UAP_MEDIO_AMBIENTE[1]
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LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL (EsIA) COMO
HERRAMIENTA TÉCNICO-ADMINISTRATIVA Y ALGUNA DE SUS
DEFICIENCIAS TEÓRICAS
Introducción:
En el presente artículo se expondrá, primeramente, los elementos
conceptuales del estudio de impacto ambiental (EsIA), como parte del
procedimiento de la evaluación de impacto ambiental (EIA). La gestión
ambiental en general (como parte de la política nacional ambiental), como
se sabe, resulta importante por las acciones encaminadas a lograr la
máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la conservación,
defensa y mejora del ambiente, basada en la información multidisciplinar y
en la participación ciudadana. La EIA se hace presente en este marco,
como procedimiento jurídico-administrativo, que consisten en los procesos
de análisis que sirven para prever los futuros impactos ambientales
negativos como positivos de las acciones humanas. Asimismo las EIA,
permiten elegir de entre diferentes alternativas de un proyecto dado: la que
cumpliendo con los objetivos propuestos para el proyecto, maximice los
beneficios y disminuya los impactos no deseados.
Cuando a fines de la década de los ´90 se sentaron las bases para lo que
sería el desarrollo del sector minero, también se establecieron nuevas
exigencias ambientales para esta actividad. Así, se consideró que cualquier
nuevo proyecto minero debería presentar un estudio de impacto ambiental
que definiera en qué medida la operación iba a alterar el espacio físico
donde operaría y los alrededores más inmediatos; además de cuáles serían
las acciones de la empresa para controlar estos impactos. A medida que
avanzaron los años, este criterio se ha ido afinando y haciendo más
exigente, a tal punto que hoy hasta sólo la exploración minera debe
presentar un estudio de impacto ambiental semidetallado (EIASD) para
conseguir una autorización. Asimismo, los EIA deben ser presentados a las
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poblaciones cercanas a través de la realización de talleres de información.
Este mecanismo no existía antes de la década anterior.
Sin embargo, los EsIA están siendo cuestionados en últimos años. La
polémica tiene muchas aristas, la primera es el hecho de que sea
el Ministerio de Energía y Minas (MEM) el que los apruebe cuando a la vez
desarrolla una labor promotora del sector. Algunos especialistas sostienen
que los EIA son casi documentos de trámite, es decir, que una vez que se
otorga la certificación ambiental, nadie hace un seguimiento sobre si lo que
se dijo en el EIA se cumple a lo largo de la vida del proyecto minero.
Además, estos estudios suelen ser voluminosos y repetitivos. El EIA del
proyecto Las Bambas fue de siete mil folios los que fueron entregados a las
comunidades para su revisión, siendo por supuesto incomprensibles para
los pobladores. La empresa tuvo que presentar otra versión más amigable.
Es así que, como segundo punto, me permitiré exponer algunas deficiencias
que algunos especialistas (como también como los que no lo son) ven en
los EsIA. ¿Son realmente deficientes los EsIA? ¿Podría darse el caso de
un EsIA excelente y ser percibido como deficiente? No es difícil constatar la
deficiencia de EsIA; empero, no es fácil explicar por qué resultó deficiente.
¿Qué determina que un EsIA sea deficiente? ¿Cuáles son las causas por
las cuales se origina su deficiencia? Las respuestas a las cuestiones
anteriores permitirán las correcciones correspondientes. Entonces, a
manera sólo de hipótesis trataré de responder a algunas de estas
interrogantes.
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Definiciones previas
El Impacto Ambiental, es cuando una acción o una actividad produce una
alteración en el medio o en alguno de sus componentes. Los impactos pueden
ser positivos o negativos. El impacto de un proyecto, es la diferencia a futuro de
la situación del medio ambiente con el proyecto versus la situación sin el
proyecto.
Luego la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), tiene por objetivo la
identificación, predicción e interpretación de los impactos ambientales que un
proyecto, actividad o servicio, produciría en caso de ser ejecutado. Busca la
prevención, corrección y valoración de los impactos ambientales. El (EIA)
incluye:
• Un conjunto de normas legales.
• Un procedimiento administrativo.
• Un estudio técnico del impacto ambiental (EsIA).
