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Página 1 de 120 TITULO I. DEL REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I NATURALEZA, CONTENIDO, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO INTERNO ARTICULO 1° NATURALEZA 1. El Reglamento Interno (RI) es un instrumento de gestión y normas que regulan la organización y funcionamiento de la Institución Educativa (IE), contiene de manera general los objetivos y la organización de la institución; así como las funciones, responsabilidades y obligaciones de sus miembros, el desarrollo de actividades pedagógicas, institucionales y administrativas, el régimen económico, disciplinario, las relaciones y responsabilidades de otros miembros de la comunidad educativa vinculada. 2. Este Reglamento garantiza el buen funcionamiento de la Institución Educativa, informa al personal sobre sus derechos, deberes, obligaciones y responsabilidades y, define ámbitos de competencia de los miembros de la comunidad educativa. 3. El Reglamento Interno es elaborado por personal directivo de la IE y representantes de la comunidad educativa y aprobada mediante Resolución Directoral. ARTICULO 2° CONTENIDO El Reglamento Interno contiene los siguientes títulos: TITULO I: Del Reglamento Interno TITULO II: Base normativa y alcance TITULO III: De la Institución Educativa TITULO IV: De la Organización TITULO V: De las funciones TITULO VI: De la gestión pedagógica TITULO VII: De la convivencia escolar TITULO VIII: De la gestión administrativa TITULO IX: De los estudiantes TITULO X: De la convivencia sin violencia y erradicación del Bullying. TITULO XI: Del CONEI TITULO XII: De los padres de familia TITULO XIII: De los exestudiantes TITULO XIV: Del Comité de padres de familia TITULO XV: Disposiciones transitorias y complementarias. ARTICULO 3° OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO 1. Regular la organización, el desempeño laboral del personal, el funcionamiento de la IE, asegurar la calidad educativa y viabilizar las coordinaciones con otros miembros de la Comunidad Educativa vinculada con el propósito de lograr su plena participación, reconociendo sus derechos, exigiendo el cumplimiento de sus deberes y total compromiso con la institución educativa. 2. Por la naturaleza de la IE y su administración privada, complementar la regulación de las normas nacionales vigentes inherentes al quehacer educativo que corresponde, estableciendo y precisando funciones, derechos, deberes y responsabilidades de cada uno de los integrantes de la Institución educativa, al margen del régimen laboral en que se encuentren de conformidad al contrato o acuerdo laboral.

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TITULO I. DEL REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I NATURALEZA, CONTENIDO, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO INTERNO ARTICULO 1° NATURALEZA

1. El Reglamento Interno (RI) es un instrumento de gestión y normas que regulan la organización y funcionamiento de la Institución Educativa (IE), contiene de manera general los objetivos y la organización de la institución; así como las funciones, responsabilidades y obligaciones de sus miembros, el desarrollo de actividades pedagógicas, institucionales y administrativas, el régimen económico, disciplinario, las relaciones y responsabilidades de otros miembros de la comunidad educativa vinculada.

2. Este Reglamento garantiza el buen funcionamiento de la Institución Educativa, informa al personal sobre sus derechos, deberes, obligaciones y responsabilidades y, define ámbitos de competencia de los miembros de la comunidad educativa.

3. El Reglamento Interno es elaborado por personal directivo de la IE y representantes de la comunidad educativa y aprobada mediante Resolución Directoral.

ARTICULO 2° CONTENIDO El Reglamento Interno contiene los siguientes títulos: TITULO I: Del Reglamento Interno TITULO II: Base normativa y alcance TITULO III: De la Institución Educativa TITULO IV: De la Organización TITULO V: De las funciones TITULO VI: De la gestión pedagógica TITULO VII: De la convivencia escolar TITULO VIII: De la gestión administrativa TITULO IX: De los estudiantes TITULO X: De la convivencia sin violencia y erradicación del Bullying. TITULO XI: Del CONEI TITULO XII: De los padres de familia TITULO XIII: De los exestudiantes TITULO XIV: Del Comité de padres de familia TITULO XV: Disposiciones transitorias y complementarias. ARTICULO 3° OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO

1. Regular la organización, el desempeño laboral del personal, el funcionamiento de la IE, asegurar la calidad educativa y viabilizar las coordinaciones con otros miembros de la Comunidad Educativa vinculada con el propósito de lograr su plena participación, reconociendo sus derechos, exigiendo el cumplimiento de sus deberes y total compromiso con la institución educativa.

2. Por la naturaleza de la IE y su administración privada, complementar la regulación de las normas nacionales vigentes inherentes al quehacer educativo que corresponde, estableciendo y precisando funciones, derechos, deberes y responsabilidades de cada uno de los integrantes de la Institución educativa, al margen del régimen laboral en que se encuentren de conformidad al contrato o acuerdo laboral.

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3. Ofrecer tanto al educando como al personal que labora en la IE; un ambiente sano y seguro que le permita su pleno desarrollo físico, moral y profesional con un tratamiento digno que fortalezca el clima institucional.

4. Orientar al educando hacia el logro del desarrollo de las facultades cognitivas, volitivas, físicas y de valores, para consolidar las bases de su formación integral.

5. Establecimiento de principios y línea axiológica de la institución educativa, así como a los valores éticos y morales.

6. Fortalecer la sana convivencia entre toda la comunidad educativa. 7. Incentivar al personal de la Institución Educativa, a través de estímulos y

reconocimientos, por el sobresaliente cumplimiento de sus deberes y funciones, así como las penalidades (correctivas-formativas) por el deficiente cumplimiento de las mismas.

8. Cautelar los intereses de la IE y su patrimonio.

ARTICULO 4° PRINCIPIOS DEL REGLAMENTO INTERNO (R.I.)

1. Unidad y Coherencia. - El R.I. debe guardar unidad y coherencia con la normatividad nacional vigente, la complementa.

2. Revisión y Actualización. - El R.I. debe revisarse y actualizarse periódicamente. 3. Difusión.- El R.I. debe ser difundido y entre toda la Comunidad Educativa en el

portal oficial de la IE.; www.colegioejercitoarequipa.com para su conocimiento y cumplimiento.

4. Presunción de conocimiento. - Una vez publicado el R.I. en el portal oficial de la IE., se presume su conocimiento por toda la Comunidad Educativa.

5. Naturaleza de la IE. – Por ser una IE publica de gestión privada, para su adecuado funcionamiento, le asiste ciertas particularidades insalvables que se tienen que normar en el presente reglamento interno.

6. Obligatoriedad: Vincula su cumplimiento a todos los miembros de la comunidad educativa.

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TITULO II. BASE NORMATIVA Y ALCANCE CAPITULO II BASE NORMATIVA Y ALCANCE ARTICULO 5° BASE NORMATIVA El presente reglamento complementa en su aplicación a las normas Constitucionales, civiles, penales, administrativas e institucionales (EP) que se señala y en las que adelante se promulguen: - Constitución Política del Perú - Ley Nº 28044, Ley General de Educación. - Decreto Supremo N° 011-2012 -ED Que aprueba el Reglamento de la Ley Nº

28044, Ley General de Educación. - Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial. - Decreto Supremo N° 004-2013 - ED Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de

Reforma Magisterial. - Ley Nº 26549, Ley de los Centros Educativos Privados. - Decreto Supremo N° 009-2006-ED, Reglamento de Instituciones Educativas

Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva. - Decreto Supremo Nº 010-2019-MINEDU, Decreto Supremo que modifica el

Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, y el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-ED

- Ley Nº 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas y su reglamento, aprobado por D.S. Nº 010-2012-ED.

- Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley del Código de Ética de la función Pública. Ley N° 27815. - Ley Nº 276 Ley de Bases de la Carrera y de Remuneraciones del sector público

y su reglamento D. S. N°005-90-PCM. - Ley del Servicio Civil. Ley N° 30057. - Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. - Ley N° 30903, Ley que modifica el Artículo 52º de la Ley 29944 Ley de

Reforma Magisterial para incorporarla sanción de inhabilitación permanente por hostigamiento sexual.

- DS. N° 008-2006-ED, que aprueban los lineamientos para el seguimiento y control de la labor efectiva del trabajo docente en las Instituciones Públicas.

- D.S. N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.

- R.M. N° 1225-1985.ED, que aprueba las normas sobre la determinación de los cinco estudiantes que han obtenido los más altos promedios generales al concluir la educación Secundaria.

- R.M. N° 0425-2007-ED, que aprueba las Normas para Implementación de Simulacros en el Sistema Educativo, en el marco de la Educación en Gestión de Riesgos.

- R.M. N° 665-2018-MINEDU, que regula la “Matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica”.

- R.M. N° 0519-2012-ED, que aprueba la directiva N° 019-2012 MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las Instituciones Educativas.

- R.M. N° 287-2016-MINEDU, que aprueba el Documento Prospectivo al 2030 del Sector Educación y el Plan Estratégico Sectorial Multisectorial (PESEM).2016-2021.

- R.V.M. Nº 052-2016-MINEDU, “Normas que regulan las situaciones administrativas y otros aspectos laborales del auxiliar de Educación”.

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- R.V.M. N° 038-2009-ED, que aprueba los lineamientos y Estrategias Generales para la supervisión Pedagógica.

- R.M. N° 321-2017-MINEDU, mediante la cual se establecieron diversas disposiciones para simplificar y reorganizar aspectos vinculados a la gestión de las instituciones educativas, y modifican o derogan diversas disposiciones normativas.

- R.M. N° 396-2018-MINEDU, que Modifica la R.M. N° 321-2017-MINEDU, mediante la cual se establecieron diversas disposiciones para simplificar y reorganizar aspectos vinculados a la gestión de las Instituciones Educativas y modifican o derogan diversas disposiciones normativas.

- R.M. N° 647-2018-MINEDU Aprueban la Norma Técnica. Normas para la Elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria de Educación Básica Regular, y del ciclo Avanzado de Educación Secundaria de Educación Básica Regular, y del ciclo Avanzado de Educación Básica alternativa para el periodo lectivo 2019.

- RSG. N° 326-2017-MINEDU, Normas para el registro y control asistencia en la planilla única de profesores y auxiliares de educación, en el marco de la ley de la Reforma Magisterial y su Reglamento.

- D.S. N° 068-2018-PCM. Aprueba el Plan multisectorial de lucha contra la anemia.

- R.V.M. N° 011-2019-MINEDU. Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula los instrumentos de gestión de las Instituciones educativas y Programas de Educación Básica”. R.S.G. N°014-2019-MINEDU, que Modifica Resoluciones Ministeriales y de secretaria General que establecieron diversas disposiciones para simplificar y reorganizar aspectos vinculados a la gestión de las Instituciones públicas de la Educación Básica Regular y otras.

- R.V.M. N° 025-2019-MINEDU, Derogar la resolución Ministerial Nº 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005, denominada “Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica Regular”.

- D. S. Nº 008 - 2014 ED. Modificatoria del Reglamento de la ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial aprobado por el D.S. N°004-2013-ED.

- Directiva N° 003-2005-OTUPI/VMGP Normas para el Desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educacional, en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas.

- D.S. N° 001-2012-MIMP "Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia-PNAIA, 2012-2021" y constituye comisión multisectorial encargada de su implementación.

- Decreto Ley Nº. 27337 “Código del Niño y del Adolescente”. - D.S. Nº 001-2012-MIMP, Plan Nacional de acción por la infancia y la

adolescencia-PNAIA-2012-2021. - D.L. N° 1025 Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público. - D. S. N° 009-2010-PCM Reglamento del D.L. N° 1025. - D.S. N° 005-2011-ED Normas para el Proceso de Racionalización de Plazas de

Personal Docente y Administrativo. - D.S. N° 008-2006-ED. Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor

Efectiva de Trabajo Docente en las IE. Públicas. - R.M. Nº 0574-94-ED. Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del

Personal. - R.V.M. N° 002-2007-ED. Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y

Disciplina Escolar, uso adecuado del tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los estudiantes de EB.

- Ley N° 28119. Prohibición de acceso a menores a páginas pornográficas. - R.V.M. N° 0067-2011-ED. Normas y Orientaciones para la organización e

Implementación de los Municipios Escolares.

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- R.V.M. N° 038-2009-ED. Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica

- R.M. N° 0352-2006-ED. Celebración de Fiestas Patrias. - R.M. N° 0411-2010-ED. Texto Único de Procedimientos Administrativos del

Ministerio de Educación (TUPA) - R.V.M. N° 0006-2012-ED. Normas Específicas para la planificación,

organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación del enfoque ambiental en la EB Y TP.

- R.M. N° 0425-2007-ED. Implementación de simulacros. - R.V.M. N° 0016-2010-ED. Educación Preventiva Sismos. - R.M. N° 0463-2012-ED Plan de Educación Preventiva de Sismos. - Resolución Viceministerial N° 220-2019-MINEDU “Orientaciones para el

desarrollo del Año escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica".

- Resolución Viceministerial N° 299-2019-MINEDU “Norma que regula la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Primaria de la educación básica regular de la Carrera Pública Magisterial”

- Ley N° 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres y Decreto Supremo Nº 002-2018-TR, Reglamento de la Ley Nº 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.

- Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto de Urgencia Nº 044-2019, Establece Medidas para Fortalecer la

Protección de la Salud y Vida de los Trabajadores. - Decreto Supremo 014-2019-MIMP, Aprueba el Reglamento de la Ley N° 27942,

Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual - Decreto Supremo que desarrolla la Ley Nº 29896 – Ley que establece la

implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna.

- Directiva Única del Funcionamiento del Sistema de Bienestar del Ejército - Directiva N° 03 S-3.b./01.00-JBIENE/DAE Ejercito del Perú (Instituciones

Educativas de Educación Básica Regular del Ejército del Perú) - PEI de la IE. - Plan Anual de Trabajo Anual de la IE. - El D.S. N° 004-2018 MINEDU, “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia

Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”, formará parte de las normas del presente reglamento interno y será aplicado en su integridad.

ARTICULO 06 ALCANCE DEL PRESENTE REGLAMENTO Personal del MINEDU, MINDEF-EP, Contratados con recursos de la IE., practicantes, estudiantes, ex-estudiantes y padres de familia de la IE en lo que compete sus roles y responsabilidades, de acuerdo a la siguiente denominación:

1. Personal Directivo 2. Personal Docente 3. Personal Auxiliar de educación 4. Personal Administrativo 5. Personal de Mantenimiento y servicios. 6. Personal de Seguridad 7. Personal Militar 8. Practicantes 9. Estudiantes 10. Ex-estudiantes 11. Padres de Familia

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CAPITULO III PRINCIPIOS Y LINEA AXIOLOGICA ARTICULO 07 SON PRINCIPIOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

1. Educación inclusiva y de calidad. 2. Mejora de la calidad educativa. 3. Permanente capacitación. 4. Practica de valores y línea axiológica. 5. Justicia y equidad. 6. Identidad cultural. 7. Convivencia escolar. 8. Clima institucional. 9. Infraestructura adecuada, sana y segura. 10. Cuidado y mantenimiento de los recursos de la IE. 11. Gestión de riesgos de desastres. 12. Enfoque ambiental. 13. Interés superior del niño, niña y del adolescente. 14. Responsabilidad de los padres de familia. 15. Participación de la comunidad educativa. 16. Cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa.

ARTICULO 8 LINEA AXIOLOGICA VALORES GUIA (PILARES DE ACCION)

1. Respeto 2. Participación familiar 3. Disciplina 4. Exigencia académica

VALORES GENERALES

1. Dar el ejemplo 2. Respeto 3. Responsabilidad 4. Puntualidad 5. Honestidad 6. Civismo 7. Democracia 8. Solidaridad 9. Derecho y respeto a la mujer 10. Transparencia 11. Perseverancia 12. Paz 13. Amor

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TITULO III. DE LA INSTITUCION EDUCATIVA CAPITULO IV DE LA INSTITUCION EDUCATIVA, UBICACIÓN, CREACION, DEPENDENCIA, MODALIDAD, NIVELES Y SERVICIOS EDUCATIVOS ARTICULO 9 DE LA INSTITUCION EDUCATIVA La Institución Educativa Nº 40159 del Ejercito “Arequipa”, es una institución pública de gestión privada, por convenio entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Defensa (Artículo 130° del D.S. 011-2012-ED), sin fines de lucro que presta servicios educativos a los hijos directos y consanguíneos del; personal militar y civil del Ejército del Perú, hijos directos y consanguíneos de otros miembros de las FFAA y PNP, así como de la comunidad en general de acuerdo a las disposiciones del Ejército. Llámese sin fines de lucro porque los pagos mensuales tienen como concepto; la cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa (Directiva N° 03 S-3.b./01.00 DAE-JBIENE-EP de dic 2014) es decir, dichos montos se reinvierten en diversos rubros que derivan en la calidad educativa para los mismos estudiantes, de ahí la importancia de velar porque todos se encuentren al día en las cuotas porque esta incide directamente en la marcha institucional y planes de trabajo. ARTICULO 10 UBICACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

1. Ubicación: a. La Institución Educativa Nº 40159 del Ejército “Arequipa” tiene como sede

real y procesal en la Av. Progreso 1220 distrito Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, para todos los niveles.

b. La Cuna Nº 40159 Ejercito Arequipa, ubicada en AV. Progreso casa Nº 8 Villa Militar de Oficiales Miraflores.

c. Nivel Inicial ubicado en Calle Cueva de los Tallos S/N Villa Militar de Oficiales Miraflores.

2. Código del local: 061908 3. Código Modular: de la Institución Educativa Nº 40159 del Ejército “Arequipa”

d. En el nivel cuna jardín es 1459908 (Cuna/inicial). e. En el nivel Primario es 0219667. f. En el nivel Secundario es 0579573.

4. Delimitación geográfica de responsabilidad de la IE: a. Interior del perímetro de nivel cuna. b. Interior del perímetro de nivel inicial. c. Interior del perímetro de nivel primario, extendiéndose a los espacios

académicos, deportivos y de formaciones, desde sus puertas principales en; prolongación Tte Palacios y Prolongación Jorge Chávez colindante con el Cuartel Salaverry hasta la reja que limita con el helipuerto

d. Interior del perímetro de nivel secundario, extendiéndose a los espacios académicos, deportivos y de formaciones, desde sus puertas principales en; prolongación Tte Palacios y Prolongación Jorge Chávez colindante con el Cuartel Salaverry hasta la reja que limita con el helipuerto.

e. No incluye viviendas de servicio del Ejército. ARTICULO 11 CREACION

1. La Institución Educativa Nº 40159 del Ejército “Arequipa”, fue creada por R. M. N° 1505 de fecha 04-04-66, a solicitud del Comando de la Tercera Región Militar, hoy III División de Ejército, con el objeto de brindar servicios educativos a los hijos del personal militar y civil, que se encuentren prestando servicios en la Región EP. Con R.M. Nº 666-86-DE, se aprueba el Convenio de Creación de

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la Institución Educativa entre el Ministerio de Defensa (Ejército Peruano-EP) y el Ministerio de Educación, para asegurar la matrícula de los hijos de los trabajadores del Ejército Peruano de la Guarnición de Arequipa. La Institución Educativa Nº 40159 del Ejército “Arequipa”, tiene como promotor al Señor General de División Comandante General de la III División Ejército actuando bajo las normas de la JBIENE, para efectos de lineamiento pedagógico se depende de la GREA, UGEL Arequipa Sur.

2. Creación de la cuna Resolución Directoral Nº 05326 de fecha 12 de noviembre 2009 que resuelve: APROBAR, en vía de regularización la ampliación del servicio educativo EBR- inicial cuna en la IE. Nº 40159 del Ejercito Arequipa, teniendo en cuenta el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación con la Comandancia General del Comando de Personal del Ejército (COPERE) y fundamentos que se mencionan en la parte considerativa de la Resolución.

3. Centro Educativo Estatal “PEDRO RUIZ GALLO” fue creado con Resolución Nº 0314 de fecha 09 de abril de 1979 emitida por la IV Región de Educación Arequipa y con Resolución del Núcleo de Desconcentración Nº 7-Tercera Región Militar se regulariza la creación y autoriza su funcionamiento. Mediante RD N° 008480 de fecha 23 de noviembre del 2017, se dispuso la fusión bajo una misma dirección a la Institución Educativa Inicial “Pedro Ruiz Gallo” ubicada en la Calle Cueva de los Tallos S/N Villa Militar de oficiales Miraflores, con la Institución Educativa N° 40159 del Ejercito Arequipa, ubicado en la Avenida Progreso 1220 Miraflores, debiendo la institución Educativa fusionada adoptar la denominación, administración y servicio educativo de la Institución de destino.

ARTICULO 12 DEPENDENCIA Pedagógica, administrativa, financiera y económicamente la Institución Educativa depende del Ejército del Perú-EP (Comando de Bienestar del Ejército) y la III División de Ejército del Ejército actuando como promotor, técnicamente depende de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, quien administra conforme a normas nacionales del sector al personal docente de la carrera pública magisterial, auxiliares de educación y personal administrativo. ARTICULO 13 MODALIDAD Y NIVELES La Institución Educativa brinda en general los servicios en Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Alternativa (EBA) en los niveles siguientes:

1. Niveles a. Cuna – Inicial b. Primaria c. Secundaria d. Nivel secundario adultos

2. Modalidad a. Menores de edad (Cuna – Inicial, Primara, secundaria) IE, 40159. b. Adultos (Educación Básica Alternativa) CEBA “A. A. Cáceres”, en el turno

noche a cargo de la Dirección correspondiente. ARTICULO 14 SERVICIOS EDUCATIVOS. La Institución educativa presta los servicios educativos y de atención siguientes:

1. Aula de innovación pedagógica 2. Laboratorio de ciencias 3. Laboratorio de computo 4. Taller de música (banda de músicos)

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5. Taller de danza 6. Taller de deportes en general 7. Taller de karate 8. Biblioteca física y virtual 9. Tutoría especializada 10. Psicología 11. Tópico. 12. Asistencia social.

CAPITULO V VISION, MISION, OBJETIVOS ESTRATEGICOS ARTICULO 15 VISION La Institución Educativa 40159 del Ejército “Arequipa”, camino al bicentenario de nuestra república, aspira ser una institución educativa líder y acreditada en la región, que todos los estudiantes desarrollen capacidades para ser competentes en todos los niveles de la Educación Básica Regular que los impulse a insertarse ventajosamente en los próximos niveles básicos que les corresponde y en los estudios superiores. Formando:

1. Estudiantes con aprendizajes de calidad, humanístico, científico-tecnológico e innovador, que contribuyan al desarrollo local, regional y nacional.

2. Personas capaces de resolver problemas cotidianos y tomar decisiones en situaciones de su entorno poniendo en práctica los valores éticos y morales.

3. Ciudadanos democráticos y pacíficos con deberes y derechos que le permitan integrarse y participar en el desarrollo de sus comunidades y,

4. Promocionando el cuidado y preservación del medio ambiente. ARTICULO 16 MISION Somos una Institución de Educación Básica Regular pública de gestión privada por convenio entre el MINDEF (III DE) y el MINEDU (GREA), que forma integralmente estudiantes con el apoyo de los padres de familia y demás miembros de la comunidad educativa, en los niveles de educación básica regular en coeducación, mediante el desarrollo y gestión de capacidades con el empleo adecuado de las TIC, el fortalecimiento de valores éticos y morales, aptitud y actitud para el trabajo en equipo, la gestión de la cultura ambiental y riesgo de desastres para asegurar un ambiente sano y seguro con un buen clima institucional que asegure la adecuada permanencia de sus miembros en la institución educativa. ARTICULO 17 OBJETIVOS ESTRATEGICOS

1. INSTITUCIONAL a. Consolidarse como una institución educativa líder y acreditada en la región. b. Lograr la capacitación permanente de todo el personal en el marco del

convenio institucional y los recursos de la institución. c. Contar con trabajadores de calidad, Promoviendo la meritocrácia y/o la

excelencia en el trabajo para el acceso a cargos, puestos, funciones, contratos, etc.

d. Lograr la participación total de los padres de familia y ex estudiantes dentro

de la comunidad educativa.

e. Lograr el apoyo y compromiso de los demás actores que conforman la comunidad educativa particularmente autoridades para mejorar la calidad del servicio.

f. Contar con una infraestructura ideal, sana, segura y equipada, que permita el trabajo del personal y el aprendizaje de los estudiantes.

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2. PEDAGOGICO a. Contar con estudiantes integralmente preparados, en los aspectos físico,

afectivo y cognitivo mediante el empleo de las TIC para el logro de su identidad personal que le permita alcanzar el grado inmediato superior con habilidad y destreza a fin de que pueda integrarse, mantenerse en el nivel de aprendizaje y superarse.

b. Contar con estudiantes que practiquen valores éticos y morales, fomentando la armoniosa convivencia escolar y buen clima institucional.

c. Lograr la participación total de los padres de familia en la educación de sus hijos.

d. Crear hábitos de estudio en el alumno, desarrollando aprendizajes en el campo de la ciencia, humanidades, la cultura y el arte, fortaleciendo capacidades deportivas, lúdicas y orientación vocacional.

e. Lograr la conciencia y el compromiso de todo el personal docente en la formación integral de los estudiantes.

f. Lograr y mantener la acreditación de la IE en provecho de los estudiantes. g. Que los estudiantes, después de haber terminado la secundaria, se

inserten adecuadamente en el quehacer académico técnico o superior y/o en el campo laboral mediante la orientación vocacional.

3. ADMINISTRATIVO a. Optimizar el apoyo administrativo directo a la acción pedagógica en

provecho de los estudiantes y trabajadores. b. Contar con recursos institucionales que permitan un servicio de calidad. c. Contar con una infraestructura sana, segura y mantenida d. Lograr el bienestar de todo el personal de la comunidad educativa. e. Lograr la capacitación permanente del personal administrativo. f. Lograr y mantener un buen clima institucional g. Lograr la excelencia en el trabajo por la identificación de sus miembros con

la IE.

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TITULO IV. DE LA ORGANIZACION CAPITULO VI ORGANIZACIÓN, ESTRUCTURA ORGANICA, ORGANIGRAMA Y LINEA DE MANDO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ARTICULO 18 ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA La Institución Educativa Nº 40159 del Ejército “Arequipa” por ser una Institución Pública de Gestión Privada por convenio entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Defensa, debe contar con una estructura orgánica flexible que facilite su funcionamiento teniendo como base la Directiva S-3.b./01.00, emanada del Ejercito del Perú (Jefatura de Bienestar del Ejercito) y técnicamente en las normas nacionales del sector educación. Comprende los siguientes órganos:

1. Órgano de Dirección y supervisión. 2. Órgano de planeamiento, asesoramiento, organización y control. 3. Órgano de línea. 4. Órgano de apoyo y administrativo. 5. Órgano de Participación y concertación.

ARTICULO 19 ESTRUCTURA ORGANICA. La Institución Educativa, para cumplir con su finalidad y funciones, cuenta con la siguiente estructura orgánica

1. Órgano de dirección y supervisión (Personal Directivo) a. Director General de la Institución Educativa. b. Director del CEBA c. Sub direcciones. d. Secretario Ejecutivo y Coordinador de la Institución Educativa (Secretaría

de la Dirección, Oficina de Trámite Documentario y Mesa de Partes) 2. Órgano de planeamiento, asesoramiento, organización, coordinación y control.

a. Estado Mayor (Personal, Seguridad, Logística, Tesorería) b. Coordinación administrativa en cada instalación. c. Secretaría académica (Administración del SIAGIE, documentos de gestión

pedagógica y Procesos académicos) d. Sección Normas (Asesoría y Patrocinio legal, Planeamiento, Coordinación

de Tutoría y Convivencia Escolar, Registro SISEVE) e. Relaciones Publicas (Administración de la información al público, protocolo,

edición, video, fotografía, administración del portal y redes) 3. Órgano de línea (niveles de educación)

a. Coordinación pedagógica b. Docentes en general. c. Tutores. d. Auxiliares de educación. e. Auxiliar de laboratorio. f. Talleres.

4. Órgano de apoyo administrativo y servicios. a. Servicio de enfermería b. Servicio de mantenimiento c. Servicio de seguridad d. Servicio de Psicología e. Servicio de Contabilidad f. Servicio de Asistencia social g. Servicio de Biblioteca h. Servicio de fotocopias i. Diversos

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5. Órgano de Participación y Concertación. a. Consejo Educativo Institucional CONEI b. COFA-COPAFA c. Municipio escolar d. Asociación de Ex-estudiantes

ARTICULO 20 LINEA DE MANDO En caso de ausencia del Director, el encargo de la Dirección de la Institución Educativa para efectos pedagógicos, recaerá en la Sub dirección de mayor nivel o escala que se encuentre presente en la IE. El Secretario de la IE, actuará y dispondrá de la administración en caso de urgencia, emergencia y/o razones de fuerza mayor, dando cuenta a la Dirección. ARTICULO 21 ORGANIGRAMA (RELACION DE DEPENDENCIA JERARQUICA)

DIRECCIÓN

ORGANO DE PARTICIPACIÓN

- CONEI

- COFA FAM

- COPAFA

- ALUMNOS

(MUNICIPIO ESCOLAR)

- EX ALUMNOS

ÓRGANO DE ASESORAMIENTO,

PLANEAMIENTO Y EJECUCIÓN

- ESTADO MAYOR

- COORDINACION ADMINISTRATIVA

- SECRETARIA ACADÉMICA

- SECCION DE NORMAS

- RELACIONES PUBLICAS

APOYO ADMINISTRATIVO

- ENFERMERÍA

- PSICOLOGÍA

- CONTABILIDAD

- ASIT. SOCIAL

- BIBLIOTECA

- LABORATORIO

- SALA COMPUTO

- ALIMENTACION

- MANTENIMIENTO

- DIVERSOS

LINEA

Nivel Primario

CUNA INICIAL PRIMARIA

COORDINACION

TUTORIA

SECUNDARIA

- DIRECTOR

- SUBDIRECCIONES

- SECRETARIO I.E.

EQUIPO/CONSEJO

DIRECTIVO

Nivel Secundario.

APOYO ADM. DIRECTO

- ENFERMERIA

- PSICOLOGIA

- BIBLIOTECA

- LABORATORIO

- SALA COMPUTO

- FOTOCOPIAS

DIRECCIÓN GENERAL

- DIRECCIÓN GENERAL - DIRECTOR CEBA - SUB DIRECCIONES - SECRETARIO EJECUTIVO IE

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TITULO V. DE LAS FUNCIONES CAPITULO VII FUNCIONES DEL PERSONAL QUE LABORA EN LA INSTITUCION EDUCATIVA ARTICULO 22 TODO EL PERSONAL DEBE:

1. DE MANERA GENERAL En relación al cargo que ostenta y las funciones que desempeña; sus funciones generales serán de acuerdo a las conferidas en la legislación nacional vigente y los códigos de ética correspondientes para cada profesión u oficio.

2. DE MANERA ESPECIFICA En la IE realizaran: a. Buen trato a los estudiantes y padres de familia. b. Práctica de los valores que incluye la línea axiológica de la IE. señalada en

el presente reglamento. c. Atención de obligaciones profesionales. d. Solución asertiva de problemas y/o crisis con estudiantes y padres de

familia. e. Comunicación inmediata con los padres de familia ante incidentes o

accidentes de sus menores hijos. f. Tino, tacto y capacidad profesional para entablar dialogo alturado y

decoroso con los miembros de la comunidad educativa. g. Tener en cuenta que los comentarios perniciosos, murmuraciones

(chismes) y críticas a las disposiciones de la IE, lesiona uno de los objetivos estratégicos más importantes de la gestión educativa como lo es; el clima laboral, en tal sentido será considerado como una falta grave y será sancionada administrativamente sin perjuicio de que estos hechos sean denunciados en la vía penal.

h. Todo acto deliberado que implique conflictos, divisionismos, etc. entre el personal que labora en la IE. será considerado como una falta grave y será sancionada administrativamente.

i. Mantener en orden y limpieza los espacios inmediatos a su desarrollo laboral, colaborando en mantener un ambiente sano y seguro.

j. Colaborar y participar con la IE. en las actividades que se realicen por necesidad del servicio.

k. Los docentes y auxiliares que tengan hijos en la IE como estudiantes, no participaran en los diversos comités donde estos se encuentren.

l. Prohibición de realizar actividades lucrativas o recaudadoras de dinero individuales o colectivas, por aulas u oficinas, sin autorización de la Dirección.

ARTICULO 23 FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA IE.

1. FUNCIONES GENERALES (A parte de las ya señaladas en la legislación nacional vigente): a. Organiza y supervisa los diferentes órganos de gobierno del plantel. b. Monitorea, Evalúa y Supervisa el trabajo del personal directivo, docente,

auxiliar, administrativo y de servicios, reconociendo desempeños o corrigiendo deficiencias.

c. Supervisa y realiza acciones de control a los diversos órganos de la Institución Educativa.

d. Supervisa y realiza acciones de control a los diferentes comités, a otros establecidos por norma y los que son necesarios para la marcha institucional entre otros.

e. Acredita la Toma de Posesión de Cargo al Personal Docente y Administrativo Nombrado y Contratado.

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f. Despacha la documentación ingresada a la Mesa de Partes de la IE. g. Redacta los informes de su competencia. h. Brinda atención al público de acuerdo al horario establecido. i. Coordina y gestiona con los distintos sectores (MINSA, POLICIA

NACIONAL, GOBIERNO REGIONAL, GOBIERNO LOCAL, UGEL, MINISTERIO PUBLICO, UNIVERSIDADES y otros) las necesidades y beneficio de la Institución para la mejora de la calidad educativa.

j. Aprueba por Resolución Directoral los instrumentos de gestión de la Institución Educativa.

k. Administra el SIAGIE. l. Delegar funciones emitiendo la formalidad correspondiente. m. Constituirse en última instancia en los procesos administrativos

disciplinarios al interior de la IE., sujeto al presente reglamento, sin perjuicio de dar cuenta a la autoridad competente en casos de naturaleza administrativo y penal de acuerdo a Ley.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS (Directiva N° 03 S-3.b./01.00 – JBIENE/DAE)

a. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo.

b. Conducir la elaboración, ejecución y evaluación de los documentos de gestión (Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, MAPRO, MOF, CAP, Presupuesto Institucional) de manera participativa, dando a conocer a los padres de familia en asambleas periódicas los resultados de su gestión.

c. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.

d. Aprobar por Resolución Directoral Institucional, los instrumentos de gestión de la IE.

e. Coordinar con el COPAFA el uso de sus fondos de este último, teniendo en consideración las necesidades de las aulas elaborando el programa de implementación y mejora progresiva de la IE.

f. Delegar funciones a los Sub Directores y a otros miembros de su comunidad educativa.

g. Estimular el buen desempeño del docente, estableciendo en la IE prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.

h. Promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos y consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento.

i. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la IE, disponiendo en el reglamento interno acciones reparadoras cuando estas se hayan deteriorado por el mal uso.

j. Gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento, así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.

k. Presidir el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente, auxiliar de educación, de apoyo y administrativo.

l. Elabora el Cuadro General de Vacantes y la Proyección de la matrícula para el siguiente año académico.

m. Tendrá a cargo el proceso de matrícula de la IE o delegar esta función, elaborando la directiva correspondiente en base al cuadro de vacantes.

n. Desarrollar acciones de capacitación del personal. o. Elaborar el informe de inicio del año escolar de la IE a su cargo. p. Remitirán al promotor y a la UGEL de jurisdicción, un oficio comunicando la

elección del COPAFA. q. Convocará a los PPFF a asamblea general cuando así lo considere.

