UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · han llenado de humor cada día de mi existencia....
Transcript of UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · han llenado de humor cada día de mi existencia....
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
CARRERA DE FINANZAS
PROYECTO DE GRADUACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL
TÍTULO DE INGENIERAS EN FINANZAS
TEMA:
“IMPACTO SOCIOECONÓMICO TRIBUTARIO COMO RESULTADO
DE LA LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y DE
CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA PARA LA RECONSTRUCCIÓN
Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR EL
TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016”
AUTORAS:
LLUMIUGSI CALVA JENNIFER TATIANA
PROAÑO PROAÑO DAYANA PAOLA
TUTOR
ECON. CARLOS RAMIRO BUITRÓN CHÁVEZ
Quito, 2017
ii
DEDICATORIA
La presente investigación quiero dedicar de manera especial a Dios por todo lo que
me ha brindado, a mis padres, a mi hermano, a mi familia por siempre darme aliento
en cada etapa de mi vida, a mis amigos, y compañeros de trabajo por su apoyo y
motivación incondicional en todo este trayecto.
JENNIFER TATIANA LLUMIUGSI CALVA
iii
DEDICATORIA
Quiero dedicar la presente investigación a todos aquellos que han brindado su
apoyo incondicional a lo largo de la carrera universitaria:
A Dios,
A mi madre,
A mi familia,
A mi pareja,
A mis amigos,
A mis compañeros de trabajo,
Y demás personas que me han acompañado en esta etapa.
DAYANA PAOLA PROAÑO PROAÑO
iv
AGRADECIMIENTO
Mi enorme gratitud a Dios por el amor, la vida, las fuerzas y por todo lo que me ha
brindado día tras día.
A toda mi familia, de una manera especial a mí hermosa madre y a mi padre que
siempre han estado en cada etapa de mi vida, brindándome el soporte, el cariño, el
esfuerzo y los consejos además de todos los valores impartidos en mí y que gracias
a todo ello soy todo lo que soy, los amo muchísimo.
A una persona especial, quien ha sido mi confidente, compañero y amigo durante
varios años, por siempre darme su apoyo incondicional, su motivación y su amor
sincero. Te debo un eterno agradecimiento Alexis.
A mis amigas Angela, Marcela y Josseth por brindarme su ayuda en todo momento,
y sobre todo en esta etapa.
A mis “Mafrends” que han sido mis amigos, compañeros y cómplices en toda esta
travesía y de una manera especial a Dayana por nunca permitir soltar mi mano en
todo este ciclo. ¡Gracias amigos!
A mis compañeros de trabajo por brindarme su apoyo.
A todos los docentes que motivan e inspiran por cumplir un sueño más.
A la Universidad Central del Ecuador por su acogida y enseñanzas impartidas.
A la FLACSO y demás personas por su cooperación a lo largo del proyecto.
A todas las personas que contribuyeron en esta etapa de mi vida.
Y de una manera especial al Econ. Carlos Buitrón, por su apoyo para la culminación
de la presente investigación.
JENNIFER TATIANA LLUMIUGSI CALVA
v
AGRADECIMIENTO
A lo largo de mi vida y de mi carrera universitaria, me he encontrado con un sin
número de personas que han llegado a cambiar mi rumbo, mi manera de pensar y
de actuar, agregando y tomando un poco de mí ser; por ello y tantas razones más,
en esta ocasión quiero agradecer:
A mi mami, Beatriz Proaño ya que es la persona más importante de mi mundo; su
esfuerzo, su constante dedicación y amor en cada enseñanza me han convertido en
la persona que soy hoy, todo lo logrado es gracias a ti mamita, Te Amo.
A mi familia tías, tíos, primas y primos que me han brindado su constante apoyo y
han llenado de humor cada día de mi existencia.
A Luis que con su cariño, su paciencia, su ayuda incondicional y aliento en los
momentos más difíciles, ha sido gran soporte a lo largo de esta etapa.
A Taty, mi compañera, mi amiga, por el aguante a lo largo del proyecto.
A mis amigos, los “Mafrends” y demás personas que han colaborado en este
proyecto y se han encontrado a mi lado.
A nuestro tutor Eco. Carlos Buitrón por sacar a flote todo lo mejor de nosotras y
guiarnos a la obtención de un proyecto de calidad.
A la Universidad Central del Ecuador y a la Facultad de Ciencias Económicas por
su acogida y enseñanzas impartidas.
A la FLACSO por su colaboración a lo largo del proyecto.
A tantos que olvido, gracias.
DAYANA PAOLA PROAÑO PROAÑO
vi
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL
Yo, JENNIFER TATIANA LLUMIUGSI CALVA, en calidad de autora del
Trabajo de Investigación realizado sobre: “IMPACTO SOCIOECONÓMICO
TRIBUTARIO COMO RESULTADO DE LA LEY ORGÁNICA DE
SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA PARA LA
RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS
POR EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016”, por la presente autorizo
a la UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, hacer uso de todos los
contenidos que me pertenecen o de parte de los que contiene esta obra, con fines
estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente
autorización, seguirán vigentes a nuestro favor, de conformidad con lo establecido
en los artículos 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y
su Reglamento.
Quito, 15 de septiembre de 2016
LLUMIUGSI CALVA JENNIFER TATIANA
1720572633
vii
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL
Yo, DAYANA PAOLA PROAÑO PROAÑO, en calidad de autora del Trabajo de
Investigación realizado sobre: “IMPACTO SOCIOECONÓMICO
TRIBUTARIO COMO RESULTADO DE LA LEY ORGÁNICA DE
SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA PARA LA
RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS
POR EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016”, por la presente autorizo
a la UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, hacer uso de todos los
contenidos que me pertenecen o de parte de los que contiene esta obra, con fines
estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente
autorización, seguirán vigentes a nuestro favor, de conformidad con lo establecido
en los artículos 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y
su Reglamento.
Quito, 15 de septiembre de 2016
PROAÑO PROAÑO DAYANA PAOLA
1721884466
xv
ÍNDICE GENERAL
DEDICATORIA ..................................................................................................... ii
AGRADECIMIENTO ........................................................................................... iv
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL ..................................... vi
INFORME DEL TUTOR DE CULMINACIÓN DEL PROYECTO .................. viii
NOTAS EMITIDAS POR EL TRIBUNAL CALIFICADOR .............................. ix
ÍNDICE GENERAL.............................................................................................. xv
ÍNDICE DE GRÁFICOS ................................................................................... xviii
ÍNDICE DE TABLAS ........................................................................................ xxii
ÍNDICE DE FÓRMULAS ................................................................................. xxiv
ÍNDICE DE ANEXOS ........................................................................................ xxv
RESUMEN ......................................................................................................... xxvi
ABSTRACT ...................................................................................................... xxvii
CAPÍTULO I ............................................................................................................ 1
1 PLAN DE PROYECTO................................................................................... 1
1.1 Antecedentes ................................................................................................. 1
1.1.1 Descripción de las contribuciones ........................................................ 5
1.1.2 Descripción del problema ................................................................... 19
1.2 Identificación............................................................................................... 39
1.3 Formulación del problema .......................................................................... 39
1.4 Objetivos ..................................................................................................... 40
1.4.1 Objetivo General ................................................................................. 40
1.4.2 Objetivos Específicos ......................................................................... 41
1.5 Justificación................................................................................................. 41
1.6 Delimitación Espacial y Temporal .............................................................. 42
1.6.1 Delimitación espacial .......................................................................... 42
1.6.2 Delimitación temporal ........................................................................ 42
1.7 Hipótesis ...................................................................................................... 42
1.7.1 Hipótesis General ................................................................................ 42
1.7.2 Hipótesis Específicas .......................................................................... 42
1.8 Marco Teórico ............................................................................................. 43
1.8.1 Base Legal........................................................................................... 43
xvi
1.8.2 Bases Teóricas .................................................................................... 44
1.8.3 Base Conceptual ................................................................................. 52
1.9 Metodología ................................................................................................ 57
1.9.1 Nivel de Investigación ........................................................................ 58
1.9.2 Diseño de investigación ...................................................................... 59
1.9.3 Población y muestreo .......................................................................... 59
1.9.4 Tamaño de la muestra ......................................................................... 60
1.9.5 Técnicas o instrumentos de recolección de datos ............................... 62
1.9.6 Procedimiento de la investigación ...................................................... 64
CAPITULO II ........................................................................................................ 66
2 INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS A TRAVÉS DE
ENCUESTAS ........................................................................................................ 66
2.1 Ámbito social .............................................................................................. 66
2.1.1 Apreciación social de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Pichincha............................................................. 66
2.1.2 Apreciación social de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Manabí ................................................................ 70
2.1.3 Estadísticas de Empleo y Desempleo ................................................. 75
2.1.4 Efecto Social ....................................................................................... 77
CAPITULO III ....................................................................................................... 79
3 ANÁLISIS DE LA INCIDENCIA DE LA RECAUDACIÓN POR LAS
CONTRIBUCIONES SOLIDARIAS ................................................................... 79
3.1 Ámbito tributario ......................................................................................... 79
3.1.1 Apreciación tributaria de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Pichincha............................................................. 79
3.1.2 Apreciación tributaria de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Manabí ................................................................ 84
3.1.3 Recaudación Tributaria 2007-2016 (SRI)........................................... 88
3.1.4 Recaudación de los Principales Tributos 2015-2016 (SRI) .............. 102
3.1.5 Proyecciones de Recaudaciones SRI ................................................ 114
3.1.6 Efecto Tributario ............................................................................... 118
CAPITULO IV ..................................................................................................... 120
xvii
4 ANÁLISIS ECONÓMICO POR LA IMPLEMENTACIÓN DE LEY
SOLIDARIA ....................................................................................................... 120
4.1 Ámbito económico .................................................................................... 120
4.2 Apreciación económica de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Pichincha ............................................................... 120
4.3 Apreciación económica de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Manabí ................................................................... 132
4.4 Apreciación económica de la aplicación de la Ley Solidaria ................... 151
4.5 Efecto económico ...................................................................................... 160
CAPITULO V ...................................................................................................... 164
5 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .......................................... 164
5.1 Conclusiones ............................................................................................. 164
5.2 Recomendaciones ...................................................................................... 166
BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................ 168
ANEXOS ............................................................................................................ 179
Anexo A: Encuesta dirigida a personas naturales en la provincia de Pichincha . 179
Anexo B: Encuesta dirigida a personas jurídicas en la provincia de Pichincha .. 181
Anexo C: Consentimiento informado a personas jurídicas en la provincia de
Pichincha .............................................................................................................. 183
Anexo D: Encuesta dirigida a personas naturales en la provincia de Manabí .... 186
Anexo E: Encuesta dirigida a comerciantes en la provincia de Manabí .............. 189
Anexo F: Variación en la Recaudación del IVA .................................................. 191
Anexo G: Visita a Pedernales .............................................................................. 192
xviii
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico 1.- Formulario 120 ................................................................................... 15
Gráfico 2.- Compensación Solidaria IVA ............................................................. 18
Gráfico 3.- Precio del Barril de Petróleo 2007-2015 (dólares) ............................ 20
Gráfico 4.- Precio del Barril de Petróleo 2014-2016 (dólares) ............................ 20
Gráfico 5.- Ingresos Petroleros 2007-2016 ........................................................... 21
Gráfico 6.- Ingresos no Petroleros 2007-2016 ...................................................... 22
Gráfico 7.- Ingresos SRI 2007-2015 ..................................................................... 23
Gráfico 8.- Ingresos SRI Enero-Agosto 2014-2016 (millones de dólares) ........... 24
Gráfico 9.- Curva de Laffer ................................................................................... 26
Gráfico 10.- Indicador Global de Confianza del Consumidor 2014-2016 ............ 28
Gráfico 11.- Capacidad Instalada - Comercio ....................................................... 31
Gráfico 12- Índice de Confianza Empresarial (ICE) Global ................................. 32
Gráfico 13.- Capacidad instalada Sector Industrial............................................... 32
Gráfico 14.- Capacidad instalada Sector Comercial ............................................. 33
Gráfico 15.- Capacidad instalada Sector Construcción......................................... 33
Gráfico 16.- Capacidad instalada Sector Servicios ............................................... 33
Gráfico 17.- Caja Global PGE 2014-2016 ............................................................ 35
Gráfico 18.- Deuda total en porcentaje del PIB 2014-2016 .................................. 36
Gráfico 19.- Evolución trimestral del PIB ............................................................ 38
Gráfico 20.- Conveniencia de creación ................................................................. 67
Gráfico21.- Nivel de conocimiento ....................................................................... 67
Gráfico 22.- Medida responsable y necesaria ....................................................... 68
Gráfico 23.- Grado de afectación .......................................................................... 69
Gráfico 24.- Medida responsable y necesaria ....................................................... 69
Gráfico 25.- Conveniencia de la ley ...................................................................... 71
Gráfico 26.- Ayuda recibida .................................................................................. 72
Gráfico 27.- Beneficio de la ley ............................................................................ 72
Gráfico 28.- Nivel de conocimiento ...................................................................... 73
Gráfico 29.- Ayuda por parte del gobierno ........................................................... 74
Gráfico 30.- Beneficio con la ley ......................................................................... 74
Gráfico 31.- Tasa de empleo Adecuado/Pleno ...................................................... 75
xix
Gráfico 32.- Tasa de Participación Bruta .............................................................. 76
Gráfico 33.- Tasa de Desempleo ........................................................................... 77
Gráfico 34.- Medio de pago .................................................................................. 80
Gráfico 35.- Medio de pago .................................................................................. 80
Gráfico 36.- Medio de pago .................................................................................. 81
Gráfico 37.- Carga tributaria ................................................................................. 82
Gráfico 38.- Tiempo de negocio en el mercado .................................................... 82
Gráfico 39.- Tamaño de la empresa ...................................................................... 83
Gráfico 40.- Clasificación según su actividad....................................................... 83
Gráfico 41.- Clasificación según su actividad....................................................... 84
Gráfico 42.- Tiempo de negocio en el mercado .................................................... 85
Gráfico 43.- Carga tributaria ................................................................................. 85
Gráfico 44.- Registro del RUC ............................................................................. 86
Gráfico 45.- Porcentaje que gravan sus compras .................................................. 87
Gráfico 46.- Comercio de productos fuera de la provincia ................................... 87
Gráfico 47.- Medidas aplicadas............................................................................. 88
Gráfico 48.- Recaudación Nacional 2015-2016 .................................................... 91
Gráfico 49.- Recaudación de Tributos Enero-Noviembre 2015-2016 ................ 102
Gráfico 50.- Operaciones Internas ...................................................................... 105
Gráfico 51.- Ingresos familiares .......................................................................... 121
Gráfico 52.- Gastos familiares ............................................................................ 121
Gráfico 53.- Medidas de afectación .................................................................... 122
Gráfico 54.- Integrantes que laboran ................................................................... 123
Gráfico 55.- Miembros de la Familia .................................................................. 123
Gráfico 56.- Ingreso total .................................................................................... 124
Gráfico 57.- Integrantes empleados .................................................................... 125
Gráfico 58.- Relación de dependencia ................................................................ 125
Gráfico 59.- Compra de bienes ........................................................................... 126
Gráfico 60.- Venta de bienes ............................................................................... 126
Gráfico 61.- Venta de bienes ............................................................................... 127
Gráfico 62.- Compra de bienes ........................................................................... 127
Gráfico 63.- Ventas de la empresa ..................................................................... 128
Gráfico 64.- Grado de afectación ........................................................................ 129
xx
Gráfico 65.- Medidas implementadas ................................................................. 130
Gráfico 66.- Estrategias a deliberar ..................................................................... 130
Gráfico 67.- Medidas de afectación .................................................................... 131
Gráfico 68.- Afluencia de turistas antes del terremoto ....................................... 133
Gráfico 69.- Influencia del turismo ..................................................................... 133
Gráfico 70.- Cantidad de turistas ........................................................................ 134
Gráfico 71.- Miembros de familia ....................................................................... 135
Gráfico 72.- Personas que laboraban antes del terremoto ................................... 135
Gráfico 73.- Integrantes que laboran actualmente .............................................. 135
Gráfico 74.- Ingreso familiar antes del terremoto ............................................... 136
Gráfico 75.- Ingreso familiar actual .................................................................... 137
Gráfico 76.- Diferencia de consumo ................................................................... 138
Gráfico 77.- Actividad laboral antes del terremoto ............................................. 139
Gráfico 78.- Desempeño de la misma actividad laboral ..................................... 139
Gráfico 79.- Actividad laboral actual .................................................................. 140
Gráfico 80.- Compra de alimentos antes del terremoto ...................................... 140
Gráfico 81.- Compra de alimentos actualmente .................................................. 141
Gráfico 82.- Medio de pago ................................................................................ 141
Gráfico 83.- Alimentación fuera del domicilio antes del terremoto ................... 142
Gráfico 84.- Alimentación fuera del domicilio actualmente ............................... 143
Gráfico 85.- Compra de bienes ........................................................................... 143
Gráfico 86.- Venta de bienes ............................................................................... 144
Gráfico 87.- Cuentas bancarias ........................................................................... 145
Gráfico 88.- Solicitud de crédito ......................................................................... 145
Gráfico 89.- Adquisición de crédito .................................................................... 146
Gráfico 90.- Ventas del negocio ......................................................................... 147
Gráfico 91.- Afluencia de turistas antes del terremoto ....................................... 147
Gráfico 92.- Influencia del turismo ..................................................................... 148
Gráfico 93.- Turistas en la actualidad ................................................................. 148
Gráfico 94.- Cuentas en instituciones financieras ............................................... 149
Gráfico 95.- Solicitud de crédito ......................................................................... 149
Gráfico 96.- Adquisición de crédito .................................................................... 150
Gráfico 97.- Compra de bienes ........................................................................... 150
xxi
Gráfico 98.- Asignaciones Presupuestarias por fuente de financiamiento .......... 158
Gráfico 99.- Costo de Reconstrucción ................................................................ 159
xxii
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1.- Reformas Impuesto al Valor Agregado ................................................... 3
Tabla 2.- Fechas de vencimiento (contribución sobre remuneración) .................... 7
Tabla 3.- Fechas de vencimiento (contribución sobre Patrimonio) ........................ 8
Tabla 4.- Fechas de vencimiento (Contribución sobre bienes inmuebles y derechos
representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades
residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior) ....................... 11
Tabla 5.- Ejercicio Utilidades (Paso 1) ................................................................. 14
Tabla 6.- Ejercicio Utilidades (Paso 2) ................................................................. 14
Tabla 7.- Fecha Máxima de Declaración (Utilidades) .......................................... 15
Tabla 8.- Tasas de Interés Trimestrales por Mora Tributaria................................ 16
Tabla 9.- Ejercicio Utilidades (Paso 3) ................................................................. 16
Tabla 10.- Ejercicio Utilidades (Paso 3-1) ............................................................ 16
Tabla 11.- Ejercicio Utilidades (Paso 3-2) ............................................................ 17
Tabla 12.- Ejercicio Utilidades (Paso 4) ............................................................... 17
Tabla 13.- Ejercicio Utilidades (Paso 5) ............................................................... 17
Tabla 14.- Ejercicio Utilidades (Paso 6) ............................................................... 17
Tabla 15.- Cumplimiento de Recaudación (miles de dólares) ............................. 25
Tabla 16.- Producto Interno Bruto ........................................................................ 27
Tabla 17.- Total Impuestos Recaudados ............................................................... 27
Tabla 18.- Carga Tributaria 2007-2016 ................................................................ 28
Tabla 19.- Gasto de Consumo ............................................................................... 30
Tabla 20.-Cumplimiento Presupuesto General del Estado ................................... 34
Tabla 21.- Cumplimiento con Presupuesto General del Estado ENERO-AGOSTO
............................................................................................................................... 34
Tabla 22.- Índice de Desarrollo Humano .............................................................. 38
Tabla 23.- Desarrollo de Hipótesis........................................................................ 63
Tabla 24.-Recaudación Tributaria 2007-2016 ..................................................... 90
Tabla 25 Reformas Tributarias 2017-2012 ........................................................... 95
Tabla 26.- Recaudación de Tributos Enero-Septiembre 2015-2016 ................... 103
Tabla 27.- Recaudación de Gestión del Servicio de Rentas Internas .................. 110
Tabla 28.- Recaudación de Ley de Contribución Solidaria ................................ 113
xxiii
Tabla 29.- Proyecciones de Recaudaciones SRI ................................................. 115
Tabla 30.- Contribución sobre la Remuneración ................................................ 117
Tabla 31.- Financiamiento para atención del terremoto...................................... 155
Tabla 32.- Asignaciones Presupuestarias por tipo de gasto ................................ 156
Tabla 33.- Pago a proveedores ............................................................................ 157
xxiv
ÍNDICE DE FÓRMULAS
Fórmula 1.- Carga Tributaria ................................................................................ 27
Fórmula 2.- Muestra .............................................................................................. 60
Fórmula 3.- Media Aritmética Ponderada ........................................................... 114
xxv
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo A: Encuesta dirigida a personas naturales en la provincia de Pichincha . 179
Anexo B: Encuesta dirigida a personas jurídicas en la provincia de Pichincha .. 181
Anexo C: Consentimiento informado a personas jurídicas en la provincia de
Pichincha .............................................................................................................. 183
Anexo D: Encuesta dirigida a personas naturales en la provincia de Manabí .... 186
Anexo E: Encuesta dirigida a comerciantes en la provincia de Manabí .............. 189
Anexo F: Variación en la Recaudación del IVA .................................................. 191
Anexo G: Visita a Pedernales .............................................................................. 192
xxvi
TEMA: Impacto socioeconómico tributario como resultado de la Ley
Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la
Reconstrucción y Reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16
de abril de 2016
Autoras:
Llumiugsi Calva Jennifer Tatiana
Proaño Proaño Dayana Paola
Tutor:
Carlos Ramiro Buitrón Chávez
RESUMEN
En la costa ecuatoriana el 16 de abril de 2016 aconteció un desastre natural de gran
magnitud, ocasionando pérdidas materiales y humanas, en vista de lo sucedido y
con el fin de la reactivar y reconstruir las zonas afectas, bajo las bases legislativas,
el gobierno actual presidido por el Economista Rafael Correa, proporciono
financiamiento con ingresos del Presupuesto General Estado, accedió a créditos y
creó la Ley Orgánica de Solidaridad y de corresponsabilidad ciudadana para la
reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril
de 2016, la presente investigación en su potencial esencia va dirigida a la aplicación
de la ley que a lo largo del trabajo llamaremos “Ley Solidaria”, así como analizar
sus incidencias y repercusión en el ámbito socioeconómico tributario en Ecuador.
En el proyecto realizado, utilizaremos el método cuantitativo-descriptivo que
servirá para analizar las variantes que tendrán los indicadores económicos y
determinar las conclusiones sobre las medidas propuestas por el gobierno.
PALABRAS CLAVE: REACTIVAR / FINANCIAMIENTO / IMPACTO /
INGRESOS / SOCIOECONÓMICO / TRIBUTARIO.
xxvii
TITTLE: Impacto socioeconómico tributario como resultado de la Ley
Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la
Reconstrucción y Reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16
de abril de 2016
Author:
Llumiugsi Calva Jennifer Tatiana
Proaño Proaño Dayana Paola
Tutor:
Carlos Ramiro Buitrón Chávez
ABSTRACT
In the Ecuadorian coast of April 16, 2016 happened a natural disaster of great
magnitude, causing material and human losses, in view of what happened and in
order the revive and rebuild the areas affected, under the legislative bases, the
current Government chaired by the Economist Rafael Correa, provided funding
with revenues of the General State budget, agreed to loans and created the Organic
Law of Solidarity and citizen for reconstruction and reactivation of areas affected
by the earthquake of April 16, 2016, this research on its potential essence will be
directed to the application of the law throughout the work we will call "Solidarity
Law", as well as to analyze its effects and impact on the socio-economic field tax
in Ecuador. In the project made, will use the method quantitative that will serve to
analyze them variants that will have them indicators economic and determine the
conclusions on the measures proposed by the Government.
KEYWORDS: REACTIVATE / FINANCING / IMPACT / INCOME /
SOCIOECONOMIC / TAX.
1
CAPÍTULO I
1 PLAN DE PROYECTO
En el presente capítulo se detallará el tema del proyecto de investigación, en el que
comprenderá; la formulación y descripción del problema, los objetivos planteados
que permitirá determinar y analizar el impacto socioeconómico tributario como
resultado de la ley estudiada, incluyendo las preguntas directrices con su respectiva
justificación.
1.1 Antecedentes
El Estado ecuatoriano tiene como deber, planificar el desarrollo nacional del país,
redistribuyendo de manera equitativa los recursos (Constitución de la República del
Ecuador, 2008). Además, una de las facultades de la Función Ejecutiva, es elaborar
cada año la proforma presupuestaria (Constitución de la República del Ecuador,
2008) sujeta al Plan Nacional de Desarrollo que se encarga de la formulación y la
ejecución del Presupuesto General del Estado (Constitución de la República del
Ecuador, 2008). Para ser aprobado el Presupuesto General en el artículo 295 de la
Constitución de la República del Ecuador se establece que: “La Función Ejecutiva
presentará a la Asamblea Nacional la proforma presupuestaria anual y la
programación presupuestaria cuatrianual durante los primeros noventa días de su
gestión y, en los años siguientes, sesenta días antes del inicio del año fiscal
respectivo. […]” (Constitución de la República del Ecuador, 2008), al igual que el
artículo 120, literal 12 de la Constitución de la República del Ecuador en donde es
deber de la Asamblea Nacional: “Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el
que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución”
(Constitución de la República del Ecuador, 2008).
El Presupuesto General del Estado es una herramienta para determinar y gestionar
los ingresos y egresos del Estado. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
2
En el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Publicas los ingresos y egresos
fiscales, se clasifican en permanentes y no permanentes. Los ingresos fiscales
permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado recibe de manera
periódica, no resultan de la enajenación, degradación o venta de activos públicos de
ningún tipo o del endeudamiento público; por ejemplo, los ingresos permanentes
que provienen del impuesto a la renta, el impuesto al valor agregado, el impuesto a
los consumos especiales, impuesto a la salida de divisas, aranceles, impuesto a las
importaciones, tasas aduaneras, el impuesto a los activos en el exterior, y el
impuesto a los vehículos motorizados de transporte terrestre. Mientras que, los
ingresos fiscales no permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el
Estado recibe de manera temporal, puede ocasionar disminución de la riqueza; por
ejemplo, los ingresos no permanentes que provienen de la venta de activos públicos
o del endeudamiento público. (Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 2010)
En base a lo descrito en el párrafo que antecede, los ingresos fiscales permanentes
pueden provenir de impuestos. Como lo señala el Barry, “los impuestos afectan la
corriente del ingreso en dirección opuesta a los efectos del gasto del gobierno”
(Barry, 1963)
Según la clasificación de los tributos se consideran: los impuestos, tasas y
contribuciones especiales. (Kruse, 2001)
El fin de recaudar estos tributos se establece en el artículo 6 del Código Tributario:
Los tributos, además de ser medios para recaudar ingresos públicos,
servirán como instrumento de política económica general, estimulando
la inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines
productivos y de desarrollo nacional; atenderán a las exigencias de
estabilidad y progreso sociales y procurarán una mejor distribución de
la renta nacional. (Código Tributario, 2014)
Según Eddy de la Guerra en el libro El Régimen Tributario Ecuatoriano señala:
El régimen tributario en su parte normativa ha debatido constantemente
con innumerables reformas; esta diversificación normativa es producto
tanto de la necesidad de adaptar la norma al cambio de circunstancias
económicas, políticas y sociales en el país; como del ejercicio de
determinadas políticas de gobierno, en relación a la función para fiscal
de los impuestos. (Guerra, 2012)
3
Si bien las reformas tributarias efectuadas durante la última década, son parte
esencial de este estudio, no puede olvidarse que el origen de cada impuesto data de
décadas pasadas y cada impuesto ha evolucionado a su propio ritmo. (Guerra, 2012)
En la historia ecuatoriana, encontramos diversas reformas tributarias; entre las más
representativas, se hallan las dirigidas al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Tal
como se observa en la siguiente tabla:
Tabla 1.- Reformas Impuesto al Valor Agregado
Reforma Año %
Creación del Impuesto a las Ventas y Sustitutivos publicada en Registro
Oficial, Suplemento No. 356 (01 de noviembre del 1941). 1941 1.5
Ley de Impuesto a las Ventas y Sustitutivos publicada en Registro
Oficial, Suplemento No. 299 (28 de julio de 1964). 1964 3.5
Creación del Impuesto a las Transacciones Mercantiles y Prestación de
Servicios (ITM) publicada en Registro Oficial, Suplemento No. 429 (12
de mayo de 1970), a razón de la des financiación del Presupuesto
General del Estado.
1970 4
Ley No. 83 del Impuesto a las Transacciones Mercantiles y a la
Prestación de Servicios publicada en Registro Oficial, Suplemento No.
83 (31 de diciembre de 1981), por primera vez se establece el Impuesto
a los Productos Suntuarios.
1982 5
Ley del Impuestos a los Consumos Selectivos publicada en Registro
Oficial, Suplemento No.408 (11 de enero de 1983), tarifa diferenciada
para productos selectivos.
1983 10
Ley No. 56 de Régimen Tributario Interno publicada en Registro
Oficial, Suplemento No. 341 (22 de diciembre de 1989), crea el
Impuesto al Valor Agregado (IVA) con características similares al ITM.
1990 10
Ley No. 93 publicada en Registro Oficial, Suplemento No. 764-S (22 de
agosto de 1995), establece dos tarifas para el IVA 0% y 10%. 1995 10
Ley No. 99-41 publicada en Registro Oficial, Suplemento No. 321-S (18
de noviembre de 1999), se incrementa la tarifa del 10% al 12% del IVA. 1999 12
Ecuador, Ley de Reforma Tributaria No 2001-41 publicada en Registro
Oficial, Suplemento No. 325 (14 de mayo 2001). 2001 14
Tribunal Constitucional. TP. “Resolución No. 126-2001-TP” Registro
Oficial, No. 390-S (15 de agosto de 2001). 2001 12
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para
la reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto
de 16 de abril de 2016, en Registro Oficial, Suplemento No. 759 (01 de
junio de 2016).
2016 14
Fuente: Sistema Integrado de Indicadores Sociales del Ecuador – SIIS.
Elaborado por: Autoras
4
En el año 2001 se expide la Ley No. 2001-41, publicada en Registro Oficial No.
325-S el 14 de mayo de 2001, donde se eleva la tarifa del IVA del 12 al 14% con la
finalidad de generar mayores ingresos al país y para facilitar la incorporación de
beneficios por parte de los contribuyentes. (Ley de Reforma Tributaria, 2001). Sin
embargo, tras considerarse una medida inconstitucional, el 15 de agosto de 2001 y
con apenas tres meses de vigencia, a través del amparo constitucional con
Resolución No. 126-2001-TP del Tribunal Constitucional publicada en Registro
Oficial No. 390-S, disminuye la tarifa del 14 al 12%, esta resolución entra en
vigencia a partir de septiembre de 2001. (Tribunal Constitucional, 2001)
Con este antecedente, en el año 2016 se suscita nuevamente un reajuste a la tarifa
del IVA, llegando así a una elevación porcentual del 14%, este ajuste es inducido
para la ayuda de emergencia por los afectados en Manabí y Esmeraldas por el
terremoto. Por ello y de conformidad con los artículos 120 y 140 de la Constitución
de la República del Ecuador, se expide la Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas
afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016, en la que se anuncian cinco
medidas temporales, con el propósito de permitir a la planificación, construcción y
reconstrucción de la infraestructura pública y privada, así como la reactivación
productiva de las zonas afectadas (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016):
- Contribución solidaria sobre la remuneración.
- Contribución solidaria sobre el patrimonio.
- Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos representativos
de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en
paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior.
- Contribución solidaria sobre las utilidades.
- Se incrementa la tarifa del IVA al 14% durante el período de hasta un año.
5
1.1.1 Descripción de las contribuciones
Contribución solidaria sobre la remuneración
El pago de esta contribución tendrá vigencia desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31
de enero de 2017. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
Para su aplicación, es necesario que el empleado bajo relación de dependencia,
perciba materia gravada de aportación a la seguridad social, igual o mayor a $1.000
dólares (base de cálculo); para el caso de las personas naturales, nacionales o
extranjeras que completen una permanencia de más de 180 días calendario en el
Ecuador se excluirán del cálculo de esta contribución debido a que pagaron la
contribución sobre las utilidades (razón que se deberá sustentar con los respectivos
comprobantes de pago). En el caso de que después de abril de 2016 por alguna razón
la remuneración del empleado disminuya se deberá fijar la base imponible del mes
de abril de 2016. “Las diferencias originadas por tal disminución serán de cargo del
empleador, con la excepción prevista en la Ley”.
Esta contribución en su totalidad se presentará en el Formulario 120 "Formulario
Múltiple de Declaración” y se efectuará previo al primer pago de la contribución.
Para registrar los pagos mensuales según corresponda y acorde a la tabla establecida
en la Ley se utilizará el Formulario 106 “Formulario Múltiple de Pago”, con el
código 4140; de existir valores pendientes se generará un nuevo Formulario 106
con el mes que corresponda y registrando el valor pendiente con los intereses y
multas correspondiente. (Servicio de Rentas Internas, 2016)
Se exonera de este pago a las personas naturales que presten sus servicios o tengan
su domicilio en las provincias afectadas por el terremoto, para determinar el lugar
de domicilio se considerará el domicilio registrado en el último proceso electoral
según el Consejo Nacional Electoral, también serán exonerados los afectados
económicamente de acuerdo a las condiciones definidas por el SRI que se
encuentren en otras circunscripciones afectadas por la catástrofe del 16 de abril de
2016. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
6
La contribución solidaria sobre la remuneración corresponderá al 3,33%
(comparable a un día de remuneración) de la materia gravada que sea igual o
superior a $1.000 dólares norteamericanos, así como lo dictamina la tabla prevista
en la Ley Solidaria, esta contribución puede ser cancelada por cuotas continuas o
no, tomando a consideración que el mes inicial será el primer mes entre junio de
2016 y enero de 2017.
Para el caso de una remuneración fija se multiplicará la remuneración por 3,33% y
se aplicara al número de meses correspondientes dictaminados en la tabla de la Ley;
para el cálculo del valor a retener el trabajador podrá solicitar que el valor aportado
como donación sea considerado crédito tributario, considerando que el valor
máximo de crédito tributario a reconocerse por esta donación será el valor total de
la contribución.
En el caso de que la remuneración sea variable el primer mes se calculara la cuota
multiplicando la remuneración por 3,33%, del segundo mes en adelante y mientras
dure la vigencia de esta contribución se deberá calcular el ingreso promedio
mensual acumulado desde el mes de junio de 2016 hasta el mes que lo dictamine la
tabla establecida en la Ley Solidaria, a este resultado se lo multiplicara por la tarifa
de 3,33% y el número de cuotas de contribución después se le restara el valor
acumulado en periodos anteriores correspondientes a la contribución pagada, el
empleador deberá verificar en el mes de enero de 2017 que el promedio mensual de
la materia gravada sea igual o mayor a la suma de las contribuciones retenidas y
efectivamente pagadas, de no ser así, deberá realizar el ajuste respectivo y retener
el valor pendiente de pago. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
Para realizar el cálculo de la retención en la fuente se deberá tomar en cuenta hasta
el último día del mes al que corresponda la remuneración, cuando el trabajador deje
de prestar los servicios en relación de dependencia el agente de retención entregara
el comprobante de pago dentro de 15 días subsiguientes al termino del contrato, en
el caso de que el trabajador reinicie sus actividades laborales con otro empleador
deberá entregar el comprobante de retención a su nuevo empleador para que efectúe
el cálculo de las retenciones en lo que resta del periodo de vigencia de la
contribución.
7
Como sustento de las retenciones efectuadas el empleador deberá desglosar el
detalle del valor retenido y del valor correspondiente a crédito tributario por
donaciones en los roles de pago.
Los agentes de retención realizaran el pago de los valores de esta contribución a
través del "Formulario Múltiple de Pagos" 106 de manera consolidada y utilizando
el código Nº 4140 “Contribución solidaria sobre la remuneración”, tomando en
cuenta el siguiente calendario: (Servicio de Rentas Internas, 2016)
Tabla 2.- Fechas de vencimiento (contribución sobre remuneración)
Noveno Dígito Fecha de vencimiento hasta el día
1 10 del mes siguiente
2 12 del mes siguiente
3 14 del mes siguiente
4 16 del mes siguiente
5 18 del mes siguiente
6 20 del mes siguiente
7 22 del mes siguiente
8 24 del mes siguiente
9 26 del mes siguiente
0 28 del mes siguiente
Fuente: Servicio de Rentras Internas (SRI), 2016
Nota: Periodo fiscal junio pago mes siguiente julio.
La retención a la contribución solidaria sobre la remuneración se realizará con plazo
máximo del último día del mes al que corresponde la remuneración; el comprobante
de retención es el Formulario 107 A, el mismo que será generado por el agente de
retención una vez finalizada la vigencia de la contribución, dicho Formulario será
entregado hasta el 28 de febrero de 2017 a los sujetos pasivos, en el caso de que el
sujeto pasivo deje de prestar sus servicios antes de finalizar la vigencia de la
contribución, deberá entregar el Formulario 107 A, dentro de los 15 días hábiles
siguientes. (Servicio de Rentas Internas, 2016)
No existe excepción alguna, esta contribución se cancelará dentro de los plazos
previstos. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016).
En el caso de que una persona desea contribuir solidariamente a través de este medio
deberá notificar al empleador su decisión.
8
Contribución solidaria sobre el patrimonio
Esta contribución se aplica a las personas naturales que al 1 de enero de 2016 posean
un patrimonio individual igual o mayor a $1`000.000 de dólares, se cancelara el
0.90% sobre el patrimonio ubicado dentro y fuera del país para las personas
residentes en el Ecuador, en el caso de que no sean residentes en el Ecuador se
cancelara el 0.90% únicamente sobre el patrimonio ubicado dentro del país. (Ley
Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Esta contribución solidaria deberá ser declarada en el Formulario 120 "Formulario
Múltiple de Declaración" y pagada en el Formulario 106 "Formulario Múltiple de
Pagos", con el código 4110. (Servicio de Rentas Internas, 2016)
La contribución sobre el patrimonio se podrá cancelar en tres cuotas, tomándose
como fecha máxima de declaración el 28 de agosto de 2016, tal como se detalla en
la siguiente tabla:
Tabla 3.- Fechas de vencimiento (contribución sobre Patrimonio)
Patrimonio
Noveno Dígito Primera cuota Segunda cuota Tercera cuota
1 20 de junio 10 de julio 10 de agosto
2 20 de junio 12 de julio 12 de agosto
3 20 de junio 14 de julio 14 de agosto
4 20 de junio 16 de julio 16 de agosto
5 20 de junio 18 de julio 18 de agosto
6 20 de junio 20 de julio 20 de agosto
7 22 de junio 22 de julio 22 de agosto
8 24 de junio 24 de julio 24 de agosto
9 26 de junio 26 de julio 26 de agosto
0 28 de junio 28 de julio 28 de agosto
Fuente: Servicio de Rentras Internas (SRI), 2016
“Para efectos de esta contribución se considerará como residente a la persona
natural que al 31 de diciembre de 2015 cumpla los criterios de residencia
establecidos en la Ley de Régimen Tributario Interno” (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
9
Todos los activos afectados por el terremoto no se tomarán en cuenta para el cálculo
de la contribución sobre el patrimonio. (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Para valorar los activos se considerará el contenido estipulado en la Resolución del
SRI No. NAC-DGER 2008-1510, publicada en el Suplemento del Registro Oficial
No. 497, de 30 de diciembre de 2008 y sus reformas, sin prejuicio de lo citado, se
determina que: “Para efectos de esta contribución respecto del valor de los derechos
representativos de capital, se considerará el valor patrimonial proporcional (VPP),
aun cuando los mismos se coticen en bolsa de valores.
El cálculo del VPP corresponderá al resultado de multiplicar el valor del patrimonio
neto de una sociedad al 31 de diciembre de 2015 por el porcentaje de participación
societaria”. Para el caso de personas naturales que tengan derecho al retorno de sus
aportes en sociedades sin fines de lucro, tal derecho se considerara parte de su
patrimonio para el cálculo de esta contribución, este derecho se valorara conforme
al monto que retorno al 31 de diciembre de 2015 a la persona natural en el supuesto
de liquidación de la sociedad sin fines de lucro.
Esta contribución se distribuirá en partes iguales cuando el patrimonio corresponda
a una sociedad conyugal o unión de hecho legalmente establecida se exceptúa esta
distribución cuando existieran capitulaciones matrimoniales; los activos que no
formen parte de la sociedad conyugal se sumaran al patrimonio del cónyuge
correspondiente. “Para el avalúo de bienes mancomunados se tomará la alícuota
que le corresponda al sujeto pasivo”.
El pago de la contribución sobre el Patrimonio por las sociedades residentes en el
Ecuador, se rige a los sustitutos establecidos en el Código Tributario.