• Una declaración de impacto ambiental (DIA) que es un
pronunciamiento de la autoridad de aplicación.
• Puede ser aceptado o rechazado por la administración pública
competente.
Ahora, el EsIA es el estudio técnico de carácter interdisciplinario, que
incorporado en el procedimiento de la EIA, está destinado a predecir,
identificar, valorar y corregir las consecuencias o efectos ambientales que
determinadas acciones pueden causar sobre la calidad de vida del hombre y su
entorno.
Insuficiencia de la base teórica del EsIa
Si aceptamos que las reglas y procedimientos actuales para elaborar los EsIA
son pertinentes y los expertos que elaboran tales estudios ponen todo su
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esfuerzo y conocimientos, y a pesar de ello, el EsIA resulta deficiente, es
posible que la matriz disciplinar, es decir las bases teóricas y los
procedimientos técnicos que guían la elaboración del EsIA ya no se
correspondan con los desarrollos teóricos actuales y las expectativas de los
grupos de interés. La tarea será entonces revisar los supuestos
epistemológicos y axiológicos sobre la base de los cuales reposa el dominio
disciplinario de la evaluación de impacto ambiental.
El EsIA en nuestro medio oscila entre la indefinición de ser un documento
verdaderamente técnico – científico o un documento argumentativo que aborde
las diferentes valoraciones sociales provenientes de los múltiples grupos de
interés vinculados, directa e indirectamente, al proyecto. Una opción es que el
EsIA comprenda tales extremos: un documento técnico-científico y a la vez
axiológico-argumentativo.
Ocurre que las revisiones de los EsIA por parte de la Autoridad Competente se
remiten a verificar si el estudio tiene suficiente información sobre el proyecto y
su área de influencia, bajo la sospecha de ser errado o incompleto. No hay
alguna instancia que examine las deliberaciones o argumentaciones
ambientales, sociales, económicas, culturales y políticas, a favor o en contra de
la ejecución del proyecto, planteadas por los diferentes actores del lugar o
interesados en el proyecto; sobre la base de argumentos retóricos, lógicos o
dialécticos para ello.
Desde otro raciocinio, quizá no sea la calidad del EsIA, en tanto documento
técnico – científico, el problema, sino la percepción negativa del proyecto (su
valoración social), y así sea excelente, el EsIA, de igual manera, el proyecto no
recibiría la Certificación Ambiental. Es posible que cada grupo de interés
espere contenidos particulares y no esté de acuerdo con los criterios de calidad
de un EsIA. Lo que sigue entonces es revisar la convencionalidad del EsIA y
buscar los consensos sociales para fijar los atributos de calidad que tipifican un
EsIA.
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Hoy en día, en nuestro medio, los EsIA son descriptivos al extremo, con
abundante información disciplinaria apenas interpretada ambientalmente. La
premisa de contar con una línea base “completa y detallada”, al modo de un
inventario de existencias, genera las exageradas líneas de base. No se enfatiza
en reconocer la “funcionalidad adaptativa del sistema” y con ello predecir los
cambios funcionales que ocasionaría el proyecto. No se aplican con plenitud
los conocimientos que las ciencias interdisciplinarias han generado. No se
busca los mecanismos que determinan los cambios en el sistema social y
ecológico del área de influencia del proyecto. Solo se colecta datos esperando
que de allí resulte alguna verdad.
“De los datos no surge la teoría”, es una premisa básica en la investigación
científica. Los datos servirían para contrastar las hipótesis de impactos o en
todo caso, para mejorar dichas hipótesis. El gran número de observaciones que
reciben los EsIA se explicaría, justamente, por la exigencia de colecta de “datos
completos y detallados”, incluso más allá de las posibilidades razonables de
tiempo y costo.
El hecho que nuestra norma ambiental de mayor jerarquía, la Ley General del
Ambiente, consagre el principio precautorio no se opone o limita la búsqueda
de la certeza del impacto ambiental. “Cuando haya peligro de daño grave o
irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para
postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la
degradación del ambiente” (Artículo VII de la Ley 28611).
Las hipótesis o conjeturas para intentar explicar las deficiencias de un EsIA
pueden ser numerosas. Para clarificar la búsqueda de respuestas se puede
sistematizarlas sobre la base de casos o situaciones hipotéticas típicas.