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r. Dar las facilidades del caso para la conformación de los comités de aula. s. Contar con el expediente técnico aprobado por el Servicio de Ingeniería del

Ejercito (SINGE) para la construcción, ampliación y modificación de edificaciones en el terreno de la institución educativa, ya que es el elemento de control del patrimonio del Ejército.

t. Oportunamente dará a conocer al COPAFA las necesidades prioritarias del PAT para ser incluido en el POA.

u. Entregar a cada trabajador un memorándum indicando el cargo y el horario de trabajo al inicio del año.

v. Entregar al personal docente y auxiliar de educación al finalizar el año un memorándum indicando las fechas de capacitación en los meses de verano.

w. Dispondrá que el trabajo pedagógico del personal docente de nivel secundario, nombrado o contratado por el Sector Defensa y Sector Educación, sea distribuido dentro de los cinco (05) días de la semana.

x. En los meses de marzo, junio y octubre remitirán al DAE de la JBIENE, el parte numérico del personal que labora en la IE, ya sea contratado o nombrado por el Ejército, Educación o recursos propios.

y. Desde el mes de octubre del año anterior coordinará con las autoridades de educación, sobre el techo presupuestal respectivo, para la designación o contrato del personal docente que sea necesario, dando cuenta al Promotor de dicho incremento, siempre y cuando sea por necesidad y por las metas de atención (estudiantes) que cuenta la IE.

z. Comunica a los padres de familia antes de terminar el año académico sobre los incrementos en el aporte para la mejora de la calidad educativa para el año próximo, la misma que deberá estar sustentada por la IE., y aprobada por el Comando del Ejército.

aa. Formulará una directiva para los programas siguientes: Programa de Recuperación Académica (PRA) y Programa de Inducción para niños de 1er Grado (PAN) y Vacaciones Útiles (VU), durante el período vacacional.

bb. Brindará las facilidades necesarias durante las visitas que realice el DAE/JBIENE-COPERE, así como del personal de monitoreo, acompañamiento, promotores pedagógicos y/o supervisiones, del Ministerio de Educación.

cc. Remitir al DAE/JBIENE el Informe Técnico Pedagógico y Administrativo, al término del cada bimestre escolar.

dd. Remitir a la JBIENE-DAE en febrero y abril del año en curso, copia de la hoja de ruta entregada por la UGEL de su jurisdicción.

ee. Preparar a la IE a su cargo para el proceso de acreditación de la calidad educativa, considerando en el presupuesto una partida para este proceso.

ff. Será el encargado de dar a conocer a la comunidad educativa el proceso de acreditación iniciando con la Autoevaluación, debiendo remitir el informe al DAE de las acciones realizadas y el avance logrado.

gg. Velar por el cumplimiento de las normas emitidas para el funcionamiento de kioscos escolares.

hh. Dar disposiciones a fin de que el personal de la IE evite realizar actividades lucrativas en beneficio propio y que estas perturben la actividad laboral y la imagen de la IE.

ii. Otorgar becas integrales de estudio a los hijos del personal de Oficiales, Técnicos y Sub Oficiales fallecidos en “Acción de Armas” o “Acto de Servicio”, CAUSANTE, de acuerdo a la RCGE N° 000543 SG-2012/CGE, 21 Ago 12 –CGE/SG y a la Ley 26511 y DS N° 010-DE/SG.

jj. Organizar, planificar, ejecutar y orientar las acciones de Supervisión Educativa.

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kk. Presidir las reuniones técnico-pedagógicas, administrativas y otras relacionadas con los fines y objetivos de la Institución Educativa.

ll. Autorizar traslados de matrícula, separaciones y exoneración de asignaturas, así como la aplicación de las pruebas de ubicación.

mm. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos oficiales previa presentación del documento, de acuerdo con las normas específicas.

nn. Autorizar la expedición de certificados y constancias de estudio. oo. Estimular o sancionar, según el caso al personal de la Institución Educativa

de conformidad con lo normado en el presente reglamento. pp. Administrar los recursos económicos y su documentación de la Institución

Educativa. qq. Estimular y delegar a quien corresponda la participación de los estudiantes

y docentes de la Institución Educativa en eventos de carácter académico, deportivo y cultural convocados por el Ministerio de Educación y a invitación de otras Instituciones.

rr. Participar con la IE., en actividades cívico patrióticas. ARTICULO 24 FUNCIONES DEL SUB DIRECTOR DE EDUCACION INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA.

1. FUNCIONES GENERALES Las funciones generales de los Subdirectores de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, es regulada por el Ministerio de Educación a través de una norma específica, adicionalmente por delegación del Director General cumple lo siguiente: a. Participar en las funciones enumeradas en los incisos a, b, c, e, f, h, i, j, k, l,

m, n y ñ del artículo 68° de la LGE Ley N° 28044. b. Participar en las funciones establecidas en los incisos a, b, e y g del artículo

128° del D.S. N° 11-12-ED Reglamento de la LGE, Ley N° 28044. c. Las enumeradas en los incisos c, d y e del artículo 55° de la LGE N° 28044.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DETERMINADAS POR NECESIDAD DEL

SERVICIO. a. Reemplazar al Director de la IE. en caso de ausencia del mismo, además: b. Dar cumplimiento al manual del Buen Desempeño Directivo, al Reglamento

Interno y a las disposiciones emanadas de la Dirección de la IE. c. Tomar decisiones frente a incidentes o accidentes surgidos repentinamente

en caso de ausencia del Director en sus respectivos niveles. d. Coordinar, orientar, planificar, supervisar, organizar y promover el desarrollo

del currículo, acciones técnico - pedagógicas, distribución de horas, así como cualquier otra actividad a que este cargo o compete, asesorando la labor del Director en materia Técnico-Pedagógica.

e. Programar y realizar jornadas de actualización pedagógica para los docentes dentro de la IE. fuera de horas pedagógicas asignadas.

f. Controlar la asistencia y el cumplimiento de las horas efectivas, coordinando con el Jefe de Personal el reporte mensual de asistencia.

g. Controlar el ingreso de los docentes y auxiliares de educación a las aulas y/o a su puesto respectivamente a la hora indicada adoptando acciones correctivas en caso de incumplimiento.

h. Controlar la no participación de profesores y auxiliares en la organización de aulas, tutorías, etc., donde de por medio se encuentren estudiantes familiares.

i. Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y en el período vacacional.

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j. Planificar, organizar y monitorear permanentemente las actividades educativas técnico-pedagógicas en coordinación con la Dirección.

k. Coordinar las actividades con el Coordinador de Tutoría y Convivencia Escolar.

l. Asistir o delegar la participación en actividades cívico-patrióticas y otras invitaciones que reciba la Institución Educativa.

m. Coordinar las actividades extra curriculares de la Institución Educativa. n. Elabora los documentos de gestión como PEI, RI, PAT, PCIE, IGA, Plan de

Acompañamiento-Monitoreo y otros inherentes a su cargo. o. Asistir a las reuniones Técnico Pedagógicas que organiza la GREA, UGEL

y demás Instituciones Educativas. p. Orientar a la Dirección sobre el trabajo pedagógico y su monitoreo. q. Realizar efecto multiplicador al personal docente de las reuniones y/o

capacitaciones con la participación conjunta de todos los docentes o de aquellos a quienes les competa (sea el caso de niveles o especialidad)

r. Informar oportunamente a los docentes sobre los cursos locales y nacionales que se lleven a cabo en el sector de Educación y delegar en forma democrática al docente que asista al mismo.

s. Informar a los padres de familia el horario de atención, velar por su respeto y cumplimiento en ambos niveles.

t. Analizar los informes presentados por los docentes al finalizar el año académico de los estudiantes con problemas disciplinarios para tomar las acciones correctivas necesarias.

u. Informar previamente al personal docente sobre las faltas y tardanzas, antes de elevar el documento a la UGEL con el visto bueno del CONEI en su respectivo nivel (por ser de Ley).

v. Designará a quien corresponda el dictado de clases en caso de ausencia del docente por permisos eventuales, así como el acompañamiento para casos especiales.

w. Reconocer el buen desempeño del personal que integra el órgano de línea correspondiente, así como aplicar las acciones correctivas en caso de deficiencias.

x. Constituirse en primera instancia en el proceso administrativo y disciplinario de la IE., adoptando las sanciones correspondientes del nivel.

y. Creará las condiciones más favorables entre los docentes, padres de familia y estudiantes para el aprendizaje, entre ellos: el clima laboral y el bullying respectivamente.

z. Utiliza un Libro de Actas para registrar los acuerdos arribados en su nivel. aa. Lleva un control estadístico de la asistencia del personal a su cargo de

acuerdo a la normatividad vigente. Opina sobre las licencias y permisos y redacta el informe mensual de asistencia.

bb. Lleva un control estadístico de las horas efectivas de aprendizaje por cada docente e informa en el parte mensual.

cc. Garantiza la permanencia de los docentes durante las sesiones de aprendizaje ejecutadas por estudiantes que se encuentran realizando sus prácticas pre profesionales.

dd. Recomienda técnicamente sobre: visitas de estudio, excursiones, invitaciones y otras actividades pedagógicas fuera de la Institución Educativa.

ee. Delega funciones al personal a su cargo y designa a los docentes para actividades internas y de representación en actividades externas.

ff. Organiza la participación de los estudiantes de la Institución educativa en eventos de carácter académico, deportivo, cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones e Informa a la Dirección de acciones destacadas para reconocimiento resolutivo.

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gg. Estimula a los estudiantes destacados de su nivel en las distintas actividades educativas, mediante la propuesta de felicitación por diploma o resolución institucional o regional.

hh. Evalúa semestralmente al personal a su cargo y propone el reconocimiento en acciones destacadas.

ii. Presenta el informe de la evaluación del servicio educativo del nivel. jj. Elabora y archiva los documentos que corresponden a su nivel educativo. kk. Ejecuta una Evaluación Censal Anual a los estudiantes de todos los grados,

para verificar el Nivel de Logro. ll. Otras funciones inherentes al cargo.

ARTICULO 25 FUNCIONES DEL SECRETARIO Y COORDINADOR DE LA IE.

1. FUNCIONES GENERALES Las funciones generales del Secretario y coordinador de la IE., mientras no sea regulada por el Ministerio de Educación, cumplirán por delegación del Director las funciones siguientes: a. Las enumeradas en los incisos a, b, c, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n y ñ del artículo

68° de la LGE Ley N° 28044. b. Las establecidas en los incisos a, b, d, e y g del artículo 128° del D.S. N°

11-12-ED Reglamento de la LGE, Ley N° 28044. c. Las enumeradas en los incisos c, d y e del artículo 55° de la LGE N° 28044.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS a. Por delegación, representa administrativamente al Director de la IE. b. Hacer cumplir las normas y disposiciones de la Dirección. c. Coordinar las actividades administrativas de apoyo a la acción pedagógica

con las Sub Direcciones, con los coordinadores pedagógico/administrativos para el cumplimiento de los planes de trabajo y los problemas que requieran acción inmediata, racionalizando los recursos de la IE., entre otros.

d. Coordina la formulación del PEI, PAT, PCI, RI, PIN, PEME, IGA, Plan de Capacitación, Plan de Supervisión y Monitoreo, planes de trabajo de los diversos comités y otros, participando en las reuniones técnico pedagógicas a fin de que le facilitar el planeamiento y apoyo administrativo.

e. Coordinar con todos los órganos de la IE., las actividades y apoyo administrativo.

f. Elaborar el horario de labores del personal militar, administrativo y de servicios de la Institución Educativa.

g. Coordinar y controlar a través de la oficina de personal el horario de labores de todo el personal que labora en la IE.

h. Dispone la organización, realización y supervisión del servicio de permanencia en la IE., con responsabilidad las 24 horas del día, incluyendo días no laborables con la finalidad de mantener enlace con el escalón superior, mantener informado al Director y asegurar la integridad de la IE.

i. Coordina el Planeamiento, organización, ejecución y control de la gestión de riesgos de desastres con la comisión encargada.

j. Coordina el Planeamiento, organización, ejecución y control de la seguridad de la instalación.

k. Coordina el Planeamiento, organización, desarrollo y control del proceso de matrícula de inicio a fin con la comisión correspondiente.

l. Supervisar y controlar las actividades administrativas para el buen inicio del año escolar; captación y capacitación de personal, mantenimiento de infraestructura y seguridad, adquisiciones diversas, actualización de documentos de gestión, entre otros.

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m. Coordina el plan de gastos anual proyectado, la misma que será aprobado con resolución directoral.

n. Formula el Plan de Trabajo Anual del área de su responsabilidad y el cuadro de necesidades de bienes y servicios de la Institución Educativa en función de las necesidades de mantenimiento o reemplazo del patrimonio de la IE. así como su seguridad y demás requerimientos.

o. Elabora y presenta a la Dirección, el Plan Anual de los Recursos Directamente Recaudados, la que contendrá las necesidades priorizadas de adquisición.

p. Utiliza un Libro de Actas para registrar los acuerdos arribados. q. Organiza, actualiza, consolida y administra el inventario general, el

inventario físico valorizado y cargos de bienes patrimoniales de la Institución, velando por su permanente mantenimiento y conservación con acciones, disposiciones y determinación de responsabilidades.

r. Proponer al Comité de Gestión Patrimonial las altas y bajas de los bienes de la Institución.

s. Proponer a la Dirección del plantel el reconocimiento mediante resolución de los siguientes comités: de Altas, Bajas y Enajenaciones, el de Gestión Patrimonial, etc.

t. Supervisar, Monitorear y Evaluar objetivamente el trabajo del personal de apoyo administrativo y servicios, así como de las comisiones/comités de la IE., proponiendo el reconocimiento del personal por labor extraordinaria.

u. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar el Plan de Capacitación Anual del órgano de apoyo administrativo y servicios en coordinación con la Dirección.

v. En coordinación con las Sub Direcciones, participar con tacto, tino e iniciativa en primera instancia con arreglo a ley, en problemas derivados de incidentes y/o accidentes que tengan que ver con la administración pedagógica, así como orientar a los padres de familia para el mejor cumplimiento de sus obligaciones.

w. Recomienda en las solicitudes de préstamo o alquiler del local escolar, así como sus demás bienes patrimoniales.

x. Tiene en custodia las llaves de todos los ambientes de la Institución Educativa verificando que estén completas y señalizadas.

y. Gestiona el servicio y pago de los servicios básicos, ejerciendo control sobre el consumo.

z. Otras funciones inherentes al cargo o que por necesidad del servicio le sea asignado.

aa. Participa en la formulación de documentos de gestión institucional, pedagógica y administrativa.

bb. Administrar la documentación de su competencia.

ARTICULO 26 FUNCIONES DEL COORDINADOR PEDAGOGICO DE APOYO EN LA IE DETERMINADAS POR NECESIDAD DEL SERVICIO.

1. Dirigir el planeamiento, organización, ejecución y control de las actividades curriculares y técnico pedagógicas para el año lectivo, conjuntamente con el personal docente, que comprende las siguientes acciones:

2. Elaborar y desarrollar el Plan Anual de Trabajo correspondiente a su responsabilidad.

3. Programar fechas de entrega de libretas escolares y preparación de nóminas oficiales de las diferentes secciones.

4. Delegar responsabilidad al personal docente para comisiones en la elaboración de horarios de clase, cuadro de horas.

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5. Coordinar con el coordinador administrativo la designación de comisiones internas para realización de las diferentes actividades programadas por la Institución Educativa.

6. Promover reuniones para intercambiar ideas y tomar acuerdos con la participación democrática de los docentes al término del bimestre.

7. Promover el conocimiento y la práctica de los valores. 8. Presidir, supervisar y retroalimentar el Comité de Orientación y Bienestar del

Educando. 9. Programar y realizar jornadas de actualización pedagógica para los docentes. 10. Informar periódicamente a la Subdirectora, sobre el avance Curricular

porcentual. 11. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades educativas técnico-

pedagógicas en coordinación con la Subdirectora. 12. Asistir a las actividades cívico - patrióticas y otras invitaciones que reciba la

Institución Educativa. 13. Coordinar las actividades extra curriculares. 14. Promover la orientación integral del educando para su adecuado desarrollo y

aprendizaje. 15. Coordinara con el coordinador administrativo el horario de atención del

personal de Padres de Familia. 16. Informar a la Sub Dirección sobre el trabajo docente, proponiendo el

reconocimiento por eficiente desempeño o las acciones correctivas del caso. 17. Ejercer control sobre el personal docente en su instalación, tomando las

acciones que correspondan. ARTICULO 27 FUNCIONES DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE APOYO DETERMINADAS POR NECESIDAD DEL SERVICIO.

1. Planea, asesora, organiza, coordina y controla en coordinación con la coordinación pedagógica las actividades de la instalación.

2. Para aspectos administrativos, representa al Director en cada instalación dando cuenta diariamente de las actividades desarrolladas.

3. Mantiene estrecha coordinación de trabajo con la coordinadora pedagógica de quien recibe sus necesidades de apoyo administrativo.

4. Controla y se asegura que no existan cobros indebidos, aportes y otros no autorizados por la IE. bajo responsabilidad.

5. Planea, coordina, ejecuta y controla el apoyo administrativo a la acción pedagógica en cada instalación en coordinación con el Director de la IE.

6. En coordinación con la coordinadora pedagógica, integra a su instalación con toda la IE. en las diferentes actividades coordinando los espacios y tiempos.

7. Controla la actividad administrativa en el que está inmerso todo el personal de la instalación.

8. Vela por el mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales (muebles e inmuebles) de la IE. determinando las responsabilidades por el mal uso si es que las hubiera.

9. Realiza permanentemente el estudio de seguridad de su instalación en provecho de los niños, determinando riesgos y sus necesidades para eliminarlas, acciones que coordinara con el Director.

10. Gestiona y/o solicita el mantenimiento y seguridad de la instalación. 11. Propone la toma de cargo para el personal administrativo de su instalación.

ARTICULO 28 FUNCIONES DEL COORDINADOR DE TUTORIA

1. FUNCIONES GENERALES Aplicar en el desempeño de su función las normas nacionales siguientes:

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a. Directiva Nº 001 - 2006 - VMGP / OTUPI, Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas.

b. Ley N.° 26260 Ley de protección frente a la violencia familiar c. Ley N.° 28705 Prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco d. Ley N.° 29600 Reinserción escolar por embarazo e. D.S. 002-2013 Reglamento de Ley N.° 29600 f. Ley N.° 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las IE g. Reglamento Ley N.° 29719 h. R.D. N.° 343-2010-ED Normas para el desarrollo de la Tutoría y Orientación

Educativa i. R.V.M. N.° 0067-2011-ED Municipios Escolares j. R.V.M. N.° 004-2007-ED Estudiantes Sanos Libres de Drogas k. R.M. N.° 0201-2009-ED sobre Hostigamiento Sexual

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS

El Coordinador de Tutoría y Orientación del Educando, cumple las siguientes funciones: a. Formula, organiza, ejecuta y evalúa el PEI, PAT, PCI, RI, PIN, PEME, IGA,

Plan de Capacitación, Plan de Supervisión y Monitoreo, Círculos de Inter aprendizaje, Plan del Buen uso del tiempo libre, Propuestas experimentales y otros en lo que le corresponde.

b. Elabora y presenta a la Dirección el Plan Anual de Tutoría, Cuadro consolidado de los Comités de Aula de Padres de Familia y Estudiantes, Relación de Tutores y Asesores; Plan Específico de Escuela de Padres; Fichas de Observación, Supervisión y Monitoreo; Sesión de Aprendizaje de Tutoría y otros documentos regulados por la normatividad vigente.

c. Propone a la Dirección el reconocimiento mediante resolución de las comisiones de su nivel: de matrícula, cinco primeros puestos al finalizar los cinco grados de secundaria (sólo secundaria), revisión de registros, revisión de actas y otros.

d. Supervisa el trabajo del personal a su cargo y de las comisiones, evalúa e informa a la Dirección para su aprobación en el Comité de Evaluación, así como para el reconocimiento de acción extraordinaria en bien de la Institución.

e. Utiliza un Libro de Actas para registrar los acuerdos arribados. f. Estimula a los estudiantes destacados de su nivel en las distintas

actividades educativas, mediante la propuesta de felicitación por diploma o resolución institucional o regional.

g. Evalúa semestralmente al personal a su cargo. h. Incentiva la participación de los estudiantes ofreciéndoles canales y

oportunidades constantes, permitiendo y alentando diferentes formas de organización autónoma como Municipios Escolares, clubes y Consejos Estudiantiles, dirigidos a contribuir el desarrollo del proyecto educativo institucional y a satisfacer sus propios intereses.

i. Elabora, ejecuta, monitorea y evalúa el plan de TOE en la IE. j. Previene y media en situaciones de conflicto, creando condiciones que

favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.

k. Promueve el Funcionamiento de la Escuela de Madres y Padres. l. Organiza a los estudiantes en clubes, municipio escolar, junta de

presidentes de aula, y otros. m. Convoca las reuniones del Comité de TOE. n. Vela por el cumplimiento de las funciones del Comité de TOE.

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o. Promueve en la institución educativa el desarrollo de las acciones tutoriales. p. Convoca a las reuniones y vela por el cumplimiento de las funciones de los

Comités de aula. q. Verifica la elaboración y ejecución del Plan Tutorial de Aula. r. Participa en reuniones del Consejo de Disciplina. s. Anotar en el libro o cuaderno de incidencias alguna situación de violencia

escolar, comportamiento, etc. darles solución y/o reportarlo al portal del SISEVE de acuerdo de los protocolos establecidos.

t. Comunicar al departamento de psicología y Servicio Social, las acciones para que los padres asuman su responsabilidad en apoyo a la acción educativa.

u. Colaborar con la Dirección para la planificación y ejecución de actividades de proyección familiar.

ARTICULO 29 FUNCIONES DE LOS DOCENTES/PROFESORES/PROFESORES AULA (A parte de las ya señaladas en la legislación nacional vigente):

1. FUNCIONES GENERALES a. Planificar, desarrollar y evaluar actividades que aseguren el logro del

aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad educativa que integran.

b. Participar en la institución educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.

c. El docente debe presentar oportunamente la documentación necesaria para el desarrollo de la sesión de la clase; asimismo, prever el material requerido para la mejor interiorización del tema presentado.

d. Participar en los programas de capacitación y actualización profesional, los cuales constituyen requisitos en los procesos de evaluación docente.

e. Recibir incentivos y honores, registrándolos en el Escalón Magisterial, por su buen desempeño profesional y sus aportes a la innovación educativa.

f. Propiciar en sus estudiantes el trabajo en equipo y la protección al medio ambiental.

g. Durante su permanencia en la IE deberá de encontrarse con el uniforme o atuendo dispuesto por la IE.

h. Los profesores de las IIEE del Ejército que realizan funciones en el órgano de línea, deberán estar colegiados.

i. Toda queja o reclamo deberá de realizarse por escrito respetando el conducto regular de acuerdo a normas y disposiciones vigentes.

j. Participar en la evaluación del desempeño docente que realice la IE de acuerdo a la Ley N° 29944.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS

a. Organizar y ambientar su aula preparando material educativo con la colaboración directa de los educandos y PPFF.

b. Mantener actualizado la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.

c. Elaborar los documentos de inicio y fin de año escolar de acuerdo a las normas establecidas y a las dictadas por la Sub dirección.

d. Diagnosticar necesidades del alumno, proporcionando información, motivándolo, facilitándole la comprensión de los contenidos básicos, fomentar el autoaprendizaje y promover la práctica de valores y actitudes dando el ejemplo.

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e. Adoptar y/o gestionar las medidas de seguridad cuando realice trabajos de dinámica, ejercicios y otros donde los estudiantes están expuestos a incidentes o accidentes, particularmente durante los esfuerzos físicos.

f. Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección en los asuntos pedagógicos.

g. Atender a los educandos, velando por su seguridad, higiene y alimentación durante el tiempo que permanezca en el plantel, incluyendo las horas de receso.

h. Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando y su aprendizaje, derivando a TOE las que requieren atención especializada.

i. Realizar acciones de recuperación pedagógica de sus estudiantes. j. Promover el buen estado de conservación y uso del patrimonio de la IE. k. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia

sobre el rendimiento académico y conducta de los estudiantes. l. Realizar las anotaciones en las agendas correspondientes que es el medio

oficial reconocido por la IE para mantener los canales de comunicación entre el docente y los padres de familia.

m. Registrar su ingreso y salida de la IE en el reloj biométrico o en cuaderno según corresponda, permaneciendo el plantel durante las horas de labores, en casos de emergencia o situaciones de fuerza mayor deberá contar con el permiso correspondiente de acuerdo a normas.

n. Asistir correctamente uniformados a la institución y usar el mejor uniforme en las ceremonias oficiales.

o. Fomentar entre los estudiantes y compañeros de trabajo la práctica de valores y axiología de la IE.

p. Los docentes que soliciten permiso o licencia deberán dejar en la Subdirección del nivel educativo; su Unidad Didáctica, Sesión de Aprendizaje, Registro Auxiliar y llaves del aula.

q. Los docentes tienen la obligación de detectar, atender y denunciar los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los estudiantes, incluyendo aquellos que se cometan por redes sociales, medios electrónicos o informáticos cuando hayan sido testigos o hayan sido informados.

r. Cuando se trate de casos definidos como de poca gravedad, los docentes pueden corregir directamente a los estudiantes agresores llamando verbalmente y en privado la atención, sin perjuicio de su registro en el libro de incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes.

s. Ingresar puntualmente a sus aulas y permanecer en ellas el tiempo académico asignado.

t. Todos los docentes deberán asistir y permanecer en las reuniones programadas por la Dirección o su nivel, el retiro injustificado antes de tiempo será considerado como inasistencia.

u. Asistir y participar en los programas de capacitación que programe la Institución, UGEL, DRE, u otra organización a fin.

v. Participar con responsabilidad en la Gestión de la Institución Educativa integrando los diversos comités y comisiones.

w. Considerar que el practicante de educación no reemplaza las responsabilidades del profesor en el dictado de su sesión más que, sólo ciertas funciones de apoyo y de manera controlada.

x. Respetar la seguridad de tránsito vehicular y los estacionamientos asignados.

y. Evitar el consumo de alimentos dentro del aula, de darse el caso por razones autorizadas, deberá coordinarse de inmediato la limpieza correspondiente.

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z. Velar por el cumplimiento de los cinco (05) compromisos de Gestión Educativa.

aa. Dar cumplimiento al Marco del Buen Desempeño Docente. bb. Asistir a las actividades oficiales y desfiles cívicos patrióticos donde

participa la Institución Educativa. cc. Participar en la elaboración de los documentos de gestión de la IE. dd. Presentar las Programaciones curriculares y sesiones de aprendizaje en

forma oportuna, manteniendo actualizada su carpeta pedagógica. ee. Emitir informes escritos que se les sean solicitados. ff. Dictar charlas y conferencias de acuerdo al calendario cívico escolar. gg. Realizar trabajo colegiado para la acreditación de la IE. hh. Controlar la disciplina de los estudiantes en horas de clase. ii. Diseñar y presentar las guías de práctica de laboratorio en coordinación con

el auxiliar del laboratorio. jj. Verificar la asistencia de cada alumno en su respectiva aula, adoptando

acciones en caso de ausencia de los mismos. kk. Los Docentes Tutores emitirán informes al finalizar el año académico de los

estudiantes con problemas de aprendizaje y conducta a los coordinadores de tutoría, para tomar las medidas correctivas pertinentes.

ll. Acordar con los estudiantes normas de convivencia en el aula que faciliten un ambiente agradable, tolerante, respetuoso, facilitador del trabajo educativo y las relaciones sociales.

mm. Promover y facilitar la participación estudiantil en Municipios Escolares, Defensorías Escolares, Consejos Estudiantiles, Clubes y otros, bajo principios democráticos de organización institucional.

nn. Velar por el buen clima institucional, promoviendo un ambiente adecuado de trabajo basado en el respeto, lealtad, buen trato y sentido de justicia con los demás colegas, autoridades, estudiantes y padres de familia de la comunidad educativa.

oo. Establecer y mantener canales de comunicación y diálogo con los padres de familia para conocer sus demandas e intereses vinculados al proceso educativo de los niños, niñas y adolescentes.

pp. Respetar las costumbres y libertad de culto de sus colegas, autoridades educativas, estudiantes y padres de familia.

qq. Tendrá presente que las contravenciones al presente reglamento derivan en penalidades tales como, descuentos; por tardanza y por faltas al presente reglamento, pérdida parcial o total del incentivo en el mes como consecuencia de proceso administrativo disciplinario interno.

rr. Todo permiso de los docentes auxiliares de educación y administrativos del MINEDU (programado, no programado, por cumpleaños, etc.), estarán sujetos a la normatividad vigente del sector.

ARTICULO 30 FUNCIONES DEL DOCENTE DE LABORATORIO/AUXILIAR DE LABORATORIO

1. Tiene la responsabilidad de organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje en el laboratorio.

2. Adopta las medidas de seguridad antes durante y después del desarrollo de su función, así como el control de la disciplina en los estudiantes.

3. Administra, mantiene y conserva los equipos e insumos de los laboratorios de la Institución Educativa, en tal sentido deberá mantener su registro permanente de altas y bajas de los materiales, a fin de agilizar la actualización de los inventarios que deberá hacerse una vez al año.

4. Programa el uso de los laboratorios racionalizando adecuadamente los ambientes, equipos y reactivos a través de un cronograma de ingreso al laboratorio.

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5. Informa a los docentes del área de Ciencia Tecnología y Ambiente la relación de equipos y materiales existentes.

6. Controla en el parte de prácticas diarias de laboratorio la entrada y salida de los materiales, así como registra su deterioro e inutilización. Anota asimismo la realización de las prácticas desarrolladas con los estudiantes de los diferentes grados y secciones.

7. Participa en la organización y ejecución de las actividades curriculares de Ciencia Tecnología y Ambiente, Feria de Ciencias, exposición de material didáctico, club de ciencias, periódico mural y otros.

8. Toma conocimiento de los materiales fungibles y de los deterioros de los materiales y equipos y da de baja el material que no sirve.

9. Organiza e implementa el botiquín de primeros auxilios en el ambiente del laboratorio.

10. Elabora y difunde normas y afiches de seguridad en el trabajo de laboratorio. 11. Coordinar y recibir las guías de prácticas de los profesores de la especialidad

de Ciencias Naturales, Química, Física, Biología y los profesores de primaria, así como realizar el acompañamiento durante la sesión de clase.

12. Revisar y mantener actualizado el reglamento del laboratorio de la Institución Educativa.

13. Reemplazar, dentro de las posibilidades de su horario a los docentes de su línea que por alguna u otra razón hayan faltado a la IE.

14. Llevar el libro o cuaderno de registro de prácticas de laboratorio. 15. El auxiliar de laboratorio, estará presente en las prácticas docentes, apoyando

en las muestras, registro de los análisis y otros afines. 16. El auxiliar de laboratorio llevará a los estudiantes del aula al laboratorio y

viceversa durante las prácticas 17. Preparará con anticipación el material y reactivos necesarios para cada

práctica. ARTICULO 31 FUNCIONES DE LOS TUTORES: En el nivel de educación primaria el profesor de aula cumple la función de Tutor. En el nivel de educación secundaria de acuerdo al cuadro de horas establecido. (A parte de las ya señaladas en la legislación nacional vigente), deben:

1. CON LOS ESTUDIANTES

a. Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, a fin de contribuir a su formación integral.

b. Realizar labor de consejería individual o de grupo c. Elige a los estudiantes representantes de las diferentes organizaciones

estudiantiles. d. Motivar a sus estudiantes para que participen en las actividades que realiza

la Institución Educativa.

e. Participar activamente en las formaciones de su sección.

f. Elaborar e Implementar el Plan Tutorial del Aula, el cual será flexible y responderá al diagnóstico de necesidades e intereses de los estudiantes, Asimismo, deberá diseñar, desarrollar y evaluar las sesiones de tutoría.

g. Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar.

h. Promover la realización periódica de Asambleas Escolares de Aula. i. Informar oportunamente al Director de toda situación, hecho o

acontecimiento que vulnere los derechos de los estudiantes, para que se tomen las medidas pertinentes.

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j. Registrar en la ficha acumulativa personal del estudiante, los aspectos más relevantes de su proceso formativo, teniendo en cuenta que su uso se limita al ámbito escolar y debe emplearse con reserva y respeto po9r el estudiante.

k. Coordinar con el Director y los padres de familia el apoyo a los estudiantes que requieran atención especializada, para su derivación oportuna a las instituciones o servicios pertinentes.

l. Informar a la asistenta social sobre inasistencias reiteradas. 2. CON LOS PADRES DE FAMILIA

a. Convocar a reunión para elección de comité de aula. b. Promover y organizar la realización de al menos cuatro reuniones durante

el año con los padres de familia de su sección, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.

c. Desarrollar entrevistas con los padres de familia de los estudiantes que lo soliciten o necesiten.

d. Mantener informado sobre el avance pedagógico, sus problemas de aprendizaje y conducta

e. Coordinar con el Comité de TOE la realización de actividades de Escuela de Padres.

3. CON LOS DOCENTES Y AUXILIARES DE EDUCACION a. Establecer comunicación permanente que permita orientar el desarrollo de

los estudiantes. b. Coordinar y promover acciones que involucren en el desarrollo de la Tutoría

y Orientación Educativa. c. Apoyar la disciplina y convivencia escolar en el marco del respeto a la

integridad física, psicológica y moral de los estudiantes, erradicando todo tipo de maltrato o castigo como método correctivo.

ARTICULO 32 FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACION FISICA Y ARTES MARCIALES Una manera de impulsar el deporte para contribuir al desarrollo integral del estudiante es con el uso adecuado del tiempo libre y la práctica de estilos saludables de vida, impulsando la organización de talleres, clubes y brigadas. La promoción del deporte escolar consistente en: organización, preparación y participación de los estudiantes, priorizando el aprendizaje de las técnicas fundamentales de los deportes sobre la simple participación en eventos, tales como: juegos florales, nacionales deportivos, etc. debiendo cumplir las siguientes funciones:

1. Organizar, conducir y controlar las actividades deportivas en la IE. 2. Adoptar las medidas de seguridad antes, durante y después del desarrollo de

su función, extendiéndose en las actividades donde participa la IE. 3. Trasladar a los estudiantes desde el aula al campo deportivo y viceversa,

controlando que no se desplacen aisladamente por las instalaciones de la IE. 4. Tratar a los estudiantes con dignidad y respeto. 5. Emplear adecuadamente los implementos, vestimenta y áreas deportivas. 6. Controlar estrechamente a los estudiantes bajo su cargo. 7. Colaborar con la IE durante las formaciones de los estudiantes. 8. Fomentar e incentivar las diferentes disciplinas deportivas en el alumnado,

enseñando el respeto a sus compañeros, a las normas y reglamentos. 9. Participar en las diferentes competencias donde participe la Institución

Educativa. 10. Propone las felicitaciones y los reconocimientos de sus estudiantes. 11. Es responsable del material deportivo asignado para la práctica y participación

de las diferentes disciplinas deportivas, previa acta de entrega. 12. Organiza y coordina la participación de la Institución Educativa en los

diferentes campeonatos y competencias que se realicen tanto dentro como

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fuera de la Institución Educativa, así como a su vez controlar y velar por la seguridad e integridad del alumnado que participa.

