· Web viewentidad comprometida con el medio ambiente dando cumplimiento del objetivo mundial de...

124
Proceso de Apoyo Código GTHU-DI- 001 Proceso Gestión de Talento Humano CARTILLA DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV Versión 1 CARTILLA DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV Plan Institucional de Formación y Capacitación Programa de Inducción y Reinducción Proceso Gestión Talento Humano Bogotá, D.C. diciembre de 2020 La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTIÓN de la UAERMV Calle 26 No.57-41 Torre 8, Pisos 8 CEMSA – C.P. 111321 PBX: 3779555 – Información: Línea 195 GTHU-DI-001 www.umv.gov.co Página 1 de 124

Transcript of  · Web viewentidad comprometida con el medio ambiente dando cumplimiento del objetivo mundial de...

CARTILLA DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV

Plan Institucional de Formación y Capacitación

Programa de Inducción y Reinducción

Proceso Gestión Talento Humano

Bogotá, D.C. diciembre de 2020

Proceso de Apoyo

Código

GTHU-DI-001

Proceso Gestión de Talento Humano

CARTILLA DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV

Versión

1

La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTIÓN de la UAERMV

Calle 26 No.57-41 Torre 8, Pisos 8 CEMSA – C.P. 111321

PBX: 3779555 – Información: Línea 195GTHU-DI-001

www.umv.gov.coPágina 1 de 14

Tabla de contenido1. Reseña Histórica UAERMV91.1 HERRAMIENTA PARA PROCESO DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN91.2 INTRODUCCIÓN101.3 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL (UAERMV)102. PLATAFORMA ESTRATÉGICA112.1 MISIÓN122.2 VISIÓN122.3 CÓDIGO DE INTEGRIDAD122.4 OBJETIVOS INSTITUCIONALES132.5 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL142.6 MAPA DE PROCESOS UAERMV152.7 RECURSOS DE LA UAERMV162.7.1 Humanos162.7.2 Infraestructura162.8 Materia prima para los servicios173. PORTAFOLIO DE SERVICIOS183.1 CONSERVACIÓN DE LA MALLA VIAL193.2 MANTENIMIENTO DE PAVIMENTOS FLEXIBLES Y RÍGIDOS193.2.1 Mantenimiento rutinario193.2.2 Mantenimiento periódico193.2.3 Parcheo203.2.4 Bacheo203.2.5 Cambio de losa203.3 REHABILITACIÓN203.3.1 Rehabilitación parcial203.3.2 Rehabilitación total213.4 ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y SITUACIONES IMPREVISTAS213.5 APOYO INTERINSTITUCIONAL213.6 ATENCIÓN TÉCNICA A LOCALIDADES214. DEPENDENCIAS214.1 CONSEJO DIRECTIVO224.2 DIRECCIÓN GENERAL224.3 OFICINA DE CONTROL INTERNO244.4 OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN244.5 OFICINA ASESORA JURÍDICA264.6 SECRETARÍA GENERAL274.6.1 PROCESO GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO284.6.2 GESTIÓN CONTRACTUAL294.6.3 GESTIÓN DOCUMENTAL324.7 SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL LOCAL344.8 SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PRODUCCIÓN E INTERVENCIÓN344.9 GERENCIA DE PRODUCCIÓN364.10 GERENCIA DE INTERVENCIÓN364.11 GERENCIA GESTIÓN AMBIENTAL, SOCIAL Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO375. REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL (Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales)385.1 EMPLEADOS PÚBLICOS385.2 REGIMEN SALARIAL385.2.1 Asignación básica385.2.2 Gastos de representación395.2.3 Prima técnica395.2.4 Escala prima técnica405.2.5 Auxilio de transporte405.2.6 Subsidio de alimentación405.2.7 Viáticos percibidos por los funcionarios en comisión405.2.8 Horas extras, dominicales y festivos415.2.9 Compensatorios415.2.10 Prima semestral415.2.11 Bonificación por servicios prestados425.2.12 Prima de antigüedad425.2.13 Prima secretarial435.3 PRESTACIONES SOCIALES435.3.1 Vacaciones435.3.2 Salario de Vacaciones445.3.3 Prima de Vacaciones:445.3.4 Compensación en dinero de las vacaciones –Indemnización445.3.5 Bonificación de Recreación:445.3.6 Prima de navidad455.3.7 Reconocimiento por permanencia455.3.8 Cesantías465.3.9 Intereses a las cesantías465.4 TRABAJADORES OFICIALES465.5 REGIMEN SALARIAL465.5.1 El subsidio de transporte y el auxilio de alimentación475.5.2 La prima de antigüedad475.5.3 Horas extras: se reconocen a todos los trabajadores oficiales.485.6 PRESTACIONES SOCIALES485.6.1 Prima semestral495.6.2 Prima navidad495.6.3 Quinquenio para los trabajadores oficiales que ingresaron después del 1 de enero de 2010505.6.4 Cesantías516. APORTES SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL – Salud, Pensión y Riesgos536.1 INGRESO BASE COTIZACION537. SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO567.1 POLITICA SG SST – UAERMV.567.2 PELIGROS ASOCIADOS A LABORES ADMINISTRATIVAS577.3 PELIGROS ASOCIADOS A LABORES OPERATIVAS597.4 EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO627.5 PREVENCIÓN Y CONTROL DE EMERGENCIAS647.6 REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO668. HERRAMIENTAS Y APLICATIVOS INTERNOS678.1 ORFEO679. SISGESTIÓN6710. Sigma6810.1 MESA DE AYUDA6911. DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DEL SERVIDOR PÚBLICO7011.1 DERECHOS7011.2 DEBERES7111.3 RESPONSABILIDADES7511.3.1 Fiscal7511.3.2 Penal7611.3.3 Disciplinaria7611.3.4 Civil7611.4 DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA7611.4.1 Peculado7711.4.1 Concusión7911.4.2 Cohecho8011.4.3 Celebración indebida de contratos8011.4.4 Tráfico de Influencias8111.4.5 Enriquecimiento Ilícito8211.4.6 Prevaricato8211.4.7 De los abusos de autoridad y otras infracciones8311.4.8 Utilización asuntos sometidos a secreto8311.4.9 Utilización información oficial privilegiada8312. MANEJO DE BIENES ASIGNADOS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS8413. CUMPLIMIENTO, COLABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLITICAS PÚBLICAS DE ENFOQUE DIFERENCIAL Y DE GÉNERO.8413.1 ¿Qué es el enfoque diferencial?8413.2 ¿Qué es el enfoque de género?8513.3 ¿Por qué una política pública de mujeres y equidad de género?8813.4 ¿Que son los grupos étnicos?8813.5 Personas en condición de discapacidad89

Índice de Ilustraciones

Ilustración 1 - Estructura general del Distrito Capital11

Ilustración 2 - Valores de Integridad UAERMV13

Ilustración 3 - Organigrama UAERMV14

Ilustración 4 - 1.1 Mapa de Procesos UAERMV15

Ilustración 5 - Mezclas producidas por la UAERMV17

Ilustración 6 - Portafolio de Servicios - UAERMV19

Ilustración 7 - Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo56

Ilustración 8 - Peligro biomecánico57

Ilustración 9 - Peligro biológico58

Ilustración 10 - Peligro condiciones de seguridad58

Ilustración 11 - Peligro físico59

Ilustración 12 - Peligro Psicosocial59

Ilustración 13 - Peligro biomecánico60

Ilustración 14 - Peligro biológico60

Ilustración 15 - Peligro químico61

Ilustración 16 - Peligro condiciones de seguridad61

Ilustración 17 - Peligro físico62

Ilustración 18 - Valoración del Riesgo62

Ilustración 19 - Controles de Riesgo63

Ilustración 20 - Comunicación y Participación en el SG-SST64

Ilustración 21- Riesgos Naturales y Emergencias65

Ilustración 22 - Administración y Control de Emergencias65

Ilustración 23 - Equipos para la atención de Emergencias65

Ilustración 24 - Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo67

Ilustración 25 - Sistema Integrado de Gestión68

Ilustración 26 - Sistemas de Información69

Ilustración 27 - Enfoque referencial85

Ilustración 28 - Sexo86

Ilustración 29 - Homosexual87

Índice de Tablas

Tabla 1 - Escala gastos de representación UAERMV39

Tabla 2- Escala prima técnica UAERMV40

Tabla 3 - Prima de Antigüedad42

Tabla 4 -Auxilios convencionales51

Tabla 6 - Porcentajes de aportes en seguridad social53

Tabla 7 - Clase de Riesgos Profesionales54

Tabla 8 - Aporte al Fondo de Solidaridad Pensional54

Tabla 9 - Retefuente por Ingresos Laborales55

Tabla 10 - Aportes Parafiscales – Caja Compensación, ICBF y Sena55

Reseña Histórica UAERMV

· Nace hace más de 100 años como entidad, mediante el Acuerdo del Concejo Municipal de Bogotá No. 5 de 17 de marzo de 1916: “por el cual se reglamenta la Oficina de Obras Públicas” y se denomina como "DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES”.

· Acuerdo Orgánico de las Obras Públicas No. 40 de 31 de Julio de 1922 la DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES, a cargo de un Ingeniero Civil, cuyas funciones iniciales fue la elaboración de planos y presupuesto de obras y estudios técnicos para la construcción del tranvía, el acueducto y el cementerio.

· Toma el nombre de SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES mediante la Ley 72 de 28 de noviembre de 1926 que se otorgan facultades al Municipio de Bogotá y en su Artículo 3º.- “El Alcalde de Bogotá tendrá un Secretario de Gobierno, uno de Hacienda y otro de Obras Públicas”.

· Con el Decreto No. 990 de 1997 se reorganiza la estructura de la Secretaría de Obras Pública.

· Se suscribió el Convenio Interadministrativo No. 015 de 1998, entre el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU y la Secretaría de Obras Públicas – SOP, con el fin de trabajar conjunta y coordinadamente a fin de atender los deberes legales que le asisten al IDU y a la SOP en el mantenimiento de la malla vial, y la atención de situaciones imprevistas presentadas en las vías de Bogotá D.C.

· Con el Artículo 106 del Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No. 257 del 30 de noviembre de 2006, La Secretaría de Obras Públicos del Distrito Capital, se transforma en la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL.

· Con el Acuerdo 761 del 11 de junio 2020 por el cual se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, en su artículo 95 modificó las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV al encargarle adicionalmente la conservación de la malla vial intermedia y rural, la cicloinfraestrutura distrital y la realización de obras menores en coordinación con entidades como la Secretaría Distrital de Movilidad – SDM y el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU.

HERRAMIENTA PARA PROCESO DE INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN

INTRODUCCIÓN

El presente documento tiene el propósito de servir de herramienta de consulta para los servidores públicos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, que les permita lograr una comprensión de las funciones que cumple en el entramado institucional del Distrito Capital.

Para ello lo hemos estructurado en Capítulos, en el primero abordamos temas como su Plataforma Estratégica, compuesta por la Misión, Visión, el Código de Integridad, Objetivos Institucionales, Estructura Organizacional y los recursos humanos, de infraestructura y materias primas de las que dispone. Este acápite acompañado de la ubicación física de cada una de las dependencias y un Vídeo Institucional. En el segundo Capítulo presentamos el Portafolio de Servicios de la Entidad.

En el segundo Capítulo se presenta cada una de las dependencias de la Entidad, con sus respectivas funciones; en el tercer Capítulo el Régimen Salarial y Prestacional de los Servidores Públicos; acto seguido las Herramientas y aplicativos internos de la Entidad y los propios de cada dependencia.

Terminamos el documento con los deberes y prohibiciones de los Servidores Públicos.

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL (UAERMV)

Según lo establecido en el artículo 106 del Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C. No.257 del 30 de noviembre de 2006, la Secretaría de Obras Públicas se transforma en la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad. Se organiza como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del Sector Descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio.

Ilustración 1 - Estructura general del Distrito Capital

Fuente: 1 - Recuperado (2020) de: https://bogota.gov.co/sites/default/files/inline-files/organigrama-del-distrito-2019.pdf

PLATAFORMA ESTRATÉGICA

La plataforma estratégica es la estructura conceptual sobre la cual se define y orienta la entidad, sus elementos son el resultado del ejercicio de planeación estratégica. La planeación se realiza a partir del contexto del Unidad, las líneas establecidas en el Plan Desarrollo Distrital, las funciones y sus capacidades para satisfacer necesidades y expectativas de las partes interesadas. Los elementos específicos de la plataforma estratégica se presentan a continuación:

MISIÓN

Somos una entidad técnica y descentralizada de Bogotá D.C., que conserva la malla vial local construida, atiende situaciones imprevistas que dificultan la movilidad y brinda apoyo interinstitucional, con el propósito de mejorar la movilidad y disminuir la accidentabilidad en beneficio de una mejor calidad de vida de los ciudadanos.[footnoteRef:1] [1: UAERMV (2020) Plataforma Estratégica. Recuperado de: https://www.umv.gov.co/portal/plataforma-estrategica/]

VISIÓN

En el 2023 seremos una entidad referente con la implementación de un modelo adecuado, sostenible y eficiente de conservación de la malla vial, con la aplicación de nuevas tecnologías y contando con talento humano diligente y comprometido con los valores institucionales, contribuyendo al mejoramiento de la movilidad de Bogotá D.C.[footnoteRef:2] [2: UAERMV (2020) Plataforma Estratégica. Recuperado de: https://www.umv.gov.co/portal/plataforma-estrategica/]

CÓDIGO DE INTEGRIDAD

La Resolución 097 de 2019, establece el Código de Integridad de la UAERMV y a la vez los valores institucionales, a saber: Honestidad, respeto, compromiso, diligencia, justicia, trabajo en equipo y transparencia. A su vez establece el contenido y alcance de cada uno de ellos y crea la figura de los gestores de integridad.

Los Gestores de Integridad son servidores de la UAERMV, cuya misión es liderar la sensibilización y motivación para el arraigo de la cultura de integridad y de servicio en las prácticas cotidianas de la administración. Para el desarrollo de esta misión, los Gestores de Integridad podrán contar con el apoyo de grupos operativos de integridad, conformados con personal de la misma en entidad.

Ilustración 2 - Valores de Integridad UAERMV

Fuente: 2 - Elaboración Proceso Gestión talento Humano - Tomado de Resolución 097 del 2 de abril de 2019

OBJETIVOS INSTITUCIONALES

La UAERMV tiene los siguientes objetivos institucionales[footnoteRef:3]: [3: UAERMV (2020) Plataforma Estratégica. Recuperado de: https://www.umv.gov.co/portal/plataforma-estrategica/]

· Liderar la política pública de la conservación de la infraestructura vial local de Bogotá D.C.

· Mejorar las condiciones de movilidad de la malla vial, a través de los programas de conservación y la atención de situaciones imprevistas que dificulten la movilidad en Bogotá D.C

· Optimizar la infraestructura técnica, tecnológica y organizacional de la entidad para el cumplimiento de su misionalidad.

· Mejorar la gestión institucional a través de mecanismos de transparencia y eficiencia de los procesos para la toma de decisiones y la mejora continua en pro de la satisfacción del ciudadano y grupos de valor.

· Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en el fortalecimiento del talento humano a través de la gestión del conocimiento, su apropiación y aprovechamiento y la mejora del clima laboral, como motores de la generación de resultados de la entidad.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

De conformidad con el Acuerdo No. 010 de 12 de octubre de 2010: “Por la cual se establece la estructura organizacional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones”, la siguiente es su conformación:

Ilustración 3 - Organigrama UAERMV

Fuente: 3 - UAERMV (2020) Plataforma Estratégica. Recuperado de: https://www.umv.gov.co/portal/plataforma-estrategica/

MAPA DE PROCESOS UAERMV

El Mapa de Procesos es la representación gráfica de la estructura de procesos de la UAERMV, el cual contribuye de forma significativa al logro de los resultados institucionales representados en productos y servicios a los ciudadanos conforme al quehacer institucional.

Ilustración 4 - 1.1 Mapa de Procesos UAERMV

Fuente: 4 - UAERMV (2020). Mapa de procesos - Recuperado de: https://www.umv.gov.co/portal/mapa-de-procesos/

Principios del Mapa

El Mapa de Procesos de la UAERMV, se funda en los principios establecidos en el Pacto Global de las Naciones Unidas

· Respeto a los Derechos Humanos

· Estándares Laborales

· Medio Ambiente

· Anticorrupción

RECURSOS DE LA UAERMV

Humanos

Para el cumplimiento de sus funciones la UAERMV cuenta con una planta de personal de servidores públicos que asciende a doscientas nueve (209) cargos, de las cuales ciento veintiocho (128) corresponden a trabajadores oficiales y ochenta y una (81) a la categoría de empleados públicos. Adicionalmente, cuenta con contratistas de prestación de servicios.

Infraestructura

La UAERMV cuenta con tres sedes: Sede Administrativa: Avenida Calle 26 No. 57 – 41, torre 8, piso 8; Sede de Operativa: Calle 22d # 120-40 Predio La Elvira – Localidad Fontibón; Sede de Producción: Parque Minero Industrial “El Mochuelo”. Km 3 vía a Pasquilla de la localidad Ciudad Bolívar. Se cuenta con punto de atención al ciudadano en las sedes Administrativa y la Elvira.

En la Sede de Producción se cuenta con cinco plantas propias de producción para la ejecución de las obras de conservación de la malla vial local de la ciudad, estas plantas producen insumos internos de la entidad y acopian el material RAP (Pavimento Asfáltico Recuperado) que es entregado gratuitamente a las entidades que lo requieran. Estas plantas son:

· Dos plantas de mezclas asfálticas en caliente, tipo bachada;

· Una planta dosificadora para la producción de concreto hidráulico;

· Una planta de asfalto en frío para el aprovechamiento del material RAP (Pavimento Asfáltico Recuperado) y producir el fresado estabilizado;

· Una planta trituradora.

Adicionalmente, en la sede Producción de la Entidad se encuentra el Laboratorio de suelos y pavimentos dotado con equipos de alta tecnología, para el control de la calidad de los productos, con el fin de verificar y garantizar la calidad de los materiales y el cumplimiento de las especificaciones técnicas.

Materia prima para los servicios

La materia prima para el cumplimiento de nuestra misionalidad tiene las siguientes características técnicas:

· Mezclas Asfálticas

Producimos y utilizamos nuestras mezclas asfálticas, productos de uso intensivo en la recuperación de la malla vial de Bogotá debido a su facilidad y rendimiento en la instalación.

Las mezclas que producimos son:

Ilustración 5 - Mezclas producidas por la UAERMV

Fuente: 5 - Elaboración Proceso Gestión de talento Humano

· MD 10: Mezcla Densa en caliente Fina.

· MD 12: Mezcla Densa en caliente Media.

· MD 20: Mezcla Densa en caliente Gruesa.

Estas mezclas de asfalto modificado con grano de caucho reciclado (GCR), son más resistentes a altas-y bajas temperaturas (fenómenos propios de la variabilidad climática) ya que tienen mayor viscosidad y cohesión, entre otras propiedades. Lo anterior, nos hace una entidad comprometida con el medio ambiente dando cumplimiento del objetivo mundial de «construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación, dada la producción de pavimentos flexibles con base en el granulo de caucho proveniente del reciclado de las llantas en desuso «.

