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1 XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007 Año. 3 RELACION DE ACUERDOS TOMADOS EN LA SESION ORDINARIA DE CABILDO DE CARÁCTER PRIVADA Y EXTRAURGENTE, CELEBRADA POR EL XVIII AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, EL DIA 04 DE JULIO DEL AÑO 2007, A LAS 08:00 HORAS, EN LA SALA DE JUNTAS DE LA OFICINA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL, SITO EN AVENIDA REFORMA NO. 80, ESQUINA CON BULEVAR RAMIREZ MENDEZ DEL FRACCIONAMIENTO BAHIA DE ESTA CIUDAD. Se pasó lista de asistencia, haciéndose constar la presencia del C. Presidente Municipal, César Mancillas Amador, del Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano y Rocío López Gorosave, contándose con la asistencia de once de los quince munícipes que integran el Cabildo; declarándose Quórum Legal y la formal instalación de esta Sesión Extraordinaria de Cabildo, por el C. Secretario Fedatario, Lic. Julio César Arenas Ruíz. 148.1489 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Orden del Día de la Primera Sesión Ordinaria Mensual de Cabildo de carácter privada, celebrada el día 04 de Julio de 2007. Con las acotaciones solicitadas de retirar los Asuntos Nos. 11 y 13 del Punto Quinto y se turnan a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal. - - La votación fue la siguiente: - Once votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Cuatro ausencias momentáneas correspondientes a los Regidores, Adela Lozano López, José Felipe Romero Guzmán, Gilberto Flores Muñóz y Orlando Toscano Montaño. 148.1490 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, la dispensa de lectura del Acta de la Sesión Extraordinaria, celebrada el día 08 de Junio de 2007 y Dispensa de presentación del Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Junio del año 2007, en virtud de no estar terminada su transcripción. - - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Georgina Posada Aparicio, Presidente Municipal César Mancillas Amador Síndico Procurador Isaac Chapluk Pabloff Regidores Adela Lozano López Rocío López Gorosave Gilberto Flores Muñoz Ricardo Lomelí Sedano Ernesto Pedrín Márquez Armando Reyes Ledezma Georgina Posada Aparicio Maria Nélida Pelayo Ponce José Felipe Romero Guzmán Alfonso Talavera Hernández Jesús Salvador Abarca Macklis Arnoldo Carlos García Guerrero Orlando A. Toscano Montaño Secretario Fedatario Julio César Arenas Ruiz

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XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007

Año. 3

RELACION DE ACUERDOS TOMADOS EN LA SESION ORDINARIA DE CABILDO DE

CARÁCTER PRIVADA Y EXTRAURGENTE, CELEBRADA POR EL XVIII AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, EL DIA 04 DE JULIO DEL AÑO 2007, A LAS 08:00 HORAS, EN LA SALA DE JUNTAS DE LA OFICINA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL, SITO EN AVENIDA REFORMA NO. 80, ESQUINA CON BULEVAR RAMIREZ MENDEZ DEL FRACCIONAMIENTO BAHIA DE ESTA CIUDAD.

Se pasó lista de asistencia, haciéndose constar la presencia del C. Presidente Municipal, César Mancillas Amador, del Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano y Rocío López Gorosave, contándose con la asistencia de once de los quince munícipes que integran el Cabildo; declarándose Quórum Legal y la formal instalación de esta Sesión Extraordinaria de Cabildo, por el C. Secretario Fedatario, Lic. Julio César Arenas Ruíz.

148.1489 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Orden del Día de la Primera Sesión Ordinaria Mensual de Cabildo de carácter privada, celebrada el día 04 de Julio de 2007. Con las acotaciones solicitadas de retirar los Asuntos Nos. 11 y 13 del Punto Quinto y se turnan a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal. - - La votación fue la siguiente: - Once votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Cuatro ausencias momentáneas correspondientes a los Regidores, Adela Lozano López, José Felipe Romero Guzmán, Gilberto Flores Muñóz y Orlando Toscano Montaño.

148.1490 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, la dispensa de lectura del Acta de la Sesión Extraordinaria, celebrada el día 08 de Junio de 2007 y Dispensa de presentación del Acta de la Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de Junio del año 2007, en virtud de no estar terminada su transcripción. - - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Georgina Posada Aparicio,

Presidente Municipal César Mancillas Amador

Síndico Procurador

Isaac Chapluk Pabloff

Regidores Adela Lozano López Rocío López Gorosave

Gilberto Flores Muñoz Ricardo Lomelí Sedano Ernesto Pedrín Márquez Armando Reyes Ledezma

Georgina Posada Aparicio Maria Nélida Pelayo Ponce José Felipe Romero Guzmán Alfonso Talavera Hernández

Jesús Salvador Abarca Macklis Arnoldo Carlos García Guerrero Orlando A. Toscano Montaño

Secretario Fedatario

Julio César Arenas Ruiz

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XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007

Año. 3

María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Cuatro ausencias momentáneas correspondientes a los Regidores, Adela Lozano López, José Felipe Romero Guzmán, Gilberto Flores Muñóz y Orlando Toscano Montaño.

148.1491 Se aprobó por votación nominal y unánime de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 022/07, presentado por la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del XVIII Ayuntamiento, Coordinada por el C. Regidor, Jesús Salvador Abarca Macklis, tomando como principal fundamento el artículo 115 constitucional y 82 de la Constitución Estatal, y cumpliendo con el principio de celeridad en los asuntos que le competen de conformidad con el artículo 116 fracciones IV y V del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, analizó el Asunto relativo a la solicitud realizada por los C. Sindico Procurador Lic. Isaac Chapluk Pabloff y C. Tesorero Municipal, C.P. José Arturo Agüero Bastidas, en relación a solicitud de transferencias a las partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, lo anterior para dar cumplimiento al articulo 43 Fracción IV de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Baja California.

Esta Comisión con fundamento en el Artículo 5 fracción IV de la Ley de Régimen

Municipal del Estado de Baja California, y en base al Artículo 6, 10, 73 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa de referencia bajo los siguientes: ANTECEDENTES.-

PRIMERO.- con fechas 04 y 21 de junio del presente año, el C. Tesorero Municipal y Sindico Procurador, presentaron propuesta a Presidencia Municipal con No. de Oficios 0666, y 0718 referente a las solicitudes para realizar Creación de Partidas Ampliaciones y Transferencias en sus partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007.

SEGUNDO.- Con fechas 11 y 22 de Junio del presente año y número de oficio 002215, el C. Secretario Fedatario del Ayuntamiento Lic. Julio Cesar Arenas, turnó a esta Comisión la propuesta del Presidente Municipal presentada en las Sesiones Ordinaria de fecha 06 de Junio y Extraordinaria de fecha 22 de Junio del presente año relativo a las solicitudes del Sindico Procurador y Tesorero Municipal según oficios No. 0666 y 0718 de autorización para realizar Creación de partidas, Ampliaciones y Transferencias a sus Partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007.

TERCERO.- En Sesión de trabajo de esta comisión llevada a cabo el día 22 de Junio del año en curso con la presencia de los Regidores Jesús Salvador Abarca Macklis, Alfonso Talavera Hernández, Héctor Luna Serrano, Maria Nélida Pelayo Ponce y Gilberto Flores Muñoz, se estudiaron, discutieron y analizaron tanto la solicitud del C. Tesorero Municipal y Sindico Procurador, así como las constancias que integran el expediente relativo, avocándose a la elaboración del presente dictamen en el sentido que se presenta.

CUARTO.- De acuerdo con los antecedentes indicados, la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, con las atribuciones antes señaladas, presenta a consideración del Pleno del Cabildo el presente dictamen bajo los siguientes: CONSIDERANDOS.-

En virtud de las situaciones económicas, sociales y financieras que se han venido presentando durante esta Administración Municipal, se hace evidente la necesidad de administrar eficientemente los recursos de la misma, lo que representa la exigencia de un buen manejo de las finanzas con que cuenta este Ayuntamiento, teniendo como principal finalidad la de prestar los servicios públicos en la manera requerida por la ciudadanía.

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Ante la evidente existencia de necesidades que cubrir en todas las áreas que son competencia de la administración municipal, mismas que son enfocadas al servicio y funciones públicas, las dependencias municipales han realizado diversas observaciones fundadas y motivadas a la Tesorería Municipal, para efectos de sugerir de que manera se pueden optimizar los recursos que tiene destinados para el ejercicio Fiscal 2007, específicamente las Dependencia que han manifestado su necesidad de crear partidas y realizar transferencias de recursos son: COMERCIO MUNICIPAL, DIRECCION DE DESARROLLO REGIONAL, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, PROTURISMO DE ENSENADA y DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES.

Por tales razones, es que esta comisión procedió a la revisión y estudio de la solicitud presentada por el C. Tesorero Municipal, y el C. Sindico Procurador, la cual se presenta en los siguientes términos:

Oficio número DCM/136/07 COMERCIO MUNICIPAL en el que solicita autorización para realizar TRANSFERENCIAS por la cantidad de $ 58,127.62 (Son cincuenta y ocho mil ciento veintisiete pesos 62/100 M.N.)

RAMO DEPENDENCIA DE LA PARTIDA A LA PARTIDA

PRESUPUESTO A CANTIDAD A TRANS % ACUM. SI SE AUTORIZA

Secretaria del ayunta Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic

2101.- materiales yoficina 67,127.62 2,427.62 17.02

Secretaria del ayunta Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic 2102.- material de 67,127.62 3,000.00 21.49

Secretaria del ayunta Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic

2301.- refacciones,herramientas 67,127.62 20,000.00 51.28

Secretaria del ayunta Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic

2302.- refacciones para equipo de co 67,127.62 1,000.00 52.77

Secretaria del ayunta Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic

3503.- mantenimienconservación de mequipo

67,127.62 20,000.00 82.57

Secretaria del ayunta

Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic

5204.- equipos y apcomunicación y telecomunicación

67,127.62 6,000.00 91.50

Secretaria del ayunta Comercio municip 5303.- vehículos y edestinados al servic 5206.- bienes inform67,127.62 5,700.00 100.00

TOTAL 58,127.62

Oficio número DDR/27105/07 DE DIRECCION DE DESARROLLO REGIONAL en el que solicita autorización para realizar TRANSFERENCIAS por la cantidad de $ 16,460.62 (Son dieciséis mil cuatrocientos sesenta pesos 62/100 M.N.)

RAMO DEPENDENCIA DE LA PARTIDA A LA PARTIDA PRESUPUESTO AU CANTIDAD A % ACUM. SI SE A

Secretaria del ayu11 Desarrollo Regional 2102.-material de lim2604.- combustible, lubric

para vehículos terrestres 5,376.90 3000.00 55.79

Secretaria del ayu11 Desarrollo Regional 2204.-productos ali

el personal en las in2604.- combustible, lubricpara vehículos terrestres 12,466.56 4000.00 32.08

Secretaria del ayu11 Desarrollo Regional 2301.-refacciones,

herramientas 2604.- combustible, lubricpara vehículos terrestres 16,302.42 5000.00 45.39

Secretaria del ayu11 Desarrollo Regional 2302.-refacciones

para equipo de co2604.- combustible, lubricpara vehículos terrestres 2,876.90 2800.00 97.32

Secretaria del ayu11 Desarrollo Regional 2701.-vestuario

blancos 2604.- combustible, lubricpara vehículos terrestres 9,589.66 1660.00 17.31

TOTAL 16,460.00

Oficio número CA/2063/XVIII/2007 SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA en el que solicita autorización para realizar AMPLIACION Y CREACION DE PARTIDA “5204.- equipos y aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones por la cantidad de $ 2´111,000.00 (Son dos millones ciento once mil pesos 00/100 M.N.)

RAMO DEPENDENCIA PARTIDA A TRANSFERIR SECRETARIA DE

SEGURIDAD PUBLICA

SEGURIDAD PUBLICA 5204.- equipos y aparatos de

comunicaciones y telecomunicaciones

00

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MUNICIPAL

Oficio número SDA/0-079/XVIII/2007 SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA en el que solicita autorización para realizar AMPLIACION por la cantidad de $ 439,051.90 (Son cuatrocientos treinta y nueve mil cincuenta y un pesos 90/100 M.N.)

RAMO DEPENDENCIA PARTIDA CANTIDAD A TRANSFERIR

SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL

EGURIDAD PUBLICA ulos y equipo terrestre para la ejecución de programas de seguridad publica 439,051.90

Oficio número 260 de la SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO en el que solicita autorización para realizar TRANSFERENCIAS por la cantidad de $ 22,144.87 (Son veintidós mil ciento cuarenta y cuatro pesos 87/100 M.N.) y AMPLIACION por la cantidad de $90,000.00 ( Son noventa mil pesos 00/100)

RAMO DEPENDENCIA DE LA PARTIDA LA PARTIDA PRESUPUESTO AUTORIZADO

CANTIDAD A TRANSFERIR

% ACUM. SI SE AUTORIZA

Secretaria del ayuntamiento 4-1-13

Administración de la bufadora

33201.-arrendamiento de edificios y locales

33505.- servicio de lavandería, limpieza, higiene y fumigación

442,000.00 114,000.00 333.33

Secretaria del ayuntamiento 4-1-13

Administración la bufadora

33817.-viáticos nacionales para servidores públicos

33505.- servicio de lavandería, limpieza, higiene y fumigación

23,015.18 88,144.90

335.38

TTOTAL 222,144.87

RAMO DEPENDENCIA PARTIDA CANTIDAD A TRANSFERIR

Secretaria del ayuntamiento 4-1-13 Administración la bufadora 5.- servicio de lavandería, limpieza,

higiene y fumigación 90,000.00

Oficio número DPE/152/07 PROTURISMO DE ENSENADA por medio del cual solicita autorización para realizar Ampliaciones presupuestales a diferentes partidas del primer trimestre de 2007, por la cantidad de $549,320.00 (Son quinientos cuarenta y nueve mil trescientos veinte pesos 00/100 m.n.) Oficio número DOSPM-AD-001128/07 de la DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES, en el que solicita autorización para realizar AMPLIACION PRESUPUESTAL de la partida 2304 “MATERIALES PARA PAVIMENTACION”.

RAMO DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

SECRETARIA DE ADMINISTRACION

URBANA

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS 7-5-71

2304 MATERIALES PARAPAVIMENTACIO

AMPLIACION PRESUPUESTAL 1’500,000.00

TOTAL: $ 1’500,000.00

Por lo que al tenor de tales disposiciones y argumentos, y toda vez que es facultad plena de el Ayuntamiento para administrar sus recursos en la forma que más convenga al interés social y en análisis de las potestades que la Constitución Federal y demás disposiciones estatales otorgan a los Ayuntamientos para administrar sus bienes, ésta comisión concluyó y determinó que es necesario que se apruebe por el Pleno de este H. Cabildo el presente dictamen para efectos de que se transfieran las partidas presupuestales antes descritas en los términos mencionados.

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En consecuencia se somete a consideración para la aprobación del Pleno del Cabildo el siguiente: PUNTO DE ACUERDO

UNICO.- Se apruebe por este H. Ayuntamiento el presente dictamen en todos sus términos, y se autorice la creación de partidas, transferencias o ampliaciones a partidas del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2007, por la cantidad de $4’786,105.01 M.N. (*cuatro millones setecientos ochenta y seis mil ciento cinco pesos 01/100 M.N.), de las Dependencias : COMERCIO MUNICIPAL, DIRECCION DE DESARROLLO REGIONAL, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, PROTURISMO DE ENSENAD y DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES.

La votación fue la siguiente: - Isaac Chapluk Pabloff, (a favor) Ernesto Pedrín Márquez, (a favor) Ricardo Lomelí Sedano, (a favor) Alfonso Talavera Hernández, (a favor) Georgina Posada Aparicio, (a favor) María Nélida Pelayo Ponce, (a favor) Jesús Salvador Abarca Macklis, (a favor) José Felipe Romero Guzmán, (a favor) Arnoldo Carlos García Guerrero, (a favor) Héctor Luna Serrano, (a favor) Rocío López Gorosave (a favor) Presidente Municipal, César Mancillas Amador, (a favor).

148.1492 Se aprobó por mayoría de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 023/07, presentado por la Comision de Hacienda y Patrimonio Municipal, Coordinada por el C. Regidor, Jesús Salvador Abarca Macklis. - - Que por acuerdo del H. Cabildo tomado en la Sesión Extraordinaria de fecha 22 de Junio de 2007, se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada Baja California se turnara a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, para que se emita el dictamen correspondiente a la solicitud del C. OFICIAL MAYOR DEL AYUNTAMIENTO MARIO FALOMIR FONSECA, para autorizar la desincorporación del dominio publico y autorización de enajenación de la fracción de 16.913 M2. del Lote 8, Manzana 25, ubicado en la Col. Hidalgo de esta ciudad, solicitud que se analiza y se resuelve bajo los antecedentes, considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante oficio No. 02450 de fecha 22 de Junio del 2007, el C. Secretario Fedatario de la actual administración Municipal Lic. Julio César Arenas Ruiz, remitió a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal de éste H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California con el fin de que se emita el dictamen correspondiente a la solicitud del C. Oficial Mayor del Ayuntamiento para la desincorporación del dominio publico y autorización de enajenación de la fracción del Lote 8, Manzana 25 de la Colonia Hidalgo, acompañándose el escrito de solicitud de parte del C. Oficial Mayor del Ayuntamiento, del escrito de ofrecimiento de compra de la fracción de 16.913 M2. de parte del C. IGNACIO RUIZ VARGAS, del avalúo de los terrenos antes indicados expedido por la Comisión Estatal de Avalúos de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado de Baja California, del plano que contiene la subdivisión de los predios, así como fotografías de la fracción en cuestión

Con el antecedente anterior, los Suscritos Regidores integrantes de las Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, SALVADOR ABARCA MACKLIS, ALFONSO TALAVERA HERNANDEZ y MA. NELIDA PELAYO PONCE, respectivamente de este H. XVIII Ayuntamiento, mediante convocatoria del coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, siendo las 11horas del día 03 de julio del presente año, nos reunimos en la Sala de Juntas “María Emmer de Carrillo” ubicada en el área de Regidores que se encuentra en la Parte Alta del Palacio Municipal con Domicilio en Av. Reforma #80, esquina Blvd. Ramírez Méndez, con el objeto de resolver y dictaminar lo procedente a la solicitud relativa a la desincorporación del dominio publico y autorización de enajenación de la fracción del Lote 8 Manzana 25 antes mencionado propiedad del Ayuntamiento, bajo los siguientes

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considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que de acuerdo a la documentación exhibida, se desprende que el solicitante es propietario del inmueble identificados como Lote 8 de la Manzana No. 25 de la Col. Hidalgo de esta ciudad, y como consecuencia es colindante con el Callejón de Servicio, con las siguientes medidas y colindancias: AL SUR 3:724 metros con Limite de predio AL ESTE 10:00 metros con Libramiento Sur AL OESTE 9:289 metros con Fracción Lote 7. II.- La solicitud de compraventa que formaliza el solicitante para adquirir en compraventa la superficie de 16.913 metros cuadrados de el callejón que colinda con el predio de su propiedad, la apoya en razón de que ese citado callejón nunca se ha instalado ningún servicio en beneficio de los colindantes y por otra parte ofrece pagar un precio superior al que llegue a establecer la Comisión Estatal de Avalúos dependiente de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Estado de Baja California. III.- Analizada que fue la solicitud de referencia, y tomando en consideración, que existe la opinión favorable de parte del C. Mario Falomir Fonseca en su calidad de Oficial Mayor de esta Administración Municipal para que se apruebe la venta del callejón de servicio mencionado y que es colindante con el inmueble del solicitante, en razón de que el departamento de bienes inmuebles dependientes de esta oficina (Oficialía Mayor), manifestó que no existe impedimento para que dicho terreno le sea vendido al solicitante C. Ignacio Ruiz Vargas toda ves que dicho terreno no tiene utilidad para el Ayuntamiento ya que los servicios públicos no pasan a través de este y además el solicitante es propietario del terreno que colinda con el callejón. IV.- Este callejón de servicios forma parte de los bienes del dominio privado del Municipio de Ensenada, que no están destinadas a uso común, y por ende no corresponden al régimen del dominio público, ni se requieren para destinarse a la prestación de un servicio público o al uso común. V .- Analizada que fue la solicitud de referencia, y tomando en consideración, que existe la anuencia de parte del Oficial Mayor de esta Administración Municipal en que se emita el dictamen correspondiente en el sentido de que se apruebe la venta del callejón de servicio, referido anteriormente en favor del solicitante y dado el caso que esa superficie de terreno que fue solicitada en compraventa no corresponden al régimen del dominio publico ni se destinara a la prestación de un servicio publico o de uso común y siendo el solicitante colindante de esta fracción, esta Comisión dictaminadora determina que se debe de aprobar la autorización para que este H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada Baja California formalice y lleve a cabo el contrato de compraventa en cuestión, en la inteligencia, si bien es cierto que la Comisión Estatal de Avalúos dependiente de la Dirección de Control Urbano y Evaluación Gubernamental del Estado de Baja California. le asigno la cantidad de $1,300.00 por metro cuadrado, esta comisión tiene a bien de que se establezca como precio por metro cuadrado la cantidad de $1,300.00 m. n. , en la inteligencia que se autoriza que los ingresos que se obtengan por motivo de esa operación de compraventa se deberán de destinar para ampliar diversas partidas presupuestales para la prestación de los servicios públicos que presta esta administración municipal. VI .- Ahora bien tomando en consideración de que el bien inmueble referido anteriormente, pertenece al régimen de bienes propios del Municipio que son susceptibles de enajenación, la venta de ellos que hoy se autoriza mediante el presente dictamen, se deberá de efectuar en los términos establecidos en este acuerdo sea cual fuere su valor.

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En consecuencia de lo anterior, se autoriza que se tenga por desincorporado del régimen como bienes propios del H. Ayuntamiento del Municipio de Ensenada, Baja California, el inmueble referido en el primer punto resolutivo, en consideración de la autorización que se ha otorgado para la venta del citado inmueble. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los Artículos 115 Constitucional, Artículo 82 de la Constitución Libre y Soberana del Estado de Baja California, Artículo 1º. 3, 9, 13, 15, 16, y demás relativos del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 12, 21 y demás relativos del reglamento de Bienes Patrimoniales del Municipio de Ensenada Baja California, los artículos 76, 77, 78, 79, 105, 109 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada Baja California, solicitamos y proponemos al C. Presidente Municipal que someta a discusión el presente dictamen, para que de no existir inconveniente legal alguno éste H. Cabildo, apruebe el presente dictamen bajo los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS:

PRIMERO.- La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal de éste H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, dictaminamos autorizar la venta de 16.913 metros cuadrados del Callejón de Servicio descrito en el considerando II de ésta resolución, mismas que se encuentran inscritas ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio como propiedad del H. XVIII Ayuntamiento del Municipio de Ensenada, Baja California. SEGUNDO.- Mediante el presente dictamen se aprueba que el producto que se obtenga por la venta de los inmuebles antes descritos, se destinen para ampliar las diversas partidas presupuestales para la prestación de los servicios que presta la presente Administración Municipal. TERCERO.- Se determina mediante el presente dictamen, que se tenga por desincorporado del régimen como bienes propios del H. XVIII Ayuntamiento del Municipio de Ensenada, Baja California, el inmueble referido en el primer punto resolutivo, por motivo de que mediante el presente dictamen se ha autorizado su venta, toda vez, que son de aquellos bienes que son susceptibles de enajenación, en la inteligencia que de acuerdo al artículo 21 del reglamento de Bienes Patrimoniales del Municipio de Ensenada, B. C., la venta se hará en subasta pública, sea cual fuere su valor, salvo en los casos que el interesado en su adquisición sean colindantes de tales bienes, en cuyo caso tendrá preferencia, siempre y cuando cubran el monto fijado por los peritos. Una vez que sea aprobado el presente Dictamen en la sesión de Cabildo correspondiente, se deberá convocar a subasta pública por los conductos o medios legales, la venta de los citados inmuebles, para el efecto, de que una vez que el interesado o elegido en la subasta cubra el monto aprobado como precio pactado de la operación, se formalice la venta del bien inmueble, autorizándose desde luego al C. Presidente Municipal y Secretario Fedatario, respectivamente de éste Municipio de Ensenada, Baja California para que suscriban en representación de este H. Ayuntamiento el Contrato de Compra venta correspondiente, en el entendido que los impuestos, derechos y gastos que se causen por motivo de la formalización del referido contrato de compra venta será a cargo del comprador. Dado en la sala de Presidentes en la ciudad de Ensenada, Baja California a los tres días del mes de Julio del 2007. La votación fue la siguiente: Trece votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José

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Felipe Romero Guzmán, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una abstención, correspondiente al Regidor, Gilberto Flores Muñóz. Una ausencia momentánea correspondiente al Regidor, Orlando Toscano Montaño.

148.1493 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 024/2007, que presenta la comisión de hacienda y patrimonio municipal del H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, a través de los Regidores, Lic. Jesús Salvador Abarca Macklis, Ing. Maria Nélida Pelayo Ponce y Lic. Alfonso Talavera Hernández, relativo a la autorización de la contratación se servicios de policías auxiliares para brindar vigilancia a inmuebles asegurados por las diferentes autoridades estatales y federales, asi como reemplazar elementos operativos en puntos fijos con el fin de reforzar la vigilancia en las diferentes estaciones de la ciudad, por lo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

I.- Que en fecha 25 de Junio de 2007, la C. C.P. GUADALUPE MENDEZ MALDONADO, en su carácter de Secretaria de Finanzas y Administración del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, solicita al C. LIC. JULIO CESAR ARENAS RUIZ, Secretario General del actual Ayuntamiento, mediante oficio numero SFA/247/07, solicita la contratación de Servicios de Policías Auxiliares para brindar vigilancia a inmuebles asegurados por las diferentes autoridades estatales y federales así como reemplazar elementos operativos en puntos fijos con el fin de reforzar la vigilancia en las diferentes estaciones de la ciudad, dar cumplimiento o atender solicitudes efectuadas por el Consejo Estatal Electoral de Baja California, y otros servicios especiales que se requieran. II.- Con Oficio número 002455 de fecha 22 de Junio del 2007, el C. LIC. JULIO CESAR ARENAS RUIZ, Secretario General del actual Ayuntamiento, turnó al C. REGIDOR. JESUS SALVADOR ABARCA MACKLIS, en su carácter de Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, la propuesta presentada en Sesión Extraordinaria de carácter privada y Extraurgente en la fecha antes mencionada, la solicitud de la C.P. GUADALUPE MENDEZ MALDONADO, en su carácter de Secretaria de Finanzas y Administración del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, respecto a la Autorización de la contratación de Servicios de Policías Auxiliares para brindar vigilancia a inmuebles asegurados por las diferentes autoridades estatales y federales así como reemplazar elementos operativos en puntos fijos con el fin de reforzar la vigilancia en las diferentes estaciones de la ciudad, dar cumplimiento o atender solicitudes efectuadas por el Consejo Estatal Electoral de Baja California, y otros servicios especiales que se requieran. En atención a lo anterior, el día 03 de Julio del presente año, siendo las 11:00 horas, los sucritos Regidores LIC. JESUS SALVADOR ABARCA MACKLIS, ING. MARIA NELIDA PELAYO PONCE y el C. LIC. ALFONSO TALAVERA HERNANDEZ, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, con las facultades conferidas en los artículos 1, 3, 5, 9, 13 y 16 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, 1, 3, 4, 6, 8, 10, 25, 105 y 107 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, a solicitud del Coordinador de la misma se procedió con el objeto de Analizar y Resolver el presente asunto, por lo que habiéndose discutido el mismo, se acordó resolverse bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Acuerdo que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.- I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente, de conformidad con el articulo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 76, 77 y 81 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, artículo 1, 10, 24, fracción IV, 67, 73, 105, 114 fracción II, 116, 133, 134 y demás relativos y aplicables

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del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, vigente a la fecha.

II.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, procedió al análisis del Servicio de Policías Auxiliares para brindar vigilancia a inmuebles asegurados por las diferentes autoridades estatales y federales así como reemplazar elementos operativos en puntos fijos con el fin de reforzar la vigilancia en las diferentes estaciones de la ciudad, que son las siguientes: • CASA ASEGURADA (2 ELEMENTOS, VIGILANCIA 24 HORAS) • MODULO MUNGUIA (2 ELEMENTOS, VIGILANCIA 24 HORAS) • MODULO COSTA BELLA (2 ELEMENTOS, VIGILANCIA 24 HORAS) • MODULO INDUSTRIAL (2 ELEMENTOS, VIGILANCIA 24 HORAS) • MODULO MORELOS (2 ELEMENTOS, VIGILANCIA 24 HORAS) • MODULO DIF (2 ELEMENTOS, VIGILANCIA 24 HORAS) • PARQUE REVOLUCION (1 ELEMENTO, VIGILANCIA 12 HORAS) • CAMPO LAZARO CARDENAS (1 ELEMENTO, VIGILANCIA 12 HORAS) III.- Una vez que fue Estudiada, Revisada, Analizada y Discutida la solicitud materia del presente Dictamen, así como su expediente respectivo y, disipándose todas y cada una de las dudas por parte de los Regidores presentes integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, se considera que es viable llevar acabo la Autorización de Servicios de Policías Auxiliares para brindar vigilancia a inmuebles asegurados por las diferentes autoridades estatales y federales así como reemplazar elementos operativos en puntos fijos con el fin de reforzar la vigilancia en las diferentes estaciones de la ciudad logrando con esto garantizar la seguridad en los puntos antes mencionados, logrando la cobertura de la Dirección de Policía Municipal Preventiva, sin provocar la carga financiera que implicaría la contratación directa de este servicio como empleados del municipio, evitando incrementar la plantilla de personal.

Por lo anterior ponemos a consideración de los presentes el siguiente: PUNTO RESOLUTIVO.-

UNICO.- Se aprueba por Unanimidad de votos de los Regidores presentes Integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, el presente dictamen relativo a la Autorización de la contratación de Servicios de Policías Auxiliares para brindar vigilancia a inmuebles asegurados por las diferentes autoridades estatales y federales así como reemplazar elementos operativos en puntos fijos con el fin de reforzar la vigilancia en las diferentes estaciones de la ciudad. Dado en la Sala Emmer del H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California el día 03 del mes de Julio de 2007.

La votación fue la siguiente: Doce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Un voto en contra, correspondiente al Regidor, Gilberto Flores Muñóz. Dos abstenciones, correspondientes a los Regidores, Arnoldo Carlos García Guerrero y Orlando Toscano Montaño.

148.1494 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN NÚMERO 025/2007: que presenta la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del H XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, a través de los Regidores, C. Lic. Jesús Salvador Abarca Macklis, Ing. Maria Nélida Pelayo Ponce y el c. Lic. Alfonso Talavera Hernández, respecto a la autorización del Convenio de Coordinación para la Inversión Pública en Materia de Infraestructura y Desarrollo Urbano entre el

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Ejecutivo Estatal y el Ayuntamiento de Ensenada, por lo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTEDECENTES.- I.- Que en fecha 15 de Junio de 2007, el C. LIC. SALVADOR RODRIGUEZ LUNA, en su carácter de Director de Asuntos Jurídicos del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, informa al C. QUIM. CESAR MANCILLAS AMADOR, Presidente Municipal del actual Ayuntamiento, mediante oficio numero DAJ/0347/2007, que en fecha 05 de junio de 2007, se recibió Oficio numero TO4/563/2007 del Director de Planeación y Fomento a la Inversión, C. Pedro Delgado Beltrán, mediante el cual solicita la Autorización del Convenio de Coordinación para la Inversión Publica en materia de Desarrollo Urbano entre el Ejecutivo Estatal y el Ayuntamiento de Ensenada, mismo que no ha sido firmado, pues requiere la autorización previa del H. Ayuntamiento, conforme lo dispone la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California en el ultimo párrafo de su artículo 84, así como en el artículo 24 fracción II del Reglamento de la Administración Publica para el Municipio de Ensenada, en el que adicionalmente se establece como requisito la aprobación por mayoría calificada.

II.- Con Oficio número 002457 de fecha 22 de Junio del 2007, el C. LIC. JULIO CESAR ARENAS RUIZ, Secretario Fedatario del actual Ayuntamiento, turnó al C. REGIDOR. JESUS SALVADOR ABARCA MACKLIS, en su carácter de Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, la propuesta presentada en Sesión Extraordinaria de carácter Privada y Extraurgente en la fecha antes mencionada, la solicitud del LIC. SALVADOR RODRIGUEZ LUNA, en su carácter de Director de Asuntos Jurídicos del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, respecto a la autorización del Convenio de Coordinación para la Inversión Publica en materia de Desarrollo Urbano entre el Ejecutivo Estatal y el Ayuntamiento de Ensenada.

En atención a lo anterior, el día 03 de Julio del presente año, siendo las 11:00 horas, los sucritos Regidores LIC. JESUS SALVADOR ABARCA MACKLIS, ING. MARIA NELIDA PELAYO PONCE y el C. LIC. ALFONSO TALAVERA HERNANDEZ, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, con las facultades conferidas en los artículos 1, 3, 5, 9, 13 y 16 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, 1, 3, 4, 6, 8, 10, 25, 105 y 107 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, a solicitud del Coordinador de las misma se procedió con el objeto de Analizar y Resolver el presente asunto, por lo que habiéndose discutido el mismo, se acordó resolverse bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Acuerdo que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente, de conformidad con el articulo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 76, 77, 81 y 84 párrafo ultimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, artículo 24 fracción II del Reglamento de la Administración Publica Municipal para el Municipio de Ensenada, artículo 1, 10, 24, fracción IV, 67, 73, 105, 114 fracción II, 116, 133, 134 y demás relativos y aplicables del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, vigente a la fecha.

II.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, procedió al análisis del convenio de Coordinación para la Inversión Publica en materia de Desarrollo Urbano entre el Ejecutivo Estatal y el Ayuntamiento de Ensenada, mismo que a la letra dice:

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA INVERSIÓN PÚBLICA, EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO, QUE CELEBRAN POR UNA PRIMERA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL “EJECUTIVO ESTATAL”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, EUGENIO ELORDUY WALTHER, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, BERNARDO H. MARTÍNEZ AGUIRRE, CON LA

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COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO, ARTURO ESPINOZA JARAMILLO, Y DEL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, ARMANDO ARTEAGA KING; Y POR UNA SEGUNDA PARTE, EL MUNICIPIO DE ENSENADA EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL “MUNICIPIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, CÉSAR MANCILLAS AMADOR, ASISTIDO DEL SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, JULIO CÉSAR ARENAS RUÍZ; A QUIENES PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO, SE LES DENOMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO LAS “PARTES”; MISMAS QUE SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES.- I. Declara el “EJECUTIVO ESTATAL” que:

I.1 El Estado de Baja California es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 y 43, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 1 y 4, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

I.2 El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en el Gobernador del Estado, quien está facultado para proveer en la esfera administrativa todo lo que estime conveniente para el más exacto y eficaz cumplimiento de sus atribuciones, pudiendo convenir para la realización de cualquier propósito en beneficio colectivo, es por ello que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 40 y 49 fracción XXV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; y 2, 3, 6 y 7, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio.

I.3 De conformidad con lo establecido en los artículos 48, 50 y 52, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 9, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, todos los acuerdos y disposiciones que el Gobernador expida en uso de sus facultades, deben para su validez ser autorizados con la firma del Secretario General de Gobierno, y también debe firmar de conocimiento el encargado del ramo a que el asunto corresponda.

I.4 Conforme a lo dispuesto en los artículos 17, fracción V y 27, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene entre sus atribuciones, la coordinación y ejecución de los programas referentes a asentamientos humanos, vivienda y obras públicas, de acuerdo a los objetivos y metas que establezca el Plan Estatal de Desarrollo y el Gobernador del Estado; y de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 fracción IX, del Reglamento Interno de la Secretaría Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, el titular de la misma se encuentra facultado para celebrar el presente Convenio.

I.5 Según lo estipulado en los artículos 17, fracción III y 24, fracciones XIII, XVI y XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, la Secretaría de Planeación y Finanzas es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, y que entre sus atribuciones se encuentran administrar los fondos y valores del Gobierno del Estado, incluyendo su aplicación, con base en el Presupuesto Anual de Egresos, llevar el ejercicio, control, seguimiento y evaluación del gasto público del Ejecutivo Estatal, de conformidad a las disposiciones legales vigentes, efectuar los pagos que deba realizar el Gobierno del Estado, planear e integrar los programas de inversión de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal, y los derivados de convenios o de acciones concertadas de desarrollo integral que con tal fin celebre el Gobierno del Estado con la Federación y los Municipios, así mismo vigilar la administración y ejercicio de los recursos de los mismos; y de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 9 fracción XXI, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Baja

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California, el titular de la misma se encuentra facultado para celebrar el presente Convenio.

I.6 El Ejecutivo Estatal cuenta dentro del Presupuesto de Egresos autorizado, con la disponibilidad necesaria para cubrir los recursos financieros derivados del presente instrumento en la partida correspondiente, bajo el código programático 10-14-920-55101.

I.7 Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en el edificio del Poder Ejecutivo, Tercer Piso, Calzada Independencia y Avenida de los Héroes, número 994, Centro Cívico y Comercial de la ciudad de Mexicali, Baja California.

II. Declara el “MUNICIPIO” que:

II.1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, el municipio es la base de la organización territorial del Estado; es la institución jurídica, política y social, de carácter autónomo, con autoridades propias, atribuciones específicas y libre administración de su hacienda. Su objeto consiste en organizar a la comunidad asentada en su territorio, para la gestión de sus intereses y la satisfacción de sus necesidades colectivas, tendientes a lograr su desarrollo integral y sustentable, así como ejercer las funciones y prestar los servicios públicos de su competencia. Asimismo, el municipio posee personalidad jurídica, patrimonio propio y goza de plena autonomía para reglamentar directa y libremente las materias de su competencia.

II.2 Según lo dispuesto en el artículo 4, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, el Ayuntamiento es el Órgano del Gobierno del Municipio, mismo que será integrado por un Presidente Municipal, un Síndico Procurador y el número de regidores que establezca la Ley Electoral, teniendo su residencia en la cabecera de cada municipalidad y ejercerá sus atribuciones de manera exclusiva en el ámbito territorial y jurídico de su competencia.

II.3 César Mancillas Amador y Julio César Arenas Ruíz, acreditan su carácter de Presidente Municipal y Secretario General del Ayuntamiento de Ensenada, respectivamente, el primero mediante el Bando Solemne dictado por la Honorable XVIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, el día 18 de noviembre del 2004, y el segundo mediante el nombramiento que le otorgó el Presidente Municipal de Ensenada el día 01 de diciembre del año 2004.

II.4. Que el Presidente Municipal y el Secretario General del Ayuntamiento tienen facultades suficientes para celebrar el presente convenio en base al Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Ensenada, Baja California el primero con fundamento en el artículo 22, fracción II, y el segundo en base al artículo 45 fracción V.

III.5 Este Convenio se suscribe de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115, de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11, 76, 77, 78, 81, 82, Apartado A, Fracción IX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 1, 2, 3, 6, 7 fracciones I, II, y IV, 48 último párrafo, y 49 Fracción I, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California; 3, 7, 21, 22 fracción II, y 45 fracción V, del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Ensenada, Baja California.

III.6 Para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en Avenida Reforma y Boulevard Ramírez Méndez número 80, Fraccionamiento Bahía, en la ciudad de Ensenada, Baja California.

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III. Declaran las “PARTES” que:

III.1 Se reconocen recíprocamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente Convenio, contando con facultades suficientes para obligarse en los términos del presente instrumento, las cuales a la fecha de suscripción no les han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

III.2 Conforme al Plan Estatal de Desarrollo 2002-2007, al Plan de Desarrollo Urbano del Estado, y los Programas de los Centros de Población de los Municipios, y dentro del marco del Nuevo Federalismo, surge la necesidad de coordinarse, para la inversión pública, en materia de Infraestructura y Desarrollo Urbano, para lograr el crecimiento económico, político y social de la Entidad Federativa.

III.3 Reconocen el siguiente listado como el relativo al programa de inversión, así como los beneficios inherentes a su realización.

INVERSIÓN A SER APLICADA

DESCRIPCIÓN DE LA OBRA O ACCIÓN ESTADO MUNICIPIO FEDERAL TOTAL

REMODELACIÓN DEL MALECÓN(BLVD.LAZARO CARDENAS)

3,029,333.00 3,029,333.00 3,029,334.00 9,088,000.00

UMBRAL DE ACCESO Y MODULO EN LA BUFADORA, MUNICIPIO DE ENSENADA

300,000.00 300,000.00 300,000.00 900,000.00

TOTALES >>> 3,329,333.00 3,329,333.00 3,329,334.00 9,988,000.00

III.4 Es su voluntad, participar en la concretización de la obra pública de infraestructura y desarrollo urbano a que se hace referencia en este Convenio; por lo que reconocen el alcance y contenido del presente instrumento, y en virtud de ello lo suscriben en los términos siguientes, CLAUSULAS.-

PRIMERA.- El EJECUTIVO ESTATAL y el MUNICIPIO manifiestan que es su voluntad coordinarse, a efecto de establecer los lineamientos estratégicos, administrativos y financieros para la planeación, programación, definición, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras públicas, descritas en la Declaración III.3 del presente Convenio.

SEGUNDA.- La ejecución de las Obras Públicas, contenidas en la Declaración III.3 del presente Convenio de Coordinación, se realizarán de conformidad con los siguientes lineamientos:

1.- Las Partes deberán depositar la aportación de los recursos señalados en la Declaración III.3 del presente Convenio, en un plazo no mayor de diez días naturales, contados a partir de la celebración del presente instrumento jurídico, en la cuenta bancaria específica que aperture la Secretaría de Planeación y Finanzas.

2.- Las solicitudes para autorización y operación de fondos de los recursos previstos en el presente instrumento jurídico, se realizarán a más tardar el día ________ de _____________ del presente año y tendrán hasta el ______ de ________ del mismo año para empezar a ejercerlo.

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3.- El MUNICIPIO ejecutará las obras a que se refiere este Convenio, a través de la dependencia correspondiente o de la empresa, que en su caso, resulte seleccionada, previos los tramites administrativos respectivos.

4.- El MUNICIPIO se obliga a gestionar ante las instancias correspondientes los permisos, autorizaciones y documentación necesaria que se requiera para la realización las obras a que se refiere este Convenio. 5.- Las Partes convienen que el pago las obras públicas previstas en la Declaración III.3 del presente Convenio, se efectuara de la siguiente forma: a) El MUNICIPIO por conducto de la dependencia encargada de ejecutar las obras públicas, elaborara las estimaciones de la obra ejecutada de acuerdo al avance real de los trabajos en el periodo; mismas que la residencia encargada de supervisión deberá revisar y en su caso aprobar. b) En caso de existir diferencias técnicas o numéricas las Partes deberán conciliarlas dentro del mismo plazo, de no ser posible conciliar las diferencias las pendientes deberán resolverse e incorporarse en la siguiente estimación. c) Una vez conciliadas, verificadas y autorizadas por el residente de la obra, las estimaciones deberán serán presentadas ante la Secretaría de Planeación y Finanzas para su revisión, autorización o rechazo con 5 días hábiles de anticipación para su pago. 6.- Los recursos objeto del presente Convenio deberán estar devengados al 31 de diciembre de 2007. 7.- Los saldos disponibles de los recursos estatales en la cuenta bancaria específica a que se refiere el lineamiento 1 de la anterior, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2007, se reintegrarán a la Secretaría de Planeación y Finanzas. 8.- El MUNICIPIO se obliga a supervisar directamente en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las obras públicas, y resguardar la documentación comprobatoria y justificativa, conforme a los lineamientos aplicables, debiendo proporcionar todas las facilidades a las instancias de control competentes para el ejercicio de sus facultades. 9.- El MUNICIPIO se obliga a integrar la información programática y presupuestaria que se requiera, en particular la que formará parte del Cierre del Ejercicio. 10.- El MUNICIPIO se obliga a formular periódicamente los reportes sobre el avance físico-financiero de las obras públicas materia del presente instrumento jurídico y remitirlas a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado, durante los primeros 5 días naturales del mes inmediato al que se reporta. 11.- El MUNICIPIO se obliga a generar las Actas de Entrega–Recepción de las obras y acciones y tramitar su descargo contable. La instancia de Gobierno que reciba la obra realizada deberá hacer explícito su compromiso de darle mantenimiento, de conservarla y de vigilar y sufragar su adecuada operación TERCERA.- Para los gastos indirectos que resulten para el seguimiento de la ejecución de las obras materia del presente Convenio, se podrá destinar hasta el 1.0% por ciento del total de los recursos. CUARTA.- El control, vigilancia y evaluación de la aplicación de los recursos asignados corresponderá a la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental en