13. Informar y coordinar con la Dirección sobre las diferentes competencias en que participara la IE a fin de que se presente en las mejores condiciones posibles, terminadas estas, informa sobre los resultados obtenidos.

ARTICULO 33 FUNCIONES DEL PROFESOR DE BANDA DE MUSICOS

1. Planifica, organiza y dirige la Banda de Músicos del plantel. 2. Organiza una comisión de padres de familia con quienes coordinara la

permanencia de los estudiantes en la banda de músicos. 3. Realiza el inventario físico valorado de los bienes y enseres, e instrumentos del

taller de música quedando a su entera responsabilidad en caso de pérdida o deterioro.

4. Instalar, operar y mantener el sistema de amplificación y sonido de la IE. adquirido en el 2019, llevando al día su inventario y coordinando el uso con los delegados de cada nivel.

5. Sugiere a las subdirecciones el delegado señalado en el párrafo anterior. 6. Coordina con la Dirección de la IE. el mantenimiento y/o adquisición de los

instrumentos y accesorios musicales. 7. Participa en todos los actos cívicos organizados en la guarnición de Arequipa,

incluyendo ensayos. 8. Dirigir las actividades de la banda, los días lunes, actividades cívico-patrióticas

y fechas donde sea requerido por la dirección de la Institución Educativa.

9. Dirige los ensayos pertinentes con los estudiantes conformantes de la banda de músicos del plantel.

10. Seleccionar estudiantes talentosos para formar y organizar la banda de la Institución Educativa, no deberán tener problemas académicos y coordinará el mantenimiento de su rendimiento escolar con las subdirecciones, la misma que será apoyado por todos los docentes.

11. Durante la selección tendrá en cuenta las condiciones antropométricas en relación a los instrumentos a utilizar por el alumno, a fin de que no tengan afecciones físicas.

12. Prepara técnicamente a los integrantes de la banda, después de la labor pedagógica, coordinando con los padres de familia el control de sus menores.

13. Promover la participación de la banda de músicos en concursos a nivel local, regional y nacional.

14. Informa a la Sub Dirección y Docentes sobre la participación y/o inasistencia de estudiantes que integran la banda de músicos.

ARTICULO 34 FUNCIONES DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACION PEDAGOGICA

1. FUNCIONES GENERALES a. Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos de la Dirección

General de Tecnologías Educativas. b. Organizar y planificar las actividades educativas del AIP; promover la

implementación de bibliotecas digitales y virtuales para la IE, propiciar el desarrollo de materiales educativos por docentes y estudiantes; y fortalecer el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con sus pares de otras instituciones.

c. Promover la participación de docentes y estudiantes en las comunidades virtuales del Portal Educativo del Perú.

d. Incentivar el uso del AIP por los docentes de todos los niveles y modalidades. El aprovechamiento de las TIC es transversal a todas las áreas curriculares.

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e. Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura del AIP.

f. Coordinar con los/las docentes bibliotecarios la elaboración del catálogo de recursos educativos de la institución, utilizando las TIC.

g. Mantener actualizado el registro de asistencia al aula de innovación. h. Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del AIP (Plan

Anual de Trabajo, reglamento, catálogo de recursos, horarios, registros de asistencia entre otros).

i. Asesorar a los docentes en el desarrollo de las actividades educativas con las TIC, organizando actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las mismas.

j. Programa el uso del Aula de Innovación Pedagógica (AIP) racionalizando adecuadamente los equipos a través de un cronograma de atención.

k. Coordina con la Dirección el programa de mantenimiento de los equipos del AIP.

l. Facilita el uso del aula de innovación educativa para la integración de las TIC al currículo por los docentes.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS a. Vela por la seguridad del aula, adoptando medidas con la finalidad de evitar

la sustracción de los equipos. b. Elabora y difunde normas y afiches de seguridad en el AIP. c. Velar por la seguridad de los estudiantes en el aula controlando la

disciplina. d. Organiza en implementa el botiquín de primeros auxilios, así como

mantiene operativo el extintor para el tipo de material correspondiente, coordinando con la sección logística

e. Llevar el control general y velar por el buen uso de los materiales didácticos, tecnológicos y equipos del aula.

f. Verificar la correcta instalación, funcionamiento, configuración y comunicación de los equipos (computadoras) y dispositivos.

g. Apoyar al docente en la ejecución de las actividades a realizarse en el aula. h. Orientar y acompañar a los niños y niñas en la realización de sus

construcciones, procurando que tengan un buen acabado y eficaz funcionamiento.

i. Asignar responsabilidades rotativas entre los estudiantes para la distribución, cuidado y ordenamiento de los materiales del aula con el fin de desarrollar actitudes positivas y afianzar su autonomía, confianza y seguridad.

j. Apoyar en forma permanente las necesidades del personal en el momento que lo requiera.

k. Recibir permanente capacitación y actualización en lo referido a computación, para asesorar a profesores y estudiantes de la IE. que requieran sus servicios.

l. Llevar un registro de control de asistencia de Docentes al aula de innovación.

ARTICULO 35 FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACION PARA EL TRABAJO: Además de las funciones del docente de aula, deberá cumplir con:

1. Tener la sala preparada con anticipación para la atención a los estudiantes, así como preparar y cargar la red en caso sea necesario con los recursos didácticos solicitados.

2. Adoptará las medidas de seguridad correspondiente, antes durante y después del empleo del material.

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3. Establecer un horario de horario de atención semanal con las indicaciones precisas.

4. Coordinar con la dirección para las acciones del mantenimiento correctivo 5. Mantener limpios y en estado operativo las máquinas, controlar el manejo y

conservación de las máquinas por parte de los estudiantes, dando las instrucciones necesarias para que éstos las operen correctamente y observen el comportamiento debido en la sala. Si las máquinas sufrieran daños deberán informar de ellas inmediatamente a la Dirección de la Institución Educativa.

6. Elaborar el reglamento de uso de las máquinas. 7. Cumplir las funciones que le competen respetando su horario de trabajo. 8. Prever el servicio de Internet en todas las maquinas. 9. Administración y control del inventario.

ARTICULO 36 FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACION (A parte de las ya señaladas en la legislación nacional vigente):

1. DE NIVEL; CUNA, INICIAL Y PRIMARIO En principio es responsabilidad de la profesora de aula la administración de sus estudiantes en horas académicas, sin embargo, para facilitar el control durante los recreos y/o actividades fuera de las aulas, se contará con un auxiliar cuyas funciones serán: a. Conducir a los servicios higiénicos a los estudiantes. b. Controlar sus actividades durante el recreo. c. Realizar las evacuaciones de los estudiantes a los tópicos e informar a la

profesora de aula los resultados. d. Atender a los padres de familia que visitan la instalación y orientar sobre

cualquier gestión. e. Colabora con los profesores de aula, la disciplina y orden durante las

diversas formaciones de los estudiantes. f. Verifica los espacios comunes que no se encuentren objetos o que realicen

actividades que ofrezcan peligro a los menores. g. Verifica que los pasillos se encuentren despejados de objetos con fines de

evacuación en caso de sismos. h. Toma acción inmediata ante grescas provocadas por estudiantes. i. Entrega a los niños a las movilidades y/o padres de familia autorizados,

mantiene el cuidado de los niños mientras no sean recogidos, debiendo registrar e informar a la dirección sobre la reincidencia a fin de tomar acciones inmediatas.

2. DE NIVEL SECUNDARIO a. Realiza actividades de control y apoyo en la Institución Educativa. b. Contribuir en el desarrollo de acciones y actividades tendientes a la

formación del educando. c. El Auxiliar de Educación ingresará obligatoriamente a la IE, 10 minutos

antes de la hora normal de ingreso al plantel. Su salida será obligatoriamente, bajo responsabilidad, por lo menos, 10 minutos después dela hora oficial de la salida de los estudiantes.

d. Atender, en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia de los estudiantes.

e. La relación de coordinación con los padres de familia en la IE., será estrictamente laboral debiendo controlar la hora de citación.

f. Llevar al día: (1) El cuaderno de apuntes de incidencias del alumnado a su cargo. (2) Las fichas de consejos y seguimiento de los estudiantes con problemas

de conducta.

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g. Evaluar y controlar la disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar.

h. Controlar e informar a su superior jerárquico y/o a la coordinación de TOE, respecto al ausentismo, comportamiento y rendimiento de los estudiantes y preparar una relación de los casos problemas para tratamiento del Comité de TOE y CONEI.

i. Realizar actividades educativas en el aula en horas libres o por ausencia del profesor controlando la disciplina de los estudiantes.

j. Mantener actualizado por grados y/o secciones a su cargo, el Registro de Asistencia de los educandos, sus justificaciones, entre otros, informando al profesor de curso, tutor o profesor de aula.

k. Trasladar al tópico a los estudiantes que requieran atención médica de emergencia, en situaciones críticas de alteración de salud o cuando se suscite algún incidente o accidentes en el plantel.

l. Los Auxiliares de Educación tienen la obligación de detectar, atender y denunciar los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los estudiantes, incluyendo aquellos que se cometan por redes sociales, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados.

m. Cuando se trate de casos de poca gravedad comprobada, los Auxiliares de Educación deben corregir directamente a los estudiantes agresores llamándoles verbalmente en privado la atención sin perjuicio de su obligación de informar sobre dicho incidente para los efectos de registro en el libro de registro de incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes.

n. Efectuar rondas permanentes por los diferentes ambientes del Centro Educativo, velando por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina especialmente en las horas de recreo y a la salida.

o. Realizar formaciones de rutina con el alumnado en el patio durante las diversas actuaciones, garantizando el orden y disciplina.

p. Acompañar a las delegaciones de estudiantes, cuando participen en desfiles fuera del centro educativo colaborando con el orden y disciplina.

q. Monitorear el ingreso y la salida de los estudiantes de la IE. faltas, tardanzas y el registro de la agenda escolar.

r. Monitorear el ingreso, recreo y salidas de los estudiantes a las aulas, talleres, laboratorio, servicios higiénicos y otros espacios de la IE de acuerdo a la programación, controlando la disciplina.

s. Apoyar en las actividades tutoriales y de consejería estudiantil programadas por el tutor y la I. E.

t. Las auxiliares de Educación formaran parte del Comité de Tutoría. u. Informar a la subdirección cuando el docente se encuentre fuera del aula en

sus horas académicas. v. Propiciar y coadyuvar al mantenimiento de un adecuado clima institucional

entre toda la comunidad educativa. w. Presentar informes cuando sea requerido acerca de las incidencias de los

estudiantes, referentes a conducta, asistencia, higiene y aprovechamiento. x. Practicar y fomentar los valores y axiología de la IE en los estudiantes. y. Velar por el mantenimiento y limpieza de las aulas y dar cuenta de

inmediato a la Sección Logística y al Tutor sobre algún deterioro (por el uso o mal uso) de los bienes patrimoniales de la IE.

z. Velar por el estricto cumplimiento de los deberes y responsabilidades del alumno, corrigiendo errores.

aa. Registrar la asistencia y tardanzas de los estudiantes, exigiendo que éstas sean justificadas por los padres o apoderados, debiendo elaborar

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consolidados: Diario, Semanal, Mensual, Bimestral y Anual para fines administrativos.

bb. Detectar evasiones y solicitar las correcciones correspondientes. cc. Comunicar oportunamente al alumnado las disposiciones emanadas de la

superioridad y lograr que éstas se cumplan. dd. Tomar acción con los estudiantes que se encuentren fuera del aula en

horas de clase. ee. Informar al tutor o asistenta social, los nombres de los estudiantes cuya

inasistencia a la IE es reiterada. ff. Remitir partes, citaciones, autorizaciones y cualquier otro documento,

cuando la situación del alumno lo requiere, bajo el asesoramiento del Coordinador de tutoría y Convivencia Escolar, la Subdirección y Dirección de la Institución Educativa, dejando una copia para el archivo.

gg. Atender a los padres de familia que acuden a la Institución Educativa por razones de conducta y derivarlos en caso de consultas de orden pedagógico.

hh. Anotar diariamente en el cuaderno de incidencias los actos de indisciplina de los estudiantes aplicando las correcciones establecidas en las normas internas previa reflexión.

ii. Brindar buen trato a los educandos y a sus padres. jj. Revisar a primera hora del día, las agendas de los estudiantes, verificando

las tareas y anotaciones hechas por los profesores, así como la autenticidad de las firmas (Padre, Madre o Apoderado) informando al tutor y/o profesor de área; sobre irregularidades encontradas en el mismo, considerar la prontitud de este trabajo por la necesidad de los docentes en registrar asuntos de interés pedagógico.

kk. Elaborar y distribuir diariamente los partes de dictado de clase, recogiéndolos al final de la jornada, archivarlos y entregarlos a la Subdirección mensualmente para control y archivo.

ll. Tocar el timbre o campana al: Ingreso, cambio de hora, recreo y salida, de acuerdo al horario y turno establecidos.

mm. Tener especial cuidado con los estudiantes que esperan movilidad o a sus padres a la hora de salida, verificando que todos sean recogidos por las personas autorizadas, manteniendo el cuidado de los niños mientras no sean recogidos debiendo informar a la dirección para las acciones inmediatas.

nn. Al finalizar la jornada, los Auxiliares pasaran revista que no quede ningún alumno en las aulas debiendo relevarse con personal de seguridad o servicio.

oo. Ubicar su mesa de trabajo en un lugar estratégico en el patio o pasadizo para un mejor control del alumnado.

pp. Realizar tareas de apoyo a la IE y al personal docente cuando se requiera. ARTICULO 37 FUNCIONES DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA

1. Organiza en forma permanente la biblioteca virtual hasta su consolidación 2. Ejecuta actividades de biblioteca, atendiendo y suministrando material

bibliográfico e información al usuario con el fin de satisfacer sus requerimientos.

3. Gestiona el Centro de Recursos y el Banco de Libro. 4. Es responsable del Centro de Recursos Educativos. 5. Realiza actividades de promoción de la lectura en los estudiantes. 6. Suministra al usuario información sobre el uso del servicio, manejo del catálogo

público o fichero y sobre el material existente. 7. Recibe del usuario la solicitud de préstamo del material bibliográfico.

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8. Mantiene ordenado el material bibliográfico en la estantería. 9. Vela por el orden y disciplina del salón de lectura. 10. Realiza inventario general de la Biblioteca. 11. Solicita penalidades a usuarios morosos. 12. Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad,

establecidos por la IE. 13. Mantiene en orden el equipo y lugar de trabajo, reportando cualquier anomalía. 14. Conocer y distribuir el material Educativo de apoyo al docente, mapas,

diccionarios entre otros artículos disponibles. 15. Realiza cualquier otra tarea a fin que le sea asignada.

ARTICULO 38 FUNCIONES DEL PERSONAL MILITAR DEL ESTADO MAYOR DE LA IE.

1. FUNCIONES GENERALES a. Por su disciplina formativa, le está obligado a demostrar una conducta

tratable, cordial y amable con todo el personal en el cumplimiento de sus funciones.

b. Coordinar con las Sub Direcciones la organización, ensayo y presentación del alumnado para los desfiles en actividades cívico patrióticas oficiales la que debe desarrollar con las diligencias del caso.

c. De acuerdo a las funciones que desempeñe, en coordinación con el docente y auxiliares, dará cuenta de inmediato al Director sobre algún deterioro por el mal uso de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio de la IE. por parte de los estudiantes.

d. Controlar el mantenimiento de la Institución Educativa por parte del personal contratado en la instalación donde prestan servicios.

e. Colaborar con la formación de los estudiantes en el patio de honor para cualquier distribución particularmente ceremonias oficiales.

f. Apoyar con el transporte del mobiliario fuera de la instalación. g. Considerar que la promoción de la seguridad del personal y material de la

IE es tarea de todos, en ese sentido estará pendiente y presto a colaborar con el Director de la IE.

2. PERSONAL a. Planeamiento, organización, conducción y control del personal en la IE. b. Mantenimiento del efectivo de personal; control de personal, permisos,

vacaciones, licencias, administración de legajos personales, altas, bajas. c. Administración y procesos de personal; contrataciones, rotaciones,

destaques, permutas, cambios, reasignaciones, propuestas. d. Incremento y mantenimiento de la moral del personal de la IE. e. Califica y propone estímulos, entre ellos; ascensos, condecoraciones y

recompensas. f. En coordinación con el servicio de psicología y RRPP, conduce acciones

para el buen clima institucional. g. Mantenimiento de la disciplina mediante; controles, actividades preventivas

y correctivas, aplicando el régimen disciplinario interno de la IE. h. En coordinación con RRPP conducir ceremonias protocolares. i. En coordinación con las Sub Direcciones, designar la escolta representativa

de la IE. Los demás brigadieres serán designados en estricto orden de mérito académico, salvo imposibilidad física o renuncia expresa a través de solicitud escrita del padre de familia.

j. En coordinación con las Sub direcciones, hacerse cargo de los preparativos y ensayos para la participación de la IE en actividades cívico patrióticas oficiales, coordinando la orden de formación, para este cometido deberá actuar con respeto al alumnado.

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k. Integrar la comisión de procesos administrativos y disciplinarios interno de la IE., asesorando a la comisión en los procedimientos de personal.

l. Validar la sanción impuesta por el personal jerárquico en primera instancia. m. Controlar el ingreso, permanencia y salida del personal mediante la

administración de los relojes biométricos y vistas inopinadas en las instalaciones.

n. Elaborar la orden de servicio de permanencia en forma semanal, la que deberá ser de conocimiento y cumplimiento de todo el personal militar, verificando dicho cumplimiento y remitiéndola a la III DE.

o. Controlar que el personal que realiza el mantenimiento y seguridad, se encuentre con la indumentaria y artículos de seguridad adecuados.

p. Coordinar con contabilidad el pago de los derechos y beneficios de acuerdo a la naturaleza de su contrato.

3. SEGURIDAD a. Planear, organizar, ejecutar y controlar la seguridad en la IE., emitiendo la

directiva correspondiente. b. Realizar la inspección técnica de seguridad y/o estudio de seguridad de

toda la IE, proponiendo la solución y adopción de medidas correspondientes.

c. Determinar en base al estudio de seguridad el horario de apertura y cierre de puertas de acceso principales de la IE.

d. Coordinar con el fuerte “Salaverry”, el horario de cierre de la puerta que discurre al helipuerto.

e. Ejercer control diario sobre todo el personal que labora como seguridad en la IE. así como el servicio de permanencia, orientando sus funciones.

f. Controlar el uso de casetas, cadenas, señalización de seguridad y otros en la IE.

g. Realizar coordinaciones con la III DE (PM – DEINTG), PNP, Bomberos, Serenazgo del sector con fines de apoyo al control de la seguridad.

h. Coordinar la implementación de la gestión de riesgos de desastres con la comisión correspondiente.

i. Explotar periódicamente la información de las cámaras de seguridad y los registros del personal de seguridad para corregir errores en provecho de los menores.

j. Los registros de las cámaras de seguridad estarán bajo la administración y control exclusivo de la IE para los efectos de seguridad de los menores y determinación de responsabilidades, por ninguna razón bajo responsabilidad administrativa, civil o penal dicha información deberá ser difundida o exhibida, salvo lo solicite la autoridad correspondiente.

k. Gestionar rondas nocturnas a inmediaciones de la IE. l. Coordinar el apoyo a la seguridad de desplazamiento de estudiantes

cuando se tengan que desplazar a pie a un lugar determinado. m. Gestionar e implementar acciones referidas a las normas de seguridad y

salud en el trabajo. 4. LOGISTICA Y CONTROL PATRIMONIAL

a. Emitir el programa de mantenimiento diario, semanal, quincenal y mensual para el personal de mantenimiento y limpieza debiendo considerar: (1) Labores de limpieza en el siguiente orden de prioridad

- Servicios higiénicos - Áreas comunes - Aulas - Jardines, otros.

(2) Escalones de mantenimiento - 1° escalón El usuario y personal de servicios de la IE, en ese

orden.

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- 2° escalón Personal técnico de la IE con ciertas habilidades y especialidades.

- 3° escalón Personal especialista por contrato o apoyo. - 4° escalón Trabajos de mayor complejidad.

b. Establecer los detalles del mantenimiento de segundo, tercer y cuarto escalón de mantenimiento y hacerlas conocer al personal correspondiente.

c. Remitir mensualmente a la III DE, el calendario de remisión de documentos de logística, incluyendo las actividades del campo y los programas de mantenimiento.

d. Proporcionar asesoramiento al Director en lo referente a las actividades del campo logístico (abastecimiento y mantenimiento).

e. Instalar, operar y mantener los bienes patrimoniales de la IE, en provecho de la acción pedagógica controlando que éstos se encuentren en óptimas condiciones en las aulas y en las oficinas administrativas.

f. Llevar el control de los bienes muebles e inmuebles de la Institución Educativa, gestionando las altas y bajas correspondientes.

g. Formular los estados de relevo para el simulacro y relevo de dirección (firma entrante y saliente) remitiéndolos a la III DE para su conformidad.

h. Detectar y dar aviso al director sobre algún deterioro de la infraestructura, mobiliario, sistema de agua y desagüe para su reparación inmediata estableciendo responsabilidades.

i. Gestionar proformas referenciales para reposición/reparación de los daños ocasionados por estudiantes a fin de notificar a los padres de familia para que asuman su responsabilidad dentro de los 15 días de notificado, caso contrario ordenar la reposición/reparación e informar a tesorería para que registre el cargo en la cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa mensual.

j. Supervisar las tareas de abastecimiento y mantenimiento en la Institución Educativa.

k. Velar por la seguridad y conservación de los bienes patrimoniales de la Institución Educativa dictando medidas y normas para el buen uso.

l. Supervisar y verificar el mantenimiento realizado por terceros a los bienes de la Institución Educativa, dando su conformidad.

m. Entregar a los docentes el inventario del aula a su cargo al inicio del año y verificar lo entregado del inventario recibido.

n. Velar por el mantenimiento de fotocopiadoras (limpieza y reposición de tinta) para informar inmediatamente sobre su recarga.

5. TESORERIA a. Administrar los fondos de ingreso que corresponda a la Institución

Educativa. b. Efectuar los depósitos bancarios por los ingresos recaudados. c. Formular las planillas de incentivos y otros conceptos para el personal de la

Institución Educativa y efectuar el pago correspondiente. d. Realizar los descuentos de los incentivos como consecuencia de

penalidades establecidas en el reglamento interno. e. Realizar el pago de haberes al personal contratado con recursos de la IE. f. Efectuar el pago a los proveedores en fechas acordadas. g. Llevar el control de aportes mensuales a la Institución Educativa (indicar el

número y porcentaje que representa por grados y niveles). h. Controlar los saldos y los movimientos de dinero en efectivo. i. Girar los cheques de conformidad a los pedidos.

j. Controlar los saldos de los bancos. Incluye las conciliaciones bancarias. k. Verificar que todos los pagos que se efectúen en el área de tesorería estén

debidamente soportados y que los documentos de respaldo cumplen con los requerimientos establecidos.

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l. Controlar el pago de las obligaciones financieras de la IE., sus intereses y otros cargos financieros.

m. Verificar que los documentos, títulos valores, dinero en efectivo que estén en custodia del área de tesorería se encuentren seguros y en custodia permanente.

n. Girar los cheques para caja chica. o. Elaborar informes sobre el estado de cuentas por cobrar y cuentas por

pagar. p. Elaborar informes de flujo de caja proyectado.

ARTICULO 39 FUNCIONES DE LA SECRETARÍA ACADEMICA

1. Cumplir Preparar y remitir correspondencia ordenada por el Director y Subdirector.

2. Proyectar las Resoluciones Directorales proveídas que deben ser autorizados por el Director.

3. Organizar y mantener al día los archivos de la Institución Educativa. 4. Atender al público con esmero y corrección, suministrándole la información

solicitada que le este autorizada su difusión. 5. Confeccionar y remitir a la superioridad, dentro de los plazos fijados, las

nóminas de matrícula (en caso de hijos de militares), partes mensuales de asistencia, actas de evaluación, actas de aplazados, Planes, Censo, PAT, PEI, PCIE y otros documentos que sean solicitados.

6. Llevar la estadística general de la Institución Educativa a fin de poder confeccionar el Registro de Información Estadística en las fechas señaladas por la superioridad.

7. Realizar el trámite de la rectificación de nombre, apellidos y traslados (prioritariamente hijos de militares).

8. Elaborar listas de estudiantes en el mes de abril, considerando el plazo fijado. 9. Confección de los certificados oficiales de estudios y/o conducta de los

estudiantes de promoción y ex estudiantes que lo soliciten. 10. Elaborar la relación de estudiantes trasladados y retirados. 11. Entregar bajo cargo, los certificados y otros documentos que hayan sido

solicitados, previa autorización del Director. 12. Participar en la comisión de proceso de admisión y matrícula de estudiantes,

proporcionando la información requerida. 13. Manejar el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución

Educativa (SIAGE) Primaria y Secundaria, en lo que corresponde a: - Matrícula de los Educandos. - Ficha Única de Matrícula Nóminas de Matrícula. - Lista de Estudiantes. - Relación de Estudiantes y apoderados. - Padrón de Padres de Familia. - Información Estadística. - Asistencia de los estudiantes. - Generación y Carga de Plantillas de Evaluación. - Ingreso de evaluaciones. - Consolidado de Evaluaciones por Período. - Boletas de Notas. - Actas Consolidadas de Evaluación.

ARTICULO 40 FUNCIONES DE LA SECRETARIA DE LA DIRECCION

1. Administrar la OTD y la única mesa de partes de la IE. (recepción, registro, decreto, seguimiento y archivo de documentos)

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2. Mantener y administrar los archivos de la dirección y secretaría. 3. Administrar el correo electrónico de la IE, emitiendo respuestas consultadas. 4. Coordinar con la operadora del portal la publicación de aspectos de interés. 5. Redactar documentación exclusiva dispuesta por la dirección o secretaría 6. Confeccionar la documentación de premiación de estudiantes. 7. Administrar la agenda personal Institucional de la dirección haciendo recordar

actividades confirmadas, compromisos adquiridos o citaciones de autoridades. 8. Llevar la agenda social de la dirección (invitaciones, felicitaciones, saludos,

agradecimientos, reconocimientos, excusas, etc.) 9. Atender al público proporcionando información autorizada de la IE y orientar

sus gestiones. 10. Coordinar las atenciones para las visitas oficiales. 11. Mantener enlace entre la dirección y otras áreas al interior de la IE. 12. Mantener enlace con otros organismos públicos y privados, así como sus

autoridades con fines de coordinación institucional. ARTICULO 41 FUNCIONES DEL ASESOR LEGAL

1. Asesora al director de la IE., en materia jurídica y conduce el patrocinio legal. 2. Asesora en la constitución, gestión y disolución de cualquier acto administrativo

o actos de la administración con relevancia jurídica. 3. Asesora en las tareas de registro por incidentes o accidentes en el portal

SISEVE. 4. Defiende los intereses de la IE. en todo tipo de procedimientos y actuaciones

judiciales, asesorando y asumiendo a pedido del director, el derecho de acción o contradicción.

5. Estudia y resuelve los problemas legales relacionados con la IE., sus contratos, convenios y normas.

6. Emite informes sobre las distintas áreas de la organización de la IE. y las asesora en temas de su competencia.

7. Participar en negociaciones laborales. 8. Negocia y redacta contratos. 9. Orienta en materia jurídica-administrativa, dando contestación a requerimientos

de autoridades en participación con las áreas involucradas. 10. Aconseja en materia de derecho conforme a las normas del sector educativo

peruano. ARTICILO 42 FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE OPERAR EL SISTEMA SISEVE Es importante señalar que de conformidad a las disposiciones del MINEDU las instituciones educativas deben generar obligatoriamente su usuario y clave y designar a dos responsables del sistema SISEVE (un titular y suplente) quienes monitorearán diariamente los reportes del mencionado portal y tendrán las siguientes funciones;

1. Advertido o comunicado de un problema (denuncia), realizar las coordinaciones correspondientes para el registro del caso.

2. Registrar el caso de acuerdo a la naturaleza del hecho. 3. Cumplir con los requerimientos del registro. 4. Gestionar las derivaciones que de ello se desprenden. 5. Realizar el seguimiento o monitoreo permanente hasta el cierre del caso 6. Realizar un análisis de los hechos para mejorar la calidad educativa. 7. En todos los casos proceder de acuerdo a las normas establecidas del

MINEDU. ARTICULO 43 FUNCIONES DEL RELACIONISTA PÚBLICO

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1. Elaboración y puesta en marcha de un programa de relaciones públicas con los diferentes públicos, tanto a corto, medio y largo plazo.

2. Supervisión y censura de las publicaciones educativas en el portal institucional o redes complementarias.

3. Coordinar con la administradora del portal oficial de la IE., la información a propalar, debiendo cerciorarse que esta se encuentre de acuerdo a ley a fin de no vulnerar y/o lesionar derechos.

4. Ejercer control sobre los practicantes del área distribuyendo tareas de apoyo. 5. Preparación o censura de todas las notas de prensa, noticias, artículos,

fotografías, etc. que se entregan a los medios de comunicación. 6. Iniciar las relaciones con la comunidad colaborando con los periódicos locales,

organizaciones cívicas y sociales, escuelas, etc. 7. Trabajar en estrecho contacto con la dirección para viabilizar sus propósitos. 8. Analizar las tendencias futuras y predecir sus consecuencias. 9. Investigar de la opinión pública sus actitudes y expectativas. 10. Tomar medidas para prevenir, descubrir y eliminar cualquier malentendido. 11. Participar en reuniones directivas. 12. Conocer y clasificar los diversos públicos de la entidad. 13. Describir la naturaleza e importancia de las relaciones públicas en la IE.

Teniendo en cuenta la realidad, su misión, visión y valores. 14. Poner en práctica las estrategias comunicacionales que contribuyen a

desarrollar actividades de relaciones públicas efectivas entre los directivos, público interno y externo.

15. Identificar la importancia de las relaciones públicas entre la IE y su relación con el consumidor del servicio educativo.

16. Diseñar programas de acción institucionales de relaciones públicas utilizando los conceptos, estrategias y prácticas aprendidas.

17. Integrar las destrezas de comunicación oral y escrita, de pensamiento lógico y crítico al análisis y discusión de artículos de periódicos, revistas y textos de referencia.

18. Administrar la comunicación de la IE para que los flujos comunicacionales se canalicen de tal forma que dicha comunicación no se distorsione y tratar en lo posible de manejar de forma rigurosa los rumores que se llegasen a originar.

19. Organizar eventos de integración que fomenten las buenas relaciones laborales entre los directivos y sus subordinados.

20. Debe ser capaz de resolver problemas sin perjudicar los intereses de la IE y sus colaboradores.

21. Debe identificarse con la misión y visión de la IE y de esta forma crear en los empleados de la organización la cultura organizacional, el sentimiento de identificarse con la misma y así mismo que ellos proyecten la imagen de la IE al exterior.

ARTICULO 44 FUNCIONES DEL PROFESOR DE DANZA.

1. Planifica, dirige y supervisa las actividades del grupo a su cargo. 2. Crea bailes o estudia los autores de su interés. 3. Enseña a los estudiantes a ejecutar las danzas. 4. Estudia la coreografía, las partituras, la música, el argumento, tema, entorno

histórico y otros datos de interés relacionados a la obra y los interpreta según su criterio artístico.

5. Selecciona la escenografía y el vestuario adecuado, teniendo en consideración la conservación del pudor de las niñas o adolescentes menores de edad, quienes no deben ser expuestas al público.

6. Marca los movimientos a los bailarines o solistas.

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7. Dirige los ensayos, determina necesidades y solicita los apoyos correspondientes

8. Muestra a los estudiantes la forma estética de interpretación que desea. 9. Atiende invitaciones y satisface de acuerdo a los recursos disponibles en

coordinación con la dirección. 10. Realiza y escoge repertorio y programas a ejecutar y presentar por su grupo de

danza. 11. Elabora el currículo de la agrupación. 12. Coordina con los tutores del aula el horario de ensayo según cronograma

establecido. 13. Recoge y retorna a los estudiantes del aula al lugar de los ensayos y viceversa,

controlando que no deambulen aisladamente por las instalaciones de la IE. ARTICULO 45 FUCIONES DE LA ENFERMERA

1. Permanecer en su puesto las horas laborables siendo inamovible. 2. Brindar la atención de primeros auxilios a los educandos accidentados o con

dolencias corporales. 3. Informar a los Padres de Familia sobre posibles enfermedades detectadas en

sus hijos. 4. Realizar charlas a los estudiantes y/o padres de familia sobre temas de interés

para la salud. 5. Mantener el tópico en buen estado de conservación e informar a la Dirección

sobre lo actuado o de algunas deficiencias. 6. Facilitar las pólizas del seguro escolar del alumno coordinando con la asistenta

social para su atención en el centro de salud correspondiente. 7. Coordinar con los docentes para la ejecución de su Plan de Trabajo. 8. Coordinar campañas de prevención permanentes en coordinación con

instituciones identificadas con la Institución Educativa. 9. Participar directamente con docentes y/o tutores para la prevención de

enfermedades. 10. Llevar el inventario de los medicamentos a su cargo presentando un informe

mensual de las medicinas utilizadas y de los casos tratados. 11. Llevar un diario de ocurrencias de los servicios prestados por enfermería. 12. Anotar en el diario del alumno la hora de cita con el médico, así como la hora

del centro médico si hubiese sido tratado. 13. Confeccionar el registro de diagnóstico de los estudiantes de la Institución

Educativa. 14. Comunicar en primer momento a la Dirección y Asistenta Social sobre la

evacuación del alumnado que necesita ser trasladado a un centro de salud y ponerlo el conocimiento de las subdirecciones y/o personal auxiliar para fines consiguientes.

15. Informa periódicamente al Director sobre las atenciones, casos, enfermedades, etc., con fines de estadística y mejora.

ARTICULO 46 FUNCIONES DEL PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA (SERVICIOS)

1. Cumplimiento del programa diario, semanal, quincenal y mensual de mantenimiento expedido por la sección logística.

2. Uso adecuado de los implementos de seguridad. 3. Dar cuenta a su jefe inmediato y al servicio de permanencia sobre el trabajo

realizado. 4. Dar cuenta sobre el reiterado incumplimiento de la observancia del orden y

limpieza de espacios inmediatos de primer escalón a cargo del personal (colaboradores).

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5. Advertir sobre cualquier riesgo detectado a fin de que se adopten las medidas de seguridad.

6. Vigilar la infraestructura, mobiliario y otros enseres de la Institución Educativa, informando sobre cualquier anomalía o deterioro que observe.

7. Realizar las labores de limpieza en el siguiente orden de prioridad - Servicios higiénicos - Áreas comunes - Aulas - Jardines, otros.

8. Escalones de mantenimiento - 1° escalón El usuario y personal de servicios de la IE en ese orden. - 2° escalón Personal técnico de la IE con ciertas habilidades y

especialidades. - 3° escalón Personal especialista por contrato o apoyo. - 4° escalón Trabajos de mayor complejidad.

9. Mantener a buen recaudo las llaves de las instalaciones del plantel por cuestiones de seguridad.

10. Limpiar los salones, en caso de emergencia, a solicitud del docente. 11. Mantener los ambientes limpios en forma permanente.

