UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A...

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA FACULTAD DE DERECHO DEPARTAMENTO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO TESIS DOCTORAL LOS DERECHOS POLÍTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. CASO DE ESTUDIO VENEZUELA EN EL PERIODO COMPRENDIDO DESDE 1999-2015. CAROL MONSERRAT HERRERA HERRADA Abogada 2015 Director: Dr. D. EDUARDO TRILLO DE MARTÍN-PINILLOS Co-Directora: Dra. D a . FANNY CASTRO-RIAL GARRONE

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  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIN A DISTANCIA

    FACULTAD DE DERECHO

    DEPARTAMENTO DE DERECHO INTERNACIONAL PBLICO

    TESIS DOCTORAL

    LOS DERECHOS POLTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS

    DERECHOS HUMANOS. CASO DE ESTUDIO VENEZUELA EN EL PERIODO

    COMPRENDIDO DESDE 1999-2015.

    CAROL MONSERRAT HERRERA HERRADA Abogada

    2015

    Director:

    Dr. D. EDUARDO TRILLO DE MARTN-PINILLOS

    Co-Directora:

    Dra. Da. FANNY CASTRO-RIAL GARRONE

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIN A DISTANCIA

    FACULTAD DE DERECHO

    DEPARTAMENTO DE DERECHO INTERNACIONAL PBLICO

    LOS DERECHOS POLTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS

    DERECHOS HUMANOS. CASO DE ESTUDIO VENEZUELA EN EL PERIODO

    COMPRENDIDO DESDE 1999-2015.

    Autora:

    CAROL MONSERRAT HERRERA HERRADA Abogada

    Director:

    Dr. D. EDUARDO TRILLO DE MARTN-PINILLOS

    Co-Directora:

    Dra. Da. FANNY CASTRO-RIAL GARRONE

  • AGRADECIMIENTOS

    Infinitas gracias a:

    Mis padres sus bendiciones y apoyo son mi fortaleza.

    Mis amigos eternos Pedro Gonzlez, Martin Edward Prettys Madey

    Mi amado hermano Harold, mis ngeles.

    Dr. Eduardo Trillo Martin-Pinillos, por su vasta paciencia, orientacin,

    en especial su apreciable apoyo, gracias.

    Dra. Fanny Castro-Rial Garrone, mi agradecimiento y respetos.

    Jos tu apoyo ha sido valioso, Gabriel en momentos difciles, mi apoyo.

    Mam y Pap, Elys, Alexandrelys, Alfonso, Fedor, Martin nuestros paseos en la

    vida han llevado altos esfuerzos, la vicisitudes nos han enseado a unir fe y esperanza

    para continuar nuestro recorrido, cultivar sonrisas y alegras.

    Alexa y Alexai mi amor, ilusin y esperanza.

    A todos ustedes les dedico este pasito en la vida.

  • I

    NDICE DE CONTENIDO

    INTRODUCCIN ..........................................................................................1 CAPITULO PRIMERO ...............................................................................10

    LOS DERECHOS POLTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL

    DE LOS DERECHOS HUMANOS, EL CASO VENEZOLANO...........10 1. Planteamiento de la cuestin. ................................................................................. 10

    1.1. Determinacin del Problema a Investigar............................................................ 18

    1.2. Interrogantes de la Investigacin........................................................................... 19

    1.3. Hiptesis. ............................................................................................................... 20

    1.4. Objetivos de la Investigacin. ............................................................................... 21

    1.4.1. Objetivo General. ..................................................................................... 22

    1.4.2. Objetivos Especficos................................................................................ 22 1.5. Delimitacin de la Investigacin........................................................................... 23

    1.6. Justificacin e importancia de la investigacin..................................................... 26

    1.7. Metodologa........................................................................................................... 28

    1.8. Tipo de investigacin. ........................................................................................... 29

    1.9. Diseo de la Investigacin. ................................................................................. 31

    2. Nivel de la Investigacin. ....................................................................................... 31

    CAPITULO II ..............................................................................................33 MARCO TERICO .....................................................................................33

    2. Marco referencial de los derechos polticos y la participacin en el derecho internacional de los derechos humanos. ..................................................................... 33

    2.1 Importancia terica y doctrinal para el anlisis de los Derechos Polticos en el Derecho Internacional de Derechos Humanos............................................................. 38

    2.2.1. La transformacin racionalista del Ius Naturale (1550-1700). ............... 42

    2.2. Fundamentos polticos y constitucionales en Europa y Amrica de las revoluciones del Siglo XVIII. ...................................................................................... 44

    2.3. De los derechos ciudadanos a los Derechos Humanos (1789-1948).................... 48

    2.4. Evolucin de los derechos polticos y la participacin ciudadana en Venezuela. 50

    2.5. El reconocimiento de las libertades, democracia y su declive.............................. 56

    2.6. Recapitulacin sobre la importancia terica y doctrinal para el anlisis de los derechos polticos en el derecho internacional de derechos humanos......................... 60

    CAPITULO III.............................................................................................63

    DERECHOS POLTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE

    LOS DERECHOS HUMANOS. ..................................................................63

  • II

    3. Contenido sistemtico de los Derechos Polticos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos..................................................................................................... 63

    3.1. Sucinta aproximacin de los Derechos Humanos................................................ 63

    3.1. Caractersticas de los derechos humanos............................................................. 71

    3.1.2. Esquematizacin de las consecuencias de la inherencia de la persona de

    los derechos humanos. Nikken (1996). ............................................................... 75

    3.1.3. Caractersticas del derecho internacional de los derechos humanos. .... 77

    3.2. Derechos Polticos como Derecho Humanos........................................................ 79

    3.2.1. Derechos polticos en el Derecho Internacional, su evolucin y

    reconocimiento. ................................................................................................... 84 3.2.2 .Carta de las Naciones Unidas. ................................................................. 90

    3.2.3 Declaracin Universal de los Derechos Humanos. .................................. 91 3.2.4. Convencin o Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Polticos. 955

    3.2.5. Conferencia Mundial de Derechos Humanos. ......................................... 97

    3.2.6. Protocolo facultativo del Pacto. ............................................................... 97 3.3. Evolucin de los derechos polticos en el sistema interamericano....................... 98

    3.3.1. La Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre..... 100

    3.3.2. La Corte Interamericana de los Derechos Humanos. ............................ 105

    3.3.3. Carta Democrtica Interamericana. ...................................................... 108 3.4. El contenido sistemtico de los derechos polticos del Sistema Universal de Naciones Unidas y el Sistema Interamericano, doctrina y jurisprudencia. ....... 109

    3.4.1. El principio de democracia representativa. .......................................... 113

    3.4.2. Con respecto al Estado de Derecho en democracia.............................. 117 3.4.3. La obligacin de los Estados de realizar elecciones peridicas........... 121

    3.4.4. Derechos de Elegir y de Ser Elegido...................................................... 123

    3.4.6. Libertad de expresin e informacin en el ejercicio de los derechos

    polticos. ........................................................................................................... 138 3.4.7. Derecho de Acceso a las Funciones Pblicas. ....................................... 142

    3.5. Recapitulacin sobre la importancia del contenido Sistemtico de los Derechos Polticos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el caso venezolano. ................................................................................................................. 145

    CAPITULO CUARTO................................................................................155

    FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES EN

    VENEZUELA SOBRE LOS DERECHOS POLTICOS. ....................... 155 4. Democracia y participacin en la Venezuela actual............................................. 155

    4.1. Sucinta referencia al Estado democrtico social de Derecho y de Justicia en Venezuela.....156

    4.2. Derechos Polticos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. ........................... 164

  • III

    4.2.1. Derechos de participacin ciudadana y poltica en la Constitucin

    venezolana......................................................................................................... 169 4.3.2 Mecanismos de participacin ciudadana y poltica de la Constitucin de Repblica Bolivariana de Venezuela. ................................................................ 180

    4.2.3 Puntuales casos relativos a la participacin y la democracia en Venezuela. .......................................................................................................................... 191

    4.2.3. Derecho al Sufragio. ............................................................................. 193 4.2.3. Casos discriminatorios de los derechos electorales............................... 200

    4.3.4. El derecho de los ciudadanos de asociarse con fines polticos. ............... 207

    4.3.5. Derecho a manifestar. ............................................................................ 221 4.2.5. El referndum Consultivo. ...................................................................... 230

    4.2.6. El referndum Revocatorio..................................................................... 238

    4.2.7. El referndum aprobatorio. .................................................................. 250 4.2.8. El referndum abrogatorio o derogatorio.............................................. 253

    4.3. Leyes de participacin popular vigente. El surgimiento de una nueva legislacin. .................................................................................................................................... 257

    4.3.1. La nueva legislacin del poder popular. ................................................ 265

    4.3.2. Ley Orgnica de los Consejos Comunales de 2009. .............................. 265 4.3.2.1. Sobre el contenido de la Ley Orgnica de los Consejos Comunales. ...................................................................................................................... 267

    4.3.3. Ley Orgnica del Poder Popular. ......................................................... 269

    4.3.3.1. Con respecto al contenido de la Ley Orgnica del Poder Popular. .. 270 4.3.4. Ley Orgnica de las Comunas. .............................................................. 275

    4.3.4.1 Sobre la Ley Orgnica de las Comunas. ........................................... 276

    4.3.5. Ley Orgnica de Contralora Social. ..................................................... 279 4.3.5.1. Origen doctrinal de la Contralora Social. ....................................... 280

    4.3.5.2. La participacin ciudadana en la rendicin de cuentas. .................. 284

    4.3.5.3. Contralora social en Venezuela. ..................................................... 286 4.3.5.4. Sobre el contenido de la Ley Orgnica de Contralora Social. ........ 292

    4.3.6. Ley Orgnica de Planificacin Pblica y Popular. ............................... 296

    4.3.6.1. Sobre el contenido de la Ley Orgnica de Planificacin Pblica y Popular 2010................................................................................................. 298

    4.3.7. Ley Orgnica del Sistema Econmico Comunal. ................................... 302

    4.3.8. Ley Orgnica de la Jurisdiccin Especial de la Justicia de Paz Comunal. .......................................................................................................................... 306

    3.5. Recapitulacin de los preceptos constitucionales y legales sobre los derechos polticos, como derechos humanos en Venezuela y su desarrollo actual. ................ 310

    CAPITULO V ..............................................................................................323

  • IV

    5. DESCRIPCIN COMPARATIVA DEL CASO VENEZOLANO Y LAS

    CONSTITUCIONES DE LA REPBLICA DEL ECUADOR Y EL ESTADO

    PLURINACIONAL DE BOLIVIA. ....................................................................... 323

    5.1. Bases constitucionales democrticas de la Repblica Plurinacional de Bolivia y la Repblica de Ecuador............................................................................................. 323

    5.1.1. Aspectos fundamentales de la Constitucin de Bolivia. ........................... 323 5.1.1.1. Caracterstica y principios de la Constitucin de Bolivia. .............. 325

    5.1.2. Aspectos fundamentales de la Constitucin del Ecuador....................... 329

    5.1.2.1. Caractersticas y principios de la Constitucin de Ecuador. .......... 330

    5.2. Estudio comparativo de los derechos polticos previstos en las constituciones de Venezuela, Bolivia y Ecuador.................................................................................... 333

    5.2.1. Los Derechos polticos en la Constitucin de la Repblica Plurinacional

    de Bolivia. ......................................................................................................... 333

    5.2.1.1. Derecho de participacin poltica. ................................................... 334

    5.2.1.2. Caractersticas de las Democracias reconocidas constitucionalmente en Bolivia...................................................................................................... 341

    5.2.2. Mecanismos de la democracia directa y participativa........................... 345

    5.2.2.1. Referendo. ...................................................................................... 345

    5.2.2.2. La Revocatoria del Mandato. .......................................................... 350 5.2.2.3. Las Asambleas y Cabildos............................................................... 352

    5.2.2.4. La Consulta previa........................................................................... 353

    5.2.2.4.1. La Consulta previa, libre e informada. ..................................... 353 5.2.2.5. Iniciativa ciudadana. ........................................................................ 356

    5.2.3. Mecanismos de la Democracia Representativa en el Estado Boliviano. 359

    5.2.3.1. El sufragio. ...................................................................................... 361 5.2.4. La organizacin con fines de participacin poltica. ............................. 365

    5.2.5. La Democracia Comunitaria.................................................................. 368

    5.2.6. Democracia Intercultural. ...................................................................... 375 5.2.7. Libertad de reunin y asociacin. .......................................................... 377

    5.2.8. Libertad de expresin. ............................................................................ 382

    5.2.9. El derecho a ejercer la fiscalizacin de los actos de la funcin pblica. .......................................................................................................................... 385

    5.3. Los Derechos Polticos en la Constitucin de la Repblica del Ecuador.

    Comparativo del contenido de los derechos polticos en las Constituciones y leyes de

    Bolivia, Ecuador y Venezuela. ................................................................................... 387

    5.3.1. Participacin en democracia y principios.............................................. 389 5.3.2. Organizacin ciudadana en los niveles del gobierno. ........................... 391

    5.3.3.1. La iniciativa popular normativa....................................................... 398

    5.3.3.2. Consulta popular.............................................................................. 403

  • V

    5.3.3.2.1. Consulta previa, libre e informada en Ecuador. ....................... 409 5.3.4.3. La Revocatoria de mandato como mecanismo de participacin directa. ...................................................................................................................... 415

    5.3.4. Democracia representativa. ................................................................... 418

    5.3.4.1. Derecho al sufragio.......................................................................... 418 5.3.5. Derecho a la organizacin poltica. ....................................................... 422

    5.3.6. Derecho de asociarse y reunirse y manifestarse en forma libre y

    voluntaria. ........................................................................................................ 428

    5.4. Recapitulacin de la importancia del estudio comparativo de los derechos polticos en las Constituciones vigentes en el Estado Plurinacional de Bolivia, del Estado de Ecuador y la Republica de Bolivariana de Venezuela. ............................. 430

    SEGUNDA PARTE......................................................................................441

    CAPITULO VI ............................................................................................441 6. Carcter imperativo del Derecho Internacional de los Derechos humanos. ......... 441

    6.1.1. Aplicacin de los tratados internacionales sobre derechos humanos en el

    orden interno. ................................................................................................... 441

    6.1.2. Doctrina y jurisprudencia sobre la incorporacin de la sentencia de

    rganos de derecho internacional en el derecho interno................................. 454 6.2. Anlisis de sentencias.......................................................................................... 468

    6.2.1. CIDH Caso: Ex Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso

    Administrativo Ana Mara Ruggiei Cova, Perkins Rocha Contreras y Juan

    Carlos Apitz vs. Venezuela. 2008. ................................................................... 468

    6.2.2. Sentencia N 1939/2008. Declara inejecutable el fallo de la corte de 5 de

    agosto de 2008 y solicita al Ejecutivo Nacional proceda a denunciar la

    Convencin Americana de Derecho Humano. ................................................. 471

    6.2.3. CIDH Caso Francisco Uson Ramrez Vs. Venezuela. Libertad de

    pensamiento y expresin, 2009......................................................................... 476 6.2.4. CIDH Caso Lpez Mendoza vs. Venezuela. Proteccin del sufragio pasivo, 2011...................................................................................................... 481

    6.2.5. Sentencia 1547. Caso Estado venezolano contra la sentencia de la Corte

    Interamericana de Derechos Humanos que restablece el derecho a ser elegido

    en el Caso Lpez Mendoza........................................................................... 484

    6.2.6. CIDH Caso Granier y otros (Radio Caracas Televisin) vs. Venezuela. 2015. ................................................................................................................. 486 6.2.7. Sentencia SC/TSJ. 1175/2015. Declaratoria de su Inejecutabilidad por la

    Sala Constitucional en el caso Marcel Granier y otros (RCTV). Libertad de

    expresin........................................................................................................... 493

    6.3. Razonamiento de informes.................................................................................. 498

    6.3.1. Informe de la Comisin Interamericana Captulo IV. Derechos Humanos

    Democracia y Derechos humanos en Venezuela. Informe sobre los Derechos

    Polticos y la Participacin en la Vida Pblica (2009).................................... 498

  • VI

    6.3.2. Informe Anual 2014. Comisin Interamericana de Derechos Humanos,

    Venezuela.......................................................................................................... 529

    6.4. Recapitulacin de la importancia del anlisis sobre casos de derechos polticos en Venezuela, sobre la aplicacin del derecho internacional de los derechos humanos.546

    CAPITULO VIII .........................................................................................550 EVALUACIN DE LOS RESULTADOS ...............................................550

    7. 1. Comprobacin de Hiptesis. .............................................................................. 550

    CAPITULO VIII .........................................................................................594

    CONCLUSIONES.......................................................................................594 BIBLIOGRAFA.........................................................................................605

  • RESUMEN TESIS

    DOCTORAL

    LOS DERECHOS POLTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. CASO DE ESTUDIO VENEZUELA EN EL PERIODO COMPRENDIDO DESDE 1999 HASTA 2010.

    Los derechos humanos son el resultado de la evolucin conceptual sobre libertades y derechos que han determinado el debate poltico de las naciones, para establecer pactos entre las autoridades y los ciudadanos, donde se garantice el reconocimiento mutuo y el respeto recproco de las potestades y derechos que cada uno posee. El derecho de libre determinacin de los ciudadanos para establecer su condicin poltica y de participar en la direccin de los asuntos pblicos, directamente o a travs de sus representantes es universal e inviolable. La participacin poltica directa e indirecta conforma un grupo de derechos asistido por los mecanismos de participacin en la Constitucin venezolana. La investigacin consiste en un enfoque filosfico, jurdico, poltico y emprico, tiene como objetivo el anlisis de los Derechos Polticos como Derechos Humanos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos teniendo como caso de estudio la Repblica Bolivariana de Venezuela durante el perodo comprendido de 1999 hasta 2010. La investigacin asume como referencia los derechos polticos consagrados en el contexto internacional e interamericano. Los derechos polticos en Venezuela son objeto de estudio debido a la importancia del desenvolvimiento del Estado venezolano con respecto a estos, al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su doctrina. Esta es una investigacin documental, de carcter descriptivo. Entre las conclusiones se inscriben: Los derechos polticos los constituyen el conjunto de cualidades que posee cada ciudadano en el desenvolvimiento de las actividades polticas, participando libremente en la gestin de los asuntos pblicos, ejerciendo la soberana poltica en el sistema de gobierno democrtico. Los derechos polticos consagrados en el Derecho Internacional estn fundamentados en los principios y valores de las libertades individuales y colectivas de la sociedad civil, conforman el conjunto de compromisos internacionales del Estado venezolano basados en el principio pacta sunt servanda, al ius cogens y al carcter erga omnes, de all que el incumplimiento de dichos compromisos generan responsabilidad internacional. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos -1966-, tiene carcter vinculante para Venezuela, este consagra el respeto por parte del Estado a los derechos polticos de los ciudadanos, a travs de la libertad de expresin, asociacin y el derecho al voto, a la participacin poltica. La Constitucin venezolana establece nuevos mecanismos de participacin directa en las polticas pblicas y gestin pblica. El derecho de participacin en los asuntos pblicos no est limitado a la eleccin de representantes que ocupan cargos en el Poder Pblico. El catlogo de derechos establecidos en la Constitucin venezolana reconoce que los tratados internacionales suscritos ante los distintos organismos internacionales, tienen jerarqua constitucional y prevalecen en el derecho interno. El Poder Ejecutivo venezolano amparados en la Constitucin y en las leyes del poder popular propone a la sociedad civil, un modelo poltico nico, desconociendo las libertades y los derechos de participacin a todos los ciudadanos venezolanos, por lo que, en la actualidad existe la des-participacin de un sector de la sociedad, al someter a los ciudadanos a los rigores de un Estado que mediante el grupo de leyes del Poder popular orientadas a un Estado comunal socialista.

  • 1

    INTRODUCCIN

    Los derechos polticos estn estrechamente vinculados al proceso de desarrollo de las

    sociedades donde el crecimiento econmico y poltico no solo era favorable al monarca,

    sino que tambin los sbditos alcanzaron un considerable poder econmico que

    obligaba a los reyes a definir acuerdos con sus vasallos con la finalidad de reconocerles

    como hombres sujetos a derechos elementales, otorgados por Dios y al cual el monarca

    deba someterse discrecionalmente, de all que la cada del Imperio Romano en el siglo

    V d.C. obligara a los distintos reinos a establecer formas regularizar las relaciones entre

    gobernante y gobernados los cuales fueron definidos por dos aspectos importantes: la

    herencia del derecho romano y la doctrina cristiana definida por Santo Toms de

    Aquino y San Agustn de Hipona, quienes tomaron los principios de la filosofa griega y

    la adaptaron a la idea cristiana, bases del iusnaturalismo tradicional que rigi al mundo

    europeo hasta el siglo XVII-XVIII cuando comenz a ser desplazado por el

    racionalismo y las ideas de la ilustracin, generndose una nueva corriente

    iusnaturalista definida por el anlisis del hombre como un ser autnomo donde el libre

    albedrio le establece sus inclinaciones y deseos.

    La universalizacin de los derechos civiles y polticos tuvo a los menos seis hitos

    histricos importantes que determinaron la expansin de estos principios en todas las

    naciones desde el siglo X d.C. hasta la actualidad. La propuesta republicana y

    constitucional generada tras la Revolucin Americana (1765-1791); quinta, la

    propuesta constitucional y Derechos del Hombre y del Ciudadano resultante de la

    Revolucin Francesa (1789-1793) ambos documentos inspiraron los textos

    constitucionales en Amrica Latina durante el perodo independentista y, sexta, la

    Declaracin Universal de los Derechos Humanos (1941-1948).

    Las Revolucin Inglesa, la Revolucin Americana y la Revolucin Francesa,

    significaron una inflexin terica y poltica en lo que refiere a derechos que poseen los

    ciudadanos ante el Estado, por primera vez se expone el principio de la soberana

    popular, la independencia del Poder Legislativo como autoridad suprema para la toma

    de decisiones trascendentales para la nacin, la anulacin de los privilegios sociales y el

    impulso de un catlogo de derechos sociales y econmicos que reconocan los derechos

    naturales y polticos de los ciudadanos en sociedad, todas estas bases del sistema

  • 2

    internacional de Derechos Humanos vigente en la actualidad y que adems se mantienen

    en constante transformacin para garantizar los derechos a los distintos sectores de la

    sociedad, no solo en lo poltico, sino tambin en su respeto como parte de la amplia

    heterogeneidad econmico, cultural y social.

    En lo que refiere al caso venezolano, la propuesta republicana y constitucional

    generada por los diputados del Congreso de Venezuela de 1811 estuvo influenciada por

    las ideas polticas de la Revolucin Americana y Francesa, reflejndose esto en la

    Declaracin de los Derechos del Pueblo del 1 de julio de 1811 y en la Constitucin del

    21 de diciembre de 1811; aunque la dinmica de la Guerra de Independencia hizo que

    estos documentos tuvieran una efmera vigencia, no impidieron que esta fuera la base

    del sistema constitucional venezolano en sus ms de doscientos aos de historia, incluso

    Simn Bolvar en su pensamiento constitucional no neg los aportes que tuvieron

    estos documentos en el proceso republicano venezolano, an cuando Bolvar difiri del

    proyecto federalista propuesta por los legisladores de 1811.

    En los ms de doscientos aos que tiene el constitucionalismo venezolano, este ha

    sufrido diversas modificaciones a causa de los conflictos polticos y sociales que

    atraves Venezuela tras el derrumbe de la I Repblica en 1812, los vaivenes de la

    Guerra de Independencia y el complejo perodo de guerras civiles donde distintos

    caudillos se sucedieron en el gobierno imponiendo proyectos polticos distintos (1830-

    1908).

    En la dcada previa al reconocimiento mundial de los derechos humanos en la

    Declaracin Universal de los Derechos Humanos, en el ao 1936 el sistema

    constitucional venezolano reconoce de los derechos civiles y polticos, respeto a la libre

    asociacin poltica y fortalecimiento institucional reflejado en la plena independencia de

    poderes, todas estas se desarrollaron con sus altibajos desde el ao de 1936; sin

    embargo, la crisis econmica que sufri Venezuela desde la dcada de 1980 y las

    denuncias contra las autoridades de los poderes pblicos por casos de corrupcin gener

    en el pas no solo la deslegitimacin de las instituciones republicanas, sino tambin

    extendi entre la sociedad el fenmeno de la anti-poltica, prctica mediante la cual la

    sociedad venezolana rechaz a los partidos polticos y sus representantes e invocando la

    presencia de una mano fuerte representada en un militar. Es as como en 1999,

    Chvez, es electo presidente de la Repblica de Venezuela y posteriormente

    juramentado, impulsando desde ese momento un proyecto de reforma nacional mediante

  • 3

    una Asamblea Nacional Constituyente que aprob la Constitucin de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela.

    La Constitucin de la Repblica Bolivariana en su estructura consagra la promocin

    y el respeto a los Derechos Humanos y libertades polticas de los ciudadanos,

    reconociendo los derechos polticos en el derecho internacional de los derechos

    humanos.

    El desarrollo de las ideas mencionada son parte del fundamento de la tesis doctoral,

    siendo una investigacin de carcter original, la cual consiste en un razonamiento

    filosfico, jurdico de carcter internacional y nacional, poltico y emprico, que tiene

    como objetivo general analizar los derechos polticos como derechos humanos, en el

    derecho internacional de los derechos humanos durante el perodo comprendido de 1999

    hasta 2010.

    Se trata del estudio de los derechos polticos en el contexto internacional e

    interamericano, su evolucin y vinculacin a la actualidad venezolana. Los derechos

    polticos conjugados en la participacin ciudadana previstos en la Constitucin vigente

    venezolana son objeto de estudio debido a la importancia del desenvolvimiento del

    Estado con respecto a los derechos de la poblacin venezolana y al derecho

    internacional de los derechos humanos.

    En los ltimos quince aos, en la alegada supremaca constitucional; el catlogo de

    derechos civiles y polticos establecido en la Constitucin de la Repblica Bolivariana

    de Venezuela son definidos bajo el concepto Estado Social de Derecho y Justicia, con

    esta polisemia, el constituyente de 1999 busc instaurar un amplio marco de deberes y

    derechos ciudadanos, reflejo de la progresividad de los derechos que surgieron de las

    declaraciones y proclamas derivadas del Supremo Congreso de Venezuela de 1811 con

    la Declaracin de los Derechos del Pueblo (1 de julio) y la Constitucin que dio vida a

    la Repblica tras su independencia el 21 de diciembre de 1811.

    El argumento de la presente investigacin doctoral, se fundamenta en los derechos

    polticos como derechos humanos consagrados en el derecho internacional, en los

    compromisos internacionales suscritos por el Estado venezolanos y los establecidos

    constitucionalmente; as como, los mecanismos utilizados por el Estado venezolano

    para su aplicacin.

    El concepto Estado Social de Derecho y Justicia ha generado distintas

    interpretaciones tanto a nivel constitucional como poltico, al observarse el mismo,

    como un concepto de modelo avanzado de Estado que simtricamente coloca los

  • 4

    derechos individuales -propiedad y libertades- al mismo nivel de los derechos colectivos

    -igualdad y seguridad- con lo cual se establece un sistema de corresponsabilidad

    retroalimentada de carcter vertical ascendente, descendente -Estado-sociedad- con

    una de carcter horizontal e igualitaria -ciudadano-sociedad-. Sobre esta tesis, los

    autores (Rojas, 2010) p.129, consideran dicho concepto como base del Estado de

    bienestar al referirse al desarrollo de una sociedad ms civilizada y abierta.

    Reconoce la estructura grupal de la sociedad y la necesidad de armonizar los intereses

    de dichos grupos sociales, econmicos, polticos y culturales aspectos complejos ya

    que el mbito social y poltico representa un medio para garantizar la igualdad de

    oportunidades.

    En cambio, (Escarr, 2013) p. 80 define al concepto Estado Social de Derecho y

    Justicia como la idea central del pensamiento socialista, al considerar que el mismo

    responde a colocar los intereses colectivos por encima del individuo, por tanto segn su

    percepcin, el mismo se presenta como oposicin a las ideas liberales siendo la base que

    justifica los principios del proyecto nacional denominado Socialismo del Siglo XXI:

    Ambas consideraciones son opuestas en cuanto a la definicin y alcances del

    concepto Estado Social de derecho y Justicia y las garantas que los derechos polticos

    tienen bajo las diferentes concepciones citadas, la presente tesis doctoral, se asienta en

    el catlogo de derechos civiles y polticos, entendiendo que los mismos son el resultado

    de la progresividad a lo largo de un milenio, los cuales sufrieron importantes

    transformaciones mediante los documentos surgidos de distintos procesos que dieron

    como resultando la universalizacin y reconocimiento de derechos humanos por las

    naciones en el contexto del Derecho Internacional. Igualmente se diserta sobre, como

    los gobiernos incurren en interpretaciones intencionadas de este concepto, generando el

    impulso de modelos polticos que tienen por objetivo adecuar la institucionalidad

    republicana, incluso pueden desconocer libertades y derechos que asisten a los

    ciudadanos.

    La investigacin se centra en analizar los aspectos polticos, normativos y

    jurisprudenciales que integran la evolucin de las libertades y derechos polticos y la

    concrecin de los mismos en la Venezuela republicana actual.

    Se realiza un estudio comparado con los derechos polticos de las constituciones de

    Bolivia y Ecuador; la tesis doctoral se divide en ocho captulos centrales en las cuales

    se analizarn los aspectos los derechos polticos en el derecho internacional actual

    teniendo como caso de estudio Venezuela.

  • 5

    En la investigacin se han planteado hiptesis y objetivos especficos para el

    desarrollo de la tesis doctoral, con la finalidad de alcanzarlos se han utilizado una serie

    de instrumentos que la identifican dentro de una investigacin documental, de carcter

    descriptivo, asumiendo un nivel bibliogrfico, en la que se analizan fuentes legales,

    bibliogrficas, jurisprudenciales, fuentes impresas, electrnicas sobre el sistema

    constitucional, internacional, doctrinal y jurisprudencial de los derechos polticos como

    derechos humanos en el derecho internacional.

    El Captulo I, contiene el planteamiento del problema, el estado de la cuestin, la

    cual versa, sobre los derechos polticos en el sistema internacional de los derechos

    humanos siendo delimitado como caso de estudio, el venezolano mediante un anlisis

    de los derechos polticos previsto en la marco constitucional, en l, se expone el

    problema abordado y la actuacin del Estado venezolano, de dicha problemtica han

    surgido varias interrogantes e hiptesis sobre la investigacin planteada, tambin se

    presenta la justificacin de la investigacin desde el punto de vista cientfico-terico, se

    expone la necesidad de los Estados de promocin y proteccin de los derechos

    humanos.

    El Captulo II, corresponde a un breve anlisis doctrinal de los derechos civiles, en

    Inglaterra, Francia, Espaa y Estados Unidos donde se exponen las principales ideas

    constitucionales propuestas por estas naciones, donde el principio iusnaturalista

    tradicional, propuesto desde la doctrina filosfica escolstica, permiti establecer una

    serie de principios que garantizaran los derechos naturales que posean los hombres.

    Libertad, igualdad, justicia, seguridad y propiedad seran las bases que constituiran

    los nuevos movimientos revolucionarios nacidos Amrica y en Francia durante el siglo

    XVIII y XIX, base del sistema republicano moderno y del Derecho Internacional de los

    Derechos Humanos que protege los derechos individuales permitiendo la libre

    expresin de las ideas.

    En Captulo III, contiene los logros alcanzado de los derechos humanos en el derecho

    internacional, el reconocimiento de los derechos polticos como derecho humano en el

    contexto del sistema universal de derechos humanos y en el sistema interamericano de

    derechos humanos. Durante el siglo XX la progresividad y universalizacin de los

    derechos polticos y civiles tuvieron avances muy accidentados, la I y II Guerra Mundial

    impidieron que los acuerdos alcanzados por las Conferencias de Paz de La Haya de

    1899 y 1907 tuvieran aplicacin efectiva en la comunidad internacional.

  • 6

    El fin de la II Guerra Mundial en 1945 impuso en las naciones la necesidad de

    reestructurar el sistema multilateral de relaciones internacionales, es as como el 24 de

    octubre de 1945 se da nacimiento a la Organizacin de las Naciones Unidas, teniendo

    como objetivo ejecutar las medidas necesarias para el control del armamento entre las

    naciones, la resolucin pacfica de los conflictos y supervisar el respeto a los derechos

    humanos. Si bien los juicios llevados a cabo por el Tribunal Militar Internacional

    estaban fundamentados en la Carta de Londres del 8 de agosto de 1945, las bases de

    esta instancia judicial se localizan en los acuerdos de las Conferencias de Paz de La

    Haya de 1899 y 1907 donde se acord la creacin de un tribunal internacional,

    destinado a conducir juicios por irrespeto a la soberana de las naciones,

    quebrantamiento de la paz y resolucin de los diferendos de carcter diplomtico y

    econmico.

    La Organizacin de Naciones Unidas promulga una declaracin que recoge las bases

    del sistema internacional de derechos humanos y garantas polticas, la Declaracin

    Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de Naciones

    Unidas el 10 de diciembre de 1948 en un documento moral de carcter internacional y

    de ineludible cumplimiento para las naciones.

    A la par que la comisin de la Organizacin de las Naciones Unidas preparaba la

    Declaracin Universal de los Derechos Humanos, en el ao 1948 la Organizacin de los

    Estados Americanos aprob la Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del

    Hombre, dicho texto establecera las bases del Sistema Interamericano de Derechos

    Humanos que seran ratificados en la Conferencia Especializada Interamericana sobre

    Derechos Humanos, acordadas mediante la firma de la Convencin Americana sobre

    Derechos Humanos, conocido como Pacto de San Jos, aprobado y suscrito por los

    Estados miembros de la Organizacin de Estados Americanos en la ciudad de San Jos-

    Costa Rica el da 22 de noviembre de 1969; tanto la Declaracin Universal de los

    Derechos Humanos como el Pacto de San Jos, convertir en Tratado hemisfrico todos

    los documentos de derechos civiles y polticos promulgados por los Estados

    Americanos en sus proclamas y declaraciones creadas durante el perodo de las

    independencias, a ellos se agrega la doctrina de Franklin D. Roosevelt, mejor conocida

    como Las Cuatro Libertades definidas en: libertad de expresin, libertad de culto,

    libertad para vivir sin penurias y libertad para vivir sin miedo.

    El establecimiento de los derechos polticos en el marco del Pacto de los Derechos

    Civiles y Polticos -1966- y en Amrica del Sistema Interamericano de los Derechos

  • 7

    Humanos plantean un avance en la configuracin de lmites a las personas y al Estado

    que pretenda vulnerar dichos derechos con carcter universales, progresivos, inherentes

    a las personas y a su dignidad humana, se activa el sistema de proteccin de los mismos.

    Se analizan los aspectos contenidos en los tratados, pactos, protocolos suscritos sobre la

    materia objeto de estudio en el mbito internacional e interamericano, se estudia

    decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos haciendo referencia a los

    principios, y derechos amparados mediante este organismo.

    El Captulo IV de la tesis doctoral se centra en el anlisis de la configuracin de los

    derechos polticos tiene como caso de estudio Venezuela, el Captulo cuarto contiene

    los derechos polticos como derechos humanos en la Constitucin de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela, el reconocimiento de los derechos humanos con sentido

    amplio y la inclusin de artculos cargados de principios y garantas hacia los mismos,

    que a primera vista pareciera una amplia gama de derechos polticos impenetrables,

    pero que, en la prctica la tendencia ha sido el reconocimiento parcializado de dichos

    derechos, otros conculcados por prcticas de instituciones e interpretaciones doctrinales,

    que han institucionalizado mediante las interpretaciones de la Constitucin y de las

    leyes un proyecto poltico distinto al presentado en la Constitucin de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela.

    La Constitucin venezolana contiene un Capitulo el V destinado a los derechos

    polticos, entre los cuales se encuentran consagrados el derecho de los ciudadanos a

    participar libremente en los asuntos pblicos, al sufragio activo y pasivo, de manera que

    el ciudadano tiene el derecho de elegir y de presentarse a ser elegido a un cargo de

    eleccin popular; el derecho de asociacin y manifestacin pacfica, es la participacin

    en los asuntos pblicos eje central de los derechos polticos reconocidos en el Derecho

    Internacional desde el Pacto de Derechos Civiles y Polticos y dems instrumento

    jurdico, doctrina y jurisprudencia internacional.

    La participacin en lo poltico precisa de mecanismos de participacin previstos en la

    Constitucin venezolana la eleccin de cargos pblicos, el referndum, la consulta

    popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y

    constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos. Adems, contiene la

    tipologa de cuatro referndums a saber: consultivo no vinculante-, revocatorio,

    aprobatorios y abrogatorios, adems del referndum para la iniciativa Constituyente, la

    reforma, la enmienda Constitucional.

  • 8

    Adems, se analiza el surgimiento de la nueva legislacin en materia de

    participacin poltica y ciudadana, la cual tiene como base la promocin de un Estado

    Comunal fundado en el poder popular distinto consagrado en la Constitucin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela el Estado Democrtico Social de Derecho y de

    Justicia.

    El nuevo Estado fundado en leyes contrarias al estamento constitucional se

    fundamente en la interpretacin distorsionada de esta mxima norma, la cual es

    utilizada de forma discrecional para promover un sistema distinto consagrado en ella,

    que desconoce los derechos ms elementales de la poblacin y desplazarlos bajo una

    nueva forma de gobierno, que bajo el concepto de poder popular pretende desconocer

    las bases del sistema internacional de derechos humanos, al cual se considera negativo

    ya que propone un esquema Liberal-burgus y desea sustituirlo con la pretensin de

    sustentar el principio de la centralizacin del poder, donde el esquema lder, partido,

    pueblo sustituya la independencia de poderes haciendo que la sociedad quede sometida

    bajo un solo pensamiento, desconociendo los derechos sociales fundamentales.

    En el captulo V se presentan un estudio comparativo de los derechos polticos

    consagrados en la Constituciones de Bolivia y Ecuador, en el marco de los derechos

    polticos establecidos en el Derecho Internacional, de all se realiza un anlisis de las

    similitudes y diferencias con los derechos polticos reconocidos en la Constitucin

    venezolana. En la Constitucin de Bolivia se encuentra la estructura del reconocimiento

    del Estado Plurinacional, as como los principios de participacin en el marco de la

    constitucionalidad, en Bolivia la Constitucin consagra tres formas de democracias

    cada una se encuentra descrita como; democracia directa u participativa, representativa

    y comunitaria. La Constitucin de Ecuador, establece la democracia como participativa,

    los derechos polticos son denominados derechos de participacin. El texto

    constitucional de Ecuador establece los mecanismos de participacin directa semejante

    a los de Bolivia, la consulta, consulta previa, referendo, revocatoria del mandato,

    iniciativa legislativa. La Constitucin del Ecuador reconoce la democracia comunitaria.

    El Captulo VI, contiene el caso puntual de estudio los derechos polticos como

    derechos humanos en Venezuela, enmarcados en el derecho internacional y en el

    derecho interno, se tiene como referencia la jurisprudencia del Sistema Interamericano

    de los Derechos Humanos. Para el anlisis fueron seleccionadas cuatro sentencias

    emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en las cuales el Estado

    venezolano fue condenado, as como las respectivas consideraciones de la Sala

  • 9

    Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia al respecto de cada decisin

    interamericana, en la sentencia No 1839 la referida Sala Constitucional recomienda al Ejecutivo Nacional denunciar la Convencin Americana de Derechos Humanos y en

    consecuencia abandonar la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    Seguidamente, se describe en sinopsis razonada el informe sobre la situacin de los

    derechos polticos en Venezuela del ao 2009, adems, del informe del ao 2014

    elaborado por la Comisin Interamericana de Derechos Humanos, posterior a las

    manifestaciones del mismo ao.

    La segunda parte de la tesis consta de un Captulo VII, contiene los resultados de la

    investigacin, en cuanto a las hiptesis, as como los objetivos especficos y las

    recomendaciones.

    Por ltimo, en el Captulo VIII se presenta de manera sucinta las conclusiones de la

    tesis doctoral.

    Al finalizar la introduccin de la tesis doctoral, es ineludible acotar el uso genrico

    del masculino como principio bsico de la economa lingstica en comparacin con

    el uso del feminismo utilizado en algunas normas estudiadas.

    As mismo, mencionar que el termino socialismo reflejado en la investigacin

    corresponde con la propuesta poltica latinoamericana actual, expuesta por Hugo

    Chvez (Venezuela), asumida luego en Bolivia y Ecuador; la propuesta es distinta a la

    presentada por Buzgalin (1996) y luego Heinz Dieterich Stefan (2006), quienes aludan

    sobre la propuesta de socialismo democrtico o democracia participativa con base en

    la libertad, la descentralizacin, la justicia; incluso ms alejada de la ideologa del

    socialismo europeo.

  • 10

    CAPITULO PRIMERO

    LOS DERECHOS POLTICOS EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS

    DERECHOS HUMANOS, EL CASO VENEZOLANO. 1. Planteamiento de la cuestin.

    Los derechos civiles y polticos determinan el rgimen de libertades dentro del

    sistema republicano, el mismo consiste en un catlogo de deberes y derechos a favor de

    los ciudadanos con la finalidad de que estos sean garantes de sus libertades y vida activa

    en sociedad democrtica. Los derechos polticos contemporneos son el resultado de la

    evolucin del reconocimiento de las libertades de las personas, siendo que dichos

    principios han progresado con el objetivo de garantizar el libre desenvolvimiento de los

    ciudadanos teniendo como objetivo el desarrollo de la sociedad, sin embargo,

    histricamente estos derechos han tenido que convivir con sistemas de gobiernos que

    han tratado de imponer proyectos polticos contrario a las libertades y derechos

    polticos, esto ha generado una diversidad de conflictos donde la sociedad ha reclamado

    su derecho al ejercicio de la soberana con la finalidad de establecer las formas de

    gobierno que mejor se adapte a sus necesidades, las cuales, al igual que la sociedad

    evolucionan y se mantienen en constante desarrollo.

    La diversidad de los grupos sociales y polticos de la sociedad hacen que los

    derechos polticos se amplen considerablemente con la finalidad de garantizar la libre

    expresin de esos grupos sociales, sin que, con ello se atente contra los derechos de los

    otros grupos. La universalizacin de los derechos humanos, gener que la Organizacin

    de las Naciones Unidas, por medio de sus instituciones supervise la aplicacin de estos

    principios en los Estados parte de la organizacin.

    En el caso venezolano, el catlogo de derechos polticos establecido en la

    Constitucin venezolana fue elaborado por la Asamblea Constituyente de 1999, en la

    cual participaron de diversos sectores de la sociedad venezolana, conformada por un

    sector democrtico de amplio recorrido poltico -en este grupo se encuentran miembros

    de lo que fuera el programa puntofijista-, el sector de izquierda en el pas, grupos de

    dirigentes sociales surgidos de la lucha popular, profesores universitarios, los cuales

  • 11

    manifestaron posturas distintas sobre el nuevo pas que aspiraban y que arroj como

    resultado una Constitucin con caractersticas particulares que reconoce los derechos

    humanos de manera amplia, los derechos polticos incorporando la participacin

    ciudadana en los asuntos pblicos.

    La incorporacin del trmino participacin como principio en el contenido de la

    Constitucin representa un escenario propicio para desarrollar lo que ha sido

    denominado en el texto constitucional como democracia participativa. La normativa

    constitucional otorga la soberana al pueblo y este la ejerce directamente mediante la

    participacin ciudadana e indirectamente, mediante el sufragio; la norma constitucional

    describe al gobierno de la Repblica Bolivariana de Venezuela como democrtico,

    participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de

    mandatos revocables, caractersticas estas de la democracia representativa, aunque no le

    menciona el termino representativo en el artculo 6 constitucional en su esencia lo es. El

    hbrido contenido en la Constitucin surge precisamente de la gama de actores que

    participaron en la elaboracin del proyecto, all un sector poltico se posesion ms que

    otro del contenido final que present la Constituyente para ser aprobado mediante

    referndum.

    El sistema de gobierno venezolano es aplicado por los entes gubernamentales de

    manera de condescender hacia un sector de la sociedad simpatizante -o que apoyan- el

    nuevo modelo de gobierno. Desde el ao 2008 se observa como la Constitucin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela considerada como garantista de los derechos

    humanos, es constantemente vulnerada por la promulgacin de leyes, contentivas de

    derechos polticos que tienen como objetivo la participacin ciudadana directa y semi-

    directa conformando un estado comunal inexistente en la Constitucin condicionado

    al sistema burocrtico e ideolgico del Poder Ejecutivo, as como el desconocimiento de

    sentencia emitidas por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

    Con el surgimiento de los primeros instrumentos internacionales a favor de la

    proteccin de los derechos humanos, en el derecho internacional surge tambin la

    obligacin del Estado de ofrecer a los ciudadanos la igualdad de condiciones civiles,

    polticas, sociales y econmicas, a lo que Hernndez (1950), ha expresado que los

    derechos humanos son aquellas condiciones instrumentales que le permiten a la

    persona su realizacin; el reconocimiento de los derechos humanos solo por la

    condicin de ser persona ha devenido en una serie de principios y garantas que deben

    ser preservadas por los Estados, aunque la Declaracin Universal slo tuvo carcter

  • 12

    declarativo de intenciones y responda mas a una fuerza moral que a un instrumento con

    carcter legal, fue el fundamento para el desarrollo de otro instrumentos jurdicos con

    carcter vinculante y obligatorio en el Derecho Internacional como la Convencin

    Internacional de Derechos Civiles y Polticos -1966-.

    Los derechos humanos de los cuales son titulares las personas slo por el hecho de

    serlo, no debe realizarse distincin alguna por condiciones polticas, de opiniones, ni de

    pensamiento hace especial referencia a los derechos polticos, el derecho a elegir y ser

    elegido, la libertad de manifestacin y de reunin lleva consigo la libertad de

    conciencia. Los derechos polticos reconocidos como derechos humanos, se diferencian

    de los derechos civiles, por la condicin de la ciudadana, de habilitacin para

    ejercerlos, los derechos civiles son inherentes a las personas por ser persona, sin

    condicin alguna, los polticos mantienen la condicionante de la ciudadana o las que

    establezcan las leyes.

