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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO Derecho a la inclusión laboral y trabajo digno para las personas con discapacidades sensoriales en el Distrito Metropolitano de Quito año 2016. Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADA Autor: Godoy Padilla Fanny Estefany Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal Quito, enero 2017

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

Derecho a la inclusión laboral y trabajo digno para las

personas con discapacidades sensoriales en el Distrito

Metropolitano de Quito año 2016.

Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADA

Autor: Godoy Padilla Fanny Estefany

Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal

Quito, enero 2017

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DERECHOS DE AUTOR

Yo, Fanny Estefany Godoy Padilla, en calidad de autora del proyecto de investigación

titulado: “Derecho a la inclusión laboral y trabajo digno para las personas con

discapacidades sensoriales en el Distrito Metropolitano de Quito año 2016", por la

presente autorizo a la Universidad Central del Ecuador, hacer uso de los contenidos de

este proyecto de investigación de grado, con fines estrictamente académicos o de

investigación.

Los derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente

autorización, serán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

artículos 5, 6, 8,19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su

Reglamento.

También, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la

digitalización y publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual, de

conformidad a lo dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

Fanny Estefany Godoy Padilla

CC. 1722008511

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APROBACIÓN DEL TUTOR

DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

Yo Diego Renato Galarraga Carvajal en mi calidad de tutor del trabajo de titulación,

modalidad Proyecto de Investigacion, elaborado por: FANNY ESTEFANY GODOY

PADILLA; cuyo titulo es: DERECHO A LA INCLUSION LABORAL Y

TRABAJO DIGNO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES

SENSORIALES EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AÑO 2016,

previo a la obtención de Grado de Abogada de los Tribunales y Juzgados de la

Republica del Ecuador, considero que el miso reune los rquisitos y méritos necesarios

en el campo metodológico y epistemológico, para ser sometido a la evaluación por parte

del tribunal examinador que se designe, por lo que lo APRUEBO, a fin de que el trabajo

sea habilitado para continuar con el proceso de titulacion determinado por la

Universidad Central del Ecuador.

En la ciudad de Quito, a los 11 días del mes de enero de 2017

DOCENTE-TUTOR

C.C. 1711051019

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DEDICATORIA

A Dios:

Que me ha permitido llegar hasta este momento tan importante de mi vida, que con

su amor infinito me ha bendecido siempre en cada paso que he dado.

A mis padres:

Mi fuente de inspiración y mi ejemplo a seguir porque han sido mi guía, mi apoyo y

en todo me han demostrado siempre su amor incondicional.

A mis hermanos:

Que también han compartido conmigo cada paso importante de mi vida y por la

confianza que han depositado en mí.

A mí querido primo Marco:

Mi Ángel del cielo que desde ahí me bendice.

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AGRADECIMIENTO

Primero a Dios que me ha dado salud y vida, para poder concluir mi carrera.

A mi querida Universidad Central del Ecuador, la cual ha permitido mi formación

profesional durante cinco años.

A mis profesores que durante este tiempo me han enseñado con paciencia y

dedicación.

A mis padres que son fuerza y amor en todo momento para no desistir, por

motivarme a seguir adelante con mis más anheladas metas y sueños que deseo cumplir.

A mi profesor tutor Dr. Diego Galárraga que me brindado su ayuda en todo

momento, guiándome a concluir con éxito mi trabajo de investigación.

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

DERECHOS DE AUTOR ........................................................................................... ii

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN ........................ iii

DEDICATORIA ......................................................................................................... iv

AGRADECIMIENTO ................................................................................................. v

ÍNDICE DE CONTENIDOS ...................................................................................... vi

LISTA DE TABLAS .................................................................................................. x

LISTA DE GRÁFICOS .............................................................................................. xi

RESUMEN ................................................................................................................ xii

ABSTRACT .............................................................................................................. xiii

INTRODUCCIÓN ....................................................................................................... 1

CAPÍTULO I ............................................................................................................... 3

1. PROBLEMA ...................................................................................................... 3

1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ................................................... 3

1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ....................................................... 5

1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES .................................................................. 5

1.4. OBJETIVOS ............................................................................................... 6

1.4.1. Objetivo General ..................................................................................... 6

1.4.2. Objetivos Específicos ............................................................................. 6

1.5. JUSTIFICACIÓN ....................................................................................... 7

CAPÍTULO II .............................................................................................................. 8

2. MARCO TEÓRICO .......................................................................................... 8

2.1. LA DISCAPACIDAD ...................................................................................... 8

2.1.1. ¿Qué es la Discapacidad? .......................................................................... 8

2.1.2. Tipos de Discapacidad ............................................................................... 9

2.1.3. Relación: Sociedad- Persona con Discapacidad ...................................... 13

2.2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD ...................................................................................................... 14

2.2.1. Prehistoria- Antigüedad ........................................................................... 14

2.2.2. Edad Media. ............................................................................................. 15

2.2.3. Edad Moderna .......................................................................................... 16

2.2.4. Edad Contemporánea ............................................................................... 20

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2.3. RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDADES EN ECUADOR ....................................................................... 22

2.3.1. Análisis Histórico .................................................................................... 22

2.4. ORGANIZACIONES ............................................................................... 26

2.4.1. CONADIS (Consejo Nacional de Discapacidades) .............................. 26

2.4.2. Federaciones Nacionales de y para personas con discapacidades

sensoriales. .............................................................................................................. 26

2.4.3. FENCE. - Federación de ciegos del Ecuador ....................................... 26

2.4.4. FENASEC. - Federación Nacional de Sordos del Ecuador .................. 27

2.5. EL DERECHO A LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS

CON DISCAPACIDAD ............................................................................................. 28

2.5.1. Antecedentes ......................................................................................... 28

2.5.2. ¿Qué es la Inclusión Laboral? ............................................................... 30

2.5.3. Preferencia Laboral ............................................................................... 30

2.5.4. El Problema de la Inclusión laboral hacia las personas con

discapacidades ........................................................................................................ 31

2.5.5. El ámbito laboral y las personas con discapacidad. .............................. 32

2.5.6. La incorporación laboral de las personas con discapacidad ................. 34

2.6. MARCO REFERENCIAL ....................................................................... 34

2.6.1. Constitución de la República del Ecuador. ........................................... 35

2.6.2. Ley orgánica de discapacidades ............................................................ 36

2.6.3. Ley Orgánica de Servicio Público ........................................................ 37

2.6.4. Código de Trabajo ................................................................................ 38

2.6.5. Derecho de Igualdad ............................................................................. 39

2.7. ORGANISMOS INTERNACIONALES A FAVOR DE LOS

DISCAPACITADOS .................................................................................................. 41

2.7.1. Organización Internacional del Trabajo................................................ 41

2.7.2. Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad ....... 42

CAPÍTULO III ........................................................................................................... 45

3. MARCO METODOLÓGICO .......................................................................... 45

3.1. Determinación de los métodos a utilizar .................................................. 45

3.1.1. Métodos Empíricos ............................................................................... 45

3.1.2. Métodos teóricos ................................................................................... 45

3.2. Idea a defender.......................................................................................... 46

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3.3. Caracterización de las variables ............................................................... 47

3.4. Definición de términos básicos................................................................. 48

3.5. Población y muestra ................................................................................. 49

3.6. Técnicas e instrumentos de investigación ................................................ 50

3.6.1. Técnicas documentales ......................................................................... 50

3.6.2. Técnicas de Campo ............................................................................... 50

CAPÍTULO IV .......................................................................................................... 53

4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS .............................. 53

4.1. Antecedentes ............................................................................................. 53

4.2. Interpretación de Datos de la Encuesta .................................................... 54

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ........................................................ 65

CONCLUSIONES ................................................................................................. 65

RECOMENDACIONES ........................................................................................ 67

CAPÍTULO V ............................................................................................................ 69

5. PROPUESTA ................................................................................................... 69

5.1. JUSTIFICACIÓN ..................................................................................... 69

5.2. OBJETIVOS ............................................................................................. 70

5.2.1. Objetivo General ................................................................................... 70

5.2.2. Objetivos Específicos ........................................................................... 70

5.3. UBICACIÓN SECTORIAL Y FÍSICA ................................................... 70

5.3.1. Mapa ..................................................................................................... 71

5.4. BENEFICIARIOS .................................................................................... 71

5.4.1. Beneficiarios Directos ........................................................................... 71

5.4.2. Beneficiarios Indirectos ........................................................................ 72

5.5. ANÁLISIS DE FACTIBILIDAD ............................................................. 72

5.5.1. Factibilidad Política .............................................................................. 72

5.5.2. Factibilidad Jurídica .............................................................................. 72

5.5.3. Factibilidad Social ................................................................................ 72

5.6. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA ................................................... 73

5.6.1. Situación Actual del Problema.............................................................. 73

5.6.2. Proyecto de Reforma al Artículo 42 numeral 33 del Código de Trabajo

75

5.7. IMPACTOS .............................................................................................. 78

5.8. EVALUACIÓN ........................................................................................ 79

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ...................................................................... 80

ANEXOS ................................................................................................................... 85

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x

LISTA DE TABLAS

Tabla 1.- Clasificación de los grados de pérdidas auditivas de acuerdo con su severidad.12

Tabla 2.- Operacionalización de las Variables .................................................................. 47

Tabla 3.- Población y Muestra ........................................................................................... 49

Tabla 4.- Ley Orgánica de Discapacidades ....................................................................... 54

Tabla 5.- Derechos que se consagran en beneficio de este sector de la sociedad ............. 55

Tabla 6.- La inclusión laboral ............................................................................................ 57

Tabla 7.- Porcentaje de inclusión laboral .......................................................................... 58

Tabla 8.- Derechos de las personas con discapacidad ....................................................... 59

Tabla 9.- Reforma al Código de Trabajo ........................................................................... 60

Tabla 10.- Medidas de acción afirmativa hacia las personas con discapacidades

sensoriales .......................................................................................................................... 61

Tabla 11.- Índices de desempleo ....................................................................................... 62

Tabla 12.- Preferencia en el otorgamiento de un trabajo hacia las personas con

discapacidad....................................................................................................................... 63

Tabla 13.- Trabajos de carácter informal........................................................................... 64

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xi

LISTA DE GRÁFICOS

Gráfico 1.- Interacción Discapacitado-Sociedad ............................................................... 13

Gráfico 2.- Ley Orgánica de Discapacidades .................................................................... 54

Gráfico 3.- Derechos que se consagran en beneficio de este sector de la sociedad .......... 55

Gráfico 4.- La inclusión laboral ......................................................................................... 57

Gráfico 5.- Porcentaje de inclusión laboral ....................................................................... 58

Gráfico 6.- Derechos de las personas con discapacidad .................................................... 59

Gráfico 7.- Reforma al Código de Trabajo ........................................................................ 60

Gráfico 8.- Medidas de acción afirmativa hacia las personas con discapacidades

sensoriales .......................................................................................................................... 61

Gráfico 9.- Índices de desempleo ...................................................................................... 62

Gráfico 10.- Preferencia en el otorgamiento de un trabajo hacia las personas con

discapacidad....................................................................................................................... 63

Gráfico 11.- Trabajos de carácter informal ....................................................................... 64

Gráfico 12.- Mapa.............................................................................................................. 71

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TEMA: “Derecho a la inclusión laboral y trabajo digno para las personas con

discapacidades sensoriales en el Distrito Metropolitano de Quito año 2016”.

Autor: Fanny Estefany Godoy Padilla

Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal

RESUMEN

En la presente investigación, se abordó la problemática actual que se refiere a la

inclusión laboral de las personas con discapacidades sensoriales, ya que es insuficiente

el empleo hacia este grupo de la sociedad, es por ello que cabe mencionar que con la

entrada en vigencia de la Ley Orgánica Discapacidades, se ha otorgado a las personas

con discapacidades varios derechos, entre ellos los de salud, educación, vivienda,

trabajo etc., pero como es de conocimiento, no se cumplen a la hora de garantizar su

acceso, mismos que están determinados en la ley, ya que en varias empresas tanto

públicas como privadas las personas con discapacidades no son tratadas de una forma

igualitaria cuando se trata del derecho al acceso al trabajo.

PALABRAS CLAVE: DERECHO AL TRABAJO / INCLUSIÓN LABORAL /

DISCAPACIDAD SENSORIAL / TRABAJO / VULNERACIÓN / DERECHO DE

IGUALDAD.

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TITLE: “Right to labor inclusión and dignifield work of people with sensorial

disabilities in the Metropolitan District, year 2016”.

Author: Fanny Estefany Godoy Padilla

Tutor: Msc. Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal

ABSTRACT

The current investigation was addressed to the current problematic, on labor

inclusión of people with sensorial disabilities, taking into account that employment

provided to that group of the society is not sufficient. Hence, mention should be

made, that with the effectiveness of the Disabilities Organic Law, disabled people

have been provided with various rights, among them, those related to health,

education, housing, work, etc., but as publicly known, they are not provided when

access needs to be assured, as determined in the law, because several companies,

both public and private, disabled people are not treated in an equal base, in relation to

access to work.

