UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la...

193
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS DIRECCIÓN DE POSGRADO EL LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE SEGUROS; Y, LA INCIDENCIA EN LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN EL ECUADOR TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAGISTER EN ADMINISTRACIÓN JURÍDICO, TRIBUTARIA Y FINANCIERA AUTORA: ING. MARÍA DEL CISNE GUALÁN GUALÁN TUTOR: DR. MARCO MARCELO LEÓN ALVEAR QUITO, D.M. JULIO DE 2018

Transcript of UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la...

Page 1: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

DIRECCIÓN DE POSGRADO

EL LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE

SEGUROS; Y, LA INCIDENCIA EN LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN EL

ECUADOR

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL

GRADO ACADÉMICO DE MAGISTER EN ADMINISTRACIÓN JURÍDICO,

TRIBUTARIA Y FINANCIERA

AUTORA: ING. MARÍA DEL CISNE GUALÁN GUALÁN

TUTOR: DR. MARCO MARCELO LEÓN ALVEAR

QUITO, D.M. JULIO DE 2018

Page 2: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

REFERENCIAS DEL AUTOR: Ing. María del Cisne Gualán Gualán,

[email protected]

REFERENCIAS DEL TUTOR: Dr. Marco Marcelo León Alvear,

[email protected]

REFERENCIAS INVESTIGATIVAS: Lucro Cesante, Daño Emergente,

Indemnización de Seguros, Sentencia Ejecutoriada, Mandamiento de Ejecución,

Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de

Procesos.

Gualán Gualán, María del Cisne (2018) El lucro cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros y la incidencia en la recaudación tributaria en el Ecuador.

Trabajo de investigación previo a la obtención del Grado Académico de Magister en

Administración Jurídico Tributaria y Financiera. Facultad de Ciencias

Administrativas, Dirección de Posgrado, Quito: UCE. 127 p.

Page 3: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

iii

DERECHOS DE AUTOR

Yo, Ing. María del Cisne Gualán Gualán , en calidad de autora y titular de los derechos

morales y patrimoniales del trabajo de investigación, EL LUCRO CESANTE

PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE SEGUROS; Y, LA

INCIDENCIA EN LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN EL ECUADOR, concedo

a favor de la Universidad Central del Ecuador una licencia gratuita, intransferible y no

exclusiva para el uso no comercial de la obra, con fines estrictamente académicos.

Conservo a mi favor todos los derechos de autor sobre la obra, establecidos en la

normativa citada.

Asimismo autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la

digitalización y publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual, de

conformidad a lo dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

El autor declara que la obra objeto de la presente autorización es original en su forma de

expresión y no infringe el derecho de autor de terceros, asumiendo la responsabilidad

por cualquier reclamación que pudiera presentarse por esta causa y liberando a la

Universidad de toda responsabilidad.

En la ciudad de Quito, a los 24 días del mes de mayo de 2018

Ing. María del Cisne Gualán Gualán

CC: 171434059-1

[email protected]

Page 4: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

iv

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

Yo, Dr. Marco Marcelo León Alvear, en calidad de tutor del trabajo de investigación,

EL LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE

SEGUROS; Y, LA INCIDENCIA EN LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN EL

ECUADOR, elaborado por la estudiante, Ing. María del Cisne Gualán Gualán de la

Maestría en Administración Jurídico Tributaria y Financiera, Dirección de Posgrado de

la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Central Del Ecuador,

APRUEBO, en consideración que el trabajo de titulación reúne los requisitos y méritos

necesarios en el campo metodológico y epistemológico, para ser sometido al jurado

examinador que se designe en virtud de continuar con el proceso de titulación

determinado por la Universidad Central del Ecuador.

En la ciudad de Quito a los 24 días del mes de mayo del 2018

Dr. Marco Marcelo León Alvear

C.C. 170389665-2

Page 5: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

v

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL NIVEL DE SIMILITUD DEL TRABAJO DE

INVESTIGACIÓN

Yo, Dr. Marco Marcelo León Alvear, en calidad de tutor del trabajo de investigación,

EL LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE

SEGUROS; Y, LA INCIDENCIA EN LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN EL

ECUADOR, elaborado por la estudiante Ing. María del Cisne Gualán Gualán de la

Maestría en Administración Jurídico Tributaria y Financiera, Dirección de Posgrado de

la Faculta de Ciencias administrativas de la Universidad Central Del Ecuador.

APRUEBO, el nivel de similitud en correspondencias con los parámetros establecidos

considerando el resultado del programa especializado para tal efecto, el análisis y

revisión personal.

Se anexa la hoja resumen del programa especializado en imagen PDF.

En la ciudad de Quito, a los 11 días del mes de julio del 2018

Dr. Marco Marcelo León Alvear

C.C. 170389665-2

Page 6: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

vi

ANÁLISIS URKUND

Page 7: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

vii

DEDICATORIA

A mi madre Elvira María Gualán Romero, por su

paciencia, amor y apoyo incondicional, en la

culminación de mis mejores anhelos.

Mi padre Ángel Pompeyo Gualán, por sus oraciones y

bendiciones, para que siempre Dios guie mi camino,

Mis padres Adoptivos Dra. Susana Celimar Pineda e

Iván Yaguachi, por sus consejos, su bondad y

altruismo de formarme siempre una mujer de bien, y

que merecen mi cariño, respeto y consideración.

A los señores Nelly Vaca y Efraín Olegario Sánchez

por regalarme su tiempo, ser mis ejemplos, brindarme

su cariño y apoyo en los momentos difíciles de mi

vida.

A mis ángeles Ing. Rommel Alberto Sánchez Guevara

(+); y, Lic. Bertha Revelo Cañas (+).

María del Cisne Gualán Gualán

Page 8: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

viii

AGRADECIMIENTOS

A Dios por darme la vida, al Señor de la Justicia y Virgen del Cisne, por guiar y

proteger, mi camino.

A mis padres razón de mi vida, ejemplo de lucha, trabajo, honestidad, responsabilidad,

sacrificio, humildad y sencillez. Gracias a mis hermanos Geovanny, Lady. Gladys,

Patricia, por su paciencia y reflexión por compartir tropiezos, y alegrías de los cuales

hemos sido triunfadores, por su confianza y ser un gran apoyo en todo momento.

Gracias a mis sobrinos Daniela, Martin, Pablo, Matías, Camila y Alan Ricardo, por su

dulzura, por sacarme sonrisas, por ser mi alegría y esperanza de que vendrán días

mejores para bien de toda mi familia.

Un especial agradecimiento al Dr. Marco León Alvear, quien me hizo ver las

dimensiones de la vida, fortaleciendo mis principios y valores, enseñándome que los

sueños se cumplen siempre y cuando luche por ellos, y haberme orientado

acertadamente en la elaboración de este trabajo de investigación. DIOS LE PAGUE

Doctor Marco.

A la Universidad Central del Ecuador, por permitirme realizar mis estudios superiores.

A la Dirección de Posgrado, en la persona del Sr. Dr. Efraín Becerra Paguay; y,

colaboración de los Sres. Lcds. Andrea Sánchez y Jonathan Cabrera.

Gracias también a Luis Fabián, Cristian, Jorge Luis, Hernán, Cristina, quienes no

escatimaron tiempo ni espacio en la espera de la culminación de las jornadas de estudio.

Finalmente, agradezco a todas las personas que de una u otra manera coadyuvaron en la

realización y culminación del presente trabajo.

María del Cisne Gualán Gualán

Page 9: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

ix

CONTENIDO

Pág.

DERECHOS DE AUTOR ............................................................................................... iii

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN ...................... iv

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL NIVEL DE SIMILITUD DEL TRABAJO

DE INVESTIGACIÓN ......................................................................................... v

ANÁLISIS URKUND ..................................................................................................... vi

DEDICATORIA ............................................................................................................. vii

AGRADECIMIENTOS ................................................................................................. viii

CONTENIDO .................................................................................................................. ix

LISTA DE TABLAS ..................................................................................................... xiv

LISTA DE FIGURAS .................................................................................................... xv

LISTA DE ANEXOS ................................................................................................... xvii

RESUMEN .................................................................................................................. xviii

ABSTRACT .................................................................................................................. xix

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 1

CAPITULO I .................................................................................................................... 3

1. GENERALIDADES ............................................................................................. 3

1.1. El Problema .......................................................................................................... 3

1.2. Objetivos ............................................................................................................... 4

1.2.1. Objetivo General ................................................................................................... 4

1.2.2. Objetivos Específicos ........................................................................................... 4

1.3. Justificación .......................................................................................................... 4

1.3.1. Teórica .................................................................................................................. 5

1.3.2. Metodológica ........................................................................................................ 5

1.3.3. Práctica ................................................................................................................. 5

1.3.4. Académica ............................................................................................................ 6

1.4. Marco referencial .................................................................................................. 6

1.5. Marco Teórico ...................................................................................................... 7

1.6. Marco Conceptual ................................................................................................. 8

1.7. Marco Legal .......................................................................................................... 8

Page 10: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

x

1.8. Hipótesis ............................................................................................................... 8

1.9. Metodología .......................................................................................................... 9

1.9.1. Tipos de Investigación .......................................................................................... 9

1.10. Métodos de Investigación ................................................................................... 10

1.11. Fuentes de Investigación ..................................................................................... 11

1.12. Técnicas de la Investigación ............................................................................... 12

CAPITULO II ................................................................................................................. 13

2. LUCRO CESANTE EN LAS INDEMNIZACIONES DE SEGURO ............... 13

2.1. El Seguro ............................................................................................................ 13

2.1.1. Elementos del sistema de seguro ........................................................................ 13

2.1.2. Ramos de seguros ............................................................................................... 14

2.2. Póliza de Seguros ................................................................................................ 15

2.2.1. Requisitos de la Póliza de Seguros ..................................................................... 16

2.2.2. Tipos de Pólizas de seguros ................................................................................ 16

2.2.3. Condiciones de la Póliza de Seguros .................................................................. 16

2.2.4. Características de las Condiciones Particulares de la Póliza de Seguros ........... 17

2.3. Primas de Seguros ............................................................................................... 18

2.4. Obligación de Pagar la Prima de Seguro ............................................................ 19

2.5. Siniestralidad en Seguros .................................................................................... 19

2.5.1. Definición de Siniestro ....................................................................................... 19

2.5.2. Obligación del asegurado cuando ocurre el siniestro ......................................... 20

2.5.3. Tipos de Siniestros .............................................................................................. 20

2.6. Indemnización de Seguros .................................................................................. 21

2.6.1. Requisitos para el cobro de indemnizaciones de seguros ................................... 22

2.7. Daños Patrimoniales Económicos ...................................................................... 22

2.7.1. El Daño Emergente ............................................................................................. 23

2.7.2. Lucro Cesante ..................................................................................................... 24

2.8. Reclamos Administrativos para el cobro de indemnizaciones por seguros ........ 25

CAPITULO III ............................................................................................................... 27

3. PROCESO JUDICIAL CIVIL EN EL ECUADOR PARA EL COBRO DE

INDEMNIZACIONES POR SEGUROS ........................................................... 27

3.1. Prueba de Siniestro para la Reclamación Judicial Civil ..................................... 27

Page 11: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xi

3.2. Tipo de Procedimiento Judicial .......................................................................... 28

3.3. Flujogramas de Procedimiento Ordinario ........................................................... 29

3.4. Instancias Judiciales ............................................................................................ 29

3.5. Sujetos del Proceso Judicial ................................................................................ 30

3.6. Demanda, y enunciación de pruebas................................................................... 30

3.6.1. Contenido de la demanda .................................................................................... 31

3.6.2. Calificación de la demanda ................................................................................. 32

3.7. Notificación y términos ...................................................................................... 33

3.8. Despacho de pruebas .......................................................................................... 35

3.8.1. Diligencias Preparatorias .................................................................................... 36

3.8.2. Inspección Judicial .............................................................................................. 36

3.8.3. Peritajes contables .............................................................................................. 36

3.8.4. Audiencia Preliminar y Definitiva ...................................................................... 38

3.9. Sentencia de Primera Instancia Ejecutoriada ...................................................... 38

3.10. Recurso de Apelación Corte Provincial .............................................................. 40

3.11. Recurso de Casación Corte Nacional de Justicia ................................................ 41

3.12. Mandamiento de pago y término para el pago .................................................... 42

3.13. Embargo de bienes .............................................................................................. 43

3.14. Quiebra, embargo de bienes y retención de fondos de la empresa

aseguradora ......................................................................................................... 44

3.15. Consignación de valores ..................................................................................... 45

3.15.1. Cumplimiento del Mandamiento de Ejecución con la consignación de

valores ................................................................................................................. 47

3.15.2. Bancarización para la entrega de valores por procesos judiciales ...................... 48

CAPÍTULOS IV ............................................................................................................. 50

4. ANÁLISIS DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO A

LA RENTA POR LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS

INDEMNIZACIONES POR SEGUROS ........................................................... 50

4.1. Definición de Renta ............................................................................................ 50

4.2. Objeto del Impuesto a la Renta ........................................................................... 51

4.3. Nacimiento y Exigibilidad de la Obligación Tributaria ..................................... 51

4.4. Sujetos del Impuesto a la Renta .......................................................................... 51

Page 12: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xii

4.5. Base Imponible ................................................................................................... 52

4.6. Tarifas de Impuesto a la Renta ........................................................................... 52

4.7. Exenciones del Impuesto a la Renta ................................................................... 53

4.7.1. Liquidación y Determinación del Impuesto a la Renta....................................... 54

4.7.2. Tarifas y formularios para la declaración del Impuesto a la Renta .................... 54

4.8. Legislación tributaria del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante de los

países de América del Sur ................................................................................... 57

4.8.1. Argentina ............................................................................................................ 57

4.8.2. Bolivia ................................................................................................................. 58

4.8.3. Brasil ................................................................................................................... 59

4.8.4. Chile .................................................................................................................... 59

4.8.5. Colombia ............................................................................................................. 60

4.8.6. Ecuador ............................................................................................................... 61

4.8.7. Paraguay ............................................................................................................. 62

4.8.8. Perú ..................................................................................................................... 62

4.8.9. Uruguay .............................................................................................................. 63

4.8.10. Venezuela ........................................................................................................... 63

4.9. Recaudación tributaria por indemnizaciones de seguros en el Ecuador ............. 66

4.10. Indemnizaciones de seguros pagadas por las empresas aseguradoras en el

Ecuador, a través de procesos judiciales civiles ................................................. 74

CAPITULO V ................................................................................................................ 81

5. DISEÑO DE MODELO DE PROCESOS PARA LA DECLARACIÓN Y

PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA POR LUCRO CESANTE

PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE SEGUROS POR

VÍA JUDICIAL .................................................................................................. 81

5.1. Introducción ........................................................................................................ 81

5.2. Objetivo .............................................................................................................. 81

5.3. Alcance ............................................................................................................... 82

5.4. Procedimientos Operativos ................................................................................. 82

5.4.1. Convenio de Cooperación Interinstucional Consejo de la Judicatura, Ban

Ecuador, Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; y, Servicio

de Renta Internas ................................................................................................ 82

Page 13: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xiii

5.5. Resolución del Servicio de Rentas Internas ........................................................ 93

5.6. Formulario de depósito por valores consignados ............................................... 98

5.7. Oficio del depósito de valores consignados. ....................................................... 99

5.8. Formulario para entrega de valores consignados al beneficiario de la

indemnización de seguro. ................................................................................. 102

5.9. Aplicación de Tabla de Impuesto a la Renta para personas naturales y

jurídicas según el monto de la indemnización por lucro cesante

proveniente de seguros. .................................................................................... 102

5.9.1. Conclusión ........................................................................................................ 104

5.10. Formulario de pago del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante, y

retención de valores consignados. .................................................................... 108

5.11. Depósito de Retención de valores por Impuesto a la Renta por Lucro

Cesante, por Ban Ecuador al Servicio de Rentas Internas. ............................... 108

5.12. Flujograma de procedimientos para los depósitos y retiros de valores

consignados. ...................................................................................................... 109

5.13. Proceso Judicial Civil, incoado por asegurado en contra de Aseguradora

por indemnización de seguro. ........................................................................... 111

CAPITULO VI ............................................................................................................. 123

6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................... 123

6.1. Conclusiones ..................................................................................................... 123

6.2. Recomendaciones ............................................................................................. 124

BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................................... 125

ANEXOS ...................................................................................................................... 129

Page 14: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xiv

LISTA DE TABLAS

Nº Tablas Pág.

Tabla 1 Clasificación de métodos de Investigación ....................................................... 10

Tabla 2 Fuentes de Investigación ................................................................................... 11

Tabla 3 Tabla de Impuesto a la Renta ............................................................................ 55

Tabla 4 Periodos de declaración ..................................................................................... 55

Tabla 5 Lucro Cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros en

América. .............................................................................................................. 65

Tabla 6 Servicio de Rentas Internas. -Recaudación Tributaria Año. 2016 .................... 69

Tabla 7 Servicio de Rentas Internas. -Recaudación Tributaria Año. 2016 ................... 70

Tabla 8 Monto y porcentaje de Recaudación Año 2016 ................................................ 71

Tabla 9 Monto y porcentaje de Recaudación Año 2017 ................................................ 73

Tabla 10 Compañías de Seguros Ecuador. ..................................................................... 75

Tabla 11 Siniestros pagados año 2016. SCVS. .............................................................. 76

Tabla 12 Siniestros pagados año 2017. SCVS. .............................................................. 77

Tabla 13 Siniestros pagados Lucro Cesante. Año 2016 ................................................. 78

Tabla 14 Siniestros pagados Lucro Cesante. Año 2017 ................................................. 79

Tabla 15 Calculo pericial .............................................................................................. 104

Tabla 16 Impuesto a la Renta personas naturales ......................................................... 107

Tabla 17 Calculo de Impuesto a la renta por lucro cesante. ......................................... 107

Tabla 18 Clasificador presupuestario ........................................................................... 109

Tabla 19 Liquidación pericial ....................................................................................... 119

Tabla 20 Impuesto a la renta personas naturales 2017 ................................................ 121

Tabla 21 Liquidación pericial ....................................................................................... 121

Tabla 22 Rango para el cálculo del Impuesto a la renta ............................................... 122

Tabla 23 Valor a pagar por Impuesto a la renta ........................................................... 122

Page 15: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xv

LISTA DE FIGURAS

Nº Figuras Pág.

Figura 1 Marco Legal ....................................................................................................... 8

Figura 2 Procedimiento Ordinario .................................................................................. 29

Figura 3 Procedimiento Ordinario .................................................................................. 30

Figura 4 Demanda .......................................................................................................... 32

Figura 5 Calificación de la demanda. ............................................................................. 33

Figura 6 Términos .......................................................................................................... 35

Figura 7 Providencia ....................................................................................................... 37

Figura 8 Providencia ....................................................................................................... 40

Figura 9 Recurso de Apelación ...................................................................................... 41

Figura 10 Recurso de Apelación .................................................................................... 43

Figura 11 Mandamiento de Ejecución ............................................................................ 44

Figura 12 Recurso de Apelación .................................................................................... 45

Figura 13 Consignación de valores ................................................................................ 47

Figura 14 Providencia para retiro de valores consignados. ............................................ 48

Figura 15 Formularios para declaración ......................................................................... 56

Figura 16 Recaudación Tributaria en miles de dólares 2016 ......................................... 71

Figura 17 Porcentaje de Recaudación. Año 2016 .......................................................... 72

Figura 18 Recaudación en miles de dólares. Año 2017 ................................................ 73

Figura 19 Porcentaje de Recaudación. Año 2017 ......................................................... 73

Figura 20 Incidencia recaudación tributaria y Siniestros Pagados. Año 2016. .............. 78

Figura 21 Incidencia recaudación tributaria y Siniestros Pagados. Año 2017. .............. 79

Figura 22 Formulario de Declaración ............................................................................. 97

Figura 23 Certificado de Depósito Judicial .................................................................... 99

Figura 24 Escrito Consignación de Valores ................................................................. 100

Figura 25 Providencia de Retiro de valores.................................................................. 101

Figura 26 Orden de Retiro de Fondos .......................................................................... 102

Figura 27 Retiro de valores consignados ...................................................................... 106

Figura 28 Llenado de formulario para el pago de impuesto a la renta lucro cesante. .. 108

Figura 29 Depósitos Judiciales ..................................................................................... 110

Page 16: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xvi

Figura 30 Depósitos Judiciales ..................................................................................... 110

Figura 31 Análisis valores consignados ....................................................................... 120

Page 17: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xvii

LISTA DE ANEXOS

Nº Anexos Pág.

Anexo A Oficio Nº 117012018OSTR003086 .............................................................. 129

Anexo B Oficio de Respuesta Nº 917012017OCEF001475 ........................................ 132

Anexo C Certificación de Documentos materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico Nº 20181701009C01200 ................................... 134

Anexo D Certificación de documentos materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico N º 20181701009C01199 .................................. 137

Anexo E Certificación de Documentos Materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico Nº 20181701009C01196 ................................... 140

Anexo F Certificación de documentos materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico Nº 20181701009C1197 ..................................... 143

Anexo G Certificación de documentos materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico Nº 20181701009C01198 ................................... 162

Anexo H Certificación de documentos materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico Nº 20181701009C01201 ................................... 169

Anexo I Certificación de documentos materializados desde página web o de

cualquier soporte electrónico Nº 20181701009C1202 ..................................... 173

Page 18: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xviii

EL LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE

SEGUROS; Y LA INCIDENCIA EN LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA EN

EL ECUADOR

Autor: Ing. María del Cisne Gualán Gualán

Tutor: Dr. Marco Marcelo León Alvear.

Fecha: Julio de 2018

RESUMEN

El presente proyecto de investigación aborda el estudio y análisis por la incidencia del

lucro cesante, proveniente de las indemnizaciones de seguros cuando los asegurados y/o

tomadores del seguro les ha sido negado el pago por el siniestro por parte del

asegurador; por lo que, agotadas todas las instancias administrativas, se ven obligados a

demandar por vía judicial civil; cuando se ejecutoria la sentencia y se cumple el

mandamiento de ejecución, la aseguradora paga por daño emergente; es decir, el valor

por el siniestro mismo; y los, valores adicionales generados como ganancia extra; y

costas procesales. Esta ganancia extra, está gravada con el Impuesto a la Renta. Con

este estudio se presentará el Modelo de Procesos para la declaración y pago, que servirá

como herramienta para la Administración Tributaria, en cuanto a la facultad

recaudadora de la misma. La elaboración y aplicación de procedimientos para el cobro

del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante, se aplicó el diseño de investigación tipo

histórico y descriptivo con un diagnóstico comparativo del lucro cesante en las

indemnizaciones de seguros, se utilizó los métodos teóricos y empíricos, de orientación

paradigmática cuantitativo y cualitativo. Se identificó que el Lucro Cesante proveniente

de las indemnizaciones de seguros incrementa el patrimonio de las personas naturales y

jurídicas; y, por lo tanto, grava impuesto a la renta.

PALABRAS CLAVES: LUCRO CESANTE / DAÑO EMERGENTE / INDEMNIZACIÓN

DE SEGUROS / SENTENCIA EJECUTORIADA / MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN /

CONSIGNACIÓN DE VALORES / RECAUDACIÓN TRIBUTARIA.

Page 19: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

xix

THE LOSS OF PROFIT IN THE INSURANCE COMPENSATIONS AND ITS

EFFECT ON THE TAX COLLECTION IN ECUADOR

Author: Eng. María del Cisne Gualán Gualán

Tutor: Dr. Marco Marcelo León Alvear

Date: July 2018

ABSTRACT

This research project analyzes the effect of the loss of profit produced by the insurance

compensations when people insured have been denied the payment of the accident by

the insurance company; therefore, once all the administrative proceedings have been

exhausted, these people need to file a suit. When the sentence is final, the insurance

company must pay for consequential damage, it is to say, the payment for the accident

itself and the aditional values generated such as extra profit and judicial charges. This

extra profit is taxed as Income Tax. With this study it will be presented the Proceedings

Model for the declaration and payment that will work as a tool for the Tax

Administration, in terms of its collecting faculty. For the elaboration and application of

proceedings for the collection of Income Tax due to loss of profit, it was applied a

historical and descriptive research, with a comparative diagnosis of the loss of profit in

the insurance compensation. Theoretical and empirical methods were used, and a

qualitative and quantitative focus. It was learnt that the loss of profit from the

compensations in insurances increases the patrimony of the natural and legal persons;

therefore, accounts for income taxes.

KEY WORDS: LOSS OF PROFIT/ CONSEQUENTIAL DAMAGE/ INSURANCE

COMPENSATIONS/ EXECUTED SENTENCE/ EXECUTION ORDER/

PAYMENTS/ TAX COLLECTION.

Page 20: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

1

INTRODUCCIÓN

El presente proyecto de investigación aborda el tema Análisis del Lucro Cesante en

las indemnizaciones del Seguros e incidencia en la Recaudación Tributaria en el

Ecuador.

En la actualidad, para los asegurados el lucro cesante proveniente de la

indemnización de seguros constituye otra fuente de ingreso de renta patrimonial, sin

diferenciar que la sola indemnización de seguros constituye el daño emergente; y, que

obligatoriamente la aseguradora cumple por el contrato de seguro, que es Ley para las

partes; más no el lucro cesante.

El lucro cesante al ser parte de la indemnización de seguros a la que tienen derecho

los asegurados, por la reclamación vía judicial determinada por sentencia ejecutoriada;

configurada en auto de pago y consignación de valores por parte de la aseguradora

demandada; ya que, excede el monto de daño emergente; convirtiéndose en ingreso que

grava impuesto a la renta; ya que, es la ganancia que se dejó de percibir mientras dura la

tramitación del proceso.

Por otra parte, el Impuesto a la Renta grava a todos los ingresos de fuente

ecuatoriana, provenientes del trabajo y del capital, que consiste en dinero, especies o

servicios; por ende, el Lucro Cesante, es una renta susceptible de producir un

incremento en la renta patrimonial al momento de su percepción; y, que no es declarada,

a pesar de estar estipulada dentro de ley y reglamento.

Este proyecto de investigación, es importante; ya que, las reformas tributarias

realizadas en los últimos años, tienen incidencia en la recaudación y capacidad

contributivas de los principales tributos directos e indirectos de recaudación nacional;

por lo que se requiere que estas recaudaciones se incrementen, para mejorar la obra

pública del país; por lo que, se determinará procesos, tarifas, y formas de pago de

Impuesto a la Renta por valores recibidos por concepto de lucro cesante en las

indemnizaciones de seguros obtenidas por vía judicial civil.

Page 21: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

2

Esta propuesta se realizará, en cinco capítulos, el primer capítulo, se refiere a las

últimas investigaciones con respecto del tema, el planteamiento del problema, los

objetivos generales y objetivos específicos, la justificación, marco referencia y la

metodología.

En el segundo capítulo se desarrolla el marco teórico referencial, que da sustento a

esta investigación, el seguro y sus elementos, el daño emergente, el lucro cesante y sus

exenciones tributarias.

El capítulo Tercero, corresponde al proceso judicial civil, que demuestra el

procedimiento civil que tienen que seguir los asegurados o tomadores del seguro para

demandar el pago de la indemnización de seguro; y, abarca todo proceso de ejecutar la

sentencia emitida por autoridad competente y está llamada a cumplirse

obligatoriamente, con las formas de pago existentes para el cumplir con el mandamiento

de ejecución; y,

El capítulo Cuarto, corresponde analizar la incidencia de la recaudación tributaria del

impuesto a la renta por lucro cesante en el Ecuador, en donde se realiza la comparación

de la legislación tributaria respecto impuesto a la renta en los países de América del Sur;

y,

El capítulo Cinco se desarrolla la propuesta del diseño del modelo de procesos para

declaración y pago del impuesto a la renta por lucro cesante en las indemnizaciones de

seguros por vía judicial civil.

Con el desarrollo de todos los capítulos se pretende mejorar la recaudación tributaria

en el Ecuador; y, mejorar la cultura tributaria de los contribuyentes.

Page 22: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

3

CAPITULO I

1. GENERALIDADES

1.1. El Problema

(Gómez, 2012), señala que se debe concretar en una interrogante de forma precisa y

clara, lo que se pretende obtener, en la formulación de cargos, indicando varias

soluciones. El planteamiento del problema permite comprender el tema a investigar,

reduciendo los aspectos más importantes tomando en cuenta que todo problema surge

de una necesidad; por lo que, se establece las directrices para lograr los objetivos

propuestos.

La ley considera que las indemnizaciones por seguros no son objeto de renta, pero

debemos hacer la diferenciación que la sola indemnización de seguros constituye el

daño emergente que la aseguradora cumple obligatoriamente sobre el monto del bien

asegurado; pero el Lucro Cesante al ser parte de la indemnización de seguros a la que

tienen derecho los asegurados por la reclamación vía judicial; determinada por sentencia

ejecutoriada; y exceda del monto de Daño Emergente (etapa de ejecución de la

sentencia), constituyéndose un ingreso gravable, produciendo un incremento en la renta

patrimonial al momento de su percepción real siendo el pago de ganancia cierta dejada

de percibir mientras dura la tramitación del proceso. La Administración Tributaria, no

ha creado un mecanismo para recaudación de Impuesto a la Renta por Lucro Cesante

provenientes de indemnizaciones de seguros, que cumpla con los procesos que

comprenda el diseño de unidad tributaria, tarifas, y formas de pago, mediante la

tramitación de procesos judiciales civiles.

Este trabajo de investigación, servirá para entregar información relevante y

solucionar el problema de la recaudación de Impuesto a la Renta, por lucro cesante, una

vez realizado el análisis de la incidencia en esta; por lo tanto, es relevante conocer el

tratamiento tributario; contribuyendo a determinar el hecho generador del impuesto a la

renta; ya que debe crearse con ajustes importantes conforme los procedimientos

judiciales vigentes, aplicados a este tipo de reclamación; por la incorporación de un

nuevo impuesto.

Page 23: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

4

1.2. Objetivos

(Hernández, Fernández, & Baptista, 2014), manifiesta que los objetivos deben estar

indicados de forma clara; ya que, constituyen las directrices a seguir, como guía de

estudio.

1.2.1. Objetivo General

Son las metas que comprenden, que describen en realidad lo que se intenta conocer o

realizar durante el proceso de investigación (Hernández, Fernández, & Baptista, 2014).

El desarrollo de la investigación del lucro cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros, tiene el propósito de mejorar la recaudación tributaria.

1.2.2. Objetivos Específicos

Sistematizar el conocimiento científico sobre el Lucro Cesante en las

indemnizaciones de seguros.

Especificar los procesos judiciales civiles en el Ecuador para el cobro de

indemnizaciones de seguros.

Analizar la recaudación tributaria del Impuesto a la Renta, por lucro cesante

proveniente de las indemnizaciones por seguros; y, comparar la legislación

tributaria del impuesto a la renta por lucro cesante de los países de América del

Sur.

Diseñar la propuesta del modelo de procesos para realizar el pago en caso de

haberlo y la declaración respectiva del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante

provenientes de indemnizaciones de seguros por vía judicial.

1.3. Justificación

(Hernández, Fernández, & Baptista, 2014), manifiesta que analizar el porqué de la

investigación es el objetivo de la justificación de la misma; se debe, detallar las

razones, demostrando que la investigación es importante y necesaria, así mismo; Bernal

(2010), señala que la investigación explicara las razones del porque y para qué;

exponiendo los motivos para su realización.

Page 24: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

5

1.3.1. Teórica

El propósito de la presente investigación es aportar al conocimiento existente sobre

el estudio del análisis del lucro cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros.

Es factible; ya que da lugar al Diseño del Modelo de Procesos para la declaración y

pago si fuera el caso, del impuesto a la Renta por lucro cesante proveniente de

indemnizaciones de seguros por vía judicial civil.

Esta investigación podrá sistematizarse como una propuesta necesaria ya que

permitirá a la Administración Tributaria ampliar sus facultades determinadora,

resolutiva y recaudadora, en tanto constituye el factor normativo regulador de los

procesos de recaudación tributaria. Además, la Función Judicial coadyuvará a ejercer el

control del pago de Impuesto a la Renta.

1.3.2. Metodológica

Dado que no hay una legislación tributaria específica, sobre la reparación por daño

producidos por la siniestralidad y que es resarcida con las indemnizaciones de seguros;

estas reparaciones estarían gravadas por el Impuesto a la Renta, correspondiente al lucro

cesante; mas no el daño emergente.

La elaboración y aplicación de procedimientos para el cobro del Impuesto a la Renta

por Lucro Cesante, mediante la utilización de las técnicas de investigación y una vez

que sea demostrada su validez y confiabilidad pueda ser utilizado en otros trabajos de

investigación, pudiendo incrementarse en la legislación tributaria correspondientes a

otros regímenes tributarios.

1.3.3. Práctica

Este proyecto de investigación se realiza porque existe la necesidad de incrementar la

recaudación tributaria; a través de valores efectivamente pagados por sentencias

ejecutoriadas en procesos judiciales civiles incoados tanto por personas naturales como

jurídicas en contra de las aseguradoras, mediante autos de pago y consignaciones

realizadas; con la finalidad de promover el pago del Impuesto a la Renta por Lucro

Cesante.

Page 25: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

6

1.3.4. Académica

Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 350, señala que la formación

académica y profesional con visión humanística, científica y tecnológica, es la finalidad

del sistema de educación superior; y, completa, indicando que la promoción, desarrollo,

innovación, difusión y desarrollo de los saberes y culturas coadyuvaran a solucionar los

problemas y cumplir con los objetivos de desarrollo.

Por lo que es función de la Universidad hacer este tipo de investigación para generar

conocimiento para el desarrollo del país, y en consecuencia el presente tema de

investigación coadyuvará a generar conocimiento científico jurídico – tributario sobre el

Lucro Cesante en las indemnizaciones de seguros a través de procesos judiciales civiles;

mejorando la recaudación de valores por Impuesto a la Renta.

1.4. Marco referencial

Tesis de la Universidad San Francisco de Quito, elaborada por Abg. Javier Arízaga

Pérez, (2015), versa el tema de la reparación del daño moral y su causación en el

Impuesto a la renta, demostrándose con jurisprudencia, doctrina y la comparación del

derecho civil, que en el ámbito tributario se convierte en ingreso que se entrega al

sufrido del daño moral, como compensación por lo tanto tiene un efecto de restitución,

satisfactorio en dinero, e incrementa su patrimonio.

Tesis de la Pontificia Universidad Javeriana de la República de Colombia, elaborada

por Bernardo Botero Morales (2009), versa el tema: de la perdida de la utilidad bruta,

aplicando la forma inglesa en el seguro de Lucro Cesante, tomando en consideración el

valor a indemnizar y que incrementa el patrimonio de quien lo recibe.

Tesis de la Universidad San Francisco de Quito, elaborada por David Fernando

García Salazar (2011), versa el tema de la resolución de conflictos derivados de la

póliza de seguro, es decir el contrato de seguro, conforme lo dispone la Ley General de

Seguros, artículo 42.

Page 26: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

7

1.5. Marco Teórico

Según (Castelo & Guardiola, 2013), en el Diccionario Mafre de Seguros, luego de

realizar una actualización después de dos ediciones impresas, nos indica que la utilidad

que se dejó de percibir, y que, se mide por lo que se ha obtenido por no producir las

actividades que causaban esta utilidad o ganancia, denominándose el lucro cesante.

Además, lo que se dejó de percibir fue producto de un daño nefasto, ya que no

aumenta el patrimonio, a causa de la perdida de la ganancia por la actuación del deudor.

El Señor Profesor del Instituto de Investigaciones y Estudios Jurídicos de la

Pontificia Universidad Javeriana, (Bustamante, 1983) en su obra, Manual de Principios

Jurídicos del Seguro, después de realizar un análisis sobre el Derechos de seguros,

concluyo que la indemnización de seguros podrá comprender a la vez del daño

emergente y el lucro cesante, por lo que, el lucro cesante es una de las más probables

fuentes de enriquecimiento; y, la aplicación de carácter indemnizatorio del seguro se

refiere a todos los seguros reales; y, los límites para la indemnización comprende:

El monto de la suma asegurada, valor real del interés asegurado en el momento del

siniestro; y, el perjuicio del patrimonio sufrido por el tomador del seguro, con su valor

real y efectivo dándole alcance de la indemnización.

Por lo tanto, para determinar el daño ocasionado hay que valorar el perjuicio que la

incapacidad produce, sobre el patrimonio de quien reclama la indemnización.

(Bernal J. , 2012), Las indemnizaciones recibidas afectan al Impuesto a la Renta, ya

que son los valores computables al bien siniestrado en relación al riesgo asegurado, por

lo que, se repone el bien después en un tiempo de seis meses; y, la adquisición del bien

siniestrado en dieciocho meses, en ambas situaciones, después de haber entregado al

asegurador el monto de indemnización; y,

(Serral, 2014), señala que el “quantum” del lucro cesante es producto de la exigencia

rigurosa y restrictiva, de la jurisprudencia, con la respectiva valoración, existiendo una

Page 27: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

8

conexión con la causa del siniestro y el beneficio dejado de recibir, denominándose el

lucro cesante reclamado.

Entonces el pago por lucro cesante proveniente de la indemnización de seguros

cancelada por un siniestro a través de procesos judiciales civiles, no solamente

constituye el pago de la suma del valor asegurado; sino, también el incremento con un

valor adicional, siendo este, un valor cuantificable, que no se encuentra exento de

impuesto a la renta.

1.6. Marco Conceptual

Lucro Cesante, Daño Emergente, indemnización de seguros, sentencia ejecutoriada,

mandamiento de ejecución, Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, recaudación

tributaria, convenio interinstitucional.

1.7. Marco Legal

Figura 1 Marco Legal

1.8. Hipótesis

Aplica______ No Aplica X

Page 28: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

9

1.9. Metodología

1.9.1. Tipos de Investigación

Definición. – Para evitar las posibles equivocaciones cuando se elige el método

pertinente y adecuado, de cualquier procedimiento necesario con un conocimiento

específico es la investigación; y, encontrar soluciones para problemas de tipo tributario,

administrativo, financiero, social, educativo, etc.

Importancia: El conocimiento de la investigación permite generar conocimientos

concretos y certeros de las personas, abriendo posibilidades de todo tipo como los

ámbitos culturales, sociales, tributarios, personales, empresariales, ambientales, etc.,

permitiendo la evolución del ser humano, ya que permite que progrese y desarrollo a

través de conocimientos adquiridos.

Clasificación: (Tamayo, 2013) señala los siguientes tipos de investigación:

Histórica.

Descriptiva.

Experimental

Documental.

De campo.

Aplicación. - El presente trabajo, comprende el nivel de investigación de tipo

histórico y descriptivo con un diagnostico comparativo del lucro cesante en las

indemnizaciones de seguros, porque comprende el registro, análisis e interpretación de

datos de la Recaudación Tributaria por Impuesto a la Renta, y la no recaudación de este

impuesto por Lucro Cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros a través de

las instancias judiciales civiles.

La investigación documental, tiene como objeto hacer un análisis de la información

sobre El Seguro, las indemnizaciones de seguros, el Lucro Cesante provenientes de

estas; y, sus formas de cobro a través de reclamos administrativos e instancias judiciales

civiles, con el propósito de establecer la incidencia en la recaudación tributaria; y, su

influencia en el presupuesto del Estado, esta se caracteriza por la utilización de registros

Page 29: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

10

gráficos y numéricos; y, que se deriva del estudio de los montos cancelados por

indemnizaciones de seguros en instancias judiciales, en los archivos expuestos por el

Consejo de la Judicatura y aseguradoras del país; y,

La investigación de campo permite relacionarse directamente con el contexto del

lugar de la investigación, estar en contacto con los informantes de calidad, para producir

la información empírica; poniéndonos en contacto directo con la población y muestra.

1.10. Métodos de Investigación

Definición: (Herrera, 2013), señala que el método proviene de dos raíces griegas:

META= camino, o lo largo de, ODOS = camino, entendiéndose como: los

procedimientos para el logro del objeto fijado.

Importancia: Los métodos de investigación son importantes porque constituyen una

herramienta que sirve para llegar al conocimiento verdadero del problema planteado.

Clasificación: Los métodos de investigación se clasifican en:

Tabla 1 Clasificación de métodos de Investigación

En: https://es.slideshare.net/ug-dipa/tipos-y-mtodos-de-investigacin

Tipo de Método Clasificación Descripción

Teòrico Análisis y Sintesis

Descomponer el objeto de estudio en sus partes para estudiarlas de

forma individual

Deduccion e Induccion Integrar los componentes dispersos para estudiarlos en su totalidad

Hipotetico deductivo Estudia los fenomenos descomponiendolos en sus partes a las que

examina de forma individual (anàlisis) y luego las integra para

evaluarlas de forma integral (sintesis)

Deductivo Razonamiento que posiblita establecer predicciones partiendo de lo

general para explicar lo particular

Inductivo Razonamiento que posibilida obtener conclusiones generales a partir

de los hechos particulares

Historico Aplicado al analisis de los hechos de determinada epoca y su relacion

con otros.

Empiricos

Observacion Metodo de recoleccion de informacion en forma sistematica, vàlida,

confiable, e intencionada.

Medición Puede usarse enfoques cuantitaivos y cualitativos: Metodologia

CUANTITATIVA.-El objeto de estudio es externo al sujeto que lo

investiga tratando de lograr la maxima objetividad; Metodologia

CUALITATIVA.-se basa en el analisis subjetivo e individual, referida a

lo particular; Investigacion MIXTA.- utilizar las

fortalezas de ambos tipos de indagación combinándolas y tratando

de minimizar sus debilidades potenciales

Experimentacion Observaciones y modelos de teorias, para formular el problema

mediante la comprobacion del comprotamiento de elementos del

fenomeno y sus relaciones

Page 30: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

11

Aplicación: En la presente investigación se aplicará los métodos teóricos y

empíricos, que coadyuvan a realizar el análisis de la recaudación de impuesto a la renta

por lucro cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros, reclamadas por

instancias judiciales civiles.

El método deductivo permitirá realizar el análisis general del pago por

indemnizaciones de seguros en el Ecuador; aplicar específicamente al pago de impuesto

a la renta por el lucro cesante obtenido en estas; y diseñar el modelo de procesos

respectivo.

El presente proyecto de investigación tiene orientación paradigmática cuantitativo y

cualitativo y, por tanto, es de carácter científico, todos los procesos, actividades se

derivan de la metodología científica.

1.11. Fuentes de Investigación

Definición: Es aquella persona u objeto que nos pueden proporcionar información.

Importancia: Las fuentes de investigación aportan datos, testimonios, informaciones

pertinentes para el desarrollo de la investigación; y, ayudan a elaborar el marco teórico

del trabajo, o contestar las preguntas que se realiza al investigados sobre cualquier tema.

Clasificación: las fuentes de investigación son:

Tabla 2 Fuentes de Investigación

Tipo de Fuente Definición

Primaria

El investigador las encuentra por su propia fuente sin ser traducidas o

alteradas estas se pueden encontrar en monografías, tesis, o

relaciones bibliográficas

Secundaria

Son indirectas ya que se tienen que analizar e interpretar las fuentes

primarias. Libros de texto a artículos de revistas, enciclopedias,

biografías, boletines electrónicos

Terciaria

Sección y recopilación de las fuentes primaria y secundaria.

Bibliografías, cata lagos de bibliografía, listas de lecturas.

En: https://es.slideshare.net/danyelacl/fuentes-de-investigacion

Page 31: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

12

Aplicación: Esta investigación se caracteriza; por cuanto los documentos fuentes

desde su recolección, selección, análisis y realización de una abstracción científica, para

el análisis respectivo será obtenido de los archivos del Consejo de la Judicatura,

departamentos legales de las empresas aseguradoras y departamento de recaudación

tributaria del Servicio de Rentas Internas, considerando que se realiza con objetivos

precisos y de manera ordenada, para obtener el conocimiento concreto y preciso, del

tema a investigar.

1.12. Técnicas de la Investigación

Definición: (Ferrer, 2010), señala que la técnica de investigación está conformada

por los instrumentos y medios mediante los cuales se realiza el método adecuado para la

investigación, aplicando la ciencia. El método conjunto de procedimientos, pasos, y

etapas dentro de una investigación; y, esta aplica varias ciencias, mientras que todos los

instrumentos conforman la técnica, que efectúa el método.

Importancia: Es necesaria e indispensable en los procesos de conocimiento

científico, ya que integra el sistema a través del cual se organiza la búsqueda del

conocimiento; por lo que, ordena las etapas de la investigación, aporta instrumentos

para utilizar la información, con su respectivo control de datos, y, orienta la obtención

de conocimientos.

Clasificación: Las técnicas de la investigación se clasifica en: Estudios generales,

análisis, inspecciones, confirmaciones, investigaciones, declaraciones o certificaciones,

observación y cálculo, entrevistas, cuestionarios, encuestas.

Aplicación: El presente trabajo de investigación se utilizará el cuestionario, siendo

este un instrumento básico de observación en la entrevista y en la encuesta,

posibilitando generar hechos mediante la estimación que nace de los mismos el

encuestado o entrevistado. La encuesta será aplicada a las personas naturales y jurídicas

que han incoado procesos judiciales en contra de las aseguradoras; y, a los personeros

de las empresas aseguradoras que han procedido a la cancelación de estos rubros

mediante consignación de valores.

Page 32: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

13

CAPITULO II

2. LUCRO CESANTE EN LAS INDEMNIZACIONES DE SEGURO

2.1. El Seguro

El seguro es un contrato, en el que el asegurador, está obligado por el pago de la

prima, a pagar (indemnizar) el siniestro al asegurado, y/o tomador del seguro, si ocurre

una eventualidad (siniestro), mismo que se encuentra estipulado en la póliza.

El (Código de Comercio, 2012) define al seguro como ley para las partes, porque

proviene de la póliza que es contrato; a través del cual, las partes, tienen obligaciones

que cumplir y derechos que exigir; así, el asegurador, para pagar el siniestro debe

verificar el pago de la prima realizada por parte del asegurado y/o tomador del seguro;

por lo que, debe indemnizar al asegurado y/o tomador del seguro conforme los

convenido, en caso de daño o perdida producida, por situaciones inciertas, resarciendo

el mismo con el pago de un capital o renta.

Por lo que, la indemnización del seguro es un ingreso para el asegurador por un

siniestro, generándose una renta; y que, (Castelo & Guardiola, 1992), señala que el

seguro tiene un fin principal de resarcir la pérdida acontecida, por el siniestro ocurrido,

en el patrimonio de tomador del seguro.

2.1.1. Elementos del sistema de seguro

Los componentes del sistema de seguro, son los siguientes:

a. El asegurador y/o tomador es una persona jurídica o natural autorizada por leyes

y reglamentos; y, que, mediante la firma del contrato de seguro, asume los

riesgos de las consecuencias de un siniestro, cuyo objeto es la cobertura,

Page 33: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

14

b. Interés asegurable, a más de ser un requisito es principio que tiene por objeto la

necesidad del asegurado en que el siniestro no ocurra, ni se produzca

cumpliendo su función protectora.

c. El riesgo asegurable se amplía cuando se demuestra que los mismos riesgos son

susceptibles de asegurarse.

d. El monto asegurable, es el valor máximo de un bien en que se puede contratar

un seguro. Sobrepasada la cantidad o valor asegurable al contratarse el seguro se

produciría supraseguro, que como indica (Castelo & Guardiola, 1992), se origina

cuando el valor asegurado imputa al bien que consta registrado en el contrato; y,

que fue valorado de manera superior al valor real del mismo.

e. La prima o precio del seguro, es el valor que paga el tomador del seguro, a la

vez asegurado, por la contraprestación del riesgo asumido por asegurador; y,

f. La obligación de las empresas aseguradoras, a efectuar la cancelación del

seguro, en todo o en parte según el siniestro ocurrido.

La póliza de seguros sufre de nulidad absoluta, ante la falta de uno de los elementos

del contrato de seguro, descrito anteriormente.

2.1.2. Ramos de seguros

a. Seguros Patrimoniales de Daños

(Steinfeld, 2003), señala que dentro de la responsabilidad de manera civil de los

seguros, el asegurador obligatoriamente deberá cancelar al asegurado, los reclamos que

le formulen terceros o sus contratantes que invoquen haber sido damnificados por el

acaecimiento del hecho dañoso previsto.

Entonces el seguro patrimonial de daños, consiste en que el siniestro lo conforma el

hecho real de asumir la cobertura otorgada por la aseguradora, cuando este acaece da

lugar a la prestación indemnizatoria del asegurador.

Page 34: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

15

b. Seguros Patrimoniales de Responsabilidad Civil

En este ramo la cobertura se amplia y se compromete frente a terceros en forma

pecuniaria; amparándose en límites monetarios y coberturas por negligencia probada del

asegurado y pagar indemnización a tercero por orden de juez mediante sentencia

ejecutoriada.

c. Seguro de Personas

Teniendo el contrato de seguro, el efecto de previsión y pago económico, (Steinfeld,

2003), manifiesta que este ramo abarca los seguros de daños patrimoniales como a los

de las personas.

Por lo tanto, en los seguros por daños patrimoniales como personas, se puede

reclamar las indemnizaciones por vía judicial; y, su indemnización se hace por sentencia

ejecutoriada emitida por autoridad competente. A partir de esta sentencia se procede con

la emisión del auto de pago en donde se ordena el término en que la aseguradora debe

cancelar la indemnización de manera pecuniaria, con bienes muebles e inmuebles

saneados; con derechos y acciones. El no cumplimiento del mandamiento de ejecución

acarrea la quiebra de la compañía aseguradora.

2.2. Póliza de Seguros

(Castelo & Guardiola, 1992), señalan que el documento que garantiza al contrato de

seguro y que se estipulan las cláusulas pertinentes de manera general, especial y

particular, regulando las relaciones del asegurado y asegurador, es la póliza de seguro.

La póliza de seguro, existe físicamente, sino existiese afecta la vida propia del

seguro. Es documento indispensable desde que se emite y es aceptada por ambas partes,

dando origen a las obligaciones y derechos de las mismas.

Por lo tanto, el contrato de seguro se perfecciona con la póliza de seguro, que es Ley

para las partes, aseguradora, tomador, asegurado y beneficiarios.

Page 35: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

16

2.2.1. Requisitos de la Póliza de Seguros

Los requisitos de la póliza de seguros son:

a. El nombre y domicilio de la empresa seguradora.

b. Apellidos y nombres del solicitante (tomador), asegurado y beneficiario; en caso

de personas naturales; personas jurídicas la razón social de la empresa

asegurada.

c. La razón de actuación de los solicitantes del seguro.

d. El detalle preciso del bien asegurado; y, la identificación precisa de la persona

asegurada.

e. Fechas, día y hora desde que inicia la cobertura del contrato del seguro.

f. Vencimiento, o el modelo de determinar unas y otras;

g. Precisar el valor asegurado, mismo que debe estar bien escrito;

h. La prima o el modo de calcularla;

i. La clase de riesgos que, por efectos del contrato de seguro, asume el asegurador.

j. Día, fecha y hora de celebración del contrato de seguro, y las respectivas firmas

de aceptación.

2.2.2. Tipos de Pólizas de seguros

Al configurarse con la póliza de seguro el contrato de seguro, se determina los

siguientes tipos de pólizas:

a. Póliza individual recae solo a un asegurado y/o tomador del seguro,

b. Póliza colectiva recae la cobertura a una o más personas siendo grupos naturales

de Asegurado, y se suscribe calificando a todo el grupo.

c. Pólizas a corto plazo, con vigencia menor a un año.

2.2.3. Condiciones de la Póliza de Seguros

(Superintendencia de Bancos y Seguros, 2000), mediante Resolución SB-INS-2000-

274, publicada en el Registro Oficial No. 174 de 29 de septiembre del 2000; mediante la

cual, emitió las “NORMAS PARA LA ESTRUCTURA Y OPERATIVIDAD DE LAS

Page 36: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

17

PÓLIZAS DE SEGUROS”, en sus Arts. 1,4, y 8, definen lo que constituyen las

Condiciones Generales, Particulares y Especiales, cuando disponen:

El Artículo 1, señala que las condiciones generales son estipulaciones, reglas y

clausulas, impresas y predispuestas por el asegurador, conforme lo establecido por el

Código de Comercio, con la finalidad de ordenar la relación bilateral con el asegurado,

contratante o tomador de seguro, basado en los principios de la práctica de seguros.

El Articulo 4, respecto de las condiciones particulares señala que son clausulas,

convenidas por mutuo acuerdo entre la aseguradora y el asegurado. Corresponden a la

relación intrínseca a contratos discrecionales, es decir la manifestación propia de cada

una de las voluntades de los intervinientes de manera que consideran que es equitativa y

justa; y,

El artículo 8, define a las condiciones especiales del contrato de seguro, como

aquellas condiciones que delimitan, restringen, completan, suprimen y modifican

riesgos, mismas que pueden extender o delimitar coberturas, previstas en la póliza de

seguros, tomando en consideración que estas no deben preceder lo estipulado en la Ley

General de Seguros y lo correspondiente en cuanto a la legislación sobre el seguro, ni

tampoco las técnicas respectivas.

Los conceptos transcritos, son de suma importancia para incoar juicios civiles, toda

vez, que las compañías de seguros hacen constar, como, por Ejemplo: “CONDICIONES

PARTICULARES. - … En el vehículo deberá permanecer instalado y en

funcionamiento el dispositivo de seguridad HUNTER para contar con la cobertura de

Robo Total”; cuando ella constituye CONDICIÓN ESPECIAL, toda vez que condiciona

y restringe la cobertura de robo, al hecho de contar con el dispositivo HUNTER; caso

contrario, esta cobertura no corre; y por ende, para la aseguradora no procede

indemnización alguna.

2.2.4. Características de las Condiciones Particulares de la Póliza de Seguros

Es importante referirme a una condición particular de las pólizas; y, es que, en ellas,

las partes insertan como características las de IRREVOCABLE, INCONDICIONAL Y

DE COBRO INMEDIATO.

Page 37: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

18

IRREVOCABLE, de acuerdo con la práctica de seguros, no permite que la póliza de

seguro emitida quede sin efecto o valor, ya por el solo hecho del no pago de la prima,

porque se iría contra los intereses del asegurado, beneficiando al afianzado, ya por

cualquier otra causa, porque perjudicaría al asegurado.

INCONDICIONAL, que, según los tratadistas, significa que la aseguradora no debe

incluir en el texto de la póliza ninguna cláusula que objete o dilate el pago de la

garantía, cuando esta sea efectivizada. Según (Castelo & Guardiola, 1992), en el

Diccionario MAPFRE, “Incondicional en materia de seguros significa sin restricciones,

exento de condiciones para el pago al llamado de ejecución”.

DE COBRO INMEDIATO, “significa que la aseguradora pagará el valor asegurado

en forma inmediata y sin otro trámite que el recibir una comunicación oficial del

asegurado sobre el incumplimiento del contratista y la solicitud de efectuación de la

póliza” (tomado del libro “Los seguros de Fianzas en el Ecuador; Lcdo. Mauro Moya).

2.3. Primas de Seguros

(Bulló, 2001), define a la prima de seguros como elemento esencial del contrato de

seguro, es el precio que paga el asegurado, (tomador), por la contraprestación que toma

a su cargo el asegurador.

Por lo tanto, la Prima de seguros es el precio del servicio que presta el asegurador,

por asumir el riesgo al asegurador.

Para calcular la prima de seguros, se utiliza la siguiente formula:

𝑃 = {[𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑎𝑠𝑒𝑔𝑢𝑟𝑎𝑑𝑜 × (

𝑡𝑎𝑠𝑎100 )]

365} × 𝑁

Dónde:

P = Prima neta

N = Número de días de vigencia

Page 38: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

19

2.4. Obligación de Pagar la Prima de Seguro

La prima es pagadera únicamente en dinero (pecuniaria), y exigible desde que el

asegurador comienza a correr riesgo, y puede ser pagado en cuotas, por meses o por

años.

Al efecto el (Decreto Supremo No. 1147, 1963), en su Artículo 17, dispone que la

obligación de pagar la prima, es del asegurado desde la suscripción del contrato de

seguro; y, también se debe tomar en consideración que el caso de que la póliza de

seguro sea celebrada por cuenta de terceros, del solicitante pagara el valor por prima, y

el beneficiario del seguro, puede exigir el pago al asegurador en caso de incumplimiento

en el pago de los siniestros.

Por su parte, el Artículo 43 de la Codificación de la Ley General de Seguros, que fue

cambiada por la Disposición Reformatoria Décima Sexta, señala en el numeral 1, que

los comprobantes de pago de la prima, como recibos o facturas, constituyen títulos

ejecutivos de cobro, cuando en los mismos constas la certificación respectiva.

Entonces la prima de seguros debe estar cancelada, como requisito indispensable,

para proceder con la reclamación de la indemnización de seguros.

2.5. Siniestralidad en Seguros

2.5.1. Definición de Siniestro

El (Decreto Supremo No. 1147, 1963), publicado en el R.O. N° 123 de 7 de

diciembre de 1963, reformatorio del Código de Comercio, en su Art. 5, define al

Siniestro como la ocurrencia del riesgo asegurado.

Por lo tanto, el siniestro es la eventualidad ocurrida y que se encuentra aparado bajo

la póliza de seguro, es decir la eventualidad de que ocurra el riesgo asumido y

asegurado.

Page 39: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

20

2.5.2. Obligación del asegurado cuando ocurre el siniestro

Cuando ocurre un siniestro, primeramente, en el término de tres días, se comunica a

la empresa aseguradora.

De esta manera lo dispone el (Decreto Supremo No. 1147, 1963), en el artículo 20,

sobre la obligación de avisar la ocurrencia del siniestro, por parte del asegurado, al

asegurador o al representante legal del mismo, durante el termino de tres días

posteriores a la ocurrencia del siniestro, pudiendo este plazo ampliarse, por acuerdo de

las partes, pero jamás reducirse.

Las empresas de seguros, determinan dentro de estos términos sus procedimientos,

términos y requisitos para que el asegurado o tomador del seguro de aviso del siniestro,

que muchas de las veces son negados.

2.5.3. Tipos de Siniestros

Con lo anteriormente señalado, me referiré a la doctrina que ha clasificado el

siniestro, de diversas maneras, según sea el criterio que se adopte, así habrá siniestro de

personas y de daños, dentro de éstos reales y patrimoniales, de conformidad con la

ubicación del riesgo dentro de las ramas tradicionales de los seguros.

El tratadista Cita: (Venegas, 1996), en su obra Cuestiones de Seguros, divide a los

siniestros por seguros, en dos tipos:

a. Siniestros de ocurrencia: “la ocurrencia es un hecho objetivo, mensurable,

determinable que importa la realización del riesgo y, por ende, la obligación

condicional del asegurador. Por la ocurrencia que es un hecho fáctico que

vincula la protección debida al contrato de seguro […] La ocurrencia se

demuestra mediante medios racionales de convicción y por los expedientes

señalados en la póliza…”; y,

b. Siniestros de descubrimiento: “Quizás sea tauro-lógico afirmar que los

siniestros de descubrimiento corresponden a las pólizas de idéntica

denominación, pero nos referimos al siniestro en sustitución de la póliza ya que

Page 40: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

21

la diferencia medular de las pólizas de ocurrencia y las de descubrimiento estriba

básicamente en la concepción de lo que es el siniestro en cada póliza. […]. Es

subjetivo porque depende no de factores objetivos, sino que, por el contrario, se

somete a circunstancias del incidente en el conocimiento de alguien, es decir,

que se exterioriza el siniestro en el momento en que alguien adquiere

conocimiento del mismo, en cuanto a realidad y no como objeto del

pensamiento. Este sistema de las pólizas de descubrimiento se aplica, con

justificación, a los riesgos en los cuales, por la modalidad, se conoce la

realización de riesgo previsto en la póliza tan solo tardíamente”.

En los siniestros de ocurrencia se debe probar, ya que se presume producido por caso

fortuito; y, entonces al asegurador deberá comprobar la cuantía; y, tanto asegurador y

asegurado incumbe demostrar hechos o circunstancia que excluyan su responsabilidad.

Para demostrar los siniestros por ocurrencia, en los procesos judiciales se anexa, las

copias certificadas de la indagación previa; misma que da cuenta de la denuncia e

investigaciones realizadas por la Policía Judicial y remitida a la Fiscalía de Pichincha.

Ejemplo: Robo de vehículos.

Los siniestros de descubrimiento, determinan un plazo de 6 meses a partir de su

ocurrencia; por lo que, no debemos confundir la figura del plazo del descubrimiento con

el término de aviso de siniestro; que se encuentra convenido dentro de las condiciones

particulares del contrato de seguro, para cada situación, sin que se altere el concepto de

cada figura.

2.6. Indemnización de Seguros

La indemnización de seguros es el acto de resarcir los daños producidos del siniestro

ocurrido. Cuando se produce un siniestro, se cumple la condición y nace para el

asegurador la obligación de indemnizar, conforme las condiciones del contrato y las

normas legales.

El (Decreto Supremo No. 1147, 1963), estipula que el pagar en dinero, mediante

reparación, reconstrucción, reposición del bien asegurado, constituye la indemnización

Page 41: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

22

del seguro, tomando en consideración que desde el momento del siniestro, el monto

asegurado, se reduce, en una cantidad igual a la indemnización cancelada por el

asegurador.

Por lo que, las indemnizaciones son renta, pero dado que no hay una legislación

tributaria específica, sobre la reparación por daño producido por las indemnizaciones de

seguros, estas reparaciones estarían gravadas de Impuesto a la Renta; porque la

indemnización del seguro es el mecanismo que busca resarcir el daño producido a la

persona y a su patrimonio.

2.6.1. Requisitos para el cobro de indemnizaciones de seguros

Cumpliendo con el contrato de seguros; se procede con la reclamación de

indemnización de seguros, pagando la prima en la forma y plazos convenidos; y, que se

haya demostrado la ocurrencia del siniestro.

