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Abril 2014 Esta publicación fue desarrollada y revisada para la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y preparada por Tetra Tech DPK (Tt DPK), una división de ARD Inc. en Perú USAID/PERU PRO-INTEGRIDAD MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE FUNCIONES DEL DESPACHO FISCAL PENAL CORPORATIVO PROYECTO FINAL PRODUCTO N° 21

Transcript of USAID/PERU PRO-INTEGRIDAD MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE...

Abril 2014

Esta publicación fue desarrollada y revisada para la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo

Internacional (USAID) y preparada por Tetra Tech DPK (Tt DPK), una división de ARD Inc. en Perú

USAID/PERU

PRO-INTEGRIDAD

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

DE FUNCIONES DEL DESPACHO

FISCAL PENAL CORPORATIVO

PROYECTO FINAL

PRODUCTO N° 21

USAID/PERU PRO-INTEGRIDAD.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE FUNCIONES DEL DESPACHO FISCAL PENAL CORPORATIVO. PROYECTO FINAL. PRODUCTO N°21. Nombre del programa: Proyecto de USAID Promoción de la Justicia y

la Integridad en la Administración Pública (Pro-Integridad).

Oficina financiadora de USAID: USAID/Perú. Número del contrato: AID-527-C-13-00001. Contratista: ARD Inc. Fecha de publicación: 2 de mayo de 2014. Abril de 2014

Las opiniones vertidas por los autores de esta publicación no necesariamente reflejan el punto de vista de la Agencia para el Desarrollo Internacional, ni del Gobierno de los Estados Unidos de América.

Documento elaborado por la Comisión de Trabajo designada mediante

Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 692-2014-MP-FN, integrada por:

Apellidos Nombre Cargo

Yaipén Zapata

Víctor Pastor

Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Presidente de la Comisión de Trabajo

Quispe Mansilla

Iván Leudicio

Fiscal Adjunto Supremo de la Fiscalía Suprema Contencioso Administrativo

Chávez Cotrina

Jorge Wayner

Fiscal Superior Coordinador de la Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada

Guzmán Baca

Marco Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio

Caro Rodríguez

Fermín Alberto

Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martin y Fiscal Superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal de San MartÍn

Valdez Hirene

Marco Antonio

Fiscal Superior de la Cuarta Fiscalía Superior Penal del Distrito Fiscal de Loreto

Tello Rosales

Octaviano Omar

Fiscal Superior de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Lima Sur

Vela Barba Rafael Ernesto

Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Lima

Lozada Sotomayor

María del Rosario

Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Distrito Fiscal de Arequipa

Quiroz Grosso

Javier Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo del Distrito Fiscal de Lambayeque

Angulo Araujo

Robert Aldo

Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo del Distrito Fiscal de La Libertad

Sánchez Figueroa

Luz Mercedes

Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Huánuco

Carrasco Campos

Marco Antonio

Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Lima Norte

Condorchúa Vidal

Carmen Gerente de la Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional

Aliaga Azalde

César Gonzalo

Asesor del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal

Saco Cabrera

Mario Especialista de la Oficina de Racionalización y Estadística de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto

Sierra Hilario

Gabriela Yesenia

Analista de la Gerencia Central de Potencial Humano

Con asistencia técnica del Proyecto Pro-Integridad de USAID:

Apellidos Nombre Cargo

Rosas Yataco Jorge Consultor externo contratado por el Proyecto Pro-Integridad

CONTENIDO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

TÍTULO PRIMERO – DISPOSICIONES GENERALES

SUBTÍTULO I – OBJETIVO, FINALIDAD Y ALCANCE

SUBTÍTULO II – BASE LEGAL

SUBTÍTULO III – PRINCIPIOS

TÍTULO SEGUNDO – ESTRUCTURA ORGÁNICA

SUBTÍTULO I – ORGANIZACIÓN

SUBTÍTULO II – PRESIDENTE DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES

SUBTÍTULO III – FISCAL SUPERIOR PENAL O MIXTO

SUBTÍTULO IV – FISCAL ADJUNTO SUPERIOR

SUBTÍTULO V – FISCAL PROVINCIAL DELEGADO

SUBTÍTULO VI – FISCAL PROVINCIAL PENAL O MIXTO

SUBTÍTULO VII – FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL

SUBTÍTULO VIII – PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL DESPACHO FISCAL

CORPORATIVO

SUBTÍTULO IX – ÓRGANOS DE APOYO FUNCIONAL

CAPÍTULO I – INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

CAPÍTULO II – UNIDAD DE ASISTENCIA A VÍCTIMAS Y TESTIGOS

CAPÍTULO III – PERITOS

CAPÍTULO IV – ÁREA DE GESTIÓN E INDICADORES

CAPÍTULO V – ÁREA DE NOTIFICACIONES

CAPÍTULO VI – ALMACÉN DE ELEMENTOS MATERIALES Y

ADMINISTRACIÓN DE BIENES INCAUTADOS

CAPÍTULO VII – MESA ÚNICA DE PARTES

CAPÍTULO VIII – ÁREA DE AUDIO Y VIDEO

CAPÍTULO IX – ARCHIVO

CAPÍTULO X – ÁREA DE ATENCIÓN AL USUARIO

CAPÍTULO XI – TRANSPORTE

CAPÍTULO XII – SERVICIO DE FOTOCOPIADO DE CARPETA FISCAL

SUBTÍTULO X – FISCALÍAS PENALES ESPECIALIZADAS

SUBTÍTULO XI – ÁREAS DE TRABAJO

SUBTÍTULO XII – CONTROL Y SEGUIMIENTO

SUBTÍTULO XIII – SISTEMA DE ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CASOS

SUBTÍTULO XIV – SISTEMA DE TURNO PENAL

SUBTÍTULO XV – SECRETARÍA TÉCNICA DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La justicia en el Perú se encuentra inmersa en un proceso de reforma con la

vigencia del Código Procesal Penal (CPP), promulgado mediante Decreto Legislativo N° 957, del 29 de julio de 2004, que se ha venido implementando de manera progresiva desde el primero de julio de 20061.

El sistema procesal es uno de corte acusatorio garantista, con rasgos

adversativos, lo que ha significado todo un cambio en la cultura jurídica y en el diseño procesal, tales como organización, la distribución de roles o separación de funciones, la incorporación de la oralidad con su consecuente sistema de audiencias, entre otros.

El Ministerio Público, para asumir el reto de la aplicación del Código Procesal

Penal, adaptó la organización del despacho fiscal a las necesidades del nuevo modelo procesal. Sin embargo, esta nueva forma de organización ha generado problemas de gestión en el trabajo cotidiano, tales como: los conflictos internos entre fiscales del mismo y distinto nivel jerárquico; la inobservancia de las jerarquías establecidas en la Ley Orgánica del Ministerio Público; la falta de claridad en la líneas de autoridad y coordinación; la distorsión y el desconocimiento de las funciones de coordinación; la ausencia de criterios técnicos para la asignación, reasignación y distribución de carga; la ausencia de un sistema de turno penal estandarizado; la falta de integración de las áreas de apoyo administrativo al despacho fiscal; la confusión y el desconocimiento de las áreas de trabajo; la dispersión de normas que regulan el despacho fiscal y sus áreas de apoyo.

Para solucionar estos problemas, es imperativo rediseñar la estructura

organizacional y funcional del despacho fiscal a través de un manual que permita a los fiscales asimilar e interiorizar, en toda su magnitud, la esencia de este nuevo diseño.

En ese sentido, el Fiscal de la Nación, mediante resolución de la Fiscalía de la

Nación N° 692-2014-MP-FN, de 27 de febrero de 2014, designó una Comisión de trabajo encargada de elaborar el “Manual de organización y funciones del despacho fiscal corporativo”. La Comisión estuvo conformada por fiscales y funcionarios del Ministerio Público y contó con la asistencia técnica del Proyecto Pro-Integridad de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional-USAID.

El presente manual regula una organización y funciones basados en un modelo

corporativo de trabajo y sustentado en los principios de fin común y trabajo en equipo, jerarquía, dirección y conducción de la investigación, liderazgo, proactividad,

1 El Código Procesal Penal se ha implementado en: Huaura, 1 julio de 2006; La Libertad, 1 abril

de 2007; Moquegua, 1 abril de 2008; Tacna, 1 abril de 2008; Arequipa, 1 octubre de 2008;

Lambayeque, 1 de abril de 2009; Piura, 1 de abril de 2009; Sullana, 1 de abril de 2009;

Tumbes, 1 de abril de 2009; Puno, 1 octubre de 2009; Cusco, 1 octubre de 2009; Madre de

Dios, 1 octubre de 2009; Ica, 1 diciembre de 2009; Cañete, 1 diciembre de 2009; Amazonas, 1

abril de 2010; San Martín, 1 abril de 2010; Cajamarca, 1 abril de 2010; Santa, 1 junio de 2012;

Ancash, 1 junio de 2012; Pasco, 1 junio de 2012; Huánuco, 1 junio de 2012; Loreto, 1 octubre

de 2012; Ucayali, 1 octubre de 2012. En los demás distritos fiscales, el Código Procesal Penal

se ha implementado para delitos cometidos por funcionarios públicos, según el siguiente

detalle: Lima, 15 de enero de 2011; Callao, 1 de abril de 2011; Lima Norte, 1 de abril de 2011;

Lima Sur, 1 de abril de 2011; Apurímac, 1 de junio de 2011; Ayacucho, 1 de junio de 2011;

Huancavelica, 1 de junio de 2011; y Junín, 1 de junio de 2011.

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objetividad, distribución equitativa, investigación eficiente, unidad de la función, autoridad e interdicción de la arbitrariedad.

Este rediseño del despacho fiscal penal corporativo integra a todos los fiscales,

desde los Fiscales Superiores hasta el Fiscal Adjunto Provincial. En esta nueva estructura, el Fiscal Superior asume directamente la coordinación y el liderazgo, acorde con su nivel jerárquico establecido en la Ley Orgánica del Ministerio Público. Para lograr el objetivo de la eficacia operativa, se delega determinadas y expresas funciones al Fiscal Provincial Delegado.

Asimismo, en el Manual se establecen las actividades de coordinación y de

subordinación, respetando el principio de jerarquía y el principio de autoridad. Se delimitan las áreas de trabajo, las funciones del personal administrativo y los órganos de apoyo.

Se establecen criterios de asignación y distribución de casos al Fiscal Provincial,

como responsable directo de la dirección y conducción de las investigaciones, restableciéndose la función de apoyo del Fiscal Adjunto Provincial, conforme a lo normado por la Ley Orgánica del Ministerio Público.

El Manual va acompañado de un plan de implementación de rediseño del

despacho fiscal penal corporativo así como de un programa de capacitación dirigido a los fiscales y personal de apoyo administrativo.

Finalmente, en cuanto a las Fiscalías Penales Especializadas deben seguir la

lógica del trabajo corporativo, rigiéndose por los principios que incorpora el manual, dejándose en libertad para que elaboren su propio reglamento, ya que muchas de ellas dependen directamente del Fiscal de la Nación y tienen características propias.

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TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- El Manual de organización y funciones es un documento técnico

normativo de gestión que formaliza la estructura orgánica y funcional del despacho fiscal penal, el cual se rige bajo un esquema corporativo, diseñado en base al trabajo en equipo, la unión sistémica de los órganos de apoyo administrativo, las relaciones de subordinación y coordinación, así como el control, seguimiento y monitoreo, con el objeto de lograr la eficiencia, eficacia, calidad y transparencia del trabajo fiscal.

SUBTÍTULO I

OBJETIVO, FINALIDAD Y ALCANCE Artículo 2°.- El objetivo del presente Manual, es definir la estructura orgánica y

las funciones del despacho fiscal penal corporativo y de sus integrantes. Artículo 3°.- La finalidad del presente Manual es establecer las pautas y

procedimientos para el desarrollo de la organización y funciones del despacho fiscal penal corporativo.

Artículo 4°.- El presente Manual será de alcance a todo despacho fiscal que

aplica el Código Procesal Penal.

SUBTÍTULO II

BASE LEGAL Artículo 5°.- El presente Manual tiene como base legal: 5.1. La Constitución Política del Perú. 5.2. La Ley Orgánica del Ministerio Público. 5.3. El Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, y sus

modificatorias. 5.4. El Decreto Legislativo que regula el proceso de implementación y

transitoriedad del nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 958, y sus modificatorias.

5.5. El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, Resolución de Fiscalía de la Nación N°067-2009-MP-FN.

SUBTÍTULO III

PRINCIPIOS Artículo 6°.- El despacho fiscal penal corporativo se sustenta en los

siguientes principios:

6.1. Trabajo corporativo. El trabajo del despacho fiscal se sustenta en cuatro ejes centrales: el trabajo en equipo; la articulación sistémica de unidades orgánicas fiscales y administrativas; las relaciones de subordinación y coordinación; y, los niveles de monitoreo, control y seguimiento.

6.2. Fin común y trabajo en equipo. Todos los fiscales y el personal administrativo son responsables del cumplimiento de las metas del

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despacho fiscal; trabajan en forma sinérgica para lograr la solución de los casos en forma rápida y eficiente.

6.3. Jerarquía. Los fiscales y el personal administrativo respetarán los niveles jerárquicos establecidos en la Ley Orgánica del Ministerio Público y demás normas emitidas por la Fiscalía de la Nación.

6.4. Dirección y conducción de la investigación. El fiscal conduce y dirige la investigación, procurando estar presente en los actos de investigación esenciales e importantes para la solución del caso.

6.5. Liderazgo. La función fiscal se ejerce con un elevado nivel de confianza, autodominio y competencia, generando compromiso y complementariedad mediante la comunicación y coordinación efectiva, tanto en su equipo de trabajo como en sus colaboradores externos.

6.6. Proactividad. El fiscal desempeña sus funciones con iniciativa y dinamismo en todas las etapas del proceso penal.

6.7. Objetividad. El fiscal está obligado a investigar los hechos constitutivos del delito y los que determinen o acrediten la responsabilidad o inocencia del imputado.

6.8. Distribución equitativa. La carga procesal debe ser asignada y distribuida atendiendo a criterios como el nivel jerárquico, la complejidad del caso, los tipos delictivos, la naturaleza del caso, el perfil fiscal, el volumen de trabajo, el número de casos, la especialidad, el impacto social, y otros.

6.9. Investigación eficiente. En su función de investigación, el fiscal aplica los conocimientos, metodologías, habilidades y destrezas investigativas, con la finalidad de descubrir el delito con pleno respeto a los derechos y garantías de las personas y obtener pruebas pertinentes, conducentes y útiles al proceso penal.

6.10. Unidad en la función. Todos los fiscales, independientemente de su jerarquía, representan al Ministerio Público, en su rol de director de la investigación y responsable de llevar los casos al juicio; la realizan dentro de los lineamientos institucionales.

6.11. Autoridad. El personal administrativo del despacho fiscal penal y las áreas de apoyo, cumplen las funciones establecidas en el presente Manual y en las demás normas administrativas, así como las que imparte el fiscal en el ejercicio de sus funciones.

6.12. Interdicción de la arbitrariedad. Los fiscales de todos los niveles jerárquicos adoptan sus decisiones evitando actividades caprichosas, vagas e infundadas, carentes de toda fuente de legitimidad o contrarias a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

TÍTULO SEGUNDO ESTRUCTURA ORGÁNICA

SUBTÍTULO I

ORGANIZACIÓN Artículo 7°.- El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores representa al

Ministerio Público en el ámbito de su distrito fiscal.

Artículo 8°.- El despacho fiscal penal corporativo se encuentra integrado por: 8.1. Fiscal Superior Penal o Mixto. 8.2. Fiscal Adjunto Superior. 8.3. Fiscal Provincial Penal o Mixto.

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8.4. Fiscal Adjunto Provincial. 8.5. Asistente en Función Fiscal. 8.6. Asistente Administrativo.

Artículo 9°.- Los órganos de apoyo funcional y administrativo al trabajo del despacho fiscal penal corporativo son:

9.1. Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 9.2. Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos. 9.3. Peritos. 9.4. Área de Gestión e Indicadores. 9.5. Área de Notificaciones. 9.6. Almacén de Elementos Materiales y Administración de bienes incautados. 9.7. Mesa Única de Partes. 9.8. Área de Audio y Video. 9.9. Archivo. 9.10. Área de Atención al Usuario. 9.11. Transporte. 9.12. Servicio de fotocopiado de la carpeta fiscal.

Artículo 10°.- El organigrama funcional del despacho fiscal penal corporativo es el siguiente:

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Presidencia de la Junta

de Fiscales Superiores

ORGANIGRAMA FUNCIONAL DEL DESPACHO FISCAL PENAL CORPORATIVOORGANIGRAMA FUNCIONAL DEL DESPACHO FISCAL PENAL CORPORATIVO

ÓRGANOS DE APOYO FISCALÍA SUPERIOR PENAL

Unidad de Asistencia

de Víctimas y Testigos

Instituto de Medicina

Legal y Ciencias

Forenses

Fiscal

Superior

Penal

Fiscal

Adjunto

Superior

Servicio de

Fotocopiado de la

Carpeta Fiscal

Archivo

Peritos

Área de Audio y Video

Almacén de Elementos

Materiales y

Administración de

Bienes Incautados

Mesa Única de Partes

Transporte

Área de Atención al

Usuario

Área de Gestión e

Indicadores

COORDINACIÓN

CO

OR

DIN

AC

IÓN

SUB

OR

DIN

AC

IÓN

Área de Notificaciones

Asistente

en función

fiscal

Asistente

Adminis-

trativo

FISCALÍA SUPERIOR MIXTA

Fiscal

Superior

Mixto

Fiscal

Adjunto

Superior

Asistente

en función

fiscal

Asistente

Adminis-

trativo

FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA

Fiscal

Adjunto

Provincial

Asistente

en función

fiscal

Asistente

Adminis-

trativo

FISCALÍA PROVINCIAL MIXTA

Fiscal

Adjunto

Provincial

Asistente

en función

fiscal

Asistente

Adminis-

trativo

Fiscal

Provincial

Penal

Fiscal

Provincial

Mixto

Fiscal

Provincial

Penal

Fiscal

Provincial

Mixto

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SUBTÍTULO II

PRESIDENTE DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES Artículo 11°.- Son funciones del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores

del distrito fiscal, sin perjuicio de las descritas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, las siguientes:

11.1. Aprobar el Plan Anual de Trabajo Penal del distrito fiscal, propuesto por los Fiscales Superiores, el que deberá estar enmarcado en el Plan de Trabajo Institucional, fijando las metas de los Despachos Fiscales Penales Corporativos.

11.2. Convocar, bajo responsabilidad, a reunión ordinaria una vez al mes a los Fiscales Superiores, con la finalidad de analizar la problemática local y establecer criterios uniformes de actuación, así como para informar y recibir los informes sobre el trabajo fiscal. Podrá convocar a reuniones extraordinarias por motivo de urgencia o cuando lo estime necesario.

11.3. Efectuar coordinaciones con el Poder Judicial, Policía Nacional, Defensoría Pública y otras instituciones, para la adecuada aplicación del Código Procesal Penal.

11.4. Definir la distribución de los Despachos Fiscales Penales Corporativos que estarán bajo la coordinación del Fiscal Superior, dando cuenta a la Fiscalía de la Nación.

11.5. Informar al Fiscal de la Nación y a la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal sobre el desempeño de los Despachos Fiscales Penales Corporativos.

11.6. Aprobar la propuesta del Fiscal Superior respecto de la conformación de los equipos de trabajo.

11.7. Aprobar el rol de turno penal propuesto por los Fiscales Superiores. 11.8. Realizar acciones de coordinación con los órganos de apoyo al trabajo

fiscal para la adecuada aplicación del Código Procesal Penal. 11.9. Promover la capacitación continua con la finalidad de lograr la correcta

aplicación del Código Procesal Penal. 11.10. Promover la difusión de los resultados de la aplicación del Código

Procesal Penal en el distrito fiscal. 11.11. Suscribir con la autorización del Fiscal de la Nación y respetando la

normatividad interna, convenios para la realización de pasantías y voluntariados no remunerados de estudiantes de Derecho, considerando la disponibilidad logística.

SUBTÍTULO III

FISCAL SUPERIOR PENAL O MIXTO Artículo 12°. Los Fiscales Superiores tienen a su cargo la coordinación de una o

más Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, conforme a los criterios técnicos de distribución previamente establecidos, sin perjuicio de las funciones que le señala la Ley Orgánica del Ministerio Público y demás normatividad vigente.

Son funciones del Fiscal Superior:

12.1. Formular el plan operativo de su despacho fiscal penal corporativo, dentro del marco de la política institucional y del Plan Anual de Trabajo Penal del distrito fiscal.

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12.2. Dirigir las actividades conforme a los objetivos propuestos. 12.3. Velar por el cumplimiento de las metas del despacho fiscal penal

corporativo. 12.4. Organizar el trabajo fiscal considerando el nivel jerárquico, la complejidad

del caso, los tipos delictivos, la naturaleza del caso, el perfil fiscal, el volumen de trabajo, el número de casos, la especialidad, el impacto social, entre otros criterios. Por criterios de necesidad, razonabilidad, proporcionalidad y atendiendo a los indicadores de gestión, puede disponer dentro del despacho fiscal penal corporativo, con el visto bueno del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, la rotación de fiscales, debiendo justificar expresamente su decisión.

12.5. Elaborar y proponer, conjuntamente con los demás Fiscales Superiores del distrito fiscal, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, el rol de turnos de los Despachos Fiscales Penales Corporativos, debiendo supervisar su estricto cumplimiento.

12.6. Proponer al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores la conformación del equipo de trabajo fiscal -fiscal y personal administrativo-, justificando la razonabilidad y proporcionalidad del trabajo. En este caso, podrá disponer el desplazamiento temporal por necesidad de la investigación.

12.7. Convocar, bajo responsabilidad, a reunión ordinaria, una vez al mes, a los fiscales de las Fiscalías Penales Corporativas a su cargo, con la finalidad de establecer criterios de actuación que resulten necesarios para una eficaz y eficiente aplicación del modelo procesal penal. Convocará a reuniones extraordinarias por motivo de urgencia o cuando el caso lo requiera.

12.8. Atender las solicitudes de apoyo o reciprocidad y cooperación nacional e internacional que se soliciten, designando al fiscal para su cumplimiento.

12.9. Resolver las exclusiones planteadas conforme al artículo 62° del Código Procesal Penal.

12.10. Resolver en caso de conflicto de competencia conforme a las directivas emitidas por Fiscalía de la Nación.

12.11. Designar al Fiscal Provincial Delegado, estableciendo bajo responsabilidad, su rol de rotación.

12.12. Reasignar los casos entre los Fiscales Provinciales. 12.13. Organizar y supervisar la distribución y asignación de casos que

efectuará el Fiscal Provincial Delegado. 12.14. Dar el visto bueno a los pedidos de los fiscales sobre las licencias sin

goce de haber y de vacaciones, dirigidos al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, efectuando para tal efecto la propuesta de reemplazo para el fiscal ausente.

12.15. Informar semestralmente al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de todas las acciones y resultados del funcionamiento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas a su cargo.

12.16. Dar cuenta inmediata al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, del incumplimiento de directivas e instrucciones, por parte de los fiscales de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas a su cargo.

12.17. Proponer al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores la capacitación continua, con la finalidad de lograr la correcta aplicación del Código Procesal Penal.

12.18. Proponer al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores la difusión de los resultados positivos de un caso.

12.19. Reconocer y estimular al personal fiscal y administrativo los logros alcanzados.

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12.20. Proponer al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores acciones de coordinación con el Poder Judicial, Policía Nacional, Defensa Pública y otras instituciones, para la adecuada aplicación del Código Procesal Penal, sin perjuicio de realizar las coordinaciones directas necesarias, atendiendo al caso concreto.

12.21. Proponer al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, dentro de las posibilidades logísticas, la realización de pasantías y voluntariados no remunerados de estudiantes de Derecho.

Artículo 13°. Salvo las funciones señaladas en el artículo 16° del Manual, el

Fiscal Superior, bajo responsabilidad, no podrá delegar sus funciones al Fiscal Provincial Delegado. Asimismo, no puede delegar estas funciones al Fiscal Adjunto Superior.

SUBTÍTULO IV

FISCAL ADJUNTO SUPERIOR

Artículo 14°.- Los Fiscales Adjuntos Superiores del despacho fiscal penal Corporativo, tienen las siguientes funciones:

14.1. Cumplir con las disposiciones impartidas por el Fiscal Superior, bajo responsabilidad.

14.2. Contribuir a los objetivos y metas del despacho fiscal penal corporativo. 14.3. Cumplir las demás disposiciones de la Ley Orgánica del Ministerio Público,

directivas e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos y de la Fiscalía de la Nación.

SUBTÍTULO V

FISCAL PROVINCIAL DELEGADO

Artículo 15°.- El Fiscal Provincial Delegado es designado por el Fiscal Superior a cargo del despacho fiscal, debiendo ser rotado cada mes entre todos los Fiscales Provinciales que integran el despacho fiscal penal corporativo.

Artículo 16°.- El Fiscal Provincial Delegado ejecuta, conforme a los lineamientos

del Fiscal Superior y los criterios del artículo 65° y siguientes del presente Manual, la distribución y asignación de casos.

SUBTÍTULO VI

FISCAL PROVINCIAL PENAL O MIXTO Artículo 17°.- El Fiscal Provincial tiene las siguientes funciones:

17.1. Dirigir, diseñar y supervisar, bajo responsabilidad, las estrategias de

investigación, juzgamiento y ejecución del proceso penal, en forma proactiva.

17.2. Liderar su equipo de trabajo y responder directamente ante el Fiscal Superior de la carga que se le ha distribuido o asignado.

17.3. Distribuir el trabajo entre los Fiscales y personal administrativo que conforman su equipo de trabajo.

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17.4. Participar en el turno penal, conforme a los lineamientos impartidos por el Fiscal Superior, dando cuenta de inmediato de los casos que se encuentran bajo los criterios establecidos en el artículo 66°, numerales 66.2, 66.3, y 66.7.

17.5. Contribuir a los objetivos y metas del Despacho Fiscal Penal Corporativo. 17.6. Designar al asistente de función fiscal o asistente administrativo que se

encargará de certificar las copias solicitadas. 17.7. Las demás que señale la Ley Orgánica del Ministerio Público y las

directivas e instrucciones de la Fiscalía de la Nación.

Artículo 18°.- Bajo ninguna circunstancia, el Fiscal Provincial ni los Fiscales Adjuntos Provinciales, podrán asignar casos y responsabilidades de investigación al personal administrativo del despacho fiscal.

SUBTÍTULO VII

FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL Artículo 19°.- Los Fiscales Adjuntos Provinciales del Despacho Fiscal Penal

Corporativo, tienen las siguientes funciones:

19.1. Cumplir con las disposiciones impartidas por el Fiscal Provincial, bajo responsabilidad.

19.2. Realizar los actos de investigación y demás acciones encomendadas por el Fiscal Provincial; debiendo apoyarlo en el diseño de la estrategia de investigación, juzgamiento y ejecución del proceso penal.

19.3. Contribuir a los objetivos y metas del Despacho Fiscal Penal Corporativo. 19.4. Cumplir las demás disposiciones de la Ley Orgánica del Ministerio Público

y las directivas e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos y de la Fiscalía de la Nación.

SUBTÍTULO VIII

PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL DESPACHO FISCAL PENAL CORPORATIVO

Artículo 20°.- El despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa, para

cumplir con los fines y metas propuestas, cuenta con el apoyo del personal administrativo integrado por los Asistentes en Función Fiscal y Asistentes Administrativos.

Artículo 21°.- Son funciones del Asistente en Función Fiscal:

21.1. Elaborar los proyectos de providencias y otros de impulso de las investigaciones.

21.2. Redactar las disposiciones y requerimientos por orden del Fiscal, quien, bajo responsabilidad, debe instruir sobre sus lineamientos y fundamentos.

21.3. Ingresar y verificar la información de los casos en el sistema informático y mantenerlo actualizado.

21.4. Entregar los depósitos administrativos de la reparación civil a los beneficiarios y a la Administración o Gerencia Administrativa.

21.5. Verificar el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas, cuando el Fiscal lo disponga, dando cuenta inmediata.

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21.6. Custodiar los bienes incautados y asegurar los documentos hasta su remisión a la oficina correspondiente, conforme al respectivo reglamento.

21.7. Apoyar en la redacción de actas, bajo la dirección del Fiscal. 21.8. Formar, custodiar y foliar las carpetas fiscales y los cuadernos para solicitar

las medidas restrictivas (levantamiento del secreto de las comunicaciones, confirmatoria de incautación, levantamiento del secreto bancario, etc.).

21.9. Elaborar y mantener actualizada la agenda fiscal. 21.10. Apoyar al Fiscal en la recepción de denuncias verbales. 21.11. Generar las cédulas de notificaciones y citaciones. 21.12. Apoyar en las labores del turno fiscal. Las labores fuera de la jornada

ordinaria deberá considerar la normatividad vigente 21.13. Certificar las copias que disponga el Fiscal. 21.14. Otras que disponga el Fiscal.

Artículo 22°.- Son funciones del Asistente Administrativo:

22.1. Recibir, clasificar y registrar, en el día, los documentos ingresados al despacho fiscal, dando cuenta al Fiscal.

22.2. Atender al usuario, facilitando las carpetas fiscales para su lectura y expedición de copias, dispuestas por el Fiscal.

22.3. Certificar las copias que disponga el Fiscal. 22.4. Apoyar en formar y foliar la carpeta fiscal. 22.5. Mantener y clasificar los archivos y documentación del despacho fiscal 22.6. Apoyar en las labores del turno fiscal. Las labores fuera de la jornada

ordinaria deberán considerar la normatividad vigente. 22.7. Realizar el trámite documentario que el Fiscal disponga. 22.8. Otras que disponga el Fiscal.

SUBTÍTULO IX

ÓRGANOS DE APOYO FUNCIONAL Artículo 23°.- Los órganos de apoyo al trabajo fiscal constituyen el soporte

funcional y administrativo del despacho fiscal penal corporativo.

Los órganos de apoyo son los siguientes:

23.1. Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 23.2. Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos. 23.3. Peritos. 23.4. Área de Gestión e Indicadores. 23.5. Área de Notificaciones. 23.6. Almacén de Elementos Materiales y Administración de Bienes

Incautados. 23.7. Mesa Única de Partes. 23.8. Área de Audio y Video. 23.9. Archivo. 23.10. Área de Atención al Usuario. 23.11. Transporte. 23.12. Servicio de fotocopiado de la carpeta fiscal al usuario.

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CAPÍTULO I INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES Artículo 24°.- El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses presta apoyo

pericial multidisciplinario y funcional al despacho fiscal penal corporativo y coordina sus acciones con los fiscales, bajo responsabilidad funcional. Se rige por sus reglamentos y demás normatividad.

CAPÍTULO II UNIDAD DE ASISTENCIA DE VÍCTIMAS Y TESTIGOS Artículo 25°.- La Unidad de Asistencia de Víctimas y Testigos tiene por finalidad

esencial apoyar la labor fiscal, adoptando las medidas de asistencia legal, psicológica, social y económica, según las posibilidades presupuestarias, a favor de las víctimas y testigos que intervengan en la investigación o en los procesos penales así como en los casos de violencia familiar, cautelando que sus testimonios o aportes no sufran interferencia o se desvanezcan por factores de riesgo ajenos a su voluntad. Coordina su accionar con los fiscales, bajo responsabilidad funcional. Se rige por sus reglamentos y demás normatividad.

CAPÍTULO III PERITOS Artículo 26°.- Las funciones de los peritos es apoyar la labor fiscal con sus

conocimientos especializados de naturaleza científica, técnica, artística o de experiencia calificada.

Sus actividades se rigen por el reglamento del Instituto de Medicina Legal y

Ciencias Forenses y demás normatividad vigente, en lo que sea pertinente. Artículo 27°.- Los informes periciales deben ser emitidos en forma oportuna,

considerando los plazos legales, bajo responsabilidad.

Los peritos contarán con asistentes, de ser necesario, para el apoyo en la elaboración de las pericias.

Artículo 28°.- Los peritos deben concurrir cuando sean requeridos mediante citación judicial o fiscal, bajo responsabilidad.

CAPÍTULO IV ÁREA DE GESTIÓN E INDICADORES Artículo 29°.- El Área de Gestión e Indicadores es la encargada de prestar

apoyo a la gestión de los Fiscales Superiores. Procesa, actualiza y analiza la información estadística para los diversos informes requeridos por la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores y la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal del Ministerio Público.

Artículo 30°.- El Área de Gestión e Indicadores para el desarrollo de sus

funciones cuentan con un Analista y un Especialista Administrativo.

Son funciones del Analista:

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30.1. Proporcionar la información estadística al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores y al Fiscal Superior para la elaboración de los planes de trabajo.

30.2. Procesar, actualizar y analizar la información estadística del despacho fiscal penal corporativo.

30.3. Elaborar reportes de la producción y productividad fiscal, conforme a las pautas, instrucciones y lineamientos de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal del Ministerio Público.

30.4. Elaborar indicadores adicionales, conforme lo requiera el Fiscal Superior. 30.5. Recabar información estadística para actualizar la base de datos del

sistema informático. 30.6. Las demás funciones afines que le asigne el Presidente de la Junta de

Fiscales Superiores.

Artículo 31°. El Especialista Administrativo presta apoyo al Analista en sus funciones.

Artículo 32°.- El Analista y el Especialista Administrativo de esta área dependen

directamente del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores. Artículo 33°.- El Analista y el Especialista Administrativo coordinan con los

Fiscales Superiores para el cumplimiento de sus funciones. CAPÍTULO V ÁREA DE NOTIFICACIONES Artículo 34°.- Es la encargada de diligenciar las notificaciones derivadas de las

Fiscalías Superiores y Provinciales. Artículo 35°.- Se encuentra conformada por un Coordinador de Notificaciones

(Analista o Especialista Administrativo) y los Notificadores (Asistente Administrativo). Artículo 36°.- Son funciones del Coordinador de Notificaciones:

36.1. Programar el circuito de distribución de las notificaciones. 36.2. Verificar que las notificaciones y citaciones se entreguen dentro del plazo

legal. 36.3. Verificar que las notificaciones y citaciones contengan las direcciones

domiciliarias y demás referencias, de ser posible. 36.4. Programar oportunamente la distribución de las notificaciones. 36.5. Entregar las notificaciones al personal a cargo de la distribución de

cédulas. 36.6. Remitir los cargos y pre avisos de notificación a la Fiscalía a cargo del

caso. 36.7. Llevar un archivo ordenado de la relación de notificaciones recibidas y

atendidas. 36.8. Coordinar con el personal administrativo de la Fiscalía para el mejor

desarrollo de su función. 36.9. Informar de sus actividades al Presidente de la Junta de Fiscales

Superiores. 36.10. La demás funciones afines que le asigne el Presidente de la Junta de

Fiscales Superiores.

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Artículo 37°.- Las funciones específicas del Notificador son:

37.1. Recibir las notificaciones y citaciones para su distribución. 37.2. Efectuar la entrega de las notificaciones y citaciones al usuario, debiendo

de registrar la recepción y pre aviso, conforme lo estipula su Reglamento. 37.3. Realizar las notificaciones y citaciones conforme a su Reglamento. 37.4. Llevar un archivo ordenado de la relación de notificaciones recibidas y

atendidas. 37.5. Remitir oportunamente al Coordinador las notificaciones encomendadas. 37.6. Informar de sus actividades al Presidente de la Junta de Fiscales

Superiores. 37.7. La demás funciones que establezca su Reglamento y los que le asigne el

Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

Artículo 38°.- El Coordinador de Notificaciones y el Notificador de esta Área dependen directamente del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

CAPÍTULO VI ALMACÉN DE ELEMENTOS MATERIALES Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES

INCAUTADOS Artículo 39°.- Es la encargada de la conservación, almacenamiento y custodia

de los elementos de prueba y bienes incautados, bajo condiciones de seguridad. Artículo 40°.- El almacén cuenta con el Operador Administrativo y el Asistente

Administrativo. Son funciones del Operador Administrativo: 40.1. Recibir, registrar y custodiar los elementos materiales incautados, y la

documentación que se acompaña. 40.2. Recibir, registrar y custodiar los elementos materiales que el Fiscal

disponga. 40.3. Llenar y archivar los formatos de cadena de custodia junto con los

antecedentes. 40.4. Elaborar y remitir copia de cada formato para el archivo de la Fiscalía a

cargo del caso. 40.5. Rotular o etiquetar cada bien recepcionado, identificando el caso, Fiscalía

de procedencia y fecha. 40.6. Proceder al embolsado de los bienes pequeños o de fácil manejo (ropa,

documentos, arma blanca, armas de fuego, etc.), a fin de garantizar el rotulado, permanencia y rápida ubicación.

40.7. Devolver los bienes incautados cuando el Fiscal lo solicite, dejando constancia de la entrega.

40.8. Llenar la boleta de salida de almacén y entregar el bien al interesado, con copias para la Fiscalía a cargo del caso, personal de seguridad y al interesado.

40.9. Formular el acta de recepción del bien que ingresa al área, respetando la cadena de custodia.

40.10. Mantener informado de sus actividades al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

40.11. Coordinar con los Fiscales para el mejor desarrollo de sus funciones.

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40.12. Cumplir con las demás funciones afines que le asigne el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

Artículo 41°.- Las funciones del Operador Administrativo relacionadas al procedimiento de la cadena de custodia son indelegables.

Artículpo 42°.- El operador administrativo depende jerárquicamente del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

Artículo 43°.- Son funciones del Asistente Administrativo:

43.1. Recibir, registrar, clasificar, tramitar y archivar la documentación que ingresa.

43.2. Redactar la documentación diaria, conforme a las indicaciones del operador administrativo.

43.3. Archivar la información ingresada por cada caso y número de Fiscalía. 43.4. Realizar periódicamente limpieza y mantenimiento de los bienes

ingresados, garantizando su buena conservación. 43.5. Apoyar en la digitilización de toda clase de documentos formulados o

elaborados por el operador administrativo. 43.6. Llevar documentos a las diferentes dependencias según indicaciones del

operador administrativo. 43.7. Cumplir con las demás funciones que le asigne el operador admnistrativo.

CAPÍTULO VII MESA ÚNICA DE PARTES Artículo 44°.- La Mesa Única de Partes es un área de apoyo al despacho fiscal

corporativo que tiene a su cargo el ingreso de denuncias y documentación dirigida a este. Se exceptúa la documentación que tiene relación con los casos del turno penal y los que tienen el carácter de reservado.

Artículo 45°. La Mesa Única de Partes está conformada por el Asistente Administrativo, que tiene las siguientes funciones:

45.1. Recibir y registrar en el sistema informático el ingreso de las denuncias, expedientes, escritos, oficios y otros documentos.

45.2. Verificar la conformidad de los documentos presentados por los usuarios, detallando la cantidad de folios, su naturaleza; dejando constancia, además, de la documentación original o copia y cualquier otra observación. En caso de especies, estas serán ingresadas previamente al almacén de elementos de delitos y bienes incautados. La denuncia deberá acompañar la constancia respectiva.

45.3. Distribuir en el día la documentación recibida y previamente registrada a la Fiscalía correspondiente.

45.4. Otros que señale la normatividad respectiva.

CAPÍTULO VIII ÁREA DE AUDIO Y VIDEO Artículo 46°.- Es la encargada de realizar las transcripciones de los contenidos

de audios y videos, que forman parte del material sujeto a investigación, así como prestar apoyo en el registro de audio y video en las actuaciones fiscales.

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Artículo 47°.- El área está conformada por profesionales especializados en manejo de instrumentos audiovisuales (Analista), y tiene las siguientes funciones:

47.1. Recibir y conservar los equipos de audio y video asignados al distrito fiscal, manteniéndolos aptos para su uso.

47.2. Llevar un registro de los audios y videos realizados, debiendo fechar las grabaciones (día y hora; lugar en que se llevó a cabo la grabación; nombre y datos de quienes hubieren intervenido en ella) y rotularlos con la identificación clara de la actuación fiscal que contiene.

47.3. Llevar un registro de las solicitudes y de sus atenciones. 47.4. Registrar las actuaciones procesales realizadas por el fiscal a cargo del

caso, a través de los medios audiovisuales garantizando la conservación y reproducción de su contenido.

47.5. Elaborar copias de respaldo de los registros audiovisuales. 47.6. Remitir copias del registro de audio o video que les sean solicitados por el

fiscal a cargo del caso. 47.7. Informar de sus actividades al Presidente de la Junta de Fiscales

Superiores. 47.8. La demás funciones afines que le asigne el Presidente de la Junta de

Fiscales Superiores, según el Reglamento.

CAPÍTULO IX ARCHIVO Artículo 48°.- Es el área de apoyo que se encarga de la custodia y conservación

física de la documentación, así como su registro y administración a través de herramientas informáticas que permitan su manejo y fácil ubicación; se rige por su reglamento y demás normatividad.

El acervo documentario de las Fiscalías Penales Corporativas se remitirá al

archivo del distrito fiscal correspondiente. El responsable del archivo expedirá y certificará las copias de la documentación

que se encuentre en dicha área al fiscal que lo solicite. CAPÍTULO X ÁREA DE ATENCIÓN AL USUARIO Artículo 49°.- Es la que brinda orientación e información al usuario. Artículo 50°.- Está a cargo de un Asistente Administrativo, y tiene las siguientes

funciones: 50.1. Orientar al usuario sobre la ubicación de las oficinas y servicios que brinda

la institución. 50.2. Informar a las partes procesales sobre el estado de su caso registrado en

el sistema informático. 50.3. Mantener informado de sus actividades al Presidente de la Junta de

Fiscales Superiores. 50.4. Otras funciones que le asigne el Presidente de la Junta de Fiscales

Superiores.

Artículo 51°.- Cuando la afluencia de usuarios no lo justifique, estas funciones serán asumidas por Mesa Única de Partes.

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CAPÍTULO XI TRANSPORTE Artículo 52°.- Es el área que apoya a la labor fiscal trasladando a los fiscales,

personal de apoyo, carpetas fiscales, elementos del delito y otros que forman parte de la función fiscal y que necesitan desplazarse.

El servicio de transporte debe estar disponible para la atención inmediata del

Despacho Fiscal Penal Corporativo. Se rige por su reglamento y demás normatividad.

CAPÍTULO XII SERVICIO DE FOTOCOPIADO DE LA CARPETA FISCAL AL USUARIO Artículo 53°.- Es el área de servicio de fotocopiado de la carpeta fiscal que se

brinda a los usuarios, por disposición del fiscal. Depende del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

Se encuentra a cargo de un asistente administrativo, cuyas funciones son:

53.1. Reproducir copias de los actuados de la carpeta fiscal que se soliciten. 53.2. Responsabilizarse de la custodia de la carpeta fiscal durante el

fotocopiado. 53.3. Verificar que se haya efectuado el pago, conforme al arancel. 53.4. Dar cuenta al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, sobre sus

necesidades y requerimientos logísticos.

SUBTÍTULO X

FISCALÍAS PENALES ESPECIALIZADAS Artículo 54°.- Las Fiscalías Penales Especializadas se rigen por los principios

establecidos en el presente Manual y por sus respectivos reglamentos. Las demás normas del presente Manual se aplican supletoriamente, en cuanto sea compatible con su organización y funcionamiento.

Artículo 55°.- El Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas debe coordinar con el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, cuando tenga que llevar acciones u operativos en el distrito fiscal, sin afectar la reserva de la investigación.

Artículo 56°.- En caso de conflicto de normas del Manual de Organización y Funciones del Despacho Fiscal Penal Corporativo y el reglamento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas Especializadas, prevalece la norma especializada.

Artículo 57°.- En los distritos fiscales donde existan Fiscalías Provinciales y Superior Especializada asume la coordinación el Fiscal Superior Especializado. En los distritos fiscales donde no hubiera Fiscal Superior Especializado, asume la coordinación el Fiscal Superior designado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores.

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SUBTÍTULO XI

ÁREAS DE TRABAJO Artículo 58°.- El Fiscal Superior organizará el Despacho Fiscal Penal

Corporativo. Puede considerar las siguientes áreas de trabajo:

58.1. Decisión Temprana. 58.2. Investigación. 58.3. Ejecución. 58.4. Liquidación. 58.5. Otras que se determinen por la complejidad del caso, los tipos delictivos, la

naturaleza del caso, el perfil fiscal, el volumen de trabajo, el número de casos, la especialidad, la incidencia delictiva, entre otros, que permitan la fluidez y conclusión de una investigación o del proceso, en forma rápida, oportuna y eficaz.

SUBTÍTULO XII

CONTROL Y SEGUIMIENTO

Artículo 59°.- El Despacho Fiscal Penal Corporativo debe cumplir de manera efectiva con los objetivos propuestos del Plan Anual de Trabajo Penal del distrito fiscal.

Artículo 60°.- La agenda virtual debe ser actualizada diariamente con todos los actos de investigación y otras diligencias dispuestas por los fiscales.

Artículo 61°.- Los criterios de control y seguimiento del Despacho Fiscal Penal Corporativo son:

61.1. Cumplimiento de los plazos legales. 61.2. Ingreso y recepción en el día de la carga procesal en el sistema

informático. 61.3. Concordancia del acto procesal ingresado en el sistema informático con el

acto procesal que aparece en la carpeta fiscal. 61.4. Supervisión de las acciones dispuestas dentro de la investigación,

juzgamiento y ejecución del proceso penal, conforme a la agenda virtual. 61.5. Calidad de las decisiones fiscales, la que se revisará en la reunión mensual

ordinaria convocada por el Fiscal Superior.

Artículo 62°.- Los niveles de control y seguimiento están a cargo de: 62.1. El Fiscal Provincial, respecto del Fiscal Adjunto Provincial. 62.2. El Fiscal Superior, respecto de los Fiscales Provinciales y Adjuntos. 62.3. El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, respecto de los Fiscales

Superiores. 62.4. El Fiscal de la Nación.

Artículo 63°.- El Fiscal Provincial y el Fiscal Superior deben efectuar y verificar

el cumplimento de las directivas emitidas por sus superiores jerárquicos y por la Fiscalía de la Nación.

Artículo 64°.- El sistema informático es una herramienta de ayuda, control y

seguimiento, exclusivo al trabajo fiscal corporativo, por lo que su uso se restringe o limita solo para dichos fines.

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SUBTÍTULO XIII

SISTEMA DE ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CASOS Artículo 65°.- Para efectos del presente Manual se debe considerar: 65.1. Asignación. Es la entrega física y por el sistema informático de la carpeta a

un Fiscal para su tramitación, en atención a sus cualidades o habilidades en relación a la naturaleza del caso.

65.2. Reasignación. Es la entrega de la carpeta a otro fiscal, por disposición del Superior por razones debidamente fundamentadas.

65.3. Distribución. Es la entrega equitativa y proporcional de las denuncias ingresadas por Mesa Única de Partes.

Artículo 66°.- El Fiscal Provincial Delegado, conforme a los lineamientos establecidos por el Fiscal Superior, se encargará de ejecutar la asignación y distribución de los casos a los Fiscales Provinciales, observando, además, los siguientes criterios:

66.1. El nivel jerárquico. Considera los niveles jerárquicos establecidos por la Ley Orgánica del Ministerio Público

66.2. La naturaleza y complejidad del caso. Atiende el número de denunciantes, denunciados, agraviados y la cantidad de actos de investigación.

66.3. Los tipos delictivos. Considera la naturaleza de los delitos y su estructura, simple o compleja.

66.4. El perfil del fiscal. Aprecia las capacidades, habilidades y destrezas de los fiscales para asumir y realizar, con eficiencia y eficacia, sus funciones y atribuciones dentro del proceso penal.

66.5. El volumen de trabajo. Considera la cantidad de diligencias que debe desarrollar el fiscal en los casos que se encuentran bajo su dirección.

66.6. El número de casos. Aprecia la carga atendida y acumulada. Se evitará la desproporcionalidad en la asignación y distribución, por considerar, únicamente, la acumulación producto del desempeño ineficiente o ineficaz del fiscal.

66.7. El impacto social. Considera aquellos casos que generan connotación social e impacto en la colectividad en mayor grado que cualquier otro.

66.8. Otros que se enmarquen dentro del principio de la distribución equitativa.

Artículo 67°.- El Fiscal Provincial es responsable de la carga procesal, debiendo asignar preferentemente los casos de Decisión Temprana a los Fiscales Adjuntos.

SUBTÍTULO XIV

SISTEMA DE TURNO PENAL Artículo 68°.- El turno penal es el servicio permanente que brinda el Ministerio

Público a los usuarios con la finalidad de atender las denuncias que requieran de una intervención urgente e inaplazable. Se consideran casos de intervención urgente a todos aquellos en los que exista flagrancia delictiva, puestos en conocimiento por la Policía Nacional o por cualquier otro medio idóneo, o aquellos que, por su propia naturaleza o necesidad de preservar o asegurar algún elemento de prueba o elemento de convicción, deban ser atendidos de manera inmediata.

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Artículo 69°.- La atención del turno penal estará a cargo de un Fiscal Provincial y del equipo de la Fiscalía Corporativa, conformado por fiscales y personal administrativo, y supervisado por el Fiscal Superior a cargo.

Artículo 70°.- En casos de urgencia, el equipo fiscal de turno coordinará

inmediatamente con la Policía Nacional y otras instituciones vinculadas los actos de investigación y operativos necesarios para el esclarecimiento del hecho criminal, bajo la responsabilidad del Fiscal Provincial.

Artículo 71°.- El equipo fiscal durante el turno estará a disposición inmediata las

veinticuatro (24) horas del día, incluidos sábados, domingos y feriados. En los lugares donde haya una sola fiscalía la disponibilidad no significa necesariamente presencia física en el despacho.

Artículo 72°.- El Fiscal Provincial, bajo responsabilidad, velará que cada

denuncia tenga un solo registro en el Sistema de Gestión Fiscal y que este se efectúe inmediatamente.

Artículo 73°.- Durante el turno penal, el personal del despacho fiscal debe tener

acceso al sistema informático para el registro de las denuncias. Artículo 74°.- Las denuncias o los casos que ingresen por Mesa de Partes y que

no correspondan al turno penal, serán asignados o distribuidos por el Fiscal Provincial Delegado a los Fiscales que no se encuentren de turno penal.

El Fiscal Provincial que se encuentre de turno penal asume las denuncias que

ingresen en su turno. Artículo 75°.- En el caso que al Fiscal Provincial Delegado le corresponda

asumir el turno penal, asumirá las funciones del Delegado el fiscal del turno más lejano del mismo despacho fiscal penal corporativo.

Artículo 76°.- El turno penal debe fijarse de acuerdo a la dimensión

organizacional (cantidad y niveles de fiscalías corporativas) de cada distrito fiscal, asimismo, tiene en cuenta la carga procesal y el índice delictivo.

Artículo 77°.- La Fiscalía Provincial Penal Corporativa debe tener un Fiscal

Provincial Delegado, el mismo que recibe la carga proveniente de la Mesa de Partes para su asignación y distribución.

Artículo 78°.- El post turno penal debe organizarse conforme a las disposiciones

del Fiscal Superior en coordinación con la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores.

Artículo 79°.- Las Fiscalías Especializadas para el desarrollo del turno

adecuarán su actividad a las reglas generales del turno de las fiscalías corporativas, bajo supervisión del Fiscal Superior.

SUBTÍTULO XV

SECRETARIA TÉCNICA DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL Artículo 80°.- Es la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de

Implementación del Código Procesal Penal.

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Tiene por funciones generales asistir y prestar apoyo al Equipo Técnico

Institucional del Ministerio Público para el cumplimiento de sus funciones y asesorar al Fiscal de la Nación en la formulación de políticas, objetivos y lineamientos para la adecuada implementación del Código Procesal Penal y la consolidación de la reforma procesal penal.

Artículo 81°.- Sus funciones y atribuciones específicas son: 81.1. Diseñar, supervisar y efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de

la implementación y consolidación del Código Procesal Penal, así como de los planes y programas institucionales.

81.2. Promover y convocar reuniones de trabajo conjunto con los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores y otros fiscales, con la finalidad de conocer el diseño, la ejecución y el cumplimiento de las metas del Plan Anual de Trabajo Penal del distrito fiscal, así como para ejecutar y fortalecer la política institucional y las disposiciones del Fiscal de la Nación sobre la implementación, consolidación, seguimiento y monitoreo del Código Procesal Penal.

81.3. Consolidar la información referida a la implementación del Código Procesal Penal, para cuyo efecto puede solicitarla y recabarla de los distritos fiscales que aplican el Código Procesal Penal.

81.4. Proponer al Fiscal de la Nación la conformación de equipos o grupos de trabajo especializados para analizar, examinar y proponer soluciones a determinados temas o aspectos relacionados a la implementación y consolidación del Código Procesal Penal.

81.5. Proponer al Fiscal de la Nación, en coordinación con la Escuela del Ministerio Público, programas de capacitación, inducción y entrenamiento para los fiscales, que tengan como objetivo de mejorar su desempeño en la aplicación del Código Procesal Penal y en el manejo eficiente del despacho fiscal penal corporativo.

81.6. Representar al Ministerio Público ante el Comité Interinstitucional de Capacitación y Difusión.

81.7. Elevar al Fiscal de la Nación estudios técnico-jurídicos sobre la aplicación del Código Procesal Penal y propuestas de modificación legislativa, siempre que se adviertan manifiestos problemas sustanciales y generales sobre su aplicación o se evidencien lagunas jurídicas.

81.8. Elaborar y elevar al Fiscal de la Nación propuestas de directivas para uniformizar la actuación fiscal en la aplicación del Código Procesal Penal.

81.9. Elaborar y elevar al Fiscal de la Nación propuestas de directivas para el manejo eficiente del despacho fiscal penal corporativo.

81.10. Proponer al Fiscal de la Nación la creación o modificación de los órganos de apoyo funcional al despacho fiscal penal corporativo.

81.11. Emitir instrucciones generales para la adecuada implementación y aplicación del Código Procesal Penal y el desempeño eficaz y eficiente del despacho fiscal penal corporativo.

81.12. Solicitar al Fiscal de la Nación, en coordinación con la gerencia o área respectiva, el apoyo de la cooperación internacional, a afecto de elaborar, diseñar o ejecutar programas, planes, estudios u otros similares, que sean necesarios y contribuyan a mejorar la aplicación del Código Procesal Penal y el manejo eficiente del despacho fiscal penal corporativo.

81.13. Las demás que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones generales, funciones y atribuciones específicas y aquellas otras

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que les confiera el Equipo Técnico Institucional del Ministerio Público, las leyes y la normativa respectiva.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERA.- Las Fiscalías Especializadas que a la fecha de la entrada en vigencia del presente Manual no cuenten con su Reglamento, deberán elaborarlo de acuerdo a los principios contenidos en el mismo, en el plazo máximo de treinta días calendarios contados desde su aprobación.

SEGUNDA.- En los distritos fiscales donde existan cargos de apoyo al trabajo

fiscal, distintos a los de Asistentes en Función Fiscal y Asistentes Administrativos, realizarán las funciones afines a su cargo que les asigne el Fiscal.

TERCERA.- Encárguese a la Comisión de adecuación y actualización del

“Sistema de Gestión Fiscal”, conformada mediante Resolución de Fiscalía de la Nación N° 434-2014-MP-FN, de 4 de febrero de 2014, la adecuación de dicho sistema informático a la organización y funciones contenidos en el presente Manual, en el plazo máximo de cuarenta y cinco días calendarios, contados desde su aprobación; para lo cual podrá solicitar el apoyo de los organismos internacionales a través de la Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional para la contratación de un asesor especializado. La Gerencia Central de Tecnologías de la Información, bajo responsabilidad, ejecutará las disposiciones que dicha Comisión disponga y prestará el apoyo técnico que ésta requiera.

CUARTA.- Los despachos fiscales que conocen procesos especiales, se

adecúan a los principios y normas del presente Manual. QUINTA.- La Escuela del Ministerio Público en coordinación con la Secretaría

Técnica del Código Procesal Penal elaborarán y ejecutarán un programa de capacitación sobre el sistema de gestión fiscal.

SEXTA.- La Escuela del Ministerio Público se encargará de la difusión del

presente Manual en todos los distritos fiscales. SÉPTIMA.- Apruébese el Plan de Implementación del rediseño del despacho

fiscal penal corporativo, que se detalla en el anexo 1. OCTAVA.- Apruébese el Plan de Capacitación que se acompaña en el anexo 2. NOVENA.- Confórmese en cada distrito fiscal una comisión integrada por el

Presidente de la Junta de Fiscales Superiores; un Fiscal Superior y un Fiscal Provincial designados por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores; el Jefe o encargado del Área de Gestión e Indicadores y el Administrador o Gerente Administrativo del distrito fiscal, la misma que se encargará de ejecutar y facilitar las acciones de implementación diseñadas por la Secretaría Técnica del Código Procesal Penal.

DÉCIMA.- Déjese sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 242-

2007-MP-FN que aprueba el Reglamento de Funciones de los Fiscales Coordinadores del Código Procesal Penal, la Resolución de la Gerencia General N° 511-2008-MP-FN-GG que aprueba el Manual de Organización y Funciones del Soporte

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Administrativo Funcional de Apoyo al Trabajo Fiscal, y todas las normas que se opongan al presente Manual.

DÉCIMO PRIMERA.- El presente Manual entrará en vigencia en los distritos

fiscales de acuerdo al calendario que se acompaña en el "Plan de rediseño del despacho fiscal penal corporativo".

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Anexo 1:

PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE REDISEÑO DEL DESPACHO FISCAL PENAL CORPORATIVO (Elaborado por la Secretaría Técnica del Código Procesal Penal)

DESARROLLO DE ACTIVIDADES Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

MAYO JUNIO JULIO

1S 2S 3S 4S 1S 2S 3S 4S 1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

a) Estudios de Gabinete 57 L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

a.1 Coordinación Presidencias del Junta de Fiscales de los 23 Distritos Fiscales implementados

02/05/2014 08/05/2014 5 Secretaria Técnica del NCPP

a.2

Levantamiento de información de los diseños organizacionales de los Despachos Fiscales implementados (23 Distritos Fiscales)

08/05/2014 03/06/2014 15 Secretaria Técnica del NCPP

a.3

Procesamiento y análisis de la información para el rediseño de los Despachos Fiscales Penales Corporativos

16/05/2014 15/06/2014 22 Secretaria Técnica del NCPP

a.4

Elaboración en gabinete de propuestas preliminares de los nuevos rediseños del Despacho Fiscal Penal Corporativo

09/06/2014 30/06/2014 15 Secretaria Técnica del NCPP

b) Piloto de la Capacitación para Implantar los Despachos Fiscales Penales Corporativos Rediseñados

Fecha de inicio

Fecha de fin

Días Responsables

MAYO JUNIO JULIO

1S 2S 3S 4S 1S 2S 3S 4S 1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

b.1 Definición de contenidos y preparación de materiales de capacitación

02/05/2014 31/05/2014 22

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

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b.2 Trabajo de campo del Piloto de capacitación

Fecha de inicio

Fecha de fin

Días Responsables

MAYO JUNIO JULIO

1S 2S 3S 4S 1S 2S 3S 4S 1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

b.2.1

Desarrollo de la capacitación del Manual de Organización y Funciones para el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo Distrito Fiscal Amazonas (sede principal)

09/06/2014 13/06/2014 15

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

b.2.2 Lineamientos para el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo en el Distrito Fiscal Amazonas (sede principal)

09/06/2014 13/06/2014 22

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

b.2.3

Desarrollo de la capacitación del Manual de Organización y Funciones para el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo Distrito Fiscal Loreto (sede principal)

16/06/2014 20/06/2014 15

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

b.2.4 Lineamientos para el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo en el Distrito Fiscal Loreto (sede principal)

16/06/2014 20/06/2014 22

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

b.2.5

Desarrollo de la capacitación del Manual de Organización y Funciones para el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo para Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de funcionarios del Distrito Fiscal Lima (sede principal)