KEYWORDS: RIGHT TO WORK / LABOR INCLUSION / SENSORIAL

DISABILITY / WORK / INFRINGEMENT / EQUALITY RIGHT.

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INTRODUCCIÓN

Desde la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Discapacidades, se empezó a

otorgar a las personas con discapacidades derechos, puesto que antes de la entrada en

vigencia de esta ley eran derechos inexistentes para este grupo vulnerable de la

sociedad.

Sin embargo y a pesar de contar con derechos consagrados en la Constitución y la

Ley Orgánica de Discapacidades estos denominados “derechos” son de mínimo

cumplimiento cuando se trata el tema de la inclusión laboral hacia las personas con

Discapacidades, pues hay un trato discriminatorio e incluso inequitativo; y con esto han

sido imposibilitados de poder desempeñarse en un trabajo que le proporcione las

condiciones dignas de vida que se mencionan en nuestra Carta magna.

En el Capítulo I se planteó y formuló el problema fundamental de la investigación,

así mismo se realizó las preguntas directrices las mismas que darán base al objetivo

general y a los objetivos específicos, el cual justifica la importancia del presente tema

de investigación.

En el Capítulo II, se da a conocer el marco teórico en donde se analiza la historia y

elementos importantes del derecho a la inclusión laboral hacia las personas con

discapacidades.

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2

En el Capítulo III, se determina los métodos de investigación que se utilizaron, se

dio a conocer el diseño de investigación, se determinó las técnicas e instrumentos que

se llevaron a cabo durante la investigación y la validez de los mismos.

En el Capítulo IV, se hace referencia al análisis e interpretación de los resultados

obtenidos de las encuestas realizadas a las personas con discapacidades sensoriales,

entidades del sector público y privado, abogados en libre ejercicio, ciudadanía en

general, mediante esto se pudo establecer las conclusiones de la investigación realizada

y proponer recomendaciones.

Finalmente, en el Capítulo V con los resultados obtenidos y del análisis de resultados

se expone la propuesta como solución a la problemática establecida en la presente

investigación.

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CAPÍTULO I

1. PROBLEMA

1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El tema de la inclusión laboral no es una contrariedad reciente, es una cuestión que

se viene dando años atrás en donde el problema principal es que no son incluidas

laboralmente las personas con discapacidades esto, a pesar de contar con las leyes que

amparan sus derechos, entonces cual viene a ser la función de las leyes que se han

creado destinadas a poderles hacer partícipes a este grupo de la sociedad que son

excluidas del campo laboral.

Como primer antecedente de una ley a favor de las personas con discapacidades

tenemos que en el año 1992 se expide la Ley Nº 180 sobre discapacidades, en el

Registro Oficial 1992-08-10, núm. 996; misma que a su vez dio paso a la creación del

CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDADES (CONADIS), hoy CONSEJO

NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE DISCAPACIDADES, se crea esta

organización en beneficio de las personas con discapacidades en la cual su objetivo es

coordinar acciones, dictar políticas, ejecutar e impulsar investigaciones sobre

discapacidades ejerciendo atribuciones a nivel nacional.

En la Constitución de 1998 se menciona a las personas con discapacidad, en la cual

el Estado únicamente “garantizaba” la utilización de bienes y servicios en áreas tales

como: la educación, salud, capacitación, inserción laboral, y recreación, más no les

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fueron otorgados Derechos reflejando que en el Ecuador no se ha tomado en cuenta el

bienestar de este grupo vulnerable, dejándolos desprotegidos, sin la oportunidad de

llevar una vida digna como cualquier otra persona.

Es a partir de la Constitución del año 2008 que se establece una sección específica

hacia las personas con Discapacidades, en la cual ya se mencionan Derechos y no

quedan solo establecidas únicamente Garantías, lo que ocurría hasta la Constitución del

1998.

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Discapacidades, en el registro

oficial N° 796 del 25 de septiembre del 2012 se les ha reconocido a las personas con

discapacidades derechos, los cuales entre varios de ellos están el derecho a la inclusión

laboral, al cual sin dudar se creería que gracias a la ley promulgada se ha solucionado el

desempleo y subempleo de las personas con discapacidad, sin embargo es lamentable

mencionar que este grupo de personas son parte de los altos índices de desempleo en el

país, siendo excluidos y alejados de las posibilidades de superación y de poder vivir

dignamente , tal y como se menciona en la Constitución , en donde también entre varios

de los artículos en los cuales se hace hincapié sobre el derecho al trabajo en igualdad

de condiciones con relación a las demás personas, acerca además del buen trato y

consideración con las que deben ser tratadas, por lo cual si hablamos de derechos

plenamente reconocidos debe ser equitativo y en las condiciones justas como se

menciona en la Constitución y la Ley Orgánica de Discapacidades.

La no discriminación en materia de empleo es uno de los derechos fundamentales

que están consagrados en la Constitución, pero pese a existir las leyes que amparan a las

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personas con discapacidades es aun notable que no son incluidas en el campo laboral,

desencadenando esto a que las personas con discapacidades sensoriales sean parte de los

índices de subempleo en el país, ocupándose en un actividad inferior que solamente le

proporciona ingresos mínimos, con los cuales no se puede asegurar las condiciones de

seguridad y sin riesgos que implica que deban trabajar en condiciones precarias e

incluso poniendo en riesgo su vida e integridad física al dedicarse a labores no

adecuadas.

En la última reforma al Código de trabajo publicada en el registro oficial suplemento

167 de 16 de diciembre de 2005 y actualizado a mayo de 2013, se estableció que el total

de la contratación de personas con discapacidades será del 4 % en un empresa que

cuente con un número mínimo de 25 trabajadores, tanto para el sector público como

privado; dejando en evidencia que no solo hay dos cuerpos legales en donde se está

regulando el porcentaje de contratación de personas con discapacidad.

1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿En qué medida afecta a las personas con discapacidades sensoriales la falta de

inclusión laboral en la Ciudad de Quito en el año 2016?

1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES

1.- ¿Qué es la inclusión laboral?

2.- ¿Qué son las discapacidades sensoriales?

3.- ¿Cuáles son las medidas inclusivas laborales para este sector de la sociedad?

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4. ¿Existe una alternativa de solución al problema a investigar?

5.- ¿Cuál es la obligación del estado frente a esta problemática?

1.4.OBJETIVOS

1.4.1. Objetivo General

Demostrar la vulneración del derecho al trabajo digno y la inclusión laboral de las

personas con discapacidades sensoriales en la Ciudad de Quito en el año 2016.

1.4.2. Objetivos Específicos

1. Establecer que derecho se vulnera con la falta de inclusión laboral hacia

las personas con discapacidades sensoriales.

2. Determinar el problema actual de las personas con discapacidad sensorial

en cuanto a la inclusión laboral.

3. Conocer porque hay un limitado control en el cumplimiento de la ley por

parte del sector público y privado.

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1.5. JUSTIFICACIÓN

La Constitución y la Ley Orgánica de Discapacidades; leyes que han garantizado los

derechos de las personas con discapacidades entre ellas el derecho a la inclusión laboral.

El tema de investigación a tratar es trascendental porque es parte de la realidad actual

del país, por altos los índices de desempleo hacia las personas con discapacidades, en la

Ley Orgánica de discapacidades se trata un tema tan importante como es el derecho a la

inclusión laboral, y que a pesar de contar con las leyes en beneficio de este grupo

vulnerable siguen siendo discriminados al momento de ser incluidos laboralmente, las

medidas de acción afirmativa han resultado ser insuficientes al momento de tratar el

tema de la inclusión hacia este grupo vulnerable, pues no hay la debida coordinación en

acciones gubernamentales con la cual se pueda decir que en realidad se cumple con la

ley.

El impacto social de la presente investigación, es fundamental porque a la hora de

tratar el tema del derecho al trabajo y la inclusión de las personas con discapacidades, se

les está dando la importancia que merecen, dejando de lado el tabú, que al tener una

discapacidad los hace menos capaces de desarrollar un actividad laboral, situación que

no debe ser relacionada de esta forma porque si bien la persona que tiene alguna

discapacidad goza de aquella facultad de desarrollar otro sentido en mayor proporción

lo que compensa en algo la disminución de la otra. Sin embargo ante la ley todos

debemos ser tratados por igual sin ningún tipo de discriminación, y más aún debe ser

esta protección cuando hablamos de un derecho reconocido como el trabajo.

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CAPÍTULO II

2. MARCO TEÓRICO

2.1. LA DISCAPACIDAD

2.1.1. ¿Qué es la Discapacidad?

Discapacidad o incapacidad (palabra traducida literalmente de la palabra

madre en inglés “disabled” convertirse en “dis” “falta de”, “able” poder

hacer, la cual traducida literalmente se ha convertido en lo siguiente

“discapacidad”). Es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan

alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo

afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad.

(Enciclopedia Wikpedia , 2016)

Al hacer referencia a la discapacidad se mencionan diversas de ellas, las cuales son

de distinta índole, sin embrago, no se menciona de ningún impedimento en cuanto a

distintas actividades a las que con independencia de su limitación puedan realizar.

Al respecto la Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que:

“Discapacidad es un término general que abarca las limitaciones de la actividad y las

restricciones de la participación”.

Se mencionan como discapacidades a ciertas limitaciones de una de las funciones del

cuerpo, en las cuales la persona que las padece se ve imposibilitado de una de ellas, lo

cual no es considerado como limitante para hacer otras actividades, pues se dice de

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quien padece una discapacidad, ha de desarrollar otro sentido con mayor proporción de

aquel sentido con el que no cuenta.

2.1.2. Tipos de Discapacidad

2.1.2.1. Discapacidad Motriz

Es una condición de vida que afecta el control y movimiento del cuerpo,

generando alteraciones en el desplazamiento, equilibrio, manipulación, habla

y respiración de las personas, limitando su desarrollo personal y social. Esta

se presenta cuando existen alteraciones en los músculos, huesos,

articulaciones o medula espinal, así como por alguna afectación del cerebro

en el área motriz impactando en la movilidad de la persona. (Comision

Nacional de los Derechos Humanos, 2016)

Este tipo de discapacidad en la cual se ve afectada la mayor parte de la movilidad del

cuerpo, impidiendo la posibilidad de realizar actividades normales, ya que esta le

imposibilita la facilidad de desplazamiento por la alteración muscular, generando

dificultad en su movilidad.

2.1.2.2. Discapacidad Cognitivo -Intelectual

Es aquella caracterizada por una disminución de las funciones mentales

superiores tales como la inteligencia, el lenguaje y el aprendizaje, entre

otras, así como de las funciones motoras. Esta discapacidad incluye a las

personas que presentan dificultades para aprender, realizar algunas

actividades de la vida diaria, o en la forma de relacionarse con otras

personas. (Comision Nacional de los Derechos Humanos, 2016)

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Al respecto este tipo de discapacidad impide la facilidad de aprendizaje. y

comunicación, sin embargo, las necesidades y capacidades pueden mejorar en virtud de

un tratamiento adecuado, el cual le permitirá incluirse en la vida social como cualquier

otra.

2.1.2.3. Discapacidades Sensoriales

Dentro de la categoría de este tipo de discapacidad encontramos dos subtipos en

la misma, en las que se incluyen: la discapacidad visual y la discapacidad auditiva,

al respecto de la primera tenemos:

Discapacidad visual:

El deterioro visual producido por las anomalías en el sistema ocular que en

alguno de sus órganos o funciones, provoca discapacidad total o parcial para

realizar actividades utilizando el sentido de la vista, aun con ayuda de

auxiliares ópticos .La pérdida de la funcionalidad a la que nos referimos no

se reduce .Congénita o adquirida, puede ser en ocasiones estable o

evolucionar progresivamente hacia la ceguera parcial o, incluso a la ceguera

total. (Llaguno, 2014, pág. 12)

Desde esta perspectiva se puede apreciar, que este tipo de discapacidad, es

únicamente la escasez, disminución o falla de la visión.

En cuanto a la inserción laboral de este grupo de personas es indispensable

adecuar su entorno, el cual facilite su trabajo, mismo que deberá contar con

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soportes tecnológicos, como Sistema Jaws (lector de pantalla), de igual forma

mediante señaléticas en braille, el cual les permita tener una mejor información

para poder desempeñar su trabajo en las condiciones adecuadas lo que nos indica

que al incluir a personas con discapacidad visual con los medios apropiados es

posible que pueda laborar con normalidad como cualquier otra persona .

Discapacidad Auditiva

Este tipo de discapacidad se la llega a considerar como el problema que surge en

varias personas a la hora de intervenir en diversas actividades dentro de la vida

cotidiana que da paso a una serie de circunstancias en su interacción , pues impide llegar

a percibir a través de la audición sonidos emitidos de su entorno que muchas veces

dependen del grado de su pérdida auditiva, como por ejemplo sonidos del lenguaje oral,

y obstáculos que se presentan en el contexto en el que se desarrolla la persona.