(Baeza, Achurra, & Vives, 1994), señala que para la reclamación de seguros se deben

cumplir con los siguientes requisitos: a) La existencia de un contrato de seguro, y que

éste sea válido; b) El cumplimiento por parte del contrayente de todas las obligaciones y

cargas; c) Que ocurra el siniestro por algunos de los riesgos previstos en la póliza y

cubiertos por ella; d) Que el siniestro acaezca durante la vigencia del contrato; e) Se

suele indicar como otro de los requisitos para la procedencia de la indemnización, el que

el siniestro ocurra en el lugar previsto en la póliza.

Por lo que, cancelar los valores por la indemnización de seguros por el siniestro

ocurrido, se encuentra ordenada en sentencia ejecutoriada, y emitida por autoridad

competente; y, obligada a cumplirse.

2.7. Daños Patrimoniales Económicos

El daño patrimonial se configura cuando se ha sufrido un siniestro que ha afectado a

bienes que conforman el patrimonio de las personas y empresas; que están amparadas

en un contrato de seguro, por lo tanto, el daño patrimonial se compone del Daño

Emergente y el Lucro Cesante,

Page 42: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

23

Este daño patrimonial es cuantificable y se cancela de manera pecuniaria y exacta del

daño producido por el siniestro; como lo ratifica (Zavala, 2009), al señalar que el daño

patrimonial, tiene incidencia sobre lo que la persona es; y, lo que tiene en su patrimonio;

esta característica constituye la diferencia del daño patrimonial.

Entonces, para indemnizar el daño patrimonial por las indemnizaciones de seguros,

se debe realizar una valoración de los bienes que fueron objeto de aseguramiento.

2.7.1. El Daño Emergente

Es la afectación presente y real del monto asegurado según el contrato de seguro, es

decir el daño producido que afecta al patrimonio de las personas y empresas; y, por

ende, disminuye el activo, a la ocurrencia del siniestro.

En este sentido (Cabanellas, 2003), señala que cuando existe perjuicio económico

que se puede resarcir pecuniariamente existió daño; este puede ser material

perjudicando al patrimonio de la persona natural y jurídica, causando mora en el pago;

y, para resarcir este daño, se calcula fácilmente con el interés del dinero de manera

legal.

Exención Tributaria al Daño Emergente

La disminución del daño emergente puede ser resarcida, y también exonerada; como

lo dispone la Ley de Régimen Tributario Interno, en su Art. 9, numeral 16, señalando

que están exonerados para la liquidación y determinación del Impuesto a la renta, las

indemnizaciones que se perciban por seguros exceptuando los provenientes del lucro

cesante.

La sola indemnización de seguros constituye el Daño Emergente. Al exonerar esta

indemnización de seguros por daño emergente, es porque al indemnizar al asegurado se

repone el daño al patrimonio asegurado, sobre el cual en su momento de su adquisición

ya se tributó; y, así se evita la doble imposición tributaria. Ejemplo: Se adquiere un

vehículo. Este vehículo al momento de su adquisición contrato la póliza de seguro; y,

posteriormente sufre un siniestro comprobado por robo. Se procede a reclamar la

Page 43: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

24

indemnización del seguro, para resarcir el daño emergente de la pérdida del mismo.

Para reclamar esta indemnización se han agotado los procesos administrativos; por lo

que, se procede con la reclamación vía judicial; y, cuando se obtenga la sentencia

ejecutoriada, se dispondrá el pago de la sola indemnización de daño emergente más el

lucro cesante generado durante esta tramitación.

2.7.2. Lucro Cesante

Como dispone el (Código Civil, 2016), en el Art. 33 y Decreto Supremo 1147, la

forma de indemnizar un seguro de daños abarca las ganancias que se dejaron de percibir

por acaecimiento de un siniestro.

Por lo que, el lucro cesante es la utilidad económica generada por la reclamación en

la indemnización de seguros por la ocurrencia de un siniestro. En este sentido, el lucro

cesante es la disminución de su patrimonio que sufre el asegurado y/o tomador del

seguro, sobre la ganancia, utilidad, e ingresos que esperó obtener con el bien asegurado;

y que los pudo haber percibido en el futuro de sus operaciones comerciales.

Por lo tanto, para poder determinar la cuantía del daño patrimonial, hay que calcular

el valor del daño presente y futuro, para establecer el monto total del daño generado a la

persona natural o jurídica, siendo concluyente para fijar la indemnización.

Incluso se procede con el cálculo de intereses generados desde que se produjo el

siniestro, mientras dure toda la tramitación del proceso judicial civil.

Exención Tributaria al Lucro Cesante

El lucro cesante, es una compensación sobre los valores que la persona natural o

jurídica esperaba obtener en el futuro; mientras que el daño emergente es la reposición

de los bienes asegurados y que se sufrieron siniestro; por lo que, el lucro cesante se

obtiene a causa del daño emergente.

Se entiende que este rubro este excluido, porque con el bien asegurado sin

siniestrarse, el asegurado hubiere percibido ingresos en su tiempo y por lo tanto hubiere

Page 44: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

25

tributado renta. La (Ley de Régimen Tributario Interno, 2015), es clara en no exonerar

este rubro que causa Impuesto a la Renta.

Prueba del Lucro Cesante

El (Código Civil, 2016), en el artículo 1572, dispone que el daño emergente y el

lucro cesante, proceden de haberse cumplido de manera incompleta; retardado su

cumplimiento y de no haberse cumplido la obligación de la indemnización; por lo que,

el lucro cesante se debe acreditar en el momento que los procesos judiciales se

encuentran ejecutoriadas, y se acredita una ganancia cuando la aseguradora consigna

los valores ordenados en auto de pago, tanto para resarcir el daño emergente por el bien

asegurado como los intereses generados por el tiempo de duración en la tramitación del

proceso judicial.

En la Legislación Española al lucro cesante incluso lo determinan como seguro de

lucro cesante, como manifiesta el autor (Bulló, 2001), En su obra el derecho de seguros

y de otros negocios vinculados, al señalar que se refiere a “daños e intereses”, porque,

se denominan daños e intereses al monto de la pérdida sufrida por el siniestro ocurrido;

y el de la ganancia / utilidad dejada de recibir por el reclamante de la obligación, por no

recibir la misma a su debido tiempo.

La tramitación de un proceso judicial civil, conlleva tiempo, y recursos, por lo tanto,

mientras dure la tramitación de este, el cobro de indemnización de seguros es

susceptible de generar ganancias extra para el asegurador y/o tomador del seguro.

2.8. Reclamos Administrativos para el cobro de indemnizaciones por seguros

Los reclamos administrativos proceden cuando se ha negado el pago del siniestro. Al

respecto la Ley General de Seguros, en el artículo 42 dispone que las compañías

aseguradoras, cancelaran el siniestro una vez comprobado el siniestro ocurrido; y,

presentada la reclamación respectiva con la documentación de respaldo y que se

encuentra determinada en la póliza de seguro, en el plazo de 30 días, siendo esta su

obligación principal para con el asegurado.

Page 45: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

26

En caso de que el asegurado no hubiere recibido valor alguno por la reclamación

realizada, presentará el debido reclamo con la documentación de respaldo ante la

Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, para que esta institución solicite a

la aseguradora la respectiva justificación por la que no se canceló a tiempo el siniestro

reclamado.

Así mismo, estipula los siguientes plazos, 30 días para presentar el reclamo con la

respectiva documentación, para que, la Superintendencia de Compañías, Valores y

Seguros, acepte a trámite administrativamente trabándose la Litis, entre asegurado y

aseguradora, aceptando y ordenando el pago del siniestro en el pazo de 10 días, esto se

sustenta con la notificación de la resolución, misma que contendrá la aceptación del

pago o negación del mismo.

El reclamo presentado ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros,

suspende la prescripción de la acción, derecho que tienen el asegurado y/o tomador del

seguro contra la aseguradora, que concluye con la notificación a esta para que proceda

con el pago de la indemnización por el siniestro reclamado.

El artículo 8 del (Reglamento a la Ley General de Seguros, 2006), dispone que

cuando el asegurado presenta el reclamo dentro del plazo de cinco días deberá presentar

los antecedentes de hecho, que motivaron el presente reclamo, y debe adjuntar los

documentos que justifiquen el siniestro, como, por Ejemplo: la denuncia del robo del

bien siniestrado.

También, recalca que esta tramitación culmina con la Resolutiva incluso cuando ya

se haya presentado recursos de apelación y revisión; por lo tanto, mientras dura la

tramitación del reclamo administrativo; y, es el asegurado notificado con esta

resolución, de forma negativa, se puede incoar proceso civil ordinario.

Page 46: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

27

CAPITULO III

3. PROCESO JUDICIAL CIVIL EN EL ECUADOR PARA EL COBRO DE

INDEMNIZACIONES POR SEGUROS

El asegurado amparado en la Constitución de la República del Ecuador, tiene acceso

a la administración de justicia de manera gratuita; conforme lo dispone el Artículo 169

que dispone que mediante el sistema procesal se accede a la justicia. Lo estipulado en

las normas procesales, cumplen con los principios de celeridad, economía procesal,

uniformidad, simplificación, inmediación, y eficacia haciendo cumplir el debido

proceso, sin privar a los asegurados de la justicia por el solo incumplimiento de

formalidades.

El artículo 1480 del (Código Civil, 2016), establece que las obligaciones nacen entre

otros, de los contratos; de allí que, de conformidad con lo establecido en el Art. 1588,

ibídem, "Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes…”.

Entonces, cabe verificar si los contratos o pólizas de seguros indicadas, han cumplido

con todos los requisitos legales y, por lo tanto, constituyen ley para los contratantes.

3.1. Prueba de Siniestro para la Reclamación Judicial Civil

Taxativamente, el (Decreto Supremo No. 1147, 1963), que reformo el Código de

Comercio en el artículo 22, establece la prueba del siniestro, en donde el asegurado debe

probar que ocurrió el siniestro de la cosa asegurada, por caso fortuito, reservándose el

derecho a que haya prueba en contrario, de igual manera el asegurado debe comprobar

muchas veces con informes periciales la cuantía de la indemnización que deberá cubrir

el asegurado; mientras que asegurado y asegurador tienen la responsabilidad de

demostrar hechos excluyentes de sus obligaciones.

Por lo tanto, el asegurado a más de comunicar el siniestro ocurrido a la aseguradora,

deberá probar en las instancias judiciales la ocurrencia del mismo; hasta agotar los

medios de prueba que le correspondan.

Page 47: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

28

3.2. Tipo de Procedimiento Judicial

Este tipo de procesos judiciales se lo hará a través del procedimiento ordinario,

conforme lo dispone el (Codigo Orgánico General de Procesos, 2015); que entró en

vigencia el 2 de junio del 2017, en el Capítulo I, Procedimiento Ordinario, en los

artículos 289, y 290, que determinan la procedencia de estos procesos; así:

Se tramitarán por los procedimientos ordinarios todos procesos judiciales que no

tengan identificado y establecido un trámite especial para la sustanciación; y, se

repararán daños y perjuicios, con la restitución al asegurado (perjudicado) con la

tenencia o posesión de los bienes de que se trate.

En procedimiento ordinario empieza con la presentación de la demanda; y, la

contestación respectiva, la calificación de la demanda; en esta demanda, se deberá

probar los hechos que se anuncia; por lo tanto, la pruebas que se presenten son

indispensables para lograr el objetivo, la reclamación de la indemnización de seguros;

por lo tanto, las prácticas de las pruebas deben realizarse antes de la audiencia de juicio.

Dentro del procedimiento ordinario la audiencia preliminar sirve para resolver la

validez procesal, determinación del objeto de la controversia, competencia, cuestiones

de procedimientos que pueden afectar la validez del proceso; y, lo más importante tratar

de conciliar a las partes.

La legislación ecuatoriana, mediante el Código Orgánico General de Procesos,

cumple con su objetivo de disminuir el tiempo de tramitación del proceso judicial por

indemnización de seguros; ya que, por la vía ordinaria, se resuelven estos procesos en

audiencia.

El Código Civil, en el artículo 1572, dispone que la indemnización de perjuicios

incluye el lucro cesante y el daño emergente, provenientes de no haberse cumplido la

obligación, incompleta o se retardo el pago de la misma.

Page 48: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

29

La reclamación de indemnizaciones de seguros por vía judicial, se encuentra

amparado en el Código Civil, Código Orgánico General de Procesos, Ley General de

Seguros.

3.3. Flujogramas de Procedimiento Ordinario

Figura 2 Procedimiento Ordinario

En: Código Orgánico General de Procesos, (2017).

3.4. Instancias Judiciales

Las instancias judiciales para ejercer el derecho a reclamar la indemnización de

seguros, por vía judicial ordinaria, son:

a. Unidades Judiciales Civiles

Pro

ced

imie

nto

Ord

ina

rio

Todas aquellas pretensiones que no tenga previstos un trámite especial para su

sustaciación. (Art.289)

Calificacion de la demanda y contestación. El juzgador ordenará se cite a los

demandados. (Art.291). Demandado 30 días para contestar.Término desde que se

practicó la última citación.

AUDIENCIA PRELIMINAR

Con la contestación o sin ella, en el término de tres días posteriores al

vencimiento de los términos. (Art. 291). El juzgador convocará a Audiencia

Preliminar. Se realizará en un témino no menor a diez (10), ni mayor a (20) días.

Las partes están OBLIGADAS, a comparecer personalmente a la Audiencia Preliminar.

Excepcion de que haya nombrado Procurador Judicial , o Procurador Comun con clausula espercial para transgir, o un delegado, o se haya autorizado la

comparecencia a través de videoconferencia u otro

medio de comunicacion similar tecnología.

Las partes por una sola vez podrán diferir la audiencia y se fijará nuevo día y hora

para su celebración

Desarrollo

El juzgador solicita a las partes pronunciarse sobre las excepciones propurestas.

El juzgador resolverá sobre la validez del proceso, determinacion de controversia, trecrelamos de terceros, competencia y

cuestiones de procedimiento,

El juzgador ofrecera la palabra a la parte actos que expodnra los fundamentos de su demanda.

El juzgador ofrecera la palabra a la parte demandandado, fundamentando su

constestación, reconviniendo de consisderarlo oportuno.

El juzgador de manera obligatoria promovera la conciliación. En caso de producirse, el Juzgador

la aprobara mediante autor que causara ejecutoria.

Las partes deberan anunciar la totalidad de las pruebas.

Page 49: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

30

b. Corte Provincial de la Provincial

c. Corte Nacional de Justicia

d. Corte Constitucional

3.5. Sujetos del Proceso Judicial

Los sujetos del proceso judicial, conforme lo dispone el (Codigo Orgánico General

de Procesos, 2015) ,en sus Art. 30 al 40 y 59, son actor y demandado, conforme la

ilustración siguiente:

Figura 3 Procedimiento Ordinario

En: Código Orgánico General de Procesos. (2017).

3.6. Demanda, y enunciación de pruebas

Los documentos que debe acompañar a la demanda para solicitar la indemnización

de seguros, son:

Personas Naturales

Personas Juridicas

Comunidades, pueblos, nacionalidades o colextivos *la naturaleza

SUJETOS DEL PROCESO

(Art.30 Cogep)

DEMANDADO

Contra quien se la intenta ACTOR

Quien propone la demanda

Page 50: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

31

a. Poder para intervenir en el proceso, cuando se actué por medio de apoderado o

de procurador judicial,

b. Si se trata de una persona incapaz los documentos que respalden la

representación legal del asegurado,

c. Copia legible de la cedula de identidad o ciudadanía para personas naturales,

pasaporte o Registro Único de Contribuyentes para personas jurídicas,

d. Prueba de calidad o condición que actué la parte del asegurado sea por sus

propios derechos o por procuración judicial, con excepción de que la calidad del

actor sea materia de la Litis.

e. La documentación de prueba y demás medios que sustenten la iniciación del

proceso judicial,

f. Los demás exigidos por la ley para cada caso.

Para la reclamación de las indemnizaciones de seguros, se anexa la póliza de seguro,

el comprobante de pago de prima, el informe de siniestro, informe pericial de avalúo

comercial del bien siniestrado; la carta de negativa del siniestro, por parte de la

aseguradora, y los informes periciales del avaluó del bien siniestrado.

3.6.1. Contenido de la demanda

Todo proceso judicial empieza con la presentación de la demanda por escrito, ante la

autoridad competente de la primera instancia. A esta demanda le puede preceder la

realización de diligencias preparatorias, como solicitar recurso de habeas data, para

solicitar documentos como copias de pólizas, reporte de primas pagadas, etc.

Page 51: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

32

Figura 4 Demanda

En: Código Orgánico General de Procesos, Art. 142.

3.6.2. Calificación de la demanda

Para la calificación de la demanda por indemnización de seguro, esta debe cumplir

con los requisitos legales y especiales contemplados en la Ley. Por lo que, en el término

de cinco días, el Juzgador la calificara y procede el trámite que corresponda disponiendo

la práctica de diligencias solicitadas; caso contrario dispone al actor que complete o

aclare la demanda en el término de 3 días.

Designación del Juzgador ante quien

se propone la demanda. Anuncio de los medios de prueba.

Inspección Judicial

Nómina de Testigos

Exhibición y práctica

de diligencias

Informe de péritos

Registro Unico de Contribuyentes

(RUC) en casos que se requiera

CONTENIDO DE

LA DEMANDA

CONTENIDO DE LA DEMANDA

Firmas del actor, procurador o

representante legal y su defensor

Datos generales del actor. Nombres y

Apellidos completos completos;

número de cédula o pasaporte;

estado civil; edad, profesion,

ocupacion, domicilio, casillero judicial

o electronico.

Solicitud de acceso judicial a la

prueba debidamente fundamentada.

Nombres completos, direccion

electronica y designacion del lugar en

que debe citarse al demandado.

CROQUIS DE UBICACIÓN

Narracion pormenorizada de los

hechos que fundamentan la

pretensión debidamente clasificados y

numerados

Cuantía del proceso cuano sea

necesaria para determinar el

procedimiento.

Fundamentos de derecho expuesto

con la claridad y precisión

Procedimiento en que debe

sustanciarse la causa

Pretensión clara y precisa que se

exige

Page 52: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

33

Figura 5 Calificación de la demanda.

En: Código Orgánico de Procesos, Art. 146.

Una vez calificada la demanda, y con el despacho de todas las diligencias

probatorias, el Juez, emitirá el documento de ejecución, en el que, conforme lo dispone

el Art. 362, COGEP, recopila todo el conjunto de obligaciones contenidas en el título de

ejecución, para el caso que nos ocupa este título es la póliza de seguros, misma que debe

ser apegada a la realización o aplicación concreta de lo establecido en esta póliza.

Los títulos de ejecución, son los siguientes:

a. Sentencia Ejecutoriada

b. Laudo Arbitral

c. Acta de Mediación

d. Contrato Prendario y de reserva de dominio

e. Sentencia, laudo arbitral, acta de mediación, expedida en el extranjero y

homologados.

f. Actas transaccionales

3.7. Notificación y términos

La notificación es el documento a través del cual se pone en conocimiento de las

personas naturales y jurídicas litigantes, o funcionarios, los documentos pertinentes a

providencias judiciales, autos de notificación y de pago, sentencias, autos y demás

CALIFICACION DE LA DEMANDA

Presentada la demanda, en el término de 5 días máximo, examinara si:

Cumple con los requisitos legales generales y especiales aplicables a cada caso

Cuando la demanda no cumple con los requisitos.

Actor tiene termino de 3 días para completar o aclarar la demanda. Si no lo hace se ordenará el archivo y la devolución de los documentos adjuntos a ella sin necesidad de dejar copias.

Page 53: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

34

notificaciones judiciales; ya que, siendo un acto jurídico se hace conocer quien debe

cumplir una disposición o aceptar un nombramiento en caso de peritos expedidos por

el Juez, en esta notificación consta la fecha, día y hora y de manera personal; y, las

notificaciones por boleta únicamente se la hará cuando conste que la parte ausentados.

Como principio general todas las providencias deben ser notificadas, caso contrario

no produce efectos legales; siendo necesario que se ponga en conocimiento de los

interesados para que actúen procesalmente mediante las normas y procedimientos

establecidos por ley y que pone a su disposición. Con la oralidad procesal establecida en

el Ecuador, se estableció que al momento de la comparecencia de las partes

pronunciarán el lugar recibirán notificaciones.

Término es el periodo de tiempo que concede la ley y que la autoridad competente,

dispone para que se realicen diligencias judiciales. Estos corresponden a días hábiles, es

decir días útiles.

Los términos cuentan a partir de la última citación o notificación, son completos, y

corren desde hasta la medianoche del día siguiente a la de la citación o notificación.

Los términos se contabilizan desde que se recibe la notificación o citación del

proceso legal, siendo completos, y corren desde la medianoche del día siguiente a la de

la citación o notificación.

Los términos son de los siguientes tipos:

Page 54: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

35

Figura 6 Términos

En: Código Orgánico de Procesos, Art. 73.

3.8. Despacho de pruebas

La prueba tiene la finalidad del convencer al Juzgador sobre los hechos o

circunstancias controvertidos y debe ser oportuna. Para la reclamación de la

indemnización de seguros, desde la presentación de la demanda, se adjunta los medios

probatorios documentales, como: póliza de seguros, pago de prima, parte policial,

valoración del siniestro.

La prueba es admitida y valorada cuando reúne los requisitos de pertinencia, utilidad,

conducencia y se practica conforme la ley y veracidad; y, es apreciada en conjunto, de

acuerdo a las reglas de sana critica.

Para el despacho de pruebas, en las indemnizaciones de seguros se admite: Prueba

nueva, en el extranjero, para mejor resolver y carga de la prueba; y dentro de estas,

prueba testimonial, declaración de parte y testigo, prueba documental, documento

público, documentos privados, prueba pericial.

Tip

os d

e t

érm

ino

Término para dictar providenciasCuando la Ley NO expresa un

término para dictar un providencia. 3 dias. Desde peticion de las partes.

Término LegalSeñalados en la ley. Son

irrenunciables e improrrogables.

Término Judicial

Cuando la Ley no prevea un término para la diligencia o actuacion

procesal. Lo determina el Juzgador. Vinculante para las partes.

Page 55: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

36

3.8.1. Diligencias Preparatorias

La diligencia preparatoria en las indemnizaciones de seguros, es el Habeas Data. Esta

diligencia, se la realiza a petición de parte, con la finalidad de determinar la

legitimación activa o pasiva de las partes, anticipándose la práctica de prueba urgente;

pudiéndose solicitar: Exhibición del bien siniestrado, libros de comercio o documentos,

exhibición de títulos o instrumentos de cosa vendida, reconocimiento de un producto

privado, recepción de declaraciones urgentes, e inspección preparatoria.

3.8.2. Inspección Judicial

La inspección Judicial en las indemnizaciones por seguros se solicita con la demanda

y contestación a la demanda, precisando las causas que son indispensables y necesarias

para que el Juzgador examine directamente lugares, bienes siniestrados y documentos.

3.8.3. Peritajes contables

Los peritajes contables son parte de la prueba pericial, y lo puede solicitar cualquiera

de las partes litigantes, es con el fin de valorizar el siniestro ocurrido.

Es realizado por un perito registrado y calificado por el Consejo de la Judicatura,

siendo la persona que, por sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos, prácticos y

profesionales, informa al Juzgador sobre las circunstancias relacionadas con el siniestro.

El Juzgador, mediante sorteo y providencia notifica al perito su nombramiento y el

término para presentar su informe.

Una vez presentado el informe pericial, el Juzgador pone en conocimiento de las

partes para que realicen sus objeciones. En caso de requerirse el Juzgador notificará al

perito con el traslado correspondiente para que conteste el mismo dentro del término

ordenado.

Durante la audiencia de juicio podrán tanto el asegurado y aseguradora podrán

realizar preguntas al perito, solicitando la debida explicación de los hechos u objetos

Page 56: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

37

sometidos al análisis, y los argumentos, para obtener conclusiones que se presenta ante

la autoridad competente es decir el Juez; y, que tienen relación al informe presentado

con anterioridad.

Término para impugnar el Informe Pericial

Las partes litigantes tanto asegurado como asegurador tienen tres días término para

impugnar el informe pericial; una vez, notificado por el Juzgador.

Providencia de Aprobación del Informe Pericial, valores a cancelar por daño

emergente, lucro cesante y costas procesales

La providencia para aprobación del Informe Pericial, contiene la fecha y hora, la

disposición de aprobado en todas sus partes el Informe Pericial, la remisión del proceso

a la liquidadora de costas, firma del Juzgador y Secretaria de la Unidad Judicial.

Figura 7 Providencia

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 1134-04-L.S.

Page 57: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

38

3.8.4. Audiencia Preliminar y Definitiva

La Audiencia es notificada por el Juzgador, la fecha, día y hora; y cuando el mismo

dirija la audiencia, dispone que el secretario verifique la presencia física y la

notificación correspondiente a todas las personas intervinientes en el proceso judicial.

En la audiencia la o el Juzgador autoriza que las partes intervengan, con el objeto de

argumentar, sus alegaciones, emitiendo orden para el despacho y practica de todas las

pruebas, pudiendo limitar el tiempo.

La audiencia preliminar convocada, debe realizarse así no haya contestación a la

misma, dentro del término de tres días, y, se realizará en un término mínimo de 10 días

y máximo de 20 días.

Esta audiencia puede ser diferida de mutuo acuerdo; y, el Juez competente de manera

obligatoria, promoverá la conciliación; en caso de darse la conciliación total, será

aprobada en la misma audiencia, mediante sentencia que causará ejecutoriada.

La Audiencia de Juicio o Definitiva, se realizará máximo después de 30 días hábiles,

desde que se realizó la audiencia preliminar. El Juzgador ordena que la secretaria de

lectura a la resolución del extracto del acta de la audiencia preliminar.

En esta audiencia se da lectura a la sentencia final, una vez, actuadas todas las

pruebas, y comparecencia de las partes. Esta audiencia puede ser suspendida por el

Juzgador hasta que se forme su convicción, para emitir la resolución mediante

pronunciamiento oral.

Tanto la audiencia preliminar y definitiva, son grabadas por medios electrónicos

dispuestos por el Consejo de la Judicatura; o el que creyere y disponga el Juzgador.

3.9. Sentencia de Primera Instancia Ejecutoriada

La sentencia es el documento que emite el Juzgador, que constituye la decisión de la

controversia por el reclamo de seguro.

Page 58: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

39

La sentencia esta dictada por autoridad competente y está obligada a cumplirse; por

lo que, en las indemnizaciones de seguros en su parte resolutiva se ordena el pago del

valor de indemnización de seguros, más intereses, más costas, y honorarios de abogados

patrocinadores.

La sentencia expresa los razonamientos fácticos y jurídicos; que sustentaron los

motivos para la reclamación de la indemnización de seguros; y, contiene: La autoridad

competente y/o Juzgador; fecha, y hora de su emisión; identificación del asegurado

(actor) y aseguradora (demandado), enunciación de los antecedentes de hecho;

motivación de la decisión y precisión de lo que se dispone; y las firmas de

responsabilidad tanto del juzgador y el secretario que lo certifica.

Con el Código Orgánico General de Procesos, la sentencia es oral durante la

audiencia; cuya resolución judicial contiene el pronunciamiento claro y preciso de la

controversia indemnizatoria de seguros, el bien asegurado, la cantidad y la circunstancia

del siniestro ocurrido que se acepta o niega, y el nacimiento de la obligación del pago de

indemnizaciones, intereses y costas.

Esta sentencia pasa de autoridad de cosa juzgada, cuando no es susceptible de

recurso, acuerdo entre las partes, y dejan de transcurrir los términos para interponer

recursos.

En las indemnizaciones de seguros la sentencia ejecutoriada surte efectos

irrevocables con las partes tanto para el asegurador como para el asegurado, tomando en

consideración no solo la parte resolutiva sino la motivación de la misma.

Las aseguradoras apelan estas sentencias, porque a más de negar el siniestro

agotando todas las fases administrativas propias de la aseguradora; los reclamos

administrativos ante la Superintendencia de Bancos y Seguros ahora la

Superintendencia de Compañías.

Por lo que, al asegurado se ve en la obligación de acudir ante las instancias judiciales

civiles.

Page 59: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

40

Figura 8 Providencia

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 841-2011-JB

Las costas corresponden a los rubros, de los gastos judiciales incurridos durante la

tramitación de la causa, como pago a peritos, a depositarios judiciales, derechos de

amanuense, y multas cuando las partes no comparezcan a las diligencias ordenadas por

el Juzgador, cuando haya desistimientos, cuando se declara desierto algún recurso y no

haya la aseguradora la consignación dispuesta.

3.10. Recurso de Apelación Corte Provincial

El Recurso es un medio de impugnación. El Recurso de Apelación es presentado por

el asegurado o la aseguradora, partes litigantes que no están de acuerdo con la sentencia

de primera instancia; autos interlocutorios, providencias que la ley conceda este recurso.

El recurso de apelación se fundamenta por escrito posterior a los 10 días de haber

revivido la notificación correspondiente. Una vez notificado a las partes, tanto

asegurador como aseguradora deben anunciar la prueba, esta, se realiza en la audiencia

de la instancia correspondiente, siempre y cuando se trate de acreditar hechos nuevos.

Page 60: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

41

La apelación es un recurso procesal, que busca que la Corte Provincial, como

segunda instancia enmiende conforme a derecho la resolución de Primera instancia.

Se interpone en la audiencia de manera oral.

Figura 9 Recurso de Apelación

En: Código Orgánico de Procesos, Art. 256.

3.11. Recurso de Casación Corte Nacional de Justicia

El Recurso de Casación procede cuando las reclamaciones por indemnizaciones de

seguros, han sido elevadas de la Corte Provincial, segunda instancia, Tribunales

Contencioso Tributario, y Contencioso Administrativo de cuyas sentencias y autos

ponen fin de proceso de reclamación judicial.

El término para presentar este recurso se presenta en el término de 10 días, desde que

la sentencia o auto se ejecutoria, y desde que la autoridad competente acepta o niega la

aclaración o ampliación de la sentencia.

Existe procedencia del Recurso de Casación cuando no se haya aplicado

correctamente las normas procesales; y, cuando haya sido interpretada la norma

incorrectamente sin cumplir los requisitos estipulados en la ley.

RE

CU

RS

O D

E A

PE

LA

CIO

N

Apela resolucion de Primer Nivel

La admitirá si es procedente (Art.261 y 262 COGEP)

Efecto Suspensivo

Efecto diferido

Sin efecto Suspensivo

Si el recurso NO es admitido.

(Art. 259 COGEP)

La parte apelante podrá interponer el Recurso de Hecho.

Page 61: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

42

La casación puede presentar el asegurado o asegurador ante la Sala de la Corte

Provincial de la que proviene la sentencia; luego mediante notificación a la parte

interesada el Juzgador dispone se remitan las copias necesarias para hacer la cumplir la

sentencia o auto y también dispondrá se adopte cualquier medida para alcanzar la

reparación integral; y se ordenará remitir el proceso judicial a la Corte Nacional de

Justicia.

Las aseguradoras interponen el recurso de casación, conjuntamente con la caución,

solicitando la suspensión de la sentencia o auto, sobre los valores dejados de percibir

por la demora para que se ejecute la sentencia o el auto que pudiere ocasionar a la

contraparte.