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el ámbito estatal, y al Síndico Procurador en el ámbito municipal, en los términos de la legislación aplicable. QUINTA.- Las Partes acuerdan que podrá darse por terminado de manera anticipada el presente Convenio, sin necesidad de resolución judicial, cuando se presente alguna de las siguientes causas: 1.- Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado. 2.- Por acuerdo de las Partes. 3.- Por rescisión: a) Por destinar los recursos a fines distintos a los previstos en el presente Convenio, sin perjuicio de las sanciones previstas en otros ordenamientos. b) Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas. 4.- Por caso fortuito o fuerza mayor. SEXTA.- El personal que cada una de las Partes respectivamente, designe o contrate para la realización de cualquier actividad relacionada con el presente Convenio, permanecerá en todo momento bajo la subordinación, dirección y dependencia de la parte que lo designó y contrató, por lo que en ningún momento existirá relación laboral alguna entre una parte y el personal designado o contratado por la otra, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; independientemente del lugar en que el personal preste sus servicios fuera de las instalaciones de la parte que lo designó o contrató, o preste dichos servicios. SÉPTIMA.- En el supuesto de que se presente algún caso fortuito o de fuerza mayor que motive el incumplimiento de cualquier obligación prevista en este Convenio, la parte que sufra el caso fortuito o fuerza mayor quedará liberada del cumplimiento de la obligación correspondiente, debiendo comunicar dicha circunstancia por escrito a la otra parte, en un plazo que no exceda de 15 días hábiles, contados a partir del día en que se tuvo conocimiento del caso fortuito o de fuerza mayor. OCTAVA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2007, pudiendo ser revisado, modificado o adicionado, por escrito, de común acuerdo por las Partes. NOVENA.- Las Partes acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este Convenio, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación, cumplimiento y ejecución del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre las mismas; sin embargo, en caso de que las Partes no resuelvan sus diferencias de común acuerdo, convienen en someterse a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la ciudad de Mexicali, Baja California, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro. DÉCIMA.- Las Partes manifiestan que en el presente Convenio no existe error, dolo, mala fe, violencia, intimidación, ni ha abusado ninguna de la suma inexperiencia de la otra, ni cualquier otro vicio de la voluntad que pueda ocasionar la nulidad del mismo. Leído que fue por las Partes que intervienen en el presente instrumento, lo firman por triplicado, en la ciudad de Mexicali, Baja California, a los _____ días del mes de ______ del año dos mil siete. POR EL “EJECUTIVO ESTATAL”, EUGENIO LORDUY WALTHER, OBERNADOR DEL ESTADO BERNARDO H. MARTÍNEZ AGUIRRE, ECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO ARTURO ESPINOZA JARAMILLO, SECRETARIO DE

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INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO ARMANDO ARTEAGA KING, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS POR EL “MUNICIPIO” CÉSAR MANCILLAS AMADOR PRESIDENTE MUNICIPAL DE ENSENADA JULIO CÉSAR ARENAS RUÍZ, SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE ENSENADA.

III.- Una vez que fue Estudiada, Revisada, Analizada y Discutida la solicitud materia del presente Dictamen, así como su expediente respectivo y, disipándose todas y cada una de las dudas por parte de los Regidores integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, se considera que es viable llevar acabo la Autorización del Convenio de Coordinación para la Inversión Publica en materia de Desarrollo Urbano entre el Ejecutivo Estatal y el Ayuntamiento de Ensenada. Por lo anterior ponemos a consideración de los presentes el siguiente: PUNTO RESOLUTIVO.- UNICO.- Se aprueba por Unanimidad de votos de los Regidores presentes Integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, el presente dictamen relativo a la Autorización del Convenio de Coordinación para la Inversión Publica en materia de Desarrollo Urbano entre el Ejecutivo Estatal y el Ayuntamiento de Ensenada. Dado en la Sala Emmer del H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California el día 03 del mes de Julio de 2007. - -La votación fue la siguiente: Catorce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Orlando Toscano Montaño y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una abstención, correspondiente al Regidor, Gilberto Flores Muñóz.

148.1495 Se aprobó en lo general por votación nominal y unánime de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 026/2007, presentado por la Comision La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del XVIII Ayuntamiento tomando como principal fundamento el artículo 115 constitucional y 82 de la Constitución Estatal, y cumpliendo con el principio de celeridad en los asuntos que le competen de conformidad con el artículo 116 fracciones IV y V del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, analizó el Asunto relativo a la solicitud realizada por los C. Sindico Procurador Lic. Isaac Chapluk Pabloff y C. Tesorero Municipal, C.P. José Arturo Agüero Bastidas, en relación a solicitud de transferencias a las partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, lo anterior para dar cumplimiento al articulo 43 Fracción IV de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Baja California. Esta Comisión con fundamento en el Artículo 5 fracción IV de la Ley de Régimen Municipal del Estado de Baja California, y en base al Artículo 6, 10, 73 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa de referencia bajo los siguientes: ANTECEDENTES.- PRIMERO.- con fecha 18 de junio del presente año, el C. Tesorero Municipal y Sindico Procurador, presentaron propuesta a Presidencia Municipal con No. de Oficio 0701, referente a la solicitud para realizar Creación de Partidas Ampliaciones y Transferencias en sus partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007. SEGUNDO.- Con fecha 25 de Junio del presente año y número de oficio 002453, el C. Secretario Fedatario del Ayuntamiento Lic. Julio Cesar Arenas, turnó a esta Comisión la propuesta del Presidente Municipal presentada en la Sesión

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Extraordinaria con fecha 22 de Junio del presente año relativo a la solicitud del Sindico Procurador y Tesorero Municipal según oficio No. 0701 de autorización para realizar Creación de partidas, Ampliaciones y Transferencias a sus Partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007.

TERCERO.- En Sesión de trabajo de esta comisión llevada a cabo el día 03 de Julio del año en curso con la presencia de los Regidores Jesús Salvador Abarca Macklis, Alfonso Talavera Hernández y Maria Nélida Pelayo Ponce. se estudiaron, discutieron y analizaron tanto la solicitud del C. Tesorero Municipal y Sindico Procurador, así como las constancias que integran el expediente relativo, avocándose a la elaboración del presente dictamen en el sentido que se presenta.

CUARTO.- De acuerdo con los antecedentes indicados, la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, con las atribuciones antes señaladas, presenta a consideración del Pleno del Cabildo el presente dictamen bajo los siguientes: CONSIDERANDOS.- En virtud de las situaciones económicas, sociales y financieras que se han venido presentando durante esta Administración Municipal, se hace evidente la necesidad de administrar eficientemente los recursos de la misma, lo que representa la exigencia de un buen manejo de las finanzas con que cuenta este Ayuntamiento, teniendo como principal finalidad la de prestar los servicios públicos en la manera requerida por la ciudadanía. Ante la evidente existencia de necesidades que cubrir en todas las áreas que son competencia de la administración municipal, mismas que son enfocadas al servicio y funciones públicas, las dependencias municipales han realizado diversas observaciones fundadas y motivadas a la Tesorería municipal, para efectos de sugerir de que manera se pueden optimizar los recursos que tiene destinados para el ejercicio Fiscal 2007, específicamente las Dependencia que han manifestado su necesidad de crear partidas y realizar Transferencias de recursos son: DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES, INSTITUTO MUNICIPAL DE INVESTIGACION Y PLANEACION DE ENSENADA (IMIP), DIRECCION DE SERVICIOS MEDICOS MUNICIPALES, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, y TESORERIA MUNICIPAL. Por tales razones, es que esta comisión procedió a la revisión y estudio de la solicitud presentada por el C. Tesorero Municipal, y el C. Sindico Procurador, la cual se presenta en los siguientes términos: Oficio número 995 de la DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES, en el que solicita autorización para realizar AMPLIACION PRESUPUESTAL de la partida presupuestal 2401 denominada MATERIALES DE CONSTRUCCION, por la cantidad de $7,335.00 (Siete mil trescientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M. N.), de la partida presupuestal 2306 denominada MATERIALES PARA SEÑALAMIENTO en el programa de VIALIDADES Y PLUVIALES por la cantidad de $3,200.00 (Tres mil doscientos pesos 00/100 M. N.), de la partida presupuestal 2306 denominada MATERIALES PARA SEÑALAMIENTO en el programa de ALUMBRADO por la cantidad de $49,432.00 (Cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y dos pesos 00/100 M. N.) de la partida 2305 denominada MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES por la cantidad de $46,400.00 (Cuarenta y seis mil cuatrocientos pesos 00/100 MN )

RAMO

DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS ADMINISTRACION URBANA

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS 7-5-51

2401 MATERIALES DE CONSTRUCCION

AMPLIACION PRESUPUESTAL 7,355.00

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS ADMINISTRACION URBANA

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS 7-5-71

2306 MATERIALES PARA SEÑALAMIENTO

AMPLIACION PRESUPUESTAL 3,200.00

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS ADMINISTRACION URBANA

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS 7-5-81

2306 MATERIALES PARA SEÑALAMIENTO

AMPLIACION PRESUPUESTAL 49,432.00

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DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS ADMINISTRACION URBANA

DIRECCION DE OBRAS Y SERVICIOS 7-5-91

2305 MATERIALES PARA MANTENIMIENTO DE PARQUES

AMPLIACION PRESUPUESTAL 46,400.00

TOTAL: $ 106,387.00

Oficio número 153/IMIP/2007, del Instituto Municipal de Investigación y Planeación de Ensenada

IMIP, por medio del cual solicitan AMPLIACION PRESUPUESTAL por la cantidad de $203,000.00 (doscientos tres mil pesos 00/100). a la partida presupuestal 3304 “ASESORIAS PARA LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS”, en el Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal 2007.

Oficio número 00123 de la DIRECCIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS MUNICIPALES, por medio

del cual solicitan autorización para la CREACION de la partida presupuestal 2107 denominada MATERIAL PARA INFORMACION, y TRANSFERENCIAS presupuestales por la cantidad de $4,000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M. N.)

RAMO

DEPENDENCIA

DE LA PARTIDA

A LA PARTIDA

PRESUPUESTO

AUTORIZADO

CANTIDAD A

TRANSFERIR

% ACUM. SI SE AUTORIZ

A

DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL

DIRECCION DE SERVICIOS MEDICOS

5-2-11

3501.- MANTTO. Y CONSERVACION DE MOBILIARIO Y

EQUIPO

2107.- MATERIAL PARA

INFORMACION 3,000.00 3,000 100.00%

DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL

DIRECCION DE SERVICIOS MEDICOS

5-2-11 5101.- MOBILIARIO

2107.- MATERIAL PARA

INFORMACION 1,000.00 1,000.00 100%

TOTAL: 4,000.00

Oficio número SDA/O-103/XVIII/2007 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, en el que

solicita autorización para realizar AMPLIACION PRESUPUESTAL de la partida 9601 denominada ADEUDO DE EJERCICIO FISCALES ANTERIORES, por la cantidad de $156,800.00 (Ciento cincuenta y seis mil ochocientos pesos 00/100 M. N.)

RAMO

DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y PROTECCION CIVIL

DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA

9601

ADEUDO DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES

AMPLIACION PRESUPUESTAL 156,800.00

TOTAL: 156,800.00

Oficio número SDA/O-104/XVIII/2007 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, en el que solicita autorización para realizar AMPLIACION PRESUPUESTAL de la partida AMPLIACION PRESUPUESTAL de la partida 9601 denominada ADEUDO DE EJERCICIO FISCALES ANTERIORES, por la cantidad de $473,600.00 (Cuatrocientos setenta y tres mil seiscientos pesos 00/100 M. N.)

RAMO

DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y PROTECCION CIVIL

DIRECCION DE SEGURIDAD

PUBLICA 9601 ADEUDO DE EJERCICIOS

FISCALES ANTERIORESAMPLIACION

PRESUPUESTAL 473,600.00

TOTAL: 473,600.00

Oficio número SDA/O-102/XVIII/2007 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, en el que solicita autorización para realizar la CREACION de la partida presupuestal 3411 denominada SERVICIOS DE VIGILANCIA, por la cantidad de $2, 180,000.00 (Dos millones ciento ochenta mil pesos 00/100 M. N.)

RAMO

DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA Y PROTECCION CIVIL

DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA 3411 SERVICIOS DE

VIGILANCIA

AMPLIACION PRESUPUESTAL

2, 180,000.00

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TOTAL: 2, 180,000.00

Formato para solicitar autorización de cabildo de la TESORERIA MUNICIPAL, en el que solicita autorización para realizar la CREACION Y AMPLIACION de la partida presupuestal 5102 denominada EQUIPO DE ADMINISTRACION, por la cantidad de $8,085.00 (ocho mil ochenta y cinco pesos 00/100 M. N.)

RAMO

DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

SECRETARIA DE FINANZAS Y

ADMINISTRACION

TESORERIA MUNICIPAL 5102 EQUIPO DE

ADMINISTRACION AMPLIACION PRESUPUESTA 8,085.00

TOTAL: 8,085.00

Formato para solicitar autorización de cabildo de la TESORERIA MUNICIPAL, en el que solicita autorización para realizar AMPLIACION de la partida presupuestal 4120 denominada SUBSIDIOS AL IMIP, por la cantidad de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M. N.)

