Violencia hacia las personas adultas mayores

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Violencia hacia las personas adultas mayores 11 marzo, 2019 Concepto La Organización Mundial de la Salud (OMS) define esta violencia como “un acto único o repetido que causa daño o sufrimiento a una persona de edad, o la falta de medidas apropiadas para evitarlo, y se produce generalmente en una relación basada en la confianza” [1] . La Declaración de Toronto[2] , ha reconocido el maltrato de las personas mayores como un problema global. La Red internacional de prevención del abuso y el maltrato en la vejez (INPEA), y la OMS han puesto énfasis en la prevención y en la toma de conciencia a nivel mundial. Esta violencia es considerada un tema de salud pública. La Ley 30364, define la violencia contra los integrantes del grupo familiar como “cualquier acción o conducta que le cause muerte, daño o sufrimiento físico,

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Violencia hacia las personasadultas mayores11 marzo, 2019

ConceptoLa Organización Mundial de la Salud (OMS) define esta violencia como “un actoúnico o repetido que causa daño o sufrimiento a una persona de edad, o la faltade medidas apropiadas para evitarlo, y se produce generalmente en una relaciónbasada en la confianza” [1] .

La Declaración de Toronto[2], ha reconocido el maltrato de las personas mayorescomo un problema global. La Red internacional de prevención del abuso y elmaltrato en la vejez (INPEA), y la OMS han puesto énfasis en la prevención y en latoma de conciencia a nivel mundial. Esta violencia es considerada un tema desalud pública.

La Ley 30364, define la violencia contra los integrantes del grupo familiar como“cualquier acción o conducta que le cause muerte, daño o sufrimiento físico,

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sexual o psicológico y que se produce en el contexto de una relación deresponsabilidad, confianza o poder, de parte de un integrante a otro del grupofamiliar. Se tiene especial consideración con las niñas, niños, adolescentes,adultos mayores y personas con discapacidad”.

De acuerdo a las estadísticas disponibles, las personas que ejercen violenciacontra los adultos mayores son, la mayoría de las veces, integrantes de su familia:cónyuge, hijo/as, nietos/as, sobrinos/as, entre otros. Otras veces es ejercida fueradel entorno familiar como la calle, o cuando recurren a entidades públicas oprivadas a recibir atención. Es decir, son víctimas de violencia en la familia y en lasociedad. El riesgo y la vulnerabilidad se incrementan cuando estas personastienen que depender de otras para su movilización o supervivencia, o cuandosufren pérdida de sus capacidades físicas o mentales.

¿Cómo se manifiesta esta violencia?La población adulta mayor es vulnerable a la violencia debido a que vanadquiriendo una progresiva dependencia del cuidado de otras personas en unasociedad que valora la juventud y que no ha tenido previsiones suficientes pararesolver el tema de los cuidados en la tercera edad. De tal manera que resultasiendo víctima de violencia en el hogar, en la sociedad y en las institucionespúblicas y privadas.

En la sociedad y las familias, las desigualdades de género se agudizan en estapoblación por la dependencia económica de las mujeres, quienes carecen depensiones, ingresos, rentas y trabajos remunerados.

Así también, es frecuente que se produzca una suerte de abuso doméstico haciaella, recargándole con labores del hogar y de cuidado. En muchos casos los hijos ehijas les encargan el cuidado de sus nietos/as, en condiciones precarias, sindescanso y sin apoyo económico. Si bien, la vinculación con los nietos y nietas esun espacio de encuentro intergeneracional que es muy positivo para las personasadultas mayores; encontramos también una contraparte negativa, cuando se les

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entrega toda la responsabilidad; lo que lleva a mermar su salud física,tranquilidad emocional y también su economía. Esto ha sido definido por algunosinvestigadores/as como el “Síndrome de la abuelita esclava”.

La Ley N°30490, Ley de la Persona Adulta Mayor , considera también comoviolencia a todo tipo de abandono, ya sea en la calle, en el hogar, en centros desalud, en establecimientos penitenciarios o en cualquier otra situación ocircunstancia.

El abandono y desprotección puede darse por distintas circunstancias, una de lasmás frecuentes es la migración de los jóvenes y adultos por estudios y trabajo;quedándose los padres, madres o abuelos/as sin la cercanía de los hijos e hijasque puedan apoyarlos con cuidados y recursos económicos en caso deenfermedad y del deterioro natural causado por la edad. Esto se agrava cuandolos hijos e hijas no vuelven, y se olvidan totalmente de los familiares mayores quehan dejado atrás, quienes con el avance de edad, tienen mayores necesidades deafecto, cercanía, cuidados y recursos logísticos y económicos.

Aquellas personas adultas mayores que se quedan completamente solas, sin unsoporte familiar de apoyo, pueden pasarlo muy mal. Inclusive, los que tienen unapensión del Estado y un seguro de salud (por lo general precario) podrían estar enriesgo de la mendicidad.

Necesitamos un sistema de cuidados para laspersonas adultas mayoresTomando en consideración los cambios demográficos se hace necesario que elEstado y la sociedad implementen, un sistema de cuidados para las personasadultas mayores; donde se combinen los cuidados familiares, las ofertas deservicios del sector privado y el apoyo en la regulación y subvención del Estadode manera focalizada a las necesidades de esta población.

Y para el caso de las personas adultas mayores autovalentes, es necesario que lasociedad y el Estado, les brinden condiciones para mantener su autonomíaeconómica y social. Por ello, es urgente eliminar las barreras que impiden eldisfrute de los derechos de las personas mayores: No consiguen trabajo, no lesdan préstamos, no pueden firmar contratos, les limitan el ingreso a los planes desalud (o en todo caso estos tienen costos inaccesibles).

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Existen también estereotipos o creencias relacionadas a las personas adultasmayores que las muestran como frágiles, asexuados, lentos, incapaces, de pocacomprensión, una carga para la sociedad. Estereotipos que las generacionesadultas y jóvenes (en todos los espacios de decisión de la sociedad) toleran,aceptan y reproducen; generándose una marginación social de las personasmayores.

Consecuencias de la violencia en la personamayorSegún un estudio de García Gonzáles J. y otros , que trata el tema de sobrecargade un cuidador desde el síndrome de la abuela esclava (término acuñado por eldoctor Antonio Guijarro Morales), la violencia y el maltrato generan gravesconsecuencias en la vida y el bienestar de las personas mayores, puede producirlesiones físicas, así como consecuencias psicológicas y sociales. Entre las quepodemos mencionar:

DepresiónAngustiaDeterioro de la saludDiscapacidadAislamientoHostilidadConflictos familiares

Cifras respecto de las personas adultas mayoresen el PerúDurante los últimos años se observa mayor proporción de población adulta mayoren nuestro país (60 o más años de edad), lo cual, según el INEI, evidencia unproceso de envejecimiento de la población peruana. En el último periodointercensal la proporción de la población adulta mayor pasa de 9,1% en el 2007 a11,9% en 2017, cifras que probablemente vayan en aumento, por el incrementode la esperanza de vida, el avance de la medicina, entre otras razones.

El INEI dio a conocer que en las últimas cuatro décadas, la esperanza de vida enel Perú se ha incrementado en 15 años, es decir que las peruanas y los peruanos

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vivirán, en promedio, 74,6 años (72,0 años los hombres y 77,3 las mujeres) .Según resultados del Censo 2017, en nuestro país hay 3 145 personas con 100 omás años de edad; de las cuales 2 151 son mujeres y 994 son hombres.

La población adulta mayor está creciendo en el Perú, es por ello que se hacenecesario incrementar también las medidas de atención y prevención de laviolencia y prevenir el abandono e indefensión. La mayor esperanza de vida,implica vivir más tiempo con una persona adulta mayor, lo que muchas vecesdeviene en agotamiento en los miembros de la familia encargados del cuidado. Laviolencia hacia las personas mayores no ha sido lo suficientemente visibilizada enlas estadísticas oficiales que priorizan a las poblaciones jóvenes y adultas.

Atención del MIMP frente a la violencia haciapersonas adultas mayoresEl Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual (PNCVFS), durante elaño 2017 atendió en total 95,317 casos de violencia familiar y sexual; de loscuales 5,594 son casos de personas adultas mayores, lo que representa el 5.9%.El 2018 atendió 133,697 casos, de los cuales 8,108 son de personas mayores de60 años, lo que representa el 6.15% de todos los casos atendidos. Se puedeapreciar que ha habido estos dos últimos años un incremento, tanto en cantidadcomo en porcentaje de los casos atendidos.

Durante el 2018, los casos atendidos por violencia física 1,680 mujeres y 668hombres; por violencia psicológica fueron de 4,202 mujeres y 1,349 hombres; porviolencia económica o patrimonial 62 mujeres y 41 hombres; por violencia sexual103 mujeres y 3 hombres; lo que se puede apreciar en el siguiente cuadroespecificado por sexo, grupos de edad y tipo de violencia:

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Fuente: PNCVFS-MIMP – Gráfico elaborado en el Observatorio Nacional de laViolencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.

Vinculo relacional, ¿quiénes son las personas agresoras?Respecto al vínculo relacional, en el siguiente cuadro presentamos un resumen delas personas que ejercieron mayor violencia contra los adultos mayores el 2018,por tipo de violencia:

En los casos atendidos por el PNCVFS el 2018, los principales agresores a laspersonas adultas mayores, según tipo de violencia son: en violencia económica opatrimonial, la pareja; en violencia psicológica y física, los hijos o hijas; enviolencia sexual, el vecino o vecina.

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Normas y políticas públicas respecto de laspersonas adultas mayoresEn el Perú la Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, promueve el ejerciciode sus derechos, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plenaintegración al desarrollo social, económico, político y cultural. Cuando es víctimade cualquier tipo de violencia, el MIMP, en el marco de sus competencias, dictamedidas de protección temporal, hasta que el órgano judicial dicte las medidasque permitan la restitución de sus derechos.

La mencionada Ley define el funcionamiento de los Centros Integrales deAtención al Adulto Mayor (CIAM), en las municipalidades, estos son “espacioscreados por los gobiernos locales para la participación e integración social,económica y cultural de la persona adulta mayor, a través de la prestación deservicios, en coordinación o articulación con instituciones públicas o privadas”. ElMIMP promueve la creación de estos centros integrales.

Promueve también el funcionamiento de los Centros de Atención paraPersonas Adultas Mayores (CAM) como “espacios públicos o privadosacreditados por el Estado donde se prestan servicios de atención integral eintegrada o básica especializada dirigidos a las personas adultas mayores”.

Los gobiernos regionales deben contar con un registro de organizaciones depersonas adultas mayores y un registro de instituciones que desarrollenprogramas, proyectos y otras actividades a favor de esta población. El MIMP seencarga del registro nacional que consolida la información remitida por losgobiernos regionales.

Esta ley establece que el cónyuge o conviviente, los hijos, los nietos, los hermanosy los padres de la persona adulta mayor, tienen el deber de:

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Velar por su integridad física, mental y emocional.Procurar que la persona permanezca dentro de su entorno familiar y encomunidadBrindarle los cuidados que requiera de acuerdo a sus necesidadesVisitarlo periódicamenteSatisfacer sus necesidades básicas de salud, vivienda, alimentación,recreación y seguridad

Otras normas que recomendamos revisar….

Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor-DECRETO SUPREMO N° 007-2018-MIMPPOLITICA NACIONAL DE PERSONAS ADULTAS MAYORES aprobada conDECRETO SUPREMO N° 011-2011-MIMDESNORMA TECNICA DE SALUD PARA LA ATENCION INTEGRAL DESALUD DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, NTS Nº 043-MINSA/DGSP-V.01Ley que fortalece la tutela del incapaz o adulto mayor mediante lamodificación de diversos artículos del Código Civil- LEY Nº 29633Ley que establece la atención preferente a las mujeres embarazadas, lasniñas, niños, los adultos mayores, en lugares de atención al público- LEYNº 27408Ley que regula la atención de las personas con discapacidad, mujeresembarazadas y adultos mayores en los aeropuertos, aeródromos,terminales terrestres, ferroviarios, marítimos y fluviales y medios detransporte-LEY Nº 28735Ley que declara el 26 de agosto de cada año, como el Día Nacional de lasPersonas Adultas Mayores-LEY N° 30088

Promovamos los derechos de las personasadultas mayores para lograr un sociedadrespetuosa con todas las edades

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[1] Organización Mundial de la Salud (OMS)https://www.who.int/ageing/projects/elder_abuse/es/[2] Declaración de Toronto para la Prevención Global del Maltrato de lasPersonas Mayores (17 de noviembre de 2002).

Elaborado por: Kaarina Valer Jaime/ Teresa Viviano Llave