Tri but Aria

download Tri but Aria

of 35

Transcript of Tri but Aria

1. CONSTITUCIN SOCIEDAD LIMITADA. En la ciudad de Neiva, departamento del Huila, repblica de Colombia, a los _8_dias del mes de __05___ de 2012__, comparecieron, Jeisson Leonardo Canacue cuellar, Irina Carolina Cifuentes Hidalgo, mayores de edad y domiciliados en la ciudad de Neiva con direccin Calle 21 No 50 -09 Centro, identificados con la cdula de ciudadana No. 1.075.249.889, 1.075.249.183 en su orden, quienes manifestaron que por medio del presente instrumento pblico han decidido constituir una sociedad limitada, (SOCIEDAD PLURIPERSONAL: con fundamento en el art. 22 de la Ley 1014 de 2006 y el Decreto 4463 de 2006), toda vez que, no se tienen unos activos iguales o superiores a 500 SLMLM, como tampoco se van a contratar ms de 10 empleados; en tal sentido esta persona jurdica se regir por los siguientes: ESTATUTOS. ART.1. Son socios de la compaa comercial que por este documento privado se constituye, los seores (as) Jeisson Leonardo Canacue Cuellar, Irina Carolina Cifuentes Hidalgo... ART.2. La sociedad ser de responsabilidad limitada y girar bajo la denominacin social, Repuestos y accesorios Automotriz Hidalgo. ART.3. El domicilio de la sociedad ser la ciudad de Neiva Huila, pero podr crear sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del Pas o del exterior, por disposicin de la junta general de socios y con arreglo a la ley. ART. 4. La sociedad tendr como objeto principal, las siguientes actividades: comercializacin, distribucin y venta de productos y partes automotrices. En desarrollo del objeto social principal la sociedad podr; participar en licitaciones o concursos, permutar, vender y comprar bienes muebles e inmuebles, exportar e importar, recibir en comodato establecimientos de comercio y toda clase de bienes muebles e inmuebles bienes, suscribir cualquier contrato licito y ttulos valores, y en general realizar toda actividad secundaria que permita el desarrollo de la actividad principal. ART.5. El capital de la sociedad es la suma de TRECIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($300.000.000.), el cual se encuentra dividido en una (1) cuota de inters social de un valor nominal de setenta y cinco millones ($75.000.000). Cada una, ntegramente suscrito y pagado en efectivo por los socios as: -Jeisson Leonardo Canacu Cuellar. Capital: $ 150.000.000 - Irina Carolina Cifuentes Hidalgo. Capital: $ 150.000.000 Todos los socios pagaron sus cuotas en dinero efectivo, a razn de ciento cincuenta millones de pesos moneda corriente ($150.000.000) cada uno, para un total de trescientos millones de pesos moneda corriente ($300.000.000).

PAR. La responsabilidad de todos y cada uno de los socios esta limitada hasta el monto de sus aportes. ART. 6. La sociedad podr aumentar su capital por nuevos aportes de sus socios o por admisin de nuevos socios o por acumulacin de partidas no inferiores a sesenta millones de pesos ($60.000.000 tomados de las utilidades que produzca la sociedad y por determinacin mayoritaria de los socios. Siempre que haya el aumento, la sociedad reformar sus estatutos. ART. 7. Ninguno de sus socios tiene sus cuotas representadas en ttulos, ni son negociables en el mercado accionario, pero si podrn cederse, previa aprobacin de la Junta de Socios. Toda cesin implica una reforma estatutaria y la escritura ser otorgada por el representante legal, cedente y el cesionario. ART. 8. El socio que pretenda ceder sus cuotas las ofrecer a los dems socios por conducto del representante legal de la compaa, quien les dar traslado inmediatamente y por escrito a fin de que dentro de los quince das hbiles siguientes al traslado manifiesten si tienen inters en adquirirlas. Transcurrido este lapso los socios que acepten la oferta tendrn derecho a tomarlas a prorrata de las cuotas que posean. En caso de que alguno o algunos no las tomen, su derecho acrecer a los dems, tambin a prorrata. El precio, el plazo y las dems condiciones de la cesin se expresan en la oferta. ART. 9. Si los socios interesados en adquirir las cuotas discreparen respecto del precio o plazo, se designarn peritos, conforme al procedimiento que indique la ley para que fijen uno u otro. El justiprecio y el plazo determinados sern obligados por las partes. Sin embargo, stas podrn convenir en que las condiciones de la oferta sean definitivas si fueren ms favorables a los presuntos cesionarios que las fijadas por los peritos. ART. 10. Si ningn socio manifiesta inters en adquirir las cuotas dentro del plazo sealado en el artculo 8, ni se obtiene el voto de la mayora 60% de las cuotas en que se divide el capital social para el ingreso de un extrao, la sociedad presentar por conducto de su representante legal, dentro de los sesenta das hbiles siguientes a la peticin del cedente, una o ms personas que las adquieran, aplicando para el caso las normas que antes se han expresado. Si dentro de los veinte das hbiles siguientes no se perfecciona la cesin, los socios optarn por decretar la disolucin de la sociedad o la exclusin del socio interesado en ceder las cuotas, las que se liquidarn en la forma indicada en los artculos anteriores.

ART. 11. LA direccin y administracin de la sociedad estar a cargo de los siguientes rganos: a- La junta general de socios; b- El gerente; y c- Subgerente. La sociedad tambin podr tener un revisor fiscal, cuando as lo dispusiere cualquier nmero de socios excluidos de la administracin que representen no

menos del veinte por ciento (20%) del capital o cuando las leyes preexistes lo exijan. ART. 12. La junta general la integran los socios reunidos con el qurum y dems condiciones establecidas en los estatutos y en la ley. Sus reuniones sern ordinarias o extraordinarias. Las ordinarias se celebrarn dentro de los tres (3) primeros meses de cada ao, por convocatoria hecha por el gerente o el 20% de los socios de la sociedad, mediante comunicacin escrita dirigida a cada uno de los socios con quince (15) das hbiles de anticipacin y su objeto ser tratar y examinar cualquier situacin relacionada con el gir normal de los negocios sociales. Si convocada la junta sta no se reuniere con la anticipacin indicada, entonces se reunir por derecho propio el primer da hbil del mes de abril, a las 10 am., en las oficinas de la administracin del domicilio principal. Las reuniones extraordinarias se efectuarn cuando las necesidades imprevistas o urgentes de la compaa as lo exijan, la convocatoria para este tipo de reuniones se har en la misma forma prevista para las reuniones ordinarias pero con una antelacin de cinco (5) das comunes. ART. 13. Habr qurum para deliberar tanto en las sesiones ordinarias como extraordinarias con un nmero plural de socios que representen 60 % de las cuotas en que se encuentra dividido el capital social, salvo que la ley o los estatutos establezcan otra cosa. Con la misma salvedad, la reformas estatutarias se adoptarn con el voto favorable de un nmero plural de socios que representen el 60% de las cuotas correspondientes al capital social. Para estos efectos, cada cuota dar derecho a un voto, sin restriccin alguna. ART. 14. Son funciones de la junta general de socios: a- Estudiar y aprobar las reformas a los estatutos sociales. b- Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deba rendir el gerente. c- Disponer de las utilidades sociales conforme a lo revisto en los estatutos y en la ley. d- Elegir y remover libremente al Gerente Y al Subgerente. e- Constituir las reservas que deba hacer la sociedad. f- Resolver todo lo relativo a la cesin de cuotas as como la admisin de nuevos socios. g- Los dems que le asigne la ley y los estatutos. ART. 15. El gerente es el representante legal de la sociedad con facultades, por lo tanto para ejecutar todos los actos y contratos que se relaciones con el giro ordinario de los negocios sociales. En especial, el gerente tendr las siguientes atribuciones: a- Usar la firma y la denominacin social de la empresa. b- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la junta de socios. c- Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la sociedad y fijarles su remuneracin.

