Tribunal Constitucional prohíbe distribución de píldora del día después: ¿Defensa a la vida o...

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¿Defensa a la vida o atentado a la libertad?

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PROHIBE DISTRIBUCION DE PILDORA DEL DIA DESPUES

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LOS HECHOS

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¿Defensa a la vida o atentado a la libertad?

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En un fallo dividido, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió acoger el requerimiento de un grupo de parlamentarios de la Alianza que solicitaron que se prohíba la distribución de "la píldora del día después" en el sistema público, resolución que sería dada a conocer el 22 de abril próximo, pero que trascendió durante esta semana.

En el documento, el organismo rechazó la impugnación contra los denominados Dispositivos Intrauterinos (DIU) y desestimó que el secreto en la entrega de la píldora a los adolescentes vulnere el derecho de los padres de orientar y educar a sus hijos en el uso de los métodos de regulación de la fertilidad.

La Tercera, 05/04/08

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ANTECEDENTES

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La píldora del día después se distribuye en 101 países, según el último informe del Consorcio Internacional de Anticoncepción de Emergencia. Una lista de la que hoy Chile forma parte. La forma en que se entrega el fármaco varía según el país. Algunos lo tienen incorporado dentro de sus programas de planificación familiar, como un método anticonceptivo más que se distribuye en los hospitales y clínicas, y también lo venden en farmacias. En otros lugares el producto está disponible sólo en farmacias, donde se vende con prescripción  médica.

El fármaco no está disponible en Costa Rica, Dominica, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Granada, Guyana, Irán y Uganda.

En Chile el anticonceptivo de emergencia está incorporado en las normas de regulación de la fertilidad, desde el 2006. Según la norma, la pueden recibir adolescentes mayores de 14 años. Su distribución es gratuita, pero también se comercializa en farmacias bajo receta médica.

La Tercera. 04/04/08

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ANTECEDENTESMarzo 2001

Comienza la polémica luego que el ISP autorizó el registro de una versión de "la píldora del día después" llamada Postinal. Grupos opositores presentan la primera acción legal y la Corte Suprema falla en su favor, sacando el producto del mercado.

Noviembre 2002

El centro Ages interpuso una demanda contra la cartera de Salud y el ISP por distribuir (Postinor-2). En julio de 2004, el 20 Juzgado Civil de Santiago prohibió la venta de la pastilla debido a la presentación de Ages. En diciembre, la corte revoca el fallo.

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ANTECEDENTESDiciembre 2005

Ages presenta otro recurso, pero la Corte Suprema no modificó la sentencia anterior. La entidad Ages presenta un recurso contra el laboratorio Grünenthal que comercializa la pastilla. En vista de ello, la compañía retiró el fármaco y cerró su registro sanitario.

Febrero 2007

32 parlamentarios interponen un requerimiento ante el Tribunal Constitucional. Piden que no se permita la venta de sustancias que contengan levonorgestrel (como dispositivos de cobre, la píldora y anticonceptivos) a menores de 18 años.

La Tercera. 04/04/08

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ANTECEDENTES

Declaración del Tribunal Constitucional

Ante los múltiples trascendidos y versiones acerca de lo decidido por este Tribunal Constitucional sobre el requerimiento presentado por 36 diputados en contra del Decreto Supremo Nº 48/2007 del Ministerio de Salud, que aprueba las “Normas Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad”, y con el objeto de informar adecuadamente a la opinión pública, se ha resuelto, en esta oportunidad y de modo unánime, dar a conocer el acuerdo que se adoptó, aun cuando el respectivo fallo se encuentra en fase de redacción.

Luego de un extenso período de discusión, audiencias públicas, vista de la causa, análisis de los elementos de convicción acompañados por las partes y por todos quienes quisieron aportar antecedentes, y tras varias sesiones de deliberación, el día 28 de marzo recién pasado se efectuó la votación respectiva, acordándose lo siguiente:

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ANTECEDENTES

1) Desestimar, por unanimidad y por las razones que serán expresadas en la sentencia, el requerimiento en cuanto se dirigió a declarar la inconstitucionalidad del punto 4.1.1. de la Sección C de las aludidas normas sobre fertilidad, referido a los denominados “Dispositivos Intrauterinos” (DIU);

2) Rechazar el requerimiento, también por unanimidad, en cuanto el mismo buscaba declarar inconstitucionales las normas sobre confidencialidad en la orientación y consejería a menores de edad acerca del uso de métodos de regulación de la fertilidad, por estimar que con ello no se vulnera el derecho constitucional preferente de los padres para educar a sus hijos, previsto en el numeral 10 del artículo 19 de la Carta Fundamental; y

3) Acoger el requerimiento únicamente en cuanto se declarará la inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección C de las mismas normas referidas, que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de “Anticoncepción Hormonal de Emergencia”, conocidos genéricamente como “píldora del día después”.

