso que el proveedor declare que es una Persona
Políticamente Expuesta se pasará al Oficial de Cumplimiento para la
aplicación de la debida diligencia ampliada y autorización respectiva).
2.1.3.8 Política para la aplicación de conozca a su mercado.
El Conocimiento del Mercado es importante ya que se determina en que mercado está
operando la entidad y en qué mercado opera el cliente, de esta manera la Cooperativa,
puede conocer cuáles son los productos y servicios que tienen mayor aceptación, así como
de forma conjunta la entidad solidifica los procedimientos en cuanto al lavado de activos
enfocándose en las necesidades de sus socios y el uso de sus productos. Ya que si se
conoce el mercado donde opera el cliente se pueden identificar y detectar transacciones
inusuales a tiempo.
Se pueden utilizar bases de datos que permitan la detección de transacciones inusuales,
que no estén dentro de las características establecidas para darle un tratamiento oportuno a
las mismas.
En si se busca el diseño de señales alerta que permitan la comparación con las
características habituales del mercado permitiendo detectar transacciones inusuales.
Para el cumplimiento de esta política la Cooperativa, deberá obtener la siguiente
información:
Cuadro Nº2: Debida diligencia para el mercado
Definición y segmentación de las actividades principales a las que se dedican
sus socios y los sectores económicos en los que se desenvuelven.
Identificación de las industrias o sectores económicos sobre las cuales se ha
identificado con mayor frecuencia tipologías de lavado de activos y
financiamiento de delitos.
Definición de factores como ingresos, actividad económica, ubicación
geográfica productos que usan, montos, y frecuencia de sus transacciones
por parte de sus socios Nota. Resolución JB-2012-2146, (p.19)
Para esto se desarrolló la matriz de riesgos más adelante especificada en este documento,
donde se determinada lo antes establecido, con el objetivo de determinar el riesgo que
implica la relación contractual con un determinado socio y de esta manera determinar si el
comportamiento que el socio tiene esta acorde al que la Cooperativa espera.
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2.1.3.9 Política para la aplicación de la debida diligencia y procedimiento de
conozca a su contraparte.
Para esto la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop Catar Ltda., deberá cumplir con lo que
dictamina la ley dentro de lo cual su primer punto es el adoptar un formulario de inicio de
relación comercial, en el que constaran los siguientes datos:
Personas naturales, sociedades de hecho y cuentas en participación
Nombres y apellidos completos, si fuera el caso de sus apoderados
Número de identificación: cédula de ciudadanía, cédula de identidad o pasaportes
vigentes.
Lugar y fecha de nacimiento
Nombres y apellidos del cónyuge junto con su número de identificación de ser el
caso.
Dirección y número de teléfono del domicilio, dirección del correo electrónico, de ser
el caso, si el cliente reside en el exterior, se establecerá el lugar país y lugar de
residencia.
Actividad económica principal y detalle de ingresos que provengan de la misma. Si
su actividad principal es dependiente que cargo ocupa.
Detalle de ingresos diferentes a los originados en la actividad económica principal.
Información financiera que incluya el valor de los ingresos y egresos mensuales,
patrimonio y origen de los recursos empleados de las operaciones.
Nombre, dirección, número de teléfono, correo electrónico de la empresa, oficina o
negocio donde trabaja, de ser aplicable.
Si el cliente depende económicamente de un tercero, deberá suministrar los datos de
la persona de quien provienen los recursos utilizados.
Referencias personales, y/o bancarias, y/o comerciales.
Declaración de origen lícito de fondos
Firma y número del documento de identificación del solicitante
Firma del trabajador que recepta la información
Para realizar la respectiva comprobación de la información la Cooperativa, requerirá
de la presentación de los siguientes documentos:
Original y copia de la cédula de identidad y papeleta de votación a B/N y cédula de
ciudadanía, visa o pasaporte en caso de extranjeros.
Copia de la última la planilla de servicios básicos (agua, luz, teléfono).
Declaración del origen lícito de fondos de ser el caso.
Documentos de constancia de revisión interna en la lista del CONSEP, PEP, OFAC y
otras que están a libre disposición de la entidad siempre y cuando estas sean
fuentes fidedignas y actualizadas a las que tuviere acceso. -Formulario de inicio de
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la relación contractual-Vinculación con el Cliente (Ver Formulario Perfil Conozca a su
cliente Persona Natural).
En caso de menores de edad los documentos antes señalados serán los de su
representante legal, más la cédula de identidad o pasaporte del menor.
Personas jurídicas:
Solicitar razón social o denominación de la persona jurídica
Registro Único de Contribuyentes (RUC)
Objeto social y actividad económica
Dirección y número de teléfono de la oficina principal, sucursales y agencias, de ser el
caso; y la dirección de correo electrónico.
Nombre y apellidos completos, número de identificación, dirección de domicilio y
número de teléfono de su representante legal y apoderados, junto con una copia
certificada de su nombramiento.
Nomina actualizada de socios y accionistas, en la que consten los montos de las
acciones o participaciones, obtenida por el cliente en el órgano de control competente,
Certificado de cumplimiento de obligaciones otorgado por el órgano de control
competente, de ser el caso.
Estados Financieros, mínimos de un año atrás.
Confirmación del pago del impuesto a la renta del año inmediato anterior o constancia
de la información publicada por el Servicio de Rentas Internas a través de la página web
de ser aplicable.
Declaración de origen licito de recursos;
Firma y número del documento de identificación del solicitante.
Firma del trabajador que recepta la información.
Para realizar la respectiva comprobación de la información la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., requerirá de la presentación de
los siguientes documentos:
Copia del RUC, la escritura de constitución y sus reformas de existir.
Nómina actualizada de socios o accionistas en la que consten los montos de
acciones, participaciones.
Copia certificada del nombramiento del representante legal o apoderado.
Copia del documento de identificación de otras personas que se encuentren autorizadas
a representar a la empresa; de ser aplicable.
Estados financieros auditados, mínimo del año anterior.
Certificado de pago del impuesto a la renta del año inmediato anterior.
Copia de la última la planilla de servicios básicos (agua, luz, teléfono).
Documentos de constancia de revisión interna en la lista del CONSEP, PEP, OFAC y
otras que están a libre disposición de la entidad siempre y cuando estas sean fuentes
fidedignas y actualizadas a las que tuviere acceso.
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Formulario de inicio de la relación contractual-Vinculación con el Cliente (Ver Formulario
Perfil Conozca a su cliente Persona Jurídica)
La Cooperativa, deberá obtener la siguiente información de manera adicional de darse
el caso, cuando exista el beneficiario final: “Nombres y apellidos completos o razón
social del cliente, género, nacionalidad, cédula de identidad o ciudadanía, o pasaporte
para el caso de los extranjeros.” (UAF, 2012, p 5).
En el momento de realizar una transacción la Cooperativa debe recopilar la siguiente información: valor, fecha, y moneda de la operación o transacción económica realizada. (UAF, 2012).
Formulario de vinculación con el cliente
1. Constituye un documento mediante el cual la Cooperativa recopila información básica
del socio ya sea una persona natural o jurídica. Dentro de este se obtienen datos
completos como son información personal, relativa a su profesión, sus ingresos así como
referencias personales.
2. La Cooperativa de Ahorro y Crédito COOP CATAR Ltda., deberá confirmar la
información consignada en el formulario de inicio de la relación contractual.
Para esto los datos pueden ser verificados y comparados con alguna de las siguientes
fuentes:
Cuadro Nº3: Fuentes de confirmación de la información
PROCEDIMIENTO FUENTE
Verificación de
información
personal
Constatación de la información referente a su ocupación,
domicilio, teléfonos mediante llamadas telefónicas u
entrevistas con personas que mantienen vínculo, así
como la comparación cartas de los servicios básicos.
Verificación de
bases de datos
Constatación de que el socio no se encuentre en listas
negras como: La lista de la OFAC de Estados Unidos y la
lista de PEPS, la lista del CONSEP, o el listado de
Terroristas del Consejo de Seguridad de las Naciones
Unidas.
Mediante la verificación en estas listas la Cooperativa, minimizará el riesgo de que sus
socios estén o hayan estado involucrados en estas actividades evitando sanciones, así
como protegiendo a la cooperativa, adicionalmente se debe prestar atención a las noticias
tanto nacionales e internacionales respecto al tema siendo un aporte para el ente los
aportes o investigaciones sobre el tema.
3. La Cooperativa exigirá a sus clientes llenar el formulario de licitud de fondos en todos
aquellos depósitos individuales que igualen o superen los cinco mil dólares (US$
5.000.00) en efectivo o su equivalente en otras monedas.
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2.1.3.10 Políticas para análisis transaccional, definición de niveles, factores y
criterios de riesgos de las contrapartes.
La Cooperativa, brinda diferentes productos y servicios promoviendo el ahorro, la inversión y
el desarrollo de sus socios; razón por la cual es vital que la Cooperativa establezca
procedimientos de control con respecto al lavado de activos así las actividades se
desarrollaran de la menor manera.
Para esto tenemos una serie de productos para los cuales se establecerán procedimientos
como son:
1. SERVICIO AL CLIENTE
Apertura de Cuentas de Ahorro
2. CAJA
Depósitos en efectivo Depósitos en cheques Retiros de ahorros a la vista
3. INVERSIONES
Depósitos a Plazo Fijo
Renovación del Depósito a Plazo Fijo
Retiro del Depósito a Plazo Fijo
4. CRÉDITOS
Créditos
Seguimiento y recuperación de cartera
Cancelación del crédito
Para esto se mostrará de cada uno un solo procedimiento los demás procedimientos de las
diferentes operaciones serán detallados en los Cuadro de procesos.
SERVICIO AL CLIENTE
Es una de las áreas más importantes dentro de la Cooperativa, ya que, mediante esta, se
da el proceso de interacción con los clientes constituyéndose así su primera imagen y dando
a conocer sus productos, servicios y más.
CAJA
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Es un área sumamente importante ya que por medio de la misma se logra la efectivización
de la mayoría de las transacciones debido a que a través de ella se realiza la captación y
desembolso de dinero, para esto es muy necesario el establecimiento de procedimientos de
control sobre los productos que lo conforman con el fin de brindar un excelente servicio con
un alto grado de seguridad.
Esta área guarda estrecha relación con la función que realiza el Oficial de Cumplimiento
razón por la cual de existir aspectos fuera de lo común en el día, es necesario que el
personal de ventanilla comunique de manera inmediata al oficial de cumplimiento.
Para este procedimiento se necesitará la aplicación del Formulario de Reporte Interno de
transacciones inusuales e injustificadas o en el caso de haber superado el monto límite de la
institución se aplicará el Formulario de declaración de licitud de fondos.
OPERACIONES DE CAJA
De encontrarse transacciones que sean consideradas como sospechosas, inusuales o
injustificadas estas se reportarán al Oficial de Cumplimiento siguiendo estos parámetros:
Cuadro 4: Procedimientos específicos sugeridos para las operaciones de caja
Nº Actividades Responsable
1
Ingreso del socio a la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Coop. CATAR Ltda.,
Información
Atención al cliente
2
El socio solicita efectivizar ya sea un depósito, retiro, o un
giro.
Recibidor/
pagador
3
Se detecta una operación sospechosa o injustificada
Recibidor/
pagador
4 Se da específicamente cuando se sobrepasa el monto
establecido, no se llena el formulario ni facilita
información.
Socio
5
Se reporta esta mediante el Formulario de Reporte Interno
de transacciones Inusuales e Injustificadas
Recibidor/
pagador
6
Se comunica el procedimiento al Oficial de Cumplimiento,
adjuntando el formulario.
Recibidor/
pagador
7
Análisis de la situación reportada.
Oficial de
Cumplimiento
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8
El socio puede efectivizar la transacción, o se cancela
la misma dependiendo del resultado del análisis.
Oficial de
Cumplimiento/
Recibidor-
Pagador
9
Se informa a los directivos mediante un informe y a la
UAF, mediante la elaboración de un Reporte de
Operaciones Inusuales o Injustificadas.
Oficial de
Cumplimiento
Debida Diligencia para las operaciones del Área de caja
1. El cajero ingresará los documentos del socio en el sistema para realizar la transacción
solicitada (depósito, retiro, o giro). Una vez ingresado al sistema este automáticamente
emitirá una señal de alerta en caso de transacciones iguales o superiores a los $5000
dólares, por lo que se revisará que tenga el Formulario de declaración de licitud de fondos.
2. Se entregará el formulario impreso y se solicitará al socio que llene el formulario, en este
deben constar las respectivas firmas tanto del socio-cliente y del cajero.
3. Terminado el proceso el cajero continuará con la transacción solicitada por el socio, en el
caso de que el socio se niegue a firmar dicho formulario el empleado estará en la obligación
de no procesar la operación solicitada y dar a conocer inmediatamente a su superior sobre
dicho particular.
4. De negarse a llenar el mismo y no colaborar con información, así como contar en las
listas negras o sindicadas, el cajero llenará el formulario de reporte interno de transacciones
inusuales o injustificadas que maneja la entidad y lo entregará al Oficial de Cumplimiento
quien analizará el mismo y determinará si la transacción se efectiviza o se cancela.