10
Con respecto al sustituto:
Las sociedades residentes en el Ecuador cuyos titulares de derechos
representativos de capital sean personas no residentes, serán sustitutos
del contribuyente para el pago de la contribución solidaria sobre el
patrimonio de las personas naturales, de conformidad con el Código
Tributario.
Las sociedades residentes en el Ecuador cuyos titulares de derechos
representativos de capital sean sociedades no residentes sujetos a esta
contribución, serán sustitutos del contribuyente de conformidad con el
Código Tributario. (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Las contribuciones hacia el patrimonio son de carácter confidencial, serán utilizadas
para fines propios de la administración tributaria.
Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos representativos de
capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos
fiscales u otras jurisdicciones del exterior
Realizan esta contribución todas las sociedades que no residan en el país pero que
sean propietarias de bienes inmuebles y/o derechos representativos de capital en el
Ecuador y que no se hayan declarado en su último nivel de propiedad por parte de
una persona natural. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
Se realizará la contribución del 1,8% sobre bienes inmuebles ubicados en Ecuador
y sobre derechos representativos de capital sobre sociedades residentes en Ecuador
en que, a la fecha de vigencia de la Ley, pertenezcan de manera directa a una
sociedad residente en un paraíso fiscal, jurisdicción de menor imposición o no se
conozca su residencia. La contribución del 0,9% afecta únicamente a los inmuebles
ubicados en Ecuador y sobre derechos representativos de capital sobre sociedades
residentes en Ecuador en que, a la fecha de vigencia de la Ley, pertenezcan de
manera directa a una sociedad no residente en el Ecuador, que sea residente en una
jurisdicción distinta a la señala en el inciso anterior. No se cobrará esta contribución
en el caso de que los bienes inmuebles formen parte del patrimonio declarado de un
residente en el Ecuador.
11
Esta contribución solidaria deberá ser declarada en el formulario 120 "Formulario
Múltiple de Declaración" y pagada en el formulario 106 "Formulario Múltiple de
Pagos", con el código 4130. (Servicio de Rentas Internas, 2016)
Los valores por la contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos
representativos de capital existentes en el ecuador de propiedad de sociedades
residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior pueden ser
cancelados en tres cuotas, tal como lo determina la siguiente tabla:
Tabla 4.- Fechas de vencimiento (Contribución sobre bienes inmuebles y derechos
representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en
paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior)
Noveno
Dígito
Primera
cuota
Segunda
cuota
Tercera
cuota
Fecha máxima de
presentación
formulario 120
1 20 de junio 10 de julio 10 de agosto 10 de septiembre
2 20 de junio 12 de julio 12 de agosto 12 de septiembre
3 20 de junio 14 de julio 14 de agosto 14 de septiembre
4 20 de junio 16 de julio 16 de agosto 16 de septiembre
5 20 de junio 18 de julio 18 de agosto 18 de septiembre
6 20 de junio 20 de julio 20 de agosto 20 de septiembre
7 22 de junio 22 de julio 22 de agosto 22 de septiembre
8 24 de junio 24 de julio 24 de agosto 24 de septiembre
9 26 de junio 26 de julio 26 de agosto 26 de septiembre
0 28 de junio 28 de julio 28 de agosto 28 de septiembre
Fuente: Servicio de Rentras Internas (SRI), 2016
Para ser exento de esta contribución, la persona natural que sea beneficiada debe
presentar la información correspondiente que corrobore su declaración por la
contribución sobre el patrimonio. (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
La base de cálculo para esta contribución se encuentra en base a los avalúos
catastrales correspondientes al año 2016 de todos los bienes inmuebles y el VPP de
los derechos representativos de capital de sociedades calculados al 31 de diciembre
de 2015.
12
En el caso de sociedades no resientes que tengan derecho al retorno de sus aportes
en sociedades residentes sin fines de lucro, tal derecho se valora acorde al monto
que retorne a la sociedad no residente en el supuesto de liquidación de la sociedad
sin fines de lucro al 31 de diciembre de 2015.
La información referente a inmuebles de propiedad de sociedades en el exterior será
enviada de forma obligatoria por los GAD`s al SRI.
Contribución solidaria sobre las utilidades
Para esta contribución se considera sujetos pasivos a:
Sociedades mismas que deberán tomar como base imponible la utilidad gravable
del impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2015 antes de la reinversión.
Personas naturales y fideicomisos mercantiles que hayan generado utilidades en el
ejercicio fiscal 2015, tomando en cuenta que la base imponible sea superior a
$12.000 dólares.
Según resolución No. NAC-DGERCGC16-00000237, publicada el 09 de junio de
2016, el SRI resuelve establecer el procedimiento para la declaración y pago de la
contribución solidaria sobre las utilidades, y declara en su artículo 4. Liquidación,
declaración y pago. - Los sujetos pasivos calcularan la contribución en el
“Formulario 120: Formulario Múltiple de Declaración”; posterior a dicho calculo,
la declaración y el pago se realizará en tres cuotas iguales a través del “Formulario
106: Formulario Múltiple de Pagos”, con el código 4120; en los meses de junio,
julio y agosto de 2016 conforme al noveno digito del RUC o Cedula de Identidad.
(Servicio de Rentas Internas, 2016)
Se añade en la resolución antes citada en su artículo 5. Crédito Tributario. - Las
sociedades […] que sean consideradas micro y pequeñas empresas, que hayan
pagado por concepto de anticipo de impuesto a la renta del ejercicio 2015 un monto
mayor al impuesto causado en dicho ejercicio podrá utilizar el exceso como crédito
tributario para el pago de esta contribución, siempre que dicho valor no haya sido
devuelto por la Administración Tributaria […]
13
Según resolución No. NAC-DGERCGC16-00000369, publicada el 30 de agosto de
2016, el SRI resuelve establecer los plazos para la presentación del Formulario 120,
“para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y deberes formales, de conformidad con la ley.” Por lo que en su artículo 3. Plazos
de presentación. - […] deberá presentar durante el mes de septiembre del año 2016
considerando el noveno digito del RUC o Cedula de Identidad. (Servicio de Rentas
Internas, 2016)
Para el caso de los sujetos pasivos que no hayan realizado su declaración y pago
dentro de los plazos establecidos en cada una de las contribuciones solidarias, serán
sometidos a cargo de interés y multas según lo establece la Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana y su Reglamento (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016). De acuerdo a la ley antes
citada en su artículo 7 señala: “será sancionado con una multa del 3% de los valores
no pagados, por cada mes de retraso. Los intereses y multas se calcularán de
conformidad con lo establecido en el Código Tributario” (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Según el Código Tributario señala:
Art. 21.- Intereses a cargo del sujeto pasivo. - La obligación tributaria
que no fuera satisfecha en el tiempo que la ley establece, causará a favor
del respectivo sujeto activo y sin necesidad de resolución administrativa
alguna, el interés anual equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial
para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, desde
la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción. (Código Tributario,
2014)
Según la LRTI señala:
Art. 100.- Cobro de multas. - Los sujetos pasivos que, dentro de los
plazos establecidos en el reglamento, no presenten las declaraciones
tributarias a que están obligados, serán sancionados sin necesidad de
resolución administrativa con una multa equivalente al 3% por cada
mes o fracción de mes de retraso en la presentación de la declaración,
la cual se calculará sobre el impuesto causado según la respectiva
declaración, multa que no excederá del 100% de dicho impuesto. (Ley
Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2016)
14
Ejemplo:
El señor Luis Fernando García, persona natural obligada a llevar contabilidad, con
RUC 1720572633001 con actividad económica en la ciudad de Quito, se dedica a
comercializar mueblería para el hogar, de acuerdo al formulario 102 de impuesto a
la renta presentado por el ejercicio 2015, tiene una base imponible gravada de
$ 23.969,09 dólares y no percibe de ingresos líquidos bajo relación de dependencia,
además considerando que hasta la fecha de 12 de diciembre de 2016, no ha
cancelado ninguna cuota sobre la contribución de las utilidades.
Procedimiento:
Tabla 5.- Ejercicio Utilidades (Paso 1)
No. Casilla
formulario
102
Concepto Valor USD
759
Renta imponible de sueldos, salarios,
indemnizaciones y otros ingresos
líquidos del trabajo en relación de dependencia
0,00
832 Base Imponible Gravada 23.968,09
Elaborado por: Autoras
Tabla 6.- Ejercicio Utilidades (Paso 2)
No. Casilla
formulario
120
Cálculo de la contribución solidaria sobre
las utilidades Valor USD.
Base Imponible Gravada 23.968,09
(-) Renta imponible de sueldos, salarios,
indemnizaciones y otros ingresos
líquidos del trabajo en relación de
dependencia
0,00
401 (=) Monto imponible para la contribución 23.968,09
(x) Tarifa 3.00%
502 (=) Contribución generada 719,04
Cálculo de la contribución solidaria a
pagar y cuotas
502 (=) Contribución generada 719,04
503 (-) Crédito tributario 0,00
599 (=) Contribución a pagar 719,04
601 Cuota junio 239,68
602 Cuota julio 239,68
603 Cuota agosto 239,68
Elaborado por: Autoras
15
Gráfico 1.- Formulario 120
Fuente: Servicio de Rentras Internas (SRI), 2016
Según el instructivo para la declaración y pago de la contribución solidaria sobre
las utilidades publicado por el SRI presenta cuadro de fechas máximas de pago de
conformidad con el noveno dígito del RUC:
Tabla 7.- Fecha Máxima de Declaración (Utilidades)
Noveno dígito Primera cuota Segunda cuota Tercera cuota
1 20 de junio 10 de julio 10 de agosto
2 20 de junio 12 de julio 12 de agosto
3 20 de junio 14 de julio 14 de agosto
4 20 de junio 16 de julio 16 de agosto
5 20 de junio 18 de julio 18 de agosto
6 20 de junio 20 de julio 20 de agosto
7 22 de junio 22 de julio 22 de agosto
8 24 de junio 24 de julio 24 de agosto
9 26 de junio 26 de julio 26 de agosto
0 28 de junio 28 de julio 28 de agosto
Fuente: Servicio de Rentras Internas (SRI), 2016
100 IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN
200 IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO
RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS Y NOM BRES COM PLETOS
300 IDENTIFICACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
CÓDIGO DE IMPUESTO
400 DETALLE DE OPERACIONESINFORMACIÓN PREVIA PARA LA DECLARACIÓN DE LA OBLIGACIÓN
401
402
403
404
405
406
500 RESUMEN IMPOSITIVO
501
502
503
504
599
600 RESUMEN DE CUOTAS
CUOTA 1 601 CUOTA 2 602 CUOTA 3 603
Nombre: Nombre:
198 199Cédula de Idenitdad o
No. de pasaporte
Resolución N° NAC-DGERCGC16-00000221
Luis Fernando García
Declaro que los datos proporcionados en esta declaración son exactos y verdaderos, por lo que asumo la responsabilidad legal que de ella se deriven. (Art. 101 de la L.R.T.I.)
(=) OBLIGACIÓN A PAGAR 502-503-504 719,04
239,68 239,68 239,68
(=) OBLIGACIÓN GENERADA 719,04
(-) CRÉDITOS TRIBUTARIOS Y/O FISCALES
(-) EXENCIONES AL MONTO DE LA OBLIGACIÓN
(+) RUBROS NO DEDUCIBLES / ATRIBUIDOS A EXENCIONES Y RUBROS NO OBJETO
(+) AJUSTES
(=) BASE IMPONIBLE 401-402-403-404+405+406 23968,09
(-) DESCUENTOS Y OTRAS DEDUCCIONES
(-) EXENCIONES Y RUBROS NO OBJETO
(-) EXCLUSIONES
301 302DESCRIPCIÓN
4120CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE LAS UTILIDADES
MONTO IMPONIBLE 23968,09
205RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS Y NOM BRES COM PLETOS
No. DE FORMULARIO QUE SUSTITUYE
00 2016
201
IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (RUC / CÉDULA /
IDENTIFICACIÓN DEL EXTERIOR / PASAPORTE)202 203
TIPO DECLARANTE
104
FORMULARIO MÚLTIPLE DE DECLARACIONES
No.
FORMULARIO 120Sírvase leer el instructivo publicado en la
página web www.sri.gob.ec, sección:
Declaraciones y Anexos / Formularios e
Instructivos
IM PORTANTE:
101MES
102AÑO
RUC No.
1720572633001 Contribuyente
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FIRMA CONTADOR
204
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRIBUYENTE A QUIEN SUSTITUYE O REPRESENTA (RUC / CÉDULA /
IDENTIFICACIÓN DEL EXTERIOR / PASAPORTE)
16
Tabla 8.- Tasas de Interés Trimestrales por Mora Tributaria
En porcentajes
AÑO / TRIMESTRE 2015 2016
Enero – Marzo 1,024 1,140
Abril – Junio 0,914 1,108
Julio – Septiembre 1,088 1,083
Octubre – Diciembre 1,008 1,098
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Calculo del Intereses:
Considerando que la fecha máxima de pago de la primera cuota fue el 20 de junio
de 2016, y la fecha exigible es el 21 de junio de 2016, el cálculo de intereses se
refleja en la siguiente tabla:
Tabla 9.- Ejercicio Utilidades (Paso 3)
Meses Periodos Tasa (%)
1 21-junio 20-julio 1,108
2 21-julio 20-agosto 1,083
3 21-agosto 20-septiembre 1,083
4 21-septiembre 20-octubre 1,083
5 21-octubre 20-noviembre 1,098
6 21-noviembre 12-diciembre 1,098
Total % 6,553
Elaborado por: Autoras
Considerando que la fecha máxima de pago de la segunda cuota fue el 14 de julio
de 2016, y la fecha exigible es el 15 de julio de 2016, el cálculo de intereses se
refleja en la siguiente tabla:
Tabla 10.- Ejercicio Utilidades (Paso 3-1)
Meses Periodos Tasa (%)
1 15-julio 14-agosto 1,083
2 15-agosto 14-septiembre 1,083
3 15-septiembre 14-octubre 1,083
4 15-octubre 14-noviembre 1,098
5 15-noviembre 12-diciembre 1,098
Total % 5,445
Elaborado por: Autoras
17
Considerando que la fecha máxima de pago de la tercera cuota fue el 14 de agosto
de 2016, y la fecha exigible es el 15 de agosto de 2016, el cálculo de intereses se
refleja en la siguiente tabla:
Tabla 11.- Ejercicio Utilidades (Paso 3-2)
Meses Periodos Tasa (%)
1 15-agosto 14-septiembre 1,083
2 15-septiembre 14-octubre 1,083
3 15-octubre 14-noviembre 1,098
4 15-noviembre 12-diciembre 1,098
Total % 4,362
Elaborado por: Autoras
Tabla 12.- Ejercicio Utilidades (Paso 4)
Interés a pagar por cada valor no pagado
Cuotas Valor a pagar Tasa de interés
aplicar (%) Interés a pagar
Primera Cuota 239,68 6,553 % 15,71
Segunda Cuota 239,68 5,445 % 13,05
Tercera Cuota 239,68 4,362 % 10,45
Elaborado por: Autoras
Calculo del Multas:
Tabla 13.- Ejercicio Utilidades (Paso 5)
Multas a pagar por cada valor no pagado
Cuotas Valor a pagar (x) Tarifa
multa
(x) meses o
fracción
Multas a
pagar
Primera Cuota 239,68 3.00% 6 43,14
Segunda Cuota 239,68 3.00% 5 35,95
Tercera Cuota 239,68 3.00% 4 28,76
Elaborado por: Autoras
Calculo de valor a pagar total:
Tabla 14.- Ejercicio Utilidades (Paso 6)
Cuotas Valor a pagar Interés a
pagar
Multas a
pagar
Total Valor
a pagar
Primera Cuota 239,68 15,71 43,14 298,53
Segunda Cuota 239,68 13,05 35,95 288,68
Tercera Cuota 239,68 10,45 28,76 278,89
VALOR A PAGAR TOTAL 866,10
Elaborado por: Autoras
18
Con un total de pago de contribución sobre utilidades de $ 719,04 misma que debió
cancelar dentro de los plazos máximos de declaración, frente al valor a pagar con
cargos en multas e intereses, existe un incremento del 20,45%.
Impuesto al valor agregado
Se incrementa la tarifa del IVA al 14% durante el período de hasta un año según lo
señala la primera disposición transitoria de la nueva Ley Orgánica de Solidaridad
y de Corresponsabilidad Ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las
zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016. (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Mediante resolución No. NAC-DGERCGC16-00000210, publicada el 26 de mayo
de 2016, el SRI resuelve aprobar los formularios para la declaración del impuesto
al valor agregado. Señalando que los sujetos pasivos deberán declarar en el
formulario 104 y 104 A, mismos que se encuentran en la página web institucional
a partir del periodo junio del 2016. (Servicio de Rentas Internas, 2016)
Gráfico 2.- Compensación Solidaria IVA
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016
19
1.1.2 Descripción del problema
En el libro: Una mirada a la teoría, a los modelos económicos, a las bases
conceptuales y al modelo de la “economía social de mercado”, se explica la
problemática de una economía en contracción (El rol de la política fiscal y
monetaria: El ejemplo de Alemania):
Como las medidas de carácter expansivo responden más a la tendencia
innata del sector público de extender la actividad del Estado, hubo una
fuerte inclinación por adoptar medidas asimétricas, en momentos de
retracción económica se hacían mayores gastos financiados con
créditos en tanto que los ingresos impositivos, que volvían a afluir más
abundantemente en épocas de expansión, no se utilizaban para reducir
el déficit fiscal sino para hacer gastos adicionales. Esta conducta hizo
que de ciclo en ciclo económico aumentara la presión sobre los
presupuestos públicos. También se comprendió que se habían
subestimado sistemáticamente las consecuencias de los programas
anticíclicos. Cuando, finalmente, las fluctuaciones cíclicas cedieron a
problemas que se mantenían más allá de los ciclos económicos, la
política fiscal ensayó una respuesta que necesariamente debía fracasar
y que era compensar la menor demanda privada con mayor demanda
estatal. La Ley de Crecimiento y Estabilidad interpretó que una
expansión del gasto público y de los déficits fiscales en momentos de
retracción económica debían ser compensados por una reducción igual
en los gastos y déficits públicos en épocas de expansión económicas.
Ahora, la sucesión de ciclos mayormente recesivos, con una política
fiscal concebida originalmente como anticíclica, condujo a un callejón
sin salida con gastos y déficits públicos en constante aumento. A ello
se agregó que la excesiva atención que se le prestaba a la política
coyuntural y a los problemas sociales y distributivos se realizó cada vez
más descuidando funciones de asignación de recursos. (Fundación
Konrad Adenauer, 2011)
De forma evidente, Ecuador se encuentra en una situación similar a la descrita con
antelación, actualmente atravesamos un ciclo recesivo hace más de un año, donde
la tendencia creciente de los ingresos a la que nos acostumbramos paró, debido
principalmente a la caída desmesurada del precio del petróleo; este entorno
económico influye en la disminución de depósitos y en una generalizada reducción
del consumo, a esto se suma: la incapacidad de cubrir el Presupuesto General del
Estado, el incremento de dificultades para obtener mayores ingresos, el sobre
endeudamiento y catástrofes naturales. (Sistema de Información Macroeconómica,
2015-2016)
20
Gráfico 3.- Precio del Barril de Petróleo 2007-2015
(dólares)
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
El precio del barril de petróleo en el gobierno de Rafael Correa cambio
notablemente. En el año 2007 oscilaba en $59,86 dólares, mientras que en el 2008
alcanzó los $82,95 dólares, sin embargo, para el 2009 este precio bajo a $52,56
dólares, mientras que en el año 2010 se vuelve a ver un incremento en su precio ya
que alcanzó los $71,93 dólares, a partir de este año se mantuvo creciendo hasta el
2012 donde llego a costar $98,14 dólares. En el año 2013 se visualiza un
decrecimiento, el barril de petróleo oscilaba los $95,63 dólares, sin embargo, en el
2014 bajo a $84,16 dólares y en el año 2015 este valor llego a $41,88 dólares, lo
que representa menos del 50% de su precio en comparación con el año de su auge
2012.
Gráfico 4.- Precio del Barril de Petróleo 2014-2016
(dólares)
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
VUD 59,86 82,95 52,56 71,93 96,93 98,14 95,63 84,16 41,88
0,00
20,00
40,00
60,00
80,00
100,00
120,00
91
,63
98
,36
96
,56
98
,24
95
,97
99
,23
91
,08
86
,27
83
,50
73
,25
61
,45
45
,05
41
,53
41
,57
42
,92
55
,32
56
,67
53
,60
41
,45
36
,71
40
,12
37
,85
31
,14
27
,07
21
,74
22
,48
28
,44
34
,30
37
,59
39
,92
35
,33
37
,32
39
,23
EN
ER
O
FE
BR
ER
O
MA
RZ
O
AB
RIL
MA
YO
JUN
IO
JUL
IO
AG
OS
TO
SE
PT
IEM
BR
E
OC
TU
BR
E
NO
VIE
MB
RE
DIC
IEM
BR
E
EN
ER
O
FE
BR
ER
O
MA
RZ
O
AB
RIL
MA
YO
JUN
IO
JUL
IO
AG
OS
TO
SE
PT
IEM
BR
E
OC
TU
BR
E
NO
VIE
MB
RE
DIC
IEM
BR
E
EN
ER
O
FE
BR
ER
O
MA
RZ
O
AB
RIL
MA
YO
JUN
IO
JUL
IO
AG
OS
TO
SE
PT
IEM
BR
E
2 0 1 4 2 0 1 5 2 0 1 6
21
El precio del barril de petróleo ha sufrido un cambio muy considerable, tomando en
cuenta tan solo los dos últimos años, para enero de 2014 el precio del barril de
petróleo ecuatoriano estaba en $91,63 dólares mientras que para diciembre del
mismo año llegaba apenas a $45,05 dólares. A enero del 2015 la reducción del
precio del barril de petróleo llego a $50,10 dólares con respecto a enero de 2014, lo
que representaba más de su costo que oscilaba en los $41,53 dólares. La situación
parecía no poder empeorar, sin embargo, para enero de 2016 el precio del barril de
petróleo fue de apenas $21,74 dólares, lo que representaba una reducción de $19,79
dólares con respecto a enero de 2015 y una reducción de $69,89 dólares con
respecto a enero del 2014. Para el mes de septiembre de 2016 el precio del barril de
petróleo llego a $39,23 dólares.
La necesidad de ingresos, se incrementó con el terremoto sucedido en las provincias
de Manabí y Esmeraldas, a pesar de que en el mes de abril de 2016 el precio de
barril de petróleo, logro recuperarse un poco, llegando a $34,30 dólares, no se pudo
asumir los gastos incurridos en el desastre y por ello se recurrió a la creación de la
Ley de Solidaridad.
Gráfico 5.- Ingresos Petroleros 2007-2016
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
3.318,06
8.675,25
5.211,52
7.845,03
12.934,6012.219,72
11.433,3710.905,82
6.346,22
1.631,78
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Millones de dólares
22
Dentro de la economía ecuatoriana, los principales ingresos que percibe el Estado,
son los provenientes del petróleo, a partir del año 2011 los ingresos petroleros
muestra una tendencia creciente llegando a $12.934 millones de dólares, los años
siguientes: en el 2012 con $12.219 millones de dólares, el 2013 con $11.433
millones de dólares y para el año 2014 con $10.905 millones de dólares, muestran
una disminución poco alarmante; sin embargo, para el año 2015 los ingresos llegan
apenas a $6.345 millones de dólares y a junio de 2016 a $1.631 millones de dólares,
esto se debe principalmente a que los ingresos petroleros son proporcionales al
precio del barril de petróleo, por lo cual, es evidente que en los años en los que se
obtuvo mayores ingresos petroleros son los años en los que el precio del barril de
petróleo alcanzó su cúspide en el mercado extranjero o caso contrario, los años en
que los ingresos petroleros disminuyeron son los años en los que el precio del barril
de petróleo bajo considerablemente.
Gráfico 6.- Ingresos no Petroleros 2007-2016
(millones de dólares)
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
Los ingresos no petroleros son los que recibe el Estado por medio de impuestos y
los correspondientes a seguridad social. Con relación al Impuesto a la Renta:
visualizamos que se produce un crecimiento paulatino, en el año 2015 se recaudó
$4.734 millones de dólares, con un incremento de $573 millones de dólares con
0,0
200,0
400,0
600,0
800,0
1.000,0
1.200,0
1.400,0
1.600,0
1.800,0
2.000,0 IVA
ICE
A la renta
Arancelarios
Otros impuestos
ContribucionesSeguridad Social
Otros (1)
23
respeto al 2014; hasta septiembre de 2016 se han recaudado apenas $2.926 millones
de dólares. Con respecto al IVA: el crecimiento es paulatino hasta 2014, sin
embargo, para 2015 se produce una disminución en la recaudación de este tributo
de $23 millones de dólares; hasta septiembre de 2016 se ha recaudado $3.974
millones de dólares. En relación al ICE: se produce un crecimiento paulatino, en el
2015 alcanzo $839 millones de dólares y creció en $36 millones de dólares con
respecto al 2014; hasta septiembre del 2016 se ha recaudado $565 millones de
dólares. Los ingresos por contribución social en el 2015 llegaron a $5.055 millones
de dólares, representando un incremento de $337 millones de dólares; hasta
septiembre de 2016 se ha recaudado $3.485 millones de dólares. Con respecto a los
aranceles: vemos un crecimiento paulatino, en el año 2015 se recaudó $2.025
millones de dólares, con un incremento de $668 millones de dólares con respecto
al 2014; hasta septiembre de 2016 se han recaudado por medio de este impuesto
$1.236 millones de dólares.
Gráfico 7.- Ingresos SRI 2007-2015
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016
Elaborado por: Autoras
Los ingresos que capta el Servicio de Rentas Internas se han ido incrementando
sustancialmente desde el año 2007 donde se obtuvo $5.144 millones de dólares en
ingresos mientras que el año 2015 alcanzó $13.693 millones de dólares, lo que
representa un incremento del 166,19% en recaudación para un periodo de 8 años
(Servicio de Rentas Internas, 2007-2015).
24
Gráfico 8.- Ingresos SRI Enero-Agosto 2014-2016
(millones de dólares)
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016
Elaborado por: Autoras
Las cifras varían mucho si comparamos el periodo enero-noviembre de los años
2014, 2015 y 2016. Observamos que en el año 2014 se recaudó $12.230 millones
de dólares, mientras que en el año 2015 llegó a $12.810 millones de dólares, lo que
representa un incremento del 5%, en el año 2016 los ingresos fueron de $11.514
millones de dólares, representando una disminución en los valores recaudados del
10% en comparación con el año 2015.
Para el 2016 el mes que menos recaudó la Administración Tributaria fue febrero
con $759 millones de dólares, seguido del mes de mayo con $814 millones de
dólares; sin embargo, en los meses de junio y julio se evidencia una leve
recuperación en los ingresos, la principal causa de este efecto, es debido a la
apertura de cobro de las contribuciones solidarias establecidas en la Ley Orgánica
de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana; cabe recalcar que, a partir del mes
de agosto no conserva el mismo panorama puesto a que el $1.144 millones de
dólares lo que representa una disminución de $67 millones de dólares con respecto
a la recaudación del mes de julio del 2016. (Servicio de Rentas Internas, 2016)
$- $200.000,00 $400.000,00 $600.000,00 $800.000,00
$1.000.000,00 $1.200.000,00 $1.400.000,00 $1.600.000,00 $1.800.000,00 $2.000.000,00
Ene Mar May Jul Sep Nov Ene Mar May Jul Sep Nov Ene Mar May Jul
2014 2015 2016
AÑOS
25
Tabla 15.- Cumplimiento de Recaudación
(miles de dólares)
ENERO -
NOVIEMBRE 2016
cifras en miles de
dólares
Meta
Ene–Nov
2016
Recaudación
Ene - Nov
2015
Recaudación
Ene - Nov
2016
Cumplimiento
meta
TOTAL
RECAUDACIÓN 12.915.020 12.482.583 11.192.041 87%
1. Impuesto a la Renta
Recaudado 4.147.620 4.076.933 3.678.383 89%
2. IVA de Operaciones
Internas 4.629.786 4.450.704 3.972.644 86%
3. ICE de Operaciones
Internas 609.150 587.727 612.218 101%
TOTAL
RECAUDACIÓN
(1+2+3)
9.386.556 9.115.364 8.263.245 88%
Fuente: Base de datos SRI - BCE - SENAE - Dpto. Financiero
Elaborado por: Autoras
La principal fuente de recaudación tributaria en Ecuador, es a través de los
impuestos, en la tabla que antecede, se observa la evolución a lo largo del periodo
enero-noviembre de los años 2015-2016 del Impuesto a la Renta, del Impuesto al
Valor Agregado y del Impuesto a los Consumos Especiales.
Tomando en cuenta los tres impuestos antes citados, observamos que el total de la
recaudación en el periodo de enero-noviembre del 2016 es de $8.263 millones de
dólares, monto que no cumple con la meta estimada por el Servicio de Rentas
Internas, llegando tan solo al 88% de su cumplimiento. El Impuesto a la Renta en
el periodo de enero-noviembre de 2016 recaudo $3.678 millones de dólares,
representado una disminución del 9% frente al mismo periodo del 2015, el IVA
recaudo $3.972 millones de dólares en el periodo de 2016, representado una
disminución del 10% del monto recaudado en el año 2015, con respecto a la
recaudación del ICE en el periodo de enero-noviembre del año 2016 se obtuvo $612
millones de dólares, arrojando un incremento de 4 puntos porcentuales frente al
periodo del año 2015.
26
La Curva de Laffer presenta la relación existente entre la recaudación tributaria y
la tasa impositiva; se establece que “si las tasas son muy altas, todo aumento
posterior podría ser contraproducente, en el sentido de que la recaudación caiga al
mismo tiempo que la pérdida de bienestar se incremente” (Cueva, 2012)
Gráfico 9.- Curva de Laffer
Fuente: Arthur Laffer
Elaborado por: Autoras
Según la definición de la curva de Laffer, dentro del Sistema Tributario el
incremento de dos puntos porcentuales del IVA descrito en la ley estudiada y la
carga tributaria impuesta por el gobierno hasta la actualidad, provocarían una visión
desfavorable para el importe recaudado por la Administración Tributaria, mismo
que se ratificara en el análisis de las incidencias por recaudación en el Capítulo 3
de la presente investigación.
Carlos Otálora Urquizu establece que la presión tributaria, mide el esfuerzo
tributario, y la define como la relación existente entre las recaudaciones en términos
nominales y el PIB a precios corrientes, este indicador se conoce también con el
nombre de coeficiente tributario o carga tributaria. (Carlos Otálora Urquizu, 2009)
27
Fórmula 1.- Carga Tributaria
𝑪𝒂𝒓𝒈𝒂 𝑻𝒓𝒊𝒃𝒖𝒕𝒂𝒓𝒊𝒂 =𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑖𝑚𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑜𝑠
𝑃𝐼𝐵∗ 100
Elaborado por: Autoras
Tabla 16.- Producto Interno Bruto
PIB PIB
Años Miles de US
dólares Trimestres
Miles de US
dólares
2007 $ 51.007.777,00 2014.I $ 17.234.810,00
2008 $ 54.250.408,00 2014.II $ 17.559.891,00
2009 $ 54.557.732,00 2014.III $ 17.702.322,00
2010 $ 56.481.055,00 2014.IV $ 17.746.025,00
2011 $ 60.925.064,00 2014 $ 70.243.048,00
2012 $ 64.362.433,00 2015.I $ 17.814.874,00
2013 $ 67.546.128,00 2015.II $ 17.593.897,00
2014 $ 70.243.048,00 2015.III $ 17.560.520,00
2015 $ 70.353.852,00 2015.IV $ 17.384.561,00
2015 $ 70.353.852,00
2016.I $ 17.088.119,00
2016.II $ 17.206.539,00
2016.III $ 17.284.285,00
Fuente: BCE. 2016
Elaborado por: Autoras
Tabla 17.- Total Impuestos Recaudados
TOTAL IMPUESTOS TOTAL IMPUESTOS
Años Miles de US dólares Años Miles de US
dólares
2007 $ 9.388.580,00 2014.I $ 5.070,64
2008 $ 12.397.120,00 2014.II $ 5.979,44
2009 $ 12.023.550,00 2014.III $ 5.352,80
2010 $ 13.115.180,00 2014.IV $ 5.773,04
2011 $ 15.728.000,00 2014 $ 22.175,92
2012 $ 18.201.400,00 2015.I $ 5.915,38
2013 $ 20.962.150,00 2015.II $ 6.794,46
2014 $ 22.175.920,00 2015.III $ 6.230,93
2015 $ 24.305.660,00 2015.IV $ 5.364,89
2015 $ 24.305,66
2016.I $ 5.422,64
2016.II $ 5.955,61
2016.III $ 5.682,33
Fuente: Servicio de Rentas Internas
Elaborado por: Autoras
28
Tabla 18.- Carga Tributaria 2007-2016
Años (Valores en porcentaje)
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
18,41% 22,85% 22,04% 23,22% 25,82% 28,28% 31,03% 31,57% 34,55%
Trimestres (Valores en porcentaje)
2014 2015 2016
1° 2° 3° 4° 1° 2° 3° 4° 1° 2° 3°
29,42 34,05 30,24 32,53 33,20 38,62 35,48 30,86 31,73 34,61 32,88
Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas y Banco Central del Ecuador, 2016
Elaborado por: Autoras
En la tabla que antecede de acuerdo a los datos proporcionados por el Banco Central
del Ecuador y el Ministerio de Economía y Finanzas, se determina que la carga
tributaria en el país desde el año 2007 hasta el primer trimestre del año 2016,
presenta un inminente crecimiento, pues para el 2007 se alcanzaba apenas el
18,41%, sin embargo para el año 2015 se alcanzó el 34,55%, esto se debe
principalmente a las diversas reformas implementadas por el gobierno vigente,
mismas que se citaran posteriormente (Capítulo 4). Cabe recalcar que, para el
primer trimestre del año 2016, la carga tributaria es de 31,73%, para el segundo
trimestre incrementa al 34,61%, el tercer trimestre tiene una disminución del 1,73%.
Gráfico 10.- Indicador Global de Confianza del Consumidor 2014-2016
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
0,0
10,0
20,0
30,0
40,0
50,0
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
2014 2015 2016
29
A enero de 2015 el Índice de Confianza del Consumidor representa el 41,6% lo que
significa una reducción de 4.2% con respecto a enero de 2014. A partir de octubre
de 2015 visualizamos una disminución paulatina que concluye en mayo de 2016
con 26,9%. Para septiembre de 2016 el Índice de Confianza del Consumidor se ha
incrementado en 7,1% llegando a un 33,97%. (Sistema de Información
Macroeconómica, 2015-2016)
El Índice de Confianza al Consumidor permite verificar como se sienten los
ciudadanos frente a la situación económica que atraviesa un país, mientras más alto
sea este indicador, representa una percepción positiva u optima, con respecto al
manejo económico. Ecuador atraviesa una situación económica difícil y ello se
visualiza en este indicador, se ha quebrantado la confianza de los ciudadanos,
provocando disminución en su consumo familiar (corroboramos esta afirmación
más adelante, Gráfico 1-12).
30
Tabla 19.- Gasto de Consumo Gasto de Consumo final
Hogares 2007-2016 Miles de dólares
Años
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
33.201.278 34.994.856 34.648.396 37.320.635 39.234.629 40.339.935 41.748.800 43.199.621 43.274.805
Trimestres
2014 2015 2016
1° trim. 2° trim. 3° trim. 4° trim. 1° trim. 2° trim. 3° trim. 4° trim. 1° trim. 2° trim. 3° trim.
10.468.201 10.738.391 10.935.258 11.057.771 10.935.744 10.785.504 10.774.879 10.778.678 10.465.434 10.477.949 10.625.109
Gasto de Consumo final Gobierno Generales 2007-2016 Miles de dólares
Años
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
5.574.209 6.191.348 6.910.254 7.213.505 7.840.882 8.734.037 9.385.298 9.710.414 9.816.759
Trimestres
2014 2015 2016
1° trim. 2° trim. 3° trim. 4° trim. 1° trim. 2° trim. 3° trim. 4° trim. 1° trim. 2° trim. 3° trim.
2.362.685 2.412.031 2.443.878 2.491.820 2.429.358 2.439.178 2.467.104 2.481.119 2.452.541 2.464.902 2.441.439
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
31
El gasto de consumo en los hogares se ha incrementado sustancialmente desde el
año 2007 con $33 millones de dólares hasta el año 2015 donde alcanzo $43 millones
de dólares es decir que existió un incremento del 30,34%, sin embargo, el tercer
trimestre del año 2016 con respecto al tercer trimestre del año 2015, representa una
disminución en el consumo de los hogares del 1,39%.
Con respecto al gasto de consumo del gobierno desde el año 2007 hasta el año 2015,
se visualiza un incremento del 76,11%; sin embargo, comparando el tercer trimestre
del año 2016 con el periodo del 2015 el gasto de consumo del gobierno visualiza
una disminución del 1,04%. (Sistema de Información Macroeconómica, 2015-
2016)
Gráfico 11.- Capacidad Instalada - Comercio
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
En el reporte trimestral de oferta y demanda de crédito publicado por el Banco
Central del Ecuador, el tercer trimestre de 2016, señala que el uso de la capacidad
instalada aumento en el sector: comercio, construcción y servicios con un 78, 58 y
76% respectivamente, sin embargo, la capacidad instalada en el sector industrial
disminuyo con un 69%, debido a la competitividad en el mercado externo. (Banco
Central del Ecuador, 2016)
32
Gráfico 12- Índice de Confianza Empresarial (ICE) Global
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Según el Estudio Mensual de Opinión Empresarial, publicado por el BCE, revela
que desde finales del año 2014, la capacidad instalada de los Sectores Comercio,
Construcción y Servicios, han tenido una disminución en función a sus ingresos
registrados. De tal manera se confirma que el consumo dentro de los hogares ha
disminuido proporcionalmente en un 2,8%.
Gráfico 13.- Capacidad instalada Sector Industrial
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
La capacidad instalada en el sector industrial muestra una ligera fluctuación en cada
trimestre de 2016. El primer trimestre tuvo una capacidad instalada de 71,3%, el
segundo trimestre muestra una ligera disminución en 69,6%, mientras que en el
tercer trimestre tiene un incremento de 6 puntos porcentuales en relación con el
anterior trimestre. Para el mes de noviembre tiene una tendencia negativa ya que
disminuye en 8 puntos con respecto al mes anterior.
33
Gráfico 14.- Capacidad instalada Sector Comercial
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
La capacidad instalada en el sector comercial muestra una ligera fluctuación entre
enero y noviembre de 2016, dentro de este grupo, el nivel promedio es de 71%,
reflejando en el grafico que antecede, la mayoría de los meses han estado por debajo
del porcentaje señalado. En el mes de noviembre se reduce en 12%.
Gráfico 15.- Capacidad instalada Sector Construcción
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Gráfico 16.- Capacidad instalada Sector Servicios
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
34
Para los sectores de construcción y servicios, su capacidad instalada refleja una
inestabilidad porcentual entre enero y noviembre de 2016. Para el mes de
noviembre en el sector de construcción y servicios tienen una diminución de 0.2 y
5,8% respectivamente.
