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    12. Los ingresos pblicos (L2)

    Contenidos

    1. 1 Los ingresos pblicos: concepto y caracteres

    2. 2 Clasificacin de los ingresos pblicos

    1. 2.1 Ingresos de Derecho Pblico y de Derecho Priado

    2. 2.2 Ingresos trib!tarios" #onopol$sticos" patri#oniales y crediticios

    %. 2.% Ingresos ordinarios y e&traordinarios

    '. 2.' Ingresos pres!p!estarios y e&trapres!p!estarios

    %. % Los ingresos patri#oniales

    1. %.1 Concepto y significacin

    2. %.2 gi#en *!r$dico general

    '. ' Los ingresos de #onopolio

    +. + Las prestaciones patri#oniales de car,cter pblico

    Los ingresos pblicos: concepto y caracteres

    Se entiende por ingreso pblico, toda cantidad de dinero percibida por el Estado y dems entes pblicos, cuyo objet

    esencial es financiar los gastos pblicos.

    Las notas caractersticas del ingreso pblico son:

    a) El ingreso pblico es siempre una suma de dinero

    !o obstante , en algunas ocasiones, el ingreso pblico, "ue inicialmente se cuantifica en una cantidad de dinero, #ace efectivo en especie, como por ejemplo en a"uellos casos en "ue la deuda tributaria se e$tinguen con la entrede bienes del patrimonio #ist%rico.

    En sentido contrario, no constituyen ingresos pblicos a"uellas prestaciones in natura de "ue tambi&n son acreedorlos entes pblicos y "ue, no adoptan la forma de recursos monetarios, sino la de prestaciones en especie

    prestaciones personales. El paradigma de la prestaci%n in natura o personal es el servicio militar, "ue #asta el '((impuso obligatoriamente a los espa*oles varones. +tro ejemplo es el "ue prev& "ue los yuntamientos con poblacno superior a -.((( #abitantes puedan imponer la prestaci%n personal y de transporte para la realiaci%n de obras decompetencia municipal.

    /ampoco pueden calificarse como ingresos pblicos los bienes ad"uiridos mediante e$propiaci%n forosaconfiscaci%n.

    b) 0ercibida por un Ente pblico

    El calificativo de pblico #ace referencia al titular del ingreso, no al r&gimen jurdico aplicable, ya "ue e$isten ingrespblicos regulados por normas de 1erec#o pblico, el caso de los ingresos tributarios, pero tambi&n e$isten ingrespblicos cuya disciplina se contienen en el ordenamiento privado, es el caso de ingresos obtenidos por la enajenac

    de ttulos representativos del capital propiedad del Estado en empresas mercantiles.

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    c) /iene como objetivo esencial financiar el gasto pblico

    El ingreso pblico se justifica bsicamente, por la necesidad de financiar los gastos pblicos. En la actualidad ademde esto, se obtiene ingresos "ue al propio tiempo est persiguiendo importantes finalidades de poltica econ%micamonetaria, por ejemplo, proteger el medio ambiente, drenar li"uide al sistema monetario con objetivo de contenerinflaci%n, etc.

    En la actualidad segn la L2/ se sigue recogiendo el principio de tributos con fines no fiscales.

    Si el objetivo bsico del ingreso es propiciar la cobertura del gasto, s%lo #abr ingreso pblico cuando el Ente "

    recibe a"u&l tenga sobre el mismo plena disponibilidad, esto es, cuando ostente ttulo jurdico suficiente para afectaal cumplimiento de sus fines. 1e ello se deriva "ue no puede calificarse como ingresos pblicos a"uellas cantidad"ue obran en poder de los entes pblicos como consecuencia de ttulos jurdicos "ue no permitan su lidisponibilidad, tal sera el caso de las fianas, dep%sitos o cauciones, al no #aber ttulos de dominio no puede #ablade un ingreso pblico. En la actualidad, la ley de rrendamientos urbanos #a previsto la posibilidad de "ue la fianobligatoria de estos contratos sea ingresada en las 33, en realidad se puede considerar un pr&stamo sin interesepor lo "ue s podra ser considerada un ingreso pblico.

    Clasificacin de los ingresos pblicos

    4arios son los criterios adoptados para clasificar los ingresos pblicos. En unos casos se atiende a su reflpresupuestario 5ingresos presupuestarios o e$trapresupuestarios5 en otros, se toma como punto de referenciaperiodicidad con "ue se obtiene en tales ingresos 5ordinarios o e$traordinarios5 en ocasiones se adopta como crite

    el relativo al instituto jurdico cuya aplicaci%n genera el correspondiente ingreso, as se #abla de ingresos tributarimonopolsticos, patrimoniales y crediticios atendiendo a la prevalencia de normas privatsticas o publicsticas enregulaci%n de los ingresos de 1erec#o privado o 1erec#o pblico.

    E$aminaremos cada una de estas categoras.

    Ingresos de Derecho Pblico y de Derecho Priado

    En esta clasificaci%n se erige como criterio distintivo, la pertenencia de las normas reguladoras de un determinaingreso al ordenamiento pblico o al privado.

    En el primer caso 61erec#o pblico), la dministraci%n 0blica goar de las prerrogativas y poderes "ue son propide los entes pblicos 5derec#os de prelaci%n y preferencia frente a otros acreedores, afecci%n de bienes, presunci%nlegalidad de los actos administrativos, ejecutividad de los actos5.

    En el caso de 1erec#o 0rivado, primarn los principios propios del ordenamiento privado, "ue regula las relacionentre iguales.

    Son ingresos de 1erec#o pblico: tributos, monopolios y 1euda pblica son ingresos de 1erec#o 0rivado derivados de la e$plotaci%n de bienes patrimoniales, incluidos los derivados de actividades mercantiles e industriarealiados por entes pblicos.

    Esta clasificaci%n sigue siendo vlida, a condici%n de "ue se tenga presente "ue cuando nos refiramos a ingresos 1erec#o privado, no es posible perder de vista "ue su titular es un ente pblico y "ue los ingresos estn afectos asatisfacci%n de fines pblicos.

    Ingresos trib!tarios" #onopol$sticos" patri#oniales y crediticios

    Esta clasificaci%n atiende al origen o instituto jurdico del "ue dimanan los referidos ingresos. s cabra #ablar ingresos tributarios, monopolsticos, patrimoniales y crediticios.

    El r&gimen jurdico aplicable a cada uno de estos ingresos ser el propio del instituto del "ue deriva en los tributo1euda 0blica, nos encontraremos ante institutos "ue de modo inmediato procuran ingresos pecuniarios. En los bienpatrimoniales, susceptibles de generar precios, rentas o beneficios, los recursos monetarios se obtiene mediante procedimiento de gesti%n de ndole distinta.

    Ingresos ordinarios y e&traordinarios

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    Si se atiende a la periodicidad con "ue se obtienen, se suele distinguir entre ingresos ordinarios y e$traordinariosegn "ue afluyan al Estado de manera regular o s%lo se obtengan en circunstancias especiales, respectivamente.

    El tributo, es un ejemplo de ingreso ordinario de las 7aciendas pblicas.

    Los ingresos obtenidos mediante la emisi%n de 1euda 0blica son considerados como el ejemplo ms caractersticoingreso e$traordinario.

    !o obstante, actualmente la emisi%n de 1euda #a ad"uirido carcter ordinario y son continuas las emisiones de 1eupblica, con el fin no s%lo de financiar los gastos estatales, sino de conseguir las ms variadas finalidades de polt

    econ%mica.

    La distinci%n entre ingresos ordinarios y e$traordinarios surge tambi&n en ntima cone$i%n con el ordenamiepresupuestario, de forma "ue mientras las necesidades ordinarias 5reflejadas en presupuestos ordinarios o generalese financiaban con ingresos tambi&n ordinarios, la cobertura de necesidades e$traordinarias legitimaba la e$istenciapresupuestos e$traordinarios o especiales, recabando tambi&n su financiaci%n con ingresos de carcter e$traordina1esaparecida en el mbito presupuestario la posibilidad de presupuestos especiales, es difcil mantener una distinc"ue reposaba en gran medida sobre la pervivencia de a"uella.

    Ingresos pres!p!estarios y e&trapres!p!estarios

    Segn figuren o no en el 0resupuesto, se clasificarn los ingresos como presupuestarios o e$trapresupuestarirespectivamente.

    medida "ue se #a ido fortaleciendo el respeto los principios presupuestarios clsicos y segn se #a ido avanandola configuraci%n de instancias, control parlamentario, control del tribunal de cuentas, control de la intervenci%n genefiscaliadoras de la actividad financiera, los ingresos e$trapresupuestarios se #an ido reduciendo paulatinamente, todlos ingresos y gastos deben estar presupuestados, por el principio presupuestario de universalidad, como porprincipio de unidad, debe e$istir un nico presupuesto por cada ente pblico.

