Tomo I Especificaciones Tecnicas Generales Para Construccion EG 2013

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E E G G - - 2 2 0 0 1 1 3 3 M M A A N N U U A A L L D D E E C C A A R R R R E E T T E E R R A A S S E E S S P P E E C C I I F F I I C C A A C C I I O O N N E E S S T T É É C C N N I I C C A A S S G G E E N N E E R R A A L L E E S S P P A A R R A A C C O O N N S S T T R R U U C C C C I I Ó Ó N N T T O O M MO O I I

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MANUAL DE CARRETERASESPECIFICACIONES TCNICAS GENERALES PARA CONSTRUCCIN

TOMO I

EG-2013

INDICE

TOMO I

PRESENTACIN ................................................................................................................... 9

GENERALIDADES ................................................................................................................. 3 Seccin 01 Seccin 02 Seccin 03 Seccin 04 Seccin 05 Seccin 06 Seccin 07 Seccin 08 Seccin 09 Generalidades ........................................................................................ 7 Condiciones de licitacin ...................................................................... 21 Control de materiales ........................................................................... 31 Control de calidad ................................................................................ 39 Relaciones legales y responsabilidad ante el pblico .......................... 51 Desarrollo y progresin de la obra ....................................................... 65 Medicin y pago ................................................................................... 73 Seguridad laboral ................................................................................. 79 Salubridad............................................................................................. 85

CAPITULO I ....................................................................................................................... 91 TRABAJOS PRELIMINARES..91 Seccin 101 Seccin 102 Seccin 103 Seccin 104 Seccin 105 Movilizacin y desmovilizacin de equipo ........................................... 95 Topografa y georeferenciacin ........................................................... 99 Mantenimiento de trnsito temporal y seguridad vial ...................... 109 Campamentos .................................................................................... 123 Proteccin de restos arqueolgicos ................................................... 131

CAPITULO II .................................................................................................................... 135 MOVIMIENTO DE TIERRAS.....135 Seccin 201 Seccin 202 Desbroce y limpieza del terreno ........................................................ 139 Excavacin para explanaciones .......................................................... 149

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Seccin 203 Seccin 204 Seccin 205 Seccin 206 Seccin 207 Seccin 208 Seccin 209

Remocin de derrumbes.................................................................... 167 Excavacin general de tneles ........................................................... 175 Terraplenes ........................................................................................ 185 Pedraplenes ....................................................................................... 199 Mejoramiento de suelos .................................................................... 211 Obras de Encauzamiento ................................................................... 221 Conformacin y acomodo de DME .................................................... 227

CAPITULO III ................................................................................................................... 233 AFIRMADOS......233 Seccin 301 Afirmados ........................................................................................... 237

Seccin 301.A Suelos estabilizados con cemento..................................................... 247 Seccin 301.B Suelos estabilizados con cal............................................................... 261 Seccin 301.C Suelo estabilizado con productos qumicos ...................................... 273 Seccin 301.D Suelos estabilizados con sales ........................................................... 285 Seccin 301.D Suelos estabilizados con Cloruro de Sodio ..................................... 285 Seccin 301.D Suelos estabilizados con Cloruro de Calcio .................................... 297 Seccin 301.D Suelos estabilizados con Cloruro de Magnesio .............................. 309 Seccin 301.E Suelos estabilizados con emulsin asfltica ...................................... 321

CAPITULO IV................................................................................................................... 335 CAPAS ANTICONTAMINANTES SUBBASES Y BASES ................................................. 337 Seccin 400 Seccin 401 Seccin 402 Seccin 403 Disposiciones generales ..................................................................... 341 Capa anticontaminante ...................................................................... 353 Subbases granulares .......................................................................... 359 Bases granulares ................................................................................ 369

Seccin 403.A Base de concreto hidrulico poroso .................................................. 379 Seccin 403.B Base de concreto asfltico poroso..................................................... 399 Seccin 403.C Base de concreto hidrulico .............................................................. 411 Seccin 412 Seccin 413 Seccin 414 Plantas de produccin de materiales ................................................. 443 Capa de agregado - suelo vegetal para recubrimiento ...................... 453 Separacin de suelos de subrasante y capas granulares con ............ 459 geotextil

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PAVIMENTOS FLEXIBLES ........................................................................................... 465 Seccin 415 Seccin 416 Seccin 417 Seccin 418 Seccin 419 Seccin 420 Seccin 421 Seccin 422 Seccin 423 Seccin 424 Seccin 425 Seccin 426 Seccin 427 Seccin 428 Seccin 429 Seccin 430 Seccin 431 Seccin 432 Seccin 433 Seccin 434 Seccin 435 Seccin 436 Seccin 437 Disposiciones generales ..................................................................... 469 Imprimacin asfltica ......................................................................... 491 Riego de liga ....................................................................................... 501 Tratamientos superficiales ................................................................. 507 Sello asfltico ..................................................................................... 523 Mortero asfltico ............................................................................... 531 Sello de fisuras ................................................................................... 545 Sello de grietas ................................................................................... 551 Pavimento de concreto asfltico en caliente ..................................... 559 Pavimento de concreto asfltico en fro ............................................ 603 Micropavimento................................................................................. 643 Cemento asfltico .............................................................................. 659 Emulsin asfltica .............................................................................. 665 Asfaltos lquidos ................................................................................. 671 Filler.................................................................................................... 677 Mejoradores de adherencia ............................................................... 683 Cemento asfltico modificado con polmeros ................................... 691 Emulsin asfltica modificada con polmeros.................................... 701 Pavimento de concreto asfltico con mezclas porosas .................... 709 Pavimento de concreto asfltico con mezclas Stone Mastic Asphalt (SMA) .................................................................................................. 729 Fresado de pavimento asfltico ......................................................... 747 Pavimento con mezcla asfltica reciclada en caliente ....................... 755 Pavimento con mezcla asfltica reciclada en fro .............................. 771

PAVIMENTOS RIGIDOS .............................................................................................. 797 Seccin 438 Seccin 439 Seccin 440 Pavimento de concreto hidrulico ..................................................... 801 Suministro de cemento portland ....................................................... 853 Pavimento de adoquines de concreto o piedra ................................. 867

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TOMO II ....................................................................................................................... 879CAPITULO V.................................................................................................................... 881 DRENAJE...881 Seccin 501 Seccin 502 Seccin 503 Seccin 504 Seccin 505 Seccin 506 Seccin 507 Seccin 508 Seccin 509 Seccin 510 Seccin 511 Seccin 512 Seccin 513 Seccin 514 Excavacin para estructuras .............................................................. 885 Rellenos para estructuras .................................................................. 895 Concreto estructural .......................................................................... 905 Acero de refuerzo .............................................................................. 939 Tubera de concreto simple ............................................................... 949 Tubera de concreto reforzado .......................................................... 959 Tubera metlica corrugada ............................................................... 969 Tubera de polietileno de alta densidad ............................................ 981 Subdrenes .......................................................................................... 991 Cunetas revestidas de concreto ....................................................... 1001 Geotextiles ....................................................................................... 1009 Subdrenes con geotextil y material granular ................................... 1023 Geotextil para pavimentacin.......................................................... 1031 Capa Filtrante ................................................................................... 1039

CAPITULO VI................................................................................................................. 1041 OBRAS COMPLEMENTARIAS ................................................................................... 1041 Seccin 601 Seccin 602 Seccin 603 Seccin 604 Seccin 605 Mampostera .................................................................................... 1045 Gaviones........................................................................................... 1055 Defensas ribereas........................................................................... 1061 Demoliciones .................................................................................... 1067 Delimitacin y Sealizacin del Derecho de Va .............................. 1079

CAPITULO VII ............................................................................................................... 1083 TRANSPORTE .....1083 Seccin 700 Transporte ........................................................................................ 1087

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CAPITULO VIII .............................................................................................................. 1093 SEALIZACIN Y SEGURIDAD VIAL ......................................................................... 1093 Seccin 800 Seccin 801 Seccin 802 Seccin 803 Seccin 804 Disposiciones generales ................................................................... 1097 Seales preventivas ......................................................................... 1123 Seales reglamentarias .................................................................... 1127 Seales informativas ........................................................................ 1131 Postes Delineadores ......................................................................... 1135

Seccin 804.A Tachas Retrorreflectivas .................................................................. 1145 Seccin 805 Seccin 806 Seccin 807 Seccin 808 Seccin 809 Seccin 810 Marcas en el pavimento................................................................... 1161 Barreras de Seguridad Vial ............................................................... 1173 Guardavas metlicos ....................................................................... 1183 Barrera de seguridad de concreto ................................................... 1193 Captafaros ........................................................................................ 1201 Postes de kilometraje....................................................................... 1207

CAPITULO IX ................................................................................................................. 1211 PROTECCIN AMBIENTAL ....................................................................................... 1211 Seccin 901 Seccin 902 Seccin 903 Seccin 904 Seccin 905 Seccin 906 Capa superficial de suelo ................................................................. 1215 rboles y arbustos para cobertura vegetal de terreno.................... 1221 Herbceas para cobertura vegetal de terreno................................. 1231 Mallas y sistemas de confinamiento celular para el control de la erosin .............................................................................................. 1239 Fuentes de agua ............................................................................... 1249 Recuperacin ambiental de reas afectadas ................................... 1255

ANEXOS......................................................................................................................... 1259 Anexo 1 Anexo 2 Proceso aleatorio para seleccionar la ubicacin de puntos de muestreo........................................................................................... 1263 ndice de partidas .............................................................................. 1271