RAMO

DEPENDENCIA PARTIDA DESCRIPCION TRAMITE CANTIDAD

SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACION

TRANSFERENCIAS Y SUBSIDIOS 4120 SUBSIDIOS AL IMIP

AMPLIACION PRESUPUESTAL DE SUBSIDIO

1’000,000.00

TOTAL: 1’000,000.00

Por lo que al tenor de tales disposiciones y argumentos, y toda vez que es facultad plena de el Ayuntamiento para administrar sus recursos en la forma que más convenga al interés social y en análisis de las potestades que la Constitución Federal y demás disposiciones estatales otorgan a los Ayuntamientos para administrar sus bienes, ésta comisión concluyó y determinó que es necesario que se apruebe por el Pleno de este H. Cabildo el presente dictamen para efectos de que se transfieran las partidas presupuestales antes descritas en los términos mencionados. En consecuencia se somete a consideración para la aprobación del Pleno del Cabildo el siguiente: PUNTO DE ACUERDO.- UNICO.- Se apruebe por este H. Ayuntamiento el presente dictamen en todos sus términos, y se autorice la creación de partidas, transferencias o ampliaciones a partidas del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2007, por la cantidad de $3’928,872.00 M.N. (*tres millones novecientos veintiocho mil ochocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.), de las Dependencias : DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES, INSTITUTO MUNICIPAL DE INVESTIGACION Y PLANEACION DE ENSENADA (IMIP), DIRECCION DE SERVICIOS MEDICOS MUNICIPALES, SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, y TESORERIA MUNICIPAL Por lo anteriormente razonado, expuesto y fundado, La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, con fundamento en los Artículos 5 y 9 de la Ley de Régimen Municipal del Estado de Baja California y el artículo 116 fracción II del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, presenta con una votación de, 3 Votos a Favor correspondientes a los Regidores Jesús Salvador Abarca Macklis, Alfonso Talavera Hernández y Ma. Nélida Pelayo Ponce, a los cuatro días del mes de Julio del año 2007. Dado en la Sala Emmer del H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California el día 03 del mes de Julio de 2007. La votación fue la siguiente: - Isaac Chapluk Pabloff, (a favor) Ernesto Pedrín Márquez, (a favor) Ricardo Lomelí Sedano, (a favor) Alfonso Talavera Hernández, (a favor) Adela Lozano López, (a favor), Georgina Posada Aparicio, (a favor) María Nélida Pelayo Ponce, (a favor) Jesús Salvador Abarca Macklis, (a favor) José Felipe Romero Guzmán, (a favor en lo general y en lo particular se abstiene en relación a la ampliación Presupuestal del IMIP) Arnoldo Carlos García Guerrero, (a favor en lo general y se abstiene en lo referente al IMIP) Héctor Luna Serrano, (a

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favor) Rocío López Gorosave (a favor en lo general y en lo particular en contra en lo que se refiere al IMIP), Gilberto Flores Muñóz, (A favor en lo general y en lo particular en contra referente a las ampliaciones ya que está acumulado un déficit), Orlando Toscano Montaño, (Se abstiene), Presidente Municipal, César Mancillas Amador, (a favor). 148.1496 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 091/2005, QUE EN SENTIDO NEGATIVO, presentaron las Comisiones Conjuntas de Desarrollo Urbano y Ecología, y la de Salud y Asistencia Social. - - Las Comisiones conjuntas de Desarrollo Urbano y Ecología y la de Salud y Asistencia Social presentamos el estudio, análisis y resolución respecto a la solicitud de cambio de uso de suelo de HABITACIONAL a SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL, para la actividad del CENTRO DE REHABILITACIÓN PARA ENFERMOS EN ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, localizado en el lote 017 de la manzana 016, ubicado en la calle Eusebio Kino No. 2065, entre las calles Ezequiel Chávez y Juan Ma. Salvatierra, identificado con clave catastral CM-016-017, en la Colonia Maestros de esta ciudad, que fue presentada por el C. JORGE MORFIN DE DIOS, Director general del TRAD, A. C., TRATAMIENTO EN RECUPERACION DE ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, A. C., solicitud que se pone a consideración de esta H. Asamblea de Cabildo para su discusión y en su caso la aprobación del mismo bajo los siguientes antecedentes, considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

Atento a lo anterior, los suscritos Regidores integrantes de estas Comisiones de

Desarrollo Urbano y Ecología, y de la de Salud y Asistencia Social de este H. XVIII Ayuntamiento, con las facultades establecidas en los artículos 1º, 3º y 9º, de la Ley del Régimen Municipal para el estado de Baja California en relación con los artículos 1º, 3º, 4º, 6º, 8º, 25, 105 y 107 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, mediante convocatoria de parte de los Coordinadores de las Comisiones, siendo las 11:00 horas del día 02 de Julio del 2007 nos reunimos en la Sala de Juntas “María Emmer de Carrillo” Ubicada en el Área de Regidores que se encuentra en la Parte Alta del Palacio Municipal con Domicilio en Av. Reforma #80, esquina Blvd. Ramírez Méndez, con el objeto de analizar y resolver lo conducente respecto a la solicitud que fue presentada por el C. JORGE MORFIN DE DIOS, representante legal y director general del TRAD, A. C., TRATAMIENTO EN RECUPERACION DE ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, A. C., bajo los antecedentes, considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen:

Cumplido el procedimiento reglamentario anteriormente indicado, y tomando en

consideración que de acuerdo al análisis de la documentación que se acompañó a la solicitud que fue turnada inicialmente a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, mediante el oficio número 005710 de fecha 20 de octubre del 2005, por el C. Lic. Julio César Arenas Ruíz, Secretario Fedatario del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y en base de lo anterior esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, presentó en la sesión ordinaria de cabildo celebrada el día 07 de Diciembre del 2005, la propuesta del dictamen número 91/ 2005, misma que al haberse discutido ampliamente se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes dejar pendiente la resolución del citado dictamen, ordenándose se turnara a las Comisiones conjuntas de Salud y Asistencia Social, coordinada por la C. Regidora Georgina Posada Aparicio y a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología coordinada por el C. Regidor Arnoldo Carlos García Guerrero, asunto que fue remitido por el C. Secretario Fedatario mediante el oficio número 06443 de fecha 14 de Diciembre del 2005, por lo que atento a lo anterior las suscritas Comisiones conjuntas de Desarrollo Urbano y Ecología y la de Salud y Asistencia Social de éste H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, con las facultades conferidas en los artículos 115 de la Constitución Federal, 82 y 83 de la Constitución del Estado de Baja California, los artículos 6 y 58 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, los artículos 116 fracciones IV y V del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada,

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los artículos 1º., 2º., 3º., 4º., 7º., fracciones I, II, XX, 119, 120, 122, 126, 149, 150 y 174 de la Ley de Desarrollo Urbano en el Estado, los suscritos Regidores integrantes de ambas comisiones aprobamos por consenso el presente asunto y como consecuencia ponemos a consideración a esta Honorable Asamblea de Cabildo el presente: CONSIDERANDO.-

PRIMERO.- Que con fecha 25 de Agosto del 2005 el C. JORGE MORFIN DE DIOS, director general del TRAD, A. C., TRATAMIENTO EN RECUPERACION DE ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, A. C., solicitó ante la Dirección de Control Urbano la factibilidad de uso de suelo, para la Construcción y Operación de Centro de Rehabilitación en el inmueble ubicado en el lote 017 de la manzana 016, ubicado en la calle Eusebio Kino No. 2065, entre las calles Ezequiel Chávez y Juan Ma. Salvatierra, identificado con clave catastral CM-016-017, de la Colonia Maestros de esta Ciudad, solicitud que le fue atendida por la citada dependencia, mediante la respuesta contenida en el oficio No. CU/F/431/2005 de fecha 03 de octubre del 2005 en el sentido que de acuerdo a la Estructura Urbana Propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano para el Centro de Población de Ensenada, establece como incompatible, para la zona del Distrito 12 donde se encuentra el inmueble, el uso de suelo para Salud y Asistencia Social, por lo tanto no es procedente conceder la factibilidad de uso de suelo Comercial y de Servicios para la actividad pretendida.

Inconforme con la opinión técnica de la Dependencia en cuestión, con fecha 17

de Octubre del 2005, le solicitó al C. Presidente Municipal el cambio de Uso de Suelo de HABITACIONAL a SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL, para el inmueble anteriormente señalado para que funcione como CENTRO DE REHABILITACIÓN PARA ENFERMOS EN ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, manifestando que cumplen con la Norma Mexicana de Salud (028) y son supervisados mensualmente por las autoridades de Salud y que cuentan con el consentimiento de la mayoría de los vecinos de la Colonia, porque existe un elevado índice de drogadicción y robos elevados en esa zona y que tienen verdaderos deseos de apoyar a las autoridades locales para combatir el terrible mal, que no piden ayuda en los cruceros, ni reciben apoyos de ninguna dependencia, que el apoyo que reciben son de los familiares de los internos y a través de terapia laboral de los compañeros que prestan algún servicio (trabajo) y son remunerados económicamente y que prestan servicios con la Empresa Ecolimpia en las actividades de limpieza a favor de la comunidad, anexando los documentos que consideró procedentes para apoyar su solicitud.

SEGUNDO.- Que de acuerdo a la Estructura Urbana propuesta por el programa de Desarrollo Urbano, para el centro de la población de la Ciudad de Ensenada, de fecha 13 de Enero del año de 1995, que es el que actualmente se encuentra vigente, la ubicación del inmueble donde el solicitante pretende llevar a cabo su actividad, consistente en la operación de un centro de rehabilitación de drogadicción y alcoholismo, se encuentra dentro de la zona del Distrito 12 que corresponde a una zona habitacional y por lo tanto no es compatible el uso de suelo, para que se desarrolle la actividad de SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL, toda vez, que el predio en cuestión se contrapone a la actividad de los predios colindantes.

TERCERO.- Independientemente de que el uso de suelo donde se encuentra ubicado el inmueble, resultó ser incompatible para desarrollar una actividad de SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL, para que funcione como CENTRO DE REHABILITACIÓN PARA ENFERMOS EN ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, existe oposición por los vecinos al expresar por escrito de fecha 25 de Octubre del año 2005, respaldo con 14 firmas su inconformidad para que opere el centro de rehabilitación, quienes manifiestan que se pone en peligro la seguridad de los vecinos, porque se atienden a personas con falta de estabilidad emocional que son afectos al uso de psicotrópicos u otras drogas que los conducen a conductas peligrosas, que han visto la afluencia en el citado lugar, que se congregan en el exterior hasta por más de 20 sujetos de readaptación, con aspecto que dejan mucho que desear, lo que les impide transitar a pie por dicho lugar y afecta a la seguridad, de las personas,

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que a diario desde muy temprano están escuchando fuertes gritos, y expresan de las peores majaderías, cánticos religiosos, conductas prepotentes, e invaden los estacionamientos de las casas habitaciones por la gran cantidad de automóviles que llegan todo el día de gente que entra y sale, y con ello han creado un fuerte temor en las familias, que por lo tanto, solicitan no se autorice el cambio de suelo, que fue solicitado.

CUARTO.- Estas Comisiones dictaminadoras, reconocemos desde luego el beneficio que conlleva la acción o actividad que se desarrolla en un CENTRO DE REHABILITACIÓN PARA ENFERMOS EN ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, por ser éstos los establecimientos adecuados donde las personas con problemas de adicción pueden ser atendidos, mediante las terapias adecuadas, con personal preparado en esa actividad, y por otro lado también reconocemos que la Asociación denominada TRAD, A.C., TRATAMIENTO EN RECUPERACION DE ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, A. C., se dedica y tiene como objetivo el de coadyuvar esfuerzos para rehabilitar a las personas de escasos recursos con problemas de adicción, y que se debe de considerar una noble acción, pues desarrollan en sí una labor Social en nuestra comunidad, al proporcionar ayuda a las personas con ese tipo de problemas y de alguna manera benefician a las familias, que han tenido necesidad de recurrir a éstos centros de rehabilitación, sin embargo, debemos de reconocer que desafortunadamente la ubicación donde se encuentra el centro de rehabilitación, no es compatible, para la actividad que se esta desarrollando en ese centro, toda vez que es una zona habitacional, y por otro lado existe inconformidad y oposición de los vecinos, para que opere ese CENTRO DE REHABILITACIÓN PARA ENFERMOS EN ALCOHOLISMO Y DROGADICCION, por esa razón éstas Comisiones dictaminadoras consideramos prudente que no se debe de autorizar el cambio de uso de suelo solicitado, pero por otro lado se debe de reconocer que si se requiere en nuestra comunidad éstos establecimientos de labor social, por ello es procedente y oportuno indicarle al solicitante, que deberá de reubicarse en una zona donde exista la factibilidad de uso de suelo de SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL, para que desarrolle la actividad, por la cual se constituyó la Asociación Civil denominada TRATAMIENTO EN RECUPERACION DE ALCOHOLISMO Y DROGADICCION sin que ello se deba de entender que existe oposición por parte de ésta administración Municipal, para que presten éste tipo de servicios a la comunidad, por el contrario existe la mejor intención en apoyar a esa Asociación Civil , para que puedan cumplir con su cometido, pero para ello se requiere que se instalen en una zona que si tenga factibilidad de uso de suelo para que desarrollen esa actividad de salud y asistencia social.

QUINTO.- Este asunto fue ampliamente discutido en la Sesión Ordinaria de Cabildo, el día 07 de Diciembre del año próximo pasado, en donde los diversos Ciudadanos Regidores que hicieron uso de la voz para expresar sus respectivos puntos de vista entre ellos, Armando Reyes Ledezma, Georgina Posada Aparicio, Arnoldo Carlos García Guerrero, José Felipe Romero Guzmán, Gilberto Flores Muñoz, y el C. Presidente Municipal, en donde todos en general coincidieron en que se requiere que se les brinde apoyo a los centros de rehabilitación de drogadicción y alcoholismo por ser un problema social, que se debe de atender y en eso todos coincidimos, sin embargo, no existe partida ni presupuesto para atender este tipo de problemas, ahora bien en el programa vive con sentido, cuenta con un consejo de sector salud, sin embargo esa parte del programa del sector salud únicamente es atendible en lo que respecta a la prevención no a la atención en sí de aquellas personas con problemas de adicción, por lo que generalmente son canalizados los casos a las instituciones de salud en el Estado, también se trato el asunto de que se buscara algún terreno aledaño a la Ciudad, para que estemos protegidos de este tipo de problemas, pero es el caso, que el Municipio, no cuenta con terrenos para cubrir esta clase de necesidades.

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SEXTO .- A pesar de que exista buena disposición por parte de los regidores de ambas Comisiones conjuntas dictaminadoras de este asunto en apoyar al solicitante para que se desarrolle la actividad de salud y asistencia social para el tratamiento en recuperación de alcoholismo y drogadicción, existe la circunstancia de las quejas de vecinos del área, respecto a que las actividades propias del centro no son las que comúnmente se lleve en un área habitacional, toda vez que el centro de rehabilitación se motivan ruidos, y transito continuo tanto peatonal como vehicular de los administradores del centro, servidores, pacientes así como visitantes y familiares de éstos últimos.

La operación de un centro de rehabilitación, requiere de contar con cajones

de estacionamientos de vehículos para uso de los administradores del centro, servidores, visitantes, y familiares de los pacientes, requisito que no se cumple, lo cuál motiva que se utilice la vía pública y por lo tanto el uso de frente de vecinos, ocasionando las respectivas molestias.

SÉPTIMO.- El artículo 58 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, establece sobre la obligatoriedad de la licencia de construcción, que no podrán las autoridades de cualquiera de los tres niveles de Gobierno, ni los particulares, construir, ampliar, trasladar, reparar, remodelar, modificar, remover, instalar, hacer cambios en el uso de suelo, y /o destinos del inmueble, sin haber obtenido previamente la licencia, documento oficial de autorización , expedido por la autoridad Municipal.

Entre las atribuciones del Gobierno Municipal establecidas en el artículo 6 de la

Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, se encuentran entre otras: Fracción III .- Otorgar o negar licencias de construcción , ocupación, uso, cambio de uso.

En el caso que nos ocupa en éste asunto, se instauró un procedimiento en la

Dirección de Control Urbano, bajo el expediente JI /AC/2537/2006 en razón de que la propietaria del inmueble donde se encuentra ubicado el centro de rehabilitación, levanto edificación dentro del inmueble sin contar con licencia de construcción y sin contar con cambio de uso de suelo, lo que motivó como sanción suspender el uso como centro de rehabilitación de las construcciones sin licencia, ni dictamen de uso de suelo, que se ubican en avenida Eusebio Kino número 2065 de la Colonia Maestros de ésta Ciudad.

Por las razones antes expuestas, se considera procedente no autorizar el cambio de

uso de suelo de habitacional a uso de suelo de salud y asistencia social, para el inmueble identificado como lote 17 de la manzana 016 de la Colonia Maestros de ésta Ciudad.

Ahora bien en consideración de que el centro de rehabilitación cuenta con más

de 35 internos, que requieren reubicarse a otros centros de rehabilitación, para su tratamiento, se considera prudente concederle al solicitante un plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente de su notificación, del presente acuerdo para que se reubiquen de lugar.