23/06/2014 27/06/2014 15

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

b.2.6

Lineamientos para el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo para Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal Lima (sede principal)

23/06/2014 27/06/2014 22

Secretaria Técnica del NCPP, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Proyecto Pro-Integridad

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c) Trabajo de campo para la implementación de Rediseño de Despachos Fiscales Penales Corporativos

c.1 DF. HUAURA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

JULIO

1ra. Semana

2ra. Semana

3ra. Semana

4ra. Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

1 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 07/07/2014 07/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 07/07/2014 07/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

08/07/2014 09/07/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

10/07/2014 11/07/2014 2 Secretaría Técnica

c.2 DF. LA LIBERTAD Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

JULIO

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

2 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 07/07/2014 07/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 30/06/2014 30/06/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

03/07/2014 03/07/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

04/07/2014 04/07/2014 2 Secretaría Técnica

28

c.3 DF. TACNA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

JULIO

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

3 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 21/07/2014 21/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 21/07/2014 21/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

22/07/2014 23/07/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

24/07/2014 25/07/2014 2 Secretaría Técnica

c.4 DF. MOQUEGUA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

JULIO

1ra. Semana

2ra. Semana

3ra. Semana

4ra. Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

4 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 21/07/2014 21/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 21/07/2014 21/07/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

22/07/2014 23/07/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

24/07/2014 25/07/2014 2 Secretaría Técnica

29

c.5 DF. AREQUIPA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

AGOSTO

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

5 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 11/08/2014 11/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 11/08/2014 11/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

12/08/2014 13/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

14/07/2014 15/08/2014 2 Secretaría Técnica

c.6 DF. LAMBAYEQUE Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

AGOSTO

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

6 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 11/08/2014 11/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 11/08/2014 11/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

12/07/2014 13/07/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

14/08/2014 15/07/2014 2 Secretaría Técnica

30

c.7 DF. PIURA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

AGOSTO

1ra. Semana

2ra. Semana

3ra. Semana

2ra. Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

7 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 25/08/2014 25/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 25/08/2014 25/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

26/08/2014 27/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

28/08/2014 29/08/2014 2 Secretaría Técnica

c.8 DF. SULLANA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

AGOSTO

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

8 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 25/08/2014 25/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 25/08/2014 25/08/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

26/08/2014 27/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

28/08/2014 29/08/2014 2 Secretaría Técnica

31

c.9 DF. TUMBES Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

SETIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

9 Trabajo de campo 7 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 08/09/2014 08/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 08/09/2014 08/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

09/09/2014 10/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

11/09/2014 12/08/2014 2 Secretaría Técnica

c.10 DF. PUNO Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

SETIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

10 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 08/09/2014 08/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 08/09/2014 08/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

09/09/2014 10/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

11/09/2014 12/08/2014 2 Secretaría Técnica

32

c.11 DF. CUSCO Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

SETIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

11 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 22/09/2014 22/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 22/09/2014 22/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

23/09/2014 24/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

25/09/2014 26/08/2014 2 Secretaría Técnica

c.12 DF. AMAZONAS Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

SETIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

12 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 22/09/2014 22/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 22/09/2014 22/09/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

23/09/2014 24/08/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

25/09/2014 26/08/2014 2 Secretaría Técnica

33

c.13 DF. ICA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

OCTUBRE

1ra. Semana

2ra. Semana

3ra. Semana

4ra. Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

13 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 06/10/2014 06/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 06/10/2014 06/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

07/10/2014 08/10/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

09/10/2014 10/10/2014 2 Secretaría Técnica

c.14 DF. CAÑETE Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

OCTUBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

14 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 06/10/2014 06/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 06/10/2014 06/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

07/10/2014 08/10/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

09/10/2014 10/10/2014 2 Secretaría Técnica

34

c.15 DF. CAJAMARCA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

OCTUBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

15 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 20/10/2014 20/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 20/10/2014 20/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

21/10/2014 22/10/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

23/10/2014 24/10/2014 2 Secretaría Técnica

c.16 DF. SAN MARTÍN Fecha de inicio

Fecha de fin

Días Responsables

OCTUBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

16 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 20/10/2014 20/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 20/10/2014 20/10/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

21/10/2014 22/10/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

23/10/2014 24/10/2014 2 Secretaría Técnica

35

c.17 DF. MADRE DE DIOS Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

NOVIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

17 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 10/11/2014 10/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 10/11/2014 10/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

11/11/2014 12/11/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

13/11/2014 14/11/2014 2 Secretaría Técnica

c.18 DF. HUÁNUCO Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

NOVIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

18 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 10/11/2014 10/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 10/11/2014 10/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

11/11/2014 12/11/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

13/11/2014 14/11/2014 2 Secretaría Técnica

36

c.19 DF. PASCO Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

NOVIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

19 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 24/11/2014 24/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 24/11/2014 24/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

25/11/2014 26/11/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

27/11/2014 28/11/2014 2 Secretaría Técnica

c.20 DF. LORETO Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

NOVIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 2ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

20 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 24/11/2014 24/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 24/11/2014 24/11/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

25/11/2014 26/11/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

27/11/2014 28/11/2014 2 Secretaría Técnica

37

c.21 DF. UCAYALI Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

DICIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

21 Trabajo de campo 5 Grupo 1

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 01/12/2014 01/12/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 01/12/2014 01/12/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

02/12/2014 03/12/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

04/12/2014 05/12/2014 2 Secretaría Técnica

c.22 DF. SANTA Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

DICIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ra.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

22 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 01/12/2014 01/12/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 01/12/2014 01/12/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

02/12/2014 03/12/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

04/12/2014 05/12/2014 2 Secretaría Técnica

38

c.23 DF. ANCASH Fecha de

inicio Fecha de

fin Días Responsables

DICIEMBRE

1ra.

Semana 2ra.

Semana 3ra.

Semana 4ta.

Semana

L M M J V L M M J V L M M J V L M M J V

23 Trabajo de campo 5 Grupo 2

1.1 Instalación del equipo de trabajo en el Distrito Fiscal 15/12/2014 15/12/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.2 Consolidación de información y procesamiento 15/12/2014 15/12/2014 0.5 Equipo de trabajo S.T. y Comisión del Distrito Fiscal

1.3 Revisión y aprobación del rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo del Distrito Fiscal

16/12/2014 17/12/2014 2 Presidente de Junta de Fiscales Superiores

1.4

Capacitación a fiscales y personal administrativo del Distrito Fiscal en el Manual de Organización y Funciones, y el rediseño del Despacho Fiscal Penal Corporativo

18/12/2014 19/12/2014 2 Secretaría Técnica

39

Anexo 2

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN

I.- Objetivos 1. Dotar a los fiscales y personal de apoyo de los conocimientos y herramientas

del nuevo despacho fiscal penal corporativo, que les permita trabajar bajo los principios, lineamientos y organización establecidos en el Manual.

2. Internalizar en los fiscales y personal de apoyo los principios del trabajo corporativo.

II.- Participantes El Programa de Capacitación está dirigido a los fiscales y el personal de apoyo al

despacho fiscal penal corporativo. III.- Metodologías La capacitación es presencial e incluye talleres, exposiciones, discusiones y

desarrollo de casos prácticos. Las estrategias de la capacitación son: - Formación de formadores. Considerando que la implementación del despacho tiene alcance nacional y se ejecutará de manera progresiva. - Inmediatez. Se requiere que para cada sede fiscal el programa de capacitación sea en forma concurrente a la implementación del Manual. - Orientación a la generación de habilidades. La capacitación se dirige fundamentalmente a generar habilidades y destrezas para el trabajo diario. - Gestión del cambio. La capacitación proveerá estrategias para modificar las prácticas propias del modelo de despacho anterior y a la vez potenciar las habilidades que ofrece la modernización del despacho fiscal. - Monitoreo y seguimiento. La capacitación debe incluir un seguimiento que permitan determinar si los participantes aplican en su trabajo los conocimientos y habilidades adquiridas. III.- Malla curricular 1.- Principios del Despacho Fiscal Penal Corporativo. 2.- Organización y Funciones del Despacho Fiscal Penal Corporativo. 2.1. Estructura del despacho fiscal penal corporativo. 2.2. Órganos de apoyo al trabajo fiscal corporativo. 3. Sistema de asignación, distribución y seguimiento de casos. 4.- Sistema de turno penal. IV.- Duración Veinte horas académicas presenciales por distrito fiscal. V.- Ejecución Lo ejecuta la Escuela del Ministerio Público en coordinación con la Secretaría

Técnica del Código Procesal Penal. La Secretaría Técnica del Código Procesal Penal conjuntamente con la Gerencia

de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional del Ministerio Público canalizarán la asistencia técnica internacional para la ejecución del programa de capacitación.

40

De preferencia los capacitadores serán los integrantes de la Comisión de Trabajo designada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°692-2014-MP-FN.