    Los ingresos patri#oniales

    Concepto y significacin

    1ebemos entender por ingresos patrimoniales los "ue proceden de la e$plotaci%n y enajenaci%n de los bienes "

    3onstituyen el patrimonio de los Entes pblicos. Los bienes patrimoniales son en principio, los "ue no puedcalificarse como bienes de dominio o uso pblico, los ingresos patrimoniales se rigen por normas del 1erec#o privadla naturalea pblica del titular #ace "ue la afirmaci%n deba ser matiada, en esta materia tienen aplicaci%n las normpropias del ordenamiento administrativo, por ejemplo para delimitar las competencias de los distintos %rganencargados de la administraci%n y disposici%n de los bienes, etc.

    El r&gimen jurdico aplicable a los ingresos patrimoniales deriva del concepto "ue de ellos se formula en nuesordenamiento, puede decirse "ue se califican como tales todos los bienes y derec#os de titularidad pblica "ue no sidentificables como bienes de dominio o uso pblico.

    La distinci%n entre los bienes de dominio pblico y los bienes patrimoniales es tan relevante "ue se refleja incluso enconsideraci%n diferente "ue cada uno de ellos merece en el ordenamiento jurdico.

    La 3E se preocupa de establecer los principios bsicos "ue deben regir la disciplina de los bienes de dominio pbliencomendando, por el contrario, la regulaci%n de los bienes patrimoniales al legislador ordinario.

    rt. 8' 3E: Son bienes de dominio pblico estatal los "ue determine la ley, y en todo caso, la ona martima5terreslas playas, el mar territorial y los recursos naturales de la ona econ%mica y la plataforma continental.

    La normativa aplicable a las 33 tambi&n encuentra distinci%n entre los bienes de dominio pblico y los bienpatrimoniales

    las 3orporaciones locales les ocurre lo mismo, si bien el t&rmino utiliado por las normas se acomoda a denominaciones tradicionales de bienes municipales o provinciales.

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    1elimitado el concepto de dominio pblico y por e$clusi%n, el de bienes patrimoniales, cabe formular la posibilidad obtener ingresos derivados de ambos tipos de bienes.

    Los bienes de dominio pblico, se trata de bienes directamente afectos a la satisfacci%n de necesidades pblicas, tienen con fin obtener ingresos, aun"ue en determinados casos s puede producirlos, ejemplo:

    utiliaci%n del dominio pblico por parte de particulares, "ue se concretar en la e$igencia de una tasa, en ocasioncuando el Estado e$plota un yacimiento minero de forma directa, dar lugar a la percepci%n de ingresos patrimoniale

    Los bienes patrimoniales, si bien su finalidad esencial no sea producir ingresos, si pueden generarlos, a trav&s de

    e$plotaci%n del los mismos.

    !o e$iste una correspondencia entre dominio pblico y bienes patrimoniales, de una parte, e ingresos de 1erecpblico y de 1erec#o privado, de otra, sino "ue frecuentemente bienes demaniales producen ingresos de naturale

    jurdico5privada. Esto sucede siempre "ue tales bienes son e$plotados por el Estado por medio de contratos privados

    gi#en *!r$dico general

    El "ue podamos calificar como r&gimen general de los bienes patrimoniales estatales se encuentra con la Ley 889'(del 0atrimonio de las dministraciones 0blicas.

    Se puede sintetiar en:

    Sus normas se aplican a los bienes "ue integran el patrimonio del Estado.

    Las normas del 1erec#o privado civil o mercantil tienen carcter subsidiario de las normas contenida

    la propia ley.

    la administraci%n del 0atrimonio Estatal se atribuyen competencias con carcter general al inistro

    Economa y 7acienda "ue normalmente las ejerce a trav&s de la 1irecci%n general del patrimonio del estado.

    1ebe se*alarse determinadas prerrogativas de la dministraci%n en el marco de un ordenamie

    privado, "ue s%lo encuentran justificaci%n cuando se pone de relieve el contenido tanto jurdico5administrativo cojurdico5financiero de los bienes patrimoniales.

    Ser el inisterio de Economa y 7acienda "uien disponga la e$plotaci%n de los bienes patrimoniales

    Estado "ue no convenga enajenar y "ue sean susceptibles de aprovec#amiento rentable.

