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Editorial Actualidad Trámites Eficientes Innovación SIPLAFT Control de Juego Ilegal Ediciones anteriores Torneos de Póquer no autorizados En Coljuegos se encuentran en curso varias actuaciones administrativas sancionatorias por estos casos, en las cuáles también queda vinculado el operador que ofrezca su establecimiento para actividades de juegos de suerte y azar que, según la legislación colombiana, deben contar con una autorización del Estado y deben pagar Derechos de Explotación. Más >> Haga clic sobre la imagen para ampliarla ¿Qué debe saber sobre los juegos promocionales? Son las modalidades de juegos de suerte y azar organizados y operados con fines de publicidad o promoción de bienes o servicios, establecimientos, empresas o entidades, en los cuales se ofrece un premio al público, sin que para acceder al juego se pague directamente. Más >> En tan solo 5 pasos consulte el estado de su trámite Haga clic sobre la imagen para ampliarla Interpretación normativa del IVA en juegos de suerte y azar La Ley del régimen propio y el Estatuto Tributario establecen las reglas para que los juegos de suerte y azar generen IVA y las prohibiciones para gravar las rentas producidas por el monopolio de juegos de suerte y azar destinados a la salud pública. Más >> Las reuniones con alcaldes y sus resultados Con el propósito de realizar un acercamiento con la comunidad a través de las Juntas Comunales y las Alcaldías Locales, Coljuegos ha realizado dos (2) reuniones con los alcaldes menores de Bogotá los días 30 de mayo y 13 de junio, donde el tema principal fue la sensibilización contra el juego ilegal y sus sanciones. Más >> La implementación del cronograma SIPLAFT y sus resultados La Resolución SIPLAFT No. 260 de 2013 fue adoptada por Coljuegos junto con su cronograma de implementación, los resultados del proceso de implementación realizado por los operadores de juegos de suerte y azar proyectaron las siguientes cifras. Más >> Preguntas y respuestas Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales E-learning para oficiales de cumplimiento

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Editorial Actualidad Trámites Eficientes Innovación SIPLAFT Control de Juego Ilegal Ediciones anteriores

Torneos de Póquer no autorizados

En Coljuegos se encuentran en curso variasactuaciones administrativas sancionatorias por estoscasos, en las cuáles también queda vinculado eloperador que ofrezca su establecimiento paraactividades de juegos de suerte y azar que, según lalegislación colombiana, deben contar con unaautorización del Estado y deben pagar Derechos deExplotación. Más >>

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¿Qué debe saber sobre los juegospromocionales?

Son las modalidades de juegos de suerte y azarorganizados y operados con fines de publicidad opromoción de bienes o servicios, establecimientos,empresas o entidades, en los cuales se ofrece unpremio al público, sin que para acceder al juego sepague directamente. Más >>

En tan solo 5 pasos consulte el estadode su trámite

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Interpretación normativa del IVA enjuegos de suerte y azar

La Ley del régimen propio y el Estatuto Tributarioestablecen las reglas para que los juegos de suerte yazar generen IVA y las prohibiciones para gravar lasrentas producidas por el monopolio de juegos de suerte yazar destinados a la salud pública. Más >>

Las reuniones con alcaldes y susresultados

Con el propósito de realizar un acercamiento con lacomunidad a través de las Juntas Comunales y lasAlcaldías Locales, Coljuegos ha realizado dos (2)reuniones con los alcaldes menores de Bogotá los días30 de mayo y 13 de junio, donde el tema principal fuela sensibilización contra el juego ilegal y sussanciones. Más >>

La implementación del cronogramaSIPLAFT y sus resultados

La Resolución SIPLAFT No. 260 de 2013 fue adoptadapor Coljuegos junto con su cronograma deimplementación, los resultados del proceso deimplementación realizado por los operadores de juegosde suerte y azar proyectaron las siguientes cifras. Más>>

Preguntas y respuestas Apuestas en Carreras yDeportes Virtuales

E-learning para oficiales de cumplimiento

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Torneos de Póquer no autorizados

En las últimas semanas Coljuegos ha detectado la realización de varios torneos de Póquer sin autorización. Enalgunos casos, estos torneos operan en establecimientos de juegos de suerte y azar con contrato vigente conColjuegos; en los cuales, además, se ofrecen apuestas sobre internet como parte de la actividad.

