V.2. criterios elaboración de horarios

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CRITERIOS ELABORACIÓN DE HORARIOS

PLAN DE CENTRO- CEIP CIUDAD DE BELDA – 2010/2011 Página 1

P.- CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE HORARIOS

Art. 89 Decreto 328/2010, de 13 de julio, Reglamento Orgánico Centros (BOJA nº 139, de 16/07/2010) y art. 20 Orden 20/08/2010, que regula la organización, funcionamiento y horarios en CEIP (BOJA nº 169, de 30/08/2010), Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía

NORMATIVA DE APLICACIÓN:

Para la confección de los horarios del centro la Jefatura de Estudios atenderá de forma ponderada los criterios pedagógicos a continuación expuestos buscando siempre la opción que redunde positivamente en el éxito escolar y la mejor atención del alumnado del centro. En todo caso, la finalidad última debe ser la organización y funcionamiento idóneo del centro y no los intereses particulares de miembros de la comunidad educativa. A)

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía y la organización del centro, los criterios que se tendrán en cuenta a la hora de confeccionar los horarios en Educación Infantil serán:

Criterios Pedagógicos para la elaboración de horarios en infantil:

1. En Educación Infantil el horario no contemplará una distribución en áreas de conocimiento y experiencia sino que se hará teniendo en cuenta la globalización de los contenidos y el carácter integrado del currículum en esta etapa.

2. El horario respetará los ritmos de actividad, descanso y juego para los niños de 3 a 5 años.

3. Los tiempos será flexibles, girando en torno a rutinas y momentos significativos( asamblea, trabajo en rincones, recogida, aseo, alimentación, juego, actividades de grupo , salida)

4. El recreo se desarrollará en el mismo horario que el de primaria. 5. Se dedicará 1 hora y media semanal para el área de religión.

6. En Infantil se apoyará prioritariamente al alumnado de nueva entrada durante el

mes de Septiembre. (Siempre que no haya ausencia del profesorado)

7. Los alumnos de nueva entrada tendrán un horario de adaptación que se irá ampliando progresivamente hasta conseguir el horario completo.

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8. La sensibilización en infantil de la lengua extranjera inglés, La sensibilización lingüística al inglés dependerá cada curso escolar de la disponibilidad del profesorado del centro con habilitación de lengua inglesa. Priorizaremos (de acuerdo con la normativa) el inglés curricular en las sesiones autorizadas en la Educación Primaria; una vez cubierto el horario estipulado para la educación primaria, el resto del horario se distribuirá en infantil de manera progresiva: infantil 5 años, 4 años y 3 años intentando ajustarse a las horas de dedicación propuestas en el Programa de anticipación del Inglés.

B)

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía, en la Orden de 10 de agosto de 2007 por el que se establece el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía y la organización del centro, los criterios que se tendrán en cuenta a la hora de confeccionar los horarios en Educación Primaria serán:

Criterios Pedagógicos para la elaboración de horarios en primaria:

1. En la organización del horario para el alumnado se garantizará la dedicación del horario lectivo mínimo obligatorio que establece la legislación vigente para cada una de las áreas del currículum, quedando el reparto de horas semanales de la siguiente manera: PROPUESTA ORIENTATIVA DE HORARIO LECTIVO POR ÁREAS Y

CICLOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA

(Según la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía)

CICLO/ÁREAS HORARIO MÍNIMO

(Orden 10-8-2007) CARGA HORARIA POR ÁREAS

PRIMER CICLO

ÁREAS

Horas semanales de los dos cursos

1º 2º

Mínimo Centro H S H S

Conocimiento del medio natural, social y cultural 5 6:45 3 4 3 4

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Educación Artística 3 3 2:15 3 2:15 3

