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BOLETÍN INFORMATIVO UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Edición 44 Mayo - Junio 2018 “Por una Economía Sana y Segura” En esta Edición: Pág.1 UAF imparte Primer Concentrado de Estudio Metodológico Pág. 2-4 Operaciones Sospechosas La Unidad de Análisis Financiero desarrolló el Primer Concentrado de Estudio Metodológico, en el cual se establecen los lineamientos de la capacitación interna en aras de dotar y formar a los funcionarios y empleados con conocimientos integrales del quehacer institucional, con el objetivo de fortalecer sus habilidades y destrezas para alcanzar óptimos niveles de eficiencia y efectividad en el cumplimiento de las tareas y misiones. El primer encuentro de este Concentrado se llevó a cabo el 24 y 25 de mayo 2018, con la participación de funcionarios, personal administrativo y de servicio, donde se impartieron 14 temas de estudio de las funciones y actividades que cumplen las estructuras en el ámbito operativo, jurídico, tecnológico y administrativo. Jefes de Direcciones, División, Departamentos y Unidades de la UAF, expusieron y compartieron sus conocimientos y buenas experiencias en temas sobre LA/FT, Inteligencia Financiera, Investigación LA/FT, Supervisión de SO, Normativas PLD/FT/ FP, Seguridad Informática, Derecho Administrativo, Estándares del GAFI y Planificación. Así mismo, se contó con la participación de la Contraloría General de la República (CGR) y del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), quienes impartieron temas sobre el Sistema de Registro y Control de la Declaración de Probidad (SISCODEP) y Gestión de Riesgos. Este es el primer Concentrado de Estudio Metodológico organizado por la UAF que refuerza la misión fundamental de prevenir y enfrentar eficientemente el LA/FT/ FP, en interés de proteger nuestra economía y la integridad de nuestro país, por un desarrollo sano que contribuya al bienestar de los nicaragüenses. UAF imparte Primer Concentrado de Estudio Metodológico Para reforzar la eficiencia y efectividad de sus funcionarios

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BOLETÍN INFORMATIVO

UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO

Edición

44Mayo - Junio

2018

“Po r una Eco no mía Sana y S eg u ra”

En esta Edición:

Pág.1

UAF imparte Primer Concentrado de Estudio Metodológico

Pág. 2-4 Operaciones Sospechosas

La Unidad de Análisis Financiero desarrolló el Primer Concentrado de Estudio Metodológico, en el cual se establecen los lineamientos de la capacitación interna en aras de dotar y formar a los funcionarios y empleados con conocimientos integrales del quehacer institucional, con el objetivo de fortalecer sus habilidades y destrezas para alcanzar óptimos niveles de eficiencia y efectividad en el cumplimiento de las tareas y misiones.

El primer encuentro de este Concentrado se llevó a cabo el 24 y 25 de mayo 2018, con la participación de funcionarios, personal

administrativo y de servicio, donde se impartieron 14 temas de estudio de las funciones y actividades que cumplen las estructuras en el ámbito operativo, jurídico, tecnológico y administrativo.

Jefes de Direcciones, División, Departamentos y Unidades de la UAF, expusieron y compartieron sus conocimientos y buenas experiencias en temas sobre LA/FT, Inteligencia Financiera, Investigación LA/FT, Supervisión de SO, Normativas PLD/FT/FP, Seguridad Informática, Derecho Administrativo, Estándares del GAFI y Planificación.

Así mismo, se contó con la participación de la

Contraloría General de la República (CGR) y del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), quienes impartieron temas sobre el Sistema de Registro y Control de la Declaración de Probidad (SISCODEP) y Gestión de Riesgos.

Este es el primer Concentrado de Estudio Metodológico organizado por la UAF que refuerza la misión fundamental de prevenir y enfrentar eficientemente el LA/FT/FP, en interés de proteger nuestra economía y la integridad de nuestro país, por un desarrollo sano que contribuya al bienestar de los nicaragüenses.