5. Si el procedimiento se cancela definitivamente la entidad deberá reportar esta transacción
mediante el Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas a la UAF, así como a los
Directivos de la Cooperativa.
6. El cajero archivará el formulario.
Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas
Dentro de las funciones y obligaciones que desempeña el Oficial de Cumplimiento se
encuentra el Reporte de las Operaciones Inusuales e Injustificadas.
Este consiste en reportar las transacciones cuyos movimientos económicos ya sean
realizados por personas naturales o jurídicas no guarden correspondencia con el perfil que
el socio ha mantenido y estos no presenten los respectivos justificativos, se considerará
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como una señal alerta la existencia de poca colaboración por parte del socio en cuanto a los
justificativos de la procedencia de su dinero y su respectiva declaración (UAF- 2012).
Para esto el Oficial de Cumplimiento tiene la obligación de solicitar justificativos y
analizarlos, y de ser necesario reportarlos de manera oportuna a la Unidad de Análisis
Financiero.
Cuadro N° 5: Procedimientos específicos sugeridos para reportar operaciones
inusuales e injustificadas.
Nº Actividades Responsable
1
Análisis continuo de las transacciones y operaciones
Efectuadas en la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Coop. CATAR Ltda., de forma frecuente.
Empleados de la
Cooperativa
2
Detección de una posible operación sospechosa o
injustificada.
Empleados de la
Cooperativa 3 Se comunica al Oficial de Cumplimiento Empleados de la
Cooperativa
4 Se realiza el análisis del cliente y la operación,
solicitando los respectivos justificativos.
Oficial de
Cumplimiento
5
Se detecta la Operación Inusual e Injustificada
Oficial de
Cumplimiento
6
De detectarse se emite un informe a la Gerencia, de no
darse de igual manera se deja constancia del análisis
mediante un informe a Gerencia.
Oficial de
Cumplimiento
7
Elaboración del Reporte de Transacciones Inusuales e
Injustificadas
Oficial de
Cumplimiento
8 Presentación del Reporte a la Unidad de Análisis financiero Oficial de
Cumplimiento
Debida Diligencia para el Reporte de Transacciones Inusuales e
Injustificadas
1. Las Operaciones Inusuales e Injustificadas que sean detectadas dentro de
l a Cooperativa, serán reportadas en forma oportuna al Oficial de Cumplimiento.
2. Todas las Operaciones Inusuales e Injustificadas deberán ser registradas de
manera oportuna con sustentos y los respectivos responsables.
3. El Oficial de Cumplimiento será quien realizará el respectivo análisis de la
operación reportada para lo cual realizará comparaciones con el comportamiento y
transacciones anteriores, definirá señales alerta y será su decisión solicitar más
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información y elaborar el Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas para
ser presentado a la UAF de manera oportuna.
4. Debe mantenerse estricta confidencialidad sobre el socio o cliente que está
siendo sujeto de análisis sobre los procedimientos que se realizan.
5. El Oficial de Cumplimiento debe elaborar su reporte de acuerdo a los parámetros
que marca la ley o instructivos por lo que se señala que el mismo debe contener la
siguiente información:
Realizar una breve Descripción: Indicar si el sujeto obligado ha recibido de las
personas involucradas, alguna explicación o justificación, sea verbal o escrita,
respecto de la operación o transacción económica inusual e injustificada.
Especificar la operación o Transacción económica inusual e injustificada:
Indicar si la operación o transacción económica inusual e injustificada es un
evento aislado o se relaciona con otras operaciones o transacciones
reportadas previamente y/o con otros clientes del sujeto obligado que reporta.
Describir cronológicamente l o s h echos, de manera organizada: Señalar
las tipologías e indicadores aplicables al caso, de conformidad con los
criterios técnicos del Grupo Egmont y del Grupo de Acción Financiera de
Sudamérica (GAFISUD).
Explicar la forma en que se relacionan las personas que intervienen en
la operación o transacción económica: Indicar las señales de alerta aplicables
al caso.
Mencionar las características de la operación o transacción, o de los
criterios por los cuales se la calificó como inusual e injustificada: No omitir
ninguna información que conozca respecto de la operación o transacción.
6. Los reportes deberán contener como mínimo la siguiente información de manera
obligatoria:
Socios: Nombres y apellidos completos, género, nacionalidad, y cédula de
identidad o pasaporte para el caso de extranjeros.
Los beneficiarios finales: Nombres y apellidos completos o razón social, género,
nacionalidad, cédula de identidad o pasaporte para el caso de extranjeros.
Se incluirá valor, fecha y moneda en la que se realizó la operación o transacción
económica así como la ciudad y fecha de pago, de ser el caso.
Depósitos con cheques
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Cuadro Nº 5: Procedimientos específicos sugeridos para el depósito de ahorros
con cheques
Nº Actividades Responsable
1 Ingreso del socio a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop.
CATAR Ltda.,
Socio
2
El socio se acerca a la ventanilla con la papeleta, el cheque y
la libreta(opcional)
Socio
4
Revisión de la papeleta, así como del cheque, aplicación de
procedimientos de debida diligencia.
Recibidor/ Pagador
5
Montos iguales o mayores a $5000 dólares requerirán
formulario de licitud de fondos
Recibidor/ Pagador
7
Revisión de que la documentación este completa
Recibidor/ Pagador
8
Se efectiviza la transacción, e ingreso al sistema el detalle
de los cheques
Recibidor/ Pagador
9
En caso de que el socio presente la libreta de ahorro se
imprimirá en la misma la transacción, se sellará la papeleta
de depósito, el cheque e imprimirá la transacción junto con el
comprobante de depósito. De no tener la libreta del socio
este movimiento será registrado la próxima vez que el socio
realice una transacción.
Recibidor/ Pagador
10
Entrega del comprobante de depósito, y la libreta de ahorros
Recibidor/ Pagador
11
El cajero archivará el cheque
Recibidor/ Pagador
Debida diligencia en los depósitos mediante cheques
1. En la respectiva papeleta de depósito debe constar si el depósito se hace
mediante cheques, cuan tos serán depositados, de que institución financiera
provienen, así como en el reverso de la papeleta se deberá llenar el detalle de
cheques, indicando la institución financiera, Nº de cuenta, Nº de cheque y valor
mismos que son sujetos de verificación y si existe diferencia se deberá realizar el
débito correspondiente.
2. Para que la transacción se efectivice se debe presentar la cédula de ciudadanía el
pasaporte en caso de extranjeros, para la respectiva verificación de firmas.
3. Los cheques pueden girarse con dos expresiones como son: “no a la orden” lo que
significa que este no es endosable, transferible ni negociable por lo que de darse el
caso la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., solo se podrá
acreditar su valor si la cuenta perteneciente al beneficiario.
4. Si el cheque contiene la leyenda “a la orden de” se verificará que sea el titular de la
cuenta de ahorro y se efectivizará el depósito; de darse el caso que el cheque está
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endosado no se recibirán a menos que sean certificados y previa autorización
expresa de la gerencia general dependiendo de su monto.
5. Para realizar el respectivo deposito se debe verificar que el cheque cuente con los
fondos suficientes, que no existan alteraciones en el texto a simple vista, que no
conste las palabras páguese al portador, o haya inconformidad de firmas de ser así
el cheque será protestado o rechazado.
6. De darse el caso de tener un cheque cruzado verificar el texto del mismo y si señala
cheque cruzado y una entidad financiera especifica que no sea la Cooperativa de
Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., no podrá ser acreditado.
7. En el caso de recibir un cheque como depósito de una cuenta cerrada se
considerará como una operación inusual.
8. El cheque deberá contener la siguiente información: La denominación cheque, lugar
y fecha de emisión, nombre de la persona que lo cobrará o girado, valor, nombre
del girador, firma, tipo de cheque, al reverso el No. de la cuenta, nombres del girado
el No. de la Cédula de ciudadanía y firma, de darse el caso constará también el
endoso.
9. Se revisará que el Nº de cuenta que consta al reverso del cheque sea el mismo que
Está en la papeleta de depósito.
10. Se deberá revisar la fecha de emisión del cheque considerando su validez si es
girado en el país y pagadero en el país hasta veinte días desde su emisión. Si es
girado en el exterior y pagadero en Ecuador hasta un plazo de noventa días.
Depósitos a plazo fijo
El área de Inversiones es la encargada de receptar los Depósitos a Plazo Fijo; entendiendo
que los mismos constituyen contratos por medio de los cuales los clientes se comprometen
a mantener fondos sin disponer de ellos hasta su vencimiento, obteniendo así un beneficio
que se ve reflejado en intereses.
Por la función y responsabilidad que tiene esta área debe mantener procedimientos
especializados para el control del Lavado de Activos, por tal motivo es el responsable
directo de obtener información real y veraz de quienes deseen obtener algún servicio o
producto de esta área.
Deberá tener especial cuidado con los socios que realicen inversiones de valores altos que
igualen o superen el umbral de 5.000 USD, para proceder al respectivo reporte mensual a
las autoridades competentes.
Cuadro Nº 6: Procedimientos específicos sugeridos para realizar un
depósito a plazo fijo
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Nº Actividades Responsable
1
Ingreso del socio a la institución, personal
de información direcciona al posible
inversionista.
Información
Atención al cliente
2
El oficial de negocios da información sobre
tasas de interés, montos, modalidad del
contrato, beneficios y requisitos.
Captaciones
Oficial de negocios
3
Socio analiza y obtiene más información del
Depósito de Plazo Fijo que más le interese.
Socio
4
Socio toma la decisión de optar o no por realizar
su Depósito a Plazo Fijo en la Cooperativa.
Socio
5
El oficial de negocios da información sobre tasas
de interés, montos, modalidad del contrato,
beneficios y requisitos.
Captaciones
Oficial de negocios
6
Se procede a verificar que el socio no se
encuentre en las lista de sindicados, se solicitará
los respectivos respaldos para sustentar el origen
de los fondos, y se llenará el formulario de
declaración de licitud de fondos en montos
mayores o iguales a $5ooo dólares.
Captaciones
Oficial de negocios
7
De existir cumplimento de los procedimientos el
Oficial de negocios recibe documentos y
procesa el contrato a plazo fijo con la tasa y
tiempo pactado.
Captaciones
Oficial de negocios
8
Socio deposita el dinero en caja y obtiene el
comprobante de depósito.
9
Recibimiento de documentos y procesa el
contrato a plazo fijo con la tasa y tiempo pactado.
Captaciones
Oficial de negocios
10 Impresión y firma del contrato, y formulario de
licitud de fondos en caso de montos mayores a
$5000 dólares.
Captaciones
Oficial de negocios
11
Revisión del cumplimiento de los procesos para
la suscripción del contrato, autorización y firma.
Gerencia
12
Entrega del contrato al socio.
Captaciones
Oficial de negocios
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13
Archivo de documentación.
Captaciones
Oficial de negocios
14
Revisión de reporte de depósito a plazo fijo a
vencer.
Captaciones
Oficial de negocios
15
Realización de llamadas telefónica recordando al
cliente la fecha de vencimiento o decisión de
renovación o cancelación.
Captaciones
Oficial de negocios
16
A la fecha de vencimiento socio decide
renovar o cancelar el depósito a plazo fijo.
Socio
Debida Diligencia para la realización de un depósito a plazo fijo
1. Pueden realizar Depósitos a Plazo Fijo todas las personas que sean socios de la
Cooperativa, cuyo dinero sea de procedencia lícita.
2. El encargado del área de Inversiones proporcionará información al socio sobre el
producto, montos de inversión, plazos, tasas de interés, valor de interés a ganar y
forma de pago de interés.
3. Antes de cerrar una negociación, el encargado del área deberá verificar y asegurarse
de que no está tratando con una persona sospechosa de realizar actividades
ilícitas, para ello deberá corroborar la información obtenida con la base de
personas sindicadas que se encuentran registradas en las diferentes fuentes
fidedignas como: Lista CONSEP, lista PEP, y lista OFAC.
4. Se debe analizar la existencia de pre cancelaciones de inversiones de socio en
forma frecuente y más aún si estas sirvieron para cancelar operaciones de crédito.
5. En caso de que el monto sea igual o supere a los 5.000 USD. Deberá
llenarse el Formulario de declaración de licitud de fondos.
6. Los depósitos deben acreditar su origen lícito para lo cual:
Cuadro Nº 7: Documentos a solicitar para respaldar el origen licito de los fondos
Depósitos provenientes de otras
instituciones financieras
(transferencias bancarias)
Se solicitará información y documentación que lo
respalde, el tiempo que se mantuvo el dinero en
dicha institución y si, la institución previa a la
nuestra realizó el proceso de debida diligencia.
Inversiones que provengan de una
transferencia del exterior
Se solicitará documentos que respalden tal
transferencia.
Compra- venta-herencias Estos pueden ser documentos como contrato de
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compra y venta de bienes, contratos de arriendo, o
copias de ahorros en cuentas para corroborar los
Ingresos promedio del socio, el ruc, facturas, roles
de pago entre otros.
7. Cada fin de mes reportarán al oficial de cumplimiento los certificados que en el mes se
cancelaron (retiro total del dinero) y los que se aperturaron como nuevos en el mes del
reporte esto lo realizará el Oficial de negocios.
