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    DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO

    P R E S E N T E S.-

    La que suscribe, Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernndez

    integrante de la Fraccin Parlamentaria de Movimiento Ciudadano de esta

    LX Sexagsima Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco, con

    fundamento en lo establecido por los artculos 22 fraccin I, 147 fraccin I

    150 fraccin I y 152 de la Ley Orgnica del Poder Legislativo del Estado de

    Jalisco, as como en el artculo 28 fraccin I de la Constitucin Poltica de la

    Entidad Federativa antes mencionada, someto a su consideracin la

    siguiente Iniciativa de acuerdo legislativo, a efecto de quese gire atento

    y respetuoso exhorto al Gobierno del Estado de Jalisco, al Instituto

    Jalisciense de las Mujeres del Estado de Jalisco y a los 125 municipios

    para que se destinen los recursos necesarios para el funcionamiento y

    operacin de los institutos municipales para la promocin, proteccin y

    difusin de los derechos y valores de las mujeres, para lo cual me permito

    hacer la siguiente;

    E X P O S I C I N D E M O T I V O S

    Primero.- El da 08 ocho de marzo del presente ao se celebr el Da

    Internacional de la Mujer, y para conmemorarlo la Comisin de Equidad de

    Gnero de esta LX Legislatura del Congreso del Estado realiz el Forodenominado Mujeres en Democracia, el Da de las mujeres es todos los

    das. Tambin el Presidente de la Comisin Estatal de Derechos Humanos

    del Estado de Jalisco se pronunci respecto de los derechos de la mujer

    jalisciense. En ambos eventos se advirti una importante concurrencia, en

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    especial de los Institutos Municipales de la Mujer de una gran parte de los

    municipios que conforman el Estado de Jalisco.

    Segundo.- En los eventos sealados, las funcionarias encargadas de los

    Institutos Municipales hicieron pblicas las carencias con las cuales

    trabajan debido al desinters de los Presidentes Municipales en brindarles

    los recursos materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de la

    normativa vigente en materia de promocin, proteccin y difusin de los

    derechos y valores de las mujeres.

    Tercero.- Siendo un mandato legal, para todos los Poderes Pblicos de

    Estado de Jalisco y los 125 Municipios que lo conforman: 1) Trabajar por la

    eliminacin de la discriminacin de las mujeres en el Estado de Jalisco

    como lo ordena el artculo 1 de la Ley Estatal para la Igualdad entre

    Mujeres y Hombres; 2) Garantizar el derecho fundamental de las mujeres a

    acceder a una vida libre de violencia, conforme lo estatuye en numeral

    primero de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

    del Estado de Jalisco; 3) Promover y prestar servicios de asistencia social a

    las mujeres (madres y jefas de familia; en perodo de gestacin o lactancia

    carentes de recursos o maltratadas; senescentes en estado de desamparo

    marginacin o maltrato; discapacitadas; indigentes) como lo disponen los

    artculos 3, 4 y 5 del Cdigo de Asistencia Social del Estado de Jalisco

    Adems de la implementacin y cumplimiento de del resto de la normativa

    vigente, ello conforme a los Programas y Sistemas Estatales existentes y

    coordinados por el Instituto Jalisciense de las Mujeres, para hacer efectivo

    el mandato constitucional de lograr una verdadera y efectiva equidad entre

    mujeres y hombres.

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    Cuarto.- Las jaliscienses, independientemente del Municipio donde

    vivamos, merecemos que en todo el territorio del Estado se nos brinden las

    atenciones y tratos que las leyes establecen para nuestro efectivo goce y

    disfrute de nuestros derechos como mujeres, por lo que es muy necesario

    que los Institutos Municipales de las Mujeres o dependencias municipales

    afines, independientemente de la denominacin que tengan en cada uno de

    los 125 municipios del Estado de Jalisco, sean dotados de los recursos

    materiales y humanos necesarios para que el municipio en el mbito

    territorial que le corresponde vea por el efectivo y oportuno cumplimiento de

    los derechos de todas las mujeres conforme a las polticas pblicas

    estatales establecidas en los planes y sistemas estatales coordinados por

    el Instituto Jalisciense de las Mujeres.

    Por lo anteriormente expuesto sometemos a la elevada consideracin deesta soberana el siguiente:

    A C U E R D O L E G I S L A T I V O

    nico.- Se gire atento y respetuoso exhorto a Jorge Aristteles Sandova

    Daz, Titular del Gobierno del Estado de Jalisco, y al Titular del InstitutoJalisciense de las Mujeres del Estado de Jalisco, para que conforme a sus

    legales atribuciones vean porque los municipios de la entidad destinen los

    recursos necesarios para el funcionamiento y operacin de los institutos

    municipales para la promocin, proteccin y difusin de los derechos y

    valores de las mujeres consagrados en la Constitucin Poltica de los

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    Estados Unidos Mexicanos, en la Carta Magna Estatal y en los tratados

    internacionales de los que Mxico forma parte, girndose tambin atento y

    respetuoso exhorto a los 125 Presidentes Municipales del Estado de Jalisco

    para que doten de los recursos econmicos necesarios a sus respectivos

    Institutos Municipales y/o Dependencias u Organismos Municipales que

    tengan por objeto la aplicacin de lo ordenado en la Ley Estatal para la

    Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley de Acceso de las Mujeres a una

    Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco, el Cdigo de Asistencia

    Social del Estado de Jalisco y dems normativa que protege y promueve

    los derechos de la mujer jalisciense.

    A T E N T A M E N T E

    Saln de Sesiones del Congreso del EstadoGuadalajara, Jalisco, a 11 de Febrero del 2013.

    Dip. Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernndez