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Viernes 15 de febrero de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.582 8 Que en esta instancia resulta necesario analizar la implementación de medidas que tiendan a evitar conductas discrimi- natorias de precios y que se traduzcan en mejoras en la competitividad de la activi- dad ferroviaria de cargas de tal manera que la misma asegure una rentabilidad justa y razonable. Que en virtud de lo expresado y en un claro cumplimiento del principio de justicia que debe primar como objetivo de la actividad regulatoria y del interés público compro- metido, resulta conveniente la fijación de bandas tarifarias que consideren los límites mínimos y máximos de los precios, dentro de las cuales los Concesionarios deben fijar las tarifas. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS de este Ministerio ha to- mado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Minis- terios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y la Ley Nº 26.352. Por ello, EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1° — La SECRETARIA DE TRANSPOR- TE dependiente de este Ministerio, determinará las bandas tarifarias aplicables a la prestación de los servicios ferroviarios de cargas, teniendo en cuen- ta los costos específicos del sector y del resto de los modos de transporte, las condiciones de com- petitividad regional y de la producción en particular de los diferentes productos, sobre la base de prin- cipios de equidad e igualdad de acceso. Art. 2° — Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio para que ge- nere los mecanismos técnicos económicos que permitan una instrumentación eficiente de con- tratos de carga futuros. Art. 3° — Las empresas concesionarias y/u operadores del sistema de transporte ferrovia- rio de carga deberán presentar la información económica financiera de su gestión a través del mecanismo de contabilidad regulatoria que es- tablezca la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio. Art. 4° — Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a que deter- mine las metas físicas objetivo a transportar por ramal de carga como así también los indi- cadores de eficiencia y estándares de calidad que permitan la mejora constante en términos de velocidad, tonelada por eje, frecuencia y/o cualquier otro indicador que la reglamentación específica determine para la prestación de los servicios ferroviarios de carga. Art. 5° — Establécese que el control de cum- plimiento de lo dispuesto por la presente Re- solución será ejercido por la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo. #F4413952F# #I4414199I# SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Resolución 2/2013 Apruébanse las Normas Marco de Proce- dimiento de Categorización de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Dis- capacidad. Derógase Resolución N° 100/2007. Bs. As., 30/1/2013 VISTO: el Expediente Nº 585/2012 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE COORDINA- CION DE POLITICAS SOCIALES de la PRE- SIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 24.901, los Decretos Nº 762 del 11 de agosto de 1997, Nº 1193 del 08 de Octubre de 1998, la Resolución Nº 100 del Directorio del Sis- tema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Disca- pacidad del 16 de Mayo de 2007, y CONSIDERANDO: Que, por el artículo 1° de la Ley citada en el Visto, se instituye un Sistema de Prestacio- nes Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Disca- pacidad. Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 3° del Decreto 762/97 y por el artículo 1° del Decreto Nº 1193/98, la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD es el Organismo regulador del mencionado Sistema y en- cargado de elaborar la normativa relativa al mismo. Que, consecuentemente con ello, el Pre- sidente de la COMISION NACIONAL, es quien ejerce la Presidencia del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Aten- ción Integral para las Personas con Disca- pacidad. Que, el Directorio, mediante la Resolución Nº 100/2007, aprobó las normas del “Re- gistro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad”, para ser aplicadas por las Juntas Evaluado- ras de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad. Que, en distintas reuniones del Direc- torio, se fue vislumbrando la necesidad de aprobar nuevas normas del Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, en razón de las experiencias recogidas y los cambios acaecidos en la actividad en los últimos años. Que, asimismo, se advirtió la necesidad de unificar los procedimientos de cate- gorización, recategorización, cambio de sede prestacional, de razón social o modificación de cupos para institucio- nes que brinden servicios de atención a personas con discapacidad, de modo de crear un marco uniforme en los criterios a aplicar en las jurisdicciones que forman parte del Sistema, simplificando las ges- tiones que se llevan a cabo en los dife- rentes ámbitos. Que, a tales efectos, resulta procedente re- organizar los procedimientos involucrados y dotarlos de medidas conducentes y efica- ces a tal fin. Que, las normas que por la presente se aprueban, lo son sin perjuicio de la aplica- ción de aquellas que se encuentren vigen- tes en cada jurisdicción. Que, la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA de la NACION, ha tomado la intervención de su competencia. Que, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 3° inciso b) y en el artículo 5° apartados a) y e) del ANEXO A del Decreto 1193/98, regla- mentario de la Ley Nº 24.901. Por ello, LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD RESUELVE: Artículo 1° — Derógase la Resolución Nº 100 del Directorio del Sistema de Prestaciones Bási- cas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad del 16 de Mayo de 2007. Art. 2° — Apruébanse las Normas Marco de Procedimiento de Categorización de Prestado- res de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, que como Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII, respectivamente, forman parte integrante de la presente, para ser aplicadas por las Jun- tas Evaluadoras de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad. Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Di- rección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Raquel B. Tiramonti. NOTA: Los Anexos que integran esta Reso- lución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di- rección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autó- noma de Buenos Aires). #F4414199F# #I4414220I# Secretaría de Culto ADHESIONES OFICIALES Resolución 1/2013 Auspíciase y declárase de interés la Sép- tima Campaña de Capacitación para la In- serción Laboral de Jóvenes con Experien- cias Educativo - Laborales. Bs. As., 7/2/2013 VISTO el Expediente Nº 3719/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE- RIORES Y CULTO, y CONSIDERANDO: Que durante el año 2013 el Foro Ecuménico Social organizará la Séptima Campaña de Capacitación para la Inserción Laboral de Jóvenes con Experiencias Educativo - Labo- rales, cuyo objetivo es capacitar CINCO (5) centenares de jóvenes para el trabajo e im- pulsar microemprendimientos productivos. Que el 7 de marzo de 2013 se llevará a cabo en el Auditorio Manuel Belgrano de este Ministerio la primera sesión de la Cá- tedra Abierta de Responsabilidad Social, en cuyo marco se presentarán programas de la Séptima Campaña de Capacitación para la Inserción Laboral de Jóvenes con Experien- cias Educativo - Laborales. Que el Foro Ecuménico Social se constituyó en el año 2002 y ha venido desarrollando, desde aquel tiempo hasta la actualidad, múltiples ac- tividades dirigidas a mejorar las condiciones de la comunidad, afianzando valores fundamen- tales con la participación de sectores políticos, religiosos, empresariales y sociales. Que la mencionada campaña de capacita- ción e inserción laboral para jóvenes es un proyecto que viene siendo concretado por el Foro Ecuménico Social, desde el año 2005 y representa, en particular, un impor- tante aporte en lo que se refiere a la inclu- sión laboral efectiva y, en general, al desa- rrollo integral de la persona. Que la SECRETARIA DE CULTO valora ini- ciativas como la presente propuesta. Que por su trascendencia se ha resuelto de- clarar de interés la Séptima Campaña de Ca- pacitación para la Inserción Laboral de Jóve- nes con Experiencias Educativo - Laborales. Que es auspicioso y de interés para la SE- CRETARIA DE CULTO de este Ministerio, la continuidad de los esfuerzos por generar espacios de contención para el desenvol- vimiento pleno del ser humano. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Articulo 2°, apartado IV) de la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MI- NISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Por ello, EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE: Artículo 1° — Auspíciase y declárase de in- terés para la SECRETARIA DE CULTO de este Ministerio la Séptima Campaña de Capacitación para la Inserción Laboral de Jóvenes con Expe- riencias Educativo - Laborales, que tendrá lugar durante el año 2013. Art. 2° — Establécese que la presente resolu- ción no irrogará gasto alguno a este Ministerio. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- se. — Guillermo R. Oliveri. #F4414220F# #I4414250I# Secretaría de Culto ADHESIONES OFICIALES Resolución 2/2013 Auspíciase y declárase de interés la “Ca- minata” para celebrar el sexagésimo quinto aniversario de la declaración del estable- cimiento del Estado de Israel, que se rea- lizará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Bs. As., 8/2/2013 VISTO el Expediente Nº 2765/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE- RIORES Y CULTO, y CONSIDERANDO: Que durante el mes de mayo de 2013 en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, se realizará una “Caminata” que consistirá en un encuentro a modo de festejo por la declaración del establecimiento del ESTA- DO DE ISRAEL. Que el 14 de mayo de 1948 se declaró su establecimiento. Que el 14 de mayo de 2013 se cumplirá el sexagésimo quinto aniversario de su procla- mación. Que la mencionada “Caminata” será familiar y se convocará a todas las comunidades, clubes, colegios e instituciones judías, así como a personas no afiliadas que deseen participar. Que es organizada por Menora, una organi- zación mundial dedicada a formar jóvenes judíos en lo social y espiritual. Que Menora tiene como objetivo esclarecer y promover el judaísmo en los jóvenes para que lo comprendan, se beneficien con su práctica y se mantengan identificados con sus raíces, formándose como personas co- rrectas, íntegras, solidarias, responsables, comprometidas con la sociedad y con ca- pacidad de liderazgo. Que la SECRETARIA DE CULTO valora ini- ciativas como el propuesto encuentro. Que por su importancia se ha resuelto de- clarar de interés la “Caminata” para celebrar el aniversario de la proclamación del ESTA- DO DE ISRAEL. Que es auspicioso y de interés para la SE- CRETARIA DE CULTO de este Ministerio la continuidad de los esfuerzos para extender la promoción y la cooperación de activida- des religiosas en nuestra sociedad. Que la presente medida se dicta en vir- tud de las atribuciones conferidas por el Artículo 2°, apartado IV) de la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIO- NAL Y CULTO. Por ello, EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE: Artículo 1° — Auspíciase y declárase de in- terés para la SECRETARIA DE CULTO de este Ministerio la “Caminata” para celebrar el sexa- gésimo quinto aniversario de la declaración del establecimiento del ESTADO DE ISRAEL, que se realizará durante el mes de mayo de 2013 en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Art. 2° — Establécese que la presente resolu- ción no irrogará gasto alguno a este Ministerio. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- se. — Guillermo R. Oliveri. #F4414250F#