8. Si no se puede establecer el origen de los fondos se deberá reportar a la UAF como una
Operación Injustificada.
Crédito
La Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., otorga créditos conforme la
actividad y perfil de los socios, el destino y la fuente de repago en las siguientes
categorías:
Créditos de consumo
Créditos de microempresas
Cuadro Nº 8: Procedimientos específicos sugeridos para realizar un crédito
Nº Actividades Responsable
1 Ingreso del socio a Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop.
CATAR Ltda.,
Socio
2
El socio recibe información general sobre las condiciones
y requisitos de crédito en forma verbal y escrita
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
3
Verificación en el sistema si es socio o no
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
4
Apertura de la Cuenta de Ahorros seguir proceso Conozca su
cliente-socio.
Información
Atención al cliente
5
Se verificará que el socio no se encuentre en la lista de
Sindicados.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
6 Cumplimiento de parámetros. Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
7
Entrevista preliminar.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
8 Socio/a autoriza la consulta en el buró de crédito Socio
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9
El asesor de crédito revisa en el buró de crédito
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
10
Precalificación como sujeto de crédito
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
11 Solicitud de documentos y requisitos específicos de acuerdo
al monto de crédito requerido
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
12
Revisión de los documentos y requisitos tanto del
solicitante, garante y cónyuges.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
13
Se llena la solicitud de crédito y actualiza datos personales en
el Sistema.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
14
Realización de la Inspección del negocio y/o fuente de
ingreso, verificación de bienes, determinación de ingresos,
gastos, comportamiento.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
15
Evaluación de la capacidad de pago del solicitante.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
16
Emisión de la evaluación financiera y realiza reajustes
de acuerdo al resultado de la evaluación (capacidad de
pago, nivel de endeudamiento, patrimonio).
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
17
Realización de comentarios y recomendaciones finales para el
comité de crédito.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
18 Sustentación de solicitud de crédito al comité de crédito. Comité de Crédito
19 Análisis y revisión de documentos. Comité de Crédito
20 El comité de crédito resuelve condiciones y monto de crédito. Comité de Crédito
21
El comité de créditos aprueba y firma actas de crédito.
Comité de Crédito
22
Se comunica al socio/a para el desembolso del crédito.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
23
Se arma la respectiva carpeta para la revisión en la Gerencia.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
24
Gerencia revisa, aprueba y autoriza la entrega del crédito.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
25
Se procede a la liquidación del crédito.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
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Se procede a la capacitación del manejo del crédito, realiza,
imprime documentos habilitantes autorización de la
transferencia-encaje, pagaré, letras de cambio, tabla de
amortización, orden de pago, dación de pago y acuerdo de
pago, en montos iguales o superiores a $ 5000 dólares
firmar formulario de declaración de licitud de fondos.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
27
Recepción y verificación de firmas en los documentos
Impresos.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
28
Archiva Documento.
Crédito y Cobranzas
Oficial de crédito
29
Se realiza el desembolso del crédito.
Caja
Recibidor-pagador
Debida diligencia para realizar un crédito
1. La Cooperativa, contará con las siguientes herramientas de control para otorgar
créditos:
Cuadro Nº 9: Procedimientos para otorgar un crédito
Comité de crédito integrado por no menos
de 4 personas, quienes se encargarán de
aprobar los créditos solicitados por los socios
Se verificará la capacidad de pago del
deudor, de los garantes y el origen del
dinero destinado a los pagos, así como la
naturaleza de la actividad del negocio.
Carpetas de crédito para cada prestatario
que mantenga información y
requerimientos establecidos en el
reglamento de crédito. Mismos que se
mantendrán actualizados
Se prohíbe entregar créditos a personas
que están vinculadas con actividades
delictivas o presenten antecedentes
penales hasta el primer grado de
consanguineidad.
Se establecerá montos de créditos a partir
de los cuales se exigirá garantías reales
registrables, establecidas en reglamento de
crédito.
Reglamento de crédito
Análisis de comportamiento del cliente
conozca su cliente.
Los mecanismos adecuados de control que le permitan optimizar el control en esta área
son los siguientes:
1. El empleado verificará si el solicitante no se encuentra en la lista de sindicados antes
de proceder al trámite de crédito, de encontrarse en este listado, abstenerse de
iniciar la relación con el socio.
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2. Para las dos líneas de crédito el procedimiento será el mismo.
3. El empleado receptará y solicitará la documentación necesaria para cada crédito.
4. El empleado verificará y comprobará la autenticidad de los documentos
presentados.
5. Se procederá a completar la Solicitud crédito.
6. Se realizará llamadas telefónicas al socio, con las cuales se confirmará los datos
proporcionados. Si el teléfono se encuentra desconectado o si no se responde la
llamada, amerita investigación.
7. En caso de duda se visitará al socio con el propósito de verificar los datos
proporcionados. El empleado corroborará la información al realizar la inspección al
domicilio del deudor y de ser necesario al garante.
8. El empleado realizará el análisis de la situación socioeconómica del socio solicitante.
Y la compara con los datos ingresados en la base de datos del sistema, si existe
algún cambio que se confirma en la inspección procederá a actualizar los datos.
9. El requerimiento del crédito será analizado por el Comité de crédito de la
institución, mismo que aprobará o rechazará el crédito.
10. Una vez aprobado el crédito por la instancia respectiva, se procederá a liquidar
el crédito en el sistema operativo, el mismo que contemplará la acreditación del
monto en la cuenta de ahorros del socio y la impresión de la orden de pago, tabla de
amortización y el pagaré. Posteriormente el empleado archiva la documentación
de respaldo y liquidación en la carpeta respectiva del socio.
En el documento de orden de pago existirá una cláusula donde el socio declara que
los fondos se usaran en actividades licitas.
11. Si el trámite de crédito se realiza fuera de su lugar de residencia u origen,
preguntar el porqué del trámite en esa localidad porque puede ser una señal de
alerta.
12. Con los datos del desembolso del crédito se debe llenar el Formulario de
d e c l a r a c i ó n d e licitud de fondos en montos mayores o iguales a $5000 dólares,
se debe obtener la firma del socio y continuar el trámite de acuerdo a los
procedimientos establecidos.
2.1.3.11 Políticas para la aplicación de los requerimientos del organismo
de control, auditoria interna y externa.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito COOP. CATAR Ltda., debe implementar todo lo
referente a la prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos ya que es su
responsabilidad.
Este trabajo requerirá de una evaluación por parte de auditoría interna de la
cooperativa, al no contar con Auditoría Interna esta función la llevará a cabo una
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Auditoría Externa quienes se guiarán de los procedimientos ya implementados y
aprobados por la máxima autoridad de la entidad.
Dentro del ejercicio de sus funciones los auditores deberán:
Cuadro Nº 10: Auditoría
N
o
t
a
.
Resolución JB-2012-2146, (p.32)
2.1.3.12. Política para la reserva, confidencialidad y administración de la
información.
La Cooperativa hará reserva de la información reportada a la UAFE, o a las diferentes
entidades de control, y de información sobre operaciones inusuales, situaciones de alerta y
Funciones. -Los auditores internos y externos están obligados a verificar
que las instituciones del sistema financiero cumplan estrictamente con lo
dispuesto en las resoluciones y la ley.
Toda la información se entregará tanto a los directores y administradores
de la entidad como a la Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria.
Informes:
Los informes que se emitan
serán anuales.
Se deben remitir a la
Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria.
Estos contarán con un capítulo
especial referido a la prevención
de lavado de activos y al
financiamiento de delitos.
En este se detallará las
evaluaciones efectuadas a las
gestiones realizadas por el
directorio u organismo que haga
sus veces, por el comité de
cumplimiento, por el oficial de
cumplimiento y por cualquier
otro funcionario.
Todos los informes
sustentarán:
El nivel de cumplimiento de
las políticas y procedimientos de
prevención.
Una evaluación sobre la aplicación
de la calidad de la información
de sus clientes, establecimiento de
perfiles transaccionales y de
comportamiento, detección de
transacciones inusuales y de reportes
de las transacciones inusuales e
injustificadas.
El informe de los auditores externos además contendrá un
detalle sobre la evaluación a la gestión del auditor interno
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demás información sobre el control y prevención de lavado de activos y financiamiento del
terrorismo.
Todos los colaboradores de la cooperativa sin excepción alguna, están prohibidos de
entregar cualquier tipo de información sobre clientes/ socios a terceras personas no
autorizadas para el efecto.
Toda la información sobre transacciones que podrían ser catalogadas como inusuales
efectuadas dentro de la Cooperativa y reportadas al oficial de cumplimiento se consideraran
como RESTRINGIDA, y no podrá ser revelada a ningún colaborador salvo autorización del
oficial de cumplimiento.
La cooperativa administrara la información obtenida de la aplicación de esta resolución
bajo el principio de confidencialidad, reserva e integridad de la información.
2.1.3.13 Políticas para la utilización de herramientas tecnológicas
Para facilitar la labor de prevención del lavado de activos, la Cooperativa implantará niveles
de desarrollo tecnológico que aseguren la mayor cobertura y alcance de sus mecanismos de
control y permitan hacer un cubrimiento de operaciones realizadas en toda la Cooperativa
con el fin de consolidar y archivar la información.
La Cooperativa gestionará la adquisición de un sistema que cuente con procesos
automáticos, que asegure el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos y
permitan detectar si una transacción cumplen las características de inusualidades.
2.1.3.14 Política previa a la difusión y lanzamiento de nuevos productos y
servicios.
El oficial de Cumplimiento deberá recomendar medidas de control previo a la difusión y
lanzamiento de nuevos productos y servicios que realice la entidad, los mismos que serán
incluidos en el informe de actividades de la Unidad de Cumplimiento;
2.1.3.15 Políticas para las capacitaciones al personal de la institución
El Área de Cumplimiento deberá establecer un Plan de capacitación, el cual estará orientado
a difundir, impulsar y actualizar permanentemente una cultura de prevención de LAFT para
la protección de los intereses individuales de cada Directivo, socio y empleado.
El contenido de instrucción de los programas deberá tomar en cuenta
mínimamente, las políticas conoce a tu socio, empleado, las disposiciones legales
vigentes y los procesos de control actuales.
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Todas las capacitaciones de inducción incluirán un material específico sobre nociones
básicas en Prevención de lavado de activos y financiamiento de delitos.
Las evaluaciones sobre la instrucción impartida se podrán desarrollar durante el mes
después de realizada la capacitación, estas podrán ser de modalidad escrita, casos, orales,
o de selección múltiple. Los resultados de las evaluaciones serán de conocimiento del
gerente general, jefe de Talento humano y Comité de Cumplimiento.
2.1.3.16 Políticas de las prohibiciones de la Cooperativa.
Políticas para no aceptar a un cliente:
Incumplimiento de los requisitos previamente establecidos:
Transacciones con personas naturales o jurídicas que hayan sido consideradas
en las listas negras respecto al tema tomando en cuenta la que publica el
CONSEP en nuestro país y a nivel internacional la OFAC oficina de control de
activos extranjeros, GAFI u otros medios a los que la Cooperativa, tenga acceso.
Se evitará mantener relaciones con empresas constituidas en paraísos fiscales,
así como aquellas cuya constitución favorezca el anonimato de sus dueños,
accionistas o beneficiarios finales incluyendo sociedades anónimas cuyas
acciones se emitan al portador (UAF,2013, Ley de prevención, detección y
erradicación del delito de lavado de activos).
2.1.3.17 Política para el monitoreo de la contraparte
El Oficial de Cumplimiento debe observar variaciones de importancia mediante las
señales de alerta, realizar el estudio del caso, documentar y determinar las acciones a
seguir, de ser necesario se realizará el reporte como operación sospechosa.
Estos clientes serán incluidos dentro de un informe del Oficial de Cumplimiento al Comité
de Cumplimiento, que se presenta mensualmente. En este punto, es fundamental para
nuestro análisis las operaciones inusuales que reportan las demás áreas y empleados.
Para lograr efectividad en el control de Lavado de Activos, se deben observar, identificar
y evaluar los procedimientos de control existentes o implementar nuevos controles con el
fin de reducir la probabilidad o el impacto que se pueda generar al materializarse un
ilícito.
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CAPITULO III: PROCEDIMIENTO
3.1 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia ampliada y reducida.
La entidad a través de la metodología de riesgo aplicada debe asignar niveles de riesgo
bajo, medio y alto a la contraparte.
Cuadro N° 11: Aplicación de la debida diligencia ampliada y reducida.
