Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley ... · modificado por el Decreto...

3
Que, mediante escrito S/N, de fecha 27.07.2016, Hoteles Heidinger S.A.C., con RUC 20568388306; interpone recurso de reconsideración, ingresado con CUT 108865-2016, contra la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de fecha 03.06.2016, en el extremo, que en dicha resolución, la cual DESCRIPCION DE VARIABLES I FUENTE NATURAL UNID OFERTA HIDRICA DE LA FUENTE DE AGUA ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL Manantial VOLUMEN TOTAL CAUDAL lis 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 Santa (m') Bárbara VOLUMEN m' 5,357 4,838 5,357 5,184 5,357 5,184 5,357 5,357 5,184 5,357 5,184 5,357 63,072 Con volúmenes mensuales y anuales según detalle siguiente: Fuentes de Agua Ubicación de la Captación Política Hidrográfica Geográfica Proyección UTM, Tipo Nombre Opto. Provincia Distrito Cuenca Datum Zona Datum Horizontal Este(m) 1 Norte (m) Superficial Manantial Paseo Oxapampa Chontabamba Perene WGS84 18 s 453 744 1 8 827 648 Santa Bárbara Que, el Artículo 208° de la Ley 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre el Recurso de Reconsideración, establece: "El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba."; Que, conforme lo establece el numeral 81.1 parte in fine del artículo 81 º del Reglamento de la Ley 29338, aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, modificado por Decreto Supremo N°023-2014- MINAGRI; prescribe que la acreditación de disponibilidad hídrica certifica la existencia de recurso hídrico en cantidad, oportunidad y calidad apropiadas para un determinado proyecto en un punto de interés; se puede obtener alternativamente mediante; las condiciones señaladas en los literales a), b) del propio numeral; del mismo modo, el numeral 81.2 del artículo antes acotado, señala que: "La acreditación de la s:i ,.,.: u . ./~ disponibilidad hídrica tiene un plazo de vigencia de dos (02) años, no faculta a usar el agua ni ejecutar ~ ' ~ 'Z ~l Vº º -?'=--~ obras y no es exclusiva ni excluyente.( ... )"; -c .m ~ MO:u~º DI elotez J Que, mediante Resolución Di rectoral 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI de fecha 03.06.2016, la 0~ ... o.i, isrl\ ,~~ Autoridad Administrativa del Agua IX Ucayali, resuelve acreditar la disponibilidad hídrica, para la obtención de la licencia de uso de agua superficial, con fines de uso industrial para el proyecto "Planta Embotelladora de Agua Mineral Santa Bárbara, Distinto de Chontabamba - Oxapampa- Paseo", presentado por Hoteles Heidinger SAC, con RUC 20568388306, de acuerdo al cuadro en detalle: El recurso de reconsideración, ingresado con CUT 108865-2016, interpuesto por Hoteles Heidinger S.A.C., con RUC 20568388306; contra la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de fecha 03.06.2016, y; CONSIDERANDO: ~¡..CION4 .S) \'#. uc () <;)' 1¡-· ..,_ g ~ Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley Nº 27 444- Ley de Procedimiento Administrativo General, ~ vt 0 s ?" modificado por el Decreto Legislativo 1272, señala cuales son los Recursos administrativos: "a) Recurso de reconsideración, b) Recurso de apelación( ... )". VISTO: Gallería, 1 O MAY 2017 RESOLUCJON O/RECTORAL 21 2-2017-ANA-AAA.IX UCAYALI

Transcript of Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley ... · modificado por el Decreto...

Page 1: Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley ... · modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, ... Bárbara VOLUMEN m' 13 392 12 096 13 392 12 960 13 392 12 960

Que, mediante escrito S/N, de fecha 27.07.2016, Hoteles Heidinger S.A.C., con RUC N° 20568388306; interpone recurso de reconsideración, ingresado con CUT Nº 108865-2016, contra la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de fecha 03.06.2016, en el extremo, que en dicha resolución, la cual

DESCRIPCION DE VARIABLES I FUENTE NATURAL UNID OFERTA HIDRICA DE LA FUENTE DE AGUA

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL

Manantial VOLUMEN TOTAL CAUDAL lis 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 Santa (m') Bárbara VOLUMEN m' 5,357 4,838 5,357 5,184 5,357 5,184 5,357 5,357 5,184 5,357 5,184 5,357 63,072

• Con volúmenes mensuales y anuales según detalle siguiente:

Fuentes de Agua Ubicación de la Captación

Política Hidrográfica Geográfica Proyección UTM,

Tipo Nombre Opto. Provincia Distrito Cuenca Datum Zona Datum Horizontal Este(m) 1 Norte (m)

Superficial Manantial Paseo Oxapampa Chontabamba Perene WGS84 18 s 453 744 1 8 827 648 Santa Bárbara

Que, el Artículo 208° de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, sobre el Recurso de Reconsideración, establece: "El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba.";

Que, conforme lo establece el numeral 81.1 parte in fine del artículo 81 º del Reglamento de la Ley Nº 29338, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por Decreto Supremo N°023-2014- MINAGRI; prescribe que la acreditación de disponibilidad hídrica certifica la existencia de recurso hídrico en cantidad, oportunidad y calidad apropiadas para un determinado proyecto en un punto de interés; se puede obtener alternativamente mediante; las condiciones señaladas en los literales a), b) del propio numeral; del mismo modo, el numeral 81.2 del artículo antes acotado, señala que: "La acreditación de la

s:i ,.,.: u . ./~ disponibilidad hídrica tiene un plazo de vigencia de dos (02) años, no faculta a usar el agua ni ejecutar ~ ' ~ 'Z ~l Vº º -?'=--~ obras y no es exclusiva ni excluyente.( ... )";

-c .m ~ MO:u~º DI elotez J Que, mediante Resolución Di rectoral Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI de fecha 03.06.2016, la

0~ ... o.i, isrl\ ,~~ Autoridad Administrativa del Agua IX Ucayali, resuelve acreditar la disponibilidad hídrica, para la obtención

de la licencia de uso de agua superficial, con fines de uso industrial para el proyecto "Planta Embotelladora de Agua Mineral Santa Bárbara, Distinto de Chontabamba - Oxapampa- Paseo", presentado por Hoteles Heidinger SAC, con RUC N° 20568388306, de acuerdo al cuadro en detalle:

El recurso de reconsideración, ingresado con CUT N° 108865-2016, interpuesto por Hoteles Heidinger S.A.C., con RUC Nº 20568388306; contra la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de fecha 03.06.2016, y;

CONSIDERANDO: ~¡..CION4 .S) \'#. uc ()

<;)' 1¡-· ..,_

g ~ Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley Nº 27 444- Ley de Procedimiento Administrativo General, ~ vt 0 s ?" modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, señala cuales son los Recursos administrativos: "a) Recurso

de reconsideración, b) Recurso de apelación( ... )".

VISTO: Gallería, 1 O MAY 2017

RESOLUCJON O/RECTORAL N°21 2-2017-ANA-AAA.IX UCAYALI

Page 2: Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley ... · modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, ... Bárbara VOLUMEN m' 13 392 12 096 13 392 12 960 13 392 12 960

1 El cual complementa el análisis de los mismos y contienen la motivación que suslenta la decisión de Autoridad Administrativa del Agua IX Ucayali, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del articulo 3' de la Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, de la revisión del Recurso de Reconsideración, formulado por Hoteles Heidinger S.A.C., con RUC Nº 20568388306, se ha podido apreciar que fue presentada por el administrado dentro del plazo de ley, que entre los documentos que se han adjuntado en el referido recurso administrativo de impugnación como medios probatorios, ofrece nueva prueba, motivo por el cual solicita reconsiderar lo resuelto mediante la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, en el extremo solicitado;

Que, del análisis de los actuados se advierte que la resolución recurrida, declaro acreditar la disponibilidad hídrica, para la obtención de la licencia de uso de agua superficial, con fines de uso industrial para el proyecto "Planta Embotelladora de Agua Mineral Santa Bárbara, Distinto de Chontabamba - Oxapampa- Paseo", presentado por Hoteles Heidinger SAC, conforme a los datos técnicos que detallan en dicha resolución directora!, en la cual no se señaló la disponibilidad hídrica de la fuente, así como tampoco al caudal ecológico correspondiente;

Que, en tal sentido, el Informe Técnico Nº 098-2017-ANA-AAA-U.IX/SDARH/PRCL, concluye opinando que es procedente reconsiderar el pedido Hoteles Heidinger S.A.C. donde indica que se debe mencionar la disponibilidad del recurso hídrico y el caudal ecológico del Manantial Santa Barbara, y por qué no afecta el

DESCRIPCION DE VARIABLES I FUENTE UNID BALANCE HIDRICO DE LA FUENTE DE AGUA

NATURAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL

Manantial l/s 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 m3/año FUENTE Santa Bárbara OFERTA DE AGUA

VOLUMEN m' 13 392 12 096 13 392 12 960 13 392 12 960 13 392 13 392 12 960 13 392 12 960 13 392 157 680

CAUDAL Manantial CAUDAL lis 0,50 0,50 0,50 0,50 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,50

ECOLOGICO Santa m' 1 339 1296 20 390 Bárbara VOLUMEN 1 339 1 210 2 009 1 944 2 009 2 009 1 944 2 009 1 944 1 339

OFERTA Manantial CAUDAL lis 4,50 4,50 4,50 4,50 4,25 4,25 4,25 4,25 4,25 4,25 4,25 4,50

DISPONIBLE Santa Bárbara VOLUMEN m' 12 053 10 886 12 053 11 664 11 383 11 016 11 383 11 383 11 016 11383 11 016 12 053 137 290

.u:: S) llM' ~ • Con volúmenes mensuales y anuales según detalle siguiente: g:,~.\'/..

ff :¡'t" Vº ). "".\ ,,. ....

J~ . E; ~ESCRIPCION DE VARIABLES I FUENTE NATURAL OFERTA HIDRICA DE LA FUENTE DE AGUA <¿ MONTO UNID 1?0 Su o ector

ENE FEB MAR ABR JUN JUL AGO SEP DIC TOTAL ':j:> ~ MAY OCT NOV ·-fo

~ m3/año ~ Manantial VOLUMEN TOTAL CAUDAL lis 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 2.00 Santa

(m') -, Bárbara VOLUMEN m' 5,357 4,838 5,357 5,184 5,357 5,184 5,357 5,357 5,184 5,357 5,184 5,357 63,072

Que, asimismo del informe citado, el área técnica recomienda que, es procedente reconsiderar el pedido del representante de Hoteles Heidinger S.A.C. donde indica que se debe mencionar la disponibilidad del recurso hídrico y el caudal ecológico del Manantial Santa Barbara, ya que se ha presentado el pedido dentro del plazo previsto en la Ley Nº 27 444, Ley de Procedimiento Administrativo General y por qué no afecta el derecho de uso otorgado con Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de acuerdo a la siguiente información:

RESOLUC/ON O/RECTORAL N~ l 2017-ANA-AAA.IX UCA YALI se resuelve acreditar la disponibilidad hídrica, no hace mención alguna a la disponibilidad hídrica de la fuente, así como tampoco al caudal ecológico correspondiente, los mismos que están considerados en el estudio hidrológico para la acreditación de la disponibilidad hídrica superficial del manantial Santa Bárbara;

Que, con relación al recurso de reconsideración, se ha expedido el Informe Técnico N° 098-2017-ANA- AAA-U.IX/SDARH/PRCL1, de fecha 27.02.2017, elaborado por la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos, concluye que, el caudal de oferta del Manantial Santa Barbara, fue considerado de la verificación técnica de campo, correspondiendo un caudal de 51/s., haciendo un volumen anual de 137 290 m3/año, y el caudal ecológico se ha calculado tomando en consideración el 15% para la época de estiaje y 10% para la época de avenidas de este caudal de oferta; que con la Resolución Directora! Nº 345-2016- ANA-AAA.IX-UCAYALI, se otorgó a favor de Hoteles Heidinger S.A.C. un caudal de 2,00 l/s, del Manantial Santa Barbara, haciendo un volumen anual de 63 072 m3/año; la determinación del caudal ecológico no afecta el derecho de uso otorgado en la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de fecha 03/06/2016;

Page 3: Vº ~ Que, el numeral 207.1 del artículo 207° de la Ley ... · modificado por el Decreto Legislativo Nº 1272, ... Bárbara VOLUMEN m' 13 392 12 096 13 392 12 960 13 392 12 960

ARTÍCULO SEGUNDO.· ADJUNTAR, copia del presente acto administrativo, y del Informe Técnico Nº 098-2017-ANA-AAA-U.IX/SDARH/PRCL, al expediente primigenio que dio origen a la Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, de fecha 03.06.2017.

ARTÍCULO TERCERO.· ENCARGAR, a la Administración Local de Agua Perene, la notificación de la presente Resolución Directora! a Hoteles Heidinger S.A.C., con RUC Nº 20568388306, para su conocimiento, en el modo y forma de Ley.

Regístrese y Comuníq

DESCRIPCION DE VARIABLES i FUENTE UNID BALANCE HIDRICO DE LA FUENTE DE AGUA

NATURAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL

m3iaño CAUDAL Manantial CAUDAL lis 0,50 0,50 0,50 0,50 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,50

ECOLOGICO Santa m' 1 296 1944 1 944 2 009 1 944 1 339 20 390 Bárbara VOLUMEN 1 339 1 210 1 339 2 009 2 009 2 009

• Caudal Ecológico del Manantial Santa Barbara :

'

"-fa "p.CION L Que, estando lo opinado por la Subdirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y la

~ , \1- u «(- Subdirección de la Unidad de Asesoría Jurídica, según el Informe Legal Nº 253-2017-ANA-AAA.IX- 8" '?" ..,.<~ ~>.:~ --~ U/SDUAJ, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a esta Autoridad en el artículo 38º del ~ OS D. 7

¡;¡ QUE A6RERA e«: Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto ~ b 1rector $2 '!'a rP Supremo Nº 006-2010-AG, así como la Resolución Jefatura! Nº 278-2016-ANA, por la cual se designó al

r,¡: As SOl''"il Director de la Autoridad Administrativa del Agua IX UCAYALI;

SE RESUELVE: D._

ARTICULO PRIMERO.· DECLARAR FUNDADO el recurso de reconsideración, presentado por Hoteles ,~~~ ~"'" ,\ t~1>- '1! Heidinger S.A.C., con RUC N° 20568388306; contra la Resolución Directora! N° 345-2016-ANA-AAA.IX- ~l o "c.~ ; MON~1 ~ez¡

UCAYALI, de fecha 03.06.2016, en el extremo que se incorpore en el artículo primero de la Resolución o> Sub.~'.\,º' <.i antes acotada, la disponibilidad del recurso hídrico y el caudal ecológico del Manantial Santa Barbara, en ·o,.~ ~ merito a los considerandos descritos en la presente resolución; de acuerdo al cuadro en detalle: ·~,,, '

~~ • Oferta Disponible del Manantial Santa Barbara:

DESCRIPCION DE VARIABLES i FUENTE UNID BALANCE HIDRICO DE LA FUENTE DE AGUA

NATURAL ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL

m'iaño Manantial CAUDAL lis 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00

OFERTA Santa Bárbara VOLUMEN m' 13 392 12 096 13 392 12 960 13 392 12 960 13 392 13 392 12 960 13 392 12 960 13 392 157 680

CAUDAL Manantial CAUDAL lis 0,50 0,50 0,50 0,50 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,75 0,50

ECOLOGICO Santa m' 1 944 2 009 1 944 1 339 20 390 Bárbara VOLUMEN 1 339 1 210 1 339 1 296 2 009 1 944 2 009 2 009

OFERTA Manantial CAUDAL lis 4,50 4,50 4,50 4,50 4,25 4,25 4,25 4,25 4,25 4,25 4,25 4,50

DISPONIBLE Santa Bárbara VOLUMEN m' 12 053 10 886 12 053 11 664 11 383 11 016 11 383 11 383 11 016 11 383 11 016 12 053 137 290

derecho de uso otorgado mediante Resolución Directora! Nº 345-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI, conforme se detalla en el citado informe técnico;

Que, siendo ello así, al haberse evaluado los medios probatorios aportados por el administrado, así como lo sostenido en el Informe Técnico Nº 098-2017-ANA-AAA-U.IX/SDARH/PRCL, con las cuales se acredita el asidero de la pretensión, en el extremo solicitado por el administrado, por lo cual corresponde emitir el acto administrativo que declare fundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directora! Nº 700-2016-ANA-AAA.IX-UCAYALI en el extremo solicitado por el administrado;

2017-ANA-AAA.IX UCAYALI RESOLUCJON O/RECTORAL N