d- Celebrar en nombre de la sociedad todos los actos y contratos relacionados con el correcto desarrollo del objeto social. e- Presentar un informe de su gestin a la junta general de socios. f- Representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad en toda gestin, diligencia o negocio g- Constituir los apoderados a que hubiere lugar. h- Convocar a la junta general de socios. PAR. El gerente requerir autorizacin previa de la junta general de socios para la ejecucin de todo acto o contrato que exceda de veinte (20) salarios mnimos legales vigentes. ART.16. La sociedad tendr tambin un Subgerente que remplazar en sus faltas absolutas o temporales al Gerente, cumpliendo las mismas funciones o atribuciones delegadas al gerente en el artculo anterior. ART. 17. Anualmente el 31 de diciembre, se cortarn las cuentas y se har el inventario y el balance general de fin de ejercicio que, junto con el respectivo estado de ganancias y prdidas, el informe del gerente y un proyecto de distribucin de utilidades, se presentar por este a consideracin de la junta general de socios. ART. 18. La sociedad formar una reserva legal con diez por ciento (10%) de las utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el cincuenta por ciento (50%) del capital social. En caso de que este ltimo porcentaje disminuyere por cualquier causa, la sociedad deber seguir apropiando el mismo 10% de las utilidades liquidas de los ejercicios siguientes hasta cuando la reserva legal alcance nuevamente el limite fijado. ART.19. La junta general de socios podr constituir reservas ocasionales, siempre que tengan una destinacin especfica y estn debidamente justificadas, sin embargo antes de constituir cualquier reserva se harn las apropiaciones necesarias para atener el pago de impuestos y deducciones que estime la ley. ART. 20: En caso de prdidas, estas se conjugarn con las reservas que se hayan constituido para este fin, en su defecto, con la reserva legal. ART. 21: La sociedad tendr una duracin de cuarenta (20) aos, contados a partir de la protocolizacin de la presente documento constitucin, pero se podr disolver por las siguientes causas: Por vencimiento del trmino de duracin. Por imposibilidad de cumplir el objeto social. Por el aumento del nmero de socios a ms del establecido por la ley. Por mutuo acuerdo. Por decisin de la autoridad competente. Por perdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%. Por las establecidas por la ley para este tipo de sociedades.

ART. 22: Disuelta la sociedad se proceder de inmediato a su liquidacin, en la forma indicada en la ley; En consecuencia no podr iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto social y conservar su capacidad jurdica nicamente para los aspectos necesarios a la inmediata liquidacin. Una vez

disuelta la sociedad se adicionar a su razn social la expresin EN LIQUIDACIN. ART. 23: La liquidacin del patrimonio social la har la persona que figure inscrita como representante legal en el registro que para el efecto lleva la Cmara de Comercio. ART. 24. Mientras no se haya cancelado el pasivo externo de la sociedad, no podr distribuirse suma alguna entre los socios y el pago de las obligaciones se har observando las disposiciones legales sobre prelacin de crditos. Pagado el pasivo externo de la sociedad se distribuir el remanente de los activos sociales se distribuir entre los socios a prorrata de sus aportes. ART. 25. Hecha la liquidacin de lo que a cada uno de los socios le corresponda, los liquidadores convocarn a la junta general de socios, para que apruebe las cuentas y el acta correspondiente, esta decisin podr adoptarse con el voto favorable de la mayora de los socios que concurran, cualquiera que sea el valor de las cuotas que representen en la sociedad. Aprobada la cuenta final de liquidacin, se entregar a cada socio lo que le corresponda. ART. 26. Toda diferencia o controversia relativa a este contrato, a su ejecucin y liquidacin, se someter a conciliacin entre las partes en litigio; para ello se acudir a cualquier centro de Arbitraje y Conciliacin de la Cmara de Comercio de Neiva. En el evento de no llegarse a un acuerdo, la controversia se someter y resolver por un Tribunal de Arbitramento designado por la Junta General de Socios. ART. 27. Los socios acuerdan nombrar como Gerente a Jeisson Leonardo canacue cuellar mayor de edad, identificado con la cdula de ciudadana nmero 1075.249.889 y como Subgerente a Irina Carolina Cifuentes Hidalgo. Mayor de edad, identificada con la cdula de ciudadana nmero 1.075.249.183 de Neiva (H). Las anteriormente designadas aceptaron los cargos y juraron con cumplir a cabalidad sus funciones.

FIRMAS DE LOS SOCIOS:

Jeisson Leonardo Canacu Cuellar C.C 1075.249.889

Irina Carolina Cifuentes Hidalgo C.C 1.075.249.183

2. BALANCE INICIAL1 1105 1110 145525 1524 154005 DESCRIPCION Caja Bancos Inventarios Equipo de oficina Autos, camionetas y camperos Debito 47.199.055 45.000.000 Crdito

22.059.8356.000.000 29741113

TOTAL ACTIVOS TOTAL PASIVOS 3115 APORTES SOCIALES TOTAL PATRIMONIO TOTALES

150.000.000 150000000 150000000 150.000.000 150.000.000

3. INVENTARIO INICIAL REFERENCI A6301-G 6313-G 36319G 6012.0 A48910 A9016370340 A9016370240 A6061810801 A6112001101 9701.0 A0004317101 A0004317001 77524690 A0003210250 A6113240350 A9013330214 A0039977494 C-325 B48467-STD B48467-025

DESCRIPCIONAMORTIGUADOR DEL SP. 313 AMORTIGUADOR DEL SP. 413 AMORTIGUADOR DEL SP. 413/412 AMORTIGUADOR TRA SP. 313/413 ANILLO MOTOR OM-611 88mm BOCEL INF. UNIDAD RH 313/413 BOCEL INF.UNIDAD LH 313/413 BOMBA ACEITE OM-611LA BOMBA AGUA OM 611LA BOMBA AGUA SP M.OM-611LA 313/4 BOMBA FRENO SP 313/413 23.81 BOMBA FRENO SP 313/413 25.4 BUJE DE BIELA M.OM-611 BUJE MUELLE 412/413 16X39MM BUJE MUELLE 413 16X50MM BUJE TIJERA INF. 313/413 CADENILLA BOMBA ACEITE OM611 CAMISA MERCEDES PRINTER CASQUETE BIELA M.OM-611 SPUTER CASQUETE BIELA M.OM-611 SPUTER

STOCK6 9 1 2 20 1 1 13 1 6 2 1 40 2 10 4 4 32 5 3

PRECIO156.600, 00 $ 155.925,00 $ 160.000,00 $ 79.066,00 $ 30.800,00 $ 32.022,00 $ 32.022,00 $ 263.250,00 $ 295.623,00 $ 130.000,00 $ 111.172,00 $ 189.000,00 39.23 0,00 21.060, 00 28.608, 00 16.200,0 0 20.000, 00 25.862,0 0 $ 152.525,00 $ 280.000,00

Precio total939600 1403325 160000 158132 616000 32022 32022 3422250 295623 780000 222344 189000 1569200 42120 28680 64800 80000 827584 762625 840000

CASQUETE BIELA M.OM-611 SPUTER CASQUETE BIELA M.OM-611 B48467-075 SPUTER HL-87435600- CASQUETE KRAN OM-611LA STD CORRIEN HL-87435610- CASQUETE KRAN OM-611LA 025 CORRIEN B48467-050 830.489 A9033500039 A6110105420 F01M100275 762.811 294.720 432.894 A6110105720 1107-313 CAUCHO VALVULA OM-611 CORONAySPEED 313/413 8X35 CULATA MOTOR OM-611LA COMPLETA EMPAQUE BOMBA ALTA 313/413 EMPAQUE CULATA OM-611LA EMPAQUE INF OM-611-LA EMPAQUE MULTI.EXOSTO OM611LA EMPAQUE SUP OM-611LA ESPARRAGOS DEL Y TRA 313

2 1 5 5 1 1 1 5 14 1 1 10 12

$ 250.000,00 $ 280.000,00 $ 90.000,00 $ 120.000,00 $ 36.960,00 $ 530.550,00 $ 2.931.034,00 $ 134.000,00 $ 120.150,00 $ 159.300,00 $ 17.280,00 $ 168.750,00 $ 3.982,00

500000 280000 450000 600000 36960 530550 2931034 670000 1684100 159300 17280 1687500 47784 22.059.83 5

4. BANCOS - CONSIGNACION

Cta AhorroNIT. 890.903.938-8 COMPROBANTE DE CONSIGNACIN N 200001 Me s 09

Cta Corriente

X

Efectivo N de Cheques () TotalDa 10 N Cheque Bc o.

$ 25.000.000 $ 25.000000Valor Cheque

Ciudad

Ao

NeivaNumero de la cuenta

201 1

028345291Nombre de la cuenta

Repuestos y accesorios Automotriz Hidalgo LTDA.

5. FACTURAS DE COMPRA

6. COMPROBANTES DE EGRESO

7. FACTURAS DE VENTAS

8. RECIBO DE CAJA

REFERENCI A6301-G 6313-G 36319G 6012.0 A48910 A9016370340 A9016370240 A6061810801 A6112001101 9701.0 A0004317101 A0004317001

9. INVENTARIO FINAL STOC DESCRIPCION KAMORTIGUADOR DEL SP. 313 AMORTIGUADOR DEL SP. 413 AMORTIGUADOR DEL SP. 413/412 AMORTIGUADOR TRA SP. 313/413 ANILLO MOTOR OM-611 88mm BOCEL INF. UNIDAD RH 313/413 BOCEL INF.UNIDAD LH 313/413 BOMBA ACEITE OM-611LA BOMBA AGUA OM 611LA BOMBA AGUA SP M.OM-611LA 313/4 BOMBA FRENO SP 313/413 23.81 BOMBA FRENO SP 313/413 25.4 2 2 1 0 15 1 1 9 0 3 1 1 29 1 3 1 1 28 2 3 2 0 2 0

PRECIO

Precio total

77524690 BUJE DE BIELA M.OM-611 ABUJE MUELLE 412/413 0003210250 16X39MM A6113240350 BUJE MUELLE 413 16X50MM A9013330214 BUJE TIJERA INF. 313/413 ACADENILLA BOMBA ACEITE 0039977494 OM611 C-325 CAMISA MERCEDES PRINTER CASQUETE BIELA M.OM-611 B48467-STD SPUTER CASQUETE BIELA M.OM-611 B48467-025 SPUTER CASQUETE BIELA M.OM-611 B48467-050 SPUTER CASQUETE BIELA M.OM-611 B48467-075 SPUTER HL-87435600- CASQUETE KRAN OM-611LA STD CORRIEN HL-87435610- CASQUETE KRAN OM-611LA 025 CORRIEN

156.600,0 $ 313.200,00 0 155.925,0 $ 311.850,00 0 160.000,0 $ 160.000,00 0 $ 0,00 79.066,00 $ 462.000,00 30.800,00 $ 32.022,00 32.022,00 $ 32.022,00 32.022,00 263.250,0 $ 0 2.369.250,00 295.623,0 $ 0,00 0 130.000,0 $ 390.000,00 0 111.172,0 $ 111.172,00 0 189.000,0 $ 189.000,00 0 $ 39.230,00 1.137.670,00 $ 21.060,00 21.060,00 $ 85.824,00 28.608,00 $ 16.200,00 16.200,00 $ 20.000,00 20.000,00 25.862,00 $ 724.136,00 152.525,0 $ 305.050,00 0 280.000,0 $ 840.000,00 0 250.000,0 $ 500.000,00 0 280.000,0 $ 0,00 0 $ 180.000,00 90.000,00 120.000,0 $ 0,00 0

830.489 CAUCHO VALVULA OM-611 ACORONAySPEED 313/413 9033500039 8X35 ACULATA MOTOR OM-611LA 6110105420 COMPLETA EMPAQUE BOMBA ALTA F01M100275 313/413 762.811 EMPAQUE CULATA OM-611LA 294.720 EMPAQUE INF OM-611-LA EMPAQUE MULTI.EXOSTO OM432.894 611LA A6110105720 1107-313 EMPAQUE SUP OM-611LA ESPARRAGOS DEL Y TRA 313

1 1 0 5 14 1 1 10 12

36.960,00 530.550,0 0 2.931.034, 00 134.000,0 0 120.150,0 0 159.300,0 0

$ 36.960,00 $ 530.550,00 $ 0,00 $ 670.000,00 $ 1.682.100,00 $ 159.300,00

$ 17.280,00 17.280,00 168.750,0 $ 0 1.687.500,00 $ 47.784,00 3.982,00 13.031.930

REPUESTOS Y ACCESORIOS AUTOMOTRIZ HIDALGO

IRINA CAROLINA CIFUENTES JEISSON LEONARDO CANACUE

FACULTAD DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION ADMINISTRACION DE EMPRESAS UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA NEIVA-HUILA 2012

REPUESTOS Y ACCESORIOS AUTOMOTRIZ HIDALGO

IRINA CAROLINA CIFUENTES JEISSON LEONARDO CANACUE

GERMAN ANTONIO CASTAEDA LEGISLACION TRIBUTARIA

FACULTAD DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION ADMINISTRACION DE EMPRESAS UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA NEIVA-HUILA 2011

CONTENIDO 1. ACTA DE CONSTITUCION 2. BALANCE INICIAL 3. INVENTARIO INICIAL 4. CONSIGNACION EN BANCOS 5. FACTURAS DE COMPRA 6. COMPROBANTES DE EGRESO 7. FACTURAS DE VENTA 8. RECIBOS DE CAJA 9. INVENTARIO FINAL 10. DIARIO COLUMNARIO 11. LIBRO MAYOR Y BALANCES 12. ESTADO DE RESULTADOS 13. BALANCE GENERAL 14. RUT 15. DECLARACION DE RETENCION DE IVA 16. DECLARACION DE RETENCION EN LA FUENTE 17. DECLARACION DE RETENCION DE INDUSTRIA Y COMERCIO 18. DECLARACION DE RETENCION EN LA RENTA