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    UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE

    FACULTAD DE INGENIERA

    DEPARTAMENTO DE INGENIERA EN MINAS

    CDIGO SEC(Securities and Exchange Commission)

    Septiembre de 2011

    Realizadores Mandante

    Nicols PiaBernardo Muoz

    Marcelo Trujillo

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    1. Resumen ejecutivoEl principal objetivo del informe que usted tiene en sus manos en este momento, es dar a

    conocer el cdigo SEC (Securities and Exchange Commission) delineado en la gua 7 de la

    industria, utilizado en E.E.U.U., y que tiene relacin con la clasificacin de las reservas y

    presentacin de los informes o reportes. Asimismo se dar una definicin de reservas

    (probadas y probables) realizadas por la SEC para la industria del petrleo y gas. Adems

    de un anlisis del cdigo mismo, comparndolo con los lineamientos de otros cdigos

    internacionalmente aceptados, como podra ser el cdigo JORC.

    Este documento consta de cuatro partes fundamentales que son la columna vertebral en

    la que se sostiene. En la primera parte se hace una pequea resea de que es la SEC como

    una organizacin, de que se encarga y sus funciones principales. La segunda parte

    corresponde a la publicacin del cdigo SEC (Gua 7 de la industria) y la tercera habla de

    definiciones de reservas para la industria petrolfera. Por ltimo la cuarta partecorresponde a la seccin de anlisis va enfocada fundamentalmente a la estimacin del

    precio del mineral de inters que tiene un efecto directo en el mbito contable del emisor

    o empresa minera, tambin se analiza la no presentacin de los recursos, en cualquiera de

    sus categora aceptadas internacionalmente, y que en su lugar son reemplazados por el

    trmino material mineralizado, adems de la no necesidad de una persona calificada

    como competente que respalde la informacin otorgada por la empresa emisora del

    reporte.

    Finalmente se presentan conclusiones de los temas planteados, de entre las cuales se

    pueden destacar:

    El cdigo SEC ocasiona variados problemas, en el caso cuando se desean realizar fusiones

    o adquisiciones de empresas que se cotizan en bolsas dentro de E.E.U.U. y se rigen por

    este cdigo con otras compaas mineras que se rigen por los otros cdigos.

    El cdigo SEC de no aceptar las definiciones que son reconocidas internacionalmente, se

    ver como un cdigo obsoleto, por el que las empresas mineras no se guiaran o regirn

    por l.

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    Tabla de contenidos

    1. Resumen ejecutivo..2

    2. Introduccin.4

    3. Resea de U.S. Securities and Exchange Commission (SEC)..5

    4. Cdigo SEC (Industry Guide 7)....6

    5. Definiciones de reservas del Cdigo SEC para petrleo y gas116. Anlisis cdigo SEC

    a) Referente al precio de los productos bsicos que se explotarn..12

    b) Referente a la publicacin de recursos minerales..13c) Referente a los requisito, estudios tcnicos y econmicos..14

    d) Referente a personas competentes....15

    e) Referente a minerales de carbn y minerales industriales.16

    7. Conclusiones.17

    8. Bibliografa 18

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    2. IntroduccinEn la actualidad la industria minera se ha globalizado enormemente y para reunir el

    capital necesario para las diferentes etapas del ciclo minero, no solo se limita al pas deorigen de la empresa minera en particular, si no que se busca financiacin ms all de sus

    fronteras enlistndose en las bolsas de valores. Esta es la forma actual de como las

    empresas mineras buscan recaudar el capital necesario, capital considerado de alto riesgo,

    para lograr sacar adelante sus operaciones.

