Trabajo cabotaje
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Breve historia de la economía de Puerto Rico
En el 1898, los Estados Unidos a su llegada encontraron con la imperativa necesidad de imponer
un nuevo modelo económico y social en Puerto Rico, ya que los existentes parecían estar
anclados en la época feudal.
Con el control de la producción de azúcar, se hizo la mayor fuente de inversión de la isla en esos
momentos. El antiguo estilo patriarcal de pequeñas granjas, donde empleados y propietarios
trabajaban la tierra juntos fue rápidamente sustituido por grandes corporaciones que aportaban
maquinaria pesada y liberaban a los dueños de las tareas de la tierra.
La presencia y dominio de las grandes compañías provocaría un grave problema económico en la
isla, ya que, aunque la Ley Foraker de 1900 prohibía que una empresa controlara más de 500
acres de tierra, cuatro grandes corporaciones bajo control estadounidense.
La situación económica en Puerto Rico empeoró cuando la Gran Depresión, originada por el
colapso de Wall Street en octubre de 1929, sacudió la isla disparando los niveles de desempleo
hasta afectar al 65% de la población activa.
La situación económica fue tan insostenible que, en 1933, el entonces presidente de los Estados
Unidos, Franklin D. Roosevelt, decidió extender a la isla su programa de protección social,
conocido como “New Deal.”
A través de este programa social, los Estados Unidos, en los siguientes cinco años, invierten
alrededor de 60 millones de dólares en la reconstrucción de Puerto Rico a través de una serie de
agencias federales que inyectaban ayuda económica a la isla y atendían las necesidades de la
población.
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De esta forma surgió la “Farm Credit Administration” y la “Agriculture Adjustment Agency “.
Estos llevaban a cabo estudios agrarios y ofrecían préstamos financieros a pequeños agricultores.
También comienza a funcionar la Agencia Puertorriqueña de Ayuda de Emergencia (Puerto Rico
Emergency Relief Administration, PRERA) para el 1933, cuyo principal objetivo era luchar
contra el desempleo en la isla y la puesta en marcha de un programa de distribución de
alimentos. Los problemas económicos de Puerto Rico no resultaban fáciles de resolver, al menos
a corto plazo.
La incapacidad de la PRERA para resolver todos los problemas financieros de Puerto Rico, llevo
al Rector de la Universidad de Puerto Rico, Carlos Chardón, desarrollar un plan económico,
aprobado por el Congreso de los Estados Unidos en junio de 1934 y cuyo principal pilar era una
ambiciosa reforma agraria. Este plan fue llamado Plan Chardón, consistía en el establecimiento
de empresas semi públicas o concertadas que dirigirían sus esfuerzos a hacer cumplir la
normativa de los 500 acres.
Con este objetivo en mente se estableció Agencia para la Reconstrucción de Puerto Rico (Puerto
Rico Reconstruction Administration), que se responsabilizó de la compra de tierra y de los
asentamientos de las familias en las parcelas. En año adquirió una central azucarera, la Central
Lafayette y más de 10,000 acres para su redistribución, absorbiendo parte de las tierras de las
grandes corporaciones que no respetaban la Ley Foraker con respecto a la normativa de los 500
acres de terreno.
La industria azucarera tuvo que comenzar a competir con la producción de azúcar en Cuba y la
Republica Dominicana.
Para la década de los cuarenta y desde la llegada de Estados Unidos, las condiciones sociales en
Puerto Rico no habían experimentado cambio hacia lo positivo. La distribución de la riqueza
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seguía siendo el punto débil de la economía de la isla con las clases trabajadoras, se suponía que
el 86% de la población puertorriqueña solo recibió el 30% de la riqueza. El aumento de la
población era alarmante mientras que solo la mitad de los niños acudían a la escuela y las
condiciones de la mayoría de las viviendas eran casi inhumanas.
Estaba claro que la situación requería de nuevas y más drásticas medidas y que la reforma agraria
no ofrecía todas las repuestas necesarias.
Puerto Rico se encaminaba en una reforma económica que produciría un giro drástico hacia el
sector industrial y la remodelación de todas las capas de la sociedad.
Ley de Cabotaje
¿Que son la Ley de cabotaje?
Son códigos relacionados con la navegación en las costas y el comercio asociado a esta.
¿Quién la definió y que propuso?
Se definió en Puerto Rico bajo la Ley Foraker de 1900 y propuso un gobierno civil dos
años después de la invasión estadounidenses a Puerto Rico.
¿Qué establece esta Ley Foraker 1900?
La Ley Foraker de 1900 establece que el cabotaje entre Puerto Rico y Estados Unidos
será regulado con las mismas disposiciones de ley aplicables a dos de cualquiera de los distritos
costaneros de Estados Unidos. Se exige comerciar en barcos de matrícula americana y aplicar
los fletes establecidos o permisos otorgados al Gobierno de Puerto Rico para la protección y el
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mejoramiento de las aguas navegables de los estados Unidos y para los intereses de la
navegación el comercio.
¿Quién concede la autorización de acuerdo a la Ley?
La concede el Secretario de Guerra u otro funcionario autorizado por los Estados Unidos.
¿Qué tiene que ver con los impuestos recaudados?
La Ley Foraker de 1900 establece en la sección 9 que los impuestos que se recaudan
sobre los artículos producidos en Puerto Rico y transportados a los estados Unidos o consumidos
en la isla, ingresaran al Tesoro de Puerto Rico.
¿Qué representa esta Ley para Puerto Rico?
Esta Ley representa los fundamentos de la dominación colonial. Cuyo objetivo es
producir riquezas para las metrópolis ya sea mediante la explotación de materias primas o el
aprovechamiento de las ganancias que genera el comercio. También mediante la explotación de
la mano de obra de diversos grupos.
¿Que garantiza esta Ley, la Ley Foraker 1900?
Esta Ley garantiza el fomento de los intereses estadounidenses. Entendían que era
necesario controlar los puertos para facilitar el transporte del azúcar a las refinerías en la costa
este de Estados Unidos. Como también entendían que los intereses azucareros se beneficiaban
con las ganancias generadas por el flete de los barcos.
Actualmente, ¿Qué representa esta Ley? Para el Puerto Rico actual
La ley de Cabotaje representa un gran obstáculo para el desarrollo económico de la isla.
Los costos de flete que obligan afectan el costo de los víveres de las medicinas que se consumen
en la isla, de las maquinarias agrícolas y de la construcción, de los autos, de la materia prima y
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de los artículos semi-elaborados para ensamblaje en las fábricas o los totalmente elaborados que
se embarcan para los Estados Unidos.
Sección 936
Gracias a esta sección, la sección 936, ocupo el primer lugar para las inversiones de
corporaciones norteamericanas a nivel mundial. Esta sección impuso el crecimiento de la
industria bancaria en la isla, los incentivos económicos creados por esta sección permitió las
entrada masiva del capital estadounidenses y español. Esto desnacionalizo la banca en la isla y
permitió la entrada de nuevas entidades financieras, tales como Citibank, Santander, Chase a
dominar el escenario financiero. Los bancos nativos que sobrevivieron se consolidaron en la
fusión que todos conocemos y recordamos entre el Banco Popular y el Banco de Ponce.
Estos beneficios fueron debatibles y las ganancias que recibían las corporaciones se
convertían en fondos 936 para la isla pero a la misma vez era una fuente de contribuciones no
recaudadas para el fisco federal. A partir de esto, la sección experimento varias revisiones del
Congreso durante veinte (20) años de existencia.
