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DEDICATORIA
El presente trabajo esta dedicado a
DIOS por protegernos y guiarnos por
el horizonte correcto en el caminar
de nuestras vidas y a nuestras
familias, quienes con su buena
voluntad, apoyo moral y económico
nos alientan a salir adelante con
nuestros estudios en pro del
desarrollo de nuestra carrera
profesional.
A ellos por tota su tolerancia
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PRESENTACION
El presente ha sido elaborado por el equipo de trabajo, en el cual está
reflejado el esfuerzo y dedicación por parte de los integrantes con la
finalidad de que la información que proporcionemos sea de provecho y
beneficio para cada uno de nosotros como estudiantes y futuros
profesionales.
El mismo que contiene información acerca de los sistemas de costos
por productos como conceptos, objetivos, características, importancia,
etc. Para lo cual esperamos cumplir con sus expectativas.
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INTRODUCCION
La ganadería en el Perú es una actividad que se desarrolla casi en todo el país, su
importancia radica en que esta es una de las actividades de la cual se aprovecha no solo la
carne de los ganados sino también su leche, la cual es una gran fuente de nutrientes para el
hombre.
Se desarrolla hace cientos de años, aportada por varias especies representativas de
ganado, entre ellas la vacuna, caprina, ovina, equina, camélida y porcina.
Aproximadamente el 80% de la ganadería nacional se localiza en la región de la sierra, y el
20% restante se distribuye entre las regiones de la costa y selva.
En la Costa prevalecen los vacunos lecheros y de engorde, los porcinos, los caprinos, y
algunos ovinos criollos y de pelo.
En la región de los Andes, la existencia de pastos naturales y las condiciones climáticas
favorecen mejor la crianza del ganado, siendo los ovinos de lana, los camélidos, los vacunos
criollos de doble propósito y lecheros, y en menor magnitud los caprinos los que aportan la
mayor parte de la producción pecuaria de esta región.
Por tal motivo, el desarrollo de la ganadería en el Perú tuvo su auge durante las épocas pre-
incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de la conquista y coloniaje español, se
inició la importación de especies exóticas, estableciéndose la crianza de ovinos, vacunos,
cabras, aves y equinos, causando un desplazamiento geográfico de las poblaciones de las
especies nativas domésticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta
importación causó la diversificación de la producción pecuaria con nuevos productos como
leche, huevos y carnes de otras especies.
Se produjo un cambio en los patrones de consumo, prefiriéndose los productos importados,
en base a la idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la población del
nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilitó el desarrollo de la
ganadería, generándose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa, Cajamarca y
el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junín y Pasco la crianza a gran escala de
ovinos y alpacas.
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INDICE
OBJETIVO.............................................................................................................................7
CAPITULO I........................................................................................................................8
GENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA.......................................8
1.1- Antecedentes....................................................................................................8
1.2 .-Definición de Ganadería.................................................................13
1.3.- La Empresa Ganadera................................................................................14
1.4.-Formas De Explotación Ganadera...........................................................14
1.5.- Tipos De Ganadería En El País.................................................................15
1.6.- Agroindustria..................................................................................................17
1.7.- Tipología De La Producción.......................................................................18
1.8.- Clases O Categorías.....................................................................................19
CAPITULO II:...................................................................................................................19
ASPECTO LEGAL.......................................................................................................19
2.1. Ley Nº 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley Nº 27360 Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (Publicada El 07 Jul. 2005)...................................................................................19
2.2. Ley Nº 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (20 Oct. 2000)............................................................................20
2.3. Ley Nº 27037 - Ley De Promoción De La Inversión En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998)............................................................21
CAPITULO III..................................................................................................................21
ASPECTO TRIBUTARIO...........................................................................................21
3.1. Ley Nº 27360 “Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario”........................................................................................................21
3.2. Sistema De Detracciones Del IGV.................................................28
3.3. Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF)................30
3.4. Impuesto Temporal A Los Activos Netos – ITAN (Ley N° 28424, Decreto Legislativo N° 971 Y Decreto Legislativo N° 976) 32
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CAPITULO IV......................................................................................................................33
ASPECTO LABORAL.....................................................................................................33
4.1. Ley Nº 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario..........................................................................................................33
4.2. Seguro De Salud Agrario.............................................................................36
4.3. Sistema Nacional De Pensiones................................................................37
4.4. Sistema Privado De Pensiones:.................................................................38
4.5. Seguro De Salud Y Régimen Previsional................................................38
4.6. Participación De Los Trabajadores...........................................................40
CAPITULO V.......................................................................................................................41
ASPECTO CONTABLE...................................................................................................41
CONTABILIDAD GANADERA..................................................................................41
5.1. Importancia de la contabilidad en la empresa ganadera................43
5.2. La Contabilidad Ganadera..........................................................................44
5.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera...................................................45
5.4. Nic/Niif Aplicables..........................................................................................46
5.5. Un Sistema De Contabilidad Ganadera..................................................49
5.6. Costes Vinculados Al Proceso....................................................................50
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OBJETIVO
Proporcionar la informacion necesarias de las caracteristicas y
generalidades propias de las empresas de la actividad ganadera.
Brindar los aportes necesarios a los interesados de este tema
referente al marco legal en las que esta contemplada la
empresa, que abarca ciertas caracteristicas inherentes a la
ganderia.
Dar informacion del tratamiento contables y su aplicacion del
caso practico
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CAPITULO I
GENERALIDADES DE LA ACTIVIDAD GANADERA
1.1- Antecedentes
La ganadería es una actividad económica de origen muy antiguo que consiste en el
manejo de animales domesticables con fines de producción para su
aprovechamiento. En cambio, el manejo de animales pertenecientes a especies
silvestres (no domésticas) cautiverio o semicautiverio se conoce como Zoo cría.
Dependiendo de la especie ganadera, se pueden obtener diversos productos
derivados, tales como la carne, la leche, los huevos, los cueros, la lana y la miel,
entre otros. La ciencia encargada del estudio de la ganadería es la zootecnia y los
profesionales encargados directamente del desarrollo de la producción animal son
los Ganaderos, ayudados por los Zootecnistas y los Ingenieros de Producción
Animal, en estrecha colaboración con los Médicos Veterinarios que son los
encargados de la prevención y control de las enfermedades de los animales.
Los ganados más importantes en número a nivel mundial son los relacionados con
la ganadería bovina, la ovina y la porcina. Sin embargo, en algunas regiones del
planeta otros tipos de ganado tienen mayor importancia, como el caprino y el
equino, como así también la cunicultura, la avicultura y la apicultura.
La ganadería está relacionada con la agricultura, ya que en una granja ambas
pueden estar relacionadas. En estos casos el ganado aporta el estiércol, que es
utilizado como abono, y los cultivos aportan el alimento para los animales.
Esquema de las actividades ganaderas del Neolítico relacionadas con sus
herramientas. Se han elegido tanto dibujos de herramientas reales (hallazgos
arqueológicos), como actividades representadas, en este caso en representaciones
mesopotámicas.
Un proceso esencial en la historia de las sociedades fue el paso de una economía
de recolección (caza, recolección y pesca) a una economía de producción
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voluntaria de ciertas plantas y de ciertos animales. En un número restringido de
lugares de la Tierra, ciertas sociedades, manteniendo a tensiones particulares,
inventaron el dominio de la reproducción de especies vegetales y animales.
Para asegurar sus necesidades de alimento, cuero, huesos, y otros productos, las
primitivas sociedades cazadoras-recolectoras debían seguir las migraciones de los
grandes rebaños de bóvidos, cérvidos y otros animales. Hace unos 10.000 años los
seres humanos del neolítico descubrieron que capturar animales, domesticarlos y
mantenerlos vivos para utilizarlos cuando fuera preciso, les permitía reducir la
incertidumbre que, en relación con las posibilidades de alimentación, les suponía el
hecho de tener que depender de la caza. El proceso debió constar de un periodo
de pre domesticación en el que, en un primer momento, los seres humanos
habitaron a sus presas a su presencia mientras las seguían en sus búsquedas de
alimento para, posteriormente, irlas reteniendo; esto supuso que ellos mismos
tenían que encargarse de suministrar alimento a los animales. Así, consiguieron
domesticar varias especies, encargándose de mover los rebaños de unas zonas de
pasto a otras, emulando los movimientos naturales de los mismos, pero ahora bajo
su control.
Este sedentarismo estuvo unido al nacimiento de las prácticas agrícolas, que
ligaban al hombre a la tierra y que, además, permitían el cultivo de forraje para los
animales. De ese modo, cuando el hombre inició la domesticación de animales
herbívoros como vacas, ovejas, cabras y abandonó la caza y la recolección de
frutos, nació la ganadería, durante el neolítico y, muy probablemente, al mismo
tiempo que la agricultura.