Una vez recibido el expediente, el juzgador de casación convocará a audiencia en el

término de 30 días. Debemos indicar que los recursos presentados no detienen la

ejecución del auto o la sentencia, cuyo cumplimiento es a favor del asegurado; y, si se

ha ejecutado el fallo que es casado, el Juzgador dispondrá se liquiden daños y perjuicios

a favor de este.

Debo recalcar que cuando se ha negado el recurso de apelación y casación procede el

recurso de hecho, se realiza ante el mismo órgano judicial que lo dicto en el término de

3 días; y, 5 días se remite al Tribunal competente para la tramitación de la excepción de

que se trata la apelación.

3.12. Mandamiento de pago y término para el pago

El Auto de pago es el mandamiento de ejecución por una sentencia ejecutoriada,

como una obligación de hacer, así lo dispone el (Codigo Orgánico General de Procesos,

2015), en el artículo 368, que señala que el Juzgador señalara el termino dentro del cual

la empresa aseguradora cancelará al asegurado las indemnizaciones reclamadas, bajo

prevenciones legales, indicando que en caso de no acatar esta disposición, la obligación

se cancelara mediante un tercero, a costa del ejecutado, en caso de haberlo solicitado el

asegurado.

Page 62: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

43

El mandamiento de ejecución contendrá la orden para que la aseguradora cancele los

valores correspondientes a la indemnización de daños a que haya sido condenado; y,

contendrá la suma de dinero que deberá satisfacer la aseguradora, para compensar el

hecho del siniestro, o también puede dictar embargo de los bienes de este.

Figura 10 Recurso de Apelación

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 2013-0132-C.V.

3.13. Embargo de bienes

El embargo de bienes procede cuando la aseguradora dentro del término concedido

no ha cumplido con la consignación dispuesta en providencia anterior.

El autor Manuel Cachón Cadenas, define al embargo como la disposición del

Juzgador, en la que se incluye que ciertos bienes o derechos del demandado, que

mantengan un valor económico, queden reservados para cancelar la obligación al

asegurado, o para extinguir la obligación pecuniaria que ya fue dispuesta por el Juez, y

servirá también, como provisión en caso de que se dicte la sentencia en lo posterior.

Page 63: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

44

Entonces, la función del embargo es identificar aquellos bienes, que son propiedad

de la aseguradora ejecutada sobre la cual recae la acción de cobro.

Figura 11 Mandamiento de Ejecución

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 1134-04-LS

3.14. Quiebra, embargo de bienes y retención de fondos de la empresa

aseguradora

La quiebra de la empresa aseguradora, se da cuando esta “no tiene fondos ni bienes

muebles e inmuebles para cubrir lo dispuesto por orden judicial”, se la considera como

medida abusiva; ya que, no por un asegurado que realizo su reclamación y la

aseguradora no procede a consignar valores, sea moral y justo solicitar la quiebra de la

empresa aseguradora afectando a otros asegurados y trabajadores.

El embargo de bienes se practica con la aprehensión; y, entregando estos bienes

muebles e inmuebles al depositario judicial quien es la persona representante del

Consejo de la Judicatura, que legitima estos actos. Los bienes embargados quedan en

custodia de este; para posteriormente inscribir en el registro de la propiedad

correspondiente.

Page 64: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

45

Se puede embargar, propiedades de la aseguradora, retener fondos en cuentas

bancarias, secuestras vehículos, embargar unidades productivas, embargo de créditos y

cuota de derechos y acciones.

Retención de fondos procede cuando se conocen la cuenta bancaria de la

aseguradora, con disposición del Juzgador y legitimación del Depositario.

Retenido el dinero del asegurador el juez ordenará el depósito o transferencia de

valores a la Unidad Judicial Civil, para que mediante oficio se entregue el pago al

asegurado.

Figura 12 Recurso de Apelación

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 1134-04-LS

3.15. Consignación de valores

La consignación de valores, es el cumplimiento al mandamiento de pago sin

controversia por parte de la aseguradora.

En esta consignación se debe realizar por la totalidad de los valores de siniestro, de

lucro cesante (intereses), y costas procesales.

SEÑOR JUEZ DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

SRA. ACP, en la calidad en la que concurro, en relación con el juicio Verbal Sumario No.1134-04-L.S., que sigo contra de la

AIG-Metropolitana Compañía de Seguros y Reaseguros S. A.,

Ante Ud. respetuosamente comparezco y digo:

Toda vez que la demandada no ha dado cumplimiento al mandamiento de ejecución; acudo ante usted y solicito se sirva

Disponer la retención de fondos por el monto de dinero adeudado, de la CUENTA CORRIENTE DEL BANCO DEL

PICHINCHA Nº 3018999104 a nombre del AIG-METROPOLITANA CIA DE SEGUROS.

Por el peticionario, su Abogado Defensor

Dr. FST

Mat Nº 2292 C. A. Pichincha

Page 65: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

46

Una vez realizada esta consignación el Juzgador remite al depósito de la cuenta en

Ban Ecuador de la Unidad; y, luego mediante providencia la entrega de valores al

asegurado.

La consignación de valores se debe hacer con cheque certificado a nombre de la

Unidad Judicial de primera instancia.

Debemos tomar en cuenta que, una vez que el proceso judicial por reclamación de

indemnización de seguros, supera todas las fases procesales judiciales, por el tiempo de

litigio, en el despacho de diligencias a favor del asegurado y los incidentes que las

aseguradoras crean para no pagar los siniestros, el asegurado también sufre un daño

moral por la intensidad de la tramitación del proceso judicial.

El mismo asegurado deberá solicitar al Juez que se entregue los valores consignados,

mediante escrito, que debe ir con la firma del abogado patrocinador.

También debe insistir en el despacho de la providencia judicial, para que se ordene la

entrega de estos valores, porque sin la notificación respectiva, ni tampoco su ejecución

el asegurado no podrá ser beneficiario de los valores consignados.

Es decir, debe esperar que, dentro del término de tres días, se ejecutorié la

providencia.

La consignación es el último procedimiento para que al asegurado se haya resarcido

el daño emergente y lucro cesante de la perdida ocasionada por un siniestro.

Page 66: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

47

Figura 13 Consignación de valores

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 1134-04-LS

3.15.1. Cumplimiento del Mandamiento de Ejecución con la consignación de

valores

Una vez emitido el auto de pago, el Juez determinará el término en que habrá de

cumplirse el mismo, tal como lo estipula el (Codigo Orgánico General de Procesos,

2015), Art. 366, 370, y 373.

En esta etapa, la aseguradora conjuntamente con el escrito judicial respectivo, emite

cheque certificado a nombre de la Instancia Judicial que lo emitió; por la suma de

dinero ordenada en el mandamiento de ejecución.

Posteriormente, el mismo se remite al banco para el deposito en la cuenta de la

Unidad Judicial Civil correspondiente, y el asegurado por solicitar al Juez, la entrega de

estos valores, mediante escrito; para que este, ordene a través de providencia la

respectiva entrega.

SEÑOR JUEZ DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA:

DIANA INGRID PINILLA ROJAS en calidad de PRESIDENTA EJECUTIVA y como tal

REPRESENTANTE LEGAL de la compañía AIG METROPOLITANA CÍA. DE SEGUROS Y

REASEGUROS S.A., conforme consta del nombramiento que reposa en autos, dentro del juicio

verbal sumario No. 114-2004 FM, que en contra de mi representada, ante su autoridad, sigue

la señora Alba Cecilia Proaño Gómez, ante usted muy respetosamente comparezco y

manifiesto lo siguiente:

I

Señor Juez, dando cumplimiento al mandamiento de ejecución por su autoridad dictada en la

presente causa, adjunto en original el cheque No. 058932 girado contra la cuenta corriente

No. 30189991-04 de titularidad de la compañía AIG METROPOLITANA CÍA. DE SEGUROS

Y REASEGUROS S.A., en la ciudad de Quito, el día 4 de febrero del 2010, por el valor de

CINCUENTA UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS (US$

50.598,52) a favor del Juzgado Décimo de lo Civil de Pichincha.

Una vez cancelada la obligación ordenada en sentencia, sírvase declarar extinguida la

obligación materia de la demanda de la presente causa el archivo de este juicio.

II

Notificaciones que me correspondan las seguiré recibiendo en el casillero judicial No. 239 del

Palacio de Justicia de Quito.

Debidamente facultada por la compareciente para el efecto, firmo como su abogada defensora.

Atentamente,

Dra. Marianita Villagómez Álvarez

Page 67: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

48

Figura 14 Providencia para retiro de valores consignados.

En: Consejo de la Judicatura. Proceso 1134-04-LS

3.15.2. Bancarización para la entrega de valores por procesos judiciales

En la actualidad, los depósitos judiciales, los ingresa a la cuenta bancaria de la

instancia que emitió el auto de pago; para luego mediante providencia de Juez, entregar

al asegurado; anteriormente era el Banco Central del Ecuador, pero en la actualidad por

ser entidad pública y por licitación lo realiza BanEcuador B.P.; y que, para el caso de

indemnizaciones de seguros, el (Código Orgánico Monetario y Financiero, 2014), en el

sexto párrafo del Artículo 42, señala que el pago ordenado debe ser cumplido a

cabalidad, caso contrario será una de las causas para que el asegurado solicita la

liquidación o quiebra de la empresa aseguradora.

Si llegare a presentar la empresa aseguradora varios incidentes, estos no suspenden

los dispuesto en sentencia ejecutoriado y mandamiento de ejecución respectivos para

que, se ejecute el pago.

Page 68: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

49

Entonces también al emitir estos comprobantes de depósito y retiro de los valores

consignados, la Función Judicial, hace cumplir lo que dispone la (Ley de Régimen

Tributario Interno, 2015), en su Artículo 103, párrafo tercero, que señala que a partir de

los cinco mil dólares de los Estados Unidos de América USD $ 5.000,00, existen la

obligación de bancarizar las operaciones gravadas con impuestos o no, utilizando las

instituciones financieras; mediante transferencias SPI, giros, emisión de cheques,

tarjetas de crédito y débito u otro medido de pago electrónico. Es más, estas

consignaciones se bancarizan desde centavos de dólar en adelante.

Page 69: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

50

CAPÍTULOS IV

4. ANÁLISIS DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA DEL IMPUESTO A LA

RENTA POR LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS

INDEMNIZACIONES POR SEGUROS

4.1. Definición de Renta

El Diccionario de la Lengua Española, define a renta como: utilidad o beneficio que

rinde anualmente; y, como ingreso, caudal, cualquier aumento de la riqueza de un

sujeto.

Renta son todos los ingresos obtenidos durante un determinado tiempo, tanto para el

asegurado como para el asegurador. Por lo que, la Ley de Régimen Tributario Interno,

actualizada al 2017, considera renta a los siguientes ingresos: 1.- Los ingresos que se

obtienen en el Ecuador, de manera gratuita o a título oneroso provenientes del trabajo,

del capital o de ambas fuentes, consistentes en dinero, especies o servicios; y 2.- Los

ingresos obtenidos en el exterior por personas naturales domiciliadas en el país o por

sociedades nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de esta Ley.

Este artículo indica que el origen de la renta puede ser por el trabajo, el capital o

ambas fuentes, mientras que en el Art. 10 de la misma Ley, amplia la definición de

renta, y, que será aplicado al caso que nos ocupa, señalando que: “cualquier otro ingreso

que perciban las sociedades y las personas naturales nacionales o extranjeras residentes

en el Ecuador, incluido el incremento patrimonial no justificado.

La legislación ecuatoriana no dispone todo lo relacionado a “percibir un ingreso en

un futuro, y/o a través de procesos judiciales”. En este marco, Garcia. (2003), cita como

definición de renta: “el valor monetario del incremento neto del poder económico de un

individuo entre dos fechas”.

Page 70: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

51

4.2. Objeto del Impuesto a la Renta

El objeto del impuesto a la renta, es que se aplica a todas las rentas que las personas

naturales y jurídicas, las sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o

extranjeras, obtengan.

La ley delimita el objeto del Impuesto a la renta, porque el concepto de renta es

amplio entonces este impuesto grava a todos los ingresos que puedan recibir una

persona natural, y jurídica.

El efecto de la ley tributaria, en materia de renta es considerar que no solamente se

puede obtener ingresos provenientes del capital o de trabajo, sino que todos lo que

perciba una persona como ingresos, debe ser gravado como renta.

4.3. Nacimiento y Exigibilidad de la Obligación Tributaria

La obligación tributaria nace cuando existe el hecho generador de la obligación

tributaria; y, es exigible a partir de la fecha que la misma señala para el efecto.

Por ello, esta obligación tributaria nace en el momento en que se verifica el hecho

generador, el cual crea la obligación de cumplir conforme al tributo que se debe declarar

y pagar, sin ser o no contribuyente o como responsable.

4.4. Sujetos del Impuesto a la Renta

Los sujetos del Impuesto a la Renta son:

Sujeto Activo. - Corresponde al ente público acreedor del tributo el Estado,

facultado para establecer el impuesto que deberá declarar y pagar el

contribuyente y ejercer su facultad recaudadora del tributo.

Sujeto Pasivo. - Corresponde al conjunto de personas naturales y jurídicas que

tienen la calidad de sujeto de derechos y obligaciones como contribuyentes o

responsables. Estos se clasifican en:

Page 71: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

52

Contribuyentes, persona natural o jurídica quien la ley impone la prestación

tributaria, es decir, quien soporta el registro, declaración y pago de los impuestos

que tenga la obligación por el ejercicio de su actividad económica.

Responsables, es la persona que no es el contribuyente pero que cumple con las

obligaciones tributarias siendo contador del contribuyente.

Responsable por representación, lo conforman, los representantes legales de los

menores no emancipados, los tutores, o curadores, directores, presidentes,

gerentes o representantes de las personas jurídicas, los mandatarios, los síndicos

de quiebras, los adquirientes o sucesores.

Agentes de Retención, contribuyentes personas naturales o jurídicas, quienes, en

función de su actividad, generación de empleo, están en posibilidad de recaudar

tributos, por mandato legal, disposiciones reglamentarias estén obligadas a esta

recaudación.

Agentes de Percepción, contribuyentes personas naturales o jurídicas, quienes,

por su actividad, generación de empleo, por mandato de la ley, se encuentran en

la obligación de recaudar impuestos y traspasarlos en su forma a la

administración tributaria.

4.5. Base Imponible

Para determinar la base imponible del Impuesto a la Renta, es indispensable conocer

el hecho generador, siendo este, el presupuesto establecido por la ley para configurar

cada tributo; y, la realización efectiva en la vida real, es decir la adecuación a la norma

jurídica y por ende la creación del crédito tributario.

El hecho imponible está relacionado con el objeto del tributo, conformado por bienes

materiales; y, jurídicos, es decir por obligaciones de hacer y no hacer.

4.6. Tarifas de Impuesto a la Renta

La ley de Régimen Tributario interna, dispone, que la base imponible para las

personas naturales, corresponde a las tarifas contenidas en la tabla de ingresos

correspondiente al ejercicio económico en curso; así:

Page 72: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

53

a. Las personas naturales y sucesiones indivisas, se aplica la base imponible las

tarifas conforme a la tabla de ingresos correspondiente al ejercicio económico

del año fiscal.

b. Las personas naturales no residentes, cancelaran una tarifa extraordinaria similar

a la de las sociedades sobre sus ingresos globales recibidos.

c. Organizadores de rifas y loterías, tarifa única del 25% sobre las utilidades,

actúan como agentes de retención sobre el 15% pagado por el ganador;

Beneficiarios tarifa única del 15% sobre el premio.

d. Beneficiarios de herencias y legados, conforme a la tabla establecida para el año

fiscal; se procede con la reducción de la tarifa, solo en el caso de que el

beneficiario se encuentre dentro del 1er

. Grado de consanguinidad; excepto hijos

menores de edad y con discapacidad de al menor el 30% calificado por la

entidad competente.

e. Dividendos, utilidades y beneficios por fideicomisos, forman parte de la renta

global del impuesto pagado podrá ser utilizado como crédito tributario en su

declaración, y en ningún caso podrá ser mayor al 25% del valor de la utilidad.

4.7. Exenciones del Impuesto a la Renta

La única exención en cuanto a indemnización de seguros, es la del lucro cesante;

conforme lo estipula el Art. 9, de la Ley de Régimen Tributario Interno, señalando que,

para fines de la determinación y liquidación del impuesto a la renta, están exonerados

exclusivamente los siguientes ingresos: (…) Las indemnizaciones que se perciban por

seguros, exceptuando los provenientes del lucro cesante.

Exclusivamente se encuentran exonerado el Lucro Cesante para la determinación y

liquidación del impuesto a la renta, que cuando la indemnización de seguros no es

pagada en el tiempo estipulado, se pierde la oportunidad de incrementar el patrimonio

presente; y, también el patrimonio futuro que por el siniestro ocurrido ya no integrará,

considerándose un perjuicio.

Page 73: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

54

4.7.1. Liquidación y Determinación del Impuesto a la Renta

Para determinar y liquidar el Impuesto a la Renta, se encuentra establecido que se

debe declarar y pagar según sea el caso, una vez al año; se declara todos los ingresos y

deducciones establecidos conforme la ley del ejercicio económico concluido.

Para las indemnizaciones de seguros, la administración tributaria en ejercicio de la

facultad determinadora, puede proceder a determinar y liquidar el impuesto a la renta

mediante la declaración del sujeto pasivo, actuación de la administración y del modo

mixto.

Esta facultad caduca sin pronunciamiento en los siguientes casos:

a. Tres años en que los tributos que la ley exige determinación por el sujeto pasivo,

desde la fecha de la declaración,

b. Seis años desde que venció el plazo para elaborar, y liquidar la declaración

respectiva del impuesto que corresponda,

c. Un año si se trata de verificar un acto de determinación practicada por el sujeto

activo.

En los procesos judiciales por indemnización de seguros, se tiene que declarar el

Impuesto a la Renta, en el momento mismo de recibir el comprobante de retiro del Ban

Ecuador, estipulado en el mandamiento de ejecución en donde se detalla, los valores

tanto de daño emergente como lucro cesante.

4.7.2. Tarifas y formularios para la declaración del Impuesto a la Renta

Para el año 2017, las tarifas para las declaraciones de impuesto a la renta, están

fijadas desde el 5% hasta el 35%, para las personas naturales, según la base imponible

de los ingresos gravados:

Page 74: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

55

Tabla 3 Tabla de Impuesto a la Renta

En: www.sri.gob.ec

Los plazos para la declaración corresponden al noveno dígito de la cédula de

ciudadanía; y, estos se encuentran establecidos, conforme la siguiente ilustración:

Tabla 4 Periodos de declaración

Noveno dígito del Ruc Vencimiento (ultimo día)

1 10 de marzo

2 12 de marzo

3 14 de marzo

4 16 de marzo

5 18 de marzo

6 20 de marzo

7 22 de marzo

8 24 de marzo

9 26 de marzo

0 28 de marzo En: www.sri.gob.ec

Se debe efectuar la declaración del Impuesto a la Renta en los formularios cuya

forma y contenido haya sido definido y emitidos por el Director General del Servicio de

Rentas Internas.

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, utilizan los formularios

que se resumen en la siguiente ilustración:

Page 75: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

56

Figura 15 Formularios para declaración

Elaborado por: La autora

La Administración Tributaria para facilitar el cumplimiento tributario de los

contribuyentes, ha emitido la resolución Servicio de Rentas Internas, NAC-

DGERCG12-2017, ART. 1, R.O. 7-02-2012, 2012, que determina que: “Las

declaraciones de impuesto administradas por el Servicio de Rentas Internas que realicen

los contribuyentes, serán elaboradas en medio magnético y se remitirán por internet,

conforme el software establecido por la administración tributaria, sin perjuicio del

monto de las obligaciones tributarias, incluyendo las declaraciones en cero.

Por esta resolución todas las declaraciones de impuestos se hacen a través del DIM

formularios y anexos, y se remiten mediante la web del Servicio de Rentas Internas, que

según sea el caso será en los formularios 101, 102 y 102ª.

En la legislación ecuatoriana no existe resolución específica del procedimiento,

tarifas, formularios y casillero para su declaración; y más aun de las indemnizaciones de

seguros provenientes de procesos judiciales civiles cuando este pago es realizado por la

aseguradora de manera pecuniaria; y, tampoco se verifica casillero alguno que indique

ingresos por indemnizaciones de seguros; y, tampoco que haya casillero para registro el

lucro cesante.

Declaración del Impuesto a la Renta de Personas Naturales no

obligadas a llevar a contabilidad.

Formulario 102A en línea disponible en el portal web de

Servicio de Retnas Internas www.sri.gob.ec

Plazo desde 1 de febrero hasta marzo del año inmediato

siguiente al que corresponde la declaración, de acuerdo al

noveno digito del RUC.

RALRTI. Art. 38, señala que el Registro de Ingresos y Egresos, debe registrarse: Fecha, No. De Comprobante, Concepto, valor,

Observaciones

Page 76: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

57

4.8. Legislación tributaria del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante de los

países de América del Sur

El Lucro Cesante en los países de América del Sur no ha tenido un tratamiento

tributario específico; ya que, las legislaciones tributarias no han procedido a identificar

los valores por lucro cesante provenientes de las indemnizaciones de seguros obtenido

por incoar procesos judiciales civiles.

4.8.1. Argentina

El Impuesto a la Renta, se encuentra estipulada en la Ley No. 20628, denominada

Ley de Impuesto a las Ganancias; y, establece: Rentas derivadas por sociedades,

asociaciones civiles y fundaciones; renta derivada por cualquier otra entidad constituida

en Argentina, renta procedente de las actividades de los comisionistas, consignatarios y

otros agentes comerciales, renta percibida por determinados fideicomisos y fondos de

inversión, la renta procedente de la trasmisión de determinados inmuebles, y cualquier

otro tipo de renta.

En las empresas la tarifa es del 35%, y, para las personas naturales oscila entre el 9%

al 35; y, el impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, grava la tarifa del 1%.

El Código Fiscal en Argentina no estipula renta por indemnización de seguros ni

lucro Cesante, ni como parte de la indemnización ni como exención.

El plan de cobertura que tienen las pólizas de Vida con lucro cesante, que tienen

autorización para ser emitidas en Argentina, en donde la aseguradora se obliga a

cancelar en caso de diagnóstico de enfermedad grave, la familia y el patrimonio del

asegurado, se encuentran amparados. Anticipo el 75% del seguro pagado, asumiendo

muerte del asegurado, cuando se haya tenido enfermedad catastrófica y terminal,

intervenciones y trasplantes hasta alcanzar los 65 años de edad. - Invalidez total y

permanente del titular por enfermedad o accidente hasta cumplir los 65 años de edad,

100% del capital asegurad por muertes del socio, hasta 71 años.

Page 77: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

58

Serán cubiertas las personas hasta 65 años de edad, desde los 18 años, que se

encuentran en buen estado de salud cumplimentado la Declaración de Salud

correspondiente. Los asegurados cuentan con la cobertura del riesgo de muerte durante

los 65 a 71 años de edad para las otras coberturas autorizadas.

No existe legislación tributaria que especifique, si a la cancelación de indemnización

de seguros por el reclamo vía judicial los beneficiarios de esta póliza declaren y paguen

el impuesto a la renta por lucro cesante.

4.8.2. Bolivia

La Ley sobre las Utilidades de las Empresas, se establece en la Ley 843, aplicada el

principio de tributación territorial, por lo que impuesto solo se aplica a las rentas

empresariales procedentes de actividades realizadas, los bienes situados y los derechos

económicos utilizados en Bolivia, sin tomar en cuenta la residencia de las personas ni su

nacionalidad.

Las normas sobre contrato de seguro del Código de Comercio en Bolivia, establece

que en la reclamación judicial civil para las indemnizaciones de seguros la póliza de

seguro constituye un medio de prueba, conforme lo estipula el Art. 1006, que estipula:

El contrato de seguro se prueba por escrito, mediante la póliza de seguro; sin embargo,

se admiten los demás medios si existe principio de prueba por escrito; y, en

concordancia con el Art. 1038. -El asegurado o el beneficiario pierde el derecho a la

indemnización o prestaciones del seguro, cuando: 1) Provoquen dolosamente el

siniestro, su extensión o propagación; 2) Oculten o alteren, maliciosamente, en la

verificación del siniestro, los hechos y circunstancias; 3) Recurran a pruebas falsas con

el ánimo de obtener un beneficio ilícito. En cualquiera de estos casos, el asegurado

pierde además el derecho a la devolución de las primas, sin perjuicio de las sanciones

penales.

Bolivia no tiene aprobado autorización de emitir pólizas de lucro cesante; y no hay

legislación tributaria sobre las indemnizaciones de seguros, por reclamación judicial, ni

tampoco exención.

Page 78: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

59

4.8.3. Brasil

En Brasil los impuestos son administrados por la Secretaria de Ingresos Federales

(Secretaria de Receita General), cuyos registros en este país, superan los cien millones

de contribuyentes personas naturales y diez millones de contribuyentes personas

jurídicas. La recaudación por impuesto a la Renta supero los 28´400.000,00 millones

que correspondió al 5,10% del PIB de este país.

La potestad de la administración tributaria, sobre el impuesto a la renta (Imposto

sobre a Renda), se encuentra estipulada en la Ley No. 4.506 de 30.11.1964; y su

reglamento mediante decreto 3000 de 26.03.1999, definiéndose como a todos los

ingresos que generan dentro del ejercicio económico producto del capital o servicios, o

combinación de estos, también las ganancias resultantes de enajenación de activos.

La normativa tributaria en Brasil reconoce cuatro regímenes de cálculo que son:

Beneficio real, beneficio presunto, beneficio determinado por las autoridades tributarias

y determinadas y régimen simplificado.

La Legislación tributaria brasileña, no estipulada nada respecto a las

indemnizaciones de seguros, peor aún del lucro cesante, tanto en la ley como el

reglamento no existe una lista general de rentas exentas, aunque determinados

elementos de renta, como los aplicados a los incentivos tributarios pueden estar exentos.

4.8.4. Chile

El Servicio de Impuestos Internos, entidad tributaria en Chile, que administra

impuestos, solicita declaraciones juradas dentro de los plazos establecidos, tienen un

sistema de anexo de informantes como son las empresas en donde los contribuyentes

persona naturales, hayan prestado sus servicios, bancos e instituciones financieras y

empleadores.

En este país existe jurisprudencia estipulada dentro del proceso judicial No

49.181.2002, del Juzgado Tercero Civil, con el procedimiento ordinario, de un juicio

Page 79: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

60

seguido por la Corporación Habitacional de la Cámara de Construcción de Chile,

incoado por indemnización de perjuicios.

En este caso, se revolvió que la indemnización de perjuicios comprende el daño

emergente y el lucro cesante. Existe limitación el daño emergente, mediante la Ley de

Seguros en Chile.

Por lo que, en Chile el lucro cesante es un daño que se presente en lo futuro, por lo

que para su indemnización debe ser comprobada su ocurrencia, sosteniendo que deja de

percibir la utilidad o ganancia el asegurado, que puede ser por el cumplimiento tardío o

simplemente por incumplimiento de la obligación con la privación de las ganancias.

Respecto a las indemnizaciones de seguros la Ley No. 824 de Impuesto sobre la

Renta, utilidades y ganancias de capital, si estipula que se encuentra exenta las

indemnizaciones percibidas por daños declarados por los tribunales, excluyendo las

indemnizaciones de activos de empresas o actividades sujetas al impuesto sobre renta

empresarial sobre renta real.; es decir lucro cesante, no está exento, considerándose

como una ganancia de capital.

4.8.5. Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, entidad tributaria en Colombia,

hace cumplir lo estipulado en el Estatuto Tributario, Articulo 26, que señala que el lucro

cesante está sujeto a retención en la fuente; y, que todos los ingresos ordinarios y

extraordinarios recibidos en el año, sujeto de producir el incremento neto del

patrimonio, cuando se perciba estos montos, son renta gravable y, por lo tanto, sujetos

de retención en la fuente.

Entonces la indemnización por daño emergente no está sujeto a retención, porque no

es gravable, por ser reposición del bien siniestrado que conforme el patrimonio del

contribuyente.

Entonces dentro del pago que realiza la aseguradora excede el monto indemnizable

por daño emergente. Este exceso corresponde al lucro cesante, -ingreso gravable-,

Page 80: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

61

ingresos susceptibles de incrementar el patrimonio del asegurado y/ o tomador del

seguro; por lo tanto, se debe realizar la retención en la fuente conforme el Articulo 401-

2, del mismo cuerpo legal.

Las empresas aseguradoras al hacer el pago correspondiente, por via judicial deben

retener el porcentaje correspondiente a este rubro y posteriormente proceder con el

pago; y, por lo tanto se cumple con el Art. 26 del Estatuto Tributario; y, regulado

mediante Circular No.14482 de mayo del 2015, disponen: “… que un ingreso puede

producir incremento neto del patrimonio, cuando es susceptible de capitalización aun

cuando ésta no se haya realizado efectivamente al final del ejercicio, y no son

susceptibles de producir incremento neto del patrimonio los ingresos por reembolsos de

capital o indemnización por daño emergente”.

Este mismo tratamiento es aplicable la indemnización por seguro de daño a la que se

refiere el artículo 45 del estatuto tributario, pues este, de forma expresa en su parágrafo

único señala que “Las indemnizaciones obtenidas por concepto de seguros de lucro

cesante, constituyen renta gravable.”; y, se aplica la retención cuando el asegurador

tiene precisado los valores que corresponden al daño emergente y al lucro cesante.

4.8.6. Ecuador

Mientras la legislación ecuatoriana, señala que se exonera el lucro cesante del

impuesto a la renta; no tiene resolución alguna para elaborar y remitir la declaración del

Impuesto a la Renta por lucro cesante que es la exención por indemnizaciones de

seguros. Se generaliza el pago de indemnización de seguros pagados por las empresas

de seguros; y, no se especifica si estas son pagadas por procesos judiciales, reclamos

administrativos, y por trámite administrativo establecido por la aseguradora.

Los reclamos judiciales por indemnización de seguros se los realiza conforme lo

dispone el Código Orgánico General de Procesos, faltando estipular lo concerniente a

impuestos en estos casos.

Page 81: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

62

La legislación Tributaria, a través de la Ley de Régimen Tributario Internos, refiere

que se encuentran exentas para el impuesto a la renta, las indemnizaciones de seguros

exceptuando el lucro cesante.

La entidad estatal Seguros Sucre, oferta la póliza de seguro de Lucro cesante cuya

cobertura ampara las paralizaciones del giro del negocio, no hay casos judiciales

incoados para reclamar las indemnizaciones de seguros por lucro cesante. La entidad

tributaria que administra tributos es el Servicio de Rentas Internas.

4.8.7. Paraguay

El Ministerio de Haciendo en Paraguay es la entidad tributaria que administra los

tributos en este país, a través de la Subsecretaria de Estado de Tributación.

Los contribuyentes realizan la declaración del Impuesto a la Renta, denominada

Declaración Juramentada, la realizan en el formulario 104, denominada la Liquidación

del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal.

