XV SEMINARIO FISCAL DE LA INDUSTRIA MINERA• Mismos supuestos de fuente de riqueza • Retención a...
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XV SEMINARIO FISCAL DE LA
INDUSTRIA MINERA
Novedades en materia internacional
Mauricio Ambrosi Herrera Turanzas, Bravo & Ambrosi
TEMARIO
• Reforma fiscal 2014
• Consideraciones generales
• Aspectos internacionales
• Estudio OCDE Base Erosion and Profit
Shifting
REFORMA FISCAL 2014
• The Mexican moment?
• MIKT (México, Indonesia, Corea del Sur, Turquía) vs BRIC (Brasil, China, India
y Sudáfrica)
• En 2011 y 2012, México crecimiento económico dos veces superior a Brasil
• Finanzas públicas conservadoras que sobrevivieron a crisis de 2008
• Reservas monetarias han llegado a cifras históricas
• Inflación bajo control durante los últimos 12 años
• Costo del trabajo mas económico que en China (salario mínimo)
• Nueva administración en funciones desde el 1 de diciembre de 2012
• Reforma financiera, energética, educación, fiscal
• Reforma fiscal ideal?
• Oportunidad histórica
• Fomento al crecimiento económico / fomento a la inversión
• Promoción del empleo
• Combate a la informalidad / Ampliación base gravable
• Reducción de gasto corriente
REFORMA FISCAL 2014
• Realidad Reforma Hacendaria
• Se defendió como progresiva, equitativa
• No se aprovecha oportunidad histórica
• Nuevamente solo se hacen ajustes
• Históricamente mayores impuestos no generan actividad ni derrama
económica
• No se fomenta la inversión (nacional ni extranjera)
• Impuesto a dividendos
• No se promociona el empleo
• Límite a deducción de prestaciones laborales
• Combate incipiente a la informalidad
• Nuevo régimen insuficiente
• No hay reducción de gasto corriente / ausencia rendición de cuentas
REFORMA FISCAL 2014
• Resultado = Decepción
• Reforma regresiva • Aumento de deuda?
• No fomenta consumo ni inversión • Renuncia a un «pastel» más grande
• Elimina estímulos a la inversión
• No crea un régimen fiscal moderno • Mayor libertad
• Menores restricciones
• Opresivo sobre los mismos contribuyentes (impuesto a la minería)
• Previsible aumento PIB e inflación
• Puede aumentar evasión y elusión
• Continuación dependencia ingresos petroleros
• Futura nueva reforma 2016-2017?
REFORMA FISCAL 2014
• Nueva LISR
• Era necesaria?
• 195 vs 238 artículos
• Necesidad no sólo de eliminar sino modificar temas
• Temáticas internacionales que permanecen igual
• Gastos a prorrata
• Mismos supuestos de fuente de riqueza
• Retención a la exigibilidad o pago
• Incorporación de tasa del 4.9% a texto de ley
• Exportación de servicios en IVA
• Límite a acreditamiento ISR corporativo a más de un segundo nivel
• Indefinición conceptos
• Título V
• Antes Arts. 179 a 211
• Ahora Arts. 153 a 175
REFORMA FISCAL 2014
REFORMA FISCAL 2014
Aplicación convenios
• Operaciones entre partes relacionadas
• Autoridades fiscales podrán realizar solicitud
• Que el residente en el extranjero acredite la existencia de una doble
tributación jurídica
• A través de manifestación bajo protesta de decir verdad firmada por el
representante legal
• Que señale «que los ingresos sujetos a imposición en México y respecto de
los cuales se pretenda aplicar un convenio, también se encuentran gravados
en su país de residencia»
• Indicará disposiciones jurídicas aplicables
• Aportar documentación que el contribuyente considere necesaria al efecto
Ajustes a acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero
• Límite de acreditamiento de ISR pagado en el extranjero se realice de
manera cedular por país o jurisdicción
• Se modifica la forma de determinación de acumulación y acreditamiento de
montos proporcionales de impuestos corporativos extranjeros pagados en
primero y segundo nivel
• Procedimiento de cálculo por capas respecto acreditamiento de ISR
corporativo cuando tasas corporativas hayan tenido cambios de un año para
otro
• Precisa que todos los impuestos extranjeros comprendidos en los tratados
concluidos por México se considera que tienen naturaleza de ISR y por tanto
serán acreditables en México
• Es relevante el nombre que se le dé al impuesto extranjero
• Naturaleza o el objeto del impuesto?
• Si es un impuesto federal o local?
• Que se permitan deducciones para calificar como un impuesto sobre la
renta?
