7/24/2019 apuntes completos de derecho admistrativo III
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Apuntes en clase de prctica forense de derecho
administrativo Francisco Javier
Antes de entrar al estudio del juicio contencioso administrativo tomaremos en
cuenta que, en un estudio de derecho, las autoridades estn obligadas a hacer
solamente lo que la ley ordena, es decir, cumplir con las facultades que est
expresamente les confiere, de este manera sucede en nuestro pas, la autoridades
deben de respetar siempre el principio de legalidad, establecido en el artculo 16
de nuestra carta magna, que en la parte relativa dice:
adie puede ser molestado en su persona, domicilio, papeles o posesiones, sino
en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde u motive
la causa legal del procedimiento!" #sta protecci$n legal de los gobernados obliga a
las autoridades administrativas act%en siempre con estricto respeto al principio de
legalidad"
&uando las autoridades no respeten este principio, el gobernad deber
inconformarse cuando hayan sido afectados sus derechos o intereses a trav's de
una acto de la misma naturale(a llamado recurso administrativo a efecto de que laautoridad competente revoque o anule dicho acto administrativo de comprobarse
su ilegalidad o su inoportunibilidad, la autoridad que pueda resolver sobre el
recurso interpuesto es la propia autoridad que lo dicto, superior jerrquico o en
otra instancia ante un tribunal administrativo"
&uando las autoridades no respeten este principio los gobernados puede
inconformarse" #l derecho administrativo como nueva rama jurdica es una
concepci$n francesa" #s un derecho esencialmente jurisprudencial, si historia va ala par con su origen y evoluci$n de la jurisdicci$n contenciosa administrativa, el
derecho administrativo es un )derecho joven!, que est en plena formaci$n, en
plena educaci$n y este se advierte examinando cualquier de sus instituciones
fundamentales, cuyas nociones conceptuales y principios correlativos han sufrido
profundas transformaciones desde de un tiempo a esta parte, esta disciplina es
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difcil de asimilar y se refiere a que las normas del derecho administrativo son
tantas que no existe un gran c$digo administrativo que abarque todas las ramas
que regula administraci$n p%blica y esto se debe a las distintas circunstancias que
han influido en su aglutinaci$n y a la variedad de los supuestos que abarca y, por
tanto, esta rama jurdica, hoy en da, sigue creciendo y las normas a regular son
cada da nuevas y complejas"
*e hecho el cambio de circunstancias econ$micas, polticas y sociales acaecidas
sobre todo a partir de la primera guerra mundial determino y propicio lo que se le
ha venido llamando la crisis del derecho administrativo, crisis que si bien no le es
exclusiva, le ha afectado qui( con ms rigor que otras normas jurdicas por su
mayor sensibilidad y por constituir el obligados instrumento de los nuevos
cometidos estados"
+or consiguiente, para definir al derecho administrativo se han adoptado m%ltiples
perspectivas pero una de las opciones, es decir, que esta rama jurdica es,
simplemente, el derecho de la administraci$n y, por ende, el objeto del derecho
administrativo es la administraci$n p%blica en todas sus manifestaciones"
#l derecho administrativo puede considerarse simplemente como el derecho de la
administraci$n publica, entendi'ndose par administraci$n p%blica en primer lugar,
desde el punto de vista orgnico al conjunto de sujetos que personifican al estado,
su organi(aci$n y los medios para su funcionamiento y, en segundo lugar, desde el
punto de vista material, el ejercicio de la funci$n administrativa como una de las
funciones del estado y la reali(aci$n de la actividad administrativa del estado"
Ahora bien, decir que el derecho administrativo es el derecho de la administraci$n
p%blica no es otra cosa que decir, en definitiva, que el derecho administrativo es el
derecho de los actos administrativos, pues la administraci$n no es un fin en sumisma sino que tiene una tare o misi$n especfica que en el mundo del derecho en
definitiva, concluye en la emisi$n de dichos actos as, el acto administrativo es la
noci$n mas importante de la referida rama jurdica, es mas sin acto administrativo
el derecho administrativo no existira no tendra ra($n de ser" A lo contencioso
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administrativo debemos definirlo como la afectaci$n que se da al derecho de un
gobernado provocado por una autoridad administrativa"
*ebemos distinguir en principio entre una acci$n administrativa graciosa que nos
concede una gracia o beneficio- y una acci$n administrativa contencioso cuandoafecta los intereses tanto de los mismos servidores p%blicos pero generalmente de
los particulares, los gobernados-"
.a esencia de nuestra materia estriba cual es su origen: la violaci$n de los
derechos por parte de la administraci$n p%blica voluntario e involuntariamente, a
los intereses de los gobernados son estos los mismos servidores p%blicos o,
generalmente los particulares"
#stos actos contenciosos administrativos dan oportunidad a los gobernados de
poner defensas ante el perjuicio que les cause el ultraje de sus derechos"
#s entonces cuando aparece el derecho contencioso administrativo" *entro de
nuestro actual estudio se nos presenta la materia prctica forense de derecho
administrativo como una oportunidad de conocer una gama de diversos apartados
de una panormica que nos muestra la importante materia que es la justicia
administrativa"
/0ntroducci$n a los campos de actuaci$n del abogado en materia administrativa
#l perfil del abogado al actuar en materia administrativa es multifac'tico porque de
acuerdo en el plano en que se encuentre siempre est atento a los cambios que
suceden en la administraci$n p%blica, por lo tanto no debe dejar ordenamiento
alguno en materia jurdico/administrativa sin consultar, no obstante que dicha
legislaci$n es amplia y difcil de copilar, ya que tambi'n abarca niveles federales,
estatales y municipales, el abogado administrativista tiene un amplio campo de
acci$n para desarrollar sus habilidades jurdicas y sobre todo para aplicar su
criterio jurdico en el plano profesional bien sea desde su $rgano administrativo
fungiendo como autoridad o servidor p%blico, como aplicador de la ley
administrativa en un plano jurisdiccional administrativo, como impartidor de la
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materia administrativa en la docencia o como abogado litigante en materia
administrativa, cuando al plantersele un caso complejo a relaci$n a la violaci$n
de un derecho por parte de una autoridad administrativa busca entonces la justicia
administrativa que se materialice cuando reali(a una serie de actividades para
lograr que el $rgano jurisdiccional administrativo magistrados de los tribunales-
resuelva el conflicto aplicando correctamente las normas del derecho
administrativo, o bien como investigados en la materia administrativa previa
experiencia en cualquiera de los campos anteriores"
+or lo tanto el abogado administrativista como todos los abogados en general
debe tener una cultura tal que abra una extensa gama de conocimientos" *ebe ser
estudioso, sagas, investigados, observador, descubridor, tena(, incisivo, con
capacidad para planear, as como aplicar con la mayor exactitud posible si criterio
jurdico sea cual fuere en el plano que se encuentre para lograr con 'xito los fines
sociales que sustentan al derecho administrativo"
/*erechos y obligaciones de los particulares frente a la administraci$n publica"
bligaciones de los particulares"
#sta obligaciones son las que el estado nos impone y son tambi'n obligaciones
que tenemos para con el estado"
#s obligaci$n p%blica el deber pagar impuestos por ley o por un acto especial de la
autoridad, quien puede ejecutar cobrando determinadas prestaciones"
+or ra($n de su origen las obligaciones p%blicas pueden dividirse dos: las
impuestas directamente por la ley y las que se derivan de un acto jurdico especial"
#n nuestro r'gimen constitucional los $rganos p%blicos solo act%an por las
facultades expresas y determinadas por la ley" 2 en donde rige el principio )est
permitido lo que la ley no prohbe! porque podran darse facultades al particular
para que evitar los limites que la ley establece en si esfera jurdica y permitira una
intromisi$n de intereses en los particulares que solamente deber ser regulado por
el inter's general"
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.a clasificaci$n de las obligaciones p%blicas por ra($n de su contenido se puede
distinguir en obligaciones personales y reales servicio militar, modalidades a la
propiedad-"
/3uicio de lesividad
#s un proceso incoado iniciado el proceso- por la autoridad administrativa en
contra de los gobernados, que debe hacerse ante los tribunales respectivos en los
mbitos correspondientes, con el objeto de solicitar la declaraci$n de nulidad de
resoluciones administrativas favorables a los particulares, por considerar que
lesionan a la administraci$n p%blica pero principalmente al inter's p%blico, al bien
com%n"
#n los juicios contencioso administrativos seguidos ante los tribunales respectivos,
seg%n del mbito del que se trate, por regla general, hasta aproximadamente un
45 las partes demandadas siempre son las autoridades federales, estatales y
municipales, hablando de las entidades federativas, este juicio de lesividad opera
con excepci$n en contra de los gobernados, siendo requisito indispensable, que la
autoridad administrativa haya dictado una resoluci$n o emitido un acto, y el mismo
le genera un beneficio al particular, pero en perjuicio al inter's p%blico, por que
haya existido error al emitirlo o se hay quebrantado la norma en el mismo sentido"
#jemplo, en la expedici$n de una concesi$n del servicio publico sea en la
modalidad de taxi u otro servicio de transporte de pasajeros sin que se cumpliera
los requisitos exigidos en la respectiva ley de transito y su reglamento, ni
respetado procedimientos de reali(aci$n de estudios socio/econ$micos de impacto
ambienta de rutas concesionadas a otros transportes, la administraci$n publica
puede revocar sus concesiones, pero la %nica forma de declara su nulidad es
atreves de un juicio contencioso administrativo ante los tribunales administrativos
con la acci$n de lesividad"
/evoluci$n hist$rica de la legislaci$n de los contencioso administrativo"
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1/" .ey para el arreglo de lo contencioso administrativo o .ey .ares 78 de mayo
de 198-
7/" &onstituci$n de 1985 que refiere: a los tribunales de la federaci$n se les
permitir conocer de las controversias suscitadas sobre el cumplimiento yaplicaci$n de las leyes federales"
/" .ey de la tesorera de la federaci$n 1; de febrero de 1475-: que nos habla del
juicio de oposici$n en contra de las reclamaciones fiscales"
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*entro de los ordenamientos que contiene disposiciones donde se ventilen
conflictos con la administraci$n p%blica federal, del *"=" y que se remiten al juicio
contencioso administrativo ante los respectivos tribunales tenemos entre otras
leyes federales, reglamentos, decretos, bandos municipales, los siguientes:
/&$digo de justicia militar
/&$digo fiscal de la federaci$n
/estatuto de gobierno del *"="
/.ey aduanera
/.ey Agraria
/.ey de justicia cvica para el *"="
/.ey de adquisiciones, arrendamiento y servicios del sector p%blico"
/.ey del desarrollo urbano del *"="
/.ey de ejecuci$n de sanciones penales para el *"="
/.ey de procedimiento administrativo del *"="
/&$digo =iscal del *"="
/reglamento de la ley de la procuradura social del *"="
=undamento constitucional del derecho contencioso administrativo"
#n nuestra carta magna las primeras leyes fiscales no tenan sustento
constitucional y por concederlo se hicieron reformas a la misma en 14uprema &orte de 3usticia
de la aci$n contra las sentencias de segunda instancia o contra las de tribunales
administrativos creados por ley federal, siempre que dichos tribunales est'n
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dotados de plena autonoma para distar sus fallos autonoma del origen griego
autos, si mismo o uno mismo- normas, ley, facultad para darse layes as mismo"
*e esta forma en 1465 hubo otra reforma al articulo ;< de la mxima ley,
determinando que las leyes federales podrn instituir tribunales de lo contencioso
administrativo dotados de plena autonoma para emitir sus fallos que tengan a su
cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administraci$n publica
federal o del *"= o /////////// federales y los particulares, estableciendo las normas
para su organi(aci$n su funcionamiento el procedimiento y los recursos contra sus
resoluciones" .a constituci$n utili(a el termino )tribunales de lo contencioso
administrativo! por primera ve(, ya que antes solo se hablaba de tribunales
administrativos" #n las legislaturas de los estados, con referencia a la justicia
administrativa, en el decreto de 78 de febrero de 1495 se reformo el articulo 116
constitucional en su fracci$n 0? manifestando que las constituciones y leyes del
estado podrn instituir tribunales de lo contencioso administrativo dotados de
plena autonoma para dictar sus fallos, que tengan a su cargo dirimir las
controversias que se susciten entre la administraci$n publica estatal y los
particulares estableciendo las normas para su organi(aci$n, su funcionamiento y
el procedimiento y los recursos contra sus resoluciones"
#n la actualidad, dentro de las facultades del congreso de la uni$n, en el articulo
5 fracci$n @@0@ constitucional se faculta a este para expedir leyes que instituyen
tribunales de lo contencioso administrativo, dotados de plena autonoma para
dictar sus fallos y que tengan a asu cargo dirimir las controversias que se susciten
entre la administraci$n publica federal y los particulares, estableciendo normas
para su organi(aci$n, su funcionamiento, el procedimiento y los recursos contra
sus resoluciones"
#l articulo 177 disposici$n )&! de nuestra carta magna establece con toda claridad
los $rganos de carcter local a cuyo cargo, junto con los poderes federales, esa el
gobierno del *"="
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*eterminando expresamente en la base primera fracci$n ? - y A># BC0DA lo
siguiente:
A># +E0F#EA"/ respecto a la asamblea legislativa:
?"/ .a asamblea legislativa a los t'rminos del estatuto de gobierno tendr las
siguientes facultades:
- #xaminar, discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos y la ley de
ingresos del *"=, aprobando primero las contribuciones necesarias para cubrir el
presupuesto" Al seGalarlas en el articulo 175 de esta constituci$n"
.os $rganos del *"=, legislativo, ejecutivo y judicial, as como los organismos con
autonoma reconocida en su estatuto de gobierno deben incluir dentro de sus
proyectos de presupuesto los tabuladores desglosados de las remuneraciones que
se propone o /////// sus servidores p%blicos" #stas propuestas debern de ser el
procedimiento que por la aprobaci$n del presupuesto de egresos del *"=,
estable(can las disposiciones del estatuto de gobierno y legales aplicables"
A># BC0DA"/ #xista un tribunal de lo contencioso administrativo que tendr
plena autonoma para dirimir las controversias entre los particulares y las
autoridades de la administraci$n publica local del *"="
>e determinan las normas para su integraci$n y atribuciones, mismas que sern
desarrolladas por su ley orgnica"
+or otra parte debemos advertir que la naturale(a jurdica del tribunal lo ubica
como un $rgano local aut$nomo, tal como lo reitera el contenido de diversos
ordenamientos que regulan la funci$n del *"="
#statuto de gobierno del *"=
Art4 el tribunal de lo contencioso administrativo tendr plena autonoma para
dirimir las controversias entre los particulares y las autoridades de la
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administraci$n p%blica del *"=" >e compondr de una sala superior y por salas
ordinarias, conforme lo estable(ca su ley orgnica" 0gualmente y por acuerdo de la
sala superior, podrn formarse salas auxiliares cuando se requiera por
necesidades del servicio" .os magistrados sern nombrados por el 3efe de
Hobierno del *"= con la ratificaci$n de la asamblea legislativa del *"=, duran 6
aGos en el ejercicio de su encargo y el ultimo aGo de su ejercicio sern ratificados
y si lo fueren s$lo podrn ser movidos de sus puestos en los t'rminos de del titulo
cuarto de nuestra constituci$n"
#n la ratificaci$n de magistrados al termino del periodo para el que fueron
nombrados intervendrn las mismas autoridades y seguirn las mismas
formalidades que para su designaci$n" .a ley orgnica correspondiente
establecer los requisitos para ser magistrado:
#l funcionamiento y competencia de las salas, el procedimiento, los recursos
contra las resoluciones que estas dicten y los t'rminos en que ser obligatoria la
jurisprudencia que estable(ca la sala superior, as como los requisitos para su
interrupci$n y modificaci$n"
.ey orgnica del tribunal de lo contencioso administrativo del *"= de fecha 1; de
septiembre del 7;;4"
Art"1"/ #l tribunal de lo contencioso administrativo del *" = es un $rgano
jurisdiccional con autonoma y jurisdicci$n plena para dirimir las controversias
entre los particulares y las autoridades de la administraci$n p%blica del *" ="
#sta ley es de orden p%blico e inter's general y determina las normas de
integraci$n, organi(aci$n, atribuciones, funcionamiento y procedimiento del
tribunal de lo contencioso administrativo del *" ="
*ocumentos que se deben adjuntar a la demanda, por cada una
/&opia de la misma y los documentos anexos de las partes
/Cna copia de la ma para el acuse de recibo sellas cuantas copias-
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/#l documento que acredite su personalidad
/#l documento que conste la resoluci$n impugnada
/>i se impugna la negativa ficta
/&onstancia de la resoluci$n impugnada"
>i se alega que no hubo notificaci$n o lo fue ilegalmente, estos son actos
impugnables tanto en el juicio contencioso administrativo y el juicio de nulidad"
0"/ #l demandante conoce la resoluci$n administrativa, los conceptos de
impugnaci$n sern contra la notificaci$n y contra la resoluci$n misma"
.os hace valer en la demanda, manifestando la fecha en que conoci$ laresoluci$n"
00"/ #l demandante no conoce la resoluci$n administrativa que pretende impugnar"
.o expresa en su demanda, seGala la autoridad a quien le atribuye su notificaci$n
o su ejecuci$n"
Al contestar la demanda la autoridad acompaGa constancia de la resoluci$n
administrativa y de su notificaci$n misma que el actor deber combatir mediante
ampliaci$n de la demanda"
000" #l tribunal estudia los conceptos de impugnaci$n expresados contra la
notificaci$n en forma previa al examen de los agravios expresados en contra de la
resoluci$n administrativa"
#l tribunal resuelve no hubo notificaci$n o fue ilegal, se considera al demandante
sabedor de la resoluci$n administrativa desde la fecha que manifest$ conocerla o
en la que se le dio a conocer, quedando sin efectos todo lo actuado en base a
dicha notificaci$n y proveer o dictara un auto al estudio de la impugnaci$n
solamente contra la resoluci$n administrativa combatida"
egativa ficta
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egaci$n por parte de la autoridad a trav's de su silencio al otorgarle o
reconocerle los derechos de particulares mediante solicitud expresa de estos a
dicha autoridad"
+ositiva ficta
Ante la omisi$n de la autoridad de emitir resoluci$n de manera expresa dentro de
los pla(os previstos en la ley o en los ordenamientos jurdicos aplicables al caso
concreto, se entiende que resuelve lo solicitado por el particular en sentido
afirmativo"
Ampliaci$n de la demanda
>e podr ampliar la demanda dentro de los 7; y 18 das respectivamente,
siguientes a aquel en que surta sus efectos la notificaci$n del acuerdo que admiti$
su contestaci$n en los casos siguientes:
0"/ &uando se impugne una afirmativa o negativa ficta ambos casos
00"/ &ontra el acto principal del que derive el impugnado en la demanda, as como
su notificaci$n, cuando se den a conocer en la contestaci$n"
000"/ #n los casos en que el demandante o actor no fue notificado fue ilegalmente,
conoce o no conoce la resoluci$n administrativa"
0?"/ &uando en la contestaci$n se introdu(can cuestiones que no sean conocidas
por el autor o demandante al presentar la demanda"
?"/ &uando la autoridad demandada al contestar plantea el sobreseimiento del
juicio por extemporaneidad en la presentaci$n de la demanda"
#n la presentaci$n de la ampliaci$n de la demanda se deber seGalar el nombre
del demandante o actor y juicio en que se act%a anexando copias de traslado con
pruebas y documentos"
>i las pruebas no obran en poder del promovente de la ampliaci$n de la demanda
deber hac'rselo saber al magistrado instructor"
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>i no se adjunta las copias habr una prevenci$n de cinco das"
>i no presenta las pruebas se dar por no aplicaci$n de la demanda"
>i se trata de pruebas documentales y cuestionarios se tendrn por no ofrecidos"
&ausas de improcedencia
&ontestaci$n de la demanda en el mbito federal
Admitida la demanda se correr traslado de ella al demandado, empla(ndole
para que los conteste dentro de los i no se produce la contestaci$n a tiempo o esta no se
refiere a todos los hechos, se tendrn como ciertos los que el demandante impute
de manera precisa al demandado, salvo que por las pruebas rendidas o los
hechos notorios resulten desvirtuados"
#l tribunal tutela al demandante cuando este haya omitido seGalar una autoridad o
autoridades que no haya seGalado como demandadas de oficio se le correr
traslado de la demanda para que la conteste en el pla(o de
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"/ #n la contestaci$n se referir concretamente a uno de los hechos en que se
actua anexando las pruebas"
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#n la contestaci$n de la demanda no podrn cambiarse los fundamentos de
derecho de la resoluci$n impugnada"
/Fedidas &autelares
tra forma de tutelar al demandante o al actor por parte del tribunal es uno de los
nuevos aspecto innovadores en la nueva ley federal de procedimiento
administrativo es el establecimiento de las medidas cautelares en su captulo 000
para quienes litigan en materia contencioso administrativo" .as llamadas acciones
cautelares son aquellas por las que la parte demandante solicita al tribunal una
resoluci$n para que se protejan de manera provisional y hasta en tanto se dicte la
resoluci$n definitiva en el proceso de conocimiento y se refiere a los bienes, las
personas o los derechos que sern objetos de las referidas medidas" #n sentido
estricto las llamadas acciones cautelares no constituyen acciones aut$nomas o
distintas de las que refiere la ley y es el ejercicio de estas acciones o medidas que
se solicita se dicte la medida cautelar correspondiente" .a solicitud de la medida
cautelar no da lugar a un proceso aut$nomo sino a una tramitaci$n conexa dentro
del proceso de conocimiento respectivo"
*e acuerdo a la ley las medidas cautelares se deben de tramitar conforma a las
siguientes reglas:
1- Cna ve( incoado el juicio contencioso administrativo podrn decretarse
todas las medidas cautelares necesarias para mantener la situaci$n de
hecho existente que impidan que la resoluci$n impugnada pueda dejar el
litigio sin materia o causar un daGo irreparable al demandante, solo en los
casos que se cause perjuicio al inter's social o se contravengan
disposiciones de orden p%blico"
7- .a suspensi$n de la ejecuci$n del acto impugnado se tramitara y resolverde conformidad con lo establecido en la ley de la materia, misma que ser
resuelta por cuerda separada"- Iay diferentes tipos de medidas cautelares y estas se tramitaran de
conformidad con el incidente respectivo el cual se inicia de la siguiente
manera
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a- .a promoci$n en donde se soliciten las medidas cautelares seGaladas
llevaran el nombre del demandante y su domicilio para recibir
notificaciones el cual deber encontrarse dentro de la regi$n de la sala
que conocer del juicio, as mismo su direcci$n de correo electr$nico
cuando se opte por el juicio en lnea atreves del sistema de juicio en
lnea"Dambi'n deber anexar la resoluci$n que pretenda impugnar y fecha de
notificaci$n de la misma, as como los hechos que se pretenden
resguardar con la medida cautelar y la expresi$n de los motivos por los
cuales se solicita la medida cautelar"
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