    La Declaracin ampliando la Carta de la Naciones Unidas de promover el progreso

    de elevar el nivel de vida dentro de un concepto ms amplio de libertad asigna

    relevancia a los derechos econmicos, sociales, culturales y a las libertades civiles y

    polticas, en el entendido que las libertades civiles y polticas son el factor fundamental

    para el ser humano y el desarrollo de la vida poltica de los Estados. La Declaracin

    denota la importancia de los derechos humanos estos son universales, no son derechos

    de Estado u Organizacin internacional estos pertenecen a la humanidad en su totalidad,

    de all el nfasis en el aspecto moral o tico de los derechos humanos como valor

    fundamental que debe ser respetado, al respecto Fernndez, (1987) p.1. refiere a que las

    personas posee unos derechos morales por el hecho de serlo y estos deben ser

    reconocidos y garantizados por la sociedad, el derecho y el poder poltico, sin

    discriminacin alguna.

    La dignidad humana relacionada al merecimiento de algo, con lo justo, la dignidad

    que merece cada ser humano de ser tratado justamente de manera respetuosa en todos

    los mbitos de la vida en sociedad, en la comunidad internacional, en la nacional; en el

    mbito poltico, civil, de manera que el trato con respeto a las personas es inherente a

    ella, esto debe concretarse en la normativas de la sociedad civil.

    Tambin Nikken (2000) ha definido a los derechos humanos como un conjunto de

    prerrogativas inherentes a la naturaleza de la personas, la realizacin efectiva de las

    misma, es indispensable para el desarrollo integral del individuo que se relaciona y

    acciona en una sociedad jurdicamente organizada, siendo la funcin primordial de la

  • 13

    Constitucin poltica el reconocimiento de las libertades bsicas del ser humano de

    manera que las constituciones tambin han evolucionado y han incorporado

    disposiciones dirigidas a incluir el Derecho Internacional de los derechos humanos en el

    derecho interno, la constitucionalizacin del derecho internacional supone la

    complementariedad de la regulacin constitucional con los tratados y convenciones

    internacionales.

    No debe existir diferenciacin de condiciones polticas, ideolgicas u otro factor de

    discriminacin en el sistema universal de los derechos humanos, los Estados, deben

    integrar en su legislacin las normas necesarias para respetar y garantizar los derechos

    humanos. Las normas vinculantes para la proteccin y respeto de los derechos humanos

    en el sistema universal fueron desarrollas posterior a la Declaracin, en el caso objeto

    de esta tesis doctoral, prevalece el Pacto de Derechos Civiles y Polticos, esta

    Convencin deriva de la Declaracin Universal y le otorga carcter vinculante a los

    principios contemplados en la Declaracin.

    La Convencin de Derechos Civiles y Polticos, conocido como Pacto de los

    derechos civiles y polticos es vinculante a los Estados partes, tiene obligatoriedad de

    cumplimiento, mediante el carcter vinculante otorgado a este; la importancia del

    mismo reside en que garantiza la libertad de la persona, as como el respeto por parte

    del Estado de sus derechos polticos, a travs de la libertad de expresin, asociacin y

    el derecho al voto, a la participacin poltica.

    El sistema regional de promocin y proteccin de los Derechos Humanos tiene su

    fundamento en la adopcin de diferentes instrumentos de reconocimientos de derechos

    humanos, es el caso, de la Declaracin Americana de Derechos y Deberes del Hombre y

    la Convencin Americana de Derechos Humanos, adems, de los rganos creados para

    velar por la observancia de los mismos en el caso de la Comisin Interamericana de

    Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha organizado un sistema que

    representa los lmites y condiciones jurdicas, dentro de los cuales los Estados, han

    consentido en responsabilizarse internacionalmente de las violaciones de las cuales le

    sea declarada la responsabilidad en detrimento de los derechos humanos, por parte de

    algunos de los Estados.

    La Convencin Americana de Derecho Humanos se refiere a los derechos polticos

    como derechos y oportunidades, as, los Estados deben generar las condiciones y

    mecanismos ptimos para toda persona que siendo titular de estos tenga la garanta y la

  • 14

    oportunidad de ejercerlo de forma efectiva de manera que se respete el principio de

    igualdad negando la discriminacin en su totalidad. En este sentido, en el sistema

    interamericano la relacin entre derechos humanos, democracia representativa,

    participativa y los derechos polticos se encuentran establecidos en los artculos 3 y 6 de

    la Carta Democrtica Interamericana.

    El sistema interamericano reconoce el ejercicio de los derechos polticos como un fin

    en s mismo, siendo un mecanismo fundamental que las sociedades democrticas tienen

    para garantizar los dems derechos humanos. La Comisin Interamericana de Derechos

    Humanos en el Informe sobre la situacin de los Derechos Humanos en Per (2000)

    expres sobre la: relacin directa entre el ejercicio de los derechos polticos y el

    concepto de democracia como forma de organizacin del Estado haciendo referencia

    a la necesidad de garantizar a los ciudadanos y a los grupos polticos organizados el

    derecho a reunirse pblicamente, permitiendo y fomentando un debate amplio sobre la

    naturaleza de las decisiones polticas. Captulo IV, prrafo 1.

    Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Caso Yatama

    Vs. Nicaragua (2005) determin como () indispensable que el Estado genere las

    condiciones y mecanismos ptimos para que los derechos polticos puedan ejercerse de

    forma efectiva, respetando el principio de igualdad y no discriminacin, (prrafo,

    122); un Estado de derechos debe garantizarle a los ciudadanos las condiciones ptimas

    para el libre goce de sus derechos y libertades.

    En el caso venezolano, el jefe de Estado, denunci la Convencin Interamericana de

    los Derechos Humanos, el seis de septiembre del ao 2012, desistiendo as de la

    jurisdiccin interamericana de derechos humanos, el Estado venezolano, ha privado a

    los ciudadanos de los derechos previstos en los artculos constitucionales 19, 22, 23 y

    31.

    La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela refleja una

    sistematizacin de contenidos sobre los derechos humanos, a lo que Casal (2006) ha

    referido, como cabal expresin de la voluntad de asegurar los derechos humanos,

    previstos en el derecho internacional de los derechos humanos -las declaraciones,

    tratados y convenciones internacionales- y los consagrados en la Constitucin

    estableciendo diversas modalidades de proteccin y respeto a los derechos humanos. Al

    respecto el Doctor Alfredo Arismendi (2006) estima que el contenido constitucional va

    desde precisas obligaciones de proteccin, por parte de los rganos y funcionarios del

    Estado pasando por instituciones creadas, con la finalidad de velar especialmente por

  • 15

    los derechos humanos, en Venezuela las instituciones destinada la proteccin por

    naturaleza son la Defensora del Pueblo y el Ministerio Pblico.

    Los elementos fundamentales del Sistema de Proteccin de los Derechos Humanos

    establecidos en la Constitucin estn representados por las responsabilidades y

    obligaciones constitucionales de los rganos y autoridades del Estado, en todo, lo

    relacionado a la proteccin de los derechos humanos contenido en los artculos 2, 3,19,

    23, 25, 26, 30, 31 y 55 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. Al

    respecto, la misma Constitucin resea en las disposiciones generales la obligatoriedad

    de los funcionarios pblicos como parte de la institucionalidad del Estado, el deber que

    tienen de garantizar, resguardar el goce y respeto por los derechos humanos. De all que

    sobre el Estado recae la responsabilidad de garantizar, proteger y respetar los derechos

    humanos, aunado al contenido del artculo 31 constitucional venezolano sobre la

    defensa de los derechos humanos.

    En el contenido sistemtico de la Constitucin se refleja el avance en materia de

    derechos humanos, en especial en lo referido a la progresividad de estos, al expresar el

    texto constitucional, sobre aquellos derechos humanos no contenidos en el texto

    constitucional, o aquellos que no hayan surgido y cuyo surgimiento sea posterior

    implican el reconocimiento, por cuanto son inherente a la persona humana, tal como lo

    consagra el artculo 22 constitucional.

    En la exposicin de motivos de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de

    Venezuela en el Ttulo III denominado De los Derechos Humanos y Garanta, y de los

    Deberes, en su Captulo IV referido a los derechos polticos estos estn vinculados a la

    participacin ciudadana y han establecido nuevos tipos de referndums popular

    previendo la consagracin del derecho de participacin de todos los ciudadanos en

    los asuntos pblicos de manera directa, semi-directa o indirecta. La misma Exposicin

    de Motivos manifiesta de forma explcita que la participacin no queda limitada a los

    procesos electorales, ya que reconoce la necesidad de la intervencin del pueblo en los

    procesos de formacin, formulacin y ejecucin de las polticas pblicas.

    La norma constitucional establece en el artculo 62 como derecho poltico, el derecho

    que tienen todos los ciudadanos de participar libremente en los asuntos pblicos,

    directamente o por medio de sus representantes, as mismo destaca la participacin del

    pueblo en la formacin, ejecucin y control de la gestin pblica, agregando como

    obligacin del Estado y deber de la sociedad facilitar las condiciones para llevar a cabo

    dicha prctica.

  • 16

    Los derechos polticos, constituyen los derechos de cada ciudadano de participar en

    las actividades polticas del pas, del goce y ejercicio a elegir y ser elegidos, al sufragio,

    el derecho a la libertad de expresin de los electores, a manifestar, a tener acceso a las

    funciones pblicas del pas. Estos derechos estn estrechamente vinculados a la

    democracia como forma de organizacin del Estado al pluralismo poltico, los derechos

    polticos estn establecidos en las constituciones de las naciones como compromiso

    pblico a desarrollar.