El Código Tributario, ni el Nuevo Régimen Tributario de Paraguay, no contemplan

ningún artículo en cuanto a las indemnizaciones de seguros y lucro cesante.

Las pólizas de seguro en Paraguay no incluyen condiciones el lucro cesante a

resarcir. Los reclamos por indemnizaciones de seguros se los realizan conforme el Art.

1600 del Código Civil, que señala que el daño patrimonial justificado por el asegurado

y/o tomador del seguro, y que es causado por un siniestro, excluye el lucro cesante,

cuando este haya sido convenido entre las partes.

4.8.8. Perú

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, entidad tributaria en el

Perú, señala que el Impuesto a la renta se encuentra estipulado por el Decreto Supremo

179-2004; y, dispone que el lucro cesante está sujeto al Impuesto a la Renta, por tratarse

de un incremento patrimonial que resarce todo ingresos que se encuentra afectado.

Page 82: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

63

Las pólizas de riesgos patrimonial y lucro cesante, amparan las pólizas de incendio

y/o rayo que afectan los inventarios, edificaciones y existencias de una empresa, mas no

activos. La empresa de seguros “La Positiva”, tiene aprobada la póliza de lucro cesante

que ampara a los locales que utiliza el asegurado para la generación de su actividad

económica, o los bienes que fueron destruidos o siniestrados.

El lucro cesante constituye renta de tercera categoría, (renta empresarial), porque

ganancias de capital sujetas derivadas de transacciones habituales.

La legislación tributaria peruana no indica nada en cuenta a reclamaciones por

indemnizaciones de seguros y el lucro cesante.

4.8.9. Uruguay

El Impuesto a la Renta en Uruguay, incluye una seria de actividades realizadas por

las personas naturales y jurídicas, que incluyen las ganancias de capital procedentes de

la transferencia de dominio de los activos empresariales.

Las indemnizaciones de seguros no son susceptibles de ni de exención; y, tampoco el

Lucro Cesante de impuesto a la renta.

La Dirección General Impositiva, tampoco hace alusión al tema de indemnizaciones

de seguros por lucro cesante. La Ley No. 19.303 del 29 de diciembre del 2014, se

prueba un acuerdo entre Uruguay y Brasil, para el intercambio de información tributaria

y su protocolo; en esta se hace referencia a estas indemnizaciones, pero de allí, a

conocer montos de recaudación, procesos e impuesto a la renta por lucro cesante no

refiere nada, más que de manera generalizada por actividades financieras y de seguros.

4.8.10. Venezuela

La administración tributaria en Venezuela se denomina, Servicio Nacional Integrado

de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que cumple sus funciones con

autonomía funcional, técnica y financiera, adscrita al Ministerio Popular para las

Finanzas Venezolanas.

Page 83: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

64

La Superintendencia de la actividad aseguradora -SUDEASEG-, señala que la

cobertura por lucro cesante se encuentra estipulada dentro de las cláusulas de todas las

pólizas de seguros, en donde se indica que los reaseguradores son lo que deben cancelar

el monto del siniestro pendiente, y que no es pagado por la aseguradora.

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley del impuesto sobre la renta, la renta de fuente

venezolana incluye: las contraprestaciones, honorarios y pagos similares por asistencia

técnica, los servicios técnicos utilizados en Venezuela, la renta derivada por

compañías de seguros y reaseguros no residentes; y, la base imponible está

constituida por la renta bruta, menos los costes directos de bienes y servicios,

incluyendo los gastos necesarios efectuados en el país, como rentas exentas se

encuentran las indemnizaciones de seguros, no obstante, deberán incluirse entre los

ingresos brutos cuando estas pérdidas hayan sido deducidas, sin embargo en la entidad

tributaria no consta montos por recaudación tributaria por concepto de lucro cesante.

En los países de América del Sur, el crecimiento del mercado asegurador, al año

2016, se ha incrementado. En cambio, no se ha regulado con normativa tributaria las

indemnizaciones de seguros en la mayoría de estos países. En Colombia las provisiones

técnicas se situaron durante los años 2006-2016, en 40.623.613 millones de pesos.

Venezuela las primas del mercado asegurador tuvieron un crecimiento de 872.901

millones de bolívares, pero al mismo tiempo existió un decrecimiento real del 25,5%.

Brasil, a pesar de la recesión económica el volumen de primas del mercado asegurador

tuvo un crecimiento en el año 2016 de 205.480 millones de reales que equivalen a

58.965 millones de dólares.

En el año 2016, el mercado asegurador en Ecuador decreció, el volumen de primas

ascendió a 1.618.000 millones de dólares. Perú después de 11 años de crecimiento

registro un descenso de 11.256 millones de soles (3.335 millones de dólares). Chile el

mercado asegurador ascendió a 12.273 millones de dólares. Paraguay, tuvo un

incremento de 2.168.768 millones de guaraníes. Argentina el volumen de primas en el

mercado asegurador ascendieron a 243.602 millones de pesos (1.498 millones de

dólares).

Page 84: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

65

Por lo que, las administraciones tributarias de los países de América del Sur, no

cuentan con legislación tributaria y montos de recaudación tributaria por lucro cesante

proveniente de indemnizaciones de seguros por procesos judiciales, por lo tanto, es

necesario establecer un mecanismo de recaudación. Este análisis se resume en la

siguiente ilustración:

Tabla 5 Lucro Cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros en América.

Elaborada por: La Autora.

En los países de América del Sur existe legislación civil. En seis países existe

legislación tributaria por lucro cesante sobre las indemnizaciones de seguros; y, en

algunos países se han aprobado la emisión de pólizas de lucro cesante que amparan

cierto siniestro que al ser pagados incrementan la renta patrimonial.

PAIS ENTIDAD TRIBUTARIA

LEGISLACION

CIVIL LEGISLACION TRIBUTARIA

MONTO DE

RECAUDACION

Lucro Cesante

POLIZA

DE

SEGUROS TIPO DE SEGURO

Argentina Administracion Federal de

Ingresos Públicos-AFIP-

Si No No Si Vida

Bolivia Servicio de Impuestos

Nacionales

Si No No No No

Brasil Secretaria de Ingresos

Federales

Si Si No No No

Chile Servicio de Impuestos

Internos

Si Si. Exenta las indemnizaciones

percibidas por daños declarados

por los tribunales, excluyendo las

indemnizaciones de activos de

empresas o actividades sujetas al

impuesto sobre renta empresarial

sobre renta real.

No Si Daños a bienes

existentes destruidos

o dañados, que

supere el monto

asegurado

Colombia Dirección de Impuestos y

Aduanas Nacionales

Si Si.lucro cesante está sujeto a

retención en la fuente

No Si Polizas Codigo de

Comercio. Colombia

Ecuador Servicio de Rentas Internas Si Si. Exención del impuesto a la

renta, las indemnizaciones de

seguros exceptuando el lucro

cesante

No Si Paralizacion de

actividades

empresariales,

Seguros Sucre S.A.,

le ofrece

el segurode Lucro

Cesante.

Paraguay Subsecretaria de Estado de

Tributación

sI No No Si Daño patrimonial

justificado, sin

incluir el lucro

cesante, salvo

cuando haya sido

expresamente

convenido.

Peru Superintendencia Nacional

de Administración

Tributaria

Si Si. Lucro cesante se encuentra

gravado con el Impuesto a la

Renta,

No Si Incendio y/o rayo

Uruguay Direccion General

Impositiva

Si No No No No

Venezuela Servicio Nacional Integrado

de Administracin Aduanera

y Tributaria

Si Si No No No

Page 85: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

66

Es importante recalcar que, en ninguna de las administraciones tributarias de estos

países, se registran montos sobre recaudación tributaria por lucro cesante de manera

general y tampoco de manera específica, al lucro cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros por procesos judiciales civiles.

4.9. Recaudación tributaria por indemnizaciones de seguros en el Ecuador

En el registro de recaudación del Servicio de Rentas Internas, no registra el monto

total pagado por indemnizaciones de seguros en el Ecuador; ni tampoco la

diferenciación del pago de estas indemnizaciones por reclamos administrativos,

procesos judiciales civiles; o por mero trámite para la reclamación directa a la empresa

aseguradora.

Dentro del sistema, se encuentra estipulado los títulos: Servicio de Rentas

Internas/Aplicaciones/Matriz Incentivos Beneficios Fiscales/9.16 indemnizaciones

pagadas por compañías de seguros.

Para la recaudación tributaria por Lucro Cesante es importante que las pólizas

contengan la declaración del asegurado o tomador del seguro; y, recalcar que los anexos

de las pólizas forman parte de un solo contrato de seguro.

Durante los años 2016 y 2017, la recaudación tributaria por el Servicio de Rentas

Internas, correspondió a los siguientes rubros:

Impuesto a la Renta Causado

Retenciones Mensuales

Anticipos al IR

Declaraciones de Impuesto a la Renta, (Personas naturales y Jurídicas)

Herencias, Legados y Donaciones

IVA de Operaciones Internas

ICE de Operaciones Internas

Impuesto Ambiental Contaminación Vehicular

Page 86: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

67

Impuesto Redimible Botellas Plásticas NR

Impuesto a los Vehículos Motorizados

Impuesto a la Salida de Divisas

Impuesto a los Activos en el Exterior

RISE

Regalías, patentes y utilidades de conservación minera

Tierras Rurales

Contribución para a atención integral el cáncer

Intereses por Mora Tributaria

Multas Tributarias Fiscales

Otros Ingresos

Importaciones

IVA Importaciones

ICE de Importaciones.

Contribuciones Solidarias

Contribución solidaria sobre el patrimonio

Contribución solidaria sobre las utilidades

Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y

Contribución solidaria de un día de remuneración

Contribución 2% IVA

A través de la cuenta contribuciones solidarias se incrementó la recaudación

tributaria, debido a la promulgación de la Ley Orgánica de Solidaridad y de

Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las zonas

afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016.

Las contribuciones solidarias gravaron a los derechos representativos de capital

existentes en el Ecuador de sociedades residentes en paraísos fiscales, remuneraciones,

patrimonio y utilidades.

Page 87: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

68

También dentro de estas cuentas, existe la cuenta Otros Ingresos, registrada por el

Servicio de Rentas Internas; que, abarca la recaudación tributaria por los siguientes

conceptos:

Contribución Solidaria sobre utilidades

Multas por presentación tardía de anexos

Reintegro valores pagados indebidamente

Multas RUC

Multas por presentación tardía de declaración patrimonial

Contribución solidaria sobre las remuneraciones

Multas anexas de declaraciones de Impuesto a la Renta

Multas por no obtención licencia de Operación ICE

Multas por contravenciones

Multas por faltas reglamentarias

1 X 1000 como contribución para la promoción del turismo

Reintegro de valores pagados indebidamente

Impuesto Patentes municipales

Multas por informe de cumplimiento tributario

Contribución solidaria sobre bienes de personas jurídicas del exterior

Multas por omisión de declaración patrimonial

1% capital neto.

Durante la presente investigación no se encontró recaudación alguna sobre el lucro

cesante proveniente de indemnizaciones de seguros por procesos judiciales civiles.

Hay que considerar que el organismo competente a autorizado a algunas empresas de

seguros emitir las respectivas pólizas por lucro cesante; y, también mantiene dentro de

su registro el pago de siniestros por lucro cesante.

Por lo tanto, el Servicio de Rentas Internas por los conceptos antes indicados

mantiene en sus registros, que la recaudación tributaria se realizó a través de dinero en

efectivo, títulos del Banco Central, notas de crédito y otras formas de pago, durante los

años 2016 – 2017, correspondió de la siguiente manera:

Page 88: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

69

Tabla 6 Servicio de Rentas Internas. -Recaudación Tributaria Año. 2016

En: www.sri.gob.ec

Recaudación

Ene - Dic 2016

12.226.781

Impuesto a la Renta Recaudado 3.946.284Retenciones Mensuales (3)

2.489.843Anticipos al IR 335.213Declaraciones de Impuesto a la Renta (4)

1.121.228 Personas Naturales 163.720 Personas Jurídicas 942.978

Herencias, Legados y Donaciones 14.530

IVA de Operaciones Internas 4.374.850

ICE de Operaciones Internas 674.265

Impuesto Ambiental Contaminación Vehicular 112.025

Impuesto Redimible Botellas Plásticas NR 28.244

Impuesto a los Vehículos Motorizados 194.675

Impuesto a la Salida de Divisas 964.659

Impuesto a los Activos en el Exterior 46.910

RISE 18.783

Regalías, patentes y utilidades de conservación minera 50.210

Tierras Rurales 7.853

Contribución para la atención integral del cáncer 90.259

Intereses por Mora Tributaria 135.666

Multas Tributarias Fiscales 50.181

Otros Ingresos 78.554

SUBTOTAL 10.773.419

IVA Importaciones 1.329.296

ICE de Importaciones 124.065

SUBTOTAL 1.453.361

Contribución solidaria sobre el patrimonio 201.540

Contribución solidaria sobre las utilidades 355.240

Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos 141.064

Contribución solidaria de un día de remuneración 60.459

Contribución 2% IVA 402.444

SUBTOTAL 1.160.747

13.387.528

6.856.8086.530.720

TOTAL RECAUDACIÓN (2) 13.387.528(-) Notas de Crédito 693.445(-) Compensaciones 31.419

TOTAL EFECTIVO (5) 12.662.664(-) Devoluciones (6)

97.828

TOTAL NETO (7) 12.564.837

IMP

OR

TA

CIO

NE

STOTAL RECAUDACIÓN SIN REMISIÓN Y SIN CONTRIBUCIONES

CL

AS

IFIC

AC

IÓN

INT

ER

NO

S

CO

NT

RIB

UC

IO

NE

S

SO

LID

AR

IAS

TO

TA

LE

S

DIRECTOS

INDIRECTOS

TOTAL RECAUDACIÓN SIN REMISIÓN Y CON CONTRIBUCIONES

Page 89: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

70

Tabla 7 Servicio de Rentas Internas. -Recaudación Tributaria Año. 2016

En: http://www.sri.gob.ec/web/guest/estadisticas-generales-de-recaudacion?

Recaudación

Ene-Dic 2017

13.223.151

Impuesto a la Renta Recaudado 4.177.295

Retenciones Mensuales (3) 2.641.710

Anticipos al IR 342.927

Declaraciones de Impuesto a la Renta (4) 1.192.657

Personas Naturales 175.541

Personas Jurídicas 991.473

Herencias, Legados y Donaciones 25.644

IVA de Operaciones Internas 4.669.385

ICE de Operaciones Internas 740.547

Impuesto Ambiental Contaminación Vehicular 110.952

Impuesto Redimible Botellas Plásticas NR 31.172

Impuesto a los Vehículos Motorizados 191.480

Impuesto a la Salida de Divisas 1.097.642

Impuesto a los Activos en el Exterior 34.876

RISE 22.105

Regalías, patentes y utilidades de conservación minera 52.965

Tierras Rurales 7.313

Contribución para la atención integral del cáncer 96.677

Intereses por Mora Tributaria 78.538

Multas Tributarias Fiscales 49.622

Otros Ingresos 8.180

SUBTOTAL 11.368.750

IVA Importaciones 1.645.546

ICE de Importaciones 208.855

SUBTOTAL 1.854.401

Contribución solidaria sobre el patrimonio 15.999

Contribución solidaria sobre las utilidades 18.966

Contribución solidaria sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital de propiedad de sociedades no residentes2.614

Contribución solidaria de un día de remuneración 4.852

Contribución 2% IVA 415.114

SUBTOTAL 457.545

13.680.696

6.385.191

7.295.505

TOTAL RECAUDACIÓN (2) 13.680.696

(-) Notas de Crédito 716.262

(-) Compensaciones 37.419

TOTAL EFECTIVO (5) 12.927.015

(-) Devoluciones (6) 201.972

TOTAL NETO (7) 12.725.042

TOTAL RECAUDACIÓN SIN CONTRIBUCIONES SOLIDARIAS(2)

CL

AS

IFIC

AC

IÓN

INT

ER

NO

SIM

PO

RT

A

CIO

NE

S

CO

NT

RIB

UC

ION

ES

SO

LID

AR

IAS

TOTAL RECAUDACIÓN CON CONTRIBUCIONES SOLIDARIAS(2)

DIRECTOS

INDIRECTOS

TO

TA

LE

S

Page 90: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

71

Por lo tanto, se analiza el monto y porcentaje de recaudación de impuestos durante

los años 2016 y 2017, en cuanto a la incidencia del lucro cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros procedentes de procesos judiciales.

Tabla 8 Monto y porcentaje de Recaudación Año 2016

Elaborado por: La Autora

Figura 16 Recaudación Tributaria en miles de dólares 2016

Elaborado por: La Autora

Recaudación Año 2016.-En miles de dólares

IMPUESTOS VALOR PORCENTAJE

Directos 10.694.865 80%

Importaciones 1.453.361 11%

Otros ingresos 78.554 1%

Contribuciones solidarias 1.160.747 9%

Lucro Cesante 0 0%

Total de recaudacion año 2017 13.387.528 100%

10.694.865

1.453.361

78.554

1.160.747

0

Directos Importaciones Otros ingresos Contribuciones

solidarias

Lucro Cesante

VA

LO

RE

S

CONCEPTOS DE IMPUESTOS

Recaudacion en miles de dolares. Año 2016

Page 91: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

72

Figura 17 Porcentaje de Recaudación. Año 2016

Elaborado por: La Autora

Se resume que, en el año 2016, no se cumplió la meta de recaudación. Para este año

la recaudación tributaria alcanzo la suma de USD $ 13.387.528 (miles de dólares); que

correspondió al 87% de la meta fijada para ese año; y por lucro cesante no hubo valor

alguno en recaudación. Es decir, existe una recaudación del 0% por este concepto. Los

otros ingresos en donde tampoco consta recaudación por lucro cesante ascienden a

USD$ 78.554 (miles de dólares), correspondiente al 1%, y también forma parte de la

recaudación tributaria, aunque en poco porcentaje, pero tiene incidencia directa, porque

esta recaudación la recauda el Servicio de Rentas Internas en dinero en efectivo.

Para el año 2017, el Servicio de Rentas Internas mejoro los controles para la

recaudación tributaria con especial énfasis en los montos de contribuciones solidarias;

por lo que, se analiza la recaudación tributaria por este año; y, se obtiene los siguientes

resultados.

80%

11% 1% 9% 0%

DIRECTOS IMPORTACIONES OTROS INGRESOS CONTRIBUCIONES

SOLIDARIAS

LUCRO CESANTE

Po

rcen

taje

Impuestos

Porcentaje de recaudación. 2016

Page 92: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

73

Tabla 9 Monto y porcentaje de Recaudación Año 2017

Elaborado por: La Autora

Figura 18 Recaudación en miles de dólares. Año 2017

Elaborado por: La Autora

Figura 19 Porcentaje de Recaudación. Año 2017

Elaborado por: La Autora

Recaudación Año 2017. En miles de dólares

IMPUESTOS VALOR PORCENTAJE

Directos 11.360.569 83%

Importaciones 1.854.401 14%

Otros ingresos 8.180 0%

Contribuciones solidarias 457.545 3%

Lucro Cesante 0 0%

Total de recaudacion año 2017 13.680.696 100%

Page 93: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

74

Se resume que, en el año 2017, no se cumplió la meta de recaudación, pero mejoro

en un 93,90%, respecto del año 2016. Para el año 2017, la recaudación tributaria

alcanzo la suma de USD $ 13.680.696 (miles de dólares); y por lucro cesante no hubo

valor alguno en recaudación. Es decir, existe una recaudación del 0% por este concepto.

Los otros ingresos en donde tampoco consta recaudación por lucro cesante ascienden a

USD$ 457.545 (miles de dólares), correspondiente al 3%, y también forma parte de la

recaudación tributaria, se incrementó la recaudación debido a las multas que se

generaron por la aplicación tardía de lo estipulado en la Ley Orgánica de Solidaridad y

de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las zonas

afectadas por el terremoto de 16 de abril de 2016.

Entonces durante los años 2016 y 2017, no se recaudó valor alguno por concepto de

lucro cesante proveniente de indemnizaciones de seguros; ni tampoco se ha emitido por

parte de la autoridad tributaria resolución alguna.

4.10. Indemnizaciones de seguros pagadas por las empresas aseguradoras en el

Ecuador, a través de procesos judiciales civiles

Para proceder con el análisis de los valores pagados por concepto de indemnización

de seguros, por los siniestros ocurridos durante los años 2016 y 2017, es indispensable

conocer quienes conformar el mercado asegurador en el Ecuador, mismo que está

compuesto por:

Agencias asesoras productoras de seguros.

Personas naturales con o sin relación de dependencia que actúan como agentes

de seguros.

Ajustadores de siniestros personas naturales y jurídicas.

Aseguradora nacional y extranjera.

Inspectores de riesgos personas jurídicas y naturales.

Intermediarios de reaseguros nacionales.

Medicina prepagada.

Reaseguradores Nacionales.

Page 94: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

75

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, ejerce el control sobre las

compañías de seguros. Esta institución asumió la competencia con fundamento en el

Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF), que dispuso ejercer la vigilancia,

auditoría, intervención, control y supervisión del régimen de seguros.

Las compañías aseguradoras que operan en el Ecuador, son las siguientes:

Tabla 10 Compañías de Seguros Ecuador.

En: http://181.198.3.71/portal/cgi-bin/cognos.cgi

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, durante el año 2016 y 2017,

registra que las compañías aseguradoras antes anotadas, cancelaron valores de siniestros

por lucro cesante por procesos judiciales civiles y reclamos administrativos de todos los

ramos de seguros, incluyendo el lucro cesante por incendio y riesgos catastróficos.

Page 95: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

76

Tabla 11 Siniestros pagados año 2016. SCVS.

En: https://www.supercias.gob.ec/portalscvs/

AIG Metropolitana

ASEGURADORA DEL

SUR BALBOA

CHUBB SEGUROS

ECUADOR S.A. Condor Seguros Equinoccial

INTEROCEANICA C.A.

DE SEGUROS. Segruros La Union LATINA SEGUROS C.A.

LIBERTY SEGUROS

S.A. QBE COLONIAL SEGUROS SUCRE S.A.

DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE DICIEMBRE

1 VIDA INDIVIDUAL 0 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 75.156,86 $ 0,00 $ 43.652,74 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

2 VIDA COLECTIVA $ 11.738.072,61 $ 0,00 $ 0,00 $ 6.213.228,91 $ 0,00 $ 15.716,29 $ 680.580,60 $ 16.238,09 $ 2.523.282,53 $ 9.608.138,16 $ 0,00 $ 19.943.312,10

3 ASISTENCIA MEDICA $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -864,08 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 48.984,98 $ 8.190,72 $ 0,00 $ 0,00 $ 3.844.217,53

4 ACCIDENTES PERSONALES $ 3.151.673,73 $ 239.863,59 $ -10.500,00 $ 4.920.048,24 $ 36.319,38 $ 708.235,33 $ 39.385,56 $ 36.726,38 $ 177.933,38 $ 697.644,40 $ 3.272.497,25 $ 254.406,64

5 INCENDIO Y LINEAS ALIADAS $ -134.408,66 $ 131.211,30 $ 37.064,16 $ 2.546.734,97 $ 84.988,85 $ 893.442,74 $ 229.306,74 $ 108.140,45 $ 701.449,64 $ 1.612.806,97 $ 1.754.237,85 $ 4.087.503,13

6 LUCRO CESANTE A CONSECUENCIA DE INCENDIO Y LINEAS

ALIADAS

$ -71.363,69 $ 4.000,00 $ -164,73 $ 13.670,28 $ 1.533,08 $ 215.232,43 $ -5.420,84 $ 6.820,96 $ 5.000,00 $ -38.063,89 $ -70.955,30 $ 15.000,00

7 VEHICULOS $ 8.796.327,48 $ 13.063.372,74 $ 157.762,54 $ 10.816.153,94 $ 3.347.366,84 $ 36.142.392,23 $ 737.999,31 $ 479.258,08 $ 8.825.536,38 $ 10.724.755,58 $ 31.734.393,05 $ 6.811.567,45

8 TRANSPORTE 338.653,42$ $ 117.370,76 $ 15.687,05 $ 925.913,94 $ 391.433,05 $ 880.827,56 $ -139,74 $ 17.968,24 $ 100.333,05 $ 1.528.442,53 $ 1.292.430,30 $ 331.348,82

9 MARITIMO $ 0,00 $ 24.990,88 $ 2.124.024,99 $ 0,00 $ 13.799,21 $ 3.251,69 $ 1.200,00 $ 134.713,01 $ 3.500,00 $ 639.704,13 $ -19.556,32 $ 278.436,16

10 AVIACION $ 40,66 $ 59.163,77 $ 0,00 $ 0,00 $ 41.415,96 $ 1.531,26 $ 84.877,93 $ 20.997,77 $ 99,10 $ 194,37 $ 2.452,60 $ 2.804,99

11 ROBO $ 12.574,77 $ 72.492,35 $ -749,16 $ 70.585,93 $ -16.118,85 $ 351.195,35 $ -4.715,81 $ 1.630,82 $ 104.921,05 $ 433.968,68 $ 139.207,50 $ 75.197,38

12 DINERO Y VALORES $ 0,00 $ 19.671,78 $ -32,22 $ 0,00 $ 0,00 $ 290.924,14 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 91.250,32 $ 387.530,27

13 AGROPECUARIO $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 3.746.177,54 $ 650.854,37

14 TODO RIESGO PARA CONTRATISTAS $ -2.424,94 $ 8.434,16 $ 0,00 $ 194.436,87 $ -149,44 $ 408.458,57 $ -5.519,42 $ 0,00 $ -1.005,38 $ 91.644,51 $ 123,83 $ 56.297,84

15 MONTAJE DE MAQUINARIA $ 648,96 $ -600,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -2.858,36 $ 93,74 $ 23,88 $ 0,00 $ 0,00 $ -615,53 $ 12.260,23 $ 0,00

16 ROTURA DE MAQUINARIA $ 46.425,25 $ 47.097,11 $ -34.903,97 $ -70.250,83 $ 26.628,06 $ 532.093,85 $ -8.570,89 $ 71.980,67 $ 30.071,39 $ 332.370,61 $ 1.645.397,43 $ 504.833,52

17 PERDIDA DE BENEFICIO POR ROTURA DE MAQUINARIA $ 513,13 $ 0,00 $ -126,64 $ 0,00 $ 0,00 $ 1.440,28 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -3.979,05 $ 700,00 $ 20.838,75

18 EQUIPO Y MAQUINARIA DE CONTRATISTAS $ -54.257,02 $ 397.206,10 $ -1.065,37 $ 158.174,57 $ -15.739,85 $ 188.788,81 $ -12.203,61 $ 243.360,80 $ 94.602,73 $ 399.475,92 $ 1.098.984,93 $ 89.326,85

19 OBRAS CIVILES TERMINADAS $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 3.294,98 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

20 EQUIPO ELECTRONICO $ 7.340,47 $ 249.832,81 $ -240,54 $ 149.757,83 $ 16.524,17 $ 668.845,99 $ -32.161,70 $ 35.518,33 $ 34.082,42 $ 697.995,07 $ 1.161.625,24 $ 368.801,08

21 RESPONSABILIDAD CIVIL $ 385.573,79 $ 152.086,43 $ -19,28 $ 19.239,27 $ 19.465,23 $ 35.010,41 $ -5.692,71 $ 5.247,19 $ 64.289,07 $ -158.203,70 $ 450.929,11 $ 835.302,46

22 FIDELIDAD $ 872.480,03 $ 68.632,35 $ -143,25 $ 75.158,62 $ 25.227,17 $ 399.462,18 $ -4.577,48 $ 30.936,70 $ 44.224,80 $ 288.366,13 $ 449.434,43 $ 780.367,02

23 SERIEDAD DE OFERTA $ -350,58 $ 0,00 $ -186,89 $ 0,00 $ 0,00 $ 9.974,59 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 150,63 $ -186,38 $ 0,00

24 BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS (BBB) $ 1.646.132,94 $ 61,56 $ 0,00 $ -409.634,88 $ 0,00 $ 15.629,54 $ 0,00 $ 0,00 $ 9.996,75 $ 39.190,66 $ 57.672,18 $ -8,50

26 RIESGOS ESPECIALES $ 1.310.555,67 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -10,00 $ 0,00 $ 25.686,08 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

27 CUMPLIMIENTO DE CONTRATO $ 14.883,86 $ -715.499,11 $ -6.032,85 $ 0,00 $ -5.205,70 $ 256.820,09 $ 155.389,12 $ 1.600,00 $ -59.943,08 $ 43.191,91 $ -223.694,27 $ 25.583,62

28 BUEN USO DE ANTICIPO $ 26.432,97 $ -16.270,73 $ 5.302,99 $ 0,00 $ 130.969,05 $ 121.187,78 $ 84.267,38 $ 0,00 $ 177.643,19 $ -1.703,90 $ 784.920,90 $ 333.405,40

29 EJECUCION DE OBRA Y BUENA CALIDAD DE MATERIALES $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -262,35 $ 0,00 $ 0,00 $ 498,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

31 GARANTIAS ADUANERAS $ 0,00 $ 0,00 $ -7.501,51 $ 0,00 $ -1.831,67 $ 38.740,06 $ 13.812,51 $ 0,00 $ -4.395,67 $ 37.062,87 $ 870,20 $ 0,00

33 OTRAS GARANTIAS $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

34 CREDITO INTERNO $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

35 CREDITO A LAS EXPORTACIONES $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

38 TODO RIESGO PETROLERO $ -268,21 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -241,51 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 160,14

39 OTROS RIESGOS TECNICOS $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

40 MULTIRIESGO $ 740.437,27 $ -86.349,81 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -223.199,26 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 18.853,09 $ 568.895,67

41 RIESGOS CATASTROFICOS $ 0,00 $ 368,83 $ 0,00 $ 0,00 $ 528.362,18 $ 1.957.395,36 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 35.521,82 $ 4.930.877,04 $ 0,00

42 LUCRO CESANTE A CONSECUENCIA DE RIESGOS

CATASTROFICOS

$ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 12.170,40 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 30.173,33 $ 0,00

44 SOAT $ -636,88 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 116.579,73 $ 0,00 $ -1.554.091,99 $ -217.735,30 $ -358.051,66 $ 92.940,31

SubTotal Seguros de Vida $ 11.738.072,61 $ 0,00 $ 0,00 $ 6.213.228,91 $ 0,00 $ 15.716,29 $ 755.737,46 $ 16.238,09 $ 2.566.935,27 $ 9.608.138,16 $ 0,00 $ 19.943.312,10

$ 17.086.984,42 $ 13.837.136,87 $ 2.278.175,32 $ 19.409.124,67 $ 4.637.593,74 $ 44.120.470,12 $ 1.160.630,70 $ 1.243.884,38 $ 8.788.621,63 $ 17.182.185,42 $ 52.003.024,42 $ 20.415.610,90

$ 28.825.057,03 $ 13.837.136,87 $ 2.278.175,32 $ 25.622.353,58 $ 4.637.593,74 $ 44.136.186,41 $ 1.916.368,16 $ 1.260.122,47 $ 11.355.556,90 $ 26.790.323,58 $ 52.003.024,42 $ 40.358.923,00

Siniestros pagados Año 2016

Total

SubTotal Seguros Generales

Page 96: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

77

Tabla 12 Siniestros pagados año 2017. SCVS.

