Tramites de Inscripcion

18
TRAMITES DE INSCRIPCION- MARCO JURIDICO DE LAS CRA. LIC. ANGELINA PERALTA INSTITUTO DEL INMACULADO CORAZON DE MARIA "ADORATRICES" SEXTO AÑO “A” GESTION ADMINISTRATIVA 4 DE NOVIEMBRE DE 2013

Transcript of Tramites de Inscripcion

Page 1: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA4 DE NOVIEMBRE DE 2013

Page 2: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

INSCRIPCION ANTE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

PERSONA JURIDICA

El alta de los impuestos de la Administración Nacional de Ingresos Públicos, AFIP, se realizan mediante Internet, con número de CUIT y “Clave Fiscal”, los cuales, se deben obtener en la Agencia que corresponde al domicilio fiscal del contribuyente. Presentando el Formulario 460/F si se trata de una Persona Física o el Formulario 460/J si se trata de una Persona Jurídica. En los citados formularios se deben consignar:

Datos personales, tales como apellido, nombre, apellido materno, domicilio, fecha de nacimiento, etc.

Código y denominación de la actividad que pretende desarrollar Mes de cierre del ejercicio, tener en cuenta que las Personas Físicas deben consignar Diciembre. Denominación y Código de los impuestos y regímenes de retención y percepción a los que

pretenden inscribirse, por ejemplo:

1. Impuesto al Valor Agregado IVA (030).2. Impuesto a las Ganancias (0110).3. Impuesto sobre los bienes Personales (180).

Documentación a presentar

1. Argentinos nativos o naturalizados: Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica ó Libreta de Enrolamiento.

2. Extranjeros que posean documento nacional de identidad: Original y Fotocopia del mismo.3. Extranjeros con residencia en el país incluida la temporaria o transitoria que no posea

documento nacional de identidad: Original y fotocopia de pasaporte. Cédula del Mercosur o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección de Migraciones y donde conste el carácter de su residencia.

En todos los casos se deberá acreditar la existencia y veracidad del domicilio fiscal denunciado, adjuntando 2 de las siguientes constancias:

1. Certificado de domicilio extendido por la autoridad policial.2. Acta de constancia notarial3. Fotocopia de alguna factura de servicio público a nombre del contribuyente responsable.4. Fotocopia del Título de propiedad o contrato de alquiler o “leasing” del inmueble cuyo

domicilio denuncia.5. Fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el

solicitante sea el titular de tales servicios.

Página 2 de 12

Page 3: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

6. Fotocopia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad se ejecute en inmuebles que requieran la misma.

En casos especiales o cuando circunstancias particulares lo justifiquen, la AFIP que intervienen, puede requerir y/ aceptar otros documentos o comprobantes que, a su juicio, acrediten fehacientemente el domicilio fiscal denunciado.Una vez que obtuvo el número de CUIT, el solicitante debe pedir la correspondientes “Clave Fiscal“.La “Clave Fiscal” es una contraseña personal que otorga la AFIP, una vez obtenida debe ser cambiada por tratarse de una clave que obligatoriamente utilizara el contribuyente para identificarse y poder realizar los trámites por Internet, como por ejemplo: presentación de declaraciones juradas, pagos, consultas, solicitar altas y bajas de impuestos o regímenes, etc.Luego de realizada la inscripción en la AFIP y con su número de “Clave Fiscal” ingresa a la página del organismo, realiza el cambio correspondiente de su “Clave Fiscal” ya que el sistema se lo solicitará en forma automática, sale y vuelve a ingresar al sistema para realizar el alta en los impuestos y/o regímenes.Antes de dar el alta de los impuestos se debe tener habilitados los nuevos servicios, para poder hacerlo tanto para el usuario como para las personas representadas, deberá:

Ingresar a la página de la AFIP afip.gov.ar Nº CUIT con “Clave Fiscal“. Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea

Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.

Seleccione la opción “Adherir Servicio” Opción AFIP / Servicios Interactivos” Desde la opción “Buscar” el sistema le permitirá elegir el servicio a habilitar. Recuerde que ciertos

servicios exigen que el usuario tenga un mínimo nivel de seguridad. Seleccione la opción “Confirmar”. En el campo “Representante” presione “Buscar” y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a

quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.

Presione el botón “Buscar”. Tilde la opción “El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)” sólo en caso que corresponda. Si todos los datos son correctos, presione el botón “Confirmar”, para la habilitación de la relación. Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E. Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú

principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.

Esos pasos se deben repetir cada vez que el contribuyente necesite tener habilitado un nuevo servicio para poder operar con él como por ejemplo: Altas o bajas de impuestos, Presentación y/o pagos de declaraciones juradas, Mi simplificación, Padrón de contribuyentes, etc.

Página 3 de 12

Page 4: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

Ahora bien como el tema es el alta de impuestos debe seguir los pasos y habilitar el servicio “Sistema Registral”, luego salir del sistema y volver:

1. Ingresar a la página de la afip.gov.ar2. identificarse con su CUIT y “Clave Fiscal“3. Opción “Sistema Registral”4. Opción “F420/T Alta de Impuestos/Regímenes”.5. “Alta de Impuestos”

Formulario 960 de AFIP de exhibición obligatoria en el lugar de pago del cliente

El mismo debe presentarse en forma obligatoria en el lugar de pago del cliente.

1 – Formulario 960. Cartel de exposición – Reclame su factura.

2 – Certificado de adhesión o de Opción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

3 - Exhibir siempre en la vidriera del local, junto a la correspondiente constancia de opción, el comprobante que acredite el pago, salvo en los casos en que pertenezca a algún régimen relativo al débito automático.

4 – Exhibir el último comprobante que acredite el pago de los ingresos brutos.

5 – Contar siempre con el Talonario de Facturas a mano.

Si se cuenta con un Controlador Fiscal, exhibir, según el caso:

1 – Constancia que acredite el reempadronamiento.

2 – Constancia de adhesión realizada a través de internet.

3 – Formulario F 445 / E

Si se cuenta con una máquina registradora, exhibir:

1- Formulario F 445 / B.

2- Certificado de admisión en el Registro.

Fuente: AFIP

Página 4 de 12

Page 5: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

INSCRIPCION EN LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

¿Qué requisitos habrá que cumplir para efectuar el trámite de alta del impuesto a los Ingresos Brutos de Córdoba?

Para realizar el alta del impuesto a los Ingresos Brutos de Córdoba, habrá que descargar el FORMULARIO DE INSCRIPCION INGRESOS BRUTOS CORDOBA

Las personas físicas tendrán que exhibir la documentación citada a continuación:1. En caso de ser Contribuyente Local, el Formulario F 298, por duplicado, con la firma

autenticada en una de las copias.2. Si se trata de un Convenio Multilateral, el CM01, por triplicado, con la firma autenticada

en dos de las copias.En dichos formularios deberá figurar el domicilio que corresponde a la actividad primordial.

Si se solicita estar comprendido en el Régimen Intermedio o Especial, se deberá adjuntar el Formulario F 298, inscripto por el titular. Dicho formulario tendrá que exhibirse junto al Inventario de Bienes de Cambio, y además, el informe que corresponde a los Bienes de Uso actual, a partir de haber iniciado la actividad.

El Formulario F 291, el cual deberá presentarse por duplicado, y tendrá que ser firmado por el titular en, por lo menos una de las copias. Dicho formulario tendrá que contar con el domicilio individual del titular.

El original y una fotocopia, la cual tendrá que estar constatada, de la documentación que se cita a continuación:

1. El Certificado de alta de AFIP, Formulario 460/F, o la Constancia de Opción, Formulario 184. Este último es indispensable si se selecciona el Régimen Fijo.

2. Documento Nacional de Identidad del titular, y del cónyuge, en caso de corresponder.3. Una boleta de algún servicio público.4. Un extracto de la tarjeta de crédito, un recibo de compra-venta, o la escritura de una

propiedad.5. El contrato de renta, o de venta, en el cual conste el domicilio real del titular.6. Los recibos de la tarjeta de crédito, y de los servicios públicos, mencionados

precedentemente, se tendrán en cuenta siempre que cuenten con el nombre del titular, y que no hayan superado los 3 meses de emisión. Si el servicio público está a nombre de un tercero, se tendrá que verificar la relación del mismo con el titular del referido impuesto.