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PRESENTACINEl Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de rgano rector a nivel nacional en materia de transporte y trnsito terrestre, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestin de la infraestructura vial y fiscalizar su cumplimiento. La Direccin General de Caminos y Ferrocarriles es el rgano de lnea de mbito nacional encargada de normar sobre la gestin de la infraestructura de caminos, puentes y ferrocarriles; as como de fiscalizar su cumplimiento. El Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin forma parte de los Manuales de Carreteras establecidos por el Reglamento Nacional de Gestin de Infraestructura Vial aprobado por D.S. N 034-2008-MTC y constituye uno de los documentos tcnicos de carcter normativo, que rige a nivel nacional y es de cumplimiento obligatorio por los rganos responsables de la gestin de la infraestructura vial de los tres niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local. El Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin tiene por finalidad uniformizar las condiciones, requisitos, parmetros y procedimientos de las actividades relativas a las obras de infraestructura vial, con el propsito de estandarizar los procesos que conduzcan a obtener los mejores ndices de calidad de la obra, que a su vez tienen por objeto prevenir y/o evitar las probables controversias que se generan en la administracin de los contratos. El presente Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin bsicamente constituye una actualizacin del Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin de Carreteras (EG-2000), y est organizado en captulos y secciones que abarcan las diferentes actividades o partidas y materiales empleados en la ejecucin de las obras viales. El Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin debe ser utilizado sin modificacin alguna, en todo caso, si durante la elaboracin de los estudios o ejecucin de obras surge la necesidad de incluir trabajos no contemplados, se propondr como Especificaciones Especiales ante la entidad contratante, quien se encargar de su aprobacin y reporte al rgano normativo de la infraestructura vial del MTC. Teniendo en consideracin que como toda ciencia y tcnica, la ingeniera vial est en permanente cambio e innovacin, es necesario que el presente documento sea revisado y actualizado peridicamente por el rgano normativo de la infraestructura vial del MTC, con la siguiente denominacin: Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin (EG - ao de actualizacin). Lima, Enero de 2013

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GENERALIDADES

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SECCION 01 GENERALIDADES

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SECCIN 01 Generalidades

El Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin es de carcter general y responde a la necesidad de promover la uniformidad y consistencia de las partidas y materiales que son habituales en proyectos y obras viales. Tambin tienen por funcin las de prevenir y disminuir las probables controversias que se generan en la administracin de los Contratos y propugnar la calidad del trabajo, para cuyo logro, se considera importante que los ejecutores promuevan mecanismos de autocontrol de calidad de obra y la aceptacin satisfactoria por parte de la entidad contratante. La Supervisin tendr la funcin de efectuar el Control de Calidad de la Obra para lo cual contar con los elementos tcnico-logsticos que requiera el Proyecto. Un aspecto a destacar en las presentes Especificaciones es considerar la importancia que tiene el factor humano y su entorno socio ambiental en la ejecucin de las obras viales, tomando las acciones y previsiones necesarias con la finalidad de mitigar los impactos socio ambientales, permitiendo un adecuado nivel de seguimiento y control para la preservacin de los ecosistemas y la calidad de vida de la poblacin. 01.01 Las especificaciones generales dentro del contrato de ejecucin de obra Las especificaciones tcnicas generales de este manual que sea necesario utilizar en un determinado proyecto, formarn parte de los documentos del contrato y compromete a las partes que lo suscriben. Toda normativa a la que se hace referencia en estas especificaciones generales debe estar vigente; en caso, alguna de ellas sufriera modificacin o actualizacin durante el periodo de vigencia de estas especificaciones generales, debe tomarse en consideracin.

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01.02 Especificaciones especiales Las especificaciones especiales sern de uso exclusivo para el proyecto para el cual ha sido propuesto, las cuales deben ser aprobadas por la entidad contratante y pasarn a formar parte del expediente tcnico del proyecto. As mismo dichas especificaciones luego de su aprobacin debern ser reportadas al rgano normativo de la infraestructura vial del MTC, para que evale la posibilidad de su incorporacin en el Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin. 01.03 Organizacin de las especificaciones generales Las Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin tienen la

siguiente estructura y organizacin: CAPTULOS Abarcan una serie de aspectos anlogos en cuanto a rubros de construccin que frecuentemente se utilizan en Proyectos viales. Un captulo puede contener varias SECCIONES. SECCIONES Una seccin trata especficamente una determinada tarea de construccin que generalmente constituye una partida que conforma el Expediente Tcnico del Proyecto. Una seccin estar conformada por SUBSECCIONES que por lo general abarcan lo siguiente: x Descripcin x Materiales x Equipo x Requisitos para la construccin x Medicin x Pago, y x Otros

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Codificacin de partidas La organizacin que se ha previsto para las Especificaciones Tcnicas, permiten una adecuada codificacin y la previsin necesaria para que peridicamente, en la medida que sea necesario, puedan ser ampliadas, revisadas y/o mejoradas. La codificacin responder al siguiente criterio: Cada uno de los captulos llevar como identificacin un dgito comenzando por 1, con progresin correlativa para los siguientes que se definan como tales. SECCIONES El espacio reservado por las secciones que se pueden introducir en un captulo tendr una capacidad de 99 secciones. A fin de poder albergar, intercalar o ampliar otras secciones que se requieran, se pueden codificar las secciones con intervalos entre cada una de ellas. SUBSECCIONES Las subsecciones tendrn una numeracin correlativa que identificar cada uno de los temas que son tratados dentro de la seccin. El criterio de codificacin planteado puede apreciarse a manera ilustrativa en el siguiente ejemplo: x Captulo 2: Movimiento de Tierras, identifica un determinado captulo como un rubro general de actividad. x Seccin 202: Excavacin para Explanaciones, identifica una actividad especfica de construccin que se encuentra dentro del Captulo Movimiento de Tierras. Generalmente una seccin corresponde a una partida del presupuesto. x Subseccin 202.21: Medicin, identifica la forma en que se efectuar la medicin de la partida especfica.

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De esta forma el cdigo 202.21 identifica la seccin 02 asociada a la actividad Excavacin para Explanaciones que se halla dentro del rubro general del captulo 2 Movimiento de Tierras. El punto decimal o un guin separador delimitan la Subseccin 21 Medicin. Grficamente la codificacin planteada ser:

Dos dgitos identifican la subseccin

Un primer dgito identifica un Captulo determinado (capacidad: 9 Captulos)

Un punto o un guin separa la identificacin del Captulo y la Seccin de la Subseccin

Dos siguientes dgitos. Identifican una Seccin o una actividad especfica

La identificacin de la Subseccin no es necesariamente la misma para una u otra seccin, ya que depender de la cantidad de subsecciones que contenga una seccin, lo que es variable en funcin de la importancia y complejidad de la actividad. En consecuencia la Subseccin tiene carcter descriptivo y responde solo a la necesidad de una mayor o menor necesidad de caractersticas de mtodos constructivos, preparacin, materiales, trfico, mantenimiento, mediciones, bases de pago y otros aspectos que requieran ser descritos o mencionados en una Subseccin. Es correlativo solo para ordenar el texto y no tiene asociado ninguna caracterstica especfica. La codificacin de la seccin es nica y est asociada a una determinada actividad constructiva o de carcter general y a un determinado captulo o grupo de actividades anlogas. Las secciones tendrn una numeracin correlativa y entre parntesis se colocar el actualizacin. Ventajas de la codificacin x x Identificacin precisa de una determinada seccin o partida. Permite uniformizar el Expediente Tcnico de Licitacin y Presupuestos, ya que la gran mayora de actividades tendr un cdigo determinado al que se referirn todos los documentos del Expediente Tcnico. x Ser posible incorporar y ampliar partidas no previstas en las Especificaciones Tcnicas, pero necesarias en un Proyecto especfico, aprovechando los intervalos de la codificacin y la posibilidad de compatibilizar determinadas partidas dentro de un grupo de secciones. ao de su creacin o

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x

Los

Proyectos

viales

deben

referirse

a

la

codificacin

de

las

especificaciones con el fin de uniformizar los criterios, tanto en la ejecucin del Proyecto como en la construccin y control de las obras. Partidas de pago La presentacin de los distintos tems de pago sigue la siguiente codificacin:

Letra mayscula colocada en orden alfabtico

Un primer dgito identifica un Captulo determinado (capacidad: 9 Captulos)

Un punto o un guin separa la identificacin del Captulo y la Seccin de la Subseccin

Dos siguientes dgitos. Identifican una Seccin o una actividad especfica (Capacidad: 99 secciones por cada Captulo)

En cualquier Especificacin Especial, se deber seguir esta codificacin para crear un nuevo tem. 01.04 Abreviaturas Las abreviaciones utilizadas en el texto del Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin, representan lo que se indica a continuacin: x AASHTO: American Association of State Highway and

Transportation Officials o Asociacin Americana de Autoridades Estatales de Carreteras y Transporte. x ACI: American Concrete Institute o Instituto Americano del

Concreto. x x AENOR: Asociacin Espaola de Normalizacin. AFNOR: Association Franaise de Normalization o Asociacin

Francesa de Normalizacin. x x AI: The Asphalt Institute o Instituto del Asfalto. ANSI: American National Standards Institute o Instituto Nacional de Normalizacin Estadounidense. x API: American Petroleum Institute o Instituto Americano del Petrleo. x ASTM: American Society for Testing and Materials Sociedad Americana para Ensayos y Materiales. x AWS: American Welding Society o Asociacin de Soldadura

Americana.

