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PROCEDIMIENTO OPERACIONAL DE TRANSITO Y CONDUCCION

_______________________________________________________________________________________________________Las impresiones como las copias de este documento son un DOCUMENTO NO CONTROLADO, sólo se considerarán como documentos controlados aquellos que se encuentren en el sistema computacional de la empresa.

1.0 OBJETIVO

Establecer normas generales de conducción / operación de vehículos motorizados, definiendo y estableciendo los sistemas de control para el tránsito de vehículo, transporte de personas y de materiales en su interior, lo cual incluye el área de Administración y Gerencia. Además de crear un marco regulatorio general y las medidas de seguridad que deben cumplir los trabajadores que transiten y que conduzcan vehículos motorizados de IMOPAC.

2.0 ALCANCE

La presente regulación es aplicable a todos los trabajadores y/o conductores de vehículos motorizados de Imopac, visitas, contratistas, proveedores, organismos fiscalizadores (privados y estatales), que transiten por exterior o interior de faenas de IMOPAC.

3.0 REFERENCIAS

• Ley Nº 18.290 Ley de Tránsito Publicada en el diario oficial Nº 31.791 de febrero de 1984, precepto legal que tiene por objeto la fiscalización del tránsito.

• Ley Nº 19.495

Modifica la Ley 18.290, Ley de Tránsito, en lo relativo a la obtención de licencias de conducir. • Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad de IMOPAC.

4.0 DEFINICIONES

• DPR y MA: Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente. • Equipos: Se consideran equipos toda maquinaria que ingrese al proyecto y que tenga movilidad propia

o estacionaria, que sea accionada por energía de cualquier índole, tales como: Motoniveladoras, Torres de iluminación, Cargadores, Tractores, Retroexcavadoras, Generadores, Grúas Horquillas, alza Hombres, Grúas Torres, Grúas Móviles, Compactador Manual, Asfaltadores, Regadores, Betoneras, Compactadores Autopropulsados, Despegadoras, Soldadoras de Termofusión o plasma, entre otros, (exceptuando camionetas, furgones, buses y minibuses de transporte de personal).

• Equipos Livianos: Se consideran equipos livianos todo equipo motorizado de hasta 1750 Kg., tales

como: Camionetas, Furgones y Minibuses (Hasta 15 pasajeros, excluyendo conductor, con máximo de 3 pasajeros por corrida de asientos), Furgones utilitarios de carga, Otros de similares características. Automóviles (Radiotaxi o similares) siempre que estén autorizados a ingresar a faenas de Imopac.

• Equipos Pesados: Se define como equipos pesados a Motoniveladoras; Tractores sobre Orugas; Palas

hidráulicas y electromecánicas, Grúas de levante móviles, Grúas Torres, Cargadores Frontales, Camión de Extracción, Sondas autopropulsadas, entre otros.

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PROCEDIMIENTO OPERACIONAL DE TRANSITO Y CONDUCCION

_______________________________________________________________________________________________________Las impresiones como las copias de este documento son un DOCUMENTO NO CONTROLADO, sólo se considerarán como documentos controlados aquellos que se encuentren en el sistema computacional de la empresa.

• Equipos Especiales: Se define como equipos especiales a: Alza Hombres, Camiones plumas, Grúas

puente, Grúas Horquillas, Mini Cargadores, Ramplas, entre otros.

• Transporte Personal: Se define como equipo de transporte de personal a cualquier móvil diseñado por fábrica para transportar pasajeros, tales como: Buses, Minibuses, Furgones, entre otros.

• Señales de regulación de Tránsito: Se entiende por señalización a todos los dispositivos, signos,

demarcaciones del tipo oficial de la Ordenanza del Tránsito, instalado para regular la circulación de los vehículos y peatones. Incluye personal (Señalero), letreros, cercados y conos que determinan lugar de acceso restringido o regulado.

• Conductor u Operador: Se denomina conductor u operador, a la persona que conduce u opera

cualquier tipo de vehículo o equipo, con la documentación oficial vigente y con autorización interna, de acuerdo a disposiciones contenidas en el presente procedimiento.

• Autorización de Conducir: Documento otorgado a una persona para conducir u operar vehículos y/o

maquinarias motorizadas al interior de la Faena, se exceptúa este requerimiento en faenas en que mandante lo gestione directamente. En caso de administración se gestiona a través de prevención de riesgos.

• Visitas: Corresponde a conductores que eventual y excepcionalmente pueden ingresar al

Estacionamiento de la Administración de la Faena. • Detención: es la paralización breve de un vehículo para recibir o dejar pasajeros con el conductor en su

cabina. • Estacionar: Es paralizar un vehículo por un período mayor que el necesario para dejar o recibir

pasajeros y sin el conductor en la cabina. En casos de faenas mineras o industriales, el estacionamiento deberá ser obligatoriamente aculatado.

• Peatón: Es toda persona que por razones de trabajo transita a pie por las diferentes áreas de las faenas en

que opera Imopac. • Área restringida: Sector al cual no se puede acceder sin la autorización del encargado del área. El

sector estará señalizado con loro vivo o muerto. • Cono: Dispositivo de seguridad de forma cónica de color naranja con cinta reflectante blanca en su

extremo superior, destinado a advertir a las personas de la presencia de una condición de peligro en un área determinada.

• Pértiga: Accesorio que permite aumentar la visibilidad de los vehículos livianos y de algunos equipos

que trabajan esencialmente en áreas donde transiten equipos pesados o de grandes dimensiones. Este accesorio deberá cumplir con las siguientes características:

Las pértigas serán extensibles, alcanzando una altura mínima de 3.5 metros desde el piso

hasta la luz en el extremo superior de dicha pértiga.

La altura máxima no deberá exceder de 5 metros de altura.

El material de la pértiga será fibra de vidrio flexible.

El banderín o banderola será rectangular de color naranja con dimensiones de 20 cm. de alto y 35 cm de ancho, reflectante, de material resistente.

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Luz intermitente de color rojo tipo Led en el extremo de la pértiga para mejor visibilidad nocturna (Chapulín).

Ubicación a la derecha del conductor (detrás del copiloto).

Su uso es obligatorio para los vehículos y equipos que circulan en áreas de tránsito de equipo

pesado y con visibilidad reducida.

Solo vehículos de administración que ingresen a áreas de operaciones deberán estar implementados con este accesorio.

• Baliza: Accesorio que permite distinguir entre equipos livianos, transporte de personal y maquinaria y

de emergencia, que se desplazan por los caminos de faenas. Fuera del área Industrial se usa durante los traslados nocturnos. El uso de balizas se clasifica de la siguiente forma:

Rojo-Azul: Vehículos de rescate y emergencia

Azul o Ámbar: Vehículos de transporte de personal y camionetas

Ámbar: Vehículos de Escolta, maquinaria, equipos pesados y especiales.

Rojo y Ámbar: Vehículos especiales (transporte de explosivos, sustancias peligrosas, entre otros)

Solo vehículos de administración que ingresen a áreas de operaciones deberán estar implementados con este accesorio.

• Falla Mecánica: La falla mecánica será cualquier evento atribuible a problemas mecánicos que se

produzca en el Vehículo y que no le permita continuar con su normal desplazamiento.

5.0 EQUIPOS, MATERIALES, HERRAMIENTAS Y EPP.

• Equipos Extintores

• Materiales

Triángulo Botiquín Básico Primeros Auxilios

• Herramientas

Gatas y neumáticos de repuesto Llave de rueda

• Elementos de Protección Personal

Casco de Seguridad Lentes de Seguridad Calzado de Seguridad Protector solar

En caso de ingreso a faenas mineras o industriales.

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6.0 RESPONSABILIDADES

• Gerente General

Aprobar el presente procedimiento.

• Jefe Corporativo de Operaciones

Revisar el presente procedimiento.

• Jefe Corporativo de Prevención de Riesgos y MA

Elaborar el presente procedimiento. Asesorar a línea de mando superior respecto a la aplicación del presente procedimiento. Actualizar el presente Procedimiento de Tránsito y Conducción, Imopac, de acuerdo a

normativa legal vigente. Verificar y velar por su cumplimiento. Mantener un registro actualizado de los conductores autorizados.

• Conductores autorizados

Mantener vigente y portar permanentemente su Licencia de Conducir Municipal y documentación de vehículo.

Hacer uso permanente del cinturón de seguridad y exigir que los ocupantes de los asientos delanteros y los ocupantes de asientos traseros lo usen. Lo anterior queda definido por el decreto supremo Nº 211 que establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad para vehículos cuyo año de fabricación sea 2002 o posterior.

Antes de emprender la marcha el conductor debe verificar el estado del vehículo e informar de cualquier anomalía que pueda afectar la seguridad en la conducción.

Se debe revisar periódicamente la documentación del vehículo, triángulos, cuñas y extintor de incendio.

Observar por los espejos que no exista ninguna obstrucción que pueda causar daño al vehículo antes de emprender la marcha.

Informar las infracciones de tránsito, en que incurriera el conductor. El asesor en Prevención de Riesgos levantará una investigación y junto a administrador determinará la sanción de acuerdo a lo investigado.

Cualquier conductor podrá solicitar al Asesor en Prevención de Riesgos información sobre las responsabilidades, derechos, u otros que le correspondan a su cargo.

Aportar a los Asesores en Prevención de Riesgos o jefatura directa información relativa al tránsito desfavorable de cierto lugar, permitiendo tomar las precauciones necesarias. Así mismo es recomendable que los conductores informen de cualquier condición o situación

(tránsito de otros vehículos, caminos cortados o en mal estado, etc.) a los otros conductores que se crucen en su trayecto. Además es importante reportar cualquier incidente ocurrido.

Cuando las circunstancias así lo requieran y por razones de seguridad, todo conductor deberá colaborar para que se le haga una prueba de Alcohotest. La negativa a aceptar esta prueba será causal suficiente para el retiro de la Autorización Interna de Conducir, con carta de amonestación.

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Este procedimiento se realizara en base a procedimientos específicos de faenas, cuando se requiera.

Cuidar el vehículo a cargo e Inspeccionar completamente el vehículo motorizado, si se detecta alguna anomalía deberá el conductor informar inmediatamente a la jefatura quien determinarán si el vehículo está en condiciones de ser conducido. Del mismo modo se tendrá que respetar la mantención programada de cada vehículo.

7.0 DESARROLLO

• Autorización Interna

El requisito fundamental es saber leer y escribir, debiendo presentar una copia del Certificado de

enseñanza básica o media. Para conducir, operar o probar cualquier vehículo motorizado arrendados, los trabajadores deben

estar debidamente autorizados por la jefatura, siendo la Licencia de Conducir Municipal el requisito fundamental.

La autorización interna será evidenciada mediante la “Solicitud de Autorización de Conducción Interna” (PO03-RG-01).

Se mantendrá un registro de los conductores autorizados de los vehículos de la Empresa. Se mantendrá la documentación de vehículos en archivos de Abastecimientos. El postulante a conductor oficial de un vehículo será sometido a un Examen Psicosensotécnico

riguroso el cual deberá aprobar y ser calificado como APTO. Deberá ser aprobado en un Examen Teórico – Práctico de conducción y/u operación. Deberá ser instruido, evaluado y aprobado en examen sobre “Reglamento o Procedimiento de

Tránsito de Vehículos y personas”. El postulante a conductor autorizado de un vehículo, deberá asistir a un curso de manejo a la

defensiva, dictado por el organismo administrador del seguro social.

• Traslado personal desde faena a su hogar o habitación.

Está prohibido trasladar en vehículos de la unidad a personal ajeno de la Empresa. Está estrictamente prohibido el facilitar los vehículos de la Empresa a personal ajeno o a

personal que no posea su licencia de conducir. La comunicación en caso de emergencia será mediante avisos telefónicos o por parte del

conductor o acompañantes. De ser necesario deberán comunicarse con Carabineros, Bomberos y/o centros médicos asistenciales de las localidades más cercanas.

Los conductores tienen prohibido trasladar personal bajo los efectos del alcohol, drogas o medicamentos que provoquen sueño.

Se respetarán los tiempos de traslado, a modo de asegurar que los conductores no excedan los límites de velocidad señalizados en las vías. Cualquier pasajero del móvil u otro conductor está en su derecho de realizar la denuncia a cualquiera de las personas a cargo.

En caso de presentarse una emergencia por enfermedad o lesiones de alguno de los ocupantes del vehículo y en caso de no obtener comunicación con el Administrador de la Unidad y el Asesor de Prevención de Riesgos. El conductor se deberá dirigir directamente al centro asistencial más próximo

• Adelantamiento:

Previo al adelantamiento, considerar las condiciones del camino, visibilidad, tiempo, espacio, y la potencia de motor necesaria para efectuar la maniobra dentro de un tiempo razonable, sin generar riesgos.

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Observar siempre hacia atrás por los espejos retrovisores para verificar que no vengan otros

vehículos con la misma intención de adelantar. No adelantar en lugares donde las condiciones presentes no garanticen una maniobra insegura. Cuando se requiera adelantar a un camión de extracción o aljibe, el conductor del vehículo menor

deberá ubicarse lo más a la izquierda posible del camino, a fin de poder ser visto en el espejo retrovisor por el chofer del equipo mayor que le antecede. Mantener la distancia reglamentaria no menor de 30 metros detrás del camión.

El encendido de las luces traseras por parte de los operadores de los camiones de extracción o

aljibes constituyen no obliga necesariamente a efectuar la maniobra de adelantamiento. El conductor del camión de extracción o aljibe facilitará el adelantamiento de un vehículo menor,

indicándole mediante el encendido de las luces traseras blancas, principalmente, que se ha percatado de su presencia, de su intención de adelantar, y que no hará ningún movimiento inesperado con el equipo hacia la pista derecha mientras que efectúe la maniobra de adelantamiento.

Si no existiese señal de luces blancas traseras, el conductor del vehículo menor, dependiendo

de la urgencia por adelantar, podrá intentar establecer contacto radial con el operador del camión de extracción o aljibe, refiriéndose a éste por el número del equipo, para comunicarle su intención de adelantar. Si no hay señal ni comunicación con el operador del camión de extracción o aljibe, el conductor del vehículo menor deberá abstenerse de adelantar.

Durante el momento en que se realice la maniobra de adelantamiento, conservar una distancia lateral

de a lo menos medio ancho del equipo mayor. Esto medido entre el costado derecho del equipo mayor y el costado izquierdo del vehículo que adelanta. Distanciarse hacia adelante a lo menos medio largo del equipo adelantado antes de volver a la pista izquierda.

• Tabla de velocidades aproximadas en la conducción

Caminos Principales: Estos caminos constituyen el estándar nacional en las carreteras como por ejemplo; caminos asfaltados, señalizados, demarcados, etc. Carretera Doble Vía 120 Km/Hr. Carretera Una Vía 100 Km/Hr.

Caminos Rurales (Secundarios): Son todos aquellos caminos compuestos por una carpeta rellena

con grava y que nacen de los caminos principales comunicados a estos con el terciario. Camino Rural Asfaltado 90 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Gravilla - Seca) 80 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Gravilla – Húmeda) 60 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Gravilla – Lluvia) 40 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Arcilla – Seca) 80 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Arcilla – Húmeda) 60 Km/Hr Camino Rural de Tierra (Arcilla – Lluvia) 30 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Bichofita – Seca) 80 Km/Hr. Camino Rural de Tierra (Bichofita – Húmeda) 60 Km/Hr Camino Rural de Tierra (Bichofita – Lluvia) 40 Km/Hr.

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Caminos Terciarios: Se entenderá por caminos terciarios, todos aquellos caminos que nazcan

de un camino secundario y que comuniquen a estos con ingresos a comunidades, asentamientos rurales o prospectos mineros. Estos caminos están generalmente compuestos por una carpeta de piedras a la cual luego se le aplica arena y posteriormente agua para compactar el terreno. Los caminos terciarios se caracterizan por general por ser caminos provisorios y de tramo corto, razón por la cual la confección de estos no tiene la misma exigencia requerida por los otros caminos.

Camino Tipo Huellas = 30 Km/Hr

NOTA: Cada vez que se deba llevar la actividad de conducción se deben considerar las condiciones presentes en la tarea, ya sean éstas condiciones naturales o provocadas por el humano. El manejo del vehículo debe ser correcto y acorde al presente procedimiento que se basa en que el personal sea capaz de reconocer e identificar la manera segura detrás del volante.

• Emergencias en la conducción

Falla de Frenos

Vehículos livianos:

Bombee rápida y frecuentemente el pedal de freno. Accione el freno de mano progresivamente con rapidez pero no violentamente. Pase un cambio a una velocidad menor para aprovechar la acción freno de motor. Si conduce por la carretera desvié el vehículo a la derecha. Tal vez, dañe el vehículo, pero puede disminuir la gravedad del accidente.

Vehículos con frenos de aire:

Afirme fuertemente el volante del vehículo. Ya que en caso de falla en el sistema de frenos estos bloquearan automáticamente el camión hasta que este se detenga. En ambos casos emplee la bocina o las luces para advertir a los otros conductores que usted está en una emergencia.

Animales en la vía Prestar la máxima atención a la carretera, ya que un animal puede cruzar la carretera por

cualquier lugar, aunque no se advierta en las señales. Reducir la velocidad y extremar las precauciones cuando son horas en las que exista menos luz. Evitar las luces de largo alcance para no deslumbrar y desorientar al animal. Tocar el claxon para advertir al animal de nuestra presencia. Circular a baja velocidad para evitar ser sorprendidos por otros animales, muchos viven y se

desplazan en manada.

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Aun así, cuando fallan todas las precauciones y sucede lo inevitable, no está de más saber cómo hay que reaccionar tras haber sufrido un accidente con un animal silvestre. Deténgase de manera controlada. Evite frenar bruscamente, invadir el carril contrario chocar

contra un árbol. Para ello, sujetaremos bien el volante, manteniendo la dirección y frenando. Lo ideal es advertir que vamos a detenernos con el sistema de luces de emergencia del vehículo, y hacerlo en el lateral de la calzada, siempre que sea posible.

Asegure el lugar del accidente. Colóquese el chaleco reflectante, coloque el triángulo de advertencia a la distancia recomendada y, en caso de daños personales, inicia las medidas de auxilio necesarias.

Avise a la policía. Advierta a la policía o entidad responsable de la zona para que retiren el animal o animales accidentados, para no entorpecer ni poner en peligro la circulación del resto de vehículos.

Reventón de neumáticos

¡No frenar bruscamente! Puede sufrir un Volcamiento o un “trompo”. Sujetar firmemente el volante con las dos manos y girar lo necesario para mantener recta la dirección del vehículo. Continuar con el pie en el acelerador, levantándolo suavemente. Aprovechar el motor para reducir la velocidad y cuando esta sea más baja frenar poco a poco. Elegir un lugar adecuado (en carretera la berma) para proceder al cambio de rueda con seguridad, Señalizar correctamente con triángulos y luces de emergencias.

Patinazo

Los giros bruscos, los cambios repentinos de pista o frenadas violentas pueden hacer patinar el vehículo, con mayor frecuencia en pavimentos mojados o cubiertos con hielo.

Si la parte posterior del vehículo empieza a patinar, no retirar el pie del acelerador repentinamente. Se debe doblar las ruedas en la misma dirección que ha tomado la parte trasera del vehículo. Hacerlo con cuidado. Al sentir que el vehículo recupera la tracción de sus ruedas, enderécelas. En todo caso se debe evitar frenar de inmediato. Hay que hacerlo una vez corregido el patinazo, no desembrague. Si patinan las cuatros ruedas, no frenar, dejar que rueden. Aplicar el freno con bombeos graduales.

Incendio Del Vehículo:

La mayoría de los incendios de vehículos ocurren por cortocircuito en el sistema eléctrico. Al producirse esta emergencia se debe reducir la velocidad, conducir a la derecha o la berma, detenerse y cortar contacto.

Si se transportan pasajeros, hay que hacerlos abandonar el vehículo y pedirles que se alejen a un lugar seguro. Una primera acción puede ser desconectar terminales de la batería. Si no se logra hacerlo, se pueden arrancar los cables que se están quemando con el mango de la gata. No tomar los cables calientes a mano desnuda.

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Si se lleva extintor, lo cual es obligatorio, tratar de sofocar el fuego si este es incipiente. También se puede usar tierra o arena, ropa u otros productos textiles. No usar agua. Si el fuego toma incremento, sin poder controlarlo hay que alejarse antes de que explose el estanque del vehículo. Se debe revisar periódicamente el sistema eléctrico del vehículo para detectar y corregir oportunamente las fallas.

Abastecimiento de combustible

Durante el abastecimiento de combustible, los conductores deben adoptar las siguientes medidas de seguridad:

Apagar el motor del vehículo. Colocar freno de mano. Deben bajar los pasajeros de los vehículos, si exceden las 4 personas. No subir o bajar del vehículo, mientras se carga combustible. No usar celular. Evitar el derrame de combustible. No fumar o encender llamas abiertas.

Accidente del vehículo propio o arrendado

En caso de que algún vehículo propio o arrendado sufriera algún accidente, su conductor deberá cumplir las siguientes instrucciones, sin prejuicio de las acciones o medidas recomendadas por prevención de riesgos, en relación a las personas y/o equipos. a) Anotar las patentes, marcas y tipos de los vehículos que participaron en el accidente, los

nombres y cédulas de identidad de sus conductores y de las personas que, habiendo presenciado el accidente, pudiera declarar como testigos.

b) Solicitar la presencia de Carabineros de Chile o dirigirse a la unidad policial más cercana

para efectuar la denuncia del accidente. c) En el recinto policial dejar constancia del accidente, consignando los datos indicados en la

letra (a) anterior, incluyendo un detalle de los daños, si los hubieran. d) En caso de haber lesionados a consecuencia del accidente, solicitar a funcionarios de

Carabineros que le sea practicado el correspondiente examen de alcoholemia. e) A continuación se dar cuenta a su Jefe inmediato y al encargado de Prevención de Riesgos,

informando sobre todos los datos relacionados con el siniestro.

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7.1 MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

ACTIVIDADES / TAREAS

PELIGROS / RIESGOS IDENTIFICADOS MEDIDAD DE CONTROL

Conducción de vehículos

Operar y conducir a velocidades inadecuadas. Contacto por y contra.

Respetar siempre los límites de velocidad, la señalética y las condiciones climáticas y del terreno dentro y fuera de la faena productiva.

Mal estado de Vehículos/ incendio Realizar check list periódicamente a equipos y vehículos, mantención preventiva a kilómetros correspondientes, Uso de Extintores.

Camino irregular, Resbaladizo o desnivelado. Aprisionamiento.

Velocidades adecuadas, no exceder sobre lo permitido, estar siempre atento a las condiciones de terreno, operar siempre equipos y vehículos por personal calificado y autorizado según su diseño.

No Acatamiento de normas – conductas personales e indebidas.

Reporte de desviaciones o Incumplimientos al procedimiento.

7.2 MEDIDAS AMBIENTALES

ACTIVIDADES /

TAREAS

ASPECTOS / IMPACTOS

IDENTIFICADOS

MEDIDAD DE

CONTROL

No aplica No aplica No aplica

8.0 CONTROL DE REGISTROS

Ítem Nombre Código Tipo Lugar de resguardo

Tiempo de resguardo Disposición

1 Informe de Comunicaciones PE08-RG-05 F Archivador N° 4 3 años Bodega

Central

2 Solicitud

autorización para conducir y

operar vehículos PR03-RG-01 F Archivador N° 4 3 Años Bodega

Central

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9.0 ANEXOS

Anexo N° 1: Solicitud Autorización Conducción Interna (PO03-RG-01)