UAF imparte Primer Concentrado de Estudio MetodológicoPara reforzar la eficiencia y efectividad de sus funcionarios

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El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) mediante la emisión de los 40 Estándares Internacionales sobre la Lucha Contra el LA/FT/FP, instituye la obligación de reportar Operaciones Sospechosas en su Recomendación 20, estableciendo que “si una institución financiera sospecha o tiene motivos razonables para sospechar que los fondos son producto de una actividad criminal, o están relacionados al financiamiento del terrorismo, a ésta se le debe exigir, por ley, que reporte con prontitud sus sospechas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).”

En Nicaragua, la Ley No. 793 “Ley Creadora de la Unidad de Análisis

Financiero” define en el artículo 3 numeral 4 que el Reporte de Operación Sospechosa es el “reporte generado por los Sujetos Obligados en general, independientemente de su ente regulador, relacionado a todo acto, operación o transacción, aislada, reiterada, simultanea o serial, sin importar el monto del mismo, realizada por cualquier persona natural o jurídica que de acuerdo con las regulaciones vigentes, los usos o costumbres de la actividad de que se trate, resulte inusual, carente de justificación económica o jurídica aparente.”

En este sentido y de manera particular, la Resolución U A F - N - 0 0 9 - 2 0 1 6 “Normativa de Prevención, Detección y Reporte de Actividades relacionadas con el LA/FT a través de Actividades y Profesiones

no Financieras” y la Resolución UAF-N-10-2016 “Normativa de Prevención, Detección y Reporte de Actividades relacionadas con el LA/FT a traves de Instituciones Financieras reguladas y supervisadas por la UAF” establecen en general que los Sujetos Obligados deben contar con procedimientos de detección oportuna de inusualidades, procesos de análisis de esas inusualidades y el envío de la operación sospechosa, mediante el Sistema de Reporte en Línea (SIREL), sí así lo determinare el Sujeto Obligado.

Para lograr de forma adecuada lo indicado en las normativas referidas en antelación, el Sujeto Obligado debe contar con:

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R. 20 del GAFI: Operaciones SospechosasNormativa, función del Oficial de Cumplimiento, inusualidades y recomendaciones.

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1. Herramientas de monitoreo que favorezcan controlar y monitorear, efectiva y oportunamente, todos los productos y servicios recibidos por un mismo cliente.

2. Señales de alertas suficientes y correctas, que le permitan desarrollar procedimientos de detección temprana de operaciones inusuales con enfoque de riesgo LA/FT, dentro del comportamiento transaccional del cliente; determinando con ello, una operación sospechosa.

Se habla de suficientes y correctas señales de alertas porque sí el Sujeto Obligado no contara con ellas, acorde a los riesgos de su industria (negocio/ producto/servicio), nunca va identificar inusualidades y por ende no habrá operación sospechosa que reportar.

Una vez que, durante el proceso de monitoreo se detecten inusualidades, la labor del Oficial de Cumplimiento es de suma importancia ya que conforme la Normativa de Oficiales de Cumplimiento (UAF-N-008-2016); ellos son los encargados de implementar, administrar, dirigir, controlar y dar mantenimiento a los programas, políticas, controles, medidas y procedimientos efectivos de prevención y detección del LA/FT/FP, así como de reportar información

relevante a la Unidad de Análisis Financiero.

Función del Oficial de Cumplimiento en la elaboración de ROS

El Oficial de Cumplimiento debe en la mayoría de las ocasiones aclarar las inusualidades con la actualización de la Debida Diligencia del Cliente (DDC) sea esta Simplificada, Estándar o Intensificada en dependencia del caso, que solicite al usuario.

La información la puede gestionar el Oficial de Cumplimiento, Administrador de cuenta, el Área de negocios o Atención al Cliente.

Con esta diligencia se puede solicitar al cliente los documentos o explicaciones que sustenten las operaciones o actividades y que sirvan de soporte de las mismas y descartar que una inusualidad se convierta en sospechosa.

Con la actualización de la Debida Diligencia del Cliente se puede recopilar información relevante que ayude a determinar la sospecha, por ejemplo: Si el cliente no logra satisfacer las dudas generadas durante el proceso de monitoreo o el cliente se negó a justificar dudas y/o justificó parcialmente las dudas. Esta actividad de actualizar

la Debida Diligencia del Cliente es el primer mecanismo del Oficial de Cumplimiento para establecer el motivo real de la actividad inusual, determinando el origen y propósito de la cuenta y/o servicio, relación de negocio o servicio ofrecido al cliente relacionado a la inusualidad.

El Oficial de Cumplimiento debe proveer a la UAF la mayor fuente de información o detalle sobre la sospecha que genera el ROS y evitar limitarse a narrar en forma sucinta o genérica la operación sospechosa al momento de enviar el ROS a la UAF.

La segunda forma para realizar el análisis de la inusualidad es la recopilación y análisis de información en la base de datos internas del Sujeto Obligado, es decir, el analizar todas las operaciones e informaciones registradas en cierto periodo anterior o posterior a la detección de la inusualidad.

Con el análisis de la información se podrán identificar vínculos con personas relacionadas a actividades delictivas, proporciones de patrimonio o dinero no justificado, beneficiarios finales que quieran ocultar el origen ilícito del dinero, entre otros.

En el análisis de la información recopilada en las bases de datos

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Consejo Editorial

Mayor General Denis Membreño Rivas Director General

Comisionado General Aldo Sáenz Ulloa Sub Director

Licenciado Juan Ramón MoralesDirector de Cooperación, Capacitación y Difusión

Comisión de Estilo, Edición y Difusión Licenciada Karina Silva OviedoJefa de Despacho

Licenciada María Rebeca GonzálezAnalista de Cooperación, Capacitación y Difusión

Diseño y Diagramación

Licenciado Noel Ernesto Rojas Ruíz

Fotografías

Archivo UAF

Managua, Nicaragua (505) 2255-8333www.uaf.gob.ni

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internas es importante definir el periodo de tiempo e implementar la técnica de origen y aplicación de fondos, herramienta de carácter económico financiero, utilizada para detectar fuentes desconocidas.

Las dos formas o mecanismos de análisis de inusualidades pueden combinarse entre sí y se pueden desarrollar en conjunto con la verificación in situ para comprobar información brindada por el cliente y con la recopilación de información en fuentes de información pública.

Se pueden tomar como referencia los siguientes pasos a desarrollar luego de detectada la inusualidad:

1. Determinar las fuentes de datos a consultar tanto internas como externas

y qué información se va recopilar.

2. Determinar la información a solicitar al cliente que ayude a descartar o confirmar la inusualidad.

3.Definir el período de tiempo a analizar.

4.Definir posibles técnicas y herramientas de análisis con documentación soporte.

En el caso de determinar la Operación Sospechosa se recomienda cumplir con lo siguiente:

1. Llenar el formato de ROS establecido en SIREL de forma correcta, evitando, omitir información o plasmar datos incorrectos del cliente reportado, el tipo de producto o relación que mantiene el cliente con el sujeto obligado.

2. Completar todas las operaciones sospechosas detectadas, evitando llenar la información relativa a la operación sospechosa con datos o información acumulada de periodos.

3. Detallar ampliamente las señales de alertas detectadas.

4. Anexar al ROS la información actualizada derivada de la aplicación correcta de una DDC.

5. Describir los hechos de manera organizada, clara y completa. Así como la forma en que se relacionan las personas naturales y jurídicas.

6.Detallar las características de la operación por la cuales se se considera sospechosa (estableciendo de forma precisa el qué, cómo, cuándo, dónde y por qué).

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