Educación Física 3 3 1:30 2 1:30 2

Lengua castellana y Literatura 9 15 7:30 10 7:30 10

Lengua extranjera 3 3 1:30 2 1:30 2

Matemáticas 5 10.30 5:15 7 5.15 7

Religión/Alternativa 3 3 1:30 2 1:30 2

TOTAL 22,5 30 22,5 30

SEGUNDO CICLO

ÁREAS

Horas semanales de los dos cursos

3º 4º

Mínimo Centro H S H S

Conocimiento del medio natural, social y cultural 5 7:30 3:45 5 3:45 5

Educación Artística 3 3 1:30 2 1:30 2

Educación Física 3 3 1.30 2 1:30 2

Lengua castellana y Literatura 8 13:30 6:45 9 6.45 9

Lengua extranjera 4 4:30 2.15 3 2:15 3

Matemáticas 6 10.30 5.15 7 5:15 7

Religión/Alternativa 3 3 1:30 2 1.30 2

TOTAL 22,5 30 22,5 30

TERCER CICLO

ÁREAS

Horas semanales de los dos cursos

5º 6º

H S H S

Mínimo Centro

Conocimiento del Medio 4 6:45 3:45 5 3:45 5

Educación Artística 3 3 1:30 2 1:30 2

Educación Física 3 3 1.30 2 1:30 2

Lengua castellana y Literatura 8 12:45 6 8 6:45 9

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Lengua extranjera 4 6 3 4 3 4

Matemáticas 5 9 4:30 6 4:30 6

Religión/Alternativa 3 3 1.30 2 1:30 2

Educación para la Ciudadanía 1,30 1:30 0:75 1 - -

TOTAL 22,5 30 22,5 30

2.- Se procurará que en un grupo incidan el menor número de maestros/as posible.

2.-En el caso de maestros especialistas tutores/as, además del área de su especialidad, impartirán Lengua y Matemáticas.

3.-Inicio de cada profesor/a en su tutoría durante las primeras horas de la mañana.

4.-En la organización del horario para el alumnado se garantizará la dedicación del horario lectivo mínimo obligatorio que establece la legislación vigente para cada una de las áreas de aprendizaje del currículo.(Orden de 10 de Agosto de 2007 ,por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía.

6.-Las horas que un tutor/a especialista deba salir fuera de su clase las cubrirá el compañero/a del mismo nivel, logrando así mayor coordinación y movilidad reducida dentro de la etapa.

7.-Priorizaremos y ubicaremos, en la medida de lo posible, las áreas instrumentales (Lenguaje y Matemáticas, Inglés) en las primeras horas, antes del recreo dejando para los periodos de fin de jornada las áreas de experiencia, manipulación, plástica, música, religión, atención educativa, educación física...

ÁREAS 1º CICLO 2º CICLO 3º CICLO Orden Colegio Orden Colegio Orden 5º 6º

Con. del Medio 2,5 3 2,5 3,75 2 3 3,75 Educación artística 1,5 2,25 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5

Educación física 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5 Lengua castellana 4,5 6,75 4 6,75 4 6 6 Lengua extranjera 1,5 1,5 2 2,25 2 3 3 Matemáticas 2,5 5,15 3 5,25 2,5 4,50 5,25 Religión 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5 1,5 Educación para la ciudadanía - - - - 1,5 1,5 -

TOTAL 22,5 22,5 22,5 22,5

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8.-Incrementaremos la carga horaria de las áreas instrumentales.(matemáticas , lengua e inglés)

9.- Con la finalidad de optimizar el tiempo escolar, se podrá optar que la

asignatura de Religión sea impartida al mismo tiempo en los dos cursos del mismo nivel , sobre todos en los niveles inferiores y así poder unir en un solo grupo al alumnado de Atención Educativa

10.- Dentro del horario semanal se dedicará todos los días un mínimo de 60 minutos para el Fomento de la lectura y desarrollo de la Comprensión Lectora. Así mismo cada tutor/a dispondrá de una sesión en la Biblioteca Escolar.