    La afectaci%n de los ingresos patrimoniales a la financiaci%n de los gastos pblicos se pone de relieve

    modo continuo, ejemplo: las rentas, frutos o percepciones de cual"uier clase producidos por los bienes patrimoniade la dministraci%n se ingresarn en el /esoro pblico en aplicaci%n de los pertinentes conceptos del presupuesto ingresos.

    Los ingresos de #onopolio

    En ocasiones el Estado decide "ue un determinado servicio sea prestado, de forma e$clusiva, por un sujeto o "uead"uisici%n, venta y producci%n de determinado producto s%lo pueda realiarla un sujeto. !os encontramos ante u

    situaci%n de monopolio, tutelada por el ordenamiento jurdico, en virtud de la cual s%lo un sujeto de derec#o pueprestar un determinado servicio o puede disponer de un producto. Estamos ante un monopolio de derec#o.

    En otras ocasiones se produce la misma situaci%n sin "ue #aya sido e$presamente "uerida por el ordenamiento, s"ue es el resultante de determinadas circunstancias, sera un monopolio de #ec#o.

    3uando nos referimos a los ingresos de monopolio del Estado, nos referimos a los monopolios de derec#o.

    Las raones por las "ue el Estado establece un monopolio son bsicamente dos:

    . ejorar la prestaci%n de determinados servicios pblicos

    '. +btener ingresos.

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    1e a# "ue tradicionalmente se #aya distinguido entre monopolios fiscales, a"uello cuyo establecimiento responsustancialmente a la idea de obtener ingresos y monopolio no fiscales, en los "ue prima el deseo de conseguir la meprestaci%n de un determinado servicio.

    3omo ejemplo de los fiscales el tabaco y de petr%leos, como ejemplo de los no fiscales se aluda al servicio de correSin embargo debe tenerse presente "ue ni los monopolios no fiscales se debe eliminar a priori la posibilidad de obtebeneficios, ni en los monopolios fiscales debe relegarse la idea de una mejor prestaci%n de servicios en aras de uvoracidad recaudatoria. Sea cual sea la finalidad perseguida, el Estado no debe admitir "ue el ordenamiento jurdsantifi"ue una situaci%n en la "ue la obtenci%n de ingresos redunde en una merma de la calidad de los servicpblicos.

    Establecidos los monopolios, el Estado obtiene determinados ingresos. s el monopolio se convierte en fuenteingresos de naturalea tributaria.

    El monopolio es tambi&n fuente de ingresos de carcter patrimonial. s, cuando el Estado gestione directamente monopolio o tenga una participaci%n en el capital social de la entidad a la "ue se #a atribuido su gesti%n, obtendr uningresos "ue tendrn jurdicamente tal consideraci%n.

    Se puede #ablar de ingresos monopolsticos en sentido estricto, se entiende por tales la especial participaci%n en beneficios del monopolio "ue se reserva al Estado cuando concede a un tercero la titularidad o gesti%n del monopoEn los monopolios tradicionales del petr%leo y del tabaco esta especial participaci%n en beneficios recibandenominaci%n de renta.

    Los monopolios fiscales #an perdido en Espa*a la importancia jurdica y recaudatoria "ue tuvieron en otros momentde la #istoria de la #acienda pblica. 7oy s%lo subsisten el del /abaco y el de la Lotera !acional.

    onopolio de /abacos. La antigua regala de /abacos, cuyos orgenes se remontan al siglo ;4

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    La primera postura #a sido defendida por un amplio sector doctrinal y numerosas sentencias del /3, el argumefundamental en "ue se #a basado el /3 fue de carcter sistemtico y deriva de un principio "ue puede ser e$presadel modo siguiente: !inguna norma es intil, por lo "ue antes de llegar a la conclusi%n es necesario intentar encontrasentido, el /3 consider% "ue era impensable "ue la 3E #ubiera podido referirse al mismo concepto en el art. 8donde se #abla de prestaciones patrimoniales de carcter pblico y personales y el art. 88. donde se empleat&rmino tributos, por tanto concluy% "ue ambos preceptos se referan a institutos distintos "ue tenan dcaractersticas comunes, la necesidad del establecimiento a trav&s de una ley y la coactividad.

    Las prestaciones patrimoniales de carcter pblico, segn esta postura, son ingresos de 1erec#o pblico "ue debser establecidos por Ley y "ue son coactivo. Los tributos, por su parte, son una especie de g&nero comn "ue a*adestas caractersticas comunes la nota de estar basados en la capacidad econ%mica de las personas llamadas

    satisfacerlos.