En Coljuegos se encuentran en curso varias actuaciones administrativas sancionatorias por estos casos, en lascuáles también queda vinculado el operador que ofrezca su establecimiento para actividades de juegos de suerte yazar que, según la legislación colombiana, deben contar con una autorización del Estado y deben pagar Derechosde Explotación.

Es muy grave que dentro del sector de juegos de suerte y azar se presenten conductas que violan la regulación delsector; no sólo por las sanciones que esto conlleva, sino porque se trata de operadores que están fomentando lacompetencia desleal en esta industria y, de cierto modo, están abriéndole un espacio a la ilegalidad que golpea tanfuertemente la productividad del sector de juegos de suerte y azar.

Coljuegos hace un llamado a los empresarios del sector para evitar este tipo de prácticas irregulares en susestablecimientos. Para el caso de los torneos no autorizados de póquer, cada mesa de casino detectada en unaoperación ilegal conlleva una multa de 140 salarios mínimos (SMMLV), además de las demás sanciones que,incluso, pueden llevar al operador a enfrentar un proceso penal ante la Fiscalía General de la Nación y a quedarinhabilitado para operar juegos de suerte y azar hasta por cinco (5) años.

Es un deber de todos los actores del sector de juegos de suerte y azar hacerle frente a la ilegalidad. Si conoce dealguna práctica ilegal es su deber denunciarlo ante Coljuegos. Gracias a las denuncias de la ciudadanía y,especialmente, de los operadores de juegos localizados, Coljuegos ha logrado retirar más de 1.200 máquinastragamonedas y ha adelantado más de 78 acciones de control al juego ilegal en apenas cuatro meses y medio. Estamos próximos a destruir el primer grupo de máquinas decomisadas, destino inevitable de todos los elementosde juego que detectemos operando ilegalmente.

Escríbanos a: [email protected] y ayúdenos a erradicar el juego ilegal en Colombia

Rodrigo Vélez JaraPresidenteColjuegos

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Interpretación normativa del IVA en juegos de suerte y azar

Las apuestas en juegos de suerte y azar son generadoras del Impuesto de Valor Agregado (IVA) únicamente conexcepción de las loterías tradicionales. El IVA se causa en el momento de la realización de la apuesta que daderecho a participar en el juego, tal como declara el Artículo 3 de la Ley 1393 de 2010, el cual introdujo unamodificación sobre el inciso 4º (cuarto) del literal d) del Artículo 420 del Estatuto Tributario, así: “En los juegos desuerte y azar se aplicará la tarifa general prevista en este Estatuto”.

La tarifa general mencionada por la norma es del 16% sobre el valor de la apuesta, lo que corresponde a la basegravable del impuesto. Para (1) los juegos localizados tales como máquinas electrónicas tragamonedas y mesasde juegos el IVA se presumirá sobre el valor correspondiente a 20 UVT (2) para las primeras y 290 UVT para lassegundas.

Independientemente de la base gravable sobre el impuesto que aplique para cada juego, el IVA es asumido por elapostador al momento de pagar la apuesta, y luego retenido por el operador de JSA quien lo transfiere a la Dian deconformidad al monto de las ventas realizadas.

Respecto a las rentas del monopolio de juegos de suerte y azar, que se derivan de la explotación del mismo, elArtículo 49 de la Ley 643 de 2001 establece una prohibición para gravarlas, así: “Los juegos de suerte y azar a quese refiere la presente ley no podrán ser gravados por los departamentos, distritos o municipios, con impuestos,tasas o contribuciones, fiscales o parafiscales distintos a los consagrados en la presente ley. La explotación directao a través de terceros de los juegos de suerte y azar de que trata la presente Ley no constituye hecho generadordel Impuesto sobre las Ventas IVA.”

Lo anterior encuentra su razón de ser en que las rentas patrimoniales obtenidas del monopolio tienen comofinalidad prevalente la de ayudar a financiar el Sistema General de Salud. Si se permitiera gravar las rentas delmonopolio con el IVA, se disminuirían las rentas destinadas a cumplir tal finalidad, y éstas tomarían un caminodiferente al convertirse una parte de ellas en impuestos.

Al respecto la Corte Constitucional ha aclarado que las rentas producto del monopolio no son impuestos ocontribuciones sino una renta patrimonial del estado exenta de IVA. A continuación un extracto de la sentencia C-1191 -01: “De un lado, las sentencias C-573 de 1995 y C-587 de 1995 analizaron la objeción según la cual estosmonopolios de juegos de suerte y azar no pueden ser gravados por ninguna contribución fiscal, por cuanto laimposición de un impuesto implicaría una desviación de estos dineros hacia actividades distintas a la salud,mientras que la carta ordena que las rentas obtenidas en el ejercicio de los monopolios de suerte y azar estarándestinadas exclusivamente a los servicios de salud (CP art. 336)”.

Nota: Envíenos sus inquietudes sobre la interpretación de la normatividad aplicable a los juegos de suerte y azar através de correo electrónico [email protected]

1. Estatuto Tributario, literal D, artículo 420

2. Unidad de Valor Tributario equivalente a $26.841, según resolución No. 000138 de noviembre 21 de 2012 de la DIAN.

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Las reuniones con alcaldes y sus resultados

Con el propósito de realizar un acercamiento con la comunidad a través de las Juntas Comunales y las AlcaldíasLocales, Coljuegos ha realizado dos (2) reuniones con los alcaldes menores de Bogotá los días 30 de mayo y 13 dejunio, donde el tema principal fue la sensibilización contra el juego ilegal y sus sanciones.

En los encuentros realizados con los alcaldes menores de Bogotá se generaron compromisos para el cumplimientodel tema principal que hacen referencia a:

Sensibilizar a través de las Cámaras de Comercio y las Acciones Comunales a la comunidad sobre el juegoilegal por medio de la difusión de piezas informativas suministradas por Coljuegos.

Informar a Coljuegos sobre la presencia de casinos ilegales ubicados en cada una de las localidades.

Divulgar la información obtenida a los alcaldes que no asistieron a las reuniones y así lograr unacolaboración por parte de ellos.

Realizar reuniones en sus localidades con la presencia de los funcionarios de Coljuegos.

A continuación conozca la lista de los alcaldes asistentes a las reuniones realizadaspor la entidad

Alcalde Local de Santa Fé: Carlos Borja Herrera

Alcalde Local de San Cristóbal: Jairo León Vargas

Alcalde de Teusaquillo: Iván Marcel Fresneda P

Coordinadora Jurídica de Puente Aranda: Adriana Sandoval Otabra

Coordinadora Jurídica de Teusaquillo: Dolly Esperanza Buitrago

Abogado Contratista de Ciudad Bolívar: Camilo Andrés Ramírez Castillo

Asesora Jurídica de Ciudad Bolívar: Sandra Janeth Anzola

Alcaldía de Suba: Juan Carlos Jiménez

Asesor Jurídico de Suba: Yesid Bazuito

Asesor Jurídico de Santa Fé: Rafael Criollo Parrado

Asesor Jurídico de Barrios Unidos: Cesar Delgado

Asesor Jurídico de Bosa: Mario Cifuentes

Asesor Jurídico de Engativá: Rafael Asuero Quiñonez

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¿Qué debe saber sobre los juegos promocionales?

Son las modalidades de juegos de suerte y azar organizados y operados con fines de publicidad opromoción de bienes o servicios, establecimientos, empresas o entidades, en los cuales se ofrece unpremio al público, sin que para acceder al juego se pague directamente, según lo indica el Artículo 31de la Ley 643 de 2001 y el Decreto 493 del mismo año.

¿Qué debe hacer si desea realizar un promocional?

Para realizar un promocional y obtener una autorización por parte de Coljuegos tenga presente lossiguientes pasos:

¿Cuáles son las diferencias entre un promocional de exceptuado y uno deautorización?

A continuación conozca las diferencias que existen entre los dos tipos de promocionales:

nóicazirotuAnóicpecxE

Requieren obtener el concepto de la entidadcompetente donde establezca la circunstanciade exceptuado para organizar y operar el juegosegún el Artículo 11 del Decreto 493 de 2001.

Requieren obtener autorización para organizary operar el juego, materializado en un actoadministrativo, es decir una Resolución segúnlo expresa el Artículo 02 del Decreto 493 de2001.

Según el inciso 3 del Artículo 5 de la Ley 643 de2001, se excluye del ámbito de la ley lossorteos promocionales que realicen losoperadores de juegos localizados, comercianteso industriales para impulsar sus ventas.

Según el Artículo 31 de la Ley 643, son losjuegos promocionales los sujetos a laregulación sobre derechos de explotaciónsuscrita en la ley marco de juegos de suerte yazar.

Solo puede realizarse por los operadores dejuegos localizados, los comerciantes o losindustriales para impulsar sus ventas ybeneficencias departamentales.

Cualquier persona natural o jurídica puedeorganizar y operar el juego.

No deben pagar derechos de explotación porestar excluidos de la Ley 643 de 2001.

Deben pagar los derechos de explotaciónequivalentes al (14%) del valor total del plan depremios.

No deben pagar gastos de administración porestar excluidos de la Ley 643 de 2001.

Deben pagar los gastos de administracióncorrespondientes al valor adicional equivalenteal 1% del 14% que se paga por concepto dederechos de explotación.

No se autoriza la publicidad de Coljuegos. La pauta publicitaria debe nombrar a Coljuegos.

Los sorteos promocionales que realicen losoperadores de juegos localizados, comercianteso industriales tienen como objetivo el impulsode sus ventas. Siempre debe existir una compracon el objeto de incrementar las ventas.

Todo aquello que no se encuentre comopromocional exceptuado y que no sea paraincrementar las ventas, se entiende que es unpromocional por autorización.

¿Cuáles son las similitudes entre un promocional exceptuado y uno de autorización?

La actividad promocional no puede exceder más de un (1) año y la fecha de sorteo debe estar dentro de lavigencia de un (1) año.

Todos los premios de una promoción deben quedar en poder del público y deberán entregarse en un lapsono mayor a treinta (30) días.

Con excepción de los juegos promocionales que se autoricen a las entidades financieras y aseguradoras, nose podrán ofrecer o entregar premios en dinero.

Los premios deberán consistir en bienes muebles o inmuebles o servicios. Se excluyen de los bienesmuebles los títulos valores y similares.

Según el nivel de territorialidad los juegos promocionales serán autorizados así:

Coljuegos – Nivel nacional.

Sociedad de Capital Público Departamental – Nivel departamental y municipal.

Lotería de Bogotá en virtud del Decreto 148 de 2003 – autoriza y expide los conceptosrequeridos en el Distrito Capital.

¿Conoce usted la normatividad aplicable para los juegos promocionales?

Ley 643 de 2001 Art 5 – Art 31.

Decreto 493 de 2001 (reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 643 de 2001).

Resolución 135 del 24 de julio de 2012 –Coljuegos.

Tips para solicitar un promocional

Anexar una carta de manifestación en la cual se obliga a constituir una garantía de cumplimientoa favor de Coljuegos.

Radicar la garantía de cumplimiento sólo después de obtener el concepto de viabilidad.

Verificar que la garantía indique el nombre completo del promocional, tenga como asegurado aColjuegos y como beneficiarios a terceros. Su vigencia debe ser posterior a la última fecha desorteo hasta dos (2) meses después y el valor asegurado igual al plan de premios.

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La implementación del cronograma SIPLAFT y sus resultados

La Resolución SIPLAFT No. 260 de 2013 fue adoptada por Coljuegos junto con su cronograma de implementación,los resultados del proceso de implementación realizado por los operadores de juegos de suerte y azar proyectaronlas siguientes cifras.

212 operadores adjuntaron su hoja de vida de oficiales de cumplimiento. 62 cumplieron con los requisitosplanteados en la Resolución SIPLAFT. 150 de los operadores restantes no cumplieron con losrequerimientos solicitados.

143 operadores no enviaron su hoja de vida de oficiales de cumplimiento.

125 operadores enviaron su documento SIPLAFT, pero ninguno cumple con los requisitos solicitados por eldiligenciamiento incompleto del documento.

230 operadores no enviaron documento SIPLAFT.

Para resolver dudas e inquietudes a los operadores de juegos de suerte y azar con relación al proceso deimplementación del cronograma SIPLAFT, Coljuegos desarrolló los siguientes foros y capacitaciones virtuales:

Del 21 al 28 de febrero de 2013 se realizó un foro virtual con los operadores para resolver dudas sobre larealización del documento SIPLAFT solicitado por la entidad, donde 15 operadores fueron los participantesen este espacio de retroalimentación.

Del 02 al 05 de julio de 2013, la UIAF realizó la capacitación a los operadores de reporte en línea SIREL.

Visítenos en www.coljuegos.gov.co - Línea Gratuita Nacional 018000 18 28 88 – Bogotá: 742 06 98 –[email protected]