11.- Todos los cursos de Educación Primaria tendrán al menos la posibilidad de realizar una sesión en el aula de informática a la semana para trabajar con ello la competencia digital.

Deberán distribuirse las sesiones que imparten los especialistas en cada grupo de

manera equitativa y proporcional, tanto diariamente como en los bloques semanales de antes y después del recreo.

12.- Debe evitarse la acumulación de tutores/as especialistas en un mismo Ciclo

13.- Aplicaremos las reducciones horarias establecidas en la normativa vigente (equipo directivo, coordinadores/as de ciclo, de planes y proyectos, mayores de 55 años…).

14.- . En general, el alumnado que asiste a las aulas de Audición y Lenguaje, Apoyo a la

Integración, Aula Especifica, ATAL, u otras que puedan establecerse tendrán los mismos módulos horarios. Sin embargo, en atención a las dificultades o problemas de aprendizaje concretos que atiendan podrán establecerse módulos horarios de duración distinta a la indicada al principio, previa comunicación a la Jefatura de Estudios y acuerdo del ETCP.

15.- Se distribuirán las horas de función directiva del Equipo Directivo a lo largo de

toda la jornada para una mejor atención a los usuarios así como procurar la coincidencia en algunas sesiones para reuniones del Equipo Directivo.

• La jornada escolar estará formada por 6 periodos lectivos, de 45 minutos cada uno

C) Distribución del tiempo escolar.

1.Horario regular lectivo

• El recreo tendrá una duración de 30 minutos y se desarrollará detrás de la cuarta

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sesión. • Una vez terminada la jornada escolar el centro permanecerá abierto por las

tardes en horario a determinar a principio de cada curso escolar, según las actividades extraescolares que se desarrollen.

• Antes del comienzo de la jornada escolar podrá abrirse el centro para el funcionamiento del Aula Matinal

2. Horario regular no lectivo

. • Se reservará una tarde a la semana para disponer de una hora de atención a las

familias. • Se elaborará de la forma más equilibrada posible al plan de trabajo establecido

para cada curso escolar. • Todo el profesorado tendrá una asignación horaria para evaluaciones y reuniones

de equipo educativo dependiendo del número de grupos en los que imparta clase.

3. Horario no regular

1. Todo el profesorado tendrá una asignación horaria para reuniones de Claustro. 2. Los/as coordinadores de ciclo tendrán una asignación para reuniones de Equipo

Técnico de Coordinación Pedagógica. 3. Los representantes del sector profesorado en el consejo escolar del centro

tendrán una asignación horaria para las reuniones del órgano colegiado competente

CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO INDIVIDUAL DEL PROFESORADO Y LA DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y AGRUPAMIENTOS DE ALUMNADO. a. Criterios pedagógicos para la determinación del horario individual del profesorado. Para la realización del horario individual del profesorado, en nuestro centro, se tienen en cuentan los siguientes criterios: La jornada semanal de los maestros y maestras es de 37:30 horas. La distribución del horario individual de cada maestro o maestra se realizará de lunes a viernes. Treinta son de obligada permanencia en el centro. De éstas últimas, veinticinco se computarán como horario lectivo en sesión de mañana y se dedicarán a las siguientes actividades: a) Docencia directa de un grupo de alumnos y alumnas para el desarrollo del currículo. b) Actividades de refuerzo y recuperación con el alumnado. c) Atención al alumnado en caso de ausencia del profesorado.

