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===== COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. ===
=== COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL. ==
DICTAMEN GOB-024/2013.- Q se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato. DICTAMEN GOB-025/2013.- se emite opinión positiva respecto de la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato. DICTAMEN GOB-026/2013.- se emiten observaciones respecto de la reforma, adiciones y derogaciones de diversos artículos a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. DICTAMEN GOB-STTPC-001/2013.- se crea la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, y en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Gto
=== COMISIÓN DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN CIVIL.- ==========================================
DICTAMEN STTYPC-049/2013.- Conformidad Municipal otorgada a la empresa que presta el servicio de Seguridad Privada, denominada “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”,
=========== COMISIÓN DE EDUCACIÓN ==================
DICTAMEN EDU- 003/2013.- aprobación de las Reglas de Operación del Programa Alcalde en tu Escuela. DICTAMEN EDU- 004/2013.- aprobación de las Reglas de Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato
=== Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública =======================================
RHYSCC-HYDA-002/2013.- se valida la Plantilla de personal de la Administración Pública Centralizada por el Periodo del 04 al 17 de Mayo del Año 2013.
=== ACTA 23/2013 NUMERO VEINTITRES DIAGONAL DOS MIL TRECE ====
“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 11:00 Once horas del día 12
Doce de Junio del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón Cabildos de
esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Décima Séptima Sesión Ordinaria de
Ayuntamiento, con fundamento con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica
DICTAMEN HDA-129/2013.- se autoriza otorgar un apoyo económico único a favor del PATRONATO DE TELEVISION CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C
DICTAMEN HDA-130/2013.- se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar el reintegro del programa Piso Firme 2012. DICTAMEN HDA-131/2013.- se da de baja del inventario Patrimonial un bien mueble, asignado a la Dirección de Policía Municipal. DICTAMEN HDA-132/2013.- se autoriza la Pensión de Jubilación por Vejez, al C. J. GUADALUPE LOPEZ SIERRA. DICTAMEN HDA-133/2013.- se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para la Terminación de la Gestión de Delegados. DICTAMEN HDA-134/2013.- se autoriza la baja de unos bienes muebles propiedad Municipal asignado a la Dirección General de Desarrollo Social. DICTAMEN HDA-135/2013.- se revoca el Dictamen HDA-098/2013, que autorizó un apoyo económico para la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta. DICTAMEN HDA-136/2013.- se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2013.
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Municipal en sus Artículo 61, 62, 63; así como los numerales 22, 23 y 26 del Reglamento
Interior, los Ciudadanos Presidente Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C. Salvador
Ortega Estrada, C. Eduardo Guillen Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego
Hinojosa, C. Antonio Rodríguez Alvarado, C. Rebeca Lomelin Velasco, C. Rosa Isela
Hernández Herrera, C. David Alfonso Orozco Pérez, C. Arq. José Alberto Pérez Quiroga, C.
Rodolfo Segura Montes, C. Rubén Guerrero Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha
Guadalupe Gomez Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola Romo, C. Francisco Eduardo Briseño
Domínguez, así como el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez. =====
PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ====================
En uso de la voz el C. Vicente Caracheo Gómez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa
al C. Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal, que se encuentra el total de los
integrantes del Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Décima Séptima
Sesión Ordinaria de Ayuntamiento. ================================
PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ===================
En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se
regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de
Presentes. 2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura
y Aprobación de las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- Asuntos
Generales. 7.- Clausura de la Sesión, Terminada la lectura, el Secretario del Ayuntamiento
C. Vicente Caracheo Gómez, somete a votación del Pleno el contenido del Orden del Día,
misma que se aprueba por unanimidad de los presentes. ===================
PUNTO NUMERO CUATRO.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS
ANTERIORES. ========================================
En esta ocasión se dejará pendiente la aprobación del acta anterior. =============
PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES: ======
COMISION DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA.- En uso de la voz el
Síndico C. Salvador Ortega Estrada, Presidente de la Comisión, solicita al Secretario del
H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la
propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes
a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a
consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad
de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente el dictamen de
Hacienda. ================================================
DICTAMEN HDA-129/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza otorgar un apoyo económico único a favor del
PATRONATO DE TELEVISION CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C. CONSIDERANDO.- 1.-
Que con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución
Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer
los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien
este autorice conforme a la Ley. 2.- Conforme a lo establecido por la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126, establece la prohibición de realizar
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algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, en su artículo 201, establece que ningún gasto podrá
efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga
saldo disponible para cubrirlo. 3.- Conforme a lo establecido por el artículo 69 de la Ley
para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y
modificación de sus respectivos presupuestos. 4.- Que mediante oficio: 0509/2013 ref.
COR/53716 (Fol.005204) de fecha 15 de mayo del 2013, suscrito por el Presidente
Municipal, Ismael Pérez Ordaz, remite escrito, suscrito por el C. OCTAVIO ARVIZU
VILLEGAS, mediante el cual expone, que Canal Once TV cumplirá 25 años de
transmisiones el próximo mes de noviembre, tiene una deuda histórica con el SAT desde
hace 15 años, actualmente el SAT tiene un programa de actualización y condonación de
multas dicho programa estará vigente durante este mes. 5.- Por este motivo solicita un
apoyo económico por la cantidad de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 m.n.) para
poder cubrir el adeudo con el SAT. El Canal y su servidor agradecemos su ayuda, la cual
es muy necesaria. 6.- La cantidad a condonar por el SAT es de $700,000.00 (Setecientos
mil pesos 00/100 m.n.). Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si
a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de
la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO.- Se autoriza otorgar un apoyo económico único por la cantidad de $40,000.00
(CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), a favor del PATRONATO DE TELEVISION
CULTURAL DE GUANAJUATO, A.C., a través de su presidente el C. OCTAVIO ARVIZU
VILLEGAS. Lo anterior con la finalidad de liquidar el adeudo ante el SAT. SEGUNDO.- Se
instruye a la Oficialía Mayor dar cumplimiento a lo establecido en el punto anterior,
elaborando el convenio correspondiente con cargo a la cuenta 31111-0601-0136-4411
Ayudas, Gastos relacionados con actividades culturales, deportivas y de ayuda
extraordinaria. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal hacer el pago
correspondiente de conformidad al resolutivo primero. CUARTO.- Se instruye a la
Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128
fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.-
Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su
aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para
su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, en fecha 03 de junio de 2013, Finalizada la lectura del dictamen anterior, el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ================
DICTAMEN HDA-130/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar el reintegro del
programa Piso Firme 2012. CONSIDERANDO.- 1.- Con la facultad que confiere el
artículo 115 fracción IV inciso c) último párrafo de la Constitución Política de los estados
Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato y el
artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. 2.- Que conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados
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Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición de realizar algún pago que
no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato, en su artículo 235 establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que
exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para
cubrirlo. 3.- Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y
Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, es
competencia del Ayuntamiento resolver toda propuesta de creación y modificación de sus
respectivos presupuestos. 4.- Que mediante Oficio 1005/2013 de fecha 29 de mayo del
2013, suscrito por el Director General de Desarrollo Social, Lic. Carlos Raymundo López
González, mediante el cual hace referencia al Programa para el Desarrollo de Zonas
Prioritarias (PDZP) con los Sub-programas Piso Firme Ejercicio 2012, solicita se autorice
reintegrar dicho programa por la cantidad de $209,883.07 (Doscientos nueve mil
ochocientos ochenta y tres pesos 07/100 m.n.) más intereses. Dicho trámite se realizaría a
través de la cuenta presupuestaria 31111-0305-0026-4411 de la partida Programa de
Mejoramiento de Vivienda “Piso Firme” 2013. Asimismo se agrega copia del oficio núm.
GTO-13/131/720/0120, emitido por la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL)
Delegación Guanajuato, del cual se comenta que este reintegro surgió porque no fue
validada la modificación de la obra de dicho programa. 5.- Documentos que se anexan y
se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anteriormente expuesto
y con fundamento el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza el reintegro del
Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias con el Sub-programa Piso Firme 2012,
por la cantidad de $209,883.07 (Doscientos nueve mil ochocientos ochenta y tres pesos
07/100 m.n.), mas los interés que correspondan al momento del reintegro. SEGUNDO.-
Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el resolutivo
anterior, con cargo a la cuenta presupuestaria 31111-0305-0026-4411 de la partida
Programa de Mejoramiento de Vivienda “Piso Firme” 2013. TERCERO.- Se instruye a la
Dirección General de Desarrollo Social integre toda la documentación necesaria para dar
cumplimiento al resolutivo primero. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación.
SEXTO.-Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida
constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad. =============================
DICTAMEN HDA-131/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, para dar de baja del inventario Patrimonial un bien mueble, asignado a la
Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.- 1.- Con fundamento en el artículo 115
fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117
fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen
que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio
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conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá
entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. 2.-
Que en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 05 de
octubre del 2012, se aprobó el Dictamen HDA-671/2012 de fecha 24 de septiembre del
2012, emitido por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante el cual
se autoriza a la Dirección General de Policía Municipal llevar a cabo la destrucción de
prendas y artículos de Policía. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si
a la letra se insertare. 3.- Ahora bien, con Oficio: 0876/2013-DCP, de fecha 17 de mayo
de 2013, suscrito por la Tesorero Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio
y Cuenta Pública la baja de un Chaleco Antibalas con clave de inventario 1232-4416-
01106-U, como se menciona en el Dictamen HDA-671/2012. Documento que se tiene por
anexado y reproducido como si a la letra se insertare. 4.- Por lo anterior y en virtud de
que dicho bien ya no existe físicamente, se dictamina como pérdida total, además de que
se cumple con los criterios de baja del bien mueble, motivo por los cual se hace ineludible
las baja del mismo. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76
fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para
aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el
artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se
aprueba dar de baja, del padrón de bienes muebles propiedad Municipal, un Chaleco
Antibalas con clave de inventario número 1232-4416-01106-U, asignado a la Dirección de
Policía. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite
correspondiente para la baja del bien antes mencionado del Registro del Padrón de Bienes
Muebles Propiedad Municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable
Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el
artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica en fecha 03 de Junio de 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====
DICTAMEN HDA-132/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión de Jubilación por Vejez, al C. J.
GUADALUPE LOPEZ SIERRA. CONSIDERANDO.- 1.-Que la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 162, fracción VIII que el
Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipal, el ejercicio de los derechos
que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. 2.- El Reglamento Interior de
Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya,
Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de Pensiones
y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya.
3.- Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio D.P.-00384/2013 de fecha 21 de
mayo del 2013, suscrito por los CC. Directora de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de
la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de jubilación por vejez del C. J.
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GUADALUPE LOPEZ SIERRA, quien desempeña el puesto de Encargado C nivel dos en
la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida tiene a la fecha
una antigüedad de 28 años de servicios ininterrumpidos y 60 años de edad, es de
otorgarse la pensión por el equivalente al 90% de su salario toda vez que cubrió los
requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo 11. Por
lo que se solicita poner a consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión de
cabildos para su aprobación. Su pensión mensual ascienda a un monto de $4,704.00
(cuatro mil setecientos cuatro pesos 00/100 m.n.). Documentos que se anexan al presente
Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes
expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga una Pensión de
Jubilación por Vejez al C. J. GUADALUPE LOPEZ SIERRA, por el equivalente al 90% de
su salario mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen.
SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor para que a través de la Dirección de
Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al C. J.
GUADALUPE LOPEZ SIERRA, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la
aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación.
QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida
constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 03 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad. =========================
DICTAMEN HDA-133/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para la
Terminación de la Gestión de Delegados. CONSIDERANDO.- 1.- Que el día 10 de abril
del 2013, concluye el período de gestión de los Delegados Municipales de las diferentes
comunidades que integran el Municipio de Celaya, Gto., entrando en funciones la nueva
administración de Delegados, conforme a lo dispuesto por el artículo 141 de la Ley
Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato. 2.- Que los Delegados y Subdelegados
Municipales son autoridades auxiliares del Ayuntamiento y del Presidente Municipal, en la
demarcación territorial asignada a la Delegación. Y podrán ser nombrados o ratificados por
el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal dentro de los 6 seis meses
siguientes a la Instalación del Ayuntamiento, o bien, el Presidente municipal podrá optar
por realizar una consulta pública previa a los habitantes de la Delegación. 3.- Que dada la
naturaleza de las funciones que desempeñan los Delegados, como auxiliares del
Ayuntamiento y del Presidente Municipal, no están tutelados por la Ley del Trabajo de los
Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios vigente en Guanajuato. Por
tal motivo, se considera conveniente, otorgar a los delegados municipales que terminan su
gestión una prestación por sus servicios, mismo que estará sujeto a las presentes
Disposiciones Administrativas. 4.- Que el establecimiento de la prestación por término del
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encargo, precisa la definición de los criterios y montos a que habrá de sujetarse, con el
propósito de otorgar certeza y objetividad a dicha medida. 5.- Que el artículo 6 de la Ley
del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y Municipios de Guanajuato
establece: “Art.- 6.- Son trabajadores de confianza los que realizan trabajos de Dirección,
Inspección, Vigilancia o Fiscalización, cuando tengan carácter general, siendo, entre otros:
...IV en los Municipios: Los Secretarios del Ayuntamiento y sus Secretarios Particulares, el
Secretario Particular de los Presidentes, el Tesorero y el Oficial Mayor, los Directores Y
Subdirectores que integran la administración centralizada, los titulares de los órganos de
gobierno o administración de las entidades paramunicipales. Por lo anteriormente
expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y con la facultad que otorga el
artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión:
RESUELVE.- PRIMERO.- Se aprueban las Disposiciones de carácter Administrativo para
la Terminación de la Gestión de Delegados, como sigue: DISPOSICIONES
ADMINISTRATIVAS: Artículo 1.- Los Delegados Municipales, que se separen del
encargo con motivo del cambio de Delegados, mismo que concluye el 10 de abril del 2013,
tendrán derecho a recibir por única vez y en una sola exhibición una prestación por sus
servicios de acuerdo con lo siguiente: Fracción I.- Los Delegados Municipales que tengan
una antigüedad igual o mayor a 3 años de servicio inmediatamente anterior a la
separación, la prestación por sus servicios consistirá en el equivalente a 3 meses de salario
base. Fracción II.- Los Delegados Municipales que tengan un antigüedad menor a 3 años
de servicio inmediatamente anterior a la separación, el monto de la prestación por sus
servicios consistirá en una cantidad proporcional al tiempo de servicios prestados, sobre
los 3 meses a que se refiere la fracción anterior. Artículo 2.- Los Delegados Municipales
que continúen en su encargo, no tendrán derecho a recibir dicha prestación por sus
servicios. Artículo 3.- Los Delegados Municipales que hayan recibido la prestación por sus
servicios a que se refieren estas Disposiciones generales, y se reincorporen al servicio en
un plazo no mayor a 3 meses, deberán reintegrar al Municipio, la parte proporcional al
tiempo que faltaba para concluir dicho plazo, respecto de los tres meses otorgados.
TRANSITORIOS.- Artículo Primero.- Las presentes disposiciones administrativas entrarán
en vigor a partir del día 01 de Abril del 2013. Artículo Segundo.- Los Subdelegados de las
Comunidades de: Rincón de Tamayo, San Juan de la Vega, San miguel Octopan, Roque y
Tenería del Santuario, tendrán derecho a la prestación. SEGUNDO.- Se instruye al
Secretario del H. Ayuntamiento, informe a las Dependencias involucradas de las
Disposiciones de carácter Administrativo para la Terminación de la Gestión de Delegados.
TERCERO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
Dictamen para su aprobación. CUARTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====
DICTAMEN HDA-134/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, referente a la modificación al Dictamen HDA-673/2012, mediante el cual se
autorizo la baja de unos bienes muebles propiedad Municipal asignado a la Dirección
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General de Desarrollo Social. CONSIDERANDO.- 1.- Que en la Septuagésima Quinta
Sesión Ordinaria de fecha 05 de octubre del 2012, mediante el Dictamen HDA-673/2012
de fecha 24 de septiembre del 2012, el H. Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, aprobó
dar de baja del inventario patrimonial unos bienes muebles asignado a la Dirección
General de Desarrollo Social; por lo que el citado Dictamen contiene 2 (dos) errores
involuntarios, los cuales corresponden a la clave de inventario, citados en el Considerando
número 5 (cinco) y Resolutivo Primero. 2.- Por lo anterior, la Tesorero Municipal solicita a
la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública mediante Oficio: 0876/2013-DCP de
fecha 22 de mayo de 2013, se estudie y dictamine un Adendum al Dictamen HDA-
673/2012 sobre la baja del Padrón Municipal de 2 cámaras fotográficas por robo al área de
Desarrollo Social. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se
insertare. 3.-Por lo que con la facultad que nos otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato; esta Comisión resuelve corregir tales errores y se
emite la siguiente modificación: PRIMERO.- Se modifica el Considerando número 5
(cinco) y el Resolutivo Primero del Dictamen HDA-673/2012 de fecha 24 de septiembre del
2012, aprobado en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria, de fecha 05 de octubre del
2012, que a la letra: En el Considerando número 5 (cinco) del Dictamen HDA-673/2012
que a la letra dice: PRIMERO.-…mediante el cual solicita a la Comisión de Hacienda del
H. Ayuntamiento la baja del Padrón Municipal de los siguientes activos, los cuales se
detalla a continuación: ====================================
ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE
INVENTARIO RESPONSABLE VALOR
CÁMARA
FOTOGRAFICA
DIGITAL CON
SERIE 974230915
1244-6200-00141-
Q
JUAN CASTRO
VARGAS $1,704.35
CÁMARA
FOTOGRAFICA
DIGITAL CON
SERIE 974036513
1244-6000-
00140-Q
GUADALUPE
ARREGUÍN
JIMÉNEZ
$1,704.35
DEBE DECIR: PRIMERO.- mediante el cual solicita a la Comisión de Hacienda del H.