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Michelle BacheletPresidenta de la República

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Yo lamento profundamente el fallo, en un país en que queremos seguir modernizándonos, queremos seguir creciendo, que queremos estar en las ligas mayores y que a la vez para así tener esa oportunidad, queremos que todos nuestros compatriotas puedan tener iguales oportunidades en salud, en educación, en desarrollo, en ser considerados como ciudadanos como cualquier otro, el tomar una decisión de esta naturaleza me parece que es una profunda herida a poder construir una sociedad más justa, más equitativa.

Estoy convencida que ése es el rol del Estado; que las iglesias cumplen su rol, que las personas cumplen su rol y el Estado el rol que tiene que tener es garantizarles a todas las personas, independien-temente de su nivel socioeconómico, todas las oportunidades. De lo contrario, estamos hablando de libertades que no son completas y totales.

El Mercurio. 06/04/08

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Francisco VidalVocero de Gobierno

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El Gobierno va a acatar el fallo porque así es la regla del juego (…)

Esto significa que esta píldora solamente la pueden adquirir las mujeres que tienen plata y eso le molesta al Gobierno, y estamos seguros que le molesta a la inmensa mayoría del país (…) En una sociedad que quiere ser más justa, más equilibrada, este tipo de distorsiones son las que irritan, porque es una prohibición de distribuirla en los servicios públicos

La pregunta de fondo que deben hacerse millones de mujeres en Chile es por qué llegamos a esto. Y llegamos a esto porque 36 Diputados de la derecha le pidieron al Tribunal Constitucional que prohibiera la distribución de la píldora gratuita en los servicios públicos. Tenemos píldora para las mujeres con plata y no tenemos píldora para las mujeres sin plata.

Gobiernodechile.cl. 04/04/08

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Monseñor Fernando Chomalí Obispo Auxiliar de Santiago

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Nadie ha demostrado que la píldora no sea abortiva y, por lo tanto, se produciría en el fondo atentados contra la vida de manera masiva y muchas veces sin ni siquiera consentimiento y conocimiento de la gente que lo va a usar.

Teletrece. 04/04/08

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Soledad BarríaMinistra de Salud

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En ciencia es al revés, uno prueba si determinada cosa hace esto o lo otro. Es un error profundo del punto de vista científico y un gran peligro del punto de vista sanitario. Nos han pedido que demostremos que la píldora no es abortiva, es como pedir que demostremos que la aspirina no es abortiva

Estamos mucho más tranquilos puesto que la impugnación a los dispositivos intrauterinos, a la "T" de cobre, ha quedado rechazada, eso nos parece que es muy importante para la planificación de las familias en nuestro país, pero igual se ha aceptado el recurso contra la 'píldora del día después', por lo cual estamos más tranquilos, pero por cierto no satisfechos.

Radio Cooperativa. 03/04//08

Radio Universidad de Chile. 05/04//08

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Carlos LarraínPresidente de

Renovación Nacional

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No descalifiquemos al Tribunal Constitucional. Si tiene un encargo muy central en el sistema jurídico legal chileno, no hay que devaluarlo.

Esta es una política que destruye la autoridad familiar, no se le puede decir a una niñita de 14 años y un día que puede resolver su problema yendo a un consultorio y por la vía de un decreto administrativo hecho así a mano de gato por una ministra obsesionada por el tema de la sexualidad.

Radio Cooperativa. 3-04-08

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Karla RubilarDiputada RN

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(Las normas de fertilidad) se basaban en un principio de beneficencia y no de maleficencia, es una política que corresponde a una adecuada política de salud integral con la finalidad de reducir la mortalidad materna e infantil y el embarazo no deseado.

Qué pasó con el fallo (TC), hoy día una vez más la gente que tiene dinero puede acceder a una píldora que la proteja de un embarazo no deseado, que aumenta seis veces más la mortalidad cuando son en embarazos adolescentes. Y las personas que no tienen dinero, una vez más quedan a la indefensa.

(Las normas) no eran una imposición del Estado, estaban basadas en la voluntariedad, estaban basadas en el respeto de las creencias de las personas, nadie estaba obligado a tomar una píldora del día después.

Terra.cl. 05/04/08

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Carlos PeñaColumnista El Mercurio

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La controversia -al contrario de lo que se cree- no es científica, sino normativa. En rigor, no se trata de decidir cuándo comienza la vida, sino desde cuándo se es titular de un derecho constitucional. Se trata de un asunto jurídico, no de una cuestión biológica. La biología enseña que hay embrión antes de la implantación en el útero; que también existe embrión luego de esa implantación; y que luego hay un ser humano completo. Lo que la biología no dice es desde cuándo hay un titular de un derecho constitucional.

El Mercurio. 06/04/08

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Ramiro MolinaMédico

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Ahora hay mujeres constitucionales y no constitucionales.

El Mercurio. 05/04/08

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Carmen DomínguezAbogada. Miembro de la

Comisión de Bioética de la Conferencia Episcopal

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(El fallo) está sosteniendo que efectivamente hay una garantía constitucional conculcada que es el derecho a la vida que está por nacer, a través de la píldora del día después.