ARTICULO 47 FUNCIONES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD

1. Ejercer control de acceso peatonal y vehicular a las instalaciones con que cuenta la IE.

2. Cumplir los horarios de apertura y cierre de puertas. 3. Realizar coordinaciones con la PNP en su nivel, a fin de facilitar sus funciones. 4. Prohibir el ingreso con armas de fuego, punzo cortantes y/u objetos

contundentes. 5. Prohibir el ingreso de vendedores ambulantes y los que no están autorizados

por la IE. 6. Prohibir el ingreso de personas no autorizadas. 7. Registrar la visita o salida de los menores antes de la hora establecida

coordinando con el auxiliar del nivel la autorización de tenencia del menor o algún impedimento de acercamiento del padre familia.

8. Llevar al día el registro de visitas del personal que no labora en la IE y el material que ingresa o sale de la IE, así como su verificación, haciéndose responsable por la información eficaz revelada, no registrada en su oportunidad.

9. Uso adecuado de los implementos de seguridad. 10. Dar cuenta a su jefe inmediato y al servicio de permanencia sobre el trabajo

realizado. 11. Dar cuenta sobre la inobservancia de las medidas de seguridad a cargo del

personal de la IE. ARTICULO 48 FUNCIONES DEL PSICOLOGO (PSICOPEDAGOGIA) FUNCIONES GENERALES

1. Elaborar su Plan de Trabajo en coordinación con la Dirección y Subdirección o coordinación y darlo a conocer a los docentes al inicio del año lectivo.

2. Aplicar las pruebas psicopedagógicas individuales que fueran necesarias para la investigación y diagnóstico de los casos especiales recomendando el tratamiento a seguir.

3. Proporcionar a los docentes la ficha de evaluación sobre habilidades, dificultades y otros de los estudiantes con fines pedagógicos.

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4. Detectar problemas de conducta o rendimiento en los educandos proponiendo sugerencias, acciones tendientes a la mejora del educando y alcanzar los informes respectivos al docente de aula o tutor para el seguimiento correspondiente en el momento oportuno.

5. Asesorar a la Dirección y demás estamentos en asuntos psicopedagógicos. 6. Asesorar a los tutores para corregir problemas de conducta detectados en el

test y observación del profesor de aula con el apoyo del psicólogo y efectuar un seguimiento.

7. Planificar reuniones educativas con los docentes para mejorar la calidad de los aprendizajes.

8. Detectar problemas, necesidades, causas, consecuencias y dar posibles soluciones a través de estrategias adecuadas e informar a los tutores.

9. Elaborar un archivo con las historias de los estudiantes que presenten problemas, el cual permanecerá en el departamento de psicología.

10. Coordinar con la Dirección para generar alianzas con facultades de psicología para que los estudiantes del último año apoyen en trabajo tutorial.

11. Coordinar con la Dirección para derivar a los estudiantes con casos problema a las entidades especializadas para su respectivo tratamiento

12. Evaluar a los niños al ingresar a la IE, e informar oportunamente al docente sobre el resultado con fines pedagógicos y/o derivarlo al personal especializado.

13. En tareas de admisión, evaluar profesionalmente a los estudiantes ingresantes a la IE, informando oportunamente a la Comisión y Dirección sobre los resultados.

14. Emitir informes al finalizar el año académico de los estudiantes con problemas de conducta para su condicionamiento en la matrícula para el siguiente año.

FUNCIONES ESPECÍFICAS 1. INTERVENCIÓN ANTE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS DE LOS

ESTUDIANTES. a. Dirigir el normal funcionamiento del Departamento Psicopedagógico. b. Evaluar y diagnosticar el nivel intelectual en los educandos con bajo

rendimiento escolar. c. Aplicar las pruebas psicopedagógicas individuales que fueran necesarias

para la investigación y diagnóstico de los casos recomendando el tratamiento a seguir.

d. Tratar problemas de conducta en los educandos proponiendo sugerencias, acciones tendientes a la mejorar del educando.

e. Evaluación y atención de estudiantes inclusivos de acuerdo a sus discapacidades e inadaptaciones; funcionales, psíquicas y sociales.

f. Proporcionar información a los tutores sobre la realización y evaluaciones psicopedagógica referida a la valoración de las capacidades personales, grupales e institucionales relacionado a los objetivos de la educación.

g. Soluciones posibles a las dificultades encontradas en la evaluación. 2. FUNCIONES LIGADAS A LA ORIENTACIÓN Y ASESORAMIENTO

PROFESIONAL Y VOCACIONAL a. Promover y evaluar intereses vocacionales y coadyuvar al desarrollo de

habilidades y destrezas que le permitan iniciarse en una determinada ocupación.

b. Detectar, cultivar intereses, habilidades y aptitudes, dar charlas de orientación vocacional y ocupacional a los estudiantes de secundaria.

3. FUNCIONES PREVENTIVAS a. Ejecutar programas y/o acciones anticipatorias en el entorno educativo y

social, que evite la aparición o atenúen las alteraciones y riesgos en el desarrollo integral del alumno.

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b. Contribuir a la adquisición de mejores hábitos de estudio que permitan al educando un mejor aprendizaje.

c. Practicar la evaluación a los colaboradores de la IE, como parte de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo a principios del año escolar e informar los resultados con fines administrativos.

4. INTERVENCIÓN EN LA MEJORA DEL ACTO EDUCATIVO a. Proporcionar a los docentes la ficha de evaluación sobre habilidades,

dificultades y otros de los estudiantes. b. Asesorar a la Dirección y demás estamentos en asuntos psico pedagógicos. c. Asesorar a los tutores en relación a problemas de conducta detectados. d. Presentar informes sobre las evaluaciones psicológicas realizadas a los

estudiantes. e. Asesoramiento didáctico de la organización y planificación del educador,

funciones formativas y educativas que se realizan con el alumno. f. Presta apoyo y asesoramiento técnico al educador.

5. FORMACIÓN Y ASESORAMIENTO FAMILIAR a. Planificar y ejecutar la escuela para familias. b. Promover y organizar la información y formación a padres de familia en la

línea de apoyo al desarrollo integral del hijo. c. Intervención para mejorar las relaciones sociales, familiares, así como la

colaboración efectiva entre las familias. 6. INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA

a. Elaborar su Plan de Trabajo en coordinación con la Dirección y Subdirección.

b. Participar en el análisis de la realidad educativa y de los factores sociales y culturales que influyen el proceso educativo.

c. Intervenir en la prevención socioeducativa, impulsar la cooperación y la coordinación de servicios institucionales.

7. INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA a. Realizar actividades para el análisis y reflexión sobre el propio trabajo. b. Realizar estadísticas con fines de mejora educativa.

ARTICULO 49 FUNCIONES DEL CONTADOR

1. Crea los procedimientos para el manejo de la gestión financiera a través de los registros contables de ley las que debe organizar y llevar al día.

2. Cumple con las necesidades de información para que la dirección pueda tomar decisiones que beneficien a la IE.

3. Administra de forma certera los recursos financieros de la IE utilizando conocimientos como la inversión, el análisis de riesgo y el financiamiento.

4. Revisar los documentos que sustentan las OO/PP según las disposiciones administrativas.

5. Formular el Acta de Arqueo de Caja de la Institución Educativa. 6. Formular la conciliación bancaria de la Institución Educativa. 7. Formular las rendiciones de cuentas mensualmente. 8. Formular el inventario correspondiente a la rendición de cuentas mensuales. 9. Formular el balance mensualmente. 10. Establecer los procedimientos para la gestión de la información financiera por

medio de los registros contables 11. Cumplir con las obligaciones fiscales. 12. Estudiar los estados financieros y sus análisis. 13. Certificar planillas para pago de impuestos. 14. Contribuir con las demás áreas departamentales de una empresa para

proporcionar la información necesaria para una mejor toma de decisiones.

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15. Realizar la conciliación de la información contable, administrativa y presupuestal del ejercicio fiscal correspondiente.

16. Asesorar en la elaboración del balance de la ejecución presupuestal de los ingresos y egresos según la estructura de la dinámica operativa.

17. Procesar la documentación de su competencia y emite opinión e informe. ARTICULO 50 FUNCIONES DEL AUXILIAR DE CONTABILIDAD

1. Tendrá a su cargo la custodia y conservación de los libros de contabilidad de la IE., dicha tarea la puede realizar de manera manual o mediante la utilización de software exclusivos de contabilidad.

2. Mantener al día los registros financieros actuales y archivados. 3. Mantenerse bien informado sobre las normas, directrices y leyes que regulan la

preservación de los documentos fiscales. 4. Colaborar en el proceso de clasificación y registro de los documentos contables

de la IE. 5. Colaboración permanente en otras tareas asignadas por su jefe inmediato.

ARTICULO 51 FUNCIONES DEL AUXILIAR DE TESORERIA

1. Recibir el dinero por diversos conceptos que genera la IE, emitiendo los recibos y manteniendo los registros correspondientes

2. Tendrá a su cargo la custodia y conservación de los libros de tesorería siendo responsable de su existencia.

3. Tendrá a su cargo la custodia en seguridad del dinero recibido hasta el relevo con el tesorero, actividad que la deberá realizar diariamente.

4. Su puesto es inamovible. 5. Colaboración permanente en otras tareas asignadas por su jefe inmediato.

ARTICULO 52 FUNCIONES DE LA ASISTENTA SOCIAL

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS a. En caso de necesidad, visitar los domicilios de los estudiantes, a fin de

conocer el medio social donde se desarrollan para lograr el apoyo correspondiente.

b. Coordinar, organizar y apoyar las actividades educativas, preventivo promocionales en cumplimiento a la misión de prevención de la salud.

c. Coordinación para la realización y organización de programas y campañas de salud (nutrición, evaluación odontológica, ausentismo escolar y otras).

d. Detectar casos sociales que requieran de atención individual, realizando el seguimiento e informes correspondientes.

e. Presentar informe por escrito sobre los seguimientos realizados a los estudiantes y presentarlo a los tutores.

f. Confeccionar el Plan de Trabajo del Departamento de Servicio Social. g. Elaborar con el equipo multidisciplinario el Plan de Trabajo del TOE, y

participar en el desarrollo y evaluación. h. Apoyar al departamento de Tesorería de la Institución Educativa, con los

casos de Padres de Familia que no cumplen con el pago de sus aportaciones (dos meses de deuda).

i. Participar integrando la Comisión correspondiente en el estudio y evaluación de las solicitudes que presenten los Padres de Familia, que soliciten consideración en el pago de matrícula o cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa (condonación, becas, medias becas, etc.) realizando el seguimiento de la información presentada por los solicitantes.

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j. Orientar, asesorar y apoyar al personal que labora en la Institución Educativa, respecto a beneficios de la Institución y otros.

k. Orientar, asesorar y apoyar en los trámites (citas por teléfono, licencias, vigencias para atención médica, duplicados de carnet, bono de reconocimiento y otros) en las dependencias de ESSALUD, ONP, AFP, tanto del personal docente como administrativo de la IE.

l. Velar por el bienestar del educando dentro o fuera de la Institución Educativa.

m. Atender a los Padres de Familia, para conocer sus necesidades, brindándoles la orientación, asesoría y apoyo, procurando brindarles una solución a sus problemas presentados.

n. Coordinar con los tutores de aula, a fin de coadyuvar al bienestar del educando, especialmente relacionado al satisfactorio aprovechamiento y adecuada disciplina del alumnado.

o. Realizar el Pre-diagnóstico social y aplicar el tratamiento según los recursos disponibles.

ARTICULO 53 FUNCIONES DE LA OPERADORA DE FOTOCOPIADORA

1. Organizar su trabajo oportunamente de acuerdo al cronograma académico. 2. Realizar el mantenimiento de primer escalón (limpieza) de las fotocopiadoras. 3. Realizar el registro de copias diarias y semanalmente dar cuenta al secretario

de la IE. 4. Solicitar el mantenimiento preventivo y correctivo de las fotocopiadoras 5. Solicitar el material adecuado para su funcionamiento. 6. Prohibir su uso para situaciones particulares que no sean de interés de la IE. 7. Llevar un inventario actualizado de los materiales utilizados (tinta). 8. Emplear adecuadamente el material disponible. 9. Informar oportunamente el desperfecto de las máquinas para evitar imprevistos

en el trabajo pedagógico. 10. Atender las impresiones asignando prioridades.

ARTICULO 54 FUNCIONES DE LA COCINERA CON ALCANCE A QUIOSCOS ESCOLARES.

1. Considerar que esta función es delicada puesto que, en la IE los beneficiarios de este servicio son los menores de edad.

2. Contar con certificado de salud y autorización para manipular alimentos expedidos por la autoridad competente.

3. Instalar, operar y mantener la cocina a su cargo, considerando los riesgos a mitigar.

4. Mantener los implementos de cocina y menaje en condiciones higiénicas. 5. Recibir los víveres secos y frescos en buen estado, dando cuenta si existiera

alguna alteración (olor, color y textura), antes de su cocción. 6. Observar las condiciones de higiene y salubridad durante la cocción de los

alimentos. 7. Expender productos sanos y saludables, no comidas denominadas “chatarras”

y gaseosas. 8. Cumplir la normatividad nacional del MINSA, MINEDU y otras instituciones

relacionados a las actividades y productos en los quioscos escolares. ARTICULO 55 FUNCIONES DE LOS PRACTICANTES

1. Considerando que; La práctica es una actividad curricular que permite al estudiantado el ejercicio de la intervención profesional, integrando los conocimientos teóricos, metodológicos y prácticos, perfeccionando las

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competencias adquiridas durante el proceso formativo y fortaleciendo los valores éticos inherentes al quehacer profesional. En la IE, deberá:

2. Desempeñar las funciones propias de un colaborador, e integrándose a los equipos de trabajo existentes.

3. Considerar que sus funciones a realizar, no reemplaza la responsabilidad del profesional que la tiene a cargo.

4. Emplear adecuadamente los medios que dispone la IE. 5. Colaborar con la IE, cuando le sea solicitada su participación.

ARTICULO 56 FUNCIONES DEL PERSONAL MILITAR QUE REALIZA SERVICIO DE PERMANENCIA EN LA IE.

1. Tener como oficina principal la secretaría de dirección en la instalación de secundaria inmediatamente después de la hora de salida de estudiantes.

2. Relevarse con las novedades existentes del servicio anterior a la hora indicada para el relevo, teniendo responsabilidad por las 24 horas del día.

3. Verificar in-situ el estado de existencia y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la IE durante su relevo, con fines de determinar responsabilidades.

4. Verificar el mantenimiento de las áreas comunes de la IE a cargo del personal de servicios.

5. Dar cuenta y registrar el estado de limpieza de las aulas particularmente terminando la última hora académica.

6. Realizar rondas permanentes por todas las instalaciones de la IE. 7. Verificar los fluidos normales de alumbrado y agua de las instalaciones,

solucionando o dando cuenta para la solución correspondiente. 8. Recibir, controlar las actividades del personal de docentes y estudiantes del

CEBA, así como despedirlos y percatarse de las novedades. 9. Coordinar con el coordinador del CEBA en el momento del ingreso de

estudiantes a la IE, no deben traer objetos o artículos ajenos a su actividad pedagógica.

10. Controlar el uso de los campos deportivos y estacionamientos fuera del horario escolar.

11. Coordinar con la Guardia del Fuerte Salaverry la seguridad de transito por la IE durante su servicio.

12. Controlar al personal de seguridad en el cumplimiento de sus funciones, particularmente en el ingreso y salida de estudiantes por las puertas principales.

13. Verificar y visar los registros del personal de seguridad y dar cuenta a la dirección en caso de incidentes o accidentes durante el servicio.

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TITULO VI. DE LA GESTION PEDAGOGICA CAPITULO VIII DOCUMENTOS DE GESTION ARTICULO 57 FORMULACION DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI)

1. Es un documento de gestión a mediano y largo plazo que articula, las actividades pedagógicas institucionales y administrativas de la IE, deberá contar fundamentalmente con la MISIÓN – VISIÓN, OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, PROPUESTAS PEDAGÓGICAS Y DE GESTIÓN. Este documento debe ser revisado por el CONEI.

2. El personal en su conjunto, bajo la dirección de la Comisión del Proyecto Educativo Institucional la misma que estar integrada por el personal directivo, se reunirá en forma grupal y por comisiones desde la segunda quincena mes de diciembre para elaborar, evaluar, actualizar y/o modificar acciones a tomar en el desarrollo del PEI.

ARTICULO 58 PROGRAMA CURRICULAR INSTITUCIONAL (PCI)

1. Es el instrumento de planificación curricular que cristaliza el modelo pedagógico - didáctico se formula en el marco del diseño curricular nacional, debiendo contener:

2. Distribución del tiempo (calendarización para las IIEE del Ejército), de los criterios de evaluación, capacidades, habilidades, contenidos de las distintas áreas por ciclos y grados.

3. El empleo del tercio curricular para su diversificación. 4. Los contenidos transversales y el enfoque metodológico deberán ser

considerados en las diferentes áreas curriculares. 5. Evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes. 6. La orientación educativa y plan de acción tutorial (necesidades del estudiante). 7. Material y recursos didácticos. 8. Los criterios para la revisión del proceso enseñanza, aprendizaje y práctica

docente. 9. Programación de las actividades extracurriculares considerando la participación

de la familia en el aprendizaje de los hijos o pupilos. 10. Este documento es aprobado por Resolución Directoral de la Institución

Educativa. ARTICULO 59 PROGRAMACIÓN ANUAL (PA)

1. Es un documento donde se da a conocer la distribución anual de las capacidades, contenidos de las áreas, competencias, ejes curriculares, contenidos transversales, calendarización, plan anual de estudio, valores institucionales que se trabajan en el corto plazo durante el año lectivo.

2. La programación anual se desglosa en unidades didácticas, sesiones de clase, proyectos etc., las cuales deberán considerar la matriz de evaluación, Instrumento que visualiza los indicadores que se consideraran para que los estudiantes demuestren que han logrado los aprendizajes esperados.

ARTICULO 60 FORMULACION DEL PLAN ANUAL DE TRABAJO (PAT)

1. Es un instrumento de gestión derivado del PEI de la Institución Educativa, tiene vigencia de un año, concreta los objetivos estratégicos del PEI en objetivos anuales o de corto plazo.

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2. La IE establecerá su Plan de Trabajo Anual en el que se especifican las actividades y proyectos de cada uno de los Organismos que lo conforman.

3. La estructura del Plan de Trabajo contempla los siguientes aspectos: a. Informes y sugerencias que los Profesores presenten a la Dirección

General en el mes de diciembre. b. Diagnóstico Situacional elaborado por los profesores; Caracterización de la

problemática, alternativas de solución y actividades a desarrollar. c. Objetivos del Plan, con base al Ideario, considerando los problemas

identificados y las normas específicas del Sector Educación. d. Previsión de recursos: potencial humano, financiero, material y normativo. e. Metas de atención, de ocupación y físicas. f. Actividades a realizar con especificación de tareas. g. Cuadro de Asignación de Personal. h. Supervisión a ejecutar. i. Evaluación a realizar.

4. El Plan de Trabajo Anual o Plan Operativo es elaborado por el personal jerárquico; con la participación de comisiones conformados por profesores y personal administrativo y pueden ser invitados los padres de familia. El Plan de Trabajo Anual es aprobado por la Dirección de la IE y su vigencia es a partir del primer día útil del año escolar hasta el último día de diciembre, fecha en la que concluye la evaluación del Plan.

5. Con base al Plan Anual de Trabajo, los Tutores elaboran el Plan de Aula. Participan en la elaboración del Plan de Aula, los profesores que enseñan en el grado, los padres de familia del Aula y según sus capacidades, los estudiantes. Los Planes de Aula son aprobados por el responsable de la Coordinación del Nivel correspondiente, con conocimiento de la Sub dirección.

6. En las actividades no programadas en el PAT, la IE no está obligada a participar. Para las actividades previstas (visitas, paseos), se tomarán las medidas del caso a fin de evitar pérdidas de horas de clase y gastos para las familias y docentes.

ARTICULO 61 PROGRAMACIÓN CURRICULAR

1. En función al ideario de la IE y las orientaciones sugeridas por el Ministerio de Educación, los Profesores en equipos de trabajo por grados en Educación Inicial, Primaria y por especialidades en Educación Secundaria, elaboran los siguientes documentos para la administración curricular: a. El Plan de Estudios, adecuado a las exigencias del ideario de los perfiles

del Nivel, y las necesidades y características de los educandos. b. La Programación Curricular, que sigue los procesos siguientes:

- Programación Curricular Anual, en base a las competencias y a la diversificación de capacidades y desempeño de carteles de alcances y secuencial.

- Programación Curricular con base a Unidades y/o proyectos de Aprendizaje.

- Elaboración de las Sesiones de Aprendizaje. 2. Las Unidades de Aprendizaje, necesariamente tienen los siguientes elementos:

a. Acciones o tareas redactadas en presente, tercera persona y en plural. Las acciones se refieren al carácter activo de las clases.

b. Determinación de tiempo semanal. c. Metodología y estrategias de aprendizaje. d. Especificaciones evaluativas, referidas a procedimientos e instrumentos. e. Supervisión en términos de logros, dificultades, comisiones y correctivos.

3. El Plan de Trabajo Anual y los documentos de administración curricular se formulan en armonía con la calendarización del año escolar y lectivo.

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4. La Planificación considera, tanto para el Plan Anual de Trabajo y los documentos curriculares, el Calendario Religioso-Cívico-Escolar, teniendo como referencia el Calendario propuesto por el Ministerio de Educación, las festividades religiosas y el día jubilar del Centro Educativo. Anualmente se determina el mínimo de efemérides que se celebran en público.

5. Toda actividad educativa complementaria como: excursiones, paseos, festivales, concursos, requieren de un Plan de Trabajo aprobado por la Dirección de la IE.

6. El Año Escolar concluye con la clausura que es programada en conformidad con las directivas de la superioridad.

7. La IE apoyara económicamente los proyectos de investigación y desarrollo ya sea grupal o individual desde su inicio hasta su culminación la misma que incluye estudiantes y asesoría.

8. Organizar festivales de talentos por niveles con la participación de todos los salones con sus respectivos profesores de aula y/o tutores, actividades que se lograran con la participación activa de docentes y estudiantes.

CAPITULO IX METODOLOGIA ARTICULO 62 SISTEMA METODOLÓGICO

1. Todo enfoque metodológico de la IE, está destinado a promover la participación directiva de los estudiantes; este carácter activo y vivencial incentiva a los educandos a "APRENDER A APRENDER".

2. Toda metodología exige creatividad por parte del docente y promueve el trabajo personalizado y socializado. a. La forma personalizada permite a los estudiantes el auto-aprendizaje, el

análisis bibliográfico, la experiencia científica; siempre teniendo en cuenta sus capacidades y estilo propios.

b. La forma socializada promueve el ínter-aprendizaje a través de trabajos en pequeños grupos o en plenarios en el aula.

3. En Educación Inicial se enfatiza el aprestamiento. En Educación Primaria se afianza el aprestamiento al inicio del año lectivo.

4. En Educación Primaria y Secundaria se considera en todo enfoque metodológico los principios de interdisciplinaridad y transdísciplinaridad. El primero exige la integración de los diferentes aprendizajes y el segundo orienta el aprendizaje interdisciplinario hacia el logro de los perfiles respectivos y se orienta a la verdad.

5. El A la IE promueve de acuerdo a ley la Inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE), de acuerdo a los recursos humanos y de infraestructura necesarios para atenderlos adecuadamente.

6. Siendo el ambiente de aprendizaje influyente en todo proceso educativo, en la IE, cada persona que labora y estudia, así como los padres de familia, tienen el deber de coadyuvar con el ejemplo y la acción a la vivencia de valores y virtudes humano-cristianas.

CAPITULO X INGRESO DE ESTUDIANTES A LA IE. ARTICULO 63 MATRÍCULA

1. El Director de la IE formulará una Directiva donde se desarrollará cada detalle de la matrícula entre ellos los requisitos y el cuadro de vacantes para normar este proceso.

2. Durante el proceso de matrícula, la IE brinda en forma escrita, veraz, suficiente y apropiada, la información sobre las condiciones económicas (cuotas de

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bienestar para la mejora de la calidad educativa) a las que se ajustará la prestación del servicio.

3. El ingreso de un alumno a la IE implica la libre y responsable elección de los padres para aceptar que sus hijos reciban una educación en el marco de una IE del Ejército del Perú, pública de gestión privada por convenio, cumpliendo el presente Reglamento Interno y las demás normas de la IE.

4. El acto de matrícula es un proceso voluntario por el cual la familia se integra formalmente a la Comunidad Educativa, incorporando a su hijo en el grado de estudios que le corresponde cursar. A partir de ese momento, conlleva la aceptación de los fines axiológicos por parte de los padres de familia. La familia velará porque sus hijos demuestren un comportamiento coherente con los principios y normas que rigen a nuestra institución.

5. Los estudiantes de la comunidad ingresarán a la IE del Ejército en el Nivel correspondiente siempre que exista vacante disponible, manteniendo hasta un máximo del 20% de la capacidad de la IE., debiéndose dar prioridad al personal militar y civil que labora en el Ejercito, remitiendo la relación de los postulantes e ingresantes al COBIENE/DAE.

6. Directores de las IE por ningún motivo implementarán aulas para atender la demanda de la comunidad.

7. Está prohibido que el personal militar de manera general, exijan al Director de la IE, el ingreso de estudiantes que no hayan sido admitidos.

8. Los padres de familia cuyos hijos hayan logrado vacante firmarán una declaración jurada de compromisos al momento de la matrícula.

9. No se permitirá la matrícula de estudiantes de la comunidad que hayan sido expulsados de otras Instituciones Educativas.

10. La organización y requisitos está a cargo de la IE debiendo publicar en un lugar visible el rol de matrícula indicando días y horas de atención.

11. El Director brindará facilidades a los PPFF para que este proceso sea expeditivo.

12. En el nivel inicial el ingreso se da a partir de los tres años cumplidos hasta el 31 marzo y en educación primaria la matrícula se realizará al cumplir 6 años de edad hasta el 31 de marzo.

13. Es indispensable la presencia del padre, madre o apoderado con capacidad de ejercicio, quienes deberán presentar la documentación requerida para la matrícula y la firma de los documentos de compromiso entre otras; declaraciones juradas, letras de cambio como garantía de pago, etc.

14. Se deberá reservar un mínimo de dos vacantes para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad aceptable.

15. En caso de que el número de postulantes exceda al número de vacantes, la IE establecerá mediante directiva los criterios de priorización de ingreso los mismos que se publicarán al inicio del proceso de matrícula.

16. Los padres de familia y/o apoderado deberán mantenerse al día en el pago de la cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa, teniendo en cuenta que el pago de las mismas constituye un factor primordial en la mejora de la calidad educativa del conjunto de estudiantes.

ARTICULO 64 TRASLADO DE MATRÍCULA

1. Se efectúa hasta comenzar el último bimestre del año escolar. 2. Todo traslado de matrícula requiere de una Resolución Directoral de la

Institución Educativa de procedencia acompañando los documentos personales del estudiante: Ficha de matrícula, libreta de notas, certificado de estudios, certificado de buena conducta, de igual manera los Directores que reciban el traslado autorizan mediante resolución Directoral disponiendo su inclusión en las nóminas adicionales de matrícula.

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ARTICULO 65 ADMISIÓN

1. Los detalles de la admisión se encontrarán estipuladas en la directiva correspondiente.

2. La IE admite sólo dos repitencias del alumno en todos sus ciclos de estudio toda vez que el alumno demuestre un buen comportamiento.

3. Los padres de familia que durante el año anterior pese haber sido notificados hayan observado el abandono moral de sus menores por haber permitido reiteradas; tardanzas, recojo tardío del menor, descuido en el aseo, falta de alimentación, descuido en su salud, abusos y maltratos entre otros, no podrán ser matriculados ya que los efectos que se derivan de la situación presentada, constituye un riesgo latente para la integridad del menor, los estudiantes y perjuicio para la IE, siendo absoluta responsabilidad de los padres de familia.

4. Los padres de familia cuyos hijos sean matriculados en forma condicional, deberán firmar antes de la matrícula un compromiso de honor de mejora con cargo a penalidad, así como las declaraciones juradas de compromisos.

5. Los estudiantes que el año anterior fueron sometidos al Consejo de Disciplina y que hayan registrado una deficiente conducta pese a las facilidades y acciones de la IE, perderán el derecho de matrícula.

6. Los padres de familia que no cancelaron oportunamente los meses de octubre, noviembre y diciembre del año anterior las cuotas de bienestar social para la mejora de la calidad educativa. La matrícula de sus hijos, estará observada hasta el último día de cierre de esta actividad previos compromisos de pago a través de letras de cambio y declaraciones juradas con cargo a penalidad.

7. Los padres familia que no concurran al proceso de matrícula en las fechas indicadas, podrán hacerlo posteriormente, siempre y cuando exista vacante y hasta la fecha y hora fijada por la Dirección, posteriormente a ello, perderán el derecho.

8. La IE se reserva el derecho de admitir estudiantes que hubieran presentado problemas de conducta en otro plantel.

ARTICULO 66 RATIFICACIÓN

1. La ratificación de matrícula es un proceso automático que realiza el a la IE, cuando el alumno ha observado buena conducta y cumple uno de los siguientes requisitos: a. Aprobar todas las asignaturas del plan de estudios (invicto al mes de

diciembre). b. Aprobar las pruebas de recuperación en el mes de febrero. c. Ser promovido de grado con una asignatura desaprobada que la llevará

adicionalmente durante el año, como curso de subsanación (Secundaria). 2. El proceso de ratificación de matrícula se consolida cuando los padres o

apoderados concurren a la IE las fechas señaladas para suscribir los documentos inherentes del padre de familia o apoderado.

3. Para la ratificación de la matrícula, se tendrá muy en cuenta los párrafos del artículo 64, 65 y 66 del presente reglamento.

ARTICULO 67 MATRICULA CONDICIONAL U OBSERVADA. Se define como matricula condicional u observada como consecuencia de todos los actos de absoluta responsabilidad de los padres de familia que perjudican la marcha administrativa y pedagógica de la IE de los cuales se tomaran las acciones siguientes:

1. Los padres de familia que durante el año anterior pese haber sido notificados hayan observado el abandono moral de sus menores por haber permitido reiteradas; tardanzas, recojo tardío del menor, descuido en el aseo, falta de

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alimentación, descuido en su salud, abusos y maltratos entre otros, no podrán ser matriculados ya que los efectos que se derivan de la situación presentada, constituye un riesgo latente para la integridad del menor, los estudiantes y perjuicio para la IE, siendo absoluta responsabilidad de los padres de familia.

2. Los estudiantes que el año anterior fueron sometidos al Consejo de Disciplina y que hayan registrado una deficiente conducta pese a las facilidades y acciones de la IE, perderán el derecho de matrícula por haber incurrido en faltas muy graves entre otros: a. Uso de estupefacientes, alcohol o cualquier tipo de drogas dentro o fuera

de la IE. b. Consumo de cigarros, tabaco, uso de vaporizadores e incitar al consumo a

los demás estudiantes. c. Propiciar grescas, riñas y desordenes individuales o colectivos que dañen

la integridad de los demás estudiantes. d. 30% de inasistencias. e. Los que desprestigien a la IE dentro o fuera del plantel. f. Los que sustraen exámenes a los profesores. g. Los que se insubordinen o emitan juicios injuriando o calumniando contra el

personal que labore en la IE. h. Los que no cumplan los términos de la matricula condicional.

3. Los padres de familia que no cancelaron oportunamente los meses de octubre, noviembre y diciembre del año anterior las cuotas de bienestar social para la mejora de la calidad educativa. La matrícula de sus hijos, estará observada hasta el último día de cierre de esta actividad previo compromisos de pago con letras de cambio y declaraciones juradas con cargo a penalidad.

CAPÍTULO XI EVALUACIÓN, RECUPERACIÓN, PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN ARTICULO 68 EVALUACIÓN

1. La evaluación es un medio para conocer los logros y dificultades de cada alumno y cada grupo. Y el sistema de evaluación considera las características de cada nivel educativo: Inicial, Primaria y Secundaria.

2. La exoneración del área de educación religiosa procede cuando el padre de familia o apoderado lo solicita por escrito.

3. En el área de educación física solo se procederá a la exoneración del estudiante en la parte práctica y por motivos de salud comprobada, presentando trabajos de investigación relacionados al currículo correspondiente, debe ser autorizado por la Dirección.

4. Para los casos de convalidación de estudiantes extranjeros y la revalidación de estudios se nombrará una comisión extraordinaria quien asumirá el proceso.

5. Las características de la evaluación del alumno son: permanente, sistemática, integral, flexible, basada en criterios y coherente. Es: a. Permanente: La permanencia de la evaluación es una de las condiciones

básicas de la acción educativa, ya que permite constatar las dificultades, los errores, en cuanto se producen y no cuando se han afianzado. Es un proceso formativo porque sirve de motivación con tendencia a la perfección del estudiante.

b. Sistemática: Responde a un plan, se planifican los instrumentos, técnicas, momentos, formas de informar los resultados; este trabajo se realiza en equipo de especialidad y/o por grados.

c. Integral: Mide todos los aspectos de la formación integral del educando (cognoscitivo, aptitudinal y valorativo).

d. Flexible: Se adecua a las características de cada grado, nivel o asignatura.

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e. Basada en criterios: No sólo tiene en cuenta los resultados cuantitativos de acuerdo a una norma, sino toma en cuenta el diagnóstico pedagógico y las posibilidades de cada alumno.

f. Coherente: Guarda coherencia con las competencias y capacidades propuestas, determinando los criterios para cada objetivo y seleccionando el procedimiento para recoger la información.

ARTICULO 69 OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN DEL EDUCANDO

1. La evaluación de los aprendizajes, en EBR es un proceso continuo y sistemático mediante el cual se observa, recoge, describe, procesa y analiza los logros, avances y/o dificultades del aprendizaje con la finalidad de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar decisiones oportunas y pertinentes para mejorar los procesos pedagógicos.

2. La evaluación se realiza mediante indicadores de logro que especifican y evidencian el avance de los aprendizajes que desarrollan los estudiantes. También proporcionaran, las recomendaciones pedagógicas para revertir las dificultades y potenciar las fortalezas.

3. Tomar decisiones de selección, promoción, recuperación, orientación o derivación, frente a los resultados obtenidos.

4. Brindar información oportuna a los interesados (estudiantes, padres de familia, otros profesores) como fuente de motivación para mantener el esfuerzo personal.

ARTICULO 70 EVALUACION ESPECIAL

1. La evaluación de los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) será permanente y de proceso durante todo el año escolar. La IE asegura el tránsito de un grado a otro en función de las competencias que haya logrado y la edad cronológica, respetando el principio de integración educativa y social.

2. Las acciones de evaluación se orientarán en base a la evaluación psicopedagógica y el Proyecto de Mejora Personal del alumno, formulando los respectivos niveles del logro para la promoción y certificación, considerando las adaptaciones curriculares.

ARTICULO 71 EVALUACIÓN FORMATIVA

1. De conformidad a las normas nacionales vigentes. 2. La evaluación de los niveles de inicial, primaria y los primeros grados de nivel

secundaria estará en base a escala literal. 3. Los tres últimos grados de secundaria la evaluación será vigesimal.

ARTICULO 72 INFORMES DE EVALUACIÓN

1. Los padres de familia de Inicial, Primaria y Secundaria serán informados al finalizar el periodo correspondiente, de los logros obtenidos por sus hijos en cada asignatura, a través de un documento denominado “Reporte de Evaluación”.