En el ámbito laboral, la discapacidad auditiva necesita el desempeño de diferentes

métodos de comunicación por parte de sus compañeros de trabajo, buscando siempre las

mejores alternativas a la hora de tratar a este grupo vulnerable, así nos encontramos con

varios aspectos que facilitan la comunicación: hablar despacio, claramente, vocalizar

bien las palabras, que sean entendidas fácilmente, permitiéndoles que puedan leerlas en

los labios. Otro método de ayuda es escribir lo que desea comunicar y saber si el

mensaje ha sido entendido.

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Tabla 1.- Clasificación de los grados de pérdidas auditivas de acuerdo con su severidad.

Fuente: (Modragon, V., Lobera,J.,Contreras,B., 2010)

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2.1.3. Relación: Sociedad- Persona con Discapacidad

La relación que se ha venido desarrollando entre la sociedad y las personas con

discapacidad ha sido un tema en el cual se ha destacado el rechazo y discriminación, la

desprotección frente a este grupo se encuentra permanentemente arraigada por ciertos

factores, tales como la discriminación que surgen dentro del entorno social originando

problemas estructurales lo que impide que la persona se desarrolle con solidez y

seguridad.

En el siguiente cuadro se explica la interacción de la sociedad y las personas con

discapacidad como se muestra en el cuadro en donde se explica la relación sociedad-

persona con discapacidad, en el cual existe un trato negativo en el que hay un estigma

de que son “personas incapaces”.

Gráfico 1.- Interacción Discapacitado-Sociedad

Fuente: (Desarrollo Histórico de la Discapacidad Evolución y Tratamiento, 2016)

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2.2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD

2.2.1. Prehistoria- Antigüedad

Cuando nos referimos a esta etapa donde se da origen a las primeras sociedades en el

mundo estamos hablando de que tenían una concepción distinta acerca de las diversas

situaciones por las que atravesaron, debido a la complejidad de las actitudes sociales

imperantes hacia la discapacidad. Es así mismo que estas actitudes no han sido estáticas,

sino que han sido objeto de variaciones a lo largo de la historia.

Las complejas situaciones de supervivencia que debieron afrontar las

primeras sociedades humanas han llevado a pensar que las personas con

discapacidad eran abandonadas o muertas por ser consideradas una carga

durante los traslados de campamento en busca de presas mejores, tierras o

cuando era necesario huir de los desastres naturales. (Luciano, 2014).

La situación de las personas con discapacidades durante esta primera etapa en la que

se dan origen las primeras sociedades, dan cuenta que fueron no solo precarias las

situaciones de supervivencia por las que atravesaron, sino que, eran tan extrema su falta

de consideración hacia ellos que una forma de deshacerse de ellos era matarlos para

evitar tenerlos dentro del grupo, pues de todas maneras la supervivencia de estas

personas seria precaria.

Se supone que en las épocas históricas la naturaleza impuso siempre su ley,

sin embrago “se han encontrado huesos con señales de intervenciones

quirúrgicas que indican la preocupación del hombre primitivo para

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solucionar las alteraciones físicas”. (Desarrollo Histórico de la Discapacidad

Evolución y Tratamiento, 2016).

Luciano Andrés Valencia (2014), Menciona que “existen evidencias de que se

intentaban medidas curativas como trepanaciones (“heridas en el cráneo para que

huyera el mal”) o amputaciones sin empleo de anestesia”

Durante esta etapa tratan de buscar medidas curativas para los males. Con lo que se

inicia una forma de tratamiento para los mismos. A pesar de ser una forma complicada

de aplicar esta medida sin embargo se da un primer paso para que mitigar la enfermedad

o discapacidad que padecen.

2.2.2. Edad Media.

En el siglo XIV los nacidos con una deficiencia ya sea física , sensorial, o

mental, como la sordera, la ceguera , la parálisis , entre otros eran confinados

a grandes encierros, en los que eran exhibidos los fines de semana a manera

de espectáculo circense o de gran zoológico para que las familias se

divirtieran un poco o bien manejando la conciencia social para rectificar los

actos cometidos en el pasado por considerar a las personas con discapacidad

como “monstruos” o “fenómenos” y como la más grande señal de un

castigo enviado por Dios. (Di Nasso, 2011)

Si analizamos lo anterior los derechos hacia este grupo de personas es totalmente

inexistente, en el cual han sido objeto de diversión para los habitantes de aquel tiempo,

dándoles el denominativo de monstruos y fenómenos, porque no había un poco de

empatía con la discapacidad y el sufrimiento de estas personas, en aquella época. El

tema de la discapacidad era tomado en cuenta únicamente desde el punto de vista

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religioso siendo creyentes de que eran objeto de malos espíritus, dándoles un trato

inhumano y degradante.

2.2.3. Edad Moderna

Comienza en 1453 y finaliza en 1789 con la Revolución Francesa, durante el, se

produjo la ruptura con la tradición y el oscurantismo de la Edad Media.

Esta época se caracteriza por dos procesos que llevaron a la consolidación

del mundo contemporáneo: La invasión y la conquista del continente

americano. Entre los pueblos indígenas americanos la práctica del abandono

o muerte de las personas con discapacidad estaba limitada a muy pocas

sociedades. (Valencia L. , 2014, pág. 10)

En base a lo anterior y después de las invasiones de las potencias europeas en donde

participaron Portugal, Inglaterra, España, Francia, Dinamarca.

Ya en 1511, como consecuencia de la masiva muerte de población indígena, se

introdujo la explotación de esclavos africanos en donde no había ese estigma de

discriminación, pues se consideraba mano de obra explotable mientras aporte para el fin

en el cual eran utilizados, en esta etapa no hubo aquel estigma de discriminación hacia

las personas con discapacidad, porque la necesidad era basada en la explotación laboral

de estas personas.

Al respecto de las personas con discapacidad Martín Lutero (1483- 1546) y Joan

Calvino (1509- 1564). Las denunciaban como “habitadas por el demonio”.

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El primero llegó a ordenar la ejecución de un niño con discapacidad mental.

En las ciudades reformadas de Hamburgo y Frankfurt existían las “jaulas de

los idiotas”. Los puritanos fundadores de las colonias inglesas en

Norteamérica le asignaban el papel de bufón o “tonto del pueblo” a quienes

tuvieran discapacidad mental. (Valencia L. , 2014)

Es también durante este tiempo que se les da un trato inhumano y discriminatorio,

siendo sujetos de ser tratados con el denominativo de “tonto” por tener una discapacidad

mental. Más adelante es que en las sociedades europeas empieza a haber una

concepción humanitaria en cuanto al tratamiento de las personas con discapacidades,

con una visión de responsabilidad social.

Ya en el siglo XVI en Inglaterra se originó un conflicto de poder en la iglesia y la

Monarquía a raíz de esto se instituyó la iglesia Anglicana en rechazo y oposición al

catolicismo, llevado a cabo con Enrique VIII (1491-1537).

Para entonces se produjo un incremento de las personas que dependían de la

ayuda social debido a las plagas y malas cosechas, así como el flujo

constante de pobres provenientes de Gales e Irlanda. Como consecuencia del

temor a las “bandas de pordioseros”, los Jueces locales exigieron una

respuesta adecuada. Para asegurar la lealtad a la Monarquía, la dinastía de

los Tudor dictó la Ley de Pobres en 1601 que proveía asistencia económica a

aquellas personas que antes dependían de la caridad de la Iglesia. Pero la ley

de 1388 obligaba a los funcionarios a separar entre pobres «merecedores»,

que incluía las personas con discapacidad (…) (Valencia L. , 2014)

Con el transcurso del tiempo se crearon leyes que se dedicaban a la ayuda de

aquellas personas que eran pobres, fue en virtud del apoyo que se les podía brindar, sin

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embargo y posterior a esto se creó otra ley que en cierto modo fue discriminatoria para

las personas con discapacidad porque hace una distinción de lo que son los pobres

merecedores y aparta a las personas con discapacidades, es decir se los deja a la deriva

sin poder acceder a un beneficio que era otorgada por dicha ley.

Otra forma de apoyo para los discapacitados surgió en España, gracias a la Reina

Isabel la Católica, en donde creó el primer hospital en donde se les proporciona a los

soldados prótesis y aparatos terapéuticos, aquí ya hay reconocimiento de un salario.

La Burguesía Capitalista crea las primeras instituciones para la ayuda y atención de

niños: ciegos, sordos y con retardo mental.

Siglo XVIII

Gracias al aporte de magnos pensadores como Voltaire, Rosseau, Locke, luego de

lo acontecido en la revolución industrial se comienza a tomar en cuenta a las personas

con discapacidad que debían ser parte de la responsabilidad pública. “Se arraigó el

concepto de igualdad y se empezó a creer en la posibilidad de que pudieran llevar una

vida normal en tanto se les proporcionaran los medios adecuados para ello”. (Desarrollo

Histórico de la Discapacidad Evolución y Tratamiento, 2016)

A partir de esto se origina la concepción de “responsabilidad” e “igualdad” lo cual

demuestra otra perspectiva en donde mencionados estos enunciados fue con la

posibilidad de proporcionarles los medios apropiados para que puedan llevar una vida

más digna.

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Siglo XIX

Desde este siglo se empieza a dar prioridad al estudio por el cual se originan las

discapacidades, pero aún persiste la idea de que los niños que nacían discapacitados

eran por causa de los pecados familiares, y consecuencia de ello seguían siendo

abandonados.

Siglo XX

Dadas todos los anteriores antecedentes con respecto a la utilización y maltrato de las

personas con discapacidad en la que han sido objeto de distintas etiquetas llamándolos

minusválidos, impedidos, acabando con la vida de ellos por considerarlos objetos del

mal. Posterior a esto es que se vuelven sujetos de caridad, es claro que hay un cambio

en el trato pues ahora al menos tenían la protección de otras personas mediante la

beneficencia que les podían proporcionar.

Para este siglo este criterio cambia de forma de positiva gracias a diversos factores:

a) Avances de la medicina, podemos citar tres formas de discapacidad:

1. Congénita

2. Genética

3. Adquirida

b) Mejor Educación de la comunidad frente al problema de las personas con

discapacidad.

c) La evolución de la sociedad industrial y capitalista por falta de mano de obra.

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d) Las grandes guerras y conflictos mundiales hicieron que las personas con

limitación intervinieran las fábricas y estructuras gubernamentales sin función.

e) El avance de la ciencia.

f) Los movimientos sociales

g) Descubrimientos surge la fisioterapia con especialidad médica.

(Monografias. com , 2016)

2.2.4. Edad Contemporánea

Etapa que va desde 1789 hasta la actualidad.

A decir de esta etapa hubo nuevas manifestaciones a lo que en un primer

momento se llamó Rehabilitación Profesional, se inició con fuerza en el mundo

occidental a partir de 1914, a consecuencia de la preocupación de los países

europeos y más adelante de los Estados Unidos, que, frente a los enfrentamientos

bélicos, quienes eran parte de ellos, regresaban con secuelas físicas y mentales por

las guerras de las que debían ser parte.

Al respecto de la rehabilitación profesional: “El objetivo de la rehabilitación

profesional es la ubicación de la persona con limitaciones en una actividad

productiva, que se adapte a su capacidad y en donde pueda hacer el mejor uso de sus

aptitudes”. (Obando, pág. 125).

La Rehabilitación Profesional es definida por la Conferencia Internacional del

Trabajo en 1995, a través de la Recomendación 99 y reformada por la misma

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conferencia en 1983, en la Recomendación 168, como: “Aquella parte del proceso

continuo y coordinado de adaptación y readaptación, que comprende el suministro de

medios, especialmente orientación profesional, formación profesional y colocación

selectiva, para permitir que la persona invalida obtenga y conserve un empleo adecuado

y progrese en el mismo, y que se promueva así la integración o reintegración de la

persona en sociedad.” (Landauro, 2016, pág. 2).

La Rehabilitación Profesional ha sido pensada para la integración socio-laboral de la

persona que padece una discapacidad, en la cual se le permite el desempeño de sus

conocimientos y las aptitudes en un puesto de trabajo, permitiéndolo con esto ser útil

dentro del medio en el que se desenvuelve, además de poder llevar una mejor calidad de

vida.

Posterior a esto en 1919 se firma el tratado de Paz de Versalles y mediante esto se

creó la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T), es gracias a la creación de esta

organización que a nivel mundial se empiezan a reconocer los derechos de las personas

con discapacidad, en el tema de desarrollo y programas en Rehabilitación profesional en

el mundo.

(Gerry, Lee, Lee Swepston, & ., 2009) “La OIT ofreció al mundo una opción para

evitar la lucha social, proporcionó procedimientos y técnicas de discusión y

negociaciones para evitar los conflictos violentos y como medio de garantizar

condiciones de trabajo más humanas y dignas”.

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El aporte de esta Organización mundial ha sido marcada en la historia de los

derechos de los trabajadores , en los cuales podemos destacar distintos ámbitos en la

defensa de sus derechos , entre los cuales están la igualdad de derechos y oportunidades

para este grupo “vulnerable” mencionando esta palabra porque a través del estudio de

la historia han sido notables las formas de discrimen de las que han sido parte , sin

poder reclamar sus derechos; y que gracias a esta Organización se les han otorgado

gracias a su diversidad de manifestaciones.

2.3. RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDADES EN ECUADOR

2.3.1. Análisis Histórico

En el Ecuador la atención hacia las personas con discapacidades inicia hace más de

medio siglo por iniciativa de madres y padres de personas con Discapacidad, que en la

búsqueda de soluciones encontraron en países desarrollados nuevas alternativas de

atención, para cuya aplicación requirieron de la conformación de organizaciones

privadas con servicios especializados que den respuesta a la creciente demanda de

preferencia en las áreas de salud y educación.

Sin embargo, los esfuerzos realizados no tuvieron la acogida necesaria puesto que la

acción en busca de mejorar la situación de las personas con discapacidad no obtuvo el

éxito esperado ya que lo se pretendía hacer no contaba con una ley que ampare

plenamente sus derechos.

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Grupo que durante varios años fueron excluidos de la sociedad lo que hizo que no

pudieran gozar de igualdad de oportunidades como cualquier otro ciudadano.

“En las décadas del 40 al 60. La intervención estructurada y sistemática de las

entidades gubernamentales gira en torno a la creación de las primeras escuelas de

educación especial en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca”. (Agenda Nacional

de Discapacidades , 2014)

Es notable que la preocupación en cuanto a inclusión se vio reflejada principalmente

por proporcionarles a las personas con discapacidad la educación adecuada para así dar

inicio a lo que serán las leyes que amparen a las personas con discapacidad en diversos

ámbitos.

“En 1965 se aprueba la primera ley del ciego, norma pionera de la legislación

latinoamericana en este tema”. (Agenda Nacional de Discapacidades , 2014)

En virtud de esta ley, se da origen a lo que posteriormente serán las diversas

asociaciones que amparen a los grupos vulnerables con discapacidad.

(…) En 1973 Se crea el CONAREP (Consejo Nacional de Rehabilitación

Profesional), para el diagnóstico, evaluación, formación ocupacional e inserción laboral

de las personas con discapacidad.

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En esta década ya se empiezan a efectuar cambios sustanciales en cuanto a los

derechos de las personas con discapacidad, ya se habla de la inclusión laboral de este

grupo vulnerable, sin embargo, son los constantes esfuerzos lo que permitirán más

adelante conseguir derechos plenamente amparados en las leyes del país.

Posterior a esto en 1977 se expide la Ley General de Educación, ley en la cual se da

primordial atención por parte del Estado hacia la educación especial de las personas con

discapacidades.

Para abril de 1979 se creó la Unidad de Educación Especial 1, la cual afianzó el

derecho a la educación, esto se pudo llevar a cabo porque se empezó a legislar en virtud

de los derechos de los más despojados, lo que en constituciones anteriores no sucedió en

el ámbito del reconocimiento de obligaciones del estado hacia las personas con

discapacidades.

El 18 de julio de 1980 se creó la División Nacional de Rehabilitación en el Ministerio

de Salud, el mismo que desempeño funciones de organización e implementación de

Rehabilitación Funcional de 1981 a 1984. (Cazar, Ramiro, 2016)

Es notable que se empiezan a dar las primeras atenciones hacia las personas con

discapacidades, es así que sean ido forjando lo que en posterioridad serán los derechos

hacia este grupo vulnerable.

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En 1982 se expide la ley de protección del minusválido, mediante el cual se

crea la DINARIM (Dirección Nacional de Rehabilitación Integral del

Minusválido), del Ministerio de Bienestar Social, asignándosele la rectoría y

coordinación nacional del trabajo sobre discapacidades. Se reemplaza el

CONAREP pone a disposición el personal capacitado en cinco unidades

operativas dependientes, al Ministerio de Bienestar Social, para la atención

directa de las personas con discapacidad en aspectos de: protección,

educación especial capacitación ocupacional e integración laboral. (Agenda

Nacional de Discapacidades , 2014)

Para esta década ya se empiezan a expedir leyes en favor de las personas con

discapacidad, lo que posteriormente serán los distintos centros de rehabilitación y

escuelas de educación especial en coordinación con Organizaciones no

Gubernamentales, las mismas que se tendrán distinto enfoque en virtud de una diferente

discapacidad.

Para 1989 se crea la CIASDE (COMISIÒN INTERINSTITUCIONAL DE

ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE LAS DISCAPACIDADES EN EL ECUADOR).

La misma fue llevada a cabo por el Dr. Rodrigo Crespo Toral, fue el encargado de

elaborar el diseño del Plan Nacional de Discapacidades y la ley de Discapacidades que

fuera expedida en 1991. (Cazar, Ramiro, 2016).

En 1991 (…) Se publica el plan Nacional de Discapacidades, que si bien es cierto se

crearon leyes e instituciones, pero la falta de administración de recursos no permitió la

correcta orientación hacia las personas con Discapacidades. (Cazar, Ramiro, 2016)

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El 10 de agosto de 1992, se publica la Ley 180 en el Registro Oficial Nº.996

normativa que impulsa la atención interinstitucional para las personas con discapacidad

con enfoque de derechos para más adelante dar surgimiento al CONSEJO NACIONAL

DE DISCAPACIDADES (CONADIS) como entidad rectora del tema en el país, con

mandato legal para dictar políticas coordinar acciones públicas y privadas e impulsar

investigaciones sobre discapacidad.

2.4. ORGANIZACIONES

2.4.1. CONADIS (Consejo Nacional de Discapacidades)

El CONADIS (CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDADES) impulsó acciones

concretas de cobertura nacional en cuanto a políticas generales y sectoriales en virtud de

ello se crean cinco federaciones:

2.4.2. Federaciones Nacionales de y para personas con discapacidades

sensoriales.

Cada una de las siguientes federaciones que se mencionaran a continuación se ha

dedicado a la defensa específica de los derechos de las personas con discapacidad

sensorial.

2.4.3. FENCE. - Federación de ciegos del Ecuador

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En 1995 en Quito se llevó a cabo el primer Congreso Nacional de ciegos del

Ecuador, en el cual se hace la primera propuesta de proyecto de Ley de protección a los

ciegos. Desde ese año, se dio un prolongado receso en el país. Más adelante será

aprobada la ley 13-97 de 26 de octubre de 1966, vigente hasta con reformas hasta agosto

de 1992.

El segundo Congreso Nacional de ciegos se lo realizó en la cuidad de Quito

el 12 de abril 1985, en la cual después de aprobar el Estatuto y el proyecto de

Ley de Defensa del Ciego, quedó fundada la actual Federación Nacional de

Ciegos del Ecuador ( FENCE), que en la actualidad su sede está ubicada en

la ciudad de Cuenca. (www.fenceec.org, 2016)

2.4.4. FENASEC. - Federación Nacional de Sordos del Ecuador

Se conforma en 1958 el primer club de sordos ecuatorianos en Quito, club que

posteriormente viajó a Venezuela en representación del Ecuador en el campeonato

Internacional de fútbol para sordos.

En 1978 el club se trasforma en la primera sociedad de sordos adultos denominada

“Fray Luis Ponce León” (actual asociación de personas sordas de Pichincha).

Con posterioridad se crearon más asociaciones una en Guayaquil a la que se la

llamó Asociación de Sordos de Guayas fundada en 1982, y la tercera en fundarse fue en

Tungurahua en 1984, asociaciones encaminadas para la ayuda de las personas con

discapacidad auditiva.

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Posteriormente el Sr. Gabriel Román, quien había estudiado en España y era socio

del Centro Altatorre de Madrid, al haber adquirido experiencia en ese país en el campo

de la organización de personas sordas, promueve la idea de organizarse de forma legal,

de esta manera se inicia el proceso para establecer una federación que se conforme con

toda la comunidad sorda del Ecuador.

Para poder obtener el registro oficial en el MIES se requería como mínimo cinco

asociaciones por tal motivo en 1986 se creó la cuarta asociación llamada: Asociación

Silenciosa Ecuatoriana, y en 1989 se creó la Asociación de Sordos de Chimborazo.

Una vez conformadas las asociaciones se dio paso para que se pudiera crear la

FENASEC la cual se instauró con personería jurídica el 26 de abril de 1986, con la

finalidad de promover movimientos asociativos en el Ecuador, luchar por los derechos

de las personas sordas y trabajar por el objetivo de alcanzar el reconocimiento de la

lengua de señas ecuatoriana como un idioma oficial en el país.

2.5. EL DERECHO A LA INCLUSIÓN LABORAL PARA LAS PERSONAS

CON DISCAPACIDAD

2.5.1. Antecedentes

El derecho humano de acceder a un trabajo en igualdad de oportunidades y

condiciones hacia el conocido grupo de personas con “discapacidad” ha sido un tema

transcendental, porque en la actualidad de nuestro país son altos los índices de

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desempleo hacia concretamente este grupo de personas porque siguen existiendo esas

barreras discriminatorias, y a pesar de contar con leyes que efectivamente los

mencionan en la actual Constitución de la República del Ecuador (CRE) en su Artículo

11 numeral 2, en la que se alude que las personas son iguales y gozaran de los mismos

derechos , deberes y oportunidades. tema que ha quedado solo escrito en la ley, porque

las acciones concretas para incluir a las personas con discapacidad resultan ser

insuficientes, al momento de lograr insertar laboralmente a la persona con

discapacidades.

El tema trasciende más allá de lo que diariamente se puede apreciar en la calle y en

los medios de transporte, es decir personas con discapacidad que se dedican a realizar

trabajos de carácter informal, lo que está lejos del cumplimiento de los derechos que

tienen al momento de ser incluidas laboralmente, pues es la acción concreta que le sigue

al desempleo, que es la búsqueda de los medios de subsistencia que no es solo para la

persona que tiene la discapacidad; sino para toda su familia.

Al respecto la OIT (Organización Internacional del Trabajo), establece un dato

estadístico en el que se menciona que alrededor del mundo hay mil millones de

personas, es decir un 15% de la población mundial, de las cuales el 80 % están en la

edad de poder trabajar, sin embargo su derecho a un trabajo apropiado y decente es

negado.

Es indispensable la adopción de medidas eficaces que garanticen la inclusión de los

trabajadores resulta ser esencial, para la promoción de la igualdad y para que la

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protección del derecho contemplado en las Leyes, de nuestro país, así como también de

los Convenios Internacionales suscritos por el Ecuador, y con ello a la vez permita

eliminar esos estigmas de discriminación hacia las personas con discapacidades que al

igual que otras personas cuentan con los mismos derechos.

2.5.2. ¿Qué es la Inclusión Laboral?

Para lograr la comprensión del tema es necesario definir que es la inclusión:

Para la OIT es: “Cualquier intento de vida autónoma que pasa por el desarrollo de

un trabajo que proporcione los medios económicos para la subsistencia de uno mismo y

de su familia. Trabajar es además uno de los derechos fundamentales que recoge la

Constitución”.

El derecho a la inclusión laboral es el poder proporcionarle trabajo de forma activa a

las personas con discapacidad, dejando de lado la discriminación, y con ello ayudando a

que la situación económica y productiva de estas personas mejore, la acción encaminada

es la búsqueda de la igualdad de oportunidades para este grupo que en cierto modo por

su condición se ha visto afectado su derecho de acceder a un trabajo.

2.5.3. Preferencia Laboral

La dificultad en cuanto a la inserción laboral de las personas con discapacidades

únicamente ha contribuido para que se incremente la desigualdad social y la pobreza al

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inefable incumplimiento de los empleadores, y lo que indica la ley “igualdad de

condiciones”.

Es evidente que si hay este problema en el cual el factor predominante es la

exclusión y discriminación hacia este grupo, no se puede hablar de “igualdad de

oportunidades”, ya que a razón de las demás personas son un grupo que se encuentra en

desventaja, y que se privan de todos los derechos a los cuales deben acceder, por lo

que se debe tomar en cuenta que su condición no los hace menos importantes, al

contrario el Estado debe ejecutar las medidas necesarias en las cuales se cumpla con lo

que se establece en la ley.

2.5.4. El Problema de la Inclusión laboral hacia las personas con discapacidades

El principal problema que debe afrontar este segmento de la sociedad es la inclusión

laboral, esto se dificulta a medida que son personas que no pueden ver y escuchar,

factor determinante al momento de una apropiada comunicación , y que se ha vuelto en

un impedimento cuando se trata de hacer respetar su derecho al trabajo , el cual no se ha

podido consolidar tal y como se establece en la Constitución y demás leyes que los

amparan, sin embargo los empleadores están en la obligación de contratar personal con

discapacidad pero esto no se ha visto reflejado en la situación actual del país , pues son

parte de los altos índices de desempleo.

Se puede decir a razón de esto que la inserción laboral durante la implementación del

4% de personal con discapacidad de cada 25 empleados en el sector público y privado

ha sido un detonante en donde los empleadores hacen caso omiso del porcentaje

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establecido y con lo cual la peor parte de ello lo lleva este grupo de la sociedad, el cual

se ve afectado no solo económicamente sino que también psicológicamente ya que

guarda esa idea de que “no puede”, entonces con ello se vuelve un problema aún más

considerable.

Las personas con discapacidad se perciben a sí mismas como marginadas y

limitadas en su participación ciudadana. Un alto porcentaje percibe que la

discapacidad es un elemento que limita acceso a la educación, empleo y a la

vida social en igualdad de oportunidades que el resto de la población.

(Agenda Nacional para la igualdad en Discapaciadades , 2016).

Al realizar el análisis de cada una de las etapas que antecede a lo que hoy es el siglo

XXI con respecto a las personas con discapacidad, han sido diversas las manifestaciones

durante toda la etapa de la historia que han sido marcadas por numerosas expresiones

en la cual primaba la indiferencia, la burla ; y el peor de los casos que debieron afrontar

fue que lograran sobrevivir , pues eran víctimas de los asesinatos, escudados en que

todas esas deformaciones eran parte de espíritus que se apoderaban de aquellas

personas, es con el transcurso del tiempo que se han logrado varios avances en cuanto a

derechos, y ya no son vistos con aquel paradigma de “diferentes”.

2.5.5. El ámbito laboral y las personas con discapacidad.

En el mercado laboral existe una cultura empresarial poco concienciada, en cuanto a

la inserción laboral de las personas con discapacidades, consideradolos “incapacitados”

para poder desenvolverse en un puesto de trabajo, dejándoles aislados a la hora de

desarrollarse laboralmente.

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33

Al momento de contratar personal en una empresa, es claro que la elección será hacia

aquellas personas que cuentan con todas sus capacidades, y no tienen impedimento para

realizar determinadas actividades, lo que se diferencia al momento de contratar personal

con discapacidad, cambia el paradigma cuando se trata de la contratación de estas

personas. Es oportuno mencionar de aquellas leyes “garantistas de derechos” para este

sector vulnerable, y por ende de todas las oportunidades laborales que se les otorga a

este grupo de la sociedad.

Al respecto cabe mencionar lo que se establece la Constitución de la República del

Ecuador: “Art.33.-El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a

su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño

de un trabajo saludable libremente escogido y aceptado”.

Todas las personas tenemos el derecho en igualdad de oportunidades, no se trata de

realizar un favor, sino más bien es que todas las personas con sus capacidades y

aptitudes tengan la posibilidad de realizar actividades, como puede ser un trabajo, y

desarrollarse independientemente en su entorno habitual.

El déficit actual de inserción laboral no se debe por falta de leyes porque es claro

que, si las hay, la formulación de políticas no siempre tiene en cuenta las necesidades de

las personas con discapacidad, o bien no se hace cumplir las políticas y normas

existentes. Lo que da como resultado desempleo, y exclusión de este grupo de personas.

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34

2.5.6. La incorporación laboral de las personas con discapacidad

Hoy en día una empresa, se la considera como duradera y sustentable en el tiempo,

llegándolo a conseguir, con el talento humano que adquiera, que este a su vez aporte

significativamente para su crecimiento y que favorezca el acceso a la diversidad laboral.

Un aspecto fundamental que se puede destacar de esto es la integración de personal

con discapacidad en el trabajo, las compañías o empresas que asumen la responsabilidad

social e institucional a la hora de contratar a este grupo vulnerable les permitirá abrir

espacios de inclusión comprendiendo que su equipo humano de trabajo es capaz de

lograr un progreso en las mismas condiciones que cualquier otra persona.

Es importante saber que la igualdad de las personas con discapacidad en el ámbito

laboral, no solo es una necesidad y un derecho individual, esto permite fortificar a la

sociedad en su conjunto, este proceso en el que debemos colaborar todos quienes somos

parte de la sociedad y aportar para que la inclusión sea una realidad en todos los

ámbitos, laboral como social, siendo parte activa, sin exclusión de nadie.

2.6. MARCO REFERENCIAL

En la actualidad contamos con leyes que se encargan de garantizar los derechos de

todos sus habitantes, y en especial a quienes se les dio el calificativo de: “grupos de

atención prioritaria” es por ello indispensable mencionar cada una de las leyes con

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35

respecto a los derechos de las personas con discapacidades, para realizar un análisis, e

ir valorando el nivel de cumplimiento de las mismas.

2.6.1. Constitución de la República del Ecuador.

Art.33.- El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a

su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el

desempeño de un trabajo saludable libremente escogido y aceptado.

Art. 47.- El Estado garantizará, (…) procurará la equiparación de

oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social.

Inciso Nº 5.- El trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que

fomente sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que

permitan su incorporación en entidades públicas y privadas.

Art.330.- Se garantizará la inserción laboral en igualdad de condiciones, al

trabajo remunerado de las personas con discapacidad. El estado y los

empleadores implementaran servicios sociales y de ayuda social para

facilitar su actividad.

Art.341.- El Estado generará las condiciones para la protección integral de

sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios

reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad y la diversidad y la

no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que

requieran consideración especial por la persistencia de desigualdades,

exclusión, discriminación o violencia en condición de su salud o de

discapacidad. (Constitución de la Repùblica del Ecuador, 2008)

La Constitución, hace énfasis en cuanto a los derechos de personas con

discapacidad, gozando de igualdad, en su trato y a la hora de acceder a beneficios tales

como salud, educación, y más aún en el ámbito laboral, el cual es el objeto de estudio

del trabajo investigativo, esta norma legal se caracteriza por ser garantista a la hora de

cumplir estos derechos, impidiendo que exista una exclusión a este grupo social.

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36

En nuestra misma Carta Magna se establece que el trabajo es base de la economía, en

la cual las personas con discapacidades pueden ser también los artífices del progreso y

avance del país, permitiéndoles ser integrados en el campo laboral.

2.6.2. Ley Orgánica de Discapacidades

La Ley Orgánica de Discapacidades menciona entre sus principios fundamentales:

“No discriminación, igualdad de oportunidades, responsabilidad social colectiva,

participación e inclusión”.

Art. 45.- Las personas con discapacidad o condición incapacitante tienen

derecho a acceder a un trabajo remunerado e condiciones de igualdad y a no

ser discriminadas por su condición, en las prácticas relativas al empleo

incluyendo los procedimientos para la aplicación, selección, capacitación e

indemnización de personal y demás condiciones establecidas para el sector

público o privado.

Art. 46.- La o el empleador público o privado que cuente con un número

mínimo de veinticinco (25) trabajadores está obligado a contratar, un

mínimo de cuatro (4%) de personas con personas con discapacidad en

labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus

conocimientos, condiciones físicas y aptitudes individuales, procurando los

principios de equidad de género y diversidad de discapacidades. El

porcentaje de inclusión laboral detallado en el cálculo del porcentaje de

inclusión laboral deberá ser distribuido equitativamente en las provincias del

país, cuando se trate de empleadores nacionales; y a los cantones, cuando se

trate de empleadores nacionales; y a los cantones ,cuando se trate de

empleadores provinciales.

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37

(…) El trabajo que se asigne a una persona con discapacidad deberá ser

acorde a sus capacidades, potencialidades y talentos garantizando su

integridad en el desempeño de sus labores; proporcionando los implementos

técnicos y tecnológicos para su realización; y adecuado o readecuando su

ambiente o área de trabajo en la forma que posibilite el cumplimiento de sus

responsabilidades laborales. (Ley Orgánica de Discapacidades, 25 de

septiembre 2012).

La discriminación de la que son parte este grupo de personas es un atentado a los

derechos porque si bien cuentan con las leyes donde se los menciona como grupo

vulnerable y de atención prioritaria, pero él no dar cumplimiento con lo que se establece

en las leyes es como no tener leyes porque si se ha legislado a favor de este grupo ha

sido por la situación de desventaja en la que se encuentran a relación de las demás

personas, en cuanto al acceso pleno de lo que se invoca en la ley.

2.6.3. Ley Orgánica de Servicio Público

Art. 64.- “Se garantiza la inserción laboral sin discriminación de manera

progresiva y hasta un 4% del total de servidores o servidoras”, bajo el

principio de no discriminación asegurando las condiciones de igualdad de

oportunidades en la integración laboral, dotando de los implementos y demás

medios necesarios para el ejercicio de las actividades correspondientes. (Ley

Orgànica de Servicio Pùblico, 2016).

Aquí se refleja, como se debe dar la inclusión laboral en empresas,

instituciones o compañías públicas, pero llegando a la realidad esto no sucede, ya

que no acogen a personal discapacitado, llegando al mismo circulo

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38

discriminatorio, impidiendo el acceso a tener un trabajo digno y de calidad, donde

se desenvuelvan en un ámbito estable.

2.6.4. Código de Trabajo

Art. 5. Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a

prestar a los trabajadores oportuna y debida protección para la garantía y

eficacia de sus derechos.

Art.42.

N°33.- El empleador público o privado que cuente con un mínimo de

veinticinco trabajadores está obligado a contratar una persona con

discapacidad en labores permanentes que se consideren adecuadas, en

relación de sus conocimientos, condición física y aptitudes individuales

conservándose los principios d equidad de género y diversidad de

discapacidad estableciendo un 4 % del total que deberán ser incluidas en el

ámbito laboral.

N°35.- Las empresas e instituciones públicas o privadas para facilitar la

inclusión de las personas con discapacidad harán adaptaciones a los puestos

de trabajo de conformidad con las disposiciones de la ley de Discapacidades,

normas INEN, sobre accesibilidad al medio físico y los convenios y

acuerdos internacionales suscritos por el país. (Còdigo del Trabajo, 2013)

En el contexto laboral, es gracias a este que las personas logran su realización

profesional, además de llevar una vida digna, entregando su fuerza de trabajo reciben

una retribución, que le permite a cada persona la satisfacción de ser parte del sector

productivo. El trabajo es determinado como un deber social y el estado debe proveer el

acceso en igualdad de condiciones para todos sus habitantes.

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2.6.5. Derecho de Igualdad

El derecho de igualdad es uno de los más transcendentes en la humanidad para un

equilibro entre la ley y el ser humano, el principio de igualdad consiste en que se dé un

trato igual para todas las personas, imposibilitando así la discriminación. La igualdad es

la base de la justicia gracias a ella se garantiza un igual trato a los ciudadanos.

El principio de igualdad ante la ley ha sido uno de los principios que más ha

progresado gracias a la cualidad que posee, al analizar la igualdad es claro que se atañe

con la universalidad, la realidad social y en la actualidad da a conocer que existe una

gran desigualdad social, pero es ahí en donde este principio debe actuar conforme a la

ley.

El principio de igualdad no impone, naturalmente, que todos los sujetos de

derecho, todos los destinatarios de las normas, tengan los mismos derechos y

las mismas obligaciones, o lo que es lo mismo, no impide en modo alguno

anudar situaciones distintas diferentes consecuencias jurídicas, ni siquiera

estorba el que la norma considere parte de la situación, rasgos o

determinaciones personales. (Kelsen, 1962).

La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 66 numeral 4 manifiesta:

“Se reconoce y garantizará a las personas: …4) Derecho a la igualdad formal, igualdad

material y no discriminación. “En concordancia con el artículo 11 numeral 2 de la

Constitución de la República del Ecuador que establece:

El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: 2) Todas

las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y

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oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de

nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil,

idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición

socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud,

portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción,

personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o

resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los

derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado

adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en

favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de

desigualdad. (…) 3. Los derechos serán plenamente justiciables, No podrá

alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o

desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su

reconocimiento. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

El derecho de la igualdad está garantizado en Constitución en la que todas las

personas deben contar con las mismas oportunidades, entre ellas el derecho a la

inclusión laboral. Derecho que no se está cumpliendo porque las personas con

discapacidades no tienen acceso a su derecho que es el trabajo, entonces no se puede

hablar de igualdad de condiciones para todos cuando un grupo de la sociedad está

siendo tratado al margen de lo que por ley le corresponde, derechos plenamente

adquiridos y garantizados en la Constitución.

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41

2.7. ORGANISMOS INTERNACIONALES A FAVOR DE LOS

DISCAPACITADOS

2.7.1. Organización Internacional del Trabajo

Objetivo

El objetivo principal es promover oportunidades para todos, incluyendo a las

personas con discapacidad, para obtener trabajo decente y productivo basado

en los principios de libertad, igualdad y dignidad humana.