N° ACTIVIDAD RESPONSABLE
1
DEBIDA DILIGENCIA AMPLIADA, se aplica a contrapartes con
nivel de riesgo alto y medio o en los siguientes casos:
1.Con sociedades o empresas comerciales constituidas en
paraísos fiscales, sucursales en éstos;
2.Cuando observen transacciones que implican varias cuentas
y transferencias entre distintos socios y contrapartes en general;
3.Si la contraparte no actúa por cuenta propia;
4.Cuando el volumen de recursos movilizados por una
contraparte, no corresponde a su nivel de ingresos;
5.Cuando la contraparte se encuentra registrada en listas de
control;
6.Si las contrapartes operan en industrias o actividades
expuestas a alto riesgo de lavado de activos;
7.Con personas expuestas políticamente (PEPs);
8.Con contrapartes que no tengan residencia permanente en el
país;
9.Cuando se realicen transferencias o remesas de fondos cuya
información de ordenante y beneficiario sea incompleta o se
considere inusual;
10.Cuando las contrapartes reciban o realicen transferencias,
especialmente con el exterior, que implican varios beneficiarios,
varias cuentas; y cuyos valores, en forma individual o conjunta
en el período de un mes, superan los USD 10.000,00 (diez mil
dólares de Estados Unidos de Norteamérica);
11.En transacciones detectadas por la entidad a través de
señales de alerta;
12.Si se tiene duda sobre el giro de negocio de la persona
natural o jurídica;
13.En caso de duda sobre la existencia legal de la persona
jurídica;
14.Cuando se abran cuentas para fondos de financiamiento de
Unidad de Cumplimiento
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campañas electorales;
15. Cuando se lleve a cabo transacciones con proveedores de
recursos financieros, especialmente personas naturales,
fundaciones y entidades constituidas con fines sociales y/o
benéficos.
2 DEBIDA DILIGENCIA REDUCIDA, La contraparte genera un
nivel de riesgo bajo o en los siguientes casos:
1.Los socios efectúan transacciones dentro de los límites
determinados por su perfil económico;
2.La contraparte sea una entidad del sector financiero nacional
y compañías de seguros privados que esté bajo supervisión del
organismo de control correspondiente; y,
3. La contraparte sea una entidad del sector público, empresa
pública o gobierno autónomo descentralizado.
Unidad de
cumplimiento
3.2 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte - Socio/cliente.
La Cooperativa, aplicará procedimientos de debida diligencia ampliados, en los
siguientes casos definidos por la Junta Bancaria en el año 2012:
Al inicio de la relación contractual cuando sus socios sean sociedades o empresas
comerciales constituidas en el extranjero;
Los socios o beneficiarios provienen o residen en países o territorios calificados
por el GAFI como no cooperantes o en países denominados paraísos
fiscales, así como cuando existan estructuras complejas de cuentas, actividades
y relaciones de estos clientes o beneficiarios;
Exista duda o certeza de que el socio actúa por cuenta propia;
Cuando personas naturales utilicen personas jurídicas como empresas pantalla
para realizar sus transacciones;
Si se realiza transacciones con socios que no han estado físicamente presentes al
inicio de la relación comercial en su identificación;
Con clientes que operan en industrias o actividades de alto riesgo;
Cuando se establezca y mantenga relaciones contractuales con personas
expuestas políticamente;
Con clientes cuyo patrimonio supere los cuatrocientos mil dólares (US$
400.000,00) o su equivalente en otras monedas;
Con socios no residentes;
En las transacciones que de alguna forma se presuma que están relacionadas
con el financiamiento de delitos;
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En aquellas cuentas de socios que son utilizadas por terceros como canal de
pago para acreditar valores por la adquisición de bienes o servicios;
Cuando se realice transferencias o remesas de fondos que no estén
acompañadas por una información completa sobre el ordenante y beneficiario, así
como de todos los datos de la cadena de pago;
En aquellos socios que la cooperativa los identifique con una categoría de riesgo
mayor;
De presentarse un socio con las características antes descritas la
Cooperativa requerirá de manera adicional lo siguiente:
Gráfico Nº2: Procedimientos adicionales inicio de la relación contractual.
Establecimiento Perfil del Socio
Para determinar el perfil del mismo es indispensable identificar la información
proporcionada dentro del formulario de inicio de relación contractual:
Identificación del tipo de socio (Persona Natural/ Persona Jurídica)
Actividad Económica
Productos a utilizar
Montos de sus operaciones
Predisposición para suministrar la información
El inicio de la relación comercial deberá ser aprobado por la Gerencia contando con el visto bueno del Oficial de Cumplimiento.
De ser necesario se deberá visitar al cliente en forma periódica, dejando constancia de ello y solicitar toda la información que se considere
necesaria
Se filtrará trimestralmente las direcciones de las bases de datos de los
clientes.
Para evitar la relación con empresas pantalla, se realizarán visitas a la empresa y verificara que el giro del negocio sea el declarado.
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El tratamiento adecuado y seguimiento de esta información en forma permanente,
permitirá la identificación de transacciones inusuales e injustificadas para obtener de
cada socio un parámetro de las transacciones o actividades esperadas por parte del
socio y una comparación con lo que la entidad espera de los mismos respecto al uso de
sus productos. Este perfil debe compararse periódicamente al establecido en un principio
y de ser necesario realizar una revisión y su respectiva actualización.
Cuadro N° 12: Procedimientos sugeridos para la apertura de cuenta de un nuevo
socio.
Nº Actividades Responsable
1
Ingreso del socio potencial a la Cooperativa
Información
Atención al
cliente
2
Recepción de la persona interesada, la misma recibirá
información respecto a los productos y servicios que esta
ofrece con sus requisitos previamente establecidos por la
entidad.
Información
Atención al
cliente
3
Recepción de los documentos solicitados
Información
Atención al
cliente
4 Completar el formulario de solicitud de ingreso Solicitante
5
Revisión de los documentos establecidos en los requisitos
Información
Atención al
cliente
6
Recepción de la solicitud de ingreso
Información
Atención al
cliente
7 Completar el formulario de vinculación con el cliente (
formulario conozca su empleado / socio o cliente )
Solicitante
8
Aplicación de procedimientos de debida diligencia para
corroborar la veracidad de la información: Usando
fuentes de dominio público como: en la página de
consultas tributarias SRI-así como en sistema de
verificación de datos del Registro Civil y listas del
CONSEP, Y OFAC
Información
Atención al
cliente
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Si cumple con los requisitos la entidad continua
con el procedimiento.
Información
Atención al
cliente
10
Levantamiento y procesamiento de información del socio en
el Sistema.
Información
Atención al
cliente
11
Impresión ficha de ingreso en el sistema y firma del socio
Información
Atención al
cliente
12 Se llena la papeleta de depósito Socio
13
Depósito en la ventanilla el valor correspondiente a la
apertura de la cuenta
Socio
14
Recibimiento, revisión y registro de transacciones
Caja
Recibidor-
pagador
15
Impresión de la libreta de ahorros con los datos y
transacciones realizadas.
Caja
Recibidor-
pagador
16
Entrega por ventanilla la libreta de ahorros
Caja
Recibidor-
pagador
17
Recibimiento de la libreta en ventanilla y revisión de la
información
Socio
18
Preparación del expediente de la solicitud de ingreso como
nuevo socio
Información
Atención al
cliente
19
Aprobación del ingreso
Consejo
de
Administración
20 Inscripción de los nuevos socios en la Superintendencia de
Economía Popular y Solidaria
Gerencia
Debida diligencia apertura cuentas de ahorro para un cliente
1. El empleado procederá conjuntamente con el posible socio a llenar la solicitud de
apertura de cuenta establecida por la institución. Formulario Vinculación Cliente tanto
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para personas naturales como jurídicas. (Ver Formularios Perfil Conozca a su Cliente
Persona Natural y/o Persona Jurídica).
2. En transacciones cuyo monto sea igual o superior a $ 5000 dólares se verificarán
que la misma cuente con el formulario de licitud de fondos (Ver Formulario de
Declaración de Licitud de Fondos y Transacciones)
3. Se verificará los datos entregados a fin de comprobar la veracidad de los mismos,
e inspeccionará que el posible socio no se encuentre vinculado con los delitos
tipificados por la Ley de prevención, detección y erradicación de lavado de activos
y financiamiento de delitos, para lo cual deberá verificar si el cliente se encuentra
sindicado en las bases de datos de las listas negras.
4. En el Área de Atención al Cliente se generará la ficha de ingreso del nuevo socio.
5. Se adjuntará el documento de constancia de revisión en las listas de sindicados
CONSEP, PEP o lista internacional OFAC, se buscará que su información sea
fidedigna y actualizada.
6. Se establecerá el riesgo global que implica la relación contractual con el
socio mediante el uso de la Matriz de Riesgos desarrollada en más adelante en el
presente documento.
3.3 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte – Corresponsal.
Permiten un mayor entendimiento del tratamiento que la Cooperativa, debe seguir para
firmar un convenio de corresponsalía con una persona natural o jurídica, para el mismo se
emplearán el siguiente procedimiento:
Cuadro N° 12: Procedimientos específicos sugeridos para la firma de un
convenio con un corresponsal.
Nº Actividades Responsable
1 Sesión en la Cooperativa para tratar el tema sobre :
Convenios de Corresponsalía
Consejo de
Administración
2
Autorización por parte de sus miembros Consejo de
Administración
3
Acta de aprobación por parte del Consejo de Administración
Consejo de
Administración
4 Búsqueda de su Corresponsal Gerencia
5 Aprobación por parte de ambas partes Gerencia
6 Aplicación de procedimientos de debida diligencia Conozca su
Corresponsal para confirmar los datos
Oficial de
Cumplimiento
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7 Presentación de requisitos a la Superintendencia Gerencia
8 Evaluación de documentos y diferentes factores
establecidos por parte de la Superintendencia
Superintendencia
9
Resolución de la Superintendencia posterior a la evaluación
realizada
Superintendencia
10 Emisión de la Carta de Autorización Superintendencia
11
Aplicación de los procedimientos en cuanto las obligaciones de
la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. Catar Ltda., para su
Corresponsal.
Miembros de la
Cooperativa
3.4 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte - Empleado /administrador
Tanto los trabajadores antiguos como los nuevos deberán llenar el Formulario de vinculación
con los empleados y presentar la documentación respectiva. (Declaración Patrimonial
Directivos Funcionarios y Empleados). La información obtenida debe ser validada para lo
cual se debe:
1. Verificar que los documentos presentados por los aspirantes sean auténticos.
2. Confirmar que las referencias laborales, y personales sean reales. Para esto se
pueden realizar llamadas telefónicas o visitas personales.
El Oficial de Cumplimiento revisará en las listas que la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Coop. CATAR Ltda., tenga a su disposición la información proporcionada para establecer
que no exista un vínculo con operaciones relacionadas al lavado de activos: lista PEP,
CONSEP, OFAC y demás fuentes fidedignas y actualizadas a las que la entidad tenga
acceso.
Se prestará especial atención a aquellos colaboradores que tengan resistencia a salir de
vacaciones, renuencia a ejercer otras funciones, o a ser promovidos, colaboración
inusual y no autorizada, encontrarse habitualmente en lugares distintos al de su
función; recibimiento de regalos, niveles de endeudamiento, especial atención con
determinados clientes para ellos se realizará un análisis de no encontrarse justificativo para
tales conductas, se los reportará a la UAF.
La información registrada en los diferentes formularios y/o documentos presentados por los
directivos, funcionarios, y empleados deberá ser confirmada y actualizada anualmente.
En los contratos de trabajo se deberán incluir cláusulas relativas a la obligación de
transparentar el origen de sus ingresos, su situación personal y patrimonial, así como
autorizar a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., para la respectiva
confirmación de la información.
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Procedimiento de selección del personal
Al detectarse la necesidad en determinada área de la Cooperativa, esta notificará al área de
recursos humanos quien solicitará la respectiva autorización a la gerencia para lo cual la
misma requiere el visto bueno por parte del Consejo de Administración, donde se
determinará la necesidad y revisará el respectivo presupuesto con Contabilidad para
proceder con la contratación de un nuevo colaborador.
Para este procedimiento los requisitos que ha establecido la Cooperativa son:
1. Copia notariada del Título de Bachiller
2. Copia notariada del Título de tercer nivel de ser el caso
3.
4. Copia de la cédula y papeleta de votación
5. Hoja de vida
6. Certificado de cursos de ser el caso
7. Evaluación mediante una prueba de conocimientos
8. Entrevista por parte del aérea de Recursos Humanos
9. Fotografía
10. Se establecerá un periodo de prueba de tres meses precio la firma del contrato.
11. En el caso de que el colaborador tenga hijos solicitar copias de sus partidas de
nacimiento.
Los aspirantes deberán presentar los documentos que acrediten la información antes
descrita, así como lo referente a lo que establece la política conozca su empleado. Esta
documentación deberá ser debidamente archivada por parte del área de Recursos
Humanos.
Tanto el nuevo colaborador como los trabajadores antiguos deberán llenar el Formulario de
Declaración Patrimonial directivos, funcionarios y empleados, mismo que contiene datos
importantes que serán validados cumpliendo así lo que dictamina la ley. Posteriormente se
procederá con la inducción en el área para la cual se solicitó un nuevo colaborador. Tanto
los directivos como los diferentes colaboradores recibirán capacitaciones permanentes
sobre lo que es el lavado de activos y lo que establece este manual para que tengan un
conocimiento absoluto de la responsabilidad y colaboración que este amerita.
Procedimientos específicos para la política conozca su empleado
Permiten un mayor entendimiento del tratamiento que la Cooperativa, debe seguir para la
contratación de sus empleados, para el mismo se emplearan el siguiente procedimiento.
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Cuadro Nº13: Procedimientos específicos sugeridos para la contratación de empleados
Nº Actividades Responsable
1
Determinación de la necesidad en determinada área de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. Catar ltda.
Área de la
Cooperativa
2
Comunicación al Área de Recursos Humanos
Área de la
Cooperativa
3 Solicitud de aprobación a la Gerencia Recursos
Humanos
4
Realización del pedido al Consejo de Administración
,previo confirmación de la necesidad
Gerencia 5 Evaluación del presupuesto para la nueva contratación Contabilidad
6
Autorización por parte del Consejo de Administración
Consejo
de
Administración
7 Convocatoria de la vacante, mediante diarios y una
publicación impresas en la entidad. Recepción de la
solicitud de empleo.
Recursos
Humanos
9 Prueba de conocimientos y entrevista Recursos
Humanos
10 Contratación del personal Recursos
Humanos
11 Presentación de requisitos y validación de la información Recursos
Humanos
12
Firma del contrato, tres meses de prueba y posteriormente
para un año.
Recursos
Humanos
13
Aplicación de procedimientos de Debida Diligencia -
Vinculación
Empleados
Recursos
Humanos-
Oficial de
Cumplimiento
14
Capacitación a los trabajadores en el área que se
desempeñara conjuntamente con lo referente al lavado
de activos.
Oficial de
Cumplimiento
15 Validación de la información, mediante llamadas
telefónicas, visitas personales, así como revisión en las
listas que tenga acceso la Cooperativa.
Recursos
Humanos- Oficial
de cumplimiento
16 Archiva Documentos - Carpetas del empleado Recursos humanos
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3.5 Procedimientos de aplicación de la debida diligencia ampliada para el conocimiento de la contraparte - Proveedor u contratista
Permiten un mayor entendimiento del tratamiento que la Cooperativa debe seguir para la
contratación de su proveedor, para el mismo se empleará el siguiente procedimiento:
Cuadro Nº14: Procedimientos específicos sugeridos para la contratación de un nuevo
proveedor
Nº Actividades Responsable
1
Determinación de la necesidad en determinada área de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito COOP. CATAR Ltda.,
Área de la
Cooperativa 2 Comunicación al Área de Servicios Operativos Área de la
Cooperativa 3 Solicitud de aprobación a la Gerencia Servicios Operativos
4 Realización del pedido al Consejo de Administración ,previo
confirmación de la necesidad
Gerencia
5 Evaluación del presupuesto para la nueva contratación Contabilidad
6
Autorización por parte del Consejo de Administración
Consejo
de
Administración
7
Solicitud de ofertas a proveedores mediante diarios,
o referencias
Servicios Operativos
8 Presentación de proformas y demás requisitos
establecidos por la entidad
Proveedores
9
Análisis y selección de proveedores Servicios
Operativos-
Gerencia
10
Aplicación de procedimientos de Debida Diligencia -
Vinculación Proveedores
Servicios
Operativos-
Oficial de
Cumplimiento
11
Validación de la información, mediante llamadas telefónicas,
visitas personales, así como revisión en las listas que tenga
acceso la Cooperativa.
Servicios
Operativos- Oficial
de Cumplimiento
12
Selección del proveedor
Servicios
Operativos-
Gerencia
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13 Firma del contrato y pago por la prestación de los servicios
o la compra de los productos.
Servicios
Operativos-
Gerencia
Proveedores 14 Archiva Documentos -Carpetas del empleado Servicios Operativos
3.6 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida - Socio/cliente
Cuadro N° 15: Aplicación de la debida diligencia reducida - Socio/cliente
N° Actividades Responsable
1 Actualización de datos de los socio/clientes que
hayan transado por 2 o 3 meses consecutivos el
doble de sus ingresos declarados a la entidad.
(Nota: puede ser modificada dependiendo la
operatividad que genere)
Área de atención al cliente
Área de Inversiones
Área de Cajas
Área de créditos
2 Diligenciar un formulario general de origen y
destino de fondos cuando el socio presente varias
transacciones en un mismo mes y con la
justificación del mismo origen.
Área Negocios o la que
realice esta función y/o
Unidad de Cumplimiento
3 Monitoreo continuo (herramienta automática) Unidad de Cumplimiento
3.7 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida – Corresponsal
a) Se validará la información previamente solicitada mediante la revisión en las listas
que la Cooperativa, tenga a su disposición como PEP, OFAC Y LA DEL CONSEP.
b) Se validará la información en páginas de dominio público como la del SRI, Registro
Civil.
c) Se dará el establecimiento de un convenio de corresponsalía, donde se especifique
la responsabilidad de cada uno.
d) Para iniciar y renovar relaciones de corresponsalía se requiere la aprobación de la
gerencia, posteriormente quien actualizará la información será el área de
Contabilidad.
e) Se debe mantener la información y documentos obtenidos actualizados como son:
permiso de funcionamiento, firmas autorizadas, estados financieros auditados,
calificación de la entidad realizada por empresas de reconocido prestigio, servicios y
productos que ofrece, así como la calidad de su supervisión, conocimiento de los
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controles implementados para detectar transacciones de lavado de activos y
financiamiento de delitos.
f) Investigar si quien será el Corresponsal ha sido objeto de investigación o sanción por
falta de aplicación de medidas de prevención de lavado de activos y financiamiento
de delitos.
g) Se debe dar cumplimiento a lo que establece la SEPS en el caso de los
Corresponsales para el cumplimiento de todos sus requisitos y respectiva aprobación
de esta.
Requisitos para ser corresponsales:
Requisitos:
1. Solicitud suscrita por parte del Representante Legal, adjuntando la copia del acta
del Consejo de Administración con su respectiva aprobación.
2. El Contrato a suscribirse con los Corresponsales debidamente aprobado
por la Superintendencia.
3. El manual de procesos donde consten la forma de funcionamiento y políticas de
control y seguridad para la incorporación de Corresponsales.
Autorización: La Superintendencia evaluará dentro de la Cooperativa de Ahorro y
Crédito Coop. CATAR Ltda., tanto el patrimonio técnico, las medidas establecidas en
cuanto al lavado de activos, normas para administrar riesgos, de acuerdo a esto se
emitirán el certificado de autorización.
Obligaciones: La Cooperativa dentro de su corresponsal deberá exhibir la
denominación "Corresponsal Solidario Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop.
CATAR Ltda., copia de la autorización y sus tarifas. De igual manera dentro de sus
manuales de control interno deben especificar políticas en cuanto a las
Corresponsales, informar a sus socios de las mismas, asegurarse que los sistemas
usados por la corresponsal sean seguros más aun en la transmisión de datos y uso
de claves, y realizar monitoreo en el cumplimiento de las obligaciones en forma
permanente Nota: SEPS, (2013), Resolución NºJR-STE-2013-006, (p.3)
3.8 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida - Empleado /administrador
1. El Área de Recursos Humanos será la encargada de receptar tanto e formulario de
solicitud de empleo como el Formulario de Declaración Patrimonial directivos, funcionarios y
empleados).
2. Se verificará los datos entregados a fin de comprobar la veracidad de los mismos, e
inspeccionará que el posible socio no se encuentre vinculado con los delitos tipificados por
la Ley de prevención, detección y erradicación de lavado de activos y financiamiento de
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delitos, para lo cual deberá verificar si el cliente se encuentra sindicado en las bases de
datos de las listas negras.
3. Se adjuntará el documento de constancia de revisión en las listas de sindicados
CONSEP, PEP o lista internacional OFAC.
4. se analizará la documentación y se procederá a realizar las respectivas entrevistas y
pruebas de conocimiento, posteriormente el contrato incluido los tres meses de prueba.
3.9 Procedimientos para la aplicación de la debida diligencia reducida - Proveedor u contratista
Se solicitará al proveedor llenar el formulario de vinculación con el proveedor mismo
que contiene información que debe ser validada (Formulario de Perfil Conozca a su
Proveedor).
Se validará la información previamente solicita mediante la revisión en las listas que la
Cooperativa tenga a su disposición como lista de la OFAC, PEP Y LA DEL CONSEP.
Se validará la información en páginas de dominio público como la del SRI, Registro
Civil.
Se revisará que dentro del contrato exista una cláusula de estricta confidencialidad
acerca de los bienes, y servicios que la Cooperativa, comprará y más aún cuando se
trate de bienes o servicios de naturaleza tecnológica que impliquen el acceso de estos
a la información de la Cooperativa. Verificación de los antecedentes ya sea persona
natural y jurídica, mediante llamadas telefónicas o visitas a la empresa.
Verificar la experiencia del proveedor potencial, así como la cobertura y servicio que
ha ofrecido mediante confirmaciones a las referencias antes solicitadas.
Se debe estar alerta en cuanto a las características que el potencial proveedor ofrece
respecto a un producto como son: precio, calidad, localización, tiempos de entrega, y
que pueden detectarse situaciones inusuales.
3.10 Procedimientos para la aplicación conozca a su mercado
Realizar anualmente un estudio de mercado para enfocar su labor de mercadeo conociendo
aspectos como: nivel de satisfacción y fidelidad de los socios y clientes con respecto al
servicio a la hora de ser atendidos, el costo financiero en la adquisición de préstamos y/o
servicios; forma de comercialización de productos y servicios; y, necesidades de los socios
y/o clientes, así como sus motivaciones, sus niveles de ingreso, su comportamiento frente al
consumo y ahorro.
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a) Es necesario obtener y manejar la siguiente información de los socios/clientes
anualmente, para identificar características de los productos o servicios ofrecidos y
su evolución.
b) Clases de productos y servicios financieros.
c) Cuantificación de socios y clientes por actividad económica y/o relación de
dependencia.
d) Frecuencia con la que los socios y clientes realizan operaciones o transacciones
financieras y/o utilizan servicios.
e) Riesgo de cartera: caracterización (historial de pagos anteriores), capacidad de
pago, capital (recursos del deudor), colateral (garantías), y condiciones (situación del
entorno del deudor).
f) Niveles de colocación, recuperación de créditos, captaciones y aceptación de
servicios.
g) Identificar grupos homogéneos de socios(as) con niveles de riesgos, por clase de
productos, por edad, actividad económica, profesiones, entre otros, para comparar
niveles de captación, colocación, recuperación de créditos.
h) Identificar y describir a la competencia para mejorar los productos y servicios a fin
de incrementar niveles de satisfacción en los socios y atraer a potenciales socios.
3.11 Procedimientos para personas expuestas política y públicamente (PEP)
Es considerada dentro de nuestra legislación como una persona que desempeña o ha
desempeñado funciones públicas ya sea dentro de nuestro país como a nivel
internacional, lo que ocasiona que por su perfil esta represente un mayor riesgo en
cuanto a lo que es el lavado de activos. Dentro de estos cargos existen por ejemplo jefes
de estado, políticos de alta jerarquía, judiciales o militares de alto rango, ministros, entre
otros.
Dentro de esta categorización se considerarán también parientes hasta el cuarto grado
de consanguinidad y segundo de afinidad, al cónyuge o conviviente en unión de hecho,
así como colaboradores cercanos.
El establecimiento de PEPs no significa que la entidad no pueda establecer relación
comercial con los mismos sino que en estos casos el trabajo del Oficial de Cumplimiento
será mayor con la consigna de tener certeza que los fondos son de origen lícito.
Según el Ministerio del Trabajo se considera PEPs a partir del cuarto grado determinado
en la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior que equivale
a una remuneración de aproximadamente $ 3.168 dólares.
El procedimiento para la aceptación, mantenimiento de una persona PEPS:
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a) Realizar un cruce de información del socio con la lista de Personas Expuestas
Políticamente publicada por la UAF en esta se detallan los cargos mínimos a
considerar.
b) Al inicio de la relación se requerirá la Declaración Juramentada sobre la condición
de persona expuesta políticamente.
c) Obtener la autorización de Gerencia para el inicio de la relación contractual.
d) Se llenará el formulario de licitud de fondos o activos que involucren transacciones
superiores a los $5000 dólares de ser el caso.
e) Requerir la actualización de la Declaración Juramentada una vez al año.
f) Cuando ya se establece la relación contractual realizar un seguimiento especial a
las transacciones que esta realice, además se tomara en cuenta la condición de
PEP hasta cuatro años posteriores al cese de las funciones como tal.
g) De darse el caso la Cooperativa, deberá reportar a la UAF los reportes de
operaciones inusuales e injustificadas (ROIIS) dejando el debido respaldo de la
participación de un PEP.
h) En caso de comprobarse que las transacciones se llevan a cabo por un socio
determinado cuyo beneficiario final es un PEP se aplicar procedimiento de debida
diligencia ampliada.
i) En el documento anexo, se presenta un modelo de la Declaración de Persona
Políticamente Expuesta.
3.12 Procedimientos para la definición de niveles, factores y criterios de riesgo
Esta herramienta constituye algo fundamental para la identificación de riesgos y la
cuantificación de los mismos permitiendo la identificación del socio y las
transacciones que realiza verificando que estas estén acordes a sus recursos
económicos.
Para esto se toma como base la matriz de riesgos establecida por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
La matriz de riesgos tiene estrecha relación con la política conozca su mercado, la
elaboración de la misma está sujeta a criterio de quien la realiza por lo que para cada
entidad será diferente, esta se elabora en base a los conocimientos adquiridos.
Entendemos que la matriz se conforma de cuatro etapas que son identificación
de los riesgos, medición de los riesgos control y monitoreo.
Primera Etapa Identificación:
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En esta etapa se establece los factores de riesgos a los cuales se les asignará variables
para posteriormente calificar el riesgo que representan.
Los riesgos establecidos son:
Factor socios o clientes 50%
Factor Financiero 18%
Factor Geográfico 12%
Factor Productos 20%
La asignación de las variables y su respectiva ponderación se dará de la siguiente manera:
Factor socios o clientes 50%
Perfil del socio-cliente:
Constituye el relacionar las características homogéneas de las industrias y sectores
económicos en los que la Cooperativa, opera; para así realizar la segmentación de los
socios.
Para esto se toma en cuenta que la Cooperativa se dirige a los sectores rurales y urbanos
de la ciudad por lo que el perfil del cliente se determina en base a las actividades definidas
en anteriores estudios respecto a la población económicamente activa de la ciudad.
La frecuencia transaccional: Se ponderará en base al perfil del socio tomando en cuenta
sus ingresos entendiendo que la misma no corre riesgos siempre y cuando el socio no
sobrepase los ingresos establecidos o cuente con los justificativos necesarios para la
operación. Para esto con respecto a la evaluación de su riesgo se tomará en consideración
que 1 representa que sobrepasa sus ingresos en el uso de los productos de la entidad, -1
se usara cuando sus ingresos frente al uso de los productos de la cooperativa estén dentro
de los parámetros establecidos, o se ocupará siempre que el uso de sus productos
sobrepase el límite establecido pero se cuente con justificativos.
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Cuadro Nº 16: Matriz de riesgos, etapa identificación, factor socios/clientes, variable perfil del socio o cliente
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Cuadro Nº 17: Matriz de riesgos, etapa identificación, factor socios/clientes, variable frecuencia transaccional
FACTOR SOCIOS CLIENTES 50%
FRECUENCIA TRANSACCIONAL 15%
ETAPA IDENTIFICACIÓN
TOTAL DE RIESGO
Perfil del socio
Ingresos
Transacciones: Depósitos, Retiros, Depósitos a plazo fijo, Créditos PONDERACI
Ó N ETAPA
MEDICIÓN Monto no sobrepasa sus
ingresos
Sobrepasa sus ingresos
Con
justificativo
Sin
justificativo
$100-$1500PN $300-$3000 PJ
0.00% 0.00% 15.00% Perfil 1
$400-$2000 T
$2000-$5000 D
Perfil 2 0.00% 0.00% 15.00%
Perfil 3 $ 500-$1500 T
$ 2000- $5000 D
0.00% 0.00% 15.00%
Perfil 4 $ 360-1000$ 0.00% 0.00% 15.00%
$500-$2000 U
2000- $6000 D
Perfil 5 0.00% 0.00% 15.00%
FACTOR SOCIOS CLIENTES 50%
FRECUENCIA TRANSACCIONAL 15%
ETAPA IDENTIFICACIÓN
TOTAL DE RIESGO
Perfil del
Transacciones: Depósitos, Retiros, Depósitos a plazo fijo, Créditos PONDERACI
Ó N ETAPA
MEDICIÓN Sobrepasa sus ingresos
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Factor Financiero 18% Antigüedad Financiera 8%: Constituye el tiempo de relación contractual que mantiene la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. CATAR Ltda., con el socio, para cuantificar esta variable
se tomará en cuenta el año de creación de la entidad y el tiempo que el socio forma parte de la
misma. Entendiendo que quien más tiempo sea socio de la entidad tiene un menor riesgo de
verse involucrado en actividades ilícitas, en base a que ha sido parte de más controles y la
entidad guarda registros del comportamiento en las diferentes operaciones realizadas.
Historial Crediticio 10%: El historial crediticio constituye la carta de presentación de una
persona hablando financieramente es un documento que se constituye en base a las
transacciones que se van realizando, el número de créditos solicitados, su frecuencia, en que
entidades en conclusión vamos a conocer la capacidad de pago de la persona y el
comportamiento demostrado. El análisis de esto nos permitirá otorgar el crédito y que este sea
pagado con recursos lícitos. La matriz de riesgos se ponderará en base a la calificación que el
socio haya obtenido en su historial crediticio para esto:
Cuadro Nº 17: Calificación crediticia
CALIFICACIÓN Y SIGNIFICADO
A Persona que cuenta con suficientes ingresos para pagar el capital e intereses y lo hace puntualmente. Si es un crédito comercial, el pago de la cuota no puede pasar de 30 días y si es de consumo, no más de cinco días.
B Socios que todavía demuestran que pueden atender sus obligaciones pero que no lo hacen a su debido tiempo. En los créditos comerciales son los que se tardan hasta tres meses en pagar sus obligaciones.
C Personas con ingresos deficientes para cubrir el pago del capital y sus intereses en las condiciones pactadas.
D Igual que las personas que tienen calificación, pero donde se tiene que ejercer la acción legal para su cobro y, generalmente renegocian el préstamo bajo otras condiciones.
E Es la última calificación. Aquí están las personas que se declaran insolventes o en quiebra y no tienen medios para cancelar su deuda. En los créditos comerciales, la morosidad es superior a los nueve meses y en los de consumo, por encima de los 120 días.
Nota. Superintendencia de Bancos, (2012), Sobre la información y manejo de la Central de Riesgos, (párr.1)
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Cuadro Nº19: Matriz de riesgos, etapa identificación, factor financiero, variable antigüedad financiera
Cuadro Nº20: Matriz de riesgos, etapa identificación, factor financiero, variable historial
crediticio
Factor Geográfico 12%
Es importante que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coop. Catar Ltda., tome en cuenta de
donde son sus socios, para determinar el nivel de riesgo de que los recursos que se inviertan en
la entidad sean de procedencia ilícita. Para esto se considerará:
Jurisdicción Internacional 5%
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Se considera esta variable en base de que se puede dar el caso de que empresas o personas
pueden tener procedencia de países considerados como paraísos fiscales, así como países
considerados por el GAFI en sus listas, lo que nos permitirá tener una base clara del riesgo que
significaría la apertura de una cuenta y más aún la realización de una transacción con personas
que estén vinculadas a este delito.
Cuadro Nº 21: Listas definidas por el GAFI
LISTA GRIS
OSCURECIDA
El GAFI no está aún satisfecho de que las jurisdicciones hayan hecho un
progreso suficiente en sus planes de acción acordados con el GAFI. Los
elementos más importantes o la gran parte del plan de acción no han
sido realizados. Si estas jurisdicciones no realizan las acciones
suficientes de sus planes de acción para el siguiente plenario deberán
adoptar medidas adicionales para combatir deficiencias asociadas con
estas jurisdicciones.
LISTA ROJA GAFI llama a sus miembros y otras jurisdicciones para aplicar
contramedidas para proteger el sistema financiero internacional del
lavado de dinero y la financiación del terrorismo (LD / FT) riesgos que
emanan de las jurisdicciones consideradas en la lista roja.
LISTA
NEGRA
Países con deficiencias en ALD/CFT que no han hecho progresos
suficientes para solucionar las deficiencias o que no se han
comprometido con el GAFI a desarrollar un plan para solucionar las
deficiencias. El GAFI llama a sus miembros a considerar los riesgos que
derivan de las deficiencias asociadas con cada jurisdicción
LISTA GRIS Países identificados con deficiencias estratégicas y que han elaborado
con el GAFI un plan de acción para superarlas. Estos países, aunque se
encuentran en distintas situaciones, han presentado por escrito un
compromiso político de alto nivel para solucionar las deficiencias. Nota. FATF High-risk and non-cooperative jurisdictions, (2014), (parr. 1)
Jurisdicción Nacional 7%
Se ponderará el riesgo tomando en cuenta los sectores urbanos y rurales de la ciudad de Quito,
considerando la ocurrencia de delitos en las mismas, para esto se tomó en cuenta la ayuda de la
Policía Nacional y su conocimiento de los diferentes sectores. Como referencia se debe
señalar que en la ciudad no se ha detectado delitos relacionados con el lavado de activos
según me informaron.
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Cuadro Nº22: Matriz de riesgos, etapa identificación, factor geográfico, variable jurisdicción internacional
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Cuadro Nº 23: Matriz de riesgos, etapa identificación, factor geográfico, variable jurisdicción nacional
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Factor Productos 20%
Los productos que la entidad ofrece constituyen lo más importante en la Cooperativa, ya que
mediante estos se logra la intermediación y captación de recursos, para esto consideramos los
mismos distribuyéndolos de dos maneras:
Operaciones Pasivas 11% son aquellas por medio de las cuales la Cooperativa, logra la
captación de recursos a cambio del pago de una rentabilidad que viene a estar representada por
los intereses. Su riesgo es mayor debido a que los recursos ingresan a la Cooperativa y se debe
verificar que estos sean de una fuente lícita.
Operaciones Activas 9% son aquellas por medio de las cuales la Cooperativa, presta recursos
a sus clientes a cambio de que estos paguen un interés dependiendo el monto y el tiempo
pactados. Su riesgo de igual manera es alto en función de que puede utilizarse para transparentar
recursos ilícitos o puede darse el caso de impago total o parcial del monto prestado. Cuadro Nº
42 Matriz de riesgos, etapa identificación, factor productos, variables operaciones pasivas y
operaciones activas.
FACTOR PRODUCTOS 20%
OPERACIONES ACTIVAS Y PASIVAS
ETAPA DE IDENTIFICACIÓN
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Segunda Etapa Medición:
Esta etapa nos permite definir el riesgo total que implica un socio. En la etapa anterior se
desarrollaron matrices dentro de las cuales se tomaron en cuenta cuatro factores principales que
constituirán la base para la aplicación de los procedimientos.
Para esto en esta etapa se considerará tres factores, los cuales representan los tres
procedimientos que se deben desarrollar en la etapa final para esto:
Cuadro N° 24: Procedimientos de Debida Diligencia y su ponderación
Por lo que la medición del riesgo equivale a la multiplicación del riesgo global por el factor 0, 1, o -1
respectivamente de acuerdo a lo que indican las matrices en ese casillero.
Riesgo Global: Sumatoria de las matrices (Factor Socios 50%+Factor Financiero
18%+ Factor Geográfico 12%+ Factor Productos 20%)
Dependiendo del Riesgo Total que se obtenga se procederá a la aplicación de los procedimientos.
Tercera Etapa Control:
En esta etapa una vez que ya se ha definido el nivel de riesgo total se procederá a aplicar los
procedimientos de debida diligencia para esto se considerará los siguientes niveles. Considerando
que el rango para la aplicación de procedimientos de Debida Diligencia Simplificada es más
estrecho por lo que en si representa un mayor riesgo en la aplicación de menos
procedimientos y las consecuencias que podría acarear.
Cuadro Nº 25: Procedimientos de Debida Diligencia en base al riesgo total
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Estos procedimientos ya fueron desarrollados y explicados anteriormente por lo que se debe
revisar el presente documento.
Cuarta Etapa Monitoreo:
En lo referente al Monitoreo se entiende que es la etapa final dentro de la cual se evalúa de
manera permanente la aplicación de los procedimientos antes definidos, con la finalidad de que
todo se realice en base a los objetivos establecidos y se definan las correcciones necesarias de
ser el caso, así como también se puede proponer un mejoramiento en los procedimientos.
Para el adecuado desarrollo de la matriz de riesgos esta etapa es importante ya que la matriz
debe estar en constante actualización para que sea útil para la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Coop. CATAR Ltda.
Resumen Matriz de Riesgos
La Matriz de riesgos para la Cooperativa en forma general y tomando en cuenta lo antes
establecido se representa mediante el siguiente cuadro donde se sintetiza los factores de riesgo
establecidos anteriormente:
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Cuadro Nº 26: Matriz de riesgos para la Cooperativa
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3.13 Procedimientos de análisis transaccional de las contrapartes
Las áreas de créditos, inversiones, captaciones, y las que gestionen a favor de la Cooperativa,
pondrán en conocimiento del Oficial de Cumplimiento, las transacciones sobre las cuales tengan
duda razonables, sobre su monto, origen y destino.
El Oficial de Cumplimiento, podrá ampliar el análisis de las transacciones que considere
necesario, aplicando entre otros, los siguientes procedimientos.
a) Realizar gestiones tendientes a determinar, si el origen de los fondos de las
transacciones, depósitos, transferencias y créditos, y el nivel patrimonial de las
contrapartes guardan relación con las actividades económicas de estos.
b) Analizar e identificar las fuentes de repago en el caso de cancelaciones anticipadas de
operaciones de crédito estas son repetitivas, y,
c) Verificar la información que declaran las contrapartes y reforzar las medidas de control,
especialmente si la Cooperativa tuviere dudas acerca de la veracidad de la
información, observare inconsistencias en los datos que se haya obtenido con
anterioridad; o conociere que quien recibe los recursos de una transacción no es el
beneficiario final.
3.14 Procedimientos para cumplimiento de los requerimientos del organismo de control, de auditoria interna y externa.
El oficial de cumplimiento hasta el 15 del mes de enero remitirá el plan de trabajo al órgano de
control.
El departamento de Auditoria interna, evaluara trimestralmente el cumplimiento de esta
normativa, y enviara a la Superintendencia, el respectivo informe en los formatos y plazos
que esta establezca.