Chilevisión. 04/04/08

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Jorge ReyesAbogado

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Al declararse en el sistema público la píldora del día después totalmente inconstitucional, ésta debe borrarse del registro sanitario del ISP, de las normas sobre fertilidad y también del petitorio mínimo, de manera de que el efecto que produce desde el sistema público es que se prolonga al sistema privado, de manera que la píldora del día después se elimina del país.

Teletrece. 04/04/08

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Juan LobosDiputado UDI

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Yo retiré mi firma de esta presentación porque me parece que hay una historia de anticoncepción que son 30 o 40 años de utilización de la T de Cu, creo que es un método que está instituido en nuestra conciencia, en nuestra moral.

TVN. 03/04/08

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Claudia DidesDirectora del Programa

Género y Equidad de FLACSO

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Hay por lo menos tres escenarios negativos: que aumenten los abortos, que aumente el mercado negro para obtener la píldora y que se pasen a llevar todos los convenios internacionales que Chile ha firmado. Esto va contra los derechos humanos y contra la democracias, entonces, la situación como Estado es bastante lamentable.

No sé si las mujeres van a estar dispuestas a votar por algunos candidatos que pertenezcan a la tendencia que pidió al TC la inconstitucionalidad de los métodos anticonceptivos, entonces, creo que esto va a afectar totalmente las elecciones municipales.

La Nación. 04/04/08

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Alfredo Pesce Gennaro

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Al tomar conocimiento de su información sobre los términos del dictamen del Tribunal Constitucional respecto de la píldora del día después y otros anticonceptivos y escuchar al abogado Jorge Reyes, me viene a la memoria lo que el Papa Juan Pablo II, en 1980 dijo de Galileo, durante la ceremonia para conmemorar el centenario de Einstein: que éste había “sufrido a manos de hombres e instituciones de la Iglesia” añadiendo que: “la investigación llevada a cabo de una manera verdaderamente científica nunca puede oponerse a la fe, porque la realidad profana y la religiosa tienen su origen en el mismo Dios”.

iurisprudentia.cl. 04-04-08

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José Antonio KastDiputado UDI

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Estamos muy conformes, porque se acoge la tesis de que esta píldora tiene características abortivas, como de hecho se reconoce en todos los países donde la píldora se distribuye y el aborto está legalizado.

(El fallo) es una gran noticia, no solamente para Chile sino para muchos países, porque aquí uno puede comenzar a decir que comienza una civilización más humana, que protege la vida del que está por nacer.

El Mercurio. 04/04/08

Esperamos que el Gobierno no busque ninguna triquiñuela para seguir expendiendo esta píldora porque creemos que atenta contra el derecho más básico que es el derecho a la vida.

TVN. 24 Horas. 04/04/08

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Francisco VidalVocero de Gobierno

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Como la Derecha quería (prohibir) además la “T”, eso no era volver a fojas cero, era volver a 1960. Bueno, en una de esas colocan en discusión la “ley de la silla”; las ocho horas de trabajo o el “decreto Amunategui”, que permitió que las mujeres entraran a la universidad.

La Nación. 05/04/08

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Raúl HasbúnSacerdote

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Habríamos esperado (del Gobierno) una experiencia de regocijo, una reacción de aplauso ante un fallo que con estricto apego al derecho y al sentido común cuando ve que hay razones fundadas para pensar que un compuesto químico pone en riesgo la vida de un inocente, declara inconstitucional el decreto que autoriza u ordena distribuir ese producto químico atentatorio contra la vida, en lugar de aplaudir con regocijo ese fallo, el fallo se lamenta y se ha creado una nueva, sorprendente categoría antijurídica, hoy día se dice por parte de nuestras autoridades: ¡oh, también los pobres tienen derecho de abortar!

Megavisión. 04/04/08

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Carlos PeñaColumnista El Mercurio

(El TC) Todavía tendrá que explicar por qué si la píldora del día después viola el derecho a la vida, sólo es ilícita su distribución pública. Que la distribución privada sea inocua y la pública dañina es un círculo difícil de cuadrar. ¿Por qué un mismo fármaco va a ser más o menos lesivo de la vida humana según el lugar de su distribución? ¿Por qué la píldora, en opinión del tribunal, atenta contra la vida si la distribuye el Estado, y no, en cambio, si la adquiero en la esquina?

Pero sobre todo deberemos explicarnos qué pudo pasar entre los años de la dictadura y los de la democracia para que hoy día nuestros constitucionalistas tengan menos disposición al pluralismo que antes. ¡Y estén dispuestos a restringir la autonomía de las mujeres sobre bases tan débiles y en medio de tales inconsistencias!

El Mercurio. 06/04/08

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La Nación. 04/04/08

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La Nación. 04/04/08

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Guillo.cl, Abril-Mayo 2008