No existen procedimientos claros para realizar el EsIA
Suponer que las guías técnicas oficiales en nuestro medio son pertinentes
implicaría realizar una evaluación de tales guías para verificar su grado de
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correspondencia con los desarrollos teóricos recientes de las ciencias
ambientales.
Si no existen procedimientos establecidos por la Autoridad Competente o no
son pertinentes, y los especialistas que elaboran los EsIA son muy
competentes y aplican toda su ciencia para realizar el EsIA, y aún así el
referido estudio es percibido como deficiente es posible que no haya acuerdos
y consensos sobre las convenciones existente en el dominio disciplinario de la
evaluación de impacto ambiental.
Si aceptamos que la Autoridad tiene especialistas experimentados y expertos
en EsIA, y los especialistas que han elaborado el EsIA también son expertos,
corresponde entonces establecer un consenso acerca de lo que se entendería
por un EsIA bueno y excelente.
Los expertos de las consultoras ambientales, los investigadores sobre el tema y
los expertos de la Autoridad Competente deberían reunirse y en un taller de
alto nivel técnico, gran espíritu de colaboración y altamente sinérgico, lograr el
consenso de lo que se entendería por un EsIA de calidad.
Nunca se ha realizado una reunión de esta naturaleza en algún sector público.
En las escasas reuniones entre Ministerio y consultoras, la Autoridad Ambiental
se ha remitido a informar, unilateralmente, las directivas y exigencias técnicas
para el EsIA, en algunos casos poco consistentes con los avances en la
disciplina de los EsIA.
Como resultado de este taller se tendrían los criterios estándar de un EsIA de
calidad y los lineamientos de elaboración y revisión (casos de no conformidad)
del EsIA.
Dado que es poco probable que ocurra dicho Taller queda una acción paliativa:
preparar una Gran Guía de Calidad de los EsIA, a partir de las observaciones
que usualmente se realizan a tales estudios.
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Se tomarían las observaciones (todas sus rondas) de los EsIA, por tipo de
proyecto y actividad, de por lo menos los últimos cinco años. Se organizaría la
gran base de datos de observaciones más frecuentes, para efectos de tener
una gran lista de control o verificación para “no tropezar con la misma piedra”.
La elaboración de esta guía se podría encargar a un grupo de expertos de las
consultoras interesadas en la idea. Cada participante trabajaría con los datos
de los EsIA seleccionados, sobre la base de una metodología concordada.
A partir del análisis de las observaciones que reciben los EsIA se explicitaría,
se descubriría, la base teórica de la Autoridad Ambiental para revisar el EsIA, y
con ello se reducirían las observaciones a los estudios. Ello no implicaría que
los EsIA sean, ahora, mejores solo significaría que recibirían menos
observaciones y por tanto el tiempo de Evaluación del Impacto Ambiental se
habría reducido significativamente.
Falta de información sobre el proyecto
Si los procedimientos que establece la Autoridad Competente para elaborar el
EsIA son apropiados y además los especialistas que elaboran los EsIA son
muy competentes y aplican su mayor empeño y todo su conocimiento para
realizar el EsIA, y a pesar de ello, los estudios son deficientes, podemos
suponer que no se contó con suficiente información del proyecto, las
condiciones de logística y características del medio dificultaron los muestreos y
visitas de campo o las condiciones de presupuesto y contratación del servicio
no se correspondían con la magnitud del EsIA. A continuación alguna
profundización de estas conjeturas.
a) No se contó con una suficiente descripción del proyecto
El proyecto apenas se estaba formulando y los detalles de ingeniería no se
lograron completar a tiempo para su análisis en el EsIA y el estudio tuvo que
darse por finalizado en ese nivel, para poder cumplir con el cronograma
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establecido y lograr un estudio por lo menos regular con falencia de
información del proyecto.
Frente a esta conjetura, cabe enfatizar que el EsIA corresponde a un proyecto
en el nivel de factibilidad, por tanto si no se tiene el proyecto en dicho nivel de
formulación (la norma establece esta exigencia) el EIA será deficiente. La falta
de información sobre el proyecto genera además retrasos en la formulación y
respectiva aprobación de los Términos de Referencia y el Plan de Participación
Ciudadana. La ausencia de un cronograma del proyecto e información sobre la
demanda de mano de obra local repercute negativamente sobre la correcta
elaboración de dichos términos.