Tabla 20.-Cumplimiento Presupuesto General del Estado
IMPUESTOS 2008 2009 2010 2011
Inicial 6.452.038.819,41 6.484.822.970,51 8.219.242.651,91 9.425.536.823,91
Codificado Dic. 7.078.072.335,89 7.457.089.177,25 8.701.718.458,70 9.441.195.900,17
Devengado Dic. 7.015.769.196,48 7.610.483.119,47 8.548.821.684,00 9.806.941.448,85
Percibido Dic. 7.015.717.747,06 7.382.458.354,13 8.537.609.957,50 9.642.171.528,10
IMPUESTOS 2012 2013 2014 2015
Inicial 10.362.488.275,77 10.362.488.275,77 13.940.265.098,19 15.565.698.278,00
Codificado Dic. 12.070.252.280,42 13.601.806.746,59 14.570.002.661,12 16.307.687.804,50
Devengado Dic. 12.048.737.339,89 13.736.132.800,54 14.497.666.170,76 15.704.528.199,60
Percibido Dic. 11.958.076.048,25 13.599.334.957,63 14.297.279.905,66 15.538.835.530,89
Fuente: Ministerio de Finanzas, 2016
Elaborado por: Autoras
En el Presupuesto General del Estado realizamos una comparación de los valores
estimados a recaudar a través de impuestos frente a los valores reales percibidos,
observando que en los años 2009, 2011 y 2013 se logró cumplir con la meta
estipulada; sin embargo, en los años 2008, 2010, 2012, 2014 y 2015 no se logró
cubrir con este Presupuesto y más bien, se amplió su déficit; por ejemplo: en el año
2008 el déficit del Presupuesto General del Estado llego a $62.303 millones de
dólares, mientras que en el año 2015 el déficit llego a $603.159 millones de dólares,
lo que representa un incremento en el déficit de $540.856 millones de dólares para
el periodo 2008-2015. (Ministerio de Finanzas, 2016)
Tabla 21.- Cumplimiento con Presupuesto General del Estado
ENERO-AGOSTO
TRIBUTOS
AÑOS 2014 2015 2016
Inicial 13.940.265.098,19 15.565.698.278,00 15.489.701.480,00
Codificado 14.470.114.482,85 15.902.782.673,95 15.802.505.493,78
Devengado Diciembre 9.846.236.455,87 11.143.417.865,72 9.307.025.731,13
Percibido 9.618.985.770,92 10.933.992.742,97 9.229.543.601,78
TRIBUTOS
AÑOS 2014 2015 2016
SRI 8.984.431.562,47 9.941.285.892,43 8.489.726.607,31
CUMPLIMIENTO COMPARACION 93% 91% 92%
Fuente: Ministerio de Finanzas y SRI, 2016
Elaborado por: Autoras
35
En el primer semestre de los años 2014, 2015 y 2016, no se logró cubrir con la meta
estimada de recaudación a través de tributos establecida en el Presupuesto General
del Estado, para el año 2014 el porcentaje de cumplimiento llego al 93%, mientras
que en el año 2015 se logró el 91%, es decir dos puntos porcentuales menos que el
año anterior; para el año 2016 se alcanzó un 92% de cumplimiento que si bien
representa un punto porcentual más que en el año 2015 aun no logra cumplir con la
meta estipulada. (Ministerio de Finanzas, 2016)
Gráfico 17.- Caja Global PGE 2014-2016
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
Se evidencia una notable fluctuación del déficit o superávit que ha atravesado
Ecuador en la caja global del Presupuesto General del Estado. El año 2014 termino
con un déficit de $1.287 millones de dólares; sin embargo; situación similar sucede
en diciembre de 2015 donde tenemos un déficit de $820 millones de dólares.
(Sistema de Información Macroeconómica, 2015-2016)
-1500,00
-1000,00
-500,00
0,00
500,00
1000,00
1500,00
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
2014 2015 2016
MILLONES DE DOLARES
36
Gráfico 18.- Deuda total en porcentaje del PIB 2014-2016
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
Elaborado por: Autoras
La deuda externa pública en porcentajes del PIB para el mes de diciembre de 2014
alcanzo el 17,19%, un incremento de 4,52 puntos porcentuales con respecto a enero
de 2014. En enero de 2015 alcanzo el 17,61%, un incremento de 4,95 puntos
porcentuales con respecto a enero de 2014. En enero de 2016 se llegó a 21,17% lo
que representa un incremento de 3,56 puntos porcentuales en comparación a enero
de 2015. Hasta septiembre de 2016 la deuda externa pública representa el 25,55%
del PIB. (Sistema de Información Macroeconómica, 2015-2016)
Tomando en cuenta que, en todos los niveles del Estado, el endeudamiento público
se rige por las instrucciones de la respectiva planificación y presupuesto, la misma
que de acuerdo a la ley es autorizada por un comité de deuda y financiamiento. El
Estado fomenta las instancias para que el poder ciudadano vigile y examine el
endeudamiento público. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
0,00
5,00
10,00
15,00
20,00
25,00
30,00
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
No
viem
bre
Ener
o
Mar
zo
May
o
Julio
Sep
tiem
bre
2014 2015 2016
37
En el artículo 290 de la Constitución de la República se establecen los parámetros
a los que está sujeto el endeudamiento público, se describen a continuación:
1. Se recurrirá al endeudamiento público solo cuando los ingresos
fiscales y los recursos provenientes de cooperación internacional sean
insuficientes.
2. Se velará para que el endeudamiento público no afecte a la soberanía,
los derechos, el buen vivir y la preservación de la naturaleza.
3. Con endeudamiento público se financiarán exclusivamente
programas y proyectos de inversión para infraestructura, o que tengan
capacidad financiera de pago. Sólo se podrá refinanciar deuda pública
externa, siempre que las nuevas condiciones sean más beneficiosas para
el Ecuador.
4. Los convenios de renegociación no contendrán, de forma tácita o
expresa, ninguna forma de anatocismo o usura.
5. Se procederá a la impugnación de las deudas que se declaren
ilegítimas por organismo competente. En caso de ilegalidad declarada,
se ejercerá el derecho de repetición.
6. Serán imprescriptibles las acciones por las responsabilidades
administrativas o civiles causadas por la adquisición y manejo de deuda
pública.
7. Se prohíbe la estatización de deudas privadas.
8. La concesión de garantías de deuda por parte del Estado se regulará
por ley.
9. La Función Ejecutiva podrá decidir si asumir o no asumir deudas de
los gobiernos autónomos descentralizados. (Constitución de la
República del Ecuador, 2008)
Los tratados internacionales no se podrán oficiar cuando el Estado ecuatoriano ceda
jurisdicción soberana, además se exceptúan también, los tratados en los que se
resuelvan controversias entre Estados y ciudadanos en Latinoamérica. Con respecto
a la deuda externa, el Estado ecuatoriano fomentara soluciones arbitrales en función
del origen de la deuda, sosteniendo los principios de transparencia, equidad y
justicia internacional. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
Posterior a un auge notorio los ingresos del Estado cada vez disminuyen más y a
esto se suma la desconfianza por parte de los ciudadanos hacia una economía
golpeada, fenómenos naturales y la Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana. La presente investigación busca determinar qué
tan acertado fue implementar esta nueva ley ante una crisis inminente.
38
Gráfico 19.- Evolución trimestral del PIB
Fuente: Banco Central del Ecuador (BCE), 2016
A través de los datos publicados en el boletín Nro. 97 del Banco Central del
Ecuador, (Ecuador, 2016) determinamos que a lo largo de la historia ecuatoriana el
Producto Interno Bruto (PIB), ha tenido cambios constantes; sin embargo, en el
primer trimestre del año 2016 refleja un decrecimiento en 1,9% respecto al trimestre
anterior. (Banco Central del Ecuador, 2010 - 2016)
Tabla 22.- Índice de Desarrollo Humano
Clasificación
según el IDH
Índice de
Desarrollo
Humano
IDH ajustado por la Desigualdad Índice de Pobreza
Multidimensional
DESARROLLO
HUMANO ALTO Valor
Valor
Diferencia
respecto a
la
clasificación
en el IDHb
Pérdida
total
(%)
Diferencia
respecto a
la
clasificación
en el IDHb
Especificaciones
de la OIDHd
Año y
encuesta
Puesto País 2014 2014 2014 2014 Valor 2015-
2014
84 Perú 0,734 0,563 23,400 -10 0,043 2012 D
88 Ecuador 0,732 0,570 22,100 -4 0,015 2013/2014
N
97 Colombia 0,720 0,542 24,700 -0,1 0,032 2010 D
Fuente: Naciones Unidas, 2016
Elaborado por: Autoras
El Índice de Desarrollo Humano valora el nivel desarrollo económico-social que
tiene un país, este indicador se mide de 0 a 1, siendo 0 el valor más bajo y 1 el valor
más alto; además, clasifica a los piases involucrados en cuatro grupos: muy alto,
alto, medio y bajo. En contraste con los datos publicados en el Banco Central en el
Informe 2015 de las Naciones Unidas sobre el Índice de Desarrollo Humano, se
sitúa a Ecuador en el puesto 88 de 188 países, con un valor de 0,732 se establece
que nuestro país tiene un alto Índice de Desarrollo Humano; la valoración elevada
39
en este indicador señala que la calidad de vida de los habitantes es buena ya que
evalúa la esperanza de vida, educación y el PIB. (Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo, 2015)
A la situación económica descrita con antelación; se suma la gran catástrofe natural
suscitada el pasado 16 de abril del 2016 en las provincias de Esmeraldas y Manabí,
siendo uno de los terremotos más impactantes que ha tenido que afrontar la sociedad
ecuatoriana planificamos estudiar las medidas implementadas por el Estado.
1.2 Identificación
Con la aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad
Ciudadana, pretendemos verificar el impacto que tendrá esta nueva ley por las
contribuciones solidarias y obligatorias sobre: la remuneración, el patrimonio, los
bienes inmuebles y los derechos representativos de capital existentes en el Ecuador,
las utilidades y el incremento del IVA al 14%, hacia los principales afectados.
También se pretende corroborar si se están cumpliendo las metas planteadas al
momento de crear la “Ley Solidaria” a través del Servicio de Rentas Internas y
verificar los montos depositados en la Cuenta Única del Tesoro Nacional en la
subcuenta “CCU Ley Orgánica de Solidaridad” (Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Públicas, 2010)
1.3 Formulación del problema
¿Cuál es el impacto socioeconómico tributario como resultado de la aplicación de
la Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por las afectaciones del
terremoto en la provincia de Pichincha y en el cantón de Pedernales, provincia de
Manabí?
La aplicación de la Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana ocasiono una
conmoción económica en el país, si bien es cierto, con ella se planea recaudar un
monto mayor de ingresos para destinarlos como ayuda de las provincias afectadas
por el terremoto del 16 de abril de 2016; consideramos que, se obtendrá un resultado
opuesto. Con respecto al incremento del IVA en dos puntos porcentuales, la
población ecuatoriana se siente muy afectada y optará por disminuir sus gastos para
40
evitar cancelar esta contribución; cabe tomar en cuenta que, el valor destinado para
sus compras mensuales se vio afectado de manera negativa ya que el dinero con el
que compraban una cantidad determinada de bienes ya no es sufriente para adquirir
la misma cantidad de bienes. A ello se suman cuatro contribuciones solidarias que
perjudican al patrimonio, utilidades, remuneración y bienes inmuebles de derechos
representativos; estás contribuciones afectarían a las personas acorde a sus ingresos
anuales, es decir el que más gana más paga; sin embargo, al ser una ley
implementada debido a una situación contingente, los valores a cancelar por parte
de los contribuyentes no pudieron ser previstos y se considera que no todos ellos
podrán cancelar estos valores de la manera inmediata como se establece en la Ley
Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana, al no ser canceladas estas
contribuciones a tiempo, se someterán a multas e intereses, disminuyendo aún más
sus ingresos.
Varias de las inquietudes planteadas con antelación, serán resueltas con el presente
proyecto, determinaremos los factores en los que incide la Ley Solidaria y de
Corresponsabilidad Ciudadana y determinaremos si los resultados a obtener son
positivos o negativos para las familias ecuatorianas, así como, para la
administración tributaria.
1.4 Objetivos
1.4.1 Objetivo General
Determinar el impacto socioeconómico tributario mediante el método cuantitativo
y descriptivo, a través de instrumentos como: cuestionarios dirigidos a la
comunidad de Manabí (Pedernales), cantón directamente perjudicado por el
desastre natural y Pichincha provincia que se encuentran inmediatamente afectada
con la implementación de la ley estudiada, incluyendo la recolección de datos
estadísticos proporcionados por las entidades administradoras de recursos
económicos tributarios, para ofrecer el resultado de la aplicación de la Ley Orgánica
de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana.
41
1.4.2 Objetivos Específicos
- Elaborar encuestas en las localidades de Pichincha y Pedernales para evaluar
la participación de la sociedad ecuatoriana frente a la situación suscitada el
16 de abril de 2016.
- Examinar y analizar el importe recaudado a través de los impuestos, antes y
después de la aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, tomando en cuenta cada una de las
contribuciones descritas en la misma.
- Describir y analizar el escenario económico del país para determinar el
impacto real de la aplicación de la Ley Solidaria verificando el destino
efectivo de los recursos recaudados.
1.5 Justificación
La Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana se aplica en
Ecuador a partir de junio del 2016, el presente proyecto de investigación busca
analizar el impacto socioeconómico tributario de la contribución solidaria sobre: la
remuneración, el patrimonio, las utilidades, bienes inmuebles y derechos
representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades
residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior y el incremento del
IVA.
Este trabajo es original y de actualidad, gracias a la reciente implementación de la
citada ley, la cual nos permitirá recopilar y analizar información tributaria relevante
para el país, así como evaluar la situación económica actual que está atravesando.
Existen diversas fuentes bibliográficas y de libre acceso que hacen factible
valorarla.
Acotaremos que esta investigación es de utilidad académica y práctica porque se
realiza un análisis detallado de la evolución económica ecuatoriana.
42
1.6 Delimitación Espacial y Temporal
1.6.1 Delimitación espacial
El análisis del impacto socioeconómico tributario como resultado de la aplicación
de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana se realizará
en la provincia de Pichincha y en el cantón de Pedernales, provincia de Manabí.
1.6.2 Delimitación temporal
La investigación del impacto socioeconómico tributario como resultado de la
aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana
se desarrollará en el periodo comprendido entre enero 2007-diciembre 2017.
1.7 Hipótesis
1.7.1 Hipótesis General
La aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, en aspectos socioeconómicos tributarios determinaría un impacto
negativo a la economía ecuatoriana.
1.7.2 Hipótesis Específicas
- La ayuda “solidaria” proporcionada por la sociedad ecuatoriana no cubrirá
en su totalidad las necesidades de las personas afectadas.
- La implantación de la Ley Solidaria contribuirá a la disminución del importe
recaudado a través de los impuestos consecuentemente los montos
recaudados no cumplirán la meta establecida por el gobierno.
- La aplicación de la Ley Solidaria tendría una repercusión negativa en el
actual escenario económico ecuatoriano, debido a que los recursos
recaudados a través de las contribuciones no se destinaran netamente a
cumplir con el objeto de la ley.
43
1.8 Marco Teórico
En el siguiente capítulo se especificará: las bases legales, utilizadas como
herramienta para realizar la presente investigación, las definiciones teóricas
permitirán sustentar los análisis de los resultados obtenidos, además de los
esclarecer los conceptos y términos que serán más utilizados.
1.8.1 Base Legal
Según los artículos 424 y 425 de la Constitución del Ecuador señalan la Jerarquía
de la Normativa Jurídica del Ecuador:
Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre
cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del
poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones
constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica. La
Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos
ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los
contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma
jurídica o acto del poder público. (Constitución de la República del
Ecuador, 2008)
Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el
siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las
leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las
ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los
acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los
poderes públicos. En caso de conflicto entre normas de distinta
jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades
administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán
mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. La jerarquía
normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de
competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas
de los gobiernos autónomos descentralizados. (Constitución de la
República del Ecuador, 2008)
44
La presente investigación estará sujeta al orden jerárquico de las Bases Legales
Ecuatorianas, que servirán para citar los fundamentos teóricos, tal como lo señala,
la pirámide de Kelsen:
- Constitución del Ecuador, 2008.
- Ley de Régimen Tributario Interno.
- Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas.
- Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la
reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16
de abril de 2016.
- Código Tributario.
- Código del Trabajo.
- Reglamento de Aplicación a la Ley de Régimen Tributario Interno.
- Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana.
- Instructivos para las contribuciones solidarias.
1.8.2 Bases Teóricas
Según el Art. 120 de la Constitución del Ecuador señala que la Asamblea
Constituyente como emisora de leyes juega un papel fundamental, en la
Constitución de la República del Ecuador en el artículo 120, numeral 6 y 7 se
establece que: “La Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes,
además de las que determine la ley: […] 6. Expedir, codificar, reformar y derogar
las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio. 7. Crear,
modificar o suprimir tributos mediante ley, sin menoscabo de las
atribuciones conferidas a los gobiernos autónomos descentralizados”
(Constitución de la República del Ecuador, 2008)
Según el Art. 135 y 136 de la Constitución del Ecuador señalan:
Art. 135.- Solo la Presidenta o Presidente de la República podrá
presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman
impuestos, aumenten el gasto público o modifiquen la división político
administrativa del país. (Constitución de la República del Ecuador,
2008)
45
Art. 136.- Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia y
serán presentados a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional
con la suficiente exposición de motivos, el articulado que se proponga
y la expresión clara de los artículos que con la nueva ley se derogarían
o se reformarían. Si el proyecto no reúne estos requisitos no se
tramitará. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
Según el Art. 300 de la Constitución del Ecuador señala que el Régimen Tributario
se rige por los siguientes principios:
Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de
generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa,
irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se
priorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria
promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de
bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas
responsables. (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
Según Código Tributario en su Art. 5.- Principios tributarios. - El régimen tributario
se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e
irretroactividad.
En el art. 300 de la Constitución del Ecuador, señala los principios del régimen
tributario, sin embargo, en el art. 5 del Código Tributario se añade otro grupo de
principios tales como: legalidad, igualdad y proporcionalidad, mismos que se
relacionan directamente con diversos artículos de la constitución.
- Principio de legalidad: en la Constitución del Ecuador se determina en los
artículos 120 y 135 ya citados con antelación.
- Principio de igualdad: hace referencia al principio de generalidad detallado
en el art. 300 de la Constitución del Ecuador.
- Principio de proporcionalidad: hace referencia al principio de equidad
detallado en el art. 300 de la Constitución del Ecuador.
Según el Art. 301 de la Constitución del Ecuador señala. - Sólo por iniciativa de la
Función Ejecutiva y mediante ley sancionada por la Asamblea Nacional se podrá
establecer, modificar, exonerar o extinguir impuestos. Sólo por acto normativo de
órgano competente se podrán establecer, modificar, exonerar y extinguir tasas y
contribuciones. Las tasas y contribuciones especiales se crearán y regularán de
acuerdo con la ley. (Constitucion de la República del Ecuador, 2008)
46
Según Código Tributario en su Art. 3.- Poder tributario. - Sólo por acto legislativo
de órgano competente se podrán establecer, modificar o extinguir tributos. No se
dictarán leyes tributarias con efecto retroactivo en perjuicio de los contribuyentes.
(Código Tributario, 2014)
Tal como lo señala en el artículo 301 de la Constitución del Ecuador y en el artículo
3 del Código Tributario, el único ente competente para establecer, modificar,
exonerar y extinguir tasas y contribuciones, será el Presidente de la Republica a
través de la Asamblea Nacional.
Según el Código Tributario de la Facultad determinadora señala: “Art. 4.- Reserva
de ley.- Las leyes tributarias determinarán el objeto imponible, los sujetos activo y
pasivo, la cuantía del tributo o la forma de establecerla, las exenciones y
deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley que deban
concederse conforme a este Código” (Código Tributario, 2014)
Según el Código Tributario de la Facultad Reglamentaria señala:
Art. 7.- Facultad reglamentaria. - Sólo al Presidente de la República,
corresponde dictar los reglamentos para la aplicación de las leyes
tributarias. El Director General del Servicio de Rentas Internas y el
Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, en sus
respectivos ámbitos, dictarán circulares o disposiciones generales
necesarias para la aplicación de las leyes tributarias y para la armonía y
eficiencia de su administración. Ningún reglamento podrá modificar o
alterar el sentido de la ley ni crear obligaciones impositivas o establecer
exenciones no previstas en ella. En ejercicio de esta facultad no podrá
suspenderse la aplicación de leyes, adicionarlas, reformarlas, o no
cumplirlas, a pretexto de interpretarlas, siendo responsable por todo
abuso de autoridad que se ejerza contra los administrados, el
funcionario o autoridad que dicte la orden ilegal. (Código Tributario,
2014)
Según José Adolfo Morales señala que:
La facultad reglamentaria consiste en la capacidad jurídica que tiene la
administración tributaria, a través del órgano competente, para expedir
reglamentos; a su vez, dichos reglamentos admiten la distinción entre
los reglamentos de aplicación de la Ley, llamados también como
reglamento propiamente dichos. (Morales, 2002)
47
Según el Código Tributario de la Facultad determinadora señala:
Art. 68.- Facultad determinadora. - La determinación de la obligación
tributaria, es el acto o conjunto de actos reglados realizados por la
administración activa, tendientes a establecer, en cada caso particular,
la existencia del hecho generador, el sujeto obligado, la base imponible
y la cuantía del tributo. El ejercicio de esta facultad comprende: la
verificación, complementación o enmienda de las declaraciones de los
contribuyentes o responsables; la composición del tributo
correspondiente, cuando se advierta la existencia de hechos imponibles,
y la adopción de las medidas legales que se estime convenientes para
esa determinación. (Código Tributario, 2014)
Según la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas estable las Facultades del
SRI:
Art. 2.- Facultades.- El Servicio de Rentas Internas (SRI) tendrá las
siguientes facultades, atribuciones y obligaciones: 1. Ejecutar la política
tributaria aprobada por el Presidente de la República; 2. Efectuar la
determinación, recaudación y control de los tributos internos del Estado
y de aquellos cuya administración no esté expresamente asignada por
Ley a otra autoridad; […]…7. Establecer y mantener el sistema
estadístico tributario nacional; […] 9. Solicitar a los contribuyentes o a
quien los represente cualquier tipo de documentación o información
vinculada con la determinación de sus obligaciones tributarias o de
terceros, así como para la verificación de actos de determinación
tributaria, conforme con la Ley; y, 10. Las demás que le asignen las
leyes. (Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, 2008)
Según los autores Núñez y Miñán:
Expresa que un gobierno posee empresas, bosques y minas, y es necesario cubrir
las necesidades presupuestarias total o parcialmente con los ingresos provenientes
del patrimonio público. Sin embargo, la gestión estatal es, en la mayoría de casos,
tan ineficaz que provoca pérdidas antes que ganancias. Por eso, el gobierno acude
a los impuestos. Para financiar el presupuesto exige a la gente una porción de su
respectiva riqueza o renta. (Miñan, 2005)
Según Barry Siegel señala que una política económica es el conjunto de reglas que
guían los actos de la sociedad en la prosecución de metas económicas especiales
además encara problemas que fomenta la estabilidad del ingreso nacional […] y de
impulsar el crecimiento económico. (Siegel, 1973)
48
Wilherlm Gerloff indica que la economía tributaria debe respetar el sistema de
economía de mercado; “una imposición que signifique confiscación de bienes y que
conduce a la destrucción económica de la propiedad, socava lo mismo la economía
del mercado que la economía tributaria” (Barry, 1963)
El objetivo principal del encargado de diseñar una política tributaria, debe de ser el
implementar un sistema que maximice el bienestar, o minimice el perjuicio de la
mayoría de los individuos que se verán afectados por las medidas a implementar.
(Calvillo, Sergio Edmundo Mendoza, 2012)
Según Barry Siegel expresa que dentro de la economía de un país las finanzas sanas
significa que el gobierno tiene que reducir sus gatos (o aumentar las tasas de
impuestos) durante los periodos de depresión (cuando los ingresos derivados de los
impuestos están bajando), y aumentar sus gastos. (Barry, 1963)
Según Catalina García expresa que el Estado afronta los gastos públicos con
recursos tales como la explotación y administración de su patrimonio, además de
los ingresos tributarios. (Garcia, 1997)
Una política impositiva efectiva, “según Samuelson y Nordhaus (2002), es aquella
que logra una base amplia de contribuyentes, mantiene una carga fiscal justa y
presenta incentivos al crecimiento económico” (Calvillo, 2012)
Según Barry Siegel expresa que los impuestos afectan la corriente del ingreso en
dirección opuesta a los efectos del gasto del gobierno […] Si aumenta el impuesto,
el ingreso nacional debe descender; si se reducen, entonces debe subir el ingreso
nacional. (Barry, 1963)
Según Barry Siegel un gobierno está en condiciones de elevar el nivel del ingreso
por cualquier de estos dos métodos: aumentando su gasto, o disminuyendo su
recaudación de impuestos.
49
Un gobierno que se encuentra dentro de un proceso de desenvolvimiento posee
razones para aplicar mayores impuestos, considerando que un mal menor por tanto
no es positivo. (Oliver, 1968)
José Luis Zabala señalaba que los límites jurídicos de todo sistema tributario
estarían compuestos por los principios de carácter constitucional que resguardan
que la carga tributaria sea justa y equitativa en relación a los sujetos que afecta, y
que pretenden lograr el respeto de derechos constitucionales de contenido
económico social. (Muñoz, 2004)
Tanzi expresa que “puede ser argumentado que los impuestos deberían ser
amentados cuando ellos son tan bajos que el gobierno no puede financiar gastos
públicos esenciales. Este bajo nivel de tributación puede ser un obstáculo mayor
para el crecimiento de la economía del país” (Tanzi, 2000)
El fenómeno más importante en América Latina ha sido la incorporación del IVA
en las estructuras tributarias de todos los países.
El IVA puede definirse como un impuesto sobre el tráfico empresarial, sobre el
volumen de ventas, pero cuya finalidad es gravar el consumo final. (Royo, 2008)
“El impuesto al valor agregado (IVA) que tiene su origen en Francia en el año
1948, fue adoptado en el Ecuador luego de veintidós años en 1970[…]” (Bustos,
2007: 23) y “se utiliza ahora en la inmensa mayoría de los países en desarrollo”
(Ebrill, 1998, citado en Tanzi, 2000: 22).
Dino Jarach expresa que el IVA es un impuesto plurifásico pero no acumulativo, ya
que se grava en todas las etapas pero en cada una de ellas se paga el valor que se
agrega, pues en la etapa anterior se pagó el resto. El IVA no acusa el fenómeno de
la acumulación, distribuye el peso del gravamen y respeta el principio de la
neutralidad y de la igualdad. (Jarach, 1989)
50
En cumplimiento a las bases legales detalladas en los párrafos que anteceden de
este capítulo además de hacer referencia a algunos autores sobre la capacidad de
aumentar la recaudación de impuestos se describe a continuación la base legislativa
del presente proyecto.
El 16 de abril del 2016 ocurrió en Manabí y Esmeraldas, un terremoto de 7.8 grados
en la escala de Richter azotando a estas provincias (Escuela Politécnica Nacional).
Para afrontar esta situación y en concordancia con los Artículos 140, 261 y 389 de
la Constitución de la República del Ecuador, el Presidente de la Republica envía el
Proyecto de la Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por las
Afectaciones del Terremoto a la Asamblea Nacional para ser evaluada y aprobada.
(Asamblea Nacional, 2016)
El 18 de mayo de 2016, se aprueba la Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas
afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016, (Ley Orgánica de Solidaridad y
de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016) considerando como antecedente:
Con oficio número PAN-GR-2016-0838 del 13 de mayo del presente
año, la señora Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta de la
Asamblea Nacional, remitió al señor Presidente Constitucional de la
República la Ley Orgánica de solidaridad y de corresponsabilidad
ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas
por el terremoto de 16 de abril de 2016, que la Función Legislativa
discutió y aprobó. (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Según la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la
reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril
de 2016 establece el objeto de esta ley:
Art. 1.- La presente ley tiene por objeto la recaudación de
contribuciones solidarias con el propósito de permitir la planificación,
construcción y reconstrucción de la infraestructura pública y privada,
así como la reactivación productiva que comprenderá, entre otros
objetivos, la implementación de planes, programas, acciones,
incentivos y políticas públicas para enfrentar las consecuencias del
terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016, en todas las zonas gravemente
afectadas. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
51
Artículo 2.- Para cumplir el objeto de esta ley, se crean por una sola vez
las siguientes contribuciones solidarias:
1. Sobre las remuneraciones;
2. Sobre el patrimonio;
3. Sobre las utilidades; y,
4. Sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital
existentes en el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en
paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016).
Artículo 3.- CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE LA
REMUNERACIÓN. - Las personas naturales bajo relación de
dependencia que durante los ocho meses siguientes a la vigencia de esta
ley perciban una remuneración mensual igual o mayor a mil (1.000
USD) dólares pagarán una contribución igual a un día de remuneración
[…] (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana,
2016)
Artículo 4.- CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE EL
PATRIMONIO. - Las personas naturales que al 1 de enero de 2016
posean un patrimonio individual igual o mayor a un millón (1´000.000)
de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, pagarán la
contribución del 0.90%, de acuerdo a las siguientes reglas: a) En el caso
de residentes en el Ecuador, la contribución se calculará sobre el
patrimonio ubicado dentro y fuera del país. b) En el caso de no
residentes en el Ecuador, la contribución se calculará sobre el
patrimonio ubicado en el país […] (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Artículo 5.- CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE BIENES
INMUEBLES Y DERECHOS REPRESENTATIVOS DE CAPITAL
EXISTENTES EN EL ECUADOR DE PROPIEDAD DE
SOCIEDADES RESIDENTES EN PARAÍSOS FISCALES U OTRAS
JURISDICCIONES DEL EXTERIOR.- Se establecerá por una sola vez
la contribución solidaria del 1,8% del avalúo catastral del año 2016,
sobre todos los bienes inmuebles existentes en el Ecuador; y, sobre el
valor patrimonial proporcional de los derechos representativos de
capital de sociedades residentes en el Ecuador, en la parte que, a la fecha
de entrada en vigencia de la presente Ley, pertenezca de manera directa
a una sociedad residente en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor
imposición o no se conozca su residencia […] (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Artículo 6.- CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE LAS
UTILIDADES. - Las sociedades que realicen actividades económicas,
y que fueren sujetos pasivos de impuesto a la renta, pagarán una
contribución del 3% a sus utilidades que se calculará teniendo como
referencia la utilidad gravable del ejercicio fiscal 2015 […] (Ley
Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
52
En las disposiciones transitorias de la nueva Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas
afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016 se dictamina que:
PRIMERA. - Se incrementa la tarifa del IVA al 14% durante el período
de hasta un año contado a partir del primer día del mes siguiente a la
publicación de la presente ley. El Presidente de la República, mediante
Decreto Ejecutivo, podrá disponer que la vigencia de este incremento
concluya antes de cumplido el año.
Las personas naturales que sean consumidores finales y realicen sus
adquisiciones de bienes o servicios, en la provincia de Manabí, el
cantón Muisne y en las otras circunscripciones de la provincia de
Esmeraldas que se definan mediante Decreto, recibirán del Estado un
descuento equivalente al incremento de dos puntos porcentuales del
IVA pagado en sus consumos.
[…] Esta compensación estará vigente durante el tiempo de aplicación
de la tarifa del IVA del 14%.
Este beneficio no excluye la devolución del IVA por uso de medios
electrónicos. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
1.8.3 Base Conceptual
Estado de excepción. - En el artículo 164 de la Constitución de la República del
Ecuador:
La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de
excepción en todo el territorio nacional o en parte de él en caso de
agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción
interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado
de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del
Estado.
El estado de excepción observará los principios de necesidad,
proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y
razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción
contendrá la determinación de la causal y su motivación, ámbito
territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que
deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y
las notificaciones que correspondan de acuerdo a la Constitución y a los
tratados internacionales. (Constitución de la República del Ecuador,
2008)
53
Beneficiario efectivo.- En el Reglamento de la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno se lo define como: “Para efectos tributarios, se entenderá como
beneficiario efectivo a quien legal, económicamente o de hecho tiene el poder de
controlar la atribución del ingreso, beneficio o utilidad; así como de utilizar,
disfrutar o disponer de los mismos” (Reglamento de la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno, 2010)
Base imponible.- En el artículo 16 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno, se establece que: “En general, la base imponible está constituida por la
totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios gravados con el impuesto,
menos las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a
tales ingresos” (Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2014)
Sujeto activo.- El artículo 23 del Código tributario señala que: “Sujeto activo es el
ente público acreedor del tributo” (Código Tributario, 2014)
Sujeto pasivo. - El artículo 24 del Código tributario señala que:
Es sujeto pasivo la persona natural o jurídica que, según la ley, está
obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea como
contribuyente o como responsable. Se considerarán también sujetos
pasivos, las herencias yacentes, las comunidades de bienes y las demás
entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una
unidad económica o un patrimonio independiente de los de sus
miembros, susceptible de imposición, siempre que así se establezca en
la ley tributaria respectiva. (Código Tributario Interno, 2014)
Contribuyente. - El artículo 25 del Código tributario señala que: “Contribuyente
es la persona natural o jurídica a quien la ley impone la prestación tributaria por la
verificación del hecho generador. Nunca perderá su condición de contribuyente
quien, según la ley, deba soportar la carga tributaria, aunque realice su traslación a
otras personas”.
Responsable. - El artículo 26 del Código tributario señala que:
Responsable es la persona que sin tener el carácter de contribuyente
debe, por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones
atribuidas a éste. Toda obligación tributaria es solidaria entre el
contribuyente y el responsable, quedando a salvo el derecho de éste de
repetir lo pagado en contra del contribuyente, ante la justicia ordinaria
y en juicio verbal sumario. (Código Tributario Interno, 2014)
54
Registro Único de Contribuyentes (RUC). - En el artículo 1 de la Ley del Registro
Único de Contribuyentes, se establece que: “Es un instrumento que tiene por
función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y como
objeto proporcionar información a la Administración Tributaria.” (Ley del Registro
Único de Contribuyentes, 2016)
Tributos y su clasificación. -
Fernando Pérez Royo define al tributo como una “prestación pecuniaria exigida por
un ente público y que se caracteriza por las siguientes dos notas fundamentales: la
coactividad y el carácter contributivo” (Royo, 2008)
Según el artículo 26 de la Ley General Tributario y leyes complementarias señalan
la clasificación de los tributos:
Art. 26. 1. Los tributos se clasifican en tasas, contribuciones especiales
e impuestos:
Tasas son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste en la
utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público […]
Contribución es especiales son aquellos tributos cuyo hecho imponible
consiste en la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un
aumento de valor de sus bienes[…]
Son impuestos los tributos exigidos son contraprestación cuyo hecho
imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza
jurídica o económica, que ponen de manifiesto la capacidad
contributiva […] (Queralt)
Impuesto al Valor Agregado (IVA). - En el artículo 52 de la Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno:
Se establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava al valor
de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de
naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como
a los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos; y
al valor de los servicios prestados, en la forma y en las condiciones que
prevé esta Ley. (Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2014)
55
Según Eddy de la Guerra señala:
El IVA impone un graven al traspaso de dominio de bienes
determinados y a la prestación de servicios; sin embargo, la expresión
‘valor agregado’ indica la verdadera causa del impuesto, distinta del
objeto y del hecho imponible. (Guerra, 2012)
El IVA es ubicado tradicionalmente en la categoría de impuesto
indirecto, por cuanto el hecho generador es el traspaso de dominio de
bienes y la prestación efectiva de servicios, siendo el vendedor o el
prestador, el principal obligado. (Guerra, 2012)
Según Javier Bustos señala:
“El IVA en el Ecuador es un impuesto de autoliquidación por el agente de
percepción que tiene su cimiento en el principio de cumplimiento voluntario, por el
cual son los contribuyentes quienes cumplen con sus obligaciones con intervención
limitada de los funcionarios públicos” (Bustos, 2007)
Hecho generador del IVA. - En el artículo 61 de la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno:
Se dispone que el hecho generador se verifica en las transferencias
locales de dominio de bienes, sean estas al contacto o a crédito, en el
momento de la entrega del bien, o en el momento del pago total o parcial
del precio o acreditación en cuenta, lo que suceda primero, hecho por
el cual, se debe emitir obligatoriamente el respectivo comprobante de
venta; de ahí que el hecho generador no es el consumo si no la
trasferencia de dominio. (Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno,
2014)
Declaración del IVA. - En el artículo 67 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno, se establece que:
Los sujetos pasivos del IVA declararán el impuesto de las operaciones
que realicen mensualmente dentro del mes siguiente de realizadas,
salvo de aquellas por las que hayan concedido plazo de un mes o más
para el pago en cuyo caso podrán presentar la declaración en el mes
subsiguiente de realizadas, en la forma y plazos que se establezcan en
el reglamento.
Los sujetos pasivos que exclusivamente transfieran bienes o presten
servicios gravados con tarifa cero o no gravados, así como aquellos que
estén sujetos a la retención total del IVA causado, presentarán una
declaración semestral de dichas transferencias, a menos que sea agente
de retención de IVA. (Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno,
2014)
56
Crédito tributario.- El crédito tributario, “[…] elemento destacado y esencial del
IVA que denota su esencia para gravar el consumo, en la medida que admite
descontar el impuesto pagado en las compras, salvo el caso en que los bienes o
servicios se gravan con tarifa 0% […]” (Bustos, 2007: 42-44), normado por la Ley
de Régimen Tributario Interno, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del
Ecuador y sus respectivos reglamentos, facilita la compensación del IVA cobrado
a través del IVA pagado. (Herrera)
Impuesto a la renta. - En el artículo 1 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno señala:
Art. 1.- Objeto del impuesto. - Establece el impuesto a la renta global que obtengan
las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacionales o
extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley. (Ley del Registro
Único de Contribuyentes, 2016)
En el artículo 2 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno:
Art. 2.- Concepto de renta. - Para efectos de este impuesto se considera
renta:
1. Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a
título oneroso provenientes del trabajo, del capital o de ambas fuentes,
consistentes en dinero, especies o servicios; y
2. Los ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales
domiciliadas en el país o por sociedades nacionales, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 98 de esta Ley. (Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno, 2014)
Formas de Remuneración. - En el artículo 13 del Código de Trabajo, se establece
que:
En los contratos a sueldo y a jornal la remuneración se pacta tomando
como base, cierta unidad de tiempo. Contrato en participación es aquel
en el que el trabajador tiene parte en las utilidades de los negocios del
empleador, como remuneración de su trabajo. La remuneración es
mixta cuando, además del sueldo o salario fijo, el trabajador participa
en el producto del negocio del empleador, en concepto de retribución
por su trabajo. (Código de Trabajo, 2016)
57
Residencia fiscal. - En el artículo 4.3 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno, se establece: “Se entenderán indistintamente como residencia fiscal a los
conceptos de domicilio y residencia del sujeto pasivo” (Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno, 2014)
Residencia fiscal de personas naturales. - En el artículo 4.1 de la Ley Orgánica
de Régimen Tributario Interno, se establece que:
Serán considerados residentes fiscales del Ecuador, en referencia a un
ejercicio fiscal, las personas naturales que se encuentren en alguna de
las siguientes condiciones:
a) Cuando su permanencia en el país, incluyendo ausencias esporádicas,
sea de ciento ochenta y tres (183) días calendario o más, consecutivos
o no, en el mismo período fiscal;
b) Cuando su permanencia en el país, incluyendo ausencias esporádicas,
sea de ciento ochenta y tres (183) días calendario o más, consecutivos
o no, en un lapso de doce meses dentro de dos periodos fiscales, a menos
que acredite su residencia fiscal para el período correspondiente en otro
país o jurisdicción…
c) El núcleo principal de sus actividades o intereses económicos radique
en Ecuador, de forma directa o indirecta.
d) No haya permanecido en ningún otro país o jurisdicción más de
ciento ochenta y tres (183) días calendario, consecutivos o no, en el
ejercicio fiscal y sus vínculos familiares más estrechos los mantenga en
Ecuador. (Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2014)
Residencia fiscal de sociedades. - En el artículo 4.2 de la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno, se establece que: “Una sociedad tiene residencia fiscal en
Ecuador cuando ha sido constituida o creada en territorio ecuatoriano, de
conformidad con la legislación nacional” (Ley Orgánica de Régimen Tributario
Interno, 2014)
1.9 Metodología
En siguiente capítulo se puntualizará los métodos, herramientas y técnicas que
utilizaremos para el análisis de nuestra investigación.
58
1.9.1 Nivel de Investigación
A nivel de razonamiento general la metodología que se llevara a cabo en nuestro
proyecto se divide en tres secciones. Empezando de una manera general se detallará
la primera etapa.
La metodología de investigación que utilizaremos para alcanzar nuestros objetivos
será por el Método Deductivo, partiendo de lo general a lo particular, tomando
como punto de partida datos generales con la finalidad de comprobar los casos
particulares a demostrar.
Determinando la problemática del asunto, se implementará el Método Cuantitativo
que consiste en tomar datos numéricos que tiende a dar una explicación midiendo
ciertos hechos sociales, recolectando un conjunto de información comparable, la
que permite después contar con los datos e interpretar el conteo en términos
cualitativos. (Bansart)
Entre las principales herramientas que utilizaremos para nuestra investigación, son
cifras económicas, elementos teóricos obtenidos de leyes, estatutos, indicadores
económicos, además de realizar cuestionarios dirigidos a la comunidad afectada
directamente con el desastre natural (Manabí), así como aquellos que se encuentran
concisamente afectados con la implementación de la ley estudiada (Pichincha). Este
conjunto de instrumentos nos permitirá alcanzar las conclusiones, sobre las medidas
propuestas por el Gobierno (contribuciones solidarias) y ver la incidencia que
tendrá en el ámbito social, económico y tributario, logrando un análisis exhaustivo,
explicativo y objetivo.
El estudio a realizar en la investigación será de tipo Descriptivo, mismo que consiste
describir el objeto de estudio, sus partes o las relaciones que se pueden establecer
entre varios objetos, con el fin de esclarecer una verdad, comprobando las preguntas
directrices o hipótesis planteadas. (Niño, 2011)
59
1.9.2 Diseño de investigación
La investigación que utilizaremos en el presente proyecto es descriptiva y
explicativa no experimental a razón de que partimos de datos relevantes para
detallar los hechos actuales y asumir la realidad objeto de estudio logrando evaluar,
analizar y explicar las consecuencias de la aplicación de la Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (Niño, 2011)
Tomando en cuenta que el objeto de la investigación explicativa mediante el
método cuantitativo es determinar el efecto de un fenómeno, mediante este proyecto
determinamos el impacto de esta nueva ley hacia sus principales afectados y como
incide en el ciclo económico; además, lo complementamos con el método
cualitativo el cual nos permite llegar a una interpretación técnica en la que se
detallaran todos los resultados de la investigación. (Niño, 2011)
1.9.3 Población y muestreo
Enfocándonos en el ámbito social, nos basaremos en la técnica de la Encuesta,
misma que será dirigida a personas naturales, sociedades y comerciantes que se
encuentren dentro del territorio ecuatoriano, subdividiendo en dos tipos de
encuestas que más adelante se especificarán. Por lo tanto, en el siguiente estudio se
detalla el procedimiento estadístico para la determinación de la población y el
tamaño de la muestra, aplicando formulas ilustradas en diferentes libros
estadísticos, para el caso de las personas naturales.
Con respecto a las encuestas dirigidas a comerciantes y personas jurídicas, nos
enfocaremos en el método de muestreo aleatorio simple.
60
1.9.4 Tamaño de la muestra
La delimitación espacial de este proyecto está enfocada dentro del territorio
ecuatoriano, por lo tanto, concluimos que es necesario realizar dos tipos de
encuestas para conseguir los resultados esperados:
- La primera encuesta será realizada dentro de la provincia de Pichincha,
puesto a que es, una de las localidades en la que se aplica directamente las
disposiciones definidas en la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana.
- La segunda encuesta será realizada en la provincia de Manabí siendo una de
las zonas más afectadas por el desastre natural, y ver la incidencia que tuvo
la creación de la ley antes citada.
Muestra provincia de Pichincha a personas naturales
Según el INEC la población total de la provincia de Pichincha al año 2010 es de
2.576.287 (Censos, 2010), para calcular la muestra aplicaremos la siguiente fórmula
matemática:
Fórmula 2.- Muestra
𝒏 =Ƶ𝛼2 𝑁 ℴ2
𝑒2 (𝑁 − 1) + Ƶ𝛼2 ℴ2
Dónde:
n: Tamaño de la muestra
Ƶα: Nivel de Confianza
N: Población
ℴ: Desviación estándar de la población
e: Error muestral deseado.
Tomando en cuenta que:
Ƶα: El nivel de confianza en el que nos basaremos para realizar esta investigación
es del 90% lo que corresponde a 1,65.
ℴ: El valor de la desviación estándar de la población rara vez se conoce, por ende,
se tomará en cuenta que equivale a 0,5.
e: El error que obtendremos tomando en cuenta la muestra frente al total de la
población será del 7%. (Suárez, 2012)
61
Obtendremos que:
𝒏 =(1.65)2 (2576287)(0,5)2
(0,07)2 (2576287 − 1) + (1,65)2(0,5)2
𝒏 = 139
Por ende, concluimos que para realizar esta investigación con un nivel de confianza
del 90% y a un margen de error de 7% tendremos que realizar las encuestas a 139
personas.
Muestra provincia de Pichincha a personas jurídicas
Según su tamaño (volumen de ventas anuales y el número de trabajadores).
La clasificación de las empresas por su tamaño se divide en:
- Grandes: ventas de $5`000.001 dólares en adelante y trabajadores de 200
en adelante.
- PYMES: ventas de $100.001 dólares hasta $5`000.000 dólares y
trabajadores de 10 a 199.
- Microempresa: ventas menores a $100.000 dólares y trabajadores de 1 a 9
(Andina).
- Para la evaluación de este proyecto seleccionamos 12 empresas a través del
método aleatorio simple.
62
Muestra provincia de Manabí a Personas Naturales
Según el INEC la población total de la provincia de Manabí al año 2010 es de
1.369.780 (Censos, 2010), para calcular la muestra aplicaremos la siguiente fórmula
matemática:
𝒏 =Ƶ𝛼2 𝑁 ℴ2
𝑒2 (𝑁 − 1) + Ƶ𝛼2 ℴ2
𝒏 =(1,65)2 (1369780)(0,5)2
(0,07)2 (1369780 − 1) + (1,65)2(0,5)2
𝒏 = 139
Por ende, concluimos que para realizar esta investigación con un nivel de confianza
del 90% y a un margen de error de 7% tendremos que realizar las encuestas a 139
personas.
La muestra no sufre variación a pesar de que la población de Pichincha es mayor a
la de Manabí, esto sucede debido a que los valores poblacionales son muy elevados
y para cambiar tendrían que variar drásticamente en más de una cifra.
Muestra provincia de Manabí a comerciantes
Según su actividad laboral. Para la evaluación de este proyecto seleccionamos 10
comerciantes a través del método aleatorio simple.
1.9.5 Técnicas o instrumentos de recolección de datos
Entre las técnicas o instrumentos que permiten recolectar y analizar información
recurrimos a la encuesta, misma que será aplicada a un grupo de personas, sectores
sociales y sectores productivos concentrados en las provincias de Manabí y
Pichincha.
63
Tabla 23.- Desarrollo de Hipótesis
N° Hipótesis Variable Indicadores Técnicas Instrumentos
1
La aplicación de la
Ley Orgánica de
Solidaridad y de
Corresponsabilidad
Ciudadana, en
aspectos
socioeconómicos
tributarios produce
un impacto negativo
a la economía
ecuatoriana.
Impacto
económico
tributario
negativo
Estadísticas BCE
- Ingresos
Petroleros y no
Petroleros
- Recaudación de
tributos
- PIB
- Gastos de
consumo
- Indicadores de
Confianza
- Deuda publica
- Caja Global del
PGE
Estadísticas SRI
- Ingresos
Tributarios
- Recaudación de
tributos
Estadísticas del
PGE (Ministerio de
Finanzas)
-Cumplimiento del
PGE
Análisis
Estadísticos
Datos
recolectados
2
La ayuda “solidaria”
proporcionada por la
sociedad ecuatoriana
no cubrirá en su
totalidad las
necesidades de las
personas afectadas.
Necesidades
insatisfechas
Grado de
solidaridad Encuesta Cuestionario
INEC
- Desempleo
- Empleo Adecuado
- Participación
Bruta
Análisis
Estadísticos
Datos
recolectados
4
La implantación de la
Ley Solidaria
contribuirá a la
disminución del
importe recaudado a
través de los
La
disminución
del importe
recaudado.
Ámbito Tributario Encuesta Cuestionario
Estadísticas BCE
Estadísticas SRI
Análisis
Estadísticos
Datos
recolectados
64
impuestos
consecuentemente
los montos
recaudados no
cumplirán la meta
establecida por el
gobierno.
4
La aplicación de la
Ley Solidaria tendría
una repercusión
negativa en el actual
escenario económico
ecuatoriano, debido a
que los recursos
recaudados a través
de las contribuciones
no se destinaran
netamente a cumplir
con el objeto de la
ley.
Desviación
de montos
recaudados
Ámbito Económico Encuesta Cuestionario
Estadísticas del
Presupuesto
General del Estado
(Ministerio de
Finanzas)
-Créditos
- Asignación y
devengo
presupuestado
- Pago a
proveedores
Análisis
Estadísticos
Datos
recolectados
Elaborado por: Autoras
1.9.6 Procedimiento de la investigación
El procedimiento de la investigación se realizará en base a las hipótesis planteadas.
1. Con relación a la primera hipótesis a través de encuestas, verificaremos la ayuda
que recibieron los damnificados por lo ocurrido el 16 de abril, además de
analizar la repercusión dentro del el ámbito laboral.
2. La segunda hipótesis hace referencia al importe recaudado a través de
impuestos, para este punto tomaremos estadísticas publicadas por el Servicio de
Rentas Internas en el periodo enero-diciembre 2015 / enero -diciembre 2016
con el fin de analizar la repercusión que tiene la Ley Orgánica de Solidaridad y
de Corresponsabilidad Ciudadana en el ciclo económico tributario de Ecuador.
3. En la tercera hipótesis a través de la Cuenta de Tesoro Nacional, subcuenta
“CCU Ley Orgánica de Solidaridad, detallada en el Presupuesto General del
Estado y por medio de la página web del Ministerio de Finanzas, estableceremos
65
los montos recaudados con la implementación de la Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana y determinar si estos valores
cumplen con la meta estipulada por el gobierno; además, tomaremos datos
netamente tributarios publicados por el Banco Central del Ecuador en el periodo
enero 2007- agosto 2016, con el fin de determinar la incidencia de la aplicación
de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana en la
economía ecuatoriana.
El cuestionario nos permitirá recabar información significativa que nos ayudara al
proceso de toma de decisiones, las preguntas deben ser claras y concisas ya que
mientras más corto sea el cuestionario mejor será el resultado obtenido. Nuestro
trabajo de encuesta se realizará mediante entrevista personal. En lo correspondiente
a la formulación de las preguntas, estas serán lo más cortas posibles a fin de obtener
respuestas apropiadas y evitar posibles confusiones al momento de responder la
encuesta. (Levine David y Bernson, 1992)
Los cuestionarios a realizar se detallan en los Anexos A, B, C, D y E.
66
CAPITULO II
2 INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS A
TRAVÉS DE ENCUESTAS
El objetivo general de la investigación, es determinar el impacto socioeconómico
tributario sobre la aplicación de la Ley de Solidaridad, el presente capítulo se
enfocará en el ámbito social, permitiendo así un mejor entendimiento sobre los
resultados obtenidos.
2.1 Ámbito social
Los cuestionarios fueron la herramienta que utilizamos para la obtención de los
resultados en el ámbito social, encuestas se realizaron en la provincia de Pichincha
y Manabí (Pedernales).
2.1.1 Apreciación social de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Pichincha
Tras obtener las respuestas a través de la encuesta realizada a personas naturales en
la provincia de Pichincha, resolvimos que la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana repercute de manera negativa en la ciudadanía
ecuatoriana, el 36% de los encuestados consideran poco conveniente su creación,
sin embargo, poco alejado se encuentra el 28% que la considera como
moderadamente conveniente, el 23% establece que no es nada conveniente, frente
al 4% que consideran su creación como extremadamente conveniente; tomando en
cuenta que el 59% de la población encuestada establece que tiene un conocimiento
medio sobre la misma, el 25% nos indican que tienen conocimiento bajo, el 14%
de los encuestados tienen un conocimiento alto y apenas un 2% tiene conocimiento
muy alto, a razón de esto, establecimos que los ciudadanos conocen el fin de esta
Ley pero es necesario ampliar la información y difusión de la misma, con el fin de
aclarar posibles dudas.
67
Gráfico 20.- Conveniencia de creación
Elaborado por: Autoras
Con un 36% los encuestados señalan que es poco conveniente la creación de esta
ley, seguidos del 28% señalan que es moderadamente conveniente, y un 23%
señalan que no es nada conveniente, el 9% mencionan que es muy conveniente, y
finalmente el 4% opinan que es una medida extremadamente conveniente la
creación de esta ley.
Gráfico21.- Nivel de conocimiento
Elaborado por: Autoras
Referente a la Ley Solidaria, el 59% de los encuestados tienen un conocimiento
medio, seguidos del 25% con conocimiento bajo, con un 14% de conocimiento alto,
mientras que el 2% restante tienen un conocimiento muy alto sobre la Ley
estudiada.
4%
9%
28%
36%
23%
¿Qué tan conveniente cree que es la creación de la ley solidaria impuesta por el gobierno?
Extremadamente conveniente
Muy conveniente
Moderadamente conveniente
Poco conveniente
Nada conveniente
2%
14%
59%
25%
¿Qué nivel de conocimiento tiene sobre esta ley?
Conocimiento muy alto
Conocimiento alto
Conocimiento medio
Conocimiento bajo
68
El 31% de las personas naturales encuestadas consideran esta medida responsable
y necesaria debido a que se solidarizan con las personas afectadas por el terremoto,
mientras que el 62% consideran esta ley como una medida innecesaria y
preocupante ya que el país afronta un momento difícil en su economía y a ello se
suman medidas solidarias obligatorias que dificultan mantener la calidad de vida a
la que estaban acostumbrados; a razón de ello, al preguntarles que tan afectados se
sienten con la aplicación de la ley, el 44% estableció que se siente moderadamente
afectado frente al 23% como poco afectado, el 16% estableció que se siente muy
afectado, el 13% no se siente afectado, siendo la medida más pequeña el 4% como
extremadamente afectado; sin embargo, el 7% de los encuestados disciernen entre
si es o no una medida responsable y necesaria, establecieron que la ley fue muy
necesaria ya que la población afectada por el terremoto necesita ayuda por parte del
Estado y de los ciudadanos, pero consideran que esta medida no es responsable
debido a la situación que afronta el país actualmente.
Gráfico 22.- Medida responsable y necesaria
Elaborado por: Autoras
Finalmente, como opinión libre por parte de los encuestados, el 62% opinan que la
implementación de esta ley no es una medida responsable y necesaria, y el 31%
restante establece lo contrario, además de contar con un 7% señalan que es una
medida necesaria pero no consideran que sea responsable.
31%
62%
7%
¿Considera la implementación de esta ley como una medida responsable y necesaria?
Si lo considero
No lo considero
Necesaria si Responsable no
69
Gráfico 23.- Grado de afectación
Elaborado por: Autoras
El 44% de las personas encuestadas, se siente moderadamente afectado con la
aplicación de esta ley, el 23% se siente poco afectado, seguido del 16% que se siente
muy afectado, el 13% no se siente nada afectado, finalmente con un porcentaje un
tanto bajo del 4% de los encuestados se siente extremadamente afectado debido a
la aplicación de esta ley.
La Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana afectó
negativamente a las empresas ya que el 75% de las personas jurídicas encuestadas
consideran que esta medida no fue necesaria frente al 25% que consideran que si lo
fue.
Gráfico 24.- Medida responsable y necesaria
Elaborado por: Autoras
4%
16%
44%
23%
13%
¿Qué tan afectado se siente económicamente con la aplicación de
esta ley?
Extremadamente afectado
Muy afectado
Moderadamente afectado
Poco afectado
Nada afectado
75%
25%
¿Considera la implementación de esta ley como una medida responsable y necesaria?
Si lo considero
No lo considero
70
Tal como se realizó esta pregunta en las encuestas dirigidas a personas naturales era
necesario analizar qué impacto tuvo la aplicación de esta nueva ley en las empresas;
arrojando como resultado que el 75% de los encuestados no consideran que esta
medida sea responsable y necesaria; mientras que, apenas el 25% sobrante
distinguen lo opuesto.
2.1.2 Apreciación social de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Manabí
Al trasladarnos a Pedernales, uno de los lugares más afectados por el terremoto y
tras obtener las respuestas de las encuestas realizadas a personas naturales
concluimos que la aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana repercute de manera diversa en la ciudadanía
ecuatoriana afectada; si bien, el 33% de los encuestados consideran muy
conveniente su creación, el 31% la considera como moderadamente conveniente y
apenas el 8% como extremadamente conveniente, seguido del 16% señala que la
creación de esta ley ha sido poco o nada conveniente, entre la principal razón de
esta deducción es la escasa ayuda brindada por el gobierno, así lo establecieron los
encuestados. En la Ley se constituye directamente como beneficiario a las personas
afectadas por el terremoto, al cuestionar si se ha recibido ayuda por parte del
gobierno, el 71% nos indicó que no mientras que el 29% determino que sí, entre las
principales ayudas que han recibido están: raciones de comida, remoción de
escombros e incluso reconstrucción del domicilio; contrastando estos valores
encontramos que el 55% de los encuestados no se sienten beneficiados con la
creación de la Ley frente al 45% que si se siente beneficiado, algunas de las
personas encuestadas nos indicaron que directamente no han sido favorecidos, pero
con la aplicación de esta ley consideran que las personas más necesitadas lo han
sido; por ello, establecen que indirectamente sí han sido beneficiados.
Una de las principales preocupaciones y asombro, fue notar que dentro del sector
más afectado, la mayoría de la población señaló que no ha recibido ayuda por parte
de las autoridades, esclareció que se produjo demasiada desorganización al
momento de otorgar asistencia con respecto a las raciones alimenticias, señalaban
71
además, de la poca ayuda que ciertos moradores perciben (como la reconstrucción
de su vivienda) provoca intranquilidad ya que existen rumores de que los trabajos
de reconstrucción no se están realizando de la mejor manera. Existieron casos
similares con respecto a la pérdida de sus viviendas, debido a que los moradores del
sector indicaban que las autoridades no les favorecen de una manera equitativa para
obtener créditos para la reconstrucción de sus hogares.
Contrario a lo que se piensa, en el territorio afectado apenas el 3% de los
encuestados tienen un conocimiento alto sobre la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana, la mayoría de la población llegando al 63% no
tiene ningún conocimiento mientras que el 19% indicó tener un conocimiento
medio y el 15% un conocimiento bajo. Frente al nivel de conocimiento que los
moradores del sector de Pedernales tienen sobre la creación de la Ley Solidaria,
muy asombrados, la mayoría señalaba que no tiene ningún conocimiento de esta
Ley, lo que nos llevaba a otorgarles una breve explicación de la misma. Una vez,
difundido los fines que tiene la creación de la Ley Solidaria mucha gente asentía de
una manera positiva mientras que un grupo se mostró especulativo al respecto de la
creación de la ley.
Gráfico 25.- Conveniencia de la ley
Elaborado por: Autoras
8%
33%
31%
20%
8%
¿Qué tan conveniente cree que es la creación de la ley solidaria impuesta por el gobierno?
Extremadamente conveniente
Muy conveniente
Moderadamente conveniente
Poco conveniente
Nada conveniente
72
Con un 31% los encuestados señalan que es moderadamente conveniente la
creación de esta ley seguidos del 33% señalan que es muy conveniente y un 20%
señalan que muy poco conveniente, el 8% mencionan que es nada conveniente, y
finalmente el 8% restante opina que es una medida extremadamente conveniente la
creación de esta ley.
Gráfico 26.- Ayuda recibida
Elaborado por: Autoras
Con un porcentaje bastante significativo del 71% los encuestados mencionan que
no han recibido ayuda por parte del gobierno, mientras que el porcentaje restante
indica lo contrario.
Gráfico 27.- Beneficio de la ley
Elaborado por: Autoras
29%
71%
¿Ha recibido alguna ayuda por parte del gobierno?
Si
No
45%
55%
¿Se considera beneficiado con la aplicación de esta ley?
Si lo considero
No lo considero
73
La mayoría de los encuestados que al menos tiene un conocimiento bajo sobre
aplicación y creación de la Ley solidaria, consideran que no se han visto
beneficiados con la aplicación de la ley, mientras que el 45% restante señala que si
se han visto beneficiados.
Gráfico 28.- Nivel de conocimiento
Elaborado por: Autoras
Con respecto al nivel de conocimiento sobre la creación de la “Ley Solidaria”; el
63% no tiene ningún conocimiento, seguidos del 19% tiene un conocimiento medio,
el 15% expresa que tiene un conocimiento bajo, mientras que el 3% restante tienen
un conocimiento alto sobre la Ley estudiada.
También se realizaron encuestas a comerciantes de la Provincia de Manabí, donde
determinamos que tan solo el 10% de los comerciantes encuestados han recibido
alguna ayuda por parte del gobierno, a pesar de ello, el 100% de los comerciantes
ratifican que no se sienten beneficiados con la implementación de esta Ley.
3%
19%
15%63%
¿Qué nivel de conocimiento tiene sobre esta ley?
Conocimiento alto
Conocimiento medio
Conocimiento bajo
Ningún conocimiento
74
Gráfico 29.- Ayuda por parte del gobierno
Elaborado por: Autoras
Con un porcentaje bastante significativo del 90% los encuestados mencionan que
no han recibido ayuda por parte del gobierno, mientras que el porcentaje restante
indica lo contrario.
Gráfico 30.- Beneficio con la ley
Elaborado por: Autoras
Los comerciantes encuestados consideran que, con la aplicación de esta ley estos,
no se han visto beneficiados de ninguna forma.
10%
90%
¿Ha recibido alguna ayuda por parte del gobierno?
Si lo considero
No lo considero
0%
100%
Específicamente con la aplicación de la Ley solidaria, ¿Considera que su negocio se vio
beneficiado?
Si lo considero
No lo considero
75
2.1.3 Estadísticas de Empleo y Desempleo
Empleo adecuado/Pleno: “Personas con empleo que, durante la semana de
referencia, perciben ingresos laborales iguales o superiores al salario mínimo,
trabajan igual o más de 40 horas a la semana, independientemente del deseo y
disponibilidad de trabajar horas adicionales” (INEC, 2016)
Gráfico 31.- Tasa de empleo Adecuado/Pleno
Fuente: INEC
Elaborado por: Autoras
La tasa de empleo entre los periodos 2007-2016, presenta una variación de
porcentajes, puesto a que en el año 2008 existe un incremento de 5.95% en relación
al periodo anterior, en el 2009 disminuye 9 puntos porcentuales, a partir de 2010 se
refleja un incremento de la tasa de empleo, alcanzando al punto más alto de la tasa
del indicador laboral en el 2014 con un 49,28%, en diciembre de 2015 registra una
tasa del 46,5%, en el 2016 se produce una disminución de este indicador en un 11%.
Población económicamente activa (PEA): “Personas de 15 años y más que
trabajaron al menos 1 hora en la semana de referencia o aunque no trabajaron,
tuvieron trabajo (empleados); y personas que no tenían empleo pero estaban
disponibles para trabajar y buscan empleo (desempleados)” (INEC, 2016)
43
,2
44
,77
39
,18 44
,68
45
,53
46
,53
47
,87
49
,28
46
,5
41
,19
D I C 2 0 0 7
D I C 2 0 0 8
D I C 2 0 0 9
D I C 2 0 1 0
D I C 2 0 1 1
D I C 2 0 1 2
D I C 2 0 1 3
D I C 2 0 1 4
D I C 2 0 1 5
D I C 2 0 1 6
TASA DE EMPLEO ADECUADO/PLENO
76
Gráfico 32.- Tasa de Participación Bruta
Fuente: INEC
Elaborado por: Autoras
Según la serie expuesta, el 2007 la tasa de participación bruta obtuvo el 46,31%, en
el 2008 registra un porcentaje menor con el 46,01%, reflejando la existencia de una
variación de la tasa de este indicador laboral año tras año, en diciembre de 2013
alcanza la tasa más baja dentro de la serie con un 43,8%, y para el cierre del año
2016 cuenta con una tasa del 47,11%.
Desempleados: “Personas de 15 años y más que, en el período de referencia, no
estuvieron Empleados y presentan ciertas características: i) No tuvieron empleo, no
estuvieron empleados la semana pasada y están disponibles para trabajar; ii)
buscaron trabajo o realizaron gestiones concretas para conseguir empleo o para
establecer algún negocio en las cuatro semanas anteriores. Se distinguen dos tipos
de desempleo: abierto y oculto” (INEC, 2016)
46
,31
46
,01
46
,51
45
,07
45
,46
45
,64
43
,8
44
,55
45
,71
47
,11
D I C 2 0 0 7
D I C 2 0 0 8
D I C 2 0 0 9
D I C 2 0 1 0
D I C 2 0 1 1
D I C 2 0 1 2
D I C 2 0 1 3
D I C 2 0 1 4
D I C 2 0 1 5
D I C 2 0 1 6
TASA DE PARTICIPACIÓN BRUTATPB= POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA(PEA) /POBLACIÓN TOTAL(PT)
77
Gráfico 33.- Tasa de Desempleo
Fuente: INEC
Elaborado por: Autoras
La tasa de desempleo en el país es uno de los indicadores laborales más atrayentes
dentro de la economía local, reflejando en la serie expuesta una variación a través
de los años, uno de los años más relevantes dentro de esta serie es el año 2014
puesto a que la tasa fue del 3,8%, para el año 2015 existió un incremento de un
punto porcentual con respecto al año anterior, para el cierre de 2016 aumento al
5,2%, exponiendo un incremento de la tasa de este indicador.
2.1.4 Efecto Social
A consecuencia del suceso imprevisto el gobierno estableció medidas alternativas
para ayudar a los afectados por el terremoto: otorgó incentivos económicos a las
personas que acojan en su domicilio a damnificados, (Vicepresidencia de la
República del Ecuador, 2016) promovió instrumentos para la recuperación de las
viviendas afectadas, (Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, 2016) receptó
donaciones y recursos por parte de los ciudadanos; sin embargo, de acuerdo a los
resultados de las encuestas realizadas a 139 personas en la provincia de Manabí
(Pedernales), establecimos que la distribución de los recursos obtenidos hacia los
habitantes afectados de estas provincias no fue de manera equitativa, apenas el 29%
de los encuestados han recibido ayuda por parte del gobierno, se les proporciono:
kits alimenticios y sanitarios, vestimenta, agua embotellada, acogimiento en
albergues y atención médica. A la situación de la pérdida de sus hogares y familias
5
5,9
5 6,4
7
5,0
2
4,2
1
4,1
2
4,1
5
3,8
4,7
7 5,2
D I C 2 0 0 7
D I C 2 0 0 8
D I C 2 0 0 9
D I C 2 0 1 0
D I C 2 0 1 1
D I C 2 0 1 2
D I C 2 0 1 3
D I C 2 0 1 4
D I C 2 0 1 5
D I C 2 0 1 6
TASA DE DESEMPLEO
78
se suma la pérdida de empleos (así lo señala INEC la tasa de desempleo creciente
aumenta progresivamente), este efecto alarmante provoca disminución de sus
ingresos y, por ende, también reducción de sus gastos.
Tomando en cuenta que el 63% de la población afectada no posee ningún
conocimiento de la Ley Solidaria a causa de escasa información comprensible, los
encuestados expusieron inquietudes referentes a la creación de la misma; por ende,
optamos por exponer brevemente los fines y cada una de las contribuciones de la
ley. Del 37% de los encuestados restantes que tienen conocimiento sobre la ley, el
45% establece que la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana los ha
beneficiado de manera directa e indirecta; es decir, no necesariamente recibieron
ayuda por parte del gobierno, pero establecen que la ley fue generada para asistir a
todas las zonas afectadas y esperan que ello suceda.
En la provincia de Pichincha se producen efectos directos, opuestos a los suscitados
en la provincia de Manabí (Pedernales), a consecuencia de la aplicación de la Ley
de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana. Las encuestas realizadas a 139
personas en la provincia de Pichincha arrojan que el 62% de los encuestados
consideran la creación de esta ley una medida no responsable, ni necesaria,
refiriéndose puntualmente al tema del incremento del IVA del 12% al 14%; esta
medida perjudico en general la calidad de vida de la sociedad ecuatoriana y da como
resultado reducción de gastos y consumo (Gráfico 1-12.- ICE Global: acorde a los
datos presentados por el BCE, la capacidad instalada en los sectores productivos se
redujo en 2,8%). El 7% de los encuestados señalaron que es una medida necesaria
dentro del ámbito social y solidario; sin embargo, consideran que no es responsable
que el gobierno opte por esta medida debido a la situación económica que atraviesa
el país. (Ver Gráfico 2-3.- Medida responsable y necesaria).
79
CAPITULO III
3 ANÁLISIS DE LA INCIDENCIA DE LA RECAUDACIÓN POR LAS
CONTRIBUCIONES SOLIDARIAS
3.1 Ámbito tributario
Las herramientas que utilizamos para la obtención de los resultados en el ámbito
tributario, fueron los cuestionarios y a través de las estadísticas del Servicio de
Rentas Internas (SRI), permitiendo el análisis de contenido tributario.
3.1.1 Apreciación tributaria de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Pichincha
En la Ley se establece un incentivo a las personas que cancelen sus compras con
dinero electrónico, por lo tanto era necesario investigar al respecto para poder
evaluar en qué grado incide la devolución del 2% del IVA para las personas que
cancelan a través de este medio, sin embargo no existe mayor incidencia ya que
apenas el 1% de las personas naturales encuestadas cancela con dinero electrónico
frente al 72% que cancela con dinero en efectivo, el 18% con tarjetas de crédito y
el 9% con tarjetas de débito, haciendo referencia al medio de pago notamos la falta
de cultura financiera en los ecuatorianos. Al realizar esta indagación en las
empresas, obtuvimos que el 9% de sus clientes cancelan con dinero electrónico, el
34% cancela con tarjetas de débito, el 33% con tarjetas de crédito y el 24% paga
sus compras con dinero en efectivo, en este caso notamos que muchos de los
ciudadanos ya no manejan compras elevadas con dinero en efectivo a razón de
seguridad, sin embargo ya que el 33% cancela sus compras con tarjeta de crédito,
establecimos que la ciudadanía no tiene la liquidez suficiente para adquirir algún
bien de contado, se les imposibilita cancelarlo en su totalidad, por ello recuren a
este medio de pago que les permite aplazar su deuda.
80
Gráfico 34.- Medio de pago
Elaborado por: Autoras
El 72% del grupo de encuestados, señalan que pagan sus compras a través del dinero
en efectivo, el 18% cancelan sus compras a través de tarjetas de crédito, el 9% lo
realizan con tarjetas de débito y tan solo el 1% con dinero electrónico.
Gráfico 35.- Medio de pago
Elaborado por: Autoras
Gran parte de los encuestados, con un 33% de representatividad señalan que
usualmente los pagos recibidos por parte de sus clientes se realizan a través de
tarjetas de débito y tarjetas de crédito, el 24% lo realizan con dinero en efectivo,
mientras que el 9% restante lo realiza con dinero electrónico.
72%
9%
18%
1%
¿A través de qué medio usualmente acostumbra pagar sus compras?
Dinero en efectivo
Tarjeta de débito
Tarjeta de crédito
Dinero electrónico
24%
34%
33%
9%
¿A través de que medios acostumbra recibir los pagos por parte de sus clientes?
Dinero en efectivo
Tarjeta de débito
Tarjeta de crédito
Dinero electrónico
81
Gráfico 36.- Medio de pago
Elaborado por: Autoras
El 44% de los encuestados señalan que pagan sus compras a través de tarjetas de
crédito y tarjetas de débito respectivamente, el 12% de los encuestados restantes lo
realizan con dinero en efectivo.
El aumento en la carga tributaria del país es preocupante, frente a ello el 75% de las
empresas encuestadas consideran que, si podrán mantenerse a flote; sin embargo,
con un porcentaje alto el 25% consideran que no podrían ser capaces de seguir en
operatividad. En relación al cuestionamiento del tiempo en que la empresas llevan
dentro del mercado, se observó que las pequeñas empresas y aquellas que llevan
poco tiempo de actividad, presentan amplias inquietudes por el incremento de
impuestos, además de ver que las cifras son alarmantes y en efecto podría llevar a
que varias empresas dejen de funcionar y por tanto el desempleo se incrementaría,
la competencia disminuiría y se produciría una inminente alza en los precios, lo que
sin duda encarecería la calidad de vida de las personas en general.
12%
44%
44%
¿A través de que medios acostumbra pagar los insumos de su empresa?
Dinero en efectivo
Tarjeta de débito
Tarjeta de crédito
82
Gráfico 37.- Carga tributaria
Elaborado por: Autoras
El 75% de las empresas consideran que, con la carga tributaria aplicada en el país,
no tendrán problemas para mantener su negocio en el mercado, el 25% restante
declaran lo opuesto añadiendo a esta situación señalaron que este tipo de medidas
son barreras para sus empresas, se ven más afectados aquellos negocios que no
llevan un buen posicionamiento en el mercado.
Gráfico 38.- Tiempo de negocio en el mercado
Elaborado por: Autoras
El 75% de empresas encuestadas indican que su permanencia dentro del mercado
ecuatoriano es de 13 años en adelante, seguido del 17% que establece su
permanencia en el mercado entre un periodo de 10 a 12 años, mientras que el 8%
restante se encuentra dentro del grupo de permanencia 1 a 3 años.
75%
25%
¿Considera que con la carga tributaria impuesta por el gobierno hasta la actualidad, su empresa podrá mantenerse en el mercado?
Si lo considero
No lo considero
8%
17%
75%
¿Cuántos años lleva su negocio en el mercado?
De 1 a 3 años
De 10 a 12 años
De 13 años en adelante
83
Gráfico 39.- Tamaño de la empresa
Elaborado por: Autoras
Para realizar esta encuesta se seleccionó un grupo de 12 empresas a través del
método aleatorio simple, en base a su tamaño el 67% de las empresas encuestadas
pertenecen al grupo de PYMES, seguido con un 25% correspondiente a
Microempresas y apenas el 8% a Empresas Grandes.
Gráfico 40.- Clasificación según su actividad
Elaborado por: Autoras
El 25% de los encuestados pertenecen al grupo de comerciantes, dedicándose a
comprar y a vender productos como artefactos electrónicos, otro 25% pertenece al
grupo de manufactura, el 17% se dedica a actividades de enseñanza y servicios
sociales y de salud, el 8% pertenece al grupo de construcción, así como también a
las actividades profesionales, técnicas y administrativas.
25%
67%
8%
Según su tamaño con respecto a sus trabajadores, ¿A cuál de los siguientes grupos
pertenece su empresa?
Microempresa (1 a 9 trabajadores)
PYMEs (10 a 199 trabajadores)
Empresa Grande (200 en adelante)
25%
8%
17%8%
25%
17%
Según su actividad ¿A cuál de los siguientes grupos pertenece su negocio?
Comercio
Actividades profesionales,técnicas y administrativas
Enseñanza y Servicios sociales yde salud
Construcción
84
3.1.2 Apreciación tributaria de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Manabí
Encuestamos a 10 comerciantes que poseen RUC en el Cantón de Pedernales, el
90% de ellos nos indicó que se dedican a brindar servicios de venta, apenas el 10%
restante se dedica a brindar servicios de alojamiento y de comida. El 30% de estos
negocios han estado en el mercado más de 12 años, el 10% de 10 a 12 años, otro
10% de 7 a 9 años y el 50% restante de 1 a 3 años, considerando que gran parte de
los negocios implantados son nuevos, estos se vieron muy afectados con el
terremoto sucedido el 16 de abril de 2016; es así, que el 30% de los encuestados
nos indicó que si la carga tributaria vigente se mantiene no podrán permanecer con
su negocio a flote.
Gráfico 41.- Clasificación según su actividad
Elaborado por: Autoras
El 90% de los encuestados pertenecen al grupo de comerciantes, dedicándose a
comprar y a vender productos tales como una papelería, una tienda comercial,
etcétera. El 10% restante pertenece al grupo de alojamiento y servicios de comida.
10%
90%
Según su actividad ¿A cuál de los siguientes grupos pertenece su negocio?
Alojamiento y servicios decomida
Otros, especifique
85
Gráfico 42.- Tiempo de negocio en el mercado
Elaborado por: Autoras
El 50% de las personas que mantienen un negocio dentro de la provincia de Manabí
indican que su permanencia dentro del mercado es de 1 a 3 años, seguidos el 30%
de 13 años en adelante, mientras que los dos grupos restantes tienen una similitud
en el tiempo de permanencia dentro del mercado con un 10%.
Gráfico 43.- Carga tributaria
Elaborado por: Autoras
El 70% de los comerciantes consideran que con la carga tributaria impuesta en el
país hasta la actualidad si podrán mantenerse en el mercado, y el 30% indican lo
contrario.
50%
10%
10%
30%
¿Cuántos años lleva su negocio en el mercado?
De 1 a 3 años
De 7 a 9 años
De 10 a 12 años
De 13 años en adelante
70%
30%
¿Considera que con la carga tributaria impuesta por el gobierno hasta la actualidad, su negocio podrá
mantenerse en el mercado?
Si
No
86
Con la implementación de la Ley Solidaria surgen varios inconvenientes, tomando
en cuenta que nos encontramos en la provincia de Manabí, se estimaba que el RUC
registrado se lo haya realizado en la misma provincia; sin embargo, el 10% de los
encuestados nos señaló que su Registro Único de Contribuyentes está registrado en
una provincia ajena a la afectada. A esto se suma que en la Ley Orgánica de
Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana se establece el incremento del IVA
al 14% para todo el territorio ecuatoriano a excepción de las áreas afectadas por el
terremoto; sin embargo, el 20% de los encuestados indican que cancelan el 14% de
IVA en sus compras, la razón de ello es la transportación de productos desde otras
provincias del país, ya gravados con 14% en el IVA y la falta de información sobre
esta ley, encontramos un caso en el que el negocio es manejado por un contador que
grava todas sus compras con 14% desde la aplicación de la Ley, el dueño del
inmueble estableció que muchos de sus productos para la venta son elaborados en
la Provincia de Manabí. Indagando más sobre el tema, el 50% de los encuestados
nos indicaron que comercializan con productos fuera de la Provincia de Manabí, a
razón del incremento en el IVA, algunos de estos comerciantes cancelan valores
extras en sus compras.
Gráfico 44.- Registro del RUC
Elaborado por: Autoras
El 90% de los comerciantes mencionaron que tienen registrado su RUC en la
provincia de Manabí, y el porcentaje restante tiene registrado su RUC en otra
provincia (excluyendo Manabí).
90%
10%
¿En qué provincia tiene registrado su RUC?
Manabí
Otro, ¿Cuál?
87
Gráfico 45.- Porcentaje que gravan sus compras
Elaborado por: Autoras
El 80% los comerciantes mencionan que graban en sus ventas con el 12%, mientras
que el 20% restante lo realizan con el 14% de IVA, de este último grupo los
comerciantes aclaran que sus clientes no han tenido problemas en pagar los dos
puntos porcentuales.
Gráfico 46.- Comercio de productos fuera de la provincia
Elaborado por: Autoras
La mitad de los comerciantes encuestados señalan que no comercializan materiales
para su negocio fuera de la provincia de Manabí, y la otra parte señalan lo contrario.
Del segundo grupo que si comercializa productos están entre los de vestimenta,
materiales didácticos, bisutería, entre otros.
80%
20%
¿Qué porcentaje grava el IVA en sus ventas desde la aplicación de la Ley Solidaria?
12% de IVA
14% de IVA
50%50%
¿Su negocio comercializa con materiales o productos fuera de la provincia de Manabí?
Si
No
88
Gráfico 47.- Medidas aplicadas
Elaborado por: Autoras
Esta pregunta apunta a la incidencia e impacto de las medidas descritas en “Ley
Solidaria”, aclarando que todos los encuestados indican que la disposición que más
afecta a su negocio es el incremento de 2 puntos porcentuales de IVA, mientras que
el resto de medidas no causa ningún impacto.
3.1.3 Recaudación Tributaria 2007-2016 (SRI)
Es necesario recalcar que los ingresos tributarios forman parte del PGE, mismos
que sirven como instrumento de política económica general, estimulando la
inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines productivos y de
desarrollo nacional. (Código Tributario, 2014)
Según los datos publicados por el SRI, la recaudación tributaria, correspondiente a
la actual administración entre los periodos 2007-2015, ha tenido un incremento de
166,19%; siendo necesario profundizar los acontecimientos de este resultado en
base a las reformas tributarias aplicadas en el país.
0%
100%
De las medidas aplicadas en la ley, ¿Cuál de ellas tiene mayor impacto en su negocio?