Ayuntamiento la baja del Padrón Municipal de los siguientes activos, los cuales se detalla a
continuación: ==============================================
ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE
INVENTARIO RESPONSABLE VALOR
CÁMARA
FOTOGRAFICA
DIGITAL CON
SERIE 974230915
1244-6200-00141-
Q
JUAN CASTRO
VARGAS $1,704.35
CÁMARA
FOTOGRAFICA
DIGITAL CON
SERIE 974036513
1244-6200-
00140-Q
GUADALUPE
ARREGUÍN
JIMÉNEZ
$1,704.35
En el Resolutivo Primero del Dictamen HDA-673/2012 que a la letra dice:
PRIMERO.-Se aprueba dar de baja, del padrón de bienes muebles propiedad Municipal, los
siguientes artículos: ==========================================
ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE INVENTARIO
VALOR FACTURA
CÁMARA CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON 1244-6000-00140- $1,704.35
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FOTOGRÁFICA PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974036513, COLOR PLATA
Q
CÁMARA FOTOGRÁFICA
CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974230915, COLOR PLATA
1244-6200-00141-Q $1,704.35
DEBE DECIR: PRIMERO.- Se aprueba dar de baja, del padrón de bienes muebles
propiedad Municipal, los siguientes artículos: ========================
ARTICULO CARACTERISTICAS CLAVE DE INVENTARIO
VALOR FACTURA
CÁMARA FOTOGRÁFICA
CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974036513, COLOR PLATA
1244-6200-00140-Q $1,704.35
CÁMARA FOTOGRÁFICA
CÁMARA DIGITAL DE 6 MEGA PIXELES, CON PANTALLA LCD 2.5”, MARCA SAMSUNG, MODELO S630, SERIE 974230915, COLOR PLATA
1244-6200-00141-Q $1,704.35
SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen HDA-673/2012, de fecha 24 de
septiembre del 2012, aprobado en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria, de
fecha 05 de octubre del 2012. TERCERO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice
las correcciones de baja necesarios en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal.
CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del Honorable Ayuntamiento para su
aprobación el presente Dictamen QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron por Unanimidad de los presentes y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica, el 03 de Junio de
2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C.
Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se
aprueba por unanimidad. =======================================
DICTAMEN HDA-135/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se revoca el Dictamen HDA-098/2013, que autorizó un apoyo
económico para la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta. CONSIDERANDO.-
1.- Que en la Decima Cuarta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 26 de abril del
2013, se aprobó el Dictamen HDA-098/2013, mediante el cual se autorizó un apoyo
económico único como préstamo a favor de la Feria de Celaya, para la realización del
evento de la X Expo Nacional de la Cabra, el Queso y la Cajeta, por un importe de hasta
$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 m.n.). 2.- Ahora bien, mediante oficio No.
D/447/2013 de fecha 24 de mayo del 2013, suscrito por el L.C.C. Edgardo Álvarez Rueda,
Director de la Feria de Celaya, y con relación al evento de la X Expo Nacional de la Cabra,
el Queso y la Cajeta, y que se nos apoyo con spots de radio y espectaculares en diferentes
puntos de la ciudad; sin embargo el apoyo económico que fue autorizado por la Comisión
de Hacienda, por los tiempos en que fue autorizado ya no fue necesario que se utilizará,
toda vez que los conceptos con los que se había etiquetado ese apoyo ya había sido
cubierto por el Patronato en fechas anteriores, esto para asegurar las fechas
oportunamente, por lo cual reiteramos nuestro agradecimiento de todas estos apoyos y
confiamos que en eventos subsecuentes podamos seguir contando con su apoyo. 3.- Por
lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, y 52 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento
de Celaya , Gto., esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se revoca el Dictamen HDA-
098/2013 aprobado en la Decima Cuarta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 26 de
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abril del 2013. SEGUNDO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el
presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento a que de cumplimiento al artículo 128 fracción V del La Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así
lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ====
DICTAMEN HDA-136/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de
Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal 2013. CONSIDERANDO.- 1.- Con la facultad que
confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c) último párrafo de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política para el Estado de
Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que
integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa ó bien, por quien este autorice
conforme a la Ley. 2.- Atendiendo a la existencia del artículo 126 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en concordancia con el artículo 134 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, no se podrá realizar ningún pago que
no esté aprobado presupuestalmente, por lo tanto de acuerdo con el artículo 235 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, es necesario proporcionarle suficiencia
presupuestal a cada uno de los egresos. 3.- De conformidad en lo dispuesto en los
artículos 56, 57 y 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el
Estado y los Municipios de Guanajuato; los cuales señalan que: “En la ejecución del gasto
público, los sujetos de la Ley deberán realizar sus actividades con sujeción a los
programas aprobados en los presupuestos de egresos, que correspondan a sus prioridades
y estrategias; además que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa
del presupuesto que lo autorice y precisa que todas las propuestas de creación o
modificación de partidas a sus respectivos presupuestos de egresos, deberán ser
autorizadas por el Ayuntamiento. 4.- En ese sentido la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, establece en sus artículos 233 y 234 que la presupuestación del
gasto público municipal, atenderá a los objetivos y prioridades que señale el Programa de
Gobierno Municipal y los programas derivados de éste, observando los principios de
racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público. 5.- Así mismo el artículo 24,
segundo párrafo, de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el
Estado y los Municipios de Guanajuato, establece; “Los presupuestos de egresos de los
Municipios serán los que aprueben los Ayuntamientos para el ejercicio fiscal que
corresponda a iniciativa de los presidentes municipales”. 6.- Que en fecha 21 de
diciembre del 2012, en la Séptima Sesión Ordinaria, el H. Ayuntamiento de Celaya,
Guanajuato; aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, el
cual refleja un total de Ingresos por la cantidad de $984’009,014.00 (NOVECIENTOS
OCHENTA Y CUATRO MILLONES NUEVE MIL CATORCE PESOS 00/100 M.N.), y
$984’009,014.00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES NUEVE MIL CATORCE
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PESOS 00/100 M.N.) de Egresos. De lo anterior se desprende el equilibrio entre el Ingreso
y el Egreso contemplado en el artículo 234 fracción I de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato. 7.- Ahora bien, en fecha 11 de junio del 2013, ésta Comisión
recibió el oficio No.- 102/2013/DCP, suscrito por la Presidente Municipal, mediante el cual
presenta la propuesta de la 1ª Primera Modificación Presupuestal del Ejercicio Fiscal 2013;
misma que se analizó y discutió en reuniones de la Comisión, de fechas 11 de junio del
2013, Documento que se anexa al presente Dictamen y se tiene por reproducido como si a
la letra se insertare. Atendiendo a los objetivos y prioridades de los Programas del
Municipio y observando los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto
público por lo expuesto anteriormente y con fundamento en el Articulo 81 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión; RESUELVE:
PRIMERO.- Se aprueba la 1ª Primera Modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos
del Ejercicio Fiscal 2013, mediante el documento anexo y quedando de la siguiente
manera: ================================================
PRIMERA MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2013
RESUMEN INGRESOS-EGRESOS
CRI-COG 1ra Modificación
** 10 Impuestos 183,975,117.60
** 30 Contribuciones de mejoras 16,212,947.00
** 40 Derechos 54,183,981.00
** 50 Productos 113,125,924.84
** 60 Aprovechamientos 187,139,389.05
** 80 Participaciones y Aportaciones 652,933,443.00
SUBTOTAL 1,207,570,802.49
90 Deuda por financiamiento -
Remanentes de años anteriores 63,090,686.63
*** Rubros de Ingreso 1,270,661,489.12
** 1000 Servicios Personales $ 413,928,611.75
** 2000 Materiales y Suministros $ 71,919,182.42
** 3000 Servicios Generales $ 184,177,534.51
** 4000 Transf, Asign, Subsidios y Otr $ 244,211,210.46
** 5000 Bienes Muebles, Inmuebles, Intan $ 83,346,812.60
** 6000 Inversión Pública 261,733,464.38
** 9000 Deuda Pública $ 11,344,673.00
*** Capítulos de Gasto 1,270,661,489.12
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PROGRAMATICO DE EGRESOS 2013
Clas. por Objeto 1ra Modificación
*** 31111-0101 PRESIDENCIA 9,654,192.56
** 0036 GESTION CIUDADANA 4,241,241.33
** 0037 ATENCIONES DEL PRESIDENTE 4,462,155.88
** 0038 MODULO DE ATENCION P 650,795.35
** 0039 PROGRAMA INFORME DE GOBIERNO 300,000.00
*** 31111-0102 SINDICOS Y REGIDORES 11,554,748.54
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 11,554,748.54
*** 31111-0103 C. SALVADOR ORTEGA 274,411.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 274,411.00
*** 31111-0104 LIC. EDUARDO GUILLEN 274,411.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 274,411.00
*** 31111-0105 C. DULCE MARÍA GALLE 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0106 C. ANTONIO RODRÍGUEZ 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0107 C. REBECA LOMELIN VE 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0108 ING. ROSA ISELA HERN 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0109 LIC. DAVID ALFONSO O 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0110 ARQ. JOSÉ ALBERTO PÉ 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0111 ARQ. RODOLFO SEGURA 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0112 LIC. RUBÉN GUERRERO 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0113 C. MARTHA GUADALUPE 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0114 C. GEORGINA SUAREZ DÍAZ 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0115 C. MARCO HEROLDO GAX 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0116 C.P. FRACISCO EDUARD 269,969.00
** 0001 GASTOS ADMINISTRATIV 269,969.00
*** 31111-0201 DESARROLLO ECONOMICO 16,186,477.76
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** 0002 PROG.ATRACCION DE INVERSIONES 7,962,849.82
** 0003 MIPYMES Y MEJORA REGULATORIA 7,493,539.21
** 0185 COORD DE TURISMO 730,088.73
*** 31111-0301 DESARROLLO SOCIAL 12,556,294.92
** 0005 GASTOS ADMINISTRATIVOS 8,519,058.92
** 0161 PROG APOYO AL EMPRENDEDOR 4,000,000.00
** 0182 CENTRO COMUNITARIO V 34,800.00
** 0184 CENTRO COMUNITARIO V 2,436.00
*** 31111-0302 COORD. DE PARTICIPAC 9,808,506.76
** 0008 ATENCIÓN CIUDADANA 2,925,990.76
** 0010 PROG. MEJORAMIENTO DE VIV TECHO DIGNO -
** 0013 PORG. HABITAT 4,782,516.00
** 0014 PROG. RESCATE DE ESP 2,100,000.00
*** 31111-0303 COORD. DE EDUCACIÓN 18,816,215.81
** 0015 GASTOS ADMINISTRATIVOS 12,246,079.71
** 0208 PROG. ESCUELAS DE CALIDAD 1,530,000.00
** 0016 ESPACIOS INTERACTIVOS 5,040,136.10
*** 31111-0304 COORD. DE SALUD 4,095,541.13
** 0017 CONTROL Y FOMENTO SA 2,556,511.88
** 0018 PREVENCION Y CONTROL DE RABIA 1,539,029.25
*** 31111-0305 COORD. DE DESARROLLO 55,008,619.78
** 0020 GASTOS ADMINISTRATIVOS 6,750,442.91
** 0022 PROG. CAMINO SACACOSECHAS 1,717,500.00
** 0023 PROG. BORDERIA 420,000.00
** 0024 PROG. TU CASA 10,000,000.00
** 0025 PROG. EMPLEO TEMPORAL 6,000,000.00
** 0026 PROG. MEJORAMIENTO DE VIV PISO FIRME -
** 0027 PROG. MEJORAMIENTO DE VIV TECHO SEGURO 6,348,416.00
** 0031 PROG. ACTIVOS PRODUCTIVOS -
** 0163 PROG. TU CASA PROYECTOS ESPECIALES 5,372,260.87
** 0179 PROGRAMA FOGONES ECOLOGICOS -
** 0180 PROGRAMA BAÑOS DIGNOS -
** 0187 OPCIONES PRODUCTIVAS 2,000,000.00
** 0188 PROG APOYO A SEQUIAS 2,000,000.00
** 0189 OBRA JORNALEROS AGRICOLAS -
**0206 PROG. MEJORAMIENTO DE VIVIENDA ENJARRES 400,000.00
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**0207 PROG 3 X 1 EMPLEO TEMPORAL 14,000,000.00
**0192 APOYO POR CONVENIOS -
*** 31111-0306 INFRAESTRUCTURA DEPO 5,066,651.41
** 0033 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,118,694.61
** 0034 MANTENIMIENTO DE 3,947,956.80
*** 31111-0307 COORD. ADMINISTRATIVA 757,832.28
** 0035 GASTOS OPERATIVOS 757,832.28
*** 31111-0401 COMUNICACIÓN E IMAGEN 9,023,039.15
** 0040 COMUNICACIÓN SOCIAL 9,023,039.15
*** 31111-0402 EVENTOS ESPECIALES 5,037,711.97
** 0041 RELACIONES PÚBLICAS 5,037,711.97
*** 31111-0501 SRIA. DEL H. AYUNTAM 32,645,640.73
** 0042 SESIONES DE H.AYUNTAMIENTO 12,509,001.84
** 0043 COORDINACIÓN DE DELEGADOS 11,445,819.12
** 0044 JUECES CALIFICADORES 2,657,462.86
** 0045 PROG. SERVICIO MILIT 252,976.03
** 0158 PROG. PREVENTIVOS Y 2,235,206.56
** 0159 COORD. DE AGUA POTA 3,545,174.31
*** 31111-0502 DIRECCIÓN JURIDICA 55,254,233.55
** 0046 CONTRATOS, TITULACIÓ 55,254,233.55
*** 31111-0503 VENTANILLA DE RELACI 3,556,214.81
** 0048 PASAPORTES Y ASUNTOS 3,556,214.81
*** 31111-0504 UNIDAD MUNICIPAL DE 11,918,060.91
** 0050 PREVENCIÓN. MITIGACI 11,918,060.91
*** 31111-0505 JUZGADOS ADMINISTRAT 1,651,963.39
** 0052 JUSTICIA EXPEDITA 1,651,963.39
*** 31111-0506 DIR. TRANSPORTE Y VI 55,503,401.36
** 0054 SERVICIO DE LICENCI 4,816,885.65
** 0055 PROG. OPERATIVO DE T 43,778,748.85
** 0056 SERVICIO ADMINISTRATIVO 6,907,766.86
*** 31111-0507 INFOPOL 11,257,924.39
** 0057 CARRERA TÉCNICA 11,257,924.39
*** 31111-0508 UNIDAD MUNICIPAL DE 1,847,007.60
** 0058 DIFUSIÓN DE LA UNIDA 1,244,623.97
** 0059 COORDINACIÓN DE ARCHIVOS 602,383.63
*** 31111-0509 SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA 10.00
** 0209 SEGURIDAD PUBLICA 10.00
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*** 31111-0601 OFICIALIA MAYOR 21,651,630.60
** 0060 ADMINISTRACIÓN DE L 13,010,030.60
** 0135 SUBSIDIOS 636,000.00
** 0136 AYUDAS 8,005,600.00
*** 31111-0602 MANTENIMIENTO DE EDI 6,911,878.58
** 0062 MANTENIMIENTO DE BIE 6,911,878.58
*** 31111-0603 RECURSOS HUMANOS 19,476,615.21
** 0063 ADMINISTRACIÓN DE RE 19,476,615.21
*** 31111-0604 JUBILADOS 22,011,330.38
** 0068 JUBILADOS 22,011,330.38
*** 31111-0605 COORD.DE SERVICIO SO 974,354.49
** 0069 SERVICIO SOCIAL Y PR 974,354.49
*** 31111-0606 INNOVACIÓN GUBERNAME 1,662,171.79
** 0070 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,662,171.79
*** 31111-0701 TESORERÍA 32,486,284.74
** 0071 SEGUIMIENTO POA 2012 21,141,611.74
** 0137 DEUDA PÚBLICA 11,344,673.00
*** 31111-0702 CONTABILIDAD 8,127,623.82
** 0073 CONTABILIDAD Y CONTR 8,127,623.82
*** 31111-0703 INGRESOS 9,111,671.10
** 0074 RECAUDACION DE INGRE 9,111,671.10
*** 31111-0704 IMPUESTO INMOBILIARIO 9,758,102.20
** 0075 ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA 9,758,102.20
*** 31111-0705 CATASTRO 5,909,378.14
** 0076 PROG. GEOMÁTICA, PRO 5,909,378.14
*** 31111-0706 COMPRAS 1,640,277.53
** 0078 ACT. PADRON DE PROVE 1,640,277.53
*** 31111-0707 FISCALIZACIÓN 10,401,417.15
** 0080 COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA 1,771,697.24
** 0081 MERCADOS Y TIANGUIS 1,536,249.69
** 0082 ESTAB. COMERCIALES Y 2,930,970.12
** 0083 GASTOS ADMINISTRATIVOS 4,162,500.10
*** 31111-0708 INFORMÁTICA 7,431,767.23
** 0084 PROG.DE DESARROLLO I 4,426,914.16
** 0085 REDES Y TELECOMUNICACIONES 3,004,853.07
*** 31111-0709 CONTROL PATRIMONIAL 4,674,605.62
** 0086 CONTROL DE ACTIVOS 1,687,164.49
** 0087 BIENES MUEBLES 2,987,441.13
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*** 31111-0801 CONTRALORIA 12,063,573.84
