Unción de Enfermos

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Sacramento de la Unción de Enfermos Derecho Canónico Cánones 998 - 1007

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Sacramento de la Unción de Enfermos

Derecho Canónico

Cánones 998 - 1007

Es necesario dar una catequesis sobre este Sacramento ya que puede caer en abusos cuando no se conoce bien el significado de lo que conlleva su aplicación.El Código de Derecho Canónico nos marcará las pautas para

comprender este Sacramento.

#998 Es un Sacramento que la Iglesia recomienda a los enfermos de gravedad, para que el Señor alivie y los salve , ungiéndoles con óleo y con las palabras del libro litúrgico.

Cabe rescatar que el óleo, aparte del Obispo, puede bendecirlo quien por cargo se equipare a él, y en peligro, cualquier presbítero pero solo dentro del Sacramento.

CANON #999

El Canon 1000 nos hará referencia a la forma de aplicar este Sacramento, del cual se debe llevar el debido orden conforme a lo prescrito en los libros litúrgicos.Solo que el parágrafo segundo nos abre la oportunidad de aplicarlo con algún instrumento. Imaginando que se pueda tener algún contagio para quien está aplicando el Sacramento

Se ha dicho que se puede aplicar el Sacramento a cualquier enfermo pero de gravedad pero de manera oportuna. Que eviten llamar al sacerdote ya cuando está agonizando el enfermo, es mejor en el momento que está de gravedad. C. 1001

Una nota especial es que el Código de Derecho marca que una persona es considerado viejo a los 59 años, pero aquí se debe considerar viejo, quien empieza asentir los achaques propios y el desmoronamiento del organismo. C. 1252

C. 1003 Todos los sacerdotes son administradores válidos para la unción de enfermos. Es una obligación y un derecho de administrar la unción de enfermos, por lo cual es una obligación portar siempre los óleos para una necesidad.

¿Cuántas veces se puede recibir la Unción de los enfermos?Como es un Sacramento para recibir el alivio y la salvación, cada ves que se requiera se puede aplicar. Porque estamos continuamente propensos a enfermarnos, y más cuando una persona entra en la vejez. C. 1004.

El Canon 1005 es muy complejo, y más por la prometí a que lleva, pero viendo la nota a pie, es bueno considerar la hora en que se puede o no aplicar éste Sacramento. Es cierto que se debe aplicar a una persona viva y con uso de razón, pero al hablar de la muerte aparente o muerte real considerando las dos horas que según es consciente la persona después de muerto, se deja a consideración del sacerdote aplicar o no el Sacramento. Pero si la obligación de orar por su alma y pedirle a Dios que le conceda el perdón y poder entrar en su Reino.

El Canon 1006No pone límites para cualquier persona, todos por ser cristianos tienen la intención de recibir este Sacramento no importando la situación por la cual requiera este Sacramento aun siendo pecaminosa, al menos que siendo consiente y sus facultades exprese claramente que no desea recibir este Sacramento.

Canon #1007No dar la Unción a enfermos quienes persisten obstinadamente a un pecado grave manifiesto.Todos los sacramentos requieren un mínimo de arrepentimiento, no se debe jugar con lo que Cristo instituyó sagrado, más cuando el pescado es público a la comunidad, se caería en una falsedad, un teatro, jugar con lo santo.Cf. 843, 915