Auditoria Externa enviara un informe sobre el cumplimiento de esta resolución en la entidad e
incluirá su criterio sobre la efectividad de los controles implementados para prevenir lavado
de activos y financiamiento de delitos incluido el terrorismo.
3.15 Procedimientos para la reserva, confidencialidad y administración de la información.
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La Cooperativa reconoce la importancia de la administración y documentación de la
información, el reporte de los mismos, así como su conservación en los medios idóneos,
tanto para uso interno, como para responder las inquietudes de socios, Auditorías internas
entre otros.
La Cooperativa mantendrá en sus archivos los formularios diseñados y aprobados por la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, en coordinación de la Unidad de Análisis
Financiero-UAF, en los que se registrará todas las operaciones y transacciones en efectivo
cuya cuantía sea igual o superior a $ 5000 o su equivalente en otras monedas, , así como las
operaciones y transacciones múltiples en efectivo que, en conjunto, sean iguales o superiores
dicho valor, cuando sean realizadas en beneficio de una misma persona y dentro de un
periodo de treinta (30) días, para el efecto la Cooperativa tiene diseñado el formulario “
Declaración de Origen Licito de Recursos”. Este formulario será proporcionado por el
empleado que este en ese momento realizando la transacción con el socio.
a) Una vez llenado el formulario de Declaración de Origen Licito de Recursos por el
socio/ cliente, serán guardados con los respaldos de la operación y al final del día
serán enviados al oficial de cumplimiento, el cual verificará el adecuado llenado y
archivará el mismo por socio en orden cronológico.
b) En el caso de socios con frecuente movimiento de operaciones y un perfil
transaccional alto, aspecto verificado por Servicio atención al cliente, asesores de
crédito, Inversiones, cajas u otros, deberán informar al oficial de cumplimiento a fin de
poner a consideración del Comité de Cumplimiento la opción de que el socio firme el
formulario de Excepción, el cual tiene la finalidad de permitir al socio no llenar el
formulario de Declaración de Origen Licito de Recursos, en cada transacción que
realice.
c) El formulario de Excepciones, tendrá validez cuando:
1. Debe existir el requerimiento por escrito realizado por el socio.
2. Exista un informe por parte del oficial de cumplimiento que
justifique el hecho.
3. Exista el visto bueno del Comité de Cumplimiento descrito en el
acta de reunión.
4. Y la autorizacion de la Gerencia general para ser suscrito.
Este formulario tendrá validez de un año, al final del cual caducará, sim embargo si el socio desea
suscribir nuevamente el formulario de Excepciones, cumplirá los 4 puntos descritos
anteriormente, y adicional se procederá a la actualización de datos.
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El Oficial de cumplimiento no podrá revelar ningún tipo de información a su alcance a ninguna
persona, salvo las particularidades de su propia función.
La Cooperativa enviará mensualmente a la Unidad de Análisis Financiero, la información de las
operaciones iguales o superiores al umbral de USD 10.000 dólares, y los reportes de control
que determine esta Superintendencia en los formularios que establezca.
El Oficial de Cumplimiento contará con sistemas de seguridad de acceso a su espacio físico,
prohibiéndose toda visita, a no ser que trate de un funcionario de alguna autoridad de control o
funcionario de la cooperativa que se encuentre colaborando con su trabajo.
El Oficial de Cumplimiento, mantendrá una computadora personal con claves de control y no
podrá compartir ni la maquinan ni las claves.
3.16 Procedimientos para las capacitaciones.
Coordinar y programar los planes de capacitación sobre prevención de riesgos asociados al
LA/FT, dirigido a todas las áreas y funcionaros de la Cooperativa, incluyendo los órganos de
administración, control y la Revisoría Fiscal.
La Cooperativa está en la obligación de desarrollar programas de capacitación dirigidos a todos
sus empleados, con el fin de instruirlos en el cumplimiento de la normatividad vigente en materia
de prevención de lavado de activos, y particularmente para indicarles cuáles son los mecanismos
de control desarrollados por la entidad, su aplicación y cumplimiento.
La Cooperativa a través de los cursos de inducción debe capacitar en este tema a todo el
personal nuevo que se vincule a ella y dotarlos de este Manual para su consulta permanente.
Hacer firmar las actas de asistencias para respaldo.
Esta responsabilidad será de la Unidad de Cumplimiento, en coordinación con el Oficial de
Cumplimiento. Además se deben desarrollar programas de capacitación dirigidos a todos los
funcionarios. Esos programas de capacitación deben ser constantemente revisados y
actualizados por la entidad, de acuerdo con sus necesidades internas y la legislación vigente.
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CAPITULO IV: Formularios, formatos y anexo
4.1 Formularios
4.1.1. Formulario de inclusión y actualización de información de la persona natural
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4.1.2. Formulario de inclusión y actualización de información de la persona natural
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4.1.3. Formulario compromiso con el manual de Prevención Lavado de Activos
DECLARATORIA DE RECEPCIÓN Y CONOCIMIENTO DEL MANUAL DE POLÍTICAS Y
PROCEDIMIENTOS PARA PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS
Yo,…………………………………………………………………….. Con documento de identidad N°·…………………….. Informo que he leído y entiendo íntegramente el Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Activos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito COOP. CATAR LTDA; y declaro mi fiel compromiso por cumplirlo en el ejercicio de mis funciones. Lugar y Fecha………………………………………….. Área……………………………………………………… Cargo……………………………………………………. Firma……………………………………………………….
El presente documento deberá incorporarse al expediente del funcionario/pasante o colaborador conforme lo expuesto, cada persona es responsable de su trabajo en la prevención del lavado de dinero y deberá hacer todo lo posible para evitar que la entidad sea utilizada como medio para lavar el dinero. Leyenda explicativa
(1) Nombres y Apellidos Completos
(2) Número de la cedula de Identidad o Pasaporte
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4.1.4. Formulario compromiso con el Código de Ética
DECLARATORIA RECEPCIÓN Y CONOCIMIENTO CON EL CODIGO DE
ÉTICA DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOP CATAR
LTDA
Yo,…………………………………………………………………….. Con documento de identidad N·…………………….. Informo que he leído y entiendo íntegramente el Código de Ética de la Cooperativa de Ahorro y Crédito COOP. CATAR LTDA; y el manual interno para prevenir el Lavado de Activos y financiamiento al Terrorismo y otros Delitos; y declaro mi fiel compromiso por cumplirlo en el ejercicio de mis funciones. Lugar y Fecha………………………………………….. Área……………………………………………………… Cargo…………………………………………………….
Firma……………………………………………………….
El presente documento deberá incorporarse al expediente del funcionario/pasante o colaborador Leyenda explicativa.
(1) Nombres y Apellidos Completos
(2) Número de la cedula de Identidad o Pasaporte
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NOMBRES: APELLIDOS:
NACIONALIDAD O ESTATUS MIGRATORIO: FECHA DE NACIMIENTO: ESTADO CIVIL:
Ecuatoriana: C.I.: Día: Mes: Año: Soltero ______ Casado _____
Extranjera: Pasaporte N°: Divorciado ____ Viudo _____
GÉNERO Masculino Femenino Profesión / Ocupación:
INSTRUCCIÓN: Primaria Secundaria Tecnólogo: Universitario: Egresado:
Se considera una Persona Expuesta Política ó públicamente (PEP): (ver Nota 1) SI __________ NO__________
¿Desempeña o ha desempeñado algún cargo público? SI __________ NO__________
CARGO: PERIODO:
¿Forma o ha formado parte de algún partido político? SI __________ PERIODO: NO__________
El cónyuge o alguno de sus familiares ¿Forma o ha formado parte de algún partido político? SI __________ PERIODO: NO__________
En caso de que la respuesta sea afirmativa, por favor especifique :
NOMBRES: APELLIDOS:
FECHA DE NACIMIENTO
Ecuatoriana: C.I.:
Extranjera: Pas. N°:
DIRECCIÓN DEL TRABAJO AÑOS DE TRABAJO
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN DONDE LABORA: TELÉFONO DEL TRABAJO
A. INDEPENDIENTE
RAZÓN SOCIAL RUC ACTIVIDAD ECONÓMICA PAIS CIUDAD
PÁGINA WEB FECHA DE INICIO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA INGRESO PROMEDIO MENSUAL
Comercio: Pequeña /Mediana Industria: Servicios: Agricultura:
Otros (especifique):
Calle/ número / transversal:
EMAIL TELEFONO
FIJO:
Barrio: Número: Dpto: Piso: CELULAR :
En caso de prestación de servicios profesionales, por favor especifíque:
RUC ACTIVIDAD ECONÓMICA SECTOR ECPNÓMICO
En caso de mantener alguna fuente adicional de ingresos, por favor especifique:
Detalle de la actividad o fuente proveedora de ingresos
¿Posee acciones de alguna empresa? SI __________ NO__________
En caso de respuesta afirmativa, por favor especifique
Razón Social
Fuente principal de ingresos:
1.Ingreso activ. principal: Sueldo ó ingreso cónyuge: 2.Arriendos: 3.Inversiones: TOTAL (1+2+3+4):
4.Otros ingresos: Orígen:
1.Gastos vivienda: 2.Gastos salud: 3.Gastos alimentación: 4.Gastos educación: 5.Otros: TOTAL(1+2+3+4+5):
CORRIENTES
Efectivo: Bancos: Inversiones Financieras:
Valor del crédito Valor transferencia bancaria: Institución Financiera:
BIENES INMUEBLES
Descripción: Dirección: Valor Comercial: En arriendo:
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
VEHICULOS
Marca Año Placa V. Comercial En arriendo:
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
INSTITUCION RAZÓN O PROPÓSITO VALOR ORIGINAL PAGO MENSUAL SALDO
Valor deudas por pagar <
=2 años
Valor deudas por pagar > 2
años
8. TOTAL PATRIMONIO (6. ACTIVOS - 7. PASIVOS):
Nota 1.- JB-2008-1154.- Persona expuesta política y públicamente PEP.- Funcionario de alto nivel que ejerce cargo público o tenga relación hasta el 4to. Grado de consanguinidad o 2do. Grado de afinidad o
que sea un estrecho colaborador de una persona pública.
Declaro y me responsabilizo de que la información contenida en este formulario es correcta y que los fondos provenientes de las actividades a la cual represento y los míos propios, no
provienen de actividades relacionadas directa o indirectamente, al cultivo, producción, fabricación,almacenamiento, consumo, transporte y/o tráfico de sustancias estupefacientes o
psicotrópicos, ni están destinadas al financiamiento del terrorismo ni ningua otra ctividad ilícita o prohibida por las leyes del Ecuador. Asi mismo entiendo que esta información podrá
ser requerida por las autoridades de control respectivas para los efectos legales correspondientes . Autorizo a la COAC Coop Catar Ltda., para que pueda utilizar, transferir o entregar
dicha información a autoridades competentes, organismos de control, burós de información crediticia y otras instituciones o personas jurídicas, legal o reglamentariamente facultadas,
en caso de investigación y/o determinación de transacciones inusuales. Eximo a la COAC Coop Catar Ltda., de toda responsabilidad, inclusive respecto a terceros si esta declaracion
fuese falsa o errónea. En el evento de existir cambios o adiciones en la información proporcionada, me comprometo a actualizar la misma.
Por otra parte, manifiesto que conozco el contenido de la Resolución de Junta Bancaria No. JB-99-150 publicada en el RO No. 260 del 23 de agosto de 1999 y sus reformas, y declaro
expresamente que SI _____ ó NO_____ me encuentro incurso en las causales de vinculación establecidas en la mencionada Resolución, comprometiéndome (nos) a informar a la
cooperativa cualquier cambio respecto a los criterios de vinculación.
Ciudad y fecha Firma del Cliente Firma Funcionario " COOP .CATAR LTDA"
Nota 2.- La información aquí descrita es estrictamente confidencial.
Certifico no haber sido declarado insolvente judicialmente, no tener sentencia que condene a pena privativa de libertad o auto de llamamiento a juicio debidamente ejecutoriado, ni
hallarme incurso en ninguna inhabilidad o limitación de mis derechos personales.