** 0090 GASTOS ADMINISTRATIVOS 3,490,747.19
** 0091 AUDITORIAS 6,282,066.42
** 0092 ASUNTOS JURÍDICOS 2,290,760.23
*** 31111-0901 DIRECCION DE OBRAS P 45,833,026.11
** 0093 PROGRAMA ANUAL DE OB 10,371,231.71
** 0094 PROYECTOS, PLANEACIÓ 5,306,587.79
** 0095 SUPERINTENDENCIA DE 30,155,206.61
*** 31111-1001 DESARROLLO URBANO 12,883,884.86
** 0097 DIRECCION GENERAL 3,816,586.16
** 0098 DIRECCIÓN DE CONTROL 3,228,349.38
** 0101 DIRECCIÓN DE FRACCIONAMIENTOS 5,838,949.33
*** 31111-1101 SERVICIOS MUNICIPALES 113,550,669.15
** 0104 ADMINISTRACION 16,315,353.63
** 0105 PROG. MANTTO.Y CONSE 270,698.40
** 0106 CELAYA NUEVA IMAGEN 28,268,504.10
** 0107 RASTRO MUNICIPAL 6,538,933.17
** 0108 CELAYA ILUMINADA 17,470,624.96
** 0109 PANTEONES PÚBLICOS M 4,545,027.08
** 0110 ASEO ADMINISTRATIVO 3,146,705.46
** 0111 BARRIDO MECÁNICO 30,277,424.00
** 0113 OPERACIÓN RELLENO SANITARIO 6,714,672.35
** 0190 PROG OPERACION DE PL 2,726.00
*** 31111-1201 POLICÍA MUNICIPAL 196,155,384.31
** 0116 PROGRAMA OPERATIVO 132,952,824.89
** 0117 PROFESIONALIZACIÓN D 16,792,991.67
** 0118 EQUIPAMIENTO Y TEGNOLOGÍA 26,466,559.00
** 0119 PROG. SUBSEMUN 2013 19,943,008.75
*** 31111-1301 OBRA PUBLICA 309,420,131.69
** 0138 OBRA PÚBLICA RECURSO (MUNICIPAL) 21,868,652.06
** 0139 OBRA PÚBLICA RECURSO (Fondo 1) 53,858,573.00
** 0140 OBRA PÚBLICA RECURSO (Fondo 2) 96,601,470.00
** 0169 REMANENTE RECURSOS FAISM 2011 9,890,482.82
** 0170 REMANENTE RECURSOS FAISM 2010 6,841,181.59
** 0171 REMANENTE RECURSOS FAISM 2009 1,163,030.76
** 0172 REMANENTE RECURSOS FAISM 2008 1,752,707.89
** 0173 REMANENTE RECURSOS Fondo 1 2005-2007 954,694.40
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** 0174 REMANENTE RECURSOS Fondo 2 2011 3,758,018.39
** 0175 REMANENTE RECURSOS Fondo 2 2010 770,318.22
** 0176 REMANENTE RECURSOS Fondo 2 2009 537,854.34
** 0177 REMANENTE PROGRAMA E 12,855,169.47
** 0186 REMANENTES FAIMS 2012 4,936,581.18
** 0205 REMANENTES FORTAMUN 2012 17,576,366.57
** 0210 PROGRAMA ESTATAL Y FEDERAL 2013 76,055,031.00
*** 31120-8201 SISTEMA MUNICIPAL DIF 28,215,657.02
** 0121 SISTEMA MUNICIPAL DIF 26,239,079.02
** 0122 APORT. D.I.F. MI CAS 776,578.00
** 0123 APORT. D.I.F. ALBER 1,200,000.00
*** 31120-8301 COMISIÓN MPAL. DEL DEPORTE 6,171,340.90
** 0126 COMISIÓN MUNICIPAL 6,171,340.90
*** 31120-8401 SISTEMA MUNICIPAL DE ARTE Y CULTURA 20,033,140.00
** 0127 SISTEMA MUNICIPAL DE 20,033,140.00
*** 31120-8601 INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 2,637,000.00
** 0124 INSTITUTO MUNICIPAL 2,637,000.00
*** 31120-8701 INSTITUTO MUNICIPAL DE ECOLOGÍA 8,147,018.96
** 0131 INSTITUTO MUNICIPAL 8,147,018.96
*** 31120-8801 INSTITUTO DE PLANEACIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA 10,372,329.63
** 0128 INSTITUTO DE PLANEAC 10,372,329.63
*** 31120-8901 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 2,377,853.26
** 0133 INSTITUTO MUNICIPAL 2,377,853.26
*** 31120-9001 PATRONATO PARQUE XOCHIPILLI 627,000.00
** 0134 PATRONATO DEL PARQUE 627,000.00
*** 31120-9101 OFICINA DE CONVENCIONES 2,935,412.00
** 0129 OFICINA DE CONVENCIO 1,935,412.00
** 0130 APORT. OCV FONDOS MIXTOS 1,000,000.00
*** 31120-9201 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD 2,020,220.00
** 0132 INSTITUTO MUNICIPAL 437,710.00
** 0132 INSTITUTO MUNICIPAL 1,582,510.00
SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, a realizar los trámites necesarios para
gestionar una Línea de Crédito Revolvente, de conformidad al artículo 7 de la Ley de
Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato, la cual será utilizada
primordialmente para la ejecución de inversión pública, por el periodo vigente de la
presente Administración. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, haga llegar la
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demás información que exigen los ordenamientos legales aplicables y lo turne a la
Secretaría del H. Ayuntamiento. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento remita copia certificada del documento citado en el punto primero al
Congreso del Estado; Así como haga las publicaciones correspondientes en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato y en los diarios de mayor circulación
locales. QUINTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento
a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato. SEXTO.- Sométase a consideración del pleno del H. Ayuntamiento el
presente Dictamen para su aprobación. SEPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así
lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 11 de junio del 2013. Finalizada la lectura
del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad.==============================================
COMISION DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL .- En uso de
la voz el Síndico C. Eduardo Guillen Hernández, Presidente de la Comisión, solicita al
Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del
Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los
dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se
somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por
unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los
dictámenes de Gobierno. ======================================
DICTAMEN GOB-024/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de
la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, presentada por este H. Ayuntamiento, y remitida mediante
Oficio Circular No.53 por la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra Pública del Congreso
del Estado de Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Con fundamento en el artículo
106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual se establece que: “El
Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su organización política y
administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de
personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y
de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad
reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con
las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general;
que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y
vecinal”. 2.- Así mismo en el Artículo 76, fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las
atribuciones en materia de gobierno y régimen interior: “... emitir opinión sobre las
iniciativas de leyes o decretos que incidan en la competencia municipal, dentro del
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término que establezca la Comisión Dictaminadora”. 3.- Por lo que conforme al Artículo
67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le
corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el
dictamen que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o nuevos proyectos de ley
que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión de las enviadas por el
Congreso o por el Ejecutivo del Estado”. 4.- Por tal motivo, en reunión ordinaria de la
Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día 06 de junio de
2013, se analizó el Oficio Circular No. 53, enviado por la Comisión de Desarrollo Urbano y
Obra Pública, del Congreso del Estado de Guanajuato, mediante el cual se remite la
iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, presentada por este H. Ayuntamiento. Expuesto lo anterior,
con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, esta comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se emite opinión positiva
respecto de la iniciativa de la reforma al artículo Cuarto Transitorio del Código Territorial
para el Estado y Municipios de Guanajuato, presentada por este H. Ayuntamiento, y
remitida mediante Oficio Circular No.53 por la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra
Pública del Congreso del Estado de Guanajuato. SEGUNDO.- Sométase a consideración
del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se
instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el presente acuerdo al H.
Congreso del Estado, para que surta sus efectos legales correspondientes. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha
06 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad.=============================
DICTAMEN GOB-025/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la reforma al
artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, remitida mediante
Oficio Circular No.45 por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del
Congreso del Estado de Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Con fundamento en
el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual se establece
que: “El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su organización
política y administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una
comunidad de personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica
y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su
Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad
reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con
las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general;
que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y
vecinal”. 2.- Así mismo en el Artículo 76, fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las
atribuciones en materia de gobierno y régimen interior: “... emitir opinión sobre las
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iniciativas de leyes o decretos que incidan en la competencia municipal, dentro del
término que establezca la Comisión Dictaminadora”. 3.- Por lo que conforme al Artículo
67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le
corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el
dictamen que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o nuevos proyectos de ley
que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión de las enviadas por el
Congreso o por el Ejecutivo del Estado”. 4.- Por tal motivo, en reunión ordinaria de la
Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada día 06 de junio de
2013, se analizó el Oficio Circular No. 45, enviado por la Comisión de Gobernación y
Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato, mediante el cual se
remite la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,
formulada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, referente a la
propuesta de establecer el inicio de vigencia de leyes, decretos y en general de cualquier
ordenamiento jurídico; esta Comisión con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se
emite opinión positiva respecto de la reforma al artículo 61 de la Constitución Política para
el Estado de Guanajuato, remitida mediante Oficio Circular No.45 por la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato, formulada
por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. SEGUNDO.- Sométase a
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el
presente acuerdo al H. Congreso del Estado, para que surta sus efectos legales
correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes
de la Comisión en fecha 06 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad.===================
DICTAMEN GOB-026/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se emiten observaciones respecto de la reforma,
adiciones y derogaciones de diversos artículos a la Ley de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios,
remitida mediante Oficio Circular No.46 por la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales del Congreso del Estado de Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.-
Con fundamento en el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato,
en el cual se establece que: “El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y
de su organización política y administrativa, es una institución de carácter público,
constituida por una comunidad de personas, establecido en un territorio delimitado, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la
Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en
relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.-
Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que expida el Congreso del
Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones
administrativas de observancia general; que organicen la administración pública municipal,
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y
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aseguren la participación ciudadana y vecinal”. 2.- Así mismo en el Artículo 76, fracción I,
inciso a) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que el
Ayuntamiento tendrá dentro de las atribuciones en materia de gobierno y régimen interior:
“... emitir opinión sobre las iniciativas de leyes o decretos que incidan en la
competencia municipal, dentro del término que establezca la Comisión Dictaminadora”. 3.-
Por lo que conforme al Artículo 67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable
Ayuntamiento de Celaya, Gto., le corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, “emitir el dictamen que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o
nuevos proyectos de ley que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión
de las enviadas por el Congreso o por el Ejecutivo del Estado”.4.- Por tal motivo, en
reuniones extraordinarias de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal,
celebradas los días 10 y 12 de junio de 2013, se analizó el Oficio Circular No. 46, enviado
por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de
Guanajuato, mediante el cual se remite la iniciativa formulada por el Gobernador del
Estado, por la cual se reforman los artículos 2, primer párrafo; 4, párrafos primero y
tercero; 11, fracciones I, II, VIII, XIII, XVI, XVII, XXII y XXIII; 12, fracciones I, II, III, IV,
VI, XI; 13, fracciones II y párrafo tercero; 15; 22; 23; 24, párrafo primero; 26, fracciones
I, II, III y IV; 27, fracciones I, II y III; 28, segundo párrafo; la denominación del Título
Tercero, así como del Capítulo I; 29; 30; 31; 33, párrafos primero y segundo; 33 Bis; 33
Ter, párrafo primero; 34; 46, párrafo primero, y fracciones I y III, párrafo primero; 47
párrafo primero; 48; 49, párrafo primero, fracciones II, III, VIII y X; 51; 52; 53; 55; 56
párrafo primero; 60 párrafo primero; se adicionan los artículos 4 Bis; 8, con un párrafo
quinto; 11, fracción VIII, con un párrafo segundo, y fracción XIII, con un párrafo
segundo; 12, con una fracción XIII; un Capítulo II, denominado «Disposiciones Generales
al Procedimiento de Responsabilidad Administrativa», así como una Sección Tercera,
denominada «Generalidades del Procedimiento de Responsabilidad Administrativa»; 46
Bis; 46 Ter; 46 Quater; 46 Quinquies; 46 Sexies; 46 Septies; y 46 Octies; y se derogan
los artículos 4, en su párrafo cuarto; 10; 11 fracción XV, párrafo segundo; 21 párrafo
segundo; 24, fracciones I, II y III; 32; 33, párrafo tercero; 33 Ter, párrafos segundo y
tercero; 36; 37; 38; 39; 47, párrafo segundo; 49, fracción IV; 50; y 54 de la Ley de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y
sus Municipios. Expuesto lo anterior, esta Comisión con la facultad que otorga el artículo
81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.-
PRIMERO.- Se emiten observaciones respecto de la iniciativa de los artículos 2, primer
párrafo; 4, párrafos primero y tercero; 11, fracciones I, II, VIII, XIII, XVI, XVII, XXII y
XXIII; 12, fracciones I, II, III, IV, VI, XI; 13, fracciones II y párrafo tercero; 15; 22; 23;
24, párrafo primero; 26, fracciones I, II, III y IV; 27, fracciones I, II y III; 28, segundo
párrafo; la denominación del Título Tercero, así como del Capítulo I; 29; 30; 31; 33,
párrafos primero y segundo; 33 Bis; 33 Ter, párrafo primero; 34; 46, párrafo primero, y
fracciones I y III, párrafo primero; 47 párrafo primero; 48; 49, párrafo primero, fracciones
II, III, VIII y X; 51; 52; 53; 55; 56 párrafo primero; 60 párrafo primero; se adicionan los
artículos 4 Bis; 8, con un párrafo quinto; 11, fracción VIII, con un párrafo segundo, y
fracción XIII, con un párrafo segundo; 12, con una fracción XIII; un Capítulo II,
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denominado «Disposiciones Generales al Procedimiento de Responsabilidad
Administrativa», así como una Sección Tercera, denominada «Generalidades del
Procedimiento de Responsabilidad Administrativa»; 46 Bis; 46 Ter; 46 Quater; 46
Quinquies; 46 Sexies; 46 Septies; y 46 Octies; y se derogan los artículos 4, en su párrafo
cuarto; 10; 11 fracción XV, párrafo segundo; 21 párrafo segundo; 24, fracciones I, II y III;
32; 33, párrafo tercero; 33 Ter, párrafos segundo y tercero; 36; 37; 38; 39; 47, párrafo
segundo; 49, fracción IV; 50; y 54 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, conforme a lo siguiente:
En relación a los artículos 4 y 4 BIS, se sugiere se especifique el alcance de la facultad de
atracción. Incluyéndose el respeto de la autonomía municipal y lo correlacione al artículo 8
de esta Ley. Referente a los artículo 10 y 51, se sugiere mantener el texto vigente a efecto
de conservar los principios de justicia administrativa conforme al art. 135 del Código de
Procedimiento Civil, conservándose el principio de inocencia ante la Ley. SEGUNDO.-
Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su
aprobación. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, envíe
inmediatamente el presente acuerdo al H. Congreso del Estado, para que surta sus efectos
legales correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los
integrantes de la Comisión en fecha 12 de junio de 2013. Finalizada la lectura del
dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede
a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad.==========
DICTAMEN GOB-STTPC-001/2013.- Que emiten las Comisiones Conjuntas de
Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, y de Seguridad, Transito, Transporte y
Protección Civil, mediante el cual se crea la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, y
en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento de
Administración para el Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O S.- 1.-
Que conforme al artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el cual establece la facultad reglamentaria del ayuntamiento, señalándose
literalmente lo siguiente: “Los Municipios estarán investidos de personalidad Jurídica y
manejarán su hacienda conforme a la Ley… Los Ayuntamientos tendrán facultades para
aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las
legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal”. 2.- Así mismo, se establece en el artículo 106 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que “El Municipio libre, base de la
división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, es una
institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, establecido en
un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su
Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117
del mismo ordenamiento, en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los
Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que
expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares
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y disposiciones administrativas de observancia general; que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. 3.- Subsecuentemente
en el Artículo 76, fracción I, inciso b) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, se establece que los ayuntamientos tendrán como atribución en materia de
gobierno y régimen interior: ” b) Aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal
que expida el Congreso del Estado, los bandos de policía y buen gobierno, reglamentos,
circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y
servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Y
de igual forma en correlación con el artículo 236 de dicha Ley Orgánica se establece la
facultad reglamentaria de los Ayuntamientos. 4.- Y en el artículo 67, inciso A) del
Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., señala que, a la
Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal le corresponde: “A) El dictamen
que contenga las iniciativas de reformas y adiciones o nuevos proyectos de Reglamentos
Municipales, para ser aprobadas por el Ayuntamiento y remitidas al Congreso del Estado
para su revisión y aprobación conforme al artículo 202 de la Ley Orgánica Municipal para
el Estado de Guanajuato (actualmente artículo 236 por la reforma publicada en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 12 de Septiembre del 2012). 5.-
Por lo que con fundamento en lo anterior, la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, en fechas 06 y 12 de junio de 2013, se analizó la iniciativa de reformas,
adiciones y derogaciones a diversos artículos del Reglamento de Administración para el
Municipio de Celaya, Gto., las cuales consisten en lo siguiente: La presente iniciativa
contempla la creación de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, la cual tendrá a su
cargo el despacho de los asuntos relacionados con la participación municipal en la Ley de
Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, los Reglamentos Municipales y los acuerdos que se deriven del Consejo
Nacional y Estatal de Seguridad Publica. Así como, la coordinación de las estrategias que
en matera de seguridad publica ejecuten las diferentes dependencias de la administración
pública municipal, tanto la institución policial, como las instituciones auxiliares en materia
de seguridad pública, buscando con ello una mejor alineación y mayor eficiencia en los
esfuerzos que se llevan a cabo para la prestación de este servicio, con el fin de garantizar
la seguridad en el territorio municipal, de las personas, sus bienes, sus derechos, así como
preservar la tranquilidad y guardar el orden público, y prevenir la comisión de delitos y
conductas antisociales, dentro del marco de sus atribuciones. Expuesto lo anterior, con
fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
esta comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO. Se crea la Secretaría de Seguridad
Pública Municipal, y en consecuencia se reforman, adicionan y derogan diversos artículos
del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Gto., conforme al
documento anexo al presente dictamen. SEGUNDO. Sométase a la consideración del
Pleno del H. Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. TERCERO. Se
instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, realice los trámites necesarios para su
publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato. Así lo resolvieron
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y firmaron para su debida constancia los integrantes de las Comisiones Conjuntas de
Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, y de Seguridad Transito, Transporte y
Protección Civil, en fecha 12 de junio de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior,
el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ==================
COMISION DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN CIVIL.-
En uso de la voz el Regidor C. José Alberto Pérez Quiroga, Presidente de la Comisión,
solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a
consideración del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y
resolutivos de los dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de
los mismos, se somete a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se
aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir
íntegramente el dictamen de Hacienda. ==============================
DICTAMEN STTYPC-049/2013.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,
Transporte y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la
empresa que presta el servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya,
denominada “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S.