En: https://www.supercias.gob.ec/portalscvs/

1 VIDA INDIVIDUAL $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 17.460,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

2 VIDA COLECTIVA $ 11.857.288,71 $ 0,00 $ 0,00 $ 4.986.788,17 $ 0,00 $ 364.788,69 $ 950.193,90 $ 53.460,27 $ 8.238.246,54 $ 0,00 $ 26.201.109,53 $ 2.454.850,61 $ 0,00

3 ASISTENCIA MEDICA $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 50.747,85 $ 0,00 $ 0,00 $ -529.831,34 $ 248.447,51 $ 0,00

4 ACCIDENTES PERSONALES $ 3.196.996,78 $ 0,00 $ 237.256,49 $ 6.798.675,13 $ 74.695,00 $ 580.549,52 $ 16.380,86 $ 33.818,97 $ 525.289,61 $ 1.213.416,74 $ 21.356,46 $ 30.728,77 $ 75.947,01

5 INCENDIO Y LINEAS ALIADAS $ 433.773,74 $ 0,00 $ 380.777,12 $ 2.284.692,30 $ 334.822,55 $ 1.932.492,42 $ -187.364,71 $ 359,16 $ 1.182.295,43 $ 4.124.605,27 $ 3.473.044,77 $ -43.419,06 $ 27.490,40

6 LUCRO CESANTE A CONSECUENCIA DE INCENDIO Y LINEAS

ALIADAS

$ -16.769,94 $ 0,00 $ -10.000,00 $ 15.174,71 $ 69.797,98 $ -112.999,83 $ -218,76 $ -707,80 $ -24.075,13 $ 1.393,53 $ 21.914,34 $ 2.048,65 $ 410,08

7 VEHICULOS $ 10.916.839,59 $ 0,00 $ 11.645.030,65 $ 11.412.021,01 $ 3.673.336,35 $ 29.420.509,39 $ 464.464,98 $ 523.200,10 $ 11.228.005,68 $ 30.464.778,80 $ 5.653.759,78 $ 10.278.199,02 $ 4.398.087,27

8 TRANSPORTE $ 233.198,15 $ 0,00 $ -41.763,89 $ 1.253.031,09 $ -55.775,94 $ 710.724,13 $ 104.085,77 $ 23.435,59 $ 445.925,81 $ 1.621.298,68 $ 356.959,24 $ 238.632,00 $ 24.049,62

9 MARITIMO $ 0,00 $ 0,00 $ 2.536,21 $ -103,00 $ -2.651,41 $ 6,15 $ 16.256,13 $ 102.728,73 $ 276.199,00 $ 10.785,30 $ 255.033,72 $ 43.858,80 $ 0,00

10 AVIACION $ 1,37 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,02 $ 81.898,03 $ 16.837,28 $ 33.001,08 $ 2.498,73 $ 0,00 $ 298,12 $ 45.369,31 $ 0,00 $ 0,00

11 ROBO $ -10.947,20 $ 0,00 $ 64.543,91 $ 63.184,60 $ -2.890,17 $ 473.628,30 $ -1.907,80 $ 1.959,13 $ 147.969,02 $ 173.565,43 $ 71.612,69 $ 173.595,81 $ 9.823,30

12 DINERO Y VALORES $ 0,00 $ 0,00 $ 19.141,12 $ 0,00 $ 0,00 $ 140.112,25 $ 0,00 $ 860,10 $ 0,00 $ 69.255,90 $ -19.803,34 $ -1.050,85 $ 0,00

13 AGROPECUARIO $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 1.805.235,38 $ 2.048.182,50 $ 0,00 $ 0,00

14 TODO RIESGO PARA CONTRATISTAS $ -104.497,06 $ 0,00 $ 400,23 $ -61.622,70 $ -4.102,92 $ -324.520,48 $ 10.424,62 $ 1.091,26 $ -54.665,05 $ 4.763,74 $ 52.803,97 $ -63.508,91 $ 100,00

15 MONTAJE DE MAQUINARIA $ -1.325,65 $ 0,00 $ 0,00 $ 10,08 $ 1.858,77 $ 291,33 $ 0,00 $ 0,00 $ -362,98 $ 55.515,64 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

16 ROTURA DE MAQUINARIA $ -23.150,17 $ 0,00 $ 149.507,61 $ 1.955,33 $ -2,27 $ 399.453,81 $ 6.630,80 $ 100.086,25 $ 386.789,48 $ 1.491.267,30 $ 597.402,10 $ 48.886,25 $ 5.098,19

17 PERDIDA DE BENEFICIO POR ROTURA DE MAQUINARIA $ 50.645,53 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 41.632,20 $ 0,00 $ 3.209,31 $ 27.206,49 $ 22.410,38 $ 10.261,15 $ 0,00 $ 0,00

18 EQUIPO Y MAQUINARIA DE CONTRATISTAS $ 33.015,27 $ 0,00 $ 533.729,90 $ -65.265,69 $ -6.728,14 $ 574.803,14 $ 42.588,29 $ 136.539,36 $ 197.270,68 $ 770.931,24 $ 122.282,58 $ -1.394,99 $ 17.059,23

19 OBRAS CIVILES TERMINADAS $ 0,00 $ 0,00 $ 200,00 $ 0,00 $ 7.954,86 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

20 EQUIPO ELECTRONICO $ 12.641,54 $ 0,00 $ 390.105,99 $ 289.697,97 $ 106,75 $ 538.403,86 $ 21.574,69 $ 39.698,68 $ 475.690,78 $ 1.288.635,24 $ 392.790,71 $ 30.115,92 $ 174.009,15

21 RESPONSABILIDAD CIVIL $ 2.160.046,65 $ 143.698,54 $ 89.782,76 $ 1.032.971,60 $ -4.742,64 $ 314.595,79 $ -9.514,30 $ -646,38 $ 178.785,64 $ 706.605,99 $ 1.395.738,08 $ 11.222,31 $ 260.741,01

22 FIDELIDAD $ -527,57 $ 0,00 $ 76.269,04 $ 249.452,61 $ -1.735,99 $ 661.594,67 $ 2.286,54 $ -17.672,11 $ 280.479,29 $ 95.294,37 $ 385.383,60 $ 40.853,03 $ 1.660,09

23 SERIEDAD DE OFERTA $ 0,00 $ 0,00 $ 295,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -88,25 $ 0,00 $ 0,00 $ -238,35 $ -97,86 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

24 BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS (BBB) $ 463.625,41 $ 0,00 $ 46.252,45 $ -501.023,17 $ 20.064,63 $ -251,03 $ 0,00 $ -212,07 $ 29.829,13 $ 72.487,54 $ -1,65 $ 244.741,35 $ 0,00

26 RIESGOS ESPECIALES $ 804.845,98 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 51.374,12 $ 0,00

27 CUMPLIMIENTO DE CONTRATO $ -15.215,65 $ 0,00 $ 34.793,58 $ 0,00 $ 213.185,44 $ 1.360.623,56 $ 44.295,30 $ 1.164,37 $ 2.567,76 $ 45.233,70 $ -122.420,52 $ 0,00 $ 0,00

28 BUEN USO DE ANTICIPO $ -30.107,24 $ 0,00 $ -1.451.990,30 $ 0,00 $ 233.277,86 $ -69.074,25 $ 378.555,18 $ 0,00 $ -2.161,81 $ 240.285,86 $ 91.509,74 $ 165.045,09 $ 0,00

29 EJECUCION DE OBRA Y BUENA CALIDAD DE MATERIALES $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

31 GARANTIAS ADUANERAS $ -23,93 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ -27.015,75 $ 23.293,68 $ -1.064,06 $ 38.231,39 $ 1.338,45 $ 0,00 $ -22.990,74 $ 0,00

33 OTRAS GARANTIAS $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

34 CREDITO INTERNO $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

35 CREDITO A LAS EXPORTACIONES $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

38 TODO RIESGO PETROLERO $ 0,00 $ 0,00 $ 5.482,95 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 259,00 $ 0,00 $ 0,00

39 OTROS RIESGOS TECNICOS $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

40 MULTIRIESGO $ 909.566,17 $ 0,00 $ 255.326,84 $ 0,00 $ 0,00 $ 198,20 $ -270.000,08 $ 0,00 $ 0,00 $ -4.282,30 $ 619.195,63 $ 113.471,78 $ 0,00

41 RIESGOS CATASTROFICOS $ 0,00 $ 0,00 $ -14.186,79 $ 0,00 $ 26.737,32 $ 645.377,56 $ 0,00 $ 0,00 $ -11.203,06 $ -1.033.378,18 $ 0,00 $ 0,00 $ -8.180,02

42 LUCRO CESANTE A CONSECUENCIA DE RIESGOS

CATASTROFICOS

$ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 4.863,10 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00

44 SOAT $ -456,14 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 25.400,00 $ 0,00 $ -231.417,10 $ 98.724,05 $ -56.097,01 $ -41.790,75 $ 0,00

$ 11.857.288,71 $ 0,00 $ 0,00 $ 4.986.788,17 $ 0,00 $ 364.788,69 $ 967.653,90 $ 53.460,27 $ 8.238.246,54 $ 0,00 $ 26.201.109,53 $ 2.454.850,61 $ 0,00

$ 19.012.175,63 $ 143.698,54 $ 12.413.490,87 $ 22.772.851,89 $ 4.659.106,06 $ 37.277.883,97 $ 720.232,27 $ 1.001.095,17 $ 15.098.411,71 $ 43.345.231,41 $ 14.886.705,51 $ 11.547.065,11 $ 4.986.295,33

$ 30.869.464,34 $ 143.698,54 $ 12.413.490,87 $ 27.759.640,06 $ 4.659.106,06 $ 37.642.672,66 $ 1.687.886,17 $ 1.054.555,44 $ 23.336.658,25 $ 43.345.231,41 $ 41.087.815,04 $ 14.001.915,72 $ 4.986.295,33

SubTotal Seguros de Vida

SEGUROS SUCRE

S.A.

UNIDOS VAZSEGUROS

S.A. COMPAÑÍA

DE SEGUROS

QBE COLONIALLIBERTY SEGUROS

S.A.

INTEROCEANICA

C.A. DE

SEGUROS.

LA UNIONCONDOR EQUINOCCIAL

Siniestros pagados Año 2017

AIG

METROPOLITANA

AMA AMERICA

S.A. EMPRESA

DE SEGUROS

ASEGURADORA

DEL SUR

CHUBB SEGUROS

ECUADOR S.A.

SubTotal Seguros Generales

Total

Page 97: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

78

Los ramos de seguros que más siniestros y reclamaciones administrativas y civiles se

han producidos, se dan en las pólizas de: Vida individual y colectiva, , lucro cesante a

consecuencia de incendio y líneas aliadas, vehículos, transporte marítimo, aviación,

robo, dinero y valores, montaje de maquinaria, rotura de maquinaria, equipo y

maquinaria de contratistas, accidentes personales, incendio y líneas aliadas, obras

civiles terminadas equipo electrónico, responsabilidad civil, fidelidad, seriedad de

oferta, bancos e instituciones financieras, cumplimiento de contrato, buen uso de

anticipo, garantías aduaneras, crédito interno, todo riesgo petrolero, riesgos

catastróficos, y lucro cesante a consecuencia de riesgos catastróficos, SOAT.

En el año 2016, los siniestros pagados por las aseguradoras, en comparación a la

recaudación tributaria general, corresponde a:

Tabla 13 Siniestros pagados Lucro Cesante. Año 2016

Elaborado por: La autora

Figura 20 Incidencia recaudación tributaria y Siniestros Pagados. Año 2016.

Elaborado por: La Autora

Siniestros pagados por Lucro Cesante 2016

LUCRO CESANTE 2016 $ 51.888.424,98

TOTAL RECAUDACION AÑO 2016.

Otros Ingresos 78.554.000,00$

Porcentaje en relacion al total

recaudación 66%

Incidencia Tributaria 1,51%

[VALOR];

[VALOR];

Siniestros Pagados / Recaudacion Tributaria Año 2016. Valores /

Porcentaje

LUCRO CESANTE 2016

TOTAL RECAUDACION AÑO 2016. Otros Ingresos

Page 98: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

79

La incidencia en la recaudación tributaria por el año 2016, en el pago de siniestros

por lucro cesante alcanza el 66%, e incide en el 1,51% de la recaudación tributaria

respecto de cuenta Otros Ingresos que mantiene el Servicio de Rentas Internas.

Por el año 2017, los siniestros pagados por las aseguradoras, en comparación a la

recaudación tributaria general, corresponde al siguiente detalle:

Tabla 14 Siniestros pagados Lucro Cesante. Año 2017

Elaborado por: La Autora

Figura 21 Incidencia recaudación tributaria y Siniestros Pagados. Año 2017.

Elaborado por: La Autora

Por el año 2017, se incrementó el pago de siniestros por indemnizaciones de seguros

debido al terremoto del año 2016; por lo tanto, la cuenta otros ingresos NO cuenta con

este rubro, que en cuanto a la recaudación alcanzo un 574,67%, mientras que en la

incidencia tributaria no alcanzo ni al 1%, y se mantuvo en un mínimo del 0,17%.

Siniestros pagados por Lucro Cesante 2017

LUCRO CESANTE 2016 $ 47.005.802,44

TOTAL RECAUDACION AÑO 2016. Total

Recaudacion 8.180.000,00$

Porcentaje en relacion al total recaudación 574,64%

Incidencia Tributaria 0,17%

Page 99: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

80

Estos pagos por siniestros pertenecientes a las indemnizaciones de seguros

reclamadas por procesos judiciales civiles y reclamos administrativos ante la

Superintendencia de Bancos y Compañías; y, fueron cancelados por treinta de las

cuarenta y seis aseguradoras que operan en el Ecuador.

Tanto en el año 2016 y 2017, se ratifican el pago del costo del siniestro por lucro

cesante, mantiene porcentajes mínimos pero relevantes para la recaudación tributaria.

Con la vigencia del Código Orgánico de Procesos, los asegurados y/o tomadores del

seguro, se acogerán al principio de celeridad procesal, ya que, tanto para el actor como

para la aseguradora demandada, se reducirán los costos del siniestro; porque ya no

transcurrirá tiempo en demasía que genere intereses como valores a pagar por lucro

cesante.

Los formularios 102,102A, no contienen casilleros para la declaración del Impuesto a

la Renta tantas personas naturales, en donde se especifique los ingresos percibidos por

indemnizaciones de seguros, y se determine si estas fueron obtenidas conjuntamente

con el lucro cesante por reclamos administrativos, y procesos judiciales civiles.

Según resolución No.NAC-DGERCGC16-00000103, correspondiente al formulario

101 para personas jurídicas; y, personas naturales obligadas a llevar contabilidad, para

la declaración del impuesto a la renta personas jurídicas, existe el casillero 6087 dentro

de las cuentas otros ingresos por reembolsos de seguros el lucro cesante. Este casillero

debe ser llenado por el contribuyente dentro de su renta global cuando perciba el pago

por lucro cesante.

El Lucro Cesante, incrementa el patrimonio, por lo tanto, es un ingreso gravado con

Impuesto a la Renta. Es importante establecer un mecanismo para hacer cumplir las

disposiciones legales tributarias coadyuvando a la administración tributaria a que

incremente de manera óptima la recaudación por lucro cesante proveniente de la

indemnización de seguros por procesos judiciales civiles.

Page 100: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

81

CAPITULO V

5. DISEÑO DE MODELO DE PROCESOS PARA LA DECLARACIÓN Y

PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA POR LUCRO CESANTE

PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE SEGUROS POR VÍA

JUDICIAL

5.1. Introducción

El presente manual de procesos, es una guía básica que muestra los aspectos

importantes de los procedimientos a seguir en cuanto a operaciones a realizar para la

recaudación de impuesto a la renta por lucro cesante proveniente de las indemnizaciones

de seguros por vía judicial civil.

Este manual pretende orientar a los usuarios sobre las consideraciones a tener en

cuenta sobre la documentación necesaria que servirá de soporte legal, para documentar

civilmente y tributariamente el proceso de retención del impuesto a la renta por lucro

cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros; proporcionará una guía para

que, los funcionarios de las Unidades Judiciales Civiles, Ban – Ecuador y Servicio de

Rentas Internas tengan una visión clara en donde deben enfocar sus esfuerzos y obtener

mejores resultados de recaudación tributaria.

5.2. Objetivo

Este manual tiene como objetivo el proveer la recaudación tributaria por lucro

cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros por vía judicial, a través de las

instituciones intervinientes como es el Consejo de la Judicatura, Ban – Ecuador,

Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y Servicio de Rentas Internas,

constituyéndose una herramienta administrativa que satisfaga necesidades sobre los

aspectos de cooperación, judiciales, operativos, y tributarios para el registro de

recaudación de impuesto a la renta.

Page 101: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

82

Es así que se pretende que la presente guía sea tomada en cuenta para futuros

procesos de recaudación tributaria del impuesto a la renta, por otros conceptos.

5.3. Alcance

El presente manual abarca a los funcionarios encargados de entregar los

comprobantes de retiro de valores efectivamente consignados por las aseguradoras

cuando se cumple el mandamiento de ejecución, como resultado de haber incoado el

proceso judicial civil por los asegurados; y, funcionarios de las instituciones de control,

para su retención y registro de recaudación de impuesto a la renta.

5.4. Procedimientos Operativos

Para efectos de un mejor entendimiento del procedimiento tributario para la retención

de valores por concepto de impuesto a la renta por lucro cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros, pertinente se procede a elaborar el Convenio de

Cooperación Interinstitucional entre las instituciones públicas intervinientes.

Este convenio será el documento principal, en donde las instituciones se basen para

proceder con la ejecución de retención del impuesto a la renta.

5.4.1. Convenio de Cooperación Interinstucional Consejo de la Judicatura, Ban

Ecuador, Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; y, Servicio

de Renta Internas

Comparecientes

A la celebración del CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL,

comparecen el CONSEJO DE LA JUDICATURA, representado por

……………………, en su calidad de Presidente, BAN ECUADOR, representado por

……………………., en su calidad de Gerente General; SUPERINTENDENCIA DE

COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS, representada

por……………………………….,en calidad de Superintendente de Compañías; y, el

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, representado por…………..en calidad de

Page 102: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

83

Director General, quienes por sus propios y personales derechos y en calidad de

representantes legales de las instituciones a quienes representan, en forma libre y

voluntaria convienen en suscribir el presente instrumento regido por las cláusulas que a

continuación se detallan:

Primera Antecedentes. – El Articulo 226 de la Constitución de la Republica

dispone: Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o

servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán

solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la

ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer

efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.

El Articulo 30 de la Constitución del Estado.- El régimen tributario se regirá por los

principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa,

irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los

impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y

estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas,

sociales y económicas responsables.

La Constitución de la República en su Artículo 301.- Sólo por iniciativa de la

Función Ejecutiva y mediante ley sancionada por la Asamblea Nacional se podrá

establecer, modificar, exonerar o extinguir impuestos…”; y,

La Constitución de la Republica en su Artículo 91, dispone: La acción de acceso a la

información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido

denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto,

reservado, confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter

reservado de la información deberá ser declarado con anterioridad a la petición, por

autoridad competente y de acuerdo con la ley.

La Ley de Régimen Tributario Interno, en capítulo I, del Impuesto a la Renta,

artículos 1, dispone: Impuesto a la Renta.- Objeto del impuesto.- Establéese el

impuesto a la renta global que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas

Page 103: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

84

y las sociedades nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la

presente Ley; 2.- Concepto de renta.- Para efectos de este impuesto se considera renta:

1.- Los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título oneroso

provenientes del trabajo, del capital o de ambas fuentes, consistentes en dinero, especies

o servicios; y, 3.- Sujeto activo.- El sujeto activo de este impuesto es el Estado. Lo

administrará a través del Servicio de Rentas Internas.

La Ley de Régimen Tributario Interno, estipula: Art. 9.- Exenciones. - Para fines de

la determinación y liquidación del impuesto a la renta, están exonerados exclusivamente

los siguientes ingresos: El Art. 16.-Las indemnizaciones que se perciban por seguros,

exceptuando los provenientes del lucro cesante.

Convenio de Cooperación e intercambio de información interinstitucional entre la

Superintendencia de Compañías y el Servicio de Rentas Internas suscrito el 17 de marzo

del 2011.

Del consejo de la judicatura

De conformidad al artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador el

Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y

disciplina de la Función Judicial.

El artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial determina que el Consejo

de la Judicatura es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina

de la Función Judicial, que comprende a los órganos jurisdiccionales, administrativos,

auxiliares y autónomos", así mismo el Consejo de la Judicatura es un órgano

instrumental para asegurar el correcto, eficiente y coordinado funcionamiento de los

órganos precitados.

Así también el articulo 269 numeral 6 el citado cuerpo legal contempla que entre las

funciones de la Presidenta o Presidente del Consejo de la Judicatura le corresponde: “...

6. Aprobar los acuerdos de cooperación y asistencia, relacionados con la Función

Judicial, con organismos nacionales o extranjeros, siempre que estos últimos no

contemplen asuntos que tengan el carácter de tratados o instrumentos internacionales. "

Page 104: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

85

El Código Orgánico de la Función Judicial en el numeral 2 del artículo 280, establece

las funciones del Director General del Consejo de la Judicatura: “... 2. Ejercer la

representación legal, judicial y extrajudicial de la Función Judicial. "

Del Ban Ecuador

Creado por Decreto Ejecutivo No. 677 de 13 de mayo de 2015, publicado en el

Suplemento No. 512 del Registro Oficial de 1 de junio de 2015, como una entidad

financiera que forma parte del sector financiero público, con personalidad propia y

jurisdicción nacional, con patrimonio autónomo, autonomía técnica, administrativa,

financiera y presupuestaria.

Para el cumplimiento de su objeto, a través del Estatuto de Ban Ecuador, conforme el

Artículo 19 de Operaciones, puede realizar las siguientes operaciones conforme el

numeral 3. Constituir depósitos en entidades financieras del país y del exterior, y;

Artículo 17 del mismo documento, sobre las funciones, deberes y atribuciones del

Gerente General, dispone que el Gerente General ejercerá las funciones establecidas en

el Código Orgánico Monetario y Financiero y además específicamente en el artículo

378, literal j) podrá autorizar y suscribir acuerdos, contratos, y convenios que fueren

necesarios para el cumplimiento de las actividades del Banco.

Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

Mediante edición especial en el Registro Oficial No. 340 de 22 de julio de 2015, la

Superintendencia de Compañías Valores y Seguros creó la Intendencia Nacional de

Seguros mediante Resolución No. ADM-15-008, en cumplimiento a lo que dispuso el

Código Orgánico Monetario y Financiero que estableció que, a partir del 12 de

septiembre del 2014, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, ejerza la

vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión del régimen de seguros.

Entre las atribuciones de la Intendencia están: Vigilar y controlar a las personas

naturales y jurídicas que forman parte del seguro privado; Controlar el cumplimiento de

las disposiciones legales, reglamentarias, estatutarias y demás normativa aplicable a las

Page 105: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

86

personas naturales y jurídicas dentro del sistema del seguro privado, Autorizar las notas

técnicas y tarifas de primas que utilizan las empresas de seguros en la emisión de

pólizas; Emitir pronunciamientos técnico – jurídicos sobre los reclamos administrativos

presentados por los asegurados o beneficiarios y sobre las objeciones que formulen las

empresas de seguros; y, emitir la correspondiente resolución;

La Intendencia Nacional de Seguros cuenta con las siguientes direcciones:

Dirección Nacional de Auditoría: encargada de verificar el cumplimiento de la

normativa legal, contable y financiera.

Dirección Nacional de Control Técnico de Seguros y Reaseguros: encargada de

verificar que las compañías de seguros y reaseguros cumplan con la normativa

para la autorización de los diversos ramos de seguros y para la emisión de

certificados de operación.

Dirección Nacional de Normativa y Reclamos: encargada de dirigir y coordinar

actividades inherentes al ámbito normativo legal del sistema de seguro privado;

y, además de canalizar y resolver las reclamaciones que se presenten respecto de

su actuación.

Servicio de Rentas Internas

El Servicio de Rentas Internas, se creó mediante Ley, cuyo Artículo 1, dispone:

Créase el Servicio de Rentas Internas (SRI) como una entidad técnica y autónoma, con

personería jurídica, de derecho público, patrimonio y fondos propios, jurisdicción

nacional y sede principal en la ciudad de Quito. Su gestión estará sujeta a las

disposiciones de esta Ley, del Código Tributario, de la Ley de Régimen Tributario

Interno y de las demás leyes y reglamentos que fueren aplicables y su autonomía

concierne a los órdenes administrativo, financiero y operativo.

Art. 2.- Facultades. - El Servicio de Rentas Internas (SRI) tendrá las siguientes

facultades, atribuciones y obligaciones, conforme los siguientes numerales: 2. Efectuar

la determinación, recaudación y control de los tributos internos del Estado y de aquellos

cuya administración no esté expresamente asignada por Ley a otra autoridad; 7.

Establecer y mantener el sistema estadístico tributario nacional; título oneroso, de la

Page 106: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

87

cartera de títulos de crédito en forma total o parcial; 8 Solicitar a los contribuyentes o a

quien los represente cualquier tipo de documentación o información vinculada con la

determinación de sus obligaciones tributarias o de terceros, así como para la

verificación de actos de determinación tributaria, conforme con la Ley; y,

Conforme el Código Tributario en el Artículos 67.- Facultades de la administración

tributaria. - Implica el ejercicio de las siguientes facultades: de aplicación de la ley; la

determinadora de la obligación tributaria; la de resolución de los reclamos y recursos de

los sujetos pasivos; la potestad sancionadora por infracciones de la ley tributaria o sus

reglamentos y la de recaudación de los tributos.

Art. 68.- Facultad determinadora. - La determinación de la obligación tributaria, es el

acto o conjunto de actos reglados realizados por la administración activa, tendientes a

establecer, en cada caso particular, la existencia del hecho generador, el sujeto obligado,

la base imponible y la cuantía del tributo.

Art. 71.- Facultad recaudadora. - La recaudación de los tributos se efectuará por las

autoridades y en la forma o por los sistemas que la ley o el reglamento establezcan para

cada tributo. El cobro de los tributos podrá también efectuarse por agentes de retención

o percepción que la ley establezca o que, permitida por ella, instituya la administración

Segunda. - Objeto del Convenio: Este Convenio de Cooperación, cumplirá el objeto

de fijar relaciones interinstitucionales de coordinación y participación de entre el

CONSEJO DE LA JUDICATURA, BAN ECUADOR, SUPERINTENDENCIA DE

COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS, Y SERVICIO DE RENTAS INTERNAS,

para desarrollar relaciones de cooperación mutua en cruce de información para la

recaudación tributaria sobre el Impuesto a la Renta por Lucro Cesante proveniente de

las indemnizaciones de seguros, por procesos judiciales incoados por los asegurados

personas naturales y jurídicas en contra de los aseguradoras, en cumplimiento al

mandamiento de ejecución respectivo; con el registro del organismo de control de las

aseguradoras en cuanto al pago de siniestros; y, la ejecución de pago de los valores

efectivamente consignados por la indemnización se seguros reclamados, para proceder

con la retención de impuesto a la renta.

Page 107: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

88

Tercera: Formas de Cooperación. - Las instituciones cooperantes, coadyuvaran en:

a. Entregar los comprobantes de pago por consignaciones realizadas por las

aseguradoras, en cumplimiento al mandamiento de ejecución, por parte de los

Secretarios de la Unidades Judiciales Civil nacionales, en donde se especifique

el valor mismo de la indemnización de seguros reclamada; y, los intereses

generados como Lucro Cesante proveniente de la indemnización de seguros.

b. Recibir los depósitos de consignaciones realizadas en las cuentas de las

Unidades Judiciales Civiles; y, entregar a los asegurados previos el pago de la

retención de valores por Impuesto a la renta por Lucro Cesante.

c. Calcular y retener los valores por concepto de Impuesto a la Renta, por Lucro

Cesante.

d. Transferir los valores por concepto de Impuesto a la Renta por Lucro Cesante,

en las cuentas del Servicio de Rentas Internas.

e. Entregar la información de pagos entregados por concepto de reclamaciones por

vía judicial, por indemnización de seguros al organismo de control para su

registro por aseguradoras.

Cuarta. - Financiación: Los intervinientes realizaran todas las actividades posibles

para conseguir financiación ya sean estas externas o internas, con el objeto de asegurar

la ejecución del convenio de cooperación para la retención de valores por concepto de

Lucro Cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros por vía judicial. Por este

convenio no se transferirá recursos económicos entre las instituciones participantes.

Quinta. - Obligaciones de las Partes

Obligación del Consejo de la Judicatura

1. A través de sus funcionarios Jueces y Secretarios de las Unidades Judiciales a

nivel nacional, emitir los mandamientos de ejecución identificando los valores a

entregar al asegurado por concepto propiamente de la indemnización reclamada

y los valores adicionales por Lucro Cesante.

Page 108: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

89

2. Emitir los comprobantes respectivos para depósitos judiciales en BAN

ECUADOR.

3. Emitir y entregar el respectivo comprobante para el retiro de los valores

consignados por la aseguradora, a favor del accionante.

Obligaciones de BAN ECUADOR

1. Recibir los depósitos en las cuentas de las Unidades Judiciales a nivel nacional,

por consignaciones de valores por indemnizaciones de seguros.

2. Verificar los datos en los formularios y oficios que entrega el Consejo de la

Judicatura a las Unidades Judiciales, como Numero de Juicio, valores a entregar,

como valor por indemnización de seguros, lucro cesante, costas judiciales,

honorarios profesionales, y nombres y apellidos del beneficiario.

3. Calcular los valores por concepto de impuesto a la renta y entregar el formulario

al actor para su aprobación y firma.

4. Retener los valores por impuesto a la renta proveniente del Lucro Cesante por

indemnizaciones de seguros por vía judicial.

5. Transferir los valores retenidos por Impuesto a la Renta a la cuenta del Servicio

de Rentas Internas.

Obligaciones del Servicio de Rentas Internas.

1. Verificar los comprobantes de Retiro Judicial por Depósitos judiciales

entregados a los actores por concepto de indemnizaciones de seguros.

2. Proveer formularios para la retención de valores por impuesto a la renta a BAN

ECUADOR, para entregar el original al actor, una copia para BAN ECUADOR;

y, la última para el Servicio de Rentas Internas

3. Verificar las transferencias realizadas a la cuenta del Servicio de Rentas Internas

por parte de BAN ECUADOR,

4. Emitir el certificado correspondiente en el plazo de veinte y cuatro horas, de

haber recibido el comprobante de pago de valores por impuesto retenido por

Lucro Cesante; y, pueda utilizar el actor, para que BAN ECUADOR, entregue el

saldo de la indemnización de seguros.

Page 109: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

90

5. Enviar información del siniestro pagado a la Superintendencia de Compañías,

Valores y Seguros.

Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

1. Recibir la información del Consejo de la Judicatura sobre los juicios incoadas en

contra de las aseguradoras por indemnización de seguros.

2. Recibir información del Servicio de Rentas Internas de los valores retenidos por

concepto de indemnizaciones de seguros, que ha sido cancelados por Lucro

Cesante.

3. Cruzar la información, para emitir índices de pagos de siniestros y emitir

certificaciones a las aseguradoras de cumplimiento en el pago de

indemnizaciones de seguros.

Sexta. – Supervisión y Ejecución: El presente convenio será supervisado y

ejecutado, por los funcionarios delegados de cada una de las instituciones intervinientes,

aclarando que no solo conlleva ejecutar y supervisar, sino también hacer el seguimiento

de todas y cada una de las actividades señala nadas en clausula precedente.

Séptima. - Relación Laboral: Con el presente convenio ninguno de los

intervinientes, adquirirá relación laboral de dependencia de ningún tipo, ni de los

funcionarios, servidores o empleados de las instituciones intervinientes.

Octava. - Uso de la Información: A efectos de evitar injerencias externas que

constituyan un óbice para llegar a concluir el proceso de recaudación tributaria del

Impuesto a la Renta por Lucro Cesante provenientes de las indemnizaciones de seguros

por vía judicial, por los intervinientes, acuerdan que cualquier información

intercambiada entre las partes será mantenida de manera confidencial, y a no utilizar

para su propio beneficio o para beneficio de cualquier otra persona física o jurídica,

pública o privada que no sea parte de este convenio; por lo que, las comunicaciones,

transferencia de información, que tienen relación con las actividades relacionadas con la

ejecución de este Convenio interinstitucional, tendrán que ser estipuladas de forma

conjunta y comunicadas de manera oportuna cuando sean aprobadas por los

intervinientes.

Page 110: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

91

Novena. - Jurisdicción: Los intervientes del presente contrato, se sujetará a las

disposiciones de la Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de la

Función Judicial, al Estatuto de Creación del BAN Ecuador, Ley de Creación del

Servicio de Rentas Internas, a los Estatutos de la Superintendencia de Compañías,

Valores y Seguros, Resolución de creación de la Intendencia Nacional de Seguros,

Código Tributario, Ley de Régimen Tributario Interno y sus reglamentos; Ley General

de Seguros y los Decretos respectivos, Código Civil; y Código Orgánico General de

Procesos.

Decima: plazo. - Este Convenio tendrá una duración de seis años, a partir de la

presente fecha, tiempo en el cual puede renovarse automáticamente por dos años más,

previa auditoria respectiva. En caso de que los intervinientes no quisieran continuar

participando del mismo, deberán comunicar por escrito dentro del plazo de 30 días para

la conclusión del plazo.

Décima Primera. - Adendums: Este convenio puede ser modificado por acuerdo de

los intervinientes, o por petición de cualquiera de los mismos, mediante adendums al

convenio principal, cuyas clausulas entraran en vigencia después de la firma de los

mismos.

Décima Segunda. – Conclusión del Plazo del Convenio: El convenio puede darse

por concluido por las causas siguientes:

1. Por culminación del plazo convenido,

2. Por acuerdo de los comparecientes; y,

3. Por terminación unilateral como consecuencia del incumplimiento de alguna de

las clausulas precedentes,

Décima Tercera. - Acta de Ejecución: Cada ejercicio económico que se encuentre

en vigencia este Convenio, las partes se obligan a realizar una evaluación mutua del

cumplimiento dejando constancia las obligaciones y compromisos que se encuentran

pendientes de solución, señalando las alternativas y responsables de su seguimiento

hasta la culminación.

Page 111: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

92

Décima Cuarta. - Controversias: En caso de que los intervinientes no pudieren

solucionar asuntos concernientes a la interpretación, ejecución o terminación del

presente Convenio Marco, podrán utilizar métodos alternativos de mediación.

Décima Quinta- Documentos de Habilitación:

- Nombramiento legalizado y actualizado del Presidente del Consejo de la

Judicatura

- Nombramiento legalizado y actualizado de la Directora General del

Superintendente de Compañías, Valores y Seguros;

- Copia Certificada de la acción de personal del Gerente General de BAN

ECUADOR

- Copia certificada de la acción de personal del Director General del Servicio de

Rentas Internas.

Décima Sexta. - Notificaciones: Los intervinientes señalan las siguientes

direcciones:

CONSEJO DE LA JUDICATURA: 12 de octubre N24-563 y Francisco Salazar

Teléfono: 3953-600. Quito Ecuador.

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS: Calle

Roca 660 y Amazonas. Teléfono: 2997800. Quito Ecuador.

BAN ECUADOR: Av. Rio Amazonas y Unión Nacional de Periodistas.

Teléfono: 2946500. Quito – Ecuador

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS: Av. Amazonas y José Villalengua.

Teléfono: 3936300. Quito - Ecuador

En caso de cambio de dirección, es obligación de la parte que lo genere informar por

escrito, a los intervinientes, la nueva dirección, que deberá tenerse en cuenta para tales

efectos.

Décima Séptima. – Ratificación y Aprobación de las Clausulas Precedentes: Las

instituciones intervinientes, declaran los derechos y obligaciones estipulados en el

Page 112: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

93

presente convenio son claras y precisas; y, por lo tanto las partes se ratifican en las

cláusulas precedentes y para constancia de lo cual, firman por triplicado y en unidad de

acto, a los …………………………. días del mes de ……………………. del 2.00 ……

………………………………….. ………..…………………

CONSEJO DE LA JUDICATURA BAN ECUADOR

……………………………………………. …………………………

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS SERVICIO DE RENTAS

VALORES Y SEGUROS INTERNAS

5.5. Resolución del Servicio de Rentas Internas

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Fecha:………………………………

No. NAC-DGERCGC……………………..

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Considerando:

Que el artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé que son

deberes y responsabilidades de sus habitantes, acatar y cumplir con las normas

constitucionales y legales y con las decisiones legítimas de autoridad competente, así

como, cooperar con el Estado y la comunidad en la seguridad social y pagar los tributos

establecidos por la ley;

Que conforme al artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, las

instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores

públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente

las competencias y facultades que les sean atribuidas constitucional y legalmente;

Que el artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que el

régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia,

Page 113: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

94

simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia

recaudatoria;

Que el artículo 1 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, lo establece

como una entidad técnica y autónoma, con personería jurídica, de derecho público,

patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional y sede principal en la ciudad de

Quito.

Su gestión está sujeta a las disposiciones de la citada ley, del Código Tributario, de la

Ley de Régimen Tributario Interno y de las demás leyes y reglamentos aplicables, y su

autonomía concierne a los órdenes administrativo, financiero y operativo;

Que de acuerdo a lo manifestado por el artículo 7 del Código Tributario, en

concordancia con el artículo 8 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, es

facultad de la Dirección General expedir mediante resoluciones, circulares o

disposiciones de carácter general y obligatorio, necesarias para la aplicación de las

normas legales y reglamentarias;

Que el artículo 4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, expresa que son sujetos

pasivos del Impuesto a la Renta, las personas naturales, las sucesiones indivisas y las

sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país, que obtienen ingresos

gravados de conformidad con las disposiciones legales;

Que el artículo 8 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en el numeral 1, dispone

que se consideran ingresos de fuente ecuatoriana los siguientes ingresos 1.- Los que

perciban los ecuatorianos y extranjeros por actividades laborales, profesionales,

comerciales, industriales, agropecuarias, mineras, de servicios y otras de carácter

económico realizadas en territorio ecuatoriano, salvo los percibidos por personas

naturales no residentes en el país por servicios ocasionales prestados en el Ecuador,

cuando su remuneración u honorarios son pagados por sociedades extranjeras y forman

parte de los ingresos percibidos por ésta, sujetos a retención en la fuente o exentos; o

cuando han sido pagados en el exterior por dichas sociedades extranjeras sin cargo al

gasto de sociedades constituidas, domiciliadas o con establecimiento permanente en el

Ecuador. Se entenderá por servicios ocasionales cuando la permanencia en el país sea

inferior a seis meses consecutivos o no en un mismo año calendario;

Page 114: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

95

Que el artículo 8 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en el numeral 10, dispone

que se consideran ingresos de fuente ecuatoriano a: Cualquier otro ingreso que perciban

las sociedades y las personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el

Ecuador, incluido el incremento patrimonial no justificado.

Que el artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, expresa: Otros ingresos

gravados. - Toda persona domiciliada o residente en Ecuador, será sujeto pasivo del

impuesto a la renta sobre sus ingresos de cualquier origen, sea que la fuente de éstos se

halle situada dentro del país o fuera de él.

Que el artículo 9 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario

Interno, en su numeral 16.- Las indemnizaciones que se perciban por seguros,

exceptuando los provenientes del lucro cesante.

Que es deber de la Administración Tributaria, a través de la Dirección General del

Servicio de Rentas Internas, expedir las normas necesarias para facilitar a los

contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales, de

conformidad con la ley.

En ejercicio de las facultades que le confiere la ley,

Resuelve:

APROBAR LOS PROCEDIMIENTOS Y FORMULARIO PARA LA

RETENCIÓN DE VALORES POR CONCEPTO DE IMPUESTO A LA RENTA

POR LUCRO CESANTE PROVENIENTE DE LAS INDEMNIZACIONES DE

SEGUROS OBTENIDOS POR VIA JUDICIAL.

Art.1.-Objeto.Aprobar los procedimientos y formulario para la retención de valores

por Impuesto a la Renta por Lucro Cesante provenientes de las indemnizaciones de

seguros por vía judicial, que serán utilizados por los sujetos pasivos de impuesto para su

declaración conforme las normas previstas en la Ley de Régimen Tributario Interno y su

reglamento de aplicación.

Page 115: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

96

Art. 2.-Procedimiento. -Los actores asegurado o tomador del seguro que haya

incoado en procedimiento ordinario un proceso judicial civil, conforme lo dispone el

Código Orgánico General de Proceso, para reclamar la indemnización de seguros en

contra de la aseguradora en la que contrato la póliza de seguro, deberá:

a. Obtener sentencia ejecutoriada

b. Tener dictado el mandamiento de ejecución

c. Que la aseguradora demandada, haya consignado los valores ordenados en el

mandamiento de ejecución

d. Que los valores consignados este claramente diferenciado los conceptos: Por

sola indemnización de seguros; por lucro cesante, costas procesales y honorarios

profesionales.

e. Que los valores del numeral anterior, se encuentre depositado en la cuenta de la

Unidad Judicial Civil correspondiente.

f. Que haya obtenido el comprobante de retiro de los valores consignados.

Art 3.-Retención de valores. -Al momento que el asegurado o tomador del seguro

beneficiario de la indemnización de seguros, obtiene el comprobante de retiro de los

valores consignados, recibirá un formulario con el llenado respectivo, realizado por el

funcionario de BAN ECUADOR, en el que se diferencia los valores por la sola

indemnización y el lucro cesante; por lo que, contendrá:

a. El valor del lucro cesante

b. Formula del cálculo del Impuesto a la Renta, conforme la tabla para personas

naturales; y, tarifa única para personas jurídicas.

c. Valor a ser retenido por BanEcuador B.P

d. Este formulario deberá ser aprobado y firmado por el asegurado y o tomador del

seguro (actor).

e. BAN ECUADOR, entregara en cualquiera de las formas de pago que dispongan

la diferencia de la consignación realizada por la aseguradora (demandado); así:

Valor consignado por lucro cesante menos retención de valores por Impuesto a

la Renta.

3.-Declaración, liquidación y pago de impuesto a la renta por lucro cesante

proveniente de las indemnizaciones de seguros. - En el caso de aseguradores y

Page 116: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

97

tomadores del seguro, la liquidación del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante se

efectuará al momento de la entrega de los valores consignados por la aseguradora y que

se encuentran depositados en la cuenta de las Unidades Judiciales Civiles en BAN

ECUADOR.

4.-Intereses-El impuesto a la renta por Lucro Cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros no generara intereses; ya que, su declaración y liquidación

se realiza al momento mismo del retiro de valores consignados.

5.-Formulario de retención de valores por concepto de impuesto a la renta por lucro

cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros. Este formulario impreso será

entregado a BAN ECUADOR, con la respectiva numeración cronológica, por el

Servicio de Rentas Internas, con dos copias; para que, sea entregado al asegurador o

tomador del seguro (actor), para que sea aprobado y firmado; así:

Figura 22 Formulario de Declaración

No. Comprobante

Resolucón No. SRI-001-001-

NAC:

BAN ECUADOR B.P FECHA:

Sucursal: Ciudad:

Cuenta No:

RETENIDO A: c.c. VALOR CONSIGNADO:

PROVIDENCIA Fecha de Providencia No. De Deposito:

JUICIO No:

AUTORIDAD QUIEN LA EMITE: Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito, canton Quito

SECRETARIO QUE CERTIFICA:

INDEMNIZACION RECLAMADA: Informe Pericial

INTERESES GANADOS .-LUCRO CESANTE:

CALCULO DE IMPUESTO A LA RENTA: Rango

Fracción Básica

Excedente

TOTAL RETENIDO Cta.SRI

SUBTOTAL MENOS IMPUESTO A LA RENTA Cheque Transferencia

COSTAS PROCESALES

VALOR A ENTREGAR AL ACTOR

HONORARIOS PROFESIONALES

COORDINADOR B.P. TECNICO DEPOSITOS JUDICIALES RECIBI CONFORME

C.C.

DECLARACION DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES

Y JURIDICAS

TIPO DE RENTAS: OTROS INGRESOS: LUCRO CESANTE

DESCRIPCION DE VALORES A CANCELAR

Page 117: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

98

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA. - Los valores retenidos por concepto de Impuesto a la Renta, serán

transferidos a la cuenta del Servicio de Rentas Internas por BAN ECUADOR.

SEGUNDA. –La administración tributaria a través del Servicio de Rentas Internas,

en cumplimiento a sus facultades establecidas, puede realizar la verificación para

consolidar las declaraciones realizadas por retención de valores por concepto de Lucro

Cesante provenientes de las indemnizaciones de seguros por vía judicial, de forma

semestral entre el BAN ECUADOR, y los asegurados y tomadores del seguro.

DISPOSICIÓN FINAL. -La presente resolución entrara en vigencia a partir del

……………de……………del, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese. –

Dado en Quito DM, a …de…………del………….

Dicto y firmo la resolución que antecede, el……………………, Director General del

Servicio de Rentas Internas, en Quito DM………de……del………….

Lo certifico. -

…………………

SECRETARIO GENERAL

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

5.6. Formulario de depósito por valores consignados

Para cumplir con el mandamiento de ejecución las aseguradoras deben consignar los

valores, en cheque certificado, transferencia a nombre de la Unidad Judicial Civil; y,

dinero en efectivo, quien dispone este mandamiento de ejecución; para que, la misma

emita el certificado de depósito judicial, con su respectiva orden; para que, se deposite

en la cuenta de la Unidad Judicial en BanEcuador B.P.

Page 118: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

99

Este formulario como en los otros formularios, deberá llevar impreso de manera

obligatoria el número de proceso judicial, actor, demandado; el número de la cuenta de

la Unidad Judicial; nota en la que se dispone que la transferencia será efectiva luego de

la acreditación de los valores consignados en la cuenta del Consejo de la Judicatura, y,

la providencia del mandamiento de ejecución o extracto de la parte resolutiva de la

sentencia ejecutoriada, sin ningún tipo de enmendaduras.

Figura 23 Certificado de Depósito Judicial

5.7. Oficio del depósito de valores consignados.

Una vez realizado el depósito Judicial, la aseguradora deberá presentar escrito

solicitando se siente la razón respectiva del pago conforme ordena el mandamiento de

ejecución.

Page 119: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

100

Esta razón es importante; caso contrario se contará como no cumplido el

mandamiento de ejecución; y, el proceso judicial continua con otras medidas de

ejecución, como la quiebra de la compañía aseguradora.

Una vez realizado del depositado de valores consignados y sentada la razón el Señor

Juez, emitirá la respectiva providencia, en donde dispone la entrega de los valores

consignados; y, la Unidad Judicial entregará copia certificada del depósito Judicial, para

que se adjunte a la providencia y el asegurado entregue a BanEcuador; quien procederá

con la entrega de los valores.

Figura 24 Escrito Consignación de Valores

Page 120: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

101

La providencia para la entrega de valores será la siguiente:

Figura 25 Providencia de Retiro de valores

Page 121: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

102

5.8. Formulario para entrega de valores consignados al beneficiario de la

indemnización de seguro.

En este formulario se encontrara especificado claramente conforme el Convenio de

Cooperación Interinstitucional entre el Consejo de la Judicatura, BanEcuador, Servicio

de Rentas Interna y Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros el total del

valor consignado; y, diferenciado claramente conforme a providencia del mandamiento

de ejecución, los valores de la indemnización por intereses ganados mientras duro la

tramitación del proceso judicial que conforma el Lucro Cesante, costas procesales y

honorarios profesionales del abogado patrocinador.

Figura 26 Orden de Retiro de Fondos

5.9. Aplicación de Tabla de Impuesto a la Renta para personas naturales y

jurídicas según el monto de la indemnización por lucro cesante proveniente

de seguros.

Una vez que se entrega el comprobante anterior, el actor – asegurador deberá recibir

el formulario para el pago y retención de valores por Impuesto a la Renta por Lucro

Sucursal: ORDEN DE DEPOSITO Fecha:

Ciudad:

PAGUESE A LA ORDEN DE: VALOR No. Comprobante

C.C. USD $Juicio No.

LA SUMA DE:

PROVIDENCIA:

Cheque No. Banco

Transferencia No. Banco

Nombre, Firma y Sello

BanEcuador B.P.

COORDINADOR C.N.J. SECRETARIO U.J.C. C.N.J. RECIBI CONFORME

CERTIFICADO DE DEPOSITO JUDICIAL

ORDEN DE RETIRO DE FONDOS

UNIDAD JUDICIAL CIVIL: CUENTA NO.

Page 122: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

103

Cesante; y, los funcionarios de BanEcuador, conforme el Convenio de Cooperación

Interinstitucional, y se deberá proceder, de la siguiente manera:

ACTOR: Sr. ……………….

DEMANDADO: Compañía Aseguradora

No. Juicio 17230-2016-168.

Fecha de Siniestro ……………..

Fecha de Negación ……………….

Reclamo Administrativo SI NO

Mediación: SI NO

PARTE RESOLUTIVA DE SENTENCIA EJECUTORIADA:

“… ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO

DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE

LA REPUBLICA, se acepta la demanda y se dispone que SEGUROS

CONSTITUCIÓN COMPAÑÍA DE SEGUROS, en la persona de su representante legal

señor AMP, paguen a MAGS o a su representante legal la suma de USD $ CIEN MIL

00/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 100.000,oo)

más los intereses causados a la máxima convencional a partir de los 45 días posteriores

al pedido de ejecución de las pólizas de seguros, mismos que liquidarían parcialmente.-

Con costas.- En 5.000,oo dólares se regulan los honorarios de la defensa del actor,

debiendo descontarse el porcentaje de ley para el Colegio de Abogados de esta

Jurisdicción.-NOTIFÍQUESE.-f).-DR. EAR. JUEZ ENCARGADO.”

Liquidación de Perito

Nombramiento:

“…UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DE

LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 14 de marzo del 2017, las 16 h19.-

Agréguese al proceso el escrito que antecede.- (…) se nombra como Perito a CARLOS

MAURICIO DE LA TORRE LASCANO (09927424227 - 2581697), Perito acreditado

Page 123: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

104

por el Consejo Nacional de la Judicatura, a fin de que realice la liquidación de capital e

intereses adeudados por la parte demandada, (…). f).- DR. AAG, JUEZ

Liquidación Pericial.-Conclusiones

(…) 1. Cálculo de Intereses Legales

Para el cálculo de los intereses legales ordenados en sentencia, se ha obtenido el

promedio de las tasas de interés emitidas por el Banco Central y se ha aplicado al

número días conforme el siguiente cuadro explicativo.

Tabla 15 Calculo pericial

Cantidad

USD

Solicitud

Ejecución

+45 Días Inicio

Cálculo

Pres.

Informe

No. Días Valor

Interés

100.000,00 02-ago-10 16-sept-10 17-sep-10 20-mar-14 1280 $ 29.418,57

5.9.1. Conclusión

Como resultado de los cálculos provenientes de la variable señalada en el desarrollo

de este peritaje, es decir los intereses legales correspondientes, el valor total al que

ascienden los intereses calculados asciende a Veinte y nueve mil cuatrocientos diez y

ocho dólares con 57/100 dólares americanos (USD 29.418,57); mismos que deben

adicionarse a los cien mil dólares constantes en la póliza de seguro; dando un total

adeudado de capital e intereses de $ 129.418,57. (...)

Atentamente,

Dr.MDTL,MBA

Perito Auditor, Acreditación N° 1576

Liquidación de costas

(…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA

IÑAQUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 14 de abril del

2017, las 13h59.- Agréguese al proceso la liquidación de costas que antecede con el

valor de $ 3.114,93.- En lo principal, con el contenido de las liquidaciones de capital,

Page 124: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

105

intereses y costas, córrase traslado a las partes por el término de tres días a fin de que las

ratifiquen o realicen las observaciones que consideren pertinentes.- Notifíquese.- DR.

AAG, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB.JBR RI.-Secretaria (E)

Mandamiento de ejecución

(…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA

IÑAQUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. - VISTOS. Atento al estado de

la causa, por no existir observaciones a las liquidaciones de capital, intereses y de

costas, se las aprueba, en consecuencia, de conformidad con el Art. 438 del Código de

Procedimiento Civil, en el término de veinte y cuatro horas, la entidad demandada

SEGUROS CONSTITUCIÓN COMPAÑÍA DE SEGUROS. en la persona de su

representante legal señor AMPA, pague al actor la suma de ciento treinta y cuatro mil

quinientos noventa y tres dólares con cincuenta y siete centavos de dólares Americanos

(USD 134.593,57), o dimita bienes equivalentes a su valor dentro del término

concedido.- Atenta a la petición que antecede por Secretaria a costas del peticionario

confiérase las copias certificadas solicitadas por el actor en su escrito de fecha veinte y

tres de septiembre del año en curso NOTIFÍQUESE.- AB. BGBPM, SECRETARIA

Consignación de valores

(…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. - Quito, lunes 5

de enero del 2018, las 16 h00.- Con la consignación realizada por el demandado,

póngase en conocimiento de la contraparte por el término de 48 horas. NOTIFÍQUESE.

- DR.AAG, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. GBPM,

SECRETARIA.

Providencia de entrega de valores

(…) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO

METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. -Quito, viernes

16 de enero del 2018, las 12h41.-Agréguese al proceso el escrito presentado. -Atento lo

solicitado y de la revisión de los recaudo procesal, se establece que el valor del

Page 125: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

106

mandamiento de ejecución asciende a la suma de USD. 134.533,5; valor que es

consignado por la parte demandada conforme se justifica del Comprobante de Depósito

de fs. 146.-Se dispone que se proceda a la entrega de USD $ 2.000,00 al Dr.FST, que es

el valor de honorarios fijados por la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional

de Justicia en sentencia de fecha 14 de noviembre 2013, las 08h30, que casa la

sentencia de la Primera Sala de lo Civil y Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales

dela Corte Provincial de Justicia del 26 de diciembre del 2012, las 14h45.-El valor

restante que asciende a la suma de USD 132.533,57, entréguese al señor ACTOR

MAGD, Para la entrega de los valores ordenados se dispone remitir los

correspondientes comprobantes y oficios al señor Gerente General del Banco Nacional

de Fomento.-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-

Retiro de valores consignados

Figura 27 Retiro de valores consignados

Page 126: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

107

Se recalca que el beneficiario de los valores consignados por la empresa aseguradora

–ACTOR- debe asistir personalmente; o en su defecto, otorgar Poder de Procuración

Judicial a su Abogado que contenga clausula especial, que disponga el actor retirar los

valores consignados, también debe presentar copia de la cedula y papeleta de votación a

color, con sus respectivos originales.

Retención de valores por lucro cesante

El cálculo respectivo se lo realizara conforme los rangos establecidos para la

liquidación y pago del impuesto a la renta, para personas naturales por los ingresos

obtenidos durante el ejercicio económico del año 2018.

Tabla 16 Impuesto a la Renta personas naturales

En: www.sri.gob.ec

El cálculo por concepto de Impuesto a la Renta, será de la siguiente manera:

Tabla 17 Calculo de Impuesto a la renta por lucro cesante.

Fracción

Básica

Exceso

hasta

Impuesto

Fracción

Básica

% Impuesto

Fracción

Excedente

0 $11.270 0 0%

$11.270 $14.360 0 5%

$14.360 $17.950 $155 10%

$17.950 $21.550 $514 12%

$21.550 $43.100 $946 15%

$43.100 64.630 $4.178 20%

$64.630 $86.180 $8.484 25%

$86.180 $114.890 $13.872 30%

$114.890 En adelante $22.485 35%

AÑO 2018 En dólares

Page 127: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

108

5.10. Formulario de pago del Impuesto a la Renta por Lucro Cesante, y retención

de valores consignados.

Figura 28 Llenado de formulario para el pago de impuesto a la renta lucro cesante.

5.11. Depósito de Retención de valores por Impuesto a la Renta por Lucro

Cesante, por Ban Ecuador al Servicio de Rentas Internas.

Conforme el Convenio de Cooperación Interinstitucional, BanEcuador BP, deberá

transferir inmediatamente al Servicio de Rentas Internas, todos los valores retenidos por

concepto de Impuesto a la Renta del lucro cesante provenientes de las indemnizaciones

de seguros por vía judiciales; por cuanto, el contribuyente (actor – asegurado-tomador

Page 128: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

109

de seguro), declara y paga en el momento mismo de la entrega de los valores

consignados, caso contrario no se entregarán los mismos.

El Servicio de Rentas Internas, deberá activar la cuenta: “A OTRAS RENTAS,

UTILIDADES Y BENEFICIOS DE CAPITAL”, conforme lo indica el Clasificador

Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público, actualizado al 20 de diciembre

del 2017, del Ministerio de Finanzas del Ecuador.

Tabla 18 Clasificador presupuestario

En: www.ministeriofinanzas.gob.ec

5.12. Flujograma de procedimientos para los depósitos y retiros de valores

consignados.

Estos procedimientos son de vital importancia, debido a que, el contribuyente deberá

realizarlos obligatoriamente, para que efectivamente se le transfieran los valores

consignados por la aseguradora, desde que se dispone el depósito judicial hasta obtener

el certificado de retiro judicial de los valores consignados.

Page 129: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

110

Procedimientos para Depósitos Judiciales

Figura 29 Depósitos Judiciales

Procedimientos para Retiros Judiciales

Figura 30 Depósitos Judiciales

Page 130: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

111

5.13. Proceso Judicial Civil, incoado por asegurado en contra de Aseguradora

por indemnización de seguro.

PROCESO JUDICIAL CIVIL INCOADO POR SR. ONVP en contra de

ALIANZA COMPAÑÍA DE SEGUROS.

El presente caso fue presentado por SR. ONVP, en el año 2013, por la robo de

vehículo, amparado en la póliza lo No.08D-0050482, con vigencia Nº 08D-0050482,

con vigencia desde el 21 de marzo del 2.003 (a las 12H00), hasta el 21 de marzo del

2.004 (a las 12H00); misma que amparaba entre otro al vehículo marca Internacional,

modelo 4700, clase Trayler, Tipo CAJON-T, motor Nº 11631421, chasis Nº

1HSRDCTR5NH407853, año 1992, Placas Nº PSH-519, por un valor asegurado de: a)

Cabezal $ 45,000.00 y b) Plataforma $ 5,000.00.

Las coberturas contratadas bajo la póliza de vehículo antes indicada, son aquellas que

constan de las condiciones particulares, esto es: Choque y/o Vuelco, incendio y/o rayo,

explosión, auto ignición, robo total, robo parcial, rotura de vidrios y cristales, daños

maliciosos, vandalismo, motín y huelgas, paso de puentes y gabarras, eventos de la

naturaleza, tránsito por caminos o carreteras no entregadas oficialmente al uso público,

o en construcción y eventualmente a campo traviesa, derrumbes, deslaves, hundimientos

de suelo, fenómenos sísmicos y meteorológicos y/o cualquier fenómeno de la

naturaleza, incluyendo inundaciones, aluviones, etc., Daños por objetos que caigan

sobre el mismo y/o que hayan sido retirados o izados para cualquier reparación.

La póliza tuvo la cobertura de robo total, constante en el lit. c) del Art. 10 de las

condiciones generales: “c) Robo Total.- La pérdida o daño del vehículo asegurado, o de

sus partes que constituyan su equipo normal, funcional y fijo, siempre que el vehículo

sea sustraído en su totalidad con ánimo de disponer de él”.

En este proceso judicial consto como exclusiones las que se encontraban estipuladas

en las condiciones generales de la póliza, destacando la que esta signada con el literal h)

que dispone que cuando el vehículo se encontraba fuera de radio de acción que se

autorizó en la póliza o circulando por vía o lugares no establecidos oficialmente para el

tránsito del tipo de vehículo siniestrado. Siendo parte de competencias, carreras,

Page 131: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

112

apuestas, eficiencia o de velocidad, ensayos, y otro uso arriesgado. - Utilizando para

fines de enseñanza o instrucción, o esté dado en alquiler o prestando servicio público en

forma momentánea o permanente. El vehículo siniestrado fue conducido por personas

extrañas por haber sido robado (salvo que esté abierto el riesgo de robo), embargado,

confiscado o cedido a las Autoridades. - Conducido por persona que carezca de licencia

oficial para manejar y/o se comprobare que conduce en estado de embriaguez o bajo el

estado de estupefacientes, y/o cuando infrinja temerariamente disposiciones del

Reglamento de Tránsito”.

De la cláusula del contrato de seguros es decir la póliza de seguro contratada, materia

de la demanda, se desprende que la misma, contiene tres tipos o clase de condiciones,

denominadas: generales, particulares y especiales.

Dado que fue la voluntad de vender el vehículo anteriormente descrito y, toda vez

que no existió un patio de compra – venta de vehículos pesados, como todas las

personas que desean vender este tipo de vehículos, ordenó al chofer que, tomando todas

precauciones del caso y colocando todas las seguridades, deje el vehículo en exhibición,

en el parqueadero de la Gasolinera “Anturios I”, propiedad del Sr. Ing. Vinicio Arteaga,

ubicada en el Km 4 1/2 de la vía Santo Domingo – Quevedo, con un letrero en el

parabrisas delantero que decía “se vende”.

Es así que, en el mes de junio del 2.003, el Señor chofer que responde a los nombres

de NCM, dejó estacionado en el parqueadero de dicha gasolinera el vehículo de mi

propiedad; para lo cual, previamente, el mismo conductor ha dejado cancelando el

importe del parqueo y recomendando la vigilancia del vehículo a los guardias que se

encontraban ese día de turno entre ellos el guardia ER y el despachador VCH; bajo la

expresa disposición que únicamente podríamos retirar el vehículo, el mencionado

conductor y el propietario del vehículo señor ONVP.