Por lo antes expuesto y fundado en las disposiciones legales invocadas en el cuerpo de esta resolución y además en los artículos 76, 77, y 78 del vigente Reglamento Interior del Ayuntamiento, por este conducto y de la manera mas atenta y respetuosa solicitamos al C. Presidente Municipal tenga a bien someter a discusión del pleno de Cabildo el presente Dictamen, como lo dispone el diverso artículo 79 del ordenamiento anteriormente invocado, esperando que dicho dictamen se apruebe de acuerdo a los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

UNICO.- Por las razones expuestas en el cuerpo de esta resolución determinamos que NO ES PROCEDENTE AUTORIZAR el cambio de uso de suelo que fue solicitado

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por el C. JORGE MORFIN DE DIOS, para llevar a cabo en el inmueble localizado en el lote 017 de la manzana 016, ubicado en la calle Eusebio Kino No. 2065, entre las calles Ezequiel Chávez y Juan Ma. Salvatierra, identificado con clave catastral CM-016-017, en la Col. Maestros de esta ciudad, para la actividad de SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL en la actividad de rehabilitación a personas con problemas de alcoholismo y de drogadicción, en el local que existe en el citado inmueble, sin embargo tiene la opción de encontrar algún otro local, que se encuentre dentro de una zona que tenga la compatibilidad de uso de suelo de salud y asistencia social y desde luego tendrá el apoyo de ésta Administración Municipal, para que desarrolle su objetivo Social en ésta Comunidad, en la inteligencia que se les concede un plazo de tres meses contados a partir del día siguiente de la notificación de éste acuerdo, para que se reubiquen de lugar.

Dado en la Sala de Sesiones del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a

los 04 días del mes de Julio del año 2007. LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA Y DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL DEL H. XVIII AYUNTAMIENTO DE ENSENADA.- -REG. QUIM. ARNOLDO CARLOS GARCIA GUERRERO, COORDINADOR DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA Y SECRETARIO DE LA COMISION DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. REG. BIOL. GEORGINA POSADA APARICIO COORDINADORA DE LA COMISION DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL Y VOCAL DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA. REG. ING. MA. NELIDA PELAYO PONCE, SECRETARIO DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA. REG. GILBERTO FLORES MUÑOZ, VOCAL DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA Y VOCAL DE LA COMISION DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. REG. BIOL. ROCIO LOPEZ GOROSAVE, VOCAL DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA. REG. QUIM. ERNESTO PEDRIN MARQUEZ, VOCAL DE LA COMISION DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. REG. LIC. ALFONSO TALAVERA HERNANDEZ. VOCAL DE LA COMISION DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL

- -La votación fue la siguiente: Quince votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz, Orlando Toscano Montaño y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. (A esta altura de la Sesión siendo las 10:20 horas, del día 04 de Julio de 2007, el C. Presidente Municipal, César Mancillas Amador, conforme al Artículo 62 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, solicita un receso para esta Sesión Ordinaria de Cabildo, para continuarse el día Viernes 06 de Julio a las 08:00 horas).

Siendo las 08:40 horas del día viernes 06 de Julio de 2007, se continúa la Sesión Ordinaria del día 04 de Julio del año en curso, contándose con la asistencia del C. Presidente Municipal, César Mancillas Amador, y de los CC. Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador, tomándose los siguientes Acuerdos:

148.1497 Se aprobó por mayoría de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento

Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 46/2006, QUE EN SENTIDO NEGATIVO, presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, a través de sus respectivos Regidores, Arnoldo Carlos García Guerrero, María Nélida Pelayo Ponce, Georgina Posada Aparicio, Rocío López Gorosave y Gilberto Flores Muñoz, respecto al RECURSO DE REVOCACIÓN derivado de la inconformidad presentada por el C. SANTOS SÁNCHEZ DIAZ en contra del dictamen número 46/2006 relativo al acuerdo de Cabildo tomado en la

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Sesión Ordinaria de fecha 15 de Noviembre del año del 2006, en donde no se le autorizó el cambio de uso de suelo habitacional a uso de suelo comercial y de servicio para operar un local comercial en el inmueble identificado como lote 001 de la manzana 014 del fraccionamiento Arco Iris de ésta Ciudad. RESULTANDOS.-

I.- Que el C. SANTOS SÁNCHEZ DIAZ le solicito al C. Presidente Municipal ayuda para el cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo comercial y de servicio ya que Cabildo le negó ese cambio de uso de suelo, y solicita se le revoque el dictamen 46/2006, que el negocio que pretende instalar es un Internet, papelería y artículos de oficina mismo que va a beneficiar a esta área para que los jóvenes no se desplacen hasta la zona céntrica, que a una cuadra se encuentra el mercado OXXO y a otra cuadra se encuentra un mercadito, por lo cuál quiere que se le considere ya que de que privilegio gozan estas empresas grandes como OXXO o sea que los negocios pequeños se les niegan el permiso.

Que por acuerdo de Cabildo tomado en Sesión Extraordinaria de carácter pública y Extraurgente celebrada el día 12 de diciembre de 2006, se aprobó se turnara a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología el escrito de solicitud de revocación del dictamen número 46/2006 por parte del interesado C. Santos Sánchez Díaz, para que se le autorice el cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo comercial para instalar un Internet, papelería y artículos de oficina; en la sesión de comisión que se llevó a cabo a las 11:00 horas del día 02 de Julio del presente año del 2007 en la Sala de Juntas de Regidores MARIA EMER DE CARRILLO que se encuentra en la parte alta del Palacio Municipal en la Avenida Reforma número 80 esquina con Boulevard Ramírez Méndez del fraccionamiento Bahía de ésta Ciudad en donde se reunieron los suscritos Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología ARNOLDO CARLOS GARCIA GUERRERO, GEORGINA POSADA APARICIO y ROCIO LOPEZ GOROSAVE , en donde se estudió y analizó el asunto al tenor de los siguientes: CONSIDERANDOS.-

1.- Que realizado el estudio de la resolución impugnada y una vez, analizada la argumentación hecha valer por el recurrente, y demás constancias que obran el expediente administrativo en que se actúa, esta Comisión dictaminadora considera lo siguiente:

El Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, en sus artículos 10, 11, 18, 139 entre otros, establece el alcance de los acuerdos de Cabildo, como el que nos ocupa, en dichos artículos claramente se enuncia lo siguiente: Artículo 10.- El Ayuntamiento ejercerá sus atribuciones mediante la expedición de acuerdos de cabildo, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Artículo 11.- Los acuerdos y resoluciones de Cabildo podrán ostentar la denominación según la materia que regulen, pudiendo ser: I, II, III, IV, V, VI, VII.- Disposiciones normativas de alcance particular. VIII, IX. Artículo 18.- Son disposiciones normativas de alcance particular, las resoluciones que teniendo el carácter de concretas y personales, se dicten a petición de una persona o grupo de personas para la satisfacción de necesidades particulares, o aquellas que siendo normativas no reúnan las características señaladas en el artículo anterior. Artículo 139.- Los Ciudadanos que se consideren afectados, podrán impugnar los acuerdos, resoluciones de cabildo mediante la interposición de los recursos ordinarios previstos por las Leyes y el Reglamento de la materia. 2.- El contenido del acuerdo de cabildo que el recurrente impugna se refiere a la negativa a la autorización de cambio de uso de suelo de habitacional a

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uso de suelo comercial y de servicio en el inmueble propiedad, y siendo el caso que el citado acuerdo es recurrible de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento toda vez que tal disposición establece que los Ciudadanos pueden impugnar los acuerdos y resoluciones del Cabildo mediante la interposición del recurso ordinario previsto por las Leyes y el Reglamento de la materia. 3.- Que si bien es cierto que de acuerdo a la Estructura Urbana propuesta por el programa de Desarrollo Urbano y Ecología para el centro de Población de la Ciudad de Ensenada de fecha 13 de Enero de 1995, que es el que se encuentra vigente, ubica en el inmueble donde el solicitante pretende llevar a cabo su actividad comercial dentro de la zona del Distrito 8 el uso de suelo es habitacional y también está considerado compatible ese inmueble como uso de suelo comercial y de servicio, sin embargo, estos usos de suelo de acuerdo a nuestra Estructura Urbana es en forma general de acuerdo a los distritos que se encuentran divididos para clasificar los usos de suelos, pero es el caso que esa estructura Urbana propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano y Ecología para el Centro de Población de la ciudad de Ensenada de fecha 13 de enero de 1995, no le es aplicable la compatibilidad de uso de suelo comercial y de servicio, toda vez que de acuerdo a la autorización del fraccionamiento Arco Iris publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 17 de Octubre del 2003, el inmueble en cuestión quedó establecido su uso de suelo como el de habitacional y en esas condiciones y siendo un acuerdo de cabildo en donde ya quedó establecido el uso de suelo habitacional para ese predio en lo particular, no es posible acceder a la autorización de cambio de uso de suelo que nos ocupa en este asunto y por lo tanto resulta improcedente la solicitud de revocación que hace valer el solicitante. Por lo anteriormente expuesto con fundamento en el Artículo 115 de la Constitución Política Federal, de los Estados Unidos Mexicanos, 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, los artículos 54, 55, 56 60, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California los Artículos 5, 9, 13, 15 de la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California, los artículos 66, 76, 78, 79, 116 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento por éste conducto y de la manera mas atenta le solicitamos al C. Presidente Municipal tenga a bien someter a discusión del pleno del Cabildo el presente dictamen como lo dispone el artículo 79 del ordenamiento anteriormente invocado, esperando que dicho dictamen se apruebe bajo el siguiente: PUNTO RESOLUTIVO: UNICO.- Que en los términos de los considerándos de la presente resolución, esta comisión de Desarrollo Urbano y Ecología determina que no es posible acceder la solicitud de parte del C. SANTOS SÁNCHEZ DIAZ para que le sea revocado el Dictamen 46/2006 de fecha 15 de Noviembre del 2006, en donde se determinó que no es posible autorizar el cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo comercial y de servicio para llevar a cabo su actividad pretendida. Dado en la Sala de Cabildo del H. XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California a los 04 días del mes de Julio del año 2007. -La votación fue la siguiente: Nueve votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Rocío López Gorosave y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una abstención correspondiente al Regidor, Gilberto Flores Muñóz. Dos ausencias momentáneas correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y al Regidor, Héctor Luna Serrano. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

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148.1498 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, la Convocatoria para la Integración del Primer Comité Técnico Asesor, en relación al Reglamento de Contaminación Lumínica del Municipio de Ensenada.- CONVOCATORIA El XVIII Ayuntamiento de Ensenada Baja California, representado en este acto por el C. Químico Cesar Mancillas Amador, en su Carácter de Presidente Municipal con las facultades de representación que le confiere la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California en sus artículos 2, 3, 4, 6 y 7, del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Ensenada en sus artículos 1, 2, 7, 21 y 22 y con fundamento en los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 del Reglamento para la Prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada Baja California. ANTECEDENTES.- PRIMERO.- Que con fecha 10 de Agosto de 2006, en sesión de cabildo se aprobó por el XVIII Ayuntamiento de Ensenada Baja California, el Reglamento para la Prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada, mismo que fue publicado en el Periódico Oficial No. 40 de Fecha 29 de Septiembre de 2006, Tomo CXIII. SEGUNDO.- Que el Reglamento para la Prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada Baja California, en su artículo 14 establece la necesidad de crear el Comité Técnico Asesor para la Prevención de la Contaminación Lumínica y el Artículo Segundo Transitorio, la obligatoriedad del H. Ayuntamiento de aprobar y emitir la presente convocatoria. TERCERO.- Que en sesión de Cabildo de fecha 3 de enero del presente año fue aprobado por unanimidad de votos el punto de acuerdo para que se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología y se de cumplimiento a lo establecido en el Artículo Segundo Transitorio del Reglamento para la Prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada Baja California, relativo a la integración del Primer Comité Técnico Asesor. CUARTO.- Que en sesión de cabildo de fecha 04 de Julio de 2007, se acordó la publicación de la presente convocatoria. CONSIDERANDO

Que en el año de 1947 la Sierra de San Pedro Mártir fue declarada Parque Nacional. Este hecho y el que la mayoría del estado se encontrara despoblado ayudaron a protegerla de la contaminación lumínica. Sin embargo el reciente crecimiento de las poblaciones cercanas y el desarrollo de la región costera, han causado preocupación por el posible incremento de la contaminación lumínica en la sierra.

Que el reglamento tiene por objeto prevenir, reducir y evitar la contaminación lumínica que se proyecta hacia la oscuridad natural del cielo de Ensenada que es ocasionado por el alumbrado público y privado, que afectan las investigaciones del observatorio astronómico nacional establecido en la Sierra de San Pedro Mártir de este Municipio, así como promover el ahorro y consumo eficiente en el uso de la energía eléctrica y la utilización de energías alternativas. Que el Comité Técnico Asesor es el encargado de supervisar y mejorar lo previsto en el Reglamento para la Prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada, Baja California y se integrara por; I. El Secretario de Administración Urbana del Ayuntamiento o quien el designe; II. El regidor coordinador de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del

Ayuntamiento; III. El Director del Instituto Municipal de Investigación y Planeación de Ensenada

(IMIP) IV. Un representante nombrado por el Instituto de Astronomía de la Universidad

Nacional Autónoma de México

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V. Un representante de la Comunidad Astronómica VI. Un representante de Los Centros de investigación y Tecnología VII. Un representante de los Organismos Colegiados de Ingeniería VIII. Un representante de los Organismos Colegiados de Arquitectura IX. Un representante de los medios de comunicación establecidos.

De los cuales con fundamento en el articulo 14 del Reglamento para la Prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada, de la fracción V a la IX, serán electos por las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento. En virtud de lo anterior, y en cumplimiento al acuerdo tomado en Sesión de Cabildo el día 04 de Julio de 2007, el H. XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada.

C O N V O C A A la comunidad Astronómica, los Centros de Investigación y Tecnología, los Organismos Colegiados de Ingeniería, los Organismos Colegiados de Arquitectura y los Medios de Comunicación establecidos, del municipio de Ensenada B. C. en los términos de los Artículos 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento para la prevención de la contaminación lumínica en el Municipio de Ensenada, B. C. a participar en la integración del Comité Técnico Asesor, bajo las siguientes:

B A S E S Los organismos convocados a participar en la integración del Comité Técnico Asesor deberán presentar las propuestas de los aspirantes a ser sus representantes ante la Secretaría del Ayuntamiento, ubicada en Avenida Reforma No. 80 del fraccionamiento Bahía de esta ciudad, en el horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. I.- Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos; a) Ser ciudadano mexicano con residencia mínima en el municipio de

Ensenada de cinco años, anteriores al día de su designación; b) Tener por lo menos 25 años de edad al día de la designación; c) Desempeñar actividades de acuerdo a la vocación del sector que

represente; d) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de elección

popular, ni haber sido registrado como candidato a ninguno de ellos; ni desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal o su equivalente de algún partido político.

