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Universidad de GuayaquilFacultad de Ciencias Administrativas
Ing. Tributacin y Finanzas
Asignatura:Derech
Dcente:Ing. !ercedes Aguilar
Curs: "#$%
Traba& Investigativ'ecurss (atrimniales) Tributaris)
De Cr*dit y +misin !netaria.
(r:Cervantes !aridue,a -avier
A, ectiv /01% 2 /013
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Intrduccin
El estudio de los recursos en este orden, despus de los gastos, no
significa que en el proceso de la actividad financiera la determinacinde los gastos sea previa a la de los recursos ni que sta dependa de
aqulla. Por el contrario, las dos son interdependientes: el proceso de
determinacin de ambos es muy complejo y se desarrolla a travs de
cotejos mltiples de utilidades y sacrificios; o sea, utilidades y de sus
utilidades segn el mtodo de comparaciones marginales de acuerdo
con las escalas de prioridades de gastos y recursos. as utilidades
positivas y negativas de los gastos y de los recursos, respectivamente,
son apreciadas no en cantidades e!presadas en sumas de dinero sinoa travs de avances y postergaciones, segn los nmeros ordinales, o
a veces mediante el empleo de cuantificacin relativa con los
conceptos de mayor, igual o menor.
a creacin de los recursos racionales e irracionales, segn la
conocida clasificacin de "ri#iotti , depende esencialmente de una
premisa no demostrada que condiciona el principio de que la
capacidad contributiva es el fundamento del impuesto, con el
agregado: siempre que se la tenga como $ndice de la %participacin delcontribuyente en los beneficios generales y especiales que el Estado
brinda a los &abitantes del pa$s con su actuacin.
'aso contrario, no estar$amos en presencia de un impuesto sino de
otro recurso racional o irracional, que podr$a llegar a ser una e!accin
segn el autor citado.
Por otra parte, los recursos pueden distinguirse por connotaciones de
diferente naturale#a: econmicas, pol$ticas,jur$dicas y tcnicas, locualcontribuye ( la complejidad del problema de la clasificacin de los
recursos.
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Cntenid
'ecurss 4atrimniales
)on estos recursos obtenidos por el Estado aprovec&ando la
econom$a de su patrimonio.
Econmicamente, todos los recursos originarios o patrimoniales cuyas
fuentes &emos ejemplificado, son precios. En muc&os casos se
advierte tambin la connotacin jur$dica de pertenecer su rgimen al
(mbito del derec&o privado. Pero esto no ocurre siempre. En efecto,como ya dijimos, &ay reparticiones estatales o entidades
descentrali#adas que prestan determinados servicios al pblico, por lo
que perciben precios, aunque estn sometidas a un rgimen
netamente de derec&o pblico.
(ueden citarse en ests recurss:
el producto de tierras de propiedad del Estado a travs de su
e!plotacin directa o por arrendamiento o aparcer$a, el resultado de la venta de tierras pblicas tanto rurales como
urbanas o suburbanas;
el producto de bosques o florestas tanto naturales como
artificiales, por e!plotacin directa o por concesin a particulares;
el producto de empresas del Estado o de sus entidades
aut(rquicas, en la miner$a, la industria y el comercio, incluyendo
empresas de transporte mar$timo, terrestre o areo, de carga y
de pasajeros, de entidades bancarias o financieras;
de las empresas de seguros y reaseguros,
de capitali#acin y a&orro;
las e!plotaciones de juegos de a#ar *casinos, loter$as, quinielas,
apuestas en &ipdromos y similares+;
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el producto de la e!plotacin del patrimonio art$stico y tur$stico
*entradas en museos, templos e iglesias, monumentos y ruinas
&istricas, visitas de castillos, palacios y jardines; entradas para
el acceso a lugares de particular belle#a natural, como parques
nacionales, cascadas, volcanes, grutas, etc. 'onstituyen tambin recursos originarios o patrimoniales los
frutos de la participacin estatal en empresas mi!tas de capital
privado y estatal y en sociedades de capital con mayor$a privada.
'ecurss tributarisos recursos tributarios son aquellos que el Estado obtiene
mediante el ejercicio de su poder de imperio o sea por las leyes
que crean obligaciones a cargo de los obligados tributarios
personas f$sicas capaces del derec&o e incapaces segn los
alcances de la norma tributaria y las entidades jur$dicas del
derec&o y todo otro sujeto que posea condiciones de imposicin,
en la forma que lo estable#can las leyes fiscales de fondo.'aracter$stica comn de los recursos tributarios en su
obligatoriedad por imperio de la ley, siendo sta fuente de las
obligaciones tributarias dentro del marco de las facultades y de
los l$mites que estable#can las constituciones modernas.Es un &ec&o aparentemente paradjico, pero de profunda
importancia filosfica que, mientras en las estructuras pol$ticas
de las monarqu$as absolutas que se remontan al sistema feudal,
predominan las finan#as patrimoniales y al lado de ellas toda
suerte de recursos por actos de liberalidad en favor de la corana,
en el Estado moderno constitucional y, especialmente, en la
econom$a liberal fundada en los principios de la propiedad
privada y de la iniciativa individual, prevalecen los recursos
tributarios, frutos del poder de imperio del Estado. )e puede
sinteti#ar este contraste con el esquema:
a+ Estado absoluto recursos patrimoniales y ofrendas al poder
pblico.