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x x x

BS: British Standards o Normas Britnicas. CEN: Comit Europeo de Normalizacin. (EG - ao de actualizacin): Manual de Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin.

x x x

(DG - ao de actualizacin): Manual de Diseo Geomtrico. (EM - ao de actualizacin): Manual de Ensayo de Materiales. (DCT - ao de actualizacin): Manual de Dispositivos de Control de Trnsito Automotor para Calles y Carreteras.

x x

EE: Especificaciones Especiales. FHWA: Federal Highway Administration o Administracin Federal de Carreteras.

x x

INRENA: Instituto Nacional de Recursos Naturales. ISSA: International Slurry Surfacing Association o Asociacin Internacional de Superficies con lechadas asflticas.

x x x x

MTC: Ministerio de Transportes y Comunicaciones. NTL: Normas Tcnicas de Laboratorio (Espaa). NTP: Norma Tcnica Peruana. PCA: Portland Cement Association o Asociacin del Cemento Portland.

x

SI:

Sistema

Internacional

de

Unidades

(Sistema

Mtrico

Modernizado). x SLUMP: Sistema Legal de Unidades de Medida del Per (el SI en el Per). x x UNE: Norma Tcnica Espaola (AENOR) UNE-EN: Norma Tcnica Espaola originada por la trasposicin de una norma europea (AENOR) 01.05 Sistema de medidas Las unidades de medida utilizadas y sus smbolos, corresponden al Sistema Legal de Unidades de Medida de Per (SLUMP aprobada con la Ley 23560), que adopta a su vez las unidades del Sistema Internacional de Unidades (SI). El SI recomienda minimizar el uso de unidades de otros sistemas, pero en este Manual se han aadido otras unidades que se utilizan en el medio

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peruano. Aquellas que no se encuentren incluidas en la lista siguiente, se definirn como lo establece el SLUMP o la norma ASTM E 380 Standard Practice for Use of International System of Units (SI) (The Moderniced Metric System) o, en su defecto, en las especificaciones y normas a las cuales se hace referencia en el presente documento. El sistema empleado para separar decimales con una coma es el establecido por el Sistema Internacional, y es adoptado por la mayora de los pases. En cuanto a la separacin por miles, se considera necesario adoptar el punto, para evitar confusiones con los espacios (ejemplo: 1.234,55).

a.

Unidades bsicasSmbolo m kg s K cd Unidad de Medida metro kilogramo segundo Kelvin candela Magnitud Fsica longitud masa tiempo temperatura termodinmica intensidad luminosa

b.

Unidades derivadas con nombre y smbolo propiosSmbolo Hz N Pa J W V lx rad : C H Unidad de Medida Hertz (s ) (Hercio) Newton (Kg.m/s ) Pascal (N/m ) Joule (N.m)(Julio) Watt (J/s) (Vatio) Voltio (W/A) lux ngulo plano Ohm (V/A) Ohmio grado Celsius (grado centgrado) grado angular Henry (Henrio)2 2 -1

Magnitud Fsica frecuencia fuerza presin energa, trabajo potencia, flujo radiante potencial elctrico iluminacin radin resistencia elctrica temperatura ngulo plano inductancia

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c.

Otras unidades derivadasSmbolo m m3 2 3

Unidad de Medida metro cuadrado metro cbico metro cbico por kilometro kilogramo por metro cbico metro por segundo

Magnitud Fsica rea volumen volumen por distancia densidad velocidad

m -km kg/m m/s3

d.

PrefijosSmbolo E P T G M k m n p f a Prefijo exa peta tera giga mega kilo mili micro nano pico femto atto Valor 1018 15 12 9 6 3

10 10

10 10

10 10

-3 -6 -9

10 10 10 10

-12 -15

10

-18

e.

Otros prefijosSmbolo h da d c Prefijo hecto deca deci centi Valor 102

10 10 10

1

-1 -2

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f.

Unidades de otros sistemas utilizadas en PerSmbolo min h d l ton ha Unidad de Medida minuto hora da litro tonelada mtrica hectrea Magnitud Fsica tiempo Tiempo tiempo volumen masa rea

g.

Notacin para taludes (vertical: horizontal)

Para taludes con inclinacin menor que 1:1, expresar la inclinacin del talud como la relacin de una unidad vertical a un nmero de unidades horizontales (1:n). Para taludes con inclinacin mayor que 1:1 expresar la inclinacin del talud como la relacin de un nmero de unidades verticales a una unidad horizontal (n:1). 01.06 Definiciones La definicin de los trminos usados en el presente documento corresponden al Glosario de Trminos de Uso Frecuente en Proyectos de Infraestructura Vial, aprobado mediante Resolucin Ministerial N. 660-2008-MTC/02. As mismo, a continuacin se incluyen la definicin de los trminos no contenidos en el indicado glosario y que sern de uso exclusivo para el presente documento. Bases de Licitacin Documento que contiene para todas las disposiciones, licitacin y condiciones el y

procedimientos

efectuar

una

para

control

administrativo de la obra durante su ejecucin y hasta su liquidacin final. Contrato Documento o instrumento jurdico suscrito entre la Entidad Licitante y el Contratista, de conformidad con las Leyes del Per. En l se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.

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Dispositivos de Control de Trnsito Estn conformados por las seales verticales y horizontales, semforos y dispositivos auxiliares que tienen la funcin de facilitar al conductor la observancia estricta de las reglas que gobiernan la circulacin vehicular, tanto en carreteras como en las calles de la ciudad. Efecto Todo comportamiento o acontecimiento del que pueda razonablemente decirse que ha sido influido por algn aspecto del programa o Proyecto. Enfermedad Profesional Enfermedad producto del trabajo diario en un ambiente daino, que es de origen lento y se agrava tambin lentamente. Entidad Licitante Es la entidad pblica que somete a licitacin de acuerdo a las leyes del Per, la ejecucin de una determinada obra. Impacto Resultado de los efectos de un Proyecto (ONU, 1984) con alteraciones que se dan a mediano o largo plazo en la poblacin objetivo y que pueden atribuirse nica y exclusivamente al Proyecto. Ingeniero Residente Superintendente Profesional representante autorizado del Contratista, con la autoridad para actuar por l en la direccin de la obra. Inspector Funcionario de la Entidad Licitante en quien se ha delegado la

responsabilidad de supervisar un determinado Proyecto. Poblacin afectada Las personas que por resultado de las actividades relacionadas con un Proyecto reciben las consecuencias del mismo.

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Proyecto Comprende los estudios y las obras de una determinada intervencin del Estado. Incluyendo el Reasentamiento Involuntario y el Plan de Conservacin Ambiental. Salubridad Aspectos y condiciones que tienden a conservar y preservar la salud de los seres orgnicos. Salud Estado en que el ser orgnico ejerce normalmente todas sus funciones. Trfico de Diseo Nmero de aplicaciones de carga para el perodo de diseo del Proyecto. Si el nmero de aplicaciones es menor de 104 se considera Trfico Ligero. Si el nmero de aplicaciones es mayor o igual a 104 y menor de 106 se considera como trfico Medio. Si el nmero de aplicaciones es mayor o igual a 106, se considera trfico pesado. Zona del Proyecto rea que comprende al Proyecto y las zonas adyacentes o

complementarias requeridas por este.

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SECCION 02 CONDICIONES DE LICITACIN

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SECCIN 02 Condiciones de licitacinLas condiciones generales de la contratacin se encuentra determinado por los actos comprendidos en el proceso de seleccin que se inicia con la convocatoria, incluye base legal, registro de participantes y entrega de bienes, formulacin y absolucin de consultas, elevacin de observaciones al OSCE e integracin de las bases, forma de presentacin de la propuestas, contenido de la propuesta tcnica, econmica, evaluacin de propuestas, otorgamiento y consentimiento de la buena pro, solucin de controversias, suscripcin y vigencia del contrato, requisitos de las garantas, ejecucin de las garanta, rgimen de penalidades, adelantos y pagos. Todos estos aspectos bsicos deben estar contenidos en las Bases que prepara la Entidad convocante, acorde a la normatividad vigente. En el caso de obras se debe contar con el expediente tcnico aprobado y cumplirse con las dems obligaciones establecidas en el ordenamiento legal como a continuacin se detalla: Tabla 02-01Nmero Descripcin Constitucin Poltica del Estado, Ttulo III, Captulo IV, Artculo 76 Decreto Legislativo que aprueba la ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento Decreto Supremo N 184-2008-EF Ley de presupuesto del Sector Pblico Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica y sus modificatorias Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica y su modificatoria Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica Fecha de Publicacin 30 DIC.1993 04 JUN.08; entraron en vigencia el 1 FEB.2009 de conformidad al Decreto de Urgencia N 014-2009 pub. 31 ENE.2009 vigente 28 JUL.2000 El Reglamento publicado el 19 JUL07 y la modificatoria el 16 FEB.09 05 FEB.2009

D. Leg. N 1017

Ley N Ley N 27293 D.S. N 102-2007 EF modificada por D.S. N 0382009-EF Resolucin Directoral N 002-2009-EF/68.01

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En toda contratacin para construccin de carreteras se aplicarn criterios para garantizar la sostenibilidad ambiental, procurando evitar impactos ambientales negativos en concordancia con la normatividad aplicable vigente, entre las cuales se indican las siguientes: Tabla 02-02Nmero D.S. N012-2009-MINAM Ley N 28611 D. L. N 1055 Ley N 28245 D.S. N 08-2005-PCM D. L. N 1078 que modifica la Ley N 27446 D. S. N 019-2009-MINAM Ley N 29338 D.S. N 001-2010-AG Descripcin Poltica Nacional del Ambiente Ley General del Ambiente que modifica la Ley N 28611 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental Reglamento Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental Ley de Recursos Hdricos Reglamento de la Ley de Recursos Hdricos Reglamento sobre Transparencia acceso a la informacin pblica ambiental y participacin y consulta ciudadana en asuntos ambientales Modifica Ley General de Residuos Slidos Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indgenas u Originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la OIT Reglamento de la Ley N 29785 Fecha de Publicacin 23 MAY.2009 15 OCT.2005 27 JUN.2008 04 JUN.2004 28 ENE.2005 28 JUN.2008

25 SET.2009 31 MAR.2009 24 MAR.2010

D.S. N 002-2009-MINAM

17 ENE.2009

D. L. N 1065 modifica Ley N 27314 Ley N 29785 D.S. N 001-2012-MC

28 JUN.2008

6 SET.2011 2 ABR.2012

Las obras se ejecutaran con el menor impacto ambiental, principalmente en lo relativo a la utilizacin de suelos, cursos de agua, calidad del aire, fauna y flora silvestre, as como la relacin con la comunidad afectada por el Proyecto.

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la autoridad en esta materia a travs de la Direccin General de Asuntos Socio Ambiental, la misma que se encarga de velar por el cumplimiento de las normas vigentes aplicables con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura, indicndose entre otros, los siguientes conceptos y normas:

a.

Proteccin y preservacin del medio ambiente Tabla 02-03

Nmero

Descripcin Manual Ambiental para el Diseo y Construccin de Vas

Fecha de Publicacin 1995 22 NOV.2005

R.D. N 0682005-MTC/ 16

Manual de Gestin Socio Ambiental para Proyectos Viales Departamentales Gua Ambiental para la Rehabilitacin Mantenimiento de Caminos Rurales y

Manual de Concienciacin Ambiental para la Rehabilitacin y el Mantenimiento de Caminos Rurales Gua para la Determinacin de los Costos Ambientales en Carreteras R.V.M. N. 22699MTC/15.02 Gua para Supervisin Ambiental de Carreteras Informe de Supervisin Ambiental. Especificaciones Tcnicas Generales Medidas Ambientales a ejecutar finalizadas las Obras Gua para elaborar Estudios de Impacto Ambiental en el Sector Transportes Gua para el Desarrollo de Auditoras e Inspectoras Ambientales de Proyectos Viales R.N.M.N 10792007-MTC/ 02 Lineamientos para la Elaboracin de los Trminos de referencia de los estudios de Impacto Ambiental para proyectos de infraestructura vial 1995 1995 1999

28 DIC.2007

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En el mbito nacional las normas que tienen relacin con la Proteccin y Preservacin del Medio Ambiente, entre otras son las siguientes: Tabla 02-04Nmero Art. 66-69 Del ambiente y Recursos Naturales Ley N 26410 Ley N 28245 D.S. N 08-2005-PCM Ley N 28611 D. L. N 1013 Res. Contralora N 4702008-CG Ley N 29256 D.S. N 021-2008-MTC Ley N 28804 Ley N 26786 Ley N 26834 Ley N 26913 Ley N 613-90 D.L. N 757-91 Ley N 28221 Descripcin Constitucin Poltica, Ttulo III, Captulo II Ley del Consejo Nacional del Ambiente Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental Reglamento Ley Marco de Gestin Ambiental Ley General del Ambiente Ley de Creacin Organizacin y Funciones del Ministerio del Ambiente Gua de Auditora Ambiental Gubernamental Ley que regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos Regula Declaratoria de Emergencia Ambiental Ley de Evaluacin del Impacto Ambiental para obras y actividades Ley de reas Naturales Protegidas Ley que modifica el Cdigo del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales Obligacin de realizar estudios de Impacto Ambiental (EIA) derogado por la Ley N 28611 Ley Marco Crecimiento de la inversin Privada Ley que regula el derecho por extraccin de materiales de los lveos o cauces de los ros por las municipalidades Normas para aprovechamiento de canteras de materiales de construccin que se utilizan en obras de infraestructura del Estado Reglamento de normas aprovechamiento de canteras para el Fecha de Publicacin 30 DIC.1993 22 DIC.1994 08 JUN.2004 28 ENE.2005 15 OCT.2005 14 MAY.2008 01 NOV.2008 04 JUL.2007 10 JUN.2008 21 JUL.2006 1997 1997 1998 1990 13 NOV.1991 07 MAY.2004

D.S. N. 037-96-EM R.M. N EM/VMM Ley N 28221 188-97-

28 OCT.1996

1997

Ley que regula el derecho por extraccin de materiales de alveolos o cauces de los ros por las municipalidades Reglamento Nacional para la aprobacin de Estndares de Calidad Ambiental y Lmites Mximos Permisibles Establecen Lmites Mximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehculos automotores que circulen en la red vial

11 MAY.2004

D.S. N. 044-98-PCM

11 NOV. 1998

D.S. N 047-2001-MTC

0CT.2001

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Las obras se ejecutaran con estricto cumplimiento de las recomendaciones descritas en el Estudio de Impacto Ambiental sobre Manejo de reas Ambientales.

b.

Seguridad laboral Tabla 02-05Nmero Descripcin Normas Bsicas de Seguridad e Higiene en Obras de Edificacin Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y su modificatoria Ley de Accidentes de Trabajo. Declarada no vlido por Ley N. 29477. Restablecen vigencia del D.L. N 18846 sobre Seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a travs de la Ley N. 26183 de 1993. Restablece a la Ley de Accidentes de Trabajo Ley de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud Reglamento de la Ley de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud Normas Tcnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y su modificatoria Reglamento de Seguridad e Higiene Minera Ley Procesal del Trabajo Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo que rige para los trabajadores sujetos al rgimen laboral privado Ley de Consolidacin de Beneficios Sociales Reglamento de la Ley de Consolidacin de Beneficios Sociales Ley General de Inspeccin del Trabajo y su modificatoria Reglamento de la Ley General de Inspeccin del Trabajo Fecha de Publicacin 23 MAR.1983 28 SET.2005 y la modificacin el 06 ABR.2007

R.S. N. 021-83-TR D.S. N 009-2005-TR Mod. D.S. N 007-2007-TR

D.L. N. 18846

1971

Ley N. 26183 Ley N. 26790 D.S.N 009-97-SA D.S. N 003-98-SA D.S. N 009-2005-TR Mod. D.S.N 007-2007-TR D.S. N. 046-2001-EM Ley N. 26636 D.L. N. 728 D.L. N. 688 D.S. N. 024-2001-TR Ley N. 28806 modificado por Ley N. 29346 D.S. N. 019-2006-TR Mod. D.S. N 019-2007-TR

1993 17 MAY.1997 09 SET.1997 14 ABR.1998 28 SET.2005 modificado del 06 ABR.2007 26 JUL.2001 24 JUN.1996 1991 1991 2001 19 JUN.2006 modificado el 09 ABR.2009 29 OCT.2006 modificado el 11 SET.2007

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c.

Aspectos socio culturales Tabla 02-06Nmero Descripcin Constitucin Poltica del Per Ley Orgnica de Municipalidades Ley que restituye recursos a los gobiernos Municipales Ley Orgnica de Gobiernos Regionales Ley de los Derechos de Participacin y Control Ciudadanos Reglamento sobre Transparencia Acceso a la Pblica Ambiental y Informacin Participacin y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales Ley que dispone medidas de proteccin que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucin de obras en bienes culturales inmuebles Ley de Promocin de la Inversin Privada en Acciones de Renovacin Urbana Reglamento del Decreto Legislativo 696. Ley General de Transporte y Trnsito Terrestre Reglamento Nacional Infraestructura Vial de Gestin de Fecha de Publicacin 1993 27 MAY.2003 29 DIC.2001 26 JUN.2007 07 ENE.2009

Art. 21 Patrimonio Cultural de la Nacin Ley N. 27972 Ley N. 27616 Ley N 27867 Ley N. 29313 que modifica la Ley N. 26300

D.S. N 002-2009-MINAM

16 ENE.2009

Ley N. 27580

06 DIC.2001

D.L. N. 696 D.S. N. 11-95-MTC Ley N 27181 D.S. N 034-2008-MTC D.S. N 017-2007-MTC Ley N 28296 Mod. por D. L. 1003

1991 1995 1995 2008 2007 2004 modificacin publicada el 02 MAY.2008

Reglamento de Jerarquizacin Vial Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin y su modificacin respecto al Art. 30 para la agilizacin en la ejecucin de obras pblicas Proteccin, Conservacin y Recuperacin de bienes arqueolgicos, histricos y culturales.

R.L. N. 26236 TITULO VIII DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL (Art. 226- 231) Mod. por Ley N. 27244 Ley N. 228567 Ley N 29263 Arts. 304 - 307 sobre Delitos Ambientales Arts. 308 - 313 Delitos contra los Recursos Naturales Art. 936 Proteccin al Patrimonio Cultural de la Nacin

1993

Cdigo Penal D. L. N 635 y su modificatoria

Cdigo ao 1991 modificatoria 26 DIC.1999 02 JUL.2005

Modifica el Art. 228 del Cdigo Penal

Ley que modifica diversos artculos del Cdigo Penal y de la Ley General del Ambiente

02 OCT.2008

Cdigo Civil D. L. N 295

25.JUL.1984

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Tabla 02-06 (Continuacin)Nmero Ley N 27752 Ley N 27444 art.34 Procedimiento de Evaluacin Previa con silencio negativo , cuando la solicitud versa sobre asuntos de inters pblico (..) la defensa nacional y el patrimonio histrico cultural de la Nacin. Ley N. 29060 Primera Disposicin Transitoria Complementaria y Final D.S. N 010-09-VIVIENDA Norma G.050 Seguridad durante la Construccin Ley N. 27117 Ley N. 27628 Ley del Silencio Administrativo 07 JUL.2007 Descripcin Ley que modifica Art. 82 del Cdigo Procesal Civil sobre Patrocinio de Intereses Difusos Fecha de Publicacin 08 JUN.2002

Ley de Procedimiento Administrativo General

ABR.2001

Actualizacin del Reglamento Nacional de Edificaciones Ley General de Expropiaciones Ley que facilita la ejecucin de obras pblicas viales Ley que establece medidas para agilizar el procedimiento de expropiacin de los inmuebles afectados por la ejecucin de obras pblicas de infraestructura de gran envergadura Ley de Saneamiento de Inmuebles del Estado Que precisa que la Direccin Nacional de Construccin ser el rgano responsable de llevar a cabo las tasaciones Reglamento Nacional de Tasaciones del Per Que regula el rgimen temporal extraordinario de formalizacin y Titulacin de Predios Rurales ( que no es aplicable para el caso de los pueblos indgenas) Reglamento del D. L. N. 1089

09 MAY.2009 1999 09 ENE.2002

Ley N. 29171

22 DIC.2007

Ley N. 26512 R.M. N 631-2007VIVIENDA R.M. N 126-2008VIVIENDA

27 JUL.1995 12 DIC.2007

13 MAY.2007

D.L. N. 1089

28 JUN.2008

D.S. N 032-2008VIVIENDA

14 DIC.2008

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d.

Aspectos de seguridad vial Tabla 02-07Nmero Descripcin Manual de Dispositivos de Control de Trnsito Automotor para Calles y Carreteras Modifican el Manual de Dispositivos de Control de Trnsito Automotor para Calles y Carreteras Modifican el Manual de Dispositivos de Control de Trnsito Automotor para Calles y Carreteras Modifican el Manual de Dispositivos de Control de Trnsito Automotor para Calles y Carreteras Directiva de Reductores Velocidad Tipo Resalto de Fecha de Publicacin

R.M. N. 210-2000-MTC/15.02

03 MAY.2000

R.M. N 405-2000-MTC-02 que modifica la R.M N. 210-2000MTC/15.02 R.M. N 733-2004-MTC-02 que modifica la R.M N. 210-2000MTC/15.02

07 OCT.2000

29 SET.2004

R.M. N. 870-2008-MTC/02

09 DIC.2008

R.D. N. 050-2007-MTC/14

2007

R.M. N. 824-2008-MTC/02

Directiva de Sistema de Contencin de Vehculos Tipo Barreras de Seguridad

2008

e.

Aspectos contractuales, de Procedimientos y de Control Tabla 02-08Nmero Descripcin Ley de Arbitraje Ley de Conciliacin Reglamento Conciliacin de la Ley de Fecha de Publicacin 28 JUN.2008 28 JUN.2008

D.L. N 1071 que mod. Ley N 26572 D.L. N 1070 que mod. Ley N 26872

D.S. 014-2008 JUS

30 AGO.2008

Ley N. 29370

Ley de Organizacin y funciones del Ministerio de Transporte y Comunicaciones Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y sus modificatorias Ley de Control Interno de las Entidades del Estado Directiva sobre control previo externo de las prestaciones adicionales de obra Modifican el TUPA del MTC

03 JUN.2009

Ley N 27785

23 JUL.2002

Ley N 28716

18 ABR.2006

Res. Contralora 196-2010-CG R.M. N 846-2009

23 JUL.2010 15 DIC.2009

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SECCION 03 CONTROL DE MATERIALES

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SECCIN 03 Control de materiales03.01 Generalidades Todos los materiales necesarios para la ejecucin de las obras sern suministrados por el Contratista, por lo que es de su responsabilidad la seleccin de los mismos, de las fuentes de aprovisionamiento del Proyecto, teniendo en cuenta que los materiales deben cumplir con todos los requisitos de calidad exigidos en estas Especificaciones y requerimientos establecidos en los Estudios Tcnicos y Ambientales del Proyecto. Los precios consignados en los presupuestos de cada Proyecto debern incluir los costos de transportes, carga, descarga, manipuleo, mermas y otros conceptos que pudieran existir. El Contratista deber conseguir oportunamente todos los materiales y suministros que se requieran para la construccin de las obras y mantendr permanentemente una cantidad suficiente de ellos para no retrasar la progresin de los trabajos. En el caso de zonas caracterizadas por pocas de lluvias, huaycos, desbordes de ros y fuertes variaciones climticas suele darse la interrupcin de las vas de comunicacin lo cual impide el normal suministro de materiales, vveres y medicinas. Por previsin ante estas variaciones es responsabilidad del Contratista elaborar un Plan de Emergencia de previsin de almacenamiento de stock que cubra un lapso no menor de 30 das. La cuantificacin del stock se elaborar basndose en una previa evaluacin de los consumos mensuales y en funcin de las diferentes etapas del proceso de ejecucin de la obra. Los materiales suministrados y dems elementos que el Contratista emplee en la ejecucin de las obras debern ser de primera calidad y adecuados al objeto que se les destina. Los materiales y elementos que el Contratista emplee en la ejecucin de las obras sin el consentimiento y aprobacin del Supervisor debern ser rechazados por ste cuando no cumplan los controles de calidad correspondientes.

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03.02 Certificacin de calidad Los materiales a emplear en obra y que sean fabricados comercialmente deben estar respaldados por certificados del productor en el que se indique el cumplimiento de los requisitos de calidad que se establecen en estas especificaciones. La certificacin debe ser entregada para cada lote de materiales o partes entregadas en la obra. As mismo, de ser el caso el Contratista tambin presentar certificados de calidad emitidos por organismos nacionales oficiales. Del mismo modo los materiales que por su naturaleza qumica o su estado fsico presenten caractersticas propias de riesgo deben contar con las especificaciones de produccin respecto a su manipulacin, transporte, almacenamiento y medidas de seguridad a ser tenidas en cuenta. Esta disposicin no impide que la Supervisin solicite al Contratista, como responsable de la calidad de la obra, la ejecucin de pruebas confirmatorias en cualquier momento en cuyo caso si se encuentra que no estn en conformidad con los requisitos establecidos sern rechazados estn instalados o no. Las copias de los certificados de calidad del fabricante o de los resultados de las pruebas confirmativas deben ser entregadas al Supervisor. Si el Supervisor cree necesario tanto tomar muestras como repetir o adicionar pruebas para verificar la calidad de los materiales, debido a que las pruebas del Contratista sean declaradas invlidas, no se har pago de dicho trabajo puesto que se considera una obligacin subsidiaria del Contratista. 03.03 Almacenamiento de materiales Los materiales tienen que ser almacenados de manera que se asegure la conservacin de su calidad para la obra y tienen que ser localizados de modo que se facilite su rpida inspeccin. Cualquier espacio adicional que se necesite para tales fines tiene que ser provisto por el Contratista sin costo alguno para la entidad contratante. Los materiales an cuando hayan sido aprobados antes de ser almacenados, pueden ser inspeccionados, cuantas veces sean necesarias, antes de que se utilicen en la obra. En el almacenamiento de los materiales es responsabilidad del Contratista garantizar medidas mnimas de seguridad a fin de evitar accidentes que afecten fsicamente a los trabajadores y personas que circulen en la obra.

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Ser responsabilidad del Supervisor la verificacin del cumplimiento de las mismas, considerando que: x Los materiales sean almacenados fuera del rea de trnsito peatonal y de traslado de maquinarias y equipos. x Los materiales no sean apilados contra tabiques y paredes sin comprobar la suficiente resistencia para soportar la presin. Se recomienda una distancia mnima de 0,50 m entre el tabique o pared y las pilas de material. x Las barras, tubos, maderas, etc., se almacenen en casilleros para facilitar su manipuleo y as no causar lesiones fsicas al personal. x Cuando se trate de materiales pesados como tuberas, barras de gran dimetro, tambores, etc., se arrumen en camadas debidamente esparcidas y acuadas para evitar su deslizamiento y facilitar su manipuleo. x En el almacenamiento de los materiales, que por su naturaleza qumica o su estado fsico presenten caractersticas propias de riesgo, se planifique y adopten las medidas preventivas respectivas segn las especificaciones tcnicas dadas por el productor. x Las medidas preventivas as como las indicaciones de manipulacin, transporte y almacenamiento de los materiales de riesgo, sean informadas a los trabajadores mediante carteles estratgicamente ubicados en la zona de almacenamiento. x El acceso a los depsitos de almacenamiento, est permitido

solamente a personas autorizadas y en el caso de acceso a depsitos de materiales de riesgo, las personas autorizadas debern estar debidamente capacitadas en las medidas de seguridad a seguir y as mismo, contar con la proteccin adecuada requerida segn las especificaciones propias de los materiales en mencin. Todas las reas de almacenamiento temporal e instalaciones de las plantas, tienen que ser restauradas a su estado original por el Contratista segn las Normas contenidas en los Manuales y Reglamentos de Medio Ambiente que forman parte del Expediente Tcnico y segn lo estipulado en la Seccin 906.

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03.04 Transporte de los materiales Todos los materiales, tanto los transportados a obra como los generados durante el proceso constructivo, tienen que ser manejados en tal forma que conserven su calidad para el trabajo. Los agregados tienen que ser transportados desde lugar de almacenaje o de produccin hasta la obra en vehculos cubiertos y asegurados a la carrocera, de tal modo que eviten la prdida o segregacin de los materiales despus de haber sido medidos y cargados. El transporte de los materiales debe sujetarse a las medidas de seguridad, segn las normas vigentes y deben estar bajo responsabilidad de personas competentes y autorizadas. Los medios empleados para el transporte de materiales deben ser adecuados a la naturaleza, tamao, peso, frecuencia de manejo del material y distancia de traslado para evitar lesiones fsicas en el personal encargado del traslado de los materiales y reducir el riesgo de accidentes durante el proceso de traslado. Los equipos y vehculos de transporte de materiales debern ser operados por personal autorizado y debidamente capacitado para ello. Antes de ingresar a vas pavimentadas, se debern limpiar los neumticos de los vehculos. Cualquier dao producido por los vehculos de obra en las vas por donde transitan, debern ser corregidos por el Contratista a su cuenta, costo y riesgo. 03.05 Material provisto por la entidad contratante Cualquier material proporcionado por la entidad contratante, ser entregado o puesto a disposicin del Contratista en los almacenes y lugares que se indiquen en el contrato. El costo del transporte a obra, manejo y la colocacin de todos esos materiales despus de entregados al Contratista se considerar incluido en el precio del contrato para la partida correspondiente a su uso. El Contratista ser responsable de todo el material que le sea entregado. En caso de daos que puedan ocurrir despus de dicha entrega se efectuarn las deducciones correspondientes y el Contratista asumir las reparaciones y reemplazos que fueran necesarios, as como por cualquier demora que pueda ocurrir. 03.06 Inspeccin en las fuentes de produccin El Supervisor puede llevar a cabo la inspeccin de materiales en las fuentes de produccin y en los laboratorios de control de calidad. Se pueden obtener

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muestras de material para realizar ensayos de laboratorio y as comprobar que se cumplen los requisitos de calidad del material. Esta puede ser la base de aceptacin de lotes fabricados en cuanto a la calidad. En todos los casos que se realice una inspeccin, el Supervisor tendr la cooperacin y ayuda del Contratista y del productor de los materiales y contar con libre acceso a todas las instalaciones y laboratorios de control de calidad. Las fuentes de produccin sern inspeccionadas peridicamente para

comprobar su cumplimiento con mtodos especificados. 03.07 Uso de materiales encontrados en la ejecucin de la obra Excepto cuando se especifique de otra forma, todos los materiales adecuados que sean encontrados en la excavacin, tales como piedra, grava o arena, debern ser utilizados en la construccin de terraplenes o para otros propsitos segn se haya establecido en el contrato o segn ordene el Supervisor. El Contratista no deber excavar o remover ningn material fuera del derecho de va de la carretera, sin autorizacin escrita de la entidad competente y/o propietario. En caso que el Contratista haya producido o procesado material en exceso a las cantidades requeridas para cumplir el contrato, la entidad contratante podr tomar posesin de dicho material en exceso, incluyendo cualquier material de desperdicio, sin obligacin de reembolsar al Contratista por el costo de produccin, o podr exigir a este, que retire dicho material y restaure el entorno natural a una condicin satisfactoria a su costo. Para el caso de materiales extrados, segn lo indica la Ley N 26737, el D.S. N 013-97-AG y el D.S. N 016-98-AG, el volumen extrado de los materiales de acarreo, ser de acuerdo al autorizado en el permiso otorgado, el cual debe corresponder al expediente tcnico de la obra. Luego de finalizada la obra el material excedente quedar a la disponibilidad de la Administracin Tcnica del Distrito de Riego. Los materiales excedentes de la obra, sern dispuestos y acondicionados en los lugares debidamente autorizados (DME), segn lo establecido en la Seccin 209. El material de cobertura vegetal u orgnica que se destine para su uso posterior en actividades de revegetacin de taludes, canteras u otros fines, se almacenar en sitios adecuados para este propsito, hasta su utilizacin

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cuidando

de

no

mezclarlo

con

otros

materiales

considerados

como

desperdicios. 03.08 Materiales defectuosos Todo material rechazado por no cumplir con las especificaciones exigidas, deber ser restituido por el Contratista y queda obligado a retirar de la obra los elementos y materiales defectuosos a su costo, en los plazos que indique el Supervisor.

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SECCION 04 CONTROL DE CALIDAD

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SECCIN 04 Control de calidad

Descripcin04.01 Generalidades En esta seccin se muestran en forma general, los distintos aspectos que deber tener en cuenta el Supervisor para realizar el Control de Calidad de la obra, entendiendo el concepto como una manera directa de garantizar la calidad del producto construido. Asimismo el Contratista debe realizar su propio control de la calidad de la obra. La Supervisin controlar y verificar los resultados obtenidos y tendr la potestad, en el caso de dudas, de solicitar al Contratista la ejecucin de ensayos especiales en un laboratorio independiente. La responsabilidad por la calidad de la obra es nica y exclusivamente del Contratista. Cualquier revisin, inspeccin o comprobacin que efecte la Supervisin no exime al Contratista de su obligacin sobre la calidad de la obra.

Requerimientos de construccin04.02 Laboratorio El Laboratorio de la Supervisin, as como el del Contratista deber contar con los equipos que se requieren en el Expediente Tcnico. Todos los equipos, antes de iniciar la obra, debern poseer certificado de calibracin, expedido por una firma especializada o entidad competente de acuerdo al Reglamento de Acreditacin de Organismos de Certificacin, Organismos de Inspeccin y Laboratorios de Ensayo y Calibracin. Este certificado debe tener una fecha de expedicin menor de 1 mes antes de la orden de inicio. La certificacin de calibracin de los equipos deber actualizarse cada 6 meses, contados estos a partir de la ltima calibracin.

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El sitio para el laboratorio debe estar dotado por lo menos de 4 reas, las cuales deben estar delimitadas por ambientes separados, con las siguientes reas mnimas: x rea de Ejecucin de Ensayos: 24 m2 x rea de Almacenamiento de materiales: 12 m2 x rea de Gabinete de Laboratorio: 12 m2 x rea de laboratorio de Supervisin: 16 m2 04.03 Organizacin La Supervisin deber establecer una organizacin para las labores de Control de Calidad de la obra, la cual estar compuesta como mnimo de la siguiente forma: x Jefe de Supervisin: Profesional especializado y con la experiencia requerida de acuerdo al contrato suscrito con la entidad contratante. x Jefe de Laboratorio: Profesional especializado en el manejo de laboratorios de suelos y pavimentos y con experiencia, acorde a lo requerido en el contrato suscrito con la entidad contratante. x Laboratoristas Inspectores: Profesionales o tcnicos de laboratorio con experiencia en control de calidad de obras viales, acorde a los requisitos y cantidades establecidos en el contrato suscrito con la entidad contratante. x Ayudante de Laboratorio: Personal auxiliar para la ejecucin de ensayos de laboratorio y de campo, en cantidades necesarias para la ejecucin de un adecuado control de calidad en las labores de la supervisin. El equipo de laboratorio, de acuerdo al tipo y magnitud de obra, ser especificado en los contratos de obra y supervisin. Los equipos de control de calidad deben contar con el equipamiento y apoyo logstico correspondiente para el adecuado cumplimiento de sus labores. 04.04 Rutina de trabajo El Supervisor definir acorde a la normatividad vigente, los formatos de control para cada una de las actividades que se ejecutarn en el Proyecto. Si el control se hace en el sitio, deber realizarse la comparacin con el parmetro respectivo. Realizada la comparacin, debe indicarse si se acepta

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o rechaza la actividad evaluada. En el caso de rechazo debe especificarse las razones e indicarse la medida correctiva, luego de la cual se volver a realizar un nuevo control con el mismo procedimiento. Todos los formatos debern ser firmados por las personas que participaron en las evaluaciones, tanto de parte del Contratista como del Supervisor. El grupo de calidad de la Supervisin elaborar semanalmente un programa de ejecucin de pruebas de control de calidad coordinadamente con el Contratista, coherente con el programa de construccin y las exigencias de stas especificaciones, en el cual, se defina localizacin, tipo y nmero de pruebas. Mensualmente y acorde a lo establecido en el contrato, la Supervisin elaborar un Informe de Control de Calidad, en el cual se consignen los resultados de las pruebas, la evaluacin estadstica, las medidas correctivas utilizadas y las conclusiones respectivas. La Supervisin presentar el Informe Mensual a la entidad contratante, as como los informes especiales que le solicite, en los trminos y plazos establecidos en el contrato. Al terminar la obra, la Supervisin remitir el Informe Final de Calidad, a la entidad contratante. Los anlisis irn acompaados de grficos, tablas, resultados de anlisis de laboratorio y pruebas de calidad, etc. Incluir tambin la informacin estadstica del conjunto y el archivo general de los controles y clculos efectuados. La Supervisin revisar la informacin tcnica que pudiera presentar el Contratista y har llegar a la entidad contratante con sus respectivos comentarios y recomendaciones. 04.05 Evaluacin estadstica de los ensayos, pruebas y materiales para su aceptacin En esta seccin se describe el procedimiento de evaluacin estadstica para los ensayos, pruebas y materiales, que de acuerdo con esta especificacin, requieran que se les tome muestras y/o se hagan pruebas con el fin de ser aceptados. Para cada actividad y en su respectiva especificacin se establecen los parmetros para los aspectos que se definen a continuacin:

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a.

Sector de control Corresponde a la extensin, rea o volumen que debe ser evaluada mediante una prueba de campo y/o laboratorio. Para cada lote o tramo de prueba se tomarn como mnimo 5 muestras, los cuales sern evaluados estadsticamente.

b.

Nivel de calidad Calificacin del grado de exigencia que debe aplicarse dependiendo de la importancia de la actividad evaluada. Para esta especificacin se han determinado dos categoras: x Categora 1: Exigencia alta (no se admite tolerancia). x Categora 2: Exigencia normal (tolerancias establecidas en estas Especificaciones).

c.

Tolerancia Rango normalmente permitido por encima o por debajo del valor especificado o del determinado en un diseo de laboratorio. El valor del lmite superior aceptado (LSA) es igual al valor especificado ms la tolerancia. El valor del lmite inferior aceptado (LIA) es igual al valor especificado menos la tolerancia.

d.

Sitio de muestreo Lugar donde se deben tomar las muestras para ser ensayadas en laboratorio, o donde se debe verificar la calidad en campo. Estos sitios se determinarn mediante un proceso aleatorio, cuya metodologa se expone en el Anexo 1, u otro aprobado por la Supervisin en el sector de control.

04.06 Clculo estadstico Para evaluar estadsticamente la calidad de la informacin recolectada para cada prueba, se seguir la siguiente rutina: x Determine el promedio aritmtico (X) y la desviacin estndar (S) de los resultados determinados para cada una de las muestras (n) que forma una prueba.

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x Calcule el ndice de Calidad Superior (ICS) as: ICS = LSA-X S x Calcule el ndice de Calidad Inferior (ICI) as: ICI = LIA-X S En la Tabla 04-01 determine el porcentaje de trabajo por encima del lmite superior aceptado (Ps), correspondiente al ICS. x Asimismo, determine en la Tabla 04-01 el porcentaje de trabajo por debajo del LIA (Pi), correspondiente al ICI. x Calcule el porcentaje de defecto de la prueba as: Pd = Ps + Pi x Con el porcentaje de defecto calculado y el nivel de calidad de la actividad, se determina en la Tabla 04-02 la aceptabilidad o el rechazo de la prueba.