La Organización Internacional del trabajo (OIT), fundada en 1919, es el más

antiguo de los organismos técnicos especializados del sistema de las

Naciones Unidas. Tiene una organización tripartita, de manera que los

representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores tienen

igual que los gobiernos de sus 181 Estados Miembros a la hora de modelar

las políticas y programas de la OIT en la Conferencia Internacional del

Trabajo, que se convoca una vez al año, y el Consejo de Administración de

la OIT. El objetivo principal de la organización radica en promover que las

mujeres y los hombres tengan oportunidades de lograr un trabajo decente y

productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad

humana. (O'Reilly, 2003)

La Organización Internacional del trabajo favorece a todas las personas en su diversidad, y

con ello contribuye de manera conjunta con los Estados suscriptores a que se hagan respetar los

derechos de las personas con discapacidades porque ha sido necesaria la creación de diversas

legislaciones para que se hagan efectivos estos derechos, sin los cuales en el contexto de las

oportunidades de trabajo y empleo hubieran sido inexistentes. Para este grupo vulnerable ha

sido un avance significativo, ya hay una valoración y una concepción distinta en donde se busca

el bienestar en igualdad de condiciones.

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42

2.7.2. Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Artículo 5. Igualdad y no discriminación

1. Los Estados Parte reconocen que todas las personas son iguales ante

la ley y en virtud de ello, y que tienen derecho a igual protección

legal y a beneficiarse de la ley en igual medida sin discriminación

alguna.

2. Los Estados parte prohibirán toda discriminación por motivos de

discapacidad y garantizarán a todas las personas con discapacidad

protección legal igual y efectiva contra la discriminación por

cualquier motivo

3. A fin de promover la igualdad y eliminar la discriminación, los

Estados parte adoptaran todas las medidas pertinentes para asegurar

la realización de ajustes razonables.

4. No se consideraran discriminatorias, en virtud de la presente

Convención, las medidas específicas que sean necesarias para

acelerar y logara la igualdad de hecho de las personas con

discapacidad.

Artículo 27. Trabajo y empleo

1. Los Estados parte reconocen los derechos d las personas con discapacidad a

trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener

la oportunidad de tener de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o

aceptado en un mercado y entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y

accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados parte salvaguardaran y

promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que

adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes,

incluidas la promulgación de legislación, entre ellas:

a) Prohibir la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las

cuestiones relativas a cualquier cuestión de empleo, incluidas las condiciones de

selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción

profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables,

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43

b) Proteger los derechos de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones

con las demás, a condiciones de trabajo justas y favorables y en particular e

igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, a

condiciones de trabajo seguras y saludables, incluida la protección contra el acoso,

y a la reparación por agravios sufridos,

c) Asegurar que las personas con discapacidad pueden ejercer sus derechos laborales

y sindicales en igualdad de condiciones que los demás;

d) Permitir que las personas con discapacidad tengan acceso a s efectivo a programas

generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación

profesional y continua;

e) Alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional de las personas

con discapacidad en el mercado laboral, y apoyarlas para la búsqueda obtención,

mantenimiento del empleo y retorno al mismo;

f) Promover oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de

constitución de cooperativas y de inicio de empresas públicas;

g) Emplear a personas con discapacidad en el sector público;

h) Promover el empleo de las personas con discapacidad en el sector privado

mediante políticas y medidas pertinentes que puedan incluir programas de acción

afirmativa, incentivos y otras medidas y;

i) Velar porque se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad en

el lugar de trabajo;

j) Promover la adquisición por las personas con discapacidad de experiencia laboral

en el mercado de trabajo abierto;

k) Promover programas de rehabilitación profesional, mantenimiento de la empresa y

reincorporación al trabajo dirigidos a personas con discapacidad.

2. Los Estados parte aseguraran que las personas con discapacidad no sean sometidas

a esclavitud y servidumbre y que estén protegidas en igualdad de condiciones que

las demás, contra el trabajo forzoso y obligatorio.

Los Convenios Internacionales han mantenido un papel protagónico, en cuanto al apoyo y

cooperación mutua, Ecuador se ha ratificado en muchos de ellos, apoyando a la protección y

promoción de los derechos de las personas con discapacidad y con ello permitiendo que en

cierta forma se dé un debido cumplimiento. Sin embargo y pese a que en el Ecuador se han

ratificado convenios a favor de este grupo vulnerable la ineficacia de las leyes que garantizan el

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acceso pleno a un trabajo no han generado las condiciones adecuadas en cuanto siguen siendo

marginados en cuanto se trata de acceder a un trabajo en condiciones dignas.

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45

CAPÍTULO III

3. MARCO METODOLÓGICO

3.1. Determinación de los métodos a utilizar

En la presente investigación se utilizaron los siguientes métodos de investigación:

3.1.1. Métodos Empíricos

Recolección de Información

En la presente investigación se utiliza el método de recolección de información

mediante la exploración de libros de autores nacionales e internacionales, además del

estudio de tesis relacionadas con la presente investigación. La encuesta facilitó la

recolección de información.

3.1.2. Métodos teóricos

Histórico - lógico

Este método, permite comprender el origen del Derecho a la inclusión y las luchas

sociales entorno a los tiempos pasados, su evolución y su reconocimiento como tal en el

Ecuador.

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Explicativo

Mediante este método doy a conocer la realidad que viven las personas con

discapacidades sensoriales y así determinar lo que indica la normativa Laboral y la Ley

Orgánica de Discapacidades sobre este tema. Con lo cual obtendremos resultados y las

posibles causas y efectos que ocasiona la falta de empleo hacia las personas con

discapacidades sensoriales.

Exegético

Este método permitió el estudio y análisis de varias de las normas, en los cuales

tenemos plenamente amparados los derechos de las personas con discapacidades, sin

embargo al realizar un estudio pormenorizado del mismo llegaremos a las

consecuencias que ocasiona la falta de aplicación de la ley hacia las personas con

discapacidades sensoriales.

3.2. Idea a defender

Demostrar la Vulneración del derecho al trabajo digno y la inclusión laboral de las

personas con discapacidad sensorial en la ciudad de Quito.

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3.3. Caracterización de las variables

Variable independiente: Derecho a la inclusión laboral y trabajo digno a las

personas con discapacidades sensoriales.

Variable dependiente: Vulneración de derechos Constitucionales.

Tabla 2.- Operacionalización de las Variables

Variable

Independiente

Dimensión Indicadores Ítems Instrumentos

Derecho a la

inclusión laboral y

trabajo digno para

las personas con

discapacidades

sensoriales

Jurídico Art.340 Constitución de la

República del Ecuador.

1 Encuesta

Encuesta

Art. 64 Ley Orgánica de

Servicio Público.

1 Encuesta

Social Afectación a una vida digna

de las personas con

discapacidades sensoriales.

1 Encuesta

Económico Insuficientes recursos

económicos para cubrir sus

necesidades básicas.

1 Encuesta

Variable

Dependiente

Dimensión Indicadores Ítems Instrumentos

Vulneración de

derechos

Constitucionales.

Jurídico

Art. 47 y 340 Constitución

de la República del Ecuador.

Art.45.Ley Orgánica de

Discapacidades.

1

Encuesta

Social Regresividad de derechos

adquiridos.

1

Encuesta

Económico

Limitación en sus ingresos

por no tener un trabajo

estable que les proporcione

las condiciones dignas de

vida.

1

Encuesta

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

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3.4. Definición de términos básicos

Derecho. - Una regla de vida social, que la autoridad competente impone en vista de

la utilidad general del bien común del grupo y “en principio provista de sanciones para

asegurar su efectividad”. (Ossorio)

Inclusión Laboral. - Garantizar la plena participación de los trabajadores con

discapacidad para trabajar en igualdad de condiciones con los demás, en universo

abierto donde la sociedad debe facilitar y flexibilizar las oportunidades de un ambiente

para el desarrollo físico, emocional e intelectual. (Glosario de tèrminos sobre

discapacidad, pág. 19)

Discapacidad Sensorial. - Se refiere a la discapacidad auditiva y discapacidad

visual. (Glosario de tèrminos sobre discapacidad, pág. 11)

Trabajo. - “El esfuerzo humano físico o intelectual, aplicado a la producción u

obtención de la riqueza. Toda actividad susceptible de valoración económica por la

tarea, el tiempo o el rendimiento. (Cabanellas de Torres, 2010)

Vulneración. - “Infracción, quebrantamiento o trasgresión de ley o mandato.

Incumplimiento de convenio.” (Cabanellas, 2011)

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Derecho de Igualdad. - “Del concepto genérico como conformidad de una cosa con

otra en naturaleza, calidad o cantidad se desprenden diversas consecuencias que pueden

afectar el orden jurídico” (Ossorio, pág. 469).

3.5. Población y muestra

En la presente investigación se tendrá como población a las personas con

discapacidades sensoriales, instituciones del sector público y privado, abogados de libre

ejercicio, ciudadanía en general de la ciudad de Quito, provincia de Pichincha.

Tabla 3.- Población y Muestra

Institución Número de personas Área de Investigación

Personas con

Discapacidades sensoriales.

10

Ciudad de Quito

Empresa Supermaxi 10 Cuidad de Quito

Empresa Claro 10 Cuidad de Quito

Empresa Chevrolet 10 Cuidad de Quito

Corporación Nacional de

Telecomunicación (CNT)

10 Cuidad de Quito

Consejo de la Judicatura 10 Cuidad de Quito

Abogados en libre

ejercicio

5 Cuidad de Quito

Ciudadanía en general 5 Cuidad de Quito

Total: 70

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

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3.6. Técnicas e instrumentos de investigación

3.6.1. Técnicas documentales

Fichaje – lectura científica

Con la utilización de la técnica de fichas nemotécnicas se facilitó la recolección de la

información para la investigación, y es mediante este método que se pudo adquirir los

contenidos más relevantes de los libros investigados, tesis y otros documentos que

ayudaron al desarrollo de la presente investigación.

3.6.2. Técnicas de Campo

Encuesta

Para la obtención de la información se utilizó la técnica de la encuesta a la

Población-Muestra, misma que fue determinada con anterioridad, para lo cual se

elaboraron preguntas cerradas las mismas que facilitaron la tabulación de los datos para

ser más precisos a la hora de poder establecer las conclusiones en la presente

investigación con los datos recabados.

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51

Encuesta a personas discapacitadas, empresas públicas y privadas, abogados en

libre ejercicio y ciudadanía.

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

Objetivo: Conocer si se cumplen con los derechos consagrados en la Ley de

Discapacidades, en cuanto el derecho a la inclusión laboral hacia las personas con

discapacidades sensoriales en la Ciudad de Quito.

Datos Informativos:

Nombres y Apellidos: ………………………………………………………………..

Lugar: …………….. Edad: …………….

Instrucción: Primaria Secundaria Superior

Indicaciones: Lea detenidamente cada pregunta, marque con una X la respuesta que

usted considere pertinente. Toda la información que usted proporcione será de carácter

reservado y confidencial; por lo que se solicita responder con absoluta sinceridad, de

antemano se agradece su gentil colaboración.

1. ¿Conoce usted la Ley Orgánica de Discapacidades?

SI NO

2. ¿Considera usted que esta ley cumple con los derechos que se consagran en

beneficio de este sector de la sociedad?

SI NO

3. ¿Sabe usted qué es la inclusión laboral?

SI NO

4. ¿Está usted de acuerdo en que solo el 4% de personas con discapacidad sean

incluidas en el sector laboral?

SI NO

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52

5. ¿Conoce usted cuáles son los derechos que tienen las personas con

discapacidad?

SI NO

6. ¿Considera usted que debería reformarse la Ley

SI NO

7. ¿Conoce usted cuales son las medidas de acción afirmativa hacia las personas

con discapacidades sensoriales?

SI NO

8. ¿Cree usted que entre índices de desempleo este es mayor hacia las personas con

discapacidad?

SI NO

9. ¿Considera usted que debería haber preferencia en el otorgamiento de un trabajo

hacia las personas con discapacidad a relación de las personas sin

discapacidades?

SI NO

10. ¿Cree usted que el desempleo hacia las personas con discapacidades sensoriales

ha ocasionado que se dediquen a trabajos de carácter informal?

SI NO

“GRACIAS POR SU COLABORACIÓN”

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53

CAPÍTULO IV

4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

4.1. Antecedentes

La investigación desarrollada en torno al marco teórico y jurídico que nos han

proporcionado las bases de la presente investigación, la misma que se refiere al derecho

a la inclusión laboral de las personas con discapacidades sensoriales, derechos que se

encuentran plenamente garantizados en la Constitución de la República del Ecuador,

Código de Trabajo, Ley Orgánica de Discapacidades y Losep, que fueron parte de esta

investigación.

También se ha desarrolló una encuesta con preguntas cerradas en donde fueron

setenta (70) las personas encuestadas con los principales aspectos en cuanto a la

inclusión laboral de las personas con discapacidades sensoriales.

Las encuestas antes mencionadas fueron realizadas a las personas con discapacidades

sensoriales ubicadas en el Distrito Metropolitano de Quito, en el norte, centro y sur de la

cuidad, derecho que se ve vulnerado. Abogados en libre ejercicio, los mismos que

también aportaron significativamente por ser conocedores del derecho, y las personas en

general que también con su perspectiva acerca de estas personas aportan para que sea

valorado el tema de la inclusión laboral hacia las personas con discapacidades

sensoriales

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54

4.2. Interpretación de Datos de la Encuesta

1. ¿Conoce usted la Ley Orgánica de Discapacidades?

Tabla 4.- Ley Orgánica de Discapacidades

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 45 64%

NO 25 36%

TOTAL 70 100%

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla.

Gráfico 2.- Ley Orgánica de Discapacidades

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De las 70 personas encuestadas equivalentes al 100%, 45 encuestados que equivalen

al 64% es decir la mayoría conocen la Ley Orgánica de Discapacidades, mientras que

25 de los encuestados es decir el 36 % no conocen acerca de esta Ley.

64; 64%

36; 36%

Ley Orgánica de Discapacidades

SI NO

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55

INTERPRETACIÓN:

De los resultados se obtuvo que la mayoría de personas encuestadas conocen acerca

de la Ley Orgánica de Discapacidades, en la cual solo un porcentaje mínimo desconoce

acerca de los alcances, beneficios y derechos que se otorgan mediante esta ley.

2. ¿Considera usted que esta Ley cumple con los derechos que se consagran en

beneficio de este sector de la sociedad?

Tabla 5.- Derechos que se consagran en beneficio de este sector de la sociedad

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 30 42,85%

NO 40 57,14%

TOTAL 70 100%

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 3.- Derechos que se consagran en beneficio de este sector de la sociedad

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De la población encuestada 30 personas esto equivalente al 42,85 % responde

afirmativamente a la pregunta planteada sobre el cumplimiento de esta ley, mientras que

40 de los encuestados que corresponde al 57% manifiestan que esta Ley no se cumple.

43,86

57,14%

SI NO

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56

INTERPRETACIÓN:

Los datos que arrojan sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica de discapacidades no

cubren un porcentaje mayor y por ende el nivel de insatisfacción es porque varias de las

personas que fueron encuestadas manifiestan que a pesar de contar con leyes estas son

de escaso acatamiento por los empleadores, lo que da como resultado un mayor

porcentaje de desempleo.

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57

3. ¿Sabe usted qué es la inclusión laboral?

Tabla 6.- La inclusión laboral

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 63% 90%

NO 7% 10%

TOTAL 70 100

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 4.- La inclusión laboral

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

Del total de la población encuestada el 90% es decir 63 de los encuestados responden

que si saben que es la inclusión laboral y solo el 10% es decir la menor parte de los

encuestados dicen no saber que es la inclusión laboral.

INTERPRETACIÓN:

Con respecto a la inclusión varias de las personas encuestadas manifiestan conocer

acerca de lo que es la inclusión porque en el actual régimen de gobierno se habla de las

personas con discapacidades y su inclusión en un trabajo para ellos, sin embargo, el

porcentaje que dice desconocer de ello es porque su nivel de instrucción es precario.

90%

10%

SI NO

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58

4. ¿Está usted de acuerdo en que solo el 4% de personas con discapacidad sean

incluidas en el sector laboral?

Tabla 7.- Porcentaje de inclusión laboral

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 15% 21,43

NO 55% 78,57

TOTAL 70 100%

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 5.- Porcentaje de inclusión laboral

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De la población encuestada el 15% está de acuerdo que se debe mantenerse el 4%,

mientras que el porcentaje superior de la población que corresponde al 55% dice no

estar de acuerdo a con ese porcentaje establecido en la ley.

INTERPRETACIÓN:

Estos datos corresponden a aquel grupo que ha logrado ser insertado en un lugar de

trabajo, dando cumplimiento con lo que se establece en la ley, mientas que la mayoría

de personas que manifiestan que debería ser mayor el porcentaje de inclusión es porque

creen que son mayores las posibilidades de poder ser incluidos laboralmente ya que ese

4% consideran que es mínimo, y no logra cubrir la demanda de trabajo de este grupo

vulnerable.

21,43%

78,57

SI NO

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59

5. ¿Conoce usted cuáles son los derechos que tienen las personas con

discapacidad?

Tabla 8.- Derechos de las personas con discapacidad

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 10% 14,28%

NO 60% 85,71%

TOTAL 70 100%

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 6.- Derechos de las personas con discapacidad

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De la población encuestada, el 14,28% es decir 10 personas dicen si conocer acerca

de los derechos de las personas con discapacidades mientras que una mayoría que

corresponde al no con el 85,72% 60 de los encuestados dice desconocer de estos

derechos.

INTERPRETACIÓN:

Los resultados obtenidos arrojan que solo un mínimo de las personas que fueron

encuestadas conocen acerca de los derechos hacia este grupo de la sociedad, mientras

que la mayoría de la población se manifiesta diciendo que no conoce acerca de estos

derechos, claramente son aquel grupo de personas en situación de desempleo.

14,28

85,72

SI NO

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60

6. ¿Considera usted que debería reformarse el Código de Trabajo?

Tabla 9.- Reforma al Código de Trabajo

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 67% 95.72%

NO 3% 4,28%

TOTAL 70 100%

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 7.- Reforma al Código de Trabajo

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De 70 personas encuestadas, es decir 67 de ellas con un 95,72% dicen que si se

debería reformar esta ley; mientras que solo 3 personas, es decir con una equivalencia

de 4,28% dicen no estar de acuerdo con que se diera una reforma a esta ley.

INTERPRETACIÓN:

La consideración acerca de una reforma de ley es que si, esto se debe al nivel de

inconformidad con los derechos que se les otorgan porque son de escaso cumplimiento,

solo un mínimo porcentaje considera que un cambio seria infructuoso.

95,72%

4,28%

SI NO

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61

7. ¿Conoce usted cuales son las medidas de acción afirmativa hacia las

personas con discapacidades sensoriales?

Tabla 10.- Medidas de acción afirmativa hacia las personas con discapacidades

sensoriales

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 12% 17,14

NO 58% 82,86

TOTAL 70 100

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 8.- Medidas de acción afirmativa hacia las personas con discapacidades

sensoriales

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De las 70 personas encuestadas, 12 equivalente al 17,14% dice conocer acerca de

medidas de ayuda hacia personas con discapacidades sensoriales, mientras que la

mayoría 58 personas, que corresponde a 82,86% dicen desconocer de dichas medidas de

acción afirmativa hacia estas personas.

INTERPRETACIÓN:

Que si bien son un grupo vulnerable y que para ellos se han otorgado derechos, de

atención, trabajo, entre otras la consideración es de desconocimiento de medidas de

ayuda específica para personas con discapacidades sensoriales, es decir que resulta ser

mayor, que para aquellas que dicen que si saben de la ayuda prestada hacia ellos.

17,14

82,86

SI NO

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62

8. ¿Cree usted que entre índices de desempleo este es mayor hacia las personas

con discapacidad?

Tabla 11.- Índices de desempleo

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 68% 97,1

NO 2% 2,85

TOTAL 70 100

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 9.- Índices de desempleo

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

Del total de la población encuestada 68 personas lo que equivale a un 97,1 %

consideran que el desempleo es mayor hacia ellos, mientras que una mínima parte con

el 2,85% dice que no.

INTERPRETACIÓN:

Es claro que el índice de desempleo hacia estas personas es mayor con relación al

resto, consideran ellos que están siendo excluidos de la posibilidad de trabajar por el

tipo discapacidad que tienen.

97,1

2,85

SI NO

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63

9. ¿Considera usted que debería haber preferencia en el otorgamiento de un

trabajo hacia las personas con discapacidad a relación de las personas sin

discapacidades?

Tabla 12.- Preferencia en el otorgamiento de un trabajo hacia las personas con

discapacidad

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 35% 50%

NO 35% 50%

TOTAL 70 100

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 10.- Preferencia en el otorgamiento de un trabajo hacia las personas con

discapacidad

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

De las 70 personas encuestadas, hay una opinión dividida en donde el sí y el no han

obtenido un 50% cada una.

INTERPRETACIÓN:

Los resultados recabados de esta pregunta los encuestados se han manifestado una

parte que si debería haber preferencia en el otorgamiento de un empleo hacia las

personas con discapacidades, más la otra parte considera que no.

35% 35%

SI NO

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64

10. ¿Cree usted que el desempleo hacia las personas con discapacidades

sensoriales ha ocasionado que se dediquen a trabajos de carácter informal?

Tabla 13.- Trabajos de carácter informal

INDICADORES FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 70% 100%

NO 0% 0%

TOTAL 70 100%

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

Gráfico 11.- Trabajos de carácter informal

Fuente: Personas con discapacidades sensoriales, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio, y ciudadanía en general.

Elaborado por: Fanny Estefany Godoy Padilla

ANÁLISIS:

Del total de la población encuestada el 70% se ha manifestado con una respuesta

afirmativa a la pregunta planteada.

INTERPRETACIÓN:

Si la totalidad de las personas encuestadas muestran que, debido a la falta de

empleo, es un detonante para que al cabo de no contar con un empleo con todos los

beneficios tal y como se mencionan en las leyes, dé como resultado que se dediquen a

trabajos informales.

70%

0%

SI NO

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65

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

CONCLUSIONES

- Al concluir la presente investigación nos permite establecer que, dados los

derechos hacia las personas con discapacidades en la Constitución de la

República del Ecuador, en una sección específica donde al ser considerados

como aquel grupo de atención prioritaria, se de una real inclusión en todos los

ámbitos en los que se los menciona.

- Los derechos que a lo largo de la historia se han podido desarrollar hacia este

grupo vulnerable, dejando de lado la idea de que una discapacidad no les permite

desarrollarse laboralmente, y por el contrario , debe aplicarse las leyes que a su

favor se han creado, tanto en el sector público como privado , regulado por cada

una de sus leyes, tanto el código del trabajo como la LOSEP han establecido un

tope límite de inclusión laboral que es del 4%, lo cual pese a saber de los altos

índices de desempleo únicamente ese porcentaje no logra cubrir la demanda

laboral de estas personas.

- La demanda laboral de las personas con discapacidades sensoriales es un tema

diario al cual deben enfrentarse, no se les da la oportunidad de tener un trabajo

digno y con todos los beneficios de ley, tal y como menciona la Constitución

de la República del Ecuador.

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66

- La falta de empleo hacia este grupo, ocasiona que deban dedicarse a empleos

poco adecuados en donde ponen en riesgo su vida en donde de nada han servido

las leyes porque su aplicación es totalmente escasa.

- Gracias a la investigación realizada se pone a flote la vulneración de los derechos

plenamente adquiridos hacia este grupo en el que se está violentando el derecho

al trabajo, además del principio de igualdad el que determina que el Estado debe

generar siempre una mayor protección y garantizar el cumplimiento.

- La legislación Ecuatoriana carece de sanciones a las empresas públicas y

privadas que incumplan con la normativa de contratación de un debido

porcentaje de discapacitados lo que provoca la vulneración de derechos

Constitucionales de este grupo vulnerable de la sociedad.

- Las familias se ven perjudicadas porque al restringir un derecho tan primordial

como lo es el derecho a un trabajo digno, da como resultado familias pobres en

donde la lucha del Estado, es precisamente contra el desempleo hacia este grupo

que siempre ha sido marginado.

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67

RECOMENDACIONES

Al señalar las conclusiones que se han derivado al respecto de la actual

investigación, se exterioriza las siguientes recomendaciones con el fin de desarrollar la

base fundamental de la propuesta de la investigación:

- Que la Asamblea Nacional responsable de ejercer el poder legislativo en el

Ecuador, legisle a favor de la clase trabajadora, creando normas que sean de

progresividad para este grupo vulnerable, garantizando los derechos

Constitucionales de las personas con discapacidades sensoriales.

- Que los operadores de justicia presten a los trabajadores una oportuna y debida

protección para la garantía y eficacia de sus derechos.

- Que el Ministerio de Trabajo organismo rector de las políticas laborales, proteja

los derechos fundamentales de las personas con discapacidades sensoriales, en

este caso el derecho Constitucional al trabajo.

- Que haya un mayor control por parte del Ministerio de Trabajo hacia las

empresas del sector público y privado en donde se establece que el 4% de

personas con discapacidad serán contratadas.

- Que sean capacitados tanto empleadores como trabajadores, en cuanto al tema de

la inclusión laboral, ya que es un tema que incumbe a estos dos grupos.

Page 81: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR€¦ · ii DERECHOS DE AUTOR Yo, Fanny Estefany Godoy Padilla, en calidad de autora del proyecto de investigación titulado: “Derecho a la inclusión

68

- Que la sanción para los empleadores sea más rígida en cuanto no de

cumplimiento a las disposiciones legales, establecidas en beneficio de las

personas con discapacidades sensoriales.

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69

CAPÍTULO V

5. PROPUESTA

5.1. JUSTIFICACIÓN

El derecho a la inclusión laboral hacia las personas con discapacidad en la presente

investigación ha quedado plenamente identificado, donde se puede evidenciar que su

cumplimiento es mínimo con relación a lo establecido en la ley.