DE R.L. DE C.V.”, siendo representada por el Lic. Juan Pablo Vázquez Sotelo. C O N S I
D E R A N D O.- 1.- Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su
Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las
funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el Artículo
117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución Política del
Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la Ley, prestarán los
servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las funciones o la prestación
de los servicios públicos municipales observando lo dispuesto por las Leyes federales y
estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción III, inciso c) de la Ley Orgánica
Municipal, enumera las atribuciones que tiene el H. Ayuntamiento, entre otras las de
“Procurar la seguridad pública en el territorio municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en
virtud de lo establecido en la Ley de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, el
artículo 120 establece: “El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los
ayuntamientos, podrá autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los
que operarán en la forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la
prestación del servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del
Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los servicios
de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios, ahora bien el
artículo 121 establece el significado de lo que se entenderá por servicios de seguridad
privada “Aquellos que prestan los particulares y que comprenden la seguridad, protección,
vigilancia o custodia de personas, lugares o establecimientos, de bienes o valores, incluido
su traslado…” en el artículo 126 establece: “La Secretaría y los municipios son las
instancias facultadas para vigilar que los particulares que presten el servicio de seguridad
privada, cumplan con lo dispuesto en esta ley y otros ordenamientos legales aplicables.
Anualmente, en el mes de enero, estos particulares deberán refrendar su autorización”.
4.- Así mismo en el artículo 25 del Reglamento en Materia de Servicios de Seguridad
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Privada para el Estado de Guanajuato y sus Municipios donde se prescribe que aquellos
deberán solicitar refrendo a su autorización durante los primeros quince días de diciembre
adjuntando diversos requisitos contemplados en el ordenamiento antes citado, entres los
que se encuentra la conformidad Municipal, así mismo el artículo 26 establece “Los
Ayuntamientos analizaran las solicitudes de funcionamiento de los servicios privados de
seguridad, manifestando su conformidad, previo estudio de viabilidad, al Secretario de
Seguridad Pública”. 5.- Ahora bien, el día 04 de Junio del año 2013 se llevó a cabo la
reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y protección Civil, y se dio lectura al
oficio No.136/D.P.A.-P.M./2013, signado por el Director General de Policía Municipal
mediante el cual solicita se emita la Conformidad de Viabilidad a empresa denominada:
“CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE
C.V.”, siendo representada por el Lic. Juan Pablo Vázquez Sotelo, así mismo le informo
que por parte de la Dirección de Policía Auxiliar, se reviso el expediente de la empresa
antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan
a la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente
estatus: Integración debida del expediente con los requisitos respectivos. Presentación del
informe personal y de servicios con que cuenta la empresa, La verificación del domicilio.
Prestará el servicio en las siguientes modalidades: Las investigaciones, cuyos propósitos
serán proporcionar informes sobre los antecedentes, solvencia, localización o actividades
de personas; La protección de personas y sus bienes fuera de las vías aéreas públicas; El
apoyo en vigilancia de fraccionamientos o conjuntos habitacionales, ya sea terminados o
en construcción, siempre y cuando no se consideren lugares públicos conforme al presente
reglamento u otras leyes; El apoyo en la vigilancia en el interior de lugares privados,
centros comerciales, turísticos u hoteleros. El asesoramiento y servicios en prevención de
riesgos. 6.- Deberá cumplir con las modalidades previstas en el Reglamento de los
Servicios Privados de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 5 fracciones
II, IV, V, VI y VII, que a la letra dice: “II.- La Protección de personas y bienes fuera de
las vías o aéreas o públicas; IV.- La instalación y funcionamiento de dispositivos o
mecanismos indispensables de seguridad y alarma de bienes muebles e inmuebles; V.- El
apoyo en la vigilancia de fraccionamientos o conjuntos habitacionales o en construcción;
VI.- Apoyo en la vigilancia de Centros Comerciales, Turísticos u Hoteles; y VII El
asesoramiento y los servicios relacionados con la prevención de riesgos”. 7.- Una vez
realizado el análisis detallado de su documentación la cual se encuentra vigente y no
encontrándose ningún impedimento para otorgar la Conformidad Municipal, es viable que
la empresa denominada: “CONSORCIO INTERAMERICANO DE SEGURIDAD
EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”, para que preste sus Servicios de Seguridad Privada
en el Municipio de Celaya, Gto., apegándose a las leyes de la materia que rigen en el
Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será por un
año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito de lo antes
expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato esta Comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se
otorga la Conformidad Municipal a la empresa denominada “CONSORCIO
INTERAMERICANO DE SEGURIDAD EMPRESARIAL S. DE R.L. DE C.V.”, siendo
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representada por el Lic. Juan Pablo Vázquez Sotelo, a fin de que preste los Servicios de
Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto. SEGUNDO: La vigencia de la
Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento.