Se da el caso de empresas consultoras muy contemplativas que empiezan el
EsIA sin el proyecto o con alguna descripción solo conceptual; incluso levantan
la información de campo sin tener totalmente definida la localización de los
componentes del proyecto. Este accionar no es muy coherente con los
procedimientos para realizar un EsIA.
Podrían decir las consultoras que si no actúan en forma proactiva “salen del
mercado”. Por otro lado, el titular del proyecto diría que si espera los detalles
del proyecto y luego recién encarga el EsIA duplicaría sus tiempos haciendo
poco atractiva su inversión. Sobre este punto, algún sinceramiento y un
abordaje integral son necesarios. La Certificación Ambiental es un instrumento
necesario para lograr la viabilidad ambiental de los proyectos pero no puede
convertirse en un instrumento paralizante de las inversiones por el excesivo
tiempo que toma el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
b) Condiciones de planeamiento e inversión logística
La falta de accesibilidad al área del proyecto, las dificultades para el transporte
por vía fluvial o área, incluso su costo, pueden reducir la posibilidad de una
completa toma de datos de línea de base. Las autorizaciones ministeriales
tardías o impedimentos por parte de la población para el ingreso del equipo
evaluador en muchos casos ocasionan la imposibilidad de tomar datos de
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campo. Con un mejor planeamiento e inversión logística puede evitarse esta
situación.
c) Condiciones de presupuesto y contratación
“Lo barato sale caro” dice una máxima popular y ello podría implicar que los
alcances técnicos y presupuestales contratados no se correspondan con la
magnitud de un EsIA de calidad. No se tiene el mismo resultado si se contrata
un solo profesional que levante toda la información de campo o si se contratan
los respectivos especialistas disciplinarios, que con métodos apropiados
realicen los muestreos respectivos. Lo primero es más económico y la
información técnica resulta general, insuficiente y muchas veces incorrecta. En
el segundo caso, el costo es mucho mayor y la información resultante tiene
validez científica.
A modo de cierre de este ensayo, se podría decir que cualquier aseveración sin
la respectiva contrastación podría incurrir en opiniones antojadizas, por ello,
además de la reflexión crítica sobre la evaluación de impacto ambiental se
requiere la investigación en la evaluación de impacto ambiental.
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CONCLUSIONES
Los estudios de Impacto Ambiental es un análisis sistemático, reproducible e
interdisciplinario de los impactos potenciales, tanto de una acción propuesta
como de sus alternativas, en los atributos físicos, biológicos, culturales y
socioeconómícos de un área geográfica en particular
Tiene como propósito asegurarse que los recursos ambientales de importancia
se reconozcan al principio del proceso de decisión y se protejan a través de
planeamientos y decisiones pertinentes;
Es un proceso de advertencia temprana y de análisis continuo que protege los
recursos ambientales contra daños injustificados o no anticipados;
El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental convierte el lenguaje y la
intención de las leyes ambientales en un grupo uniforme de requisitos técnicos
y de procedimientos que permiten un análisis sistemático de las acciones
humanas mucho antes de su ejecución;
La implementación eficiente de un proceso de Evaluación de Impacto
Ambiental requiere esfuerzos significativos, premeditados y cooperativos entre
muchas entidades y actores;
La Evaluación de Impacto Ambiental ayuda a la resolución de problemas en el
proceso de toma de decisiones No la reemplaza, sino que provee las bases
para decisiones más informadas
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BIBLIOGRAFÍA
Gómez O. “Evaluación del impacto ambiental”. En: Mundi–Prensa. Lima,
Perú. 2012.
Rivas, F. Sistema de Información Geográfica. UES. El Salvador. 2011
Espinoza, G. Fundamentos de Evaluación de Impacto Ambiental. Centro
de Estudios para el Desarrollo (CDE). Santiago de Chile. 2010.
Gómez-Luna, L. Enciclopedia del Medio Ambiente. Editorial Oriente.
Santiago de Cuba. 2013.
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