Tratamiento Fiscal a los Productos de Seguros
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Tratamiento Fiscal a los
Productos de Seguros
Febrero 2015
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Que al término de la plática los
participantes hayan aclarado todas las
dudas respecto del tratamiento fiscal a
los productos que comercializa SMNYL
Objetivo
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Ley del Impuesto Sobre la Renta
PERSONAS MORALES
• Art. 27 fracción XI Deducción Previsión Social
• Art. 27 fracción XII Deducción Técnicos o dirigentes
PERSONAS FISICAS
• Art. 93 fracción XXI Ingresos exentos
• Art. 133 Cálculo del ingreso por intereses
• Art. 135 Retención de ISR por intereses pagados
• Art. 142 fracción XII Ingresos gravados por estímulo fiscal
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Ley del Impuesto Sobre la Renta
• Art. 142 fracción XVI Retención ISR por indemnizaciones
• Art. 142 fracción XVIII Ingreso por planes personales de retiro y retención por retiro anticipado
• Art. 145 5° párrafo Retención de ISR por estímulo fiscal
• Art. 151 fracción V Deducción plan de retiro
• Art. 151 fracción VI Deducción Gastos Médicos
• Art. 151 último párrafo Límite deducciones personales y estímulo fiscal
• Art. 185 Estímulo fiscal por retiro
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Reglamento de la Ley del ISR
PERSONAS MORALES
• Art. 41 Gastos médicos para familiares del trabajador
• Art. 44 Seguros Técnicos y dirigentes
PERSONAS FÍSICAS
• Art. 210 Retención opcional ISR
• Art. 279 Requisitos de deducibilidad del estímulo fiscal
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Tipos de productos que
comercializa SMNYL
SMNYL
• Pólizas de
seguros
• Vida
• Gastos
Médicos
Mayores
• Administración
de dinero
• Planes
personales
de retiro
• Individual
•Grupo
• Individual
•Grupo
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Gastos Médicos Individual
• La prima es deducible de impuestos (Art. 151 frac. VI LISR) para la
persona física
• El monto total de las deducciones no podrá exceder de 4 salarios
mínimos anuales o del 10% del total de ingresos, el que resulte
menor (Art. 151 último párrafo).
• El beneficiario tiene que ser el propio contribuyente, su cónyuge o la
persona con quien viva en concubinato, sus ascendientes o
descendientes en línea recta
• Los gastos médicos no cubiertos por la póliza son deducibles de
impuestos para la persona física
• En caso de cancelación de la póliza, no hay cálculo de impuesto
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Gastos Médicos Grupo
• La prima es deducible de impuestos (Art. 27 frac. XI LISR)
para la persona moral
• Los beneficios del seguro pueden ser para el empleado,
cónyuge, la persona con quien viva en concubinato,
ascendientes o descendientes en línea recta
• En caso de cancelación de la póliza, no hay cálculo de
impuesto
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Tipos de seguros de Vida que
comercializa SMNYL
Seguros de
Vida
Individual
Fallecimiento
Supervivencia
• Temporales
• Ordinario de Vida
• AVE’s
• REALIZA
•Hombre clave
• Dotales
• Imagina Ser
• Nuevo Plenitud
• Segubeca
• Vida Mujer
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Ordinarios de Vida y AVE’s
Contratante
Paga
Primas
Beneficiario
Contratante
Misma póliza
NO proceso ISR
SI proceso ISR
NO proceso ISR
AVE’s
SMNYL
Crea las Reservas
técnicas
SMNYL paga la
Indemnización
Rescate
Pago prima
del fondo
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Operación práctica de Realiza
Invierte Administra
fondos
SMNYL paga
Indemnización
más fondo
Beneficiario
Retiro de fondo Contratante
Costo de
seguro
NO proceso ISR
SI proceso ISR
NO proceso ISR
Contratante SMNYL
Misma póliza
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Operación técnica de Realiza
Contratante
Paga primas
SMNYL
Crea
Reservas
SMNYL paga
Indemnización Beneficiario
Rescate Contratante
Costo de
seguro Misma póliza
NO proceso ISR
SI proceso ISR
NO proceso ISR
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Vida Individual (fallecimiento)
• Las primas no son deducibles de ISR para la persona física
• En la indemnización no hay retención de ISR
• En caso de rescate, se estará a lo siguiente: Si el asegurado es diferente al contratante, no está
regulado por lo que no hay cálculo de ISR Si el asegurado es el mismo que el contratante, la
aseguradora debe efectuar el calculo para determinar si hay retención de ISR sobre el interés real y enterarlo a la SHCP
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Ejemplo de retención de ISR en
Vida Individual (fallecimiento)
Prima de inv. Importe Inflación Prima
Fecha dólares T.C. pesos actualizada
1-Ene 1,000 10 10,000 5% 10,500
1-Dic 1,000 11 11,000
Importe a pagar al rescate 11,000
Total primas de inversión actualizadas 10,500
Interés real (deducible) 500
Tasa de ISR 20%
Impuesto a retener 100
Tipo de cambio 11
Impuesto en dólares 9
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Finiquito de Valor en Efectivo
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Seguros de Técnicos o Dirigentes
• El objetivo es resarcir al patrón por la disminución que en la productividad pudiera causar la:
Muerte
Accidente
Enfermedad
• Debe haber un plan con el procedimiento para fijar el monto de la prestación
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Seguros de Técnicos o Dirigentes
• Prima deducible de ISR (Art. 27 frac. XII) siempre y cuando se cumplan los requisitos del artículo 44 del Reglamento de la Ley
• Contratante y beneficiario deben ser el mismo (irrevocable)
• Cobertura de fallecimiento, accidente o enfermedad
• Seguros temporales no mayores de 20 años y prima nivelada
• El asegurado debe ser empleado o socio industrial de sociedades de personas o en comandita por acciones
• En caso de rescate o indemnización el dinero se paga al contratante, quien debe acumular a sus demás ingresos
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Vida Grupo y Colectivo
• Las primas son deducibles de ISR (Art. 27 frac. XI)
• Indemnización exenta si el pago es para el empleado (a), su
cónyuge, concubina (o), ascendientes y descendientes en
línea recta
• Si el pago es a cualquier otra persona se debe retener el 20%
del importe de la indemnización (Art. 142 frac. XVI)
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Tipos de seguros de Supervivencia
que comercializa SMNYL
No deducibles
Deducibles
• Dotales
• Imagina Ser
• Nuevo Plenitud
• Segubeca
• Vida Mujer
• Imagina Ser
• Nuevo Plenitud
Seguros de
supervivencia
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Supervivencia NO deducible
• La prima NO es deducible de ISR en Dotales preestablecidos
ni planes de retiro que NO estén basados en la Ley del ISR
(Vida Mujer, Segubeca, Nuevo Plenitud No Deducible,
Imagina Ser No Deducible)
• En caso de cancelación de la póliza o al llegar al vencimiento,
se estará a lo siguiente:
Si el asegurado es diferente al contratante, no está
regulado por lo que no hay cálculo de ISR
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Supervivencia NO deducible
• Si el asegurado es el contratante y tiene 60 años de edad y 5
años con la póliza, el pago que se le haga está exento de ISR
(Art. 93 frac. XXI LISR)
• Si el asegurado es el contratante y no tiene 60 años de edad
o 5 años con la póliza, el pago que se le haga está gravado
de ISR (Art. 133 LISR). La aseguradora debe efectuar el
calculo para determinar si hay retención de ISR sobre el
interés real y enterarlo a la SHCP (Art. 135 LISR y 210
RLISR)
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Ejemplo de retención de ISR en
Supervivencia NO deducible
Prima Tipo Importe Inflación Prima
Fecha de inversión cambio pesos actualizada
1-Ene 1,000 10 10,000 5% 10,500
1-Dic 1,000 11 11,000
Importe a pagar al vencimiento 11,000
Total primas actualizadas 10,500
Interés real (deducible) 500
Tasa de ISR 20%
Impuesto a retener 100
Tipo de cambio 11
Impuesto en dólares 9
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Características de Supervivencia
no deducible
• Prima de ahorro
• Prima de fallecimiento
• Edad de retiro
• Retención ISR por retiro
• Retención por
cancelación
• Indemnización por
fallecimiento
• No deducible
• No deducible
• 55, 60, 65 y 70 años
• 55 – 20% sobre interés real
• 60 65 y 70 años no hay
retención
• Igual que por retiro
• No retención de ISR
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Seguros para retiro (estímulo
fiscal)
• Deducible solo para el asegurado persona física hasta $152,000.00 para el 2015 (Art. 185 ley del ISR) de la prima de ahorro
• El monto total de las deducciones no podrá exceder de 4 salarios mínimos anuales o del 10% del total de ingresos, el que resulte menor (Art. 151 último párrafo).
• No son deducibles las coberturas de fallecimiento e incapacidad
• Los pagos por fallecimiento e invalidez antes de llegar a la edad de retiro están exentos de ISR
• Cualquier pago por rescate o de la cobertura de supervivencia que se le haga al asegurado o a sus beneficiarios se debe retener el 35% de ISR para 2015 (Art. 145 5° párrafo LISR)
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Características de Supervivencia
deducible
• Prima de ahorro
• Prima de fallecimiento
• Edad de retiro
• Retención ISR por retiro
• Retención por cancelación
• Indemnización por fallecimiento
• Deducible $152,000 (*)
• No deducible
• 55, 60, 65 y 70 años
• 35% del importe a pagar
• Igual que por retiro
• No retención de ISR (*) Topado en Art. 151 último párrafo
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Plan Personal de Retiro (PPR)
• Aportaciones deducibles: 10% de los ingresos acumulables con tope máximo de 5 salarios mínimos anuales del área geográfica (Art. 151 fracción V LISR)
• El monto total de las deducciones no podrá exceder de 4 salarios mínimos anuales o del 10% del total de ingresos, el que resulte menor (Art. 151 último párrafo).
• La edad de retiro es a 65 años.
• A la edad de retiro el pago en una exhibición (exentos 90 smg. Por el excedente 20% retención de ISR).
• Retiro anticipado hay dos cálculos de ISR.
• En caso de fallecimiento antes de la edad de retiro, los beneficiarios deben acumular a sus demás ingresos
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Características de IS +
Plan Personal de Retiro
• Aportación para el retiro
• Prima de ahorro
• Prima de fallecimiento
• Edad de retiro
• Retención ISR por retiro
• Pago por cancelación
• Pago por fallecimiento
• Deducible 10% Ing acum.
ó 5 Salarios mínimos (*)
• No aplica
• No aplica
• 65 años
• 20% por excedente de 90
smg
• Ret 20% int real en póliza y
20% total a pagar
• 20% del total a pagar
(*) Topado en Art. 151 último párrafo*) Topado en Art. 151 último párrafo
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Diferencias entre los tres planes
Concepto No deducible Deducible IS + PPR
Aportación
para retiro No aplica No aplica
10% Ing acum ó
5 Sal mínimos (*)
Prima de ahorro No deducible $152,000 (*) No aplica
Prima de fallec No deducible No deducible No aplica
Rescates 20% int real 35% del total 20% int real y
20% del total
Edad de retiro 55, 60, 65 70 años 55, 60, 65 y 70 años 65 años años
Pago por
fallecimiento No hay retención No hay retención
20% del total
a pagar
Pago por retiro 60 65 años
no aplica
35% del importe
a pagar
20% al excedente
de 90 smg
(*) Topado en Art. 151 último párrafo