Se deberá autenticar la firma, mediante una entidad policial, una institución bancaria, un escribano público, un juez de paz, o aquel que esté a cargo de la presente Dirección.

Los Formularios que se exponen no podrán presentar ralladuras ni modificaciones, salvo que éstas estén avaladas mediante una firma del respectivo titular.

Los contribuyentes que realicen la solicitud del Régimen General Intermedio, o el Intermedio Superior, tendrán la posibilidad de realizar el cambio que corresponda, al Régimen Especial Fijo, o al Intermedio, siempre que estén habilitados para tramitar dicho

Página 5 de 12

Page 6: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

cambio. El mismo lo podrán efectuar hasta el momento del último plazo de la Declaración Jurada, o de la situación que corresponda, a la fecha establecida en el año, en el mes de Enero, o bien, durante el transcurso de los 15 días luego de haber realizado el referido cambio. En cualquiera de los casos, se tendrá que verificar mediante los certificados de cambio.La nueva catalogación obtenida, comenzará a regir, en caso de corresponder, a partir del comienzo del año en curso, o bien, a partir del primer día del mes posterior al del momento en que se efectuó dicha modificación, siempre que la misma se realice luego de que finalice el plazo de la Declaración Jurada, o de la situación que corresponda al mes de Enero.

Se tendrá que exhibir la Declaración Jurada correspondiente al Formulario F 298, adjuntando los códigos que refieren a la actividad que realizan, como así también, el carácter que revisten frente al IVA. Y especificar los locales que utilizan para dicha actividad.

El Inventario correspondiente a los Bienes de Cambio, con un valor equivalente al de la restitución, al primer día de enero, o al iniciar la actividad del pertinente año, o bien, a la fecha en que se produjo el cambio de situación, o en que se modificó el régimen de adhesión. En el mismo se tendrá que indicar, en cada rubro o sub-rubro correspondiente a las mercaderías, cuáles son los respectivos bienes, en su totalidad. Y también cuánto es el importe total.

El Inventario correspondiente a los Bienes de Uso, señalando la fecha en la que se realizó la compra, y el importe de mercado, al primer día de Enero, o al iniciar la actividad, referida al año del cual se está tributando, o bien, a la fecha en que se modificó el régimen referido a la tributación. De tratarse de rodados, habrá que señalar el Nº de dominio y el modelo del mismo.

La Declaración Jurada que corresponde al último vencimiento, realizada para los Aportes y las Contribuciones referidas al Régimen de Seguridad Social, revistiendo la calidad de empleador.

En caso de no contar con empleados, habrá que entregar la Declaración Jurada en la que se señale tal circunstancia.

El Certificado de alta en el IVA, de corresponder, y el de adhesión al Monotributo, para aquellos que se insertan en el Régimen Especial Fijo, el cual no podrá tener más de un mes de emitido.

Certificado de los ingresos equivalentes al período fiscal transcurrido antes de la solicitud para catalogarse en el régimen. Los mismos pueden ser exentos, gravados, o no gravados, y tendrán que estar especificados, mediante la acreditación de los ingresos, o junto a una copia.

El libro del Impuesto al Valor Agregado, presentando su original, a fin de ser acreditado. Título del Automotor de cada vehículo que se use para realizar la actividad de prestación

de servicios de micro escolar, remis, o taxi. Dicho título debe ser gestionado por el Registro Nacional de Propiedad de Automotor.

Página 6 de 12

Page 7: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

Título que habilita al propietario de un gimnasio a ejercer su actividad. La Resolución emitida por la Agencia de Córdoba Turismo SEM, o una Constancia

Municipal que habilite la actividad de albergue, hoteles, etc., a fin de acreditar la disposición de hospedaje.

En el Formulario F 298, habrá que señalar los siguientes datos:

En el Rubro Nº 2, b): Nombre y Apellido, y tipo y Nº de documento de aquellos empleados del sujeto tributario.

En el Rubro Nº 2, c): detallar la forma en que opera el comercio. En el Rubro Nº 2, d): detallar el domicilio del local en el que se realiza la, o las respectivas

actividades.

Pago del impuesto: se debe aclarar que el impuesto a los Ingresos Brutos de Córdoba deberá ingresarse todos los meses, desde el día 14.

Recategorización: cada 6 meses.Para efectuar la Reinscripción del impuesto a los Ingresos Brutos de Córdoba, los

contribuyentes tendrán que señalar el Nº precedente y cumplir con las condiciones solicitadas antes mencionadas.

Quienes deseen solicitar la Constancia de alta al impuesto a los Ingresos Brutos de Córdoba, tendrán que acceder a la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba www.cba.gov.ar, donde se gestionará el Formulario de dicho impuesto, Formulario 376. Éste, será acreditado como un Certificado de Inscripción de Impuestos a los Ingresos Brutos de Córdoba, conforme a lo establecido en la Resolución Normativa, y sus modificaciones, número 1/2004, determinada en el Art. Nº 202 bis. O si no, se tendrá que gestionar la Constancia de alta al impuesto a los Ingresos Brutos de Córdoba, a través de una nota que habrá que exhibir en la Dirección de Rentas, de tener que figurar el sello de la misma, y la información referida a la actividad que ejerce. Para ello, se tendrá que exhibir lo aquí citado:

El impuesto de retribución de servicios, de un valor de 10 pesos. El respectivo Nº de Inscripción. Y por último, la nota correspondiente a la solicitud, certificada por el

contribuyente, o por aquellos que estén acreditados por éste, según la justificada relación entre ambos, o según se disponga legalmente, de ser sujeto físico, o jurídico.

Fuente: Instructivo de la DGR.

INSCRIPCION ANTE LA MUNICIPALIDAD DE CORDOBA

RECURSOS TRIBUTARIOS

Página 7 de 12

Page 8: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

1. HABILITACION DE NEGOCIOS

Ver instructivo correspondiente con requisitos de la página, de acuerdo al rubro o sector industrial: http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad

2. OBRAS PRIVADAS Y USO DEL SUELO

Trámite de Localización Industrial

Requisitos para localizar una Actividad

a) Planilla de Declaración Jurada, (original y copia) Descargue la que necesite: Declaración Jurada GENERAL Declaración Jurada Est. de Servicio

b) Certificación Catastral (en la planilla de declaración jurada), 7° piso Palacio Municipal ó en la oficina de Catastro de cada CPC.

c) Ultimo cedulón de inmueble municipal, PAGO, SIN DEUDA ANTERIOR (original y copia).

d) Contrato de Razón Social (en caso de existir) Inscripción en el Registro Público de Comercio; caso contrario la firma de todos los integrantes.

e) Plano Aprobado ó Croquis del establecimiento.

f) Timbrado de $ 87 (pesos ochenta y siete).

g) Carpeta tamaño oficio (cartulina).

3. INSCRIPCION EN TASA DE COMERCIO E INDUSTRIA Alta y/o Baja de Actividad Comercial, Industrial y Servicios

¿Dónde realizo el Trámite?Repartición:Dirección General de Recursos Tributarios - Departamento Comercio e Industria.Domicilio: 2do Piso Palacio Municipal “6 de Julio” - M.T. de Alvear 120. Centros de Participación Comunal.Teléfono: Conmutador 4285600 int. 1289 / 1296.Horario: Lunes a Viernes de 07:00 a 13.30 hs.Transporte: Colectivos y Trolebuses que vayan al Centro.

Requisitos del presentanteSer titular de la actividad (unipersonal), Socio de la Firma (Persona Jurídica), o Apoderado.

Página 8 de 12

Page 9: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

Documentación requerida- Formulario único por triplicado -FU- (completar todos los datos del formulario). - Timbrado (Subsuelo Palacio Municipal o cajas timbradoras de CPC). - Titular con D.N.I. /L.E. /L.C. (original y fotocopia de 1 y 2 hoja y cambio de domicilio sí lo hubiere). En caso de extravío del documento deberá presentar la constancia del Registro Civil y otra documentación donde conste su identidad (Cédula Policía Federal, Provincial, Libreta de Familia, Carnet de Conductor u otra/s a satisfacción del Organismo Fiscal). En ausencia del titular, presentar formulario con firma certificada (Policía, Banco o Escribano). - En caso de firmar un apoderado, deberá aportar Instrumento Legal que acredite tal condición (Poder por Escritura), además de su D.N.I. (original y copia). - Pagos al día (tener en cuenta que la imputación de pagos demora 15 días). - Considerar que según el rubro se podrá requerir la intervención de otros organismos (Obras Privadas, Transporte, Espectáculos Públicos etc.), y/o anexo de otra documentación que puede solicitar el Organismo Fiscal según las características de la actividad.Plazo de Aprobación

Inmediato.

Arancel o Timbrado

SI - Timbrados.

Procedimiento

- Se verifica la presentación de los requisitos inherentes al trámite. - Se toma nota de los pagos que por falta de imputación no figuraran registrados en pantalla. - Se ingresa la modificación (alta/baja de rubro) al sistema. - Continúa por vía interna en la Subdirección de Habilitación de Negocios (8vo Piso).

Línea de responsabilidad del Trámite

Departamento Comercio e industria. Según la actividad que se trate intervienen: Obras Privadas, Ambiente, Tránsito, Transporte, Ferias y Mercados, Espectáculos Públicos.

Observaciones

Trámites relacionados: Según la actividad que se trate la inscripción existen trámites de autorizaciones previas que se realizan mediante expediente en las siguientes reparticiones: - Dirección de Obras Privadas y Uso del Suelo. - Dirección de Ambiente. - Dirección de Tránsito. - Dirección de Transporte.

Página 9 de 12

Page 10: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

- Dirección de Ferias, Mercados y Área Central. - Dirección de Espectáculos Públicos.

Alta y/o Baja de Rubro Retroactiva: Se receptará el trámite, haciéndole presentar al contribuyente las correspondientes declaraciones juradas rectificativas; si éstas últimas resultaran ser "en menos" (diferencia a favor del contribuyente), se instruirá el inicio de un expediente de acuerdo a si el período rectificado hubiera sido abonado.

Fuente: http://www.cordoba.gov.ar/cordobaciudad

OBLIGACIONES FORMALES DE UN EMPLEADOR

1. Estar inscripto como empleador en AFIP, para lo cual deberá contar con CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) y Clave Fiscal.

2. En AFIP, con CUIT y Clave Fiscal, dar de alta la relación en MI SIMPLIFICACION EMPLEADORES.

3. Contratar una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).4. Contratar una póliza de Seguro de Vida Obligatorio (Decreto 1567).5. Inscribirse en el Sindicato que le corresponda según la actividad que desarrolla.6. Dar el alta en la Obra Social sindical de la rama de actividad que corresponda.7. Empadronarse en la Secretaría de Trabajo de Córdoba y tramitar la rúbrica de la

documentación laboral obligatoria (Libro de Sueldos y Jornales, Planilla de Horarios y descansos, Libro de Inspección Ley 8015).

MI SIMPLIFICACION -AFIP Resolución General 1891 (Año 2006). Es una base de datos. Reemplaza a la anterior Clave de Alta Temprana, cuya vigencia finalizó el 30/06/2005. Registro de Altas y Bajas en materia de la Seguridad Social.MI SIMPLIFICACION II Resolución General 2988/2010. Sustituye al anterior MI SIMPLIFICACION. Quedan obligados todos los empleadores comprendidos en el SIPA desde el 23/12/2010. Impone la obligatoriedad de informar:

Convenios Colectivos de Trabajo. Categoría Profesional del Trabajador. Boca de pago para el cobro de asignaciones familiares. Posibilidad de realizar altas en forma masiva. Búsqueda dinámica en los campos a completar.

El empleador deberá informar mediante esta plataforma:

Página 10 de 12

Page 11: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

Comunicar ALTAS por nuevos ingresos: si se trata de una actividad del ANEXO I, se debe comunicar hasta el efectivo comienzo de las tareas. Para el resto de las actividades, hasta el día inmediato anterior inclusive, al comienzo efectivo de las tareas.

Realizar MODIFICACIONES. Anular ALTAS, cuando no se produjo el inicio efectivo de la relación laboral. El plazo es

hasta 24 horas antes del día informado como de inicio de la relación Laboral. Comunicar la BAJA de la relación laboral cualquiera fuere el motivo de la misma. El plazo

de comunicación es dentro de los cinco días corridos, contados a partir de la fecha inclusive, de extinción del contrato de trabajo.

