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LINEAMIENTOSPARA LA
GESTIN DE LA CONVIVENCIA
EN ESCUELAS DE EDUCACIN
BSICA Y MEDIA SUPERIOR
DEL ESTADO DE VERACRUZ
DIRECTRICES PARALAELABORACIN DEACUERDOS ESCOLARESDECONVIVENCIA
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Javier Duarte de Ochoa
GOBERNADORDELESTADO
Xchitl A. Osorio Martnez
SECRETARIADEEDUCACIN
Rosendo Roberto Pelayo Valds
SUBSECRETARIODEEDUCACINBSICA
Denisse Uscanga Mndez
SUBSECRETARIADEEDUCACINMEDIASUPERIOR
YSUPERIOR
Nemesio Domnguez Domnguez
SUBSECRETARIODEDESARROLLOEDUCATIVO
Vicente Guillermo Bentez Gonzlez
OFICIALMAYOR
DIRECTORIO
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SUBSECRETARA DE EDUCACIN BSICA
Norma G. Trevio BadilloENCARGADADELADIRECCINGENERALDEEDUCACININICIALY
PREESCOLAR
Mario Hernndez SnchezDIRECTORGENERALDEEDUCACINPRIMARIAESTATAL
Lzaro Medina BarragnDIRECTORGENERALDEEDUCACINPRIMARIAFEDERALIZADA
Tirso nimas GarcaDIRECTORGENERALDEEDUCACINSECUNDARIA
Elas Jimnez RomeroDIRECTORDEEDUCACININDGENA
Delfina Cuevas AguilarDIRECTORADEEDUCACINESPECIAL
SUBSECRETARA DE EDUCACIN MEDIA SUPERIOR
Y SUPERIOR
Rafael Ferrer DeschampsDIRECTORGENERALDEBACHILLERATO
Conrado Rafael Arenas ContrerasDIRECTORGENERALDETELEBACHILLERATO
Carlos Aceves AmezcuaDIRECTORGENERALDELCOLEGIODEBACHILLERESDELESTADODEVERACRUZ
Federico Mrquez PrezDIRECTORGENERALDELCOLEGIODEEDUCACINPROFESIONAL
TCNICADELESTADODEVERACRUZ
Fernando Arteaga AponteDIRECTORGENERALDELCOLEGIODEESTUDIOSCIENTFICOSY
TECNOLGICOSDELESTADODEVERACRUZ
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SUBSECRETARADEEDUCACINBSICA
Daniel Demeneghi GamboaPetra Isabel Snchez CamposSammy del C. Contreras MartnezSara Jimnez QuirozRen Riveroll RodrguezFernando Ramrez Aguayo
Rosaura Patricia Zarrabal RomoZizil Anette Prez AltamiranoJessica Rubi Manrique BandalaMara Consuelo Niembro DomnguezMara Flix Perea DazDulce Mara Salazar Garca
OpininComisin Estatal de Derechos Humanos del Estado de VeracruzProcuradura de la Defensa del Menor, la Familia y el Indgena (DIFestatal)Consejo Estatal de Asistencia para la Niez y la Adolescencia (CEDAS)Centro Estatal de Prevencin Social de la Violencia y la Delincuencia conParticipacin Ciudadana (CEPREVIDE), dependiente del Consejo Estatal deSeguridad
AprobacinDireccin Jurdica de la SEV
ELABORACIN DE LINEAMIENTOS PARA LA GESTIN DE
LA CONVIVENCIA EN ESCUELAS DE EDUCACIN BSICA
Y MEDIA SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ
Julio Csar Arango ChontalCOORDINACINYASESORA
SUBSECRETARADEEDUCACINMEDIASUPERIORYSUPERIOR
Rolando Rivera VargasDina Esmirna Mrquez Barrientos
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COORDINACIN PARA LA DIFUSIN
DEPARTAMENTO DE APOYO EDITORIAL
Gustavo Adolfo Iram vila MaldonadoCOORDINADOR PARA LA DIFUSIN
Blanca Estela Hernndez Garca
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE APOYO EDITORIAL
Elizabeth Polanco Galindo
JEFA DE LA OFICINA DE COLECCIONES
Melba Al Velzquez Mabarak Sonderegger
Aln Armando Corts Lpez
Soledad Ariadna Cabrera Excelente
Alejandro Arnaud Mndez
CORRECCIN DE ESTILO
Milena Gmez Castro
PORTADA, INTERIORES Y FORMACIN
Reyna Velasco Lpez
CAPTURA
Lineamientos para la Gestin de la Convivencia en Escuelas de
Educacin Bsica y Media Superior del Estado de Veracruz. Directricespara la elaboracin de Acuerdos Escolares de Convivencia.
Secretara de Educacin de Veracruzkm 4.5, Carretera Federal Xalapa-Veracruz, Col. SAHOP
C.P. 91190, Xalapa, Veracruz, Mxico
1aedicin, 2015
Impreso en Mxico
Lineamientos para la Gestin de la Convivencia en Escuelas de Educacin Bsica y Media Superior del Estadode Veracruz.Directrices para la Elaboracin de Acuerdos Escolares de Convivencia est editado por la Secretara deEducacin de Veracruz. El contenido es responsabilidad de quienes elaboraron el texto. Se autoriza la reproduccintotal o parcial de la obra, siempre y cuando se cite fuente. Toda correspondencia dirigirla al Departamento de ApoyoEditorial de la Coordinacin para la Difusin, Av. Araucarias, nm. 5, Edificio Orense II, tercer piso, Col. Esther Badillo,C.P. 91190, Xalapa, Veracruz. Tels. 813 98 61 y 813 99 44 (fax). Correo electrnico [email protected]
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PRESENTACIN
LINEAMIENTOS PARA LA GESTIN DE
LA CONVIVENCIA EN ESCUELAS DEEDUCACIN BSICA Y MEDIA SUPERIOR
DEL ESTADO DE VERACRUZ
CONSIDERANDO
CAPTULO I
Disposiciones generales
CAPTULO II
Del propsito de los Lineamientos
CAPTULO III
Medidas complementarias para mejorar la
convivencia escolar
CAPTULO IV
Orientaciones para la elaboracin de los
Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC)
TRANSITORIOS
CONTENIDO
9
11
12
16
23
25
28
36
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PRESENTACIN
La convivencia escolar, como una de las prioridades eneducacin bsica y media superior, prevista en la polticaeducativa impulsada por la Secretara de Educacin Pblica,
se concibe como un proceso dinmico y de construccin
colectiva que permite entablar relaciones interculturales,incluyentes, democrticas y pacficas entre los integrantes
de la comunidad escolar, lo que favorece ambientes
propicios para el aprendizaje.
La gestin de la convivencia escolar, entonces, se refiere
a la capacidad de la escuela para desarrollar acciones y
procesos organizacionales con el apoyo y la orientacin dela autoridad educativa estatal.
Los propsitos de los Lineamientos para la Gestin de
la Convivencia en Escuelas de Educacin Bsica y Media
Superior del Estado de Veracruz es establecer directrices
y ofrecer orientaciones para promover la adopcin de nor-
mas consensuadas por toda la comunidad educativa que
contribuyan a que la convivencia escolar, desde un enfoque
formativo, favorezca y mejore ambientes para el aprendizaje.
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En la elaboracin de estos Lineamientos particip
un equipo multidisciplinario con representantes de cada
uno de los niveles y servicios, orientados por un grupode acadmicos de la Subsecretara de Educacin Bsica de
la SEP; asimismo, se involucr a un nmero considerable
de jefes de sector, supervisores y directores escolares de
Veracruz, adems de representantes de educacin media
superior.
Tambin merecen un reconocimiento especial los
organismos relacionados con el tema de convivencia escolar
que contribuyeron con su opinin: la Comisin Estatal de
Derechos Humanos del Estado de Veracruz, la Procuradura
de la Defensa del Menor, la Familia y el Indgena (DIF
estatal); el Consejo Estatal de Asistencia para la Niez y
la Adolescencia (CEDAS), el Centro Estatal de Prevencin
Social de la Violencia y la Delincuencia con ParticipacinCiudadana (CEPREVIDE), dependiente del Consejo Estatal
de Seguridad, y la Direccin Jurdica de esta Secretara.
Los Lineamientos deben ser retomados en cada plantel
de educacin bsica y media superior de la entidad para
la construccin de sus Acuerdos Escolares de Convivencia
(AEC). En este proceso se cuenta con el apoyo adicionalde un documento-gua y con orientaciones de las reas
tcnicas de los niveles y servicios.
En consideracin a la autonoma escolar, cada comunidad
educativa definir el mecanismo para la integracin, difusin
y validacin de su AEC, garantizando la plena participacin
de todos sus miembros.
Profra. Xchitl A. Osorio Martnez
SECRETARIADEEDUCACINDEVERACRUZ
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LINEAMIENTOSPARA LA GESTIN
DE LA CONVIVENCIAEN ESCUELAS
DE EDUCACIN BSICA YMEDIA SUPERIOR DEL
ESTADO DE VERACRUZ
XCHITL A. OSORIO MARTNEZ, Secretaria de Educacin
de Veracruz, con fundamento en los artculos 1, 2 y 3
prrafos segundo y tercero, fraccin II, incisos a), b) y c);
artculo 4 prrafo noveno y artculo 31 fraccin I de la
Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos;
artculos 10 y 13 del Pacto Internacional de Derechos
Econmicos, Sociales y Culturales; artculos 3, 19, 28 y 29
de la Convencin sobre los Derechos del Nio; artculos 19
y 26 de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos,artculos 13 y 19 del Protocolo Adicional a la Convencin
Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Dere-
chos Econmicos, Sociales y Culturales Protocolo de San
Salvador; artculos 5, 10, 14.2.d y 16.1.d de la Convencin
sobre la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin
Contra la Mujer; artculo 8 de la Convencin Interamericanapara Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la
Mujer Convencin de Belm Do Par; artculos 16, 23 y 24
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de la Convencin sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad; artculo III de la Convencin Interamericana
para la Eliminacin de Todas las Formas de DiscriminacinContra las Personas con Discapacidad; artculos 4 y 5 de la
Convencin Internacional sobre la Eliminacin de Todas las
Formas de Discriminacin Racial; artculo 50 de la Constitucin
Poltica del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2, 3,
7, 8, 9, 32, 33 fraccin XV, 37, 38, 39, 41, 42, 49, 65 fraccin
II, 66, 68, 69 y 71 de la Ley General de Educacin; artculos
5 y 12 fraccin II de la Ley General para la Inclusin de las
Personas con Discapacidad; artculos 2, 3, 6, 7, 13, 46,
47, 48, 49, 57, 58 y 59 de la Ley General de los Derechos
de Nias, Nios y Adolescentes; artculo 38 fraccin VI de
la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
artculo 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia; artculos 2 y 9 fraccin IV y 21 de laLey Orgnica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave; Ley para la Proteccin de los Derechos
de Nias, Nios y Adolescentes del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave; Ley 303 contra el Acoso Escolar para el
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; artculos 1, 5 y
7 del Reglamento Interior de la Secretara de Educacin deVeracruz, y dems relativas y aplicables.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el artculo 3 de la Constitucin Poltica de
los Estados Unidos Mexicanos establece que el criterio queorientar a la educacin contribuir a la mejor convivencia
humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la
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diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad
de la familia, la conviccin del inters general de la sociedad,
los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos,evitando los privilegios de razas, de religin, de grupos, de
sexos o de individuos;
SEGUNDO.- Que la Constitucin Poltica de los Estados
Unidos Mexicanos en el artculo 2 inciso b) fraccin II y
la Ley General de Educacin, en su artculo 8 fraccin III,
el cual establece que la educacin contribuir a la mejor
convivencia humana, tanto por los elementos que aporte, a
fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para
la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la
conviccin del inters general de la sociedad, como por el
cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad
e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los