    La realidad anterior trae dos consecuencias fundamentales. La primera es que la industria

    minera debe desarrollar medios eficientes para alcanzar ese capital y en segundo lugar

    que los inversionistas dispuestos a proporcionar este capital requieren de informacin

    transparente y completa. Entonces reuniendo las consecuencias anteriores, es necesario

    implementar normas internacionalmente aceptadas para la presentacin de informes de

    recursos y reservas de mineral. En base a lo anterior es que se formulan distintos cdigos,

    que norman la presentacin de estos informes, entre los cuales se tiene el cdigo JORK

    (Joint Ore Reserves Committee), el cdigo SAMREC (South african code for Reporting of

    mineral resources And mineral reserves), el cdigo CRIRSCO (Combined Reserves

    International Reporting Standards Committee) y el cdigo SEC (Securities and Exchange

    Commission), entre otros.

    Si bien los cdigos anteriores, en sus definiciones y normas, son muy similares, uno de

    ellos se niega a reconocer o aceptar una serie de conceptos internacionalmente

    reconocidos tales como los informes de los recursos minerales y la firma de los informes

    tcnicos por parte de una persona competente. Este es el cdigo SEC, el cual se dar a

    conocer y ser el tema de estudio y anlisis en el presente informe.

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    4. Cdigo SEC (Industry Guide 7)La SEC como entidad encargada de proteger a los inversionistas y mantener la integridad

    de la bolsa de valores, vela tambin por la industria minera a travs de su cdigo

    estipulado en la Gua 7 (guide 7). Este cdigo establece una serie de definiciones que dan

    los lineamientos para la entrada o enrolamiento de las empresas mineras a la Bolsa. Estas

    definiciones son las siguientes:

    (1)Reserva: Parte de un deposito mineral que puede ser econmica y legalmente

    extrado en el momento de la determinacin de la reserva1.

    (2)Reservas medidas (probadas): Reservas que se calculan a partir de

    dimensiones reveladas en afloramientos, zanjas, perforaciones (sondajes), cuyo

    grado o calidad (ley) se calcula a en base a los resultados de inspeccin,

    muestreo y medicin detallado de los lugares de inters. Los puntos de

    muestreo se encuentran tan cerca y el carcter geolgico se define tan bien,

    que la forma, profundidad y contenido mineral de las reservas estn bien

    establecidas.

    (3)Reservas indicadas (probables): Reservas que se calculan de forma similar a las

    reservas medidas, pero los sitios de inspeccin, muestreo y medicin estn ms

    alejados o ms espaciados, adems el grado de seguridad de la informacin,

    aunque menor que las reservas medidas, es alta, suficiente para asumir la

    continuidad entre los puntos de observacin.

    Adems de establecer una categorizacin de las reservas esta gua define de forma

    bastante bsica los estados en que los que se encuentra un proyecto minero con la

    finalidad calificar a los emisores o empresas mineras, siendo estos el estado de

    exploracin, de desarrollo y de produccin. En el estado de exploracin se incluyen todos

    los emisores (empresas mineras) dedicados a la bsqueda de yacimientos minerales

    (reservas) que no estn ni en la etapa de desarrollo ni en la etapa de produccin. En el

    estado de desarrollo se incluyen todos los emisores que se encuentren preparando un

    depsito establecido comercialmente explotable y que no se encuentran en la etapa de

    _________________________________________________________________________1

    Las reservas son habitualmente establecidas en trminos de mineral cuando se trata de minerales

    metlicos, cuando otros minerales como el carbn, alquitrn, piedra caliza, etc., estn involucrados un

    trmino apropiado puede ser el de carbn recuperable.

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    produccin. Por ltimo es estado de produccin incluye a todos los emisores dedicados a

    la explotacin de un deposito mineral (de reserva).

    Tambin la gua 7 de la SEC otorga algunas indicaciones que tienen relacin con las

    definiciones anteriores y que buscan transparentar los procedimientos.

    i) Las empresas mineras en la etapa de exploracin no se refieren a s mismos como

    empresas en fase de desarrollo en los estados financieros declarados, a pesar

    de que las empresas deberan cumplir con la Declaracin FASB No. 7, en su

    caso.

    ii) En el caso de la divulgacin de la operacin minera, se proporcionar la siguiente

    informacin para cada una de la minas, plantas y otras propiedades

    importantes, de propiedad u operados por el solicitante:

    La ubicacin y los medios de acceso a la propiedad.