Incremento en la tarifa del IVAal 14%
89
A partir del año 2007 hasta el año 2015 los montos recaudados por medio de los
impuestos se han incrementado sustancialmente, según la recaudación tributaria del
SRI; a continuación, se detallan los principales impuestos recaudados:
- Impuesto a la Renta Recaudado
- Retenciones Mensuales (3)
- Anticipos al IR
- Declaraciones de Impuesto a la Renta (4)
- Personas Naturales
- Personas Jurídicas
- Herencias, Legados y Donaciones
- IVA de Operaciones Internas
- ICE de Operaciones Internas
- Impuesto Ambiental Contaminación Vehicular
- Impuesto Redimible Botellas Plásticas NR
- Impuesto a los Vehículos Motorizados
- Impuesto a la Salida de Divisas
- Impuesto a los Activos en el Exterior
- RISE
- Regalías, patentes y utilidades de conservación minera
- Tierras Rurales
- Contribución para la atención integral del cáncer
- Intereses por Mora Tributaria
- Multas Tributarias Fiscales
- Otros Ingresos
90
Tabla 24.-Recaudación Tributaria 2007-2016
Miles de Dólares
AÑOS 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Ene-Dic 2015 Ene-Dic 2016
ENERO $ 430.078 $ 560.391 $ 591.321 $ 688.801 $ 747.273 $ 991.002 $ 1.169.342 $ 1.213.997 $ 1.393.687 $ 1.393.687 $ 1.237.880
FEBRERO $ 297.977 $ 338.377 $ 370.721 $ 519.447 $ 524.794 $ 747.032 $ 849.037 $ 901.424 $ 970.101 $ 970.101 $ 759.462
MARZO $ 332.841 $ 443.733 $ 518.485 $ 699.666 $ 711.675 $ 843.360 $ 927.229 $ 984.681 $ 1.095.311 $ 1.095.311 $ 917.381
ABRIL $ 725.256 $ 794.028 $ 1.021.024 $ 955.235 $ 1.075.244 $ 1.427.555 $ 1.621.951 $ 1.712.277 $ 1.763.712 $ 1.763.712 $ 1.367.048
MAYO $ 377.060 $ 453.505 $ 482.895 $ 576.534 $ 682.418 $ 850.797 $ 960.937 $ 993.590 $ 1.010.492 $ 1.010.492 $ 814.390
JUNIO $ 348.496 $ 400.249 $ 455.221 $ 568.205 $ 663.984 $ 813.740 $ 896.017 $ 947.913 $ 999.989 $ 999.989 $ 1.037.762
JULIO $ 466.009 $ 598.688 $ 643.830 $ 667.013 $ 701.384 $ 929.644 $ 1.152.161 $ 1.228.668 $ 1.788.334 $ 1.788.334 $ 1.211.479
AGOSTO $ 402.996 $ 467.525 $ 454.798 $ 590.921 $ 614.132 $ 863.334 $ 955.349 $ 1.001.882 $ 919.659 $ 919.659 $ 1.144.324
SEPTIEMBRE $ 506.852 $ 633.073 $ 623.815 $ 702.419 $ 785.523 $ 936.228 $ 1.045.988 $ 1.138.047 $ 1.054.634 $ 1.054.634 $ 1.053.127
OCTUBRE $ 388.236 $ 546.903 $ 480.814 $ 600.936 $ 684.897 $ 813.381 $ 963.400 $ 1.050.928 $ 903.531 $ 903.531 $ 1.017.655
NOVIEMBRE $ 419.768 $ 492.984 $ 535.793 $ 629.926 $ 719.737 $ 867.596 $ 946.144 $ 1.057.021 $ 911.336 $ 911.336 $ 954.014
DICIEMBRE $ 448.541 $ 465.054 $ 514.537 $ 665.565 $ 810.113 $ 1.006.988 $ 1.025.926 $ 1.083.064 $ 882.277 $ 882.277 $1.050.311
TOTAL $ 5.144.110 $ 6.194.511 $ 6.693.254 $ 7.864.668 $ 8.721.173 $ 11.090.657 $ 12.513.480 $ 13.313.491 $ 13.693.064 $13.693.064 $12.564.833
Fuente: SRI, 2016
Elaborado por: Autoras
91
Gráfico 48.- Recaudación Nacional 2015-2016
Fuente: SRI, 2016
Elaborado por: Autoras
4.2
95
.72
5
4.8
16
.66
7
63
6.2
72
10
2.1
41
21
.82
9
20
6.6
65
1.1
63
.81
9
46
.50
5
18
.09
9
28
.65
8
6.6
11
81
.30
1
41
.99
9
38
.90
6
6.0
39
3.9
46
.28
4
4.3
74
.85
0
67
4.2
65
11
2.0
25
28
.24
4
19
4.6
75
96
4.6
59
46
.91
0
18
.78
3
50
.21
0
7.8
53
90
.25
9
13
5.6
66
50
.18
1
78
.55
4
RECAUDACIÓN NACIONAL 2015-2016
RecaudaciónEne - Dic 2015
RecaudaciónEne - Dic 2016
92
En el año 2008 respecto del 2007 se alcanzó un aumento de $1.050 millones de
dólares en la recaudación tributaria, a razón de la implementación de la Ley de
Equidad Tributaria publicada en el Registro Oficial 242 el 29 de diciembre de 2007,
donde el impuesto a la renta con respecto a las empresas se conservó en 25% frente
a un incremento a las personas naturales en que el porcentaje máximo fue de 35%,
cabe recalcar que se permitió que las personas naturales deduzcan sus gastos en:
vivienda, alimentación, salud, educación y vestimenta, además, en esa ley se creó
el impuesto a la salida de divisas del 0,5%. ( Banco Central del Ecuador)
En el año 2009 se incrementó la recaudación en $498 millones dólares lo que
representó menos de un 50% de crecimiento con respecto al aumento alcanzado en
el año 2008, esto se debe principalmente a que en julio de 2008 se produjeron
reformas a la Ley Orgánica Reformatoria e Interpretativa a: Ley Orgánica de
Régimen Tributario Interno y a la Ley de Equidad Tributaria, entre la principales
están: ampliación en la deducción de los gastos personales a razón de educación
superior, exoneración del IVA e ICE a vehículos híbridos, exención del ICE para el
alcohol utilizado como materia prima, reducción en las cuotas del RISE y
condonación de interés y multas para el pago de valores en procesos de reclamos
administrativos. (Peña, 2012)
En el año 2010 se recaudó $7.864 millones de dólares lo que representa un
incremento de $1.171 millones de dólares con respecto al 2009, este aumento en
los montos recaudados se produce debido a la reforma en la Ley de Régimen
Tributario Interno expedida en diciembre del 2009 donde se duplico el valor del
impuesto a la salida de divisas del 1% al 2%, adicionalmente se incorporó la tarifa
del 12% del IVA a periódicos y revistas. (Peña, 2012)
Para el año 2011 se produjo un aumento de $856 millones de dólares con respecto
al año 2010, este incremento se da en función de la creación de impuestos
ambientales a la contaminación vehicular y respecto a las botellas de plástico no
retornables, además se eleva el impuesto a la salida de divisas al 5%. (CEPAL,
2013)
93
En el 2012 recaudó $11.090 millones de dólares en comparación al año 2011 donde
logro recaudar $8.721 millones de dólares lo que representa un aumento de $2.369
millones de dólares, esta situación se produce por distintas razones, tales como: la
aplicación de la Ley Orgánica de Redistribución del Gasto Social Ecuador, en la
cual se expide la reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno, estableciendo
sanciones y multas a las instituciones del sector financiero popular y solidario
debido al incumplimiento de información requerida por el SRI, otra repercusión
sobre el significativo incremento de recaudación se produce a razón de que la
sociedad ecuatoriana tiene cada vez mayor información acerca de la cancelación de
los tributos, es decir, se fomentó una cultura tributaria eficaz, a ello se suma el
trabajo realizado por los entes reguladores gracias a una mejora en su estructura y
organización impidiendo con mayor certeza la evasión de impuestos, sancionando
respectivamente con multas e intereses, dando como resultado un control mayor a
las entidades jurídicas.
En el año 2013 en comparación al 2012 se produjo un incremento de $1.422
millones de dólares mientras que en el año 2014 paralelo al 2013 aumento solo en
$800 millones de dólares, esto a consecuencia de las reformas a la Ley de Régimen
Tributario Interno publicada en el Registro Oficial Suplemento 31 de 8 de julio
de 2013, en donde se estableció los porcentajes de retención en la fuente del
Impuesto a la Renta del 22% aplicable para el periodo 2013, además gracias a la
aplicación del Convenio entre Ecuador y Corea para evitar la doble tributación
y prevenir la evasión fiscal respecto a impuestos sobre la renta nuestro país tiene
la facilidad de realizar inversiones con Corea y viceversa, a su vez esto ayuda a
evitar la evasión fiscal, teniendo como resultado una mejor recaudación para el país.
Para el periodo del 2014 se expide la Reforma al Instructivo de Sanciones
Pecuniarias, que ayudo a regular las multas aplicadas por la evasión de
declaraciones en cero y por el incumplimiento de presentación de las declaraciones.
Además de expedir el nuevo porcentaje de retención en la fuente del 23%.
Debido a los programas y capacitaciones impartidas por la Administración
tributaria a la ciudadanía, la cultura tributaria ha tenido una respuesta positiva
sobre la recaudación de este periodo.
94
Para el año 2015 se recaudó $13.693 millones de dólares lo que representa un
incremento en $379 millones de dólares con respecto al año 2014, los montos de
recaudación fueron mínimos e incluso no cumplieron con la meta establecida por
el Servicio de Rentas Internas, un factor que influyó en la disminución de este
importe son las salvaguardias que contrario a lo que se quería lograr (fomentar el
consumo nacional) provoco fuga de capitales afectando directamente al sector
productivo, también afecto al consumo ya que si bien unos optaron por realizar sus
compras fuera del país, (fronteras con Perú y Colombia) otros ciudadanos
simplemente dejaron de comprar, disminuyendo sus gastos debido principalmente
a la reducción de sus ingresos, ya que no pueden mantener la calidad de vida a la
que estaban acostumbrados u optaron por el ahorro para épocas de crisis o
desempleo; también se ven afectados los comerciantes y exportadores ya que sus
productos en el mercado incrementaron su precio; cabe recalcar que mediante
Resolución NAC-DGERCGC15-00000004 publicada en el Registro Oficial 414 de
12 de enero de 2015, se estableció la obligatoriedad de emisión de comprobantes
electrónicos para notarios a partir del 1 de febrero de 2015, con este instrumento la
Administración Tributaria pudo llevar un mejor control, minimizando la evasión de
impuestos además de ayudar a reducir la contaminación ambiental; finalmente,
como medida de apoyo para el cumplimiento de la meta de recaudación del 2015,
se crea la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, en la que se
les permitió a los contribuyentes saldar deudas pendientes con la Administración
Tributaria, a pesar de la implementación de esta medida solo se alcanzó el 95% de
cumplimiento de la meta esperada.
Para el primer trimestre del año 2016, la recaudación tributaria logró obtener $3.068
millones de dólares, destacando que este monto fue percibido antes del desastre
natural; el segundo trimestre alcanzó recaudar $3.478 millones de dólares y para el
tercer trimestre a pesar de la aplicación de la Ley Solidaria logra recaudar apenas
$3.623 millones de dólares; es decir, si realizamos una comparación entre estos
trimestres se refleja una tendencia no tan significativa pero positiva.
95
En referencia al párrafo que antecede, el primer trimestre en comparación con la
meta frente a lo recaudado para el año 2016, la administración tributaria logro
cumplir el 95% esperado, para el segundo trimestre cumpla el 92% y para el tercer
trimestre supera la meta estimada con el 101%. Sin embargo, en comparación con
los trimestres del año 2015, dentro del primer grupo existe una disminución del
15%, para el segundo trimestre se refleja el mismo panorama con un 3%, finalmente
el tercer grupo de 2016 supera con 12% la recaudación del año que antecede.
Estos antecedentes, reflejan que la economía del país está atravesando una recesión
económica (Carreño), incluso se muestra de manera general en el importe
recaudado a través de impuestos hasta el primer semestre del año 2016 llegando a
$7.345 millones de dólares, lo que representa $1.676 millones de dólares menos
que en el primer semestre del año 2015, los montos recaudados siguen siendo
menores a pesar de la implementación de la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana con sus cinco medidas temporales: sobre la
remuneración, sobre el ingreso, sobre las utilidades, sobre los bienes inmuebles y
derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de propiedad de
sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior y sobre
2 puntos porcentuales del IVA; así como, la aplicación de la Ley Orgánica de
Equilibrio de las Finanzas Públicas donde se establecen los cambios en las tarifas
específicas del impuesto a los consumos especiales ICE.
Tabla 25 Reformas Tributarias 2017-2012
N° Reforma Fecha de
publicación
Resumen
1 Ley
Reformatoria
del Articulo
89 de la
Codificación
de la Ley de
Régimen
Tributario
Interno.
13 de abril de
2007
Establece:
- El destino del producto del impuesto
a los consumos especiales.
- La distribución y la utilización del
producto del impuesto a los consumos
especiales que grava a los servicios de
telecomunicaciones y radioelectrónicos.
2 Ley para la
Equidad
Tributaria del
Ecuador.
29 de
diciembre de
2007
Establece:
- La reforma de varios artículos del
Código Tributario y la Ley de Régimen
Tributario Interno.
96
- El impuesto a la Salida de Divisas.
- El impuesto a las Tierras Rurales.
- El impuesto a los Ingresos
Extraordinarios.
- El régimen de precios de
transferencia y el régimen impositivo
simplificado (RISE).
3 Ley Orgánica
Reformatoria
e
Interpretativa
a:
a. La Ley de
Régimen
Tributario
Interno.
30 de julio de
2008
Establece:
b. El Código
Tributario.
- Reducción del porcentaje que
considera a una persona discapacitada a
efecto de exenciones y deducciones
tributarias.
c. La Ley
Reformatori
a para la
Equidad
Tributaria
del
Ecuador.
- Lo deducible de los gastos de
educación superior.
d. La Ley de
Régimen
del Sector
Eléctrico.
- La tarifa cero de IVA a las
importaciones para el transporte
comercial de pasajeros.
- Lo deducible de los interese y costos
financieros de créditos externos y pagos
por arrendamiento mercantil
internacional del impuesto a la renta.
- La conmutación de interese por
mora, multas y recargos.
4 Constitución
Política de
Ecuador
20 de
octubre de
2008
Establece:
- Los derechos y obligaciones de las
personas en cuanto a la tributación.
- La competencia de la Asamblea
Nacional en cuanto a la creación,
modificación y suspensión de tributos.
- La competencia del Ejecutivo en
cuanto a la presentación de proyectos de
ley relativos a impuestos y la creación de
aranceles.
- Los principios rectores del régimen
tributario y los objetos de la política
tributaria.
- Las políticas económica, tributaria,
aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria;
comercio exterior y endeudamiento.
- La exención del pago de impuestos
de las prestaciones en dinero del seguro
social.
97
- La exención del pago de impuestos
y tasas de tierras comunitarias.
5 Ley Orgánica
de Empresas
Públicas
16 de
octubre de
2009
Establece:
- Qué son empresas públicas y la
regulación exclusiva para este tipo de
empresas.
- Un proceso de transición para que
las empresas cuyo accionista mayoritario
es el Estado pasen a formar parte del
sector público a fin de que se beneficien
del tratamiento tributario que recibe el
sector público.
6 Ley
Reformatoria
a:
a. La Ley de
Régimen
Tributario
Interno.
23 de
diciembre de
2009
Establece:
- Gravar el Impuesto a la Renta a los
dividendos y utilidades de las sociedades
domiciliadas en paraísos fiscales o
personas naturales residentes.
b. La Ley
Reformatori
a para la
Equidad
Tributaria
del
Ecuador.
- Las condiciones para la reducción
de la tarifa del Impuesto a la Renta y
exención del pago de este.
- Una única fórmula para el cálculo
del anticipo, la forma de determinar el
anticipo y las condiciones para su
devolución.
7 Ley
Reformatoria
a:
a. Ley de
Hidrocarbur
os.
27 de julio de
2010
Establece:
- La eliminación del inciso cuarto
del artículo 37, lo siguiente: “salvo que
por la modalidad contractual estén sujetas
a las tarifas superiores previstas en el
Titulo Cuarto de esta Ley”.
b. La Ley de
Régimen
Tributario
Interno.
- Agregar en el artículo 10 un
segundo inciso con lo siguiente: “En
contratos de exploración, explotación y
transporte de recursos naturales no
renovables, en los gastos indirectos
asignados desde el exterior a sociedades
domiciliadas en el Ecuador por sus partes
relacionadas se considerarán también a
los servicios técnicos y administrativo”.
98
- La sustitución del artículo 90 de la
Ley de Régimen Tributario Interno por el
siguiente: “Art.90.- los contratistas que
han celebrado contrato de presentación de
servicios para la exploración y
explotación de hidrocarburos pagaran el
impuesto a la renta de conformidad con
esta Ley. La reducción porcentual de la
tarifa del pago del impuesto a la renta por
efecto de la reinversión no será aplicable.
No serán deducibles del impuesto a la
renta de la contratista, los costos de
financiamiento ni los costos de transporte
por oleoducto principal bajo cualquier
figura que no corresponda a los barriles
efectivamente trasportados. En caso de
que una misma contratista suscriba más
de un contrato de prestación de servicios
para las exploración y explotación de
hidrocarburos, para efectos del pago del
impuesto a la renta no podrá consolidar
las pérdidas ocasionadas en un contrato
con las ganancias originadas en otro”.
8 Código
Orgánico de la
Producción,
Comercio e
Inversiones
29 de
diciembre de
2010
Establece:
- Los incentivos fiscales para el
desarrollo productivo.
- La reforma de expresión de las
tarifas arancelarias y las modalidades
técnicas de los aranceles.
- Los mecanismos de orden general
para el fomento a la exportación.
- La obligación tributaria aduanera
(los tributos al comercio exterior, su base
imponible, exigibilidad, etc.) y la
competencia de la aduana aduanera en
cuento a la recaudación.
9 Ley de
Fomento
Ambiental y
Optimización
de los
Ingresos del
Estado.
24 de
noviembre
de 2011
Establece:
- El impuesto ambiental a la
contaminación vehicular.
- La modificación del Impuesto al Valor
agregado (IVA) e Impuesto a los
Consumos Especiales (ICE) de los
vehículos híbridos.
- El cambio de la fórmula de cálculos del
ICE a los cigarrillos y bebidas
alcohólicas.
- El impuesto ambiental a las botellas
platicas no retornables que grava el
embotellamiento de bebidas alcohólicas,
no alcohólicas, gaseosas, no gaseosas y
agua en botellas pasticas no retornables,
así como su importación.
99
- El incremento de la base no gravada de
70 hectáreas a aquellas tierras rurales con
condiciones similares a la Amazonía.
- El aumento del Impuesto a la Salida de
Divisas (ISD) del 2% al 5%.
10 Ley Orgánica
de
Redistribució
n de los
Ingresos para
el Gasto
Social
10 de
diciembre de
2012
Establece:
- La eliminación del beneficio de la
reducción de 10 punto porcentuales en el
impuesto a la renta para los bancos.
- Un cambio en la fórmula de cálculo del
anticipo a la renta de los bancos y de las
sociedades financieras.
- La tarifa del 12% del IVA para los
servicios financieros prestados por las
instituciones autorizadas, la cual en la
actualidad es del 0%.
- La posibilidad de solicitar la devolución
del crédito tributario producto del
Impuesto a la Salida de Divisas.
- Una reforma para el impuesto a los
activos en el exterior y se determina una
nueva tarifa para el mismo y una tarifa
especial cuando se trate de inversiones
realizadas en paraísos fiscales.
- Las instituciones financieras privadas y
compañías emisoras y administradoras de
tarjetas de crédito, sujetas al control de la
Superintendencia de Bancos y Seguros
pararan el 3% de los ingresos gravables
del ejercicio anterior.
- La captación de fondos o las inversiones
a través de las subsidiarias ubicadas en
paraísos fiscales o regímenes
preferenciales, la tarifa aplicable será del
0.35% mensual sobre la base imponible.
11 Ley de
Régimen
Tributario
Interno
8 de julio de
2013
Establece:
- Porcentajes de retención en la fuente del
Impuesto a la Renta del 22% aplicable
para el periodo 2013
12 Convenio
entre Ecuador
y Corea para
evitar la
doble
tributación y
prevenir la
evasión fiscal
respecto a
impuestos
sobre la renta
17 de
septiembre
de 2013
Establece:
- Facilidad de realizar inversiones con
Corea y viceversa, a su vez esto ayuda a
evitar la evasión fiscal
100
13 Reglamento a
la Ley de
Abono
Tributario –
Atribuciones y
competencias
del comité
administrativo
de la Ley de
Abono
Tributario
2 de
septiembre
de 2013
Establece:
- Determinar en forma minuciosa los
atributos y competitividad que posee el
comité Administrativo de la Ley de
Abono Tributario y el proceso para que
los exportadores obtengan y utilicen los
certificados.
14 Reforma al
Instructivo de
Sanciones
Pecuniarias
2014 Establece:
-Regular las multas aplicadas por la
evasión de declaraciones en cero y por el
incumplimiento de presentación de las
declaraciones.
15 Ley de
Régimen
Tributario
Interno
2014 Establece:
- Expedir el nuevo porcentaje de
retención en la fuente del 23%.
16 Ley orgánica
de incentivos
a producción y
Prevención
fraude fiscal
29 de
diciembre de
2014
Establece:
- Incorpora incentivos para los sectores de
micro y mediana empresas, y las de
economía popular y solidaria. En la
materia del fraude fiscal, la ley agrega
mecanismos para evitar la evasión fiscal y
para el reforzamiento del sistema
tributario.
17 Ley de
Régimen
Tributario
Interno
12 de enero
de 2015
Establece:
- Obligatoriedad de emisión de
comprobantes electrónicos para notarios a
partir del 1 de febrero de 2015
18 Ley de
Régimen
Tributario
Interno
Enero de
2015
Establece:
- Expedir el nuevo porcentaje de
Impuesto a la renta del 25% sobre la
participación directa o indirecta de
accionistas en paraísos fiscales.
19 Ley
Reformatoria
al reglamento
del COMEX
Registro
oficial 456
11 de marzo
de 2015
Establece:
-Una sobretasa arancelaria, de carácter
temporal y discriminatorio.
20 Ley Orgánica
de Remisión
de intereses,
multas y
recargos
05 de mayo
de 2015
Establece:
- Contribuyentes saldar deudas
pendientes con la Administración
Tributaria
101
21 Ley Orgánica
de Solidaridad
y
Corresponsabi
lidad
Ciudadana
18 de mayo
de 2016
Establece:
Cinco medidas temporales para ayuda por
el terremoto de 16 de abril de 2016:
- Sobre la remuneración, sobre el ingreso,
sobre las utilidades, sobre los bienes
inmuebles y derechos representativos de
capital existentes en el Ecuador de
propiedad de sociedades residentes en
paraísos fiscales u otras jurisdicciones del
exterior y sobre 2 puntos porcentuales del
IVA
22 Ley Orgánica
de Equilibrio
de las
Finanzas
Públicas
29 de abril de
2016
Establece:
Promover la redistribución y
optimización de beneficios tributarios
para coadyuvar al equilibrio de las
cuentas fiscales:
a) Incentivos
b) Salud preventiva y patrones de
consumo
c) Corrección de abusos y excesos en
beneficios tributarios (Prevención del
fraude y recaudación)
d) Redistribución, Justicia y Equidad
Fuente: LEXIS Elaborado por: Daniel Viola – Autoras
102
3.1.4 Recaudación de los Principales Tributos 2015-2016 (SRI)
Una fuente importante de ingresos para Ecuador es la que se recauda a través de los
impuestos, las calificaciones más relevantes de impuestos que se perciben por
operaciones internas son: impuesto al valor agregado, impuesto a la renta e
impuesto a los consumos especiales.
Gráfico 49.- Recaudación de Tributos Enero-Noviembre 2015-2016
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016 Elaborado por: Autoras
Entre los principales impuestos que recaudo el SRI en el periodo enero-noviembre
de los años 2015-2016, se encuentran el impuesto a la renta, en el año 2015 se
recaudó $4.076 millones de dólares mientras que en el año 2016 logro recaudar
$3.678 millones de dólares lo que representa una disminución nominal del 10%; el
impuesto al valor agregado decreció en 11 puntos porcentuales, incluso con la
aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana ya
que durante el año 2015 recaudó $4.450 millones de dólares y en el año 2016
recaudó $3.972 millones de dólares; a través del impuesto a los consumos
especiales en el año 2015 se recaudó $587 millones de dólares mientras que el 2016
recaudo $612 millones de dólares lo que lleva a un crecimiento del 4%.
0
500.000
1.000.000
1.500.000
2.000.000
2.500.000
3.000.000
3.500.000
4.000.000
4.500.000
Recaudación Ene -Nov 2015
Recaudación Ene -Nov 2016
Impuesto a la Renta Recaudado
IVA de Operaciones Internas
ICE de Operaciones Internas
Impuesto a los VehículosMotorizados
Impuesto a la Salida de Divisas
Impuesto a los Activos en elExterior
Otros Ingresos
103
Tabla 26.- Recaudación de Tributos Enero-Septiembre 2015-2016
Trimestres en dólares
IMPUESTO TRIMESTRE
2015 2016 I Trim. II Trim. III Trim.
1er Trimestre 2do Trimestre 3er Trimestre 1er Trimestre 2do Trimestre 3er Trimestre Variación Nominal
2015/2016
Variación Nominal
2015/2016
Variación Nominal
2015/2016
Impuesto al Valor Agregado $1.851.815,44 $1.583.317,18 $1.596.135,90 $1.468.394,54 $1.345.294,71 $1.379.956,87 -21% -15% -14%
Impuesto a la Renta Recaudado $ 944.956,71 $1.655.630,35 $1.517.764,46 $ 865.323,64 $1.362.231,49 $ 953.500,77 -8% -18% -37%
Impuesto a los Consumos Especiales $ 216.787,57 $ 200.654,37 $ 238.682,24 $ 185.179,18 $ 176.706,82 $ 211.740,65 -15% -12% -11%
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016 Elaborado por: Autoras
104
Impuesto al Valor Agregado
La administración tributaria a través del Impuesto al Valor Agregado en el primer
trimestre de 2016, logro recaudar $1.468 millones de dólares, destacando que este
monto fue percibido antes del desastre natural; el segundo trimestre alcanzó
recaudar $1.345 millones de dólares, el tercer trimestre a pesar de la aplicación de
la Ley Solidaria logra recaudar apenas $1.379 millones de dólares, es decir que si
realizamos una comparación entre los montos recaudados de estos trimestres, se
presenta una fluctuación de un periodo a otro.
Para el primer trimestre del año 2016, los ingresos tributarios percibidos por el IVA,
representan una disminución nominal del 20%, para el siguiente trimestre 2016,
refleja una disminución de 15%, y para el último trimestre 2016 refleja un
decrecimiento del 13%, la comparación hace referencia a los trimestres del año
2015.
Impuesto a la Renta
El Impuesto a la Renta para el primer trimestre de 2016, logro recaudar $865
millones de dólares, el segundo trimestre percibió $1.362 millones de dólares; sin
embargo, para el tercer trimestre a pesar de la implementación de la Ley Solidaria
se refleja una disminución y logra recaudar $953 millones de dólares.
El primer trimestre los ingresos tributarios percibidos, entre los periodos 2015 y
2016 por el Impuesto a la Renta, representa una disminución nominal del 8%, para
el segundo trimestre refleja una disminución de 17% y para el último trimestre
refleja un decrecimiento del 37% de un año a otro.
Impuesto a los consumos especiales
A través del impuesto a los consumos especiales en el primer periodo de 2016 se
recaudó $185 millones de dólares, para el segundo trimestre percibió $176 millones
de dólares, y para el tercer trimestre logra recaudar $211 millones de dólares. Es
105
decir, si realizamos una comparación entre estos periodos existe una variación en
la recaudación de este tributo.
El primer trimestre los ingresos tributarios percibidos, entre los periodos 2015 y
2016 por el Impuesto a la Renta, representa una disminución nominal del 15%, para
el segundo trimestre refleja una disminución de 12% y para el último trimestre
refleja un decrecimiento del 11% de un año a otro.
Gráfico 50.- Operaciones Internas
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016 Elaborado por: Autoras
Con respecto a los totales en impuestos a través de operaciones internas, en el
periodo enero-diciembre de 2015 se recaudó $13.371 millones de dólares, y en el
periodo enero-diciembre de 2016 añadiendo valores con las medidas
implementadas por la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad
Ciudadana, logró recaudar $13.387 millones de dólares, indicando un aumento de
apenas $15 millones de dólares es decir una variación no tan significativa del
0.12%. En un supuesto dentro del periodo enero-diciembre de 2016 los montos
recaudados sin tomar en cuenta las contribuciones solidarias serían de $12.226
millones de dólares, es decir existiría un decrecimiento de 9% en relación con los
montos recaudados reales.
$ 13.371.622
$ 12.226.781
$ 13.387.528
$ 11.600.000
$ 11.800.000
$ 12.000.000
$ 12.200.000
$ 12.400.000
$ 12.600.000
$ 12.800.000
$ 13.000.000
$ 13.200.000
$ 13.400.000
$ 13.600.000
Recaudación Ene-Dic 2015 Recaudación Ene-Dic 2016
Total Operaciones Internas sin la aplicación de la Ley Solidaria
Total Operaciones Internas con la aplicación de la Ley Solidaria
106
Por trimestres se refleja que los impuestos a través de operaciones internas, en el
periodo enero-marzo de 2016 se recaudó $2.729 millones de dólares, para el
segundo trimestre percibió $3.149 millones de dólares, y para el tercer trimestre se
logró recaudar $3.253 millones de dólares. Es decir que el SRI logró recaudar
ingresos significativos reflejando un resultado positivo en el año 2016.
Tras indagar en los resultados que arrojo esta investigación concluimos que la
aplicación de la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para los
afectados por el terremoto del 16 de abril de 2016, no se rige en su totalidad de
acuerdo a los principios del Régimen Tributario detallados en el artículo 300 de la
Constitución del Ecuador, nos permitimos afirmar ello, debido a que esta Ley se
rige a partir del 1 de junio de 2016 mediante la promulgación del Registro Oficial
Suplemento 759, evidenciando un aparente cumplimiento del principio de
irretroactividad ya que las contribuciones solidarias se aportaran a partir de esta
fecha; sin embargo, con respecto a la contribución solidaria hacia el patrimonio se
tomara en cuenta el total de su patrimonio al 1 de enero de 2016, situación similar
ocurre en lo correspondiente a la contribución solidaria sobre las utilidades, donde
se toma en cuenta el rendimiento recibido en el ejercicio fiscal 2015.
La eficiencia recaudatoria es notoria, con apenas cuatro meses de implementación
de la Ley, se ha logrado recaudar el 81.69% de la meta estipulada de $1.100
millones de dólares; sin embargo, tomando en cuenta que los tributos se cancelan
acorde a la capacidad contributiva así como lo establece el principio de equidad,
los sujetos pasivos deben aportar dependiendo de su riqueza, mediante la
investigación deducimos que si bien, las personas que poseen mayores riquezas
son las más afectadas con la aplicación de esta Ley, la contribución solidaria sobre
el IVA también afectó al sector proletario y clase media que no necesariamente
adquiere alimentos y/o bienes de necesidades secundarias como un bien suntuario,
sino como uso de satisfacción, bienestar y mejora en su calidad de vida.
107
Analizando el incremento del IVA y en concordancia a lo que señalan los siguientes
autores:
[…] al establecer productos gravados con tarifa 0% de IVA es no cargar
con el impuesto sobre determinados bienes y servicios a los
consumidores finales, ya sea para incentivar sectores económicos
específicos o para no afectar a personas de escasos recursos, en algunos
casos el impuesto se carga al usuario en el costo final de bien o servicio,
lo que lleva a que en la práctica exista impuesto encubierto;
desnaturalizando el IVA, que es un impuesto que grava el consumo,
introduciendo el efecto “cascada” antes comentado con las distorsiones
en la producción. (Bustos, 2007)
El Impuesto al Valor Agregado, afecta al consumidor final teóricamente sin
embargo este impuesto es recaudado en cada una de las etapas del proceso
económico (producción, distribución, comercialización) (Brandstadter Grun).
“Digno de tener presente es que el precio de venta se encuentra integrado con todo
otro concepto que incrementa el valor de los bienes (servicios de flete, limpieza,
seguros, embalajes, etc.) por una parte y por la otra con los gastos financieros
(intereses, comisiones y similares)”
En referencia a los párrafos que anteceden y tomando en cuenta que la canasta
básica tiene implementos alimenticios esenciales para que los ciudadanos tengan
una ingesta adecuada de nutrientes, las personas que perciben menores ingresos son
las que adquieren productos que como su nombre lo indica son “básicos”, si bien
es cierto, el 89% de los productos que se encuentran en la canasta básica gravan
IVA 0% sus precios se han visto afectados indirectamente a razón de que para llegar
a este bien final pasan por un sin número de procedimientos donde se utilizan
medios y materiales que gravan 14% de IVA; tomando en cuenta que el 11% de los
productos restantes de la canasta básica, tales como: shampoo, jabones, artículos de
limpieza, entre otros si aumentan su precio final debido al incremento del IVA en
dos puntos porcentuales, nos permitimos afirmar que las personas más afectadas
con la aplicación de esta Ley son las que mayores ingresos perciben debido a que
están acostumbradas a comprar productos alimenticios procesados que en su
mayoría gravan 14% de IVA, sin embargo, existe una amplia discrepancia, sobre
aquellos bienes que son los únicos afectados ya que como valoramos con
108
antelación, indirecta o directamente más de un bien de la canasta básica se ve
afectado por este incremento en el IVA. (Telégrafo)
El impuesto que más dinero debe recaudar a través del fisco para el Estado es el
impuesto a la renta; sin embargo, esta situación es muy ajena a la realidad. En
nuestro país el impuesto que más recauda es el IVA, por ello en el momento en que
se propuso la Ley de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana la
contribución solidaria que más controversia y relevancia tiene es el incremento en
dos puntos porcentuales al IVA, incumpliéndose la equidad que esta supone; sin
duda y como se verifica con antelación, su aplicación afecta a toda la población
ecuatoriana independiente de su clase social e incluso el lugar donde vivan (este
rubro es cancelado en las Provincias de Manabí y Esmeraldas).
La Administración Tributaria promulga métodos y procesos para que el sujeto
pasivo pueda cumplir con sus obligaciones, se logra ejecutar los objetivos gracias a
la existencia de varios medios para el cobro de los tributos tales como: dinero en
efectivo, trasferencias bancarias y tarjetas de débito; actualmente se impulsa un
nuevo método de pago llamado dinero electrónico, cumpliendo así el principio de
simplicidad administrativa del Régimen Tributario. Una vez aplicada la Ley de
Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para los afectados por el terremoto
del 16 de abril de 2016 la Administración Tributaria con la finalidad de promover
este método de pago estableció como incentivo devolver el 4% del IVA, cabe
recalcar que a pesar de tener este conocimiento las personas no usan este medio
para cancelar sus compras, generando un impacto poco notorio, llegando a nulo.
Los montos recaudados por contribuciones solidarias se esclarecen a través de los
datos publicados por el Ministerio de Finanzas a través de la Cuenta Única de
Tesoro Nacional, el Banco Central del Ecuador y el Servicio de Rentas Internas,
acorde al principio de trasparencia. El Servicio de Rentas Internas es la institución
encargada de administrar los tributos, esta organización ha cumplido con la
disposición de publicar los montos recaudados a través de la Ley de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana para los afectados por el terremoto del 16 de abril
de 2016, se muestran estadísticas hasta septiembre de 2016, mismas que nos
109
permitieron realizar el análisis de esta investigación; como dato adicional, a pesar
de la implementación de la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad
Ciudadana las recaudaciones percibidas hasta septiembre de 2016 han disminuido
en comparación a las recaudaciones percibidas en el año 2015.
Bajo el principio de progresividad el impacto de esta Ley ha sido muy
controversial, debido a que con la aplicación de las nuevas contribuciones y con la
carga tributaria que se aumenta con mucha rapidez en el tiempo, es preocupante
para las pequeñas empresas, ya que tienen cada vez más limitaciones para salir a
flote con sus actividades, disminuyendo la producción y por ende el aumento de
desempleo en el país.
El principio de suficiencia, no se cumple debido a que en el presupuesto general
no se establecen líneas contingentes que permitan afrontar desastres naturales, a
razón de ello y para lograr cubrir los gastos incurridos con la catástrofe del 16 de
abril de 2016 se creó la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad
Ciudadana. Se aclara que la creación de esta ley tiene fines netamente solidarios a
pesar de que muchos opinen lo contrario, se estima que los montos recaudados sean
únicamente para la reactivación y reconstrucción de las zonas afectadas por el
desastre natural tal como lo señala las disposiciones reglamentarias, las
contribuciones solidarias están dirigidas hacia todo el territorio ecuatoriano a
excepción de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016; existe
una aparente generalidad en su aplicación; sin embargo, la contribución solidaria
sobre el IVA es la que más aportes genera, tomando en cuenta que Esmeraldas y
Manabí también cancelan estos valores, nos permitimos dudar si el fin de la ley está
cumpliendo con su objetivo.
Es política tributaria promover y estimular el empleo, la aplicación de esta ley no
promueve la generación de empleo, por el contrario, se visualiza disminución en
los salarios, reducción de beneficios e incluso despidos, así lo verificamos en las
encuestas realizadas.
110
Tabla 27.- Recaudación de Gestión del Servicio de Rentas Internas
Junio - Noviembre 2016 En millones de dólares
CONCEPTO JUN. JUL. AGO. SEP. OCT. NOV. TOTAL
Contribución solidaria sobre el patrimonio
$ 51.727 $ 59.002 $ 59.396 $ 12.586 $ 5.936 $ 7.546 $ 196.193
Contribución solidaria sobre las utilidades
$ 106.272 $ 102.211 $ 108.344 $ 15.315 $ 8.882 $ 8.454 $ 349.477
Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital de propiedad de sociedades no residentes
$ 42.353 $ 36.942 $ 43.029 $ 4.735 $ 3.889 $ 5.166 $ 136.114
Contribución solidaria de un día de remuneración
$ 391 $ 21.868 $ 16.817 $ 9.939 $ 5.415 $ 3.688 $ 58.118
Contribución 2% IVA
$ 58.759 $ 66.203 $ 67.402 $ 67.954 $ 69.172 $ 329.491
TOTAL RECAUDACIÓN
$ 200.742 $ 278.781 $ 293.790 $ 109.978 $ 92.075 $ 94.027 $ 1.069.392
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016
Elaborado por: Autoras
Las contribuciones solidarias rigen desde el 1 de junio del 2016, y de acuerdo a las
leyes determinadoras, señalan que el Estado ecuatoriano será sujeto activo de todos
estos tributos mismos que serán administrados por el Servicio de Rentas Internas,
tal como se señala en el Art. 2 “Facultades” de la Ley de Creación de Servicios de
Rentas Internas. (Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, 2008)
Los valores recaudados por el SRI gracias a la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana en el periodo de junio-septiembre del 2016
corresponden a:
1. Contribución solidaria sobre el patrimonio. - Para el mes de junio de 2016
se recaudó $51 millones de dólares mientras que en el mes de noviembre de 2016
se recaudó $7 millones de dólares, dando un total de recaudación de $196 millones
de dólares sobre el patrimonio, la disminución de los cobros es debido a las
determinaciones que señalan la Ley de Solidaridad puesto que en su mayoría de las
contribuciones tienden a tener una mayor contribución en los meses de junio, julio
y agosto. Esta contribución fue realizada por las personas naturales que al 1 de enero
de 2016 posean un patrimonio individual igual o mayor a un millón (1´000.000) de
111
dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, pagarán la contribución del 0.90%
(Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016).
2. Contribución solidaria sobre las utilidades. - En relación al monto recaudado
por el SRI durante el mes de junio se alcanzó $106 millones de dólares, mientras
que en noviembre se recaudó $8 millones de dólares, lo que representa un total
recaudado sobre las utilidades de $349 millones de dólares. Esta contribución va
dirigida a las sociedades que realicen actividades económicas, y que fueren sujetos
pasivos de impuesto a la renta, pagarán una contribución del 3% a sus utilidades
que se calculará teniendo como referencia la utilidad gravable del ejercicio fiscal
2015. Las personas naturales pagarán esta contribución teniendo como referencia
la base imponible del ejercicio fiscal 2015, siempre y cuando ésta supere los doce
mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (USD $12.000). También
pagarán esta contribución los fideicomisos mercantiles que generaron utilidades en
el ejercicio fiscal 2015. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016).
3. Contribución solidaria sobre sobre bienes inmuebles y derechos
representativos de capital de propiedad de sociedades no residentes. - El SRI a
través de esta contribución en el mes de junio recaudo $42 millones de dólares
mientras que en el mes de septiembre $5 millones de dólares lo que lleva a una
recaudación total de $136 millones de dólares. Esta contribución se establecerá por
una sola vez por el 1,8% del avalúo catastral del año 2016, sobre todos los bienes
inmuebles existentes en el Ecuador. La contribución será del 0.90% del avalúo
catastral del año 2016, sobre la totalidad de bienes inmuebles existentes en el
Ecuador; y, sobre el valor patrimonial proporcional de los derechos representativos
de capital de sociedades residentes en el Ecuador. (Ley Orgánica de Solidaridad y
de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016).
4. Contribución solidaria de un día de remuneración. - Esta contribución tuvo
un fuerte impacto debido a que supera el 100% del primer monto recaudado en el
mes de junio con $391 mil dólares mientras que las cifras recaudadas al mes de
septiembre $3 millones de dólares, lo que suma un total de $58 millones de dólares.
112
Esta medida va dirigida a las personas naturales bajo relación de dependencia que
durante los ocho meses siguientes a la vigencia de esta ley perciban una
remuneración mensual igual o mayor a mil (1.000 USD) dólares pagarán una
contribución igual a un día de remuneración. (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016).
5. Contribución 2% del IVA. - El mes de julio se recaudó $58 millones de
dólares, para el mes de septiembre, esta suma se incrementó y llego a los $69
millones de dólares lo que representa una recaudación total de $329 millones de
dólares, es necesario mencionar que es la única contribución que va en crecimiento
puesto a que toda la ciudadanía está inmersa en el consumo personal. Esta medida
tiene un fuerte impacto en el ámbito social ya que no solo afecta a un cierto grupo
de personas o empresas, si no que abarca a todo aquel realice compras, a pesar de
que los consumos de primera necesidad en su mayoría tengan al 0% de IVA, esta
medida es las más controversial dentro de la economía. (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016).
