Validez y legitimidad actual Validez y legitimidad actual Origen inmedia- to de la DUDH de 1948...

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Validez y legitimidad actual Origen inmedia- to de la DUDH de 1948 Clasificación de los Derec hos Humanos Análisis hist órico LOS DERECHOS HUMANOS

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  • Validez y legitimidad actual Validez y legitimidad actual Origen inmedia- to de la DUDH de 1948 Origen inmedia- to de la DUDH de 1948 Clasificacin de los Derechos Humanos Clasificacin de los Derechos Humanos Anlisis histrico Anlisis histrico LOS DERECHOS HUMANOS
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  • ANLISIS HISTRICO I: DECLARACIONES ANTERIORES 4 Declaracin de Derechos del Pueblo de Virginia. (Revolucin Americana 1776) 4 Declaracin de Derechos del Hombre y el Ciudadano. (Revolucin Francesa 1789)
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  • ANLISIS HISTRICO II: PRECEDENTES HISTRICOS 4 Las Revoluciones Liberales. 4 La lucha obrera. 4 Las democracias modernas.
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  • ANLISIS HISTRICO III: ANTECEDENTES INMEDIATOS 4 La II Guerra Mundial. 4 Los crmenes contra la Humanidad. 4 La lucha contra la impunidad. 4 La necesidad de legislar sobre nuevos delitos contra la Humanidad.
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  • CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS I: DERECHOS DE 1 GENERACIN 4 Derechos Fundamentales: Derecho a la vida, Derecho a la libertad, Derecho a la seguridad, Derechos Civiles... 4 Derechos Polticos: Libertad de Reunin, Libertad de Asociacin, Libertad de Expresin... 4 Tienen como origen las Declaraciones de Derechos Humanos del siglo XVIII.
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  • CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS II: DERECHOS DE 2 GENERACIN 4 Son los derechos econmicos y sociales: Derecho a la Educacin, Derecho al trabajo, Derecho a igual salario por igual trabajo, Derecho al descanso y al ocio... 4 Tienen como origen las luchas obreras a lo largo del siglo XIX.
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  • CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS III: PARTES 4 PREMBULO: contiene los argumentos que fundamentan la declaracin. 4 PROCLAMACIN: seala el carcter de la Declaracin e indica cmo debe promocionarse. 4 ARTICULADO: treinta artculos. Artculos 1, 2 y 3. La definicin del ser humano y la igualdad en libertad y derechos sin discriminacin. Los tres derechos ms generales. Artculos 4, 5 y 6. La prohibicin absoluta de tres instituciones histricas: la tortura, la esclavitud y la servidumbre. Artculos 7-20. La libertad negativa; el individuo frente al Estado. Artculo 21. la libertad como autonoma; el derechos a la participacin poltica, a crear las leyes que se han de obedecer. Artculo 22-27. La libertad positiva: aquellas condiciones de nuestra vida que permitirn ejercer nuestra libertad. Artculos 29 y 30. Consideraciones generales, los deberes.
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  • CLASIFICACIN DE LOS DERECHOS HUMANOS IV: FORMULACIN Se ha llegado a esta formulacin gracias a tres tradiciones: 4 La liberal, de inspiracin inglesa (Hobbes, Locke), para la libertad negativa; 4 La democrtica, inspirada en la Revolucin francesa (Rousseau), para la participacin poltica. Estas dos configuran la primera generacin de derechos. 4 La tradicin socialista se recoge en los artculos que tratan de la libertad positiva, que incluyen los derechos de la segunda generacin.
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  • ORIGEN INMEDIATO DE LA DUDH DE 1948 4 Necesidad de legislar los Derechos Humanos despus de los crmenes contra la Humanidad de la II Guerra Mundial. 4 La creacin de la ONU. 4 La votacin de la Asamblea General de la ONU el 10 de Diciembre de 1948.
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  • VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL I 4 Los Derechos Humanos son Universales y inalienables. 4 Muestran el ideal de futuro de la Humanidad, y la exigencia de un presente ms justo. 4 Marcan el espritu utpico de un mundo que es mejorable y necesita mejorar.
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  • VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL II: CRTICAS FRECUENTES 4 Son excesivamente utpicos e irreales. 4 Son la muestra de los valores de la sociedad Occidental. 4 Son insuficientes para crear una sociedad plenamente justa.
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  • VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL III: OBJECIONES A LAS CRTICAS 4 Muestran cmo debe ser la realidad, y por lo tanto, es lgico que no sean tal y como el mundo es hoy, sino cmo debera ser. 4 Son universales y no occidentales, ya que la igualdad no es patrimonio de ninguna cultura. 4 Son un punto de partida, no el destino final.
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  • VALIDEZ Y LEGITIMIDAD ACTUAL IV: PERSPECTIVAS DE FUTURO 4 Intentar su aplicacin al mximo nivel posible, y luchar hasta conseguirlo con la ayuda de ONGs comprometidas como Amnista Internacional, Mdicos sin Fronteras... 4 Mejorar aquellos aspectos que sean mejorables. 4 No estar nunca del todo satisfechos con los resultados obtenidos.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Naciones Unidas, 1948
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Prembulo Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrnseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana; Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiracin ms elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias; Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un rgimen de Derecho, a fn de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelin contra la tirana y la opresin; Considerando tambin esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones; Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta, su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto ms amplio de libertad; Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperacin con la Organizacin de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre; y Considerando que una concepcin comn de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso; LA ASAMBLEA GENERAL Proclama la presente Declaracin Universal de Derechos Humanos como ideal comn por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fn de que tanto los individuos como las instituciones, inspirndose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseanza y la educacin, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carcter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicacin universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdiccin.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 1 Nacemos libres e iguales Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como estn de razn y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 2 Tenemos los mismos derechos 1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaracin, sin distincin alguna de raza, color, sexo, idioma, religin, opinin poltica o de cualquier otra ndole, origen nacional o social, posicin econmica, nacimiento o cualquier otra condicin. 2. Adems, no se har distincin alguna fundada en la condicin poltica, jurdica o internacional del pas o territorio de cuya jurisdiccin dependa una persona, tanto si se trata de un pas independiente, como de un territorio bajo administracin fiduciaria, no autnomo o sometido a cualquier otra limitacin de soberania.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 3 Tenemos derecho a la vida Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 4 La esclavitud est prohibida Nadie estar sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos estn prohibidas en todas sus formas.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 5 No se puede torturar jams Nadie ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 6 Tenemos personalidad jurdica Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurdica.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 7 Somos iguales ante la ley Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distincin, derecho a igual proteccin de la ley. Todos tienen derecho a igual proteccin contra toda discriminacin que infrinja esta Declaracin contra toda provocacin a tal discriminacin.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 8 Podemos recurrir a los tribunales Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitucin o por la ley.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 9 No a las detenciones arbitrarias Nadie podr ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 10 Juicios justos e imparciales Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oda pblicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinacin de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusacin contra ella en material penal.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 11 Presuncin de inocencia 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio pblico en el que se le hayan asegurado todas las garantas necesarias para su defensa. 2. Nadie ser condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos segn el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondr pena ms grave que la aplicable en el momento de la comisin del delito.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 12 Respeto a la vida privada Nadie ser objeto de ingerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputacin. Toda persona tiene derecho a la proteccin de la ley contra tales ingerencias o ataques.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 13 Libertad de circulacin y residencia 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier pas, incluso del propio, y a regresar a su pas.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 14 Derecho a buscar asilo 1. En caso de persecucin, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de l, en cualquier pas. 2. Este derecho no podr ser invocado contra una accin judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propsitos y principios de las Naciones Unidas.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 15 Derecho a la nacionalidad 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privar arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 16 Derecho al matrimonio y al divorcio 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad nbil, tienen derecho, sin restriccin alguna por motivos de raza, nacionalidad o religin, a casarse y fundar una familia; y disfrutarn de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolucin del matrimonio. 2. Slo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podr contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccin de la sociedad y del Estado.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 17 Derecho a la propiedad 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie ser privado arbitrariamente de su propiedad.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 18 Libertad de pensamiento Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religin; este derecho incluye la libertad de cambiar de religin o de creencia, as como la libertad de manifestar su religin o su creencia, individual y colectivamente, tanto en pblico como en privado, por la ensenanza, la prctica, el culto y la observancia.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 19 Libertad de expresin Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinin y de expresin; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitacin de fronteras, por cualquier medio de expresin.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 20 Libertad de reunin 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunin y de asociacin pacficas. 2. Nadie podr ser obligado a pertenecer a una asociacin.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 21 Participacin en la vida poltica 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pas, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones pblicas de su pas. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder pblico; esta voluntad se expresar mediante elecciones autnticas que habrn de celebrarse peridicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equiva- lente que garantice la libertad del voto.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 22 Derechos econmicos, sociales y culturales Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperacin internacional, habida cuenta de la organizacin y los recursos de cada Estado, la satisfaccin de los derechos econmicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 23 Derecho al trabajo 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre eleccin de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la proteccin contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminacin alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneracin equitativa y satisfactoria, que le asegure, as como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que ser completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de proteccin social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 24 Derecho al descanso Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitacin razonable de la duracin del trabajo y a vacaciones peridicas pagadas.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 25 Derecho a un nivel de vida digno 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, as como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentacin, el vestido, la vivienda, la asistencia mdica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de prdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los nios, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual proteccin social.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 26 Derecho a la educacin 1. Toda pesona tiene derecho a la educacin. La educacin debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instruccin elemental y fundamental. La instruccin elemental ser obligatoria. La instruccin tcnica y profesional habr de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores ser igual para todos, en funcin de los mritos respectivos. 2. La educacin tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecer la comprensin, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos tnicos y religiosos; y promover el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrn derecho preferentemente a escoger el tipo de educacin que habr de darse a sus hijos.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 27 Derecho a la cultura 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso cientfico y en los beneficios que de l resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la proteccin de los intereses morales y materiales que le correspondan por razn de las producciones cientficas, literarias o artsticas de que sea autora.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 28 Derecho a un orden social justo Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados por esta Declaracin se hagan plenamente efectivos.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 29 Derechos y deberes 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que slo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estar solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el nico fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los dems, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden pblico y del bienestar general en una sociedad democrtica. 3. Estos derechos y libertades no podrn, en ningn caso, ser ejercidos en oposicin a los propsitos y principios de las Naciones Unidas.
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  • Declaracin Universal de los Derechos Humanos Artculo 30 Prohibido suprimir derechos Nada en la presente Declaracin podr interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresin de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaracin.