7/28/2019 Iniciativa Acuerdo Institutos de La Mujer
1/4
DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
P R E S E N T E S.-
La que suscribe, Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernndez
integrante de la Fraccin Parlamentaria de Movimiento Ciudadano de esta
LX Sexagsima Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco, con
fundamento en lo establecido por los artculos 22 fraccin I, 147 fraccin I
150 fraccin I y 152 de la Ley Orgnica del Poder Legislativo del Estado de
Jalisco, as como en el artculo 28 fraccin I de la Constitucin Poltica de la
Entidad Federativa antes mencionada, someto a su consideracin la
siguiente Iniciativa de acuerdo legislativo, a efecto de quese gire atento
y respetuoso exhorto al Gobierno del Estado de Jalisco, al Instituto
Jalisciense de las Mujeres del Estado de Jalisco y a los 125 municipios
para que se destinen los recursos necesarios para el funcionamiento y
operacin de los institutos municipales para la promocin, proteccin y
difusin de los derechos y valores de las mujeres, para lo cual me permito
hacer la siguiente;
E X P O S I C I N D E M O T I V O S
Primero.- El da 08 ocho de marzo del presente ao se celebr el Da
Internacional de la Mujer, y para conmemorarlo la Comisin de Equidad de
Gnero de esta LX Legislatura del Congreso del Estado realiz el Forodenominado Mujeres en Democracia, el Da de las mujeres es todos los
das. Tambin el Presidente de la Comisin Estatal de Derechos Humanos
del Estado de Jalisco se pronunci respecto de los derechos de la mujer
jalisciense. En ambos eventos se advirti una importante concurrencia, en
7/28/2019 Iniciativa Acuerdo Institutos de La Mujer
2/4
especial de los Institutos Municipales de la Mujer de una gran parte de los
municipios que conforman el Estado de Jalisco.
Segundo.- En los eventos sealados, las funcionarias encargadas de los
Institutos Municipales hicieron pblicas las carencias con las cuales
trabajan debido al desinters de los Presidentes Municipales en brindarles
los recursos materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de la
normativa vigente en materia de promocin, proteccin y difusin de los
derechos y valores de las mujeres.
Tercero.- Siendo un mandato legal, para todos los Poderes Pblicos de
Estado de Jalisco y los 125 Municipios que lo conforman: 1) Trabajar por la
eliminacin de la discriminacin de las mujeres en el Estado de Jalisco
como lo ordena el artculo 1 de la Ley Estatal para la Igualdad entre
Mujeres y Hombres; 2) Garantizar el derecho fundamental de las mujeres a
acceder a una vida libre de violencia, conforme lo estatuye en numeral
primero de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
del Estado de Jalisco; 3) Promover y prestar servicios de asistencia social a
las mujeres (madres y jefas de familia; en perodo de gestacin o lactancia
carentes de recursos o maltratadas; senescentes en estado de desamparo
marginacin o maltrato; discapacitadas; indigentes) como lo disponen los
artculos 3, 4 y 5 del Cdigo de Asistencia Social del Estado de Jalisco
Adems de la implementacin y cumplimiento de del resto de la normativa
vigente, ello conforme a los Programas y Sistemas Estatales existentes y
coordinados por el Instituto Jalisciense de las Mujeres, para hacer efectivo
el mandato constitucional de lograr una verdadera y efectiva equidad entre
mujeres y hombres.
7/28/2019 Iniciativa Acuerdo Institutos de La Mujer
3/4
Cuarto.- Las jaliscienses, independientemente del Municipio donde
vivamos, merecemos que en todo el territorio del Estado se nos brinden las
atenciones y tratos que las leyes establecen para nuestro efectivo goce y
disfrute de nuestros derechos como mujeres, por lo que es muy necesario
que los Institutos Municipales de las Mujeres o dependencias municipales
afines, independientemente de la denominacin que tengan en cada uno de
los 125 municipios del Estado de Jalisco, sean dotados de los recursos
materiales y humanos necesarios para que el municipio en el mbito
territorial que le corresponde vea por el efectivo y oportuno cumplimiento de
los derechos de todas las mujeres conforme a las polticas pblicas
estatales establecidas en los planes y sistemas estatales coordinados por
el Instituto Jalisciense de las Mujeres.
Por lo anteriormente expuesto sometemos a la elevada consideracin deesta soberana el siguiente:
A C U E R D O L E G I S L A T I V O
nico.- Se gire atento y respetuoso exhorto a Jorge Aristteles Sandova
Daz, Titular del Gobierno del Estado de Jalisco, y al Titular del InstitutoJalisciense de las Mujeres del Estado de Jalisco, para que conforme a sus
legales atribuciones vean porque los municipios de la entidad destinen los
recursos necesarios para el funcionamiento y operacin de los institutos
municipales para la promocin, proteccin y difusin de los derechos y
valores de las mujeres consagrados en la Constitucin Poltica de los
7/28/2019 Iniciativa Acuerdo Institutos de La Mujer
4/4
Estados Unidos Mexicanos, en la Carta Magna Estatal y en los tratados
internacionales de los que Mxico forma parte, girndose tambin atento y
respetuoso exhorto a los 125 Presidentes Municipales del Estado de Jalisco
para que doten de los recursos econmicos necesarios a sus respectivos
Institutos Municipales y/o Dependencias u Organismos Municipales que
tengan por objeto la aplicacin de lo ordenado en la Ley Estatal para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco, el Cdigo de Asistencia
Social del Estado de Jalisco y dems normativa que protege y promueve
los derechos de la mujer jalisciense.
A T E N T A M E N T E
Saln de Sesiones del Congreso del EstadoGuadalajara, Jalisco, a 11 de Febrero del 2013.
Dip. Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernndez
Top Related