    El /3 #a aclarado "u& se debe entender por coactividad:

    . 0or una parte #ace referencia al modo de establecimiento de la prestaci%n, decidida de modo unilatepor los poderes pblicos, sin "ue intervenga para nada la voluntad del ciudadano. Es cierto "ue se puede evitare$igencia absteni&ndose de realiar el presupuesto de #ec#o al "ue se vincula la prestaci%n, pero esta libertad ilusoria por"ue conllevara, a la renuncia a bienes, servicio o actividades esenciales para la vida privada o social.

    '. 0or otro lado, #ace alusi%n a los procedimientos para la e$igencia del pago. Si no se realia de forvoluntaria, los poderes pblicos podrn e$igirlo de forma forosa, a trav&s de la va de apremio.

    La segunda postura #a sido definida por otro sector doctrinal y tambi&n #a encontrado eco en el /3, donde se utiliaforma sin%nima ambos t&rminos, prestaci%n patrimonial de carcter pblico y tributo.

    Las lneas maestras de esta opini%n son:

    !o tiene sentido establecer distinciones entre los dos institutos por"ue ms all de la aplicaci%n

    ciertos principios, como el de capacidad econ%mica, nos encontramos en todo caso ante ingresos pblicos e$igidosforma coactiva "ue constituyen otras tantas e$presiones del deber de los ciudadanos de #acer frente a los gastpblicos.

    El concepto de coactividad definido por la primera postura es demasiado amplio, lo "ue conlleva

    peligro de una calificaci%n de una prestaci%n patrimonial de carcter pblico dependa en demasa de circunstanciastiempo, de lugar, e incluso de sectores de la poblaci%n "ue se tomen en consideraci%n, lo "ue es esencial para unosun determinado momento y lugar puede no serlo para otro.

    0or un lado la postura "ue defiende la particularidad del concepto de prestaci%n patrimonial de carcter pblico tieuna justificaci%n y parece e$plicar raonablemente algunos casos reales, por el contrario la segunda postura #a servpara poner de relieve ciertos e"uvocos y la posible inutilidad de la primera.

    La figura de la prestaci%n patrimonial de carcter pblico, "ue es una creaci%n doctrinal y jurisprudencial, antes "legal, parece tener una justificaci%n sociol%gica y poltica derivada del incremento de los gastos pblicos y denecesidad de acudir a nuevas f%rmulas de financiaci%n pblica distinta a los tributos. La presi%n fiscal est llevandono siempre basar en el principio de capacidad econ%mica, sino otros principios como el del beneficio. 7an nacnuevos modos de obtener ingresos, el cobro de estacionamiento de ve#culos, etc. La prestaci%n patrimonial carcter pblico sirve para dotar de cobertura doctrinal a todos estos supuestos, a la ve "ue, al e$igirse

    establecimiento a trav&s de ley, se le somete a una cierta racionalidad. Surge la nueva parafiscalidad.

    1e acuerdo con ello, las prestaciones patrimoniales cubriran los pagos e$igibles en los siguientes supuestos:

    3uando resulta de una obligaci%n impuesta a un particular por un Ente pblico. 0ago por el 1!

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    un"ue #ay sectores de la doctrina "ue no estn de acuerdo:

    7ay "ue se*alar "ue naci% con el prop%sito de dar un contenido propio y especfico al art. 8.8 3E.

    e$iste el ms mnimo indicio en el proceso de elaboraci%n y aprobaci%n de la 3E "ue induca a pensar "ueconstituyente pretenda aludir con esa e$presi%n a otros ingresos pblicos distintos del tributo.

    E$iste una idea compartida por la doctrina segn la cual el principio de capacidad econ%mica no tie

    por "u& #acerse presente con la misma fuera en todos los tributos. Es evidente "ue el 0?, por ejemplo, el respetoprincipio e$ige "ue se estableca un mnimo e$ento y unas tarifas progresivas, pero el principio puede respetarse otros tributos, por ejemplo en el caso de las tasas, simplemente a trav&s de una e$enci%n para ciertos ciudadanos,

    esto es as, "ue puede #aber ciertos tributos "ue no graviten e$clusivamente sobre el principio de capacidecon%mica, la utilidad de la figura de la prestaci%n patrimonial se diluye en buena medida.

