Víctor Raúl Haya de La Torre derecho internacional

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Víctor Raúl Haya de la Torre Víctor Raúl Haya de la Torre Fundador y líder histórico del APRA. Líder del Partido Aprista Peruano 20 de setiembre de 1930-2 de agosto de 1979 1º Secretario General del Partido Aprista Peruano 1930-1931 Predecesor Cargo Creado Sucesor Carlos Manuel Cox Roose Presidente de la Asamblea Constituyente de la República del Perú 28 de julio de 1978-2 de agosto de 1979 pág. 1 UNIVERSIDAD ANDINA NESTOR CACERES VELASQUEZ

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Víctor Raúl Haya de la Torre

Víctor Raúl Haya de la Torre

Fundador y líder histórico del APRA.

Líder del Partido Aprista Peruano20 de setiembre de 1930-2 de agosto de 1979

1º Secretario General del Partido Aprista Peruano1930-1931

Predecesor Cargo Creado

Sucesor Carlos Manuel Cox Roose

Presidente de la Asamblea Constituyente de la República del Perú28 de julio de 1978-2 de agosto de 1979

Sucesor Luis Alberto Sánchez

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Diputado Constituyente de la República del Perú28 de julio de 1978-2 de agosto de 1979

Datos personalesNacimiento 22 de febrero de 1895

 Perú La Libertad, Trujillo

Fallecimiento 2 de agosto de 197984 años

 Perú, Lima

Partido Partido Aprista Peruano

Otras afiliaciones políticas

Internacional Socialista

Profesión AbogadoEconomistaAntropólogo

Ocupación Político

Alma máter Universidad Nacional de TrujilloUniversidad Mayor de San MarcosUniversidad de Oxford

Residencia  Perú, Trujillo Perú, Lima México, México DF Francia, París

[editar datos en Wikidata]Víctor Raúl Haya de la Torre (Trujillo, 22 de febrero de 1895 - Lima, 2 de agosto de 1979) fue un pensador y político peruano. Fundador de la Alianza Popular Revolucionaria Americana y líder histórico del Partido Aprista Peruano (APRA), el más longevo y el de mayor consistencia orgánica de la política del Perú. Es reconocido como uno de los más importantes ideólogos políticos de Latinoamérica y figura clave para la política peruana y americana.

BIOGRAFIA

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Casa donde nació Víctor Raúl haya de la Torre en Trujillo (Perú); actualmente en ella funciona el centro cultural y museo que lleva su nombre.Víctor Raúl Haya de la Torre nació en Trujillo, fue hijo de los también trujillanos Raúl Edmundo Haya y de Cárdenas, y Zoila Victoria de la Torre y de Cárdenas, que eran además primos.1 Se conmemora su nacimiento como el Día de la Fraternidad.Haya estudió su primaria y secundaria en el Colegio de San Carlos y San Marcelo de Trujillo. Ingresó a la Facultad de Letras de la Universidad Nacional de Trujillo, donde se hizo buen amigo del destacado poeta César Vallejo en el curso de literatura; ambos, junto con otros estudiantes y bajo la conducción de Antenor Orrego y José Eulogio Garrido, integraron la llamada "bohemia trujillana", grupo intelectual que después fue bautizado como el Grupo Norte. Posteriormente, prosiguió sus estudios en laUniversidad Mayor de San Marcos de Lima, donde siguió la carrera de Derecho. En 1917 conoció al político y literato Manuel González Prada y se convirtió en asiduo visitante de su casa2 desarrollando inquietudes políticas derivadas del radicalismo de dicho intelectual. En 1918 fue uno de los que cargó su ataúd.

Líder estudiantil (1919-1923) En enero de 1919 integró la comisión universitaria que apoyó la lucha obrera por el establecimiento de la jornada de las ocho horas de trabajo. Asumió un papel protagónico en el desarrollo de la huelga, que se coronó con éxito cuando el gobierno de José Pardo y Barreda firmó el histórico decreto de la jornada de 8 horas, el 15 de enero de 1919. Este episodio marcó el inicio de la activa participación de Haya en la política peruana, que se prolongaría hasta el final de sus días. En octubre de ese mismo año, fue elegido presidente de la Federación de Estudiantes del Perú. Estuvo vinculado con todos los sectores de la sociedad. Encabezó movimientos a favor de la reforma universitaria en el Perú y las organizaciones obreras. Participó en el primer Congreso Nacional de Estudiantes, realizado en el Cusco (marzo de 1920), donde se aprobó el proyecto de creación de las “universidades populares”,3que en 1922 tomaron cuerpo con el nombre de “González Prada”.Emprendió numerosas protestas contra el gobierno de Augusto B. Leguía cuando éste, hacia 1923, empezó a maquinar su perpetuación en el poder (dicho régimen

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sería después conocido como el Oncenio). Una de las más significativas de dichas protestas fue la campaña de oposición a la proyectada consagración oficial del país al Corazón de Jesús, promovida por el arzobispo de Lima Emilio Lisson para legitimar al régimen dictatorial. Durante la protesta callejera murieron un estudiante y un obrero (23 de mayo de1923), lo que se convirtió en símbolo de la unidad obrero-estudiantil. La ceremonia de consagración fue finalmente suspendida por el arzobispo.4 Luego, Haya editó la revista radical obrero-estudiantil Claridad, en colaboración con José Carlos Mariátegui, como “órgano de la juventud libre del Perú” y de las universidades populares.5 En octubre de1923, cuando era profesor del colegio limeño Anglo-Peruano (hoy Colegio San Andrés) fue apresado y recluido en el penal de El Frontón, donde se declaró en huelga de hambre; a seis días de la huelga fue embarcado en el pequeño vapor Negada y deportado a Panamá.

Destierro. Fundación del APRA

En Panamá, Haya permaneció dos semanas, para luego dirigirse a Cuba. De allí pasó a México, invitado por José Vasconcelos, entonces Ministro de Educación Pública, para que le colaborara como su secretario. Arribó a la Ciudad de México el 16 de noviembre de 1923. Trabó entonces contacto con la Revolución mexicana, apreciando los cambios socio-económicos operados en dicho país.7

Se puso en contacto con los estudiantes mexicanos para incentivarlos a desarrollar una fraternidad estudiantil y laboral a nivel continental. Fue precisamente en la ciudad de México donde, el 7 de mayo de 1924, fundó la Alianza Popular Revolucionaria Americana. Como se deduce de su nombre, la opción política inicial de Haya de la Torre buscaba consolidarse en un proyecto para toda la llamada Indoamérica.