privilegios de razas, de religin, de grupos, de sexos o deindividuos;
TERCERO.- Que la Ley General de Derechos Lingsticos
de los Pueblos Indgenas, en su artculo 11, seala que
las autoridades educativas federales y de las entidades
federativas garantizarn que la poblacin indgena tenga
acceso a la educacin obligatoria, bilinge e intercultural,y adoptarn las medidas necesarias para que en el sistema
educativo se asegure el respeto a la dignidad e identidad
de las personas, independientemente de su lengua;
CUARTO.- Que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la
Discriminacin, en sus artculos 9 y 15 Sextus, indica que
para procurar el acceso y la permanencia a la educacinpblica o privada, las autoridades educativas debern
implementar acciones como la educacin para la igualdad
y la diversidad;
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QUINTO.- Que el artculo 10 de la Constitucin Poltica
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave prev que
la educacin ser organizada y garantizada por el Estadocomo un proceso integral y permanente;
SEXTO.- Que la Ley nmero 235 de Acceso de las Mujeres
a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave, artculo 10; la Ley nmero 247 de
Educacin para el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave en su artculo 9; la Ley nmero 299 de Proteccin de
Derechos de Nias, Nios y Adolescentes para el Estado
de Veracruz de Ignacio de la Llave en su artculo 61; la Ley
nmero 551 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para
el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave en sus artculos
7, 8, 9 y 13; la Ley nmero 822 para la Integracin de las
Personas con Discapacidad del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, artculos 10, 22, 23, 24, 25, 26 y 27; la Leynmero 864 para Prevenir y Eliminar la Discriminacin en el
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artculos 6, 11 y
12, y la Ley nmero 879 de Derechos y Culturas Indgena para
el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artculos 9, 49,
50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58 y 63 coinciden en establecer
la obligacin de las autoridades educativas de impedir quese adopten prcticas y medidas disciplinarias contrarias a la
dignidad e integridad fsica de los educandos;
SPTIMO.- Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
plantea entre sus metas nacionales: un Mxico en Paz, un
Mxico Incluyente y un Mxico con Educacin de Calidad.
Asimismo, que el Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016establece en el Eje Construir el presente para un mejor
futuro para todos, Captulo III.4 Educacin de calidad: clave
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de la prosperidad, define entre sus acciones promover un
modelo de gestin escolar enfocado al logro educativo;
OCTAVO.- Que tanto el Programa Nacional para laPrevencin Social de la Violencia y la Delincuencia como el
Programa Escuela Segura, que opera en educacin bsica,
establecen entre sus estrategias favorecer ambientes
escolares libres de violencia que sean propicios para el
desarrollo de los educandos;
NOVENO.- Que con fecha 30 de mayo de 2014 el Gobierno
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a travs de su
Secretara de Educacin, celebr con el Ejecutivo Federal, por
medio de la Secretara de Educacin Pblica, un Convenio
de Coordinacin para definir acciones conjuntas con el
propsito de erradicar la violencia y el acoso escolar;
DCIMO.- Que la educacin de calidad se debe brindar bajo
el principio de equidad, por lo que todos los habitantes delestado deben tener las mismas oportunidades de acceso al
sistema educativo veracruzano en funcin de una atencin
diferenciada que considere su individualidad, su contexto
social, su mbito cultural y su entorno geogrfico, y
DCIMO PRIMERO.- Que la educacin es un derecho
fundamental y una estrategia para potenciar oportunidadesque permite instrumentar las relaciones interculturales,
reducir las desigualdades entre grupos sociales, cerrar
brechas e impulsar la equidad. Por lo tanto, al reconocer
la diversidad que existe en nuestro estado, el sistema
educativo hace efectivo este derecho al ofrecer una edu-
cacin pertinente e inclusiva.
En cumplimiento de lo anterior se expiden los siguientes:
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CAPTULO I
DISPOSICIONESGENERALES
Artculo 1. Las presentes normas sern de observancia
obligatoria para todas las autoridades educativas locales
de los niveles de educacin bsica y media superior,
incluyendo al personal con funciones de supervisin escolar,
coordinacin de zona de bachillerato o sus equivalentes,
direccin, docentes, tcnicos docentes, asesores
tcnico pedaggicos y dems personal bajo cualquier
denominacin y situacin administrativa en planteles de
educacin bsica y media superior del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave. Asimismo, en lo conducente,
regularn la participacin de autoridades municipales en
estos centros escolares.
Artculo 2. Estos Lineamientos tienen por objeto establecer
directrices y orientaciones, a fin de promover la adopcin
de normas consensuadas que favorezcan la creacin de
condiciones para la equidad, el respeto y la solidaridad
entre la comunidad escolar para una convivencia inclusiva,
democrtica y pacfica en las escuelas de educacin bsica ymedia superior que, con un enfoque formativo, contribuya a
la mejora de los ambientes de aprendizaje.
LINEAMIENTOS PARA LA GESTIN DE
LA CONVIVENCIA EN ESCUELAS DE
EDUCACIN BSICA Y MEDIA SUPERIORDEL ESTADO DE VERACRUZ
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Artculo 3. La convivencia escolar es un proceso dinmico
y de construccin colectiva que permite entablar relaciones
interculturales, incluyentes, democrticas y pacficas entrelos integrantes de la comunidad escolar, favoreciendo
ambientes propicios para el aprendizaje.
