TTIP y derechos laborales: Un nuevo marco para la desregulación

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TTIP Y DERECHOS LABORALES: UN NUEVO MARCO PARA LA DESREGULACIÓN Adoración Guamán, Universitat de València 1

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TTIP Y DERECHOS LABORALES: UN NUEVO MARCO PARA LA DESREGULACIÓN

Adoración Guamán, Universitat de València

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Esquema de la intervención 2

1.  Génesis del TTIP y su lugar en la estrategia de la UE hacia la desregulación/re-regulación de los derechos laborales

2.  Contenido del TTIP y repercusión en los derechos laborales

3.  Vías de aprobación y vías de resistencia

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1. Génesis del TTIP y su lugar en la estrategia de la UE 3

¨  El origen: iniciativas de cooperación económica transatlántica anteriores

¨  2006: cambio de estrategia de la política comercial de la UE ¨  Impacto del Tratado de Lisboa en la política comercial de la

UE ¨  Cumbre UE-EE.UU. de noviembre 2011 establece el Grupo

de Trabajo de Alto Nivel sobre «Crecimiento y Empleo» ¨  Las negociaciones OFICIALES comienzan en julio 2013:

mandato de negociación (11a ronda de negociaciones en octubre 2015)

¨  Objetivo fundamental Obama/Juncker: el “Informe de los cinco Presidentes”

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1.1 La UE frente a los derechos sociales: fases

1.  Evolución de la “PSE” (y de los EM): determinada por la Constitución Económica de la UE

1.  Punto de partida: la separación de “lo social” y “lo económico” 2.  Primera fase: la interacción reguladora y sus fases 3.  Segunda fase: La interacción desreguladora o interacción correctora

y sus fases 2.  Desde 2008: agravamiento de la situación

1.  La “gobernanza económica europea” 2.  El REFIT 3.  Tercera fase: la interacción re-reguladora (vía las reformas

laborales) 3.  Nuevo “salto adelante” de la UE: el Informe de los 5

Presidentes 1.  Objetivo interno: más UEM/U Financiera/U Fiscal y U Política?? 2.  Objetivo externo: CETA, TTIP…

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2. Contenido del TIP 5

¨  Tres pilares de negociación ¤ Acceso al mercado ¤ Cuestiones regulatorias y barreras no arancelarias

(la clave) ¤ Reglas (p. ej. Competencia, “sostenibilidad” o

protección de inversores)

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2.1. El primer pilar: acceso al mercado 6

1. Diferencia con tratados anteriores

2. Objetivo: liberalizar el acceso al mercado ¤ De productos (aranceles ya muy reducidos con excepciones, se

persigue la eliminación total)

¤ De servicios (EU-USA mayores socios comerciales): n  Objetivo: “Vincular el nivel autónomo de liberalización existente de ambas

Partes con el nivel de liberalización más elevado obtenido en los TLC vigentes”

n  Principios: AM, TN, NMF...

n  Mecanismo: lista negativa v. lista positiva

n  Excepciones “los servicios prestados en el ejercicio de la autoridad pública” (¿?) + otros

n  La inclusión del “Modo 4”

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2.1. El primer pilar: acceso al mercado

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¨  Principales críticas: ¤  Participación de los lobbies (larga historia)

n  ESF / CSI n  La Comisión Europea y el “Reverse lobbying” n  El TISA y la Global Service Coalition

¤  Efectos sobre servicios públicos n  Oposición de los lobbies respecto de las reservas n  Efecto congelación y bloqueo de nacionalizaciones y remunicipalizaciones

(ISDS)

¤ Apertura de la contratación pública y reversibilidad (ISDS) ¤  Problemas derivados la libre prestación de servicios para los

derechos laborales n  Dumping social (fomentado) n  Race to the bottom

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2.1. El segundo pilar: cooperación reguladora 8

¨  El concepto de regulación / el concepto de BNA ¨  Las enormes diferencias entre USA-UE