II.- Cada propuesta deberá incluir los nombres de las personas que se espera funjan

como propietario y suplente y deberá contener la siguiente documentación de cada uno;

a) Copia simple de acta de nacimiento; b) Currículo vitae; c) Constancia de residencia expedida por el Secretario General del Ayuntamiento; d) Constancia del IFE y del IEE en la que se acredite no haber tenido cargos de elección popular los tres años anteriores a la presentación de la propuesta; e) Carta de antecedentes no penales; III.- El plazo para la presentación de propuestas será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación de esta convocatoria. IV.- Una vez vencido el término para la recepción de propuestas, en sesión extraordinaria de Cabildo convocada para el efecto, se elegirá por mayoría de las dos terceras partes de entre las propuestas hechas para cada una de las

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organizaciones e instituciones de que se trate, un representante propietario y un suplente. En la misma sesión se realizara la respectiva toma de protesta por el Presidente Municipal.

V.- Todo lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el H. Ayuntamiento, de conformidad con el Reglamento para la prevención de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada Baja California.

VI.- Esta convocatoria se publicará en los diarios de mayor circulación de este Municipio, por dos ocasiones, con una diferencia de tres días.

QUI M. CESAR MANCILLAS AMADOR PRESIDENTE MUNICIPAL

-La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una ausencia momentánea correspondiente al Regidor, Héctor Luna Serrano. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1499 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el DICTAMEN 021/2007, QUE EN SENTIDO POSITIVO, presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología de éste H. XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud del C. EFRAIN CARDENAS SALGADO, de cambio de Uso de Suelo de AGRÍCOLA a Uso de Suelo HABITACIONAL, en el terreno ubicado en la Parcela 72- Z-1 P –1/1 del Ejido Padre Kino, Delegación de San Quintín de esta Municipalidad, para la construcción de un fraccionamiento, solicitud que fue sometido al estudio, análisis y discusión bajo los antecedentes, considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.- 1.-Que con fecha 25 de Noviembre del 2005, compareció la empresa denominada INMOBILIARIA CABO SAN QUINTÍN, S. DE R .L. DE C. V. ante la Dirección de Control Urbano de esta Municipalidad, en la cuál solicita factibilidad de Uso de Suelo para la CONSTRUCCION Y OPERACIÓN DE FRACCIONAMIENTO PARA CASAS DE INTERES SOCIAL para la Parcela 72 Z-1 P-1/1 de la manzana S/N ubicado en el kilómetro 182 de la carretera Transpeninsular en el Ejido Padre Kino del Municipio de Ensenada, Baja California identificado con Clave Catastral KP-S00-072 con una superficie de 194,989.47 metros cuadrados, habiendo obtenido de la citada dependencia la opinión contenida en el Oficio número CU/F/583-05/2006 de fecha 24 de Enero del 2006, en el sentido que de acuerdo a la Estructura propuesta por el Programa Oficial de fecha 02 de Mayo del 2003, que establece para el predio en cuestión el Uso de Suelo Agrícola considerando el Oficio número 015/200 de fecha 05 de Enero del 2006, por parte de la Secretaría de la Subdirección de Control Urbano, Unidad San Quintín mediante Oficio SQUSQ039/2006 de fecha 23 de Enero del 2006, esta Dirección de Control Urbano considera NO PROCEDENTE EL USO DE SUELO PARA LA ACTIIDAD PRENDIDA, por lo que deberá de solicitar el cambio de Uso de Suelo de Agrícola a Habitacional. 2.- Mediante escrito de fecha 30 de Enero del 2006 el C. EFRAIN CARDENAS SALGADO le solicitó al C. Presidente Municipal, el cambio de Uso de Suelo Agrícola a Uso de Suelo Habitaciona, para el predio anteriormente referido para la Construcción y Operación de un Fraccionamiento de casas de interés Social, en consideración de que la zona donde se encuentra el predio es susceptible de

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integrarse al Desarrollo Urbano del Valle de San Quintín y al hacerlo, es una alternativa de ordenamiento para fomentar la vivienda digna. 3. - Que en la Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 de Febrero del año del 2006 se ordenó se turnara a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, para que se resolviera lo conducente al cambio de uso de suelo solicitado. En cumplimiento con lo anterior, con las facultades previstas por los artículos 1º., 3º., y 9º., de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California en relación con los artículos 1º., 3º., 4º., 6º., 8º., 25º., 15, 107 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, los Suscritos Regidores integrantes de la presente Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología nos reunimos a las 11:00 horas del día 02 de Julio del presente año 2007, en la sala de juntas de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, que se encuentra en la parte alta del Palacio Municipal ubicado en la Ave. Reforma número 80 esquina con Boulevard Ramírez Méndez del fraccionamiento Bahía de ésta Ciudad a convocatoria del coordinador de la misma, con el objeto de analizar y resolver el presente asunto, mismo que se resolvió bajo los considerándos y puntos resolutivos que a continuación se exponen : CONSIDERANDOS.- I .- Que el predio del que se solicita el cambio de Uso de Suelo es propiedad de ROSALVA RUBIO CRUZ, atento al título de propiedad que fue expedido a su favor por el C. VICENTE FOX QUEZADA en ese entonces Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que se encuentra inscrito ante el Registro Público de la propiedad y de Comercio de esta Cuidad, bajo partida 5108904 Sección Civil de fecha 13 de Junio del 2003, así como el plano de la ubicación, contrato de Asociación en Participación que tiene celebrado con Inmobiliaria Cabo San Quintín S. A de C. V. para el Desarrollo Urbano de fecha 13 de Diciembre del 2002, opinión técnica por la Subdirección de Control Urbano de la Unidad de San Quintín, opinión técnica del Delegado de la Secretaría de Infraestructura de Desarrollo Urbano del Estado de fecha 05 de Enero del 2006, opinión de la Comisión Federal de Electricidad, proyecto de la Red de Agua Potable presentado a CESPE, así como el Registro Estatal de Causante y croquis del proyecto. II .- Que de acuerdo a la opinión técnica rendida por el C. SUBDIRECTOR DE CONTROL URBANO UNIDAD SAN QUINTÍN respecto a la factibilidad de Uso de Suelo para la Construcción y Operación de un fraccionamiento para casas de Interés Social para el inmueble motivo de la solicitud, determinó que el Programa de Desarrollo Urano del Centro de Población de San Quintín y Vicente Guerrero establece el Uso de Suelo parar el predio en cuestión como Uso Agrícola.

Que el proyecto en cuestión se localiza dentro del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de San Quintín y Vicente Guerrero pero fuera de los Centros Urbanos, por lo que no se tiene matriz de compatibilidad y corresponde aplicar los distritos homogéneos. El proyecto se ubica fuera de los límites de crecimiento propuestos para el Centro de Población de San Quintín y pertenece a la Delegación de San Quintín. El predio en el que se pretende desarrollar el proyecto, cuenta con una topografía sensiblemente plana, por lo que se deberá de tener especial cuidado en la solución de los escurrimientos superficiales, teniendo en cuenta que su colindante sur es un área anegable en épocas de lluvias, al grado de que interrumpe el tráfico vehicular en el vado de la Carretera Transpeninsular. Con respecto al entorno del Poblado de Padre Kino, en los últimos dos años se observa un crecimiento de comercio y servicios, con la construcción de las instalaciones de la UABC, la construcción de una estación de servicio gasolinera y

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el centro de distribución de la Coca Cola, que de todo lo anterior se desprende que el predio esta enclavado en una área adecuada para la actividad que se pretende, por lo que para el efecto de ser aprobado, el promovente deberá de solicitar y obtener el cambio de uso de suelo y garantizar la dotación de servicio de agua potable, alcantarillado sanitario, pluviales energía eléctrica, alumbrado público, pavimentación y banquetas en los términos que establece la Ley y el Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California. Que de acuerdo a la opinión técnica de parte del Delegado en ésta Ciudad de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, establece que el Plan Estatal de Desarrollo Urbano, ubica el proyecto en la Unidad de Gestión Territorial 4 ( UGT-4 ) denominada San Quintín y establece lineamientos para la consolidación urbana de los Centros de Población San Quintín y Vicente Guerrero, las define como Ciudades de enlace regional del Valle, con las localidades del Norte y Sur de la Entidad.

El predio en el que se pretende desarrollar el proyecto, se localiza en terrenos de uso agrícola fuera de los límites de crecimiento propuesto por el programa del centro de población, por lo que a efecto de ser aprobado, el promovente deberá solicitar y obtener el cambio de uso de suelo y garantizar la dotación de servicios de agua potable, alcantarillado, sanitario, pluviales, energía eléctrica, alumbrado público, pavimentación y banquetas, en los términos que establece la Ley y el Reglamento de Fraccionamiento del Estado de Baja California.

III.- El Plan Estatal de Desarrollo, establece como uno de sus objetivos generales, el de incrementar la disponibilidad, cobertura y calidad de vivienda, servicios básicos e infraestructura que permitan un desarrollo planificado de los centros de población, en un marco de armonía con el medio ambiente, define entre sus líneas estratégicas, la promoción de ofertas diversificadas de viviendas y suelo urbano, en forma adecuada a las condiciones de cada región mediante la coordinación entre Gobierno, instancias financieras y empresas inmobiliarias .

Congruente con lo anterior y en consideración de que de acuerdo a la opinión técnica del Subdirector de Control Urbano Unidad San Quintín y del Delegado de la Secretaría de Infraestructura de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California en el sentido de que el inmueble donde se pretende llevar a cabo el proyecto de la Construcción y Operación de Fraccionamiento para Casas de Interés Social, se localiza dentro del Programa de Desarrollo Urbano de Centros de Población de San Quintín y Vicente Guerrero, se establece que el Uso de Suelo para el predio en cuestión como de Uso Agrícola, pero se encuentra fuera de los Centros Urbanos, por lo que no se tiene matriz de compatibilidad y no corresponde aplicar los Distritos homogéneos, por lo que tomando en cuenta estas opiniones y el contenido de las documentaciones exhibidas por el solicitante y de acuerdo a la inspección que se le practicó al predio, se encuentra apto para que se incremente la disponibilidad de vivienda de interés social que cuente con servicios e infraestructura que permita un desarrollo bien planificado con los que debe de contar un centro de población, esta Comisión dictaminadora determina que se debe de autorizar el cambo de Uso de Suelo de Agrícola a Uso de Suelo Habitacional para el inmueble descrito anteriormente para los fines pretendidos, bajo la condición de que el solicitante deberá garantizar la dotación de servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, pluviales, energía eléctrica, alumbrado público, pavimentación y banquetas en los términos establecidos de la Ley y Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Federal, artículos 81 y 82 fracción VIII de la Constitución del Estado libre y soberano de Baja California, artículos 1º. 3º., 9º, y demás relativos de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1º, 11fracción XX y demás relativos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California,

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artículos 76, 77, 78, 79 y demás relativos del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, por éste conducto muy respetuosamente y de la manera más atenta ésta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecóloga le solicita al C. Presidente Municipal tenga a bien someter a discusión del pleno del Cabildo el presente dictamen, esperando que dicho dictamen se apruebe de acuerdo a los siguientes : PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Que mediante el presente dictamen, se autoriza el cambio de Uso de Suelo de Agrícola a Uso de Suelo Habitacional en el inmueble identificado como parcela número 72 Z-1- P-1/1 del Ejido Padre Kino con Clave Catastral KP-S00-072 con superficie de 194, 989.47 metros cuadrados ubicado a la altura del kilómetro 182 de la Carretera Transpeninsular Ensenada La Paz, en la Delegación de San Quintín Baja California, de ésta Municipalidad de Ensenada, Baja California, que fue solicitado por el C. EFRAIN CARDENAS SALGADO para que lleve a cabo la CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE FRACCIONAMIENTOS PARA CASAS DE INTERES SOCIAL. SEGUNDO.-La presente autorización de cambio de uso de suelo, queda sujeta a que el solicitante y propietario cumpla con las condiciones establecidas en el considerando III de la presente resolución y dictamen. TERCERO.- La presente autorización de cambio de uso de suelo podrá ser suspendida o cancelada por el Ayuntamiento, en el evento de que el interesado le de un uso de suelo diverso al autorizado en esta resolución o en el evento de que incumpla con las condiciones referidas en el resolutivo segundo de esta autorización. Dado en la Sala de Presidentes del H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los 04 días del mes de Julio del año 2007. La votación fue la siguiente: Doce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1500 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 25/2007, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, de éste H. XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud de modificación del Acuerdo de Cabildo emitido por el H. XVII Ayuntamiento de Ensenada, tomado en sesión Ordinaria de cabildo celebrada el día 14 de Junio del 2004, mismo que se somete a consideración ante esta H. Asamblea, bajo los antecedentes, considerandos y puntos resolutivos que a continuación exponemos: ANTECEDENTES.-

1.- Que por acuerdo de Cabildo tomado en la Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Junio del 2004, se aprobó por votación mayoritaria el Dictamen número 54 presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano y Control Ecológico, respecto a la solicitud de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal de Donación de una superficie de terreno que pertenece a los bienes propios del Municipio bajo los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.- PRIMERO: Con fundamento en lo dispuesto en el último párrafo del artículo 13 y en la fracción II del artículo 15 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, se aprueba donar al Gobierno del Estado, la solicitud del Secretario de Seguridad Pública Estatal, de una superficie de terreno de 1,500.00 metros cuadrados, que forma parte de la

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fracción “A” E18 del polígono 1, ubicado en la Colonia Praderas del Ciprés, de la Delegación Municipal Chapultepec, para la ampliación de las instalaciones de la Policía Estatal en la Ciudad de Ensenada. SEGUNDO: La donación de ese bien municipal se inscribe en la disposición de apoyo reciproco por parte del Gobierno del Estado y del Municipio de Ensenada, para el intercambio de inmuebles conforme a los procedimientos legales, con el fin de resolver con prontitud las necesidades sociales e institucionales de ambos niveles de Gobierno TERCERO.- Se instruye al Presidente Municipal para que realice el trámite administrativo correspondiente a la brevedad posible.

2.- Que a petición del C. Lic. SALVADOR RODRÍGUEZ LUNA, Director de Asuntos Jurídicos del XVIII Ayuntamiento de Ensenada, para la modificación del Acuerdo de Cabildo tomado en Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de Junio de 2004, relativo al predio donado a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal conocido como (C-4), en virtud de que se requiere corregir el error que se ha venido desarrollando por motivos ajenos a la Administración Municipal, la modificación del acuerdo estriba en lo siguiente: En el acuerdo de Cabildo dice: Donación de una superficie de 1,500.00 metros cuadrados que forman parte de la fracción “A” E 1 B del polígono 1 ubicado en la Colonia Praderas del Ciprés de la delegación Municipal de Chapultepec, se requiere que diga: Donación de una superficie de terreno de 1,500.00 metros cuadrados que forman parte del lote FRACCION “A” POLIGONO 1 FRACCION E –1 –B FRACCION D de la manzana sin número con Clave Catastral EC-000-274 de la Delegación Municipal de Chapultepec con las siguientes medidas y colindancias: NOROESTE 50.00 METROS CON FRACC. G SURESTE. 50.00 METROS CON FRACC. A POL. 1 FRACC. E1C., NORESTE 6. 853 METROS CON FRACC. F + 23.147 METROS CON FRAC. E, SUROESTE EN 30.00 METROS CON PROLONGACIÓN BOULEVARD ZERTUCHE.