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Tabla 04-01 Porcentaje de trabajo estimado por fuera de los lmites de la especificacinndice de Calidad Superior ICS o ndice de Calidad Inferior ICI n=10 n=5 n=111,72 1,64 1,58 1,52 1,47 1,42 1,38 1,33 1,29 1,25 1,21 1,18 1,14 1,10 1,07 1,03 1,00 0,97 0,93 0,90 0,87 0,84 0,81 0,77 0,74 0,71 0,70 0,73 0,76 0,79 0,82 0,82 0,79 0,75 0,72 0,69 0,86 0,85 0,89 0,88 0,92 0,92 0,92 0,88 0,85 0.81 0.78 0,75 0,72 0,69 0,96 0,95 0,95 0,99 0,99 0,99 1,03 1,03 1,03 1,02 0,99 0,95 0,91 0,88 0,84 0,81 0,78 0,74 0,71 0,68 1,07 1,07 1,06 1,06 1,10 1,10 1,10 1,10 1,14 1,15 1,15 1,15 1,15 1,10 1,06 1,02 0,98 0,95 0,91 0,87 0,84 0,81 0,77 0,74 0,71 0,68 1,18 1,19 1,19 1,19 1,19 1,23 1,23 1,24 1,24 1,25 1,27 1,28 1,28 1,29 1,29 1,31 1,33 1,33 1,34 1,35 1,35 1,30 1,25 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,91 0,87 0,84 0,80 0,77 0,74 0,70 0,67 1,36 1,38 1,39 1,40 1,41 1,41 1,41 1,43 1,45 1,46 1,47 1,48 1,47 1,49 1,51 1,52 1,54 1,55 1,56 1,49 1,41 1,36 1,30 1,25 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,91 0,87 0,83 0,80 0,77 0,73 0,70 0,67 1,52 1,56 1,58 1,60 1,62 1,64 1,65 1,59 1,63 1,66 1,68 1,71 1,73 1,75 1,66 1,72 1,75 1,78 1,81 1,84 1,87 1,89 1,76 1,66 1,57 1,50 1,42 1,36 1,30 1,25 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,90 0,87 0,83 0,80 0,76 0,73 0,70 0,67 1,75 1,82 1,88 1,91 1,96 2,01 2,04 2,07 1,88 1,99 2,07 2,13 2,20 2,28 2,34 2,39 2,44 2,09 1,91 1,78 1,67 1,58 1,50 1,43 1,37 1,31 1,25 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,90 0,87 0,83 0,80 0,76 0,73 0,70 0,67

n=12 n=14 n=17 n=22 n=29

n=15

n=18

n=23

n=30 n=422,48 2,12 1,93 1,79 1,68 1,59 1,51 1,43 1,37 1,31 1,25 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,90 0,87 0,83 0,80 0,76 0,73 0,70 0,67

n=43 n=662,51 2,14 1,94 1,80 1,69 1,59 1,51 1,44 1,37 1,31 1,26 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,90 0,87 0,83 0,80 0,76 0,73 ,070 0,67

n=67 n=f2,56 2,16 1,95 1,81 1,70 1,60 1,52 1,44 1,38 1,31 1,26 1,20 1,15 1,11 1,06 1,02 0,98 0,94 0,90 0,87 0,83 0,79 0,76 0,73 0,70 0,66

Porcentajes estimados por fuera de lmites de la especificacin (Ps y/o Pi) n=6 n=7 n=8 n=9

0

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

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Tabla 04-01 (Continuacin) Tabla 04-01 (Continuacin)

ndice de Calidad Superior ICS o ndice de Calidad Inferior ICI n=10 n=5 n=110,68 0,65 0,62 0,59 0,56 0,53 0,50 0,47 0,45 0,42 0,39 0,36 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,18 0,16 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,00 0,03 0,05 0,05 0,03 0,00 0,08 0,08 0,1 0,10 0,13 0,13 0,15 0,15 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,18 0,18 0,18 0,20 0,20 0,20 0,23 0,23 0,23 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,25 0,25 0,25 0,25 0,30 0,29 0,28 0,28 0,32 0,32 0,31 0,31 0,31 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,35 0,34 0,34 0,34 0,33 0,38 0,37 0,37 0,36 0,36 0,40 0,40 0,39 0,39 0,39 0,38 0,36 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,43 0,43 0,42 0,42 0,42 0,41 0,46 0,45 0,45 0,45 0,44 0,44 0,49 0,48 0,48 0,48 0,47 0,47 0,52 0,51 0,51 0,50 0,50 0,50 0,49 0,47 0,44 0,41 0,38 0,36 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,55 0,57 0,54 0,53 0,53 0,52 0,52 0,58 0,57 0,57 0,56 0,56 0,55 0,55 0,61 0,59 0,59 0,59 0,58 0,58 0,58 0,58 0,55 0,52 0,49 0,46 0,44 0,41 0,38 0,35 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00 0,64 0,63 0,62 0,62 0,62 0,61 0,61 0,61 0,67 0,67 0,65 0,65 0,65 0,64 0,64 0,64 0,64 0,61 0,58 0,55 0,52 0,49 0,46 0,43 0,41 0,38 0,35 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00

Porcentajes estimados por fuera de lmites de la especificacin (Ps y/o Pi) n=12 n=14 n=17 n=22 n=29 n=15 n=18 n=23 n=6 n=7 n=8 n=9

n=30 n=420,64 0,61 0,58 0,55 0,52 0,49 0,46 0,43 0,41 0,38 0,35 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00

n=43 n=660,64 0,61 0,58 0,55 0,52 0,49 0,46 0,43 0,41 0,38 0,35 0,33 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00

n=67 n=f|0,63 0,60 0,57 0,54 0,52 0,49 0,46 0,43 0,40 0,38 0,35 0,32 0,30 0,28 0,25 0,23 0,20 0,18 0,15 0,13 0,10 0,08 0,05 0,03 0,00

26

27

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29

30

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Tabla 04-02 Tabla 04-02 Determinacin de aceptabilidad y rechazoPorcentaje de defecto calculado Pd = Ps+Pi ndice de Calidad Superior ICS o ndice de Calidad Inferior ICI n=5 n=6 n=7 n=8 n=9 n=10 n=11 n=12 n=14 n=15 n=17 n=18 n=22 n=23 n=29 n=30 n=42 n=43 n=66 n=67 n=f

Aceptabilidad

Categora

I

II

1,05 1,04 1,03 1,02 1,01 1,00 0,99 0,98 0,97 0,96 0,95 0,94 0,93 0,92 0,91 0,90 0,89 0,88 0,87 0,86 0,85 0,84 0,83 0,82 0,81 0,80 0,79 0,78 0,77 0,76 0,75 0,74 0,73 0,72 0,71 0,70 0 22 24 26 28 30 32 33 35 37 38 39 41 42 43 45 46 47 49 50 51 52 54 55 56 57 58 60 61 62 63 64 0 1 2 20 22 24 26 28 29 31 33 34 36 37 38 40 41 42 44 45 46 47 49 50 51 52 54 55 56 57 58 59 61 62 0 2 3 5 18 20 22 24 26 28 29 31 32 34 35 37 38 39 41 42 43 44 46 47 48 49 50 52 53 54 55 56 57 58 60 0 1 4 6 8 17 19 21 23 25 26 28 29 31 32 34 35 36 38 39 40 42 43 44 45 46 48 49 50 51 52 53 55 56 57 58 0 3 6 9 11 16 18 20 22 24 25 27 28 30 31 33 34 35 37 38 39 40 42 43 44 45 46 48 49 50 51 52 53 54 55 57 0 5 8 11 13 15 17 19 21 22 24 25 27 28 30 31 32 34 35 36 38 39 40 41 42 44 45 46 47 48 49 51 52 53 54 55 0 4 7 10 12 14 16 18 19 21 22 24 25 27 28 29 31 32 33 34 36 37 38 39 41 42 43 44 45 46 47 48 50 51 52 53 0 4 7 9 11 13 15 16 18 19 21 22 24 25 26 28 39 30 32 33 34 35 36 38 39 40 41 42 43 44 46 47 48 49 50 51 0 4 6 8 10 12 14 15 17 18 20 21 22 24 25 26 28 29 30 31 33 34 35 36 37 38 39 41 42 43 44 45 46 47 48 49

1,10 1,09 1,08 1,07 1,06 1,05 1,04 1,03 1,02 1,01 1,00 0,99 0,98 0,97 0,96 0,95 0,94 0,93 0,92 0,91 0,90 0,89 0,88 0,87 0,86 0,85 0,84 0,83 0,82 0,81 0,80 0,79 0,78 0,77 0,76 0,75

0 3 5 7 9 11 13 14 16 17 18 20 21 22 24 25 26 27 29 30 31 32 33 34 36 37 38 41 42 43 44 43 44 45 47 48

0 3 5 7 8 10 11 13 14 16 17 18 20 21 22 23 25 26 27 28 29 330 31 33 34 35 36 37 38 39 40 41 43 44 45 46

0 3 4 6 8 9 10 12 13 14 16 17 18 19 21 22 23 24 25 26 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 40 41 42 43 44

0 3 4 6 7 8 9 10 12 13 14 15 16 18 19 20 21 22 23 24 25 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41

Valores mayores que los mostrados arriba

Aceptable

Rechazado

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04.07 Seguimiento de calidad. Resultado de prueba Para actividades como construccin de bases, subbases, concretos asflticos y concretos portland entre otras, se recomienda, realizar un seguimiento de la calidad en el tiempo, para efectuar lo anterior se usar el mtodo de la media mvil con sus grficos de control respectivos, como se indica a continuacin. Este procedimiento indicar al contratista y supervisor la homogeneidad del material producido y permitir realizar las correcciones respectivas. Corresponde al promedio de los ensayos realizados sobre las muestra tomadas para evaluar un sector de control. Cada prueba debe estar definida, por lo menos, por 5 muestras. 04.08 Media mvil Para esta especificacin, media mvil, corresponder al promedio aritmtico de 5 resultados de prueba consecutivas, los 4 ltimos resultados del parmetro evaluado y aceptado ms el resultado cuya aceptacin se haya considerado. 04.09 Zona de alerta Zona que se encuentra entre el valor especificado y los lmites aceptados, bien sea superior o inferior (LSA o LIA). Debern ser seleccionados por el Jefe de Laboratorio. 04.10 Grfico de control Para una observacin rpida de la variacin, se deber representar

grficamente el resultado en el tiempo y en la progresiva del parmetro evaluado. Al inicio de la obra y hasta el quinto sector de control, los resultados de la media mvil, se observarn con precaucin. Si por algn motivo se cambia de frmula de trabajo, se iniciar una nueva media mvil.