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b+ Estado constitucional recursos coercitivos.
El segundo esquema indicado se e!plica por el principio pol$tico-
institucional, segn el cual el poder coercitivo que se reconoce a&ora
al Estado, slo puede ejercerse con los l$mites y las garant$as de la
'onstitucin. a ley, que es producto de la voluntad general, es la
nica fuente de las obligaciones tributarias y en su creacin concurren
los representantes de los ciudadanos, quienes consienten las
invasiones del fisco en la econom$a privada, sujetas a los principios de
la 'onstitucin.
Este breve p(rrafo nos permite llegar a la conclusin que los recursos
tributarios nacen del poder del Estado, pero les acompaan desde el
propio nacimiento las limitaciones que la 'onstitucin crea al ejerciciode dic&o poder y las garant$as que ella establece para todos los
&abitantes del pa$s.
'ecurs de cr*dit
Es la capacidad que tiene el estado para obtener, otorgar o garanti#ar
recursos financieros a travs de operaciones de endeudamiento. El
crdito pblico tiene como propsitos principales: controlar
selectivamente para objetivos prioritarios, administrar adecuadamentela deuda contratada, prever la evolucin del endeudamiento,
lineamientos de pol$tica de deuda. El sistema de 'rdito Pblico
comprende el conjunto de principios, normas, organismos, recursos y
procedimientos administrativos que intervienen en las operaciones que
reali#a el Estado, con el objeto de captar medios de financiamiento
que implican endeudamiento o modificacin de la estructura de sus
pasivos. El creciente volumen y complejidad de las operaciones
financieras en el marco de una econom$a mundial globali#ada, en la
que el crdito pblico como fuente de financiamiento para las
inversiones de los Estados ocupa un lugar preponderante, e!igen a
stos contar con modernas tcnicas e instrumental para la toma de
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/ecisiones, para lo cual debe ponerse nfasis en la estructuracin de
un registro nico y confiable de la deuda pblica. Este registro deber(
permitir la proyeccin de los servicios de la deuda, y el an(lisis de su
impacto en la econom$a y en la evolucin de los indicadores
macroeconmicos, como as$ tambin la reali#acin de un adecuado
control de la gestin de los desembolsos y pagos reali#ados.
5b&etivs del cr*dit 46blic
0ptimi#ar el aprovec&amiento de los recursos disponibles en los
mercados de capitales.
1ejorar la capacidad y el poder de negociacin del conjunto del
sector pblico.
ograr un manejo eficiente y sistem(tico de los pasivos pblicos.
2egistrar de manera sistem(tica y confiable las operaciones de
crdito pblico, en forma integrada con el resto de los sistemas
de la administracin financiera.
3tender en tiempo y forma los servicios de la deuda pblica.
'ontrolar y fiscali#ar el correcto uso de los recursos provenientes
de operaciones de crdito pblico.
+ta4as del 4rces de cr*dit 46blic
El proceso de crdito pblico se instrumenta a travs de una serie de
etapas que tienen especificidad y caracter$sticas propias que son
imprescindibles normar. /ic&as etapas son las siguientes:
3utori#acin,
4egociacin o Emisin,
'ontratacin o 'olocacin,
3dministracin y 'ontrol
'ecurs de emisin mnetaria
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El manejo de la banca central y el derec&o a emitir que corresponde al
Estado tambin es una forma de obtener ingresos. )u significacin es
indudable si se tiene en cuenta que, mediante la moneda, el Estado
regula y controla el intercambio de bienes y servicios y las
transacciones pblicas y privadas en general.
Cnclusin
a mayor parte de los ingreses con los cuales los pa$ses no
colectivistas cubren sus erogaciones provienen de las detracciones
coactivas de rique#a denominadas tributos. /esde el punto de vista de
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las finan#as pblicas, los tributos son prestaciones obligatorias,
e!igidos por el Estado en virtud de su imperio, para atender sus
necesidades y reali#ar sus fines pol$ticos, econmicos y sociales.
a tributacin queda sujeta a reglas de derec&o, segn lo establecido
por la 'onstitucin y las leyes dictadas en su consecuencia.
5al subordinacin tiene su e!plicacin en la finalidad esencial de la
tributacin: el bienestar general. os recursos tributarios deben
responder a un requisito esencial: se admiten como detracciones de
parte de la rique#a de los particulares siempre que ello sea con el
esencial y e!cluyente objetivo final de promover el bienestar general
de la comunidad. a ciencia de la &acienda &a anali#ado cuales son
los principios aplicables para distribuir la carga tributaria entre loscomponentes de la comunidad: as$, por ejemplo: 'ontraprestacin,
beneficio, indemni#acin, entre otros.
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