    Las situaciones de monopolio se e$plican raonablemente bien adecuadamente, sin necesidad de acu

    a la figura de la prestaci%n patrimonial. Si son de derec#o, se agotan con su propio establecimiento y si son de #ec#ay "ue aplicar las normas de defensa de la competencia, en ve de santificar las contraprestaciones debidas conformalidad de su establecimiento a trav&s de ley.

    Las situaciones a las "ue pretende dar soluci%n las prestaciones patrimoniales tenan fcil acomodo

    la clasificaci%n tripartita de los tributos anteriores a =@=, si comportaban ejercicio de potestades pblicascontraprestaci%n era una tasa, o una contribuci%n especial y si no lo comportaban la contraprestaci%n era un preccon las especialidades "ue se derivaban de la intervenci%n de un ente pblico.

    0odemos indicar "ue la figura de la prestaci%n patrimonial de carcter pblico guarda estrec#a relaciones con latributo, pero todava no se #a aclarado sus contornos y no se #a demostrado su utilidad para resolver los conflictplanteados en los supuestos de aplicaci%n lo "ue es "ue legitima los institutos jurdicos y lo "ue los #ace perdurar entiempo.

    Los recursos econmicos del Estado Peruano

    Los gastos del gobierno de basan en el presupuesto nacional que se presentan cada ao al Congreso de la Repblic

    El presupuesto del Estado es un programa econmico y social que le permite al gobierno llevar a cabo los objetivos q

    pretende alcanzar. El presupuesto tambin es un plan de accin que evita que se hagan obras o se hagan gastosq

    no hayan sido planificados.

    El Presupuesto contiene el total de ingresos y gastos que desarrollar el gobierno durante un ao, para poder cum

    con su objetivos y funciones.

    Se considera como ingreso toda operacin que sirve como mecanismo de financiamiento y como gasto o egreso a totransaccin que implica un uso de esos fondos.

    El Presupuesto debe estar equilibrado entre sus ingresos y egresos. Est prohibido autorizar un gasto sin

    financiamiento correspondiente.

    Los principales ingresos provienen de los tributos:

    Los tributos son pagos en efectivo que hacen las personas y las empresas por las ganancias que obtienen, por

    operaciones de venta. Los tributos slo pueden ser creados por Ley aprobada por el Congreso de la Repblica.

    Impuestos:Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas (IGV), entre otros.

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    Tasas:Pagos que efectan los ciudadanos cuando realizan trmites u operaciones con el Esta

    peruano, en todos los campos, por ejemplo: para obtener licencia para explotar una mina o para fabri

    medicamentos; venta de formularios para sacar certificados de antecedentes penales o judiciales; etc. Todos es

    pagos se hacen en las ventanillas del Banco de la Nacin.

    Contribuciones:Para sostener el Sistema Nacional de Pensiones, para financiar la Capacitacin

    Investigacin, para hacer Obras Pblicas, entre otros.

    Los ingresos tambin provienen de la venta de bienes del Estado, por ejemplo, cuando el Estado peruano vende u

    empresa pblica o vende combustibles; por la prestacin de servicios, por ejemplo, por el transporte areo

    pasajeros en los aviones de la Fuerza Area.

    La otra gran fuente de ingresos del Estado peruano son las operaciones de crdito (endeudamiento pblico), puede

    con organismos externos o con instituciones internas.

    El Estado peruano tambin recibe donaciones de organismos internacionales.

    Los principales gastos programados en el Presupuesto, son los siguientes:

    Los gastos destinados al mantenimiento u operacin de los servicios que presta el Estado, por ejemp

    el pago de los sueldos y salarios de todos los servidores pblicos (funcionarios, maestros, mdicos, enfermer

    ingenieros, jueces, fiscales, policas, militares, pensionistas, personal administrativo, personal de mantenimiento, e

    el mantenimiento de escuelas, hospitales, carreteras, puentes, oficinas, comisaras, cuarteles, etc.

    Los gastos destinados al aumento de la produccin o al incremento inmediato o futuro del patrimonio

    Estado. Por ejemplo, la construccin de escuelas, hospitales, carreteras, puentes, represas, estadios o camp

    deportivos, museos, oficinas para las instituciones pblicas, centrales hidroelctricas, red de agua potables, red

    alcantarillado, etc.

    Los gastos destinados al cumplimiento del pago de la deuda pblica, sea interna o externa.