La convivencia no se refiere a la simple coexistencia
entre las personas, sino tambin debe verse reflejada en las
acciones individuales y colectivas que permiten el respeto
a los derechos humanos y a la dignidad de las personas,
los buenos tratos, el dilogo, el aprecio y el reconocimiento
de la diversidad en sus diferentes manifestaciones y en el
fomento de valores democrticos y de una cultura de paz. En
este sentido, la convivencia es una herramienta fundamental
para aprender a aprender, al tiempo que constituye un fin
en s misma, aprender a ser, aprender a hacer y aprender a
convivir, propiciando el desarrollo integral y ptimo del serhumano.
Artculo 4. La convivencia, como elemento constitutivo
de la calidad educativa, ser abordada a travs de tres
dimensiones generales interrelacionadas: la inclusiva, la
democrtica y la pacfica.Inclusiva. Reconoce el derecho a la dignidad de las
personas por el simple hecho de serlo, considerando
las necesidades psicolgicas y de infraestructura para
una educacin completa. Se trata de valorar y respetar
la diversidad de los actores de un sistema educativo y,
al mismo tiempo, eliminar las prcticas discriminatoriasy de exclusin social, principalmente de nios y adoles-
centes, quienes son el centro del quehacer educativo.
I.
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En esta dimensin queda comprendido el enfoque
intercultural que, desde la visin de derechos humanos,
se refiere a la construccin de relaciones equitativasentre personas, comunidades, culturas y pases. En el
mbito educativo es una propuesta para la reorien-
tacin didctica, social, cultural y poltica que pretende
concretarse en la reconstruccin de una sociedad que
manifieste su conciencia de la diversidad a travs
del respeto a s mismo y a los otros, y a la necesidad
de pensar en la pluralidad cultural como una forma de
enriquecimiento mutuo y de complementariedad.
Democrtica. Implica la participacin y la correspon-
sabilidad en la construccin y el seguimiento de los
acuerdos que regulan la vida colectiva. Es imprescindible
el reconocimiento de todos los actores de la comunidad
escolar como sujetos de derechos y responsabilidades,capaces de participar activamente en las decisiones
de su entorno y de convivir en apego a los principios
democrticos.
Pacfica.Aspira a que toda persona sea capaz de dar
respuesta a los conflictos que se suscitan dentro del aula
y la escuela desde una va pacfica, usando el dilogocomo herramienta fundamental para abordar aquellas
situaciones de desencuentro entre pares o grupos, as
como el respeto y cumplimiento de las normas. Aplica
el enfoque de respeto a los derechos humanos.
Artculo 5. Finalidades de la gestin de la convivenciaescolar.
II.
III.
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Promover en todas las escuelas de educacin bsica y
media superior del Estado de Veracruz una convivencia
inclusiva, democrtica y pacfica.Crear las condiciones que permitan el encuentro
de las personas, la exposicin de sus opiniones, la
participacin, la prevencin y la resolucin de conflictos.
La comunidad escolar otorga lo necesario para generar
ambientes pacficos, adems de aprovechar el conflicto
como un acontecimiento que posibilite el aprendizaje y
crecimiento personal y colectivo.
Proporcionar elementos para la intervencin adecuada
en situaciones de conflicto, privilegiando el dilogo
y, en su caso, la utilizacin de estrategias de resolucin
pacfica de conflictos.
I.
II.
III.
Artculo 6. Para efectos de los presentes Lineamientos seentender por
Autoridad Educativa Local (AEL). Al Titular del Poder
Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,
as como su Secretara de Educacin y dems entidades
establecidas para el ejercicio de la funcin social educativa
en educacin bsica y media superior, siendo los directores,supervisores y coordinadores de zona o sus equivalentes las
primeras instancias de intervencin y atencin.
Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC). Documentos
elaborados por la comunidad escolar para la gestin de la
convivencia en la escuela.
Comunidad Escolar. Conjunto de personas que interactanen el espacio escolar, en el marco del ejercicio y desarrollo de
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la autonoma de gestin escolar. Personal con funciones
de supervisin escolar, de coordinacin de zonas o
equivalentes, de direccin, docentes, de asesora tcnicopedaggica y tcnico docente, educandos, padres de
familia o tutores y personal no docente (administra-
tivo, de servicios generales y de apoyo) y prestador de
servicio del establecimiento de consumo escolar.
Conflicto. Situacin en que dos o ms personas entran
en oposicin o desacuerdo de intereses o posiciones
incompatibles, donde las emociones y los sentimientos
juegan un rol importante y la relacin entre las partes puede
terminar fortalecida o deteriorada segn la oportunidad y el
procedimiento que se haya decidido para abordarlo.
Disciplina. Producto colectivo de normas, procedimientos
y lmites que regulan la interaccin de los individuos, y que
permite a la escuela garantizar un ambiente adecuado deconvivencia y aprendizaje, ya que preserva valores: justicia,
libertad, solidaridad, equidad y empata; desempeando
as un papel clave en la socializacin del educando y
promoviendo su responsabilidad, reflexin y desarrollo
en el marco de las dimensiones inclusiva, democrtica y
pacfica.La disciplina es esencial, pues los nios y los adoles-
centes necesitan reglas de convivencia, no impuestas,
sino acordadas en consenso, cercanas a su comprensin y
aplicadas para todos.
Educacin bsica. Tipo educativo que comprende los
niveles de preescolar, primaria y secundaria en sus diferentesmodalidades y servicios, incluyendo educacin indgena,
especial y fsica, as como la que se imparte en los centros
de educacin para adultos.