Bajo la administración Ronald Reagan
El Congreso intento controlar las ganancias de la sección 936 y legislaron para que se
aumentaran el por ciento del ingreso de dentro de Puerto Rico, para evitar las corporaciones
estadunidenses reinvirtieran sus ganancias en Puerto Rico y luego la reparticiones sin pagar
impuestos federales. El Departamento del Tesoro, en el 1985 abogó por la eliminación o
modificación de la sección 936 para recaudar contribuciones que se estimaban en $7 mil
millones que perdían por los fondos 936. Se realizaron las modificaciones que entendían y
permitió que los fondos 936 tuviera un alcance regional y permitió reinvertir en los países
participantes de la iniciativa para la cuenca del Caribe.
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Bajo la administración de Bill Clinton
El Congreso reexamino la sección 936 y recomendó su eliminación. Se legisló una limitación al
crédito arancelario que las corporaciones podían asignar a su producción manufacturera en
Puerto Rico. En Agosto de 1996, se derogo la sección 936 y se estableció un periodo de gracia
de 10 años para las compañías que permanecían en Puerto Rico. La sección 30 A fue designada
y permaneció hasta el 2005.
Otros factores
Se llegó a cuestionar sobre la 936 fue la capacidad para generar empleos en Puerto Rico. Dichas
compañías fueron criticadas porque se llegó a argumentar que solo defendían una sus beneficios
contributivos sin apoyar el desarrollo local como centro de investigación y de alta tecnología.
Se indicó, también, que a pesar de las intenciones de reducir el desempleo, este aumento, al igual
que las ayudas federales.
Economistas norteamericanos llamaban a la 936, la lavandería que evitaba que las corporaciones
pagaran contribuciones.
Consecuencia
Durante la existencia de la sección 936, este gozo de apoyo a los dos partidos políticos
dominantes en la isla. Pero cambio con la administración de Pedro Rosselló (1993 – 2000),
quien retiro su apoyo a la 936, ya que entendía que su eliminación parecía un proceso inevitable.
Según algunos analistas, después de la época de la 936 ha demostrado y reflejado la creciente
pérdida de empleo en la isla relacionados con la manufactura desde 1997. La administración de
Rosselló admitió la baja en empleos de manufactura, pero negó adjudicarla al fin de la 936 y
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señaló que el crecimiento económico de la isla seguiría sostenido por el sector de servicios y de
construcción.
Sustituto
Surgió la sección 901 del Código de Rentas Internas, que reglamenta las corporaciones
norteamericanas fuera de Estados Unidos. Son clasificadas como corporaciones foráneas y
funcionaran bajo esta sección.
La 936 suplantó a la 931 desde la década del 1920. Permitía a las corporaciones estadounidenses
no pagar impuestos en sus operaciones de ultramar hasta que repatriaran sus ganancias a los
Estados Unidos.
Conclusión
La Sección 936 fue la última política económica que usaba las exenciones contributivas como
estímulo para la inversión aplicable en el Estado Libre Asociado. Todo dependía de la
Providencia del Estado y el crecimiento emanaba de la exención de tributos federal y estatal
como del Mercado libre entre las dos partes impuesto por la Ley Foraker de 1900.
Puerto Rico se está encaminando para la Globalización, las 936 no permitía, aparentemente, este
tipo de práctica.
En 1993 se consolido lo que se llamó el “Tratado Norteamericano de Libre Comercio”. Para
1994, Canadá, México y Estados Unidos crearon lo que se llamó “zona de libre comercio”. Esto
facultó la circulación trilateral de mercancías y servicios en los tres países por un término de 15
años. Para este mismo año (1994) se emitió un “Acuerdo General Sobre Aranceles y Comercio”.
La relación especial que tiene Puerto Rico con Estados Unidos ya no era única y se convertía en
regla del mercado mundial. Puerto Rico entraba en la era Global con los rasgos de un Estado
Colonial de la Guerra fría, situación que no ha cambiado mucho hasta el presente.
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Bibliografía
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isla. http://www.enciclopediapr.org/esp/article.cfm?ref=13071118.
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http://www.enciclopediapr.org/esp/article.cfm?ref=13071108&page=2.
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https://puertoricoentresiglos.wordpress.com/tag/seccion-936/.