¿Qué ES LO QUE DEBE CONTENER EL LEGAJO DE CADA TRABAJADOR DE LA EMPRESA? La documentación por el trabajador al inicio de la relación laboral. Documentación emergente de la Ley de Contrato de Trabajo. Documentación requerida por otros organismos. Documentación de otras normas. Documentación que justifican novedades.

El legajo del trabajador entonces debe contener:Solicitud de empleo.Constancia de CUIL (Clave Única de Identificación Laboral).Fotocopia de Documento Nacional de Identidad, primera y segunda hoja.Ficha personal: datos personales y laborales del trabajador y declaración del domicilio. El domicilio debe estar siempre actualizado a los efectos de enviar notificaciones y para los controles médicos en caso de enfermedad. Breve descripción del itínere casa-trabajo y trabajo-casa.Copia de los Contratos de trabajo firmados (contrato de trabajo eventual, contrato a plazo fijo, contrato a temporada, contrato a tiempo parcial, contrato de prueba).Recibo de Sueldos (ART. 138 a 143 de la Ley de Contrato de Trabajo 20744).Notificaciones sobre suspensiones.Certificados de servicios y remuneraciones (Formulario PS 6.2 ANSES). En él se detallan los datos del empleador y del trabajador, las remuneraciones percibidas, ocupación y carácter de los servicios y tiempo efectivo de los mismos.Certificación de Trabajo (Formulario F 984 AFIP). En él constan los datos del trabajador y el empleador, actividad, remuneraciones totales brutas, aportes y contribuciones a la seguridad social, la cuota sindical y los períodos.Constancia de Alta en Mi Simplificación.Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares (Formulario PS 2.61 ANSES).Documentación respaldatoria para el cobro de asignaciones familiares (DNI de los integrantes familiares primarios y adherentes a cargo, partidas de matrimonio, nacimiento, sentencia de adopción, certificado de pluriempleo, etc.).

Página 11 de 12

Page 12: Tramites de Inscripcion

CRA. LIC. ANGELINA PERALTA

Formulario F 572 AFIP de Impuesto a las Ganancias (para informar de otros empleos y los ingresos obtenidos en los mismos con el fin de declarar ganancias de la cuarta categoría).Formulario F 649 AFIP de Impuesto a las Ganancias (para hacer un resumen anual de los anticipos pagados mensualmente).Examen Preocupacional.Notificación del empleador al trabajador de la ART al que se encuentra afiliado (ART 31 punto 2 b de la Ley 24.557).Seguro de Vida Obligatorio.Libretas de Trabajo (esto es para Estatutos Especiales).Documentación requerida por actividades especiales (Certificado de buena conducta, emitido por autoridad policial; libreta sanitaria en el caso de actividades gastronómicas, de alimentación, químicos, etc.; que sean motivo de transmisión de enfermedades).Notas al trabajador.Certificados médicos, de embarazo, por examen, etc., presentados por el trabajador.Comunicación de la Licencia Anual por Vacaciones.Notificación de Reglamentos Internos de la empresa.Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo.Cuestionario de Control Interno para la verificación del correcto cumplimiento de Normas Laborales y previsionales vigentes (de autoevaluación).

SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO (DECRETO 1567/74)Contribución a cargo del empleador, se encuentre o no obligado con el SUSS (Sistema Único de la Seguridad Social), por todos los trabajadores que contrate en relación de dependencia, estén dentro o fuera del convenio colectivo de trabajo correspondiente.Desde enero del 2011, se debe ingresar con las mismas modalidades y plazos que las obligaciones de la seguridad social (Formulario 931).Costo mensual= $ 2.46 por empleado.Costo Anual= derecho de emisión.Hasta 25 trabajadores= $ 12Entre 26 y 50 trabajadores= $ 17Más de 50 trabajadores= $ 25Cobertura: riesgo de muerte, incluido suicidio, del trabajador; como hecho indemnizable, sin limitaciones.Se encuentran excluidos los trabajadores rurales permanentes amparados por la Ley 16.600 y los trabajadores contratados por término menor a 1 mes.En el caso del pluriempleo, el trabajador solo tiene derecho a la prestación de un seguro por vea, a cargo de con quién tenga mayor jornada de trabajo. A igualdad de jornada será opción del trabajador.

Página 12 de 12