¤ Modelos de regulación ¤ OGM, derechos laborales…

¨  El “capítulo horizontal” ¤ Objetivos afirmados:

n  “promover la compatibilidad de las regulaciones para mejorar el comercio”

n Reducir “cargas, duplicaciones y divergencias de regulación”

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2.1. El segundo pilar: cooperación reguladora: Instrumentos

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¨  “Buenas” medidas reguladoras ¤  Transparencia ¤  Instrumentos de análisis (impacto en el comercio)

¨  Cooperación reguladora (cuando las medidas tienen impacto comercial trasatlántico, a nivel central): ¤  Información sobre normas aprobadas o planificadas ¤  Intercambios entre reguladores (CE y su homólogo en USA) ¤ Vías

n  Armonización n  Reconocimiento mutuo o Reconocimiento por equivalencia n  Simplificación

¨  Consejo de Cooperación Reguladora: ¤  supervisión general ¤  Amplia presencia de los “Stakeholders”

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2.2. El segundo pilar: cooperación reguladora 10

¨  Principales críticas ¤  Interés por parte de las empresas multinacionales en la convergencia

regulatoria (RM) ¤  Redefinición de las normativas domésticas como barreras comerciales no-

arancelarias ¤  Profundiza en la tendencia a La «economización» de la política

regulatoria ¤  Limitación de la soberanía estatal: Disciplinas para los procedimientos

legislativos y mecanismos institucionales para constreñir el margen regulatorio de los Estado

¤  Sustitución de las razones del legislador (concurrencia política de valores) por las razones “técnicas”

¤  Introducción de los lobbies en la base del proceso legislativo ¤  Race to the bottom ¤  El TTIP como «living agreement» ¤  Vinculado al «Programa de Mejora de la Legislación» de la Comisión

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2.2. El segundo pilar: cooperación reguladora 11

¨  El REFIT como espejo…: nueva burocracia al servicio de la competitividad ¤ Origen e impulso ¤ Objetivos: simplificación y “mejora” del aquis ¤  Instrumentos:

n  evaluación de impacto (económico) y costes empresariales mediante consulta con stakeholders

n  Ignorancia de los beneficios socio/laborales

¤ Consecuencias: n  retirada de propuestas de directivas en materia social o medio-ambiental n  Extensión a la totalidad de actos normativos n  Preocupación de los actores sociales (selección de lobbies por la Comisión)

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2.3. El tercer pilar: Normas (Protección de la inversión e ISDS)

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¨  TBI: 2.283 TBI en vigor, 1.810 UE, 82 Esp. ¨  Origen y justificación de los TIBS ¨  Contenido de los TIBS:

¤ Protección frente a la expropiación ¤ Trato justo y equitativo del inversor ext. ¤ Trato nacional ¤ NMF ¤ ISDS ¤ …

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2.3. El tercer pilar: Normas (Protección de la inversión e ISDS)

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¨  ISDS: características ¤ Ausencia de intervención del Estado de origen del inversor ¤ Libre elección del inversor entre demandar al Estado por

el procedimiento judicial ordinario, como debe hacer cualquier empresa nacional, o acudir directamente al tribunal de arbitraje internacional

¤ Reconocimiento de un acceso exclusivo a los inversores extranjeros

¤ Falta de recursos o de procedimientos de revisión ¤ Composición ad hoc de los tribunales de arbitraje ¤ Confidencialidad del proceso ¤ Vis expansiva del proceso

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2.3. El tercer pilar: Normas (Protección de la inversión e ISDS)

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¨  Algunas experiencias: ¤ Philip Morris vs. Uruguay ¤ Vattenfall vs. Alemania ¤ Lone Pine vs. Canadá ¤ Pacific Rim vs. El Salvador ¤ Veolia vs. Egipto ¤ Edgewater vs. España

¨  Protesta y reforma de la Comisión: ¤ Consulta y rechazo ¤ Problemas en el PE ¤ El ICS en el TTIP ¿y el CETA?