CARGO QUE DESEMPEÑA
FORMULARIO PERFIL "CONOZCA SU CLIENTE" PERSONA NATURAL
En caso de que la respuesta sea afirmativa, por favor
especifique el cargo desempeñado:
Hipotecado
Prendado
DIRECCION TRABAJO:
2. DATOS DE PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE
1. DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
PRINCIPAL CLIENTE
INGRESO PROMEDIO MENSUAL
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
3. DATOS DEL CONYUGE
4. DATOS DE ACTIVIDAD ECONOMICA
NACIONALIDAD O ESTATUS MIGRATORIO:
CELULAR
RUC
6. ACTIVOS
7. PASIVOS DEUDAS O HIPOTECAS
5. SITUACION FINANCIERA MENSUAL
4.1.5. Política “conozca a su cliente” persona natural
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Formulario Cumplimiento No. 004
NOMBRES: APELLIDOS:
NACIONALIDAD O ESTATUS MIGRATORIO: FECHA DE NACIMIENTO: ESTADO CIVIL:
Ecuatoriana: C.I.: Día: Mes: Año: Soltero ______ Casado _____
Extranjera: Pasaporte N°: Divorciado ____ Viudo _____
GÉNERO Masculino Femenino Profesión / Ocupación:
INSTRUCCIÓN: Primaria Secundaria Tecnólogo: Universitario: Egresado:
Se considera una Persona Expuesta Política ó públicamente (PEP): (ver Nota 1) SI __________ NO__________
¿Desempeña o ha desempeñado algún cargo público? SI __________ NO__________
CARGO: PERIODO:
¿Forma o ha formado parte de algún partido político? SI __________ PERIODO: NO__________
El cónyuge o alguno de sus familiares ¿Forma o ha formado parte de algún partido político? SI __________ PERIODO: NO__________
En caso de que la respuesta sea afirmativa, por favor especifique :
NOMBRES: APELLIDOS:
FECHA DE NACIMIENTO
Ecuatoriana: C.I.:
Extranjera: Pas. N°:
DIRECCIÓN DEL TRABAJO AÑOS DE TRABAJO
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN DONDE LABORA: TELÉFONO DEL TRABAJO
A. INDEPENDIENTE
RAZÓN SOCIAL RUC ACTIVIDAD ECONÓMICA PAIS CIUDAD
PÁGINA WEB FECHA DE INICIO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA INGRESO PROMEDIO MENSUAL
Comercio: Pequeña /Mediana Industria: Servicios: Agricultura:
Otros (especifique):
Calle/ número / transversal:
EMAIL TELEFON
O FIJO:
Barrio: Número: Dpto: Piso: CELULAR :
En caso de prestación de servicios profesionales, por favor especifíque:
RUC ACTIVIDAD ECONÓMICA SECTOR ECPNÓMICO
En caso de mantener alguna fuente adicional de ingresos, por favor especifique:
Detalle de la actividad o fuente proveedora de ingresos
¿Posee acciones de alguna empresa? SI __________ NO__________
En caso de respuesta afirmativa, por favor especifique
Razón Social
Fuente principal de ingresos:
1.Ingreso activ. principal: Sueldo ó ingreso cónyuge: 2.Arriendos: 3.Inversiones: TOTAL (1+2+3+4):
4.Otros ingresos: Orígen:
1.Gastos vivienda: 2.Gastos salud: 3.Gastos alimentación: 4.Gastos educación: 5.Otros: TOTAL(1+2+3+4+5):
CORRIENTES
Efectivo: Bancos: Inversiones Financieras:
Valor del crédito Valor transferencia bancaria: Institución Financiera:
BIENES INMUEBLES
Descripción: Dirección: Valor Comercial: En arriendo:
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
VEHICULOS
Marca Año Placa V. Comercial En arriendo:
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
SI ________ NO ________ _________
INSTITUCION RAZÓN O PROPÓSITO VALOR ORIGINAL PAGO MENSUAL SALDO
Valor deudas por pagar <
=2 años
Valor deudas por pagar > 2
años8. TOTAL PATRIMONIO (6. ACTIVOS - 7. PASIVOS):
FORMULARIO PERFIL "CONOZCA SU CLIENTE" PERSONA JURÍDICA
En caso de que la respuesta sea afirmativa, por favor
especifique el cargo desempeñado:
CELULAR
4. DATOS DE ACTIVIDAD ECONOMICA
DIRECCION TRABAJO:
1. DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
2. DATOS DE PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE
3. DATOS DEL CONYUGE
NACIONALIDAD O ESTATUS MIGRATORIO:
CARGO QUE DESEMPEÑA
PRINCIPAL CLIENTE
Por otra parte, manifiesto que conozco el contenido de la Resolución de Junta Bancaria No. JB-99-150 publicada en el RO No. 260 del 23 de agosto de 1999 y sus reformas, y
declaro expresamente que SI _____ ó NO_____ me encuentro incurso en las causales de vinculación establecidas en la mencionada Resolución, comprometiéndome (nos) a
informar a la cooperativa cualquier cambio respecto a los criterios de vinculación.
Certifico no haber sido declarado insolvente judicialmente, no tener sentencia que condene a pena privativa de libertad o auto de llamamiento a juicio debidamente
ejecutoriado, ni hallarme incurso en ninguna inhabilidad o limitación de mis derechos personales.
INGRESO PROMEDIO MENSUAL
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
RUC
5. SITUACION FINANCIERA MENSUAL
Nota 1.- JB-2008-1154.- Persona expuesta política y públicamente PEP.- Funcionario de alto nivel que ejerce cargo público o tenga relación hasta el 4to. Grado de consanguinidad o 2do. Grado de
afinidad o que sea un estrecho colaborador de una persona pública.
Nota 2.- La información aquí descrita es estrictamente confidencial.
6. ACTIVOS
Hipotecado
Prendado
Ciudad y fecha Firma del Cliente Firma Funcionario " COOP .CATAR LTDA"
7. PASIVOS DEUDAS O HIPOTECAS
Declaro y me responsabilizo de que la información contenida en este formulario es correcta y que los fondos provenientes de las actividades a la cual represento y los míos
propios, no provienen de actividades relacionadas directa o indirectamente, al cultivo, producción, fabricación,almacenamiento, consumo, transporte y/o tráfico de sustancias
estupefacientes o psicotrópicos, ni están destinadas al financiamiento del terrorismo ni ningua otra ctividad ilícita o prohibida por las leyes del Ecuador. Asi mismo entiendo que
esta información podrá ser requerida por las autoridades de control respectivas para los efectos legales correspondientes . Autorizo a la COAC Coop Catar Ltda., para que pueda
utilizar, transferir o entregar dicha información a autoridades competentes, organismos de control, burós de información crediticia y otras instituciones o personas jurídicas,
legal o reglamentariamente facultadas, en caso de investigación y/o determinación de transacciones inusuales. Eximo a la COAC Coop Catar Ltda., de toda responsabilidad,
inclusive respecto a terceros si esta declaracion fuese falsa o errónea. En el evento de existir cambios o adiciones en la información proporcionada, me comprometo a actualizar
la misma.
4.1.6. Política “conozca a su cliente” persona jurídica
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4.1.7. Política “conozca a su empleado”
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1.8. Política “conozca a su proveedor”
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4.1.9. Política “conozca a su corresponsal”
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4.1.10. Declaración sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente
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4.1.10. Formulario de Excepción (para firmar solo por una ocasión la licitud de fondos)
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4.1.11. Formulario de solicitud de Empleo
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4.1.12. Formulario de Reporte Interno de Transacciones Inusuales e Injustificadas
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4.2. Formatos
4.2.1 Formato de registro de firmas
4.3. Anexos
4.3.1. Paraísos Fiscales considerados por el SRI
Resolución del SRI 52 Registro Oficial Suplemento 430 de 03-feb.-2015 Última modificación: 14-
abr.-2016 Estado: Vigente
Art. 2.- Paraísos fiscales.- Se consideran como paraísos fiscales, incluidos, en su caso, dominios,
jurisdicciones, territorios o Estados asociados, aquellos que se detalla a continuación:
1. ANGUILA (Territorio no autónomo del Reino Unido)
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2. ANTIGUA Y BARBUDA (Estado independiente)
3. ARCHIPIELAGO DE SVALBARD
4. ARUBA 5. BARBADOS (Estado independiente)
6. BELICE (Estado independiente)
7. BERMUDAS (Territorio no autónomo del Reino Unido)
8. BONAIRE, SABA Y SAN EUSTAQUIO
9. BRUNEI DARUSSALAM (Estado independiente)
10. CAMPIONE DITALIA (Comune di CampionedItalia)
11. COLONIA DE GIBRALTAR
12. COMUNIDAD DE LAS BAHAMAS (Estado independiente)
13. CURAZAO
14. ESTADO ASOCIADO DE GRANADA (Estado independiente)
15. ESTADO DE BAHREIN (Estado independiente)
16. ESTADO DE KUWAIT (Estado independiente)
17. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO (Estado asociado a los EEUU)
18. EMIRATOS ARABES UNIDOS (Estado independiente)
19. FEDERACION DE SAN CRISTOBAL (Islas Saint Kitts and Nevis: independientes)
20. GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO
21. GROENLANDIA 22. GUAM (Territorio no autónomo de los EEUU)
23. ISLA DE ASCENSION
24. ISLAS AZORES
25. ISLAS CAIMAN (Territorio no autónomo del Reino Unido)
26. ISLAS CHRISTMAS
27. ISLA DE COCOS O KEELING
28. ISLA DE COOK (Territorio autónomo asociado a Nueva Zelanda)
29. ISLA DE MAN (Territorio del Reino Unido)
30. ISLA DE NORFOLK
31. ISLA DE SAN PEDRO Y MIGUELON
32. ISLAS DEL CANAL (Guernesey, Jersey, Alderney, Isla de Great Stark, Herm, Little Sark,
Brechou, Jethou, Lihou)
33. ISLA QESHM
34. ISLAS SALOMON
35. ISLAS TURKAS E ISLAS CAICOS (Territorio no autónomo del Reino Unido)
36. ISLAS VIRGENES BRITANICAS (Territorio no autónomo del Reino Unido)
37. ISLAS VIRGENES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
38. KIRIBATI
39. LABUAN
40. MACAO
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41. MADEIRA (Territorio de Portugal)
42. MANCOMUNIDAD DE DOMINICA (Estado asociado)
43. MONTSERRAT (Territorio no autónomo del Reino Unido)
44. MYANMAR (ex Birmania)
45. NIGERIA
46. NIUE
47. PALAU
48. PITCAIRN
49. POLINESIA FRANCESA (Territorio de Ultramar de Francia)
50. PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN (Estado independiente)
51. PRINCIPADO DE MONACO
52. PRINCIPADO DEL VALLE DE ANDORRA
53. REINO DE SWAZILANDIA (Estado independiente)
54. REINO DE TONGA (Estado independiente)
55. REINO HACHEMITA DE JORDANIA
56. REPUBLICA COOPERATIVA DE GUYANA (Estado independiente)
57. REPUBLICA DE ALBANIA
58. REPUBLICA DE ANGOLA
59. REPUBLICA DE CABO VERDE (Estado independiente)
60. REPUBLICA DE CHIPRE
61. REPUBLICA DE DJIBOUTI (Estado independiente)
62. REPUBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL (Estado independiente)
63. REPUBLICA DE LIBERIA (Estado independiente)
64. REPUBLICA DE MALDIVAS (Estado independiente)
65. REPUBLICA DE MALTA (Estado independiente)
66. REPUBLICA DE MAURICIO
67. REPUBLICA DE NAURU (Estado independiente)
68. REPUBLICA DE PANAMA (Estado independiente)
69. REPUBLICA DE SEYCHELLES (Estado independiente)
70. REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO
71. REPUBLICA DE TUNEZ
72. REPUBLICA DE VANUATU
73. REPUBLICA DEL YEMEN
74. REPUBLICA DEMOCRATICA SOCIALISTA DE SRI LANKA
75. SAMOA AMERICANA (Territorio no autónomo de los EEUU)
76. SAMOA OCCIDENTAL
77. SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS (Estado independiente)
78. SANTA ELENA
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79. SANTA LUCIA
80. SAN MARTIN
81. SERENISIMA REPUBLICA DE SAN MARINO (Estado independiente)
82. SULTANADO DE OMAN
83. TOKELAU
84. Nota: Numeral derogado por artículo único de Resolución del SRI No. 154, publicada en
Registro Oficial Suplemento 733 de 14 de Abril del 2016.
85. TRISTAN DA CUNHA (SH Saint Helena) 85. TUVALU 86. ZONA LIBRE DE OSTRAVA.
4.3.2. Escala de Remuneración Mensual Unificada del Nivel Jerárquico Superior
Mediante acuerdo Ministerial N° 0152 MTD -2017 emitido por el Ministerio de Trabajo acuerda
mediante el art.1.- emitir la escala de remuneración mensual unificada para las y los
dignatarios. Las autoridades y las y los funcionarios que ocupen puestos comprendidos en
el nivel jerárquico superior, de conformidad con el siguiente detalle.
4.3.3. Grados de Consanguinidad y Afinidad para la consideración de PEPS
Grados de Consanguinidad: Llamada también 'natural' hace referencia a los vínculos que
existen entre los descendientes y ascendientes de un progenitor común (bisabuelos, abuelos,
padres, hijos, nietos, bisnietos, etc.). El parentesco se divide en dos líneas a partir de un
'tronco' principal que es la primera persona a la que nos referimos.
Grados de Afinidad:
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Es el parentesco que existe entre una persona que está o ha estado casada y los
consanguíneos de su marido o mujer, o bien, entre uno de los padres de un hijo y los
consanguíneos del otro progenitor.
Certificación.- Yo, Margarita Andrade en mi calidad de secretaria certifico el desarrollo de la
reunión, puesto que se cumplió con los puntos de la convocatoria y el orden del día, existiendo
legalidad en las resoluciones tomadas por los integrantes de los Consejos tanto de
Administración como de Vigilancia.
El presente Manual de Políticas y Procedimientos para la Prevención de Lavado de Activos y
Financiamiento de Delitos incluido el Terrorismo, fue aprobado por el Consejo de Administración
de la Cooperativa Coop Catar, el día 08 de Mayo del 2018, como consta en el acta No. 2018-008.
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