· Concreto Hidráulico

Producimos y consumimos nuestros concretos hidráulicos de varios tipos de resistencias para la rehabilitación de vías construidas en pavimento rígido, etc. El concreto hidráulico consiste en una combinación de un aglutinante como el cemento Portland, agregados pétreos, agua y en ocasiones aditivos, para formar una mezcla moldeable que al fraguar forma un elemento rígido, resistente y de larga duración.

· Fresado estabilizado con emulsión

Adicionalmente, dentro de nuestras intervenciones incorporamos material de fresado (reciclaje de asfalto de vías intervenidas, raspado y granulado) con adición de emulsión asfáltica y materiales pétreos, para generar fresado estabilizado, así como bases y/o sub-bases granulares con inclusión de material de fresado para: mejorar las condiciones mecánicas de la estructura de pavimento, reducir costos de intervención, minimizar la generación de desechos de construcción y contribuir con el cuidado del medio ambiente.

· Laboratorio de suelos y pavimentos:

Contamos con un laboratorio dotado con equipos de alta tecnología, para el control de la calidad de los productos, con el fin de verificar y garantizar la calidad de los materiales y el cumplimiento de las especificaciones técnicas.

PORTAFOLIO DE SERVICIOS

La UAERMV ha desarrollado sobre la base de sus funciones el siguiente portafolio de servicios

Ilustración 6 - Portafolio de Servicios - UAERMV

Fuente: 6 - Elaboración Proceso Gestión de talento Humano

CONSERVACIÓN DE LA MALLA VIAL

Conservación de la malla vial. Es el conjunto de actividades tendientes a lograr el cumplimiento de la vida útil de la estructura vial o a recuperar la capacidad estructural del pavimento, ampliando su vida útil. Dentro de estas…

MANTENIMIENTO DE PAVIMENTOS FLEXIBLES Y RÍGIDOS

Mantenimiento rutinario

Es el conjunto de actividades tendientes a lograr el cumplimiento de la vida útil de la estructura vial, constituyéndose así en una práctica preventiva. Dentro de este mantenimiento ofrecemos sello de fisuras, sello de juntas y limpieza de sumideros.

Mantenimiento periódico

Conjunto de actividades que no comprometen masivamente las capas inferiores de la estructura del pavimento, con el objetivo de lograr que se alcance o aumente su vida útil, recuperando su condición de servicio inicial, constituyéndose así en una práctica preventiva o correctiva. (parcheo, bacheo, colocación de capas asfálticas no estructurales, reconstrucción o reparación de losas).

Parcheo

El proceso de reparación en pequeñas áreas afectadas de las carpetas asfálticas, mediante la demolición, retiro y reemplazo de la misma.

Bacheo

El proceso de reparación en profundidad de pequeñas áreas afectadas. Lo anterior implica el reemplazo del material granular y de la correspondiente carpeta asfáltica.

Cambio de losa

Es el retiro y cambio de losas puntuales de concreto hidráulico falladas o fracturadas.

REHABILITACIÓN

Conjunto de medidas que se aplican con el fin de recuperar la capacidad estructural del pavimento, ampliando su vida útil. Hay dos tipos de rehabilitaciones:

Rehabilitación parcial

Esta implica el retiro de la carpeta asfáltica y parte del material granular existente para posteriormente colocar materiales nuevos tales como: mezclas asfálticas, bases granulares o estabilizadas. Dentro de este tipo de rehabilitación se incluye el cambio de carpeta, el cual comprende el retiro y reemplazo de la carpeta asfáltica existente en la totalidad del segmento vial que se necesite, de acuerdo con el diseño de pavimentos.

Rehabilitación total

Esta corresponde a la intervención de todas las capas del pavimento existente, en algunas ocasiones, requiriendo el mejoramiento de la subrasante. En este tipo de rehabilitación se necesita colocar una nueva estructura del pavimento.

ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y SITUACIONES IMPREVISTAS

Atención inmediata de todo el subsistema de la malla vial cuando se presenten situaciones imprevistas que dificulten la movilidad en el Distrito Capital.

APOYO INTERINSTITUCIONAL

Atendemos la construcción y desarrollo de obras específicas que se requieran para complementar la acción de otros organismos y entidades distritales en la mejora de la movilidad vial.

ATENCIÓN TÉCNICA A LOCALIDADES

De conformidad con el Acuerdo 761 del 11 de junio de 2020 que modifico el Artículo 109 del Acuerdo 257 de 2006, quedando así:

En su artículo 95 modificó las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV al encargarle adicionalmente la conservación de la malla vial intermedia y rural, la cicloinfraestrutura distrital y la realización de obras menores en coordinación con entidades como la Secretaría Distrital de Movilidad – SDM y el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU.

DEPENDENCIAS

CONSEJO DIRECTIVO

El Consejo Directivo es uno de los órganos de Administración de la UAERMV, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 10 de 2010, está integrado por cinco (5) miembros, así: El Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital, o su delegado, que será el Secretario de la Movilidad, quien lo presidirá y por cuatro (4) miembros designados por el Alcalde Mayor de Bogotá Distrito Capital.

Funciones

Entre las funciones con que cumple el Consejo Directivo, se encuentra la de formular las políticas generales de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV y verificar que ellas se ajusten armónicamente a las previsiones del Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá y demás normas vigentes relacionadas con su objeto.

Igualmente, adoptar la estructura organizacional de la Unidad, establecer las funciones de sus dependencias y determinar la planta de personal y sus grados de remuneración.

DIRECCIÓN GENERAL

Funciones

El Acuerdo 10 de 2010, del Consejo Directivo de la Entidad, establece que el Director General de la tendrá a su cargo la administración del patrimonio de la Unidad y su representación legal, judicial y extrajudicial. El Director General será de libre nombramiento y remoción por parte del Alcalde Mayor, sus funciones son las siguientes:

1) Dirigir la programación y ejecución de los planes, programas y proyectos de rehabilitación y mantenimiento periódico de la malla vial local.

2) Participar junto con las entidades del sector movilidad, en la definición de las políticas, planes y programas de obras públicas en relación con el mantenimiento de la malla vial y la atención de situaciones imprevistas que dificulten la movilidad de la ciudad.

3) Coordinar interna y externamente las acciones necesarias para el logro de la misión y objetivos de la Unidad.

4) Dirigir los procesos de producción de mezclas asfálticas y demás materiales e insumos necesarios para la rehabilitación y mantenimiento de la malla vial local de la ciudad, y de comercialización de sus excedentes.

5) Gestionar la actualización tecnológica de la maquinaria y equipos necesarios para el mantenimiento y rehabilitación de la malla vial local de la ciudad.

6) Fomentar la investigación científica y tecnológica en materia de mantenimiento y rehabilitación de malla vial.

7) Ejercer las funciones que le son propias, bajo lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial y el Plan Maestro de Movilidad; atendiendo las normas de carácter nacional y distrital que regulan la administración pública en general y la movilidad en particular.

8) Definir las políticas de administración de los recursos y bienes de que dispone la Unidad y gestionar la consecución de nuevos recursos para el mantenimiento de la malla vial local ante las instancias competentes.

9) Dirigir el sistema de comunicación y divulgación a la comunidad y a los servidores públicos de la Unidad, sobre la ejecución de su misión.

10) Expedir los actos administrativos que por su naturaleza correspondan a la Unidad y suscribir los contratos necesarios para el desarrollo de sus funciones, planes y programas, de acuerdo con las normas legales vigentes.

11) Nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos del Talento Humano de la Entidad; distribuir los empleos, organizar los grupos de trabajo.

12) Vincular y desvincular a los trabajadores oficiales de la Unidad de acuerdo con la normatividad para el efecto y la Convención Colectiva de Trabajo vigentes.

13) Liderar y garantizar la implementación y desarrollo de los Sistemas de Control Interno, del Sistema de Gestión de Calidad y demás sistemas que se requieran o que sean de obligatorio cumplimiento para la Unidad.

14) Modificar, actualizar, ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los servidores públicos y el Manual de Procesos y Procedimientos de la Unidad, de conformidad con las normas vigentes.

15) Adelantar la segunda instancia en materia disciplinaria, de conformidad con las normas vigentes.

16) Representar a la Unidad en los asuntos legales, judiciales y extrajudiciales, y en ejercicio de esta facultad constituir apoderados para que la representen.

17) Delegar en los funcionarios que estime pertinente, en los términos previstos en la ley, las responsabilidades que sean necesarias y reasumirlas cuando así lo considere.

OFICINA DE CONTROL INTERNO

Funciones

La Oficina Asesora de Control Interno tendrá las siguientes funciones:

1. Liderar el diseño y la implementación de las políticas de control interno que requiere la Unidad.

2. Acompañar y orientar a las diferentes dependencias de la Unidad en la aplicación del Sistema de Control Interno y realizar la evaluación que contribuya a la eficiencia, eficacia y calidad de la prestación de los servicios a cargo de las diferentes áreas de la Unidad.

3. Coordinar las relaciones con la Contraloría de Bogotá y la Veeduría Distrital para la presentación oportuna y con las formalidades exigidas, de los informes que requieran dichos organismos, así como para la implementación y seguimiento de las acciones de mejoramiento propuestas.

4. Acompañar y orientar a las diferentes dependencias de la entidad en la implementación y desarrollo de mecanismos para la administración de los riesgos, y realizar la evaluación y seguimiento a las acciones y medidas tomadas con este fin.

5. Evaluar los Sistemas de Gestión de Calidad, del Modelo Estándar de Control Interno, y demás sistemas de obligatorio cumplimiento para la Unidad.

6. Responder por la presentación oportuna de la rendición de cuentas ante los entes gubernamentales.

7. Fomentar la cultura del autocontrol mediante el desarrollo de programas de inducción, capacitación y comunicación sobre la materia.

8. Realizar las Auditorías Integrales de conformidad con el programa de auditoría aprobado por el Comité competente y hacer seguimiento a los Planes de Mejoramiento que de ellas se deriven.

9 Hacer seguimiento a la formulación y cumplimiento de los Planes de Mejoramiento individual de los servidores públicos de carrera de la UAERMV, producto de la evaluación del desempeño.

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, la Oficina Asesora de Planeación tendrá las siguientes funciones:

1. Diseñar y coordinar la aplicación de los mecanismos que garanticen la planeación institucional.

2. Dirigir la programación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del plan estratégico de la entidad.

3. Determinar en conjunto con las demás áreas de la Unidad, la programación de la inversión para el período del Plan de Desarrollo, así como emitir conceptos de viabilidad sobre los proyectos de inversión.

4. Asesorar a las dependencias en la definición y elaboración de los planes de acción y ofrecer los elementos necesarios para su articulación y correspondencia en el marco del Plan Estratégico.

5. Coordinar la autoevaluación periódica de los planes y determinar los ajustes necesarios del plan estratégico y del plan de acción.

6. Coordinar oportunamente el presupuesto de inversión con todas las dependencias de la Unidad y hacerle seguimiento y evaluación a su ejecución.

7. Consolidar, en coordinación con la Secretaría General de la Unidad, el anteproyecto y proyecto del presupuesto anual de gastos e inversión de la entidad.

8. Presentar los informes que se requieran para consolidar el balance de la gestión del Sector Movilidad.

9. Aportar la información requerida para la consolidación y seguimiento del Plan Sectorial.

10. Asesorar al Despacho en la estructuración de los créditos de la banca multilateral que financien proyectos de inversión de la Unidad.

11. Desarrollar e implementar el sistema de gestión de calidad.

12. Coordinar la implementación y sostenibilidad del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA).

13. Coordinar la adopción, implementación y seguimiento de los sistemas de gestión de la entidad.

14. Asesorar y promover la actualización del manual de procesos y procedimientos de la Unidad, en conjunto con los responsables de los mismos; y apoyar la documentación y mejoramiento continuo de los mismos.

15. Coordinar con las diferentes dependencias de la entidad, el análisis de estadísticas de gestión, la formulación y aplicación de indicadores de gestión que midan la eficacia y eficiencia de la Unidad.

16. Coordinar las actividades tendientes a la certificación de los procesos de la Unidad.

17. Coordinar en el ámbito de su competencia, las actividades de consolidación y suministro de la información que la Unidad deba presentar a otras entidades del orden Distrital, Nacional o Internacional.

OFICINA ASESORA JURÍDICA

Funciones

El Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la UAERMV, establece que la Oficina Asesora Jurídica tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Asesorar a la Dirección y demás dependencias de la Unidad, en todos los asuntos de orden legal.

2. Absolver consultas y preparar los conceptos jurídicos que requiera la entidad.

3. Adelantar los estudios normativos en materia de rehabilitación y mantenimiento vial, tendiente a la unificación de la doctrina y desarrollo normativo.

4. Proyectar los actos administrativos relacionados con los asuntos de su competencia y revisar aquellos que sean sometidos a su consideración.

5. Atender las acciones legales y constitucionales en las que la Unidad sea demandante o demandado, en coordinación con las áreas responsables, representarla judicialmente por delegación o poder e informar a las instancias superiores sobre los resultados de los procesos judiciales y verificar que se dé cumplimiento a los fallos proferidos.

6. Compilar y mantener actualizada la legislación relacionada con la malla vial del Distrito Capital y demás relacionadas con las funciones de la Oficina Asesora de Jurídica.

7. Proyectar para el Comité de Conciliación, las fichas técnicas que deban ser estudiados por este y ejercer la Secretaría Técnica.

8. Mantener actualizado el Nomograma de la Unidad.

9. Hacer seguimiento y control a la atención de los Derechos de petición que se dirijan a la entidad.

10. Hacer seguimiento y control y/o consolidar las respuestas al Concejo de Bogotá y Congreso de la República.

11. Adelantar los procesos de Jurisdicción Coactiva que requiera la Unidad.

SECRETARÍA GENERAL

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, la Secretaría General tendrá las siguientes funciones:

1. Revisar y aprobar los actos y documentos proyectados en las materias de su competencia y velar por su publicación o comunicación y/o notificación según sea el caso.

2. Dirigir el desarrollo de los procesos administrativo, presupuestal, de tesorería, contable, de talento humano, de tecnologías de información y comunicación (TICs) y de soporte técnico de equipos de cómputo de la Unidad.

3. Dirigir las etapas precontractual, contractual y pos contractual de la Unidad.

4. Adelantar los procesos disciplinarios en primera instancia.

5. Certificar la autenticidad de las copias de los documentos expedidos por la Unidad.

6. Dirigir la formulación del plan anual de compras, en coordinación con las demás dependencias de la Unidad.

7. Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación la consolidación del Anteproyecto y Proyecto del Presupuesto Anual de la Unidad.

8. Dirigir y hacer seguimiento a las actividades del Sistema de Coordinación interna y externa de la Unidad.

9. Diseñar y aplicar los mecanismos tendientes a la recepción, trámite y resolución oportuna de quejas, reclamos y sugerencias que los usuarios formulen relacionados con el cumplimiento de la misión de la Unidad, y efectuar su control y seguimiento en los términos que la Ley señale.

10. Dirigir y coordinar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Convención Colectiva de Trabajo.

11. Asumir la representación del Director cuando éste así lo determine.

PROCESO GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Uno de los procesos que tiene a cargo la Secretaría General es el de Gestión del Talento Humano, que aborda desde la perspectiva de la Ley 909 de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.

En desarrollo de esta norma y bajo los parámetros establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y el Departamento Administrativo del Servicio Civil a nivel Distrital, la Secretaría General orienta los programas de bienestar, capacitación y estímulos y gestiona los temas propios del talento humano, de allí surgen escenarios de diálogo social como la Comisión de Personal.

Comisión de Personal

La Ley 909 de 2004, en su artículo 16, dispuso que todos los organismos y entidades que se regulan por esta ley, deberán conformar una Comisión de Personal, que estará integrada por dos representantes de la entidad y dos representantes de los empleados.

De lo anterior se concluye que la Comisión de Personal es un organismo colegiado de carácter bipartito, razón por la cual esta misma disposición establece que las decisiones deben tomarse por mayoría absoluta, agregando que, en caso de empate se deberá repetir nuevamente la votación, y en caso de persistir, será dirimida por el Jefe de Control Interno de la respectiva entidad.

Otros escenarios de diálogo social que surgen en el marco de la gestión del talento humano, en los que pueden tener participación activa los servidores públicos, son los relativos a la Seguridad y Salud en el Trabajo, en particular el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el Comité de Convivencia.

Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST)

Es el organismo que se encarga de la promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo dentro de la empresa a través de actividades de promoción, información y divulgación. Es decir, garantiza que los riesgos de enfermedad y accidente derivados del trabajo se reduzcan al mínimo. Se encuentra regulado en el Decreto 614 de 1.984, Resolución 1016 de 1.989, Decreto Ley 1295 de 1.994, Ley 1562 de 2012 y Decreto 1443 de 2014.

Comité de Convivencia

El artículo 9º de la Ley 1010 de 2006, relativo a las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral es el fundamento de los denominados Comités de Convivencia Laboral, que fueron reglamentados por las resoluciones 652 y 1356 de 2012, donde se determinó en forma precisa su conformación y su funcionamiento.

Señalan dichas normas que el Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes.

Entre las funciones a destacar se encuentran que debe recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan, así como examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.

GESTIÓN CONTRACTUAL

Del numeral 3° de las funciones correspondientes a la Secretaría General, se desprende la responsabilidad de dirigir las etapas precontractual, contractual y pos contractual de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, proceso de apoyo que se describe a continuación.

Objetivo

El proceso contractual tiene como objetivo contratar los bienes, obras o servicios necesarios para atender las necesidades previstas en el Plan Anual de Adquisiciones, velar por su ejecución contractual, su liquidación y/o cierre del expediente contractual, cumpliendo con la normatividad vigente y bajo parámetros de efectividad, calidad y transparencia.

Descripción del Proceso

El proceso inicia con la identificación y programación de las necesidades de adquisición de obras, bienes, y/o servicios de todos los procesos y finaliza con la liquidación de los contratos, si a ello hay lugar y el archivo final de todos los documentos del proceso.

Política

Según lo dispuesto en la caracterización del proceso, las políticas de operación son:

Cumplir con la normatividad vigente aplicable al proceso en cada una de sus actividades, en especial en lo relacionado con el cumplimiento a lo estipulado del Estatuto de Contratación y sus decretos reglamentarios, del Manual de Contratación y del Manual de Interventoría y Supervisión de la entidad.

Todos los actos administrativos de apertura y adjudicación del proceso deben llevar el visto bueno de la Secretaría General y Asesor(a) del Despacho

El Comité de Contratación deberá reunirse extraordinariamente cada vez que se requiera, y mínimo cuatro (4) veces al año.

Prevalecen los términos establecidos por la ley antes que cualquier término establecido por la entidad

Sin perjuicio de las funciones dadas por el Acuerdo No. 011 de 2010 a la Secretaría General, respecto a la dirección de las etapas precontractual, contractual y pos-contractual, toda dependencia que tenga una necesidad y requiera la realización de un proceso de contratación, no podrá en ningún momento desligarse de los deberes y responsabilidades que le compete dentro del desarrollo de las diferentes etapas del proceso contractual, como generadora directa de los insumos necesarios para la ejecución de su procesos.

La Entidad dará estricto cumplimiento a lo establecido en el Decreto Ley 019/2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública (Ley Anti trámites); y las “Disposiciones para prevenir y combatir la corrupción en la contratación pública” consignadas en el Capítulo 4 de la Ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Herramientas con las cuales se trabaja a diario

Las herramientas actuales son las plataformas cuenta el estado colombiano para hacer sus adquisiciones, es decir las dispuestas por Colombia Compra Eficiente: SECOP I, SECOP II y Tienda Virtual del Estado Colombiano.

Funciones asociadas al proceso contractual

Elaborar el Plan de Adquisiciones de la vigencia de la UAERMV

Adelantar la etapa pre-contractual y contractual de los procesos previstos en el plan anual de adquisiciones de la entidad

Realizar seguimiento y modificación a los contratos suscritos por la entidad en la etapa post-contractual.

Hacer seguimiento a la ejecución de los procesos programados en el Plan Anual de Adquisiciones

Realizar seguimiento a las actividades del proceso.

Revisar y presentar los Indicadores de gestión

Monitorear los controles y las actividades del mapa de riesgos.

Revisar que se mantenga actualizada Matriz de Cumplimiento Legal (Normograma).

Seguimiento a las acciones de mejora del proceso"

Determinar las acciones correctivas y de mejora

Implementar el plan de contingencia para la materialización de riesgos

Aplicar las recomendaciones de las auditorías.

Ajustes a la información documentada del proceso "

GESTIÓN DOCUMENTAL

El proceso de Gestión Documental a cargo de la Secretaría General, tiene el siguiente objetivo, política e instrumentos archivísticos.

Objetivo

Aplicar y mantener un programa de gestión documental que respalde la gestión institucional de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, que garantice la producción, trámite y distribución de los documentos y facilite la consulta y conservación de los mismos, cumpliendo con los requisitos normativos y garantizando la transparencia y eficiencia en los procesos.

Política de Gestión Documental

Compromiso de implementar las mejores prácticas para la correcta gestión de sus documentos e información, para ello reconoce la importancia de los documentos que produce en el cumplimiento de su misión y los identifica como evidencia fundamental de los procesos institucionales e insumo para la toma de decisiones basadas en antecedentes.

Instrumentos archivísticos

La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV para la correcta gestión, administración, conservación y preservación de los documentos tanto físicos como electrónicos producidos por la entidad en cumplimiento de sus funciones, procesos y procedimientos, tiene adoptados varios instrumentos archivísticos que le facilitan a las dependencias su labor de administrar y custodiar sus archivos de gestión, son los siguientes:

•Política de Gestión Documental

•CCD-TRD

•Tablas de Valoración Documental TVD

•Programa de Gestión Documental PGD.

•Plan Institucional de Archivos PINAR.

•Inventario Documental.

•Modelo de Requisitos para la Gestión de Documentos Electrónicos.

•Tablas de Control de Acceso

•Sistema Integrado de Conservación SIC

•Índice de Información Clasificada y Reservada

•Banco Terminológico

•Protocolo para el tratamiento de archivos relativos a los Derechos Humanos

•Programa de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo.

Estos instrumentos podrán encontrarse en el siguiente link: http://www.umv.gov.co/portal/sisgestion/

Procedimientos de la gestión documental

Actualmente el proceso de Gestión Documental tiene a cargo los siguientes procedimientos e instructivos para la administración de los documentos en las dependencias y el archivo central de la UAERMV:

GDO-PR-001 Procedimiento Producción Trámite y Distribución de Documentos

GDO-PR-002 Procedimiento Administración Archivos de Gestión y Transferencias Primarias

GDO-PR-003 Procedimiento Administración Archivo Central y Transferencias Secundarias.

GDO-PR-004 Procedimiento Consulta y Préstamo de Documentos.

GDOC-IN-003 V1 Instructivo para la Eliminación de Archivos.

GDOC-IN-002 V5 Instructivo para la Organización de Archivos.

Estos documentos podrán encontrarse en el siguiente link: http://www.umv.gov.co/portal/sisgestion/

Sistema de Gestión de documentos electrónicos de archivo de la UAERMV (ORFEO)

La UAERM ha implementado el Sistema de Gestión Documental Orfeo, que es una herramienta tecnológica que permite Ia producción, gestión y administración de documentos de manera automatizada, aplicando Ios procedimientos archivísticos para garantizar su organización, recuperación y conservación, como patrimonio de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV.

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL LOCAL

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, la Subdirección Técnica de Mejoramiento de la Malla Vial Local, tendrá las siguientes funciones:

1. Asesorar a la Dirección General de la Unidad en la definición de políticas y lineamientos a través de planes, programas y proyectos referentes a las intervenciones de la malla vial local.

2. Diseñar la estrategia de las intervenciones en la malla vial local.

3. Realizar el seguimiento de las intervenciones en la malla vial local y actualizar las bases de datos y sistemas de inventario vial local.

4. Asistir técnicamente a las Localidades en la planeación de la inversión relacionada con la rehabilitación y mantenimiento de la malla vial local.

5. Diseñar e implementar estrategias para la comercialización de servicios y de excedentes de producción.

6. Desarrollar proyectos de investigación científica, técnica y tecnológica en materia de mantenimiento y rehabilitación de malla vial local.

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PRODUCCIÓN E INTERVENCIÓN

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, la Subdirección Técnica de Producción e Intervención, tendrá las siguientes funciones:

1. Programar y ejecutar las obras necesarias para la pavimentación, rehabilitación y el mantenimiento preventivo, rutinario y correctivo de la malla vial local, y obras complementarias.

2. Programar y ejecutar intervenciones con fresado estabilizado para brindar soluciones de movilidad en la malla vial local.

3. Programar, coordinar, dirigir, hacer seguimiento y evaluar las obras ejecutadas directamente por la Unidad.

4. Coordinar, hacer seguimiento y evaluación de las obras ejecutadas por terceros.

5. Ejecutar las acciones tendientes a la atención de las emergencias que afecten la movilidad en la red vial del D.C.

6. Ejecución de acciones de apoyo operativo interinstitucional relacionadas con la misión de la Unidad.

7. Programar y ejecutar el mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de los bienes, maquinaria, equipos y herramientas de la entidad para el cumplimiento de su misión.

8. Coordinar y controlar el programa de operación de la maquinaria y del parque automotor, su abastecimiento de combustibles; elaborar el inventario del estado de los equipos a su cargo y hacer la solicitud para la adquisición o reposición de maquinaria y equipos de acuerdo a las necesidades de la entidad.

9. Aplicar los planes y programas de salud ocupacional, y protección ambiental concebidos para la ejecución de la gestión de la Subdirección.

10. Dirigir los programas referentes a la explotación, producción y calidad de materiales pétreos, mezclas asfálticas en caliente y en frío y demás insumos necesarios para el cumplimiento de la misión de la Unidad, y elaborar los informes de los ensayos realizados.

11. Programar, coordinar y controlar la calidad de los materiales pétreos, mezclas asfálticas en caliente y en frío y demás insumos producidos y verificar la calidad de las obras que se ejecuten directamente, y elaborar los informes de los ensayos realizados.

12. Realizar el adecuado manejo del asfalto reciclado y granulares.

13. Realizar la excavación de vías y el manejo de escombros.

14. Controlar el suministro de materiales pétreos, asfaltos, bases, subbases granulares, producción de mezclas 0asfálticas y en general de las materias primas utilizadas para el normal desarrollo de las actividades de la Subdirección.

GERENCIA DE PRODUCCIÓN

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, la Gerencia de Producción, tendrá las siguientes funciones:

1. Controlar la disponibilidad y operación de la maquinaria y del parque automotor a su cargo.

2. Ejecutar y controlar el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes, maquinaria, equipos, parque automotor y herramientas a su cargo.

3. Coordinar y controlar los suministros de combustible y mantenimiento de maquinaria.

4. Producir la mezcla asfáltica en caliente y en frío.

5. Controlar la calidad de los insumos para la producción de la mezcla asfáltica y de las obras que se ejecuten directamente.

GERENCIA DE INTERVENCIÓN

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, la Gerencia de Intervención, tendrá las siguientes funciones:

1. Efectuar la evaluación técnica previa a la intervención de la malla vial local.

2. Coordinar la provisión de suministros.

3. Efectuar y ejecutar la programación diaria de obra para la intervención de la malla vial local.

4. Efectuar el control de la ejecución en los frentes de intervención directa.

5. Coordinar la intervención de la malla vial local efectuada a través de terceros.

6. Coordinar y ejecutar las acciones de apoyo operativo interinstitucional de competencia de la Unidad.

7. Programar y ejecutar la atención de las emergencias que afecten la movilidad en la red vial del D.C.

8. Efectuar el consolidado diario de las actividades de intervención de la malla vial local.

9. Requerir y controlar el reporte de los coordinadores y supervisores de obras.

10. Cumplir los planes y programas de seguridad industrial, salud ocupacional, y protección ambiental en los frentes de obra de ejecución directa y a través de terceros.

11. Hacer el control financiero y documental de las cuentas de cobro que presenten los contratistas que efectúen intervención de la malla vial local.

GERENCIA GESTIÓN AMBIENTAL, SOCIAL Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

Funciones

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 11 de 2010, adoptado por el Consejo Directivo de la Entidad, Gerencia Gestión Ambiental, Social y de Atención al Ciudadano, tendrá las siguientes funciones:

1. Diseñar e implementar los planes, programas, proyectos y estrategias para la mitigación del impacto ambiental que generan las obras a cargo de la Unidad.

2. Diseñar y ejecutar estrategias de fortalecimiento de las relaciones entre la Unidad y los usuarios para mitigar el impacto social que generan las obras a su cargo.

3. Promover entre los usuarios la apropiación, el respeto y sentido de pertenencia de los diferentes proyectos y obras ejecutadas.

4. Ofrecer a los usuarios información, orientación y sensibilización durante todo el proceso de las obras que adelanta la Unidad y el desarrollo de sus funciones misionales.

5. Generar acciones de fomento del control social a las obras a cargo de la Unidad.

6. Diseñar y aplicar mecanismos de medición de satisfacción del usuario y de percepción social de las actividades que desarrolla la Unidad.

REGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL (Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales)

Es la remuneración que recibe el trabajador por el servicio prestado. Constituye salario todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, cualquiera que sea la denominación que se le dé, como primas, sobre sueldos, bonificaciones habituales y horas extras.

El Régimen Salarial de los empleados públicos se encuentra regulado en el Decreto 1042 de 1.978 y normas complementarias y el de los trabajadores oficiales en lo establecido en la Convención Colectiva de Trabajo.

La planta de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial está conformada por:

•Empleados públicos.

•Trabajadores oficiales.

EMPLEADOS PÚBLICOS

La escala de remuneración de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV está conformada por cuatro (4) grados para el nivel directivo; dos (2) para el nivel asesor; seis (6) para el nivel profesional; tres (3) para el nivel técnico y cuatro (4) para el nivel asistencial.

En relación con los elementos salariales vigentes para empleados públicos en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, según lo dispuesto en el Acuerdo de Junta Directiva 017 de 01 de diciembre de 2010, se reconocen y pagan los siguientes:

REGIMEN SALARIAL

Asignación básica

Retribución habitual o constante al empleado de acuerdo con su trabajo, determinada por sus funciones y responsabilidades, así como por los requisitos de conocimiento y experiencia requeridos para su ejercicio, según la denominación y grado establecido sin tomar en cuenta adicionales de horas extras, primas y otros factores eventuales o fijos que aumentan sus ingresos.

Sobre la asignación básica, el artículo 13 del Decreto1042 de 1978, señala: “...está determinada por sus funciones y responsabilidades, así como por los requisitos de conocimientos y experiencia requeridos para su ejercicio, según la denominación y grado establecido en la nomenclatura y escala del respectivo nivel.

Gastos de representación

Para los empleados que pertenezcan al nivel directivo y asesor, el reconocimiento y pago mensual de los gastos de representación se liquidarán sobre la asignación básica que devengue el funcionario, conforme con lo determinado en el Acuerdo No. 199 de 2005, así:

Tabla 1 - Escala gastos de representación UAERMV

ESCALA GASTOS DE REPRESENTACION

NIVEL JERARQUICO

GRADO SALARIAL

% GASTOS DE REPRESENTACION

Directivo

01

30 %

02

03

40 %

40 %

04

100 %

Asesor

01

20 %

02

30 %

Fuente: 7 – Acuerdo 017 de 2020

Prima técnica

Se reconocerá mensualmente a los empleos que pertenezcan a los niveles directivo, asesor y profesional de tiempo completo o parcial, su reconocimiento y pago se realizará de acuerdo con la reglamentación que para la fecha se encuentre señalada por el Alcalde Mayor y se liquidará sobre la asignación básica en los valores de los porcentajes que se reconocen conforme con el Acuerdo No. 199 de 2005, así:

Escala prima técnica

Tabla 2- Escala prima técnica UAERMV

NIVEL JERARQUICO

PORCENTAJE SOBRE ASIGNACION BASICA

Directivo

50%

Asesor

50%

Profesional

40%

Fuente: 8 - Acuerdo 017 de 2010.

Auxilio de transporte

Auxilio que tiene por objeto subsidiar los gastos que ocasiona el transporte en desarrollo de la jornada laboral ordinaria. Se reconocerá en los mismos términos, cuantías y condiciones que por Decreto establezca el Gobierno Nacional para los trabajadores particulares. No se tendrá derecho a este auxilio, cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la Entidad suministre el servicio.

Subsidio de alimentación

Se reconocerá en los mismos términos, cuantías y condiciones que por Decreto establezca el Gobierno Nacional para los trabajadores particulares. No se tendrá derecho a este auxilio, cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la Entidad suministre la alimentación a los empleados que conforme tengan derecho al subsidio.

Viáticos percibidos por los funcionarios en comisión

A partir de la fecha de vigencia del Acuerdo No.017 de 2010, la administración Distrital, realizará el reconocimiento a los empleados públicos que deben viajar dentro o fuera del país en comisión de servicios, de conformidad con el valor y las condiciones para el otorgamiento de los viáticos de conformidad con lo que establezca para los empleados públicos de las entidades territoriales el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.

Horas extras, dominicales y festivos

Reconocimiento que se hace al empleado por razones del servicio cuando sea necesario realizar trabajos en horas distintas de la jornada ordinaria de labor.

El pago de horas extras, dominicales y festivos o el reconocimiento del descanso compensatorio se sujetará a los siguientes requisitos:

a.Procederá para los Niveles Técnico y Asistencial siempre que se labore en horas distintas de la jornada ordinaria de labor.

El trabajo suplementario será autorizado previamente por el jefe del organismo o por la persona en quien esté delegado tal atribución, mediante comunicación escrita en la que se especifique las actividades que hayan de desarrollarse.

b.El reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se hará por resolución motivada.

c.En ningún caso podrán pagarse mensualmente por horas extras, dominicales y festivos más del 50% de la asignación básica de cada funcionario. El excedente se reconocerá a razón de un día de descanso compensatorio por cada (8) horas extras laboradas o proporcionalmente por fracción.

El reconocimiento del tiempo del trabajo suplementario se liquidará de acuerdo con lo establecido por el Gobierno Nacional.

En ningún caso se pagará, mensualmente, por concepto de horas extras, dominicales o festivos más del cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica mensual de cada funcionario”.

Preferencialmente se liquidan las de mayor porcentaje y luego las de menor porcentaje, hasta completar 50% del sueldo básico. Las horas que excedan se acumulan para compensatorios.

Compensatorios

Los compensatorios se conceden a solicitud del servidor público o de oficio por parte de la entidad y se reconocen mediante Resolución. En caso de retiro del servicio, se deben reconocer en dinero.

Los compensatorios prescriben en tres (3) años.

Prima semestral

Elemento salarial equivalente a treinta y siete (37) días de salario que se paga al 15 del mes de junio de cada año.

Se cancela a los empleados públicos que hayan laborado durante el primer semestre del año y proporcionalmente a quienes laboren por lo menos tres (3) mese completos de ese semestre de conformidad con lo señalado por el Acuerdo No. 25 de 1990.

Bonificación por servicios prestados

Reconocimiento que se hace al empleado cada vez que cumpla un año continúo de labor en una misma entidad del Distrito Capital. Es equivalente al 50% del valor conjunto de la asignación básica, gastos de representación y prima de antigüedad que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla, siempre que no devengue una remuneración mensual por concepto de asignación básica y gastos de representación superior al tope máximo señalado por el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del poder público, en la fecha en la fecha en que se cause el derecho a percibirla.

Para quienes superen el límite fijado la bonificación será equivalente al treinta y cinco (35) por ciento de los factores de salario señalados en el inciso anterior.

Esta bonificación se reconocerá cada vez que el empleado cumpla un año de servicio y se tendrá en cuenta para liquidar la prima de vacaciones, prima de navidad, cesantías.

Cuando un funcionario provenga de otra entidad pública distrital o del orden nacional, el tiempo laborado en esa entidad será computado para efectos de la liquidación de dicha bonificación, siempre que no haya solución de continuidad en el servicio. Se entenderá que no hay solución de continuidad si entre la fecha de retiro y la fecha de la nueva posesión, no transcurren más de quince (15) días hábiles.

Prima de antigüedad

Reconocimiento mensual que se hace a los empleados públicos, que se pagará de conformidad con lo estipulado en el Acuerdo 6 de 1986, así:

Tabla 3 - Prima de Antigüedad

AÑOS DE ANTIGÜEDAD

PORCENTAJE DE RECONOCIMIENTO

MAS DE 4 AÑOS Y HASTA 9 AÑOS

3%

MAS DE 9 AÑOS Y HASTA 14 AÑOS

5%

MAS DE 14 AÑOS

7%

Fuente: 9 - Acuerdo 017 de 2010.

Prima secretarial

Reconocimiento y pago mensual que se hace a los empleados públicos que desempeñen el cargo de Secretario Ejecutivo, en el nivel asistencial, es equivalente al dos (2) porciento de la asignación básica mensual. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.

PRESTACIONES SOCIALES

Con la expedición del Decreto 1919 de 2002, ”POR EL CUAL SE EXPIDEN DISPOSICIONES EN MATERIA PRESTACIONAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS Y TRABAJADORES OFICIALES DEL ORDEN TERRITORIAL”, se unificó el régimen prestacional de los servidores públicos Distritales, desapareciendo por ende del ámbito jurídico, las disposiciones contenidas en el los Decretos 1133 y 1808 de 1994, las cuales hacían distinciones de régimen prestacional de acuerdo con la fecha de ingreso, ya fuera ésta anterior o posterior a la vigencia de los mismos.

El artículo 1º del Decreto 1919 del 27 de agosto de 2002, contempla expresamente que a partir de su vigencia, es decir el 1º de septiembre de 2002, todos los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades del sector central y descentralizado de la rama ejecutiva de los niveles departamental, distrital y municipal, a las asambleas departamentales, a los concejos distritales y municipales, a las contralorías territoriales, a las personerías distritales y municipales, a las veedurías, así como el personal administrativo de empleados públicos de las juntas administradoras locales, de las instituciones de educación superior, de las instituciones de educación primaria, secundaria y media vocacional, gozarán del régimen de prestaciones sociales señalado para los empleados públicos de la rama ejecutiva del poder público del orden nacional.

A los trabajadores oficiales, en lo concerniente al régimen de prestaciones sociales mínimas también se les aplicaría el de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.

Tal como se indicó anteriormente, para efecto del reconocimiento de las prestaciones sociales, debe observarse lo señalado por el Decreto 1919 de 2002, es decir sólo se pagarán las previstas en el Decreto 1045 de 1978, e igualmente, para la liquidación de las mismas no podrán incluirse factores salariales diferentes a los expresamente señalados por el mismo decreto.

Vacaciones

Salario de Vacaciones

Los empleados públicos vinculados al Distrito Capital tendrán derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios. Esta prestación, de conformidad con lo consagrado por el artículo 17 del Decreto 1045 de 1978.

Prima de Vacaciones:

Los empleados públicos vinculados al Distrito Capital tendrán derecho a quince (15) días de vacaciones por cada año de servicios. Esta prestación, de conformidad con lo establecido por el artículo 17 del Decreto 1045 de 1978.

Compensación en dinero de las vacaciones –Indemnización

Decreto Distrital por el cual se liquidada el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la respectiva vigencia fiscal. -Compensación en dinero de las vacaciones causadas y no disfrutadas que se pagan al personal que se desvincula definitivamente de la entidad. Su cancelación se hará con cargo al presupuesto vigente, cualquiera que sea el año de su causación.

Prescripción

Cuando sin existir aplazamiento no se hiciere uso de vacaciones en la fecha señalada, el derecho a disfrutarlas o a recibir la respectiva compensación en dinero prescribe en cuatro años, que se contarán a partir de la fecha en que se haya causado el derecho.

El aplazamiento de las vacaciones interrumpe el término de prescripción, siempre que medie la correspondiente providencia.

Sólo se podrán aplazar hasta las vacaciones correspondientes a dos años de servicio y por las causales señaladas en este decreto, así lo dispone el artículo 24 del Decreto Ley 1045/78.

Cuando el disfrute de las vacaciones termine en día viernes, el sábado y domingo se cancelarán, no como salario de vacaciones, sino como salario ordinario.

Bonificación de Recreación:

Los empleados públicos tendrán derecho a una bonificación especial de recreación, en cuantía equivalente a dos (2) días de la asignación básica mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo período vacacional. Igualmente, habrá lugar a esta bonificación cuando las vacaciones se compensen en dinero, y al pago proporcional al retiro del servicio sin haber cumplido el año de labor, de acuerdo con el Decreto 404 de 2006.

Esta bonificación no constituirá factor de salario para ningún efecto legal y se pagará por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de inicio en el evento que se disfrute del descanso remunerado.

La bonificación no constituirá factor de salario para ningún efecto legal.

Prima de navidad

Los empleados públicos del Distrito Capital tendrán derecho al reconocimiento y pago de una prima de navidad, la cual será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado en 30 de noviembre de cada año por prima de navidad. Esta prima será equivalente a un mes de salario que corresponda al cargo el empleado público, la cual se pagará en la primera quincena de diciembre. Esta prestación, de conformidad con lo estipulado por el artículo 33 del Decreto 1045 de 1978.

Reconocimiento por permanencia

Para quienes a 31 de diciembre de 2006 hayan cumplido cinco (5) años o más de servicio continúo prestado.

En adelante para quienes a 31 de diciembre del año 2007 hayan cumplido cinco (5) años de servicio continuo se les cancelará en enero de 2008 y así sucesivamente.

Acuerdo 276 de 2007

Acuerdo 336 de 2008

Acuerdo 528 de 2013

Pago en cinco cuotas anuales a partir de la fecha de la causación.

La 1/5 parte anterior se ajusta con el incremento salarial respectivo.

Se reconoce en enero de cada año.

No constituye factor salarial para ningún efecto legal.

Cesantías

NORMAS QUE REGULAN EL PAGO DE LAS CESANTÍAS POR FONDOS PRIVADOS

Artículo 17, Ley 6ª.de 1945, Ley 65 de 1946, artículo 1º; Decreto 1160 de 1947; Decreto 3118 de 1968, modificado parcialmente por la Ley 432 de 1998 Reglamentada por los Decretos 1582 y 1453 de 1998; Decreto Ley 1045 de 1978, artículo 45; Ley 50 de 1990, artículos 99,102 y 104; Ley 344 de 1996, artículos 13 y 14 (inexequibles parcialmente C-428 de 1997); Ley 244 de 1995, Decreto 1252 de 2000

NORMAS QUE REGULAN EL PAGO DE LAS CESANTÍAS DE RÉGIMEN RETROACTIVO

Ley 6ª, de 1945; Decreto 2755 de 1966; Ley 65 de 1946 artículo 1º; Decreto 1160 de 1947, Ley 244 de 1995; Ley 344 de 1998 reglamentada por el Decreto 1582 de 1998; y Decreto 1252 de 2000 (cesantía régimen retroactivo)

Intereses a las cesantías

El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, con respecto a la suma causada de las cesantías acumulada a 31 de diciembre de cada año por el año o en fracción que se liquide definitivamente.

Es pertinente señalar que las disposiciones que regulan el régimen de cesantías retroactivas no contemplan el pago de los intereses de cesantía.

TRABAJADORES OFICIALES

Los trabajadores oficiales gozan de una Convención Colectiva de Trabajo, suscrita entre la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV y el Sindicato Sintrauniobras de Bogotá D.C.

REGIMEN SALARIAL

La escala de remuneración de los trabajadores oficiales está conformada por dos grados:

Grado 05, corresponde al Grupo 1

Grado 20, corresponde al Grupo 2

Jornal (asignación básica mensual)

Para los dos grupos de trabajadores oficiales se les reconoce un jornal diario (asignación básica), es decir si el mes tiene 30 días, se les reconoce 30 días de jornal y si el mes es de 31 días, se reconocen 31 días de jornal, para el caso de febrero, 28 días o 29 en año bisiesto.

El subsidio de transporte y el auxilio de alimentación

Se les reconoce a todos trabajadores oficiales y se determina por el salario mínimo legal diario vigente:

* Subsidio de Alimentación: 6.5 diarios

* Auxilio de Transporte: 5.5 diarios

La prima de antigüedad

Se reconoce mensualmente, de acuerdo a la siguiente escala:

· Primera Escala: Tiempo de servicio entre 5 y 10 años, el 12%

· Segunda Escala: Tiempo de servicio entre 10 y 15 años, el 13%

· Tercera Escala: Tiempo de servicio entre 15 y 20 años, el 14%

· Cuarta Escala: Tiempo de servicio entre 20 y 25 años, el 15

· Quinta Escala: Tiempo de servicio más de 25 años, el 16%

Horas extras: se reconocen a todos los trabajadores oficiales.

· Horas extras diurnas.

· Horas extras nocturnas.

· Dominicales y festivos.

· Recargos nocturnos:

PRESTACIONES SOCIALES

Vacaciones para los antiguos: fecha ingreso a la entidad antes del 1-01-2005

* Prima de Vacaciones: Se reconoce 40 días por cada año de servicio.

* Salario de Vacaciones: Se reconoce de acuerdo a la siguiente escala de antigüedad:

* Disfrute (salario de Vacaciones): Se reconoce de acuerdo a la siguiente escala de antigüedad:

· De 1 a 5 años 17 días hábiles de disfrute

· De 5 a 10 años 19 días hábiles de disfrute

· De 10 a 15 años 20 días hábiles de disfrute

· De 15 años en adelante 21 días hábiles de disfrute

LOS TRABAJADORES OFICIALES QUE INGRESARON DESPUES DEL 1 DE ENERO DE 2005 sólo tienen derecho a 15 días de vacaciones, que para el caso son 60 cargos de obrero Código 505 Grado 05, es decir 15 días de salario por cada año de servicios y 15 días hábiles de disfrute. Grupo 1

Vacaciones para los nuevos: fecha ingreso a la entidad después del 1-01-2005

* Prima de Vacaciones: Se reconoce 15 días por cada año de servicio.

* Bonificación por Recreación:

Los empleados públicos y trabajadores oficiales vinculados a las entidades públicas del orden nacional y territorial, que se retiren del servicio sin haber cumplido el año de labor, tendrán derecho a que se les reconozca en dinero y en forma proporcional al tiempo efectivamente laborado las vacaciones, la prima de vacaciones y la bonificación por recreación.

La bonificación no constituirá factor de salario para ningún efecto legal.

Prima semestral

Para todos los trabajadores oficiales: Se reconocen 39 días de salario, se cancela a los trabajadores oficiales que hayan laborado durante el primer semestre del año y proporcionalmente a quienes laboren por lo menos tres (3) meses completos de ese semestre

Prima navidad

Para todos los trabajadores oficiales: Se reconocen 30 días de salario

Quinquenio para los trabajadores oficiales que ingresaron antes de enero de 2005

Bogotá, Distrito Capital, continuará reconociendo y pagando, a partir del primero (1º.) de enero de 2005, como recompensa por sus servicios (quinquenio) a los trabajadores oficiales al servicio de la Secretaría de Obras Públicas que hubieren laborado por períodos de cinco (5) años continuos, en las siguientes proporciones:

Para el primer quinquenio27%

Para el segundo quinquenio 29%

Para el tercer quinquenio31.5%

Para el cuarto quinquenio33.5%

Para el quinto quinquenio y en adelante35.5 %

Este porcentaje será cancelado, tomando como base el total de lo devengado por el trabajador en el último año del respectivo quinquenio. En el evento que el trabajador se retire del servicio activo le será tenido en cuenta el último quinquenio para efectos de liquidación de prestaciones sociales, hasta por un (1) años después de causado el mencionado quinquenio.

El trabajador que haya sido sancionado en sus labores por un término mayor a cinco (5) días, perderá el veinte por ciento (20%) del total del respectivo quinquenio.

Los trabajadores que tengan más de veintitrés (23) años de servicio y se retiren o sean retirados del servicio, la Administración les continuará reconociendo y pagando el quinquenio en forma proporcional por años o meses cumplidos del respectivo quinquenio.

Quinquenio para los trabajadores oficiales que ingresaron después del 1 de enero de 2010

La unidad, reconocerá y pagará a los trabajadores oficiales cuyo ingreso a la entidad sea posterior al primero (1º.) de enero de 2010, que laboren por períodos de cinco (5) años continuos, como recompensa-quinquenio por sus servicios, los siguientes porcentajes.

Para el primer quinquenio12%

Para el segundo quinquenio13%

Para el tercer quinquenio13.5%

Para el cuarto quinquenio14

Para el quinto quinquenio y en adelante14,5%

Este porcentaje será cancelado, tomando como base el total de lo devengado por el trabajador en el último año del respectivo quinquenio. Recompensa que en el evento que el trabajador se retire del servicio activo, le será tenido en cuenta el último quinquenio para efectos de liquidación de prestaciones sociales, hasta por dos (2) años después de causado el mencionado quinquenio.

El trabajador que haya sido sancionado en sus labores por un término mayor a cinco (5) días, perderá el (20%) del total del respectivo quinquenio.

Cesantías

Cesantías Fondos Privados y FNA -Fondo Nacional de Ahorro-

Intereses a la cesantía:

El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, con respecto a la suma causada de las cesantías acumulada a 31 de diciembre de cada año por el año o en fracción que se liquide definitivamente.

Cesantías FONCEP – Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - Régimen de Retroactividad:

Es pertinente señalar que las disposiciones que regulan el régimen de cesantías retroactivas no contemplan el pago de los intereses de cesantía.

Auxilios convencionales

Tabla 4 -Auxilios convencionales

Concepto

Monto

Subsidio Educativo de Posgrado

100 salarios mínimos legales vigentes diarios por cada semestre a todos los trabajadores oficiales, que tengan un promedio de notas igual o superior de 3.8 sobre 5.

Subsidios Educativos Universitarios, Tecnológicos y Técnicos a nivel universitario

70 salarios mínimos diarios vigentes por semestre, a todos los trabajadores y cada uno de sus hijos que tengan cumplidos hasta los 25 años de edad

Subsidio Educativo Bachillerato

28 salarios mínimos diarios vigentes anual a todos los trabajadores y cada uno de sus hijos

Subsidio Educativo Primaria y Preescolar

14 salarios mínimos diarios vigentes anual a todos los trabajadores y cada uno de sus hijos

Fuente: 10 - Convención Colectiva de Trabajo Vigente.

Estos pagos se efectuarán a los trabajadores cuando acrediten las respectivas constancias de matrícula y los certificados de aprobación del semestre o año inmediatamente anterior, el registro civil de nacimiento cuando la solicitud se realice por primera vez y la declaración extra juicio rendida ante la autoridad competente, para demostrar la dependencia económica de los hijos mayores de dieciocho (18) años.

Concepto

Monto

Auxilio Funerario

3.5 salarios mínimos legales vigentes mensuales a los trabajadores oficiales por el fallecimiento del trabajador, de su esposa o compañera permanente, hijos que dependan económicamente del trabajador y padres. En caso de muerte del trabajador, el pago se efectuará directamente a la persona que asumió los gastos funerarios.

Subsidio de Maternidad

42 salarios mínimos diarios vigentes por cada hijo que nazca. Esta suma se cancelará directamente a la madre, una vez presentado el respectivo registro civil de nacimiento o certificación de nacimiento expedida por la E.P.S., a la que el trabajador o trabajadora se encuentre afiliado. En caso de mortinato deberá presentarse el certificado de defunción debidamente homologado o revalidado por la E.P.S.,a la que se encuentre afiliado el trabajador (a).

La trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de doce (12) semanas en la época del parto remuneradas con el salario que devengue al momento de entrar a disfrutar del descanso.

APORTES SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL – Salud, Pensión y Riesgos

El Sistema General de Seguridad Social (SGSS) está conformado por los sistemas de salud, pensiones y riesgos laborales, ahora denominado, este último, Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo. La base de cotización de las personas vinculadas como servidores públicos, afiliados obligatorios al sistema general de seguridad social es la siguiente:

INGRESO BASE COTIZACION

El salario base de cotización para calcular los aportes, es el previsto en el artículo 1º. del decreto reglamentario 1158 de 1994 a saber:

a) La asignación básica mensual;

b) Los gastos de representación;

c) La prima técnica cuando sea factor de salario;

d) Las primas de antigüedad, ascensional y de capacitación cuando sean factor de salario;

e) La remuneración por trabajo dominical o festivo;

f) La remuneración por trabajo suplementario o de horas extras, o realizado en jornada nocturna, y

g) La bonificación por servicios prestados.

El límite de la base de cotización será de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Tabla 6 - Porcentajes de aportes en seguridad social

Concepto

Total, Cotización

Empleador

Trabajador

Salud

12.5%

8.5%

4%

Pensión

16%

12%

4%

Fuente: 11 – Elaboración proceso de Gestión de Talento Humano - Tomado de Ley 100 de 1993

Riesgos Profesionales

El aporte oscila entre 0.348% y 8.7% del ingreso base de cotización, según los riesgos de cada empresa, y es totalmente a cargo del empleador, de acuerdo con la reglamentación de la Ley 100 de 1993.

Tabla 7 - Clase de Riesgos Profesionales

CLASE DE RIESGO MAXIMO

VALORMINIMO

VALOR INICIAL

VALOR

I

0.348%

0.522%

0.696%

II

0.435%

1.044%

1.653%

III

0.783%

2.436%

4.089%

IV

1.740%

4.350%

6.060%

V

3.219%

6.960%

8.700%

Fuente: 12 - Elaboración proceso de Gestión de Talento Humano - Tomado de Ley 100 de 1993

Aporte al Fondo de Solidaridad Pensional

Aporte que el asalariado realiza sólo si devenga más de cuatro salarios mínimos legales mensuales. El porcentaje de cotización se mueve entre el 1% y el 2% de la siguiente manera:

Tabla 8 - Aporte al Fondo de Solidaridad Pensional

Salarios mínimos devengados

Aporte Fondo de Solidaridad Pensional

Entre 4 y 16 SMMLV

1%

Entre 16 y 17 SMMLV

1.2%

Entre 17 y 18 SMMLV

1.4%

Entre 18 y 19 SMMLV

1.6%

Entre 19 y 20 SMMLV

1.8%

Más de 20 SMMLV

2.0%

Fuente: 13 Elaboración proceso de Gestión de Talento Humano - Tomado de Ley 100 de 1993

Retefuente por Ingresos Laborales

La tabla entonces para el cálculo de la retención en la fuente a partir del 1 de enero de 2020, queda de la siguiente manera: 

Tabla 9 - Retefuente por Ingresos Laborales

Rangos en UVT

Tarifa marginal

Impuesto

Desde

Hasta

>0

95

0%

0

95

150

19%

(Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)*19%

150

360

28%

(Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT)*28% más 10 UVT

360

640

33%

Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT

640

945

35%

(Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 640 UVT)*35% más 162 UVT

945

2300

37%

(Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 945 UVT)*37% más 268 UVT

2300

En adelante

39%

((Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 2300 UVT)*39% más 770 UVT

Fuente: 14 – Elaboración proceso de Gestión de Talento Humano - Estatuto Tributario Art 383.

Aportes Parafiscales – Caja Compensación, ICBF y Sena

Tabla 10 - Aportes Parafiscales – Caja Compensación, ICBF y Sena

Concepto

Total, Cotización

Caja de Compensación

4%

Icbf

3%

Sena

2%

Fuente: 15 - Elaboración proceso de Gestión de Talento Humano – Ley 21 de 1982

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El Decreto único del Trabajo 1072 del año 2015 en su artículo 2.2.4.6.8. “Obligaciones del Empleador”, se encuentra definida la responsabilidad por parte de la Unidad Especial Administrativa de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, garantizar la capacitación de los funcionarios y contratistas en los aspectos de Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración del Riesgo, así como lo referente a las situaciones de Emergencia que se presenten en las instalaciones de la UAERMV.

POLITICA SG SST – UAERMV.

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST adopta Políticas para garantizar el mejoramiento continuo de las Condiciones de Salud y de Trabajo, así como el bienestar de los trabajadores para que se desempeñen de una manera saludable, adecuada y eficiente, permitiendo su crecimiento personal, familiar y a la vez el mejoramiento de la productividad de La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial (UAERMV), implementa acciones con el fin de mantener condiciones laborales que garanticen el bienestar y la salud de sus colaboradores.

Ilustración 7 - Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

Fuente: 16 – Axa Colpatria

Identificación de peligros

En la vida laboral se encuentran presentes los peligros debido a la naturaleza de la ejecución de los procesos propios de la Unidad Especial Administrativa de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV. Así es como dentro de la UAERMV se hace necesario dar a conocer los Peligros que son inherentes a las actividades que lleva a cabo cada cargo o perfil laboral. Dentro de la UAERMV, los peligros que se encuentran presentes son:

PELIGROS ASOCIADOS A LABORES ADMINISTRATIVAS

La naturaleza de las actividades administrativas se encuentra originada por labores desarrolladas de manera prolongada en video terminales, la interacción directa con personas, los materiales utilizados para el desarrollo de productos, las condiciones de las instalaciones, entre otras, ejecutadas dentro de procesos de apoyo, de gestión y de atención al usuario. Dentro de los peligros asociados a estas actividades se encuentran descritos como:

Ilustración 8 - Peligro biomecánico

El desarrollo de labores en video terminales representa el peligro de realizar labores durante tiempo prolongado en la misma posición, generando el riesgo de sufrir desordenes musculoesqueléticos debido a condiciones de organización y acondicionamiento adecuado del puesto de trabajo de acuerdo con las necesidades específicas del trabajador.

Ilustración 9 - Peligro biológico

La interacción social y física entre personas por el desarrollo normal de actividades, como reuniones, ejecución de labores en equipo, trabajo de comunicación de tareas, entre otras, las cuales representan un riesgo por contraer enfermedades infectocontagiosas presentes en el ambiente o en personas.

Peligro condiciones de seguridad

Ilustración 10 - Peligro condiciones de seguridad

Las condiciones de las instalaciones de las oficinas donde se desarrollan labores administrativas representan el riesgo de posibles golpes, laceraciones, caídas, tropezones, resbalones, entre otros por su naturaleza, construcción o inadecuada ubicación.