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  • Viernes 15 de febrero de 2013 Primera seccin BOLETIN OFICIAL N 32.582 8Que en esta instancia resulta necesario analizar la implementacin de medidas que tiendan a evitar conductas discrimi-natorias de precios y que se traduzcan en mejoras en la competitividad de la activi-dad ferroviaria de cargas de tal manera que la misma asegure una rentabilidad justa y razonable.

    Que en virtud de lo expresado y en un claro cumplimiento del principio de justicia que debe primar como objetivo de la actividad regulatoria y del inters pblico compro-metido, resulta conveniente la fijacin de bandas tarifarias que consideren los lmites mnimos y mximos de los precios, dentro de las cuales los Concesionarios deben fijar las tarifas.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de este Ministerio ha to-mado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Minis-terios (texto ordenado por Decreto N438/92) y sus modificatorias y la Ley N26.352.

    Por ello,

    EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTERESUELVE:

    Artculo 1 La SECRETARIA DE TRANSPOR-TE dependiente de este Ministerio, determinar las bandas tarifarias aplicables a la prestacin de los servicios ferroviarios de cargas, teniendo en cuen-ta los costos especficos del sector y del resto de los modos de transporte, las condiciones de com-petitividad regional y de la produccin en particular de los diferentes productos, sobre la base de prin-cipios de equidad e igualdad de acceso.

    Art. 2 Instryese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio para que ge-nere los mecanismos tcnicos econmicos que permitan una instrumentacin eficiente de con-tratos de carga futuros.

    Art. 3 Las empresas concesionarias y/u operadores del sistema de transporte ferrovia-rio de carga debern presentar la informacin econmica financiera de su gestin a travs del mecanismo de contabilidad regulatoria que es-tablezca la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio.

    Art. 4 Instryese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a que deter-mine las metas fsicas objetivo a transportar por ramal de carga como as tambin los indi-cadores de eficiencia y estndares de calidad que permitan la mejora constante en trminos de velocidad, tonelada por eje, frecuencia y/o cualquier otro indicador que la reglamentacin especfica determine para la prestacin de los servicios ferroviarios de carga.

    Art. 5 Establcese que el control de cum-plimiento de lo dispuesto por la presente Re-solucin ser ejercido por la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio.

    Art. 6 Comunquese, publquese, dse a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archvese. Anbal F. Randazzo.

    #F4413952F#

    #I4414199I#SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    Resolucin 2/2013

    Aprubanse las Normas Marco de Proce-dimiento de Categorizacin de Prestadores de Servicios de Atencin a Personas con Dis-capacidad. Dergase Resolucin N 100/2007.

    Bs. As., 30/1/2013

    VISTO: el Expediente N585/2012 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE COORDINA-CION DE POLITICAS SOCIALES de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, la Ley N24.901, los Decretos N 762 del 11 de agosto de 1997, N1193 del 08 de Octubre de 1998, la Resolucin N100 del Directorio del Sis-

    tema de Prestaciones Bsicas de Atencin Integral a favor de las Personas con Disca-pacidad del 16 de Mayo de 2007, y

    CONSIDERANDO:

    Que, por el artculo 1 de la Ley citada en el Visto, se instituye un Sistema de Prestacio-nes Bsicas en Habilitacin y Rehabilitacin Integral a favor de las Personas con Disca-pacidad.