2. Los profesores tutores son los encargados de revisar los Reportes de Evaluación antes de ser entregados a los padres de familia, conjuntamente con las Subdirecciones del Nivel.

3. Los Reportes de Evaluación se entregarán al finalizar cada bimestre en los días señalados en la calendarización anual.

4. Durante el año escolar se programan dos jornadas de atención a padres de familia, denominadas “Día para Padres” para informar el desempeño

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académico y formativo de sus hijos, así como también promover el diálogo entre las familias y la IE, concertar acciones de mejora, sesiones que se realizarán al finalizar el I y III bimestre.

ARTICULO 73 RECUPERACIÓN

1. En Educación Primaria y Secundaria: La recuperación procede cuando un alumno o un grupo de estudiantes no ha alcanzado las metas previstas. Para determinar cuándo es necesaria la recuperación, es importante que el maestro realice un análisis continuo de los resultados obtenidos. Un grupo o sección amerita desarrollar acciones de recuperación cuando un 25% de los estudiantes o más no han logrado los objetivos.

2. De manera individual, la IE facilita la recuperación para aquellos estudiantes que no han logrado objetivos fundamentales o pre-requisitos para aprendizajes posteriores.

3. La recuperación individual se hará a través de las Fichas de Recuperación Personalizada, las sesiones de recuperación o asesorías académicas, las fichas de trabajo con objetivos individuales, etc. En todos los casos se desarrollarán objetivos de manera personalizada.

4. Los estudiantes que requieren nivelación, pueden recibirla dentro del horario escolar, sin que ello signifique un costo adicional para los padres. Según las necesidades, la IE programa la nivelación de algunas áreas.

5. Los estudiantes que no responden por diferentes causas a las acciones de recuperación organizadas por el a la IE, deben ser derivados a tratamiento especializado. En este caso, la Subdirección asesorará a los padres y maestros.

6. La realización del programa de recuperación a la finalización del año en otra Institución Educativa, requiere la autorización escrita de la Dirección.

ARTICULO 74 ADELANTO, POSTERGACIÓN Y SUBSANACIÓN DE PRUEBAS

1. La Dirección de la IE puede autorizar por decreto, previa solicitud con documentos probatorios, el adelanto o postergación de las evaluaciones trimestrales.

2. Los estudiantes que faltaran a la IE por más de tres días están obligados a presentar a su tutor, los documentos y la justificación de su inasistencia a clases en la agenda escolar. La información será puesta de inmediato a conocimiento de las Subdirecciones de Nivel para que autoricen las evaluaciones y trabajos que hubieran sido necesarios postergar y/o recoger.

3. Las Pruebas de Subsanación en Secundaria se aplicarán según cronograma establecido en cada bimestre y en base a las orientaciones dadas por los profesores.

ARTICULO 75 PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR EN EL NIVEL PRIMARIO Todos los estudiantes son promovidos:

1. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática.

2. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

3. Los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo “B” en las otras

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áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

4. Los estudiantes de 5º y 6º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares.

EN EL NIVEL SECUNDARIO 1. Cuando al término del año escolar, aprueban todas las áreas curriculares,

incluidas las áreas o talleres y el área curricular pendiente de subsanación. 2. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación

de Recuperación, aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un área o taller curricular.

3. Repiten cuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad.

4. Repiten cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares, incluida el área de subsanación.

ARTICULO 76 CERTIFICACIÓN DE ESTUDIANTES

1. La IE otorgará certificaciones a los estudiantes en cualquier nivel o grado para realizar trámites que exijan este requisito (viajes al extranjero, becas, traslado de matrícula a otro centro educativo).

2. Al finalizar la Secundaria la IE emitirá el Certificado de Estudios de los Cinco Grados de Secundaria, así como el certificado del comportamiento.

3. Cuando la IE realice convenios académicos los certificados a emitir serán establecidos de acuerdo a dicho convenio.

4. Los estudiantes tienen derecho en forma gratuita por única vez sus Certificados Oficiales de Estudios realizados en la IE, los duplicados podrán adquirirlos abonando los derechos correspondientes.

CAPITULO XII ARITICULO 77 CERTIFICACION Y ACREDITACION DE LA IE

1. La Ley Nº 28740, Ley de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, norma el proceso que toda IE debe seguir para ser acreditada; en su artículo 14º, señala que: “La acreditación es el reconocimiento formal de la calidad demostrada por una institución o programa educativo, otorgado por el Estado, a través del órgano operador correspondiente, según el informe de evaluación externa emitido por una entidad evaluadora, debidamente autorizada, de acuerdo con las normas vigentes”.

2. El director de la IE, deberá realizar el planeamiento, organización, coordinación, dirección y control de las actividades de certificación y acreditación, nombrando las comisiones correspondientes para su ejecución.

3. Se determinará las funciones y responsabilidades de los equipos de trabajo mediante una directiva que forma parte del presente reglamento interno.

4. La IE, realizará todas las actividades orientadas al cumplimiento exitoso del proceso de certificación y acreditación debiendo emplear a todo el personal de la IE en forma obligatoria, destinando los medios necesarios, siendo estas actividades una de las razones del incentivo económico que se le paga a todo el personal.

5. Considerar que para la acreditación de la IE también se contara con el apoyo de los padres de familia siendo uno de los objetivos en el 2,020.

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CAPITULO XIII ARTICULO 78 MATERIAL EDUCATIVO Y UTILES ESCOLARES.

1. Se deberá seguir los lineamientos en la Ley N° 29694 “Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares”, en la “Guía metodológica para facilitar la selección de textos escolares en las Instituciones Educativas”, expedida por el MINEDU y el Observatorio Nacional de Textos Escolares (OBNATE)

2. El Director de la IE garantizará el uso y conservación de los artículos entregados por el Ministerio de Educación o GREA.

3. Los Docentes tienen la obligación de conocer y familiarizarse con el material educativo para su mejor y adecuado empleo.

4. No se admiten textos de tendencia político-partidarista o de ideologías distintas a lo prescrito en la Constitución Política del Perú, las normas nacionales y Axiología de la IE.

5. La relación de útiles escolares es propuesta por cada subdirección para ser aprobada por la dirección guardando los lineamientos anteriores.

6. El DAE/COBIENE podrá recomendar los textos a emplear los mismos que contaran con la aprobación del comando del Ejército.

ARTICULO 79 UTILES ESCOLARES

1. La Dirección conformará comisiones por niveles, para el análisis y estudio de la formulación de las listas de útiles, considerando que éstas deben responder exclusivamente a las necesidades de desarrollo de aprendizajes del estudiante.

2. Se tendrá en cuenta el costo, calidad del material, cantidad anual y prioridad en el uso, debiendo tener especial cuidado en no colocar la marca de los útiles solicitados a fin de no contravenir con las normas vigentes emitidas por INDECOPI sobre el derecho de libre elección que tienen los consumidores.

3. La Dirección velará para que el presupuesto familiar no se vea afectado significativamente, considerando que nuestras familias están conformadas por más de un hijo.

4. De ser posible considerar la opción de establecer un cronograma de entrega de útiles de acuerdo a prioridades y avance pedagógico, aspecto que contribuirá en aliviar los gastos que debe realizar el padre de familia.

5. En las listas está terminantemente prohibido considerar útiles de limpieza como cera, desinfectante, lejía, ácido muriático, entre otros.

CAPITULO XIV ARTICULO 80 CAPACITACION DEL PERSONAL

1. La IE, facilitará la participación de sus docentes en las acciones de capacitaciones pedagógicas diseñadas por el MINEDU, DREA, UGEL SUR, JBIENE/DAE, UGEL u otro sector del Estado y/o institución particular acreditada por la instancia competente. Estas acciones no deben afectar el normal desarrollo de la jornada escolar.

2. La Dirección organizará acciones de capacitación y eventos académicos. 3. El Director y docentes de la IE, están obligados a participar en las

capacitaciones y/o actualizaciones pedagógicas, que dispone el promotor. Los que no participen en las capacitaciones pedagógicas sin motivo justificado, serán penalizados de acuerdo a las normas establecidas en el presente Reglamento Interno.

4. Todo personal que la IE designe para que sea capacitado por una Universidad, Instituto, etc., debe realizar una retroalimentación de lo aprendido con el personal de la IE, para lo cual realizarán un taller en horas que no afecten el

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normal funcionamiento de la IE, previa coordinación con las subdirecciones académicas.

CAPÍTULO XV ACOMPAÑAMIENTO Y MONITOREO ARTICULO 81 SISTEMA DE MONITOREO Y ASESORAMIENTO

1. Es un servicio destinado al mejoramiento de la calidad y eficiencia de la educación, mediante el asesoramiento, la promoción y la evaluación del proceso educativo.

2. La acción de acompañamiento y monitoreo es aplicada a todo el personal docente con espíritu de colaboración entre supervisor y docente, para contribuir al mejoramiento de la calidad educativa.

3. Adicionalmente es necesario la supervisión administrativa con la finalidad de reunir las necesidades de apoyo a la acción pedagógica.

4. Se tiene en cuenta prioritariamente las rubricas siguientes: a. La planificación y organización del trabajo educativo. b. La adecuada aplicación de los programas curriculares vigentes. c. Las técnicas, procedimientos y materiales utilizados en el proceso de

enseñanza-aprendizaje. d. Los procedimientos e instrumentos de evaluación empleados en el Centro

Educativo, así como los resultados de su aplicación. e. La conservación y mantenimiento de la infraestructura física (aulas,

servicios higiénicos, talleres, laboratorios, bibliotecas, etc.) y su adecuada utilización.

f. El mejoramiento del trabajo educativo realizado por los docentes. g. La ejecución o desarrollo curricular. h. El comportamiento del docente (dominio de sí mismo, jovialidad). i. La participación de los estudiantes. j. El aporte creativo del docente. k. El aspecto formativo o educativo (comportamiento o conducta) como:

aptitudes, actitudes, destrezas, hábitos, habilidades, capacitación y realización de valores axiológicos.

l. El aspecto informativo, intelectivo o cognoscitivo como: los conocimientos o nociones, contenidos programáticos de cada asignatura.

5. El Plan Anual de monitoreo se ejecuta teniendo en cuenta las siguientes etapas: a. De preparación o planeamiento, que consiste en el estudio y análisis de la

problemática; fija objetivos y metas y coordina con todo el personal jerárquico, administrativo y docente.

b. De ejecución, según el método científico. c. De información, informando por escrito, a la autoridad correspondiente, del

acompañamiento y monitoreo pedagógico efectuado. Este informe contiene los aspectos supervisados, los logros obtenidos, las dificultades encontradas y las alternativas de solución.

d. El seguimiento que consiste en verificar si se cumplen las sugerencias. 6. Las técnicas utilizadas en la supervisión y control son:

a. Técnicas directas que suministran datos de estudio recogidas de manera directa en tareas o funciones que se están realizando y son las siguientes: - La observación - La entrevista - La encuesta - La visita - La investigación - Las reuniones

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b. Técnicas indirectas que suministran datos para estudio, que son obtenidos en forma indirecta, utilizando otros medios de información como: - Estudio de los programas curriculares. - Estudio de las posibilidades de integración de la enseñanza. - Conocimiento de los educandos. - Estudio de los horarios y uso de material didáctico. - Observación de las relaciones interpersonales.

7. Los principales instrumentos de supervisión a usarse son: a. Lineamientos de política b. Normas c. Manual de Organización y Funciones d. Plan Anual e. Encuestas f. Formularios g. Fichas h. Instructivas i. Informe

ARTICULO 82 LA METODOLOGÍA Y PROCEDIMIENTOS DE MONITOREO DOCENTE

1. Los métodos y procedimientos utilizados en la supervisión y control otorgan un sentido de unidad a la acción supervisora. El método de supervisión utilizado en el Centro Educativo, es el "MÈTODO CIENTÌFICO".

2. El método de supervisión científica consiste en observar al docente en el desempeño de sus funciones de dirigir el proceso enseñanza-aprendizaje-evaluación, para luego en una entrevista individual, evaluar y ofrecer orientación o asesoramiento a fin de que supere las deficiencias y mejore su acción educativa.

3. El método científico utiliza esencialmente la técnica de la observación, partiendo del diálogo individual del supervisor con el docente, para que este explique cómo desarrolla el método y obtener su consentimiento para observarlo en clases. Los pasos a seguir son: a. Observación sistemática de la clase. b. Análisis e interpretación de los datos recogidos durante la observación en

clase. c. Diálogo individual con el docente para expresarle los resultados de la

observación y orientarlo hacia la superación de los aspectos negativos que se hubieran detectado.

d. Verificación mediante nueva observación en clase, para constatar si el docente ha mejorado o no su desempeño profesional.

e. Nuevo diálogo. 4. La ejecución de la supervisión es de dos tipos: general y especializada.

a. La general la ejecuta el personal directivo usando los recursos de observación, investigación y asesoramiento.

b. La especializada la ejecutan los especialistas. 5. La supervisión general se realiza una vez en cada período, mediante las

técnicas de acompañamiento y monitoreo pedagógico. 6. La supervisión especializada de acuerdo a lo programado por la autoridad

CAPÍTULO XVI DE LAS ACTIVIDADES DIVERSAS DEL ALUMNO ARTICULO 83 DEL RECREO

1. Los lugares de refrigerio y recreo serán los seleccionados por la IE.

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2. En los periodos de descanso no se podrá salir de la IE constituyendo esta una falta grave.

3. No son lugares de recreo las oficinas administrativas. 4. Prohibición de ingreso a los SSHH de los profesores. 5. Los periodos de descanso son momentos de recuperación, recreación y de

compartir en un clima de respeto y confraternidad mutua, evitando grescas y otros actos de violencia.

6. Una vez terminado los recreos, se prohíbe hacer compras en los kioscos y mucho menos llevar alimentos al aula de clases.

7. Está prohibido que los estudiantes ingresen a la sala de profesores. 8. Está prohibido que los estudiantes permanezcan en el aula durante los recreos. 9. Los residuos de alimentos y envolturas deberán ser colocados en los depósitos

correspondientes. 10. Los tutores y auxiliares de educación coordinaran el rol de los estudiantes de

permanencia en las aulas como medida de seguridad durante los recreos y refrigerios.

ARTICULO 84 DE LAS FORMACIONES GENERALES

1. Los días lunes, todo el alumnado acompañado del personal docente, tutor o profesor de aula, rendirá homenaje a nuestros símbolos patrios y presenciaran las actividades correspondientes, tanto teatrales formativas, académicas y de valores, considerar que estas actividades son parte de su formación integral.

2. Restringir la duración de las formaciones a lo estrictamente necesario para alcanzar la finalidad.

3. Las formaciones y actuaciones de carácter especial son obligatorios. 4. Los comisionados para los diferentes discursos, deberán emplear su capacidad

de síntesis y de llegada al alumno. 5. Durante la formación de los lunes y otras formaciones, estará prohibido que

mientras dure la actividad permanezcan estudiantes en las aulas. 6. Para las sesiones de educación para el trabajo, educación física, sesiones de

laboratorio, los estudiantes se desplazarán formados acompañados por el docente respectivo, lo mismo harán para su retorno al aula.

7. Los estudiantes que son seleccionados para participar en desfiles cívicos y que no asistan, será considerado una falta grave y el demerito en el área a fin, las excusas objetivas y documentadas deberán realizarse anticipadamente con la finalidad de tomar previsiones.

8. Durante las formaciones y desplazamientos en vehículos deberán observar orden y disciplina la misma que estar controlada por el docente a cargo.

9. Los estudiantes que representen a la IE en concursos deportivos, académicos, artístico y otros, lo consideraran como un honor y su aceptación como una seria responsabilidad.

10. La IE no patrocinará bailes de promoción, excursiones de promociones gestionadas por estudiantes y padres de familia, se sujetará para este efecto, a las normas de la autoridad educativa.

ARTICULO 85 ACCIONES INMEDIATAS

1. Los docentes pueden derivar al estudiante con su tutor y/o al departamento de psicología con la finalidad de aplicar medidas correctivas, restaurativas o rehabilitadoras, el docente será el primero en orientar y corregir la conducta en privado y en forma adecuada.

2. La IE a través del Departamento de TOE, realiza acciones de orientación y apoyo a los estudiantes que presentan dificultades para controlar su comportamiento. Agotados los recursos e informados los padres de familia,

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podrán sugerir el traslado del educando a un programa educativo acorde con sus características.

CAPITULO XVII MEDIOS DE ENLACE Y COMUNICACION ARTICULO 86 LA AGENDA

1. Es un documento de control oficial reconocido por la IE para la comunicación de aspectos administrativos, pedagógicos y de comportamiento entre el profesor, tutor, auxiliar con los padres de familia o apoderados.

2. En ella se anotan las áreas, temas tratados, tareas o pruebas, rol de evaluaciones, aspectos administrativos y de comportamiento. Los padres firman o escriben las observaciones correspondientes de su interés con datos del día, no por adelantado.

3. En el momento de la matricula será adquirida la agenda y en caso de pérdida deberá ser repuesta con cargo al padre de familia o apoderado.

4. El alumno debe traer la agenda diariamente para el control y la presentara cada vez que le sea solicitada estándole prohibido eliminar hojas que forman parte del archivo.

5. No deberá contener dibujos, enmendaduras y anotaciones ajenas a su finalidad ARTICULO 87 EL PORTAL OFICIAL Y LAS REDES SOCIALES DE LA IE.

1. El portal oficial de la IE es; www.colegioejercitoarequipa.com en ella se publicaran aspectos de interés para toda la comunidad educativa siendo su responsabilidad, enterarse de su contenido.

2. Está prohibido bajo responsabilidad administrativa, civil o penal hacer comentarios o publicar información perniciosa de índole personal, de corte político, ideológico, religioso, de contenido prohibido por ley o alterar su contenido.

3. También está prohibido todo tipo de publicaciones personales que no sean de interés institucional o de interés general bajo responsabilidad.

4. Las redes sociales establecidas fuera de este contexto, será bajo responsabilidad del organizador/administrador.

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TITULO VII. DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR CAPITULO XVIII CONVIVENCIA ESCOLAR, RESPONSABILIDADES, PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS ARTICULO 88 CONVIVENCIA ESCOLAR

1. La convivencia es el conjunto de relaciones interpersonales cotidianas, caracterizadas por el respeto y valoración del otro; construida y aprendida en la práctica cotidiana de la escuela entre los miembros de la comunidad educativa; favorece el desarrollo de competencias para la formación integral de las y los estudiantes, en un marco ético de respeto y ejercicio de los derechos humanos.

2. La convivencia democrática en la institución educativa tiene como finalidad propiciar una cultura de paz como base para la formación integral de las y los estudiantes que los prepare para la vida y el ejercicio de su ciudadanía, promoviendo entornos acogedores e integradores, que contribuyan a climas institucionales favorables para su desarrollo integral.

3. El director de la IE designará al equipo responsable encargado de planificar, consensuar e implementar el Plan de Convivencia Democrática de la institución educativa con los miembros de la comunidad educativa, en el que se señalen las acciones formativas, de prevención y atención integral de las y los estudiantes.

4. La convivencia democrática en la escuela es un objetivo fundamental en todo proceso educativo gracias al cual todos sus integrantes tienen la oportunidad de vivir con los otros en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca.

5. La convivencia es un aprendizaje que se construye en la escuela con la participación de todos los agentes educativos y se fundamenta en los aprendizajes de competencias sociales para la vida como el desarrollo personal, moral y social, la empatía, la tolerancia, la autoestima, el trabajo en equipo, las habilidades de comunicación, el factor de resiliencia y el desarrollo del pensamiento crítico.

6. El Comité de Tutoría estará integrado por una asistenta social, un psicólogo, un representante de los docentes por nivel, un representante de los padres de familia. A las reuniones debe asistir obligatoriamente un directivo de la institución educativa.

7. Cada Comité de Convivencia elaborará su reglamento en donde se estipule su estructura orgánica y las responsabilidades de sus instancias. El Comité de Convivencia deberá reunirse obligatoriamente una vez por semana sin perjuicio de más reuniones según los requerimientos circunstanciales.

8. El Comité de Convivencia es el responsable de la capacitación que debe proporcionarse a todos los estamentos educativos y su programación debe ser considerada como prioritaria entre las actividades institucionales.

9. Los acuerdos del Comité de Convivencia deben ser puestos en conocimiento de la comunidad educativa y promover entre ellos el debate de éstos.

10. El Comité de Convivencia elevará a la autoridad educativa informes trimestrales sobre el estado de la convivencia en la institución educativa y las recomendaciones que sean necesarias implementar.

ARTICULO 89 FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA Realizar acciones formativas, de prevención y de atención integral, según se indica:

1. Elaborar y realizar el diagnóstico del clima institucional en la institución educativa.

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2. Planificar, implementar y evaluar las acciones formativas, preventivas y de atención integral, con participación de los estudiantes en el marco de la Tutoría y Orientación Educativa.

3. Desarrollar acciones que favorezcan las capacidades cognitivas, actitudinales y socio afectivas en las y los estudiantes y la mejora de la calidad relacional en la comunidad educativa. Dichas acciones se llevarán a cabo en base al diagnóstico de la institución educativa.

4. Proponer metodologías y estrategias que permitan implementar acciones que contribuyan al desarrollo de la convivencia democrática.

5. Promover el desarrollo de capacidades de las y los docentes de la institución educativa, así como en el personal directivo, administrativo y de servicios que permita la implementación de acciones para la convivencia democrática en la institución educativa.

6. Propiciar la participación de las y los estudiantes y sus familias en la promoción de la convivencia democrática.

7. Registrar los casos de violencia y acoso entre estudiantes en un Libro de Incidencias.

8. Elaborar un informe dirigido al o la Directora de la institución educativa acerca de los casos registrados en el Libro de Incidencias, quien adoptará las medidas necesarias ante los casos presentados.

9. Informar al o la Directora sobre las y los estudiantes que requieran derivación para una atención especializada en entidades públicas o privadas.

10. Realizar, en coordinación con el o la Directora y los padres de familia o apoderados, el seguimiento respectivo de los y las estudiantes derivados a instituciones especializadas, garantizando su atención integral y permanencia en la institución educativa.

CAPITULO XIX DE LOS PROCEDIMIENTOS Y LAS MEDIDAS CORRECTIVAS EN EL MARCO DE LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS ARTICULO 90 PROCEDIMIENTOS

1. Los procedimientos y las medidas correctivas para atender situaciones de violencia y acoso entre estudiantes, se deben respetar los principios, derechos, y responsabilidades dictados por el Estado Peruano y en las normas señaladas en el presente Reglamento y se establecerán en el Plan de Convivencia Democrática de la institución educativa.

2. Los procedimientos deberán contribuir a la seguridad y a la convivencia democrática en la institución educativa, los mismos que deben garantizar la equidad y el respeto hacia las y los estudiantes.

3. Es responsabilidad del personal directivo, docentes, auxiliares de educación, personal administrativo, personal de servicio, padres de familia o apoderados y estudiantes de la institución educativa, informar oportunamente al equipo responsable y la autoridad correspondiente de la institución educativa, de los casos de violencia y acoso entre estudiantes.

4. El Director de la institución educativa convocará, inmediatamente, luego de reportado el evento, a los padres de familia o apoderados de las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, para informar sobre los hechos acontecidos y, en coordinación con el equipo responsable, establecer las medidas de protección, las medidas correctivas y los compromisos a adoptarse.

5. El Director, bajo responsabilidad, adoptarán, inmediatamente, las medidas de protección necesarias para detener el acoso. Estas medidas incluyen el apoyo pedagógico y el soporte emocional a las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

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6. Los padres de familia o apoderados de las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a restaurar la convivencia democrática en la institución educativa.

7. Es responsabilidad del Director adoptar las medidas de protección para mantener la reserva y confidencialidad relacionadas a la identidad e imagen de los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, así como de toda aquella información que permita su identificación y exposición pública, como los datos de su aula, grado de estudios, el nombre de sus padres o apoderados, familiares y domicilio.

8. La Dirección de la institución educativa, en coordinación con los padres de familia o apoderados, derivará a las o los estudiantes que requieran una atención especializada a los establecimientos de salud o Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente (DEMUNA), según sea el caso.

9. El Director, Subdirecciones o los docentes, a través del equipo responsable de la institución educativa, realizarán el seguimiento de las medidas de protección, las medidas correctivas y los compromisos adoptados por los padres de familia y las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

10. El equipo responsable acompañará a las familias de las y los estudiantes víctimas y agresores solicitando informes a las instituciones que participen de la atención especializada.

11. El Director/Subdirector son responsables de asignar a los docentes una hora o dos horas según sea el caso, mínima semanal para el trabajo de tutoría y orientación educacional además de considerarlo en el PEI, PCI, RI y PAT, incluyendo los programas de prevención, cultura de paz, derechos humanos, convivencia escolar, valoración de las vidas, educación sexual y promoción para la vida sin drogas.

12. La hora de tutoría es el espacio de encuentro entre el docente tutor y estudiante, donde se realizan actividades que fomenten el desarrollo de actitudes, valores y habilidades para la vida, sobre la base de la reflexión el dialogo y participación.

13. Son agentes de la convivencia escolar los Directores, profesores, auxiliares de educación, padres de familia y los estudiantes.

14. El departamento de TOE deberán elaborar un programa en forma coordinada con los tutores de aula a fin de realizar en forma conjunta actividades que ayuden a mejorar la problemática detectada en la IE, considerando dentro de ellos el Programa Familias Fuertes, charlas, retiros etc.; entre otras actividades que fortalezcan los valores y la disciplina de la comunidad educativa.

15. Los encargados de TOE, sus equipos y el CONEI conformado deberán realizar: a. Acciones para evitar los casos de bullying en la IE: Charlas, talleres

informativos a los estudiantes, sobre la prevención del maltrato y las características de una víctima de bullying.

b. Realizar actividades que fortalezcan la convivencia sin violencia. c. Incluir dentro de las charlas de escuela para padres el tema de bullying.

16. De acuerdo a la Ley la IE deberá contar con: a. Libro de Registro de Incidencias. Cada institución educativa tiene un Libro

de Registro de Incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes, a cargo del Director, en el que se anotan todos los hechos sobre violencia, acoso entre estudiantes, el trámite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y la sanción aplicada, cuando corresponda.

b. Medidas de asistencia y protección. Los estudiantes víctimas de violencia o de acoso reiterado o sistemático y el agresor, deben recibir la asistencia especializada.

c. Entrega de boletín informativo. Toda institución educativa debe entregar al inicio del año escolar a cada estudiante y padre de familia un boletín informativo que difunda las normas y principios de sana convivencia y

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disciplina escolar, la proscripción de todo tipo de violencia física y psicológica y de toda forma de hostigamiento y de acoso entre estudiantes, cometido por cualquier medio, incluyendo virtuales, telefónicos, electrónicos u otros análogos en la comunidad educativa.

d. Informe de las acciones realizadas y de los casos atendidos, este documento debe ser remitido como anexo al informe bimestral que se remite al DAE/JBIENE/EP.

e. En caso de presentarse algún caso la IE deberá elaborar el informe correspondiente y remitirlo al DAE/JBIENE.

f. La IE elaborará un plan de trabajo especialmente contra el bullying, especificando en el cronograma la entrega de boletines al inicio del año escolar a los estudiantes y padres de familia; así como concurso de periódicos murales, charlas, campañas y talleres de capacitación para todo el personal de la IE, etc.; lo que contribuirá a que los niños y niñas tengan un buen trato entre ellos.

ARTICULO 91 MEDIDAS CORRECTIVAS, FORMATIVAS Y REPARADORAS.

1. En la IE se deberá tener en cuenta las siguientes características: a. Claras y oportunas. b. Reparadoras. c. Considerar la etapa de desarrollo de las y los estudiantes. d. No deben afectar el desarrollo pedagógico y la integridad física, psíquica y

moral de las y los estudiantes. e. Proporcionales a la falta cometida. f. Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las

condiciones y necesidades de las y los estudiantes. g. Respetuosas de las y los estudiantes. h. Relacionadas con la promoción de la convivencia democrática. i. Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado

anímico de las y los adultos. 2. Está estrictamente prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de

violencia, trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda poner en peligro la salud física o mental del estudiante.

3. Las medidas correctivas, formativas y reparadoras deben permitir que las y los estudiantes puedan reflexionar y aprender de su comportamiento, para lo cual es necesario contar con el conocimiento y compromiso de las madres, padres de familia y apoderados a fin de contribuir a su formación integral y la convivencia democrática en la institución educativa.

CAPITULO XX ARTICULO 92 DE LA PARTICIPACIÓN DEL PROFESIONAL PSICÓLOGO EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1. Integrar el equipo responsable de la implementación del Plan de Convivencia Democrática de la institución educativa.

2. Participar en la elaboración e implementación del Plan de Convivencia Democrática de la institución educativa: elaboración del diagnóstico, diseño, intervención, producción de material educativo y desarrollo de capacidades en la comunidad educativa. Dicha función la realizará durante el período de planificación del año escolar y será presentado al inicio del año escolar siguiente.

3. Presentar el informe de evaluación de los resultados de la implementación de las acciones de convivencia democrática, al finalizar el año escolar.

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4. Los profesionales psicólogos y trabajadores sociales que se encuentren nombrados y/o contratados, como profesionales de la salud, contribuirán en la implementación de la convivencia democrática conjuntamente con el equipo responsable en el marco del presente Reglamento.

5. Se debe implementar la incorporación progresiva de profesionales Psicólogos en la institución educativa.

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TITULO VIII. DE LA GESTION ADMINISTRATIVA CAPITULO XXI DEL RÉGIMEN LABORAL ARTICULO 93 DEL CONTENIDO, FINES Y ALCANCE

1. El presente Título establece las normas que regulan el comportamiento laboral de los trabajadores de la IE.

2. El personal del MINEDU se someterá a su correspondiente régimen laboral, a sus normas del sector y al presente reglamento interno, en cuanto fuera aplicable.

3. El personal del MINDEF se someterá al régimen laboral por el que fueron contratados, a sus normas del sector y al presente reglamento interno, en cuanto fuera aplicable.

4. El personal contratado con recursos de la IE, y practicantes, estará sujeto al presente reglamento en cuanto fuera aplicable.

5. Son fines del presente Título: a. Establecer lo relacionado con el ingreso de los trabajadores a la IE; control

de asistencia, permisos; licencias e inasistencias; derechos y obligaciones de la IE, derechos, deberes y obligaciones del trabajador, clima institucional; modalidad de los descansos; medidas disciplinarias; persona encargada de atender los asuntos laborales y la tramitación de los mismos; higiene y seguridad en el trabajo; indicaciones para evitar accidentes; instrucciones para prestar primeros auxilios; y demás disposiciones necesarias para el buen funcionamiento de la Institución, con el propósito de brindar un servicio educativo de calidad.

b. Efectuar una adecuada administración de personal, en apoyo al servicio educativo.

c. Reconocer los méritos y desempeño laboral de los trabajadores en base a su identificación y compromiso con los fines y objetivos institucionales.

6. Las normas y disposiciones contenidas en el presente Titulo, alcanzan a todos los trabajadores de la IE en cuanto fuera aplicable.

7. La IE reconoce que el profesorado es agente fundamental de la educación, por eso exige rigurosa selección, preparación adecuada y permanente, una actitud y conducta irreprochables para su misión formadora; por eso ha ideado el siguiente perfil: a. Tiene una sólida formación en valores que guía la integridad y la

coherencia de su conducta. b. Demuestra autoconocimiento y autocontrol de su persona. c. Sabe escuchar y genera un ambiente de empatía. d. Es responsable frente a su misión de liderazgo y de su compromiso como

agente formador de líderes positivos. e. Es una persona auténtica, justa y responsable. f. Es modelo de valores e inspiración de sus estudiantes, transmitiendo una

vocación de servicio a los demás. g. Despierta entusiasmo en los estudiantes para descubrir y desarrollar sus

potencialidades con el fin de construir un mundo mejor. h. Respeta la individualidad de cada alumno, reforzando sus virtudes y

fortaleciendo su autoestima i. Comparte con los padres de familia la responsabilidad en la tarea

formadora de los estudiantes, teniendo siempre apertura al diálogo. j. Propicia el trabajo en equipo, generando un ambiente de armonía y

enriquecimiento en las interrelaciones humanas. k. Tiene una sólida formación académica y preocupación constante por su

capacitación y actualización

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l. Es abierto al cambio, incorporando a su quehacer educativo los últimos avances de la ciencia y la tecnología para alcanzar la excelencia.

m. Está comprometido con la visión de la IE. n. Asume, respeta y hace respetar las normas del Reglamento.

ARTICULO 94 DEL INGRESO, SELECCIÓN Y PERIODO DE PRUEBA

1. El ingreso del personal a la IE se produce por el convenio entre (MINDEF EP – MINEDU).

2. El personal que no fue asignado por convenio o nombrado, será por contrato de acuerdo a las plazas disponibles bajo la modalidad de concurso interno en la IE con la directiva interna correspondiente teniendo como referencia las normas del sector y, a manera de propuesta solicitados al MINEDU-UGEL.

3. Toda propuesta del Director, deberá ser el resultado del proceso interno en la IE.

4. El MINDEF-EP, asigna a personal de distintas profesiones a la IE, el Director puede solicitar este personal o poner a disposición por necesidad del servicio.

5. El personal del MINDEF-EP para efectos de vacaciones o permisos podrá elegir con declaración jurada simple, acogerse de hecho al régimen del MINDEF o MINEDU, mientras no se defina su situación administrativa.

6. La IE puede contratar directamente con sus propios recursos a personal de acuerdo a sus necesidades estableciendo los requisitos y perfiles.

7. El periodo de prueba es de tres meses computados a partir de la fecha de inicio del Contrato Laboral; sin embargo, se podrá pactar un periodo de prueba superior en caso que las labores a desarrollar requieran de un periodo de capacitación o adaptación o que por su naturaleza o grado de responsabilidad tal prolongación pueda resultar justificada.

CAPITULO XXII DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA IE. ARTICULO 95 DERECHOS DE LA IE.

1. Son derechos de la IE como empleador: 2. Establecer la línea axiológica, dirección organización administración y

funciones del Centro Educativo. 3. Determinar la estructura orgánica, las funciones generales y específicas y el

Cuadro de Asignación del Personal necesario para el logro de los fines y objetivos institucionales.

4. Establecer el Presupuesto Analítico de Personal, los niveles remunerativos para el personal contratado con recursos propios, y las políticas salariales para el personal de la IE en concordancia con las normas legales vigentes sobre el particular.

5. Evaluar constantemente el rendimiento y comportamiento laboral de los trabajadores, exigiendo su cumplimiento.

6. Fijar los requisitos básicos y específicos de los cargos y/o puestos de trabajo. 7. Administrar los procesos técnicos y acciones de personal. 8. Efectuar los procesos de selección de personal y provisión de cargos diversos,

así como la contratación de trabajadores eventuales y permanentes, a tiempo parcial o tiempo completo, observando las disposiciones legales vigentes.

9. Establecer las actividades, tareas y acciones a desarrollar designando a los trabajadores responsables de su organización, dirección, ejecución, control y supervisión.

10. Otorgar incentivos y estímulos a los trabajadores. 11. Aplicar conforme a Ley y reglamento interno, penalidades disciplinarias por

faltas cometidas por los trabajadores de la IE.

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12. Establecer, programar o modificar turnos y horarios de trabajo suspender o sustituir prestaciones de orden económico y condiciones de trabajo en concordancia con los dispositivos legales vigentes.

13. Asignar a cada trabajador el puesto de trabajo que le corresponde dentro de la IE, especificando sus funciones y responsabilidades laborales inherentes al puesto.

14. Implementar nuevos sistemas, métodos, técnicas y procedimientos de trabajo. 15. Otras que le compete en su calidad de proveedor de servicio educativo de

acuerdo a las disposiciones legales vigentes. 16. Administrar el servicio educativo que ofrece. Le asiste el derecho exclusivo de

planificar, organizar, integrar, dirigir, evaluar y controlar las actividades de sus trabajadores en el centro de trabajo.

ARTICULO 96 OBLIGACIONES DE LA IE.

1. Cumplir y hacer cumplir la Ley General de Educación, teniendo como referencia el Reglamento de la Ley de los Centros Educativos Públicos y Privados en lo que corresponda, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, la Directiva N° 03 S-3.b./01.00 y demás disposiciones conexas.

2. Aplicar y velar el cumplimiento de las leyes laborales y sociales pertinentes. 3. Promover el respeto de la persona humana, la dignidad de los trabajadores, la

cordialidad y armonía entre todo el personal. 4. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno, así como las

disposiciones legales expedidas por las autoridades educacionales. 5. Cumplir con el pago de las remuneraciones y beneficios de ley del trabajador

en las condiciones, períodos y lugares que corresponda. 6. Presentar la documentación requerida por la Entidad Promotora, Unidad de

Gestión Educativa Local (UGEL) o cualquier dependencia del Ministerio de Educación, Trabajo o Sector Público de manera general.

7. Asegurar la calidad del servicio educativo, el logro de los fines y objetivos institucionales, el desarrollo y bienestar del personal.

CAPITULO XXIII DEL PERSONAL DE LA IE ARTICULO 97 DERECHOS, DEBERES Y FALTAS.

Son derechos del personal de la IE: 1. Gozar de un tratamiento económico acorde con su función. 2. Ser tratado con dignidad, profesionalismo y justicia. 3. Recibir apoyo para una actualización profesional permanente. 4. Recibir estímulos como reconocimiento a su esfuerzo y dedicación en bien de

la educación y en bien de la comunidad. 5. Bienestar y seguridad social. 6. Goce vacacional. 7. Los demás establecidos por Ley. Son considerados también faltas: 1. Encargar el desarrollo de sus clases o calificación de controles y/o pruebas a

otra persona. 2. Abandonar su cargo sin previo aviso, sin renuncia aceptada o licencia no

concedida. 3. Censurar, murmurar las órdenes de las autoridades de la IE o no cumplirlas. 4. Tratar en clases asuntos extraños a la enseñanza o emplear la hora de clase

en corregir o revisar las pruebas y trabajos escritos de los estudiantes. 5. Utilizar las instalaciones o implementos de la IE para fines particulares. 6. Enviar o llevar a los estudiantes a la Sala de Profesores.

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7. Humillar a los estudiantes en la deficiente aplicación de acciones correctivas, formativas o reparadoras.

8. Recibir llamadas telefónicas o salir de clase para hacerlas, en caso sea de emergencia, deberá comunicar a la subdirección para que sea relevado de su función por un tiempo determinado.

9. Destinar las horas de clase para asuntos ajenos a los objetivos previstos. 10. Emplear a los estudiantes en servicios personales, dentro o fuera del Centro

Educativo. 11. Utilizar las instalaciones de la IE con fines educativos lucrativos particulares. 12. Aceptar o solicitar obsequios a los estudiantes o padres de familia. 13. Ocuparse directa o indirectamente de política partidarista en el ámbito del

Centro Educativo. 14. Demostrar actitudes desmedidas e insolentes, voz airada, respuesta descortés

y otros reñidos con el ejemplo, la moralidad, la buena educación o los buenos modales.

15. Incitar a padres de familia a confrontar sobre cualquier asunto en contra de los intereses de la IE a sabiendas de su falsedad.

16. Fumar dentro de los ambientes del Centro Educativo, para este efecto se tendrá en cuenta la delimitación geográfica de responsabilidad de la IE.

17. Incentivar a firmar actas, solicitudes, memoriales u otras peticiones cualquiera sea su objetivo.

18. Muchas de estas faltas de acuerdo a la situación presentada, al grado de afectación, a los intereses de la IE y los que lesionan la calidad educativa, pueden constituir faltas graves o muy graves la que será ponderada por las autoridades educativas o la comisión de procesos administrativos y disciplinarios según corresponda.

CAPITULO XVIII REGIMEN DISCIPLINARIO Y ESTIMULOS ARTICULO 98 REGIMEN DISCIPLINARIO. Las faltas, son toda acción u omisión, intencional o por negligencia, descuido o imprudencia, cometida por el personal de la IE, que afecte el servicio educativo, al personal o a la IE, y son sancionados de acuerdo a la gravedad.

1. Clasificación de faltas: a. Leve. – Es toda acción u omisión que implica una trasgresión al contenido

del reglamento interno y que no afecta en forma significativa al servicio educativo, al personal o a la IE y que si no se corrigen se hacen costumbre causando una afectación pudiendo convertirse en graves o muy graves.

b. Grave. - Es toda acción u omisión que representa una mayor trasgresión al reglamento interno afectando de forma significativa el servicio educativo, al personal o a la IE. También lo es la mala conducta habitual.

c. Muy Grave. - Es toda acción u omisión que afecta y lesiona muy gravemente al servicio educativo, al personal, o a la IE.

2. Clasificación de sanciones. El personal que incurre en incumplimiento de sus funciones, deberes, responsabilidades y obligaciones contenidas en el RI, son objeto de las sanciones siguientes: a. Amonestaciones verbales. - Ya sea de advertencia o reconvención para

evitar su repetición. Las amonestaciones verbales se aplican cuando las faltas son leves.

b. Amonestaciones escritas. - Se invita o llama a la reflexión para adoptar una actitud correctiva inmediata por falta grave o muy grave. Las amonestaciones escritas por faltas graves se aplican con Memorando de la Dirección, Sub Direcciones o Secretario de la IE.

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Las amonestaciones escritas por faltas muy graves se aplican con Memorando de la Dirección.

3. Las amonestaciones escritas por falta muy grave que lesionen el interés de la IE se comunicara a la autoridad educativa correspondiente.

4. La amonestación escrita contendrá los datos del infractor; cargo, nombres y apellidos, la clasificación de la falta, la clasificación de la sanción, breve exposición de la vulneración del RI y que ha lesionado el servicio educativo, al personal o a la IE., la fecha y la firma del personal jerárquico, debiendo ser estrictamente reservada e impersonal.

5. Las amonestaciones escritas conllevan: a. Por faltas graves, pérdida parcial (25% - 50% - 75%) del incentivo en

proporción a la reincidencia de la falta. b. Por faltas muy graves, pérdida total (100%) del incentivo.

6. Las amonestaciones podrán ser aplicadas por; a. Personal Directivo y Jerárquico (amonestaciones verbales) b. Personal Directivo y Jerárquico (amonestación escrita por falta grave) c. Dirección (amonestación escrita por falta muy grave) mediante proceso

administrativo y disciplinario. 7. Comisión de proceso administrativo y disciplinario será establecida por faltas

muy graves y estará integrada por el siguiente personal: a. Secretario de la IE. b. Subdirección el nivel correspondiente. c. Jefe de personal d. Un docente representante del nivel educativo correspondiente. e. Un Auxiliar de educación correspondiente. f. Un trabajador administrativo o de servicios correspondiente. Sus decisiones son impugnables en primera instancia con recurso de reconsideración ante la misma comisión o recurso de apelación ante el CONEI, las decisiones de este último son inimpugnables, no cabe recurso alguno.

8. Para imponer las sanciones señaladas, se deben considerar las situaciones atenuantes como los agravantes.

9. El personal de la IE, tiene las garantías del debido proceso, especialmente las referidas al irrestricto derecho a la defensa, a ser comunicado de los cargos que se le imputan y a tener acceso a la información relacionada al caso, observando las excepciones dispuestas para la información que contempla el RI.

10. Asimismo, tienen derecho a la doble instancia: a. Para sanciones escritas fuera del proceso

Primera instancia; Personal directivo de la IE (Dirección, Subdirecciones y Secretario de la IE) Segunda instancia; Dirección.

b. Para las sanciones escritas dentro del proceso administrativo y disciplinario Primera instancia; La comisión de procesos administrativos y disciplinarios. Segunda instancia; CONEI.

c. En las decisiones de segunda instancia para ambos casos, no cabe recurso alguno, constituye fin del proceso.

11. Los recursos a interponer son los siguientes: a. Reconsideración, para primera instancia (resuelve el mismo que sanciona) b. Apelación, para segunda instancia (resuelve ente superior al que sanciona)

ARTICULO 99 ESTIMULOS POR MERITOCRACIA

La IE otorga a sus trabajadores los estímulos siguientes 1. Mención especial por trabajos altamente significativos y destacados

particularmente los que prestigien a la IE, pudiendo ser; pública, oral o escrita.

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2. La mención especial podrá ser gestionada como méritos ante la autoridad educativa para ser incluidos en el escalafón correspondiente.

3. En todos los casos los estímulos señalados pueden ir acompañados de beneficios económicos fijados por el personal directivo.

4. Incentivos económicos. 5. Apoyo económico para actualización y perfeccionamiento según posibilidades

de la IE fijados por el personal directivo. 6. Asistencia a cursos especiales de actualización y capacitación 7. Reconocimiento económico extraordinario. 8. Son acciones susceptibles de estímulos:

(1) Cumplir las funciones con destacada eficiencia e identidad con los fines del Centro Educativo, prestigiando a la IE.

(2) Demostrar alto sentido de responsabilidad, iniciativa, creatividad y en el desempeño del cargo.

(3) Otras acciones de excepcional trascendencia a criterio de la Dirección de la IE.

(4) Los estímulos a que se refiere el presente artículo, serán otorgados preferentemente en público o formación.

(5) Otros fijados por personal directivo.

CAPITULO XXIV ARTICULO 100 DEL REGISTRO DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

1. El Personal asume la obligación de concurrir puntualmente a la IE. 2. El Registro de control de ingreso y de salida del personal de la IE se efectuará

observando la normatividad establecida en las normas del sector educación, defensa y por la IE para el personal respectivo.

3. El personal docente, auxiliar de educación, administrativo y de servicio, tiene la obligación de registrar, en forma personal, su asistencia y salida de la IE.

4. El personal militar pasara lista de acuerdo a su régimen laboral y reglamento interno.

5. El registro de control de la asistencia, constituye la constancia del trabajo ordinario o extraordinario prestado por el personal de la IE y será base para sustentar y confirmar la formulación de la Planilla de Pago de Remuneraciones correspondiente.

6. El control de la asistencia y permanencia es responsabilidad del jefe inmediato superior sin excluir la que corresponde al trabajador.

7. El encargado del control de la asistencia, es responsable de asegurar que el sistema de control de asistencia, corresponda a la hora oficial peruana.

8. El personal directivo, docente, auxiliar de educación, administrativo y de servicio, después de registrar su ingreso está obligado a constituirse sin demora alguna a su aula correspondiente para el cumplimiento de sus obligaciones laborales, excepto cuando alguna disposición oficial altere eventualmente dicha situación.

9. La modificación y ampliación de jornadas, horarios y turnos de trabajo, se dará estrictamente por necesidad del servicio o conveniencia. La efectuará el comité directivo como parte de la agenda programada, por acuerdo entre todo el personal o en coordinación con la autoridad educativa, observando lo establecido en las disposiciones legales correspondientes.

10. El personal de la IE, que por razones particulares desee permanecer en las instalaciones del Centro Educativo o concurrir en horarios distintos a su correspondiente jornada laboral, deberá solicitar autorización escrita a la Dirección de la IE.

11. Se considera inasistencia cuando el trabajador: a. No asiste el centro de trabajo.

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b. Abandona el lugar de trabajo durante la jornada laboral c. Llega al salón o al lugar de trabajo después de la hora indicada para el

inicio de la jornada, aunque la hora registrada en su tarjeta esté a tiempo. d. No registra su hora de ingreso o salida.

12. Todas las faltas injustificadas o justificadas, así como las tardanzas, serán registradas y acumuladas en el récord de asistencia y puntualidad del trabajador.

13. Los descuentos del incentivo por tardanza serán por acuerdo establecido entre todos los trabajadores y procederán de acuerdo al siguiente detalle: a. Por 11 minutos de tardanza. b. Por 21 minutos de tardanza. c. Por 31 minutos de tardanza. d. Por 41 minutos de tardanza. e. Por 51 minutos de tardanza.

14. No procederán los descuentos del incentivo anteriormente señalado en los siguientes casos: a. Por enfermedad o alteración de salud sobrevenida en el día, debidamente

comprobada cuando ESSALUD no asuma el pago de acuerdo a ley. b. No están comprendidos en el presente acápite las atenciones en centros de

salud particulares. c. Permiso de ley por fallecimiento de padres, esposa e hijos debidamente

acreditado. d. Permiso por matrimonio (civil o religioso) será de 2 días por única vez. e. Por alumbramiento, con el certificado pre y post natal conforme a las

disposiciones vigentes. f. Los descansos por prescripción médica sólo serán válidos cuando los

certificados médicos sean del Área de Salud o de ESSALUD correspondiente y dichos certificados médicos sean presentados oportunamente.

g. En caso de atención indirecta en ESSALUD sólo tendrá validez los documentos de reembolso en la Oficina de Prestaciones.

h. Los documentos que acreditan la constancia de atención deberán ser obtenidos regularmente de las entidades de salud, caso contrario será considerado como una falta muy grave con las acciones correspondientes sin perjuicio de informar a la autoridad correspondiente.

i. El Oficial de personal del Estado Mayor, mensualmente cursara oficios a las entidades a fin de cruzar información.

15. Los profesores de aula o asignatura cumplirán dentro de su jornada ordinaria de trabajo las siguientes actividades: a. Desarrollo de las sesiones de aprendizaje correspondiente al día. b. Implementación técnico pedagógico, preparación de material didáctico,

evaluación y otros. c. Reuniones de coordinación técnico pedagógicas y jornadas pedagógicas

debidamente autorizadas, en los 30 últimos minutos de la última hora académica, asegurando al alumnado.

d. Labores de tutoría. e. Actividades extracurriculares y acciones de proyección educativa social.

CAPÍTULO XXV ARTICULO 101 TARDANZAS, PERMISOS, INASISTENCIAS Y LICENCIAS

1. Se considera tardanza cuando el personal docente, administrativo o de servicio registra su ingreso pasada la hora establecida como ingreso. El personal tiene al mes; 10 minutos de tolerancia, pasados los cuales se procederá al descuento por el total de minutos acumulados.

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2. El trabajador que habiendo asistido puntualmente a la IE omitiera registrar su ingreso o salida, será considerado ausente salvo que justifique la omisión dentro de las 24 horas posteriores, la que será atendida, una sola vez al mes hasta un máximo de seis veces al año.

3. El personal que por cualquier motivo no pueda concurrir al centro de trabajo, está obligado a dar aviso al jefe inmediato por el medio más rápido para adoptar las previsiones necesarias para su reemplazo.

4. Las tardanzas, así como las inasistencias dan lugar al descuento económico de su incentivo del trabajador por el tiempo no laborado, independiente de la sanción disciplinaria que establece la Ley por el perjuicio que ocasiona su ausencia a la prestación del servicio educativo.

5. El permiso es la autorización escrita otorgada por la Dirección con conocimiento previo de la subdirección del nivel para ausentare por horas del centro de trabajo hasta un día como máximo por los siguientes motivos: a. Por enfermedad. b. Por capacitación autorizada por la IE. c. Por citación proveniente de autoridades públicas, judicial, militar o policial. d. Por lactancia materna directa. e. Por cumpleaños de acuerdo al régimen laboral. f. Otro autorizado por la Dirección.

6. El permiso será gestionado por el interesado con una anticipación no menor de 24 horas ante la Dirección de la IE, salvo los casos de enfermedad e imprevistos de fuerza mayor.

7. Los permisos por enfermedad o situaciones de fuerza mayor serán puestos en conocimiento de la Dirección a la mayor brevedad posible a efecto de su comprobación por la IE.

8. En todos los casos con la justicia y equidad debida, la IE por necesidad del servicio se reserva el derecho de calificar y otorgar o denegar el permiso solicitado.

9. Toda inasistencia a la IE sin el permiso correspondiente, será explicada por escrito dentro de las 48 horas adjuntando la documentación pertinente. La Dirección de la IE. podrá justificar la inasistencia exonerando al trabajador de la aplicación de la respectiva sanción disciplinaria o considerar como inasistencia injustificada sujeta a las sanciones de Ley.

10. Las inasistencias del personal en casos de enfermedad, sólo podrán ser justificadas previa presentación del Certificado de Incapacidad Médica expedido por ESSALUD, con los requisitos y formalidades que la Ley establece, adjuntando copia de la receta o prescripción médica, en su caso.

11. El trabajador que tuviera que concurrir al hospital, clínica o policlínico por urgencia o cita médica deberá acreditar haber sido atendido con la respectiva Tarjeta de Control o Constancia de Atención y Receta de Prescripción Médica.

12. La sola presentación de la solicitud de permiso o licencia, no da derecho al goce de la misma salvo motivo de enfermedad comprobada o caso fortuito o de fuerza mayor. Si el trabajador se ausentara sin haber recibido la autorización escrita de la Dirección su ausencia será considerada como falta disciplinaria sujeta a sanción conforme a Ley.

13. En caso que el trabajador hiciera uso reiterado de atención médica, la IE podrá ordenar el examen médico correspondiente, dando cuenta a la autoridad educativa. La resistencia a dicho examen se considerará como falta disciplinaria sujeta a sanción conforme a Ley.

14. Las licencias, permisos y tardanzas se rigen por lo siguiente: a. La IE. concederá las licencias establecidas por Ley y aquellas que autorice

la Dirección. b. Las licencias pueden ser con o sin goce de haber, dependiendo de lo

estipulado en la Ley o lo dispuesto por la Dirección.

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c. El permiso es una autorización para ausentarse por horas del Centro Educativo. El mismo que debe ser autorizado por el jefe inmediato o la Dirección.

d. Los descuentos por inasistencias procederán en forma automática. Sólo se justificarán aquellas inasistencias refrendadas por el certificado médico oficial u aquellas autorizadas por la Dirección.

e. Las tardanzas a clases tendrán un efecto acumulativo en el curso de cada mes. Será un indicador para su evaluación docente.

f. Licencia es toda ausencia mínima de una jornada de trabajo a la IE, autorizado por la Dirección. La licencia será solicitada con anticipación y por escrito y sujeta a aprobación, la que puede ser con o sin goce de haber; en el primer caso se mantiene vínculo laboral con la IE., teniendo derecho a todos los beneficios que le corresponde por ley; en el segundo caso, se mantiene el vínculo laboral con la IE., pero quedan suspendidos temporalmente el derecho a los beneficios que le corresponden por ley.

15. Por fallecimiento del padre, madre, conyugue o hijos, el personal de la IE, tiene derecho a licencia con goce de remuneraciones de acuerdo a Ley, situación que se acreditará con la presentación oportuna de la correspondiente partida de defunción.

CAPITULO XXVI ARTICULO 102 DEL TRABAJO EN HORAS EXTRAORDINARIAS

1. Se harán a título personal por trabajos específicos e individuales, los trabajos o reuniones de conjunto, no tendrán este tratamiento.

2. Las labores en horas extraordinarias o sobre tiempo es la labor real y efectiva realizada voluntariamente por el trabajador fuera de la jornada ordinaria de trabajo, por requerimiento impostergable de alguna tarea y debidamente autorizado por escrito con anterioridad a su prestación.

3. El trabajo en calidad de sobre tiempo o en horas extraordinarias es de carácter excepcional y sólo procede para actividades y tareas de suma urgencia o que por su naturaleza y amplitud no pueda ejecutarse en la respectiva jornada ordinaria de trabajo.

4. Para la realización de trabajos en sobre tiempo u horas extras, se requerirá, necesariamente, la autorización escrita de la Dirección.

5. La IE está obligada a registrar el trabajo prestado en sobre tiempo mediante la utilización de medios adecuados seguros y confiables.

6. La Administración de la IE previo visto bueno de la Dirección autorizará la ejecución y el pago del trabajo en sobre tiempo siempre que se establezca lo siguiente: a. Especificar la labor a desarrollar y el tiempo requerido. b. Justificación de la urgencia. c. Informe y conformidad del jefe inmediato. d. Aprobación de la Directora General antes de la realización del trabajo. e. El control del trabajo en horas extraordinarias o sobre tiempo es

responsabilidad del jefe inmediato. f. El personal militar de servicio de permanencia verificará que el trabajador

este en su puesto de trabajo realizando tareas correspondientes. 7. El pago de remuneraciones por trabajo realizado en horas extraordinarias o

sobre tiempo se abonará al mes siguiente al que se efectúe el trabajo. 8. El trabajo en calidad de sobre tiempo en horas extraordinarias es voluntario

para el trabajador y la IE; reservándose este último la facultad exclusiva de autorizar su ejecución lo cual no podrá ser usado como antecedente para exigir el otorgamiento de horas extras o sobre tiempo.

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9. No tiene calidad de sobre tiempo, pero sí de prestación obligatoria, la labor extraordinaria que resulta indispensable por razón de accidente o fuerza mayor o para evitar peligro inminente a las personas, la seguridad a los bienes de la IE.

CAPITULO XXVII DESCANSOS Y VACACIONES ARTICULO 103 DEL DESCANSO EN DÍAS FERIADOS Art. 267º.- Los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado los días feriados no laborables establecidos por Ley. ARTICULO 104 DE LAS VACACIONES

1. El personal de la IE, hará uso de sus vacaciones de conformidad a su régimen laboral.

2. El personal directivo y docente, en el mes de diciembre, debe entregar la documentación anual a su cargo.

3. El personal administrativo y de servicios contratados por la IE, tendrá derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones al año, con el pago respectivo, siempre que dentro de un año calendario cuenten con 12 meses laborados, en su defecto el pago de vacaciones será proporcional a los meses efectivos laborados. El descaso vacacional será fijado en el rol de vacaciones de común acuerdo entre la IE. y el trabajador, teniendo en cuenta las necesidades de la IE y los intereses propios del trabajador preferentemente en los meses de julio, agosto y diciembre. A falta de acuerdo, la fecha la decidirá la Dirección.

4. De acuerdo al régimen laboral del trabajador, el goce del descanso vacacional en la IE, es obligatorio, irrenunciable y no acumulable, salvo excepciones establecida por Ley, debiendo hacer uso del mismo antes que se genere el derecho a otro periodo vacacional y de acuerdo al rol de vacaciones.

5. El año de labor exigido para tener derecho vacacional se computará desde la fecha en que el trabajador ingresó al servicio en la IE.

6. El periodo vacacional se iniciará el primer día o décimo sexto día del mes y concluirá 30 días después. En casos debidamente justificados, la Dirección de la IE, podrá autorizar el goce vacacional en 2 periodos de quince (15) días cada uno.

7. La fecha del descanso vacacional y el pago de la remuneración correspondiente constarán obligatoriamente en el libro de planillas.

8. El trabajador tiene derecho a percibir a la conclusión de su descanso vacacional los incrementos de remuneraciones que se pudieran producir durante el goce de sus vacaciones.

9. En caso de trabajar un mes o más y menor de un año, el trabajador percibirá un dozavo de la remuneración vacacional por cada mes completo de labor efectiva. Toda fracción se considerará por treintavos, en tal caso se aplica dicha proporcionalidad respecto a la duración del goce vacacional.

10. Los trabajadores que cesen después de cumplido el año de servicios y el correspondiente récord sin haber disfrutado del descanso vacacional tendrán derecho al abono del íntegro de la remuneración vacacional. El récord trunco será compensado a razón de tanto dozavo y treintavos de la remuneración como meses y días computables hubiera laborado, respectivamente.

11. Para efectos del récord vacacional se considera como días efectivos de trabajo en la IE. los siguientes: a. Jornada ordinaria de trabajo diario de ocho horas cronológicas o de más de

cuarenta horas cronológicas a la semana.

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b. Jornada cumplida en días de descanso. c. Las ausencias por enfermedad común, por accidente de trabajo o

enfermedad profesional en todos los casos siempre que no supere de 60 días al año.

d. El descanso por maternidad (previo y posterior al parto). e. Las inasistencias autorizadas por Ley o por la IE.

12. El trabajador, antes de hacer uso del periodo vacacional está obligado a hacer entrega del cargo al jefe inmediato o a la persona a quien éste indique.

CAPITULO XXVIII ARTICULO 105 DE LAS REMUNERACIONES

1. La IE. remunerará únicamente la labor real y efectiva realizada por el trabajador, así como en los casos previstos expresamente por Ley, o aquellos autorizados previa y expresamente por la IE, con pago de remuneraciones.

2. Los sueldos se abonan al finalizar cada mes. La IE podrá conceder adelantos de sueldo al trabajador sólo en casos de suma emergencia y de acuerdo a su disponibilidad económica. La IE, no está autorizado para otorgar préstamos, cualquiera que fuera su naturaleza.

3. La homologación de sueldos para los contratados con recursos de la IE es un derecho para todos y consiste en equiparar los salarios a una tabla única con el objetivo de eliminar las diferencias salariales de una misma función y tendrá como base la meritocracia de acuerdo al siguiente detalle: a. Nivel Profesional (con título a nombre de la nación). b. Nivel Técnico Superior (con título a nombre de la nación). c. Nivel Técnico (certificado que acredite estudios) d. Nivel básico.

CAPITULO XXIX ARTICULO 106 DE LAS NORMAS ELEMENTALES DE HIGIENE, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

1. Los baños y servicios higiénicos están instalados en resguardo de la salud e higiene de los trabajadores, por lo tanto, su uso correcto y cuidado es menester de todos los usuarios.

2. Las aulas serán mantenidas bajo el criterio de escalones de mantenimiento. 3. Las zonas de trabajo inmediatas al trabajador deben encontrarse limpias de

materiales, desperdicios y otros elementos nocivos en resguardo de la seguridad y la salud de todos siendo responsabilidad del trabajador en el primer escalón de mantenimiento.

4. Las instalaciones, artículos, equipos y ambientes de trabajo deben ser objeto de revisiones regulares tanto por la Dirección como por quienes los usan en previsión de cualquier riesgo en contra de las medidas de higiene y seguridad dando cuenta para la adopción de medidas reparadoras.

5. La IE de acuerdo a las circunstancias, aplicará las normas sobre higiene, salubridad y seguridad que se consideren convenientes, debiendo el personal atacarlas estrictamente.

6. El personal militar del EM y/o administrativo de la IE, tendrá a cargo la implementación de estas acciones.

CAPITULO XXX ARTICULO 107 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

1. La IE está obligada a formular su correspondiente Directiva de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad a lo establecido en el Artículo 7º de la

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Constitución Política del Estado, que reconoce el derecho a la salud, de toda persona, en cualquier ámbito, incluido el laboral y que la seguridad y salud en el trabajo, es una condición básica para la protección social y desarrollo de las relaciones de trabajo; y la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y demás disposiciones conexas considerando que los objetivos de tal Directiva sea lo siguiente:

a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo.

b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en los trabajadores, contratistas, proveedores y todos aquellos que presenten servicios en relación con la IE. con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones en las diferentes actividades ejecutadas facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección.

d. Proteger las instalaciones y propiedad de la IE. con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar el servicio educativo.

e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los trabajadores, proveedores y contratistas con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

CAPITULO XXXI ARTICULO 108 DE LAS MEDIDAS DE CONTROL Y VIGILANCIA

1. La IE podrá contratar servicios de vigilancia y control de sus bienes e instalaciones de manera que garantice su integridad, así como del personal de la IE. Este control se podrá efectuar adoptando las medidas siguientes: a. Establecimiento de servicios de protección interna. b. Control de acceso peatonal y vehicular. c. Rondas a inmediaciones de las instalaciones. d. Revisión de paquetes que portan los trabajadores (peatonal y vehicular) al

entrar o salir del centro de trabajo, y en las oportunidades que la IE. lo considere necesario. La negativa de esta revisión significará automáticamente la presunción de hurto, robo de bienes de propiedad de la IE.

e. Revistas inopinadas ante presunción de inminente riesgo. f. Control de ingreso de los trabajadores fuera de las horas de atención. g. Otras medidas que considere necesarios de acuerdo a las circunstancias.

2. El empleo de cámaras de seguridad deberá administrarse por la IE estrictamente con fines de seguridad y para deslindar responsabilidades, estando prohibida la difusión de los registros salvo lo solicite la autoridad.

3. Para la ubicación de cámaras de seguridad se deberá evaluar los riesgos a que están expuestos los menores de edad, los trabajadores y material de la IE.

CAPITULO XXXII ARTICULO 109 DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

1. Las medidas disciplinarias y administrativas, tienen por objeto dar la debida oportunidad al trabajador docente, administrativo y de servicio para corregir su conducta en lo que se refiere a las obligaciones de trabajo, teniéndose en

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cuenta el principio de autoridad como único medio de encausar su comportamiento.

2. Considerar en todo momento que la medida disciplinaria es impersonal, reservada y ataca directamente a la infracción cometida, corrige errores fortalece la disciplina y conducta del trabajador.

3. Ninguna sanción ataca a la persona, tampoco es pública ni lesiona el honor y dignidad, bajo responsabilidad.

4. Las sanciones por incumplimiento al reglamento interno correspondientes al personal de la IE son las siguientes: a. Amonestaciones verbales b. Amonestaciones escritas por faltas graves y muy graves c. Proceso administrativo y disciplinario como consecuencia de faltas muy

graves. 5. Las sanciones se aplican observando los procedimientos del presente

reglamento sin perjuicio de que cada trabajador sea procesado de acuerdo a su régimen laboral por la autoridad competente.

CAPITULO XXXIII SANCIONES ARTICULO 110 DE LAS AMONESTACIONES

1. Será amonestado por escrito el personal que incurriera entre otros, en las siguientes faltas: a. Llegar tarde a la IE en tres o más días durante 30 días calendario. b. Faltar injustificadamente a la IE. c. Registrar la asistencia de otro trabajador. d. Resistirse a dar cumplimiento a las directivas impartidas por la

Superioridad. e. Fomentar o incitar la indisciplina o desorden en las horas de trabajo. f. Ausentarse de la IE sin autorización de la Dirección. g. Efectuar actividades en la IE. ajenas a su labor. h. Causar intencionalmente y por descuido daños al patrimonio de la IE. i. Desprestigiar de alguna forma a la IE. j. Interrumpir sus labores y/o ausentarse sin permiso por causas no

justificadas. k. Retirar de la IE materiales de trabajo y otros artículos de la IE sin

autorización. l. Negarse a cumplir las obligaciones de su cargo. m. Falsear informaciones sobre su trabajo. n. Incumplimiento de sus funciones y disposiciones de la IE.

2. Las amonestaciones escritas se harán por triplicado, debiendo ser firmadas por el Director de la IE. El trabajador firmará una copia como cargo de recepción. En caso de negativa se hará llegar por conducto notarial.

3. Se podrá remitir una copia de la amonestación a la Autoridad de Educativa. 4. Considerar que varias amonestaciones del presente artículo son consideradas

como falta grave y/o muy grave. ARTICULO 111 DE LAS SUSPENSIONES Para el personal contratado con recursos de la IE:

1. Será motivo de suspensión de uno a tres días sin goce de haber, por la comisión de las siguientes faltas: a. Reincidencia de cualquiera de las faltas graves. b. Incurrir en actos de indisciplina deliberada en el trabajo o dentro de la IE.

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c. Comentarios perniciosos mal intencionados que lesionan honras y dignidades.

d. Negligencia comprobada en sus funciones. 2. Por norma general.

a. La primera suspensión por cualquier causa será de un día. b. La reincidencia dará como consecuencia la resolución del contrato.

ARTICULO 112 DE LA SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL Para el personal contratado con recursos de la IE:

1. La suspensión y extinción de los contratos de trabajo del personal que labora en la IE se efectúa observando las causas y formalidades establecidas en las disposiciones legales vigentes.

2. Las causas de suspensión del contrato de Trabajo son las siguientes: a. La enfermedad y el accidente comprobados; b. La maternidad durante el descanso pre y post natal; c. El descanso vacacional; d. La licencia para desempeñar cargo cívico y para cumplir con el Servicio

Militar Obligatorio; e. La detención del trabajador, salvo el caso de condena privativa de la

libertad; f. La inhabilitación administrativa o judicial por periodo no superior a tres

meses; g. El permiso o licencia concedidos por el empleador; h. El caso fortuito y la fuerza mayor; i. Otros establecidos por norma expresa de ley.

3. Las causas de la extinción o terminación del contrato de trabajo son las siguientes a. Muerte b. Renuncia c. Despido por falta muy grave d. Vencimiento del plazo de contrato e. Mutuo acuerdo f. Otros que contemple la ley.

CAPITULO XXXIV CANALES DE RECLAMACION Y COMUNICACIÓN ARTICULO 113 CANALES DE RECLAMACIÓN DE DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

1. Cualquier trabajador que se considere afectado en sus derechos, podrá formular las reclamaciones pertinentes por escrito por conducto regular ante su jefe inmediato o la Dirección de la IE.

2. Tanto el jefe inmediato como la Dirección de la IE., resolverá las reclamaciones, con absoluta sujeción a las disposiciones legales vigentes, a lo establecido en el presente Reglamento, a los fines y, objetivos de la Institución Educativa, en el más breve tiempo posible, efectuando las indagaciones, verificaciones y actuando las pruebas que estime necesarias.

3. El plazo para pronunciarse por reclamaciones, resolver las impugnaciones son de siete (07) días para todos los casos.

4. Se ha previsto dos (02) instancias para las sanciones ordinarias: a. Primera instancia; El personal Directivo en reconsideración. b. Segunda instancia; La Dirección en apelación (fin del proceso)

5. Se ha previsto dos instancias para las sanciones del proceso administrativo y disciplinario: a. Primera instancia; La misma Comisión, en reconsideración.

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b. Segunda instancia; El CONEI, en apelación (fin del proceso) 6. No existe otra vía administrativa que la señalada puesto que los efectos que

cobran las sanciones están con cargo al incentivo que no es un derecho, sino una concesión.

ARTICULO 114 CANALES DE COMUNICACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1. Las coordinaciones y comunicaciones deberán establecerse con los escalones superiores, subordinados y paralelos.

2. Los canales de comunicación entre los profesores y padres de familia son estables y permanentes por ningún motivo se deberá perder, en caso suceda, el personal de la IE está obligado a desplegar esfuerzos por restablecerlos.

3. Las redes sociales creadas para establecer o mejorar los canales de comunicación entre profesores, padres y estudiantes, no son oficiales y no reemplaza a la agenda escolar.

4. El único portal oficial y sus correspondientes redes sociales de la IE es; www.colegioejercitoarequipa.com

5. Las comunicaciones entre los trabajadores, deberá ser respetuosa y cordial. 6. Los canales de comunicación entre el profesor y los estudiantes se

desarrollarán en el marco del respeto a la opinión del niño, niña o adolescente (su opinión importa).

7. El canal de comunicación con las autoridades educativas de orden superior (UGEL, GREA, MINEDU, etc.), otras instituciones públicas o privadas y de gobierno, será a través de la Dirección y siguiendo el conducto regular.

