Trabajo

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UNA DEFENSA DEL ABORTO Thomson destaca la idea de que la oposición al aborto descansa sobre la premisa de que el feto es un ser humano, una persona, desde el momento mismo de la concepción, como así lo sostienen las Teorías Clásicas. Pero considera que se trata de una premisa razonada indebidamente, que llega a una conclusión de prohibición que no es lógica, ya que quienes la sostienen apenas explican el paso que desde ahí existe a la no permisibilidad del aborto.- De esta manera y para el desarrollo de su argumentación, será necesario aceptar la premisa que sostiene que el feto es un ser humano para poder discutir sobre la permisibilidad o no del aborto.- En el desarrollo del argumento numero 4 del artículo analizado, la autora sostiene que "el derecho de la vida no consiste en el derecho a no ser asesinado, sino en el derecho a no ser privado de la vida injustamente". Por lo tanto, para demostrar que el aborto es “moralmente admisible ", que no es en absoluto suficiente para demostrar que el feto es una persona y para recordarnos que todas las personas tienen un derecho a la vida , tenemos que demostrar también que matar al feto viola su derecho a la vida, es decir, que el aborto es matar injustamente. Pero, realmente ¿lo es? En primer lugar la autora considera que lo justo o injusto deriva de la concesión o no de un derecho que otorga a una persona la facultad de reclamar a otra, la realización de una conducta determinada. Trasladándolo al caso del aborto y en una analogía que la autora hace del ejemplo del violinista, considera que desde la misma manera que el violinista no tiene derecho a hacer uso de los riñones que no son suyos, el niño no nacido no tendría derecho a hacer uso del cuerpo de la madre porque el mismo no ha sido voluntariamente

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UNA DEFENSA DEL ABORTO

Thomson destaca la idea de que la oposición al aborto descansa sobre la premisa de que el feto es un ser humano, una persona, desde el momento mismo de la concepción, como así lo sostienen las Teorías Clásicas. Pero considera que se trata de una premisa razonada indebidamente, que llega a una conclusión de prohibición que no es lógica, ya que quienes la sostienen apenas explican el paso que desde ahí existe a la no permisibilidad del aborto.-

De esta manera y para el desarrollo de su argumentación, será necesario aceptar la premisa que sostiene que el feto es un ser humano para poder discutir sobre la permisibilidad o no del aborto.-

En el desarrollo del argumento numero 4 del artículo analizado, la autora sostiene que "el derecho de la vida no consiste en el derecho a no ser asesinado, sino en el derecho a no ser privado de la vida injustamente". Por lo tanto, para demostrar que el aborto es “moralmente admisible ", que no es en absoluto suficiente para demostrar que el feto es una persona y para recordarnos que todas las personas tienen un derecho a la vida , tenemos que demostrar también que matar al feto viola su derecho a la vida, es decir, que el aborto es matar injustamente. Pero, realmente ¿lo es?

En primer lugar la autora considera que lo justo o injusto deriva de la concesión o no de un derecho que otorga a una persona la facultad de reclamar a otra, la realización de una conducta determinada. Trasladándolo al caso del aborto y en una analogía que la autora hace del ejemplo del violinista, considera que desde la misma manera que el violinista no tiene derecho a hacer uso de los riñones que no son suyos, el niño no nacido no tendría derecho a hacer uso del cuerpo de la madre porque el mismo no ha sido voluntariamente concedido. Por lo tanto si ese derecho no ha sido concedido al nonato, al realizar un aborto, en realidad, no se le estaría privando injustamente del uso del cuerpo de la madre.-

En segundo lugar trata el tema de la responsabilidad especial que tiene la madre para con su hijo, cuando pudiendo prever un posible embarazo no toma los recaudos necesarios para evitarlo generando así una suerte de concesión tacita que llevaría a una responsabilidad por parte de la madre hacia el niño no nacido, que contaría entonces con el derecho de permanecer en su interior y hacer uso de él.

Sea como fuere, lo que la autora quiere señalar es que hay casos y casos. Su tesis es que, al menos en algunas circunstancias, hay fuertes elementos de juicio para decir que la práctica del aborto no implica matar de modo injusto a una

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criatura. Hay casos, cree ella, en que sucede exactamente lo contrario. Por lo tanto, no pensemos que es Thomson es una abortista a ultranza.

PROS y CONTRAS del ABORTO

En este artículo, Finnis sostiene que no hay duda acerca del hecho de que la inocencia de la victima cuya vida se quita es relevante para la diferencia entre caracterizar una acción como respetuosa de la vida humana o como una privación intencionada de la vida. Es así que, para contrarrestar el argumento de Thomson de que la madre no le ha concedido al niño no nacido el derecho de hacer uso de cuerpo, este autor sostiene que si bien es verdad que el niño no tiene derecho de reclamación a que se le permita permanecer dentro de la madre, no rompe con ningún deber al estar dentro de ella. Es incorrecta entonces la analogía que hace Thomson con el caso del ladrón que ingresa a una casa que tenia abierta su ventana, ya que el ladrón no solo no tiene derecho a que se le permita entrar o quedarse, sino que también tiene el deber de abstenerse a entrar, por lo cual es injusto que entre a la casa.

De esta manera el niño podría decir que nadie le ha dado derechos para estar dentro de la madre y hacer uso de su cuerpo, pero tampoco nadie le dio esos derechos a la madre, por lo cual ambos comparten el uso del cuerpo.

Es así que, aunque el nonato no tenia derecho a estar ahí (en el sentido de que nunca tuvo derecho de reclamación a que se le permitiera empezar a estar ahí), por otro lado si tenia derecho a estar ahí (en el sentido de que no rompió ningún deber al estar o seguir estando ahí). Quizás la violación es un caso especial, pero es incluso allí resulta ilógico decir que el niño es culpable de su presencia en el cuerpo de la mujer.