Estos animales como el ganado vacuno sirvieron, además de proporcionar carne,
como animales de carga de mercancías, tiro del arado, suministro de pieles y, más
tarde, de leche y derivados. El estiércol acumulado en los establos, estabulados y
cuadras, debió haber servido de abono para los primeros cultivos.
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Carta del Creciente Fértil, una región de Oriente Medio que abarcaba el Antiguo
Egipto, el Levante mediterráneo, Mesopotamia y otras civilizaciones, donde se cree
que nació la ganadería hace unos diez milenios.
La domesticación de animales permitió también utilizarlos para realizar trabajos
agrícolas o transportar cargas. Además, los restos de las cosechas que no eran
utilizables en la alimentación humana podían aprovecharse como alimento para el
ganado.
La agricultura y la ganadería permitieron a las poblaciones humanas conseguir una
mayor certidumbre respecto a sus posibilidades de sustento, así como reducir el
esfuerzo en obtenerlo, lo que posibilitó un mayor desarrollo cultural, ya que el ser
humano podía entonces empezar a disponer de más tiempo para la creación
intelectual. En este sentido, parece que el desarrollo de la ganadería tuvo lugar en
Oriente Próximo, precisamente en zonas donde, a su vez, el desarrollo cultural fue
más intenso y temprano. A partir de esos lugares se difundió esta nueva relación
con la naturaleza, ya sea que las sociedades convertidas en sociedades de
agricultores y/o de pastores se fueron expandiendo (en gran parte gracias al
potencial demográfico que su nuevo modo de producción, de alimentación y de
materias primas permitía), ya sea que sociedades vecinas, todavía paleolíticas,
hayan adoptado, por su propia voluntad o por la fuerza, este nuevo modo de vida.
El término "neolitización" para designar a este proceso de domesticación, deriva de
"Neolítico" o Edad de la Piedra Pulida, palabra inventada por los prehistoriadores
del siglo XIX para caracterizar el tipo más reciente, en Europa, de industria
prehistórica (de producción de instrumentos de piedra), justo antes de la Edad de
los Metales.
Los lugares de la neolitización primaria son escasos y cada uno comprende sólo un
pequeño número de especies. En primer lugar, la Medialuna Fértil (hace 10.000
años) donde se domesticó el cerdo, la cabra, el asno y el carnero. El norte de la
China (hace 8.500 años) donde, de modo independiente, también se domesticó el
cerdo; Mesoamérica (hace 8.000 años) en donde se domesticó el pavo (Meleagris
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gallopavo) y los Andes, donde hace unos 6.000 años comenzó la domesticación de
la llama (Lama glama), la alpaca (Vicugna pacos) y el cuy (Cavia porcellus).
La producción cárnica se comenzó a desarrollar a finales del siglo XV, como una
producción precaria, de escasos recursos, escasa comercialización y escaso
consumo. Luego fue desarrollándose a gran escala, generando alta ganancia, y
producción en creces. Durante los siglos XIX y XX, con la colonización europea de
América, tuvo un desarrollo intensivo, que agotaba los recursos naturales.
En la actualidad, el área de extensión de la ganadería es superior que la de la
agricultura, ya que el ganado puede ser criado en áreas donde el duro clima
imposibilita el crecimiento de los cultivos, como en las altas montañas o las zonas
con una aridez extrema. La estabulación del ganado y el desarrollo de nuevas
técnicas de alimentación han contribuido para disminuir la dependencia de las
condiciones del medio.
En Perú
El desarrollo de la ganadería en el Perú se remonta a tiempos ancestrales, en que
los primeros pobladores peruanos domesticaron la alpaca, llama y el cuy, criando
estas especies con el fin de beneficiarse de sus productos. Esta ganadería tuvo su
auge durante las épocas pre-incaica e incaica. Posteriormente durante la etapa de
la conquista y coloniaje español, se inició la importación de especies exóticas,
estableciéndose la crianza de ovinos, vacunos, cabras, aves y equinos, causando
un desplazamiento geográfico de las poblaciones de las especies nativas
domesticas hacia zonas marginales y en sistemas de crianza familiar. Esta
importación causó la diversificación de la producción pecuaria con nuevos
productos como leche, huevos y carnes de otras especies. Se produjo un cambio
en los patrones de consumo, prefiriéndose los productos importados, en base a la
idea que los productos nativos eran inferiores. El incremento en la población del
nuevo ganado y la creciente demanda de sus productos, posibilitó el desarrollo de
la ganadería, generándose por un lado las cuencas lecheras de Lima, Arequipa,
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Cajamarca y el Mantaro; en las zonas alto andinas de Puno, Junín y Pasco la
crianza a gran escala de ovinos y alpacas.
El proceso de la reforma agraria, significó un cambio en la tenencia de la tierra y el
ganado, pero a su vez la disminución de los niveles tecnológicos de producción.
Sin embargo, a partir de la década del 70, se hace notorio el desarrollo empresarial
de las crianzas intensivas de aves y cerdos, así como del engorde de vacunos.
Actualmente la ganadería en el Perú, se desarrolla a nivel de las tres regiones
naturales, configurándose una serie de sistemas y modos de producción de
acuerdo a las condiciones de propiedad de la tierra, las Características geográficas
y altitudinales donde se desarrolla esta actividad. Como característica
predominante destaca la crianza a nivel del minifundio, donde los productores
desarrollan la actividad con fines de supervivencia más que para obtener
ganancias. Sin embargo cabe señalar la existencia de sectores con un grado
avanzado de desarrollo empresarial en las actividades de avicultura, porcicultura,
engorde de vacunos y producción de leche, principalmente ubicadas en la región
Costa. En la costa y valles interandinos, se combina la actividad ganadera con la
actividad agrícola, adquiriendo más importancia la segunda. Mientras que en la
zona alto andina la ganadería se constituirá en fundamental, pues las condiciones
climáticas dificultan la actividad agrícola aunque favorecen el desarrollo de una
gran extensión de pastos naturales.
1.2 .-Definición de Ganadería
“La ganadería es la rama de la Zootecnia, que se refiere al cuidado de los animales
domésticos que constituyen los ganados, tanto en relación a su crianza, como a su
explotación económica, organización de los hatos, reproducción, selección, mejora
y a todas las atenciones que en general necesitan como animales vivos y como
reproductores de riqueza”.
La ganadería ha estado vinculada a las explotaciones agrícolas, ya sea como un
complemento de éstas o viceversa, desde tiempos remotos; sin embargo, al
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hacerse independiente la ganadería de la agricultura tomó aquella el aspecto de
una industria zootécnica con personalidad propia y con métodos definidos. Los
modernos procedimientos de mejora que la genética ha puesto en manos del
ganadero y del Zootécnico, han permitido mejorar extraordinariamente los ganados
y productos que de ellos se obtienen.
Es una actividad económica, dedicada a la crianza del conjunto de especies
animales para sacar provecho tanto animal y sus productos derivados, así como la
propia explotación del ganado.
La ganadería tiene como objetivo la producción de animales para obtener carne y
derivados, como la leche, huevos, cuero. La ganadería bovina, porcina, equina y
caprina son las más comunes, pero últimamente la cría de liebres, cuyes, y otros
animales alternativos ha comenzado a aumentar.
La ganadería está íntimamente relacionada con la agricultura, y estas dos
actividades humanas dependen de un tipo especial de medio ambiente, que es el
medio rural o agro ecosistema.
1.3.- La Empresa Ganadera.
Descripción
La explotación ganadera consiste en una serie de procedimientos para la
procreación, engorde, crecimiento y venta de animales (activos biológicos), y el
mantenimiento de los mismos para la obtención de productos derivados.
Además, como ejemplos de los mismos podemos citar los siguientes:
ACTIVOS BIOLÓGICOS PRODUCTOS
Ganado Bovino Leche
Ganado Bovino Carne en cana
Arbustos Alimento
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Clasificación De La Ganadería De Acuerdo A Sus Fines:
Ganado pie de cría.
Ganado de engorde.
Ganado lechero.
1.4.-Formas De Explotación Ganadera
La empresa ganadera también es clasificada como actividad industrial, extractiva
renovables, la misma que fomenta la crianza y el crecimiento, esta actividad se de
en nuestro país en 3 formas:
Extensiva
Se basa esencialmente en la cría de ganado, dedicado más que a un fin lucrativo al
de la subsistencia en el cual el ganado adquiere una doble opción. Cabe mencionar
que siendo un producto de subsistencia carece de la alimentación y de los
cuidados, especiales por ejemplo: la típica explotación familiar ganadera en el
campo común de un pueblo, lindante con él, que no se labra, y donde suelen
reunirse los ganados.
Semiextensiva
Consiste en la cría de ganado con fines comerciales, animales que son
alimentados con alimentos naturales o elaborados que les permitan desarrollarse,
es decir, se aprovechan los pastizales cuando la naturaleza lo permita, y a falta de
éstos el ganado se alimenta de productos elaborados o enlatados.
Intensiva
Es la producción a gran escala con instalaciones, cuidado y tecnología avanzada.
La formas de producción que se siguen en estos negocios difieren dependiendo de
los fines que se persiguen, es decir, si se trata de la producción de carne se utilizan
razas animales que permiten ser explotados de esta manera y las actividades a
seguir serían el de la recría, crecimiento y engorde de este ganado para su venta,
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considerando las unidades animales excedentes sobre los límites de pie de cría
como la base de le explotación lucrativa.
1.5.- Tipos De Ganadería En El País
La ganadería en nuestro país se desarrolla básicamente con tres tipos:
Ganadería comercial (Costa principalmente):
Crianzas modernas intensivas con ganado de raza especializado en la
producción de leche, carne y lana, manejando aproximadamente el 9% de la
población de vacunos, 13% de la población de porcinos y el 8% de la
población de ovinos, aplican tecnología avanzada, por lo que tienen índices
productivos por encima del promedio nacional 250 kg de carcasa en vacunos, 63
kg de carcasa en cerdos, 20 kg de carcasa en ovinos y 7,300 lt de leche por
campaña. Los productores tienen un buen nivel de educación y disponen de
acceso a algún tipo de crédito y a información, pertenecen a alguna
organización de productores. Tienen una vinculación desarrollada con el
mercado. Aquí se encuentran la producción intensiva de porcinos, engorde
de vacuno y ganaderos lecheros, principalmente de costa.
Pequeña y mediana ganadería (Costa, Sierra y
Selva):
Explotaciones semi intensivas y extensivas, con ganado criollo mejorado,
estos productores manejan aproximadamente el 34% de la población de vacunos y
el 38% de la población de ovinos, utilizan tecnología media a baja, puede
encontrarse índices productivos como 140 kg de carcasa en vacunos, 35 kg de
carcasa en porcinos, 16 kg de carcasa en ovinos y 2300 lt por campaña de
leche.
Representan un alto porcentaje de la población rural, los productores son
pobres y su nivel de educación es intermedio, no tienen acceso al crédito
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formal, carecen de un sistema de información y se encuentran débilmente
organizados. Tienen una vinculación semi-desarrollada con el mercado, su
producción está principalmente orientada al mercado regional. Aquí se
encuentran los pequeños ganaderos lecheros y la ganadería extensiva vacuna,
ovina y un reducido número de empresas alpaqueras.
Ganadería de familias campesinas con producción
de subsistencia (Costa, Sierra y Selva):
Actividad de productores que poseen pocas cabezas de ganado criollo, manejan el
57% de la población vacuna, 54% de la población ovina y el 71% de la población
porcina, poseen parcelas muy pequeñas y bajo nivel tecnológico; en este tipo
de producción encontramos índices productivos de 120 kg de carcasa en
vacunos, 35 kg de carcasa en porcinos y 9 kg de carcasa de ovinos y 700 lt por
campaña de leche, que se complementa con la agricultura, en un sistema
familiar. Campesinos de educación muy limitada, y sin organización gremial cuya
forma principal de organización es territorial, con altos indicadores de pobreza
y extrema pobreza. Tienen una débil articulación con el mercado y
desarrollan estrategias de autoconsumo en su producción. En este tercer tipo
de ganadería están la gran mayoría de los productores y representan el 70%
de los productores a nivel nacional. Forman parte de este tipo de ganadería la gran
mayoría de comunidades campesinas y criadores de ganado criollo ovino,
vacuno y porcino y de camélidos sudamericanos.
1.6.- Agroindustria
Conjunto de actividades que transforman, conservan o manipulan materias primas agrarias, para producir bienes de consumo o intermedios para la alimentación humana o animal, o para ser utilizadas en otros procesos industriales.
Las agroindustrias son talleres o fábricas en las cuales se desarrollan procesos de
carácter artesanal o industrial destinados a la transformación de productos
ACTIVIDAD GANADERA Página 16
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provenientes de cualquier actividad agrícola o ganadera. Las transformaciones de
los productos agropecuarios consisten en la modificación de sus características
físicas, químicas, o biológicas, el producto resultante puede tener características
muy diferentes a los insumos.
Clasificación Internacional Industrial Uniforme de todas las Actividades Económicas
(CIIU Revisión 3).
DESCRIPCION
0140.0 Actividades de servicios agrícolas y ganaderas excepto las actividades
veterinarias
1.7.- Tipología De La Producción.
La producción pecuaria puede tipificarse desde los siguientes puntos de vista:
Desde el punto de vista de la producción.
• Generación de nuevas unidades
• Producción de carne
• Producción de leche
• Producción de lana, fibra y pieles.
• Sub. Productos
Desde el punto de vista técnico.
• Producción tecnificada
• Producción no tecnificada
La producción tecnificada .- Es del tipo empresarial con fines lucrativos, tratando
de obtener los mejores resultados posible; por lo general con ganado seleccionado
y de raza pura, instalaciones para recién nacidos y para recría, salas de ordeño,
ACTIVIDAD GANADERA Página 17
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personal técnico calificado, asimismo utiliza pasturas cultivadas y concentrados,
control sanitario.
La producción no tecnificada.- Es el lado opuesto de lo anterior, no posee
instalaciones de ningún tipo, utiliza pasturas naturales, no dispone de control
sanitario oportuno, su explotación es del orden empírico y su rendimiento
antieconómico.
Con la finalidad de efectuar una distribución correcta del costo de producción en las
empresas ganaderas, es indispensable implantar en las mismas un sistema de
organización y diseñar su contabilidad analítica de explotación en forma tal, que
compute su costo ganadero en cada una de ellas.
1.8.- Clases O Categorías
El ganado es el elemento más importante del negocio y es importante conocer su
clasificación y características. La expresión ganado se refiere al número total de
unidades de las cuales es propietario el productor y tienen diferentes propósitos.
Existen muchas formas de efectuar estas agrupaciones, pues cada centro
ganadero lo hace a su manera. Ejemplo:
GANADO VACUNO
Terneros hembras 0 a 12 meses
Terneros machos 0 a 12 meses
Vaquillonas 12 a 24 meses
Toretes 12 a 24 meses
Vacas / VR 24 a más meses
Toros / TR 24 a más meses
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CAPITULO II:
ASPECTO LEGAL
2.1. Ley Nº 28574 - Ley Que Precisa Los Alcances De La Ley Nº 27360 Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (Publicada El 07 Jul. 2005)
De conformidad con el Artículo 1 de la Ley Nº 28574, se precisa que los beneficios
tributarios otorgados por la Ley Nº 27360, en favor de los sujetos que realicen las
actividades agroindustriales comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo Nº
007-2002-AG, son aplicables inclusive a partir del ejercicio gravable 2001.
El Artículo 2° de esta Ley, establece que tratándose de los sujetos que realicen
las actividades agroindustriales comprendidas en el Anexo del Decreto Supremo N°
007-2002-AG, precisa que la aplicación de la tasa del 0.8% correspondiente a los
pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a que se refiere la Segunda Disposición
Transitoria y Final de la Ley N° 27360 y el numeral 2 de la Décima Disposición
transitoria y Final del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta
aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF, rige inclusive a partir del 1 de
enero de 2001).
Asimismo, se establece que el porcentaje mínimo de utilización de insumos
agropecuarios de origen nacional que debe incluirse en las actividades
agroindustriales señaladas en el Anexo del Decreto Supremo N° 007-2002-AG,
conforme a lo dispuesto al Art 2º del referido Decreto Supremo, es aplicable
inclusive a partir del ejercicio gravable 2001.
2.2. Ley Nº 27360 - Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario (20 Oct. 2000).
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Están comprendidas en los alcances de esta Ley las personas naturales o jurídicas
que desarrollen cultivos y/o crianzas, con excepción de la industria forestal.
También se encuentran comprendidas en los alcances de la presente Ley las
personas naturales o jurídicas que realicen actividad agroindustrial, siempre que
utilicen principalmente productos agropecuarios, producidos directamente o
adquiridos de las personas que desarrollen cultivo y/o crianzas, en áreas donde se
producen dichos productos, fuera de la provincia de Lima y la Provincia
Constitucional del Callao.
En la presente Ley solamente está comprendida aquella actividad avícola que no
utilice maíz amarillo duro importado en su proceso productivo.
Los beneficios de esta Ley se aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2010.
2.3. Ley Nº 27037 - Ley De Promoción De La Inversión En La Amazonia (Publicada El 30 Dic. 1998)
Están comprendidos en los alcances de esta Ley las actividades económicas
agropecuarias, acuicultura, pesca, turismo, así como las actividades
manufactureras vinculadas al procesamiento, transformación y
comercialización de productos primarios provenientes de las actividades
antes indicadas y la transformación forestal, siempre que sean producidos
en la zona.
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CAPITULO III
ASPECTO TRIBUTARIO
3.1. Ley Nº 27360 “Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario”.
Régimen Agrario
3.1.1.Alcance
SEGÚN Ley Nº 27360 “Ley que aprueba las normas de promoción del sector agrario”
Sujetos comprendidos dentro de los Beneficios y Requisitos a cumplirse.
Se encuentran comprendidas dentro de los beneficios tributarios otorgados al sector agrario aquellas personas naturales o jurídicas que:
a).- Desarrollen principalmente actividades de cultivos y/o crianzas con excepción de la industria forestal.
Cabe notar que en este caso, para gozar de los beneficios tributarios otorgados por la Ley Nº 27360, no se establece como obligación de los sujetos beneficiarios la de realizar las actividades de cultivos y/o crianzas en forma exclusiva exigiéndose más bien que sean dichas actividades las principales, entendiéndose por tales cuando los ingresos netos obtenidos por otras actividades distintas a las de cultivo, crianza y/o agroindustrial no superen, en conjunto, el veinte por ciento (20%) del total de los ingresos netos anuales proyectados.
Por su parte, respecto de la exclusión de la actividad de industria forestal es conveniente precisar también que el hecho de que el sujeto beneficiario realice dichas actividades no hace que pierda los beneficios, salvo que por las mismas genere ingresos superiores al 20% del total de los ingresos netos anuales proyectados.
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b).- Realicen principalmente actividad agroindustrial fuera de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.
No están incluidas las actividades agroindustriales relacionadas con el trigo, tabaco, semillas oleaginosas, aceites y cerveza.
Al igual que en el caso de las actividades de cultivos y/o crianzas, consideramos que la actividad agroindustrial no tendría que ser la única sino la actividad principal realizada por los sujetos beneficiarios, por lo que le son de aplicación las opiniones vertidas respecto a tales actividades.
No obstante lo anterior, para gozar del beneficio en el caso de la actividad agroindustrial es requisito indispensable que se utilicen principalmente insumos agropecuarios que son producidos por los sujetos que realicen tal actividad o que sean adquiridos de sujetos que desarrollen actividades de cultivos y/o crianzas en áreas donde se producen dichos productos.
La utilización de tales productos agropecuarios debe representar, por lo menos, el noventa por ciento (90%) del valor total de los insumos utilizados para la elaboración del bien agroindustrial, no incluyéndose dentro de dicho porcentaje el valor de los envases.
3.1.2. Actividades Agroindustriales Incluidas En El Beneficio (Anexo Del D.S. Nº 007-2002-Ag).
Las comprendidas en el CIIU 1513: Elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas, que incluye:
La elaboración de alimentos compuestos principalmente de frutas, legumbres u hortalizas.
La conservación mediante congelación de frutas, legumbres y hortaliza, cocidas y sin cocer, incluso preparación y conservación de jugos de frutas y hortalizas.
La conservación por otros medios, tales como desecación o inmersión en aceite o vinagre.
El procesamiento de patatas.
La elaboración de sémolas preparadas de legumbres y hortalizas.
La elaboración de harina y sémolas de patata.
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La conservación de frutas y hortalizas mediante envase en recipientes herméticos.
La elaboración de compotas, mermeladas y jaleas.
Las actividades de adecuación.
Las comprendidas en el CIIU 1542: Elaboración de azúcar, que incluye:
La producción de azúcar de caña en bruto, azúcar refinada de caña, jarabes de azúcar de caña.
La producción de melazas.
3.1.3. Acogimiento Al Régimen Agrario.
La Ley Nº 27360 no establece ningún procedimiento de acogimiento a los
beneficios otorgados al sector agrario, con lo cual podríamos afirmar que bastaría
con que se realicen cualquiera de las actividades beneficiarias y se cumplan con
los requisitos establecidos para gozar de dichos beneficios.
No obstante, el Reglamento de la Ley Nº 27360 en su artículo 3 ha establecido,
consideremos de manera ilegal, la obligación de acogerse a los beneficio en forma
anual, otorgándole a dicho acogimiento carácter constitutivo y no declarativo.
Tal procedimiento es regulado por la SUNAT mediante Resolución
Superintendencia Nº 007-2203/SUNAT. Según dicho procedimiento, a efectos del
acogimiento a los beneficios tributarios, será necesario que los sujetos beneficiarios
presenten, hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio gravable, el Formulario Nº
4888 “ Declaración jurada de acogimiento a los beneficios
Tributarios de la Ley de Promoción del Sector Agrario y de la Ley de Promoción y
Desarrollo de la Acuicultura”.
Tratándose de personas que inicien actividades en el transcurso del ejercicio
deberán presentar el referido formulario hasta el último día hábil del mes siguiente
a aquel en que inicie actividades.
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De no presentarse dicho formulario en cada ejercicio, no se podrá gozar de los
beneficios tributarios otorgados al Sector Agrario en cada uno de los ejercicios por
los que no se presente el mismo.
3.1.4.Requisitos Para Gozar De Los Beneficios.
Para gozar de los beneficios, las personas naturales o jurídicas que realicen
cualquiera de las actividades antes descritas deberán estar al día en el pago de
sus obligaciones tributarias. Teniendo en cuenta que el acogimiento a los
beneficios es anual, el cumplimiento de tal requisito se verificara en cada ejercicio.
A efectos de dicha verificación se entenderá que el sujeto beneficiario no está al
día en el pago de tales obligaciones si incumple el pago de cualquiera de los
tributos a los que se encuentre afecto (incluyendo los pagos a cuenta del Impuesto
a la Renta) por tres (3) periodos consecutivos o alternados durante un ejercicio.
No se considera incumplido el pago de obligaciones tributarias cuando el mismo se
efectúe dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a su vencimiento.
3.1.5. Beneficios Tributarios Otorgados
En el régimen agrario se han establecido los siguientes beneficios tributarios:
Impuesto a la Renta (IR)
Tasa reducida del 15%.
A las personas naturales o jurídicas comprendidas en el presente régimen, se les
aplicara la tasa de 15% (quince por ciento) sobre la renta, a efectos del Impuesto a
la Renta, correspondiente a rentas de tercera categoría.
Pagos a cuenta
ACTIVIDAD GANADERA Página 24
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A partir del periodo tributario Agosto 2012 se abonará por concepto de pago a
cuenta de tercera categoría el monto que resulte mayor de comparar las cuotas
mensuales determinadas de acuerdo a lo siguiente:
La cuota mensual obtenida al aplicar a los ingresos netos obtenidos en
el mes el coeficiente que resulta de dividir el monto del impuesto
calculado correspondiente al ejercicio gravable anterior entre el total de
los ingresos netos del mismo ejercicio.
Para el caso de los pagos a cuenta de los meses de enero y febrero, se
utilizará el coeficiente resultante de dividir el impuesto calculado entre
los ingresos netos correspondientes al ejercicio precedente al anterior.
Sólo en caso de no existir impuesto calculado en el ejercicio anterior o,
en su caso, en el ejercicio precedente al anterior, se abonará como
pago a cuenta las cuotas mensuales que se determinen al aplicar el
1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.
La cuota mensual obtenida de aplicar el 1,5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.Para el caso de los contribuyentes del Régimen de Amazonía (Ley Nº 27037) el cálculo se efectuará aplicando a los ingresos obtenidos en el mes el 0.3% (para aquellos afectos al Impuesto a la Renta con tasa del 5%) ó0.5% (para aquellos afectos al Impuesto a la Renta con tasa del 10%).Los contribuyentes acogidos a la Ley de Promoción del Sector Agrario (Ley Nº 27360) y/o a la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura (Ley Nº 27460), efectuarán el cálculo considerando el 0.8% a los ingresos netos obtenidos en el mes.
Depreciación
Otro de los beneficios existentes para el régimen del sector ganadero consiste en la
posibilidad de aplicar porcentajes de depreciación mayores establecidos en las
normas generales de la ley del Impuesto a la Renta.
ACTIVIDAD GANADERA Página 25
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No obstante, para poder gozar de dicho beneficio es necesario que el sujeto
beneficiario invierta sus recursos financieros en la realización de obras de
infraestructura hidráulica u obras de riego. Para tal fin, el sujeto beneficiario deberá
presentar un programa de inversión ante el Ministerio de Agricultura.
En efecto, según lo establecido por la Ley Nº 27360 los sujetos beneficiarios
podrán depreciar, hasta el 31 de diciembre del 2021, en razón del 20% (veinte por
ciento) anual, el monto de las inversiones financieras que realicen en cualquiera de
las obras antes mencionadas.
Tal porcentaje de depreciación se aplicara sobre los bienes que los sujetos
beneficiarios adquieran o construyan para la realización de la obras de inversión
antes mencionadas, no pudiendo ser el mismo variado, debiendo, por el contrario,
mantenerse hasta el término de la vida útil de los bienes adquiridos o construidos y
hasta la fecha de vigencia de los beneficios, esto es, hasta el 31 de diciembre del
2021.
Siendo así, resultaría que vencido el plazo máximo antes indicado, el sujeto
beneficiario no hubiera terminado de depreciar lo bienes, los mismos deberán
terminar de ser depreciados conforme con los porcentajes establecidos por el
régimen general del Impuesto a la Renta hasta extinguir el saldo del valor
depreciable.
Los bienes que sean adquiridos o construidos deberán ser registrados en el activo
en una cuenta especial denominada “Bienes - Ley Nº 27360” y computarse a su
valor de adquisición o construcción (incluyendo los gastos vinculados a fletes y
seguros, gastos de despacho y almacenaje y todos aquellos gastos necesarios
para su utilización, excepto los interese por financiamiento). El valor de adquisición
o construcción no podré exceder al valor de mercado determinado conforme con
las normas de la Ley del Impuesto a la Renta.
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Deducción del gasto sustentado en boletas de venta
Se permite la deducción de los gastos sustentados con boletas de venta o tiques.
En este caso el importe deducible no podrá exceder del límite del 10% de los
montos que se encuentren acreditados mediante comprobantes de pago que
otorgan derecho a deducir gasto o costo y que se encuentren anotados en el
registro de compras. Dicho límite no podrá superar, en el ejercicio gravable, las 200
UIT.
Cabe anotar que solo podrá ser deducible aquellos montos que se encuentren
sustentados en boletas de venta emitidas por contribuyentes que pertenezcan al
Nuevo Régimen Único Simplificado.
Beneficios para efectos del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM) – Recuperación anticipada del IGV y del IPM
Se permite que los sujetos beneficiarios puedan solicitar la devolución del IGV
pagado en las operaciones de importación y/o adquisición de bienes de capital,
insumos, servicios y contratos que se utilicen directamente en la etapa pre
productivo de sus inversiones que sean destinadas al cultivo de productos
principales. Al igual que para el Impuesto a la Renta, se considera inversión a la
utilización de recursos financieros para la adquisición de los bienes antes descritos.
La etapa pre productiva comprende el periodo anterior al inicio de las operaciones
productivas, las mismas que se consideran iniciadas cuando se realicen la primera
transferencia de los principales bienes indicados en el programa de inversión. Cabe
anotar que esta etapa PRE productiva en ningún caso podrá exceder de cinco (5)
años.
Sujetos a los que se aplica el beneficio de recuperación anticipada del IGV:
ACTIVIDAD GANADERA Página 27
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Las personas naturales o jurídicas comprendidas en el régimen (por realizar las
actividades sujetas al beneficio que pueden solicitar la devolución son:
o Las empresas nuevas que se encuentran exclusivamente durante la etapa
pre productiva del total de sus inversiones.
o Las empresas nuevas (que encontrándose en la etapa pre productiva) que
produzcan en el futuro los principales bienes señalados en el programa de
inversión, los mismos que deberán ser destinados a la exportación o cuya
venta se encuentre gravada con el impuesto.
3.2. Sistema De Detracciones Del IGV
Consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o
usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a
pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el banco de la nación, en
una cuenta corriente a nombre del vendedor o quien presta el servicio. Este, por su
parte, utilizara los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus
obligaciones tributarias.
Los montos depositados en las cuentas que no se agoten cumplido el plazo
señalado por la norma luego que hubieran sido destinados al pago de tributos,
serán considerados de libre disponibilidad para el titular.
DEFINICION DESCRIPCION %
Maíz
Amarillo
Duro
Bienes comprendidos en la subpartida nacional 1005.90.11.00 7%
Bienes comprendidos en la subpartida
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Algodón
nacionales 5201.00.00.10/5201.00.00.90
Y 5203.00.00.00, excepto el algodón en rama sin desmotar.
Se incluye en esta definición al algodón en rama sin desmotar,
cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración
contenida en el inciso A) del apéndice I de la ley del IGV.
11%
Caña de azúcar Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales
2505.10.00.00, 2505.90.00.00, 2515.11.00.00/2517.49.00.00 y
2521.00.00.00.
12%
Azúcar
Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales
1701.11.90.00, 1701.91.00.00 y 1701.90.10.00
10%
Alcohol etílico Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales
2207.10.00.00, 2207.20.00.00 y 2208.90.10.00.
10%
Leche
Solo la leche cruda entera comprendida en la subpartida nacional
0401.20.00.00, siempre que el proveedor hubiera renunciado a la
Exoneración del IGV.
4%
Madera
Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 4403.10.00.00/
4404.20.00.00, 407.10.10.00/4409.20.90.00 Y 4412.13.00.00/4413.00.00.00.9%
3.3. Impuesto A Las Transacciones Financieras (ITF)
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Bancarización E Impuesto A Las Transacciones Financieras (Decreto Supremo N° 150-2007-Ef Y Decreto Supremo N° 047-2004-Ef)
La actividad ganadera no está exonerada del I.T.F. por tanto para que dicho
costo o gasto incurrido durante el ejercicio pueda aceptarse como deducción
de la base imponible del impuesto a la renta deberá tener en cuenta lo
siguiente:
Obligación de utilizar medio de pago: montos de la obligación (a
partir del 01 de enero del 2009)
Para obligaciones distintas al mutuo de dinero: S/ 3,500 o US$ 1,000
Para los mutuos de dinero: No existe monto mínimo.
Clases de medios de pago
Depósito en cuenta
Giro
Transferencia de fondos
Orden de pago
Tarjeta de débito
Tarjeta de crédito emitida en el país por una Empresa del
Sistema Financiero
Cheques con la cláusula de "no negociables", "intransferibles",
"no a la orden" u otra equivalente, a que se refiere el inciso g)
Del Artículo 5° de la Ley.
Efectivo, por operaciones en las que no existe obligación de
utilizar Medios de Pago.
Efectivo, en los demás casos.
Medios de Pago usados en comercio exterior
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Documentos emitidos por la EDPYMES y las Cooperativas de
Ahorro y Crédito no autorizadas a captar depósitos del público.
Tarjetas de crédito emitida en el país o en el exterior por una
empresa no perteneciente al Sistema Financiero, cuyo objeto
Principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito.
Tarjetas de crédito emitidas en el exterior por empresas bancarias o
financieras no domiciliadas.
Otros medios de pago
Alícuota:
- Del 01/01/2006 al 31/12/2006 0.08%
- Del 01/01/2007 al 31/12/2007 0.08%
- Del 01/01/2008 al 31/12/2008 0.07%
- Del 01/01/2009 al 31/12/2009 0.06%
- A partir Del 01/03/2011 0.005%
3.4. Impuesto Temporal A Los Activos Netos – ITAN (Ley
N° 28424, Decreto Legislativo N° 971 Y Decreto
Legislativo N° 976)
Cabe anotar que no se excluyen del ámbito de aplicación del ITAN a aquellos
sujetos generadores de renta de tercera categoría que se encuentran
ACTIVIDAD GANADERA Página 31
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comprendidos en algún régimen especial, como es el caso, por ejemplo, del
régimen de amazonia o el régimen agrario.
Base imponible del ITAN
Está constituida por el valor de los activos netos consignados en el balance general
ajustado por inflación en aplicación del Decreto Legislativo N° 797, cuando
corresponda efectuar dicho ajuste, cerrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior
al que corresponde el pago, deducidas las depreciaciones y amortización admitidas
por la Ley del Impuesto a la Renta.
Cabe anotar que para el ejercicio 2009, no será de aplicación el ajuste por inflación
en aplicación del la ley N° 28394. En ese sentido por dicho ejercicio el monto del
ITAN se determinara sobre la base del valor histórico de los activos netos de la
empresa, según balance cerrado al 31 de diciembre del 2008.
Alícuota del ITAN
0% Hasta S/.1´000,000
0.4% Por el exceso de S/.1´000,000
Para el ejercicio 2013 el ITAN se determina aplicando la tasa del 0.4% sobre la
base del valor histórico de los activos netos de la empresa que exceda de un millón
de Nuevos Soles, según balance cerrado al 31.12.2012.
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CAPITULO IV
ASPECTO LABORAL
4.1. Ley Nº 27360 Ley Que Aprueba Las Normas De Promoción Del Sector Agrario
Contratación Laboral
Respecto a la contratación laboral, al igual que el régimen laboral común, los
empleadores del régimen agrario pueden celebrar contratos de trabajo a plazo
determinado o indeterminado. Sin embargo, deberán seguir un procedimiento
especial para poder realizar el registro de los contratos a plazo temporal celebrados
con sus trabajadores. Dicho procedimiento es el siguiente:
Para el registro de los contratos sujetos a modalidad, el empleador deberá
presentar, el último día hábil de cada semestre calendario, ante la Autoridad
Administrativa de Trabajo (AAT) de la jurisdicción correspondiente, una solicitud en
la que se adjunten los siguientes documentos:
Tres ejemplares de los contratos sujetos a modalidad.
Copia simple del Registro Único de Contribuyente (RUC).
Copia simple del formulario presentado ante la SUNAT a efectos de
su acogimiento a los beneficios del Sector Agrario.