En una sencilla ceremonia, entregó a los estudiantes de México la bandera de Indoamérica, ocasión en la que dijo: «Esta bandera que yo os entrego, flameará primero sobre las soñadoras muchedumbres de la juventud que van abriendo el camino, y más tarde serán los pueblos los que la agiten en el tumulto estremecido de sus luchas». Sus fundamentos doctrinarios los presentó dos años después, en el manifiesto titulado What is the APRA? (¿Qué es el APRA?) publicado inicialmente en inglés en la revista Labour Monthly de Londres, en diciembre de 1926, siendo luego traducida al castellano y reproducida en diversas publicaciones de América Latina.8 En dicho documento expone los cinco puntos básicos de la doctrina aprista:

1.- Acción contra el imperialismo yanqui;2.- Por la unidad política de América Latina;3.- Por la nacionalización de tierras e industrias;4.- Por la internacionalización del Canal de Panamá;5.- Por la solidaridad con todos los pueblos y clases oprimidos del mundo.

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En septiembre de 1924 viajó a Rusia, donde se puso en contacto con la Revolución rusa de 1917, que sirvió de fuente de inspiración para su ideología. Viajó también por Suiza,Italia y Francia. En 1925 se estableció en Inglaterra, donde, entre los años 1926 y 1927, estudió Economía en London School of Economics and Political Science y luego Antropología en la Universidad de Oxford, en la que años después sería profesor (en 1964).

Célula de desterrados apristas en México, 1929. De izquierda a derecha: Pavletich, Carlos Manuel Cox, Magda Portal, Serafín Delmar, Haya de la Torre, Enríquez y Vásquez Díaz.Se dedicó íntegramente a formar un gran movimiento que pudiera representar a las masas excluidas de la "América India". La Alianza tuvo su primera “sección” en París (fundada el 22 de enero de 1927) y luego se crearon comités en Buenos Aires,Ciudad de México y La Paz. El Apra nació como una fuerza eminentemente antioligárquica y antiimperialista. Estuvo tempranamente ligado al marxismo pero discrepaba claramente del comunismo por considerar a este un sistema político totalitario. En 1927 publicó su primer libro, titulado Por la emancipación de América Latina, donde expuso la doctrina aprista. En mayo de 1928 terminó de escribir su libro El anti-imperialismo y el APRA, obra que por motivos económicos no saldría a la luz sino en 1935.En febrero de 1927 participó en el Primer Congreso Antiimperialista de Bruselas en el cual planteó la diferencia entre el APRA y el comunismo. En noviembre de ese año dejó Europa y retornó a América, pasando por Nueva York antes de volver a México. Luego emprendió una gira por Guatemala, El Salvador, Costa Rica y, nuevamente, Panamá, siendo impedido de desembarcar en la Zona del Canal y, antes bien, lo desterraron otra vez hacia Europa el 16 de diciembre de 1928. Estuvo algún tiempo en Berlín y en otras ciudades del viejo continente hasta junio de 1931. En el ínterin, cayó el gobierno de Leguía (agosto de 1930) y en Lima fue fundado el Partido Aprista Peruano, como “sección peruana” del APRA (21 de septiembre de 1930).

Retorno al Perú. Candidato presidencial en 1931

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Haya de la Torre hablando a los campesinos de la Hacienda Laredo, La Libertad, 1931.

Luego de haber vivido en el exilio como consecuencia de su lucha en contra del Oncenio de Leguía, Haya de la Torre volvió al Perú, al haber sido postulado como candidato presidencial en las elecciones generales de 1931 por el entonces joven Partido Aprista Peruano. Llegó primero a Talara (12 de julio de 1931), fue recibido en su ciudad natal (25 de julio) y finalmente ingresó a Lima (15 de agosto), donde ante una inmensa multitud reunida en la Plaza de Acho, expuso el programa mínimo de su partido, en la que enfatizaba la intervención del Estado en la economía (23 de agosto). La campaña aprista introdujo medios nunca antes vistos en laselecciones en el Perú: pintas callejeras en todas las ciudades del país; candidatos llamados por sus nombres –"Víctor Raúl", "Luis Alberto", etcétera–; inclusión de los no votantes –JAP (Juventud Aprista), CHAP (Chicos Apristas)–; himno propio, que sobreponía la letra a la música de la Marsellesa francesa –la Marsellesa aprista–; una bandera para el partido que identificara a los partidarios; partidarios llamados "compañeros" alzando pañuelos blancos, y el famoso "seasap" ("Sólo el APRA salvará al Perú"). Se inició dentro del partido una especie de culto a la figura de Haya, que era a la vez "Víctor Raúl", "el jefe", "el guía" y "el maestro".Según el Tribunal Electoral que dirigió esta elección, Víctor Raúl ocupó el segundo lugar por detrás de Luis Miguel Sánchez Cerro(Unión Revolucionaria); sin embargo, Haya de la Torre y el APRA nunca reconocieron los resultados oficiales ni al nuevo gobierno.

La revolución aprista de Trujillo (1932) El gobierno de Sánchez Cerro se mostró autoritario y represivo. Haya de la Torre fue apresado. Las protestas populares aumentaron por todo el país.11 En la ciudad de Trujillo se produjo un fallido levantamiento armado aprista que desencadenó en

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enfrentamientos entre el pueblo aprista y la fuerza armada. La insurrección fue duramente reprimida, cientos de apristas fueron detenidos y un número indeterminado fue fusilado en las ruinas peruanas de Chan Chan (en las afueras de Trujillo). La llamada "revolución de Trujillo", como la conocen los apristas, fue paralela a otros movimientos revolucionarios en diversos puntos del país (como en Huaraz y Huari).12

La Constitución de 1933 proscribía a todo partido internacional. Basándose en esto e invocando que la nación se encontraba en peligro, el gobierno declaró ilegal al Partido Aprista en 1932. Sin embargo, el Presidente fue asesinado con varios disparos a quemarropa el 30 de abril de 1933 en el Campo de Marte de Lima. El autor del magnicidio fue un militante aprista llamado Alejandro Mendoza Leyva,11 que fue victimado en el acto, aunque no se pudo sindicar a la dirigencia aprista como autora intelectual del crimen, por falta de pruebas.

La gran clandestinidad (1933-1945)

Víctor Raúl Haya de la Torre y Luis Heysen, un día después de la liberación del primero. 11 de agosto de 1933.Tras la muerte de Sánchez Cerro asumió el poder el general Óscar R. Benavides, quien quiso ensayar una política de “paz y concordia”. Haya fue liberado el 10 de agosto de 1933, los demás presos apristas salieron también de las cárceles y muchos otros regresaron del destierro. Pero esta apertura no duraría mucho. A raíz de la conspiración aprista de El Agustino, en noviembre de 1934, el gobierno reinició la persecución antiaprista. Se inició así, para Haya y sus partidarios, la etapa de “la gran clandestinidad”, la cual sólo concluiría, de manera oficial, en 194514 (para arreciar nuevamente entre 1948 y 1956, bajo el Ochenio de Manuel Odría).En las elecciones de 1936, el entonces clandestino APRA apoyó a Luis Antonio Eguiguren quien resultó electo; sin embargo, el Congreso invalidó la elección aduciendo que los votos a favor de Eguiguren provenían de militantes de un partido proscrito, argumento inaudito, aún más si se tiene en cuenta que el voto era secreto.

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El Frente Democrático Nacional (1945-1948)

Es en 1945 cuando el APRA volvió a la legalidad al participar en la coalición del Frente Democrático Nacional (FDN). Haya de la Torre y el mariscal Óscar R. Benavides se pusieron de acuerdo para lanzar como candidato a la presidencia por el FDN al jurista arequipeño José Luis Bustamante y Rivero. El 20 de mayo de 1945, Haya reapareció en público, tras diez años de estar en la clandestinidad, ocasión en la que pronunció su “Discurso del Reencuentro”, ante una multitudinaria concentración de sus partidarios en la Plaza San Martín.16

Las elecciones generales se celebraron el 10 de junio y en ellas triunfó el FDN, resultando así elegido Bustamante y Rivero como Presidente Constitucional de la República. Gracias a su triunfo electoral, Haya y el APRA controlaban la bancada del Frente y el Legislativo en su conjunto; desde allí, lograron aprobar diversas medidas a favor del pueblo peruano, además de exigir mayor celeridad para las reformas que Bustamante intentaba detener. Hicieron vigorosa presión para lograr sus objetivos, provocando la reacción de la derecha lo cual originó una etapa de desgobierno y anarquía que puso en jaque al régimen. Ante esto, la bancada oficialista no aprista inasistió al Legislativo provocando su receso. Se produjeron levantamientos en todo el país, incluyendo el aprista realizado en el Callao. Bustamante se vio obligado a gobernar mediante decretos leyes y a proscribir nuevamente al APRA mientras la oligarquía tocaba la puerta de los cuarteles. Finalmente, todo esto desembocó en el golpe de Manuel A. Odría, digitado por el poder económico. Sobrevino entonces, una vez más, la represión antiaprista.

Asilo en la embajada de Colombia (1949-1954)

Haya de la Torre fue perseguido y Bustamante, deportado. Haya se refugió en la embajada de Colombia en Lima en la que estuvo cinco años asilado puesto que la dictadura odriísta se negaba a otorgar el salvoconducto para que saliera del país, situación que se constituyó en un importante caso de referencia en el Derecho Internacional.18

En 1954, Haya fue autorizado a salir del Perú gracias a la presión internacional –era amigo de diversos personajes, como Albert Einstein19 –, y publicó un artículo en la revistaLife donde empezó a esbozar el "antiimperialismo democrático sin imperio". Es en ese momento, según algunos analistas, que el Apra abandona sus banderas primigenias y tiene un viraje conservador. La convivencia (1956-1962) Recién en 1956, los tres principales candidatos presidenciales aseguraban la vuelta a la legalidad del partido aprista; en virtud de este ofrecimiento, Haya de la Torre apoyó inicialmente a Hernando de Lavalle y más tarde a Manuel Prado y Ugarteche, símbolo del poder económico, que gracias a este apoyo resultó triunfador. Fue cuando el país vivió una megacoalición que sustentó al segundo gobierno pradista: el mismo Manuel Prado y Ugarteche, Víctor Raúl Haya de la

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Torre, Manuel A. Odría, Pedro G. Beltrán,Eudocio Ravines y Julio de la Piedra. Fue, pues, "un régimen al cual ha sostenido con probada lealtad y decisión el Partido Aprista Peruano"21 (Haya, 1962). Con ello, Haya y su partido –en sus inicios claramente antioligárquicos– sustentaron así, un régimen claramente oligárquico,20 probablemente con la esperanza de llegar al poder por vía legal y ya en ejercicio de este, hacer las reformas convenientes. Años más tarde, consultado por Julio Cotler sobre el asunto, Haya respondió que "había juzgado mal la situación y que pensó que la oligarquía tenía más fuerza de la que realmente tenía".

Candidato presidencial en 1962 y 1963

En las elecciones generales de 1962 se lanzó por segunda vez como candidato presidencial, esta vez por la "Alianza Democrática", que agrupaba al Partido Aprista –el viejo partido de izquierda– con el Movimiento Democrático Pradista -que representaba a los mayores sectores del poder económico. Haya obtuvo 558,237 votos frente a los 534,824 de Fernando Belaúnde Terry (Acción Popular) y a los 48,404 del ex presidente Manuel Odría (Unión Nacional Odriísta). Como no obtuvo el porcentaje necesario para ser proclamado presidente, la elección iba a ser decidida por el Congreso a instalarse el 28 de julio, tal y como lo establecía la Constitución de 1933. Aparentemente, las Fuerzas Armadas del Perú temían que Haya llegara al poder y acudieron a Palacio para informar de su contrariedad; informado de esto por el presidente Prado,21 Haya habría tratado de efectuar un alianza con Fernando Belaúnde pero llegaron a un punto muerto, con lo que sólo pudo consolidar una con Manuel A. Odría por la que cedería los votos apristas al odrísmo.23 Las Fuerzas Armadas denunciaron fraude en diez departamentos y se pronunciaron también en contra del virtual presidente Odría (y no contra Haya, según posición del historiador Percy Cayo Córdoba). Finalmente, el 18 de julio se produjo el primer golpe institucional de las FF.AA., encabezado por el general Ricardo Pérez Godoy, que derroca el gobierno de Manuel Prado y Ugarteche, declara nulas las elecciones e instala una junta militar de gobierno. El golpe fue respaldado por Acción Popular y tardíamente por el APRA. Ya en las elecciones generales de 1963, ganó Fernando Belaúnde Terry con 39% frente al 34% de Haya.