113
Tabla 28.- Recaudación de Ley de Contribución Solidaria CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA 2% IVA
Cifras en dólares
Nro. PROVINCIA JUL AGO SEP OCT NOV TOTAL
1 PICHINCHA 29.593.107 35.251.713 34.906.213 34.920.722 37.008.629 171.680.384
2 GUAYAS 21.007.742 21.403.044 23.037.822 23.306.502 22.123.561 110.878.671
3 AZUAY 3.435.775 3.762.362 3.884.493 3.710.252 3.957.981 18.750.862
4 TUNGURAHUA 1.066.263 1.181.836 1.232.955 1.144.113 1.296.324 5.921.491
5 EL ORO 512.007 548.851 647.962 687.498 687.941 3.084.259
6 COTOPAXI 423.356 539.861 490.795 571.451 929.304 2.954.767
7 IMBABURA 481.983 507.389 552.004 500.337 550.966 2.592.679
8 CHIMBORAZO 295.670 438.998 392.505 252.655 408.178 1.788.005
9 MANABI 139.568 381.643 365.652 376.117 459.330 1.722.310
10 LOS RIOS 275.676 378.955 362.012 377.622 240.233 1.634.497
11 LOJA 274.524 317.769 317.432 330.171 280.144 1.520.041
12
SANTO
DOMINGO DE
LOS
TSACHILAS
318.221 357.253 138.372 310.163 366.518 1.490.529
13 GALAPAGOS 131.552 203.058 152.495 601.597 205.877 1.294.579
14 CAÑAR 128.364 124.435 145.631 131.945 95.669 626.044
15 ZAMORA
CHINCHIPE 84.473 133.484 122.661 130.404 115.295 586.318
16 SANTA ELENA 81.168 122.540 114.562 138.421 89.428 546.118
17 CARCHI 151.710 84.061 98.823 52.692 68.318 455.604
18 SUCUMBIOS 75.081 79.062 97.185 78.651 27.515 357.494
19 ORELLANA 60.647 88.258 83.042 82.394 30.532 344.873
20 PASTAZA 64.963 58.491 63.906 75.492 30.928 293.781
21 NAPO 45.037 62.532 55.105 49.818 69.729 282.221
22 MORONA
SANTIAGO 43.076 68.574 62.840 40.785 46.145 261.420
23 BOLIVAR 23.388 54.351 34.307 38.313 46.897 197.255
24 SIN ASIGNAR* 40.319 45.769 32.349 37.209 29.283 184.928
25 ESMERALDAS 5.457 9.139 11.262 8.476 7.317 41.651
Total 58.759.125 66.203.429 67.402.384 67.953.800 69.172.043 329.490.781
Fuente: Ministerio de Finanzas y SRI, 2016
Elaborado por: Autoras
Entre las principales provincias que más contribuye con el incremento de 2%
porcentuales del IVA, es la de Pichincha con $171 millones de dólares, debido a
esta razón decidimos realizar encuestas en este territorio para verificar el impacto
que ha tenido esta contribución solidaria en el país.
114
Se esperaría que las provincias afectadas no paguen este tributo, así como lo estipula
la ley; sin embargo, en el cuadro observamos que una de las provincias exceptuadas
por el pago de contribuciones solidarias es Manabí, reflejando que de un total de 24
provincias que existen en el país, la provincia afectada se encuentra en el No. 9
aportando más de un millón de dólares desde la aplicación de la Ley Solidaria.
Después de la implementación de esta Ley, el SRI plasma la recaudación que realizo
hasta el mes de noviembre de 2016, arrojando una elevada cifra de $1.069 millones
de dólares.
3.1.5 Proyecciones de Recaudaciones SRI
Las estimaciones y proyecciones son técnicas estadísticas matemáticas que
permiten evaluar escenarios posibles a futuro. Estas proyecciones pueden ser usadas
para medir el impacto de las inversiones económicas, la demanda futura de los
servicios sociales o de salud, etc. (Instituto Nacional de Información de Desarrollo
(INIDE))
Para poder valorar las proyecciones de Recaudación del SRI, en el presente
proyecto se utilizó la media aritmética ponderada, medida que consiste en calcular
el promedio aritmético de todos los valores aplicando una atención diferencial a las
cantidades que se repiten. (Cazau, 2006)
El procedimiento realizado se detalla a continuación:
1. Se calculó el aumento mensual de cada contribución recaudada comparando
dos meses consecutivos, tal como se señala en la siguiente fórmula:
Fórmula 3.- Media Aritmética Ponderada
𝑋𝑝 = 𝑋𝑝2 − 𝑋𝑝1
𝑋𝑝1∗ 100
Elaborado por: Autoras
2. Se verificaron los datos históricos y evaluamos la tendencia para estimar las
siguientes variaciones mes a mes.
3. Una vez evaluada la posible proyección compilamos cada valor en un
cuadro resumen, tal como se señala a continuación.
115
Tabla 29.- Proyecciones de Recaudaciones SRI
(Cifras en dólares)
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016
Elaborado por: Autoras
JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO
Contribución solidaria
sobre el patrimonio$ 51.726.962 $ 59.001.997 $ 59.396.298 $ 12.585.997 $ 5.935.650 $ 7.546.311 $ 5.346.407 $ 1.590.902 $ 1.839.287 $ 470.745 $ 397.248 $ 459.270 $ 206.297.074
Contribución solidaria
sobre las utilidades$ 106.271.524 $ 102.210.562 $ 108.344.102 $ 15.315.280 $ 8.881.515 $ 8.453.642 $ 5.763.081 $ 3.276.967 $ 2.147.448 $ 2.530.150 $ 3.402.252 $ 2.229.550 $ 368.826.074
Contribución solidaria
sobre bienes inmuebles y
derechos representativos
de capital de propiedad
de sociedades no
residentes
$ 42.352.711 $ 36.941.562 $ 43.028.886 $ 4.735.277 $ 3.888.895 $ 5.166.439 $ 4.950.651 $ 1.122.612 $ 486.615 $ 199.987 $ 313.286 $ 135.799 $ 143.322.720
Contribución solidaria de
un día de remuneración$ 390.696 $ 21.867.782 $ 16.817.012 $ 9.939.286 $ 5.415.026 $ 3.688.123 $ 2.341.424 $ 2.162.928 $ 1.960.949 $ 200.739 $ 219.484 $ 198.988 $ 65.202.436
Contribución 2% IVA $ 58.759.125 $ 66.203.429 $ 67.402.384 $ 67.953.800 $ 69.172.043 $ 72.953.273 $ 91.877.464 $ 61.088.221 $ 60.035.950 $ 80.154.718 $ 53.293.908 $ 748.894.315
TOTAL
RECAUDACIÓN$ 200.741.892 $ 278.781.030 $ 293.789.727 $ 109.978.224 $ 92.074.886 $ 94.026.557 $ 91.354.836 $ 100.030.872 $ 67.522.520 $ 63.437.570 $ 84.486.989 $ 56.317.515 $ 1.532.542.619
Contribuciones Solidarias
Recaudación de Gestión del Servicio de Rentas Internas
CIFRAS SRI CIFRAS
TOTALCONCEPTO
2016 2017 2017
JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
$ 206.297.074 $ 387.565 $ 448.075 $ 378.117 $ 437.152 $ 368.900 $ 426.496 $ 359.908 $ 2.806.214 $ 209.103.287
$ 368.826.074 $ 2.998.040 $ 1.964.663 $ 2.641.851 $ 1.731.247 $ 2.327.980 $ 1.525.562 $ 2.051.399 $ 15.240.743 $ 384.066.817
$ 143.322.720 $ 212.734 $ 92.213 $ 144.455 $ 62.616 $ 98.091 $ 42.519 $ 66.608 $ 719.236 $ 144.041.957
$ 65.202.436 $ 217.570 $ 197.253 $ 215.673 $ 195.533 $ 213.792 $ 193.828 $ 211.928 $ 1.445.576 $ 66.648.013
$ 748.894.315 $ 748.894.315
$ 1.532.542.619 $ 3.815.909 $ 2.702.204 $ 3.380.097 $ 2.426.548 $ 3.008.764 $ 2.188.405 $ 2.689.843 $ 20.211.769 $ 1.552.754.388
Contribución solidaria sobre el patrimonio
Contribución solidaria sobre las utilidades
Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y
derechos representativos de capital de propiedad
de sociedades no residentes
Contribución solidaria de un día de remuneración
Contribución 2% IVA
TOTAL RECAUDACIÓN
CONCEPTO
SUBTOTAL
CULMINACION LEY
SOLIDARIA (A)
2017SUBTOTAL
2017 (B)
TOTAL HASTA
CIERRE AÑO 2017
(A+B)
Recaudación de Gestión del Servicio de Rentas Internas
Proyecciones por mora posterior a la culminación de la Ley Solidaria
116
En el trascurso del estudio de nuestra investigación se conoce que la Ley Orgánica
de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la reconstrucción y
reactivación de las zonas afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016, rige a
partir del 1 de junio de 2016 mediante la promulgación del Registro Oficial
Suplemento No.759 (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016). Por ende, en el mes señalado se dio inicio a la percepción de
contribuciones solidarias y como lo señala la ley, las contribuciones solidarias sobre
el patrimonio, sobre las utilidades y sobre bienes inmuebles y derechos
representativos de capital de propiedad de sociedades no residentes tienen
facilidades de cancelación dividiéndolas en tres cuotas de pago en los meses de
junio, julio y agosto de 2016.
Conforme a lo antes citado, y por medio de publicaciones de recaudación del SRI,
se concluye que la recaudación de las contribuciones sobre: el Patrimonio,
Utilidades y Bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en
el Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras
jurisdicciones del exterior, dentro de los tres primeros meses (junio, julio y agosto)
frente a los dos siguientes meses (septiembre y octubre), existió un fuerte descenso
puesto a que estas contribuciones podían ser cancelada en tres cuotas y su fecha
máxima de declaración fue hasta el 28 de agosto de 2016 (Servicio de Rentas
Internas), además para evitar cargos en el pago de multas e interés, los sujetos
pasivos optaron por el pago dentro de los plazos de cancelación.
Por consiguiente frente a las proyecciones estimamos una fluctuación de cobro por
la Administración Tributaria, la contribución sobre el patrimonio con un valor
estimado será de $208 millones de dólares, para la contribución de utilidades será
de $366 millones de dólares y para la contribución sobre bienes inmuebles y
derechos representativos de capital existentes en el ecuador de propiedad de
sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior, con un
resultado estimado de recaudación será de $138 millones de dólares.
117
Las proyecciones con respecto a la contribución solidaria sobre la remuneración se
realizaron hasta el mes de febrero del año 2017 debido a que la Ley Orgánica de
Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana establece su vigencia desde el 1 de
junio de 2016 hasta el 31 de enero del 2017, (Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana, 2016) la fecha máxima de pago para la última cuota
de esta contribución según el instructivo determinado para su aplicación por el SRI
es el 28 de febrero de 2017, tal como lo estable la siguiente tabla: (Servicio de
Rentas Internas, 2016)
Tabla 30.- Contribución sobre la Remuneración
Fecha de vencimiento
Número de meses
de contribución Periodo Fiscal Noveno Dígito
Fecha de
vencimiento hasta
el día
8 ENERO
1 10 de febrero
2 12 de febrero
3 14 de febrero
4 16 de febrero
5 18 de febrero
6 20 de febrero
7 22 de febrero
8 24 de febrero
9 26 de febrero
0 28 de febrero
Fuente: Servicio de Rentas Internas (SRI), 2016
Elaborado por: Autoras
Hasta el mes de febrero de 2017 se espera recaudar a través de la contribución
solidaria sobre la remuneración un valor de $65 millones de dólares.
Las proyecciones con respecto a la contribución solidaria sobre el IVA se mantienen
en crecimiento recaudando con $744 millones de dólares hasta el mes de mayo de
2017, establecimos este plazo máximo debido a que en la Ley Orgánica de
Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana se dispone como duración para este
incremento el periodo de hasta un año contado a partir del mes de junio de 2016;
cabe recalcar que el Presidente de la República del Ecuador podrá disponer
mediante Decreto Ejecutivo que la vigencia de este incremento concluya antes del
plazo establecido. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
118
A razón de lo antes descrito, se concluye que hasta el mes de mayo de 2017 con el
valor total aproximado a recaudar será de $1.524 millones de dólares, por lo que se
estima que tendrá una variación de incremento del 39% en base a la meta estipulada
de $1.100 millones de dólares, misma que fue impuesta por el gobierno a partir de
la creación de la Ley de Solidaridad.
De igual manera debido a la posibilidad de que existan valores pendientes de pago,
se realizaron proyecciones posteriores a la culminación de la ley estudiada,
(diciembre de 2017) estos valores como ya lo recalcábamos con anterioridad están
sujetos a la inclusión de multas e interés, por lo que hasta el cierre del año 2017 con
un valor estimado se lograra recaudar $ 15 millones de dólares adicionales al cierre
de esta ley.
3.1.6 Efecto Tributario
Las estadísticas de recaudación por parte de la Administración Tributaria reflejan
que gracias a las contribuciones solidarias en el año 2016 se logró superar los
montos recaudados con respecto al año anterior; caso contrario, al no tomar en
cuenta los valores obtenidos a través de estas contribuciones, el importe recaudado
no cumple con la meta estipulada ya que se produce un decrecimiento de 9 puntos
porcentuales con respecto al año 2015.
De las cinco medidas descritas en la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad
Ciudanía, el incremento del IVA fue la que más perjudico a las personas naturales
y a las sociedades (Gráfico 4-3 y 4-17 Medidas de afectación), al considerar que
el IVA es un impuesto indirecto (afecta al consumo), y siendo el tributo con mayor
aportación de recaudación según la administración tributaria (Gráfico 3-15.-
Recaudación Nacional); nos permitimos concluir que desde el punto de vista
económico, la política tributaria implementada no fue apropiada, no se aplicó de
manera coherente acorde a la situación económica que atraviesa el país e incluso
pese a la existencia de estrategias de recaudación, expuestas en la ley como
beneficios, las recaudaciones tributarias disminuyen (Tabla 1-15.- Cumplimiento
de Recaudación), además de una evidente reducción en el consumo de los hogares
(Gráfico 1-12.- ICE Global).
119
Entre los beneficios descritos en la ley encontramos la devolución de 4 puntos
porcentuales del IVA por manejo de dinero electrónico y la devolución de 1 punto
porcentual del IVA por el manejo de tarjetas de débito y de crédito, acorde a los
resultados de las encuesta realizadas en la provincia de Pichincha, apenas el 1% de
los encuestados utilizan dinero electrónico para cancelar sus transacciones; sin
embargo, al indagar el uso del dinero electrónico para las sociedades, el 9% nos
indicó que manejan este medio; el 9% de los encuestados utilizan tarjetas de débito
como medio de pago; mientras que, el 18% utiliza tarjetas crédito, las personas
encuestas establecen que evitan tener dinero en efectivo por seguridad y/o por
facilidad de pago. Al 03 de abril de 2017, el Servicio de Rentas Internas señala que
ha devuelto $2.868.756,48 dólares por consumos con medios electrónicos, valor
correspondiente a 1.721.046 acreditaciones.
120
CAPITULO IV
4 ANÁLISIS ECONÓMICO POR LA IMPLEMENTACIÓN DE LEY
SOLIDARIA
4.1 Ámbito económico
Las herramientas que utilizamos para la obtención de los resultados en el ámbito
económico, fueron los cuestionarios y a través de las estadísticas del Banco Central
del Ecuador (BCE).
4.2 Apreciación económica de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Pichincha
El objeto de las encuestas era averiguar si la economía familiar se vio afectada
frente a la implementación de estas medidas y por ello cuestionamos sobre sus
ingresos a lo que el 55% de los encuestados indicaron que estos se mantuvieron, sin
embargo el 41% considera que han disminuido y apenas el 4% señalaron que sus
ingresos han aumentado; con respecto a los gastos, el 47% nos indicaron que se han
mantenido, el 40% que han disminuido y el 13% que han aumentado, los
encuestados concuerdan en que la vida se ha encarecido, muchos optaron por
comprar menos y por ende sus gastos disminuyeron, frente a las personas que
optaron por mantener sus gastos, determinan que los precios se han incrementado
notablemente, esencialmente con respecto a los gastos en alimentación donde el
53% de los encuestados establecieron que aumentaron.
121
Gráfico 51.- Ingresos familiares
Elaborado por: Autoras
Desde la aplicación de la ley, el 55% de los encuestados considera que sus ingresos
se han mantenido, seguido de un 41% donde señalan que sus ingresos han
disminuido, y el 4% indica que ha aumentado su ingreso familiar.
Gráfico 52.- Gastos familiares
Elaborado por: Autoras
La mayor parte de los encuestados señalan que sus gastos se han mantenido desde
la aplicación de la ley alcanzando un 47%, seguido del 40% indican que sus gastos
se han aumentado, y el 13% restante señala que sus gastos han disminuido.
4%
55%
41%
Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus ingresos familiares han (aumentado,
mantenido o disminuido):
Aumentado
Mantenido
Disminuido
40%
47%
13%
Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus gastos familiares han (aumentado,
mantenido o disminuido):
Aumentado
Mantenido
Disminuido
122
Gráfico 53.- Medidas de afectación
Elaborado por: Autoras
El 72% de los encuestados señalan que se ven afectados con la medida del
incremento del IVA, seguido de la medida sobre la remuneración con un 18%, y
sobre las utilidades y el patrimonio es el 6% y 8% respectivamente.
De las 139 personas naturales encuestadas el 92% estableció que en su familia
trabajan de una 1 a 3 personas, frente a un 63% que estableció que su familia está
conformada de 4 a 6 integrantes, seguido por el 30% donde su familia está integrada
de una 1 a 3 personas, el 6% de las familias están constituidas de 7 a 9 personas y
apenas el 1% de las familias están integradas de 10 a 12 personas, si bien es cierto,
al menos un integrante de cada familia trabaja, sin embargo, las familias son
extensas y el 20% gana alrededor de un salario básico, tomando en cuenta que la
canasta básica al mes de septiembre oscila en los $691,38 dólares, para cubrirla se
requeriría al menos tres de sus integrantes trabajaran, contrario a lo que
establecieron los encuestados donde el hogar común está conformado por dos
integrantes adultos y dos niños, con un ingreso de $366 dólares (SBU 2016) por
persona no se lograría cubrir con la canasta básica y la situación se dificulta aún
más cuando tomamos en cuenta otros gastos diferentes a los de alimentación como:
de vivienda, de salud, de educación y de vestimenta.
18%4%
6%
72%
¿Con cuáles de las siguientes medidas se vio afectado?
Sobre la remuneración
Sobre el patrimonio
Sobre las utilidades
Incremento en la tarifa del IVA al14%
123
Gráfico 54.- Integrantes que laboran
Elaborado por: Autoras
Es necesario hacer una estrecha relación sobre el número de miembros que
conforman una familia y ver cuántas personas trabajan dentro de una familia. Con
un elevada participación, el 92% de las personas encuestadas tiene entre de 1 a 3
personas que trabajan en la actualidad frente a un 63% que conforman una familia
de 4 a 6 personas, es decir que de un total de 6 miembros que conforman una familia
solo trabajan de 2 a 3 personas, ya sea por diferentes motivos como lo aclaraban los
encuestados ya sea por oportunidades de empleo o por no estar dentro del grupo de
las personas en posición para trabajar.
Gráfico 55.- Miembros de la Familia
Elaborado por: Autoras
92%
7%
1%
¿Cuantas personas en su familia trabajan actualmente?
De 1 a 3 personas
De 4 a 6 personas
De 7 personas en adelante
30%
63%
6%
1%
¿Cuantos miembros conforman su familia?
De 1 a 3 personas
De 4 a 6 personas
De 7 a 9 personas
De 10 a 12 personas
124
Con respecto a cuantos miembros conforman una familia dentro de la provincia de
Pichincha se refleja un porcentaje significativo del 63% tiende a tener entre 4 a 6
personas, seguidos del 30% tiene de 1 a 3 personas, con un 6% conforman una
familia de 7 a 9 personas, y con un porcentaje no significativo del 1% es de 10 a 12
personas.
Gráfico 56.- Ingreso total
Elaborado por: Autoras
Frente a los montos de ingreso que nos interesa para nuestro análisis es ver que del
78% de personas que se encuentran empleadas, únicamente el 13% perciben un
ingreso entre 1000 a 2000 dólares, y el 3% obtiene un ingreso mensual de 2001 en
adelante. Además es necesario mencionar que de las personas que trabajan en la
actualidad, un mayor porcentaje del 20% ganan entre 301 y 400 dólares.
Es claro que no todas las personas naturales encuestadas laboran es así que el 22%
estableció que se encuentran actualmente desempleados, debido a diversas razones,
entre las principales están que: son estudiantes, no han buscado trabajo o porque no
encuentran trabajo. Del 78% de las personas encuestadas que se encuentran
laborando actualmente el 68% lo realiza en relación de dependencia y el 32% lo
realizan de forma independiente debido a que consideran que es más rentable
trabajar para ellos mismos.
6%
11%
9%
20%
5%6%
8%
10%
9%
13%
3%
¿Cuál es su ingreso total aproximado en la actualidad?
De 0 a 100 dólares
De 101 a 200 dólares
De 201 a 300 dólares
De 301 a 400 dólares
De 401 a 500 dólares
De 501 a 600 dólares
De 601 a 700 dólares
De 701 a 800 dólares
De 901 a 1000 dólares
De 1001 a 2000 dólares
125
Gráfico 57.- Integrantes empleados
Elaborado por: Autoras
En la actualidad el 78% de los encuestados aseguran que tienen un empleo, ya sea
en actividades como: profesionales, técnicas y administrativas, servicios
financieros, enseñanza y servicios sociales, servicios de salud, manufactura,
alojamiento y servicios de comida, comercio, correo y comunicaciones,
construcción, transporte, servicio doméstico, entre otros; mientras que el 22%
restante señalan que no realizan ningún empleo.
Gráfico 58.- Relación de dependencia
Elaborado por: Autoras
El 78% de las personas que trabajan en la actualidad el 68% lo hacen en relación de
dependencia, mientras que el 32% señalan que no trabajan bajo ese concepto.
78%
22%
¿Actualmente se encuentra empleado?
Si
No
68%
32%
¿Actualmente usted trabaja en relación de dependencia?
Si
No
126
Gráfico 59.- Compra de bienes
Elaborado por: Autoras
Continuando con el consumo familiar, el 89% señalan que estos no han comprado
ningún bien de capital en los últimos 6 meses, mientras que el 11% ha realizado la
compra de algún tipo de estos bienes, esclareciendo que esto se debe principalmente
al incremento de sus ingresos y la presencia de oportunidades.
Gráfico 60.- Venta de bienes
Elaborado por: Autoras
De acuerdo a las personas encuestadas con un elevado porcentaje del 95% señalan
que estos no han vendido ningún bien de capital en los últimos 6 meses, mientras
que el 5% ha realizado la venta de algún tipo de estos bienes, con el objeto de
obtener mayores ingresos para el sustento de su hogar.
11%
89%
¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital? Por ejemplo: casa, vehiculos,
maquinaria, etc.
Si
No
5%
95%
¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital? Por ejemplo: casa, vehiculos,
maquinaria, etc.
Si
No
127
Gráfico 61.- Venta de bienes
Elaborado por: Autoras
El 83% de los encuestados no ha realizado ninguna venta de algún bien de capital
en los últimos 6 meses, mientras que tan solo el 17% ha realizado una venta de esto
tipo de bienes.
Gráfico 62.- Compra de bienes
Elaborado por: Autoras
El 67% de los encuestados no ha realizado ninguna compra de algún bien de capital
en los últimos 6 meses, mientras que tan solo el 33% ha realizado una compra
(maquinaria o vehículos).
Con respecto a las personas jurídicas, el 75% de los representantes de las empresas
encuestadas establecen que la creación de esta ley en este momento repercute en la
disminución de sus ventas; por ende, sus ingresos a largo plazo de la creciente
algidez tributaria podrían generar un mayor malestar en la sociedad y sobre todo el
sector empresarial dentro del territorio nacional, proporcionando un efecto
17%
83%
¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital?
Si
No
33%
67%
¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
Si
No
128
contrario al que se pretendía con la creación de la Ley Solidaria, promoviendo por
parte de las empresas la toma de decisiones más firmes, para poder hacer frente no
solo a la disminución de sus ingresos debido a la disminución en sus ventas;
mientras tanto, el 25% de los encuestados revelaron que las ventas en su negocio se
han mantenido, la mayoría de empresas que afirmaron esto, son grandes, llevan un
tiempo considerable y tienen un buen posicionamiento en el mercado, por tanto,
pudieron establecer políticas de desarrollo dentro de sus respectivas organizaciones
con el fin de disminuir los efectos de las contribuciones solidarias que constan en
la ley.
Sin embargo del grupo de las pequeñas y medianas empresas que no llevan un
tiempo considerable en el mercado, indican que sus ingresos han disminuido
notablemente, y para sacar a flote a sus entidades estas tendrían que tomar medidas
como: recorte de gastos, recorte de beneficios para sus trabajadores, incluso el
despido de talento humano, generando a gran escala un alza en los índices de
desempleo.
Adicionalmente cabe recalcar que ninguna de las empresas encuestadas estableció
que sus ingresos se hayan incrementado desde la aplicación de la Ley.
Gráfico 63.- Ventas de la empresa
Elaborado por: Autoras
El 75% de las empresas encuestadas señalan que desde la aplicación de la Ley sus
ventas han disminuido, el 25% establece que se han mantenido; por tanto, ninguna
empresa señala que se hayan incrementado sus ingresos.
0%
25%
75%
Con la aplicación de la ley solidaria, considera que las ventas en su empresa han:
Aumentado
Mantenido
Disminuido
129
El 83% de las empresas encuestadas consideran que se vieron afectadas tras la
aplicación de la Ley Solidaria, establecimos un nivel de afectación en el que, el
58% de las entidades se sienten moderadamente afectadas frente al 25% consideran
que se sienten muy afectadas. Cabe recalcar que las empresas tuvieron que
establecer medidas para afrontar la aplicación de la ley estudiada, así como el 38%
opto por asumir 2 puntos porcentuales del IVA, el 37% de las empresas establecen
que recortaron gastos, el 19% decidieron recortar beneficios a sus trabajadores con
el fin de no despedirlos, y el 6% redujo su personal ya que su producción disminuyo
notablemente y se les presentaba un panorama perjudicial.
Gráfico 64.- Grado de afectación
Elaborado por: Autoras
Acorde al objeto de la Ley Solidaria, se solicitó a los encuestados que mencionen
el grado de afectación que tuvo esta ley desde su aplicación, dando como resultado
que el 58% de las empresas encuestadas indicaron que se sienten moderadamente
afectadas, seguido de un 25% que aclaran que se sienten muy afectadas, finalmente
el 17% restante señalaron que no tuvieron ningún tipo de afectación con respecto a
la creación de la ley estudiada.
0%
25%
58%
0% 17%
¿Qué tan afectado se siente con la aplicación de esta ley?
Extremadamente afectado
Muy afectado
Moderadamente afectado
Poco afectado
Nada afectado
130
Gráfico 65.- Medidas implementadas
Elaborado por: Autoras
Con la ejecución de esta pregunta, algunas de las empresas encuestadas indicaron
que con la aplicación de la Ley tuvieron que adoptar más de una medida para poder
seguir a flote con su empresa, los resultados reflejan que el 38% tuvieron que asumir
los 2 puntos porcentuales del IVA, seguido de un porcentaje poco lejano, el 37%
tuvo que realizar un recorte en sus gastos, el 19% y 6% aclaran que realizaron,
recorte de beneficios y recorte de personal respectivamente.
Entre las medidas que podrían tomar en un futuro las empresas que se sienten
afectadas a fin de mantenerse a flote en el mercado o poder recuperar su estabilidad.
Las entidades destacan con el 34% estas estarían dispuestas a asumir los 2 puntos
porcentuales extras del IVA (14%), el 33% indico que optaría por otras alternativas,
el 25% estaría dispuesto a incrementar su publicidad, y el 8% restante opto por no
aplicar ninguna estrategia.
Gráfico 66.- Estrategias a deliberar
Elaborado por: Autoras
6%
37%
19%
38%
0%
¿Qué medidas adopto con la implementación de la ley de solidaridad y corresponsabilidad
ciudadana?
Recorte de personal
Recorte de gastos
Recorte de beneficios
Asumir 2 puntos porcentuales del IVA
Ninguna medida
34%
25%
0%8%
33%
¿Qué estrategias estaría dispuesto a tomar para reducir el impacto de la ley en su empresa?
Asumir el 2% extra de IVA en sus ventas
Aumento de publicidad
Alianza con otras empresas
Ninguna estrategia
Otras estrategias
131
El 34% de las empresas encuestadas establecieron que como estrategia para reducir
el impacto a través de la Ley, estarían dispuestas en asumir los 2 puntos
porcentuales extras del IVA, recalcan que estarían dispuestas a tomar otras
estrategias para seguir en marcha con sus actividades, el 33% optaría por la
implantación de otras medidas para seguir dentro del mercado.
En la Ley, se establecen 5 medidas para obtener ingresos que serán destinados a las
personas damnificadas por el terremoto del 16 de abril de 2016, sin embargo, solo
cuatro de ellas tuvieron algún impacto en el grupo de empresas encuestadas tales
como: sobre la remuneración, sobre el patrimonio, sobre las utilidades y el
incremento al 14% del IVA, al realizar la encuesta el 43% de las empresas
estableció que la medida que mayor repercusión tiene en sus ventas es la del
incremento del IVA, seguido del 24% considera que sobre las utilidades es su mayor
afectación, el 19% sobre el patrimonio, y el 14% restante considera que sobre la
remuneración también se han visto afectadas.
Gráfico 67.- Medidas de afectación
Elaborado por: Autoras
Esta pregunta apunta a la incidencia e impacto de las medidas que se encuentran
dentro de la Ley, el 43% de los encuestados señalan que el incremento de 2 puntos
porcentuales del IVA es la disposición que más afecto a su empresa, seguido del
24% sobre las utilidades, del 19% sobre el patrimonio, y el 14% restante sobre la
remuneración; cabe aclarar, en el grupo de empresas encuestadas, se mencionó que
más de una contribución estipulada en la Ley Solidaria afecto a su empresa.
14%
19%
24%
43%
¿Con cuáles de las siguientes medidas se vio afectado?
Sobre la remuneración
Sobre el patrimonio
Sobre las utilidades
Incremento en la tarifa del IVAal 14%
132
4.3 Apreciación económica de las respuestas obtenidas a través de encuestas
realizadas en la Provincia de Manabí
Para Pedernales el turismo es base importante en su desarrollo económico, el 89%
de los encuestados coincidieron que su afluencia a disminuido, esto principalmente
a razón del temor que provocan posibles réplicas del terremoto, el 5% determino
que la afluencia de turistas a aumentado pero esclareció que estas visitas se
mantiene por un corto lapso debido a la carencia de hoteles y el 6% de los
encuestados consideran que en el último año ha disminuido la afluencia de turistas
en el sector, alegan además que posterior al terremoto se ha mantenido baja.
Al establecer que influencia tiene el turismo en el sector, el 65% estableció que es
positivo ya que es la principal forma de progreso, el 24% indico que esta influencia
se ha convertido en negativa a razón de que ha disminuido notablemente a partir
del terremoto, el 11% de los encuestados no consideran que exista influencia.
Recalcando que desde el inicio de la travesía por Pedernales notamos que uno de
los sectores más afectado fue el hotelero ya que se impartió una larga búsqueda con
el fin de encontrar un cómodo y económico hospedaje.
Un caso muy contrario al anterior fue el de servicios alimenticios ya que estos
funcionaban con normalidad brindando una comodidad al consumidor. Cabe
señalar que la gente de Manabí dentro de este aspecto se hizo notar que a pesar de
haber soportado ciertas complicaciones por el terremoto, estos pobladores brindan
mucha generosidad.
133
Gráfico 68.- Afluencia de turistas antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
Con respecto al turismo, a consideración de los encuestados, estos señalan que la
afluencia de turistas antes del terremoto era alta con un 86%, seguido del 7% que
consideran que era baja, y el 6% considera que la afluencia de turista se ha
mantenido desde el desastre natural.
Gráfico 69.- Influencia del turismo
Elaborado por: Autoras
Con respecto al turismo, el 65% según lo señalan los encuestados tiene una
influencia positiva, seguido del 24% señala que tiene una influencia negativa,
mientras que el 11% restante aclara que no tiene ninguna influencia.
86%
7%1% 6%
Antes del terremoto del 16 de abril de 2016, a su consideración la afluencia de turistas era:
Alta
Baja
Ninguna
Otro, especifique
65%
24%
11%
¿Qué influencia tiene el turismo en la actualidad?
Influencia Positiva
Influencia Negativa
Ninguna influencia
134
Gráfico 70.- Cantidad de turistas
Elaborado por: Autoras
Con respecto al turismo, el 89% de los encuestados expresan que la cantidad de
personas extranjeras que visitan la comunidad ha disminuido después del terremoto,
seguido del 6% señalan que el número de visitantes ha mantenido y el 5%
consideran que ha aumentado.
Antes del terremoto de las 139 personas encuestadas el 86% estableció que en su
familia trabajaban de uno 1 a 3 integrantes, frente al 10% que estableció que en su
familia laboraban de 4 a 6 personas, para finalizar, el 4% de los encuestados indico
que trabajaban más de 6 personas en su familia antes del 16 de abril de 2016;
actualmente la situación varía notablemente, gran parte de la población alcanzando
un 88% nos han indicado que trabajan de una a 3 personas en su hogar, el 11%
establece que trabajan de 4 a 6 integrantes y apenas el 1% que trabajan más de 7
personas en el mismo hogar, cabe recalcar que hay personas que lo perdieron todo
y siguen albergadas en los refugios provisionales y/o en domicilios de familiares,
si bien es cierto, muchos de los afectados han logrado resurgir de la catástrofe, al
visualizar la variación en sus ingresos, antes del terremoto el 47% de los
encuestados obtenían ingresos mayores a $401 dólares, un 35% ganaba el salario
básico y apenas el 18% ganaba menos de $300 dólares mensuales; en la actualidad,
el 40% de los encuestados ganan menos de $300 dólares mensuales, el 32% gana el
salario básico (USD 364) y apenas el 29% gana más de $401 dólares mensuales
5%
89%
6%
Actualmente ¿La cantidad de turistas que visitan la comunidad han?
Aumentado
Disminuido
Otro, especifique
135
Gráfico 71.- Miembros de familia
Elaborado por: Autoras
Con respecto a cuantos miembros conforman una familia; el 47% conforman entre
4 a 6 personas, seguidos del 30% tiene de 1 a 3 personas, el 18% conforman una
familia de 7 a 9 personas, y el 4% restante conforman entre 10 a 12 personas.
Gráfico 72.- Personas que laboraban antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
Gráfico 73.- Integrantes que laboran actualmente
Elaborado por: Autoras
30%
47%
18%
1% 4%
¿Cuantos miembros conforman su familia?
De 1 a 3 personas
De 4 a 6 personas
De 7 a 9 personas
De 10 a 12 personas
De 13 personas en adelante
86%
10%4%
¿Cuantas personas de su familia trabajaban antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
De 1 a 3 personas
De 4 a 6 personas
De 7 personas en adelante
88%
11%1%
¿Cuantas personas en su familia trabajan actualmente?
De 1 a 3 personas
De 4 a 6 personas
De 7 personas en adelante
136
Es necesario analizar la incidencia que tuvo el terremoto en las familias de la
provincia de Manabí, enfatizando sobre el número de personas que trabajaban antes
del imprevisto frente a cuantas personas trabajan en la actualidad.
Con una elevada participación del 86% de las personas encuestadas, consideran que
trabajaban entre 1 a 3 personas antes del terremoto, con un 10% lo hacían entre 4
a 6 personas, y del grupo de 7 personas en adelante tenían una participación del 4%.
En la actualidad en el grupo de 1 a 3 personas se refleja un incremento de 2 puntos
porcentuales sobre el número de personas que trabajan en la actualidad, la misma
situación se ve dentro del grupo de 4 a 6 personas que trabajan con un ascenso de
tan solo 1 punto porcentual, mientras que del grupo de 7 personas en adelante ha
disminuido en un 3% en relación con el número de personas que trabajaban antes
del terremoto.
Es decir que de un grupo que conforma una familia entre 4 a 6 personas solo
trabajan de 2 a 3 personas, ya sea por diferentes motivos como lo aclaraban los
encuestados tales como: la falta de oportunidades de empleo o por que los puestos
de empleo han disminuido a causa del desastre natural.
Gráfico 74.- Ingreso familiar antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
5%4%
9%
35%
12%
14%
3%
4% 5%4%
5%
¿Cuál fue el ingreso familiar total aproximado antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
De 0 a 100 dólares
De 101 a 200 dólares
De 201 a 300 dólares
De 301 a 400 dólares
De 401 a 500 dólares
De 501 a 600 dólares
De 601 a 700 dólares
De 701 a 800 dólares
De 901 a 1000 dólares
De 1001 a 2000 dólares
137
El ingreso mensual que percibían las personas antes de terremoto representa un 35%
de los montos entre 301 a 400 dólares, seguido del 14% recibía un ingreso mensual
de 501 a 600 dólares, el 12% percibía un ingreso entre 401 a 500, y con un bajo
porcentaje del 3% es sobre los montos entre 601 a 700.
Gráfico 75.- Ingreso familiar actual
Elaborado por: Autoras
En la actualidad el ingreso familiar aproximado se encuentra entre los 301 y 400
dólares representando un 32%, seguido del 16% de ingresos mensuales entre 101 a
200 dólares, el 14% percibe un ingreso entre 201 a 300 dólares, finalmente con un
bajo porcentaje de representatividad del 1% está entre los 601 a 800 dólares.
La afectación que sufrió el sector desde el terremoto se visualiza de mejor manera
en la economía familiar de sus pobladores, como se menciona en el párrafo que
antecede la mayor parte de los encuestados señalaron que sus ingresos familiares
han disminuido por lo que repercute directamente en el consumo de productos de
la canasta básica es usual llegando a 82%, mientras que el consumo de bienes
manufacturados alcanza apenas el 18%. Ha disminuido el consumo de varios
productos primarios como son: fideos, granos, leche, plátano y atún; sin embargo,
el consumo de agua embotellada ha aumentado en un 16% mientras que el consumo
de arroz aumento en 1%.
9%
16%
14%
32%
9%
7%
1%1%
3%4% 4%
¿Cuál es el ingreso familiar total aproximado en la actualidad?
De 0 a 100 dólares
De 101 a 200 dólares
De 201 a 300 dólares
De 301 a 400 dólares
De 401 a 500 dólares
De 501 a 600 dólares
De 601 a 700 dólares
De 701 a 800 dólares
De 901 a 1000 dólares
De 1001 a 2000 dólares
De 2001 dólares en adelante
138
Gráfico 76.- Diferencia de consumo
Elaborado por: Autoras
Los productos más significativos que han dejado de consumir los manabitas debido
a la diminución de sus ingresos a causa del terremoto, han sido los productos tales
como: las galletas con un 26%, seguido de los fideos con un 16%, y el 10% de
gaseosas, además también se vio una disminución del 3% en el consumo de licor y
cigarrillos.
Antes del terremoto, las principales actividades laborales que mantenían los
ciudadanos de Pedernales eran: agricultura, alojamiento y servicios, comerciante,
ganadería, manufactura, pesca y otros como vendedores y comerciantes; el 83% de
las personas encuestadas indicaron que en la actualidad estos se encuentran
realizando la misma actividad laboral, mientras que el 17% restante aclaraban que
han perdido sus empleo por causa del terremoto por ende han tenido que buscar una
nueva fuente de ingresos, al indagar en las actividades en las que se maneja el sector
actualmente concluimos que el 74% corresponde a otros tales como: servicios de
ventas, profesionales, jubilados y desempleados, el 13% comerciantes, el 9%
alojamiento y servicios de comida y el 4% manufactura.
16%1%
-5%
-5%
-16%
-26%
-10%
-8%
3%
-2%
0% -2%
-8%
Diferencia del consumo antes y despues del terremoto
Agua embotellada
Arroz
Cerveza
Cigarros
Fideos
Galletas
Gaseosas
Granos
Leche
Pescado
Plátano
Atún
Otros ¿Cuáles?
139
Gráfico 77.- Actividad laboral antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
Los encuestados mencionan que la mayor participación dentro de la provincia de
Manabí es el comercio con un 35%, seguido de otras actividades tales como: el
servicio doméstico, el transporte o repartidores de agua este grupo representa un
28%, además de contar con una significativa contribución del 16% en actividades
como el alojamiento y servicios de comida.
Gráfico 78.- Desempeño de la misma actividad laboral
Elaborado por: Autoras
De acuerdo a las personas encuestadas con un elevado porcentaje del 83% señalan
que estos si se encuentran realizando la misma actividad laboral después del
terremoto, mientras que el 17% restante señalan que han tenido que buscar otro
empleo.
1%
16%
35%
2%8%
7%
28%
3%
¿Cuál fue la principal actividad laboral en la que trabajo antes del terremoto del 16 de abril
de 2016?
AgriculturaAlojamiento y servicios de comidaComercianteGanaderíaManufacturaPescaOtroOtros
83%
17%
¿Se encuentra desempeñando la misma actividad laboral despues del terremoto del 16 de abril de 2016?
Si
No
140
Gráfico 79.- Actividad laboral actual
Elaborado por: Autoras
Tomando en cuenta el 17% de las personas que tuvieron que cambiar de actividad
laboral, estas personas han encontrado otro tipo de empleo ya sea en construcción,
comercio, alojamiento, servicios de comida o en la actividad manufacturera.
Antes del terremoto acontecido el 16 de abril de 2016, el 50% de las personas
encuestadas se abastecían de alimentos cada semana, el 38% cada día, el 11% cada
quincena y apenas el 1% cada mes; actualmente la situación ha variado, el 45% de
los encuestados compran su comida cada día, el 35% cada semana, el 17% cada
quincena, el 1% cada mes y el 2% nos indicó que realizan sus compras dependiendo
de sus ingresos e incluso hay personas que ya no se abastecen de comida porque
aún se encuentran en albergues. Con respecto al medio de pago, el 99% de las
personas encuestadas cancelan sus compras con dinero en efectivo y apenas el 1%
nos indicó que cancelan con tarjetas de débito.
Gráfico 80.- Compra de alimentos antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
9%
13%
4%
74%
¿Cuál es su principal actividad laboral en la actualidad?
Alojamiento y servicios decomida
Comerciante
Manufactura
Otro
38%
50%
11%
1%
¿Con que frecuencia compraba productos alimenticios antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
Cada día
Cada semana
Cada quincena
Cada mes
141
La mitad de los encuestados señalan que compraban sus productos cada semana,
seguido de un 38% lo hacían diariamente, el 11% realizaba sus compras cada
quincena, mientras que un porcentaje no significativo lo hacía cada mes.
Gráfico 81.- Compra de alimentos actualmente
Elaborado por: Autoras
El 45% de los encuestados aclaran que en la actualidad realizan sus compras cada
día, seguido del 35% lo realizan cada semana, y el 17% realiza sus compras cada
quince días, mientras que el 1% lo realiza cada mes.
Gráfico 82.- Medio de pago
Elaborado por: Autoras
Frente a las diferentes opciones de pago como: dinero en efectivo, tarjeta de débito,
tarjeta de crédito o dinero electrónico. La opción más representativa para nuestros
encuetados fue que el 99% realiza sus comprar en dinero efectivo, y tan solo el 1%
lo realizan a través de tarjeta de débito, las otras formas de pago no causaron ningún
resultado.
45%
35%
17%
1% 2%
Actualmente, ¿con qué frecuencia compra los productos alimenticios?
Cada día
Cada semana
Cada quincena
Cada mes
Otros ¿Cuáles?
99%
1%
¿A través de que medio usualmente acostumbra pagar sus compras?
Dinero en efectivo
Tarjeta de débito
142
Antes del terremoto el 37% de los encuestados acostumbraban comer fuera de su
domicilio cada semana, el 22% una vez al mes, el 16% nunca, el 15% una vez al
día, el 7% cada quince días y el 3% en otras ocasiones; actualmente la situación
varía, el 32% nos indicó que no come fuera de casa, el 25% una vez a la semana, el
21% una vez al mes, el 15% una vez al día, el 4% una vez cada quince días y el 3%
en circunstancias ocasionales. Los encuestados señalaban que sus ingresos
económicos han disminuido por diversos factores, por ende esto ha ocasionado que
se privaticen de cierto tipo de comodidades como ir a comer fuera de casa con
mayor frecuencia, caso contrario, algunas personas actualmente comen fuera de
casa a diario debido a que perdieron integrantes de su familia que les
proporcionaban este bienestar.
Gráfico 83.- Alimentación fuera del domicilio antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
El 37% de los encuestados aclaran que antes del terremoto acostumbraban comer
fuera de casa alrededor de una vez por semana, seguido del 22% lo hacían una vez
al mes, y el 16% menciona que nunca solían comer fuera de casa antes del
terremoto.
15%
37%
7%
22%
16%
3%
¿Con qué frecuencia acostumbraba comer fuera de casa antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
Una vez al día
Una vez a la semana
Una vez cada quince días
Una vez al mes
Nunca
Otro, especifique
143
Gráfico 84.- Alimentación fuera del domicilio actualmente
Elaborado por: Autoras
El 32% de los encuestados señalan que en la actualidad ya no acostumbran comer
fuera de casa como lo hacía antes, seguido del 25% lo hacen una vez a la semana,
el 21% lo hace al menos una vez al mes, mientras que un porcentaje no significativo
como el 4% lo hacen cada quince días.
Continuando con el consumo familiar, apenas el 1% de los encuestados nos
indicaron que han comprado algún bien los últimos 6 meses, esto se debe a que
adquirieron maquinaria para su negocio, consideran una inversión antes que un
gasto; el 4% de los encuestados nos indicaron que vendieron un bien de capital en
los últimos 6 meses con el objeto de obtener mayores ingresos para su subsistencia.
Gráfico 85.- Compra de bienes
Elaborado por: Autoras
15%
25%
4%
21%
32%
3%
Actualmente, ¿con qué frecuencia acostumbra comer fuera de casa?
Una vez al día
Una vez a la semana
Una vez cada quince días
Una vez al mes
Nunca
Otro, especifique
1%
99%
¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
Si
No
144
La opción más representativa para nuestros encuestados fue que el 99% no ha
realizado ninguna compra de algún bien de capital en los últimos 6 meses, mientras
que tan solo el 1% ha realizado una compra (Maquinaria).
Gráfico 86.- Venta de bienes
Elaborado por: Autoras
La opción más representativa para nuestros encuestados fue que el 96% no ha
realizado ninguna venta de algún bien de capital en los últimos 6 meses, mientras
que el 4% ha realizado una venta como maquinaria o casa.
Es muy importante el acceso a créditos financieros, tomando en cuenta que el 62%
de los encuestados tienen una cuenta de ahorros o corriente en algún banco del
cantón Pedernales, el 36% ha solicitado un crédito y el 64% estaría dispuesto a
endeudarse, muchas de las personas encuestadas nos indicaron que hoy en día, las
instituciones financieras solicitan muchos requisitos para la obtención de un crédito,
mencionando además que los créditos que solicitan les ayudaría para la
reconstrucción y construcción de sus viviendas perdidas y negocios. Entre los
requisitos constan garantías que no pueden ser sustentadas debido a la perdida de
sus hogares. Así mismo señalaron que a pesar de la existencia de algunas
instituciones financieras amparadas por el gobierno, estas entidades al momento de
adquirir un crédito no son tan flexibles para sus clientes, por ende algunas de las
personas han optado por acogerse a ciertas instituciones financieras extranjeras que
proporcionaban medidas de pago más flexibles. No esclarecieron el nombre de estas
instituciones.
4%
96%
¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital?
Si
No
145
Gráfico 87.- Cuentas bancarias
Elaborado por: Autoras
El 62% de las personas encuestadas, poseen algún tipo de cuenta como cuenta de
ahorro o corriente en alguna institución financiera, mientras que el 38% restante
señala que no tiene ningún tipo de cuenta.
Gráfico 88.- Solicitud de crédito
Elaborado por: Autoras
De acuerdo a las personas encuestadas con un elevado porcentaje del 64% señalan
que estos han solicitado por lo menos una vez un crédito, mientras que el 36%
señalan lo contrario.
62%
38%
¿Tiene alguna cuenta en alguna institución financiera? ¿De qué tipo?
Si
No
36%
64%
¿Ha solicitado alguna vez un crédito?
Si
No
146
Gráfico 89.- Adquisición de crédito
Elaborado por: Autoras
De acuerdo a las personas encuestadas con un elevado porcentaje del 64% señalan
que estos si estarían dispuestos a solicitar un crédito, mientras que el 36% señalan
lo contrario.
Con respecto a sus ingresos, el 70% de los comerciantes encuestados consideran
que se han mantenido mientras que el 30% restante indican que a partir del
terremoto sus ventas han disminuido notablemente, esto se debe principalmente a
la reducida concurrencia de turistas, apenas el 10% de los encuestados consideran
que la afluencias de turistas a aumentado desde la catástrofe acontecida el 16 de
abril de 2016. La influencia que tiene el turismo en el sector es determinante, el
50% la considera positiva, sin embargo nos indican que si esta sigue disminuyendo
radicara en negativa, el 40% de los encuestados consideran que en la actualidad el
turismo ya tiene una influencia negativa y el 10% restante considera que el turismo
no ejerce ninguna influencia en la sociedad ya que es escaso.
64%
36%
Actualmente ¿Estaría dispuesto en adquirir un crédito financiero?
Si
No
147
Gráfico 90.- Ventas del negocio
Elaborado por: Autoras
Desde la aplicación de la ley, el 70% los comerciantes encuestados indican que las
ventas de su negocio se han mantenido, mientras que el 30% restante aclaran que
su ventas han disminuido.
Gráfico 91.- Afluencia de turistas antes del terremoto
Elaborado por: Autoras
Con respecto al turismo, a consideración de los comerciantes encuestados, el 90%
señalan que la afluencia de turistas antes del terremoto era alta, seguido del 10%
consideran que la afluencia de turista se mantiene normal.
0%
70%
30%
Con la aplicación de la ley solidaria, considera que las ventas de su negocio han:
Aumentado
Mantenido
Disminuido
90%
10%
Antes del terremoto del 16 de abril de 2016, a su consideración la afluencia de turistas era:
Alta
Baja
Ninguna
Otro, especifique
148
Gráfico 92.- Influencia del turismo
Elaborado por: Autoras
Con respecto al turismo, tiene una influencia positiva con un 50% según lo señalan
los encuestados, el 40% señala que tiene una influencia negativa, mientras que el
10% restante aclara que no tiene ninguna influencia.
Gráfico 93.- Turistas en la actualidad
Elaborado por: Autoras
Con respecto al turismo, el 90% de los encuestados expresan que después del
terremoto, la cantidad de personas que visitan la comunidad ha disminuido, y el
10% que consideran que ha aumentado.
El acceso a financiamiento es vital para que un negocio prospere, tomando en
cuenta que el 90% de los comerciantes encuestados poseen una cuenta corriente o
de ahorros en algún banco de la localidad, y que el 60% ha solicitado un crédito con
antelación, el 70% está dispuesto a adquirir un crédito actualmente, la razón de ello
50%40%
10%
¿Qué influencia tiene el turismo en la actualidad?
Influencia Positiva
Influencia Negativa
Ninguna influencia
10%
90%
Actualmente ¿La cantidad de turistas que visitan la comunidad han?
Aumentado
Disminuido
149
es: mejora de su negocio, arreglo de su domicilio e incluso gastos de subsistencia,
el 30% que no solicitaría un crédito actualmente se debe principalmente a: tenencia
de un crédito vigente, la variación de sus ingresos y la falta de garantes.
Gráfico 94.- Cuentas en instituciones financieras
Elaborado por: Autoras
El 90% de los encuestados poseen algún tipo de cuenta como cuenta de ahorro o
corriente en alguna institución financiera, mientras que el 10% restante señala que
no tiene ningún tipo de cuenta.
Gráfico 95.- Solicitud de crédito
Elaborado por: Autoras
De acuerdo a los comerciantes encuestados, el 60% señalan que estos han solicitado
por lo menos una vez un crédito, mientras que el 40% señala lo contrario.
90%
10%
¿Tiene alguna cuenta en alguna institución financiera? ¿De qué tipo?
Si
No
60%
40%
¿Ha solicitado alguna vez un crédito?
Si
No
150
Gráfico 96.- Adquisición de crédito
Elaborado por: Autoras
De acuerdo a los comerciantes encuestados con un elevado porcentaje del 70%
señalan que estos si estarían dispuestos a solicitar un crédito, mientras que el 30%
señalan lo contrario.
Ningún comerciante encuestado ha vendido un bien en los últimos 6 meses, sin
embargo el 10% ha adquirido un bien para su operatividad.
Gráfico 97.- Compra de bienes
Elaborado por: Autoras
La opción más representativa para nuestros encuestados fue que el 90% no ha
realizado ninguna compra de algún bien de capital en los últimos 6 meses, mientras
que tan solo el 10% ha realizado una compra (Muebles y enseres).
70%
30%
Actualmente ¿Estaría dispuesto en adquirir un crédito financiero?
Si
No
10%
90%
¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
Si
No
151
Sin duda la situación que acontece a Pedernales es muy variable, muchas personas
lo perdieron todo, el sector de alojamiento ha disminuido drásticamente debido al
colapso de varias edificaciones, si bien la afluencia de turistas ha mejorado en las
últimas fechas, las personas visitan el sector tan solo de paso; la desgracia de unos,
es el beneficio de otros, los negocios que lograron mantenerse y/o resurgir
actualmente permanecen bien e incluso han conseguido mayores ingresos en
comparación con lo que obtenían antes del terremoto pero estos casos son aislados
y la realidad es que los ciudadanos no solo se encuentran económicamente afectados
sino también psicológicamente, la perdida de alguno de sus familiares provocan
más de un sentimiento, es imposible no solidarizarse con la situación vivida en el
sector.
Una preocupación adicional y que llamo nuestra atención fue ver que varios
moradores que aún conservan su local en el sector del centro de Pedernales tuvieron
que pagar altos montos de los servicio básicos (luz eléctrica), por ejemplo no
pagaron durante tres meses pero luego de este tiempo les llego una factura de pago
asombrándose que el total es de 10 veces incrementado el promedio de valor que
solían pagar, esto nos hizo enfatizar y analizar que no está existiendo una buena
administración de fondos otorgados a los municipios involucrados.
4.4 Apreciación económica de la aplicación de la Ley Solidaria
Para afrontar el gran desastre natural sucedido el 16 de abril de 2016 en Manabí y
Esmeraldas fue necesario obtener recursos de forma inmediata, así lo establece la
Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para los Afectados
por el Terremoto. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad
Ciudadana, 2016)
152
El artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala:
Dictaminar en forma previa, obligatoria y vinculante sobre todo
proyecto de ley, decreto, acuerdo, resolución, o cualquier otro
instrumento legal o administrativo que tenga impacto en los recursos
públicos o que genere obligaciones no contempladas en los
presupuestos del Sector Público no Financiero, exceptuando a los
Gobiernos Autónomos Descentralizados. Las Leyes a las que hace
referencia este numeral serán únicamente las que provengan de la
iniciativa del Ejecutivo en cuyo caso el dictamen previo tendrá lugar
antes del envío del proyecto de ley a la Asamblea Nacional. (Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010)
El artículo 163 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala:
El Presupuesto General del Estado se gestionará a través de la Cuenta
Única del Tesoro Nacional abierta en el depositario oficial que es el
Banco Central del Ecuador, con las subcuentas que el ente rector de las
finanzas públicas considere necesarias […] Todo organismo, entidad y
dependencia del Sector Público no Financiero, con goce o no de
autonomía económica y/o presupuestaria y/o financiera, deberá
acreditar la totalidad de recursos financieros públicos que obtenga,
recaude o reciba de cualquier forma a las respectivas cuentas abiertas
en el Banco Central del Ecuador. (Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas, 2010)
Según la Ley Orgánica del Servicio de Rentas Internas en la disposición general
segunda establece que: “El estado ecuatoriano será el sujeto activo de todos estos
tributos que serán administrados por el Servicio de Rentas Internas” (Ley Orgánica
de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
El SRI es creado como una entidad técnica y autónoma, con personería jurídica, de
derecho público, patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional […] (Ley de
Creación del Servicio de Rentas Internas, 2008), por lo tanto considerada como
parte del Sector Público no Financiero, esta institución deberá acreditar la totalidad
de los recursos financieros públicos que obtenga, recaude o reciba a su respectiva
subcuenta en el BCE tal como lo decreta la ley. (Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Públicas, 2010)
153
Se determina que los recursos obtenidos a través de esta Ley “no se considerarán
para la distribución de ingresos no permanentes a los gobiernos autónomos
descentralizados”.
En la disposición general tercera se establece que:
[…] Los recursos netos obtenidos de las contribuciones creadas en esta
ley, se registrarán en la cuenta específica del Presupuesto General del
Estado para la construcción, reconstrucción y reactivación productiva
de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016. La
información del manejo de estos recursos estará disponible al público,
en la página web del Ministerio de Finanzas. […] (Ley Orgánica de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, 2016)
Según el Acuerdo No. 447 pertinente a la Tesorería Nacional señala:
Los ingresos de cualquier fuente se depositarán en la Cuenta Corriente
Única del Tesoro Nacional, abierta en el depositario oficial de los
fondos públicos. Su utilización dispondrá el Ministro encargado de las
finanzas públicas y, por delegación, el responsable del Tesoro Nacional.
[…] Con el propósito de identificar la fuente de donde provienen los
recursos, la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional se dividirá en
Cuentas Auxiliares. (Ministerio de Finanzas, 2016)
Mediante Aclaración ministerial emitida el 23 de julio de 2016, el Ministerio de
Finanzas, esclarece el direccionamiento de los recursos obtenidos a través de la Ley
Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana, estos ingresos y
egresos son publicados a en su página web desde el mes de junio de 2016, en la
subcuenta “CCU Ley Orgánica de Solidaridad”. Además señala que para cumplir
uno de los objetivos de la ley, el gobierno realizo arreglos presupuestarios liberando
recursos ya designados, por lo tanto para la iniciación de reactivación de las zonas
afectadas y el pago a proveedores se utilizó $155 millones de dólares del
Presupuesto General del Estado, el 4 de julio se registró un traslado de $120
millones de dólares desde la CCU Ley Orgánica de Solidaridad hacia la Cuenta
Única de Tesoro Nacional aclarando que se utilizó para ser compensado el
desembolso realizado con antelación del PGE. (Ministerio de Finanzas, 2016)
154
Tras indagar en lo descrito en el libro “Introducción a la economía social de
mercado” por Marcelo F. Resico, deducimos que el país se encuentra atravesando
una situación de déficit fiscal, tal como lo detallamos a continuación:
De la relación entre los ingresos y los egresos públicos se pueden definir
tres situaciones básicas. Si los egresos son iguales a los ingresos
públicos, el fisco se halla en una situación de equilibrio fiscal. Si los
ingresos son superiores a los egresos, se da un superávit fiscal; y si se
produce lo inverso, se da la situación de déficit fiscal. […] La
acumulación del déficit es igual a la deuda pública, salvo que se vendan
activos, lo que implica una transferencia de la carga impositiva hacia el
futuro. Los Estados pueden, como otras entidades individuales o
jurídicas, tomar crédito, emitir títulos de deuda o realizar inversiones
financieras. La deuda pública es dinero adeudado por cualquier nivel
del Estado, ya sea municipal, provincial o estadual y nacional o federal.
Los gobiernos generalmente se endeudan colocando títulos, como los
bonos del gobierno. El sector público compite en los mercados de
crédito con la demanda privada de créditos. (Resico, 2010)
A inicios del año 2016 la economía ecuatoriana refleja una situación alarmante
puesto a que en el mes de diciembre de 2015 se obtuvo un déficit de $1.209 millones
de dólares en el Presupuesto General de Estado, misma situación fue reflejada en el
año 2014 con un déficit de $1.603 millones de dólares. (Sistema de Información
Macroeconómica, 2015-2016). Frente a este escenario el gobierno incurrió a la
adquisición de varios créditos para afrontar esta realidad. Entre los países que
otorgan un mayor financiamiento a Ecuador se encuentran China, Reino Unido y
USA. (Ministerio de Finanzas, 2016)
La finalidad de la adquisición de estos créditos con otros países, ha permitido
avanzar el desarrollo del país, incluyendo además que el destino de estos recursos
ha sido utilizado para impulsar proyectos en sectores estratégicos, como
infraestructura, minería, hidrocarburos y las centrales hidroeléctricas, así lo afirma
el Ministro de Finanzas Fausto Herrera. (Ministerio de Finanzas, 2016)
Añadiendo al grupo de créditos adquiridos por Ecuador con otros países, y con otras
instituciones financieras en años anteriores, en el año 2016 se contrajo el crédito de
emergencia solicitado al FMI por $ 364 millones a causa del terremoto de 7.8 grados
en la escala de Richter, acontecido el 16 de abril de 2016 en las provincias de
Manabí y Esmeraldas. Además, a razón de ello se incorporó nuevos créditos
contratados y en proceso, descritos a continuación:
155
Tabla 31.- Financiamiento para atención del terremoto
(Al 15 de abril de 2017)
Nº FINANCIAMIENTO MONTO (USD
MM)
1 BID $ 240
2 CAF $ 100
3 Banco mundial $ 150
4 Banco Europeo de Inversiones $ 175
5 Recursos fiscales $ 153
6 Donación China $ 145
7 Ley Solidaria $ 1.447
TOTAL $ 2.410
Fuente: Secretaria Nacional de Gestión de la Política, 2017
Elaborado por: Autoras
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) es una entidad que mantiene hacia
sus países integrantes un crédito disponible para afrontar emergencias a causa de
desastres naturales mismos que pueden ser: sismos y/o terremotos, inundaciones
y/o fenómeno del Niño y erupciones volcánicas; el fin de estos recursos es sobre
llevar gastos frente a eventos desfavorables, las entidades que utilizaran dichos
recursos se detallan en el Decreto Presidencial Nº 1001. (Instructivo de Utilización
de Recursos de Emergencia, 2016)
Según el artículo 389 de Constitución de la República del año 2008, señala: “el
Estado protegerá a las personas, colectividades y la naturaleza de los efectos
negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante
el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las
condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objeto de minimizar la
condición de vulnerabilidad” (Constitución de la República del Ecuador, 2008)
De conformidad con el párrafo que antecede, Ecuador cuenta con una línea de
créditos contingentes para afrontar los desastres naturales. Por ende, para la
atención del terremoto se activaron créditos entre los siguientes prestamistas; el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con $240 millones destinados a varios
gastos de emergencia, el Banco Mundial con $150 millones de dólares destinados
para arreglos de vialidad, hospitales y adquisición de suministros, el Banco de
Desarrollo de América Latina (CAF) con $100 millones de dólares, el Banco
Europeo de Inversiones con $175 millones de dólares a fin de cubrir gastos para las
viviendas afectadas por el terremoto.
156
Tabla 32.- Asignaciones Presupuestarias por tipo de gasto
(Al 15 de abril de 2017)
COSTOS DE RECONSTRUCCIÓN MONTO (USD
MM)
Construcción y reparación de viviendas. $508
Atención de la emergencia, alberges y bonos. $102
Infraestructura salud. $170
Infraestructura escuelas. $200
Agua potable, saneamiento, viabilidad, transporte, electricidad y
demoliciones. $649
Reactivación de riesgos y mitigación ambiental. $230
Equipamiento público, regeneración urbana e infraestructura para
reactivación productiva GAD’s. $551
TOTAL $2.410
Fuente: Secretaria Nacional de Gestión de la Política, 2017
Elaborado por: Autoras
Tras lo sucedido en las provincias de Manabí y Esmeraldas se designó un
presupuesto hacia los principales gastos, los cuales son: Construcción y reparación
de viviendas con $508 millones de dólares; para atención de la emergencia, alberges
y bonos se asignó $102 millones de dólares; para infraestructura de salud se asignó
$170 millones de dólares; para infraestructura de educación se asignó $200 millones
de dólares; para agua potable, saneamiento, viabilidad, transporte, demoliciones y
electricidad se asignó $649 millones de dólares; se designó $230 millones de
dólares para otorgamiento de créditos en la Banca Pública, reactivación de riesgos
y mitigación ambiental; se transfirió $551 millones de dólares a los Gobiernos
Autónomos Descentralizados afectados para equipamiento público, regeneración
urbana e infraestructura.
Hasta el perfeccionamiento de las trasferencias/capitalizaciones con la banca
pública, estos recursos sirvieron para:
- Compensar y pagar parte de los gastos de proveedores de emergencia del
terremoto ($ 81 MM)
- Compensar y pagar proveedores con RUC de Manabí y esmeraldas, y
proveedores de las instituciones que tiene domicilio en dichas provincias
para su reactivación ($ 61 MM)
157
Tabla 33.- Pago a proveedores
BENEFICIARIOS MONTOS
BANECUADOR (*) $ 33
Banco de Desarrollo del Ecuador B.P (*) $ 25
CONAFIPS (*) $ 11
CFN (**) $ 51
Proveedores emergencia (***) $ 81
Proveedores reactivación económica (***) $ 61
TOTAL $ 262
Fuente: Ministerio de Finanzas, 2016
Elaborado por: Autoras
Se realizó la cancelación de contratos suscritos con proveedores de acuerdo a las
siguientes fechas: el 1 de agosto de 2016 se cancela el contrato suscrito con
CONAFIPS por $11 millones de dólares, el 2 de agosto de 2016 realiza el pago a
la CFN por $ 51 millones de dólares, desde 17 de abril al 29 de julio de 2016 se
compenso a proveedores con RUC de Manabí y Esmeraldas el monto de $81
millones de dólares, además de pagar gastos de proveedores de emergencia del
terremoto por $ 81 millones.
Conforme a la ejecución de los recursos destinados para la reconstrucción y
activación de zonas afectadas por el terremoto se ha asignado de la siguiente
manera:
158
Gráfico 98.- Asignaciones Presupuestarias por fuente de financiamiento
(Al 15 de abril de 2017, cifras en millones de dólares)
Fuente: Secretaria Nacional de Gestión de la Política, 2017
Elaborado por: Autoras
Con corte al 15 de abril de 2016, el valor total asignado para la emergencia fue de
$2.410 millones de dólares, estos recursos se obtuvieron a través de 4 fuentes de
financiamiento: Créditos Contratados, Donaciones, Recursos Fiscales y Ley de
Solidaridad.
En cuanto a los créditos contraídos por el Estado, el monto es de $665 millones de
dólares, como se observa en la Tabla 4-1.
El 30 de agosto de 2016 el Ministro de Finanzas menciono en la Asamblea
Nacional, que el monto aproximado a recaudar con esta ley será de $1.100 millones
de dólares, dictamino además que esta cifra representa un déficit y deberá ser
compensada a través del Presupuesto General del Estado respecto a $3.344 millones
de dólares que la Secretaria Nacional de Gestión de la Política estimo costará la
reconstrucción de las provincias afectadas por la catástrofe. (Secretaria Nacional de
Gestión de la Política, 2017)
Recursos Fiscales ASIGNADO $ 153
Créditos Contratados MONTO $ 665
Donaciones MONTO $ 145 TOTAL:
ASIGNADO $2.410
LEY DE SOLIDARIDAD
RECAUDADO $1.447
159
Gráfico 99.- Costo de Reconstrucción
(Al 15 de abril de 2017, cifras en millones de dólares)
Fuente: Secretaria Nacional de Planificación y de Desarrollo, 2017
Elaborado por: Autoras
Tras analizar los elementos teóricos proporcionados por las autoridades
competentes ya descritos con antelación, y conforme a lo estipulado en el artículo
6 del Código Tributario:
Los tributos, además de ser medios para recaudar ingresos públicos,
servirán como instrumento de política económica general, estimulando
la inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines
productivos y de desarrollo nacional; atenderán a las exigencias de
estabilidad y progreso sociales y procurarán una mejor distribución de
la renta nacional. (Código Tributario, 2014)
Con lo antes detallado, permite concluir que la presente Ley tiene fines netamente
solidarios, puesto a que los ingresos recaudados serán destinados a los sectores
afectados por el terremoto para su pronta reactivación y desarrollo. Cabe recalcar
que esta recaudación representa una gran ayuda para el gobierno, sin embargo, no
podrá cubrir con todos los gastos a los que se ha incurrido con el fin de contrarrestar
los efectos y daños, que dejo el terremoto del 16 de abril de 2016.
Si bien es cierto, esta ley tiene un propósito solidario, fue aplicada dentro de una
economía ya quebrantada como ya se estipulo con antelación, provocando un
considerable desestimulo a su desarrollo e incrementando un déficit ya existente
dentro de la sociedad ecuatoriana.
Costo Estimado de Reconstrucción
$ 3.344 MM
Sector Público (67%)
$ 2.240 MM
Asignado
$2.410 MM
Sector Privado(33%)
$ 1.104 MM
Crédito China
$ 1.000 MM
Diferencia Valor Asignado con Valor
Estimado (SP)
$ 170 MM
Monto a favor
$ 1.170 MM
160
4.5 Efecto económico
A efecto de la catástrofe, el gobierno se sujetó a tres fuentes de ingresos económicos
tales como: el financiamiento con ingresos del Presupuesto General del Estado
(PGE), líneas de créditos y creó la Ley Orgánica de Solidaridad y de
corresponsabilidad ciudadana para la reconstrucción y reactivación de las zonas
afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016. En la brecha de tiempo
comprendida desde el periodo del siniestro sucedido el 16 de abril de 2016, hasta el
01 de junio de 2016, fecha que entra en vigencia la Ley Solidaria, las zonas
afectadas recibieron ayuda con recursos fiscales ya asignados del PGE por $153
millones de dólares; a ello se suman, las líneas de contingencia con las que cuenta
el gobierno en casos de emergencia, mismas que provienen de créditos firmados
con el BID, Banco Mundial, CAF y Banco Europeo de Inversiones, por el valor de
$665 millones de dólares (Ver Tabla 4-1) y finalmente, los montos percibidos a
través de la Ley de Solidaridad por $1.447 millones de dólares (cifras hasta el 15
de abril de 2017), dando un total global aproximado de $2.410 millones con
respecto a los fondos percibidos.
El Plan de asignación presupuestaria para las zonas afectadas por el terremoto del
16 de abril de 2016, llega a $2.410 millones de dólares, monto que al 15 de abril de
2017 ha sido ejecutado hasta el 30% aproximadamente; el gobierno estima que el
costo para la reconstrucción de las áreas afectadas ascienda a $3.344 millones de
dólares y que el 67% de este valor sea asumido por el sector público ($2.240
millones de dólares), resultando un valor a favor por $170 millones de dólares, si a
ello le sumamos el crédito contraído con China ($1.000 millones de dólares) para
la reactivación productiva a través de la regeneración urbana de las ciudades; el
gobierno obtiene un monto a favor de $1.170 millones de dólares.
En la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana se determinan
cuatro contribuciones y el incremento del IVA del 12 al 14%, las incidencias de su
aplicación son: las contribuciones sobre el patrimonio, sobre las utilidades y sobre
bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador de
propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del
161
exterior, debían ser canceladas en tres cuotas, con fecha tope el 28 de agosto de
2016; sin embargo, los sujetos pasivos siguen pagando rubros sometidos a multas e
intereses, debido a retrasos en el pago de sus cuotas; acotamos que los valores
pendientes son producto de tres factores: desconocimiento de la Ley Solidaria, falta
de responsabilidad en sus pagos y/o carencia de recursos para la pronta cancelación
de las contribuciones.
La contribución sobre el patrimonio debe ser cancelada por personas naturales que
posean un patrimonio igual o superior a $1´000.000 de dólares al 1 de enero de
2016, independientemente de que se venda o compre de forma posterior algún bien
a la fecha antes señalada. Tomando en cuenta que los contribuyentes afectados a
través de esta medida son cinco mil según el SRI y en concordancia con el Estudio
Mensual de Opinión Empresarial publicado por el BCE, esta contribución al igual
que la contribución de bienes inmuebles, repercuten en la reducción de gastos de
consumo general en los hogares, ocasionado una disminución del 2,8% en la
liquidez del sector productivo (Gráfico 1.12). Se excluirá el pago a través de esta
contribución en el caso de que se haya cancelado la contribución sobre el
patrimonio. (Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana,
2016)
La contribución sobre la remuneración se estipulo, que deberá ser cancelada con
ajustes y valores pendientes máximo hasta el 28 de febrero de 2017; sin embargo,
a razón de desconocimiento de la Ley por parte de algunos sujetos pasivos,
estimamos se seguirá recaudando rubros por cuotas pendientes y pagos de multas e
intereses a lo largo del año 2017. Esta contribución repercute de manera negativa
en el consumo familiar, dado que la capacidad instalada de los sectores productivos
ha disminuido en un 2,8% hasta noviembre de 2016 (Gráfico 1.12). A pesar de lo
expuesto, en el artículo 328 de la Constitución de la República del Ecuador, con
esta contribución, el gobierno impone el descuento de remuneraciones sin la
autorización del trabajador; evidenciado así que se está rigiendo el hecho de
inconstitucionalidad dentro del país.
162
La contribución sobre utilidades recae en el pago de obligaciones hacia un mismo
tributo (Código Tributario, 2014), debido a que, se canceló el valor del impuesto a
la renta por el 22% correspondiente a la utilidad del año 2015 y ahora, con la Ley
Solidaria se establece cancelar un 3% extra sobre este mismo rubro. Ocasionando
que los sujetos pasivos dispuestos en esta contribución deban cancelar un total del
25% sobre el mismo impuesto. Esta aportación además de tener carácter retroactivo,
no se rige en el hecho de constitucionalidad dentro del país.
Conforme a las encuestas realizadas, la medida que más impacto ha causado en las
personas y sociedades, es la disposición transitoria de incrementar en dos puntos
porcentuales el IVA; misma que hasta el mes de noviembre recaudó $329 millones
de dólares; tomando en cuenta que es una de las medidas que mayor aportación
genera, concluirá el 31 de mayo de 2017; sin embargo, el Ejecutivo podrá disponer
su culminación antes de este periodo.
La Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana se creó bajo el
gobierno del Economista Rafael Correa en junio de 2016 por el periodo de un año
(acorde a lo descrito en el capítulo uno de la presente investigación); a consecuencia
de la culminación de su mandato en el año 2017 y observando que el país en la
actualidad atraviesa un proceso de elecciones presidenciales (marzo 2017), se
generan diversas preocupaciones y escenarios inciertos dentro del ámbito
económico. La medida más destacable que acarrea preocupación a la ciudadanía es
el retorno del IVA del 14% al 12%, acorde a lo estipulado en la ley, este incremento
culminaría en el mes de junio 2017; sujeto a ello y conforme a las opiniones vertidas
por Andrea Díaz y Luis Moya funcionarios del SRI, manifestaron que “esta
ordenanza está en manos del ejecutivo al mando y por ende, acorde a su posición
e ideología, se mantendría o no, además se estableció que una vez aplicado este
incremento muchas empresas optaron por el recorte de personal y de gastos, para
mantener sus ingresos”, se ratifica el último comentario con las encuestas
realizadas en Pichincha (Ver Gráfico 4-15.- Medidas implementadas); en base al
retorno porcentual del IVA al 12%, se esperaría que la disminución de este
impuesto, provoque un efecto contrario que beneficie a la economía ecuatoriana.
Con respecto a los precios de los servicios y/o productos que se encuentran ya
163
fijados con la tarifa de IVA del 14%, se considera que es muy difícil que retornen
a su valor original; esto provocaría perjuicio al cliente mientras el comerciante se
beneficia de manera inadecuada (con un precio fijado al 14% de IVA se crearía un
margen de ganancia de dos punto porcentuales, con el fin de recuperar o
incrementar sus ingresos); con la reducción del IVA se espera que los precios
disminuyan (acorde a la regulación en el mercado) y por ende que el consumo
aumente, recaudando mayores rubros; sin embargo, pronosticamos que ello no
sucederá (Anexo F).
Cabe recalcar que el incremento del IVA no solo afecta a un grupo selectivo de
personas o sociedades, ya que se produce el fenómeno definido por Javier Bustos
en el libro “El impuesto al valor agregado y el régimen de facturación en el
impuesto a la renta” del “impuesto encubierto” donde un bien puede estar grabado
con IVA 0% y podríamos establecer que la Ley Solidaria no lo afecta, sin embargo
su precio se incrementó con antelación debido a procesos productivos grabados con
tarifa 14% de IVA; por esta razón, llegamos a la conclusión de que esta contribución
repercute de manera negativa en la economía del país dentro del consumo de los
habitantes, ocasionando menores ventas para los negocios (véase Gráfico 1-12) e
incrementando el desempleo (Gráfico 2-14).
En último lugar dentro de este ámbito económico es necesario mencionar que la
ciudadanía ecuatoriana tuvo desconfianza del destino de los recursos antes citados,
lo cual provoco incertidumbre; es por ello que se crea la “CCU Ley Orgánica de
Solidaridad”, donde se refleja los valores recaudados a través de las contribuciones,
detallando así que hasta el mes de noviembre de 2016, se destinó $262 millones de
dólares para pago de proveedores y fueron compensados $113 millones de dólares
al desembolso realizado con antelación del Presupuesto General del Estado,
rigiéndose así el principio de trasparencia descrito en la Constitución del Ecuador.
164
CAPITULO V
5 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Conclusiones
1. A consecuencia del suceso imprevisto, las personas perdieron sus hogares,
familia y empleos, los resultados de las encuestas realizadas a 139 personas en
la provincia de Manabí, arrojan que los hogares más afectados han disminuido
sus ingresos y, por ende, también han reducido sus gastos económicos a partir
del desastre natural; tan solo el 29% de los habitantes de estas provincias indican
que han recibido ayuda; sin embargo, establecen que esta es escasa. En las
encuestas realizadas a 139 personas en la Provincia de Pichincha, el 41% de los
encuestados establecieron que su calidad de vida se ha visto afectada debido a
la aportación obligatoria de las contribuciones solidarias; mientras que, el 40%
estableció que debido a la reducción de sus ingresos han optado por reducir sus
gastos, afirmación corroborada por la disminución del 2,8% de la capacidad
instalada en los sectores productivos. (Ver Gráficos 4-1 y 4-2 Ingresos y Gastos
Familiares)
2. El actual gobierno a lo largo de su administración ha logrado recaudar a través
de impuestos, cifras que se han incrementado año tras año; sin embargo, al
comparar los tres primeros trimestres del año 2016 con respecto al año 2015, se
obtuvo un decrecimiento de 0,01%; a partir del segundo trimestre del año 2016
observamos un incremento en las estadísticas de recaudación gracias a las
contribuciones solidarias; a razón de estas contribuciones, se logro recaudar
$1.069 millones de dólares hasta noviembre de 2016; al no tomar en cuenta las
contribuciones solidarias, en los valores percibidos a través de recaudaciones
tributarias en el año 2016, obtendríamos un decrecimiento de 9%; a razón de
ello, valoramos que es más eficiente recaudar a través de pocos impuestos, que
aumentar cargas impositivas, que promuevan la evasión por parte de los sujetos
pasivos.
165
3. El Ministro de Finanzas Fausto Herrera dictamino que el Estado espera recaudar
alrededor de $1.100 millones de dólares con la aplicación de la Ley Orgánica
de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana, valor que será destinado para
la reactivación y reconstrucción de las provincias afectadas por el terremoto de
16 de abril de 2016, la difícil situación económica que atraviesa el país nos llevó
a concluir que la población podría incidir en la falta de cancelación o evasión
de las contribuciones; sin embargo, tras verificar los datos publicados por el SRI
y al realizar las proyecciones de recaudación sobre las contribuciones
resolvimos que si se logrará recaudar el monto estipulado e incluso se superará
la meta establecida en un 0.38%; a pesar de que se cumpla esta meta, la
Secretaria Nacional de Gestión de la Política, indica que los gastos totales
incurridos para la recuperación de las áreas afectadas ascenderían a $3.344
millones de dólares, por ello, el gobierno compensara los valores faltantes a
través de PGE; entre los valores asignados, se suman los créditos contratados
por $665 millones de dólares, donaciones por $145 millones de dólares,
recursos fiscales por $153 millones de dólares y el crédito para la reactivación
productiva contraído con China por $1.000 millones de dólares.
4. La economía ecuatoriana se encuentra en recesión, esto se debe principalmente
a la caída del precio del barril de petróleo, a la disminución del 2,8% en los
gastos de consumo, la desvalorización del dólar y a la creación de la Ley de
Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana que tiene la finalidad de
ayudar a los damnificados por el terremoto; a pesar de su objeto, esta ley
constituye un desestimulo de la economía en general, hasta abril de 2017 se
recaudó $1.447 millones de dólares a través de las contribuciones solidarias; sin
embargo, no representan un aspecto positivo dentro de los ingresos públicos; ya
que estos rubros no pueden sumarse a los ingresos del PGE debido a que los
montos recaudados a través de la Ley Orgánica de Solidaridad y
Corresponsabilidad Ciudadana se utilizan con el único objeto de planificar,
construir, reconstruir y reactivar las zonas afectadas por el terremoto de 16 de
abril de 2016, contradiciendo así, los fines detallados en el Código Tributario.
Frente a la creación de la Ley Solidaria, la ciudadanía ecuatoriana tuvo
desconfianza del destino de estos recursos; sin embargo, la Administración
166
Tributaria a través del Servicio de Rentas Internas se encarga de comunicar los
valores recaudados en su página web, además se creó una subcuenta en la
Cuenta Única del Tesoro Nacional llamada “CCU Ley Orgánica de
Solidaridad” que permitirá verificar los montos totales percibidos, así como su
destino.