    Las Constituciones de las Repblicas de naciones democrticas expresan la garanta

    a los Derechos Humanos como elemento dignificante, la obra del constitucionalismo

    ingles La Constitucin Inglesa de Bagehot (1867) citado por Gogdanor (1995) afirma

    que entre los elementos que componen el texto constitucional existe un elemento

    eficiente y dignificante en toda constitucin, en este sentido el elemento dignificante

    tiene que ver con el ejercicio semi-directo o directo del poder. As pues, la norma

    constitucional establece el derecho a la nacionalidad y la ciudadana, derechos civiles,

    derechos polticos, derechos sociales y de la familia, derechos culturales y educativos,

    derechos econmicos y de los pueblos indgenas de manera que el constituyente aspira

    a garantizar la participacin poltica y el respeto a los principios democrticos.

    La Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela establece en el artculo 23

    la jerarqua constitucional de los tratados, pactos y convenciones a los derechos

    humanos suscritos por la Repblica, adems, este artculo hace especial mencin a la

    aplicacin directa de los compromisos internacionales por los rganos jurisdiccionales y

    por el Poder Pblico. La importancia de este artculo sobre la incorporacin de las

    normas internacionales en materia de los derechos humanos en Venezuela, se refleja en

    la normativa constitucional venezolana, cuando establece a los tratados, pactos y

    convenciones relativos a los derechos humanos con la jerarqua constitucional los

    mismos prevalecen sobre el orden interno de la nacin, haciendo la salvedad de que

    estos contengan normas sobre el goce y ejercicio que sean ms favorable al ejercicio de

    la Constitucin de la Repblica y las leyes internas.

    Por otra parte, entre las contradicciones de reclamos hechos pblicos por la sociedad

    venezolana se encuentra la normativa constitucional establecida en el artculo 152

    constitucional, sobre el respeto a los derechos humanos y la obligacin del Estado de

    mantener la defensa de los derechos, los principios y prctica democrtica en todos los

    organismos e instituciones internacionales. No obstante existe una serie de

    contradicciones entre la normativa interna venezolana y el derecho internacional, debido

  • 17

    al desarrollo de prcticas institucionales por parte del Estado que afectan la

    cotidianidad de la poblacin venezolana en la ltima dcada con respecto a los derechos

    polticos.

    El contenido constitucional es amplio en el reconocimiento de los derechos humanos

    y en el planteamiento de la participacin ciudadana en todos los mbitos pblicos de la

    Nacin, la interrogante surge con algunas prcticas gubernamentales sobre los derechos

    polticos como derechos humanos en el contexto nacional, El Estado garantiza los

    derechos polticos?

    La presente tesis doctoral propone realizar un anlisis sobre los derechos polticos en

    Venezuela desde el ao 2000 hasta el ao 2015, tomando en consideracin las

    sentencias emitidas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en

    relacin a las opiniones jurdicas emitidas tanto por la Organizacin de las Naciones

    Unidas, como por la Organizacin de los Estados Americanos en cuanto al sistema de

    derechos humanos y garantas polticas de obligatorio cumplimiento para todos los

    Estados miembros.

    El catlogo de derechos humanos es amplio, abarca todas las reas de privilegios y

    deberes que tienen los ciudadanos en la sociedad; a efecto de la presente tesis doctoral

    se analizarn los aspectos polticos, filosficos que se vinculan al desarrollo de los

    derechos polticos en lo que refiere a: Libre asociacin poltica, independencia de los

    poderes y la interrelacin poder constituyente-poder constituido, aplicado al caso

    venezolano, donde se hace necesario analizar las facultades de los poderes pblicos que

    algunos casos pareciera maniobrar con el contenido de la Constitucin y utilizarlos para

    legalizar un rgimen dedicado a favorecer el impulso de un modelo poltico y de

    pensamiento nico.

    En la tesis doctoral se desarrolla la evolucin de los conceptos libertad,

    Igualdad, Justicia, Seguridad y Propiedad, bases del sistema liberal desplegado

    entre los siglos XVIII y XIX y que en la actualidad han alcanzado un progreso

    importante, para ello se realizar el anlisis desde la historia conceptual o de los

    Conceptos Polticos, esta disciplina desarrollada en Inglaterra y Alemania, si bien la

    historia conceptual se encarga de estudiar la evolucin de la semntica giros

    lingsticos de las voces fundamentales en el lenguaje poltico, el mismo puede ser

    utilizado tambin para estudiar el constitucionalismo universal, si se considera, que las

    constituciones son estructura de deberes y derechos de los Estados, producto de sus

    dinmicas sociales y polticas generadas por rupturas y continuidades en sus procesos

  • 18

    histricos particulares, los cuales no son de carcter aislado, sino que se interrelacionan

    con el esquema internacional de derechos, deberes y garantas ciudadanas que regulan

    las relaciones de carcter recproco entre el gobierno y los ciudadanos, las cuales se

    adaptan a los Tratados, convenios y compromisos establecidos en la comunidad

    internacional.

    La historia constitucional venezolana ha estado marcada por su convulsionada

    historia poltica de las Declaraciones y la Constitucin de 1811 establecieron las bases

    de un rgimen poltico de carcter federativo y ofreci importantes aportes al desarrollo

    de los derechos civiles y polticos; el proyecto poltico de 1811 tuvo una efmera

    existencia a causa de los conflictos polticos y sociales presentadas durante la Guerra de

    Independencia (1812-1824), haciendo que el proyecto presentado por los legisladores de

    1811 fuese desplazado por el modelo constitucional propuesto por el Libertador Simn

    Bolvar entre 1819 y 1825 proponiendo un modelo de Estado centralizado donde el

    Poder Ejecutivo tendra amplios privilegios. Tras la disolucin de la unin colombiana

    y la muerte de Bolvar (1829-1830) Venezuela sufri un siglo de guerras civiles que

    permitieron a distintos caudillos ocupar el Poder Ejecutivo, imponiendo cada uno su

    proyecto poltico particular desconociendo los derechos civiles y polticos de los

    ciudadanos.

    Los derechos polticos vinculados al constitucionalismo venezolano tuvo un avance

    importante a partir del ao 1936, al promover, tmidamente, una apertura poltica

    aplicando los derechos y garantas constitucionales que han progresado en los textos

    constitucionales de 1945, 1947, 1961 y 1999, esta ltima establece la creacin de la

    defensora del pueblo como instancia encargada de supervisar la aplicacin de las

    garantas constitucionales; sin embargo, las instituciones creadas por la Constitucin de

    la Repblica Bolivariana de Venezuela han estado subordinadas a las directrices

    polticas e ideolgicas gubernamentales y practicas judiciales que han devenido en

    momentos tensos en el pas proyectando serias denuncia de vulneracin de derechos

    polticos por ms de una dcada. 1.1. Determinacin del Problema a Investigar.

    El problema de estudio se plantea en la agrupacin del contenido constitucional

    venezolano, el cual ha significado una postura progresista en materia de derechos

  • 19

    humanos, en particular de los derechos polticos y su relacin con el derecho

    internacional de los derechos humanos.

    Por otra parte, el sector gubernamental ha diseado la participacin como poltica

    de gobierno y ha mantenido una postura limitativa a las libertades y derechos polticos

    de un sector de la sociedad civil venezolana. La polarizacin poltica, las reacciones y

    decisiones ante las organizaciones internacionales sobre el tema de derechos humanos,

    genera la estricta diatriba sobre la valoracin de los derechos polticos como derecho

    humano en Venezuela. En este sentido, se analizan los informes, sentencias,

    recomendaciones de organismos internacionales indicando la pertinencia de garantizar

    los derechos fundamentales de participacin poltica en el pas.

    La normativa constitucional del pas evolucion y le otorg amplio espectro de

    participacin poltica a las comunidades organizadas, las comunas, consejos comunales,

    mesas tcnicas, movimientos sociales, sin embargo, la relacin de poder, derechos

    polticos y respeto hacia la disidencia poltica, registra aspectos negativos en la sociedad

    democrtica venezolana actual.

    En la ltima dcada en el contexto poltico venezolano se observa la obstaculizacin

    de la aplicacin del derecho internacional de los derechos humanos, mediante la

    negativa de aplicacin de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos

    Humanos por parte del Estado venezolano y la denuncia de la Convencin

    Interamericana de Derechos Humanos. Los informes emitidos por los entes

    internacionales sobre los derechos polticos no reciben por parte del Estado la

    relevancia que corresponde.

    El propsito de esta investigacin es describir la naturaleza, la estructura y

    organizacin de los derechos polticos en Venezuela realizando un anlisis de estos,

    como derecho humano en el marco del Derecho Internacional, es una investigacin

    filosfica, jurdica, poltica emprica de forma objetiva, de manera que se trata de un

    estudio cientfico sobre los derechos polticos en el contexto venezolano e internacional

    en la ltima dcada. 1.2. Interrogantes de la Investigacin.

    Del planteamiento de la Cuestin y la determinacin de la misma, surgen unas

    interrogantes, las cuales se plantean a continuacin:

  • 20

    1. Cules son las disposiciones jurdicas que regulan la actuacin de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela en la proteccin de los derechos polticos como derechos

    humanos previstos en las normas nacionales e internacionales?

    2. Cules acciones que realiza el Estado venezolano con las pudiera estar

    incurriendo en la violacin de los derechos polticos como derechos humanos en la

    Repblica Bolivariana de Venezuela y del Pacto de Derechos Civiles y Polticos?

    3. Cul es la responsabilidad del Estado en la vulneracin de los derechos polticos

    en el derecho internacional de los derechos humanos?

    4. Cules son los mecanismos que el Estado venezolano posee para evitar la

    vulneracin de los derechos polticos?