    Fuente: [Sunat]

    - El ingreso pblico es siempre una suma de dinero

    Atendiendo a esta afirmacin entendemos por tanto que no sern ingresos pblicos las prestaciones que los entes pblicos pued

    recibir pero que no tienen la forma de recursos monetarios, sino por ejemplo de prestaciones en espe

    Adems, y como ejemplo, no se considerarn tampoco ingresos pblicos aquellos bienes que los entes pblicos puedan adqumediante expropiacin forzosao confiscacin.

    DISTRIBUCIN DEL INGRESO

    Este concepto se usa en el contexto de la Economay las fnanzas pblicas.

    Manera en que se reparte elIngresototal de unaSociedad.

    http://www.derecho-administrativo.com/2013/03/sistema-de-expropiacion.htmlhttp://www.eco-finanzas.com/economia.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/S/SOCIEDAD.htmhttp://www.derecho-administrativo.com/2013/03/sistema-de-expropiacion.htmlhttp://www.eco-finanzas.com/economia.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/S/SOCIEDAD.htm
  • 7/24/2019 Zel Minero

    9/10

    Cuando el reparto tiene lugar entre los a!tores de la produ!!i"n# se $a%la de Distribucinun!ional delIngres

    adopta la or'a de %enei!ios#Rentas# intereses & salarios.

    Cuando el reparto del ingreso tiene lugar entre los indi(iduos se $a%la de distri%u!i"n personal delIngreso.

    La teor)a de laDistribucin del Ingresoes una ra'a de la teor)a e!on"'i!a que intenta e*pli!ar !"'o

    deter'inan los Preciosde los a!tores de la produ!!i"n & por tanto# el Ingresoque ellos re!i%en. En !a'%io

    distri%u!i"n personal del ingreso no est+ or'al'ente in!luida en la teor)a e!on"'i!a porque depende de

    !ondi!iones institu!ionales# tri%utarias & so!iales e*istentes en !ada pa)s.DISTRIBUCIN DEL INGRESO

    Teor)a de laProductiidad !arginalde laDistribucindelIngresoEnEstadode E"uilibrio# todos

    a!tores de la produ!!i"n re!i%en inal'ente retri%u!iones de a!uerdo !on su Productiidad#la !ual se 'ide !on %

    en el #alordelProducto !arginal.

    DISTRIBUCION DEL INGRESO

    Es un indi!ador e!on"'i!o glo%al que 'uestra la rela!i"n entre la po%la!i"n & elIngresona!ional en un perio

    deter'inado.

    Muestra la or'a en que se distri%u&e elIngreso $acionalentre los dierentes a!tores de la produ!!

    ,%ierra#%raba&o# 'apital& organi-a!i"n. De esta 'anera# a la%ierrale !orresponde laRenta/ al %raba&o

    sueldo & el salario/ al 'apital# la (anancia& el Inter)s/ & a la organi-a!i"n el*enefcio.

    El !on0unto de sueldos# salarios# (anancias# intereses &Rentasor'an el Ingresona!ional# que se distri%u&e en

    todos aqu1llos que !ontri%u&en a !rearlos. 21!" #arpeta $edaggica %istribucin de los ingresos del guano &o comments

    Distribucin De Los Ingresos Del Guano

    Distribucin de los ingresos del guano'os ingleses, quienes ten(an los bonos de la deuda externa, exigieron al $er su cancelacin. #astilla, presionado, pidi un nueempr*stito por el cual se coloc en los bancos de +nglaterra gran cantidad de beneficios generados por el comercio del guano.

    e aprob la 'ey de #onsolidacin de la %euda +nterna, donde el -stado reconoci los compromisos econmicos desde comien

    de las guerras por la +ndependencia. -ste dinero sir)i en realidad para aumentar el enriquecimiento de la burgues(a incipiente$er.

    Los consignatarios, hacendados enriquecidos y otros, no crearon un slido mercado interno, ni sentaron las bases

    el desarrollo agrcola ni industrial. Los grupos de familias poderosas optaron por dirigir sus capitales, en prstamos

    un Estado en permanente dficit fiscal, o invertir en actividades con venta segura en el mercado externo. Entre 186

    1866, los comerciante nacionales quienes lograron desplazar a la Casa Gibas en la consignacin del guano, hicie

    prstamos cuantiosos al Esta

    La distribuci%n de la ri"uea en las onas rurales del pas es una tarea "ue le compete al Estado y no

    los empresarios,se*al% #oy el presidente ejecutivo de la minera Auenaventura, >o"ue Aenavides.

    3on estas declaraciones, el ejecutivo refut% la crtica "ue se le #ace al empresariado de algunos sectores entre ello

    minerosobre la desigualdad e$istente en las onas donde operan.

    http://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION_DEL_INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION_DEL_INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION_DEL_INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRECIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/E/ESTADO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/E/ESTADO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/E/ESTADO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/E/EQUILIBRIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/V/VALOR.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTO_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTO_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTO_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO_NACIONAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO_NACIONAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO_NACIONAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TRABAJO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TRABAJO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/C/CAPITAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/C/CAPITAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TRABAJO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/C/CAPITAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/G/GANANCIA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INTERES.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/B/BENEFICIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/B/BENEFICIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/G/GANANCIA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttps://plus.google.com/115674947740007098600http://historiadelperu.carpetapedagogica.com/search/label/Distribuci%C3%B3n%20de%20los%20ingresos%20del%20guanohttp://historiadelperu.carpetapedagogica.com/2014/02/distribucion-de-los-ingresos-del-guano.html#comment-formhttp://historiadelperu.carpetapedagogica.com/2014/02/distribucion-de-los-ingresos-del-guano.htmlhttp://elcomercio.pe/tag/321610/empresarios-peruanos?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/321610/empresarios-peruanos?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION_DEL_INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRECIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/D/DISTRIBUCION.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/E/ESTADO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/E/EQUILIBRIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTIVIDAD.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/V/VALOR.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/P/PRODUCTO_MARGINAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO_NACIONAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TRABAJO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/C/CAPITAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TIERRA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/T/TRABAJO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/C/CAPITAL.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/G/GANANCIA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INTERES.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/B/BENEFICIO.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/G/GANANCIA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/R/RENTA.htmhttp://www.eco-finanzas.com/diccionario/I/INGRESO.htmhttps://plus.google.com/115674947740007098600http://historiadelperu.carpetapedagogica.com/search/label/Distribuci%C3%B3n%20de%20los%20ingresos%20del%20guanohttp://historiadelperu.carpetapedagogica.com/2014/02/distribucion-de-los-ingresos-del-guano.html#comment-formhttp://historiadelperu.carpetapedagogica.com/2014/02/distribucion-de-los-ingresos-del-guano.htmlhttp://elcomercio.pe/tag/321610/empresarios-peruanos?ref=nota_economia&ft=contenido
  • 7/24/2019 Zel Minero

    10/10

    B/odos merecemos tener ms oportunidades. 0ero eso no "uiere decir "ue las empresas privadas"ue estn en

    punta del cerro sean las encargadas de redistribuir la ri"uea. 0ara eso elegimos a los gobernantes a nivel nacion

    regional y localC, precis% durante su participaci%n en la 31E '('.

    Aenavides dijo tambi&n "ue actualmente la inversi%n privadaes la "ue viene impulsando el crecimiento de la econom

    nacional. B

    BEn el 0er, del ((D de la inversi%n, '(D es e$tranjera y el @(D es inversi%n nacional. Es el sector privado el "

    est liderando el crecimiento de nuestro pas. !o es un public#erryF, es simplemente una realidad "ue va desde

    empresario ms #umilde #asta el ms grande GHI lo cierto es "ue los empresarios cumplimos una funci%n, pero podemos cumplir todasC, a*adi%.

    En otro momento, el empresario consider% "ue los conflictos socialesen el rubro minero resaltan ms debido a "ue s

    actividades se concentran en onas rurales, aun"ue precis% "ue ello no es culpa e$clusiva de los inversionistas.

    BJo no "uiero "uitar cuerpo a las responsabilidades "ue tiene el sector privado. Lo "ue no estoy dispuesto a aceptar

    "ue tengamos toda la responsabilidad. Es evidente el compromiso de la gran mayora de empresarios peruanos po

    desarrollo de nuestro pasC, acot% el 3E+ de Auenaventura.

    http://elcomercio.pe/tag/147194/inversion-privada?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/358669/cade-2012?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/147194/inversion-privada?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/25465/conflictos-sociales?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/166009/roque-benavides?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/147194/inversion-privada?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/358669/cade-2012?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/147194/inversion-privada?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/25465/conflictos-sociales?ref=nota_economia&ft=contenidohttp://elcomercio.pe/tag/166009/roque-benavides?ref=nota_economia&ft=contenido