Atendiéndose a lo anterior y con el objeto de que se resuelva lo conducente, los integrantes Regidores de esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Arnoldo Carlos García Guerrero, Georgina Posada Aparicio y Rocío López Gorosave, nos reunimos a las 11:00 del día 02 de Julio del presente año 2007, en la Sala de Regidores Ma. Emmer de Carrillo ubicada en la planta alta del Palacio Municipal de Calle Reforma No.80, con Esquina de Blvd. Ramírez Méndez del Fraccionamiento Bahía de esta Ciudad, donde se analizó y discutió el asunto en cuestión al tenor del considerando y puntos resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDO.-

UNICO.- Que una vez que fue analizada la documentación que se anexó a la solicitud de parte del Director de asuntos Jurídicos del XVIII Ayuntamiento de ésta Municipalidad para que se modifique el acuerdo de Cabildo tomado en la Sesión Ordinaria de fecha 14 de Junio del 2004 , de la anterior Administración Municipal para el efecto de que se corrija el error en que se incurrió el referido acuerdo únicamente en lo que respeta a la identificación del inmueble donado, toda vez que en el acuerdo a que se hace referencia, el inmueble en cuestión quedó identificado como Fracción “A” E 1 B del polígono 1 sin embargo, la identificación de ese inmueble no corresponde al inmueble que se encuentra Inscrito a nombre del H. Ayuntamiento de Ensenada Baja California ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo partida número 5150327 de la Sección Civil en consecuencia y para el efecto de que se pueda formalizar la donación del inmueble, que fue motivo de donación, este debe ser identificado con los mismos datos como se encuentren inscritos ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, y por ende es procedente la autorización de la modificación del citado acuerdo en los términos solicitados, es decir, en lo que respecta a la identificación del inmueble donado con las medidas y colindancias que aparecen inscritas ante el Registro Público de la propiedad, por lo que el inmueble en cuestión se identifica como Lote: FRACC. A POLÍGONO 1 FRACC. E-1-B FRACC. D.

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En los términos establecidos en el considerando único que antecede a juicio de ésta Comisión dictaminadora opinamos que no existe ningún inconveniente para que éste H. Cabildo apruebe el presente dictamen que se pone a consideración bajo los siguientes puntos de acuerdo:

Atento a los anteriores antecedentes y considerándos, en uso de las facultades que

en los términos de la Fracción IX del Artículo 7, en relación con la Fracción III del numeral 3 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, en relación con los Artículos 7 Fracciones III y XIV, 17 y 22 Fracción II del Reglamento de la Administración Pública para el Municipio Ensenada, Baja California y con fundamento en los Artículos 1, 11 Fracción XX, 147, 148, 150, 174 de la Ley de De-sarrollo Urbano del Estado y 2, 35, 62, 88 y demás relativos del Reglamento de Fraccionamientos en vigor, en relación al Convenio Especifico, que para la transferencia de funciones en materia de Control Urbano celebraron el Gobierno del Estado de Baja California y el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, publicado en el Periódico Oficial del Estado, de fecha 30 de Agosto de 1996, esta comisión dictaminadora determina aprobar el presente dictamen bajo los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se autoriza la modificación del acuerdo de Cabildo número 54 tomado en la Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de Junio del 2004, en lo que respecta a la identificación del inmueble donado, debiendo quedar identificado el citado inmueble como Lote: FRACC. A POLÍGONO 1 FRACC. E-1-B FRACC. D con las medidas y colindancias que aparecen inscritas ante el Registro Público de la propiedad y de Comercio bajo la partida número 5150327 de la Sección Civil de fecha 20 de Abril del 2006, lo anterior para el efecto de que se formalice la donación autorizada en el acuerdo de Cabildo anteriormente especificado.

SEGUNDO.- Se autoriza y se instruye al C. Presidente Municipal y Secretario Fedatario, para que de acuerdo a sus atribuciones legales y formalicen con GOBIERNO DEL ESTADO el Contrato de Donación respecto al inmueble descrito en el punto Primero resolutivo de éste dictamen lo anterior para todos los efectos legales. Dado en la Sala de Presidentes del H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California a los 04 días del mes de Julio del año 2007. - La votación fue la siguiente: Doce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una ausencia momentánea correspondiente al Regidor, Héctor Luna Serrano Muñóz y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una ausencia momentánea correspondiente al Regidor, Héctor Luna Serrano. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1500 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 25/2007, QUE EN SENTIDO NEGATIVO presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, de éste H. XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, que por acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 02 de Noviembre del 2005, se ordenó se turnara a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, para que se emita dictamen correspondiente relativo a la solicitud del C. ALFREDO MAR LOPEZ para la aprobación de la ampliación del centro comercial ubicado en el lote 011, manzana 036 de la Delegación de Maneadero, con Clave Catastral EN-036-011. – ANTECEDENTES.-

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1.- Que en los términos del oficio CU/OF/215/2005 de fecha 23 de Septiembre del 2005, el C. Director de Control Urbano le dió contestación al C. Presidente Municipal respecto al oficio PM/2204 de fecha 19 de Septiembre del mismo año 2005, con el que solicitaba la aprobación de la ampliación del centro comercial ubicado en el lote 011 de la manzana 036 de la Delegación de Maneadero, identificado con Clave Catastral EN-036-011, mediante el cuál le informó que de acuerdo a la Estructura Urbana propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano para el centro de Población de la Ciudad de Ensenada, (13 de Enero de 1995 ) establece como incompatible para la zona del Distrito 19 donde se localiza el inmueble referido, el uso de suelo Comercial y de Servicios, sin embargo, en los antecedentes presentados se observó Licencias de Construcción número 512 de fecha13 de Noviembre de 1998, para la construcción de 5 locales comerciales. Referente a la autorización solicitada, debido a que no cumple con el Capítulo XVI Especificaciones para estacionamiento, del Reglamento de Edificaciones del Estado (Periódico Oficial de fecha10 de Junio de 1976) ya que los establecimientos que especifica dentro del predio ocupan casi la mitad de Vía Pública, así mismo no tiene frente suficiente para autorizar 14 espacios de estacionamientos exclusivos. Por lo anterior, la Dirección de Control Urbano consideró No Congruente llevar a cabo el cambio de coeficiente, así como la autorización de estacionamiento. Con los anteriores antecedentes los Suscritos Regidores integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, ARNOLDO CARLOS GARCIA GUERRERO, ROCIO LOPEZ GOROSAVE, Y GEORGINA POSADA APARICIO de este H. XVIII Ayuntamiento, mediante convocatoria del primero de los nombrados coordinador de la Comisión, siendo las 11:00 horas del día 02 de Julio del año en curso 2007, nos reunimos en la Sala de Juntas “María Emmer de Carrillo” ubicada en el área de Regidores que se encuentra en la Parte Alta del Palacio Municipal con Domicilio en Av. Reforma #80, esquina Blvd. Ramírez Méndez, con el objeto de resolver y dictaminar lo procedente respecto a la solicitud que nos ocupa, mismo que fue resuelto bajo el siguiente considerando y punto resolutivo que a continuación se exponen: CONSIDERANDO.- UNICO .- Que una vez que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología analizó tanto la solicitud como la documentación correspondiente, se desprende que desde que se autorizó la licencia de la construcción de los locales comerciales, no se cumplía con los requisitos de los cajones de estacionamientos, toda vez que en la planta baja cuenta con tres locales comerciales y en la planta alta dos locales comerciales y un salón social, que en su conjunto requiere 15 cajones de estacionamiento, contando únicamente con siete cajones de estacionamiento. El proyecto que presenta el interesado para la ampliación del centro comercial, pretende aumentar cuatro locales comerciales a los ya existentes, sin embargo, reduce a cinco cajones de estacionamiento y con ello tendría un faltante de 14 cajones de estacionamientos. Si bien es cierto que el solicitante manifiesta estar de acuerdo en realizar pagos anuales, semestrales, o aportar económicamente una cuota con el fin de la creación de un fideicomiso o fondo en el futuro para áreas o espacios para estacionamientos en las zonas de afectación, también lo es que desafortunadamente no se podría disponer en exclusividad en la vía pública 14 cajones de estacionamientos, es por ello que de momento no es posible que se le autorice al solicitantes la ampliación de la construcción de los locales comerciales a que se refiere su proyecto. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los Artículos 115 Constitucional, Artículo 82 de la Constitución Libre y Soberana del Estado de Baja California, Artículo 1º. 3, 9, 13, 15, 16, y demás relativos del Régimen Municipal para el Estado de Baja

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Año. 3

California, los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 12, 21 y demás relativos del reglamento de Bienes Patrimoniales del Municipio de Ensenada, Baja California, los artículos 76, 77, 78, 79, 105, 109 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada de Baja California, solicitamos y proponemos al C. Presidente Municipal que someta a discusión el presente dictamen, para que de no existir inconveniente legal alguno éste H. Cabildo, apruebe el presente dictamen bajo el siguiente: PUNTO RESOLUTIVO.- UNICO.- Esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología de éste H. XVIII Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, dictamina que de momento no es posible autorizar la ampliación de la construcción de los locales comerciales a que se refiere el solicitante en atención de que el proyecto de construcción que tiene contemplado, no cumple con los requisitos establecidos en el Capítulo XVI Especificaciones para Estacionamiento, el Reglamento de Edificaciones del Estado de Baja California. Dado en la sala de Presidentes del H. XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California a los 04 días del mes de Julio del año 2007. La votación fue la siguiente: Doce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1501 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, Coordinada por el C. Regidor, Jesús Salvador Abarca Macklis, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la solicitud del C. Roberto Buelna de la Toba, propietario de la Fracción B del lote de terreno número 12 de la Manzana 5, ubicado en Avenida París No. 505, esquina Calle Oslo de la Colonia Moderna de esta ciudad, de autorización de compra-venta del Callejón denominado Servicio de Paso en lo que se refiere a la colindancia del lote de su propiedad, mismo que sumaría la cantidad de 14.39 metros de largo por 3 metros de ancho, dando una superficie total de 43.17 m2. - - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1502 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García Gerrero, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la solicitud del C. Ocean. Arturo Escobedo Peña, Representante de VICENT’S PRODUCTOS MARINOS, de cambio de uso de suelo en la Parcela 13 Z-1 P-1 Fracción D-1 de la Manzana H00 ubicado en Prolongación Calle José Antonio Alzate s/n entre Calles Juan Rulfo y Prolongación Boulevard Zertuche del Ex Ejido Chapultepec de este Municipio, para la construccion de una nave industrial. - - - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí

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Año. 3

Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1503 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García Guerrero, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la solicitud del C. Lic. Mario Salman Palacios, Administrador único de Desarrolladora y Urbanizadora Novaera, S. A. de C. V., de cambio de densidad de población de 320 h/ha para la fracción de terreno A1, con superficie de 75,194.6 m2, del Fraccionamiento Chapultepec de esta Ciudad, para la construcción de desarrollo habitacional. - -- - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1504 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a las Comisiones Conjuntas de Gobernación y Legislación y a la de Obras y Servicios Públicos, Coordinadas por los CC. Regidores, Orlando Toscano Montaño y Héctor Luna Serrano, para que emitan el dictamen correspondiente al Reglamento del Servicio Público de Cementerios del Municipio de Ensenada. –- - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1505 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, Coordinada por el C. Regidor, Jesús Salvador Abarca Macklis, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la solicitud del C. Mario Falomir Fonseca, Oficial Mayor del Ayuntamiento, respecto a la aceptación de donación que hace el Gobierno del Estado al Gobierno Municipal, del Lote Unico Fracción B de la Manzana 12, con superficie de 788.75 m2, identificado con Clave Catastral PB-012-031 del Fraccionamiento Punta Banda de esta Ciudad, en donde se localiza una Sub-Estación de Policía Municipal. - -- - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores,

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XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007

Año. 3

Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1506 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, Coordinada por el C. Regidor, Jesús Salvador Abarca Macklis, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la solicitud de los CC. Isaac Chapluk Pabloff, Síndico Procurador y C.P. José Arturo Agüero Bastidas, Tesorero Municipal, contenida en Of. No. 00749 de fecha 02 de Julio de 2007, para la autorización de Creación de Partidas, Ampliaciones y Transferencias en sus Partidas del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, las cuales rebasan el 15% de su monto autorizado o bien son de diferente grupo de gasto. - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1507 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García Guerrero, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la Solicitud del C. José Luis Prado Meza, de factibilidad de uso de suelo para la operación de una nave industrial en la producción de artículos de espuma de poliuretano (FOAM), que se encuentra edificada en la parcela 112 Z-1 P-01 de la manzana s/n, ubicado en el Ejido Nacionalista Sánchez Taboada. - -- - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño

148.1508 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XVIII

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García Guerrero, para que emita el dictamen correspondiente, relativo a la Solicitud del C. Emiliano Manríquez Gallardo, de cambio de uso de suelo en el predio de su propiedad, ubicado en Calle Vicente Guerrero No. 311, Lote 013 de la manzana 008, entre Bulevar Emilio Carranza y Calzada de las Aguilar de esta ciudad, para continuar trabajando en carrocería y pintura. -- - La votación fue la siguiente: Once votos a favor, correspondientes a los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores Muñóz al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Cero abstenciones. Una ausencia momentánea correspondiente al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff. Tres ausencias justificadas, correspondientes a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1509 Se aprobó por mayoría de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento

Constitucional de Ensenada, Baja California, la solicitud del C. Presidente Municipal, César Mancillas Amador, para ausentarse de sus funciones, los días sábado 07 y

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XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007

Año. 3

Domingo 08 de Julio del año 2007, y reasumir el cargo antes dicho período si materialmente se encuentra en posibilidades de hacerlo, en apego a lo establecido en los Artículos 30, 31 fracciones I y IV y 32 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California. –- -La votación fue la siguiente: Diez votos a favor, correspondientes los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Un voto en contra, correspondiente al Regidor, Gilberto Flores Muñóz. Cero abstenciones. Cuatro ausencias justificadas, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.

148.1510 Se aprobó por mayoría de votos de los munícipes presentes del XVIII Ayuntamiento

Constitucional de Ensenada, Baja California, la designación del C. Regidor, Héctor Luna Serrano, como Regidor en funciones de Presidente Municipal, en virtud de la solicitud del C. Presidente Municipal, César Mancillas Amador para ausentarse de sus funciones, los días sábado 07 y Domingo 08 de Julio del año 2007, y reasumir el cargo antes dicho período si materialmente se encuentra en posibilidades de hacerlo, en apego a lo establecido en los Artículos 30, 31 fracciones I y IV y 32 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.- -La votación fue la siguiente: Diez votos a favor, correspondientes los Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López, Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Arnoldo Carlos García Guerrero, Héctor Luna Serrano, Rocío López Gorosave y al Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Cero en contra. Una abstención, correspondiente al Regidor, Gilberto Flores Muñóz. Cuatro ausencias justificadas, correspondientes al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán y Orlando Toscano Montaño.