5.2 Recomendaciones
1. Ante el terremoto suscitado el 16 de abril de 2016, sugerimos que para futuras
catástrofes exista un mayor control y seguimiento de las asistencias otorgadas
por el gobierno y la ciudadanía ecuatoriana (kits alimenticios y sanitarios,
vestimenta, agua embotellada, acogimiento en albergues, atención médica y
donaciones). Además proponemos que el Ministerio de Inclusión Económica y
Social (MIES), ente encargado de acopiar estos recursos, realice un breve
estudio del grupo de personas que requieren atención, a fin de que se permita
asignar, distribuir y repartir de manera equitativa la ayuda proporcionada;
debido a que, tras realizar la investigación, el 71% de los encuestados establecen
que no han recibido ninguna asistencia por parte del Estado.
2. La implementación de la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana
no tuvo un adecuado análisis previo a su aplicación, pese a seguir el proceso
constitucional; en base a ello consideramos que esta medida no fue efectiva, ya
que generó un impacto negativo con respecto a las recaudaciones,
disminuyendo en nueve puntos porcentuales con respecto al año 2015,
igualmente se redujo el consumo de los sectores productivos en 2,8%; frente a
ello sugerimos que se opte por la creación de un impuesto directo sobre un bien
suntuario (como en el caso de 1999: Impuesto a los vehículos motorizados),
para recaudar acorde a la proporción de los ingresos que perciben los
contribuyentes.
3. Proponemos que el gobierno bajo su ente rector de las finanzas públicas
(MINFIN) cree un Fideicomiso, mediante los mecanismos e instrumentos
necesarios, con el fin de no recurrir a créditos o creaciones de leyes conflictivas
167
hacia la sociedad ecuatoriana; el destino de estos montos recaudados se deberá
asignar únicamente para este objeto.
4. La información otorgada por el Ministerio de Finanzas deber ser clara, concisa
y transparente; sin embargo, a lo largo del proyecto notamos la existencia
muchas dificultades para adquirirla, por lo que sugerimos que se realicen
informes periódicos donde se detalle a fondo la designación, percepción y
destino de los rubros otorgados para la ayuda a los afectados por el terremoto;
esta información deberá ser proyectada a través de diversos medios de
comunicación.
168
Bibliografía
Banco Central del Ecuador. (s.f.). Circular a las instituciones del sistema
financiero.
“Instructivo de Utilización de Recursos de Emergencia”. (Abril de 2016).
“Instructivo de Utilización de Recursos de Emergencia”. Obtenido de
“Instructivo de Utilización de Recursos de Emergencia”:
http://www.finanzas.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2016/04/Contingente-Instructivo-
DefinitivoA2016.pdf: 2
Andina, C. (s.f.). Decisión 702, Artículo 3.
Asamblea Nacional. (2016). “Proyecto de Ley Solidaria y de Corresponsabilidad
Ciudadana por las Afectaciones del Terremoto” (Quito, 1 de mayo de
2016): 10.
Banco Central del Ecuador. (Enero - Junio de 2010 - 2016). Obtenido de
https://www.bce.fin.ec/index.php/boletines-de-prensa-archivo/item/899-
producto-interno-bruto-la-econom%C3%ADa-ecuatoriana-
registr%C3%B3-durante-el-primer-trimestre-de-2016-una-
variaci%C3%B3n-trimestral-de-19
Banco Central del Ecuador. (2016). Encuesta trimestral de oferta y demanda de
crédito, tercer trimestre. Obtenido de Banco Central del Ecuador, Encuesta
trimestral de oferta y demanda de crédito:
https://contenido.bce.fin.ec/home1/economia/tasas/ET-ODC-IIIT-2016.pdf
Bansart, A. (s.f.). “Investigar es Explicar, laboratorio Educativo.
Barry, S. (1963). Agregados Economicos y Política Pública. México: Fondo de
Cultura Económica.
Brandstadter Grun, y. A. (s.f.). “Impuesto al Valor Agregado”.
Bustos, J. (2007). “El impuesto al valor agregado y el régimen de facturación en
el impuesto a la renta”. Cevallos.
Calvillo, S. E. (2012). Análisis sustantivo del esquema de tasas y regímenes
especiales aplicables en el Impuesto al Valor Agregado en México para
determinar su imposición optima Monterrey. Obtenido de
http://eprints.uanl.mx/3068/1/Sergio_Edmundo_Mendoza_Calvillo_An%
169
C3%A1lisis_sustantivo_del_esquema_de_tasas_y_r%C3%A9gimenes_esp
eciales_aplicables_en_el_Impuesto_al_Valor_Agregado.pdf
Calvillo, Sergio Edmundo Mendoza. (2012). Análisis sustantivo del esquema de
tasas y regímenes especiales aplicables en el Impuesto al Valor Agregado
en México Monterrey. México.
Carlos Otálora Urquizu. (2009). "Economía fiscal”. (Plural, Ed.) Obtenido de
"Economía fiscal”: (Bolivia) https://books.google.com.ec/books?id=QEr-
cSKykxEC&printsec=frontcover#v=onepage&q&f=true>
Carreño, S. R. (s.f.). <http://www.eltiempo.com/mundo/latinoamerica/economia-
en-ecuador-entro-en-recesion-en-2016/16654045>.
Cazau, P. (2006). Fundamentos de Estadística. Buenos Aires.
Censos, I. N. (2010). REDATAM.
CEPAL. (2013). “Análisis de la reforma tributaria en el Ecuador, 2001-2012” .
Naciones Unidas, Santiago de Chile.
Código de Trabajo. (2016). Registro Oficial, Suplemento, 167 (22 de mayo de
2016), art. 13.
Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. (2010). Registro Oficial,
Suplemento, 306 (22 de octubre de 2010), art. 161 pág. 51, 20 de octubre
de 2010.
Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. (2010). Registro Oficial,
Suplemento, 306 (22 de octubre de 2010), art. 163.
Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. (2010). Registro Oficial,
Suplemento, 306 (22 de octubre de 2010), art. 74.
Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. (2010). Registro Oficial,
Suplemento, 306 (22 de octubre de 2010), art. 74 20 de octubre de 2010.
Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. (2010). Registro Oficial,
Suplemento, 306 (22 de octubre de 2010), art. 78.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (14 de junio de 2005),
art. 48; 29 de diciembre de 2014.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (14 de junio de 2005),
art. 6 pág. 2, 29 de diciembre de 2014.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (14 de junio de 2005),
art. 6; 29 de diciembre de 2014.
170
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (29 de diciembre de
2014), art. 3.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (29 de diciembre de
2014), art. 4.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (29 de diciembre de
2014), art.23.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (29 de diciembre de
2014), art.7.
Código Tributario. (2014). Registro Oficial, Suplemento,38 (29 de diciembre de
2014), art. 68.
Código Tributario Interno. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (29 de
diciembre de 2014), art.24.
Código Tributario Interno. (2014). Registro Oficial, Suplemento, 38 (29 de
diciembre de 2014), art.26.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Participación y
organización del poder”, cap. segundo, “Función legislativa”, art. 120
([Quito]: Asamblea Constituyente, s.f.).
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Supremacía de la
Constitución”, cap. primero, “Principios”, art. 425 ([Quito]: Asamblea
Constituyente, s.f.): 191.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. I, “Elementos constitutivos
del Estado”, cap. primero, “Principios fundamentales”, art. 3 ([Quito]:
Asamblea Constituyente, s.f.).
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Participación y
organización del poder”, cap. segundo, “Función Legislativa”, art. 120,
núm. 6 ([Quito]: Asamblea Constituyente, s.f.): 75.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Participación y
organización del poder”, cap. segundo, “Función Legislativa”, art. 135
([Quito]: Asamblea Constituyente, s.f.): 82.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Participación y
organización del poder”, cap. segundo, “Función Legislativa”, art. 136
([Quito]: Asamblea Constituyente, s.f.): 82.
171
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Participación y
organización del poder”, cap. tercero, “Función Ejecutiva”, art. 164
Asamblea Constituyente, s.f.): 93. Quito.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. IV, “Supremacía de la
Constitución”, cap. primero, “Principios”, art. 424 ([Quito]: Asamblea
Constituyente, s.f.): 191.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen de
Desarrollo”, cap. cuarto, “Soberanía económica”, art. 289 (Asamblea
Constituyente, s.f.): 141. Quito.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen de
Desarrollo”, cap. cuarto, “Soberanía económica”, art. 290, Asamblea
Constituyente, s.f.): 142. Quito.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). Tít. VI, “Régimen de
desarrollo”, cap. cuarto, “Soberanía económica”, sección cuarta, art. 292
([Quito]: Asamblea Constituyente, s.f.). Quito.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen de desarrollo”,
cap. cuarto, “Soberanía económica”, sección cuarta, art. 293 ([Quito]:
Asamblea Constituyente, s.f.).
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen de desarrollo”,
cap. cuarto, “Soberanía económica”, sección cuarta, art. 294 ([Quito]:
Asamblea Constituyente, s.f.).
Constitución de la República del Ecuador. (2008). Tít. VI, “Régimen de
desarrollo”, cap. cuarto, “Soberanía económica”, sección cuarta, art. 295
([Quito]: Asamblea Constituyente, s.f.). Quito.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen del Buen
Vivir”, cap. primero, “Inclusión y Equidad”, sección novena, art. 389,
Asamblea Constituyente, s.f.): 175. Quito.
Constitución de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen Tributario”,
cap. cuarto, “Soberanía Ecuatoriana”, sección quinta, art. 300 ([Quito]:
Asamblea Constituyente, s.f.): 144.
Constitucion de la República del Ecuador. (2008). tít. VI, “Régimen Tributario”,
cap. cuarto, “Soberanía Ecuatoriana”, sección quinta, art. 301 ([Quito]:
Asamblea Constituyente, s.f.): 144.
172
Constitución de la República del Ecuador. (2008). Tít. VIII, “Relaciones
Internacionales”, cap. segundo, “Tratados e instrumentos
internacionales”, art. 422, Asamblea Constituyente, s.f.): 186. Quito.
Cueva, E. P. (2012). "Efectos de la tasa impositiva sobre los ingresos fiscales,
mediante la aplicación de la Curva de Laffer, en la economía ecuatoriana
(1970-2008)”. Obtenido de "Efectos de la tasa impositiva sobre los ingresos
fiscales, mediante la aplicación de la Curva de Laffer, en la economía
ecuatoriana (1970-2008)”:
http://dspace.utpl.edu.ec/bitstream/123456789/2455/3/336X342.pdf
Dávalos Guevara, M. (2004). La Dolarización en Ecuador: Ensayo y Crisis. Quito:
Abya-Yala.
Ecuador. (2016). Banco Central del Ecuador Boletín semanal Nro. 493, 15 de julio
de .
Ecuador. (2016). Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana
para la reconstrucción y reactivación de las zonas afectadas por el
terremoto de 16 de abril de 2016, Reglamento para la Aplicación a la Ley,
art. 1 (Quito, 13 de junio de 2016.
Escuela Politécnica Nacional. (s.f.). Instituto Geofísico, 16 de abril de 2016.
Escuela Politécnica Nacional, Instituto Geofísico (Ecuador: 16 de abril de
2016). Obtenido de Instituto Geofísico, 16 de abril de 2016. Escuela
Politécnica Nacional, Instituto Geofísico (Ecuador: 16 de abril de 2016): <
http: //www.igepn.edu.ec/mapas/mapa-evento-20160416.>
Fernando, M. H. (s.f.). Obtenido de
<http://repositorio.flacsoandes.edu.ec/bitstream/10469/5431/2/TFLACSO-
2010XFMH.pdf>
Fundación Konrad Adenauer. (2011). Fundación Konrad Adenauer: 307. Obtenido
de Fundación Konrad Adenauer: http://www.kas.de/wf/doc/kas_31394-
1522-4-30.pdf?120620223215
Garcia, C. (1997). “Derecho Tributario”. DEPALMA BUENOS AIRES.
Guerra, E. d. (2012). El régimen tributario ecuatoriano . Corporación de Estudios
y Publicaciones.
173
Herrera, F. X. (s.f.). Obtenido de
<http://repositorio.flacsoandes.edu.ec/bitstream/10469/5431/2/TFLACSO-
2010XFMH.pdf>
INEC. (2016). Indicadores LAborales.
Instituto Nacional de Información de Desarrollo (INIDE). (s.f.). Metodología de las
proyecciones de población con el uso de Variables sintomáticas.
Instructivo de Utilización de Recursos de Emergencia. (Abril de 2016). “Instructivo
de Utilización de Recursos de Emergencia”. Obtenido de “Instructivo de
Utilización de Recursos de Emergencia”: http://www.finanzas.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2016/04/Contingente-Instructivo-
DefinitivoA2016.pdf: 2
Jarach. (1989).
Kruse, H. W. (2001). Los impuestos en el sistema de las cargas públicas.
Levine David y Bernson, M. L. (1992). “Estadística Básica en Administración,
Conceptos y Aplicaciones”.
Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. (2008). Registro Oficial No. 206
(2 de diciembre de 1997), art. 1.
Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. (2008). Registro Oficial No. 206
(2 de diciembre de 1997), art. 2.
Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. (2008). Registro Oficial No. 206
(2 de diciembre de 1997), art. 2.
Ley de Reforma Tributaria. (2001). No 2001-41, en Registro Oficial, Suplemento
No. 325; 14 de mayo de 2001. Quito.
Ley del Registro Único de Contribuyentes. (2016). Art. 1 (20 de mayo de 2016): 1.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 16 (29 de abril de 2016):
23.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 2 (29 de abril de 2016):
1.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 4.1 (29 de abril de 2016):
3.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 4.2 (29 de abril de 2016):
4.
174
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 4.3 (29 de abril de 2016):
4.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 52 (29 de abril de 2016):
45.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 61 (29 de abril de 2016):
51.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2014). Art. 67 (29 de abril de 2016):
55.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2016). Art. 100 (29 de abril de
2016): 101.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759 (Quito, 20 de mayo de 2016): 9.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Disposiciones transitorias (Quito, 13 de junio de 2016): 9.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759 (Quito, 20 de mayo de 2016): 2.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759 (Quito, 20 de mayo de 2016): 8.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759 (Quito, 20 de mayo de2016): 1.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759, art. 1 (20 de mayo de 2016). Quito.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759, art. 3 (Quito, 20 de mayo de 2016): 2.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759, art. 3 (Quito, 20 de mayo de 2016): 3.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016). Registro
Oficial, Suplemento No. 759, art. 4 (20 de mayo de 2016):2.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 1 (Quito, 13 de junio de
2016)2.
175
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 10 (Quito, 13 de junio de
2016).
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 14 (Quito, 13 de junio de
2016):4.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 16 (Quito, 13 de junio de
2016):4.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 25 (Quito, 13 de junio de
2016):10.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 5 (Quito, 13 de junio de
2016):4.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 5 (Quito, 13 de junio de
2016):4. Quito.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 6 (Quito, 13 de junio de
2016):4.
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 7 (Quito, 13 de junio de 2016).
Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana. (2016).
Reglamento para la Aplicación a la Ley, art. 9 (Quito, 13 de junio de
2016):3.
Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda. (Mayo de 2016). Plan Construyo
Ecuador. Obtenido de Plan Construyo Ecuador:
http://www.habitatyvivienda.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2016/05/Plan-construyo-Ecuador.pdf
Ministerio de Finanzas. (2016). Obtenido de <http://www.finanzas.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2013/05/Acuerdo-No.-
447_pertinente_a_Tesorer%C3%ADa.pdf>
176
Ministerio de Finanzas. (Noviembre de 2016). Ministerio de Finanzas. Obtenido de
Ministerio de Finanzas: Ministerio de Finanzas
<http://www.finanzas.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2016/11/DEUDA_SECTOR-
P%C3%9ABLICO-DEL-ECUADOR_octubre2016.pdf>
Ministerio de Finanzas. (23 de Julio de 2016). Ministerio de Finanzas. Obtenido de
Ministerio de Finanzas: <http://www.finanzas.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2016/07/Aclaracion-CCU-120-Millones-23-
julio-2016.pdf>
Ministerio de Finanzas. (2016). Ministerio de Finanzas. Obtenido de Ministerio de
Finanzas: <http://www.finanzas.gob.ec/ecuador-suscribe-credito-por-usd-
2-000-millones-con-cdb-de-china/>
Miñan, N. y. (2005). Finanzas públicas. México: U. Autónoma de México.
Morales, J. A. (2002). Elementos del Derecho Tributario . Quito.
Muñoz, P. M. (2004). “Garantías Constitucionales del Contribuyente”. Ius et
Praxis.
Niño, V. M. (2011). “Metodología de la Investigación”.
Oliver, B. R. (1968). La imposición Fiscal en los países en desarrollo.
Peña, P. (2012). “Las Reformas en Detalle” Revista ekos.
Prado, J. J. (Marzo de 2016). "Entendiendo el entorno bancario 2015-2016.”. Ekos
negocios, 77.
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. (2015). Panorama general
Informe sobre Desarrollo Humano 2015. Obtenido de Panorama general
Informe sobre Desarrollo Humano 2015:
http://hdr.undp.org/sites/default/files/2015_human_development_report_o
verview_-_es.pdf>
Queralt, J. M. (s.f.). Ley General Tributario y leyes complementarias (Undécima
ed.).
Reglamento de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. (2010). art. (…) (8
de enero de 2016): 5.
Resico, M. F. (2010). “Introducción a la economía social de mercado”. Argentina.
Royo, F. P. (2008). “Derecho Financiero y Tributario parte General”. Thomson,
Decimoctava Edición.
177
Secretaria Nacional de Gestión de la Política. (2017). Secretaria Nacional de
Gestión de la Política,. Obtenido de Secretaria Nacional de Gestión de la
Política,: <http://www.larepublica.ec/blog/politica/2016/08/30/gobierno-
espera-recaudar-1-100-millones-dolares-con-ley-solidaria-tras-sismo/>
Secretaria Nacional de Gestión de la Política, . (2017). Secretaria Nacional de
Gestión de la Política, . Obtenido de Secretaria Nacional de Gestión de la
Política, : <http://www.larepublica.ec/blog/politica/2016/08/30/gobierno-
espera-recaudar-1-100-millones-dolares-con-ley-solidaria-tras-sismo/>
Servicio de Rentas Internas. (s.f.). “Instructivo: Declaración y pago de la
contribución solidarias”.
Servicio de Rentas Internas. (2007-2015). Servicio de Rentas Internas. Obtenido de
Servicio de Rentas Internas: http://www.sri.gob.ec/web/guest/estadisticas-
generales-de-recaudacion
Servicio de Rentas Internas. (2016). "Instructivo: Declaración y pago de la
contribución solidaria sobre las remuneraciones” Junio 3.
Servicio de Rentas Internas. (2016). “Instructivo: Declaración y pago de la
contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos representativos
de capital existentes en el ecuador de propiedad de sociedades no
residentes” Junio: 2.
Servicio de Rentas Internas. (2016). “Instructivo: Declaración y pago de la
contribución solidaria sobre el patrimonio” Junio 3.
Servicio de Rentas Internas. (2016). Resolución No. NAC-DGERCGC16-
00000237, publicada el 09 de junio de 2016.
Servicio de Rentas Internas. (2016). Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000276
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 149, de 4 de julio.
Servicio de Rentas Internas. (2016). Resolución No. NAC-DGERCGC16-
00000369, publicada el 30 de agosto de 2016.
Servicio de Rentas Internas. (2016). RFesolución No. NAC-DGERCGC16-
00000210, publicada el 26 de mayo.
Servicio de Rentas Internas. (Enero - Agosto de 2016). Servicio de Rentas Internas.
Obtenido de Servicio de Rentas Internas:
http://www.sri.gob.ec/web/guest/estadisticas-generales-de-recaudacion
178
Siegel, B. (1973). “Agregados Económicos y Política Tributaria”. México: Fondo
de Cultura Económica.
Sistema de Información Macroeconómica. (Enero - Mayo de 2015-2016). Sistema
de Información Macroeconómica (versión beta), Banco Central del
Ecuador. Obtenido de Sistema de Información Macroeconómica (versión
beta), Banco Central del Ecuador:
http://sintesis.bce.ec:8080/BOE/BI/logon/start.do?ivsLogonToken=bceqsa
ppbo01:6400@554977JYYZ29TZlCl109gj3BGcMfT554975J76gpomMfr
cKan9omTieMHE
Suárez, M. (2012). “Interaprendizaje de probabilidades y estadística inferencial
con excel winstats y graph”, cap. III Estimación de intervalos de confianza:
141.
Tanzi. (2000). Tributación en América Latina: en busca de una nueva agenda de
reformas.
Telégrafo, E. (s.f.). Obtenido de
<http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/8/89-del-consumo-de-
la-canasta-basica-esta-gravado-con-tarifa-0>
Tribunal Constitucional. (2001). TP. “Resolución No. 126-2001-TP”. Registro
Oficial, No. 390-S; 15 de agosto de 2001. Quito.
Vicepresidencia de la República del Ecuador. (2016). Reconstruyo Ecuador.
Obtenido de Reconstruyo Ecuador:
http://www.vicepresidencia.gob.ec/reconstruyo-ecuador-presenta-plan-de-
incentivos-para-damnificados-por-el-terremoto/
179
ANEXOS
Anexo A: Encuesta dirigida a personas naturales en la provincia de Pichincha
Apellidos ___________________________________
Nombres ___________________________________ C.I. 5. EDAD __________
1. PROVINCIA 6. FECHA: _____ /_____ /_____ /
2. CANTON día mes año
3. PARROQUIA
NORTE 1
4. AREA CENTRO 2
SUR 3
VALLE DE LOS CHILLOS 4
N° Telf.:
Convencional:
ENCUESTA EFECTIVA:
SI 1 Celular:
¿La encuesta fue efectiva para la realización del proyecto?
NO 2 Mail-Pagina web:
De 1 a 3 personas 1
De 4 a 6 personas 2
De 7 a 9 personas 3
De 10 a 12 personas 4
De 13 personas en adelante 5
De 1 a 3 personas 1
De 4 a 6 personas 2
De 7 personas en adelante 3
3. ¿Actualmente se encuentra empleado?
Si (Pase Pregunta 4) 1
No (Pase Pregunta 7) 2
Alojamiento y servicios de comida 1
Comercio 2
Transporte 3
Correo y Comunicaciones 4
Actividades de servicios financieros 5
Actividades profesionales, técnicas y administrativas 6
Enseñanza y Servicios sociales y de salud 7
Servicio doméstico 8
Construcción 9
Manufactura 10
Otro, ¿Cuál?
5. ¿Actualmente usted trabaja en relación de dependencia?
Si 1
No 2
De 0 a 100 dólares 1
De 101 a 200 dólares 2
De 201 a 300 dólares 3
De 301 a 400 dólares 4
De 401 a 500 dólares 5
De 501 a 600 dólares 6
De 601 a 700 dólares 7
De 701 a 800 dólares 8
De 901 a 1000 dólares 9
De 1001 a 2000 dólares 10
De 2001 dólares en adelante 11
7. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus ingresos familiares han:
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Especifique, ¿por qué?
LÍNEA DE BASE - SISTEMAS DE INFORMACIÓN GENERAL
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA DE FINANZAS
CONFIDENCIALIDAD: LOS DATOS PROPORCIONADOS POR EL INFORMANTE SON ESTRICTAMENTE CONFIDENCIALES Y SERÁN UTILIZADOS ÚNICAMENTE CON FINES
ESTADÍSTICOS DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE ESTADÍSTICA
INVESTIGACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
I. DATOS PERSONALES-ENCABEZADO
OBSERVACIONES GENERALES:
II. ESTRUCTURA FAMILIAR Y OCUPACIÓN
1. ¿Cuantos miembros conforman su familia ?
2. ¿Cuantas personas en su familia trabajan actualmente?
4. ¿Cuál es su principal actividad laboral en la actualidad?
6. ¿Cuál es su ingreso total aproximado en la actualidad?
180
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Especifique, ¿por qué?
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Especifique, ¿por qué?
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Especifique, ¿por qué?
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Especifique, ¿por qué?
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Especifique, ¿por qué?
Dinero en efectivo 1
Tarjeta de débito 2
Tarjeta de crédito 3
Dinero electrónico 4
Si 1
No 2
Especifique, ¿Qué bien?
Si 1
No 2
Especifique, ¿Qué bien?
Conocimiento muy alto 1
Conocimiento alto 2
Conocimiento medio 3
Conocimiento bajo 4
17. ¿Qué tan afectado se siente con la aplicación de esta ley?
Extremadamente afectado 1
Muy afectado 2
Moderadamente afectado 3
Poco afectado 4
Nada afectado (Pase Pregunta 19) 5
Sobre la remuneración 1
Sobre el patrimonio 2
Sobre las utilidades 4
Incremento en la tarifa del IVA al 14% 5
Extremadamente conveniente 1
Muy conveniente 2
Moderadamente conveniente 3
Poco conveniente 4
Nada conveniente 5
20. ¿Considera la implementación de esta ley como una medida responsable y necesaria?
Si lo considero 1
No lo considero 2
10. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus gastos familiares en alimentación han:
III. CONSUMO
8. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus gastos familiares en vivienda han:
9. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus gastos familiares en vestimenta han:
19. ¿Qué tan conveniente cree que es la creación de la ley solidaria impuesta por el gobierno?
11. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus gastos familiares en educación han:
12. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que sus gastos familiares en salud han:
13. ¿A través de que medio usualmente acostumbra pagar sus compras?
14. ¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
15. ¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital?
IV. LEY ORGANICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
16. ¿Qué nivel de conocimiento tiene sobre esta ley?
18. ¿Con cuáles de las siguientes medidas se vio afectado?
Sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el ecuador de propiedad
de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior 3
181
Anexo B: Encuesta dirigida a personas jurídicas en la provincia de Pichincha
Apellidos ___________________________________ Razon Social
Nombres _______________________________ 5. FECHA: _____/____/_____/
dia mes año
1. PROVINCIA
2. CANTON
3. PARROQUIA
NORTE 1
4. AREA CENTRO 2
SUR 3
VALLE DE LOS CHILLOS 4
OBSERVACIONES GENERALES: N° Telf.:
Convencional:ENCUESTA EFECTIVA:
SI 1 celular:¿La encuesta fue efectiva para la realización del proyecto?
NO 2 Mail-Pagina web:
Microempresa (1 a 9 trabajadores) 1
PYMEs (10 a 199 trabajadores) 2
Empresa Grande (200 en adelante) 3
Alojamiento y servicios de comida 1
Comercio 2
Transporte 3
Correo y Comunicaciones 4
Actividades de servicios financieros 5
Actividades profesionales, técnicas y administrativas 6
Enseñanza y Servicios sociales y de salud 7
Servicio doméstico 8
Construcción 9
Manufactura 10
Otro, ¿Cuál?
De 1 a 3 años 1
De 4 a 6 años 2
De 7 a 9 años 3
De 10 a 12 años 4
De 13 años en adelante 5
Dinero en efectivo 1
Tarjeta de débito 2
Tarjeta de crédito 3
Dinero electrónico 4
Dinero en efectivo 1
Tarjeta de débito 2
Tarjeta de crédito 3
Dinero electrónico 4
Si 1
No 2
Especifique, ¿Qué bien?
Si 1
No 2
Especifique, ¿Qué bien?
8. ¿Qué tan afectado se siente con la aplicación de esta ley?
Extremadamente afectado 1
Muy afectado 2
Moderadamente afectado 3
Poco afectado 4
Nada afectado (Pase Pregunta 9) 5
LÍNEA DE BASE - SISTEMAS DE INFORMACIÓN GENERAL
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA DE FINANZAS
CONFIDENCIALIDAD: LOS DATOS PROPORCIONADOS POR EL INFORMANTE SON ESTRICTAMENTE CONFIDENCIALES Y SERÁN UTILIZADOS ÚNICAMENTE CON FINES
ESTADÍSTICOS DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE ESTADÍSTICA
INVESTIGACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
I. DATOS PERSONALES-ENCABEZADO
II. ESTRUCTURA EMPRESARIAL Y CONSUMO
1. Según su tamaño con respecto a sus trabajadores, ¿A cuál de los siguientes grupos pertenece su empresa?
2. Según su actividad ¿A cuál de los siguientes grupos pertenece su negocio?
3. ¿Cuántos años lleva su negocio en el mercado?
4. ¿A través de que medios acostumbra pagar los insumos de su empresa? Puede seleccionar más de una opción
5. ¿A través de que medios acostumbra recibir los pagos por parte de sus clientes? Puede seleccionar más de una opción
6. ¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
7. ¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital?
III. LEY ORGANICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
182
Sobre la remuneración 1
Sobre el patrimonio 2
Sobre las utilidades 4
Incremento en la tarifa del IVA al 14% 5
Asumir el 2% extra de IVA en sus ventas 1
Aumento de publicidad 2
Alianza con otras empresas 3
Ninguna estrategia 4
Otras estrategias 5
Especifique, ¿Cuáles?
Recorte de personal 1
Recorte de gastos 2
Recorte de beneficios 3
Asumir 2 puntos porcentuales del IVA 4
Ninguna medida 5
Otras medidas 6
Especifique, ¿Cuáles?
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Si lo considero 1
No lo considero 2
Si 1
No 2
Especifique
9. ¿Con cuáles de las siguientes medidas se vio afectado? Puede seleccionar más de una opción
13. ¿Considera la implementación de esta ley como una medida responsable y necesaria?
14. ¿Considera que con la carga tributaria impuesta por el gobierno hasta la actualidad, su empresa podrá mantenerse en
el mercado?
Sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el ecuador de propiedad
de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior 3
10. ¿Qué estrategias estaría dispuesto a tomar para reducir el impacto de la ley en su empresa?
11. ¿Qué medidas adopto con la implementación de la ley de solidaridad y corresponsabilidad ciudadana?
12. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que las ventas en su empresa han:
186
Anexo D: Encuesta dirigida a personas naturales en la provincia de Manabí
Apellidos _______________________________
Nombres ___________________________________ C.I. 5. EDAD__________
1. PROVINCIA 7. FECHA: _____/____/_____/
2. CANTON dia mes año
3. PARROQUIA
URBANA 1
4. AREA PERIFERIA 2
RURAL AMANZANADO 3
RURAL DISPERSA 4
OBSERVACIONES GENERALES: N° Telf.:
Convencional:ENCUESTA EFECTIVA:
SI 1 celular:¿La encuesta fue efectiva para la realización del proyecto?
NO 2 Mail-Pagina web:
Agricultura 1
Alojamiento y servicios de comida 2
Comerciante 3
Ganadería 4
Manufactura 5
Pesca 6
Otro, ¿Cuál?
Si tenía más de una actividad especifique ¿cuáles son?
Si (Pase pregunta 7) 1
No (Pase pregunta 6) 2
Agricultura 1
Alojamiento y servicios de comida 2
Comerciante 3
Ganadería 4
Manufactura 5
Pesca 6
Otro, ¿Cuál?
Si tenía más de una actividad especifique ¿cuáles son?
Agua embotellada 1
Arroz 2
Cerveza 3
Cigarros 4
Fideos 5
Galletas 6
Gaseosas 7
Granos 8
Leche 9
Pescado 10
Plátano 11
Atún 12
Otros ¿Cuáles?
3. ¿Cuantas personas en su familia trabajan actualmente?
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA DE FINANZAS
CONFIDENCIALIDAD: LOS DATOS PROPORCIONADOS POR EL INFORMANTE SON ESTRICTAMENTE CONFIDENCIALES Y SERÁN UTILIZADOS ÚNICAMENTE CON
FINES ESTADÍSTICOS DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE ESTADÍSTICA
INVESTIGACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
LÍNEA DE BASE - SISTEMAS DE INFORMACIÓN GENERAL
I. DATOS PERSONALES-ENCABEZADO
II. ESTRUCTURA FAMILIAR Y OCUPACIÓN
1. ¿Cuantos miembros conforman su familia?
2. ¿Cuantas personas de su familia trabajaban antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
4. ¿Cuál fue la principal actividad laboral en que trabajo antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
5. ¿Se encuentra desempeñando la misma actividad laboral antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
6. ¿Cuál es su principal actividad laboral en la actualidad?
7. ¿Cuál fue el ingreso familiar total aproximado antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
8. ¿Cuál es el ingreso familiar total aproximado en la actualidad?
III. CONSUMO
9. ¿Qué productos consumía con mayor frecuencia antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
187
Agua embotellada 1
Arroz 2
Cerveza 3
Cigarros 4
Fideos 5
Galletas 6
Gaseosas 7
Granos 8
Leche 9
Pescado 10
Plátano 11
Atún 12
Otros ¿Cuáles?
Cada día 1
Cada semana 2
Cada quincena 3
Cada mes 4
Otros ¿Cuáles?
Cada día 1
Cada semana 2
Cada quincena 3
Cada mes 4
Otros ¿Cuáles?
Dinero en efectivo 1
Tarjeta de débito 2
Tarjeta de crédito 3
Dinero electrónico 4
Una vez al día 1
Una vez a la semana 2
Una vez cada quince días 3
Una vez al mes 4
Nunca 5
Otro, especifique
Una vez al día 1
Una vez a la semana 2
Una vez cada quince días 3
Una vez al mes 4
Nunca 5
Otro, especifique
Si (Pase Pregunta 17) 1
No (Pase Pregunta 18) 2
Casa 1
Auto 2
Maquinaria 3
Terrenos 4
Otros, especifique
Si (Pase Pregunta 19) 1
No (Pase Pregunta 20) 2
Casa 1
Auto 2
Maquinaria 3
Terrenos 4
Otros, especifique
IV. ACCESO A FINANCIAMIENTO
Si 1
No 2
¿Cual?
Si 1
No 2
¿Por qué?
14. ¿Con qué frecuencia acostumbraba comer fuera de casa antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
10. ¿Qué productos consume con mayor frecuencia en la actualidad?
11. ¿Con que frecuencia compraba productos alimenticios antes del terremoto del 16 de abril de 2016?
12. Actualmente, ¿con qué frecuencia compra los productos alimenticios?
13. ¿A través de que medio usualmente acostumbra pagar sus compras?
15. Actualmente, ¿con qué frecuencia acostumbra comer fuera de casa?
16. ¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
17. ¿Qué bien ha comprado?
18. ¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital?
19. ¿Qué bien ha vendido?
20. ¿Tiene alguna cuenta en alguna institución financiera? ¿De qué tipo?
21. ¿Ha solicitado alguna vez un crédito?
188
Si 1
No 2
¿Por qué?
Alta 1
Baja 2
Ninguna 3
Otro, especifique
Influencia Positiva 1
Influencia Negativa 2
Ninguna influencia 3
Otro, especifique
Aumentado 1
Disminuido 2
Otro, especifique
Conocimiento muy alto 1
Conocimiento alto 2
Conocimiento medio 3
Conocimiento bajo 4
Ningún conocimiento (Pase Pregunta 29) 5
Extremadamente conveniente 1
Muy conveniente 2
Moderadamente conveniente 3
Poco conveniente 4
Nada conveniente 5
Si lo considero 1
No lo considero 2
Especifique, por que
Si 1
No 2
Especifique
28. ¿Se considera beneficiado con la aplicación de esta ley?
29. ¿Ha recibido alguna ayuda por parte del gobierno?
22. Actualmente ¿Estaría dispuesto en adquirir un crédito financiero ?
23. Antes del terremoto del 16 de abril de 2016, a su consideración la afluencia de turistas era:
24. ¿Qué influencia tiene el turismo en la actualidad?
25. Actualmente ¿La cantidad de turistas que visitan la comunidad han?
V. LEY ORGANICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
26. ¿Qué nivel de conocimiento tiene sobre esta ley?
27. ¿Qué tan conveniente cree que es la creación de la ley solidaria impuesta por el gobierno?
IV. TURISMO
189
Anexo E: Encuesta dirigida a comerciantes en la provincia de Manabí
Apellidos ___________________________________ Razon Social
Nombres _______________________________ 5. EDAD__________
1. PROVINCIA 7. FECHA: _____/____/_____/
2. CANTON dia mes año
3. PARROQUIA
URBANA 1
4. AREA PERIFERIA 2
RURAL AMANZANADO 3
RURAL DISPERSA 4
OBSERVACIONES GENERALES: N° Telf.:
Convencional:ENCUESTA EFECTIVA:
SI 1 celular:¿La encuesta fue efectiva para la realización del proyecto?
NO 2 Mail-Pagina web:
Actividades de servicios financieros 1
Acuicultura y pesca de camarón 2
Alojamiento y servicios de comida 3
Transporte 4
Construcción 5
Otros, especifique
De 1 a 3 años 1
De 4 a 6 años 2
De 7 a 9 años 3
De 10 a 12 años 4
De 13 años en adelante 5
Manabí 1
Pichincha 2
Otro, ¿Cuál?
12% de IVA (Pasar a pregunta 6) 1
14% de IVA (Pasar a pregunta 5) 2
Si 1
No 2
¿Por qué?
Si (Pasar a pregunta 7) 1
No (Pasar a pregunta 9) 2
Si 1
No 2
Especifique, ¿Por qué?
Si (Pase Pregunta 10) 1
No (Pase Pregunta 11) 2
Casa 1
Auto 2
LÍNEA DE BASE - SISTEMAS DE INFORMACIÓN GENERAL
5. Si la respuesta anterior fue el 14% de IVA ¿Sus clientes han mostrado algún tipo de dificultad al momento de
pagar sus compras con los dos puntos extras del IVA?
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA DE FINANZAS
CONFIDENCIALIDAD: LOS DATOS PROPORCIONADOS POR EL INFORMANTE SON ESTRICTAMENTE CONFIDENCIALES Y SERÁN UTILIZADOS ÚNICAMENTE CON
FINES ESTADÍSTICOS DE ACUERDO AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE ESTADÍSTICA
INVESTIGACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
2. ¿Cuántos años lleva su negocio en el mercado?
3. ¿En qué provincia tiene registrado su RUC?
III. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
I. DATOS PERSONALES-ENCABEZADO
II. ESTRUCTURA FAMILIAR Y OCUPACIÓN
1. Según su actividad ¿A cuál de los siguientes grupos pertenece su negocio?
4. ¿Qué porcentaje grava el IVA en sus ventas desde la aplicación de la Ley Solidaria?
6. ¿Su negocio comercializa con materiales o productos fuera de la provincia de Manabí?
7. ¿Qué productos comercializa su negocio?
8. ¿Su negocio ha tenido inconvenientes en pagar los dos puntos extras del IVA?
9. ¿En los últimos 6 meses ha comprado algún bien de capital?
10. ¿Qué bien ha comprado?
190
Maquinaria 3
Terrenos 4
Otros, especifique
Si (Pase Pregunta 12) 1
No (Pase Pregunta 13) 2
Casa 1
Auto 2
Maquinaria 3
Terrenos 4
Otros, especifique
IV. ACCESO A FINANCIAMIENTO
Si 1
No 2
¿Cual?
Si 1
No 2
¿Por qué?
Si 1
No 2
¿Por qué?
V. TURISMO
16. Antes del terremoto del 16 de abril de 2016, a su consideración la afluencia de turistas era:
Alta 1
Baja 2
Ninguna 3
Otro, especifique
Influencia Positiva 1
Influencia Negativa 2
Ninguna influencia 3
Otro, especifique
Aumentado 1
Disminuido 2
Otro, especifique
Sobre la remuneración 1
Sobre el patrimonio 2
Sobre las utilidades 3
Sobre los bienes inmuebles y derechos representativos de capital de propiedad de sociedades residentes 4
Incremento en la tarifa del IVA al 14% 5
Si lo considera 1
No lo considera 2
Especifique, ¿Por qué?
Si lo considero 1
No lo considero 2
Especifique, por que
Aumentado 1
Mantenido 2
Disminuido 3
Si 1
No 2
Especifique
14. ¿Ha solicitado alguna vez un crédito?
15. Actualmente ¿Estaría dispuesto en adquirir un crédito financiero ?
11. ¿En los últimos 6 meses ha vendido algún bien de capital?
12. ¿Qué bien ha vendido?
13. ¿Tiene alguna cuenta en alguna institución financiera? ¿De qué tipo?
21. ¿Ha recibido alguna ayuda por parte del gobierno?
23. ¿Considera que con la carga tributaria impuesta por el gobierno hasta la actualidad, su negocio podrá
mantenerse en el mercado?
22. Con la aplicación de la ley solidaria, considera que las ventas de su negocio han:
17. ¿Qué influencia tiene el turismo en la actualidad?
18. Actualmente ¿La cantidad de turistas que visitan la comunidad han?
19. De las medidas aplicadas en la ley, ¿Cuál de ellas tiene mayor impacto en su negocio?
20. Específicamente con la aplicación de la Ley solidaria, ¿Considera que su negocio se vio beneficiado?
V. LEY ORGANICA DE SOLIDARIDAD Y CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA
191
Anexo F: Variación en la Recaudación del IVA
-33%
7%
-3% -2%
13%
-12%
10%
-2%
4%
-2%
11%
40%
-41%
31%
-25%
8%
-3% -3%
13%
-12%
11%
-2%
5%
Variación en la Recaudación del IVA
2016 2017