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d) Cuidado y vigilancia de los recreos. e) Asistencia a las actividades complementarias programadas. f) Desempeño de funciones directivas o de coordinación docente. g) Desempeño de funciones de coordinación de los planes estratégicos. h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. i) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro. El recreo deberá ser común en las dos etapas . Para el cuidado y vigilancia de los recreos se establecerá un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará exento el/la director/a. Se atenderán las reducciones horarias que establece la ley, en cada caso. Los maestros y maestras con dedicación a tiempo parcial o con reducción de jornada en el centro por lactancia o guarda legal, por actividades sindicales o por cualquier otra circunstancia contemplada en la normativa de aplicación, deberán cubrir un número de horas de permanencia en el centro proporcional al de horas lectivas que deban impartir. Los maestros y maestras que cuenten con cincuenta y cinco o más años de edad a 31 de agosto de cada anualidad tendrán una reducción de su horario lectivo semanal, a partir de dicha fecha, de dos horas. Dicha reducción se llevará a cabo en el horario de docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo y se destinará a la realización de las actividades que se le encomienden de entre las recogidas en el apartado próximo, sin que ello implique reducción del horario semanal de obligada permanencia en el centro establecido en treinta horas. La parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro no destinado a horario lectivo se estructurará de manera flexible, de acuerdo con el plan de reuniones establecido por la jefatura de estudios, aunque se procurará la coincidencia de todo el profesorado, en al menos dos horas, con objeto de asegurar la coordinación de los distintos órganos de coordinación docente. Dicho horario se destinará a las siguientes actividades: a) Reuniones del equipo técnico de coordinación pedagógica, de los equipos de ciclo y, en su caso, de éstos con los departamentos del instituto de educación secundaria al que se encuentre adscrito el centro. b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica, así como coordinación con los equipos de orientación educativa, para lo que se dedicará una hora semanal. c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado. d) Programación de actividades educativas. e) Asistencia a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del centro. f) Asistencia a las actividades complementarias programadas. g) Asistencia a las sesiones de evaluación. h) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. i) Organización y mantenimiento del material educativo.

j) Asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, reconocidas por la Consejería competente en materia de educación u organizadas por la misma, a través de sus Delegaciones Provinciales o de los centros del profesorado, que podrán ocupar un máximo de 70 horas a lo largo de todo el año académico y cuya imputación deberá realizarse de manera ponderada a lo largo del curso a este horario, con el fin de que ello no obstaculice el

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normal desarrollo del mismo. Dichas actividades serán certificadas, en su caso, por el centro del profesorado donde se realicen y de las mismas se dará conocimiento al equipo directivo del centro. La parte del horario semanal que no es de obligada permanencia en el centro, se dedicará a la preparación de actividades docentes, tanto lectivas como no lectivas, al perfeccionamiento profesional y, en general, a la atención de los deberes inherentes a la función docente. El profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas educativos o proyectos de innovación que se desarrollen en el centro podrán disponer, de acuerdo con las disponibilidades de profesorado del centro, de una fracción del horario de obligada permanencia en el centro, tanto lectivo como no lectivo para su dedicación a estas funciones. En la elaboración de los horarios se tendrá muy en cuenta la manera de desarrollar el Plan de Animación a la lectura y biblioteca escolar , cada curso tendrá la posibilidad de acudir al menos en una sesión a la B.E: durante la semana. El equipo directivo dispondrá de horario para garantizar la realización de sus funciones. El/la directora/a distribuirá entre los miembros del equipo el número de horas que la ley establece ( 25 horas). Se procura establecer algunas horas coincidentes, para poder desarrollar el trabajo en equipo. Los coordinadores de los equipos de ciclo dispondrán de horario para garantizar la realización de sus funciones, según establece la ley, dos sesiones para la coordinación del equipo de Infantil y Primaria y una para la coordinación del equipo de orientación. El/la director/a dispondrá que se imparta docencia directa de apoyo, refuerzo y recuperación con el alumnado de educación primaria que presente dificultades de aprendizaje, sin perjuicio de la atención de los recreos, con un computo de, al menos, veinticinco horas lectivas, que serán asignadas al menor número de maestros/as que sea posible. El profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales atenderá además en su horario lectivo al alumnado con otras necesidades específicas de apoyo educativo en el desarrollo de intervenciones especializadas que contribuyan a la mejora de sus capacidades.