1.Marco
Normativo
Marco Normativo
Marco Normativo
Marco Normativo
2. MecánicaPara
InformarSobre
Resultados
Mecánica para Informar sobre Resultados
De acuerdo con el Lineamiento Décimo de los Lineamientos del Ramo 33, los indicadores para resultados deberán ser definidos de común acuerdo entre los gobiernos de las entidades federativas y las dependencias coordinadoras de los fondos, en el marco de los esquemas de coordinación inergubernamental establecidos en el ámbito de cada uno de los fondos.
La SHCP, la Secretaría de la Función Pública y el Coneval podrán participar en el proceso de definición de los indicadores y proporcionar asistencia técnica.
Mecánica para Informar sobre Resultados
Conforme al Lineamiento Décimo segundo, los indicadores que se acuerden en términos del Lineamiento Décimo se aplicarán de forma homogénea y general a nivel nacional, y con base en el Lineamiento Décimo Cuarto, deben orientarse a la evaluación de resultados de los programas que se financien con las aportaciones federales.
De acuerdo con el Lineamiento Décimo Octavo, los indicadores constituirán la base para la evaluación de resultados de los programas o acciones apoyados con las aportaciones federales, y se podrán considerar la circunstancias específicas de los gobiernos locales.
El Lineamiento Vigésimo Primero establece que los indicadores deberán comunicarse oficialmente por las dependencias coordinadoras de los fondos, a más tardar el último día hábil de abril de 2008 a la SHCP, a al Secretaría de la Función Pública y al Coneval, que los validarán en los términos de las disposiciones aplicables.
3. AcercaDe los
Indicadores
Acerca de los Indicadores
Conforme al Lineamiento Décimo Noveno, los indicadores deberán clasificarse en estratégicos y de gestión, y permitir la medición de los siguientes aspectos:
Acerca de los Indicadores
Se deberá establecer como máximo 3 indicadores estratégicos para cada uno de los fondos y en su definición deberá incluirse lo siguiente: