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    TRATO Y TRATAMIENTO PENITENCIARIO

    Construccin de un modelo de tratamiento penitenciario basadoen la valoracin humana de las personas privadas de la libertad.

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    (Versin actualizacin 2007)UNIVERSIDAD SANTO TOMAS DE AQUINO.

    TRATO Y TRATAMIENTO PENITENCIARIO

    Construccin de un modelo de tratamiento penitenciario basadoen la valoracin humana de las personas privadas de la libertad.

    DANIEL ACOSTA MUOZSocilogo. Catedrtico

    Facultad de Psicologa. Especializacin Psicologa JurdicaUniversidad Santo Tomas

    SANTAFE DE BOGOTA D.C., Mayo de 2007.

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    CONSEJO EDITORIAL

    COMIT EDITORIAL

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    A mis hijos Fabio Antonio y Daniel Mauricio, que

    me ensean lo humano y lo sencillo que es la vida

    AGRADECIMIENTOS

    A la memoria del Maestro Bernardo Echeverri OssaPadre del Penitenciarsmo en Colombia

    Funcionarios administrativos de las crceles y personal de Custodia y Vigilancia forjadoresde la causa penitenciaria

    Internos de los Centros Carcelarios protagonistas de la humanizacin penitenciaria

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    CONTENIDO

    PRESENTACION i

    INTRODUCCION ii

    PROLOGO v

    1. EL DEVENIR PENITENCIARIO 10

    1.1 IDEOLOGIA DE LA DEFENSA SOCIAL 10

    1.2 DISCIPLINA Y CARCEL 14

    1.3 EVOLUCION CARCELARIA EN COLOMBIA 191.3.1 Aborgenes 191.3.2 Conquista 19

    1.3.3 Colonia 201.3.4 La Independencia 201.3.5 La Repblica 201.3.6 poca penitenciaria y carcelaria 211.3.7 Hacia la modernidad penitenciaria 261.3.8 Caracterizacin del interno en Colombia 28

    2. DESARROLLO DE SISTEMAS Y REGIMENES PENITENCIARIOS PREVIOS A LAPROGRESIVIDAD DEL TRATAMIENTO 33

    2.1 SISTEMA COMUNITARIO 33

    2.2 REGIMEN FILADELFICO O CELULAR. 332.3 REGIMEN AUBURDIANO O MIXTO 34

    2.4 REGIMEN IRLANDES 35

    2.5 SISTEMA DE BOLETAS 36

    2.6 SISTEMA AMERICANO DE REFORMATORIOS 36

    2.7 SISTEMA DE OBERMAYER 36

    2.8 SISTEMA DE PRUEBA 36

    2.9 SISTEMA DE CLASIFICACION 37

    2.10 REGIMEN DEL PANOPTICO 37

    2.11 REGIMEN Y SISTEMA PROGRESIVO 37

    3. EXPERIENCIAS CONTEMPORANEAS DEL SISTEMA PROGRESIVO 42

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    3.1 ARGENTINA 423.1.1 Disciplina atenuada. 423.1.2 Rgimen Progresivo Clsico 45

    3.2 COSTA RICA 463.2.1 Perodo del establecimiento del Estado intervencionista o benefactor 46

    3.2.2 Perodo de crisis del Estado interventor: crisis econmica punitiva 473.3 EXPERIENCIA DEL SISTEMA PROGRESIVO EN COLOMBIA 48

    4. HACIA UN MODELO DE TRATAMIENTO PROGRESIVO EN COLOMBIA 53

    4.1 DESVIACION SOCIAL - PRISIONALIZACION 53

    4.2 DE LA RESOCIALIZACION A LA PREVENCION 56

    4.3 DEFINICION DE SISTEMA PROGRESIVO 61

    4.4 REQUISITOS PARA LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA PROGRESIVO PENITENCIARIO 62

    4.5 MARCO LEGAL 64

    4.6 SISTEMA INTEGRAL DE TRATAMIENTO PROGRESIVO 65

    4.7 VALORACION EN LA OBSERVACION Y EL DIAGNOSTICO 69

    4.8 CLASIFICACION DE RECLUIDOS 724.8.1 Actual clasificacin intuitiva 724.8.2 Hacia una clasificacin alterna 734.8.3 Clasificacin hacia el sistema progresivo 74

    4.9 SISTEMA DE OPORTUNIDADES 794.9.1 Necesidades y satisfactores de necesidades 794.9.2 Ejercitacin de potencialidades 81

    4.10 NIVELES DE ASISTENCIA 844.10.1 Asistencias bsicas 844.10.2 rea asistencial sobre violencia 854.10.3 reas asistenciales sobre convivencia y accin comunitaria 85

    4.11 CONTENCION Y TRATAMIENTO 87

    4.12 PAPEL DEL TRABAJO UTIL Y PRODUCTIVO EN EL CAMBIO ACTITUDINAL 884.12.1 Alternativa laboral llamativa de realizacin econmica 904.12.2 Proyeccin del interno desde una formacin laboral 914.12.3 Formacin vocacional del interno 92

    EPILOGO 87

    APUNTES FINALES 90

    REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 93

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    TABLA DE CUADROS

    Pg.

    CUADRO 1 PRINCIPALES SISTEMAS Y REGIMENES PENITENCIARIOSCUADRO 2. DESPLAZAMIENTO CONCEPTUALCUADRO 3. INTERVENCION RESOCIALIZADORACUADRO 4. COMPARATIVO DE DOS EPOCAS DEL SISTEMA PROGRESIVOCUADRO 5. TRATAMIENTO PENITENCIARIO PROGRESIVO Y PROGRAMADOCUADRO 6. PROCESO DE VALORACIONCUADRO 7. CLASIFICACION DE INTERNOSCUADRO 8. CLASIFICACION ALTERNA

    CUADRO 9. CLASIFICACION GRUPAL DE INTERNOSCUADRO 10. TIPOLOGIA GENERAL PARA LA CLASIFICACION DE RECLUIDOSCUADRO 11. NIVELES TECNICOS DE ATENCION DE NECESIDADESCUADRO 12. NIVELES DE EJERCITACION DE POTENCIALIDADES

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    PRESENTACION

    Cuando surgi la obra Sistema Integral de Tratamiento progresivo, se abri un importanteespacio a la conceptualizacin penitenciaria en el Pas. La academia cont con unimportante anlisis que permiti fijar interesantes debates, se vio gratificada la academia yel modelo implementado se fortaleci en su gramtica, sin embargo, ante la fuerza de losconflictos sociales, la prctica carcelaria no tuvo el mismo impulso, quizs genero mayorescontradicciones, las cuales hoy da son motivo de repensar el penitenciarismo.

    Ante esta evolucin, es importante para esta academia, pensar en volver a tocar lareflexin del trato y el tratamiento penitenciario y sobre todo en esta temtica, revisar losconceptos bsicos de lo que se haba denominado sistema integral de tratamientoprogresivo penitenciario, no obstante, si bien se requiere de otro trabajo, fue importanterevisar algunos conceptos, partiendo de los siguientes presupuestos:

    1. El tratamiento penitenciario sigue en crisis, la situacin de las crceles preocupa alos defensores de los DDHH y la sociedad democrtica.

    2. El sistema progresivo en la practica sigue siendo un desarrollo jurdico, ajeno a lacondicin humana dentro de esa cruda realidad carcelaria.

    3. Se refunde el tema de sistema con el de rgimen, siendo el segundo determinanteen el impacto de la poltica criminal, la cual como expresin del complejo desarrollopoltico del pas, no permite afinidad, coherencia con los principios constitucionalesde participacin y autonoma.

    4. El trato y el tratamiento en el medio penitenciario, tiene la connotacin de mtodo ymetodologa, lo cual implica reflexionarlas, cuestionarlas, proponerlas y recrearlaspara que tengan legitimidad en la comunidad penitenciaria.

    5. Las ideologas re del tratamiento, siguen siendo un obstculo conceptual,practico, organizativo y misional. Aun se viven dos lenguajes antagnicos, unodesde lo jurdico que reproduce la contradiccin de la resocializacin, rehabilitaciny la reinsercin sin cuestionarse sus desarrollos, y otro, en la prctica, que dejaentrever la dificultad para justificar la inoperancia.

    Estos criterios conllevaron al autor a revisar este trabajo, incluso a diferenciar el actualmodelo, indicando el sistema progresivo alternativo, De ah que el nfasis se da en eltrato, para recordar que las Reglas mnimas para el tratamiento de reclusos, es unimportante enfoque de las Naciones Unidas, donde el tratamiento tiene la dobleconnotacin de manejo e intervencin de internos. Para esta Universidad, antes de

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    continuar con el debate penitenciario, de debe dar este alto en el camino y posteriormentemirar el panorama de otros avances conceptuales.

    Dra. Angela Tapias SaldaaDirectoraEspecializacin Psicologa Jurdica

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    Conviene que empecemos a pensar en elfuturo, pues en l viviremos el resto denuestras vidas.

    Gabriel Garca Mrquez. Ojos de Perro Azul

    INTRODUCCION

    Estamos frente a un proceso comprometido con la historia,se trata de la bsquedade la humanizacin del medio penitenciario y carcelario, que hoy encuentra su horizonteinmediato en la aplicacin del SISTEMA PROGRESIVO, SP, que desde 1964 con eldecreto 1817 inici un proceso an sostenido por la ley 65 de 1993, para el que en buenahora nos sentimos convocados y comprometidos en asumir cambios fundamentales querenueven la metodologa en el trato a los reclusos y que respondan a un compromisotico-civil de evolucionar hacia modelos post-modernistas acordes a la realidad nacional

    No se trata entonces de inventar un nuevo tipo de tratamiento, sino de poner en marcha elque se ha pretendido, el que se viene planteando frente a nuestra realidad, dentro de unesquema humano y edificante. El proceso nace en el cambio actitudinal de nosotros haciala causa penitenciaria y en nuestra capacidad de manejo de la frustracin ante losobstculos institucionales.

    El establecimiento de un SISTEMA INTEGRAL DE TRATAMIENTO, requiere de nuestrapreparacin para asumir la responsabilidad de superar un estado de cosas crticas en elmedio penitenciario. La ganancia de autonoma en este proceso, tiene como oposicin laimprovisacin y la tradicin del tratamiento que busca la transformacin de las personas.Acceder a la creacin de un estilo propio sin copiar sistemas o modelos, significa partir delconocimiento de nuestra propia realidad, de un anlisis concienzudo de las condicionesdel proceso que orienten la planeacin, la organizacin y significa adems contar con losrecursos suficientes que asigne el Estado.

    Las primeras tareas a emprender para esta reforma en la vida de prisiones apuntan hacialos siguientes frentes:

    1. Generar una actitud positiva y de compromiso hacia la ejecucin del S.P.

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    2. Asumir una posicin de crtica constructiva hacia el cambio de la metodologa en lossistemas de tratamiento an vigentes.

    3. Desplazar la perspectiva RESOCIALIZADORA, REHABILITADORA Y DEREINSERCIN hacia la perspectiva de la VALORACIN HUMANA EINTEGRACIN SOCIAL, basadas en la prevencin integral, la proteccin y laasistencia que buscan entre otros, superar los factores de riesgo y brindarmecanismos de ejercitacin de potencialidades lcitas.

    4. Orientar la relacin Institucin - Interno, hacia una dinmica de recproca incidenciapositiva, basada en la construccin y afianzamiento de procesos actitudinales, queconduzcan la mirada asistencial an vigente en procedimientos y tratamientos haciaun trabajo que valide como interlocutores a la institucin y al interno, en un procesopor la construccin de mejores presentes y futuros, individuales y colectivos.

    5. Caracterizar criminolgicamente a la poblacin interna fundamentada en suconocimiento, anhelo y necesidades.

    6. Asignar responsabilidades a los diferentes actores durante el proceso.

    7. Evaluar y dar seguimiento a los datos cualificados y cuantificados que muestren elimpacto de los procesos de prevencin, proteccin y asistencia.

    8. Apropiar interdisciplinariamente los proyectos y programas.

    9. Exigir compromiso y tica del servicio por parte del profesional administrativo comocuota de fe en la causa penitenciaria como corresponde a la misin institucional.

    10. Desarrollar un modelo afn a los desarrollos dados por jurisprudencia constructivista yDerechos Humanos.

    Ahora bien, la buena o mala administracin de los programas depende esencialmente delos investigadores que rodean los proyectos en su preparacin, dedicacin, investigacin,voluntad y espritu de servicio. Dicha administracin, requiere desde luego, que lascondiciones del entorno agilicen los niveles de decisin, eliminen procedimientosinoficiosos, controlen y evalen resultados de gestin y abran campos a la iniciativa yresponsabilidad de los profesionales vanguardia de la causa penitenciaria.

    Finalmente se debe hacer una aclaracin fundamental, un sistema de tratamiento comomtodo de prevencin, que busca actuar sobre la poblacin reclusa e incidir en su devenir;no va a solucionar la problemtica carcelaria, que tiene races en problemaseminentemente socio - econmicos y polticos y no de orden individual; por lo tanto, lasolucin rebasa el espacio carcelario, donde la mera condicin de segregacin de las

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    personas que delinquen, como reflejo de la crisis sociopoltica nacional y del humanismouniversal, congestiona el Sistema carcelario bajo la presin del crecimiento gradual de lacriminalidad.

    Somos un pas de paradojas y el medio penitenciario puede propender por susdesarrollos, la comunidad de las personas privadas de la libertad, viven mostrando comodesde la adversidad sobreviven ejerciendo procesos de convivencia, desde laconformacin de anomias hasta el ensayo de formas forzadas de organizacin, no nossorprenderan, que ensearan a la "sociedad libre", cmo se puede iniciar el camino haciauna verdadera cultura ciudadana, no obstante la subcultura criminal no siempre esenvolvente y frustrante.

    El propsito de estas reflexiones, es el de contribuir en la construccin de un modeloPenitenciario para el tratamiento de recluidos; sin renunciar al horizonte de consolidar unametodologa acorde a nuestra realidad nacional, mediada por el respeto a los DerechosHumanos, la dignidad y la humanizacin de la relacin entre tcnico-facilitador e internointervenido. Este aporte desde el quehacer penitenciario, desde sus preguntas yrespuestas, confrontaciones, ensayos y esperanzas, es una voz de aliento a los habitantesdel espacio carcelario y fuera de l, un mensaje de optimismo en los tiempos porvenir,fincados en la certeza del valor que para todos reporta cada esfuerzo revindicador.

    EL AUTOR

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    PROLOGO

    El lector est frente a un libro de importante contenido penitenciario y carcelario, escritocon una metodologa histrica, social y criminolgica que suministra en prodigiosaexposicin, la escatologa redentora del cautivo, para un sistema que indudablementeColombia tendr que lograr.

    El socilogo Daniel Acosta Muozes quien escribe y entrega esta obra magistral. No esla primera. Tiene varias y muchos ensayos de la misma naturaleza. El se ha consagrado ainvestigar en largos tiempo de dedicacin completa, el mundo complejo de las crceles, ycon una generosidad sin contrastes, viene comunicando el resultado de sus trabajos a loscultores de la criminologa y a quienes se interesan por el apasionante tema de lasprisiones, con el nimo noble de que la causa penitenciaria sea conocida en su laceranterealidad actual y en el anhelo nacional de hacer efectiva la titnica empresa de laresocializacin.

    Triunfa aqu su indiscutible dominio del tema, primero por sus estudios, luego por laobservacin constante de este fenmeno social, pero ante todo, por su fe irremovible enque nuestra patria adquirir la conciencia del cuidado cientfico y moral que se debedispensar a la poblacin agobiada por la detencin o la pena.

    El estudioso encontrar en esta lectura, juiciosas y serias apreciaciones sociolgicassobre nuestros cambios culturales, en los ya casi dos siglos de vida nacionalindependiente. As mismo, nuestra evolucin carcelaria, influida por conceptos forneos,marcada por pasos desiguales y lentos que han mantenido el sistema en un letargoominoso, lo cual como el autor lo anota, ha impedido realizar un modelo de desarrollodisciplinado. La historia universal de las prisiones no exenta del peso econmico en suconsideracin de tiempo del hombre en tiempo de trabajo; el tiempo de trabajo en fuerzade trabajo y fuerza de trabajo en fuerza de trabajo productivo, tambin est aqu bienexplicada. Todo esto simultneamente con una investigacin criminolgica que pone enevidencia, el marco delincuencial dentro del cual est nuestro pas, lo que luego resumecon acierto, en la descripcin del prototipo del recluso como muestra representativa detodo el conflicto social que vivimos.

    El doctor Acosta Muoz antes de referirse a la experiencia de nuestro sistema progresivo

    en Colombia, describe la historia de los sistemas de pena a travs de los tiempos y de lospueblos, en ilacin consecutiva y los muestra en cuadro analtico, cuya comprensinqueda facilitada por el empleo pedaggico del metabolismo ptico. As entra a laconsideracin del hasta ahora incomprendido sistema progresivo en Colombia y describepaso a paso, el golpeado itinerario de esta institucin que solo recientemente empieza a

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    tomar forma por la inversin presupuestal recibida y por el inters cientfico que tiene laDireccin General del Inpec en realizarlo.

    El texto que estamos prolongando, culmina en su esfuerzo y su importancia con elModelo de Tratamiento Progresivo. El estudio de este Modelo reviste una importanciasingular, porque cambia el concepto tan polemizado de la resocializacin, por los deprevencin, proteccin y asistencia, lo que nos orienta a desarrollar y acrecentar accionessociales que permiten al interno su continua integracin positiva a la sociedad,desarrollando sus capacidades a travs de un sistema de oportunidades y creandomecanismos de ejercitacin de potencialidades. El modelo es de una profundidadcientfica y metodolgica que requiere desde luego, el conocimiento terico en la materia yla experiencia larga del caso, para poderlo entender en toda su extensin y claro, paraponerlo en ejecucin. Solo cuando esto se alcance, se habr justificado el sistema dereclusin en Colombia. Fue esta la idea que nos llev a insertar en el Cdigo Penitenciariodel ao 1964, el sistema progresivo que luego pudimos ampliar con mejor presentacin enel nuevo Cdigo o Ley 65 de 1993. Lastimosamente en aquel espacio de tiempo porincomprensin o por discontinuidad, el sistema apenas hizo unos pinitos. Ahora todo vacambiando y ya vemos como se avanza en este frente. Dicen que la esperanza es loltimo que se pierde y as como luchamos durante 30 aos porque Prisiones fuera InstitutoDescentralizado y Descentrado, tenemos fe que lo mismo suceder en menos tiempo, conesta progresividad penitenciaria, mxime cuando se cuenta entre nosotros, adalides de latalla de los doctores Rosario Jacquin, Fabiola Bonilla y Daniel Acosta.

    Este libro valiossimo concluye con la sociologa de la intervencin al recluido, en donde serecoge la estructura mental del autor y la bondad de su corazn por esta causa, en estepensamiento: Si en las crceles no se puede proteger al delincuente como hombre, no se

    podr curar al hombre como delincuente.

    Aqu se pone en camino un enfoque producto de tantsimo ensayos seculares paratransformar al infractor penal, en un ciudadano verdadero, es decir, que cumpla con susdeberes y reclame sus derechos con la ley. El autor hace nfasis en el trabajo y en laeducacin, dirigidos al recluso como tambin en los servicios especializados del socilogocomo orientador y planeador del desarrollo, del psiclogo en el ajuste de la personalidad yen fin de todos aquellos profesionales que estudian las profundidades del alma humana.La verdad es que sin ellos, el sistema progresivo carecer de los ingenieros que manejene interpreten la carta de navegacin que lo conduzca a un destino seguro y feliz.

    No poda faltar en esta obra la alusin manifiesta a los derechos humanos que son la baseinsustituible del progreso de una sociedad civil y elemento primordial en toda organizacinsocial. Y sin embargo no era indispensable, porque todo el modelo presentado, no es msni menos, que la consideracin del HOMBRE (cuando hemos dicho hombrecomprendemos genricamente, hombre y mujer) como el eje central de todo el sistema,con los atributos ntegros de su propia naturaleza.

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    Para concluir con satisfaccin plena, decimos que es difcil encontrar pares a la vida llenade estudio y de esperanza patritica del doctor Acosta, nutrida de ciencia, de historia y deesa fidelidad suya, a los principios rectores penitenciarios, que son el nervio vital de lareorientacin del pensamiento resocializador, expresado en el desarrollo sostenido comobase de salvacin de la justicia.

    Nadie que trabaje como penalista, como penlogo y mucho ms como funcionario denuestras prisiones, puede dejar de conocer y estudiar palmo a palmo, las pginas de estaobra, cuya influencia determinar una nueva actitud en los estudios de esta disciplina,enriquecindose as, no solo este gnero bibliogrfico, sino elevando la concepcincientfica de quienes aspiramos a perfeccionar la profesin que escogimos.

    No siempre las palabras logran expresar lo que siente el corazn, por eso al menosextendemos nuestras felicitaciones a toda la familia del Inpec, porque uno de suscompaeros egregios ha escrito con la alta calidad de su inteligencia y la moral de susvirtudes, este aporte creador de ideas, formulador de polticas y sostenedor de lainstitucin con las mejores caractersticas de su condicin personal, que radican en susencillez, en su tendencia bondadosa y en su extraordinaria sensibilidad humanitaria.

    BERNARDO ECHEVERRY OSSA (qepd)Asesor Despacho Ministro de Justicia y del

    DerechoPadre del Penitenciarismo en Colombia

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    Fotografa N 2Penitenciara Central de Colombia la Picota. Pabelln de Alta Seguridad Sanidad

    BOTELLAS DE NAUFRAGO

    En la pequea habitacin en donde vivoComo Jons en el vientre de un cetceo,Pienso: quizs los poemas slo sean

    Mensajes enviados por un nufrago,Botellas con gritos pobremente escritosQue acaso vayan desde el mar de los silenciosA las playas del olvido.

    Pero he aqu que lanzo una botella y otra,Y una ltima habitada por mis miedos.En la pequea habitacin en donde vivoComo Jons en el vientre de un cetceoVan quedando pocas botellas del naufragio.

    Juan Manuel Roca

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    REFLEXI ON HACI A UN MODELO DE SI STEMA PROGRESI VOSoci l ogo. DANI EL ACOSTA MUOZ

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    1. EL DEVENIR PENITENCIARIO

    1.1 IDEOLOGIA DE LA DEFENSA SOCIAL

    El 14 de julio de 1789 fue tomada la vieja fortaleza real de la Bastilla, que desde Luis XIVservia de prisin de Estado y que constitua el estandarte de la tirana del absolutismo. Elpueblo francs asalt la crcel de la Bastilla y la ocup despus de cuatro horas de

    combate. Esta toma, fue el puntillazo final para que la Revolucin Francesa hundiera elpoder absoluto del antiguo rgimen. Este hecho simblico protagonizado en una crcel,dividi la historia en dos partes, al abolir la monarqua e iniciar la historia contempornea.

    En materia de castigo y sanciones, la nueva poca con su tica utilitarista permiti eldesarrollo del Contrato Social: Los Derechos del Hombre y del Ciudadano y el criterio dela Igualdad, Libertad y Fraternidad. Se cerr el paso a la edad del escarmiento delcuerpo, caracterizada por los suplicios, y se dio por terminado el arte de las sensacionesinsoportables y los sufrimientos, fuente de sustento de poder, que haca de la crcel unaantesala al tormento. El nuevo episodio lo denomin Michel Foucault la Era de lasDisciplinas,

    durante las cuales la economa del tiempo, la vigilancia y el castigo, adquieren nuevassignificaciones. El castigo, entonces, se asume como privacin de la libertad, medida entiempo, tiempo que equivale a fuerza de trabajo, fuerza de trabajo a la que asigna un valorde mercanca y por tanto un valor de cambio para resarcir el dao causado a la sociedad.He aqu lo esencial de la Crcel Moderna.

    Durante el perodo que precede a la Revolucin Francesa, se notaba por parte de loslegisladores de la poca, una sensibilidad agudizada por todo aquello que tocara elejercicio de la justicia. Las crticas que a este respecto se formulan, se pueden resumir entres grandes aspectos:

    - Arbitrariedad en su funcionamiento- Carencia absoluta de procedimientos pblicos para la aplicacin de las sanciones- falta de proporcionalidad entre las penas aplicadas y los delitos cometidos.

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    4. La pena del Talin. Se confiscan los bienes a quien rob, por ejemplo.

    El objetivo se traduca en reparar el dao social causado e impedir que los culpablescontinen transgrediendo el orden social, provocando un mal, La prisin no pertenece alproyecto terico de la penalidad del siglo XVIII, surge a comienzos del siglo XIX como unainstitucin de hecho, casi sin justificacin terica 3

    As, la mejor prevencin del crimen era tener una ley clara, aplicable de la misma maneraa todos y los ms rpidamente posible despus de cometido el delito, lo esencial para elculpable y para la sociedad era saber que la infraccin ocasiona infaliblemente unarepresin, no importando la gravedad de la sancin.

    Autonoma del juez para administrar justicia, basada en la Ley Penal y suinterpretacin exegtica. esta regla sirvi de base filosfica para la elaboracin deun Sistema de Derecho Penal, en donde el Delito es considerado como ente

    jurdico porque viola un derecho, pero abstrado del contexto explicativo que loproduce, y su responsable como un sujeto de derecho libre y autnomo, violadordel pacto por un acto en su libre voluntad. 4

    A esta concepcin objetiva del delito y de la responsabilidad penal, vendr asuperponerse un siglo ms tarde una de carcter naturalista o determinista.

    En efecto, Lombroso, Ferri y Garfalo a finales del siglo XIX parten de los lineamientosfundamentales de la Escuela Clsica del derecho penal para proponer una nuevaconsideracin sobre el delito, su clasificacin y la funcin de la pena.

    Para la Escuela Posit ivista, el delito sigue siendo un ente jurdico, pero el examen que elderecho hace de este hecho no se asla del conjunto de condiciones sociales y naturalesque hace que este se reproduzca. El delito no se comprende como un acto de librevoluntad sino como el resultado de un complejo de causas biolgicas y psicolgicas delindividuo y del medio social en el que se encuentra.

    A la responsabilidad moral y a la imputabilidad del criminal, de la Escuela Clsica, lospositivistas contraponen un determinismo biolgico. Los delincuentes constituyen unaespecie aparte de hombres: la anomala psicolgica, biolgica o social ser la causa de su

    comportamiento.

    3 FOUCAULT, M. La verdad y las formas jurdicas. Sexta edicin. Mxico, 1983, p. 96

    4 BARATTA, A. Op. Cit. p. 25-30

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    El sistema penal para este enfoque se sustenta sobre la base de una doble clasificacin:Por un lado, la especificacin abstracta de los comportamientos desviados (tipicidad -escuela clsica), por otro, la elaboracin de tipologas criminales. La legislacin penal sedesplaza desde su concepto de utilidad social hacia el de las tipologas individuales. El

    juez podr entonces modificar su decisin en funcin de la personalidad del delincuenteque juzga (circunstancias atenuantes, agravantes). 5

    A pesar de las diferencias observadas en los planteamientos anteriores, la conjuncin deestos dos enfoques nos da como resultado la filosofa predominante en la ciencia jurdica:La defensa social. 6

    Sus principios orientadores se pueden resumir as:

    1. Principio de la legitimidad

    El Estado como representante del bien comn est legitimado para reprimir a losindividuos criminales, a travs de las instituciones encargadas de administrar justicia:Polica, jueces y Crceles.

    2. Principio del bien y del mal

    El delito es una manifestacin daina para el conglomerado social, el delincuente es unindividuo nocivopara el funcionamiento del mismo y la sociedad representa en cambio,el orden libremente aceptado: el bien.

    3. Principio de culpabilidad

    La criminalidad expresa una actitud reprochable en el individuo que la comete, ella escontraria a los principios del bien colectivo an antes de ser definida como tal por la ley.Los criminales son infractores (Escuela Clsica, Siglo XVIII) o peligrosos (Positivistas SigloXIX).

    4. Principio del fin o de la prevencin

    La sancin tiene un doble objetivo: retribuir el dao social causado y resocializar alindividuoculpable como forma para prevenir el delito.

    5 DEBUYST, CH. Encyclopdie de la Criminologic. U.C.L. Blgique, 1983, p. 40 y ss

    6 BARATTA, A. Op. Cit. p. 36-40

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    5. Principio de igualdad

    Todos los ciudadanos son iguales ante la Ley. el delito es la violacin de la norma porparte de una minora. La reaccin social se aplica de la misma manera para todos.

    6. Principio del inters social y del delito natural

    Las definiciones contenidas en las normas penales sobre la criminalidad constituyen actoscuya violacin atenta contra valores fundamentales de una sociedad. Los cdigosrepresentan los intereses comunes de todos los ciudadanos, la ley es la manifestacin dela voluntad general y de los sentimientos colectivos que permiten al conjunto socialmantenerse.

    Los aportes realizados por los pensadores humanistas del siglo XVIII y por los positivistasdel Siglo XIX, son vistos por la mayora de los tratadistas contemporneos como el mayorprogreso realizado en el campo de la accin positivista del Estado: se logr humanizar elcastigo en una doble dimensin: de una parte, la normalizacin y regulacin del manejodel castigo, se asumen como propias del devenir humano y no divino, y de otra,humanizacin del castigo, en tanto los cambios experimentados en los procedimientosrepresivos, as lo evidencian. Las Escuelas de la nueva criminologa plantean unaperspectiva diferente que cifra lo carcelario, como clave del engranaje jurdico penal yparte constitutiva de todo un conjunto de relaciones sociales. El saber en este sentido esinminentemente histrico.7

    1.2 DISCIPLINA Y CARCEL

    La reforma del Derecho Penal, la sustitucin de los mecanismos suplicientes de lapoca clsica por procedimientos y penas ms benignas y con igual resonanciasocial no pueden encontrar una respuesta satisfactoria en la simple reivindicacinde unas cuantas personas humanistas. Qu se buscaba con estas propuestasmaterializadas en los Cdigos Penales del S. XVIII?. Por qu las penaspropuestas por los reformadores perdieron vigencia en tan corto tiempo y la crcelque no entraba en su esquema, se convierte en la SANCION REINA, a partir delS. XVIII en las sociedades europeas y de Estados Unidos? 8

    7 FOUCAULT, M. Historie de la Sexualit. Tome I. La Volunt de Savoir.Paris: Edition Gallimard. 1979. p. 121-127

    8 FOUCAULT, M. Vigilar y Castigar. Mxico: Siglo XXI, 1978, p. 85 y ss

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    En este contexto los reformadores plantean un conjunto de penas, una sociedad positivaen la que existe ley para cada delito y pena para cada infractor.

    El xito del castigo reside en la intimidacin y la publicidad se convierte en el ms eficazmecanismo de multiplicacin social de esta funcin intimidatoria.

    As, adems de que la crcel pasa a ser concebida no slo como la nica y msimportante pena, sino como el castigo asociado a la obscuridad y la arbitrariedad, en cortotiempo la interaccin se erige en la sancin penal predominante y la institucinpenitenciaria, en el sitio de reclusin por excelencia.La penitenciara nace en un momento histrico especfico: el del surgimiento yconsolidacin del modo de reproduccin capitalista. 11

    En el viraje de los dos siglos, una nueva legislacin define el poder de castigarcomo una funcin general de la sociedad que se ejerce de la misma manerasobre todos sus miembros, y en la que cada uno de ellos est igualmenterepresentado; pero una nueva legislacin introduce procedimientos dedominacin, caractersticos de un tipo particular de poder12

    La consolidacin de las relaciones sociales capitalistas, implic una serie detransformaciones y ajustes orientados a adaptar el tiempo de los hombres, su existencia,su vida al nuevo aparato productivo.

    El control deba ejercerse en este sentido para que pudiera operar una triple modificacinnecesaria a esta sociedad.

    1. Tiempo del hombre en tiempo de trabajo2. Tiempo de trabajo en fuerza de trabajo3. Fuerza de trabajo en fuerza de trabajo productiva.

    Este control se garantiza con la proliferacin de toda una serie de instituciones,denominadas por Foucault como secuestro.13

    En ellas, el principio fundamental es justamente la explotacin mxima del tiempo de loshombres, con el fin de convertir su tiempo en tiempo de trabajo. La escuela, la fbrica, el

    11 MELOSSI, D. y PAVARINI, M. Crcel y Fbrica. Los Orgenes del Sistema Penitenciario. Mxico: Siglo XXI,

    1980, p. 18.

    12 FOUCAULT, M. Vigilar y Castigar. p. 233

    13 FOUCAULT, M. La verdad y las penas jurdicas. p. 133.

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    hospital, la crcel, son ejemplos tpicos de este tipo de institucin destinado a latransformacin antes mencionada.

    Instituciones que buscan crear cuerpos tiles y dciles, porque pueden ser sometidos,utilizados, transformados y perfeccionados a travs de un procedimiento de disposicin,distribucin, organizacin del espacio de tal manera que se tenga un control permanentesobre ellos. Se pretende formarlos, valorizarlos y corregirlos.

    A estos mtodos que permiten el control minucioso de las operaciones del cuerpo, quegarantizan la sujecin constante de sus fuerzas y les imponen una relacin de docilidad-utilidad, es a lo que se puede llamar las disciplinas 14por stas, ejercidas a lo largo detodo el cuerpo social, se entienden las instituciones secuestro. Por medio de estosmtodos sobre el cuerpo se transforma el tiempo de trabajo en fuerza de trabajo gil,dispuesta a la produccin (entendida sta en un sentido ms amplio y simplementeeconmico).

    De otra parte estas instituciones obtienen unas formas de saber particulares, a partir delos individuos a los que someten, observan y controlan. El poder disciplinario entonces,recibe una doble ganancia: el cumplimiento de los individuos y el saber tcnico que estainteraccin genera.

    De la observacin y clasificacin de los hombres surge otra forma de conocer, propia delas ciencias sociales: la psicologa y la psiquiatra, por ejemplo, desarrollan estudios que aladoptar un enfoque patolgico individual, derivan en el concepto de enfermo mental.

    La crcel genera un saber criminolgico sobre los reclusos, los delincuentes. En este

    sentido se explica el viraje dado en la concepcin penal clsica. La penitenciara crea unnuevo ente, el delincuente, como la justicia crea al infractor, sujeto de derechos. Sobreeste delincuente se tejern toda una serie de elaboraciones tericas, siendo su mximaexponente la escuela positivista elaboraciones que transforman a su vez, la forma comose administra justicia.

    Este saber extrado de la disciplina, como forma de control tpico de esta sociedad, cumplela ltima funcin, convertir la fuerza de trabajo en fuerza productiva. La generacin deganancia necesita de esta modalidad de poder, sutilmente distribuida en las institucionesdisciplinarias.

    14 FOUCAULT, M. Vigilar y castigar p. 141

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    As pues, la prisin, nacida como institucin en el Siglo XVIII, pasaba sucesivamente delencierro, como prembulo al tormento y la ejecucin, a sustituto humanitario de la penacapital, la deportacin y dems castigos corporales.

    Sin embargo, al transcurrir el tiempo, el dolor de las penas crueles y degradantes se siguesintiendo: la pena se convirti en un estigma, la opinin consolid el hecho de depositar encustodia a personas segregadas de la sociedad, en espacios recortados paraneutralizarlas y escarmentarlas. El encierro se evidenci como agente perturbador deldesarrollo psico-social al provocar modificaciones en los patrones de personalidad yconducta asociados a la reincidencia.

    Por estos motivos polmicos y controvertidos la crisis carcelaria es universal y obedece aotras crisis propias del proceso de reordenamiento de la economa internacional cuyosefectos se sienten en la prisionalizacin. La bsqueda de alternativas de solucin nos llevaa mirar rpidamente el proceso histrico en el que la crcel se ha visto cuestionada por lascorrientes del humanismo.

    Durante el Siglo XVIII, pensadores como Kant, Fichte, Montesquiev, Voltaire, Ferri yBeccaria, guiados por principios de la Filosofa liberal y del movimiento revolucionariofrancs, influyeron en la humanizacin de los castigos de carcter personal, en la medidaen que afirmaran la existencia de una base legal en la imposicin de penas a la Comisinde delitos y cuestionaron la aplicacin de la pena bajo el criterio exclusivo del castigo y nocomo experiencia dirigida a prevenir la reincidencia.

    Espaa tuvo importantes aportes en el desarrollo de la reforma carcelaria universal:Chaves, Sandoval, Cordn de Tallada (siglo XVI), Ramn de la Sagra y Manuel

    Montesinos (siglo XIX), nombres que podran ubicarse en la gnesis de filosofa de losSistemas progresivos.

    A finales del siglo XIX, cuando se da un auge en el penitenciarismo, y en este siglo,numerosos congresos internacionales han plantado reformas y generado cambios muyimportantes a saber:

    - Frankfurt 1846 Aboli el sistema comunitario- Frankfurt 1857 Ratific el rgimen celular- Bruselas 1847 Hizo el primer seguimiento del nuevo rgimen- Londres 1872 Cuestion la pena nica

    - Estocolmo 1878 Cuestion la privacin ilegal- Roma 1885 Incluy en las legislaciones la legalidad de la pena.- San Petersburgo 1890 Present las primeras ponencias del penitenciarismo

    futuro- Budapest 1905 Presenci el surgimiento dell humanismo y la regeneracin en

    Penitenciaras

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    - Washington 1910 Aprob los sistemas educativos para convictos- Berna 1926 Propuso definir los derechos de las personas privadas de la

    libertad- Praga 1930 Se present el primer proyecto de reglas mnimas sobre trato a

    internos- Berln 1935 Cuestion la pena capital y la cadena perpetua- Haya 1950 Defini el primer documento sobre normas mnimas (55 reglas)- Ginebra 1955 Realiz el Primer Congreso de las Naciones Unidas para la

    prevencin del delito y tratamiento de delincuentesaprobando las reglas mnimas

    - California 1957 Reconoci la aplicacin de la reglas mnimas para eltratamiento de los reclusos.

    En este contexto histrico se desarrolla la prisin, ella representa la institucin disciplinariapor excelencia para la transformacin de los individuos en cuerpos tiles, obedientes,sometidos, aptos para el aparato productivo. No obstante, el anlisis histrico presentaciertas limitaciones; nos permite ubicar las penitenciaras en una perspectiva histrica quelas explica, vlida para el perodo que se considera (siglos XVIII - XIX), en las sociedadeseuropeas y norteamericanas. Pero no se explica criminolgicamente an, elmantenimiento, las transformaciones y la funcionalidad de la crcel en las sociedadescontemporneas y en los pases en va de desarrollo.

    Es claro que la sociedad contempornea ha sufrido modificaciones y por ende se hanmodificado sus formas de control en las naciones desarrolladas. En este sentido, unapregunta pertinente a la problemtica de nuestro inters sera: para las sociedadesperifricas como la nuestra, la crcel cumplira la misma funcin referida? En qu contexto

    surge lo carcelario en nuestro pas? Es necesario recurrir a nuestras peculiaridadeshistricas para poder responder tentativamente a estos interrogantes.

    1.3 EVOLUCION CARCELARIA EN COLOMBIA

    1.3.1 Aborgenes

    Hasta finales del siglo XV de la era cristiana, el continente americano constitua un enigmaen materia de delitos y sanciones. Solo comunidades desarrolladas como los Chibchasmostraron una legislacin civil y penal de gran influencia moral para su poca: Seconden a pena de muerte al homicida, a la vergenza pblica al cobarde, a la tortura alladrn, a laborar en obras de inters comn a los culpables de delitos menores; no fuefrecuente la privacin de libertad y su aplicacin no tuvo como criterio el castigo.

    1.3.2 Conquista

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    Latinoamrica sufri la influencia del conquistador, la imposicin de sus leyes en especialla llamada de las 7 partidas, de Alfonso X, El Sabio: legislacin penal con 363 leyes endonde se plasmaban los diversos delitos, la guarda de presos, los tormentos, penas yperdones. La crcel aqu o es un sitio previo a la ejecucin, o un castigo para la poblacinespaola o criolla. El nativo no dispona de libertad por su carcter de vasallo.

    1.3.3 Colonia

    poca de la Inquisicin, cuando se aplicaron la confiscacin, multa y prisin, amn demedidas eclesisticas, como los tormentos, la

    co

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    las casas de encierro, con 22 artculos distribuidos en temas como crceles, lugares dearresto, casas de castigo y penitenciaras 15

    Varios establecimientos carcelarios, regidos otrora por las normas provinciales, subsistencomo testimonios de la poca: Chocont (1580), Charal, 1587, Ro de Oro 1598, Santafde Antioquia 1600, Ubat 1614, Garzn 1799, Sopetrn 1800, Guateque 1850, Guaduas1850, y, el ms importante, el Panptico 1873, el cual funcion en aquellos das bajo elRgimen Pensilvnico y es actualmente el Museo Nacional.

    En 1890 las religiosas del Buen Pastor establecen la primera crcel de mujeres que luegoes suspendida (1893), para ser reanudada aos ms tarde. Surgen otras crceles afinales de siglo como El Cocuy 1869, Yarumal 1880, Garagoa 1884, Gachet 1882 yRonegro 1890.

    1.3.6 poca Penitenciaria y Carcelaria

    En 1837 se expide en nuestro pas el primer Cdigo Penal. En l se reproducen losprincipios rectores de la ciencia penal ya sealados, y se introduce la pena privativa de lalibertad como sancin fundamental. poca enmarcada en la coyuntura de la recienteindependencia de Espaa, el fracaso de la unidad Grancolombiana, las luchas internasentre los diferentes sectores polticos y el perodo de la Nueva Granada. (1830 a 1858).

    Durante este perodo, el pas se enfrenta solo a su destino con la necesidad deconsolidarse como nueva nacin, prspera y floreciente. La tarea, si as la podemosllamar, consista en la edificacin de un estado nacin: Existe una diferencia principalentre los procesos de construccin nacional del viejo y el Nuevo Mundo desde el punto devista de la filosofa poltica. Los estados nacionales europeos son la expresin jurdica ypoltica de una evolucin de varios siglos, de una autntica alquimia a travs de la cual lasrelaciones de parentesco y produccin, las tradiciones lingsticas y culturales, las cienciaspolticas y religiosas y otros vnculos y valores se amalgaman para formar una nacin, unacomunidad nacional asentada en un territorio nacional. La unidad nacional es entonces unsubproyecto de un lento y prolongado desarrollo histrico que se corona, por as decirlo,con la construccin del estado nacional. Por el contrario, los estados nacionalesamericanos son el resultado jurdico y poltico de un cambio sbito y violento, una rupturaradical en la vida de la sociedad lo que se ha llamado fundacin nacional o independencianacional 16.

    15HUERTAS SANDOVAL, Emiro. Penaloga parte especial, U. Externado de Colombia, 1984, p. 195).

    16 VALENCIA VILLA, Hernando. Carta de Batalla.Una crtica del constitucionalismo colombiano. U.N. CEREC,

    Bogot, 1987, p. 56.

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    La historia de nuestro pas en estos primeros aos de independencia, se encuentraentonces fundamentalmente orientada hacia la construccin de una nacionalidad. Esteproceso complejo es definido por VALENCIA como una tarea difcil de construccin denuevas instituciones, autoridades y normas con el fin de llenar el vaco dejado por laruptura violenta con la madre patria. El mecanismo utilizado para llenar el vaco de laindependencia es la importacin e imposicin de instituciones burguesas (francesas yespaolas). As, en la forma de administrar justicia, lo penitenciario corre con igual suerte,se importa con el objeto de llenar ese vaco y contribuir a la formacin del estado-nacinen Colombia. Entonces, la prisin, forma-importada, cumplir esta funcin a mediados delsiglo pasado y en las primeras dos dcadas del presente. (1830 - 1920aproximadamente).

    Lo penitenciario no desempea en sus orgenes en Colombia una labor estricta de controlsocial y disciplinamiento por dos razones:

    1. Carencia de los presupuestos econmicos y productivos para ligar lo penitenciario conel desarrollo del capitalismo. En la economa de haciendas y parcelas que sustituy alas instituciones coloniales, luego de un largo proceso de reacomodamiento social, elcontrol se lograba a travs de la religin, la familia y el vecindario: Espritu y Espacio17.

    2. Deficiencias organizativas internas: controles dispersos, falta de personaladministrativo y de vigilancia, escasos recursos, que impiden o por lo menos dificultanun modelo de desarrollo disciplinado.

    Este papel inicial de la penitenciara se transforma con los nuevos cambios de la sociedad

    colombiana, a travs de un largo proceso de consolidacin del Estado-Nacin y despeguedel capitalismo.

    funcin aido 4on0 51.795 TD( )Tj0 -11 0 TD-0.03 Tw(Lo[(ra TEste po

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    Las penitenciaras en nuestro pas, adquieren real importancia como dispositivos decontrol social con el desarrollo del capitalismo en los aos 30, se explica as, el auge delas construcciones durante la dcada de los 40 (Picota, Palmira, Popayn, etc.), laexpedicin de los primeros decretos sobre administracin carcelaria (Cdigo Carcelario de1934 o decreto 1405) y la creacin de la Divisin de Prisiones.

    La expansin del capitalismo en nuestro pas supone la permanencia y combinacin deotras formas de produccin; un desarrollo regional desigual; una poblacin cesanteexcluida de la produccin y fuertes movilizaciones sociales de descontento ante lapauperizacin. Estos factores nos permiten de alguna manera comprender la funcin de locarcelario a partir de los aos 30 hasta finalizar los 70's cuando la crcel adquiere ladimensin de lugar de reclusin para la masa de individuos marginales tanto en el campo(pequeos aparceros) como en la ciudad (cesantes).

    Lo carcelario se impone como la forma de control selectiva tpica de esta poblacin, quepor un lado participa tangencialmente de las relaciones capitalistas y por otro escapa a laforma de control disciplinario de la fbrica, la escuela y el hospital18. Por medio de la crcelse lograra con ellos una doble funcin:

    1. Su discplinamiento para evitar que quebranten las relaciones jurdicas depropiedad y su obediencia para someter su potencial reivindicativo. La detencinpreventiva constituye la medida por excelencia.

    2. La actividad selectiva de lo carcelario sobre el tipo de poblacin indicado, haceaparecer los ilegalismos de estos sectores como delincuencia. De esta manera:

    - Se esconde el carcter de clase de las desviaciones- Se vela el carcter de clase del sistema penal- Se legitima el control y la represin sobre la marginalidad como mecanismo de

    canalizacin de conflictos y discplinamiento, pero de exclusin al mismo tiempo:la delincuencia.

    18 ROJAS, Criminalidad y constituyente. CINEP, Bogot, 1977.

    PEARSON, A. .La marginalidad y la justicia penal. SER, Bogot, 1978.

    GONZALEZ, I. Nivel social y proceso penal. En Derecho Penal y Criminologa. No. 22, Universidad

    Externado de Colombia.

    GAITAN, Olga. Control Social Operante. Mimeo, Universidad de los Andes, Bogot, 1986.

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    3. Finalmente, se administran diferencialmente los ilegalismos: la crcel para unos,la violencia fsica para otros, las sanciones administrativas para aquellos *

    Los nuevos cdigos penales (1936) y de procedimiento penal (1938), y la ley de vagos ymaleantes (1938 y 1958), consagraron el principio rector que alimenta la funcin arribasealada: la peligrosidad. Se castiga por la sospecha del mal que se puede esperar dealguien. La tipologa del sospechoso la crea el mismo sistema de administracin de justiciacriminal por medio de la seleccin. As muestra la delincuencia escogida como nica, secrea con su clientela el estereotipo del criminal **

    A principios del presente siglo, encontramos entonces el nacimiento legal de la institucinque se encargar del destino de las crceles. Con la Ley 35 de 1914 y el decreto orgnicoel 1557 se cre y seal el camino de la institucin carcelaria, denominada DivisinGeneral de Prisiones y los deberes de su director. Aunque la adscribi al Ministerio de

    Gobierno, un ordenamiento posterior- el Decreto 1422 de 1918 - deleg en losGobernadores de Departamentos, funciones que eran propias de dicho Director. La Ley30 de 1933 sustituy la Seccin de Prisiones del Ministerio de Gobierno, por elDepartamento del ramo. Hasta el ao 1940 la entidad mencionada, cont con tressecciones: Directiva, de Personal y Administrativa. Siendo a todas luces, progresivas lasnecesidades del servicio; a partir de la poca indicada se convirti la institucin enDepartamento del Ministerio de Justicia con el nombre de Direccin General deEstablecimientos de Detencin, penas y medidas de seguridad y funcionaba con lassiguientes secciones: Direccin, Secretara, Jurdica, Control, Tcnica, PlanificacinArquitectnica Carcelaria y Oficina de Patronato. Las obligaciones del personal que lasintegraba se reglamentaron el 12 de mayo de 1956 en la resolucin nmero 1072

    originada del Ministerio de Justicia.EL mayor avance en materia penitenciaria, entonces, lo da el Decreto 1405 de 1934,primer Cdigo Penitenciario Colombiano. Dicho decreto-ley fue expedido por el Gobiernoen ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiri la Ley 20 de 1933,obedeciendo a las necesidades de la dcada de los treinta, caracterizada especialmentepor las ideas progresistas del partido liberal que haba alcanzado el control poltico delEstado Colombiano. Mediante el Decreto 1405, no se efectu ningn aporte en el mbitoestructural sino que vino a adecuar la legislacin penitenciaria nacional a las formulacionesderivadas de la ideologa liberal intervencionista, ms conocida como El DiscursoResocializante; conviene anotar que de los 290 artculos que componan este Decreto,

    * Los sistemas represivos de hecho, generalizados durante la poca de la violencia en ciertas regiones del pas, puedenser un ejemplo de sta coexistencia de control diferenciados y diferenciadores.

    ** Ver las estadsticas sobre criminalidad aparente. Polica Nacional. Criminalidad 25 aos 1958-1982. No. 25.La estadstica presenta el tipo, del perfil del delincuente que coincide con la poblacin llamada marginal".

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    237 fueron insertados luego, casi en su total literalidad, en el Decreto 1817 de 1964, quese constituy en el Cdigo Penitenciario Colombiano hasta el ao 1993.

    El artculo 29 del Decreto 1405 de 1934 dispona que el personal del cuerpo carcelario sedividiera en: Directivo, de administracin, agregado y de custodia. Luego se adicionaron elcientfico, pedaggico, industrial y el de proteccin (Decreto 966 de 1937). Adems, aquelCdigo estableci que el Ministerio de Gobierno sealara el personal de empleados de losramos respectivos, de acuerdo con las normas prescritas en dicha reglamentacin y conlas apropiaciones presupuestales previstas para esos servicios.

    En el Decreto 1716 de 1960, del Ministerio de Justicia, implant una modificacin a laestructura del ramo carcelario, cambiando como primera medida, su nombre por Divisinde penas y medidas de seguridad, as como de las secciones que le correspondan: Elrea jurdica pas a llamarse de Registro y Tramitacin' la Tcnica vino a ser de resea eIdentificacin; la de control, por establecimientos carcelarios, y las de planificacinarquitectnica se sigui denominando Seccin de arquitectura carcelaria. Fueroncreadas: la de Servicios Mdicos y social carcelario (sic) y la de Asistencia Educativa,dependencias de gran trascendencia y cuya prospectacin a todas luces se impona.

    En 1963 se promulga la ley 27, por la cual se conceden facultades extraordinarias alEjecutivo Nacional con el fin de proferir un nuevo Estatuto Penitenciario, que se llamaraDecreto 1817 de 1964.

    El Decreto 3172 de 1968, orgnico del Ministerio de Justicia, le dio competencia a laDireccin General de Prisiones para ejecutar la poltica penolgica del Estado con

    fundamento en que la pena debe tener por fin la reforma del delincuente y su convenientereintegro al ncleo social, debiendo procurar por tanto su defensa, su educacin y sumoralizacin.

    El Decreto 1817 de 1964 en cierta medida fue importante en el desarrollo de la Institucin,pero la dependencia administrativa y el dficit de recursos de todo orden la mostrinoperante durante los aos en que se mantuvo como Direccin General.

    En un foro realizado en la ciudad de Bogot, en el mes de agosto de 1988 y cuyo tema fueLos Derechos Humanos y el Recluso en Colombia, el doctor Jaime Umaa Daz, en suconferencia. El Estado y las Prisiones, expres respecto del tema de la Direccin

    General de Prisiones, lo siguiente:

    La Direccin General de Prisiones no puede continuar siendo un programa ms delMinisterio de Justicia, por eso hemos acogido con entusiasmo, la iniciativa de un grupo deexpertos encabezados y liberados por el Doctor Bernardo Echeverri Ossa, para crear elestablecimiento pblico carcelario, como institucin descentralizada con patrimonio propio,

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    con rgimen administrativo autnomo y con personera jurdica propia. Esteestablecimiento pblico del orden descentralizado debe constituirse en la mayorresponsabilidad de quienes hoy ocupan puestos directivos en la direccin carcelaria paralograr su aprobacin en la actual vigencia.

    El Cdigo 1817 posibilit avances significativos en materia penitenciaria. La situacin delGuardin, por ejemplo, se vio beneficiada. A ella se haba referido el Doctor Echeverri, as:La baja remuneracin de sus servicios, la falta de instrumentacin y de asistencia porparte de sus superiores, fueron factores concurrentes, para estructurar en el guardin unelemento peligroso ms que un vigilante de confianza 19, alusin a una circunstancia queahond la crisis carcelaria y puso en tela de juicio la moral y tica de la institucin,recrudeciendo aquellos problemas a los que el mencionado Cdigo propona comoalternativas de solucin, la capacitacin del personal en la recin fundada EscuelaPenitenciaria, la expedicin de un reglamento, la creacin de la Carrera Penitenciaria, ladotacin y mejoramiento econmico de este personal, entre otras medidas que llevadas ala prctica fueron superadas por la dimensin creciente de necesidades en todos loscampos y la vigencia de condiciones desfavorables que terminaron prevaleciendo, entreellos el problema tico que lleva a la violacin de los derechos humanos, situacinreiteradamente denunciada ante la opinin pblica y demandada ante las instancias

    judiciales. Informacin que circula desde el cine hasta la escuela, a travs de cine foros yconsulta de textos20para asignaturas como Democracia, Espaol y Literatura, etc..

    Otro factor bsico, el de los criterios de clasificacin sealados en el Cdigo de 1964, quese consideran hoy obsoletos para ser aplicados, es por ello que se hace impostergable lacreacin del Centro de Observacin, Clasificacin y Diagnstico, acorde con el SistemaProgresivo, aplazado normativamente para impulsar los programas previstos desde la

    mira preventiva, protectora y asistencial.

    Finalmente, es necesario insistir en que ser vano todo esfuerzo por mejorar las crcelesmientras no existan un control de la sobrepoblacin y una clasificacin cientfica de losinternos; sin los cuales prevalecer la promiscuidad y no se podr organizar el tratamientopara la mayora de la poblacin recluida.

    1.3.7 Hacia la Modernidad Penitenciaria

    La Direccin General de Prisiones al ser un organismo dependiente del Ministerio deJusticia no tena una capacidad de gestin, una autonoma administrativa ni financiera, niun patrimonio y capital propio que le permitiera desarrollar una gestin moderna, eficaz e

    19 ECHEVERRI OSSA, Bernardo. Temas Penitenciarios, Bogot: Escuela Penitenciaria Nacional, 1971, p.30

    20 SALAZAR, Alonso. No nacimos pasemilla. Cap. IV. Medelln: CINEP, 1993. p. 73

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    integrada. Por ello una comisin asesora de estudio de la Unidad de Evaluacin deProyectos, analiz la problemtica, present un proyecto de Decreto 21 que dio comoresultado la transformacin de la Direccin General de prisiones en el Instituto NacionalPenitenciario y Carcelario INPEC, segn los Decretos 2160 del 30 de Diciembre de 1992 y1242 del 20 de julio de 1993, cuyo objetivo fundamental gira en torno a la funcinreadaptadora que minimice la crisis carcelaria y el impulso de una poltica penitenciariaresocializadora que determine cambios actitudinales a partir de los aspectos jurdicos,mdicos, sociales, psicolgicos, espirituales, laborales, educativos, deportivos y laborales.

    El nuevo ente se caracteriza por:

    1 Autonoma a travs de su conversin en Establecimiento pblico adscrito alMinisterio de Justicia y del Derecho, personera jurdica y creacin legal.

    2 Recursos independientes, patrimonio propio y autonoma en la inversin y gastos defuncionamiento del presupuesto nacional y dems recursos.

    3 Descentralizacin administrativa a travs de la organizacin de seis (6) regionales enlas ciudades de: Bogot, Medelln, Cali, Barranquilla, Bucaramanga y Pereira.

    4 Desconcentracin de funciones para que la administracin central fije la polticaindependiente de aquellas actividades de orden operativo.

    Cdigo Penitenciario (Ley 65 de 1993)

    La norma parte del criterio de igualdad, prohbe toda forma de discriminacin,prevaleciendo el respeto por la dignidad humana, las garantas constitucionales y losderechos humanos. Gran reto para sostener en la prctica.

    Siguiendo la tradicin penal de la mayora de los pases, la funcin y finalidad de la pena,adems de proteger y prevenir, se reduce al esquema de "resocializar a travs de untratamiento penitenciario, modelador de la personalidad por medio de la disciplina, eltrabajo, el estudio, la formacin espiritual, cultural y deportiva y la recreacin a los reclusos

    condenados mediante un sistema gradual y progresivo de tratamiento". Modelo iniciadopor Argentina y finalizado por Costa Rica. Adems, la norma destaca que, las medidas de

    21 BONILLA, Fabiola y ACOSTA, Daniel. Proyecto General de la Conversin de la Direccin General de Prisiones

    en Instituto Descentralizado. Direccin General de Prisiones. 1992

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    posiblemente asociado a la incidencia de la desocupacin o vinculacin a la economainformal, consecuencias de la crisis socioeconmica que en este caso deriva en larealidad de una criminalidad joven en el pas.

    El comportamiento de la variable gnero, muestra a la mujer bsicamente comprometidaen el expendio de drogas. El rol y el estereotipo femenino podran ganar menor control, locual explicara el bajo porcentaje (6%) de internas en contraste con la poblacin masculinacomprometida en la comisin de delitos contra la vida y la integridad personal.

    El nivel educativo de la poblacin en estudio sigue siendo bajo, hecho ste, asociado a ladesventaja en el mercado laboral. Sin embargo, persiste el cuestionamiento por la relacinignorancia - delincuencia, en tanto en los centros carcelarios el analfabetismo slo alcanzaen promedio un 8%.

    La unin consensual en la actualidad es el tipo de vnculo en la pareja que se presentacon mayor frecuencia en esta poblacin, especialmente dentro de los grupos etreos ms

    jvenes. Esta dinmica confirma la tendencia presentada en los sectores populares, enquienes predomina la unin libre.

    En la ocupacin de los internos, el tipo de vnculo ms comn es el independiente acuenta propia, con un nivel de capacitacin que se traduce en baja calidad y pocacompetencia para las condiciones de la economa informal, lo que se deriva en larealizacin de actividades de rebusque, en el comercio de productos al detal y serviciospersonales (tramitadores...), con ingresos alrededor del salario mnimo o menos.

    Esta situacin de ingresos afecta de manera directa la condicin de estos hogares, la cual

    empeora cuando quien asuma la jefatura del hogar, era quien ahora es el (la) detenido(a). As, la clula familiar se ve doblemente afectada: en la posibilidad de satisfacer lasnecesidades ms inmediatas de sus miembros y en la posibilidad de proteger a lapoblacin infantil, la ms vulnerable de todas.

    Las condiciones de malo o regular saneamiento ambiental se reflejan en un estado desalud de la poblacin carcelaria que se traduce en enfermedades gastrointestinales yvirales, hecho conocido por los internos y confirmado por los mdicos de los centrospenitenciarios.

    Con relacin a las reas de conflicto, encontramos que a nivel del estado de salud de la

    poblacin carcelaria se ve afectada por la mala o regular situacin de saneamiento bsicoambiental, ya que esta situacin se derivan problemas gastrointestinales y virales entreotros e identificados tanto por los internos como por los mdicos de los centrospenitenciarios.

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    Es as como los factores enumerados, en la vida real se presentan simultneamenteconfigurando desde ya, situaciones lmite en la cotidianeidad del mundo exterior.Situaciones que se recrudecern al interior de la prisin, en su encuentro con los oscurosmatices de la subcultura carcelaria, cuyos efectos desocializadores multiplicaran eldeterioro de una personalidad, que como resultado de este devenir, se venaconstituyendo en uno de los mayores factores de riesgo, para el adecuado desarrollo de lapersonalidad individual y la sana convivencia social.

    El recluso, entonces, podra ser una persona con limitaciones socioeconmicas eintelectuales que en su condicin de interno est agobiado por el hacinamiento, ladesocupacin, el abandono y la falta de metas y de recursos. Pero, de alguna manera, elrecluso tambin puede ser un individuo con un nivel social, desarrollo intelectual, cultural yartstico altos... De hecho, comparten la situacin de encierro en contraste entre eldesarraigo y el deterioro normal y fsico, paralelos al convencimiento de una ideologapartidaria, a la vida antes opulenta por el enriquecimiento ilcito... etc., casos estos ltimosde un nmero reducido de internos.Y es que, la condicin de crisis generalizada de la sociedad colombiana, analizada desdetan diversas fuentes, la observacin simple de la persona comn en las diversascircunstancias de la vida; los informes diarios de los medios de comunicacin crecientes,alarmantes, sobre el generalizado comportamiento delincuencial en todas las esferas de lasociedad. El desconocimiento generalizado de las normas de convivencia, el acoso de lanecesidad por la supervivencia, o, el placer de violar la ley, estn en cada individuorecluido o no enmascarando el egosmo, la necesidad, la ambicin, el poder o la propiaconveniencia, an a costa del fracaso de los otros, de la sociedad.

    An as, debemos afirmar que la nica diferencia de fondo entre la poblacin reclusa y la

    enorme masa de delincuentes impunes que tiene el pas, est en la precaria condicinsocioeconmica e intelectual de gran parte de quienes van a parar a los lugares dereclusin.

    Ciertamente, existen otros grupos de delincuentes ausentes de las crceles no por su altaposicin socioeconmica o por su alta capacidad intelectual, sino por que la sociedad seha acostumbrado a ellos; o por la frecuente impunidad; los delincuentes callejeros queproducen desde un rasponazo hasta un homicidio; la multitud de jvenespermanentemente entregados a los vicios en diferentes reas de la ciudad. En estosltimos, quizs haya una estructura de personalidad realmente diferente, lo mismo que enlos sicarios o en los subversivos entrenados especficamente para la crueldad o que en

    aras de un objetivo humano, han deshumanizado su comportamiento y generado conotros grupos conflictivos (paramilitares, narcotraficantes, etc) la denominada GuerraSucia.

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    Como quiera que sea, el problema de la delincuencia en Colombia es fundamentalmenteproblema de valores, matizado en cada estrato social por sus particulares circunstancias:pobreza, riqueza, ignorancia, ambicin, poder, etc.

    En las crceles del pas, entonces, se congregan diversos tipos de personas:

    Los que se concentran en los grupos marginales (ver tipologa para la clasificacin derecluidos) obedecen a individuos con una capacidad intelectual baja y un manejo de lavida a partir de operaciones concretas que permite deducir su tipologa con un dbilmanejo de la personalidad y una estructura mental no consistente y regularmenteconstruida. Este grupo marginal ha sido entrenado por la vida para oficios y actividadesque no impliquen toma de decisiones, aceptacin de responsabilidades o sujecin anormas estrictas. Dado su comportamiento de agresividad se nota la falta de valores quedirijan el curso de su comportamiento. En estas circunstancias, la actividad diaria escambiante y acomodada a la variacin del entorno o de la emotividad. Por la misma raznno hay un patrn de conducta colectiva motivada por ideales comunes, por valoressociales, cvicos o de solidaridad.

    Los grupos denominados lite,conforman la caracterstica criminal de la delincuenciade cuello blanco; son lderes negativos de procedencia poltica, guerrillera, paramilitar y delnarcotrfico, no hay comunes denominadores en su comportamiento, el manejo social,cultural, econmico e incluso publicitario les confiere cualidades dispersas ya seavituperando, ya sea ensalzando sus comportamientos.

    El grupo tratable, es el ms significativo numrica y cualitativamente, al interior de lascrceles, se trata en su mayora de delincuentes primarios, llegados a esta condicin porun accidente o infortunio, o, presionados por las circunstancias. Esta poblacin presentaideales y necesidad de cambio, puede expresar un bajo factor de inteligencia y deadhesin, y su proceso de socializacin es similar al de cualquier ciudadano corriente conobligaciones sociales. Requieren de una nueva oportunidad.

    Grupo di fcilmente tratables. Este sector social de privados de la libertad con orientacindelictiva por conviccin y/o violenta reincidente, incluye a miembros de bandas, pandillasy drogadictos (sin prevencin), con la tendencia a ignorar las normas, con baja capacidadintelectual, independencia respecto del grupo, bajo nivel de autocontrol, favoreciendo loscomportamientos reactivos, de rebelda incontrolada, de violencia visceral y sadismo. Siagregamos a lo anterior, dificultad para aceptar metas culturales, resistencia a laadaptacin, tendencia a la culpabilidad y la tensin, comprendemos que no es fcilmotivarlos. Puede decirse que tanto la estructura fisiolgica como la psicolgica de estosinternos estn dispuestas para la defensa y/o el ataque.

    Una conclusin importante es que la poblacin marginal, es la que corresponde aldesamparo, sin oportunidades que puede transformarse en difcilmente tratables que

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    2. DESARROLLO DE SISTEMAS Y REGIMENES PENITENCIARIOS

    PREVIOS A LA PROGRESIVIDAD DEL TRATAMIENTO

    A travs de la historia penitenciaria se han generado diversos sistemas, cuya evolucin hadeterminado La organizacin para que el Estado ejecute las sanciones penales queimportan privacin o restriccin de la libertad individual como condicin sine qua non parasu efectividad23y regmenes que comprenden el conjunto de influencias que se renenen una institucin para procurar la abstencin de la finalidad particular que le asigne a lasancin penal con relacin a una serie de delincuentes cronolgicamente integrados24

    Estos sistemas y regmenes vienen extendindose histricamente de acuerdo con una

    clasificacin de perodos que la criminologa identific como las fases vindicativas,expiacioncita, correccionista y resocializante. A modo de resumen, se relacionan losprincipales sistemas y regmenes que han determinado el funcionamiento de loscontemporneos:

    2.1 SISTEMA COMUNITARIO

    A diferencia de los Sistemas Penitenciario modernos, el primero que se conoci es el de lavida en comn y corriente, favoreciendo la promiscuidad y el hacinamiento.

    Es el ms antiguo, pues se conoce desde tiempos inmemorables. Comenz a serreemplazado apenas en el siglo pasado, se tipifica por la constante reunin de losrecluidos da y noche. Contra esa prctica se reaccion al observarse las inconvenienciasde mantener juntas a personas de todas las edades, sexo y condiciones, y el hecho deque la comunicacin sin obstculo entre seres de diferente madurez delictiva, perjudicabaa los menos degradados.

    2.2 REGIMEN FILADELFICO O CELULAR.

    Sistema de aislamiento celular, como consecuencia de la aplicacin del derecho cannico,

    donde prim el carcter de la penitencia (ayuno, privaciones, etc.) Aparece en las coloniasbritnicas en Amrica del Norte (Pensilvania).

    23 GARCIA BASALO, Carlos. Entorno al concepto de Rgimen Penitenciario. Revista de la Escuela de Estudios

    penitenciarios No. 117 (junio 1955). Madrid, Espaa. p. 28.

    24 Ibid

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    Este sistema se caracteriza porque hay encierro completo del prisionero en su celda,separndolo hasta el extremo en que le es imposible conocer a los dems compaeros dereclusin. Durante la permanencia en la prisin, se le designa con el nmero de la celda, yapenas se le permite leer y trabajar en algn oficio. La disciplina es la misma para todos.Su origen lo encontramos en las ideas de Howard, las que sirven a Franklin para que en elao de 1787 funde la Sociedad de Filadelfia y tres aos despus construya la primeraprisin celular, popularizndose as el sistema no solo en los Estados Unidos deNorteamrica, sino en Europa. Existen dos tipos de rgimen de sta naturaleza: el rgido,que mantiene el aislamiento durante las 24 horas del da; y el moderado, que concedecierta libertad de contacto con los dems presos.

    Desde un plano de observacin inmediata puede sealarse el pro y el contra de la formapunitiva, tal como ha sido planteada por sus impugnadores, y por sus defensores.Selense entre sus ventajas: la disciplina, la reflexin y autocrtica; una vez puestos enlibertad no pueden los reclusos reconocerse y asociarse en sus actividades delictivas; laabsoluta imposibilidad de las evasiones; y, desde un punto de vista puramente econmico,el que se reduce el nmero de guardianes, y se evita la construccin de varios edificiospara separar a las distintas clases de penados. La anterior serie de consideraciones nopesan sin embargo tanto como los inconvenientes que aducen sus opositores,principalmente el de la soledad que es contraproducente para la naturaleza humana que lasufre, trayendo la imposibilidad para ejercitar su propia voluntad; incrementa el ocio;induce a pensar sobre nuevas actividades delictivas, desadapta al preso del medioambiente social y predispone a las enfermedades mentales y distorsin de la conducta.

    Entre los que critican este sistema se destaca Ferri, quien lo considera como una de lasaberraciones del siglo XIX. Para el penalista argentino rene estos defectos: es

    incompatible con la naturaleza social del hombre; dificulta la readaptacin del delincuente;importa el sufrimiento cruel; expone al abatimiento; requiere un personal de guardia conactitudes varias y complejas; dificulta tanto la instruccin como el trabajo; origina gastoscuantiosos; no se aviene con la diferente idiosincrasia de los infractores y desconoce quelas legislaciones tienden paulatinamente a limitar la duracin de la condena. Este modelorepresenta en el rgimen progresivo la etapa de seguridad cerrada y los prototipo deconfinamiento severos.

    2.3 REGIMEN AUBURDIANO O MIXTO

    En 1818 se inaugura en Auburn, Estado de Nueva York, un establecimiento penitenciariocon las caractersticas de un rgimen pensilvnico, en 1821 asume la direccin en esecentral ELAM LINDS, creador de este sistema. quien considera al castigo corporal como elms eficaz y el de menor peligro para la salud de los penados.

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    Este rgimen presenta los siguientes caractersticas: rgida disciplina, trabajo en comndurante el da , silencio absoluto y separacin completa en la noche, severo rgimen decastigos y aplicacin de penas corporales. Se le da relevancia al estilo de vida militar, deah la uniformidad de las celdas y del rgimen cotidiano.

    Se le asignan las siguientes ventajas: facilita la organizacin del trabajo, el silencio evita elintercambio de ideas entre los presos y se adapta a la naturaleza sociable del hombre. Entanto muchos son los inconvenientes que se le han anotado, entre los cuales se destacan:la obligacin del silencio que comporta un suplicio; agudiza la severidad de los castigosque pugnan con los propsitos perseguidos con la represin.. Por lo dems, la exigenciadel silencio genera entre los reclusos una comunicacin entre s, creando la jerigonza y losgestos, gestores de los cdigos carcelarios. Sobre est objecin se pronuncia Herboso, aldecir: no negamos que la reunin de estos individuos entre s, una vez licenciados delestablecimiento, sera mala y convendra evitarla; pero hay que recordar que los malvadosno lo son por haberse asociado a otros, sino que se asociaron a los otros porque en ellosencontraron los mismos instintos que en si mismos25. Este autor est entre los quecierran filas al lado de los defensores del mtodo auburniano, pues observa como a simplevista resalta la exageracin y pasin de los que lo atacan; y que no debe abandonarse,sino introducrsele algunas modificaciones para que pueda servir al fin deseado. Creemosque los inconvenientes del mtodo pesan mucho ms que las bondades que se le hanquerido atribuir. Sirvi este modelo como precursor del rgimen penitenciario actual.

    2.4 REGIMEN IRLANDES

    Surge este rgimen en 1828 impulsado por el Ministro francs de la Marina Hyde deNeuville, el cual ms tarde en 1840, Maconochie lo aplicara en la Isla de Norfolk comoSistema Progresivo de Neuville, bajo la modalidad de medir la duracin de la penadeterminada por el trabajo y la buena conducta; sin embargo, Walter Crofton,perfeccion el Sistema y lo aplic en Irlanda conjugando aspectos de regmenesanteriores, considerando la conducta como motor de estmulo a la libertad. Parte delaislamiento del Rgimen filadlfico y de acuerdo con el comportamiento pasa alrgimen denominado Auburbiano, el cual es dividido en cuatro fases:

    - Superacin , rendimiento laboral y buena conducta- Libertad preparatoria, trabajo externo y encierro nocturno- Libertad condicional, vigilancia penitenciaria peridica- Libertad total, sistema de vales o boletas, constituido en el ttulo para obtener los

    beneficios de la libertad.

    25 HERBOSO, Francisco. Estudios Penitenciarios. Buenos aires, 1968. p. 68

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    2.9 SISTEMA DE CLASIFICACION

    Fue creado en Francia a mediados del pasado siglo. Puede decirse que constituye un

    estado de transicin entre el aislamiento completo del preso y el de la comunidad. Agrupaa los reclusos segn la gravedad y naturaleza de su falta, as como el tiempo de duracinde la pena. Cada categora habita una zona del edificio, independiente de las otras, esdecir, que estn homicidas con homicidas, ladrones con ladrones, etc. El rgimenpenitenciario espaol tiene como primera etapa en la evolucin de sus prcticascarcelarias precisamente esta clasificacin, que es un punto intermedio entre lapromiscuidad y la individualizacin del tratamiento. De l se ocup el cdigo de lasPartidas, en el que fu consagrado, tomado en cuenta la clase social a que perteneca eldelincuente. Sus rasgos generales los deriva de los sistemas primitivos (Comunidad,Filadlfico y Mixto). Dichas caractersticas son: reunin de los penados por grupos, segnla naturaleza del delito, la duracin de la condena, el sexo y la edad. Se destaca ste

    mtodo por la relatividad de las distinciones antes dichas.2.10 REGIMEN DEL PANOPTICO

    Una mirada retrospectiva nos remite al modelo clsico de institucin penal: el Panptico,considerado como una mquina de castigo y vigilancia, diseada circularmente y provistade una torre central que cumpla con su objetivo de observacin y control de las rutinas.Institucionalizado por BENTHAN, legaliz la privacin de libertad como sancin penalsobre el suplicio, en aras de proteger la propiedad privada. Su poder se sustent en lasdisciplinas, y de ellas obtuvo su carcter de INSTITUCION TOTAL:

    1. Obedecer para ser dcil2. Obedecer para ser til3. Adquirir hbitos, propios de la subcultura carcelaria4. Asumir la estigmatizacin que la sancin social comporta5. Llegar a la adaptacin como medida de supervivencia6. Vivir en tensin hasta recuperar la libertad, como estrategia de control

    El panptico, entonces, se erigi en sitio de observacin y control de rutinas y adems enel lugar que al convertir al recluido en objeto de estudio, permiti un desarrollo del sabercriminolgico, en la medida en que posibilit el acceso a la realidad de la hostilidad en elcontrol y en el castigo, posibilit una aproximacin a las realidades del juicio, del

    estereotipo, etc.2.11 REGIMEN PROGRESIVO

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    A mediado del pasado siglo, aparecen los REGIMENES PROGRESIVOS, caracterizadosporque poco a poco atenan el rigor de la sancin, buscando la satisfaccin de lasnecesidades bsicas y realizacin personal del penado.

    Servidumbre penal inglesa.El tiempo de la condena se dividi en tres grados,a travsde los cuales pasa el recluido, siempre que demuestre buen comportamiento. Un primergrado lo constituye el rgimen Filadlfico; el segundo, el de Auburn; y el tercero, el de lalibertad anticipada (ticket of leave), que se puede perderse por mala conducta.

    En Irlanda, Sir Walter Croffton, otro de los destacados precursores que ha tenido elPenitenciarismo, para evitar el estado de cosas imperantes, tom como medida queconstituy un importante paso haca el mejoramiento de las instituciones carcelarias, laimplantacin de la libertad condicional. Tuvo que aceptar como mal necesario el que sesiguiera el sistema de comunidad, puesto que el aislamiento individual era imposible por lainsuficiencia de las prisiones en su pas. Para compensar esto, implant la concesin devales a los reclusos, los cuales se otorgaban de acuerdo a su conducta , trabajo y estudio,de manera que de acuerdo con un nmero logrado variaba el tratamiento y abra laspuertas de la libertad bajo condicin. Lleg inclusive a otorgar licencias a los presidiarios.

    El rgimen Progresivo propiamente, es conocido por las denominaciones de irlands o deCroffton, est basado en el conocimiento y control disciplinario del interno "preso" paraobtener paulatinamente su libertad, se divide en los siguientes cuatro perodos:

    - El Celular continuo, con dos fases: una de completo silencio y alimentacin disminuida,y otra en que suaviza lo anterior. SE basa en el rgimen filadelfco

    - El que se puede identificar con el sistema Auburn. Originario de la penitenciara

    - El de prisin intermedia, con trabajo fuera del establecimiento.

    - El de libertad condicional, esencialmente vigilada.

    Entre las ventajas que se le han indicado, se resaltan: los estmulos para la buenaconducta; la readaptacin social; el no desarrollar bruscamente el paso de uno a otroperodo, (fases graduales sucesivas); se presta menos al contacto de unos y otros; esdifcil la simulacin; e incrementa el trabajo.

    El sistema Irlands subsigue al de servidumbre penal inglesa y agrega a ste un gradoms. As mismo el trabajo al aire libre del segundo perodo, se desarrolla sin silencio.Aquel es tomado del que desarroll el espaol Montesinos, quien en 1836 ya habaaplicado su mtodo en la crcel de Valencia,partiendo desde la utilizacin de las viejascadenas, hasta llegar al implantamiento del trabajo libre y las salidas a la calle.

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    Alexander Manocochie, tuvo un interesante ensayo de rgienprogresivo en la ColoniaInglesa en el continente de Australia, que gener la colonizacin de este territorio. Elproceso consisti en tres etapas:

    1. Aislamiento bajo el sistema filadlfico2. Mixto (comunal y aislamiento) de acuerdo al rgimen Auburniano.3. Prelibertad, cuyo sistema se bas en tiquetes (boletas).

    El penalista uruguayo Irureta Goyena, citado por Peco, nos presenta el rgimen progresivocomo una pirmide, cuya base se haya formada por la reclusin celular, su cspide por lalibertad condicional y de los planos intermedios por formas neutras de prisin, porparticipacin de uno y otro. El profesor argentino, por su parte, le atribuye las siguientesventajas: es un rgimen neutral, estimula la buena conducta, previene ciertasenfermedades, y es una piedra de toque sobre el carcter del recluido. Seala entre lasobjeciones que se le han hecho las siguientes: facilita lasimulacin para el logro de lalibertad condicional, alimenta la codicia del Estado para explotar el trabajo de lospenados, fomenta la comunicacin de proyectos y empresas criminales y menoscaba laintimidacin de la pena. Para el mismo autor todas estas crticas no son obstculo: Nopodemos decir que se cumpla el rgimen progresivo, pues an siendo como es, simplepaso transaccional haca una ms depurada praxis ejecutiva, se amolda bastante a lacondicin psicofsica del delincuente.

    Entre los defensores del mtodo progresivo, considerando genricamente, tenemos elfrancs Cannat, para quien, por basarse en la recompensa a los esfuerzos, es unprimersimo medio de accin encaminado a obtener enmienda de los condenados. Laventaja del acceso de un perodo a otro, permite dirigir el esfuerzo comn hacia losmejores. Agrega el autor citado que el rgimen progresivo adquiere un valor indiscutible alpermitir depositar la confianza en el prisionero, y que, as en el trabajo y en la escuela,impone la necesidad del contacto directo de ciertas personas con l.

    Conviene considerar desde el plano ms realista el sistema comentado, sobre lo que hay,en relacin con lo que debe haber. Vemos que en Colombia, el Cdigo de RgimenCarcelario y Penitenciario, da paso a que se aplique un rgimen de clasificacinprogresiva. Las modalidades propias del rgimen Penitenciario Progresivo han sidoacogidas por el legislador colombiano, tmidamente y parcialmente desde CdigoCarcelario de 1934, expresa totalmente en el ao 1964, dentro de ste se hallan losartculos 136, 269, 306, 313, 344, como muestras de la concreta consagracin de talprincipio, que desafortunadamente no fue llevado a la prctica, la reforma normativa en laLey 65 de 1993, da grandes opciones al desarrollo de la progresividad del tratamientocomo sistema, lo que implicara superar su exclusivo ejercicio jurdico.

    Gran nmero de crceles de todos los pases han combinado diversos sistemas yregmenes, acomodando su capacidad y recursos a las circunstancias, se consideran

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    4. Rg. Panptico Disciplinas (poder)Legal-Ley

    Proceso pblico

    Proporcional

    Cre un sabercriminolgico

    Edificio circular para observar

    Panptico: sitio de controldonde se administraformalmente la rutina.

    Poder (disciplinas):1. obedecer-dcil2. Obedecer-til3. Habituarse a la subcultura4. Estigmatizarse5. Adaptarse- desintegrarse6. Tensionarse (control) porsalir

    Rutinas del control

    Panptico:Mquina -castigo

    -vigilancia- ejercicio

    - control

    5. Rg. Irlands Basado en la conducta - 1840.Mide la pena:TrabajoConducta

    - 1869. Reformatorio de Emiraen

    New York- Sistema de vales

    Promiscuidad

    RESOCIALIZANTE O

    CONTEMPORANEA

    Educar en sociedad Tratamiento La sociedad en crisis

    6.1 SistemaReformatorios

    Estmulos porconducta y trabajo

    Socializacin de las relacionespr