Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 31 Municipio de Santa Isabel
3.6.2 Potencial Agrícola de los Suelos
Los suelos presentes en el área estudiada han permanecido bajo labranza o actividades
agrícolas desde principios del siglo pasado; primero bajo el monocultivo de la caña de
azúcar y en la actualidad en la producción de frutas, hortalizas y legumbres. Es notable la
cantidad de tecnología y recursos que han sido utilizados a través de los años para suplir
agua en el área, permitiendo el desarrollo agrícola del sector. Sin embargo, el USDA-NRCS
ha clasificado los suelos existentes bajo varios índices de capacidad, los cuales permiten
agrupar los suelos de acuerdo a su potencial agrícola.
Los índices de capacidad descritos por el NRCS demuestran en una forma general la
adaptabilidad de los suelos para la mayor parte de las cosechas. Los suelos se agrupan de
acuerdo a sus limitaciones cuando se usan para cosechas, el peligro de daños cuando se
usan, y la forma en que responden al tratamiento. Esta agrupación no toma en
consideración cambios mayores en el suelo, que generalmente son costosos y que
cambiarían el declive, la profundidad y otras características del suelo.
En el sistema de capacidad, las diferentes clases de suelos están agrupadas en tres niveles;
la clase de capacidad, la subclase, y la unidad.
Las clases de capacidad de uso y subclases serán definidas en los siguientes párrafos. Un
área determinada pudiera no tener todas las clases de suelos. Las clases de capacidad de
uso están designadas por números romanos del I al VIII. Los números indican en forma
progresiva mayores limitaciones y menores posibilidades de uso. La definición de las
clases es la siguiente:
Clase I son suelos que tienen pocas limitaciones que restringen su uso.
Clase II son suelos que tienen limitaciones moderadas que reducen la elección de cultivos, y que requieren prácticas de conservación especiales, o ambas.
Clase III son suelos que tienen limitaciones severas que reducen la selección de cultivos, y que requieren prácticas especiales de conservación, o ambas.
7Área reportada durante la clasificación de suelos por el USDA-NRCS. No incluye los nuevos lagos de infiltración y
de riego construidos en el área.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 32 Municipio de Santa Isabel
Clase IV son suelos que tienen limitaciones muy severas que reducen la selección de cultivos, y que requieren un manejo muy cuidadoso, o ambas.
Clase V son suelos que están sujetos a poca o ninguna erosión, pero que presentan otras limitaciones, imprácticas de remover, que limitan su uso mayormente a pastos, bosques o hábitat de vida silvestre.
Clase VI son suelos que tienen limitaciones severas que los hacen no aptos para el cultivo, y que limitan su uso mayormente a pastos, bosques o hábitat de vida silvestre.
Clase VII tienen limitaciones muy severas, y que no se prestan para cultivo, y su uso está restricto mayormente a pastos, bosques o hábitat de vida silvestre.
Clase VIII son suelos y formas de terrenos que tienen limitaciones que precluyen su uso para plantas comerciales que restringen su uso a recreación, hábitat de vida silvestre, a protección de fuentes de agua, o a propósitos estéticos.
Las unidades de capacidad son grupos de suelos dentro de las subclases. Los suelos en una
capacidad son suficientemente parecidos como para adaptarse a las mismas cosechas y
pastos, para necesitar el mismo manejo, para tener una productividad similar y responder
de la misma forma al manejo. Así, la unidad de capacidad es un grupo conveniente para
hacer aseveraciones acerca del manejo de los suelos. Las unidades de capacidad por lo
general se designan al añadirle un número arábigo al símbolo de la subclase, por ejemplo,
IIe-3 o IIw-2. De esta forma, en un símbolo, el número romano designa la clase de
capacidad, o grado de limitación; la letra minúscula indica la subclase o clase de limitación
según se define anteriormente; y el número arábigo identifica específicamente la unidad de
capacidad dentro de cada subclase.
Las subclases de capacidad de uso son grupos de suelos dentro de una clase. Estos grupos
se designan agregando al número romano de la Clase una letra: e, w, s o c (por ejemplo IIe).
La letra e significa que existe un alto riesgo de erosión, a menos que se mantenga una
cubierta vegetativa. La letra w significa que el exceso de agua en o sobre el suelo interfiere
con el crecimiento del cultivo (en algunos suelos, el exceso de agua puede ser corregido con
drenaje artificial). La letra s significa que los suelos están limitados por características
propias. La letra c significa que la limitación principal es que el clima es muy frío o seco. La
clase I no tiene subclases, porque en este caso, suelos clase I tienen muy pocas limitaciones.
La clase V contiene solo subclases w, s o c porque los suelos de esta clase no presentan
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 33 Municipio de Santa Isabel
erosión o ésta es muy leve, sin embargo, éstas pueden tener otras limitaciones que
restringen su uso como praderas, áreas forestadas y hábitat para vida silvestre o
recreación.
En los predios estudiados existen nueve series de suelo con diferentes clases de capacidad.
La Tabla 3 presenta las series de suelo existentes y la clasificación descrita por el NRCS.
Todas las series de suelo con excepción de las series Callabo (CoD) y Teresa (Te) presentan
dos unidades de capacidad, esto debido a las condiciones del suelo con y sin irrigación.
Estas unidades de capacidad y subclases serán discutidas a continuación.
Tabla 3. Índices de Capacidad para las Series de Suelo
Símbolo Serie de
Suelo
Pendiente (%)
Índices de Capacidad
Grupo de
Bosques Descripción NRCS %8
Con Riego
Sin Riego
CoD 12-20 -- IVe-3 3d1
Peligro de erosión debido a las
pendientes pronunciadas, algunas
medidas para controlar la erosión son
necesarias para ser utilizados para
cultivo intensivo.
0.01
Cx 0-2 I-3 IIc-1 --
Suelos fértiles, de poca o ninguna
pendiente, pueden ser utilizados de
forma segura con medidas ordinarias
de manejo para mantener su
productividad. Mecanizables. Han sido
utilizados bajo el cultivo de caña y
vegetales y son apropiados para una
amplia variedad de cultivos cuando
son irrigados.
13.09
FtB 2-5 IIs-1 IIIc-1 --
Suelos deben ser irrigados para
permitir el establecimiento de cultivos.
Debe ser arado cuando presenta un
contenido de humedad óptimo. Suelo
fértil y de buena respuesta a
fertilizantes.
55.15
8El por ciento de ocupación de cada uno de las series de suelo fue calculado utilizando las coberturas del USDA-
NRCS y un Sistema de Información Geográfica.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 34 Municipio de Santa Isabel
Símbolo Serie de
Suelo
Pendiente (%)
Índices de Capacidad
Grupo de
Bosques Descripción NRCS %8
Con Riego
Sin Riego
Jg 0-2 IIIs-1 IVc-4 --
Bajo irrigación estos suelos pueden ser
cultivados intensamente sin pérdida
de material de suelo. Los surcos
poseen poca estabilidad y requieren
una gran cantidad de agua por su
rápida permeabilidad en el sustrato.
16.20
JnC 5-12 IIIe-3 IVc-1 2d1
La irrigación de los surcos es difícil por
la pendiente. Algo difícil de labrar por
la pegajosidad de la arcilla. La erosión
debe ser controlada si se desea utilizar
para cultivo intensivo.
0.02
Ma 0-2 IIIw-1 IVc-2 --
La permeabilidad es lenta y pueden
quedar saturados durante eventos de
lluvia prolongados. La zona radicular
está restringida por un alto nivel
freático cerca de la superficie.
1.31
PaB 2-5 IIs-2 IIIc-1 --
Bajo irrigación estos suelos pueden ser
cultivados intensamente sin pérdida
de material de suelo. Surcos poco
profundos ayudan a prevenir impactar
capas más permeables.
0.76
Sa 0-2 I-2 IIc-1 --
No sujeto a erosión. Puede ser
utilizado para cultivo intensivo y no
presentará perdida de material de
suelo. De fácil labranza, la zona
radicular es profunda. El suelo es fértil
y responde bien a fertilizantes. Con
riego puede ser utilizado para un
rango amplio de vegetales y cultivos.
12.90
Te 0-2 -- VIs-2 --
Suelos con ningún valor agrícola. La
erosión no es un peligro, no obstante
debido al alto contenido de sales estos
suelos no son adecuados para pastos o
cultivos.
0.05
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 35 Municipio de Santa Isabel
3.6.2.1 Índices de Capacidad
Bajo condiciones de riego los suelos existentes presentan un índice de capacidad entre I y
III, con excepción de los suelos Callabo (CoD) y Teresa (Te), los cuales no presentan
características idóneas para su utilización agrícola. Según la información presentada por el
USDA-NRCS, estos suelos ocupan alrededor de 2.32 cuerdas en las áreas identificadas para
el desarrollo del Proyecto.
Los suelos Cortada (Cx) y San Antón (Sa) fueron agrupados en la Clase I, cuando presentan
condiciones de riego. Estos suelos ocupan aproximadamente el 26% de los suelos en el
área de estudio (955 cuerdas). Los suelos Cortada presentan la unidad I-1, y los suelos San
Antón fueron clasificados bajo la unidad I-3. Los suelos dentro de la categoría I-1
presentan suelos nivelados, profundos de buen drenaje, un poco ácidos, moderadamente
permeables que contienen una capa limo arcilloso lómica en la superficie. La unidad I-3
presenta las características antes mencionadas con excepción de que son suelos calcáreos
localizados en zonas áridas bajo irrigación. Sin irrigación, los suelos Cortada y San Antón
están agrupados bajo las unidades IIc y IIc-1, respectivamente. La subclase IIc se refiere a
suelos limitados por su deficiencia de humedad, debido a la poca precipitación y la alta tasa
de evaporación.
Los suelos Fraternidad (FtB) son los suelos de mayor extensión dentro del área estudiada
(2,025 cuerdas) y presentan un índice de capacidad con riego de IIs-1 y sin riego de IIIc-1.
Ocupan aproximadamente el 55% de los terrenos agrícolas bajo estudio. De acuerdo al
catastro de suelos del área de Ponce, la subclase IIs agrupa los suelos que están
moderadamente limitados por su pobre capacidad de labranza. Por otra parte, la subclase
IIIc agrupa los suelos limitados por la deficiencia en humedad, como resultado de la poca
precipitación y la alta tasa de evaporación. La unidad de capacidad IIs-1 agrupa los suelos
con una pendiente leve, profundos, moderadamente bien drenados, neutrales a
moderadamente alcalinos, de permeabilidad lenta y con una capa de arcilla en la superficie.
Sin riego, el suelo fue agrupado bajo la unidad de capacidad IIIc-1, la cual presenta suelos
levemente inclinados, moderadamente profundos a grava y arena, de buen drenaje,
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 36 Municipio de Santa Isabel
neutrales a moderadamente alcalinos, de permeabilidad lenta y con una capa de arcilla en
la superficie.
Al igual que la serie Fraternidad los suelos bajo la serie Paso Seco (PaB) presentan
unidades de capacidad IIs-2 y IIIc-1. La única diferencia entre las características descritas
para los suelos Fraternidad y Paso Seco es la profundidad moderada a grava y arcilla de la
serie Paso Seco.
Las series de suelo Jacaguas (Jg), Jacanas (JnC) y Machuelo presentaron un índice de
capacidad (bajo condiciones de riego) dentro de la clasificación III, específicamente IIIs-3
para la serie Jacaguas, IIIe-3 para la serie Jacanas y IIIw-1 para la serie Machuelo. Los
suelos bajo la subclase IIIs son suelos severamente limitados para cultivo debido a su
sequedad. Por otra parte, los suelos bajo la subclase IIIe-3, presentan una pendiente
pronunciada, son moderadamente profundos a la roca volcánica, de buen drenaje,
medianamente alcalinos y moderadamente lentos en su permeabilidad en los que
contienen una capa de arcilla en la superficie. Finalmente, la serie Machuelo fue clasificada
bajo la subclase IIIw-1, la cual agrupa los suelos con poca o ninguna pendiente, profundos,
de pobre drenaje, calcáreos, lentamente permeables y con una capa superficial de arcilla.
Estas tres series de suelo fueron clasificadas bajo el índice de capacidad IV, cuando no
presentan riego. Al igual que la subclase IIIs, la subclase IVc presenta suelos con muy
severas limitaciones que reducen el tipo de cultivos o que requieren prácticas de manejo
muy cuidadosas.
Cabe mencionar que el potencial agrícola de un suelo, especialmente los suelos con alto
potencial de erosión o inundados, pueden ser desarrollados utilizando nuevas prácticas
científicas o técnicas que promuevan el desarrollo viable del mismo. Entre estos avances se
puede mencionar el riego por goteo, prácticas de conservación y manejo para minimizar las
características inherentes en los suelos. Algunas de éstas pueden ser analizadas como
posibles alternativas que promuevan el desarrollo de actividades agrícolas en los suelos
antes descritos.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 37 Municipio de Santa Isabel
3.6.3 Clasificación NRCS-USDA “Prime Farmland”
El USDA-NRCS, ha clasificado diferentes suelos como primordiales o excelentes para el
desarrollo de actividades agrícolas, esto en gran parte como respuesta a una tendencia en
la disminución de terrenos agrícolas, debido a su utilización para el desarrollo industrial o
urbano. Como parte de esta clasificación se generó una lista con las series de suelo que
cumplen con las características necesarias para ser catalogadas como tierras agrícolas
primordiales o de alta calidad (“prime farmland”, por su término en inglés). Los terrenos
catalogados como “prime farmland” o tierras agrícolas primordiales son los que poseen una
combinación de características físicas y químicas para la producción de comida, alimento
(animales), forraje, fibra y otros cultivos. Pueden ser catalogadas como tierras
primordiales las tierras cultivadas, tierras en pastos, áreas de bosque u otro uso que no
sean áreas desarrolladas o cubiertas por agua.
Las series de suelo fueron utilizadas para catalogar las áreas en cada uno de los distritos
del USDA-NRCS. Para el distrito de Ponce existen seis (6) series de suelo catalogadas como
tierras primordiales para la agricultura. Ninguna de las series presentes en el área de
estudio está clasificada bajo esta categoría. No obstante, existe otra clasificación que
incluye los suelos como tierras agrícolas primordiales si están bajo riego. En esta
clasificación existen ocho series de suelo reportadas en el distrito de Ponce. Entre las
series clasificadas bajo esta categoría se mencionan las series Cortada, Fraternidad, Paso
Seco, y San Antón. Estas series ocupan un total de 3,008 cuerdas, o un 81.9% del área total
bajo estudio.
Dentro de la clasificación de tierras agrícolas para el distrito de Ponce, también existen diez
(10) series de suelo clasificadas como tierras agrícolas de importancia para el estado
(“farmland of statewide importance”, por su término en inglés). Clasificadas dentro de este
grupo se encuentran las series de suelo Callabo, Jacaguas, Jacanas y Machuelo. La única
serie de suelo que no presenta importancia alguna para el desarrollo agrícola es la serie
Teresa, la cual no fue agrupada en ninguna de las clasificaciones antes mencionadas. La
Figura 9 muestra las series de suelo agrupadas de acuerdo a su importancia como suelos
agrícolas.
M a r C a r i b e M a r C a r i b e
Santa Isabel
Juana Díaz
Coamo
1
52
153
536
5536
545
161
543
54253
8
537
5507
541
199500
199500
203000
203000
206500
206500
21350
0
21350
0
21700
0
21700
0
2205
00
2205
00
Mar Caribe
Océano Atlántico
Leyenda:Ubicación de las TorresCarreteras¹Límite Municipal²Límite del Proyecto Propuesto
Suelos de Importancia Agrícola³Terrenos Agrícolasde Importancia EstatalTerrenos de Importanciasi son Irrigados
0 900 1,800450metros
1:40,000Escala:
"REU
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ENTO
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9.2
Fuentes: 1. Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), junio de 20062. Información provista por la Junta de Planificación de Puerto Rico.3. Servicio de Conservación de Recursos Naturales del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos. Base de datos del Sistema de Información Nacional de Suelos (NASIS, por sus siglas en ingles) para el área de Ponce. 4. Orto imágenes provistas por el Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos, noviembre de 2006 hasta febrero de 2007Sistema de Coordenadas: Coordenadas Planas NAD83 Puerto Rico eIslas Vírgenes FIPS 5200 (metros)
Figura 9: Clasificación USDA-NRCSSuelos Prime Farmland en el Área EstudiadaFinca de Viento Santa Isabel/Santa Isabel, PR
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 39 Municipio de Santa Isabel
4 LEYES Y REGLAMENTACIÓN AGRÍCOLA
La agricultura puertorriqueña ha demostrado un gran potencial para generar empleos a
miles de trabajadores y en contribuir eficientemente en la economía de la Isla. Ejemplos
como la industria lechera, la industria de producción de semillas, las industrias de
producción de hortalizas y vegetales, son algunas de las nuevas promotoras de economía
del sector agrícola moderno. Todas estas industrias tienen como denominador común la
organización empresarial y el ordenamiento de un sector, promoviendo la actividad de
integración vertical. Esta dinámica promueve, además, la participación justa de todos los
componentes de la industria, la competencia, la calidad, producción y distribución
uniforme que garantiza su éxito en la comercialización del producto. Es por esta razón, que
se han creado leyes e incentivos que permitan el desarrollo de este sector y promuevan la
creación de empleos en la Isla. A continuación se mencionan algunas de las leyes existentes
que regulan las actividades agrícolas o usos del terreno en el predio propuesto para el
desarrollo del Proyecto.
Ley de Tierras, Ley Núm. 26 de 1941
El 12 de abril de 1941 se crea la Ley Núm. 26 mejor conocida como la Ley de Tierras de
1941, la cual dio paso a la reforma agraria de la Isla. Esta ley fue la responsable de la
creación de la ATPR, la cual pondría en práctica la reforma agraria promovida por la ley;
regulaba la distribución de las tierras expropiadas en parcelas, en fincas familiares a
agricultores pequeños, y en fincas locales de beneficio proporcional con una extensión de
100 a 500 cuerdas. Entre los propósitos primordiales de la Ley se mencionan los
siguientes:
Fomentar el bienestar de los habitantes de Puerto Rico a través de la estabilidad
económica, justicia social y libertad económica de agricultores, trabajadores y
habitantes en general en la zona rural de Puerto Rico;
Proveer una mejor distribución de la riqueza agrícola;
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 40 Municipio de Santa Isabel
Establecer la ATPR, definir sus funciones, facultades, deberes y obligaciones,
además de asignar fondos para su funcionamiento y para la realización de sus
fines y de los propósitos de esta Ley;
Limitar a quinientos acres la tenencia de tierras por personas jurídicas, sociedades
y otras organizaciones corporativas de carácter privado según se definen las
mismas por esta ley;
Estimular y fomentar la formación de una agricultura estable por pequeños
terratenientes, además de proveer predios para agregados y personas que
carezcan de tierras donde enclavar su vivienda, fomentando programas de
rehabilitación agrícola, entre otros.
El Proyecto de reforma agraria que tanto interés suscitó por la reafirmación de la justicia
social comenzó a decaer una vez se inicia, a partir de 1947, el programa de incentivos
industriales conocido como Operación Manos a la Obra.
Ley de Incentivos Contributivos Agrícolas de 1995, Ley Núm. 225 de 1995
Mediante la Ley Núm. 118 de 21 de mayo de 2004 se enmendó la “Ley de Incentivos
Contributivos Agrícolas de 1995”, mediante la adición de sus Artículos 15, 16 y 17 a los
efectos de eliminar los créditos contributivos por inversión concedidos bajo su Artículo 15.
En sustitución de dichos créditos se estableció un nuevo incentivo de pareo de inversiones
en negocios agrícolas; estableciéndose que el monto individual de cada incentivo a
concederse nunca excederá la suma de doscientos cincuenta mil (250,000) dólares por
cada agricultor “bona fide” y de un millón quinientos mil (1,500,000) dólares por núcleo de
producción. Dicha enmienda ayudó a agilizar la concesión de los incentivos al delegar en la
Administración de Servicio y Desarrollo Agropecuario (“ASDA”) la evaluación y concesión
de los mismos. Sin embargo, esta limitación evita que el estado pueda contribuir,
significativamente, en casos donde la inversión propuesta tenga como propósito la
integración de un sector agrícola establecida en la política pública del ordenamiento de
dichos sectores según la Ley Núm. 238 de 18 de septiembre de 1996. Por esto se crea la
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 41 Municipio de Santa Isabel
Ley Núm. 286 del 26 de diciembre del 2006 para enmendar el Art. 16 de la Ley Núm. 225
del 1995. La Ley 286 menciona como parte de su enmienda al Artículo 16 lo siguiente:
“En sustitución de los quince millones (15,000,000) de dólares en créditos
contributivos anuales contemplados por el Artículo 12 de esta Ley, se asigna y
autoriza de asignaciones provenientes del Fondo General la cantidad de quince
millones (15,000,000) de dólares anuales a la Administración de Servicio y
Desarrollo Agropecuario (ASDA) para ser utilizados en la concesión de incentivos
que paree en inversiones de efectivo o inversiones en negocios agrícolas bajo
aquellos parámetros y restricciones que establezca el Secretario de Agricultura,
disponiéndose que en ningún caso el monto de los incentivos a concederse
excederá la cantidad de doscientos cincuenta mil (250,000) dólares por cada
agricultor bona fide, inversionista o participante por año fiscal y que demuestre
que con esta inversión incrementará empleos en su negocio agrícola, en caso de
Núcleos de Producción la Asignación será de un millón quinientos mil (1,500,000)
dólares por año fiscal.”
En los casos en que el Secretario de Agricultura determine que la inversión a ser
pareada propende a la estabilización o integración de un sector agrícola, se
autoriza el pareo de inversión por sector agrícola, hasta el monto de cinco
millones (5,000,000) de dólares anuales, durante un período de cinco (5) años
consecutivos, a partir de la fecha de comienzo de la integración de dicho sector. El
Secretario evaluará el monto de la inversión a ser pareada tomando en
consideración aquella cantidad total invertida por él o los inversionistas en la
entidad natural o jurídica en que se integra el sector al comienzo del período de
integración, aunque el pareo sea efectuado durante los cinco (5) años
consecutivos y siguientes al período de integración.
La inversión en cualquier negocio agrícola podrá ser hasta un máximo de
cincuenta (50) por ciento de acuerdo a la cantidad de solicitudes y disponibilidad
de fondos. Se dispone que una vez recibido el incentivo de pareo de inversiones, el
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 42 Municipio de Santa Isabel
inversionista o participante que venda su negocio en un término de cinco (5) años
o menos tendrá que devolver al Gobierno de Puerto Rico el incentivo prorrateado
a cinco (5) años. Durante el primer (1) año devolver el cien (100) por ciento del
incentivo, en el segundo (2) año el ochenta (80) por ciento, en el tercer (3) año un
sesenta (60) por ciento, en el cuarto (4) año un cuarenta (40) por ciento y en el
quinto (5) año un veinte (20) por ciento del incentivo por inversión concedido. El
Secretario de Agricultura someterá un informe anual a la Asamblea Legislativa
sobre el uso de los fondos.”
Ley de Reservas Agrícolas en los Terrenos Comprendidos Dentro del Corredor Agrícola de la Costa Sur de Puerto Rico, Ley Núm. 242 de 9 de agosto de 2008
El 9 de agosto de 2008 se crea la Ley Núm. 242 mejor conocida como la Ley de Reservas
Agrícolas en los Terrenos Comprendidos Dentro del Corredor Agrícola de la Costa Sur de
Puerto Rico. Esta ley fue creada para promover y asegurar la preservación de los terrenos
agrícolas en los municipios desde Patillas hasta Sabana Grande. La Asamblea Legislativa,
en atención a la necesidad primordial de aprovechar al máximo estos terrenos de alto
rendimiento agrícola declaró los terrenos comprendidos dentro del Corredor Agrícola de la
Costa Sur de Puerto Rico, como Reserva Agrícola y ordenó a la Junta de Planificación (en
coordinación con el Departamento de Agricultura), el establecimiento de una zonificación
especial para la preservación a perpetuidad de los terrenos de alto valor agrícola. Este Plan
de Zonificación Especial está siendo preparado por la Junta de Planificación y debe estar
listo para revisión para el último trimestre del año en curso.9 Entre los propósitos
primordiales de la Ley se mencionan los siguientes:
Ordenar la delimitación y zonificación especial para las áreas a reservar dentro del
Corredor Agrícola;
Prohibir la segregación de fincas en predios menores de la cabida que tengan al
momento de la aprobación de esta Ley por organismos gubernamentales con
autoridad en ley para autorizar o endosar segregaciones en aquellos municipios
donde ubiquen terrenos del Corredor Agrícola aquí a establecerse; 9 Información recibida por personal de la Junta de Planificación de Puerto Rico.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 43 Municipio de Santa Isabel
Requerir la identificación y deslinde de todas las fincas con potencial agrícola que
sean propiedad de agencias gubernamentales, corporaciones públicas y propiedad
privada;
Desarrollar e implantar un Plan Integral para el Desarrollo del Corredor Agrícola
de la Costa Sur de Puerto Rico;
Disponer sobre la disponibilidad de herramientas para la conservación y
preservación de terrenos agrícolas como las Servidumbres de Conservación y la
Transferencia de Derechos de Desarrollo, declarando las reservas agrícolas como
zonas emisoras de derechos de desarrollo;
Establecer disposiciones sobre exención contributiva para los terrenos en las
reservas agrícolas; y para otros fines relacionados a la agricultura.
El Plan Integral para el Desarrollo del Corredor Agrícola de la Costa Sur será fundamental
en la preservación y desarrollo de los terrenos agrícolas del Municipio de Santa Isabel10. El
Proyecto propuesto junto con la Ley 242, deben perpetuar por varias generaciones el uso
agrícola de los terrenos propiedad de la Autoridad de Tierras, promoviendo tanto la
producción de alimentos como la producción de energía en la Isla.
Ley de Promoción y Desarrollo de Empresas de Biotecnología Agrícola de Puerto Rico, Ley Núm. 62 del 10 de agosto de 2009
Mediante la Ley de Promoción y Desarrollo de Empresas de Biotecnología Agrícola de
Puerto Rico, Ley Núm. 62 del 10 de agosto de 2009, el estado busca fomentar el
establecimiento y crecimiento de empresas orientadas en la biotecnología agrícola; además
de definir sus propósitos y alcances; y delegar en el Departamento de Agricultura y el
Departamento de Desarrollo Económico y Comercio su implementación; y para otros
propósitos relacionados.
La Ley Núm. 62 busca establecer como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico, el promover la agricultura de alta tecnología, así como el desarrollo de un plan de
10
La Junta de Planificación se encuentra revisando los mapas que delimitan las áreas o zonas agrícolas a ser incluidas como parte del Corredor Agrícola del Sur (información recibida del personal de la JP).
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 44 Municipio de Santa Isabel
promoción, desarrollo y establecimiento de compañías orientadas hacia la biotecnología
agrícola. También requiere que el Departamento de Agricultura, colabore estrechamente
con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, para establecer los mecanismos
de colaboración y de esta forma ofrecer las mejores oportunidades y condiciones para que
compañías dedicadas a la biotecnología agrícola se establezcan y se desarrollen en Puerto
Rico.
Según dispone la Ley, la información compilada será utilizada como herramienta de trabajo
para que PRIDCO promocione y destaque a Puerto Rico como un destino ideal para el
establecimiento de estas actividades comerciales. De igual manera, esta información será
utilizada para que el Departamento de Desarrollo Económico y el de Agricultura,
establezcan un programa de implementación para atender las necesidades de empresarios
locales que deseen desarrollar este tipo de actividad. Será responsabilidad de la ATPR
mantener un inventario de tierras disponibles, con la infraestructura básica necesaria en
términos de caminos, riego y drenaje que puedan estar disponibles para suplir la demanda
de compañías fitomejoradoras que interesen desarrollarse, establecerse o expandir
operaciones en la Isla, así como el canon actual de arrendamiento para cada una de las
fincas disponibles. Dicho canon podrá ser negociable mediante acuerdo entre la ATPR y el
Departamento, de forma tal, que puedan hacer viable cualquier proyecto futuro a
establecerse en Puerto Rico. Además se identificaran los terrenos agrícolas en uso o con
potencial para actividades relacionadas a la biotecnología agrícola serán clasificados y
protegidos como suelos agrícolas, con prioridad en el Plan de Usos de Terrenos de Puerto
Rico. Además la Ley establece que de ninguna manera, este estatuto dejará sin efecto
ninguna ley especial sobre terrenos o reservas agrícolas que esté vigente.
El desarrollo de estas leyes y otros incentivos del Departamento de Agricultura permitirán
el desarrollo y establecimiento de nuevas empresas agrícolas, que a diferencia de la
industria de la construcción, generaran empleos permanentes por periodos de tiempo
prolongados.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 45 Municipio de Santa Isabel
5 PANORAMA Y CENSO AGRÍCOLA HISTÓRICO Y ACTUAL
Para mediados del siglo pasado (siglo XX), la economía de la Isla estaba dominada por la
agricultura, específicamente por el monocultivo de la caña de azúcar. Al presente, la
manufactura y la industria de servicios, incluyendo el turismo, han reemplazado a la
agricultura como principal productor de ingresos. Durante el período de 1950 a 1999
Puerto Rico se caracterizó por un ritmo de crecimiento acelerado. Para el año 1950 los
sectores que más aportaban al Producto Interno Bruto (PIB) eran: la agricultura con el
18.3%, el comercio con el 19.9% y la manufactura con el 16.5%. Para el año 1960 la
actividad agrícola cae al 9.7% del PIB y la manufactura crece hasta situarse en el primer
lugar de la economía seguida por el comercio. Desde la década de 1960 se han establecido
en la Isla numerosas empresas multinacionales de las industrias farmacéutica, electrónica,
textil, petroquímica, y más recientemente biotecnológica. En la actualidad la manufactura y
la industria de servicios (incluyendo el turismo) han reemplazado a la agricultura como
principal productor de ingresos. La Tabla 4 muestra la participación agrícola en el PIB y
los diferentes sectores industriales de la economía en la Isla durante el período 1950-
1999.11
Tabla 4. Participación de los diferentes sectores económicos en la Isla.
Sectores 1950 1960 1970 1975 1980 1985 1990 1995 1999
Agricultura 18.3 9.7 3.2 3.2 2.6 1.8 1.4 0.7 0.5
Manufactura 16.5 21.7 23.6 28.1 33.7 39 39.6 41.9 44.1
Construcción 4.2 6 7.5 5.6 2.6 1.6 2.4 2.4 2.5
Comercio 19.9 18.9 17.8 16.4 15.4 15.6 15.4 14 13.1
Finanzas, seguros y bienes raíces 10.3 11.7 12.2 10.6 10.6 12.6 12.7 13.4 13.7
Servicios 6.2 8.3 10.7 10.1 9.4 9.1 9.9 11.1 10
Gobierno 10.4 11.1 12.1 16.2 13.1 11.6 10.9 10.4 9.2
Transportación 8.5 9.2 8.7 9.3 8.5 8.4 8.1 7.7 7.3
Otros 5.7 3.4 4.2 0.5 4.1 0.4 -0.4 -1.6 -0.5
Total 100 100 100 100 100 100 100 100 100
11
Fuente: Informe económico al gobernador, 1977, 1989 y 1999, Junta de Planificación de Puerto Rico.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 46 Municipio de Santa Isabel
5.1 CENSO AGRÍCOLA MUNICIPIO DE SANTA ISABEL
El USDA-NASS preparó el censo agrícola más reciente, el cual data del año 2007. Este fue el
décimo sexto censo agrícola que se prepara en la Isla. El primer censo agrícola en la Isla se
llevó a cabo para el año 1910. Desde el 1910 hasta el 1950 se tomó un censo agrícola cada
10 años en conjunto con el censo decenal de población y vivienda, conducido por el
Negociado del Censo de los Estados Unidos. En el año 1957, se enmendó la ley censal para
incluir a Puerto Rico en el censo quinquenal agrícola de la Nación. El primer censo bajo
esta enmienda, fue tomado en el 1959, separándolo del censo decenal de 1960. Desde el
1959 hasta el 1974, el censo agrícola se tomó en años terminando en 4 y 9. En el 1976 el
Congreso de los Estados Unidos autorizó la toma del censo en el 1978, y más tarde en 1982
para ajustar el año de referencia para que coincidiera con los censos económicos.
En Puerto Rico, los censos anteriores se tomaron en base al año fiscal. El Censo Agrícola
para el año 2007 se tomó en base al año calendario, al igual que en los Estados Unidos. El
mismo se basa en la producción agrícola del país entre el 1ro de enero y el 31 de diciembre
de 2007.
El 21 de noviembre de 1997, la autoridad de conducir el Censo de Agricultura de 1997 pasó
del Negociado del Censo adscrito al Departamento de Comercio Federal, específicamente al
Servicio Nacional de Estadísticas Agrícolas del Departamento de Agricultura de los EE. UU.
El traspaso fue realizado mediante la Ley Pública 105-113, Ley sobre el Censo de
Agricultura de 1997 (Título 7, Código de los Estados Unidos). Este código legal además
especifica que la información recopilada es estrictamente confidencial y que todo agricultor
tiene el deber ciudadano de contestar las preguntas del censo. Toda persona que reciba un
formulario del censo agrícola, incluyendo propietarios, inquilino, sociedades,
corporaciones, instituciones, y demás viene obligada por ley a completar dicho formulario.
A continuación se discuten los aspectos más relevantes del Censo Agrícola realizado en el
año 2007, el cual fue publicado en el mes de febrero del año 2009 y actualizado en el mes
de agosto de ese mismo año. Como parte de la información recopilada en el censo se
incluyen los valores recopilados para el año 2002, permitiendo la comparación y análisis de
las tendencias en las actividades agrícolas en un período de 5 años.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 47 Municipio de Santa Isabel
5.1.1 Situación Agrícola de la Región
La región agrícola de Ponce es la región donde está incluido el municipio de Santa Isabel.
Esta región se compone de los municipios de Peñuelas, Ponce, Juana Díaz, Villalba, Coamo,
Aibonito, Salinas y Santa Isabel. Según el Censo Agrícola para el 2007 esta región contaba
con 1,332 fincas y un total de 62,159 cuerdas en uso agrícola. Los municipios con mayor
cantidad de terrenos en uso agrícola fueron Coamo, Ponce y Santa Isabel, ocupando este
último la tercera posición (ver Figura 10). Comparando las cifras del Censo Agrícola del
2007, del total aproximado de 22,537 cuerdas de terreno que componen el área total del
municipio de Santa Isabel, un total de 9,786 cuerdas (43.4%) son objeto de algún uso
agrícola.
Comparando el número de tierras destinadas para uso agrícola durante el 2002 y el 2007,
se pudo observar una disminución de un 33.3% para toda la región. Los municipios donde
hubo un mayor índice de pérdida fueron Juana Díaz (51.1% o 6,158 cuerdas), Villalba
(50.5% o 4,341 cuerdas) y Salinas (43.7% o 6,622 cuerdas). No obstante, el municipio de
Salinas presentó un aumento en el número de fincas de 81 en el 2002 a 202 para el 2007.
Esto demuestra la fragmentación de fincas agrícolas de mayor tamaño para otros usos no
relacionados a la agricultura.
5.1.2 Fincas, Terreno en Fincas y Uso del Terreno
La preservación de las tierras agrícolas para el desarrollo sustentable y económico
puertorriqueño es de vital importancia para la Isla. En Puerto Rico, como en otros países
que han cambiado de una economía mayormente agrícola a una industrial, ha propiciado la
perdida de los terrenos agrícolas abandonados para dar paso al proceso urbanizador.
Estos cambios económicos y el crecimiento en población han resultado en un aumento o
expansión de las áreas urbanas. Para el 1977 el 11.3% del territorio de la Isla estaba
clasificado como urbano. Luego de 17 años (1994) las áreas urbanas presentaron un
aumento de 27.4%, mientras que el crecimiento urbano en suelos utilizables para la
agricultura aumento en un 41.6%.12
12
Cifras presentadas en el estudio “Urban Expansion and the Loss of Prime Agricultural Lands in Puerto Rico”.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 48 Municipio de Santa Isabel
0
5,000
10,000
15,000
20,000
25,000
30,000
35,000
40,000
0
50
100
150
200
250
300
350
400
Peñuelas Ponce Juana Díaz Villalba Coamo Santa Isabel Aibonito Salinas
Fin
cas
(#)
Municipios
# Fincas 2007
# Fincas 2002
# cuerdas 2002
# cuerdas 2007
Figura 10. Número de Fincas y Cabida de Terrenos bajo Uso Agrícola Región Sur.13
La definición de finca bajo el Censo Agrícola del año 2007 se refiere a lugares con
actividades agrícolas en donde se produjeron y se vendieron $500 o más en productos
agrícolas, o que normalmente se hubiesen vendido, durante el período de 12 meses, entre
el 1ro de enero hasta el 31 de diciembre de 2007. De acuerdo a esta definición, el
municipio de Santa Isabel presenta 75 fincas para el 2007, mientras que para el año 2002 el
total de fincas era de 96. Este cambio representa una disminución en el número de fincas
de un 21.8%. Por otra parte, el número total de cuerdas bajo alguna actividad agrícola para
el año 2007 fue de 9,786 cuerdas, mientras que para el año 2002 se reportó un total de
10,774 cuerdas. La disminución representa una pérdida de un 9.17% en terrenos
utilizados para algún tipo de actividad agrícola.
Del número total de fincas reportadas en el 2007, unas 54 fueron utilizadas para cultivos de
algún tipo, mientras que unas 20 fueron reportadas para actividades de pastoreo. Para el
año 2002 existían bajo cultivo 88 fincas y 14 bajo pastoreo, resultando en una disminución
13
Datos Censo Agrícola 2007.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 49 Municipio de Santa Isabel
considerable de fincas bajo cultivo en un periodo de 5 años. Cabe mencionar que el censo
del año 2007 reporta un total de 122 fincas que están en desuso ocupando un área de 1,765
cuerdas. Al igual que los valores antes reportados esta cifra también presentó una
disminución, ya que para el año 2002, las fincas en desuso reportadas eran 193 para un
total de 3,303 cuerdas. Como parte de los datos presentados en el censo del 2007, se pudo
observar una disminución en el número de fincas con cabida desde 10 a 174 cuerdas.
Típicamente, estas fincas son segregadas en fincas de menor cabida, lo que estimula el
desplazamiento de las actividades agrícolas por otros usos, resultando en una pérdida
irreparable de estos terrenos. Esta práctica es notable ya que se evidenció un aumento en
las fincas con cabida menor de 10 cuerdas (ver Tabla 5). Las fincas con cabida de 175
cuerdas en adelante no mostraron cambios en sus cabidas durante este período.
Entre las iniciativas que se han desarrollado para evitar el continuo y acelerado cambio en
uso de suelos agrícolas, se designó el Corredor Agrícola de la Costa Sur, el cual discurre
desde el municipio de Patillas hasta Sabana Grande. Este corredor fue creado mediante la
Ley Núm. 242 del 9 de agosto del 2008. Ley titulada “Ley de Reservas Agrícolas en los
terrenos comprendidos dentro del Corredor Agrícola de la Costa Sur de Puerto Rico”.
Según datos ofrecidos por la Junta de Planificación de Puerto Rico, esta reserva cuenta con
un área aproximada de 7,987 cuerdas. Estos terrenos se utilizaban para la producción de
caña de azúcar y la ganadería de carne. Actualmente la actividad agrícola principal de esta
reserva es el cultivo de plátanos y hortalizas. La Sección 4.2, de este documento, discute a
fondo el alcance de esta ley.
Tabla 5. Número de Fincas por Tamaño en el Municipio de Santa Isabel
Cuerdaje Fincas
% de cambio 2007 2002
menos de 10 23 19 17.39
10 a 19 cuerdas 18 23 -27.78
20 a 49 cuerdas 7 21 -200.00
50 a 99 cuerdas 4 9 -125.00
100 a 174 cuerdas 9 10 -11.11
175 a 259 cuerdas 4 4 0.00
260 cuerdas o mas 10 10 0.00
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 50 Municipio de Santa Isabel
5.1.3 Fincas por Valor de Ventas
En el municipio de Santa Isabel, de las 75 fincas que fueron reportadas operando para el
año 2007, 45 de estas sobrepasaron los $60 mil dólares en ventas. Para el año 2002 se
reportó un total de 40 fincas, reflejando un aumento del 11% comparado con el 2007. Sin
embargo, para el rango de ventas entre $40,000 a $59,999 no se reportaron fincas durante
el 2007 y solo se reportaron 2 para el año 2002. El rango de ventas entre $20,000 a
$39,999 reflejó una disminución para el año 2007, presentando solo 32 fincas de unas 59
que fueran reportadas para el año 2002 (una disminución aproximada de un 84%). Esta
disminución también se refleja en el número de cuerdas reportadas para las fincas dentro
de este rango de 4,550 a 2,951 cuerdas. Este patrón de disminución en el número de fincas
reportadas se mantiene para los rangos de ventas entre $20 mil hasta menos de $1 mil, con
excepción del rango de $1 mil a $2,499 el cual presentó un aumento de 3 a 7 fincas durante
el período del 2002 al 2007. La Figura 11 muestra el número de fincas para cada rango de
valor de ventas durante el periodo de 2002 al 2007.
5.2 INGRESO BRUTO AGRÍCOLA (IBA)
El Ingreso Bruto Agrícola (IBA) para Puerto Rico durante el año fiscal 2008/09 ascendió a
un total de $793.97 millones, cifra que representa un aumento de $21.3 millones cuando es
comparada con los valores que se obtuvieron para el año fiscal 2008 ($772.6 millones). De
este total, el grupo pecuario (animales) y sus subproductos alcanzaron unos $404.4
millones, cifra equivalente al 50.5% del ingreso total. El grupo de cosechas por su parte
aportó unos $300.48 millones, acaparando el 37.5% del IBA.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 51 Municipio de Santa Isabel
Figura 11. Número de Fincas por Valor de Ventas Período 2002-2007
El Departamento de Agricultura de Puerto Rico agrupa en ocho (8) regiones los municipios
de la Isla para presentar la distribución del IBA. Entre los municipios de mayor aportación
al IBA se destacan los municipios de Hatillo, Santa Isabel, Arecibo y Camuy,
respectivamente. El Apéndice A muestra la distribución teórica del ingreso bruto agrícola
por región y municipio en orden de importancia económica para el periodo de 2008/09.
La región agrícola de Arecibo es la que más aporta al IBA con $212.04 millones o un
26.71% para el período de 2008/09. Esta región se destaca por ser el productor principal
de leche, siendo esta la primera industria agrícola de la Isla. La segunda región de
importancia económica es la región de Ponce, a la cual el municipio de Santa Isabel
pertenece. La región de Ponce aportó un total de $155.14 millones o un 19.54%, mientras
que el municipio de Santa Isabel produjo un total de $56.56 millones durante el período de
2008/09, aportando un 7.12% del total del IBA del país. El municipio de Santa Isabel se
destaca por la producción de hortalizas y frutales. La Figura 12 muestra la distribución del
IBA por región para el período del 2008/09.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 52 Municipio de Santa Isabel
Región Arecibo, $212.04 , 27%
Región Caguas, $125.22 , 16%
Región Lares, $66.04 , 8%Región Mayaguez, $49.97 , 6%
Región Naranjito, $78.15 , 10%
Región Ponce, $155.14 , 20%
Región San Germán, $58.22 , 7%
Región Utuado, $49.20 , 6%
Figura 12. Distribución del IBA por región para el período del 2008/09.
5.3 EMPLEOS AGRÍCOLAS
La Junta de Planificación publica anualmente los indicadores económicos para las
diferentes actividades económicas que se realizan en la Isla. Entre las actividades se
incluye un indicador económico para la agricultura. Este indicador agrupa dentro de las
actividades agrícolas las actividades de silvicultura y pesca. De acuerdo a los indicadores
económicos reportados desde el año 1990 hasta el 2010 se ha reportado una merma de
aproximadamente un 52.7% en el número de personas empleadas en la agricultura. En el
predio propuesto al igual que en la mayor parte de las fincas agrícolas del municipio de
Santa Isabel, la mayor parte de la empleomanía es requerida durante los meses activos de
producción (septiembre a mayo). Según datos recibidos de la ATPR se estima que
alrededor de 800 empleos son generados solo por la producción de hortalizas y vegetales
durante todo el año. Esta cifra puede alcanzar los 2,000 empleos temporeros durante el
ciclo de producción activo, el cual una vez finaliza, la cifra regresa cerca del promedio antes
mencionado de 800 empleos agrícolas.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 53 Municipio de Santa Isabel
Como parte del itinerario de construcción se prevé que las actividades se realicen durante
el periodo de menor actividad agrícola (mayo a septiembre). El desarrollo del Proyecto
propuesto presentará una alternativa de empleo durante los meses de poca actividad,
diversificando las oportunidades para el personal diestro del municipio y áreas limítrofes.
La Figura 13 muestra las cifras de empleo en la agricultura desde la década del 1990 hasta
el presente.
5.4 PRODUCCIÓN AGRÍCOLA POR CULTIVOS
De acuerdo al IBA reportado por la Oficina de Estadísticas Agrícolas del Departamento de
Agricultura de Puerto Rico para el año fiscal 2008-2009, el Ingreso Bruto de las cosechas
fue de $300.5 millones. Para el periodo del 2007-2008, el Ingreso Bruto para las cosechas
fue de $307.9 millones, reflejando una merma de $7.4 millones para el periodo 2008/09. A
pesar de la merma en el Ingreso Bruto durante el periodo 2008/09, se observó un aumento
en hortalizas y legumbres de $1.9 millones y en frutas de $1.0 millón. Los valores para cada
uno de los cultivos identificados en el predio propuesto serán descritos en la Sección 7 de
este documento.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 54 Municipio de Santa Isabel
Figura 13. Empleos generados por la agricultura, silvicultura y pesca.
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 55 Municipio de Santa Isabel
6 METODOLOGIA
Para llevar a cabo el estudio de los posibles impactos a los terrenos agrícolas propuestos
para el Proyecto se consultó con una diversidad de profesionales de las siguientes
entidades y compañías: CSA Group, Pattern Energy, RMT, la Autoridad de Tierras de Puerto
Rico (ATPR), el Departamento de Agricultura (DA), el Servicio de Conservación de Recursos
Naturales del Departamento de Agricultura Federal (USDA-NRCS por sus siglas en inglés) y
en especial, los agrónomos/agricultores arrendatarios de los terrenos bajo estudio.
La fase inicial del estudio consistió en la recopilación y búsqueda de toda la información
agrícola disponible para el municipio de Santa Isabel. Igualmente, se consultó con las
agencias gubernamentales ante descritas (ATPR, DA, USDA-NRCS), artículos de periódicos
y publicaciones en la Internet, además de resultados y comunicaciones personales que
fueran recopiladas durante las visitas de campo con cada uno de los agricultores presentes.
Las visitas a cada uno de los arrendatarios se realizaron para levantar información sobre
las características del predio, localización de infraestructura de riego y los detalles
específicos de operación de cada empresa agrícola existente en los predios. Se prevé que
estas reuniones continúen según avanza el proceso de diseño y construcción, procurando
minimizar el impacto a las actividades específicas de cada agricultor.
Los predios dentro del área del Proyecto fueron visitados mensualmente durante parte de
la época de producción y durante el periodo de receso (febrero a septiembre). Los
resultados de la investigación representan las actividades agrícolas durante este período.
La información recopilada se analizó y se prepararon figuras, mapas y tablas integrando la
información obtenida de las diversas fuentes con la localización de los componentes del
Proyecto propuesto.
Entre los recursos utilizados se utilizaron los mapas de los arrendatarios generados por la
ATPR, fotos aéreas de los predios y datos recopilados en el campo para que fueran
analizados, tabulados y representados mediante el uso de un sistema de información
geográfica (GIS). Estos resultados fueron utilizados para generar la base gráfica del
Posibles Impactos a los Terrenos Agrícolas 56 Municipio de Santa Isabel
estudio, etapa que fuera realizada por profesionales cualificados en el manejo y
procesamiento de archivos digitales geográficos.
Las visitas de campo utilizando los mapas y fotos aéreas fueron realizadas para obtener y
corroborar información relacionada a tipos de cultivo, prácticas agrícolas características
para cada cultivo, infraestructura existente y cualquier otra información que permitiera
minimizar el impacto durante las actividades de planificación y construcción del Proyecto
propuesto. Como parte de las actividades realizadas durante el periodo de estudio, se
delinearon las diferentes fincas, los cultivos existentes y se calculó el área aproximada bajo
cada una de éstas. A continuación se describen las características del predio estudiado y
los posibles impactos por el desarrollo del Proyecto propuesto.
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