Trascurrido una semana, concurrió personalmente a la gasolinera y presentándose

ante el señor VCH, quien trabaja en los surtidores, le entregué unas tarjetas de

presentación, con el objeto de que sean entregadas a los interesados en la adquisición

del vehículos, ofreciéndoles un regalo de $ 500,oo por la venta del automotor; para

posteriormente retirarme del lugar.

Page 132: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

113

Mas, es el caso que, el día 28 de junio del 2.013, a eso de las 19H00, en instantes

que el SR.ONVP, retornando a la ciudad de Quito desde Guayaquil, pasé por el lugar,

se percató que su vehículo ya no se encontraba en el parqueadero; por lo que, estacionó

el vehículo en el que se transportaba y pregunté al señor VCH y al guardia que se

encontraba de turno, sobre el paradero de su vehículo, habiéndome contestado el Sr. CH

que en la semana del 25 de junio, en horas de la mañana, mientras estaba laborando

como despachador, han llegado unos tres sujetos en un carro, los mismos que por el

lapso de dos horas han permanecido en el lugar mientras desenganchaban la

plataforma, calentaban el motor y quitaban el letrero del parabrisas para posteriormente

llevarse el referido automotor.

Ante los hechos relatados y, luego de intensas búsquedas por dar con el paradero del

vehículo (cabezal), sin resultados positivos, con fecha 1 de julio del 2.003, concurrí a la

Policía Judicial de la ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas y procedió a denunciar

la sustracción del vehículo de su propiedad.

Realizadas las investigaciones, se llega a determinar que personas desconocidas, se

sustrajeron el vehículo de propiedad del SR. ONVP; sin que se haya dado con la

identificación ni paraderos de los delincuentes.

Posteriormente, dentro del plazo que se encuentra estipulado en el contrato de seguro

(póliza de seguro), notificó la sustracción del vehículo a la empresa Alianza, Compañía

de Seguros y Reaseguros S. A., a fin de que, configurado el siniestro con los

documentos exigidos por la aseguradora, se proceda al pago de la indemnización a que

tuvo derecho.

El Señor ONVP, habiendo cumplido con la entrega de los documentos requeridos,

mediante Nº 530-1394-2003, de 31 de octubre del 2.003, suscrito por el Sr. EB, Gerente

General (E), y dirigido al Señor ONVP, se notifica con la negativa del siniestro, cuyo

texto es el siguiente: ”En atención al presente tema, luego de analizar la documentación

presentada especialmente el Informe Policial, así como el informe elaborado por el

Ajustador de Siniestros JRE, cúmplenos comunicar a usted nuestra decisión de negar

todo derecho de indemnización en este caso. Esta determinación está basada en los

siguientes puntos: (…) El asegurado o el solicitante, según el caso, debe hacer la

Page 133: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

114

notificación a que se alude en el precedente inciso con antelación no menor a diez días a

la fecha de la modificación del riesgo, si ésta depende de su propio arbitrio. Si le es

extraña, dentro de los tres días siguientes a aquel en que tenga conocimiento de ella. En

ambos casos, el asegurador tiene derecho a dar por terminado el contrato o a exigir un

ajuste en la prima. (…). La sanción tampoco es aplicable a los seguros de vida”.

En el presente caso, la acción del asegurado, de dejar parqueado el vehículo

asegurado por varios días, en su sitio abierto y sin protección, constituye un

agravamiento del riesgo, ya que, si el asegurado no hubiera obrado de esta forma, no se

hubiera producido el hurto del automotor. (…).

De la revisión de los documentos adjuntos al reclamo (aviso de siniestro, ajuste e

informe policial) se evidencia claramente que el vehículo asegurado ha sido retirado del

lugar donde se ha encontrado estacionado, por personas no identificadas, sin que éstas,

para tal acto, hayan hecho uso de fuerza o violencia. Por lo expresado y al no

encontrarse cubierto el siniestro denunciado, Alianza Compañía de Seguros y

Reaseguros S. A. deslinda toda responsabilidad en el reclamo. Sin otro particular por el

momento, me suscribo. - atentamente, f) EB .- Gerente General (e)”

La negativa al pago del siniestro, así formulada, no tuvo fundamento alguno, por las

siguientes razones:

1. El contrato de seguro, es el documento establecida en la póliza de seguros, a

través de la cual el asegurador tiene la obligación a indemnizar al asegurado,

siempre y cuando el asegurado haya pagado la prima correspondiente, conforme

las clausulas establecida en la póliza, mediante al pago de un capital, si ocurre el

siniestro previsto en el contrato.

2. Si revisamos detenidamente la carta de negativa, veremos que la misma es

demasiado trivial, pues, supuestamente se basa en dos situaciones que no vienen

al caso, cuales: a) Porque supuestamente el SR.ONVP, calidad de asegurado no

he mantenido el estado del riesgo o, he agravado el estado de riesgo; y, b)

Porque supuestamente, la sustracción del vehículo es un acto de hurto y no robo;

y, para que quede claro estas situaciones, a continuación pasaré a explicar las

mismas:

Page 134: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

115

3. Para que exista riesgo asegurable, es necesario que concurran ciertos caracteres

esenciales entre los que podemos enunciar: a) Que sea incierto o aleatorio, con el

conocimiento de la existencia real hace desaparecer lo aleatorio. Esta

incertidumbre se consuma de manera formal, esto es, pueda ocurrir o no, sino

que existiendo la certeza que ocurra, se ignore cuándo (la muerte de las

personas); b) Existe el riesgo pertinente; como el siniestro que se protege a

través de la póliza tiene una probabilidad de que ocurra; c) Que sea concreto; d)

Que el riesgo sea lícito; esto es que no ha de ir contra la moral o el orden

público; e) Que sea fortuito; esto es, que se produzca por un acontecimiento

ajeno a la voluntad del asegurado; y, f) Que tenga un contenido económico; esto

es que haya ocurrido el siniestro, produciéndose la necesidad económica, para

satisfacer la indemnización por parte del asegurado.

4. Al negar el siniestro, el asegurador en su comunicación, enuncia y transcribe el

Art. 16 del Dcto Sup. 1147, reformatorio del Código de Comercio; pero, se

olvida de enunciar y transcribir el Art. 14 Ibidem.

5. Para el caso que nos ocupa, la agravación del estado de riesgo, según el propio

contrato de seguro celebrado entre las partes, consta en el lit. b) Art. 4 del

Capítulo I, que dispone: “Art. 4.- El seguro fenece, automáticamente, salvo que

la Compañía consienta por escrito, mantenerlo en vigencia, en los casos

siguientes: … b) Cuando sufra cualquier alteración en su estructura y/o

mecanismo y/o uso normal que agrave el riesgo”.

En la especie, el vehículo no fue alterado en su estructura, ni mecanismo y, tampoco

se le dio otro uso que el normal; por lo que mal se puede alegar la existencia de

agravamiento del riesgo.

Adicionalmente a la anterior ponencia de la aseguradora, también niega el siniestro,

aduciendo, en síntesis, que la sustracción del vehículo se trata de hurto y no robo.

Debemos definir el robo dice: “Delito del que, a través de amenaza y violencia a las

personas; o a la fuerza por las cosas, se sustraen fraudulentamente una cosa ajena, con

ánimo de apropiarse; o la sustracción de cosa ajena realizada de manera mañosa, y con

ánimo de apropiarse de cosa ajena”.

Page 135: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

116

En el presente robo del vehículo del Señor ONVAP, las personas desconocidas que

se sustrajeron el vehículo, sí actuaron con fuerza en las cosas; porque, abrir un vehículo

con llaves maestras, ganzúas u otra forma que no fueren con las llaves originales del

automotor que, en el momento se encuentran en poder de la aseguradora, constituye

emplear la fuerza sobre el vehículo.

En síntesis, el robo del vehículo se produjo y este hecho está probado con el informe

policial; así como que, el mismo se produjo por causo fortuito, sin la intervención del

asegurado.

Con los antecedentes expuestos y por cuanto la negativa realizada por la Compañía

de Seguros y Reaseguros Alianza S. A., se basó en apreciaciones antojadizas, reñidas

con las normas legales; y, como hasta la presente fecha la prenombrada aseguradora no

ha cancelado las indemnizaciones a que tiene derecho el Sr. ONVP; acudió al Juzgado,

y en juicio verbal sumario demando a la compañía de Seguros y Reaseguros S.A. –

Alianza- en la persona de su Gerente General (e) y Representante Legal Sr. EB , a fin

de que en sentencia se le condene:

Al pago de las indemnizaciones a que tiene derecho de conformidad con las

condiciones particulares y generales de la póliza de vehículos Nº 08D-0050482, por el

robo total del vehículo asegurado; mismas que alcanzan un total de USD $ 45,000.oo.

Los intereses a la tasa máxima convencional, a partir de los 45 de producido el

siniestro, hasta la fecha de pago, costas procesales y honorarios del abogado defensor

solicitándole al Juez, que regule los mismos de conformidad la ley. Y, se fijó la cuantía

en la suma de Cincuenta y cinco mil dólares.

El Señor OCVP, anexo a la demanda la póliza de seguro con anexos, Copia

certificada de la matrícula del vehículo, carta negativa del siniestro, y, denuncia

realizada del robo del vehículo.

Calificada la demanda, citado a la empresa demandada, y contestada la misma, por la

empresa demandada, se fijó la audiencia de conciliación, sin haber conciliación alguna.

Por lo tanto, se abrió la causa a prueba.

Page 136: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

117

Prueba del actor –Sr. OVNP

1. Dentro del término concedido el Señor OONVAP, a más agrego como pruebas

los siguientes documentos:

2. Denuncia de robo del vehículo presentado a la Policía Judicial pro el

compareciente Oscar Napoleón Valle Paredes.

3. Certificación emitida por la Policía Nacional, que da cuenta de la denuncia del

robo del vehículo de propiedad Sr.ONVP, marca Internacional, modelo 4700,

clase Trayler, Tipo CAJON-T, motor Nº 11631421, chasis Nº

1HSRDCTR5NH407853, año 1992, Placas Nº PSH-519, en la central de radio

patrullas.

4. Copias certificadas de las versiones rendidas por todas las personas que

conocieron del robo del vehículo.

5. Copia certificada del informe policial presentado por la Dirección Nacional de la

Policía Judicial e Investigaciones y, dirigido al Sr. Agente Fiscal del Distrito de

Pichincha, que da cuenta de la sustracción del vehículo siniestrado.

6. Oficio Nº 3080-2003-PJ-SDC, suscrito por el Sr. RTV, Capitán de Policía, Sub-

Jefe de la Policía Judicial de Pichincha SDC (E); y, dirigido al Sr. Ab. WPR. que

contiene las versiones del compareciente.

7. Certificado de Orígenes, microfilm e historiales del vehículo marca

Internacional, modelo 4700, clase Trayler, Tipo CAJON-T, motor Nº 11631421,

chasis Nº 1HSRDCTR5NH407853, año 1992, Placas Nº PSH-519.

8. Copias certificadas de las matrículas del vehículo antes descrito, las cuales dan

cuenta de la propiedad del automotor y el cumplimiento de las normas de

tránsito

9. Certificado emitido por el Sr. Registrador Mercantil, que da cuenta que el

vehículo marca Internacional, modelo 4700, clase Trayler, Tipo CAJON-T,

motor Nº 11631421, chasis Nº 1HSRDCTR5NH407853, año 1992, Placas Nº

PSH-519, de mi propiedad no tiene gravamen alguno.

10. Certificado emitido por BanEcuador, que da cuenta que el vehículo tantas veces

descrito no tiene gravamen alguno con dicha entidad bancaria

11. TRECE fojas útiles que contienen fotografías de vehículos de semejantes

características al sustraído, dejados en distintas bombas de gasolina, para la

venta; y, que contienen los carteles “SE VENDE”, Las bombas de gasolina en

Page 137: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

118

las que aparecen vehículos son las siguientes: “Estación el Terminal” de

Latacunga, “Petroleos y Servicios” a la entrada a Latacunga, Bomba

“Ballesteros 2” en Ambato, Bomba del “Sindicato de Choferes del Cotopaxi”,

Bomba de Petrocomercial “VIGE SAN” en Ambato, Bomba “Petroleos y

Servicios” en Saquisilí; y, Bomba “P&S” en Latacunga

12. Certificado emitido por la Empresa MOTRANSA el que da cuenta que NO SE

COMERCIALIZAN CAMIONES PESADOS USADOS.

13. Certificado emitido por Trailer Repuestos, que da cuenta que se dedica a la

comercilización de partes y piezas para camiones; y, afirma “no existen patios

de compra y venta de vehículos usados para trialer o camiones”.

14. Certificado emitido por METROCAR, que da cuenta que, como concesionario

Chevrolet, NO se encarga de comercialización de vehículos TREILERS

USADOS y que desconocen que en la ciudad de Quito exista un local donde se

comercialice dichos vehículos.

15. Certificación emitida por “Carrera Autos”, que da cuenta que NO EXISTE

ALGÚN PATRIO QUE SE DEDIQUE A LA COMPRA Y VENTA DE

CAMIONES USADOS.

16. Comunicación remitida por el Lcdo. EM, Gerente General de la Agencia

Asesora Productora de Seguros Mahauad; y, Llaves originales del vehículo

robado (2)

Prueba de la parte demandada –Seguros Alianza-

1. La demandada tacho la prueba y testigos del actor.

2. Solicito se envíen oficios para que Fiscalía de Santo Domingo de los Tsáchilas,

remita oficios de la denuncia que fue presentada por el actor.

Una vez analizadas las pruebas y dentro del término para dictar sentencia. La

autoridad competente, dicto sentencia por el año 2015 a favor del Señor ONVP, cuya

parte resolutiva dispone: “…ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA

REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se acepta la demanda, en

consecuencia se ordena a la Empresa Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.,

en la persona de su representante legal señor EBQ o de quien actualmente la represente,

a fin de que inmediatamente paguen al Ingeniero ONP la suma de cuarenta y cinco mil

dólares menos el deducible, esto es el 10%, más los intereses legales, desde que la

Page 138: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

119

demandada se constituyó en mora y hasta la total cancelación de la deuda.- Con costas

en mil dólares se regulan los honorarios del doctor FATS, que le serán entregados

previo a la retención del 5% para el Colegio de Abogados de Pichincha.-

NOTIFÍQUESE…”.

Con esta sentencia la parte demandada apelo a la Corte Superior de Justicia, pagando

una caución por la suma de USD $ 800,oo deteniendo por un año la ejecución de la

misma, hasta que en el año 2016, una vez presentados loes escritos pertinentes por las

partes, la Corte Superior, confirmo la sentencia de Primera instancia, disponiendo lo

siguiente: “…ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y

POR AUTORIDAD DE LA LEY, se confirma la sentencia venida en grado que ordena

el pago de la indemnización reclamada que constituye el monto asegurado, debiendo

descontarse el deducible pactado; más los intereses a la tasa máxima convencional por

así disponerlo el Art. 42 de la Ley General de Compañías de Seguros, a partir de los 45

días posteriores a la fecha del siniestro y hasta la fecha de pago, mismos que se

liquidarán parcialmente.- Sin costas ni honorarios que regular en esta instancia.

NOTIFIQUESE. - f) DR. APD, Juez. Dr.JTG,, Dra.BSA.

La parte demandada NO conforme con esta sentencia, presenta recurso de casación

ante la Corte Nacional de Justicia, esta Corte NO casa la sentencia y confirma la

sentencia de la Corte Superior de Justica; y, en consecuencia, el proceso judicial regresa

al Juzgado de origen, el mismo que ordena se proceda con la liquidación

correspondiente nombrando al perito DR.ELT, quien liquida valores, dispuestos en

sentencia de esta manera:

Tabla 19 Liquidación pericial

En: Caso ONVP vs Alianza. Perito Dr.ELT

Este informe fue aprobado, y por lo tanto el Juez dictamino en su mandamiento de

ejecución que en mérito de los recaudos procesales y por ser el estado procesal,

aprobándose el informe pericial elaborado por el Dr. ELT, se requiere a Alianza

LIQUIDACION TOTAL

Siniestro Ocurrido $ 45.000,oo

Deducible $ 4.500,oo

CAPITAL A LIQUIDAR $ 40.500,oo

Intereses ganados $47.491,94

Total a Pagarse $87.991,94

Page 139: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

120

Compañía de Seguros y Reaseguros S. A., para que, a través de su representante legal

en el término de veinticuatro horas, pague en ésta Judicatura la suma de OCHENTA Y

SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN DOLARES AMERICANOS ($.

87.991,00) o dimita bienes equivalentes para el embargo.

A finales del año 2016, la parte demandada procedió a consignar el cheque

certificado a nombre del Juzgado, para que sea entregado al actor Sr.ONVP, por la suma

de $ 87.991,94. Se sentó la razón del pago realizado; y, posteriormente se ordenó el

depósito en la cuenta de la Unidad Judicial Civil, para finalmente en el año 2017, se

entregue los valores consignados al Señor actor; sentando la razón que por Secretaria

del Juzgado, dirigen el Oficio a BanEcuador B.P., a fin de n que se me entregue el

dinero consignado por la compañía de Seguros , conforme se encuentra ordenado en

providencia anterior, valores recibidos por el Señor Actor. ONVP.

Finalmente, el Señor actor ONVP, retiro el dinero consignado; y, se procedió con el

archivo.

En este caso, no se recaudó impuesto a la renta por lucro cesante proveniente de la

indemnización de seguro que recibió el señor actor ONVP.

Se debe considerar que el reclamo por el robo de vehículo ascendió a $ 45.000, y los

valores adicionales generados mientras duro la tramitación del proceso judicial,

incremento su patrimonio.

Figura 31 Análisis valores consignados

[VALOR] 46,02%

[VALOR] 53,97%

DAÑO EMERGENTE LUCRO CESANTE

Val

ore

s p

agad

os

Act

or

Conceptos

VALORES CONSIGNADOS Y ENTREGADOS AL

ACTOR:

SR. ONVP

Page 140: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

121

La suma de $ 87.991,94, que correspondió a valores consignados y recibidos por la

reclamación judicial civil de indemnización de seguros, por el actor Sr.ONVP, el

53,97% correspondió al Lucro Cesante; y, el 46,02% al valor reclamado propio de la

indemnización de seguros es decir el daño emergente.

Del respectivo análisis realizado; y, con la aplicación de los procedimientos de la

presente investigación el Señor ONVP, debió cancelar el impuesto a la renta por Lucro

Cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros por procesos judiciales de la

siguiente manera:

a. Se realizó la entrega de los valores consignados en el año 2017, por lo tanto, se

aplica la tabla del Impuesto a la Renta para el año 2017.

Tabla 20 Impuesto a la renta personas naturales 2017

En: www.sri.gob.ec

b. La liquidación pericial fue la siguiente:

Tabla 21 Liquidación pericial

Fracción

BásicaExceso hasta

Impuesto

Fracción

Básica

% Impuesto

Fracción

Excedente

0 11.290 - 0%

11.290 14.390 - 5%

14.390 17.990 155 10%

17.990 21.600 515 12%

21.600 43.190 948 15%

43.190 64.770 4.187 20%

64.770 86.370 8.503 25%

86.370 115.140 13.903 30%

115.140 En adelante 22.534 35%

AÑO 2017

En dólares

NAC-DGERGCG16-00000507

LIQUIDACION TOTAL

Siniestro Ocurrido $ 45.000,oo

Deducible $ 4.500,oo

CAPITAL A LIQUIDAR $ 40.500,oo Daño Emergente $ 40.500,00

Intereses ganados $47.491,94 Lucro Cesante $47.491,94

Total a Pagarse $87.991,94 $87.991,94

Page 141: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

122

c. Rango del Impuesto a la Renta

Tabla 22 Rango para el cálculo del Impuesto a la renta

d. Cálculo

Tabla 23 Valor a pagar por Impuesto a la renta

Por lo tanto, el valor a recibir por el Sr. ONVP, es de $ 82.944,55.

El análisis del presente caso servirá como referente para proceder con las

liquidaciones respectivas de los procesos judiciales civiles incoados en contra de las

aseguradoras, por indemnizaciones de seguros cuando se ha demostrado que el Lucro

Cesante incrementa el patrimonio y por lo tanto representa otro tipo de ingresos para

quien lo recibe.

Fracción

Básica

Exceso

hasta

Impuesto

Fracción

Básica

% Impuesto

Fracción

Excedente

43.190 64.770 4.187 20%

AÑO 2017

En dólares

47.491,94$ Lucro Cesante

43.190,00$ Fraccion Básica 4.187,00$

4.301,94$ Fraccion Excedente 20% 860,39$

Total Impuesto a la Renta a Pagar 5.047,39$

Page 142: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

123

CAPITULO VI

6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

6.1. Conclusiones

Se concluye con la presente investigación que el Lucro Cesante proveniente de las

indemnizaciones de seguros incrementa el patrimonio de las personas naturales y

jurídicas; y, por lo tanto, grava impuesto a la renta.

La institución que ejerce el control sobre las compañías aseguradoras; y, la

institución judicial, no solo deben actuar dentro del marco de sus competencias, sino

también coadyuvar con la administración tributaria a recaudar impuestos; en este caso la

Superintendencia de Compañías Valores y Seguros debe informar de manera

permanente y actualizada sobre las indemnizaciones que cada compañía de seguros

paga por lucro cesante.

El impuesto a la renta por lucro cesante proveniente de las indemnizaciones de

seguros es de fácil y rápida recaudación tributaria; porque, tanto el cálculo como la

retención de los valores, se lo realiza en el momento mismo de la entrega de los valores

consignados por la aseguradora demandada al actor del proceso judicial, es decir el

asegurado o tomador del seguro.

El lucro cesante proveniente de las indemnizaciones de seguros incide en la

recaudación tributaria; ya que, a pesar de que las indemnizaciones de seguros se

encuentran exoneradas del impuesto a la renta por ley y reglamento; más no el lucro

cesante a la presente fecha no se han establecido mecanismos de recaudación del

mismo; por lo tanto, la autoridad tributaria no registra ningún valor recaudado.

Con la vigencia del Código Orgánico General de Procesos en la función judicial,

específicamente en el área civil, los procesos judiciales no llevaran años de tramitación;

por lo tanto, la recaudación del impuesto a la renta por lucro cesante, será más oportuna.

Page 143: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

124

6.2. Recomendaciones

Las autoridades del Servicio de Rentas Internas como organismo de control y cobro

de impuestos, debería emitir resoluciones o documentos de carácter legal que causen el

impuesto a la renta a los beneficiarios de indemnizaciones por efectos de lucro cesante.

Se recomienda al Servicio de Rentas Internas, emitir la resolución correspondiente

no solo para gravar el impuesto a la renta por lucro cesante proveniente de

indemnizaciones de seguros por procesos civiles; sino también para ejercer el control de

ingresos a los profesionales abogados defensores de los asegurados o tomadores del

seguro.

Se deberá emitir los procedimientos correspondientes para la recaudación de valores

por impuesto a la renta, por lucro cesante proveniente de las indemnizaciones de

seguros; por cuanto existen en los registros judiciales varios procesos civiles incoados

en contra de las aseguradoras; y, consignaciones de valores por pagos de siniestros que

estas realizan a sus asegurados o tomadores del seguro.

Realizar el debido control a las declaraciones de impuesto a la renta de los

asegurados o tomadores de seguros, sean contribuyentes o no, que hayan recibido

indemnizaciones de seguros por procesos judiciales civiles.

Se recomienda el uso de este documento de investigación como base para la

recaudación tributaria, por efectos de indemnizaciones por lucro cesante y/o procesos

judiciales civiles por indemnizaciones de seguros.

Page 144: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

125

BIBLIOGRAFÍA

Arízaga, J. (2015). La causación del impuesto a la renta por la reparación del daño

moral. Quito: Universidad San Francisco de Quito. Recuperado el 24 de Enero

de 2018, de http://repositorio.usfq.edu.ec/bitstream/23000/4965/1/122710.pdf

Asamblea Nacional. (5 de septiembre de 2014). Código Orgánico Monetario y

Financiero. Recuperado el 13 de marzo de 2018, de www.seps.gob.ec:

http://www.seps.gob.ec/interna-npe?2002

Asamblea Nacional. (18 de mayo de 2015). Codigo Orgánico General de Procesos.

Recuperado el 13 de marzo de 2018, de asesoriajuridica.utpl.edu.ec:

https://asesoriajuridica.utpl.edu.ec/sites/default/files/CODIGO-ORGANICO-

GENERAL-DE-PROCESOS_0.pdf

Baeza, S., Achurra, J., & Vives, J. (1994). El Seguro. Santiago de Chile: Juridica de

Chile.

Bernal, C. (2010). Metodología de la investigación (3a ed.). Bogotá: Pearson

Educación.

Bernal, J. (2012). Aspectos tributarios de ingresos por indemnización por siniestros de

activos fijos. Actualidad Empresarial, 251(2), 1-7. Recuperado el 18 de Enero

de 2018, de

http://aempresarial.com/asesor/adjuntos/baja_de_activos_por_sinistro_robo_NI

C_16.pdf

Botero, B. (2009). El seguro de lucro cesante forma inglesa pérdida de utilidad bruta.

Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana. Recuperado el 27 de Enero de 2018,

de http://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/economia/tesis145.pdf

Bulló, E. (2001). El derecho de seguros y de otros negocios vinculados 2. Buenos

Aires: Ábaco.

Bustamante, J. (1983). Manual de Principios Jurídicos del Seguro (1a ed.). Bogotá:

Talleres Gráficos Temis.

Cabanellas, G. (2003). Diccionario Enciclopédico del Derecho Usual. Buenos Aires

Argentina: Heliasta.

Castelo, J., & Guardiola, A. (1992). Diccionario MAPFRE de seguros (1a ed.). Madrid:

Editorial MAPFRE.

Page 145: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

126

Castelo, J., & Guardiola, A. (2013). Diccionario MAFRE de Seguros (4a ed.). Madrid:

Magaf, Indusria Gráfica S.A.

Congreso Nacional. (15 de agosto de 2006). Reglamento a la Ley General de Seguros.

Recuperado el 13 de marzo de 2018, de www.cosede.gob.ec:

http://www.cosede.gob.ec/wp-content/uploads/2015/03/REGLAMENTO-A-LA-

LEY-GENERAL-DE-SEGUROS.pdf

Congreso Nacional. (28 de diciembre de 2015). Ley de Régimen Tributario Interno.

Recuperado el 13 de marzo de 2018, de www.sri.gob.ec:

http://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/cbac1cfa-7546-4bf4-ad32-

c5686b487ccc/20151228+LRTI.pdf

Congreso Nacional. (22 de mayo de 2016). Código Civil. Recuperado el 13 de marzo de

2018, de www.justicia.gob.ec: https://www.justicia.gob.ec/wp-

content/uploads/2018/02/08-Codigo-Civil.pdf

Congreso Nacional del Ecuador. (2012). Código de Comercio. Quito : Lexis.

Recuperado el 25 de Febrero de 2018, de

https://www.desarrolloamazonico.gob.ec/wp-

content/uploads/downloads/2014/05/CODIGO-DE-COMERCIO-act.pdf

Corte Constitucional del Ecuador. (7 de diciembre de 1963). Decreto Supremo No.

1147. Quito: Registro Oficial Nº. 123.

Ferrer, J. (3 de Junio de 2010). Sección 2 Higiene y seguridad industrial. Recuperado el

2 de Febrero de 2018, de metodologia02.blogspot.com:

http://metodologia02.blogspot.com/p/tecnicas-de-la-investigacion.html

García, D. (2011). Alcance, aplicación y límites de la facultad que le otorga el inciso

cuarto del artículo 42 de la Ley General de Seguros a la Superintendencia de

Bancos y Seguros. Quito: Universidad San Francisco de Quito. Recuperado el 21

de Enero de 2018, de

http://repositorio.usfq.edu.ec/bitstream/23000/1259/1/101029.pdf

Gómez, S. (2012). Metodología de la Investigación (1a ed.). México D.F: Red Tercer

Mileno.

Hernández, R., Fernández, C., & Baptista, P. (2014). Metodología de la Investigación

(6a ed.). México D.F: McGraw Hill Education.

Page 146: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

127

Herrera, M. (2013). Métodos de la investigación 1. Un enfoque dinámico y creativo (3a

ed.). México D.F: Esfinge.

Serral, Á. (2014). El Lucro cesante, derivado de los daños personales en accidentes de

circulación. Barcelona: Universidad de Barcelona. Recuperado el 28 de Enero

de 2018, de http://www.servidor-

gestisqs.com/ub/intranet/PDF/tesis_alumnos/Angels_Serral_Floreta.pdf

Steinfeld, E. (2003). Estudios del derecho de seguros (1a ed.). Buenos Aires: Ábaco de

Rodolfo de Palma S.R.L.

Superintendencia de Bancos y Seguros. (2000). Normas para la estructura y

operatividad de las pólizas de seguros. En R. O. 29/09/2000, Resolución No.SB-

INDS-2000-274 (pág. 36). Quito: Corte Constitucional del Ecuador.

Tamayo, M. (2013). El proceso de investigación científica (4a ed.). México D.F:

Limusa.

Venegas, A. (1996). Cuestiones de Seguros. Bogota, Colombia: Colombo Editores.

Zavala, M. (2009). Resarcimiento del daño moral. Tratado de daños a personas .

Buenos Aires: Aestrea.

Page 147: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

128

ANEXOS

Page 148: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

129

ANEXOS

Anexo A Oficio Nº 117012018OSTR003086

Page 149: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

130

Page 150: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

131

Page 151: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

132

Anexo B Oficio de Respuesta Nº 917012017OCEF001475

Page 152: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

133

Page 153: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

134

Anexo C Certificación de Documentos materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico Nº 20181701009C01200

Page 154: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

135

Page 155: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

136

Page 156: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

137

Anexo D Certificación de documentos materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico N º 20181701009C01199

Page 157: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

138

Page 158: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

139

Page 159: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

140

Anexo E Certificación de Documentos Materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico Nº 20181701009C01196

Page 160: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

141

Page 161: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

142

Page 162: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

143

Anexo F Certificación de documentos materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico Nº 20181701009C1197

Page 163: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

144

Page 164: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

145

Page 165: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

146

Page 166: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

147

Page 167: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

148

Page 168: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

149

Page 169: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

150

Page 170: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

151

Page 171: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

152

Page 172: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

153

Page 173: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

154

Page 174: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

155

Page 175: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

156

Page 176: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

157

Page 177: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

158

Page 178: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

159

Page 179: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

160

Page 180: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

161

Page 181: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

162

Anexo G Certificación de documentos materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico Nº 20181701009C01198

Page 182: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

163

Page 183: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

164

Page 184: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

165

Page 185: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

166

Page 186: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

167

Page 187: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

168

Page 188: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

169

Anexo H Certificación de documentos materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico Nº 20181701009C01201

Page 189: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

170

Page 190: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

171

Page 191: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

172

Page 192: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

173

Anexo I Certificación de documentos materializados desde página web o de cualquier soporte

electrónico Nº 20181701009C1202

Page 193: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ... · Consignación de Valores, Impuesto a la Renta, Recaudación Tributaria, Modelo de Procesos. Gualán Gualán, María del

174