Triptico_Seguro del MPPE Venezuela

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Especialidades: Si el paciente requiriera tratamientos no amparados, los mismos podrán ser facturados directamente por el odontólogo tratante con un descuento desde un 20% y hasta el 50%, debiendo el afiliado pagar el costo de los mismos. Cobertura Oftalmológica Mediante este beneficio, a través de la red de proveedores se garantiza: Historia Clínica Estudio de Agudeza Visual Balance de Movimientos Oculares Discriminación de colores Toma de tensión Intraocular Biomicroscopía Gonioscopía Fondo de ojo Refracción Pre y Post Cicloplejía Monturas y Lentes: Un monto máximo por persona de Bs. 400,00 anual. Este servicio se prestará mediante reintegro, contra la presentación por parte del asegurado del original de la factura de adquisición de la montura y/o lente, emitida a nombre de éste y previa evaluación del oftalmólogo tratante afiliado a nuestra red de prestadores de servicio. 7) SERVICIO DE AMBULANCIAS, AERO- AMBULANCIAS Y ATENCION MEDICA DOMICILIARIA: Servicios adicionales al PASP-2010 que el afiliado podrá solicitar a través de los números de emergencia. Quienes son elegibles para el Plan: Son elegibles para ingresar al Plan el personal Docente, Administrativo, Obreros, Contratados, Jubilados, Pensionado, Incapacitado y/o sus familiares, adscritos al Ministerio del Poder Popular para al Educación, según el condicionado de cada beneficio. Como se Formaliza la Inscripción: Cada afiliado deberá llenar la Planilla de Afiliación al Plan, la cual esta disponible en cada localidad y remitirla con todos los recaudos indicados en el instructivo a la correspondiente Zona Educativa de su estado. O actualizar sus datos en la Página WEB del Ministerio del Poder Popular para la Educación: www.me.gob.ve QUE HACER EN CASO DE: EMERGENCIAS MEDICAS: Solicitar Orientación al Número 0-8000 EDUCAR (338227) ó ingresar a la Página Web: www.me.gob.ve y ver la lista de la red de Clínicas Convenidas . URGENCIAS MEDICAS: Ingresar a la Página web: www.asisteme.com y ver la lista de los Centros de Atención Médica Primaria (AP’S). PLAN DE AUTOGESTION DE SALUD Y PREVISION AÑO 2010 (PASP-2010) VIGENCIA 31/12/2009 AL 31/12/2010 RESUMEN INFORMATIVO DEL ALCANCE Y BENEFICIOS PARA EL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO, OBRERO, CONTRATADO, JUBILADO PENSIONADO O INCAPACITADO ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION Objeto del Plan de Autogestión de Salud y Previsión Año 2010 (PASP-2010):

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Especialidades:

Si el paciente requiriera tratamientos no amparados, los mismos podrán ser facturados directamente por el odontólogo tratante con un descuento desde un 20% y hasta el 50%, debiendo el afiliado pagar el costo de los mismos.

Cobertura Oftalmológica

Mediante este beneficio, a través de la red de proveedores

se garantiza:

• Historia Clínica

• Estudio de Agudeza Visual

• Balance de Movimientos Oculares

• Discriminación de colores

• Toma de tensión Intraocular

• Biomicroscopía

• Gonioscopía

• Fondo de ojo

• Refracción Pre y Post Cicloplejía

• Monturas y Lentes: Un monto máximo por

persona de Bs. 400,00 anual. Este servicio se

prestará mediante reintegro, contra la

presentación por parte del asegurado del original

de la factura de adquisición de la montura y/o

lente, emitida a nombre de éste y previa

evaluación del oftalmólogo tratante afiliado a

nuestra red de prestadores de servicio.

7)SERVICIO DE AMBULANCIAS, AERO-AMBULANCIAS Y ATENCION MEDICA DOMICILIARIA:

Servicios adicionales al PASP-2010 que el afiliado podrá solicitar a través de los números de emergencia.Quienes son elegibles para el Plan:

Son elegibles para ingresar al Plan el personal Docente, Administrativo, Obreros, Contratados, Jubilados, Pensionado, Incapacitado y/o sus familiares, adscritos al Ministerio del Poder Popular para al Educación, según el condicionado de cada beneficio.

Como se Formaliza la Inscripción:

Cada afiliado deberá llenar la Planilla de Afiliación al Plan, la cual esta disponible en cada localidad y remitirla con todos los recaudos indicados en el instructivo a la correspondiente Zona Educativa de su estado. O actualizar sus datos en la Página WEB del Ministerio del Poder Popular para la Educación:

www.me.gob.ve

QUE HACER EN CASO DE:

EMERGENCIAS MEDICAS: Solicitar Orientación al Número 0-8000 EDUCAR (338227) ó ingresar a la Página Web: www.me.gob.ve y ver la lista de la red de Clínicas Convenidas.

URGENCIAS MEDICAS: Ingresar a la Página web: www.asisteme.com y ver la lista de los Centros de Atención Médica Primaria (AP’S).

PLAN DE AUTOGESTIONDE SALUD Y PREVISION

AÑO 2010 (PASP-2010)

VIGENCIA 31/12/2009 AL 31/12/2010

RESUMEN INFORMATIVO DEL ALCANCE Y BENEFICIOS PARA EL

PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO, OBRERO, CONTRATADO, JUBILADO

PENSIONADO O INCAPACITADO ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER

POPULAR PARA LA EDUCACION

Objeto del Plan de Autogestión de Salud y Previsión Año 2010 (PASP-2010):

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El objeto del Plan es indemnizar los gastos razonables (u otorgar el servicio correspondiente a través de su red de proveedores), en que incurra el Afiliado titular o sus beneficiarios debidamente inscritos en el PASP-2010, por concepto de:

1) HOSPITALIZACION, CIRUGIA Y MATERNIDAD:

Hospitalización en una Institución Médica legalmente registrada, por tratamiento o intervención quirúrgica, que se derive de una enfermedad o accidente. Para el Afiliado Titular el monto máximo es hasta VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00); mientras que para sus beneficiarios debidamente inscritos en el PASP-2010 el monto máximo es hasta QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00). En caso de Maternidad, el monto máximo para el Afiliado Titular Mujer será hasta DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), mientras que para la Cónyuge será de hasta SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 7.000,00). Todas estas cantidades representan un Beneficio Máximo por caso y año-vigencia del PASP-2010 para cada afiliado.

2) ATENCION MEDICA PRIMARIA (AP’S):

Mediante este beneficio el Afiliado titular o su beneficiario, recibirá Atención Médica Primaria a través de las Instituciones Médicas destinadas para tal fin (AP’S) por concepto de: Consultas Externas, Triaje, Exámenes de Laboratorios y Tratamientos Médicos que no requieran Hospitalización, hasta por el límite de cobertura estipulado en el punto 1.

3) BENEFICIO DE GASTOS POR SERVICIO FUNERARIOS:

Mediante este beneficio, en caso de Muerte del Afiliado Titular o cualquiera de sus Beneficiarios, se sufragarán los siguientes gastos:

• Traslado del sitio de fallecimiento al sitio de velación

(a nivel nacional).

• Cofre metálico tipo Superior (Manara, Madrid,

Florentina, Buen Pastor, Monumental).

• Servicio de capilla en funeraria o domicilio.

• Habitación de descanso para familiares.

• Servicio de cafetería permanente.

• Servicio de tanatología (normal).

• Asistencia en trámites legales.

• Dos (2) Vehículos para el traslado de ataúd y

familiares.

• Oficios religiosos en capilla.

• Servicio de Cremación o Parcela.

En caso de no utilizar el servicio a través de las funerarias afiliadas sólo se reembolsará el costo del mismo, según la factura, sin exceder de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), previa notificación efectuada al MINISTERIO, dentro de los ciento veinte (120) días continuos posteriores a la fecha de haber ocurrido el fallecimiento

4) PAGO DEL BENEFICIO DE MUERTE POR CUALQUIER CAUSA:

Se garantiza el pago de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) cuando ocurra el fallecimiento del Afiliado Titular. Dicho pago se efectuará al (los) heredero (s) legales del mismo.

5) PAGO DEL BENEFICIO DE MUERTE O INVALIDEZ POR ACCIDENTES:

Se garantiza el pago de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) cuando ocurra el fallecimiento del Afiliado Titular por causas accidentales. Dicho pago se efectuará al (los) heredero (s) legales del mismo.En caso de Invalidez accidental se pagará un porcentaje establecido en las condiciones particulares, el cual varía según el grado de la lesión, este monto se pagará al Afiliado Titular con un tope máximo de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00).

6)BENEFICIO DE ODONTOLOGIA Y OFTALMOLOGIA:

Mediante este beneficio, a través de la red de proveedores se garantiza:

Cobertura Odontológica Amplia Plus:

• Medicina Bucal: Historia clínica (diagnóstico,

pronóstico, y plan de tratamiento).

• Periodoncia: Tartrectomía simple y profilaxis

dental.

• Prevención: Sellantes de fosas y fisuras,

aplicación tópica de flúor.

• Operatoria: Amalgama en dientes posteriores,

resina fotocurada en dientes anteriores y

posteriores, vidrio ionomérico en el cuello de los

dientes.

• Endodoncia: Endodoncias monorradiculares,

birradiculares, multiradiculares, pulpotomías,

pulpectomías, curas formocresoladas y capielos.

• Cirugía: Exodoncia simple de dientes temporales

y permanentes, exodoncia de Terceros Molares

(cordales).

• Radiología: Radiografías periapicales y/o

coronales tomadas en los consultorios afiliados.

• Emergencias: Endodónticas, periodontales y

protésicas.