La coalición apro-odriísta (1963-1968)

Durante los años del gobierno de Belaúnde, Haya y su partido se mantuvieron en la oposición junto a Manuel Odría, formando la coalición APRA-UNO, la que por su número controlaba el Legislativo y se oponía fuertemente al belaundista. Se opusieron a las medidas propuestas por el gobierno, provocando que la primera ley de reforma agraria tuviese un alcance mínimo: el Parlamento declaró inafectables las explotaciones 'eficientes' y dedicadas a los cultivos de exportación, decidió que las afectaciones en las áreas atrasadas fueran supervisadas por una oficina del Legislativo y recortó sistemáticamente los recursos destinados a los bonos gubernamentales de pago por las expropiaciones;

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la primera Reforma Agraria sólo expropió el 3% de las tierras expropiables y benefició sólo a 13 500 familias.20 Asimismo, el Congreso Nacional de mayoría APRO-odriísta, censuró seis gabinetes y casi cienministros del gobierno de Fernando Belaunde. Presidente de la Asamblea Constituyente (1978-1979)

Tras la llegada del gobierno militar de Juan Velasco Alvarado, los partidos políticos –entre ellos el APRA– son proscritos y perseguidas sus bases populares. No obstante, en1970, en el Día de la Fraternidad, reclamó la paternidad intelectual de las reformas que realizaban los militares, protestando porque estos no reconocían la deuda intelectual que le tenían: "Debemos estar insatisfechos porque no es manera, aceleradamente y furtivamente, de llevar esas ideas adelante y de esconderlas, sobre todo ocultando su origen y procedencia".Haya de la Torre encabezó la presión popular ejercida contra el gobierno de Francisco Morales Bermúdez para que los militares volvieran a sus cuarteles y se restituyera lademocracia. Una Asamblea Constituyente había sido anunciada el 28 de julio de 1976 pero las elecciones recién se realizan en 1978. El Partido Aprista tuvo la primera mayoría, seguido del Partido Popular Cristiano. Haya de la Torre fue elegido con la más alta votación como diputado constituyente y fue designado unánimemente para ejercer la presidencia de la Asamblea Constituyente. En un acto simbólico, su sueldo por el ejercicio del cargo fue de solo 1 sol de oro26 El mismo día de la instalación de la asamblea, Haya de la Torre marcó su clara independencia con respecto al régimen militar:"Esta Asamblea encarna el Poder Constituyente y el Poder Constituyente es la expresión suprema del pueblo como tal, y el primer Poder del Estado. Este Poder no admite condicionamientos, limitaciones ni parámetros; no reconoce poderes por encima de ella misma porque es fruto indiscutido y legítimo de la soberanía popular. En un día como hoy, hace 157 años, el Perú declaró su independencia fundándose en la voluntad general de los pueblos; el 28 de julio de 1978, fundándose en esa misma voluntad general de los pueblos claramente expresada en las elecciones de junio, sin más limitaciones que las que ella misma quiera darse, se proclama libre y autónoma. (...) Es obvio que la búsqueda de armonías y coincidencias que ofrezcan al texto constitucional un amplio consenso no significa en modo alguno el abandono de posiciones ideológicas ni de ideas ni programas; es más, una constituyente resulta palestra natural para la confrontación de posiciones, un planteamiento político de diversos caminos; una constituyente no legisla no legisla para un partido ni para un sector, sino para todo el pueblo. (...) si la defectuosa Constitución de 1933, con un obsoleto estilo y espíritu, es la última constitución delsiglo XX; la que se dicte ahora deberá ser la primera constitución del siglo XXI".Haya - 28 de julio de 1978El 12 de julio de 1979 Víctor Raúl Haya de la Torre firmó la Constitución de 1979 poco antes de su deceso.

Deceso

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Retrato de Víctor Raúl Haya de la Torre en un billete de 50.000 intis.Víctor Raúl Haya de la Torre murió el 2 de agosto de 1979 en la ciudad de Lima. En su lecho de muerte fue condecorado con la Orden El Sol del Perú, en el grado de Gran Cruz. En sus funerales, estuvieron presentes varios líderes del partido, entre ellos Luis Alberto Sánchez Sánchez, Ramiro Prialé, Andrés Townsend, Javier Valle Riestra y Armando Villanueva, así como una enorme multitud, que acompañó el traslado de sus restos desde Lima hasta su ciudad natal.33 Fue enterrado en el Cementerio General de Miraflores de la ciudad de Trujillo. Su ataúd reposa debajo de una gran roca con la frase "Aquí yace la luz".

Pensamiento

Haya de la Torre corresponde a uno de los procesos ideológicos más particulares, evolutivos y complejos de la historia del Perú. El conjunto de sus escritos, pronunciamientos y posiciones hacen de él un personaje heterogéneo e incluso contradictorio, su mensaje se ha prestado a distintas y diversas interpretaciones. Según conceptos generales apristas, Haya aplicó el materialismo histórico a la revisión de la historia y condiciones objetivas de Latinoamérica, deduciendo de ello una teoría original de la acción política para conducir dichas sociedades hacia el socialismo; en el plano teórico su pensamiento, aunque marxista, resultará diferente y aún contrario del leninismo ortodoxo respecto a la estrategia socialista en sociedades coloniales o periféricas.Haya postula que el imperialismo es la máxima expresión del capitalismo, que es, a su vez, el modo de producción económica superior a todo lo que el mundo conocía. En virtud de lo cual, concluye que el capitalismo es una fase inevitable en el proceso de civilización contemporáneo. El capitalismo, según Haya de la Torre, no será eterno y tiene contradicciones dentro de sí que terminarán finalmente con él pero, para que eso suceda, debe evolucionar completamente, esto es, existir y madurar. El proletariado de los atrasados países latinoamericanos es demasiado joven como para hacer la gran revolución que supere al capitalismo.Sigue indicando que el imperialismo es la última fase del capitalismo en los países desarrollados, pero en los subdesarrollados, como los es el Perú, es la primera fase. En estos países, no se trata de una etapa de industrialización avanzada sino de explotación de materias primas, porque es el tipo de producción que le interesa hacer allí al mundo desarrollado del que vienen los capitales imperialistas; no a los ciudadanos de estos países. Por esta causa, dice, su desarrollo inicial es lento e incompleto. De esta manera, el problema de la América es político: cómo emanciparse del yugo del imperialismo sin retrasar su progreso. En tanto se trata de América y no de Europa, en tanto llegó alcapitalismo por el imperialismo, tiene que adoptar una aptitud de enfrentamiento del problema que sea propia.Víctor Raúl estima que serán las tres clases oprimidas por el imperialismo las que harán avanzar esta etapa de la sociedad: el proletariado industrial joven, el campesinado y las clases medias empobrecidas. Con la alianza de estas clases en el poder, el Estado ya no será instrumento del imperialismo sino defensor de

