Trabajadoras Del Hogar. Texto

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TRABAJADORAS DEL HOGAR “Un hombre hace lo que puede, sin embargo, una mujer hace lo que un hombre no puede”, con esta frase comenzamos a tratar el tema sobre trabajadoras del hogar que como mujeres luchadoras desde el alba despiertan a enfrentar el mundo, buscando estrategias para sustentar el hogar, trabajo que dignifica a pesar de ser maltratadas en el labor que desempeñan. En la actualidad menospreciar a una mujer por ser empleada doméstica trae consecuencias jurídicas; ya que, existen leyes que la protegen, respaldan y defienden cuando sus derechos son vulnerados. El trato ha sido inferior en la antigüedad, pero ahora con los cambios vertiginosos de las leyes, es decir, el ámbito normativo se ha adaptado para que ahora en los distintos ámbitos se pueda proteger al sujeto de derecho, en el caso de las trabajadoras del hogar ahora pueden gozar de descanso, vacaciones y otras prioridades; aunque los empleadores aún no se someten o ejecutan las disposiciones que ya existen. Estas han sido víctimas de hostigamiento sexual, maltratos físicos y psicológicos, hechos que incluso la han llevado a su muerte; entonces la ley N° 27986, les permitirá denunciar estos casos, y no callar o esperar a que suceda una tragedia. Ejemplo más claro es el caso de María Vásquez Rafael, que no recibió sus beneficios laborales luego que renunciara por su embarazo; su empleadora Carmen Omonte, Congresista de la Republica, uno de los beneficios que le debía otorgar era recibir la afiliación a EsSalud. Una de las estrategias de solución que planteamos es crear campañas y charlas informativas para orientar a los ciudadanos en general, de esta manera, la población pueda conocer los derechos que la protegen para que no sean vulnerados. También en el momento en que la empleada y el empleador realicen el contrato, esta puede solicitar y suscribir cierta formalidad como lo estipula el art. 3 de la ley 27986, ya sea por escrito o verbal. Y en el caso de contratar a un trabajador adolescente podemos revisar lo que garantiza su legitimidad el código de niños y adolescentes en el cual prescribe las siguientes

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TRABAJADORAS DEL HOGAR Un hombre hace lo que puede, sin embargo, una mujer hace lo que un hombre no puede, con esta frase comenzamos a tratar el tema sobre trabajadoras del hogar que como mujeres luchadoras desde el alba despiertan a enfrentar el mundo, buscando estrategias para sustentar el hogar, trabajo que dignifica a pesar de ser maltratadas en el labor que desempean. En la actualidad menospreciar a una mujer por ser empleada domstica trae consecuencias jurdicas; ya que, existen leyes que la protegen, respaldan y defienden cuando sus derechos son vulnerados. El trato ha sido inferior en la antigedad, pero ahora con los cambios vertiginosos de las leyes, es decir, el mbito normativo se ha adaptado para que ahora en los distintos mbitos se pueda proteger al sujeto de derecho, en el caso de las trabajadoras del hogar ahora pueden gozar de descanso, vacaciones y otras prioridades; aunque los empleadores an no se someten o ejecutan las disposiciones que ya existen. Estas han sido vctimas de hostigamiento sexual, maltratos fsicos y psicolgicos, hechos que incluso la han llevado a su muerte; entonces la ley N 27986, les permitir denunciar estos casos, y no callar o esperar a que suceda una tragedia. Ejemplo ms claro es el caso de Mara Vsquez Rafael, que no recibi sus beneficios laborales luego que renunciara por su embarazo; su empleadora Carmen Omonte, Congresista de la Republica, uno de los beneficios que le deba otorgar era recibir la afiliacin a EsSalud. Una de las estrategias de solucin que planteamos es crear campaas y charlas informativas para orientar a los ciudadanos en general, de esta manera, la poblacin pueda conocer los derechos que la protegen para que no sean vulnerados. Tambin en el momento en que la empleada y el empleador realicen el contrato, esta puede solicitar y suscribir cierta formalidad como lo estipula el art. 3 de la ley 27986, ya sea por escrito o verbal. Y en el caso de contratar a un trabajador adolescente podemos revisar lo que garantiza su legitimidad el cdigo de nios y adolescentes en el cual prescribe las siguientes modalidades: cama afuera, cuando el trabajador no vive en la casa; y por, cama adentro, el trabajador vive en el domicilio. En conclusin, ste es un tema que merece atencin y respeto a la normatividad dada, a sus derechos como ciudadanos, ya que esta es una nueva generacin que no debe permitir actos de transgresin de extrema magnitud.