U 12: Gestión de la prevención en el empresa.

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PROF: Rosa Barroso 1 U 12: LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN. 2. LA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN. 3. DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD. 4. LA EVALUACIÓN DE RIESGOS.

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U 12: LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN.2. LA ORGANIZACIÓN DE LA

PREVENCIÓN.3. DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD.4. LA EVALUACIÓN DE RIESGOS.

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1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN

EL ART. 14 DE LA LPRL ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE

LA EMPRESA DE ADOPTAR UNAS MEDIDAS DE GESTIÓN.

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CONCEPTO DE GESTIÓN

LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN CONSISTE EN DEFINIR LA

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE LA EMPRESA Y SU ESTRUCTURA

ORGANIZATIVA, DETERMINANDO SUS FUNCIONES,

RESPONSABILIDADES, PROCEDIMIENTOS Y LOS RECURSOS NECESARIOS.

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LA GESTIÓN INCLUYE …

LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA EMPRESA.LA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN.FORMACIÓN E INFORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES.CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES.ELABORACIÓN DE UN PLAN DE PREVENCIÓN.CONTROL Y EVALUACIÓN DE LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO.

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2. LA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN

La empresa puede organizar la actividad preventiva de distintas formas:

Asumiendo el empresario la actividad preventiva.

Designando a uno o varios trabajadores.

Creando un servicio de prevención propio.

Contratando un servicio de prevención ajeno.

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A) ASUNCIÓN POR EL PROPIO EMPRESARIO

En empresas de menos de 6 trabajadores.El empresario debe estar capacitado con el curso de Nivel Básico ( 30 horas).El empresario debe trabajar de forma habitual en la empresa.Que no se trate de una actividad especialmente peligrosa.

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B) DESIGNACIÓN DE UNO O VARIOS TRABAJADORES.

El número de trabajadores debe ser el adecuado.

Contarán con los medios materiales necesarios.

La empresa debe dejar el tiempo necesario para que realicen la actividad preventiva.

Los trabajadores pueden ser prevencionistas de nivel básico, medio o superior (30, 300 ó 600 horas)

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C) CREACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO

Es obligatoria su creación :- Cuando la empresa tiene más de 500

trabajadores.- Cuando tiene entre 250 y 500

trabajadores y realiza alguna actividad considera peligrosa.

- Cuando lo ordene la autoridad laboral por la frecuencia de la siniestralidad en la empresa.

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D) CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO

Es el servicio de prevención prestado por una entidad especializada con la que se contrata las actividades de prevención, asesoramiento y apoyo que precise.

Las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales podrán desarrollar estas funciones.

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FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN

Diseñar y aplicar planes de actuación preventiva.Evaluar los factores de riesgo.Establecer prioridades entre las medidas preventivas.Formar e informar a los trabajadores.Establecer planes de emergencia y primeros auxilios.Ocuparse de la vigilancia de la salud de los trabajadores.

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EL PREVENCIONISTA DE NIVEL BÁSICO

La formación mínima del prevencionista de nivel básico es de 30 horas, que se incrementan a 50 si actúa en empresas cuya actividad esté considerada peligrosa.Sus funciones son:

- Fomentar el interés y la cooperación de los trabajadores en la acción preventiva.

- Promover la correcta utilización de los equipos de trabajo y de protección, los comportamientos seguros, el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general.

- Realizar evaluaciones elementales de riesgos y establecer medidas preventivas acordes con su formación.

- Colaborar en la evaluación y control de riesgos efectuando visitas, atendiendo quejas y registrando datos.

- Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios gestionando las primeras intervenciones.

- Cooperar con los servicios de prevención.

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3. DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

Los delegados de prevención son los representantes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos.Son elegidos por y entre los trabajadores conforme a la siguiente escala:

De 50 a 100 trabajadores 2De 101 a 500 trabajadores 3De 501 a 1000 trabajadores 4De 1001 a 2000 trabajadores 5De 2001 a 3000 trabajadores 6De 3001 a 4000 trabajadores 7De 4001 en adelante 8

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El comité de seguridad y salud se constituirá en todos los centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. Es un órgano colegiado y está formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes, de otra.Es un órgano paritario (debe haber el mismo número de trabajadores que de representantes de la empresa).

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COMPETENCIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES

Colaborar con la empresa en materia preventiva.Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores.Ser consultados por el empresario.Vigilar y controlar que se cumpla la normativa de prevención.Acompañar a los técnicos en las evaluaciones, y a los inspectores de trabajo y seguridad social en sus visitas.Recibir información de la empresa sobre los daños a la salud de los trabajadores.Proponer al órgano de representación de los trabajadores que paralice la actividad en caso de riesgo grave e inminente.Formular propuestas a la empresa sobre medidas preventivas.

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4. LA EVALUACIÓN DE RIESGOS

La evaluación de riesgos es un proceso dirigido a detectar y estimar la magnitud de los riesgos presentes en la empresa, determinar los que se pueden eliminar y actuar sobre los que no han podido evitarse.Incluye.

- El análisis de los riesgos.- La valoración del riesgo.

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4.1. ANÁLISIS DE RIESGOS

Incluye la identificación del peligro, y la estimación del riesgo:

PROBABILIDAD ALTA El daño ocurrirá siempre o casi siempre

PROBABILIDAD MEDIA El daño ocurrirá en algunas ocasiones

PROBABILIDAD BAJA El daño ocurrirá raras veces