Aceptacin de los trabajos04.11 Criterios La aceptacin de los trabajos estar sujeta a la conformidad de las mediciones y ensayos de control. Los resultados de las mediciones y ensayos que se ejecuten para todos los trabajos, debern cumplir y estar dentro de las

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tolerancias y lmites establecidos en las especificaciones tcnicas de cada partida. Cuando no se establezcan o no se puedan identificar tolerancias en las especificaciones o en el contrato, los trabajos podrn ser aceptados utilizando tolerancias aprobadas por el Supervisor.

Pago04.12 El Control de Calidad para todas las actividades desarrolladas por el Supervisor, y el Contratista, bajo las condiciones estipuladas por este tem, no ser objeto de pago directo. La Supervisin est obligada a contar por lo menos con el personal detallado en la Subseccin 04.03, y el Contratista con todo lo necesario para su propio control de calidad de obra. Asimismo ambos deben contar con laboratorios, equipo, vehculos, aditivos y todo lo necesario para realizar los controles de campo y gabinete, as como los clculos, grficos y mantenimiento de archivos.

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SECCION 05 RELACIONES LEGALES Y RESPONSABILIDAD ANTE EL PBLICO

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SECCIN 05 Relaciones legales y responsabilidad ante el pblico

Descripcin05.01 Para que exista un contrato de obra del cual se derivan las obligaciones legales, exige la concurrencia de requisitos como son: a) Que el contratista se obligue a ejecutar una obra o a la prestacin de un servicio en beneficio de un tercero, b) Por un precio determinado, c) Asumindolo con libertad, autonoma tcnica y directiva, d) A su vez empleando en ella sus propios medios y asumiendo los riesgos del negocio, tales como la prdida o destruccin de materiales, deficiencia de la obra o destruccin y e) Respondiendo por todos los salarios prestaciones e indemnizaciones de carcter laboral. Por su parte el beneficiario de la obra se obliga a pagar por el trabajo realizado por un precio determinado. El Contratista tiene la responsabilidad de estar completamente informado de todas las leyes, normas, cdigos, ordenanzas, reglamentos, ordenes y decretos de cuerpos o tribunales que tengan cualquier jurisdiccin o autoridad, que en cualquier forma afecten el manejo de la obra. El Contratista observar y cumplir en todo momento con dichas leyes, normas, cdigos, ordenanzas, reglamentos, ordenes y decretos, debiendo dejar a salvo a la entidad contratante y a sus representantes contra cualquier juicio, reclamo o demanda por cualquier dao o perjuicio que ocasione cualquier persona normatividad. o propiedad durante la ejecucin de la obra por responsabilidad original o basada en la violacin de cualquiera de tal

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Los

daos que

se

ocasionen

en

redes de

servicios pblicos,

restos

arqueolgicos o histricos, andenes, pavimentos, edificaciones, puentes, otras obras y dems estructuras vecinas a la va, por causas imputables al Contratista debido a la operacin de sus equipos, entre otras causas, sern reparados por su cuenta y a su costo.

Requerimientos de construccin05.02 Permisos y licencias Las entidades pblicas que tengan a su cargo la ejecucin de obras viales, quedan exceptuados del pago por los derechos de extraccin de materiales que acarrean y depositan las aguas en los lveos o cauce de los ros que comprenden los minerales no metlicos que se utilizan con fines de construccin tales como limos, arcillas, arenas, grava, guijarros, cantos rodados, bloques o bolones, entre otros. En cuanto a la base legal sobre permisos de extraccin de materiales de acarreo remitirse a la Ley N 28221 Ley que Regula el Derecho por Extraccin de Materiales de los lveos o Cauces de los Ros por las Municipalidades. Los requisitos mnimos acorde a la Ley indicada son las siguientes: a) Tipo de material a extraerse y el volumen del mismo expresado en metros cbicos. b) Cauce o zona de extraccin as como puntos de acceso y salida del cauce, todo ello expresado en base a coordenadas UTM. c) Planos a escala 1/5000 en coordenadas UTM de los aspectos mencionados en el inciso anterior. d) Ubicacin de las instalaciones de clasificacin y acopio si lo hubiere. e) Sistemas de extraccin y caractersticas de la maquinaria a ser utilizada. f) Plazo de extraccin solicitado. 05.03 Patentes y regalas El Contratista es el nico responsable del uso y pago de regalas y cualquier costo relacionado con el uso de patentes, marcas registradas y derechos reservados ya sea de equipo, dispositivos, materiales, procedimientos u otros.

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En los precios contractuales deber incluir estos costos, ya que la entidad contratante no reconocer ningn pago por estos conceptos. 05.04 Restos arqueolgicos y sitios histricos En el caso de existencia de restos arqueolgicos y sitios histricos se deber tener en cuenta la normatividad sobre preservacin del Patrimonio Arqueolgico y Cultural contenido en la Ley N 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin, en la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades en cuanto a la participacin funcional de los gobiernos locales y Cdigo Penal. Los planos y documentos del Proyecto debern detallar la existencia de restos arqueolgicos registrados en la zona en que se ejecutarn las obras. Para ello el proyectista con el apoyo de un profesional arquelogo deber efectuar las verificaciones en los archivos del Ministerio de Cultura. En el caso de existencia de sitios de inters paleontolgico, minas, asentamientos humanos antiguos o de poca colonial, monumentos histricos, reliquias, fsiles u otros objetos de inters histrico, debern ser consignados en el Proyecto con su respectivo levantamiento topogrfico y delimitacin del rea coordinada y autorizada por el Ministerio de Cultura. En estos casos el trazo de la va no deber afectar las reas as definidas. Durante la ejecucin de las obras, se debern seguir las siguientes estipulaciones: x Si el Proyecto ha consignado restos arqueolgicos y/o reas de inters histrico, el Contratista asegurar la presencia del profesional o profesionales especializados requeridos, quienes tendrn la responsabilidad de la ejecucin de las actividades de preservacin y tratamiento de las afectaciones a que hubiere lugar en la etapa constructiva, hasta el trmino de la obra. Dichos profesionales adems prepararn los informes correspondientes sobre el desarrollo de tales actividades y ejecutarn sus labores en coordinacin con los representantes de la supervisin y entidad contratante encargada de tales labores, segn dispongan los contratos respectivos. x Si durante la ejecucin de las obras se encuentran restos arqueolgicos y/o sitios de carcter histrico no detectados previamente y no incluidos en los archivos del Ministerio de Cultura, el Contratista deber suspender de inmediato los trabajos en el rea del hallazgo, notificando a la Supervisin, quien informar tal hecho a la entidad

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contratante para las acciones del caso. Este hecho no impedir que se pueda suministrar un equipo permanente de resguardo y vigilancia en el rea del hallazgo hasta que se reciban las instrucciones correspondientes. 05.05 Uso de explosivos El uso de explosivos ser permitido nicamente con la aprobacin por escrito del Supervisor, previa presentacin de la informacin tcnica y diseo del plan de voladura que ste solicite. Antes de realizar cualquier voladura se debern tomar todas las precauciones necesarias para la proteccin de las personas, vehculos, la plataforma de la carretera, instalaciones y cualquier otra estructura y edificacin adyacente al sitio de las voladuras. Es responsabilidad del Contratista, en prevencin y cuidado de la vida de las personas, establecer medidas preventivas de seguridad, las cuales sern verificadas por el Supervisor en el Plan y en el informe posterior a la actividad ejecutada; as mismo, es necesario considerar entre otros lo siguiente: x La voladura se efecte siempre que fuera posible a la luz del da y fuera de las horas de trabajo o despus de interrumpir ste. Si fuera necesario efectuar voladuras en la oscuridad debe contarse con la iluminacin artificial adecuada. x El personal asignado a estos trabajos est provisto y use los implementos de seguridad: casco, zapatos, guantes, lentes, tapones de odos apropiados, etc. x Aislar la zona en un radio mnimo necesario que ser aprobada por la supervisin. Para impedir el ingreso de personas a la zona peligrosa mientras se efectan los trabajos de voladura tomar entre otras, las siguientes medidas: x Apostar vigas alrededor de la zona de operaciones. x Desplegar banderines de aviso. x Fijar avisos visibles en diferentes lugares del permetro de la zona de operaciones. x Cerrar el trfico de vehculos y que no se encuentren estacionados vehculos en las inmediaciones. x Oportunamente y antes de la voladura debe darse seales audibles e inconfundibles (sirena intermitente) para que las personas se pongan en lugares seguros previamente fijados.

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x Despus de efectuada la voladura y una vez que la persona responsable se haya cerciorado de que no hay peligro se dar otra seal audible e inconfundible de que ha concluido el peligro. El Contratista deber tener en cuenta y cumplir fielmente las disposiciones legales vigentes para la adquisicin, transporte, almacenamiento y uso de los explosivos e implementos relacionados. Segn lo establecido por el D.S. N 055-2010-EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minera u otras normas vigentes. El Contratista deber llevar un registro detallado de la clase de explosivo adquirido, proveedor, existencias y consumo, as como de los accesorios requeridos. Los vehculos que se utilicen para transportar los explosivos deben observar entre otras las siguientes medidas de seguridad, a fin de evitar consecuencias nefastas para la vida de los trabajadores y del pblico: x Hallarse en perfectas condiciones de funcionamiento. x Tener un piso compacto de madera o de un metal que no produzca chispas. x Tener paredes altas para impedir la cada de los explosivos. x En el caso de transporte por carretera estar provistos de por lo menos dos extintores de gas carbnico. x Llevar un bandern visible, un aviso u otra indicacin que seale la ndole de la carga. Los depsitos donde se guarden explosivos de manera permanente debern: x Estar construidos slidamente y a prueba de balas y fuego. x Mantenerse limpios, secos, ventilados y frescos y protegidos contra las heladas. x Tener cerraduras seguras y permanecer cerrados con llave al cual solo tendrn acceso el personal autorizado y capacitado. x Solo utilizar material de alumbrado elctrico de tipo antideflagrante. x Mantener alrededor del depsito, un rea de 8 m de radio de distancia como mnimo que est limpia, sin materiales de desperdicio, hojas secas o cualquier combustible.

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