    Una breve descripcin del arrendamiento o la opcin en la que el

    solicitante y sus filiales tienen o tendrn el derecho para sujetar o

    hacer funcionar la propiedad, lo que indica las condiciones que el

    solicitante debe cumplir con el fin de obtener o retener la

    propiedad. Si se mantiene un contrato de arrendamiento o de las

    opciones, las fechas de vencimiento de los arrendamientos o tales

    opciones deben ser declarados. Los mapas pueden ser utilizados

    apropiadamente para representar la ubicacin de las propiedades

    importantes

    Una breve historia de las operaciones anteriores, incluyendo los

    nombres de los operadores.

    Una breve descripcin de la situacin actual de la propiedad, el

    trabajo realizado por el titular de la propiedad, el proyecto del

    programa de registro de exploracin y desarrollo, y el estado actual

    de la exploracin y / o desarrollo de la propiedad. Las minas deben

    ser identificados, ya sea a cielo abierto o subterrnea. Si la

    propiedad es sin reservas conocidas y el programa propuesto es de

    carcter exploratorio, se debe hacer una declaracin para tal efecto.

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    La edad, los detalles en cuanto a la modernizacin y la condicin

    fsica de la planta y equipos, incluidos los del subsuelo. Adems, el

    costo total de cada propiedad y sus plantas y equipos deben ser

    establecidos. La fuente de poder utilizada con respecto a cada

    propiedad tambin debe ser revelada.

    Una breve descripcin de las formaciones rocosas y la

    mineralizacin de importancia econmica actual o potencial en la

    propiedad, incluyendo la identidad de los principales componentes

    metlicos o cualquier otro elemento conocido. Si se han establecido

    el tipo de reserva probadas (medida) o probables (Indicado), se

    debe indicar (i) el tonelaje estimado y ley (o de la calidad, en su

    caso) de tal clases de reserva, y (ii) el nombre de la persona que

    hace los clculos y la naturaleza de su relacin con el registrante.

    Debe tenerse en cuenta si la estimacin de reservas es de un

    material en el lugar o de material recuperable. Cualquier estimacin

    in-situ debe estar calificado para mostrar las prdidas previstas

    resultantes de los mtodos de extraccin y beneficio de

    preparacin.

    La suma de las reservas de mineral probadas (medida) y probables

    (indicado) es aceptable si la diferencia en el grado de seguridad

    entre las dos clases de reserva no puede ser fcilmente definido.

    Las estimaciones que no resultaron ser probadas (medida) o

    reservas probables (indicado), no deben ser reveladas a menos que

    tal informacin sea requerida para ser revelada por la ley o estado

    extranjero, siempre que se ofrece a adquirir, fusionar o consolidar

    con el solicitante de registro o de otro tipo para la adquisicin de

    valores de la persona registrada, estas estimaciones pueden ser

    incluidos.

    Si los trminos tcnicos relativos a la geologa, la minera o los

    asuntos relacionados con cuya definicin no pueden ser fcilmente

    encontrados en diccionarios convencionales (en comparacin con

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    los diccionarios o glosarios tcnicos) que se utilizan, un glosario

    adecuado se deben incluir en este informe.

    Detalles de mapas geogrficos e informes, estudios de viabilidad y

    otros datos muy tcnicos no deben ser incluidos en el informe sino

    que debe ser, en la medida adecuada y necesaria para la

    comprensin de la Comisin de la presentacin del titular de

    negocios y de la propiedad, presentados como informacin

    complementaria.

    Adems de las mltiples indicaciones anteriores se debe proporcionar la siguiente

    informacin adicional:

    a) Si en el informe se establece la categorizacin de reservas (probadas o probables) se

    debe proporcionar:

    Los mapas dibujados a escala que muestra los trabajos de la mina y los contornos

    de los bloques de reserva que participan.

    Todos los datos pertinentes de perforacin y mapas relacionados.

    El clculo por el cual los datos bsicos de ensayo de la muestra o de perforacin se

    traduce en las estimaciones realizadas y el grado tonelaje de las reservas en cada

    bloque y en la estimacin de la reserva completa.