La presente investigación plantea el derecho al trabajo que ha sido otorgado hacia las

personas con discapacidad en donde en varias de las leyes mencionan a las personas con

discapacidad y su derecho a ser incluidos laboralmente donde se establece un 4 % en

las empresas públicas y privadas el mismas que les garantizará estabilidad laboral

además de todos los beneficios.

Identificado el problema de la presente investigación surge la propuesta de solución

al mismo, en el cual se agregue un inciso en al artículo 42 numeral 33 del Código de

Trabajo.

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70

5.2. OBJETIVOS

5.2.1. Objetivo General

Agregar en el artículo 42 artículo numeral 33 del Código de Trabajo un inciso al

final de este en donde de la sanción establecida en el inciso anterior del mismo, lo

recaudado por sanciones será destinado para crear instalaciones de enseñanza -

aprendizaje para este grupo vulnerable.

5.2.2. Objetivos Específicos

- Garantizar el pleno cumplimiento de lo establecido en las leyes, que amparan el

derecho a la inclusión laboral de personas con discapacidad.

- Proteger el derecho a la inclusión laboral de las personas con discapacidad.

- Sancionar a los empleadores que no cumplan con la ley.

5.3. UBICACIÓN SECTORIAL Y FÍSICA

En la presente investigación trata de una propuesta que pretende un proyecto de

reforma de ley lo que tendría vigencia nacional, en donde la población ecuatoriana es

partícipe. Ecuador, oficialmente denominado República del Ecuador, es un país de

América ubicado en la región noroccidental de América del sur. Limita al norte con

Colombia, al oeste con el Océano Pacífico y al sur y al este con Perú. (Wikipedia, 2015)

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71

5.3.1. Mapa

Gráfico 12.- Mapa

Fuente: (http://mapadeecuador.blogspot.com/)

5.4. BENEFICIARIOS

5.4.1. Beneficiarios Directos

Los beneficiarios directos son las personas con discapacidades que podrán acceder a

un trabajo en el sector público y privado.

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72

5.4.2. Beneficiarios Indirectos

Con la aplicación de esta propuesta se beneficiará a las familias de las personas con

discapacidades.

5.5. ANÁLISIS DE FACTIBILIDAD

5.5.1. Factibilidad Política

Hay factibilidad política, porque el proyecto de reforma jurídica se plantea por la vía

parlamentaria, es la Asamblea Nacional la institución legítima y facultada para la

expedición, derogación, modificación y probación de leyes.

5.5.2. Factibilidad Jurídica

La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 120 numeral 6 manifiesta

las atribuciones y deberes que posee la Asamblea Nacional entre estos un fundamental

que es expedir, codificar, reformar y derogar las leyes a incluso interpretarlas con

carácter generalmente obligatorio.

5.5.3. Factibilidad Social

Es muy importante la factibilidad social ya que esta reforma se da a un artículo y

porque al agregar un inciso a este se beneficiará a las personas con discapacidades en

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73

situación de desempleo, propuesta que ayudará de manera directa a este grupo de la

sociedad, que serán integradas laboralmente permitiéndoles ser parte productiva del país

.

5.6. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA

5.6.1. Situación Actual del Problema

CÓDIGO DEL TRABAJO

CAPÍTULO IV

DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y DEL TRABAJADOR

Artículo 42. Obligaciones del empleador. - Son obligaciones del empleador:

Numeral 33. El empleador público o privado, que cuente con un número mínimo de

veinticinco trabajadores, está obligado a contratar, al menos, a una persona con

discapacidad, en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus

conocimientos, condición física y aptitudes individuales, observándose los principios de

equidad de género y diversidad de discapacidad, en el primer año de vigencia de esta

Ley, contado desde la fecha de su publicación en el Registro Oficial. En el segundo año,

la contratación será del 1% del total de los trabajadores, en el tercer año el 2%, en el

cuarto año el 3% hasta llegar al quinto año en donde la contratación será del 4% del

total de los trabajadores, siendo ese el porcentaje fijo que se aplicará en los sucesivos

años.

Esta obligación se hace extensiva a las empresas legalmente autorizadas para la

tercerización de servicios o intermediación laboral. El contrato laboral deberá ser

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74

escrito e inscrito en la Inspección del Trabajo correspondiente, que mantendrá un

registro específico para el caso. La persona con discapacidad impedida para suscribir un

contrato de trabajo, lo realizará por medio de su representante legal o tutor. Tal

condición se demostrará con el carné expedido por el Consejo Nacional de

Discapacidades (CONADIS).

El empleador que incumpla con lo dispuesto en este numeral, será sancionado con una

multa mensual equivalente a diez remuneraciones básicas mínimas unificadas del

trabajador en general; y, en el caso de las empresas y entidades del Estado, la respectiva

autoridad nominadora, será sancionada administrativa y pecuniariamente con un sueldo

básico; multa y sanción que serán impuestas por el Director General del Trabajo, hasta

que cumpla la obligación, la misma que ingresará en un cincuenta por ciento a las

cuentas del Ministerio de Trabajo y Empleo y será destinado a fortalecer los sistemas de

supervisión y control de dicho portafolio a través de su Unidad de Discapacidades; y, el

otro cincuenta por ciento al Consejo Nacional de Discapacidades

(CONADIS) para dar cumplimiento a los fines específicos previstos en la Ley de

Discapacidades;

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75

5.6.2. Proyecto de Reforma al Artículo 42 numeral 33 del Código de Trabajo

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

ASAMBLEA NACIONAL

EL PLENO CONSIDERANDO

Que, el artículo 118 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la

Función Legislativa es ejercida por la Asamblea Nacional;

Que, el numeral 6 del artículo 120 de la Constitución de la República del Ecuador

establece como atribuciones y deberes de la Asamblea Nacional la de expedir, codificar,

reformar y derogar las leyes e interpretarlas como carácter generalmente obligatorio;

Que, el artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que es deber

primordial del Estado el garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce sin

discriminación alguna de los derechos constitucionales, planificar el desarrollo nacional

erradicando la pobreza, promover el desarrollo nacional erradicando la pobreza,

promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la

riqueza, para acceder al buen vivir;

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 424 establece que la

Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otro ordenamiento

jurídico;

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76

Que, el artículo 47 de la Constitución de la República del Ecuador en su numeral 5

establece, el trabajo de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y

potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades

públicas y privadas;

Que, el artículo 33 de la Constitución de la República del Ecuador consagra al trabajo

como un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización

personal y base de la economía. El Estado garantizara a las personas trabajadoras el

pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y

el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido y aceptado.

Que, de acuerdo al artículo 326 de la Constitución de la República del Ecuador numeral

2, los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en

contrario.

Que, en el artículo 48 de la Constitución, el Estado adoptara a favor de las personas con

la discapacidad medidas que aseguren el derecho a la inclusión social, mediante planes

y programas estatales y privados.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales expide la siguiente:

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77

LEY REFORMATORIA AL ARTÍCULO 42 NUMERAL 33 DEL CÓDIGO DEL

TRABAJO

Agréguese al artículo 42 numeral 33 del Código de Trabajo el siguiente inciso:

Artículo 42. Obligaciones del empleador. - Son obligaciones del empleador:

Numeral 33. El empleador público o privado, que cuente con un número mínimo de

veinticinco trabajadores, está obligado a contratar, al menos, a una persona con

discapacidad, en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus

conocimientos, condición física y aptitudes individuales, observándose los principios de

equidad de género y diversidad de discapacidad, en el primer año de vigencia de esta

Ley, contado desde la fecha de su publicación en el Registro Oficial. En el segundo año,

la contratación será del 1% del total de los trabajadores, en el tercer año el 2%, en el

cuarto año el 3% hasta llegar al quinto año en donde la contratación será del 4% del

total de los trabajadores, siendo ese el porcentaje fijo que se aplicará en los sucesivos

años.

Esta obligación se hace extensiva a las empresas legalmente autorizadas para la

tercerización de servicios o intermediación laboral. El contrato laboral deberá ser

escrito e inscrito en la Inspección del Trabajo correspondiente, que mantendrá un

registro específico para el caso. La persona con discapacidad impedida para suscribir un

contrato de trabajo, lo realizará por medio de su representante legal o tutor. Tal

condición se demostrará con el carné expedido por el Consejo Nacional de

Discapacidades (CONADIS).

Page 91: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR€¦ · ii DERECHOS DE AUTOR Yo, Fanny Estefany Godoy Padilla, en calidad de autora del proyecto de investigación titulado: “Derecho a la inclusión

78

El empleador que incumpla con lo dispuesto en este numeral, será sancionado con una

multa mensual equivalente a diez remuneraciones básicas mínimas unificadas del

trabajador en general; y, en el caso de las empresas y entidades del Estado, la respectiva

autoridad nominadora, será sancionada administrativa y pecuniariamente con un sueldo

básico; multa y sanción que serán impuestas por el Director General del Trabajo, hasta

que cumpla la obligación, la misma que ingresará en un cincuenta por ciento a las

cuentas del Ministerio de Trabajo y Empleo y será destinado a fortalecer los sistemas de

supervisión y control de dicho portafolio a través de su Unidad de Discapacidades; y, el

otro cincuenta por ciento al Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS) para dar

cumplimiento a los fines específicos previstos en la Ley de Discapacidades;

El Ministerio de Trabajo conjuntamente con el CONADIS, crearán una entidad

que controle y regularice las sanciones establecidas en el inciso anterior, para

garantizar el cumplimiento en la incorporación del 4% de personas discapacitadas

en el ámbito laboral, tanto en instituciones públicas como privadas y la multa

recaudada en el inciso anterior será destinada para crear instalaciones de

capacitación para este grupo vulnerable.

5.7. IMPACTOS

Con la reforma al artículo 42 numeral 33, y la incorporación a dicho numeral, se

logrará los siguientes aspectos:

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79

Que todas las personas discapacitadas gocen de una vida digna, ya que al asegurar su

derecho al trabajo, permitirá que se desarrollen en diversos ámbitos, consiguiendo el

goce pleno del Buen Vivir.

El derecho al que son acreedoras las personas discapacitadas está consagrado en la

Constitución, además en organismos internacionales de Derechos Humanos, de igual

manera se han creado Leyes que específicamente de una mejor garantía al acceso de sus

derechos, es por ello que en ningún momento estos deberán ser violentados.

Al integrar este inciso, en el numeral 33 del artículo 42 del Código de Trabajo, se les

está asegurando el derecho para acceder a un trabajo a este grupo vulnerable, además de

ello se establece el control para la sanción asegurando que los fondos serán destinados

para que este grupo se pueda capacitar.

5.8. EVALUACIÓN

La propuesta estará sujeta a disposiciones Constitucionales, de igual forma a los

convenios y tratados Internacionales, que se encuentren ratificados por el país.

La evaluación de la propuesta, de igual forma, está sujeta a conocimiento del tutor y

tribunal calificador quienes darán la acogida más favorable.

Lograr que se agregue un inciso, en el numeral 33 del artículo 42 del Código de

Trabajo.

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80

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85

ANEXOS

Encuesta a personas discapacitadas, empresas públicas y privadas, abogados en libre

ejercicio y ciudadanía.

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

Objetivo: Conocer si se cumplen con los derechos consagrados en la Ley de

Discapacidades, en cuanto el derecho a la inclusión laboral hacia las personas con

discapacidades sensoriales en la Ciudad de Quito.

Datos Informativos:

Nombres y

Apellidos:…………………………………………………………………..

Lugar:……………….. Edad:……………….

Instrucción: Primaria Secundaria Superior

Indicaciones: Lea detenidamente cada pregunta, marque con una X la respuesta que

usted considere pertinente. Toda la información que usted proporcione será de carácter

reservado y confidencial; por lo que se solicita responder con absoluta sinceridad, de

antemano se agradece su gentil colaboración.

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1. ¿Conoce usted la Ley Orgánica de Discapacidades?

SI NO

2. ¿Considera usted que esta ley cumple con los derechos que se consagran en

beneficio de este sector de la sociedad?

SI NO

3. ¿Sabe usted qué es la inclusión laboral?

SI NO

4. ¿Está usted de acuerdo en que solo el 4% de personas con discapacidad sean

incluidas en el sector laboral?

SI NO

5. ¿Conoce usted cuáles son los derechos que tienen las personas con

discapacidad?

SI NO

6. ¿Considera usted que debería reformarse la Ley

SI NO

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7. ¿Conoce usted cuales son las medidas de acción afirmativa hacia las personas

con discapacidades sensoriales?

SI NO

8. ¿Cree usted que entre índices de desempleo este es mayor hacia las personas

con discapacidad?

SI NO

9. ¿Considera usted que debería haber preferencia en el otorgamiento de un trabajo

hacia las personas con discapacidad a relación de las personas sin

discapacidades?

SI NO

10. ¿Cree usted que el desempleo hacia las personas con discapacidades sensoriales

ha ocasionado que se dediquen a trabajos de carácter informal?

SI NO

“GRACIAS POR SU COLABORACIÓN”