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Fondos de pensiones extranjeros invirtiendo en bienes raíces del
país
• Actualmente fondos de pensiones y jubilaciones extranjeros
• exentos de ISR por ganancias por ventas de acciones cuyo valor
provenga en más del 50% de terrenos y construcciones adheridas al
suelo, ubicados en México, así como por
• enajenación de dichos bienes, siempre que se otorgue el uso o goce
temporal de terrenos y construcciones por un periodo no menor a un
año
• Se eleva a 4 años el plazo mínimo por el que se deberá otorgar el uso o
goce temporal de terrenos o construcciones para estar en posibilidad de
aplicar exención
• Esta exención no aplicará cuando los terrenos o construcciones formen
parte de su inventario, esto es, que se perciban por el desarrollo de
actividades empresariales en el país, quedando limitada a la exención
sólo a ingresos pasivos
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Arrendamiento de remolques y semiremolques
• Uso o goce temporal de inmuebles
• Actualmente contenedores sujetos a tasa de retención del
5% siempre que bienes sean utilizados por el arrendatario
en transportación de bienes
• Se prevé misma tasa de retención aplicable a remolques y
semirremolques, siempre que sean importados hasta por un
mes en términos de la Ley Aduanera
Intereses
• Tasa del 4.9%
• Disposición de vigencia anual que prórroga para 2014 aplicación de
tasa de retención
• Siempre que el beneficiario efectivo sea residente de país con
tratado y
• Se cumplan disposiciones de procedimiento del propio tratado
• Registro de Bancos
• Desaparece referencia al Registro de Bancos, Entidades de
Financiamiento y Fondos de Pensiones y Jubilaciones que era parte
de los requisitos que debían cumplirse para aplicar tasas reducidas
en términos de la LISR
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Retención por regalías
• La LISR vigente considera como otorgamiento de uso o goce temporal a
la enajenación de bienes o derechos del 15-B CFF (regalías)
• Retención del 25% sobre el ingreso al residente en el extranjero
• RMF 2013 previó que se concede el uso o goce temporal cuando la
enajenación de estos bienes o derechos está condicionada a su
productividad, uso o disposición
• La nueva LISR prevé que la retención aplicará cuando la enajenación se
condicione a productividad, uso o disposición
• La enajenación que no quede sujeta a esos supuestos, no quedará
gravada
REFORMA FISCAL 2014
REFORMA FISCAL 2014
Exención operaciones financieras derivadas de deuda
• Actualmente exentas operaciones financieras derivadas de deuda
referidas a TIIE o títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal
o por el Banco de México colocados en México entre el gran público
inversionista, siempre que se lleven a cabo en bolsas de valores o
mercados reconocidos
• Se aclara que toda operación derivada de deuda que califique como
SWAP, en la cual alguna parte de la operación esté referenciada a
TIIE o a los títulos referidos, se encontrarán igualmente exentas.
Ganancias de capital a través de BMV
• La LISR vigente exenta a residentes en el extranjero que enajenen
acciones o títulos que representen exclusivamente acciones de
sociedades mexicanas a través de BMV
• A partir de 2014 aplicará una retención del 10% sobre la ganancia
que se obtenga por enajenación de acciones
• Retención a cargo del intermediario del mercado de valores
• No se estará obligado al pago del impuesto cuando el contribuyente
sea residente en un país con tratado para evitar la doble imposición
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Dividendos
• Retención del 10% sobre los dividendos o utilidades que reciban residentes en el extranjero, distribuidos por personas morales residentes en México
• Este impuesto será retenido por la persona quien distribuya los dividendos o utilidades
• Aplicación de tasas reducidas de tratados
• Acreditamiento en el extranjero sujeto a reglas domésticas?