    Mapas y dibujos presentados al personal debe incluir:

    i) una leyenda o una explicacin que muestre, cada patrn o smbolo que se utiliza

    en el mapa o dibujo, el uso de los smbolos utilizados por el Servicio Geolgico

    de EE.UU.

    ii) La escala de la barra grfica se debe incluir, representaciones de escala adicionales,

    tales como "una pulgada equivale a una milla" puede utilizar siempre la escala

    original del mapa no ha sido alterado.

    iii) Una flecha hacia el norte en los mapas.

    iv) Un mapa de ndice que muestra dnde se encuentra la propiedad en relacin con

    el estado o provincia, etc, en el que se encuentra.

    v) Un ttulo del mapa o un dibujo y la fecha en que se haya extrado. En los datos,

    incluso de interpretacin se presenta en combinacin con cualquiera de los

    mapas, la identidad del gelogo o ingeniero que preparado estos datos.

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    vi) En los datos, incluso de interpretacin se presenta en combinacin con cualquiera

    de los mapas, la identidad del gelogo o ingeniero que preparado estos datos.

    vii)Cualquier dibujo debe ser bastante simple o de escala lo suficientemente grande

    para mostrar claramente todas las funciones en el dibujo.

    b) Proveer una copia completa de todos los materiales de ingeniera, el informe

    geolgico o metalrgica en materia de propiedad del solicitante del registro,

    incluyendo los informes gubernamentales, los cuales son conocidos y estn

    disponibles para el solicitante. Cada informe deber incluir el nombre de su autor y la

    fecha de su preparacin.

    Cualquiera de los informes antes requerido para que el personal tiene

    acceso no necesita ser presentado. En este sentido, los emisores deben

    consultar con el personal antes de la presentacin del informe. Todos los

    informes presentados no deben ser identificados en una lista facilitada para

    el personal.

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    5. Definiciones de reservas del Cdigo SEC para el petrleo y gasTeniendo en consideracin que en el pasado las definiciones de reservas de petrleo y

    gas, no estaban bien definidas, lo que se prestaba para diversas interpretaciones, un

    conjunto de organizaciones compuestas por Society of Petroleum Engineers (SPE) de

    Estados Unidos, el World Petroleum Congress (WPC), la AAPG y la SEC decidieron definir

    de forma clara las reservas, lo que se logr en un trabajo de cuatro aos entre 1994

    1997).

    Reservas Probadas: Estas se definen como, Aquellas cantidades de petrleo que, por

    anlisis geolgicos y los datos de ingeniera, pueden estimarse con razonable certeza que

    sern recuperables comercialmente, de una fecha dada hacia adelante, de yacimientos

    conocidos y bajo las condiciones econmicas actuales, siguiendo mtodos operacionales

    en prctica y regulaciones gubernamentales vigentes.

    Si se usan mtodos determinsticos para los clculos, el trmino razonable de certeza

    expresa un grado alto de confianza que las cantidades calculadas se recuperarn. Si se

    usan mtodos probabilsticos, debe haber por lo menos un 90% de probabilidad que las

    cantidades reales recuperables sern iguales o excedern los estimados.

    El establecimiento de condiciones econmicas actuales debe incluir precios histricos

    representativos del petrleo y los costos asociados, y puede involucrar un perodo

    promedio que es consistente con el propsito de la estimacin de las reservas, apropiadas

    obligaciones contractuales y los procedimientos corporativos y regulaciones

    gubernamentales, que involucran las reservas que se estn reportando.

    Reservas probables: Esta categora incluye, Aquellas reservas no probadas que los anlisis

    geolgicos y los datos de ingeniera sugieren que es muy probable que no sean

    comercialmente recuperables. En este contexto, cuando se usan los mtodos

    probabilsticos, debe haber por lo menos un 50% de probabilidad que las cantidades

    reales a recuperar, igualarn o excedern las reservas probadas ms las reservas

    probables.