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2.4. El tercer pilar: Normas (Protección de la inversión e ISDS)

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¨  Principales críticas: ¤ El concepto de “riesgo político” ¤ ¿Compatible con la democracia? ¤ ¿Compatible con el Estado de Derecho? ¤ Efecto congelación

¨  ¿Es jurídicamente posible integrar un ISDS en el ámbito del derecho de la UE? ¤ Competencia exclusiva del TJUE

n  Interpretar el derecho de la UE n Decidir sobre competencias

¤ Efectos sobre las normas de la competencia (Micula)

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2.5. Capítulo de ¿“sostenibilidad”? 19

¨  ¿Qué valores socio/laborales compartidos? ¨  Los Convenios de la OIT como ¿límite infranqueable? ¨  ¿Eficacia del capítulo?

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¿Cómo vamos a defender el TTIP ante la ciudadanía/a los actores críticos?

Problema de la Comisión 20

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«Este es el plan de estímulo ecónomico más barato imaginable». «Nuestro peso combinado en la economía mundial significa que aquellos que quieran vender a nuestros mercados tendrán un interés en aproximarse a cualquier norma que podamos concertar». Karel De Gucht (entonces Comisario de Comercio Exterior), 2 de marzo 2013

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Fuente: http://www.euintheus.org/press-media/eu-trade-commissioner-karel-de-gucht-on-ttip-ahead-of-the-second-round-of-negotiations/

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TTIP: «el fin del mundo tal como lo conocemos»?

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El TTIP está siendo negociado «específicamente para darle a las empresas todo lo que quieren: el desmantelamiento de todas las protecciones al consumidor, sociales y medioambientales, y compensación por cualquier violación de sus supuestos derechos».

- Lori Wallach, Directora y fundadora de Global Trade Watch, ONG estadounidense, diciembre de 2013.

Fuente: https://stop-ttip.org/

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Campaña de la Comisión. Mito 1: el crecimiento y empleo

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¨  Predicción de aumento del PIB de €119 mil millones anuales para la the UE (€95 mil millones anuales para EE.UU) ¤  0.5% del PIB de la UE ¤  €545/familia europea de cuatro personas (€655 por familia

estadounidense) ¤  ¡Crecimiento gratuito!

¨  Los modelos ecónomicos y la manipulación de las «expectativas ficticias» (Beckert 2013)

¨  Exagerando los beneficios y minimizando los costes

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Campaña de la Comisión. Mito 2: «Definiendo los estándares globales»

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¨  El TTIP como última oportunidad para que la UE y EE.UU puedan definir juntos las normas para la economía global ¤ «Market power Europe» (Damro 2012) ¤ No se diluirán los estándares porque «compartimos los

mismos valores» ¤ «OTAN económica»

¨  Improbable dado el modelo real de Cooperación Reguladora

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3. La aprobación del TTIP (y del CETA) 25

¨  Opción A: mayoría cualificada del Consejo y mayoría simple del PE

¨  Opción B: tratado mixto ¤  Lo anterior + ratificación por los EM

¨  Opción C: movilización popular para que se paralicen las negociaciones (AMI)

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Alternativas desde el SUR

¿Es posible la resistencia? 26

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Constitución de Bolivia

I. Las relaciones internacionales y la negociación, suscripción y ratificación de los tratados internacionales responden a los fines del Estado en función de la soberanía y de los intereses del pueblo. II. Requerirán de aprobación mediante referendo popular vinculante previo a la ratificación los tratados internacionales que impliquen: 1.  Cuestiones limítrofes. 2.  Integración monetaria. 3.  Integración económica estructural. 4.  Cesión de competencias institucionales a organismos

internacionales o supranacionales, en el marco de procesos de integración

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Constitución de Ecuador

No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas. Se exceptúan los tratados e instrumentos internacionales que establezcan la solución de controversias entre Estados y ciudadanos por instancias arbitrales regionales o por órganos jurisdiccionales de designación de los países signatarios. En el caso de controversias relacionadas con la deuda externa, el Estado o promoverá soluciones arbitrales en función del origen de la deuda y con sujeción a los principios de transparencia, equidad y justicia internacional.