    5. Cules son las similitudes y diferencias en el reconocimiento de los derechos

    polticos en las Constituciones polticas de Venezuela, Bolivia y Ecuador con respecto a

    la participacin directa de los ciudadanos en los asuntos pblicos? 1.3. Hiptesis.

    Las condiciones actuales de polarizacin en la poltica de la Repblica Bolivariana

    de Venezuela han permanecido por ms de una dcada afectando en general las

    diferencias polticas y sociales, aunque se han exacerbado con la promulgacin de la

    legislacin denominada el poder popular apoyada por una parte de la poblacin; la

    democratizacin de la participacin ciudadana por otro sector de la poblacin

    venezolana y la denuncia del Estado de la Convencin Americana de los Derechos

    humanos; son algunos elementos planteados en la investigacin. Tomando en

    consideracin los elementos documentales especiales sobre la materia determinados

    por: Los antecedentes histricos, la doctrina y jurisprudencia, las declaraciones de los

    actores polticos y de organizaciones no gubernamentales, y el estudio artculos

    cientficos especializados en la materia y en especial, aquella que es producto de

    estudios e investigaciones sobre el tema objeto de estudio.

    Se plantean las siguientes hiptesis, acudiendo a la expresin de Witker (1986):

    Toda tesis debe alcanzar el objetivo propuesto en la comprobacin de la o las

    hiptesis, a fin de alcanzar cierta originalidad, en virtud de que la investigacin

    doctoral es un estudio profundo, razonado, demostrativo con un desarrollo lgico.

    En la investigacin sobre los Derechos Polticos en el Derecho Internacional de los

    Derechos Humanos enmarcado en el caso venezolano, en el perodo comprendido desde

  • 21

    1999 hasta 2015, se plantean a continuacin a las siguientes hiptesis en la tesis

    doctoral:

    I. La posibilidad de mayor participacin activa de la sociedad venezolana en la

    poltica del pas, garantizando el Estado venezolano los derechos polticos de forma

    equitativa y sin discriminacin a toda la poblacin venezolana.

    II. La Constitucin venezolana reconoce y ampara los derechos polticos, las nuevas

    formas de participacin poltica y ciudadana para el ejercicio su a toda la poblacin

    venezolana, garantiza los derechos y libertades mediante las instituciones de proteccin

    de los derechos humanos del Estado venezolano.

    III. El Estado venezolano respeta y protege los derechos polticos previstos en el

    Derecho Internacional de los Derechos Humanos, o estos son vulnerados por quienes

    ostentan el Poder Pblico en el Estado venezolano a travs acciones de los

    representantes de las instituciones y de la nueva legislacin del poder popular que crea

    otro estadio de participacin.

    IV. Los representantes de las instituciones del Estado no acogen, o acogen pocos

    compromisos internacionales, las sentencias emitidas por la jurisdiccin internacional y

    las opiniones y recomendaciones de los rganos calificados en el derecho internacional,

    as como la posterior denuncia de la Convencin Americana de Derechos Humanos,

    afecta la decisin los derechos polticos de los venezolanos. 1.4. Objetivos de la Investigacin.

    La investigacin est suscrita por el inters de identificar los derechos polticos

    previstos en el contenido del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y si estos

    estn prescritos en la Constitucin venezolana. Indaga sobre la aplicacin del principio

    de participacin ciudadana y poltica en los asuntos pblicos del pas, la pluralidad

    poltica se ha consolidado en el pas en medio de la situacin poltica y las denuncias de

    vulneracin de los derechos polticos, por parte de un sector de la poblacin venezolana

    de los ltimos aos. Adems de la nueva legislacin venezolana sobre las leyes del

    poder popular inscritas en un modelo socialista distinto al modelo democrtico

    contenido en la Constitucin escogida mediante referndum en 1999 son contrarias al

    texto constitucional y vulneran el derecho poltico de libre determinacin de los

    ciudadanos para escoger sus gobiernos, y dems derechos polticos sobre la libertad de

    participacin en los asuntos pblicos. Las condenas al Estado venezolano por parte de

  • 22

    Corte Interamericana de los Derechos Humanos exponen en parte las violaciones de

    derechos polticos en el pas. Es propicio analizar los aspectos ms relevantes sobre la

    materia de derechos polticos y participacin en la democracia venezolana, afectada por

    un sector gubernamental con caractersticas peculiares en cuanto al paralelismo de un

    Estado Social de Derecho y de Justicia a un Estado comunal pareciera tratarse de un

    paralelismo del Poder Pblico al poder popular.

    De manera que la investigacin se circunscribe al anlisis de los derechos polticos

    en el derecho internacional de los derechos humanos, estudiando el caso de los

    derechos polticos venezolano en los ltimos quince aos.

    1.4.1. Objetivo General.

    El objetivo general de la tesis doctoral se circunscribe a:

    Analizar los Derechos Polticos en el Derecho Internacional de los Derechos

    Humanos. Caso de estudio la Repblica Bolivariana de Venezuela. En el perodo

    comprendido desde 1999 hasta 2015.

    1.4.2. Objetivos Especficos.

    En el desarrollo del objetivo general de la tesis doctoral, se responde otros objetivos,

    los especficos, estos contendrn los aspectos concretos de la investigacin formulada

    de acuerdo a la hiptesis propuesta. Entre los objetivos especficos son los siguientes:

    I. Identificar las disposiciones jurdicas que regulan la actuacin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela en la proteccin de los derechos

    polticos como derechos humanos, previstos en las normas nacionales e

    internacionales.

    II. Determinar las acciones que realiza el Estado venezolano con las pudiera

    estar incurriendo en la violacin de los derechos polticos como derechos

    humanos previstos en la Repblica Bolivariana de Venezuela y en el Pacto

    de Derechos Civiles y Polticos.

    III. Delimitar la responsabilidad del Estado en la vulneracin de los derechos

    polticos del derecho internacional de los derechos humanos.

  • 23

    IV. Describir los mecanismos que el Estado venezolano posee para evitar la

    vulneracin de los derechos polticos.

    V. Presentar las similitudes y diferencias en el reconocimiento de los derechos

    polticos en las Constituciones polticas de Venezuela, Bolivia y Ecuador con

    respecto a la participacin directa de los ciudadanos en los asuntos pblicos,

    en s, derechos polticos. 1.5. Delimitacin de la Investigacin.

    En la ltima dcada surgieron en Amrica Latina nuevas constituciones y posteriores

    reformas constitucionales, as como, Asambleas Nacionales Constituyentes las cuales

    han tenido como ncleo la participacin ciudadana, refiriendo as a la soberana del

    pueblo en los asuntos pblicos de la nacin. Los derechos polticos reconocidos como

    derechos humanos y con caractersticas progresista, han sido vistos como un triunfo en

    las constituciones de los Estados venezolano; boliviano y ecuatoriano.

    Bajo la premisa de la participacin directa de los pueblos en el ejercicio de la

    soberana, las reivindicaciones civiles y polticas de los ciudadanos por parte de los

    Estados. La importancia de los derechos polticos para la estabilidad de la democracia

    de los Estados, derechos polticos correspondiente al marco jurdico del derecho

    internacional de los derechos humanos, la investigacin esta contextualizada en la

    proteccin de los derechos polticos en el derecho internacional de los derechos

    humanos, teniendo como caso de estudio los derechos polticos en la Constitucin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela en el perodo comprendido desde 1999 hasta 2015.

    Se estudia la proteccin de Estado venezolano en el desarrollo de los principios,

    deberes y derechos establecidos en la Constitucin de la Repblica y en el ejercicio de

    las actividades del Estado; se propone conocer el desarrollo de los derechos polticos

    previstos en la Constitucin; se realiza tambin un anlisis comparativos de los

    derechos polticos previstos en la constituciones de Bolivia y Ecuador de manera de

    contrastar los derechos protegidos y el deber de dichos Estados de garantizarlos.

    La contextualizacin anterior se realiza sobre las libertades, el catlogo de derechos

    humanos que en la actualidad se encuentran protegidos por el derecho internacional y el

    sistema interamericano de los derechos humanos, concentrndose en el contenido en los

    derechos polticos objeto de esta investigacin.

  • 24

    Luego se realiza un anlisis de los fundamentos constitucionales de la participacin

    ciudadana como derechos polticos en el Estado democrtico social de Derecho y de

    Justicia reconocidos en la Constitucin y posteriormente se efecta un amplio estudio

    del contenido constitucional venezolano sobre los derechos polticos, su reconocimiento

    en el derecho interno venezolano relacionadas con el derecho a participacin ciudadana

    y participacin poltica, como derecho poltico, reconociendo la inclusin en la

    Constitucin venezolana del principio de participacin directa de los ciudadanos en los

    asuntos pblicos y de los mecanismos de referndums; cabildos, asambleas ciudadana y

    los distintos medios de participacin ciudadana en la democracia venezolana

    caracterizada por ser representativa y participativa segn el contenido constitucional.

    La investigacin doctoral se circunscribe al anlisis los derechos polticos en el caso

    venezolano, el cual fue seleccionado como caso de estudio debido a su complejidad en

    el contexto constitucional y ms aun en la legislacin surgida posterior a la

    promulgacin de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

    Otra delimitacin de la investigacin es la descripcin comparativa del caso

    venezolano y las Constituciones de la Repblica del Ecuador y el Estado Plurinacional de

    Bolivia exclusivamente en los derechos polticos previstos en ambas, con la finalidad de

    describir las semejanzas en el reconocimient