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Gastos no deducibles
• Pagos que también sean deducibles para una parte relacionada residente en
México o en el extranjero, salvo que dicha parte relacionada acumule el
ingreso en este ejercicio o en el que sigue
• Pagos a partes relacionadas en el extranjero, por intereses, asistencia
técnica o regalías y que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
• La entidad extranjera que perciba el pago se considere transparente,
salvo que los accionistas se encuentren gravados por los ingresos
percibidos a través de dicha entidad extranjera y que el pago hecho
por el contribuyente esté a valor de mercado
• Que el pago se considere inexistente para efectos fiscales en el país
donde se ubique la entidad extranjera
• Que el pago no esté gravado para la entidad extranjera en su país
• La erosión de la base gravable constituye una grave amenaza a
los ingresos fiscales, soberanía fiscal y justicia fiscal de los
países
• La transferencia de utilidades entre entidades económicas de
empresas multinacionales ubicadas en diferentes países
buscando un tratamiento fiscal más favorable, constituye una de
las maneras más utilizadas para erosionar la base gravable
BEPS
Factores y áreas de incidencia
• Este fenómeno se ve favorecido por el bajo nivel de integración
de los diferentes sistemas fiscales nacionales, que propicia la
creación de lagunas que las empresas multinacionales
aprovechan para generar oportunidades para reducir o eliminar el
pago de las contribuciones
• El comercio de intangibles y el desarrollo de la economía digital,
son actualmente las principales áreas de incidencia
BEPS
Efectos Negativos
• La erosión de la base y la transferencia de utilidades producen
distorsiones en las decisiones de inversión hacia actividades con altos
índices de retorno después de impuestos
• Favorece a las empresas multinacionales sobre las que operan a nivel
nacional
• Desalienta el cumplimiento voluntario
BEPS
Áreas de Riesgo
• Entre las áreas de riesgo que favorecen la transferencia de utilidades y que requieren atención están:
• Las regulaciones nacionales discordantes para entidades e instrumentos
• La aplicación de tratados a los beneficios derivados de la entrega de bienes digitales y servicios
• El tratamiento fiscal aplicable al financiamiento entre partes relacionadas y a las operaciones intra-grupo
BEPS
Áreas de Riesgo
• Precios de transferencia relacionados con la transferencia de
riesgos e intangibles, la división de la propiedad de activos dentro de
un grupo y las transacciones que normalmente no se efectuarían
entre partes independientes
• La efectividad de las medidas anti-elusión como los regímenes CFC,
la capitalización delgada y las reglas para prevenir el abuso de
tratados
• La existencia de regímenes fiscales preferentes dañinos
BEPS
Consecuencias de la erosión y de la falta de respuesta
• Precios de transferencia relacionados con la transferencia de riesgos e
intangibles, la división de la propiedad de activos dentro de un grupo y
las transacciones que normalmente no se efectuarían entre partes
independientes
• La efectividad de las medidas anti-elusión como los regímenes CFC, la
capitalización delgada y las reglas para prevenir el abuso de tratados
• La existencia de regímenes fiscales preferentes dañinos
BEPS
Líneas generales de acción
• Se reconoce la necesidad de abordar el problema con un enfoque
holístico, que incluya:
• Aumentar la transparencia en las tasas efectivas de impuestos
aplicables a las empresas multinacionales
• Buscar el equilibrio entre la imposición en fuente y en la residencia
• El tratamiento fiscal de las transacciones financieras intra-grupo
• La implementación de disposiciones anti-abuso, incluyendo los
regímenes CFC y reglas de precios de transferencia
BEPS
Acciones emprendidas por la OCDE
• En la OCDE se ha reconocido la necesidad de un plan integral que
provea a los países con instrumentos nacionales e internacionales
dirigidos a alinear los derechos de imposición con las actividades
económicas reales.
• La OCDE se comprometió a entregar un plan de acción integral y global
que aborde las áreas de riesgo y que proporcione soluciones concretas
para realinear los estándares internacionales con el ambiente global de
negocios
• Dicho documento fue publicado por la OCDE el 19 de julio de 2013, el
cual se denominó “Plan de Acción contra la Erosión de la Base Gravable
y Transferencia de Utilidades ”, mismo que incluye acciones específicas,
tiempos, así como la metodología de su implementación.
BEPS
ACCIONES
• Acción 1- Enfrentar los retos fiscales de una economía digital
• Acción 2- Neutralizar los efectos de instrumentos híbridos
• Acción 3- Fortalecimiento de reglas de CFC (reglas para regímenes
fiscales transparentes)
• Acción 4- Limitar la erosión a la base vía deducción de intereses y otros
pagos financieros
BEPS
• Acción 5- Enfrentar las prácticas fiscales perjudiciales de una manera
más efectiva, tomando en cuenta transparencia y substancia
• Acción 6- Prevención de abusos a los tratados
• Acción 7- Evitar la evasión artificial de establecimiento permanente
• Acciones 8, 9 y 10- Asegurar que los resultados de precios de
transferencia estén en línea con la generación de valor.
– Acción 8- Intangibles
– Acción 9- Riesgos y capital
– Acción 10- Otras operaciones de alto riesgo
BEPS
• Acción 11- Establecer metodologías para recaudar y analizar los datos
del BEPS y las acciones para enfrentarlo
• Acción 12- Requerir a los contribuyentes que revelen su planeación
fiscal agresiva
• Acción 13- Re-examinar documentación de precios de transferencia
• Acción 14- Eficientar los medios de solución de controversias
• Acción 15- Desarrollar un instrumento multilateral
BEPS
“Timing”
• Se espera que el Plan de Acción se complete en un periodo de 2
años. Sin embargo, algunas acciones podrían implicar un trabajo
a largo plazo.
BEPS