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las clases que represente. Así, tomarán de los países desarrollados lo que les interese y negociarán con estos de igual a igual, no sometidos, porque se necesitan mutuamente.Haya de la Torre tiene una visión americanista de hacer política. Cree que lo que el llama "Indoamérica", tiene que integrarse y luchar en conjunto para avanzar. Por ello su partido tiene un nombre en el que figura el concepto de alianza americana. En síntesis, dice que hay que crear la resistencia antiimperialista en América y darle forma de organización política. Esto es lo que Haya considera que debe ser el Apra.En la actualidad las reinterpretaciones y análisis del "hayismo" desde dentro y fuera del Partido Aprista son cada vez mayores. Obviamente, la obra reciente más destacada sobre el asunto corresponde a la autoría del actual líder del PAP y ex Presidente del Perú, Alan García Pérez. García ha publicado recientemente La revolución constructiva del aprismo/ Teoría y práctica de la modernidad (Lima, 2008); el libro esboza una historia ideológica del APRA con vistas a explicar la actual perspectiva del aprismo de este tiempo y su expresión gubernamental. La obra pretende mostrar a un Haya de la Torre concurrente con un proceso de maduración intelectual y política; explica, además, que durante el período 1970-1990, el Apra "resultó más velasquista que hayista".35 García dice que su partido cometió un error al interpretar la revolución militar como la "realización de lo que había propuesto el Apra desde 1931", lo que los habría llevado a que "adoptaran como propias las estatizaciones, el modelo colectivista en la agricultura y el manejo estatal del comercio de muchos servicios y bienes", lo que eran conceptos "totalmente ajenos a la ideología de Haya y su trabajo dialéctico".

Obras Dos cartas de Haya de la Torre (1923) Por la emancipación de América Latina (Buenos Aires, 1927) Ideario y acción aprista (Buenos Aires, 1930) Teoría y táctica del aprismo (1931) Impresiones de la Inglaterra imperialista y la Rusia soviética (Buenos Aires,

1932) El plan del aprismo (Guayaquil, 1932) Construyendo el aprismo (Buenos Aires, 1932); Política aprista (1933) ¿A dónde va Indoamérica? (Santiago de Chile 1935, 1936 y 1954) El anti-imperialismo y el APRA (Santiago de Chile, 1936, y varias ediciones

posteriores)39

Ex-combatientes y desocupados (Santiago de Chile, 1936) La verdad del aprismo (1940) La defensa continental (Buenos Aires 1942; Lima, 1946) Cartas a los prisioneros apristas (1946) ¿Y después de la guerra, qué? (1946) Espacio-tiempo-histórico (1948) Treinta años de aprismo (México, 1956) Mensaje de la Europa nórdica (Buenos Aires, 1956) Toynbee frente a los problemas de la Historia (Buenos Aires, 1957).

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Legado

Monumento a Víctor Raúl Haya de la Torre en la Plaza Perú, ciudad de Buenos Aires.Haya de la Torre dejó un legado en la historia de la política peruana. Sus pensamientos que llevaron a la fundación del Partido Aprista, mantiene una inusitada vigencia, siendo el APRA es el partido vivo más antiguo del Perú. Y sus ideas influyeron significativamente en históricos partidos social demócratas de otras naciones latinoamericanas como Acción Democrática de Venezuela

Algunas de sus frases han quedado en la cultura popular:"¡Ni con Washington ni con Moscú, sólo el Aprismo salvará el Perú!""¡Pan con Libertad!""Joven, prepárate para la acción y no para el placer.""El que sabe poco, aprende, el que sabe mucho, enseña.""Canta y haz cantar, que el canto es de hombres libres y optimistas.""Fe, Unión, Disciplina y Acción."

Cada 22 de febrero los miembros del Partido Aprista, se reúnen, celebran y conmemoran el día del nacimiento de su líder que es también su Día de la Fraternidad. La bandera de los Estados Unidos de Indoamérica que él creó ha servido de inspiración para la bandera de la Unión de Naciones Sudamericanas.

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VÍCTOR RAÚL, EL TRIUNFO DEL SEÑOR ASILO - HACE 60 AÑOSEscribe: Luis Alva Castro

 Haya de la Torre contemplando intranquilo la zona que rodea la embajada de Colombia, durante las primeras semanas de su asilo.

El 6 de abril de 2014 se han cumplido 60 años de un hecho fundamental y de gran trascendencia en la historia del Perú y de América Latina. El triunfo de una tenaz y ejemplar lucha política en defensa del derecho de asilo protagonizada por Víctor Raúl Haya de la Torre, que cubrió un período de cinco años, tres meses y tres días, entre el 3 de enero de 1949 y el 6 de abril de 1954.Hagamos una breve rememoración. Luego de las severas medidas represivas dictadas contra el Partido Aprista por el Presidente Bustamante y Rivero el 4 de

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octubre de 1948, la dictadura del general Odría, instaurada el 27 de octubre del mismo año, desplegó medidas restrictivas mucho más severas todavía. Se acusaba sin pruebas al Partido Aprista de haber actuado contra la constitucionalidad y se considerada a Víctor Raúl Haya de la Torre, jefe del aprismo, entonces de 53 años, como el autor intelectual de todos los hechos consignados.Cumpliendo una decisión expresa de la dirigencia nacional de su partido, Víctor Raúl Haya de la Torre ingresó en forma sorpresiva en la embajada de Colombia en horas de la tarde del 3 de enero de 1949 con la finalidad de solicitar asilo. El embajador colombiano Carlos Echeverrí aceptó generosamente. Sin embargo, en un acto de indescriptible torpeza, que contravenía los tratados vigentes y la diplomacia más elemental, la dictadura peruana denegó al líder aprista el salvoconducto que era parte del protocolo del derecho de asilo y conminó a la embajada colombiana a entregar al perseguido político a las autoridades. El gobierno colombiano asumió con gran hidalguía la defensa del derecho del asilo de Haya de la Torre, generándose un conflicto diplomático de amplia repercusión internacional.

Diciembre de 1950: Haya de la Torre y el diplomático colombiano Aurelio Caycedo Ayerbe, encargado de negocios que sustituyó al doctor Echeverrí, analizan los problemas legales de la situación del asilado.Mientras el gobierno colombiano defendía la permanencia del jefe del aprismo en su embajada de Lima, el Partido Aprista sufría grandes represalias. Uno de las más sentidas fue la muerte del dirigente sindical aprista Luis Negreiros Vega, asesinado por la dictadura de Odría el 23 de marzo de 1950 con 29 disparos a quemarropa, en la esquina de las avenidas 28 de Julio y Petit Thouars, en el centro de Lima. Negreiros ejercía la jefatura del Comando Nacional de Acción de PAP y la secretaría general de la Confederación de Trabajadores del Perú.

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Grave ofensa a un país hermano: una intensa vigilancia mediante zanjas y trincheras, acompañada de hostigamiento al personal de la embajada y corte de los servicios de electricidad y saneamiento.La represión al aprismo y la inseguridad del asilo de Haya de la Torre originaron un amplio movimiento de solidaridad. Arturo Jáuregui H. y Serafino Romualdi, dirigentes de la Confederación Interamericana de Trabajadores (CIT) y Frances Grant, una de las fundadoras de la Liga Internacional por los Derechos del Hombre, organizaron la I Conferencia Interamericana Pro Democracia y Libertad realizada en La Habana en mayo de 1950, fundamentalmente con motivo del derecho de asilo de Haya de la Torre.Estuvieron presentes notables amigos de Víctor Raúl como Rómulo Betancourt, Juan Bosch, José Figueres, Germán Arciniegas, Eduardo Rodríguez Larreta y Waldo Frank; personajes notables como Roger Baldwin, Norman Thomas, Emilio Frugoni, Eduardo Frei Montalva, Raúl Roa y Salvador Allende; y una delegación plural de peruanos como Felipe Cossío, Luis Alberto Sánchez, José Bernardo Goyburu, Rafael Belaunde, Jorge León Seminario y Bolívar Patiño Arca. Dicha conferencia emitió un enérgico pronunciamiento en defensa del derecho de asilo de Haya de la Torre.Mientras tanto, la negativa del gobierno peruano ante los reclamos diplomáticos colombianos motivó que el caso fuera llevado ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, cuyo primer fallo recién se dio el 20 de noviembre de 1950. Indignada por su falta de argumentos y el descrédito internacional, la dictadura peruana generó una gravísima situación en la sede diplomática colombiana durante diciembre de 1950. La dictadura excavó trincheras y emplazó soldados y equipo de guerra, hostilizando al personal de la embajada, cortando los servicios indispensables de agua y energía y amenazando con asaltar la sede en cualquier

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momento. El gobierno colombiano dispuso que sean retirados el personal femenino, familiares y auxiliares, permaneciendo con el asilado solamente el encargado de negocios, el cónsul y el agregado militar. Esta tensa situación se mantuvo durante varios meses.

Momento de tensión e incertidumbre para Haya de la Torre dentro de la embajada colombiana de Lima. Lo demuestra el hecho de verlo fumando, cosa que muy rara vez hacía. El gobierno colombiano dispuso un estado de alerta permanente en la embajada, junto con la incineración de todo documento escrito personal u oficial. El fundador del aprismo se vio precisado a destruir los originales de un libro ya escrito sobre las ideas económicas y sociales del Inca Garcilaso de la Vega en los Comentarios Reales.Finalmente los fallos de la Corte Internacional de Justicia de La Haya contribuyeron a aislar a la dictadura peruana y a debilitar su intransigencia. El fallo de la Corte Mundial del 20 de noviembre de 1950 señaló que no había pruebas suficientes para considerar a Haya de la Torre “delincuente político” o “delincuente común”, como aseguraba el régimen peruano. Sin embargo, también introducía una delicada ambigüedad: “No se puede calificar el delito cometido por Haya de la Torre ni se puede obligar al Perú a expedirle salvoconducto”.Realizada la apelación, un nuevo fallo del 13 de junio de 1951 benefició en términos más concretos al asilado, señalando que “Colombia no está obligada a entregar a Víctor Raúl Haya de la Torre a las autoridades peruanas” y que el Tribunal tenía confianza en que “las partes […] estarán en capacidad de encontrar una solución práctica satisfactoria”. De este modo, la dictadura peruana estaba obligada a discutir una solución al conflicto sobre la base del reconocimiento de los derechos del asilado.

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Luego siguieron casi tres años de difíciles negociaciones entre Perú y Colombia. Logrado finalmente el salvoconducto, Haya de la Torre partió de Lima expulsado del país y privado de un pasaporte peruano, rumbo a México, el 6 de abril de 1954. La comunidad democrática del continente saludó con algarabía su liberación.Víctor Raúl era consciente de la amplia repercusión y de la importancia que había tenido su caso en los medios de prensa y en la radio, pero no había reparado en que el tema era conocido por los niños más humildes. En Managua, durante una escala técnica del avión que lo transportaba a México, un grupo de muchachos lustrabotas se acercó a saludarlo, entre ellos, con gran entusiasmo, un niño de apenas 10 años. El líder político peruano le preguntó sorprendido: “Pero, ¿sabes quién soy yo?” y el chico respondió, “¡Claro! ¡Usted es el Señor Asilo!”

El 6 de abril de 1954 Haya de la Torre parte finalmente a México, expulsado del país y privado de la nacionalidad peruana por la dictadura. Lo vigilan celosamente, de izquierda a derecha, Alejandro Freundt Rosell (ministro de Justicia y Culto), Manuel Céspedes (secretario del Ministerio de Justicia), Alejandro Esparza Zañartu (director de Gobierno) y Clodomiro Marín (directro de Investigaciones).

ASILO DIPLOMATICOCaso Haya de la Torre (Perú vs. Colombia) Corte Internacional de Justicia Recueil 1950: 226 y ss y 395 y ss. Recueil 1951: 71 y ss)

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“Colombia no tiene derecho a calificar el delito mediante una decisión unilateral y definitiva obligatoria para Perú”.

El 3 de enero de 1949 el Jefe del Partido Aprista Peruano, Víctor Raúl Haya de la Torre, se vió obligado a presentarse en la Embajada de Colombia, en Lima, a solicitar asilo diplomático. El Embajador Echevarría Cortés se lo concedió, sin que obtuviera por parte del Gobierno del general Odría, que había derrocado al presidente constitucional Bustamante Rivero, el oportuno salvoconducto para la evacuación, y recibiendo, por el contrario la solicitud del gobierno peruano para que le fuera entregado Haya de la Torre, por tratarse de un criminal de delito común, y no de un refugiado político capacitado, para acogerse al asilo. A ello contestó Colombia que sólo a ella correspondía calificar el asilo y se negó a entregar al político asilado (la calificación del delito corresponde al estado asilante).

Se plantea el caso entre Colombia y Perú en el Tribunal Internacional de Justicia, que dicta sentencia el 20 de noviembre de 1950 y 27 de noviembre de 1950, ésta última relativa a la interpretación de la sentencia anterior y la del 13 de junio de 1951.

Colombia concede asilo conforme el art. 2 del párrafo 2 de la Convención de La Habana sobre asilo de 1928 y el art. 2 de la Convención de Asilo Político de Montevideo de 1933 y solicita salvoconducto para que el asilado abandonara el país.

El TIJ se limitó en su sentencia de 1951 a afirmar que el asilo de Haya de la Torre debió de cesar después de dictada la sentencia de 20 de noviembre de 1950, y que había de ponerse fin al mismo (Recueil 1951: 83).

El Tribunal llega a la conclusión que el asilo debe cesar, pero que Colombia no está obligada a cumplir esa obligación mediante la entrega del refugiado. Esas dos proposiciones no se consideran contradictorias, pues la entrega no es el único modo de poner fin al asilo, instando a las partes a hallar una solución práctica y satisfactoria inspirada en las condiciones de cortesía y buena vecindad que en materia de asilo siempre han tenido lugar prominente en las relaciones entre las repúblicas latinoamericanas.