    Reservas posibles: Segn las nuevas definiciones estas sern, "Aquellas reservas no

    probadas que los anlisis geolgicos y los datos de ingeniera sugieren que sernposiblemente menos recuperables que las reservas probables. En este contexto, cuando

    se usan los mtodos probabilsticos, debe existir por lo menos un 10% de probabilidad que

    por lo menos las cantidades reales a recuperar sern iguales o excedern las reservas

    probadas ms las probables ms las posibles estimadas."

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    6. Anlisis del cdigo SECa) Referente al precio de los productos bsicos que se explotarn.

    Especficamente el cdigo SEC (Gua de la Industria 7), establece lo siguiente:

    Una reserva es "la parte de un depsito mineral que podra ser econmica y legalmente

    extrado o producido en el momento de la reserva determinacin

    El trmino "econmicamente" implica una hiptesis sobre el precio al que la de los

    productos bsicos se espera que sea vendido. La Gua 7 no define cmo este precio debe

    ser determinado. Histricamente, los precios de los productos utilizados por las empresas

    mineras para la determinacin y notificacin de las reservas minerales se basan sobre

    hechos futuros estimados que reflejan las expectativas razonables y bien fundamentadas.

    La SEC, recientemente, ha tomado la posicin de que, siempre que sea posible, las

    reservas debe estimarse utilizando el promedio de precios de materias primas que

    prevalecieron durante el ltimos tres aos. Para los productos que se venden sobre todo

    en contratos a largo plazo (por ejemplo, carbn, mineral de hierro, algunos minerales de

    uso industrial) o donde los precios son especficos del proyecto y depende de la calidad o

    la ubicacin del producto, la SEC ha aceptado el precio basado en los contratos actuales y

    la expectativa razonable de los contratos futuros.

    Sin embargo dado que todos los metales tienen ciclos de precios en una economa de libre

    mercado, esta gua potencialmente puede crear un problema significativo durante la

    depresin o el pick de las condiciones de precio.

    La siguiente figura muestra los precios anuales y promedios de tres aos del precio del

    aluminio, desde 1985 a 2004. La media de tres aos es el promedio de los precios de

    cierre diarios para el perodo de tres aos que finaliza en la fecha de observacin, es decir,

    el 1991, tres aos de promedio es el promedio de todos los precios desde 2 enero 1989-31

    diciembre 1991. La media de tres aos reduce la magnitud de los picos ms extremos y las

    depresiones, pero no tan significativamente como cabra esperar, la razn es que la

    duracin de los ciclos de precio significativamente superior a tres aos. La media de tres

    aos muestra que los ciclos son comparables a los exhibidos por los precios cada ao,

    salvo que los picos y valles se retrasan uno o dos aos.

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    Figura 1

    b) Referente a la publicacin de recursos minerales

    El cdigo SEC (Guide 7) no permite la divulgacin de material identificado como de

    potencial beneficio econmico fuera de las reservas probadas y probables, a menos que

    este material es necesario para ser divulgada por la ley y las estimaciones se han

    proporcionado a los dems en el contexto de una adquisicin, fusin o consolidacin.

    Cuando la publicacin de dicho material es permitido por la SEC, la SEC ha pedido que se

    llama "material mineralizado". El uso del trmino "recurso" no est permitido por la SEC.

    Esta limitacin en las condiciones en que puede ser material publicado refleja una visin

    que los recursos minerales estn mal definidos y por lo tanto, su publicacin se puede

    inducir a error a los inversionistas. Adems, los trminos "reserva" y "recursos" son

    similares y pueden ser percibidos como teniendo el mismo significado.

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    En la denominacin de material mineralizado, segn la SEC, solo de incluirse el

    equivalente de los recursos minerales medidos e indicados y no as los inferidos.

    Por ltimo la SEC considera que el trmino "reservas medidas" como equivalente a

    "reservas probadas", y el trmino "reservas indicadas" como equivalente a "reservas

    probables".

    c) Referente a los requisito, estudios tcnicos y econmicos.

    La SEC define a las reservas como la parte del depsito mineral que es econmicamente

    extrable, en el perodo en que se define como reserva. Sin embargo, la gua 7 de la SEC no

    especfica cuales son los parmetros tcnicos y econmicos que convierten a la reserva

    como econmicamente extrable. Estos criterios tcnicos y econmicos se deben generar

    a partir de un estudio de viabilidad que es propio de cada entidad que define las reservas.

    Los estudios tcnicos y econmicos son de suma importancia y deben detallar cada una de

    las variables importantes para definir las reservas. De este modo se estar entregando

    todas las garantas necesarias para que los inversionistas tomen las decisiones correctas,

    respecto de que las reservas son econmicamente extrables. Cada estudio de los

    parmetros tcnicos y econmicos es propio de cada entidad, por lo que producir un

    nivel de garantas particular, sin embargo, todos deben apuntar a ayudar al estimador de

    la forma ms eficiente para que la determinacin de las reservas sea ms correcta.

    Es por esto que se genera una necesidad de definir los criterios tcnicos y econmicos

    para que una reserva sea reportada. Con esto se busca generar todas las garantas

    necesarias para que los inversionistas puedan invertir y producir normas tcnicas y

    econmicas para definir las reservas minerales.

    De este modo se pretende solucionar las ambigedades que se producen cuando la SEC

    define determinadas reservas mineras.

    i) Requisitos para definir las reservas mineras

    La securities and exchange Commission define las reservas mineras como la parte del

    depsito mineral que es econmica y legalmente extrable cuando se determinan como

    reservas. Sin embargo, la SEC no especfica los parmetros tcnicos y econmicos

    necesarios para definir las reservas, producindose de ese modo ambigedades.

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    Adems en la gua 7 se seala que los criterios tcnicos, mapas geogrficos, estudios de

    viabilidad, no deben ser entregados en el informe principal que se entrega a la SEC, siendo

    solo entregados como informacin complementaria para definir y presentar de forma ms

    completa el negocio.

    Un factor importante a considerar es que la SEC le da mayor importancia a los estudios de

    viabilidad econmica para la especificacin de las reservas cuando se trata de una

    operacin minera que se encuentra en un proceso de exploracin. A diferencia de lo

    anterior, cuando la mina se encuentra en produccin, la SEC le da menor exigencia a los

    estudios de viabilidad econmica, al momento de definir una reserva.

    Con respecto a la legalidad, todas las empresas mineras, deben entregar ciertas

    informaciones respecto de sus minas, plantas y toda propiedad importante que les

    pertenezca. Es as como deben presentar descripciones de ttulos, reclamacin,

    arrendamientos y condiciones de cmo los arrendatarios pueden optar a obtener lapropiedad, adems de las fechas pertinentes para cada uno de estos contratos.

    Adems la SEC pide que los propietarios de las reservas entreguen documentos de

    propiedad, permisos de operacin, etc.

    d) Referente a las personas competentes

    Para la definicin del cdigo SEC, as como otros cdigos, se debe especificar losresultados de las exploraciones, de los recursos y de las reservas minerales a partir del

    trabajo de Personas Competentes. Es por esto que los organismos reguladores de los

    pases como Canad, Australia, Sudfrica y Chile que tienen empresas que cotizan en

    diversas bolsas y mercados mundiales, tienen como exigencia generar su informacin en

    base a Personas Competentes.

    Respecto a lo anterior la SEC en su gua de industria 7, exige que el estimador mantenga el

    anonimato, sin embargo, este debe ser una Persona Competente. Es por esto que debido

    a la falta de requisitos que tolera la SEC, puede producirse una debilidad en la calidad de

    la informacin. Una forma de evitar conflictos respecto al punto anterior, es elevar los

    requisitos para poder definir los recursos y minerales y que de este modo los

    inversionistas tengan informacin de mayor calidad y as puedan tomar las mejores

    decisiones.

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    i) Ventajas generadas a partir del trabajo de Personas Competentes

    El trabajo de Personas Competentes como requisitos para empresas mineras de Canad,

    Australia, Sudfrica y Chile, disminuyen la necesidad de normas reguladoras en muchas

    reas tcnicas. Dichos criterios tcnicos se convierten en responsabilidad de las Personas

    Competentes y los estos asuntos se dejan a criterio del profesional Competente.

    Como ya fue sealado, el estimador no requiere ninguna titulacin o experiencia. Sin

    embargo, si el estimador corresponde a una Persona Competente, se puede formalizar y

    especificar el trabajo que ste desarrolla en la estimacin de las reservas.

    e) Referente a los minerales de carbn y minerales industriales

    Las definiciones y propuestas desarrolladas en la gua 7 se pueden aplicar a todos los

    minerales. No obstante, todo proyecto y los distintos minerales, presentan distintas

    condiciones y consideraciones. Es por esto que las Personas Competentes deben analizar y

    definir los procesos, consideraciones y condiciones de cada proyecto con el fin de hacer

    mejor cada estudio.

    De este modo la interpretacin de la gua 7 de la industria de la SEC depender del tipo de

    mineral que se est analizando. Un ejemplo de esto corresponde a los proyectos de

    carbn, que presentan una continuidad geolgica en grandes reas, adems las reservas y

    precios de los productos varan dependiendo de la ubicacin de los depsitos. Otro factor

    a considerar en los proyectos de carbn corresponde a la calidad que presentan las

    definiciones de las reservas, en base a informes tcnicos y de viabilidad. Los proyectos

    referentes a minerales industriales son similares a los proyectos del carbn.

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    7. ConclusionesLa agencia SEC es una entidad que busca regular diversos mercados e inversiones,

    haciendo cumplir las normas establecidas para las empresas o individuos. Es por esto que

    la SEC busca ayudar a los inversionistas en diversos tipos de negocios, ya sea industriales,

    bolsas de valores, mercados financieros, etc.

    Adems la SEC pretende regularizar y mejorar las prcticas que se realizan en el negocio

    minero, confeccionando para esto la Gua 7 de la industria, en donde se busca definir de

    manera eficiente las reservas para minerales metlicos. Adems la SEC trata de generar

    normas para los negocios de petrleo y gas, definiendo tambin las reservas de estos.

    El cdigo SEC ocasiona variados problemas, en el caso cuando se desean realizar fusiones

    o adquisiciones de empresas que se cotizan en bolsas dentro de E.E.U.U. y se rigen por

    este cdigo con otras compaas mineras que se rigen por los otros cdigos. Esto debido

    a la incompatibilidad de las definiciones de reservas y mayormente an de recursos.

    El cdigo SEC de no aceptar las definiciones que son reconocidas internacionalmente, se

    ver como un cdigo obsoleto, por el que las empresas mineras no se guiaran o regirn

    por l, para salir a las bolsas de metales y levantar capital para sus proyectos.

    En cuanto a la bsqueda de la informacin relacionada con la industria minera que ha

    publicado la SEC (en la gua 7 de la industria), es un poco complicada y adems que es

    escasa. Esto podra deberse a que es un cdigo local de los E.E.U.U.

  • 8/2/2019 Trabajo final cdigo SEC

    18/18

    8. Bibliografa

    - Cdigo para la certificacin de prospectos de exploracin, recursos y reservas

    mineras. Ao 2003, Ministerio de minera Instituto de ingenieros de minas deChile.

    - Industry Guides - UNITED STATES SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION

    Washington, D.C. 20549.

    - International Mineral Resource and Mineral Reserve Classification and Reporting

    Systems - W.S. (Steve) Vaughan, Sonja Felderhof.

    -

    RECOMMENDATIONS CONCERNING ESTIMATION AND REPORTING OF MINERALRESOURCES AND MINERAL RESERVES - Prepared for Submission to The United States

    Securities and Exchange Commission by The SEC Reserves Working Group / SME

    Resources and Reserves Committee of The Society for Mining, Metallurgy, and

    Exploration, Inc.