    Que, de conformidad con lo establecido por el Artculo 3 del Decreto 762/97 y por el artculo 1 del Decreto N 1193/98, la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD es el Organismo regulador del mencionado Sistema y en-cargado de elaborar la normativa relativa al mismo.

    Que, consecuentemente con ello, el Pre-sidente de la COMISION NACIONAL, es quien ejerce la Presidencia del Directorio del Sistema de Prestaciones Bsicas de Aten-cin Integral para las Personas con Disca-pacidad.

    Que, el Directorio, mediante la Resolucin N 100/2007, aprob las normas del Re-gistro Nacional de Prestadores de Servicios de Atencin a Personas con Discapacidad, para ser aplicadas por las Juntas Evaluado-ras de Prestadores de Servicios de Atencin a Personas con Discapacidad.

    Que, en distintas reuniones del Direc-torio, se fue vislumbrando la necesidad de aprobar nuevas normas del Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atencin a Personas con Discapacidad, en razn de las experiencias recogidas y los cambios acaecidos en la actividad en los ltimos aos.

    Que, asimismo, se advirti la necesidad de unificar los procedimientos de cate-gorizacin, recategorizacin, cambio de sede prestacional, de razn social o modificacin de cupos para institucio-nes que brinden servicios de atencin a personas con discapacidad, de modo de crear un marco uniforme en los criterios a aplicar en las jurisdicciones que forman parte del Sistema, simplificando las ges-tiones que se llevan a cabo en los dife-rentes mbitos.

    Que, a tales efectos, resulta procedente re-organizar los procedimientos involucrados y dotarlos de medidas conducentes y efica-ces a tal fin.

    Que, las normas que por la presente se aprueban, lo son sin perjuicio de la aplica-cin de aquellas que se encuentren vigen-tes en cada jurisdiccin.

    Que, la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA de la NACION, ha tomado la intervencin de su competencia.

    Que, la presente Resolucin se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artculo 3 inciso b) y en el artculo 5 apartados a) y e) del ANEXO A del Decreto 1193/98, regla-mentario de la Ley N24.901.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADRESUELVE:

    Artculo 1 Dergase la Resolucin N100 del Directorio del Sistema de Prestaciones Bsi-cas de Atencin Integral a favor de las Personas con Discapacidad del 16 de Mayo de 2007.

    Art. 2 Aprubanse las Normas Marco de Procedimiento de Categorizacin de Prestado-res de Servicios de Atencin a Personas con Discapacidad, que como Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII, respectivamente, forman parte integrante de la presente, para ser aplicadas por las Jun-tas Evaluadoras de Prestadores de Servicios de Atencin a Personas con Discapacidad.

    Art. 3 Regstrese, publquese, dse a la Di-reccin Nacional del Registro Oficial y archvese. Raquel B. Tiramonti.

    NOTA: Los Anexos que integran esta Reso-lucin se publican en la edicin web del BORA www.boletinoficial.gov.ar y tambin podrn ser consultados en la Sede Central de esta Di-reccin Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Aut-noma de Buenos Aires).

    #F4414199F#

    #I4414220I#Secretara de Culto

    ADHESIONES OFICIALES

    Resolucin 1/2013

    Auspciase y declrase de inters la Sp-tima Campaa de Capacitacin para la In-sercin Laboral de Jvenes con Experien-cias Educativo - Laborales.

    Bs. As., 7/2/2013

    VISTO el Expediente N3719/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-RIORES Y CULTO, y

    CONSIDERANDO:

    Que durante el ao 2013 el Foro Ecumnico Social organizar la Sptima Campaa de Capacitacin para la Insercin Laboral de Jvenes con Experiencias Educativo - Labo-rales, cuyo objetivo es capacitar CINCO (5) centenares de jvenes para el trabajo e im-pulsar microemprendimientos productivos.

    Que el 7 de marzo de 2013 se llevar a cabo en el Auditorio Manuel Belgrano de este Ministerio la primera sesin de la C-tedra Abierta de Responsabilidad Social, en cuyo marco se presentarn programas de la Sptima Campaa de Capacitacin para la Insercin Laboral de Jvenes con Experien-cias Educativo - Laborales.

    Que el Foro Ecumnico Social se constituy en el ao 2002 y ha venido desarrollando, desde aquel tiempo hasta la actualidad, mltiples ac-tividades dirigidas a mejorar las condiciones de la comunidad, afianzando valores fundamen-tales con la participacin de sectores polticos, religiosos, empresariales y sociales.

    Que la mencionada campaa de capacita-cin e insercin laboral para jvenes es un proyecto que viene siendo concretado por el Foro Ecumnico Social, desde el ao 2005 y representa, en particular, un impor-tante aporte en lo que se refiere a la inclu-sin laboral efectiva y, en general, al desa-rrollo integral de la persona.

    Que la SECRETARIA DE CULTO valora ini-ciativas como la presente propuesta.

    Que por su trascendencia se ha resuelto de-clarar de inters la Sptima Campaa de Ca-pacitacin para la Insercin Laboral de Jve-nes con Experiencias Educativo - Laborales.

    Que es auspicioso y de inters para la SE-CRETARIA DE CULTO de este Ministerio, la continuidad de los esfuerzos por generar espacios de contencin para el desenvol-vimiento pleno del ser humano.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Articulo 2, apartado IV) de la Resolucin N1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MI-NISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

    Por ello,

    EL SECRETARIO DE CULTORESUELVE:

    Artculo 1 Auspciase y declrase de in-ters para la SECRETARIA DE CULTO de este Ministerio la Sptima Campaa de Capacitacin para la Insercin Laboral de Jvenes con Expe-riencias Educativo - Laborales, que tendr lugar durante el ao 2013.

    Art. 2 Establcese que la presente resolu-cin no irrogar gasto alguno a este Ministerio.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archve-se. Guillermo R. Oliveri.

    #F4414220F#

    #I4414250I#Secretara de Culto

    ADHESIONES OFICIALES

    Resolucin 2/2013

    Auspciase y declrase de inters la Ca-minata para celebrar el sexagsimo quinto aniversario de la declaracin del estable-cimiento del Estado de Israel, que se rea-lizar en la Ciudad Autnoma de Buenos Aires.

    Bs. As., 8/2/2013

    VISTO el Expediente N2765/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-RIORES Y CULTO, y

    CONSIDERANDO:

    Que durante el mes de mayo de 2013 en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, se realizar una Caminata que consistir en un encuentro a modo de festejo por la declaracin del establecimiento del ESTA-DO DE ISRAEL.

    Que el 14 de mayo de 1948 se declar su establecimiento.

    Que el 14 de mayo de 2013 se cumplir el sexagsimo quinto aniversario de su procla-macin.

    Que la mencionada Caminata ser familiar y se convocar a todas las comunidades, clubes, colegios e instituciones judas, as como a personas no afiliadas que deseen participar.

    Que es organizada por Menora, una organi-zacin mundial dedicada a formar jvenes judos en lo social y espiritual.

    Que Menora tiene como objetivo esclarecer y promover el judasmo en los jvenes para que lo comprendan, se beneficien con su prctica y se mantengan identificados con sus races, formndose como personas co-rrectas, ntegras, solidarias, responsables, comprometidas con la sociedad y con ca-pacidad de liderazgo.

    Que la SECRETARIA DE CULTO valora ini-ciativas como el propuesto encuentro.

    Que por su importancia se ha resuelto de-clarar de inters la Caminata para celebrar el aniversario de la proclamacin del ESTA-DO DE ISRAEL.

    Que es auspicioso y de inters para la SE-CRETARIA DE CULTO de este Ministerio la continuidad de los esfuerzos para extender la promocin y la cooperacin de activida-des religiosas en nuestra sociedad.

    Que la presente medida se dicta en vir-tud de las atribuciones conferidas por el Artculo 2, apartado IV) de la Resolucin N1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIO-NAL Y CULTO.

    Por ello,

    EL SECRETARIO DE CULTORESUELVE:

    Artculo 1 Auspciase y declrase de in-ters para la SECRETARIA DE CULTO de este Ministerio la Caminata para celebrar el sexa-gsimo quinto aniversario de la declaracin del establecimiento del ESTADO DE ISRAEL, que se realizar durante el mes de mayo de 2013 en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

    Art. 2 Establcese que la presente resolu-cin no irrogar gasto alguno a este Ministerio.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archve-se. Guillermo R. Oliveri.

    #F4414250F#