Pero, se requirió un Acuerdo entre ambos estados, el Acuerdo de Bogotá de 22 de marzo de 1954 para que pudiera salir de la Embajada colombiana en Lima.

Posteriormente (recogiendo la experiencia que legó el caso) en la Convención de Caracas de 1954, se establece que el Estado asilante tiene la facultad de pedir la salida y el Estado territorial tiene la obligación de concederla (art. 5, 2.1, 11/4).

Aspectos básicos del derecho de asilo.Y recordando la decisión de la Corte Internacional de Justicia en el caso de Víctor

Raúl Haya de la Torre (Colombia vs. Perú)

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03 de octubre de 1948. Una rebelión militar estalla en el Perú. La rebelión fracasa, pero el Presidente de la República emite un decreto que acusa al partido político Alianza Popular Revolucionaria Americana (“APRA”) como responsable. La ilegalización del partido político y la orden a la justicia de juzgar a los responsables de la rebelión, configuran el inicio de uno de los casos más controversiales de la historia relacionados con el derecho de asilo.

El 05 de octubre, se acusa al líder de la APRA, Víctor Raúl Haya de la Torre, como responsable del delito de rebelión militar. En consecuencia, se emite una orden de arresto. Haya de la Torre no se reporta ante las autoridades y éstas no logran dar con su paradero.

Posteriormente, se conoce que Haya de la Torre ha logrado ingresar a la Embajada de Colombia en la ciudad de Lima, en donde ha solicitado asilo. Al día siguiente, el Embajador de Colombia en Lima le envía una comunicación al Canciller peruano en donde sostiene lo siguiente:De conformidad con lo establecido en el párrafo 2 del artículo 2 de la Convención de Asilo firmada por nuestros países en la ciudad de la Habana en el año 1928, le informo que se le ha otorgado el derecho de asilo a Víctor Raúl Haya de la Torre en la sede de esta misión diplomática. (…) Como consecuencia de lo anterior, y en vista del deseo de que Haya de la Torre abandone Perú a la brevedad posible, le solicito que dé las órdenes para que el requisito del salvoconducto sea emitido, a los efectos de que Haya de la Torre pueda abandonar el país con las facilidades propias del derecho de asilo diplomático.En una nota posterior, el Embajador colombiano le informa a la Cancillería peruana que Colombia consideraba a Haya de la Torre como un refugiado político según lo establecido en el artículo 2 de la Convención de Asilo Político firmada por ambos países en 1933. Sin embargo, una respuesta sobre el salvoconducto por parte del gobierno peruano nunca llegó, hasta que a través de un acuerdo conocido como el  “Acta de Lima”, de fecha 31 de agosto de 1949, ambos Estados decidieron remitir la disputa existente a la Corte Internacional de Justicia (“CIJ” o la “Corte”).

Precisiones importantes de la Corte Internacional de Justicia sobre el derecho de asilo

En primer lugar, Colombia le solicita a la Corte, órgano judicial principal de las Naciones Unidas, que declare que como es el país que otorga el asilo, tiene la facultad de calificar la ofensa por la que se quiere juzgar a Haya de la Torre en Perú, todo dentro de los límites de las obligaciones establecidas en el Acuerdo Bolivariano de Extradición de 1911, la Convención de Asilo de 1928 y el derecho internacional americano en general.

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La primera precisión importante que realizó la CIJ es que si bien es evidente que el representante diplomático de Colombia tenía la facultad de calificar provisionalmente el delito cometido por Haya de la Torre, al Estado en donde se cometió la ofensa no le está prohibido disputar esa calificación. En el caso de que haya un desacuerdo entre ambos Estados, surge una disputa que debe ser resuelta por los métodos de resolución de controversias que las partes hayan acordado o acuerden.

En tal sentido, la Corte reconoció que para que el Estado que otorga el asilo tuviera la facultad de calificar unilateralmente el delito cometido, esto debía estar expresamente establecido en alguna de las fuentes del derecho internacional público. Aunque ya no aplicable para este caso, ello ocurrió en la Convención de Asilo Diplomático firmada en Caracas en el año 1954, la cual en su artículo IV prevé que: “Corresponde al Estado asilante la calificación de la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución.” 

Cabe destacar, que dicha determinación aplica únicamente en el caso del asilo diplomático y entre los Estados que son parte de dicha Convención (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela).

La segunda explicación que realiza la Corte tiene que ver con la diferencia entre el asilo territorial y el asilo diplomático, así como también la relación de estas figuras con la extradición. En el caso del asilo territorial, el refugiado (en este caso, Haya de la Torre) se encuentra dentro del territorio del Estado que le otorga asilo. Por ende, una decisión con respecto a su extradición, depende únicamente de si el Estado en donde se encuentra lo considera procedente. Esto se debe a que el refugiado está fuera del territorio del Estado en donde el delito fue cometido y la decisión de otorgarle o no asilo de ninguna manera atenta contra la soberanía del Estado en donde cometió el delito.

Por el contrario, en el caso del asilo diplomático, el refugiado está, generalmente, dentro del territorio del Estado en donde la ofensa fue cometida. La decisión de otorgarle asilo sí implica una derogación de la soberanía del Estado en donde cometió el delito, ya que sustrae al refugiado de la jurisdicción del Estado que lo está buscando y constituye una intervención en los asuntos que son de la exclusiva competencia de ese Estado. Tal derogación de la soberanía territorial no puede ser reconocida a menos que la base legal esté establecida en cada caso particular.

Sobre el otorgamiento del salvoconducto en el caso del asilo diplomático

En segundo lugar, Colombia le solicitó a la Corte que declarase que Perú estaba obligada a otorgar las garantías necesarias (salvoconducto) a los efectos de que

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Haya de la Torre abandonara el país, con el debido respeto a la inviolabilidad de su persona.

En ese sentido, la Corte respondió que la obligación de otorgar el salvoconducto estaba sujeta a ciertas condiciones. La primera de ellas, es que el asilo sea otorgado regularmente y posteriormente mantenido. Aquí, la Corte reafirma el principio general de que el asilo únicamente puede ser otorgado por delitos políticos, es decir, a personas que no han sido acusadas o condenadas por la comisión de crímenes comunes. Asimismo, el asilo procede únicamente en casos de naturaleza urgente y debe darse solamente por el tiempo estrictamente indispensable para garantizar la seguridad del refugiado.