TERCERO: Una vez aprobado el presente Dictamen, se instruye al Director de la Policía
Municipal para que notifique y solicite a la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento
que le da a la empresa que se está otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una
vez aprobado el presente Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo
notifique a la Dirección de Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO:
Sométase a Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su
aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la
Comisión en fecha 04 de Junio del 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ================
COMISION DE EDUCACIÓN.- En uso de la voz la Regidora C. Rosa Isela Hernández
Herrera, Presidenta de la Comisión, solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente
Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la propuesta de que se omita la
lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a los que dará lectura, para
únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a consideración del pleno la
propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que
se procede a transcribir íntegramente los dictámenes =====================
DICTAMEN EDU- 003/2013.- Que emite la Comisión de Educación, referente a la
aprobación de las Reglas de Operación del Programa Alcalde en tu Escuela del Municipio
de Celaya, Guanajuato. CONSIDERANDO.- De conformidad con lo establecido en el
Artículo 115 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
establece lo siguiente: “los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejaran su patrimonio conforme a la Ley”. “Los Ayuntamientos tendrán facultad para
aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las
legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos
circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen los
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal”. Con fundamento en el artículo 117 fracción I de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato se establece lo siguiente: “Aprobar, de
acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso el Estado; los Bandos
de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de
observancia general; que organicen la administración pública municipal, regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal”. La Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato en su artículo 76 fracción V, establece: “En materia de participación social,
desarrollo social, asistencial y económico, salud pública, educación y cultura: inciso a)
Promover el desarrollo económico, social, educativo”. Ahora bien, el día 27 de Mayo del
año en curso, se analizó en la Décima reunión de la Comisión de Educación las Reglas de
Operación del Programa Alcalde en tu Escuela del Municipio de Celaya, Gto.,
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mencionando que el objetivo ha sido con la finalidad de promover y acrecentar los valores
cívicos entre niños, jóvenes y adultos de las diferentes instituciones educativas del
Municipio de Celaya, con la colaboración y participación de autoridades educativas,
directores y profesorado. Así mismo, debemos instaurar los valores cívicos en nuestros
niños y jóvenes, ya que con el tiempo se ha ido perdiendo todo ello, es por eso que
nuestro Presidente Municipal y el H. Ayuntamiento está preocupados porque no se pierdan
esos valores y que a la par se vayan infundiendo en los niños pequeños, para que el día
de mañana sean personas cultas y con buenos valores, mismo que sean transmitidos de
generación en generación a través de la educación. Las presentes reglas tienen por
objetivo establecer las bases y principios conforme a las cuales se lleva a cabo el
Programa Alcalde en tu Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato, las cuales se tiene
por reproducido como si a la letra se insertare (Anexo 1). La Coordinación de Educación,
se deberá apegarse a las Reglas de Operación que se adjuntan al Presente, dictamen a fin
de llevar de manera coordinada los actos cívicos. Ahora bien, esta Comisión con la facultad
señalada en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
RESUELVEN.- PRIMERO: Se aprueban las Reglas de Operación del Programa Alcalde en
tu Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato. SEGUNDO: Se instruye a la Secretaria
del H. Ayuntamiento dé cumplimiento con el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato. TERCERO: Sométase a la consideración del
Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. CUARTO: Una vez
aprobado el presente Dictamen, notifíquese a la Dirección General de Desarrollo Social,
para que se coordine con la Secretaria Particular, Así lo resolvieron y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la Comisión de Educación en fecha 27 de Mayo de
2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento,
C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que
se aprueba por unanimidad. =================================
DICTAMEN EDU- 004/2013.- Que emite la Comisión de Educación, referente a la
aprobación de las Reglas de Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio
de Celaya, Guanajuato. CONSIDERANDO.- De conformidad con lo establecido en el
Artículo 115 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
establece lo siguiente: “los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejaran su patrimonio conforme a la Ley”. “Los Ayuntamientos tendrán facultad para
aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las
legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos
circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen los
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
participación ciudadana y vecinal”. Con fundamento en el artículo 117 fracción I de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato se establece lo siguiente: “Aprobar, de
acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso el Estado; los Bandos
de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de
observancia general; que organicen la administración pública municipal, regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la
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participación ciudadana y vecinal”. La Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato en su artículo 76 fracción V, establece: “En materia de participación social,
desarrollo social, asistencial y económico, salud pública, educación y cultura: inciso a)
Promover el desarrollo económico, social, educativo”. Ahora bien, el día 27 de Mayo del
año en curso, se analizó en la Décima reunión de la Comisión de Educación las Reglas de
Operación del Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato.,
Gto., mencionando que el objeto consiste en regular la aplicación de los recursos
federales, estatales y municipales para el programa denominado CAMINITO DE LA
ESCUELA, el cual tiene como objetivo construir accesos dignos (Guarniciones, Banquetas
y Andadores), Patios Cívicos a los Centros Educativos tanto en las comunidades rurales
como en colonias, para lo cual se requiere la participación de autoridades educativas,
personal docente, padres de familia y comunidad escolar en general. Las presentes reglas
tienen por objetivo establecer las bases y principios conforme a las cuales se lleva a cabo
el Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato, las cuales se
tiene por reproducido como si a la letra se insertare (Anexo 1). La Coordinación de
Educación deberá apegarse a las presentes reglas que se adjuntan con la finalidad de
optimizar los recursos asignados a este Programa. Ahora bien, esta Comisión con la
facultad señalada en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. RESUELVEN.- PRIMERO: Se aprueban las Reglas de Operación del
Programa Caminito de la Escuela del Municipio de Celaya, Guanajuato. SEGUNDO: Se
instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento dé cumplimiento con el artículo 128 fracción
IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. TERCERO: Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación.
CUARTO: Una vez aprobado el presente Dictamen, notifíquese a la Dirección General de
Desarrollo Social, para que se coordine con la Secretaria Particular, Así lo resolvieron y
firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Educación en fecha
27 de Mayo de 2013. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno,
mismo que se aprueba por unanimidad. ==============================
DICTAMEN RHYSCC-HDA-002/2013.- Que emiten las Comisiones Unidas de Recursos
Humanos y Servicio Civil de Carrera y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante
el cual se valida la Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por el
periodo del 04 al 17 de mayo del 2013. CONSIDERANDO.- 1.- Que en el artículo 28
fracción IV de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y
los Municipio de Guanajuato, se establece que: “El proyecto de presupuesto de egresos
municipal y la iniciativa de Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado para el
ejercicio fiscal correspondiente contendrán la siguiente información: IV. La indicación de
las plazas presupuestadas que incluye y la remuneración integrada mensual y anual que
les corresponda”. 2.- Y que en la Séptima Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha
21 de diciembre de 2012, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio
Fiscal 2013, mismo que incluyó lo referido en la fracción IV del artículo 28 de la Ley para
el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de
Guanajuato. 3.- Que la Comisión de Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera, es
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competente para conocer el tema en referencia, conforme al artículo 76 del Reglamento
Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., se establece que: “Compete a la
Comisión de Recursos Humanos y Servicio civil de Carrera: A) Vigilar el ambiente laboral
de la administración pública municipal; B) Garantizar la estabilidad y seguridad del
empleo; C) Fomentar la vocación de servicio, mediante una motivación adecuada; D)
Promover la capacitación permanente del personal; E) Procurar la lealtad de las
instituciones del Municipio; F) Promover la eficiencia y eficacia de los servidores públicos
municipales; G) Garantizar promociones justas y otras formas de progreso laboral; H)
Garantizar a los servidores públicos, el ejercicio de los derechos que les reconocen las
Leyes y otros ordenamientos jurídicos; I) Contribuir al bienestar de los servidores públicos
municipales y sus familias, mediante el desarrollo de actividades educativas, de asistencia,
culturales, deportivas, recreativas y sociales; y J) Los demás asuntos que expresamente le
encomiende el H. Ayuntamiento; así como también es competencia de la Comisión de
Hacienda, Patrimonio y Cuenta pública lo establecido en el articulo 6 letras D y G del
mismo citado ordenamiento. 4.- Que mediante oficio DP 322/2013 recibido en fecha 28 de
mayo del 2013, suscrito por el C.P. Víctor Joaquín Moreno Mendoza, Oficial Mayor, solicita
poner a consideración de estas Comis90ones la aprobación de la plantilla de personal
ejercida en la catorcena que se menciona a continuación: =======================
Catorcena Periodo que comprende Aprobación
1era. De mayo de
2013
04 al 17 de mayo del 2013
De manera retroactiva al
04 de mayo 2013
Con la finalidad de dar cumplimiento con el precepto legal antes mencionado. Por lo
anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, estas Comisiones: RESUELVEN:.- PRIMERO.-
Se valida la Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por de la 1ª
catorcena del periodo del 04 al 17 de mayo del 2013. (Documento que se anexa al
presente) y de la siguiente manera: =============================================
Catorcena Periodo que comprende Aprobación
1era. De mayo de
2013
04 al 17 de mayo del 2013
De manera retroactiva al
04 de mayo 2013
SEGUNDO. Se instruye a la Oficialía Mayor y a la Tesorería Municipal dar cumplimiento al
resolutivo anterior. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé
cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su
cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de
las Comisiones unidas de Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera, y de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 03 de junio del 2013. Finalizada la lectura del
dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede
a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad. ==========
PUNTO NÚMERO SEIS.- ASUNTOS GENERALES. ====================
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1.- se recibió oficio circular nº 56 del h. congreso del estado de Guanajuato, en el cual
pone en conocimiento la aprobación del nombramiento del licenciado Jorge Arturo
Espadas Galván, como Secretario General del Congreso del Estado de
Guanajuato.=============================================
2.- Se recibió oficio numero OFS/2023/2012 en el cual se informa resultados de la
revisión de la Cuentas Públicas de esta Administración Municipal, del Ejercicio Fiscal
Julio –Diciembre 2009, el cual fue enviado a la Comisión de Hacienda. ==========
3.- Se recibió oficio numero OFS/119/2013 en el cual se informa resultados de la
revisión de la Cuenta pública de esta Administración Municipal, del ejercicio fiscal Julio
–Diciembre 2010, el cual fue enviado a la Comisión de Hacienda. =============
4.- Se recibió oficio numero OFS/2245/2012 en el cual se informa resultados de la
revisión de la Cuentas Públicas de esta Administración Municipal, del Ejercicio Fiscal
Enero – Junio 2010, el cual fue enviado a la Comisión de Hacienda. ============
PUNTO NÚMERO SIETE.- Clausura de la sesión. En uso de la voz el Secretario del H.
Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, informa al C. Presidente Municipal Arq. Ismael
Pérez Ordaz, que han sido agotados los asuntos inscritos en el orden del día, por lo que el
Mandatario Municipal procede a declarar clausurados los trabajos de la Decima Séptima
sesión ordinaria de H. Ayuntamiento, siendo las 11:35 Once Horas con Treinta y Cinco
minutos del día 12 de Junio del 2013, levantándose para constancia la presente acta,
misma que firman quienes en ella intervinieron y quisieron hacerlo. Doy fe. =========
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