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Educacin media superior. Tipo educativo que comprende
el nivel de bachillerato, los dems equivalentes a ste, as
como la educacin profesional que no requiere bachilleratoo sus equivalentes.
Gestin de la convivencia escolar. Se refiere a la capacidad
de la escuela para desarrollar acciones y procesos
organizacionales que favorezcan ambientes propicios de
aprendizaje desde prcticas inclusivas, democrticas y
pacficas entre los actores de la comunidad escolar.
Lineamientos. Lineamientos para la Gestin de la Convivencia
en Escuelas de Educacin Bsica y Media Superior del Estado
de Veracruz.
Medios de resolucin pacfica de conflictos. Medios
que han surgido paralelamente a los procedimientos
tradicionales de la justicia ordinaria, cuya diferencia radica
en que las partes involucradas son quienes lo resuelven.Entre ellos destacan:
Conciliacin. Proceso de solucin de conflictos simples
que facilita la presentacin de reclamos y su resolu-
cin. Tiene un carcter ecunime y la fundamentacin
de la decisin del conciliador es a partir de las pruebas
que presenten las partes. Uno o ms conciliadoresproponen alternativas y solucin al conflicto.
Mediacin. Procedimiento voluntario, confidencial
y flexible para ayudar a que dos o ms personas
encuentren la solucin a un conflicto en forma no
adversarial, en el que interviene un tercero imparcial y
neutral llamado mediador, quien facilita la comunicacinentre las partes.
De acuerdo con la Ley 303 contra el Acoso Escolar
para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
a)
b)
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(artculos 42-A a 42-H), es obligatorio el uso de este
procedimiento en cada centro escolar pblico o
privado, por lo que habrn de tomarse en cuenta lasdisposiciones especficas que al respecto determine la
Secretara de Educacin de Veracruz para la operacin
de los Centros de Mediacin Escolar (CME).
Negociacin. Proceso en el que slo participan las
partes involucradas en el conflicto, privilegiando el
dilogo, analizando la discrepancia y buscando un
acuerdo que resulte mutuamente aceptable para
alcanzar as una solucin a la controversia.
c)
Medida disciplinaria. Consecuencia a la que se hace
acreedor un alumno por infringir una norma de convivencia,
encaminada a generar un cambio de conducta.
Resolucin pacfica de conflictos. Proceso de dilogo ynegociacin entre las partes en conflicto para la bsqueda
de una solucin que satisfaga a ambas, restablezca la
relacin y, si fuera necesario, posibilite la reparacin.
Adems, el agresor recibe el apoyo para la modificacin de
sus conductas.
Ruta de Mejora Escolar. Sistema de gestin que permite alas escuelas ordenar y sistematizar sus decisiones respecto
al mejoramiento del servicio y focalizar los esfuerzos de la
autoridad educativa. Implica los procesos de planeacin,
implementacin, seguimiento, evaluacin y rendicin de
cuentas.
Plan de Mejora Continua. Documento rector que expresa
las acciones y los compromisos que se llevarn a cabo en
el plantel durante cada ciclo escolar, con el propsito de
que en las instituciones de educacin media superior se
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Cuatro prioridades educativas: mejora del aprendizaje,
normalidad mnima escolar, alto al rezago educativo
desde la escuela y convivencia escolar.
Cuatro condiciones generales: fortalecimiento del
Consejo Tcnico Escolar y del Consejo Tcnico de Zona,
de la supervisin escolar, de la participacin socialresponsable y de la descarga administrativa.
CAPTULO II
DELPROPSITODELOSLINEAMIENTOS
Artculo 7. El propsito de estos Lineamientos es regular ypromover la convivencia incluyente, democrtica y pacfica,
orientada a hacer de la escuela un lugar seguro y protector
de los derechos de nios y adolescentes, en el cual puedan
aprender a aprender, aprender a ser y aprender a convivir.
Artculo 8. Para el logro de este propsito, los Lineamientos
buscan
I.
a)
b)
Establecer reglas que permitan la convivencia inclusiva,
democrtica y pacfica entre los actores de la comunidad
preserven los logros alcanzados y se mantenga especial
atencin en los problemas prioritarios para mejorar la
calidad de la educacin que se brinda en cada institucin.Seguimiento. Observacin y recoleccin sistemtica de
datos sobre la ejecucin de acciones, avance en objetivos y
metas, as como el ejercicio de los recursos, con la finalidad
de tomar decisiones en beneficio de la calidad educativa.
Sistema Bsico de Mejora Educativa. Poltica de la SEP
que enfatiza
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escolar, donde todos conozcan sus derechos y
responsabilidades, as como las medidas disciplinarias
como consecuencia de no cumplir con ellas.Garantizar que las normas en las escuelas de los
diferentes niveles y modalidades existentes en el Estado
de Veracruz se apeguen a un enfoque de pleno respeto
a los derechos humanos, con nfasis en los derechos de
nios y adolescentes; incluidos los derechos lingsticos
de nios y adolescentes indgenas.
Promover una construccin democrtica e incluyente
de las normas escolares.
Establecer un marco comn de convivencia para
construir relaciones de respeto, responsabilidad y
reconocimiento, como actitudes indispensables para
comportamientos que deriven en la comprensin y
regulacin de la disciplina.Dar certidumbre a la escuela y la comunidad escolar
al contar con normas y procedimientos claros, justos y
equitativos.
Artculo 9. Este instrumento normativo toma en cuenta los
siguientes planteamientos:I.
II.
II.
III.
IV.
V.
Se estructura conforme a derecho, es decir, con
apego a la Constitucin Poltica de los Estados Unidos
Mexicanos, tratados internacionales y leyes, respetando
el Estado de Derecho, resguardando la calidad de
sujeto de derecho de cada uno de los integrantes de la
comunidad escolar.Es acorde con los principios, las finalidades y los criterios
sobre convivencia escolar sealados en los lineamientos
emitidos por la autoridad educativa federal para su
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elaboracin, as como en otros documentos normativos
que regulan a la educacin bsica y media superior.
Tiene una funcin formativa, en la medida que contri-buye al aprendizaje de la toma responsable de
decisiones; es decir, que ayude a todos los integrantes
de la comunidad escolar a ser mejores personas y
ciudadanos.
Se dirige a toda la comunidad escolar, reconociendo
a los distintos agentes como partcipes de la vida
colectiva y comprometindolos en favor de una mejor
convivencia.
Promueve la definicin de conductas inaceptables
por la comunidad escolar, como el abuso de poder,
la violencia en cualquiera de sus manifestaciones y la
discriminacin.
Favorece las diversas manifestaciones culturalesy lingsticas basadas en el respeto como valor
fundamental de la convivencia comunitaria.
III.
IV.
V.
VI.
CAPTULO III
MEDIDASCOMPLEMENTARIASPARAMEJORARLA
CONVIVENCIAESCOLAR
Artculo 10. La Secretara de Educacin de Veracruz
impulsar en las escuelas de educacin bsica y media
superior modos de organizacin, la conformacin y el
funcionamiento de instancias de participacin y consulta
relacionadas con la convivencia escolar (Comits deDesaliento de las Prcticas que Generen Violencia entre
Pares de los Consejos Escolares de Participacin Social,
asociaciones de alumnos, asambleas escolares, etc.), que
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Artculo 11. Las autoridades educativas locales, en el mbito
de sus atribuciones, impulsarn Redes de Apoyo constitui-das por un conjunto de instituciones gubernamentales, de
las comunidades indgenas, organizaciones de la sociedad
civil y especialistas en convivencia escolar y en el tema de
discapacidad, que de manera articulada y con el liderazgo
de la autoridad educativa brinden a la escuela recursos de
apoyo y acompaamiento para los procesos de gestinde convivencia escolar y la atencin de casos que merecen
una intervencin especial. Las Redes de Apoyo incluirn
a los Consejos de Participacin Social en la Educacin, los
sistemas estatales para el Desarrollo Integral de la Familia,
las instituciones del sector salud, los organismos dependientes
de la Comisin Estatal de Derechos Humanos, las instan-cias federales y estatales de Seguridad Pblica, los gobiernos
municipales, y otras que puedan intervenir de acuerdo con
su naturaleza.
Garanticen la participacin del alumnado en los
diferentes asuntos de la vida institucional, segn las
especificidades de cada nivel y modalidad.Sean adecuados a la edad, madurez y contexto de los
estudiantes.
Reconozcan las formas de participacin existentes en
las escuelas de la entidad federativa, y no impliquen una
carga administrativa adicional para los integrantes de la
comunidad escolar; para ello se utilizan las instancias ya
existentes: Consejos Escolares de Participacin Social,
Redes de Padres, Asociaciones de Padres de Familia,
Consejos Tcnicos Escolares y Patronatos Escolares o
figuras equivalentes para educacin media superior.
I.
II.
III.
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Promover el desarrollo de estrategias y acciones para
fortalecer a las escuelas y a los equipos docentes,
directivos y de supervisin, brindndoles herramientas
y capacitacin para gestionar la convivencia escolar,
propiciar mejores ambientes de aprendizaje, as como
para prevenir y atender situaciones de violencia; e
impulsar la consolidacin de espacios de orientacin
y reflexin acerca de la resolucin pacfica de los
conflictos.
Reconocer normas de conducta comunitarias
encaminadas a la regulacin del comportamiento social
de la poblacin como medio para promover valores de
convivencia pacfica, siempre que no atenten contra ladignidad y los derechos reconocidos.
Crear y promover el fortalecimiento de equipos
especializados que ofrezcan apoyo a la comunidad
escolar para gestionar la convivencia, y prevenir y atender
situaciones de violencia o conflicto grave en la institucin
escolar, con la finalidad de proveer acompaamientoy asistencia profesional, tanto institucional como
individual a los integrantes de la comunidad escolar.
Tratndose de los grupos tnicos, estos equipos
tendrn conocimiento de los usos y las costumbres
de su cultura propia; en el caso de los grupos con
discapacidad, estos equipos tendrn conocimiento delas diferentes formas de comunicacin y de los apoyos
especficos relativos a las discapacidades (lengua de
seas, orientacin y movilidad, braille, entre otros).
I.
II.
III.
Artculo 12. La autoridad educativa en el estado, a travs
de sus distintas dependencias y rganos deber
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Elaborar y promover el uso de protocolos que establez-
can lneas de accin, criterios normativos y distribucin
de responsabilidades para los diferentes actores delsistema y las instituciones educativas a modo de prevenir
y actuar ante situaciones de violencia o conflicto grave
producidos en el contexto escolar; en estos protocolos
se har particular hincapi en la necesidad de desplegar
acciones institucionales tendientes a generar condicio-
nes que inhiban el maltrato, la discriminacin, el acoso
escolar o cualquier otra forma de violencia entre pares o
entre adultos, nios y adolescentes. Asimismo, tomarn
en cuenta las orientaciones que ofrecen instancias como
el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacin, la
Comisin Nacional de Derechos Humanos, el Centro
Estatal de Justicia Alternativa y la Comisin Estatal de
Derechos Humanos.Operar mecanismos para la recepcin y el conocimiento
de situaciones de violencia en las escuelas. Una vez
recibidas, stas debern ser remitidas a la autoridad
que corresponda para su debida atencin.
CAPTULO IV
ORIENTACIONESPARALAELABORACINDELOSACUERDOSESCOLARESDECONVIVENCIA(AEC)
Artculo 13. Los AECson documentos elaborados en cada
uno de los planteles de educacin bsica y media superior
con la participacin de toda la comunidad escolar, los
cuales gestionan la convivencia en la escuela definiendo
las conductas deseables y los compromisos de todos para
IV.
V.
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Mantendrn coherencia con la legislacin vigente y
las disposiciones contenidas en estos Lineamientos,haciendo especial nfasis en el inters superior del
menor y los derechos de la niez, en las normas que
prevn la participacin social en educacin; y en aquellas
que rigen las relaciones laborales y la actuacin de los
servidores pblicos en la entidad.
Prevern la organizacin y el funcionamiento deinstancias para la participacin, consulta y toma
de decisiones de los estudiantes relacionadas con la
convivencia, adecuadas a su edad, madurez y contexto,
privilegiando las instancias ya existentes en los
planteles, tales como el Comit de Desaliento de las
Prcticas que Generen Violencia entre Pares, que debeformarse al seno del Consejo Escolar de Participacin
Social, o los organismos equivalentes para educacin
media superior, de acuerdo con lo previsto en las
normas que regulan la constitucin y el funcionamiento
de stos.
Tambin pueden adoptarse estrategias como
el desarrollo de Asambleas Escolares (de aula), que
han resultado un mecanismo eficaz para la toma de
decisiones y la asuncin de compromisos entre los
I.
II.
su logro, considerando la igualdad, sin discriminacin de
ninguna ndole, tal como lo prev la Constitucin Poltica
de los Estados Unidos Mexicanos y dems normatividadaplicable.
Artculo 14. Los AECen el Estado de Veracruz tendrn las
siguientes caractersticas comunes:
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miembros de un grupo escolar en las que puede
incorporarse a padres de familia.
Los AECincluirn en forma precisa el procedimientopor el cual la autoridad escolar y los docentes en cada
aula deriven la aplicacin de las medidas disciplinarias a
los casos concretos que se presenten.
Integrarn el compromiso de cada uno de los miembros
de la comunidad escolar para el cumplimiento de lo
establecido en los AEC, alejndose de la idea de que
slo a los alumnos corresponde asumir acuerdos y
respetar las reglas establecidas. En este sentido, puede
ser relevante definir la responsabilidad que tienen los
docentes y dems personal durante el tiempo de receso.
Propiciarn medidas encaminadas a favorecer actitudes
de respeto, cooperacin y solidaridad como fuente de
creacin de espacios de convivencia armnica.Contendrn las normas y medidas disciplinarias
especficas que cada escuela considere necesarias para
propiciar la convivencia inclusiva, democrtica y pa-
cfica, como las que se refieren, entre otros, a la higiene
y el cuidado personal, al uso de uniforme escolar, de
acuerdo con las orientaciones que al respecto emita laSecretara de Educacin de Veracruz.
Las normas que tienen relacin con las conductas
deben estar redactadas en sentido positivo, de tal
manera que describan comportamientos deseables
que la comunidad escolar adopta en un determinado
periodo, evitando as la integracin de un documentode tipo prohibitivo. Se sugiere abandonar todas aquellas
normas escritas o no escritas, cuya adopcin no est
ligada al mejoramiento de la convivencia escolar.
III.
IV.
V.
VI.
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31
Asimismo, los AECprevern lo necesario para evitar
aquellas situaciones cuyo conocimiento corresponde
a autoridades distintas a las educativas, por ejemplo,actos u omisiones que impliquen conductas tipificadas
como delito, atendindose al respecto la Carpeta
para la atencin de quejas o denuncias por violencia,
maltrato, acoso escolar y abuso sexual infantil, definida
por la Secretara de Educacin de Veracruz y la Gua
para la atencin de casos de violencia, maltrato, acoso
escolar y/o abuso sexual en los planteles de educacin
inicial, preescolar, primaria, secundaria, especial y media
superior, elaborada por la Secretara de Educacin
Pblica. Toda la comunidad escolar deber contar con
informacin sobre las acciones que las autoridades
escolares estn obligadas a llevar a cabo ante tales
situaciones.Prevern estrategias para su seguimiento, evaluacin,
aplicacin y adecuacin en atencin a lo previsto en
la planeacin de la Ruta de Mejora Escolar y del Plan
de Mejora Continua que sern desarrollados por la
comunidad escolar para valorar la efectividad de las
normas y prcticas formativas adoptadas. Los AECpodrn ser adecuados cuando la comunidad escolar
identifique esa necesidad, sin que esto implique el
menoscabo de su funcionalidad.
Este proceso parte de la necesidad de que los AEC,
una vez aprobado por todos, sea difundido entre la
comunidad escolar, a travs de los medios disponiblesen cada institucin (peridico mural, tablero de avisos,
folleto impreso, va electrnica o cualquier otro),
aprovechando los espacios de participacin previstos
VII.
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32
por la normatividad vigente (Asociacin de Padres
de Familia, Consejo Escolar de Participacin Social y
Patronatos Escolares) y los que se puedan generar.Asimismo, es conveniente adoptar mecanismos
permanentes para la recepcin de observaciones,
comentarios y aportaciones de los integrantes de la
comunidad escolar, dando lugar a futuros acuerdos para
su modificacin y mejora.
Cada escuela definir los procedimientos para llevar
a cabo la participacin y la redaccin del documento,
pudiendo darse la participacin al seno del Consejo
Escolar de Participacin Social o un organismo
equivalente en educacin media superior. En este
sentido, se puede formar una comisin con un nmero
reducido de integrantes de cada uno de los grupos
representados (docentes, alumnos, padres, entre otros)para la elaboracin de un anteproyecto del AEC, que
ser revisado y aprobado por el resto de la comunidad
escolar. Es recomendable que dicho Acuerdo se haga
constar en un acta de reunin.
I.