ACTIVIDAD GANADERA Página 33
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Los empleadores del régimen agrario deben cumplir con el otorgamiento de
los beneficios laborales señalados expresamente por la ley agraria. Así
tenemos:
Jornada de trabajo
El empleador sujeto al régimen agrario debe establecer una jornada laboral que no
supere las 8 horas diarias o 48 horas semanales, conforme lo establece nuestra
Constitución y las normas que regulan la jornada de trabajo.
Sin embargo, debido a la naturaleza de las labores que realizan los trabajadores
(sobre todo los de campo), la Ley Agraria permite que los empleadores puedan
establecer jornadas de trabajo acumulativas, siempre que el número de horas
trabajadas no exceda en promedio los límites máximos previstos por la ley de
jornada laboral antes indicada, otorgándose pagos por sobre tiempo cuando se
supere dicho límite.
Remuneración
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, publicó en el Diario Oficial El
Peruano el D.S. N° 011-2010-TR que dispone el aumento de la Remuneración
Mínima Vital en S/. 50.00, con lo cual, la remuneración mínima actual es de S/.
750.00
Remuneración Mínima Diaria Agrícola:
El Jornal establecido por la Ley es diario y puede ser pagadero e forma semanal,
quincenal y se tiene como base la Remuneración Mínima vital (aumenta en el
mismo porcentaje de aumento de la RMV), mensual.
Los trabajadores del sector agrario perciben S/. 26.34 diarios a partir del mes de
febrero del 2011, en tanto laboren más de 4 horas diarias. Este monto remunerativo
incluye CTS y gratificaciones legales (Fiestas Patrias y Navidad).
ACTIVIDAD GANADERA Página 34
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Descanso vacacional
El descanso vacacional será de quince (15) días calendario remunerados por año
de servicio o la fracción que corresponda, salvo acuerdo entre trabajador y
empleador para un periodo mayor.
Indemnización por despido arbitrario
En el caso de que un empleador despida en forma arbitraria a un trabajador, la
indemnización será equivalente a quince (15) remuneraciones diarias por cada año
completo de servicio, con un máximo de ciento ochenta (180) remuneraciones
diarias. Las fracciones de años serán abonadas por dozavos.
Asignación Familiar
El trabajador que tenga hijos menores de 18 años y/o alcanzada dicha edad hasta
un lazo de 6 años que cursen estudios superiores tienen el beneficio del 10% del
sueldo mínimo vital, cuyo monto es remunerable.
Alimentación Directa . Es potestad del empleador brindar la prestación
de la alimentación directa (ración diaria de alimento), el cual no es
computable a la remuneración siempre y cuando tengan la calidad de
condición de trabajo.
Alimentación Indirecta . Es la que presta el empleador al trabajador en
forma voluntaria o por convenio colectivo, las cuales se efectúan por
intermedio de las empresas proveedoras de alimentos, la cual no es
remunerable. El valor de la prestación no podrá exceder el 20% del
monto de la remuneración ordinaria, no debiendo ser mayor en caso
de ser otorgada superar las dos remuneraciones mínimas vitales.
Seguro de Salud Agrario
ACTIVIDAD GANADERA Página 35
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Reciben todas las prestaciones del Seguro Social de Salud y su aporte es del 4%
de la remuneración.
Sistema Pensionario
Pueden afiliarse a cualquiera de los sistemas, público o privado (AFP).
4.2. Seguro De Salud Agrario
Régimen de Seguridad social especial para los trabajadores de la actividad agraria,
los mismos que al estar cubiertos por este seguro, no se encuentran sujetos a otro
régimen de seguridad social en la salud.
Se consideran los trabajadores agrarios aquellos que laboran para empleados que
realizan trabajos de cultivo y/o crianza, con excepción de la industria forestal.
También se incluyen a las que realicen actividades agroindustriales, siempre que
utilicen principalmente productos agropecuarios producidos directamente o
adquiridos de las personas que desarrollan las actividades de cultivos y/o crianzas
señaladas anteriormente.
No se incluyen las actividades agroindustriales relacionadas con el trigo, tabaco,
semillas oleaginosas y cerveza.
Este seguro otorga cobertura a los trabajadores de la actividad agraria, al cónyuge
o concubina, los hijos menores de 18 años, hijos mayores de 18 años
incapacitados para el trabajo.
Los aportes son mensuales para todos los trabajadores, equivalen a 4% de la
remuneración mensual de cada trabajador y son de cargo de empleador, durante
el periodo que dure la relación de dependencia.
El seguro social agrario otorga las siguientes prestaciones:
Prevención, promoción y atención de la salud.
ACTIVIDAD GANADERA Página 36
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Prestaciones de bienestar y promoción social.
Prestaciones de dinero correspondientes a los subsidios por
incapacidad temporal, maternidad y lactancia.
Prestaciones por sepelio
4.3. Sistema Nacional De Pensiones
Creada con la finalidad de brindar una protección más amplia y adecuada a los trabajadores, posibilitándose con ello la incorporación al sistema de los trabajadores independientes.
Esta contribución es a cuenta de los trabajadores que prestan servicios bajo el
régimen de la actividad privada o pública, cualquiera que sea la duración del
contrato de trabajo y siempre que no estén afiliados al Sistema Privado de
Pensiones.
Para el cálculo de dicha aportación se considera un porcentaje equivalente al 13%
de la remuneración asegurable, entendiéndose a este como el total de los ingresos
percibidos durante un mes. Está regulado por el D.L. N° 19490 y es administrado
por Essalud; las prestaciones que brinda son pensión de invalidez, jubilación,
sobrevivencia, viudez, orfandad, defunción, etc.
4.4. Sistema Privado De Pensiones:
Es una contribución asumida por el trabajador y está a cargo de las administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, las cuales se encargan de administrar los aportes de afiliados bajo la modalidad de cuentas de capitalización individual como otorgar pensiones de jubilaciones, invalidez y sobrevivencia.
ACTIVIDAD GANADERA Página 37
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El trabajador podrá elegir el pertenecer al Sistema Privado o al Sistema Nacional,
pero una vez incorporado al sistema privado de pensiones se puede trasladarse o
retornar al SNP, salvo que la SBS reconozca el contrato con la AFP nulo.
4.5. Seguro De Salud Y Régimen Previsional
4.5.1.Seguro De Salud
Se mantiene en vigencia para los trabajadores de la actividad agraria, en
sustituciones del régimen de prestaciones de salud. El aporte mensual es del 4%
a cargo del empleador por cada trabajador. Los afiliados y su derecho habiente
tienen derecho a las prestaciones del Seguro Social de Salud siempre que
cuenten con 3 meses de aportaciones consecutivos o con 4 meses no
consecutivos dentro de los
12 meses calendario anterior al mes en que inicio la causal. En caso de
accidentes, basta que exista afiliación.
4.5.2. Regímenes Previsionales:
Los trabajadores podrán afiliarse a cualquiera de ellos siendo opción del
trabajador su incorporación o permanencia en los mismos.
4.5.3.Condición Para El Goce De Los Beneficios:
Pago de obligaciones: Señala que para el goce de los beneficios tributarios, las
empresas deberán estar al día en el pago de sus obligaciones tributarias
conforme señala el reglamento. En caso contrario, se perderá el beneficio.
El art. 4º del reglamento de la ley, aprobado por D.S. Nº 049-2002-AG. A
precisado que se pierden los beneficios otorgados por la ley, por el ejercicio
gravable que se hubiera acogido, cuando incumple el pago de cualquiera de los
tributos a los cuales esta afecto, influyendo los pagos a cuenta del impuesto a la
Renta, por tres periodos mensuales, consecutivos o alternados, durante el
ACTIVIDAD GANADERA Página 38
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referido ejercicio. Además el reglamento a hecho precisiones respecto a los
beneficios advirtiéndose que las empresas avícolas que utilizan en su proceso
productivo el maíz amarillo duro importado no están comprendidas dentro de los
alcances de la ley.
Pero en la actualidad las empresas avícolas que utilicen maíz duro importado en
el proceso productivo de su actividad también pueden acogerse a la ley y gozar
de sus beneficios.
4.6. Participación De Los Trabajadores
El estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de
la empresa.
o De las empresas obligadas.- Se encuentran las empresas generadoras de
rentas de 3ra categoría que cuenten con más de 20 trabajadores en el
ejercicio.
o De los trabajadores , que sean contratados por la empresa sea a tiempo
indeterminado sujetos a modalidad a tiempo parcial.
Para las empresas agrarias la participación de los trabajadores es del 5%. De la
renta neta anual antes del impuesto.
ACTIVIDAD GANADERA Página 39
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CAPITULO V
ASPECTO CONTABLE
CONTABILIDAD GANADERA
La contabilidad ganadera es una especialidad de la actividad contable, dedicada a
la aplicación y uso de la técnica contable en las entidades económicas exclusivas
del ramo agropecuario, La contabilidad ganadera es un sistema que involucra un
proceso y todo un contexto relacionado con Las transacciones del campo es decir,
se abastece de insumos, los transforma, se obtiene resultados y se retroalimenta
mediante el análisis financiero en busca de nuevos horizontes de planeación.
Desarrolla la actividad agrícola y ganadera.
La agricultura y la ganadería pertenecen a la industria extractiva de recursos
renovables, ya que hacen producir a la naturaleza o toma de ella satisfactores de
necesidades, aprovechando la metamorfosis de ciertos elementos que el hombre
dirige. La agricultura y la industria ganadera fomentan el nacimiento y crecimiento
de distintas especies orgánicas.
La contabilidad ganadera también se aplica en las industrias manufactureras o de
transformación (agropecuarias), cuya finalidad consiste en modificar las materias
ACTIVIDAD GANADERA Página 40
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primas procuradas, que algunas veces representa una materia prima para otra
actividad industrial.
Cuando en la contabilidad agraria los activos biológicos se puedan
determinar los valores razonables con confiabilidad.
Cuando se considere el valor razonable hace uso de cuentas del balance. Entre las
cuentas de balance tenemos: Existencias, que comprenden materias primas (por
ejemplo semillas), materias auxiliares Productos cosechados (productos
recolectados), productos ganaderos y los activos biológicos. Las cuentas de
existencia que sirven para la producción de activos biológicos recogen el
movimiento de estas existencias. Los otros costos de producción de los activos
biológicos igualmente se acumulan en esta cuenta. Las procreaciones se
reconocen al valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de venta.
Al cierre del ejercicio o del periodo se ajustan a los valores razonables menos los
costos estimados hasta el punto de venta. Si es para la venta se transfieren a
existencias productos cosechados o ganaderos y si es para producir frutos
permanecen en esta cuenta (activos biológicos).
En el caso de la cuenta ganado se debe considerar que se puede plantear la
adquisición de ganado para ser destinado a cría o invernada (engorde). Para la cría
de animales se producirá la adquisición de toros reproductores y vacas que
ingresarán al activo por su valor de compra, los nacimientos de terneros y terneras
serán valuadas al valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de
venta. Al momento del corte del ejercicio se realizará el inventario de los mismos y,
serán valuadas al valor razonable menos los, costos estimados hasta el punto de
venta.
En el caso de invernada (engorde) se producirá la adquisición de terneros,
terneras, novillos, novillitos. En el transcurso del tiempo se logrará que el animal se
encuentre en condiciones aptas para ser vendido, ya que se realizará el inventario
ACTIVIDAD GANADERA Página 41
ONTABILIDAD APLICADA II
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y se aplicará el valor razonable menos los costos estimados hasta el punto de
venta al cierre tal como se indicó para la cría de animales.
Cuando en la contabilidad agraria los activos biológicos no puedan ser
determinados con confiabilidad los valores razonables y otras estimaciones
alternativas del valor razonable
En tal caso, la NIC 41 exige que la entidad mida estos activos biológicos a su costo
menos la depreciación acumulada y las pérdidas acumuladas por deterioro del
valor.
Cuando se considere el valor razonable hace uso de cuentas del balance. Entre las
cuentas de balance tenemos existencias que comprenden materias primas (por
ejemplo semillas), materias auxiliares, Productos cosechados (productos
recolectados), productos ganaderos y los activos biológicos. Las cuentas de
existencia que sirven para la producción de activos biológicos recogen el
movimiento de estas existencias. Los otros costos de producción de los activos
biológicos igualmente se acumulan en esta cuenta. Al cierre del ejercicio o del
periodo si es para la venta se transfieren a existencias productos cosechados o
ganaderos y si es para producir frutos permanecen en esta cuenta (activos
biológicos). Dentro de esto debe de considerarse le depreciación y el deterioro de
valor de los activos biológicos.
5.1. Importancia de la contabilidad en la empresa ganadera
La empresa de establecer un sistema contable en la empresa ganadera se debe a
los propósitos que persigue la administración en su aplicación. Algunos de estos
propósitos son:
Proporcionar una lista adecuada de lo que se posee de lo que se debe y
también de lo que se ha invertido mediante esto es posible establecer
control sobre los recursos y obligaciones de la empresa servir como un
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medio de verificación facilitando la actividad administrativa, y que muestra en
cualquier momento una imagen clara de la situación financiera y de
productividad de la empresa para así evaluar la eficiencia administrativa.
Permite conocer la evolución de la empresa y determinar su progreso de un
periodo a otro mediante la comparación de los estados financieros.
Registrar n forma clara y precisa todas las operaciones efectuadas por la
entidad económica
Auxiliar a las personas que toman decisiones de carácter económico
administrativo.
Para establecer una adecuada clasificación de los costos e ingresos
obtenidos y de esta forma asegurar.
5.2. La Contabilidad Ganadera
La contabilidad ganadera al igual que la agrícola es una contabilidad de explotación
en la que se analizan los costos de reproducción y beneficios de los productos
agropecuarios.
Plan de cuentas:
El plan de cuentas que se propone para una empresa ganadera, aparte de las
cuentas de contabilidad general que como hemos dicho son comunes a todas las
empresas, sería el siguiente:
Activo fijo : constituidas por: Edilicio, -establo, camal, máquinas y
herramientas, equipo veterinario, laboratorio, instalaciones, campo y etc.
Realizables: ganado vacuno, producción de leche, producción de carne,
pieles y abonos de corral.
Cuentas de abastecimiento: lubricantes y combustibles medicinas
veterinarias forrajes despensa, materiales.
Cuentas de explotación: explotación ganadera gastos de explotación
ganadera gastos de administración.
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La explotación ganadera comprende: la procreación y la mortandad de ganado.
Los gastos de explotación comprenden los desgastes de máquinas los jornales de
motoristas lubricantes y combustibles, fletes y acarreos, etc.
Los gastos de administración comprenden los sueldos y jornales de caporales los
gastos de oficina los sueldos del personal técnico veterinario las leyes sociales la
movilidad etc.
Si la empresa tiene explotaciones auxiliares tales -como: establo lechero y camal,
los gastos correspondientes a estas explotaciones son absorbidas por ellas
mismas.
El costo de producción se centra en la cuenta de explotación ganadera.
La empresa ganadera tiene por objeto la reproducción y cría de ganado vacuno
como explotación principal incluyendo sus derivados de carne y leche.
5.3. Libros Para La Contabilidad Ganadera
La contabilidad ganadera requiere también, como todo otro tipo de contabilidad, los
siguientes libros: Diario General, Mayor General, Inventarios y Balances, Caja,
Compras, Ventas y mayores auxiliares para bancos, clientes, cuentas por cobrar,
proveedores, obligaciones a pagar, activos fijos, materiales, existencias de
hacienda y costos de la explotación.
Se llevan en la administración central de la empresa ganadera y no en su
establecimiento rural.
También se lleva en las explotaciones pecuarias el Libro de Planilla Electrónica en
el que se registran los datos del personal, las horas trabajadas, los haberes
abonados y las bajas producidas. Regulada por la RM 018-2007 TR vigente a partir
del 01/01/2008.
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Para controlar los activos fijos, materiales y existencias de haciendas, cueros y
lanas, se llevan tarjetas a fin de registrar su movimiento de entradas y salidas en
unidades físicas. En la administración central estas tarjetas pueden llevarse en
unidades físicas y valores monetarios.
Con estas labores el establecimiento rural cumple las funciones contables que le
corresponden, sin intervenir en tareas más complejas que le están reservadas a la
administración central, en la cual se lleva la contabilidad de explotación ganadera
en los libres principales y auxiliares que hemos enumerado al comienzo de este
párrafo. Además, en la administración central se pueden preparar numerosas
planillas y cuadros estadísticos de suma utilidad para conocer la marcha y el
estado de las actividades del establecimiento pecuario, en cuanto a existencias y
costos e ingresos de la explotación.
Inventario y balance Como en todo tipo de empresa, los establecimientos
ganaderos deben practicar al cierre del ejercicio su inventario y balance general.
5.4. Nic/Niif Aplicables
a) Nic 1 Presentación De Estados Financieros
De acuerdo a la NIC 1 En el balance se incluirán, como mínimo, rúbricas
específicas con los importes correspondientes entre otros a los activos biológicos.
La actividad agrícola a menudo está expuesta a riesgos naturales como los que
tienen relación con el clima o las enfermedades. Si se produjese un evento de este
tipo, que diese lugar a una partida de gastos o ingresos con importancia relativa, se
revelará la naturaleza y cuantía de la misma, de acuerdo con loestablecido en la
NIC 1 Presentación de estados financieros. Entre los ejemplos de los eventos
citados están la declaración de una enfermedad virulenta, las inundaciones, las
sequías o las heladas importantes y las plagas de insectos.
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b) Nic 2 Inventarios.
Costo De Los Productos Agricolas Recolectados De Un Activo Biologico.
De acuerdo con la NIC 41 Agricultura, los inventarios que comprenden productos
agrícolas, que la entidad haya cosechado o recolectado de sus activos biológicos,
se medirán, para su reconocimiento inicial, por el valor razonable menos los costos
de venta en el momento de su cosecha o recolección. Este será el costo de los
inventarios en esa fecha, para la aplicación de la presente Norma.
c) Nic 16 Propiedades Planta Y Equipo.
El marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros de
las Normas Internacionales de Contabilidad, señala los requisitos para reconocer
un activo:
Se reconoce un activo en el Balance General cuando es probable que se
obtengan de los mismos beneficios económicos futuros para la empresa.
El activo tiene un valor de costo que puede ser determinado con fiabilidad
Así, por ejemplo, si una empresa peruana dedicada a la crianza y venta de activos
biológicos adquiere animales reproductores, dicha operación se reconocerá como
un activo, pues estos originaran beneficios económicos futuros.
La NIC 16 Inmuebles, maquina Y Equipo señala que esta no es aplicada a los
activos biológicos relacionados con la actividad agrícola.
En efecto, cuando se seleccionan aquellos activos biológicos que serán explotados
como reproductores, se produce un cambio en el tratamiento económico, y, por
consiguiente, contable de estos, ya no resultaría aplicable la NIC 41 sino la NIC 16,
por lo tanto en la contabilidad efectuaremos una reclasificación de conceptos
(cambios de existencias a activos fijos).
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La NIC 16 señala que el reconcomiendo de los desembolsos posteriores en el valor
en libros de un elemento de inmuebles, maquinaria y equipo finalizara cuando el
elemento se encuentre en el lugar y en las condiciones necesarias para operar de
la forma prevista por la administración.
Estos desembolsos posteriores realizados de acuerdo con la NIC 16, pueden
clasificarse como mejoras realizadas a los activos fijos (hay aumento de la vida útil,
aumento del valor del activo, etc.) y gastos de mantenimiento (no aumenta la vida
útil).
La NIC 16 señala que la estimación de la vida útil del activo es una cuestión de
criterio, basado en la experiencia que la propia empresa tenga de activos similares.
En las empresas peruanas se aplican las NIC para fines societarios pero no
necesariamente dichos contenidos tienen aplicación para determinar la renta de la
empresa ya que para fines fiscales se aplican las normas tributarias.
d) Nic 41 Agricultura
A partir del año 2003 tiene vigencia internacional la NIC 41 Agricultura. En el Perú
se aprobó su aplicación mediante Resolución del Consejo Normativo de
Contabilidad N° 024- 2001-EF/93.01 (21/12/2001).
Esta norma se aplica a los activos biológicos (animal vivo o una planta). Asimismo
a los hechos que generan su transformación biológica (intervención genética para
mejorar razas, alimentación balanceada, etc.).
La transformación biológica está conformada por las fases de crecimiento y
desarrollo, agotamiento y procreación que origina cambios cualitativos (mejor
calidad del animal, calidad genética, contenido vitamínico, cobertura de grasa) o
cuantitativos (peso – longitud de fibra, creación de animales vivos adicionales) en
un activo biológico.
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En ese sentido, la presente norma se aplica a los productos agrícolas, que son los
productos obtenidos de los activos biológicos de la empresa, solo hasta la fase de
cosecha o beneficio.
A partir de esa fase la NIC apropiada será la NIC 2Existencias, por ejemplo si los
activos serán incorporados a un proceso de producción posterior, o la NIC 16
Inmuebles Maquinaria y Equipo si los bienes serán empleados como reproductores.
La empresa contabiliza un activo biológico si controla el activo y existe la
probabilidad de que fluyan hacia la empresa beneficios económicos futuros
asociados con el activo biológico.
El activo biológico se valúa a su valor razonable neto de los costos estimados para
su venta.
De tener acceso a diferentes mercados activos, la empresa utilizara como valor
razonable el precio establecido en el mercado que piense utilizar.
De existir imposibilidad del hacer una medición al valor razonable de manera
confiable en el momento del reconocimiento inicial del activo biológico por no tener
valores de mercado y las estimaciones de valor no son confiables, en estos casos
el activo biológico se valúa a su costo menos la depreciación acumulada y perdidas
por desvalorización acumuladas que le correspondan.
El reconocimiento inicial de un activo biológico y los cambios ocurridos a su valor
razonable neto se reconocen como ganancia o pérdida.
e) NIIF 5 Activos No Corrientes Mantenidos Para La Venta Y Actividades Interrumpidas.
Los criterios de valuación de esta NIIF no es aplicable entre otros a los Activos no
corrientes valorados por su valor razonable menos los costos estimados en el
punto de venta de acuerdo con la NIC 41 Agricultora que queda cubierto por su
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norma respectiva independientemente de que sean activos individuales O que
formen parte de un grupo enajenable de elementos.
De acuerdo a la NIIC 41 Una vez que el activo biológico no corriente cumpla los
criterios para ser clasificado como mantenido para la venta (o esté incluido -en un
grupo enajenable de elementos clasificado como mantenido para la venta) de
acuerdo con la NIIF E, se presume qua el valor razonable puede determinarse de
forma confiable.
5.5. Un Sistema De Contabilidad Ganadera
Llevar un sistema de Contabilidad Ganadera es relativamente complejo en nuestro
país, sobre todo por la forma empírica en que son manejados los equipos de
trabajadores (cuadrillas conformadas mayormente por familiares), el tamaño del
negocio (que se conduce con informalidad).
Por lo tanto, lo que se suele hacer es crear un Sistema de Contabilidad Ganadera
desde la adaptación adecuada de un Sistema de Costes Industriales por Procesos
y para ello se presenta de la siguiente manera:
Iniciar el proceso de producción: consignar los sementales y vientres para la cría. A
partir de ello, a los futuros padres del rebaño, se les dejará de acumular sus costes,
para contabilizarlos en una nueva cuenta, la cual, al final, vendrá a representar a
las que nazcan, ya con los costes que ocasionaron sus padres.
A continuación, se desarrolla el proceso de producción, es decir; la crianza de los
becerros recién nacidos, para luego pasar a una etapa de reclasificación, es decir
que será puesto en venta, se utilizará para la producción de leche, se sacrificara o
se mantendrá en la granja y por lo tanto se destinara a la recría.
5.6. Costes Vinculados Al Proceso
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Analizaremos fugazmente los costes que intervienen en un proceso de
engorde de reses cuyo detalle debe ser considerado y ponderado
adecuadamente por el evaluador del proceso.
Costes Variables por kilo
(que puedan ser vinculados
estrechamente a la cantidad de
kilos de peso ganados)
Alimentación
Insumos complementarios
(Núcleo, micro elementos, sales
minerales)
Sanidad (solo por los kg producidos)
Mano de Obra (ídem anterior)
Energía eléctrica, gas oil y otros
insumos variables.
Traslado y comercialización
Desbaste (pérdidas de peso por
traslado)
Porcentaje de mortandad
Costes variables por cabeza
(vinculados a cada animal a
engordar pero independientes de
su volumen de peso) (cp2)
Sanidad
Otros Insumos (señales, caravanas,etc.)
Traslado y comercialización
Porcentaje de mortandad
Costes Fijos o de estructura del
engorde (CE).
Mano de Obra
Amortizaciones
Mantenimiento preventivo
Coste Financiero
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Honorarios profesionales
Otros Costes Fijos Directos
CONCLUSIONES
La Contabilidad Ganadera cumple con la función ineludible de informar
con exactitud, cuáles son las partidas de costos y de gastos, en que
incurre el criador, para producir y vender sus animales, a fin de que
pueda saber cuáles habrán de ser sus costos totales y unitarios, para
poder asignar sus precios de venta y conocer sus ganancias, o sus
pérdidas, netas.
La explotación del ganado vacuno representa la actividad más
importante del sector ganadero a escala mundial y por tanto, el
incremento en el consumo per cápita de carne y leche es un indicador
del desarrollo alcanzado por un país.
La Contabilidad Ganadera cumple con la función ineludible de informar
con exactitud, cuáles son las partidas de costos y de gastos, en que
incurre el criador, para producir y vender sus animales, a fin de que
pueda saber cuáles habrán de ser sus costos totales y unitarios, para
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poder asignar sus precios de venta y conocer sus ganancias, o sus
pérdidas, netas.
Una adecuada toma decisiones con un sistema de costos bien
implementado significara para la empresa ganadera utilidades al largo y
corto plazo, la información laboral y tributaria por parte de la gerencia
será muy útil para lograr dicho propósito.
BIBLIOGRAFIA
C.P.C. DANTE ATAUPILLCO VERA – “Contabilidad Por Sectores”
CPC. CARLOS PAREDES REÁTEGUI/ CPC ARMANDO
VILLACORTA CAVERO: “Plan Contable General Revisado con
actividades por sectores”
CIBERGRAFIA
www.portalagrario.gob.pe/rrnn_gana.shtml
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