La Corte hizo también una precisión importante al interpretar el artículo 2 de la Convención de La Habana de 1928.  Estableció que era el Estado que quiere juzgar o apresar al refugiado el que puede solicitar que el asilado diplomáticamente salga del país y por lo tanto, será luego de que se haga dicho requerimiento que el Estado que otorga el asilo puede solicitar el respectivo salvoconducto. Recordemos que dicha interpretación la hizo la Corte en el marco de la Convención de La Habana de 1928 (que ya no es aplicable porque existe la Convención de Caracas de 1954).

En consecuencia, visto que el gobierno peruano no había solicitado que Haya de la Torre abandonara el territorio de Perú, el gobierno de Colombia no estaba en posición de exigir el respectivo salvoconducto.

Dicha determinación fue igualmente corregida en la Convención de Asilo Diplomático firmada en Caracas en el año 1954, la cual en su artículo XII establece que: “Otorgado el asilo, el Estado asilante puede pedir la salida del asilado para territorio extranjero, y el Estado territorial está obligado a dar inmediatamente, salvo caso de fuerza mayor, las garantías necesarias a que se refiere el artículo V y el correspondiente salvoconducto.” 

En otras palabras, aquí se reconoció que el Estado asilante puede solicitar el salvoconducto sin que el Estado que quiere juzgar al asilado solicite que éste abandone el país.

Sobre la naturaleza del derecho de asilo

La Corte también aprovechó el caso para determinar que el “otorgamiento del asilo” no es un acto instantáneo que termina con la admisión, en un momento determinado, del refugiado a la Embajada o al territorio del Estado asilante. Cualquier otorgamiento de asilo conlleva un estado de protección prolongado, por lo que el asilo subsiste por el tiempo que la presencia continua del refugiado dure en la Embajada o en el territorio del Estado que otorga el asilo.

Por otro lado, si un Estado alega que la persona asilada está siendo buscada o fue condenada por crímenes comunes, tiene la carga de demostrar que efectivamente

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se trata de delitos comunes. En ese aspecto, la Corte verificó que en el caso de Haya de la Torre, la comisión del delito de rebelión militar, se trataba de un delito de naturaleza política, ya que Perú no había probado que se trataba de un delito común.

En aquella oportunidad, la CIJ también consideró que según lo que establecía la Convención de La Habana, no es posible concluir que sólo porque una persona sea acusada de delitos políticos y no por crímenes comunes, tiene derecho, por ese sólo hecho, al asilo. Más específicamente, la Corte sentenció:En principio, el asilo no puede ser opuesto a la operación de la justicia. Una excepción a esta regla sólo puede ocurrir si, bajo apariencia de justicia, acciones arbitrarias sustituyen al estado de Derecho. Tal sería el caso si la administración de justicia estuviera corrompida y actuara claramente con propósitos políticos. El asilo protege a la persona que cometió un crimen de naturaleza política en contra de las medidas manifiestamente extra-legales que un gobierno pudiese tomar o tratar de tomar contra sus oponentes políticos.En consecuencia, como a la Corte no se le probó que efectivamente para ese momento en Perú la justicia estaba subordinada a los intereses del Poder Ejecutivo, determinó que el asilo otorgado por Colombia no tenía precisamente por objeto garantizar la seguridad de Haya de la Torre y por ende no se cumplía con el elemento de urgencia que requería el párrafo 2 del artículo 2 de la Convención de La Habana. Este tema fue posteriormente aclarado por la Convención de Caracas de 1954, la cual estableció en sus artículos IV y V, lo siguiente:Artículo V. El asilo no podrá ser concedido sino en casos de urgencia y por el tiempo estrictamente indispensable para que el asilado salga del país con las seguridades otorgadas por el gobierno del Estado territorial a fin de que no peligre su vida, su libertad o su integridad personal, o para que se ponga de otra manera en seguridad al asilado.Artículo VI. Se entienden como casos de urgencia, entre otros, aquellos en que el individuo sea perseguido por personas o multitudes que hayan escapado al control de las autoridades, o por las autoridades mismas, así como cuando se encuentre en peligro de ser privado de su vida o de su libertad por razones de persecución política y no pueda, sin riesgo, ponerse de otra manera en seguridad.Fuera de estos casos de urgencia definidos en el artículo VI de la Convención de Caracas de 1954 sobre Asilo Diplomático, el asilo, en teoría no debería proceder.

Sobre la solicitud de interpretación de la decisión de la Corte

Una vez que la Corte dictaminó su decisión final el 20 de noviembre de 1950, Colombia solicitó una interpretación de dicha decisión, según lo permite el artículo 60 del Estatuto de la Corte, a los efectos de que dicha Corte determinara finalmente si tenía que entregar a Haya de la Torre a la autoridades peruanas o si por el contrario, Perú estaba obligada a otorgar el salvoconducto.

La Corte declaró inadmisible dicha solicitud de interpretación ya que ello no había sido solicitado por las partes en la demanda inicial y por ende, mediante una

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interpretación únicamente se pueden aclarar puntos del fallo que quiere que se interprete. Así se decidió el 27 de noviembre de 1950.

Una nueva solicitud para tratar de arreglar el polémico caso

En vista de lo anterior, Colombia introdujo una nueva demanda ante la Corte para que ésta decidiera cómo se debía ejecutar la decisión del 20 de noviembre de 1950. En ese sentido, la CIJ estableció que no podía elegir entre las distintas opciones por medio de las cuales el asilo podía terminar.

Esa determinación le correspondía a las partes, quienes incluso podían llegar a un acuerdo sin tomar en cuenta consideraciones legales. En esa misma oportunidad, la Corte decidió que no estaba en la posición de decidir si Colombia tenía o no la obligación de entregar a Haya de la Torre a las autoridades peruanas, ya que eso no se le había solicitado expresamente en la demanda original.

La Corte sí consideró que bajo los términos de la Convención de La Habana, el salvoconducto debe ser otorgado si el Estado que quiere juzgar al asilado requiere que dicho asilado salga del país. Por ende, dicha Convención prevé que la duración del asilo debe estar limitada al menor tiempo posible, pero no establece cómo ponerle fin al asilo. Como ya vimos, ese detalle de alguna manera fue solucionado con la Convención de Caracas de 1954, la cual en su artículo XII prevé que:Otorgado el asilo, el Estado asilante puede pedir la salida del asilado para territorio extranjero, y el Estado territorial está obligado a dar inmediatamente, salvo caso de fuerza mayor, las garantías necesarias a que se refiere el artículo V y el correspondiente salvoconducto.Cómo se resolvió al final el caso Haya de la Torre

Víctor Raúl Haya de la Torre estuvo refugiado en la Embajada de Colombia en Lima por 5 años, ya que la dictadura se negaba a otorgar el salvoconducto para que saliera del país.

En 1954, Haya de la Torre es autorizado a salir del Perú gracias a la presión internacional y la influencia de importantes personajes, tales como su amigo Albert Einstein.

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