Artculo 15. Las medidas disciplinarias acordadas por
la comunidad escolar para el caso de transgresin de las
normas de conducta que pueden ser incorporadas en los
AECdeben
Estar claramente definidas y redactadas; guardar
relacin con las faltas cometidas y la funcin y edad
de los infractores, y respetar los derechos de quienesincumplan la norma. Es necesario considerar que los
comportamientos deseables definidos por la comunidad
VIII.
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escolar pueden transgredirse por accin (realizando una
conducta acordada como no deseada) o por omisin
(no haciendo lo acordado).La definicin de estas medidas conducir a que en el
mbito escolar se establezcan acciones similares para
todos los casos que tengan las mismas caractersticas.
Tener un carcter formativo, enmarcndose en un
proceso que posibilite al educando hacerse responsable
progresivamente de sus actos, segn las caractersticas
de los diferentes niveles y modalidades. En este sentido,
se privilegiar el desarrollo de acciones educativas, sin
que esto implique adoptarlas como castigo, pero s
como una consecuencia de sus acciones que orienten
al docente en la atencin de los casos especficos.
Ser graduales y sostener una proporcionalidad con la
transgresin cometida. Para tal efecto es necesarioque por cada conducta prevista se especifiquen
transgresiones de mnimo y de mximo alcance
definidas por la comunidad escolar para establecer
medidas disciplinarias acordes. Su proporcionalidad
tambin tomar en cuenta las atribuciones de quienes
deban velar por su cumplimiento de acuerdo conlas orientaciones que emita la autoridad educativa
estatal.
Definirse garantizando el derecho del estudiante a ser
escuchado y a aportar elementos para esclarecer su
responsabilidad, con la anuencia de su padre o tutor.
Se dar igual oportunidad al resto de los agenteseducativos teniendo el derecho a esclarecer su
responsabilidad y participacin en las faltas.
II.
III.
IV.
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34
Aplicarse contemplando el contexto de las trangre-
siones en las circunstancias en que acontecen, segn
los diferentes actores, los antecedentes y otros factoresque inciden en las mismas, manteniendo la igualdad y
equidad ante las normas.
Evitar la adopcin de medidas disciplinarias discri-
minatorias que violen el derecho a la educacin o que
impidan la continuidad de los estudiantes en el sistema
educativo. Asimismo, aquellas que atenten contra la
dignidad e integridad de las personas.
En caso de que en una comunidad escolar se
acuerden medidas de este tipo, se considerarn nulas
para cualquier efecto.
Privilegiar el carcter formativo y no punitivo de las
medidas disciplinarias:
a) Reparacin del dao. Cuando se ha hecho un daoa otra persona, a un grupo de personas o a la propia
institucin escolar se propondr una reparacin. El
dao y la reparacin pueden ser de carcter moral o
material. La reparacin favorece, en quien transgredi
la norma, una mayor conciencia acerca del perjuicio que
caus y la responsabilidad que tiene hacia los afectadospor su conducta.
b) Compromiso de cambio de conducta. Quien
transgredi la norma se compromete por escrito a
un cambio de comportamiento (con las adaptaciones
necesarias para los alumnos de preescolar o del primer
ciclo de primaria). Tratndose de menores de edad sehar del conocimiento, acuerdo, participacin y apoyo
del padre o tutor.
V.
VI.
VII.
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c) Experiencias de aprendizaje. A quien quebrant
la norma se le asignan actividades que favorezcan
el desarrollo de experiencias, donde la empata conotras personas y el vnculo con la comunidad escolar
contribuyan a la mejora de su aprendizaje para convivir
(trabajo en beneficio de la comunidad escolar).
d) Buscar y brindar el apoyo psicolgico para quien
infringi la norma, as como para el agredido.
Realizarn la orientacin, el seguimiento y definirn los
mecanismos para que las escuelas reciban asistencia
tcnica especializada para la elaboracin y aplicacin
de los AEC.
Promovern la evaluacin de dichos procesos, con el finde aportar elementos para su mejora.
Coadyuvarn para que las autoridades educativas
federales:
a)Realicen el seguimiento, el desarrollo, la aplicacin
y la revisin que de los Lineamientos haga la autoridad
educativa estatal.b) Realicen estudios cualitativos y cuantitativos sobre
las condiciones de la convivencia en las escuelas, a fin
de generar y difundir informacin pblica y confiable
sobre el tema, con especial nfasis en los aspectos
pedaggicos y formativos.
c) Identifiquen, sistematicen y difundan prcticas quehan permitido crear condiciones favorables para la
convivencia en las escuelas de educacin bsica y media
I.
II.
III.
Artculo 16. Las autoridades educativas estatales, en elmbito de sus atribuciones:
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Este programa es pblico, ajeno a cualquier partido poltico. Queda prohibido eluso para fines distintos a los establecidos en el programa.
superior, desplegadas por integrantes de la comunidad
escolar y organizaciones de la sociedad civil.
Se expide en la ciudad de Xalapa-Enrquez, Veracruz, el 5 de
octubre de 2015.
Profra. Xchitl A. Osorio Martnez
SECRETARIADEEDUCACINDEVERACRUZ
Este libro se termin de imprimir en octubre de 2015, siendo Gobernador del Estadode Veracruz el doctor Javier Duarte de Ochoa y Secretaria de Educacin la profesoraXchitl A. Osorio Martnez. Consta de 2000 ejemplares.
TRANSITORIOS
NICO.- Estos Lineamientosentrarn en vigor al siguiente
da de su publicacin en la Gaceta Oficial del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave.Las autoridades educativas
estatales realizarn las acciones necesarias para garantizar
que en los planteles de educacin bsica y media superior
oficiales y particulares elaboren, implementen y evalen
su Acuerdo Escolar de Convivencia.
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