CAPITULO XXXV ARTICULO 115 DEL FOMENTO Y MANTENIMIENTO DEL CLIMA INSTITUCIONAL

1. Considerando que el respeto a la persona y el mutuo saludo, es el indicativo más importante que evidencia el clima institucional, no será vulnerado por ningún trabajador sea cual fuera la situación laboral en la que se encuentre o desarrolle.

2. Los rumores y comentarios mal intencionados lesionan deliberadamente el clima institucional por lo tanto será considerado como una falta muy grave y sancionado conforme al presente reglamento sin perjuicio de ser denunciado ante las autoridades competentes cuando tengan naturaleza penal.

3. El fomento y mantenimiento de la armonía laboral es uno de los objetivos estratégicos de la IE y una seria responsabilidad de todos los trabajadores.

4. La Dirección de la IE y los trabajadores en general, impulsarán y fomentarán el mantenimiento óptimo de las relaciones interpersonales.

5. La Dirección y todos los trabajadores de la IE, contribuirán decididamente para que las actividades laborales se efectúen en un clima de paz y armonía, propiciando el bienestar y desarrollo personal e institucional.

6. Los trabajadores de la IE en el marco de sus funciones y responsabilidades coadyuvarán en el máximo de sus posibilidades a fomentar e incrementar el prestigio de la IE. como centro educativo.

CAPITULO XXXVI EVALUACIONES Y CAPACITACIONES DEL PERSONAL DE LA IE. ARTICULO 116 DE LA EVALUACIÓN

1. El trabajador de la IE será evaluado permanentemente en el desempeño de sus funciones por sus jefes inmediatos superiores, los resultados de la evaluación pedagógica serán consolidados por la Sub Direcciones, con conocimiento de la Dirección.

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2. El trabajador podrá ser informado de los resultados de su evaluación. Los reclamos sobre aspectos puntuales serán resueltos por el jefe inmediato superior y en última instancia por la Dirección.

3. Los resultados de la evaluación del comportamiento laboral serán considerados para las acciones de capacitación, promoción y otorgamiento de premios y estímulos a criterio de la Dirección de la IE.

4. Para la evaluación se tomarán en cuenta los siguientes criterios: a. Título pedagógico b. Actualización docente c. Calidad de la actividad pedagógica d. Calidad de las relaciones interpersonales con los docentes y los

estudiantes. e. Espíritu de colaboración e iniciativa f. Actividades extracurriculares g. Investigación educativa h. Asistencia a las reuniones programadas por la Dirección i. Identificación con la axiología de la Institución j. Atención y dedicación a los padres de familia.

ARTICULO 117 DE LA CAPACITACION

1. La capacitación del personal es de dos tipos; la primera, de responsabilidad de la Dirección de la IE y se realizará a través de exposiciones, talleres y otros mecanismos de capacitación de acuerdo con las necesidades del servicio educativo, la misma que se convocará en fecha determinada y el personal tendrá la obligación de asistir. La segunda, es responsabilidad de cada profesional.

2. La IE. estimulará el logro de especializaciones, diplomados, maestrías o doctorados de su personal

CAPITULO XXXVII GESTION LOGISTICA ARTICULO 118 BIENES PATRIMONIALES

1. Los bienes muebles adquiridos por la IE, son propiedad de la IE. 2. Control del inventario físico del activo físico y su depreciación de acuerdo a ley. 3. Los artículos comprados por los padres de familia que al finalizar el año escolar

no los han recogido, su empleo será administrado por la IE, es una condición puesto que, por la infraestructura irregular de la IE (diferentes instalaciones) y la migración de estudiantes a diferentes grados/aulas, ocasiona trastornos administrativos las solicitudes de cambios o desplazamiento de los citados artículos.

4. Los bienes adquiridos por los padres de familia serán incluidos en artículos fuera de cargos por dos años si no existiera ánimo de donación, vencido el plazo, la dirección podrá disponer su uso o destrucción previa acta de comisión.

5. Las altas y bajas procederán de acuerdo a normas establecidas, en caso exista artículos dados de baja se procederá a la destrucción previa acta de conformidad.

6. La IE está obligada a efectuar el registro de todo bien propio existente en las instalaciones, sea cual fuere su origen. El Director de la Institución Educativa debe supervisar, vigilar, controlar, cautelar y fiscalizar todos los bienes de la IE gestionando las altas y bajas.

7. A nivel (Ejército) el inventario de Bienes y Patrimonio comprende: a. Identificación y codificación.

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b. Elaboración de registro de muebles. c. Elaboración de Inventario Físico de patrimonio, mobiliario e inmobiliario de la

Institución Educativa. 6. Una copia del Estado de Relevo del inventario físico valorizado, deberá ser

remitido al DAE/COBIENE/EP, al respecto debe darse cumplimiento a las normas que rigen sobre el patrimonio y bienes del estado.

7. Altas de los artículos donados por los PPFF y otras entidades públicas o privadas.

a. Formular el acta de recepción acompañada de la factura y/o boleta de compra de dicho artículo.

b. Formular la Resolución Directoral. c. Esta documentación debe ser remitida al DAE; asimismo, debe ser

considerada en el estado de relevo, como artículo fuera de cargo.

ARTICULO 119 NORMAS PARA EL CUIDADO DEL PATRIMONIO DE LA IE.

1. La gestión para la conservación, mantenimiento y seguridad de la infraestructura, es responsabilidad de la Institución a través de Logística y Seguridad respectiva, con participación de la comunidad educativa.

2. El mobiliario, equipo y material educativo, es de uso exclusivo de la institución y para fines educativos, estando prohibido su préstamo, alquiler, etc.

3. La pérdida y/o deterioro del material educativo, mobiliario, equipo, instrumentos, enseres e insumos, es de responsabilidad del personal a quien se le entregó bajo su custodia y uso.

4. La sección Logística monitorea permanentemente la conservación y mantenimiento de la infraestructura educativa.

5. La IE, deberá incluir en el plan de gastos el presupuesto que asegure el mantenimiento y seguridad de toda la instalación.

ARTICULO 120 DE LAS RESPONSABILIDADES

1. De la Sección Logística S-4 a. Promover acciones de sensibilización y capacitación interna para los

docentes, estudiantes y padres de familia sobre el uso, conservación y mantenimiento de la infraestructura.

b. Adoptar acciones administrativas y determinar responsables en caso del deterioro del local escolar y/o de la pérdida de equipos, materiales y herramientas.

c. Conducir el proceso de conservación y mantenimiento de la infraestructura. d. Supervisar la operatividad, el uso y el estado de conservación, limpieza y

cuidado de los ambientes, equipos, mobiliario, libros y enseres, áreas libres, campos deportivos y áreas verdes, dando las pautas e indicaciones pertinentes al personal docente y administrativo.

e. Mantener actualizado el inventario de bienes muebles e inmuebles de la Institución Educativa.

f. Designar al responsable para la conservación y mantenimiento por ambientes.

2. Del Bibliotecario a. Clasificar y codificar el material bibliográfico y documental. b. Controlar y velar por la conservación y mantenimiento de los libros,

documentos, equipos y enseres de la biblioteca. 3. Del Auxiliar de educación

a. Orientar, sensibilizar y apoyar a los estudiantes y padres de familia para el cuidado y mantenimiento de las paredes, mobiliario escolar y materiales educativos.

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b. Verificar durante los recreos la conservación de los SSHH por el alumnado, según el nivel que le corresponda, dando cuenta bajo responsabilidad en cuanto registre inoperatividad del servicio o deterioros por el mal uso.

4. De la sala de cómputo e innovación a. Brindar el soporte técnico y mantenimiento a los equipos de cómputo. b. Verificar al término de las labores académicas que los equipos de cómputo

se encuentren apagados. c. Velar por la seguridad y buen empleo de los bienes muebles de la sala de

cómputo. d. Mantener actualizado su inventario tomando las medidas de seguridad en

forma permanentemente. e. Adoptar sus medidas de seguridad en el empleo de equipos eléctricos.

5. De la Banda de Música a. Velar por el material y la conservación de los instrumentos de la sala de

música, teniendo su plan de mantenimiento. b. Mantener actualizado su inventario tomando las medidas de seguridad en

forma permanentemente. 6. Del Laboratorio

a. Velar por el material y la conservación de los instrumentos del laboratorio, teniendo su plan de mantenimiento.

b. Dar cumplimiento los protocolos de las medidas de seguridad contra accidentes.

c. Mantener actualizado su inventario tomando las medidas de seguridad en forma permanentemente.

7. Del personal Administrativo a. Cautelar la conservación y mantenimiento de los bienes de la institución. b. Informar a la Sección Logística cualquier novedad en la situación de

existencia o mantenimiento de los artículos de la IE. 8. Del Profesor de Educación física

a. Conservación y mantenimiento de los bienes deportivos de la institución. b. Informar a la Sección Logística cualquier novedad en la situación de

existencia o mantenimiento de los artículos de la IE. 9. De los docentes y Tutores

a. Fomentar y realizar acciones para la conservación y mantenimiento de la infraestructura educativa y de los ambientes asignados.

b. Orientar a los estudiantes en la conservación y el uso adecuado de los ambientes, mobiliario, equipo y materiales educativos.

c. Informar a la Sección Logística cualquier novedad en la situación de existencia o mantenimiento de los artículos de la IE para deslindar responsabilidad y exigir al padre de familia la reposición del material deteriorado de manera inmediata a fin de no afectar las actividades educativas.

d. En caso de que el docente/tutor a cargo, no diera cuenta oportuna de la situación de existencia y mantenimiento del patrimonio de la IE y fuera detectado, será responsable si no se llegara a establecer responsabilidades por el tiempo transcurrido.

e. Los tutores docentes deberán tomar las medidas de seguridad de su aula asignada ya que existe material de valor como proyectores, audios parlantes, incidiendo en los aspectos siguientes: (1) Verificar que el candado esté en buenas condiciones. (2) Dejar cerrado las puertas y ventanas al término de jornada escolar. (3) En las horas de ausencia de los estudiantes y docentes (tales como

horas de educación física, danza, comisiones, etc.), dejar cerrado la puerta.

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(4) En caso de dejar algún material electrónico de valor, como laptops celulares, etc. tomar sus medidas de seguridad asegurando sus aulas.

(5) Dejar desconectado todos los artículos electrónicos si no van a hacer utilizados a fin de que no se recalienten o casos de baja de tención y descargas eléctricas.

(6) Normas para entregar el material de la IE. (a) Todo el personal docente (tutores y responsables de cada aula y

ambiente) de la IE deberán devolver a la Sección Logística el material asignado a su cargo tal y conforme se entregó con acta a inicio del año académico.

(b) El material y las aulas se entregarán saneados y limpios, completamente vacíos de letreros en las paredes, los armarios deben quedarse sin candado y completamente vacíos, la fecha de entrega de material de comunicaciones al responsable en almacén será hasta una semana antes del término de labores académicas y la fecha de entrega de mobiliario y aulas será hasta dos días después de haber culminado las labores académicas y ausencia de estudiantes.

10. Del trabajador de servicio a. Limpiar y desinfectar los ambientes, SSHH, mobiliarios y equipos. b. Atender la limpieza y cuidado de patios y áreas verdes. c. Inspeccionar los servicios higiénicos después de cada recreo para verificar

y adoptar las acciones pertinentes a su limpieza y conservación. d. Toda actividad de servicio de limpieza será efectuada utilizando el uniforme

correspondiente y sus implementos de seguridad bajo su propia responsabilidad.

11. Del estudiante a. Mantener limpio y en buen estado los ambientes, paredes, puertas y

ventanas, mobiliario escolar, equipos, instrumentos y demás bienes de la institución.

b. Responder por los daños causados en el local escolar, equipos, instrumentos, carpetas, sillas, estantes, mesas pizarras y otros materiales de la Institución educativa (bienes patrimoniales)

12. De los padres de Familia a. Apoyar la conservación y mantenimiento de la infraestructura educativa,

enseñando y orientando a sus hijos al cuidado de las mismas. b. Responder por los daños causados por sus hijos en el local escolar,

equipos, instrumentos, mobiliario, sillas, estantes, mesas, pizarras y otros materiales (bienes patrimoniales)

ARTICULO 121 MATERIAL ADQUIRIDO POR PADRES DE FAMILIA.

1. Considerar que la IE cuenta con instalaciones de formas irregulares, diferentes medidas de aulas, patios, etc., siendo imprescindible realizar reajustes en la ubicación de los muebles respecto a la cantidad de estudiantes, esta situación ocasiona problemas en nuestra administración puesto que los padres de familia compran artículos para las aulas de sus hijos y quieren que pasen con ellos de aula en aula todos los años, siendo un problema.

2. En caso de donación del material adquirido por los comités de aulas o COPAFA, deberá entregarlo a la Sección Logística de la IE con acta, indicando la modalidad (donación), presentando los documentos de adquisición para la gestión de alta.

3. En caso de artículo en uso, deberá señalar la fecha en que el artículo será retirado de la IE.

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4. En caso de artículo en uso, terminado el año escolar (clausura) y no existiera manifestación de voluntad sobre el retiro o la disposición del artículo, la IE dispondrá de dichos artículos y entrará en los inventarios de la IE, como articulo fuera de cargos.

CAPITULO XXXVIII GENERALIDADES, CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES. ARTICULO 122 GENERALIDADES

1. Para el personal que administrará el MINEDU, se tendrá como referencia las normas de dicho sector, debiendo la IE formular la directiva interna correspondiente de acuerdo a la naturaleza e interés del Ejercito en convenio a fin de realizar un concurso público interno la misma que se regirá por su propia directiva y remitir en calidad de propuesta a la UGEL la lista de los ganadores.

2. Para el personal docente contratado con los recursos de la IE deberá ser bajo el principio de meritocracia conducido por una comisión (tres integrantes) nombrada por la Dirección de la IE., mediante un proceso de admisión interno que debe contener según sea el caso las etapas siguientes; presentación de expediente, clase modelo o examen de conocimientos profesionales, calificación de expediente y entrevista personal.

3. Para el contrato del personal administrativo y de servicios con recursos de la IE está obedecerá a las necesidades de la IE y se realizará de manera directa.

4. Prohibición de contratos aislados. ARTICULO 123 ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES.

1. Por la naturaleza de la IE de ser una institución pública de gestión privada por convenio, las adquisiciones se realizarán en el marco del sector privado.

2. Se deberán tener en cuenta los detalles siguientes: a. Para las adquisiciones de bienes o servicios que supere las cuatro (04) UIT

se deberá contar por lo menos con tres (03) proformas y se elegirá la que mejor satisfaga las necesidades de la IE.

b. Máximo apoyo con la caja chica a la acción pedagógica y trabajo administrativo para darle fluidez y flexibilidad a las actividades de la IE.

c. La IE elaborara la directiva de caja chica correspondiente. 3. Administrar los fondos de caja chica mensual y/o ampliaciones si las hubiera. 4. La IE deberá realizar un plan de gastos e inversión proyectada donde

considere la satisfacción de sus necesidades particularmente las que inciden en la acción pedagógica.

CAPITULO XXXIX ARTICULO 124 GESTION DE LA SEGURIDAD Considerando la importancia de la seguridad en la IE, está debe ser planeada, organizada, coordinada y controlada adecuadamente por el jefe de seguridad, debiéndose tener en cuenta lo siguiente:

1. Realizar un estudio de seguridad determinando los riesgos y necesidades de seguridad para neutralizarlos o minimizar los riesgos existentes.

2. Aplicar la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, cubriendo y considerando los detalles propios de la IE, tarea de responsabilidad del oficial de personal en coordinación con oficial de seguridad.

3. Realizar la Directiva de seguridad de la IE. 4. Ejercer permanente control sobre el personal de seguridad.

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5. Implementación de cámaras de seguridad ubicadas en lugares estratégicos en el nivel cuna, inicial, primaria y secundaria trabajos que deberán realizarse hasta el mes de mayo de todos los años.

6. Coordinar con la comisión de riesgos y desastres la elaboración de la Directiva, así como los ensayos correspondientes.

7. Coordinar con el escalón superior las necesidades de apoyo de seguridad. 8. Los aspectos de seguridad comprenden; la seguridad de personas,

instalaciones, bienes muebles, seguridad de la información, debiendo considerar el antes, durante y después de la jornada escolar para efectos de planeamiento.

Durante las actividades en el exterior de la IE donde participen estudiantes, deberá coordinar la seguridad con la PNP, Bomberos, Serenazgo, DEINTG, PM, III DE.

CAPITULO XXXX REGIMEN ECONOMICO ARTICULO 125 GENERALIDADES

1. Son ingresos económicos de la IE; cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa, copias de certificados, constancias, exámenes de cargos, cuotas administrativas (matrículas), proceso de admisión, agendas, donaciones de instituciones públicas o privadas, para reponer muebles o inmuebles dañados y otros que por ley están permitidos.

2. Cuota de Bienestar Social para la Mejora de la Calidad Educativa. - La IE Pública de Gestión Privada por Convenio, no tiene fines de lucro, pero con la finalidad de cubrir las necesidades para el pago de personal, servicios públicos, funcionamiento, mantenimiento, seguridad, bienestar del alumnado y otros, el Director propone el monto dinerario el mismo que es visado por el promotor, el COBIENE/DAE y aprobado por el Comando del Ejército, la misma que deberá organizarse por categorías.

3. Categorías: a. Categoría “A”: Hijos consanguíneos de Oficiales, Supervisores, Técnicos,

Suboficiales y Personal Civil del Ejército, en actividad o en situación de retiro y que hayan generado derecho a pensión, todos debidamente acreditados.

b. Categoría “B”: Hijos directos consanguíneos del personal que labora en la IE y que no tiene vínculo con el Ejército y con más de tres años de servicios (Recursos propios o MINEDU) – Hijos directos y consanguíneos del personal de otras instituciones FFAA y PNP, todos debidamente acreditados.

c. Categoría “C”: Nietos de personal del Instituto y comunidad. d. Para los efectos de categoría, la tutela o patria potestad del menor será

declarada judicialmente. 4. Los montos de los ingresos de la IE, excepto las donaciones, deberán ser

propuestos por la IE, la aprobación de la cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa la realizara el Comando del Ejército y la aprobación de los otros ingresos la realizara el promotor de la IE.

5. La IE informa a los padres de familia, antes de la matrícula, el monto, número y oportunidad de pago de la matrícula y las cuotas de bienestar social para la mejora de la calidad educativa, así como los posibles aumentos. La cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa es por el periodo escolar y se divide en diez cuotas mensuales. La primera se cancelará con el acto de la matrícula y las siguientes el último día útil del mes con prorroga hasta el primer día útil del mes siguiente, luego habrá penalidad, debiendo consignarse en la DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DEL PADRE DE FAMILIA

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O APODERADO, que se suscribe cada año con motivo de la matricula o ratificación de la matrícula.

6. En el sentido que la IE es pública de gestión privada por convenio, no tiene fines de lucro, por consiguiente, no tiene capital como si lo tiene una institución privada de interés lucrativo que invierte en trabajos de mantenimiento de infraestructura/seguridad y después las recupera con sus pensiones, pues la IE requiere contar necesariamente con la primera cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa para los trabajos de mantenimiento de infraestructura/seguridad previos al inicio del año escolar.

7. Está prohibido captar ingresos económicos compulsivos fuera de lo establecido bajo responsabilidad.

8. La IE podrá retener los certificados de estudios correspondientes a periodos no pagados y/o a no ratificar la matricula del alumno para el año siguiente, en el caso que habiendo asumido el compromiso de pago al inicio de la matrícula y habiendo sido citado el padre o apoderado del estudiante para tratar la cancelación de su deuda, no cumpla.

9. Para la ratificación de la matrícula de estudiantes que arrastren deudas del año anterior y, a fin de asegurar los fondos para el funcionamiento y mantenimiento de la IE, deberán firmar un pagare mensual (abril – diciembre) como garantía de su cumplimiento, el mismo que será devuelto inmediatamente su cancelación.

10. No es procedente la devolución de pagos realizados por cualquier tipo de ingreso económico a la IE.

11. Los gastos de operación de la IE, se cubren principalmente con las cuotas de bienestar social para la mejora de la calidad educativa, de ahí la importancia de fomentar y exigir su cumplimiento oportuno.

12. Optimizar el buen funcionamiento de las instalaciones y los medios para mejorar la calidad educativa, evitando ocasionar gastos adicionales para estos fines llámese que la IE asumirá los gastos por útiles de aseo (escobas, tachos, recogedor, jabón), los padres de familia serán responsables de nombrar comités de aulas para asegurar el buen uso y cuidado del material existente por lo que asumirán el costo de los daños que ocasionen sus menores hijos después de la entrega de los respectivos ambientes.

CAPITULO XXXXI DEL INCENTIVO ECONOMICO ARTICULO 126 NATURALEZA

1. Los incentivos en dinero tienen como finalidad, generar mayor motivación y compromiso laboral, son una de las mejores herramientas para que los trabajadores se encuentren a gusto en su trabajo, promuevan el buen clima institucional, la autodisciplina y mejoran su productividad, contribuyendo a proporcionar un servicio educativo de calidad.

2. No constituye un derecho ni es pensionable. Es una concesión. 3. Está sujeto a penalidades cuando contraviene su finalidad. 4. Permiten mantener a los mejores trabajadores y atraer otros con talento. 5. Permite reducir el favoritismo real o percibido al recompensar por igual a los

trabajadores por sus acciones en provecho de la calidad educativa. 6. Está ligado a los objetivos de la IE o hacia el cumplimiento óptimo de

funciones, entre otros una hora pedagógica diaria adicional al horario regular. 7. Los montos serán aprobados por el Comando del Ejército y aplicados por el

Director de la IE en forma progresiva y racional conforme los resultados de la calidad educativa mediante informe justificado de las subdirecciones y secretario de la IE.

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ARTICULO 127 PERDIDA PARCIAL O TOTAL DEL INCENTIVO Por haberse desnaturalizado parcial o totalmente su naturaleza.

1. Por tardanza a su centro de labores en el monto acordado por más del siguiente tiempo (en reunión de consenso se fijara el monto): a. 11 minutos de tardanza. b. 21 minutos de tardanza. c. 31 minutos de tardanza. d. 41 minutos de tardanza. e. 51 minutos de tardanza.

2. Del total del incentivo como consecuencia del resultado de un proceso administrativo y disciplinario interno; firme de primera instancia o resuelto en segunda instancia, en los porcentajes siguientes: a. 25 % b. 50 % c. 75 % d. 100 %

3. Del total del incentivo como consecuencia de amonestaciones escritas que no sean por tardanzas. a. Primera amonestación (sin penalidad). b. Segunda amonestación por el mismo motivo. 10% c. Tercera amonestación por el mismo motivo. 20% d. Cuarta amonestación, causal de reiteración, sometido a proceso

administrativo disciplinario. CAPITULO XXXXII FACILIDADES DE PAGO DEL ALUMNADO; BECAS, CONDONACIONES Y EXONERACIONES. ARTICULO 128 BECAS

1. La beca es el estímulo al alumno por su destacada participación académica, deportiva y artística que prestigien a la IE.

2. Las becas serán otorgadas previo estudio y recomendación de la Comisión encargada para tal fin, perderá el derecho a la beca por bajo rendimiento académico y/o indisciplina. Asimismo, los acreedores a la beca deben demostrar fidelidad a su institución y al personal docente.

3. Las solicitudes a becas se tramitarán a partir del segundo mes del año escolar. 4. Son beneficiarios de las becas integrales de estudios los hijos directos

consanguíneos del personal militar que son considerados defensores de la patria de acuerdo a la ley N° 26511.

5. Las becas por orfandad e incidentes fortuitos, según Ley 23585, los estudiantes que pierdan a sus padres o tutores, tienen derecho a beca desde la fecha en que ocurre la pérdida del padre, tutor o persona encargada de solventar su educación hasta la aprobación del último año de educación secundaria siempre que acrediten carecer de recursos para sufragar dichos pagos

6. También serán otorgadas a estudiantes por; excelencia académica, destacada participación deportiva y artística, reconocidos oficialmente por la Dirección de la IE, por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) y por el Instituto Nacional de Cultura (INC).

7. El número de becas completas o sus equivalencias, por ningún motivo serán mayores al cinco por ciento (5%) del total de estudiantes matriculados previa evaluación y seguimiento de casos.

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8. Se tendrá en consideración que el termino de; destacada participación, es en relación a un concurso organizado por la autoridad educativa local, regional o nacional donde participen toda la comunidad escolar.

9. Para los efectos de becas, la tutela o patria potestad del menor será declarada judicialmente.

10. Las becas, condonaciones, exoneraciones y facilidades de pago se podrán suspender por falta de pago mensual de 5% de la totalidad de estudiantes matriculados.

11. Se pierde o suspende la beca: a. Bajo rendimiento académico del alumno/a. b. Mala conducta, en casos de falta grave prevista en el reglamento interno de

la IE. c. Haber mejorado situación económica familiar del beneficiario. d. Información falseada por parte del padre o apoderado

ARTICULO 129 BECAS ACADEMICAS

1. Por destacado rendimiento académico que prestigie a la IE (segundo bimestre) 2. Propuesto por las subdirecciones de cada nivel teniendo en cuenta el registro

académico. 3. Evaluada por la comisión correspondiente, estableciendo la temporalidad de la

misma. 4. Reconocida por la Dirección de la IE.

ARTICULO 130 BECAS DEPORTIVAS

1. Por ser deportista calificado que prestigie a la IE. acreditada por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) 50% descuento.

2. Por destacada participación deportiva que prestigie a la IE en el ámbito nacional acreditada por la autoridad educativa. 15% descuento.

3. Por destacada participación deportiva que prestigie a la IE en el ámbito regional acreditada por la autoridad educativa. 10% descuento.

4. Por destacada participación deportiva que prestigie a la IE en el ámbito local acreditada por la autoridad educativa. 5% descuento.

5. Propuesto por las subdirecciones de cada nivel, profesor del área o a solicitud de los padres de familia.

6. Evaluada por la comisión correspondiente, estableciendo la temporalidad de la misma.

7. Reconocida por la Dirección de la IE.

ARTICULO 131 BECAS ARTISTICAS

1. Por ser artista calificado que prestigie a la IE. acreditada por el Instituto Nacional de Cultura (INC) 50% descuento.

2. Por destacada participación artística que prestigie a la IE en el ámbito nacional acreditada por la autoridad educativa. 15% descuento.

3. Por destacada participación artística que prestigie a la IE en el ámbito regional acreditada por la autoridad educativa. 10% descuento.

4. Por destacada participación artística que prestigie a la IE en el ámbito local acreditada por la autoridad educativa. 5% descuento.

5. Propuesto por las subdirecciones de cada nivel, profesor del área o padres de familia.

6. Evaluada por la comisión correspondiente, estableciendo la temporalidad de la misma.

7. Reconocida por la Dirección de la IE.

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ARTICULO 132 CONDONACIONES

1. Los padres de familia a voluntad, podrán realizar trabajos comunitarios a favor de la calidad educativa en la IE por tiempo compensado con la deuda total contraída a razón de jornales de trabajo teniendo como base la remuneración mínima vital.

2. Otros de acuerdo a Ley. ARTICULO 133 EXONERACIONES (Se aplicará a partir de la segunda cuota mensual)

1. Hijos directos consanguíneos de trabajadores de la IE (01 hijo) 50% descuento. 2. Hijos de padres que conforman el COPAFA (01 hijo) 100% descuento. 3. Estudiantes (01 hijo) que integran permanentemente la banda de músicos (en

relación a la cantidad de los instrumentos y necesidad técnica) cuya responsabilidad la tendrá el profesor encargado 50% descuento.

4. El personal que aporte el concepto por COPAFA, se hará acreedor a un descuento del 10% en el pago de la cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa hasta el primer día útil de cada mes siguiente. Dicho descuento recaerá en el hijo mayor que estudie en la IE, pasado esa fecha, pagaran el íntegro de dicho concepto sin descuento.

5. Todos los descuentos tendrán efecto a partir de la segunda cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa.

6. El incremento del monto de la cuota de bienestar social para la mejora de la calidad educativa estará supeditado estrictamente a las necesidades de calidad educativa, socioeconómicas y de mercado dispuestas por el Comando del Ejército permaneciendo en lo posible por los cinco (05) años posteriores al 2020.

7. Compromisos de pago hasta por un mes. ARTICULO 134 COMISION DE FACILIDADES DE PAGO.

1. Corresponde la evaluación y calificación de los expedientes para otorgamiento de la facilidad de pago u otros beneficios, estableciendo la temporalidad de las mismas.

2. Tendrá en cuenta la situación económica de la IE, realizando coordinaciones. 3. Para las facilidades estipuladas por Ley (becas), cumplirá dicha disposición

normativa reservándose el derecho de hacer las averiguaciones de la información presentada por los solicitantes.

4. Para otorgar la facilidad de pago a la IE le asiste el derecho de efectuar los estudios necesarios respecto a la veracidad de la petición, recaudos y de requerir la información adicional necesaria.

5. Otorgada la facilidad de pago, a la IE le asiste el derecho de efectuar permanentemente las averiguaciones y cruce de información necesarias respecto a la veracidad de la información proporcionada, recaudos y de requerir la información adicional necesaria.

6. No es considerado insolvencia económica cuando de por medio se ha subordinado la educación de sus hijos a cosas materiales superfluas o cuando el padre de familia de manera voluntaria y sin razón justifique dicha subordinación, se ha empeñado en préstamos o créditos dinerarios con cargo a sus haberes, para ello deberá establecer requisitos como certificados negativos de propiedad de inmueble, copia de la declaración jurada del impuesto a la renta, del año inmediato anterior a la fecha de solicitud de la beca, constancia de trabajo con expresa indicación de sueldos y salarios al mes anterior al de la

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solicitud, certificado médico de incapacidad expedido por el Instituto Peruano de Seguridad Social, entre otros.

7. Aplicar sentido de legalidad, razonabilidad, racionalidad y justicia, preservando el interés de la institución.

8. El CONEI podrá realizar la impugnación correspondiente. CAPITULO XXXXIII PREVENCION DE LA SITUACION DE RIESGOS DE LOS ESTUDIANTES De conformidad al artículo 21°.f. de la Ley 28044, Ley General de Educación (LGE). - Rol del Estado. Señala entre otras disposiciones, “…la prevención de situaciones de riesgos de los estudiantes” y siendo la IE del Ejercito “Arequipa”, una Institución Pública de Gestión Privada por Convenio, le asiste responsabilidad en la gestión de la previsión respecto a sus estudiantes para ello se ha previsto que todos cuenten obligatoriamente con seguro, ya sea el que propone la IE o el de su libre elección, asimismo implementar el planeamiento, organización, conducción y control de la gestión de riesgos y desastres así como las de convivencia escolar. ARTICULO 135 SEGUROS

Las formas de adquirir los seguros pueden ser: 1. El Corporativo para todos los estudiantes de la IE. 2. El propuesto por la IE y el de libre elección de los padres de familia. 3. Cualquier forma señalada es aplicable siendo en ambos casos obligatorio para

todos los estudiantes. 4. Los tipos se seguros adecuados son los siguientes:

a. Educacional. b. De accidentes escolares.

5. El seguro educacional se aplica al fallecimiento de quien solventa económicamente la educación del alumno, asumiéndose que normalmente es el padre de familia o la madre viuda.

6. El seguro de accidentes se utiliza en los momentos de emergencia, que pueden comprometer la salud, o incluso la vida del alumno accidentado.

7. La experiencia ha demostrado la necesidad de contar con un seguro corporativo de accidentes contratado por la IE, que asuma la representatividad para exigir el cumplimiento de las pólizas.

ARTICULO 136 GESTION DE RIESGOS DE DESASTRES

1. Estará a cargo de una comisión nombrada por la IE y deberá realizar entre otras actividades lo siguiente:

2. Tener como guía el Plan Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres (PLANAGERD) 2014 – 2021.

3. Realizar un diagnóstico de los riesgos en la IE. 4. Articulación del plan de la IE con el PLANAGERD en el nivel que corresponde. 5. Contenido del plan propiamente dicho. 6. Lineamientos de estrategias para implementar el plan.

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TITULO IX. DE LOS ESTUDIANTES

CAPITULO XXXXIV DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y, MEDIDAS CORRECTIVAS, FORMATIVAS Y REPARADORAS.

1. La Ley 27337, Código de los Niños y Adolescentes, en el Libro Primero, señala los Derechos y Libertades que tienen los menores de edad tales como; derecho a su integridad, a gozar de un ambiente sano y saludable, a la educación, cultura y deporte, a la educación básica regular, a ser respetados por sus educadores, a su protección por los directores de los centros educativos, entre otros, parte de ellos también están consignados en nuestro reglamento interno. También en el artículo 24° señala sus deberes, y siendo que necesitan de una capacidad especial para la realización de ciertos actos civiles por su minoría de edad, el artículo 74°.f., señala los Deberes de los Padres, entre ellos, a su representación en los actos de la vida civil precisado en el artículo 198° Responsabilidad de los Padres, Tutores o Apoderados.- quienes serán responsables solidarios por los daños y perjuicios ocasionados por el comportamiento de sus menores.

2. Al respecto, la IE. N° 40159 Ejército “Arequipa”, Institución pública de gestión privada por convenio, requiere que estos mandatos se tengan en cuenta, tanto derechos como deberes, puesto que como Institución Educativa ofrecemos calidad de enseñanza, también es de tener en cuenta nuestro interés en aras de la mejor enseñanza de vuestros hijos, en ese sentido es necesario la asunción de responsabilidades de vuestra parte.

ARTICULO 137 DERECHOS El ejercicio de los Derechos reconocidos en el presente Reglamento también implica el cumplimiento de los Deberes que favorecen la convivencia y el desarrollo de la personalidad en base a valores, a la vez constituyen normas de comportamiento evaluables a través del proceso educativo y formación integral del educando de la Institución Educativa N° 40159 del Ejercito “Arequipa” siendo estos derechos, los siguientes:

1. Recibir formación integral dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar.

2. Ser tratado con dignidad y respeto sin prácticas discriminatorias; racistas y sexistas que generan barreras y violencia.

3. Recibir servicios educativos de calidad de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento.

4. Gozar de dos (02) recreos diarios según horario establecido. 5. Recibir reconocimientos, estímulos y recompensas en mérito al cumplimiento

de sus deberes y a su destacada participación en el ámbito académico, deportivo, artístico, cívico y de valores que prestigian a la IE.

6. Permanecer en un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado. 7. Expresar libremente sus ideas y opiniones de manera adecuada, dentro de las

normas establecidas por la IE. 8. Recibir del docente de aula o de área a parte del buen trato, los trabajos y

pruebas revisadas. 9. Solicitar certificados y constancias de estudios previa tasa cuando así lo

requiera. 10. Emplear adecuadamente los medios electrónicos/tecnológicos que cuenta la

IE. siendo responsable de su cuidado y seguridad, la IE. determinará responsabilidades en caso de pérdida o deterioro por mal uso de dichos artículos.

11. Dar cuenta a la auxiliar o subdirección ante la inasistencia del docente al aula a

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partir de la hora de inicio de clases con la finalidad de tomar previsiones de reemplazo.

12. Los estudiantes pueden salir de la IE. antes del horario establecido, por motivos de alteración de la salud sobrevenida durante su permanencia en la IE. siempre que este acompañado del padre, madre, apoderado o tutor quién se hará responsable del alumno a partir de ese momento previa evaluación y aprobación por la enfermera del tópico, siendo su responsabilidad ponerse al día en las áreas correspondientes.

13. Por motivo de reforzamiento de estudios en academias, los padres de los estudiantes de la promoción podrán solicitar por escrito a la dirección la salida previo análisis y estudio de la subdirección debiendo tener el estudiante un promedio de 16 en áreas curriculares, conducta A en el bimestre y no tener tardanzas acumuladas, contando con el control correspondiente de sus padres.

14. Los estudiantes que se retiran de la IE. dentro del horario escolar con autorización de sus padres mediante FUT sin explicar las razones o por razones que no sean de emergencia debidamente comprobadas o justificadas, asumirán su responsabilidad respecto a la calificación del docente.

15. Los estudiantes que por enfermedad debidamente acreditada no pueden asistir a la IE., lo comunicarán oportunamente mediante FUT y tendrán derecho a ser evaluados posteriormente. Estos casos serán evaluados en el periodo de rezagados y obligatoriamente deberán ser exámenes distintos a los suministrados en condiciones normales.

16. En forma extraordinaria los estudiantes que concurran a citas médicas, atención de tramites personales, debidamente acreditados, podrán ingresar al plantel hasta las 10.00 hrs. como hora límite y siempre acompañado de sus padres o apoderados.

17. Prohibido pretextar enfermedades y/o males supuestos para sustraerse de las evaluaciones (controles, exámenes, otros), siendo esta actitud deliberada, una falta grave.

18. Los estudiantes que se dirigen al tópico durante las horas de clases serán supervisados por la auxiliar.

19. Expresar sus ideas, fortalecer y mejorar su estado de ánimo, haciendo valer sus derechos ante cualquier instancia considerando el interés superior del niño, niña y adolescente, por lo que su opinión importa.

CAPITULO XXXXV DEBERES (OBLIGACIONES ACADEMICAS) ARTICULO 138 ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD:

1. Asistir con puntualidad a la IE. y regularmente a las horas de clase. La asistencia y puntualidad del estudiante forma parte de los criterios para la evaluación del comportamiento y permanencia en la IE, para tal fin se tendrá en cuenta lo siguiente: a. Las tardanzas en que podrán incurrir los estudiantes tienen dos

características: - Llegar tarde a la institución educativa - Llegar tarde al aula de clases

b. Las puertas de la IE. en cada nivel se abren a la hora dispuesta por Dirección y la hora del toque de timbre de fin de ingreso (hora por establecer) se cerrará la reja exterior y se considerará tardanza, la misma que se hará constar en la agenda a fin de que los padres tomen conocimiento.

c. Las tardanzas al aula de clases serán registradas por el docente en el libro correspondiente.

d. Los estudiantes que se encuentren en la IE, antes de las horas en que se

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abren las puertas, será de absoluta responsabilidad de los padres de familia.

e. Los estudiantes que llegan después de las horas señaladas ingresarán a clases después que se les haya registrado tardanza correspondiente.

f. Si las tardanzas y/o faltas son reiterativas, se le derivará a servicio social para las acciones correspondientes (compromiso de mejora de padre familia) y si persiste será un antecedente negativo para su permanencia en la IE, y/o la observación de su matrícula según corresponda.

g. Las tardanzas en el año son acumulativas con los efectos negativos correspondientes.

h. Los días lunes se iniciará con solemnidad la tarea educativa, rindiendo homenaje al Pabellón Nacional, para lo cual se deberá entonar con fervor patriótico el Himno Nacional, el Himno de la Institución Educativa; finalizando con el enunciado del valor de la semana en las aulas, faltar a esta importante actividad o llegar retrasado, la reincidencia de esta conducta se considerará como una falta grave.

i. Las inasistencias y tardanzas serán justificadas personalmente por el padre, madre, apoderado o tutor en un lapso de 24 horas con los documentos justificatorios; debiendo registrarlos en la agenda con firma correspondiente.

j. La inasistencia del alumno a cualquier evaluación solo se justifica por razones de enfermedad debidamente probada a través de la presentación del certificado médico correspondiente. Es responsabilidad del estudiante solicitar las evaluaciones pertinentes, presentación de trabajos, etc., que hubieran quedado pendientes, previo trámite de justificación.

ARTICULO 139 OBLIGACIONES DE ESTETICA (PRESENTACIÓN DEL ESTUDIANTE)

1. El uniforme normado por la Dirección del Plantel (primaria y secundaria), es de uso obligatorio y permanente, se llevará con pulcritud y con las piezas completas.

2. De manera general se prohíbe la estética que distorsione la sobriedad e imagen del alumno entre otros; unas largas, pintadas, tatuajes, piercing, aretes en varones, polos de color no autorizados, cabeza/rostro cubierto con capuchas, excepcionalmente la promoción 5° grado secundaria, estará autorizado a usar la casaca que los identifica.

3. Descripción del modo de llevar el uniforme: a. DAMAS: Falda verde olivo a cuadros a la altura de la rodilla, blusa blanca

con insignia, chompa verde con insignia, medias verdes hasta la rodilla, zapatos negros escolar, cabello recogido/sujetado con moño y moñera negra o con trenza sin tinte.

b. VARONES: Pantalón verde olivo con cinturón negro, camisa blanca con insignia, medias verdes (no medias tobilleras o de diferentes colores), chompa verde con insignia, zapatos negros escolar, cabello corte escolar sin diseño por razones de estética e higiene, sin barba ni bigotes.

c. EDUCACION FISICA: Uniforme reglamentado por la institución educativa para desarrollar con comodidad el área de educación física; buzo completo, polo blanco, zapatillas y pasador blancos, medias blancas, damas con pantaloneta y varones con short. Está prohibido el uso del uniforme de educación física para asistir a clases el día que no le corresponde esta área.

4. La contravención de esta disposición será observada por los docentes en general, el tutor y/o auxiliar quienes citaran a los padres de familia para su conocimiento y corrección.

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ARTICULO 140 OBLIGACIONES ETICOS Y MORALES

1. Considerar que el mejor indicativo de la disciplina, es el saludo. 2. Respetar los símbolos patrios particularmente el izamiento del pabellón nacional

e himno nacional cantando con fervor y evitando desplazamientos aislados. 3. Participar con identificación institucional en las diferentes actividades de la IE

particularmente los desfiles cívicos, la contravención de esta disposición será considerada como una falta grave puesto que el deficiente compromiso adquirido perjudica a toda la IE.

4. Respetar a los trabajadores de la IE dentro y fuera del plantel. 5. Aceptar y respetar las indicaciones de los compañeros que tengan

representatividad en el plantel, brigadieres, alcaldes, etc. 6. Permanecer en el aula durante las horas de clase. 7. El alumno deberá ocupar en todo momento la carpeta asignada por el docente

de área o tutor, no pudiendo cambiarse sin autorización. 8. Ponerse de pie al ingreso de alguna autoridad o visita, respondiendo el saludo. 9. Mantener el orden y disciplina en las formaciones y durante los

desplazamientos. 10. Obligación de entregar diariamente la agenda escolar a sus padres a fin de que

se enteren de las anotaciones y disposiciones de la IE. 11. Hacer firmar los exámenes que serán devueltos la próxima clase para el archivo

del tutor. 12. Cuidar las áreas verdes y patios de la IE. 13. Cuidar y mantener los servicios higiénicos de la IE. 14. Considerando el aula de clase un lugar de trabajo y estudio, se requiere la

colaboración de todos los estudiantes con su adecuado comportamiento para asegurar el cuidado, limpieza del material educativo y mobiliario bajo acción administrativa de reposición, subsanación y/o mantenimiento sin perjuicio de acciones disciplinarias.

15. Para la reposición, subsanación y/o mantenimiento, se le notificará al padre de familia la responsabilidad acompañado de la proforma de referencia a fin de que en el plazo de 15 días de notificado cumpla en reparar los daños ocasionados, en su defecto el costo de dicha reparación será asumido por la IE y cargado en la cuota de bienestar del mes siguiente.

16. Mantener los ambientes (salón de clases) limpios y ordenados. 17. Actuar con decencia y compostura dentro y fuera de la Institución Educativa. 18. Utilizar las áreas deportivas con los implementos y ropa de deporte adecuados. 19. Asistir a sus labores educativas con el material escolar requerido por los

profesores. 20. Mantener con sus compañeros vínculos de camaradería, solidaridad y

cooperación; respetar las ideas y derechos de los demás. 21. Respetar los derechos y dignidad de la mujer.

ARTICULO 141 OBLIGACIONES CON SUS CASILLEROS

1. Disposiciones a tener en cuenta para el uso de casilleros a. Solo para guardar material escolar. b. Prohibido su uso para guardar comestibles. c. Prohibido su uso para guardar productos inflamables d. El uso será solo en el periodo escolar. e. Al término del periodo escolar deberán quedar desocupados sin candado,

caso contrario la IE procederá a la apertura. f. El usuario colocara su nombre de acuerdo al modelo. g. El usuario pondrá su propio candado dejando copia de la llave (con su

nombre) al tutor o auxiliar.

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h. El daño al casillero ocasionado por violentar candados, será asumido por el padre de familia con las acciones administrativas correspondientes.

i. La IE no se hace responsable por hurtos de objetos de valor que se encuentren en los casilleros, en principio la tenencia de estos artículos en la IE, se encuentran prohibidos.

2. Modelo e letrero de casillero:

CAPITULO XXXXVI ARTICULO 142 PROHIBICIONES

1. Ingresar a la IE., portando armas de fuego o réplicas de ello, así como objetos contundentes (cúter, cuchillos, navajas, otros objetos punzo cortantes, etc.)

2. Valerse de recomendaciones para alcanzar ventajas y privilegios de cualquier orden que contravengan las normas de la IE.

3. Dedicarse dentro de la IE. a actividades distintas a las dispuestas por el marco normativo de educación.

4. Emitir juicios injuriosos contra las autoridades de la IE., director, docentes, auxiliares, profesionales de apoyo a la labor del educando, trabajadores de la administración, la familia de los educandos y de sus propios compañeros.

5. Realizar actividades comerciales y/o lucrativas no autorizadas por la Dirección. 6. Dedicarse a actividades políticas o de carácter partidario. 7. Fumar y/o ingerir bebidas alcohólicas en el plantel (considerado una falta muy

grave). 8. Participar en juegos lucrativos y de azar ya sean físicos o electrónicos (cartas,

dados, “pirámide” entre otros). 9. Evadirse de cualquier actividad propia del plantel, considerado como una falta

muy grave. 10. Cometer o intentar fraude en las pruebas, tareas o documentos escolares,

considerado como una falta muy grave. 11. Maltratar de obra y/o palabra a sus compañeros y personal de la IE. en forma

directa (escrita/oral) y/o a través del ciberbullying o mal uso de las redes sociales (ejemplo; memes, videos, etc.) o cualquier acto acosador que constituya bullying.

12. Emplear lenguaje obsceno y/o realizar actos reñidos contra la moral, buenas costumbres y el orden en la IE.

13. Traer a la IE. objetos de valor no requeridos en la formación académica que puedan perderse (celular, MP3, cadenas, anillos, sortijas, tobilleras, shakiras, pukas, aretes y otros). Los cuáles serán requisados por personal competente y devueltos a los padres para las acciones correctivas. La Institución educativa, no se hace responsable por las pérdidas de estos.

14. El motivo de necesidad familiar para el uso del celular será bajo responsabilidad de los padres de familia, la IE no se hace responsable por pérdidas, hurtos o deterioro.

15. Consumir cualquier tipo de droga dentro y fuera del plantel, por sus efectos nocivos que afectan el proceso educativo (considerado una falta muy grave).

16. Realizar cualquier tipo de inscripción no autorizada en los bienes patrimoniales de la IE. (en; paredes, muros, carpetas, etc.) ya sea en el interior y/o exterior de la instalación (perímetro externo).

17. Realizar modificaciones o adulteraciones, en los exámenes, pruebas escritas, libreta de notas, agenda diaria o cualquier otro documento dirigido a los padres de familia.

18. Emplear la violencia contra algún compañero, solo o en compañía de otros estudiantes, así como generar grescas.

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19. Hacer demostraciones de vínculo de pareja entre los estudiantes ya sea dentro de la IE. (en aulas y recreos) y/o fuera de la misma estando uniformados (muestras de amor impropio, tomarse de la mano, caricias, abrazos, besos, tocamientos, etc.)

20. El uso del celular (fotografía, video, redes sociales) qué estando prohibido en la IE, cause daño en el honor y la reputación de otro alumno, será de entera responsabilidad del padre de familia sin perjuicio de dar cuenta a la autoridad competente, considerando esta actitud como una falta muy grave.

21. Ante la flagrancia de un hecho que pudiera constituir infracción penal y con la finalidad de salvaguardar la integridad de los demás estudiantes, el alumno involucrado será objeto de requisa privada en presencia de su tutor.

CAPITULO XXXXVII ARTICULO 143 ROTACION DE LOS ESTUDIANTES

1. Los estudiantes que tengan matricula amonestada o condicional por razones de conducta y los repitentes, rotaran en las diversas secciones según el criterio que establezca el Consejo de Disciplina.

2. Los estudiantes que tuvieran problemas disciplinarios y de estudio en el año en curso, pueden ser rotados en las diversas secciones según el criterio que establezca el Consejo Disciplinario.

3. No procede por solicitud de los padres, salvo como consecuencia del proceso administrativo que define el Consejo de Disciplina luego de haber analizado la petición y por la autoridad competente.

CAPITULO XXXXVIII ARTICULO 144 DE LA PROBIDAD ACADEMICA

1. Debe entenderse como un conjunto de valores y habilidades que promueven la integridad personal y las buenas prácticas en la enseñanza, el aprendizaje y la evaluación. La probidad académica se ve afectada y modelada por una serie de factores como la presión del grupo, la cultura, las expectativas de los padres, la imitación de conductas y las habilidades enseñadas.

2. El respeto a los derechos de propiedad se entiende como los conocimientos y habilidades prácticas que permiten a los estudiantes aplicar estos conceptos a todo trabajo realizado.

3. Un trabajo original contiene ideas propias y menciona debidamente las ideas y autoría de otras personas. Por lo tanto, en todo trabajo elaborado deben presentarse únicamente expresiones, tanto orales como escritas, propia; cuando se utilicen ideas o trabajos de otras personas ya sea directa o paráfrasis, estas se deberán citar correctamente.

4. El reconocimiento al trabajo de otros autores es de vital importancia por lo tanto en nuestra IE se deberá utilizar un sistema de referencia basado en las normas APA y debe aparecer en todo trabajo solicitado presumiéndose que dicho trabajo es original del alumno.

5. Es tarea de los docentes capacitar a los estudiantes enseñando técnicas de estudio e investigación brindando asesoramiento permanente.

6. Es responsabilidad del estudiante presentar trabajos originales, la IE no convalida plagios.

CAPITULO XXXXIX ARTICULO 145 RECONOCIMIENTOS, ESTIMULOS Y RECOMPENSAS

1. Se otorgarán premios, estímulos y recompensas por destacada participación y rendimiento académico, deportivo, cultural, cívico, de valores y por la

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participación en los grupos de colaboración especial como; Escolta de la IE, Banda músicos, etc.

2. Los premios y estímulos podrán consistir en: c. Felicitaciones verbales y escritas d. Izamiento del pabellón nacional los días lunes e. Diplomas de mérito o medallas de honor f. Premios y distinciones especiales g. Notas de estímulo en las áreas curriculares afines. h. Becas económicas.

3. Los premios y estímulos de rendimiento académico podrán ser: a. De excelencia, al alumno que haya alcanzado el primer puesto en el cuadro

de mérito de promoción (secundaria). b. Al mérito, otorgado a los mejores estudiantes de cada grado (secundaria).

4. Se hacen acreedores a los estímulos y premios, los educandos que realicen las otras destacadas participaciones y acciones extraordinarias de valores que prestigien a la IE. dentro y fuera del Plantel. a. Felicitación escrita y/o verbal. b. Diplomas de honor. c. Felicitación de la UGEL SUR, Dirección Regional y Ministerial que se

entregarán al final del trimestre o en forma inmediata según el caso. d. Medallas y trofeos por destacada participación en campeonatos deportivos. e. Resolución Directoral de la IE.

5. El Comité encargado, determinará los premios y estímulos que deban otorgarse, así como su temporalidad.

CAPITULO XXXXX FALTAS, MEDIDAS CORRECTIVAS/FORMATIVAS/REPARADORAS, JUSTIFICACIONES Y RESPONSABILIDAD EN SU APLICACIÓN. ARTICULO 146 FALTAS Las faltas, son toda acción u omisión, que cometen los estudiantes de la IE, que afecte los valores guía, la línea axiológica, el reglamento de Interno, así como las reglas de trato social que se practica en la IE y son resueltos de acuerdo a la gravedad teniendo en consideración las normas nacionales de protección al menor.

1. Clasificación de faltas: a. Faltas leves. b. Faltas graves. c. Faltas muy graves.

2. Son faltas leves. Todo acto natural o espontaneo no deliberado para causar daño, qué por la edad y condición de joven, se puede interpretar como un error no siendo trascendente en relación con los valores guía, línea axiológica y el RI pero que si no se corrigen a tiempo pueden derivar en faltas graves o muy graves. a. Falta de disciplina y orden en las formaciones o fomentar el desorden dentro

o fuera de la IE. b. Llevar el uniforme desaseado e incompleto y/o con accesorios ajenos al

uniforme, uso de cosméticos, cabellos tinturados y desordenados con faltas de higiene que no guarde relación con la buena presentación del alumno.

c. Cometer desordenes en cualquier parte de la IE. d. Nombrar por apodos u ofender la dignidad del compañero. e. No traer sus útiles escolares. f. Ingresar a la sala de profesores. g. Conociendo de una falta grave o muy grave de un compañero no dar aviso. h. Sentarse o apoyar los pies sobre las carpetas o adoptar posturas similares. i. No contestar a la lista.

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j. Dedicarse a otras actividades u otras áreas distintas a las horas del área programada.

k. No traer el citatorio y agenda de control firmada o no presentarla. l. Escupir en las paredes del aula, carpetas o pisos; así como no observar las

normas relacionadas al comportamiento y convivencia. m. Descortesía y falta de modales. n. Faltar a los ensayos de formación. o. Salir del aula sin permiso del profesor. p. Incumplimiento de órdenes o tareas impartidas. q. Descuido en el aseo personal, cabello crecido, etc. r. La reincidencia de alguna de estas faltas constituye falta grave.

3. Son faltas graves Por lo general son actos deliberados y deben ser atendidos por el Consejo Disciplinario de la IE de acuerdo a su nivel, lesiona los valores guía, línea axiológica y el RI.

a. Malos tratos de obra y palabra con el personal de la comunidad educativa. b. Fraude (adulteración de documentos administrativos de la IE.) c. Falsificar justificaciones. d. Hurto o robo. e. Bajar la autoestima de su compañero agrediéndolo aprovechándose de su

contextura o condición física. f. Dar mal uso a los bienes patrimoniales de la IE, ocasionando su deterioro. g. La reiterada tardanza a la IE y al salón de clases. h. Promover grescas, desordenes y/o escándalos en vía pública ya sea dentro

o fuera de la IE, además cuando estos afecten la imagen de la IE a través de los medios de comunicación.

i. Faltarse el respeto entre compañeros o a la familia. j. Obscenidad e inmoralidad. k. Introducir y practicar en la IE., juegos por dinero, juegos de azar, juegos de

casino, prácticas esotéricas, entre otros. l. Evadirse de las clases y de la IE. m. Ingresar o salir de la IE burlando la vigilancia. n. Faltar o llegar tarde a la IE sin motivo justificado. o. Hacer inscripciones injuriosas o inmorales en volantes, útiles escolares,

pizarra, paredes, muebles, puertas y los SSHH de la IE. p. Traer a la IE información pornográfica y difundirla por cualquier medio. q. Dañar deliberadamente los bienes patrimoniales de la IE. r. Realizar actividades económicas y lucrativas sin autorización. s. Mal comportamiento en el exterior ante visitas de estudio. t. Realizar juegos peligrosos y golpearse maliciosa e intencionalmente. u. Contradecir airadamente, con tendencia a afrenta y con ademanes

tendientes a la agresión y violencia ante una disposición educativa. v. La reincidencia de faltas graves o que teniendo matricula amonestada o

condicional por conducta no cumplan su compromiso de mejora. Constituye faltas muy graves.

4. Son faltas muy graves. Por lo general son actos deliberados, realizados y que tienen una mayor afectación que las faltas graves, deben ser atendidos por el Consejo Disciplinario de la IE de acuerdo a su nivel, lesiona gravemente los valores guía, línea axiológica y el RI. a. Hacer uso premeditado de instrumentos punzo – cortantes o contundentes

en perjuicio de la comunidad educativa. b. Los que porten armas de fuego. c. Calumnias e injurias en contra del personal de la IE. (personales, medios

físicos o a través de las redes sociales).

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d. Coaccionar o chantajear a los profesores con fines deshonestos o corrupción.

e. Comercializar estupefacientes al margen de dar cuenta a la autoridad competente.

f. Agredir físicamente al personal de la IE ocasionándole lesiones de consideración.

g. Fumar cigarrillos de tabaco o vaporizadores, ingerir bebidas alcohólicas y consumir drogas/estupefacientes dentro y fuera de la IE.

h. Falsificar documentos académicos. i. Redactar documentos, imágenes y otros, que mellen el honor y dignidad de

los estudiantes, personal docente, auxiliares de educación y demás trabajadores de la IE. (manuscritos, dibujos, cartas, notas, publicaciones en redes sociales, “memes”, etc.)

j. Hurto o robo en grupo, mediante el empleo de materiales, procedimientos o cualquier agente de apoyo en su ilícito proceder.

k. Cualquier acto doloso que ocasione perjuicio irreparable a la comunidad educativa y los bienes patrimoniales de la IE, perjudicando seriamente a los educandos o que a consideración del Consejo de Disciplina constituya una falta grave.

l. Muchos de estos actos serán puestos en conocimiento de la autoridad competente.

ARTICULO 147 MEDIDAS CORRECTIVAS, FORMATIVAS Y REPARADORAS.

1. Son de carácter formativos, impersonales, respetuosos, reservados, impuestos cuando se comprueba las conductas inadecuadas las mismas que buscan la recuperación de los valores del menor, salvaguardar el derecho y la tranquilidad de los demás estudiantes, siendo: a. Amonestación Verbal. b. Amonestación Escrita. c. Retención Temporal de la Institución Educativa. d. Separación Definitiva de la Institución Educativa.

2. La Amonestación Verbal, Debe ser individual por el docente de área, tutor, auxiliar de educación, por el personal que labora en la IE o personal directivo cuando se detecta alguna conducta inadecuada discordante con el Reglamento Interno y que no esté considerado como falta grave.

3. Amonestación Escrita. Es una comunicación por escrito a los padres o apoderados de los estudiantes que cometieron las faltas a fin de que llamen a la corrección del menor, será realizada por la Dirección o Su Dirección.

4. Otras, determinadas por el Consejo de Disciplina con Resolución de la

Dirección comunicada al padre de familia o como consecuencia de una

disposición judicial teniendo en consideración que, con estas medidas el alumno reflexione en valores, con el apoyo y la orientación de profesionales para mejorar su conducta complementariamente se proteja la integridad del conjunto de estudiantes. Se establece frente a reiteración y acumulación de llamadas de atención escritas o frente a una falta grave. Si pese a ello el alumno reitera en faltas o incumpliera el compromiso firmado por el padre de familia, se procederá con otra superior medida.

5. La separación definitiva, en caso de faltas muy graves y que pongan en permanente riesgo la integridad física, moral o psicológica de los estudiantes. Se determinará previa evaluación del Consejo Disciplinario con resolución de la Dirección o como consecuencia de una disposición judicial y en cuyos casos no se observe propósitos de enmienda por parte del estudiante, padres de familia o apoderado.

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6. Son motivos para observar la matrícula en la IE. las acciones siguientes: a. Los frecuentes actos de indisciplina, actitudes habituales de indiferencia y

desprecio al estudio, e incumplimiento deliberado de las normas de convivencia, así como del reglamento de la IE.

b. Faltas notorias contra la moral, buenas costumbres y el orden de la IE. (La IE. no se responsabiliza de los actos realizados fuera del plantel, sin embargo, la Dirección reserva el derecho de juzgarlos por los efectos contrarios a los intereses y valores que se pregonan).

c. La frecuente y reiterada impuntualidad o inasistencia a la IE. sin motivo justificado.

d. Los estudiantes (padres de familia, apoderado o tutor) que estén con matricula observada por conducta, deberán firmar una declaración jurada de compromiso refrendado notarialmente, comprometiéndose acatar fielmente las disposiciones de la IE, con fines de mejora.

7. Son motivos para cancelar la matrícula en la IE. los hechos comprobados de reiteradas faltas muy graves y por disposición de la autoridad.

ARTICULO 148 JUSTIFICACIONES

1. El padre, madre, apoderado o tutor, que sea citado a la IE traerá consigo la citación que se le hizo llegar.

2. El alumno que alcance más de tres (03) tardanzas injustificadas en el bimestre tendrá que presentarse a la IE con su padre, madre, apoderado o tutor.

3. Los estudiantes que comentan faltas graves tendrán que presentarse a la IE con su padre, madre, apoderado o tutor quienes asumieron tales responsabilidades en la matricula.

4. Los estudiantes que falten a la IE. por motivos de fuerza mayor, deberán justificar por escrito dentro del plazo establecido la razón de la falta.

5. Los estudiantes que cometan otras faltas y que la Dirección vea por conveniente la presencia del padre, madre, apoderado o tutor, se les citará para la justificación.

6. El 30% de inasistencias injustificadas de un alumno a las clases programadas y desarrolladas, dará lugar a su retiro.

7. En caso de enfermedad y otros de urgencia, los padres, apoderados, o tutor comunicarán de inmediato a la IE (tutor del alumno), para la reincorporación del mismo a clases y se le extienda la correspondiente justificación para la regularización de las evaluaciones que adeuda.

8. Si las tardanzas son frecuentes (continuas o discontinuas) sean estas justificadas o injustificadas se condicionará la matrícula.

ARTICULO 149 RESPONSABILIDAD EN LA APLICACIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS, FORMATIVAS Y REPARADORAS

1. Se debe considerar que las medidas reparadoras son impersonales, formativas y reservadas aplicándose con justicia y equidad siendo responsabilidad del Director, Subdirecciones, Tutoría y Orientación del Educando, coordinación de convivencia y Disciplina Escolar, Docentes, Auxiliares de Educación velar por su correcta aplicación de conformidad al presente reglamento.

2. Cualquier circunstancia no prevista en el RI, será analizado por el Consejo de Disciplina o personal Directivo, quien luego de evaluar la situación presentada establecerá la clasificación de la falta y determinará la medida reparadora correspondiente, debiéndose considerar las circunstancias atenuantes y agravantes.

3. Las medidas reparadoras deberán aplicarse en orden progresivo de la

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siguiente forma: a. Comunicación escrita de advertencia emitida por el Tutor. b. Comunicación escrita de amonestación emitida por el Director o

Subdirección. c. Separación Definitiva de la Institución Educativa.

5. la IE 40159 es una IE que realiza acciones de orientación y apoyo pedagógico a los estudiantes que presenten dificultades en su comportamiento. Agotados los recursos y estrategias se informará a los padres de familia el real estado de aprendizaje de su menor y su adaptación social, recomendándoles si fuera necesario el traslado del educando a otra institución con programas académicos personalizados o de acuerdo con sus características personales propias del educando.

CAPITULO XXXXXI ORGANOS DISCIPLINARIOS ARTICULO 150 CONSEJO DE DISCIPLINA

1. El Consejo de Disciplina es el órgano que analiza, evalúa y determina la naturaleza de la falta cometida por un determinado estudiante.

2. Está conformado por el siguiente personal: a. Director de la IE quien lo preside. b. Sub director del nivel correspondiente. c. Coordinador General de Tutoría y Orientación del Educando (TOE). d. Psicólogo pedagógico. e. Asistenta Social. f. Coordinador de convivencia y Disciplina Escolar. g. Profesor tutor del estudiante de la respectiva sección. h. Auxiliar de educación del nivel correspondiente. i. Asesor o Asistente Jurídico.

3. Sus funciones son: a. Deberá tenerse en cuenta el Capítulo XIX, DE LOS PROCEDIMIENTOS Y

LAS MEDIDAS CORRECTIVAS EN EL MARCO DE LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS que señala el artículo 92, 93 y 94 del presente reglamento interno.

b. Analizar y seleccionar alternativas que contribuyan al mejor desarrollo de las acciones disciplinarias en la IE.

c. Aplicar el reglamento interno con justicia y equidad. d. Tomar acciones concretas y efectivas para mejorar la disciplina de la IE. e. Analiza con esmero y justicia los expedientes remitidos al Consejo de

Disciplina. f. Levantar el acta de los casos tratados con las decisiones corporativas

adoptadas. g. Solicitar la información correspondiente para mejor resolver. h. En base a los casos presentados, hacer sugerencias de mejora a la

Dirección de la IE. i. Convocar, actuar pruebas y escuchar a todas las partes involucradas en el

problema antes de tomar decisiones. j. Comunicar la medida disciplinaria impuesta a los padres de familia o

apoderados y archivar la constancia de notificación. k. Estudiar los casos presentados e imponer la matricula observada o negar

la matricula a los estudiantes que han observado problemas de conducta y comportamiento deficiente durante el año.

l. Recomendar acciones de seguimiento y asesoramiento tutorial a los estudiantes que se les haya impuesto una medida disciplinaria.

4. El presidente del Consejo de Disciplina es el Director de la IE, quien preside

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todas las reuniones, dirige el proceso y determina finalmente la sanción. Tiene voto dirimente.

5. El coordinador General de Tutoría y Orientación del Estudiante, es el Secretario del Consejo de Disciplina y se encarga del libro de actas y del archivo de la documentación respectiva, tiene voz y voto.

6. Las Sub Direcciones correspondientes reemplazan al Director en caso de ausencia, informa sobre la actuación o participación de los docentes si estuvieran involucrados en el hecho disciplinario, tiene voz y voto.

7. El Coordinador de Disciplina y Convivencia Escolar, expone los grados de participación de los estudiantes y la situación particular de los casos a tratar, tiene voz y voto.

8. Sub Dirección del nivel correspondiente al caso, informa sobre los antecedentes de los docentes y estudiantes si estuvieran involucrados en el hecho disciplinario, tiene voz y voto.

9. El psicólogo encargado del grado expone técnicamente sobre el carácter y la personalidad de los estudiantes, docentes y auxiliares según los datos que obran en el servicio de psicología, tiene voz y no voto.

10. El profesor tutor informa sobre las fortalezas y debilidades del estudiante, tiene voz, tiene voz y voto.

11. El auxiliar de educación respectivo informa sobre el perfil de desempeño en el comportamiento del estudiante según su hoja de vida, tiene voz y no voto.

12. El procedimiento preliminar a seguir en casos de faltas de los estudiantes será: a. La falta disciplinaria pudo haberse producido dentro o fuera de la IE. b. El profesor, auxiliar de educación, tutor u otro personal de la IE que detecta

la falta, deberá procesar el parte de conducta o el informe respectivo. c. El profesor, tutor u otro personal de la IE, entrega el parte a la auxiliar de

aula, este lo evalúa y adopta formas de acción de acuerdo a la gravedad para las acciones correspondientes; llama la atención al alumno, da cuenta a la Coordinación de Convivencia y Disciplina Escolar, da parte informativo a la Sub Dirección del nivel.

d. Cuando la falta reviste gravedad y está en el nivel de Coordinación de Convivencia y Disciplina Escolar, este evalúa el caso con mayor diligencia, indaga y reúne la información necesaria, asimismo solicita un testimonio escrito al estudiante involucrado en el problema de indisciplina, dicho acto debe ser presenciado por el tutor del alumno.

e. Analizados los informes por el Coordinador de Convivencia y Disciplina Escolar y visto el reglamento interno, se puede concluir citando a los padres de familia para hacer un compromiso de mejora con la llamada de atención correspondiente.

f. Al no considerar lo anteriormente expuesto por la gravedad de la falta, podrá pasar a la instancia superior; Coordinador General de Tutoría y Orientación del Educando (TOE) debidamente fundamentado y documentado. Si el caso reviste motivos justificados y claros de una falta grave o muy grave al reglamento interno, elevará el caso con el informe respectivo al Consejo de Disciplina, quien se reunirá para resolver.

g. El Coordinador General de Tutoría y Orientación del Educando (TOE), recibe la documentación y revisa el caso, lo estudia y finalmente llegara a dos alternativas; El caso por sus antecedentes con la debida autorización de los padres de familia, pasara a ser tratado por los organismos especializados; psicología, servicio social, servicio médico, área pastoral u otros. Luego de ser tratado el caso, el jefe de las áreas o servicios al cual fue derivado el estudiante emitirá un informe al TOE. Cuando el caso de indisciplina tiene las características de suma gravedad (consumo y/o uso de estupefacientes, agresión física, consumo de licor, hurto, robo,

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desacato o injuria a las autoridades, etc.), el caso será remitido con los informes documentados al Consejo de Disciplina directamente y en el más breve plazo.

13. El procedimiento para los casos que conoce el Consejo de Disciplina son: a. Una vez presentada la documentación a la dirección, éste cita al Consejo

de Disciplina para tratar el caso específico. b. El Consejo de disciplina analiza los informes presentados, el descargo del

alumno validado por su tutor u otros documentos e indagaciones objetivas. c. Cuando los informes presentados no son suficientemente objetivos y

claros, se pedirá una ampliación y esclarecimiento del caso. d. Se revisan los antecedentes del alumno; disciplinario, académico, psico-

emocional y se le pide al profesor tutor que haga un informe verbal de alumno a su cargo.

e. Se revisa y contrasta el reglamento interno con los hechos. f. Se delibera sobre el caso y después de haber agotado la discusión, el

Director como presidente del Consejo de Disciplina invita a votación individual en base a las alternativas propuestas.

g. La sanción a imponer será por los miembros con capacidad de voz y voto, por mayoría o por unanimidad, el voto dirimente lo tendrá el Director.

h. En caso que se acuerde una sanción esta será de acuerdo a ley y se levantara el acta respectiva.

i. Es atribución exclusiva del Consejo de Disciplina la retención o separación definitiva del estudiante por problemas graves de comportamiento.

j. El Consejo de Disciplina encarga a uno de sus miembros notificar al padre de familia para que se apersone a la IE donde se le comunica la decisión adoptada.

k. De presentarse alguna impugnación con motivos justificados no ponderados durante las sesiones del Consejo de Disciplina, la decisión adoptada será analizada y resuelta por el CONEI finalizando el proceso.

l. El Consejo de Disciplina considerando la finalidad formativa de las sanciones, encarga para el seguimiento de mejora a la Coordinación de Convivencia y Disciplina Escolar, Sub Direcciones y al Coordinador de TOE.

14. Se requiere objetividad en la documentación para todas las actuaciones del personal responsable, no admitiéndose subjetividades.

15. Los casos no contemplados en el presente reglamento interno, serán resueltos por el Consejo Directivo de la IE.

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TITULO X: CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA Y ERRADICACIÓN DEL BULLYING EN LA INSTITUCION EDUCATIVAS DEL EJÉRCITO.

CAPITULO XXXXXII ARTICULO 151 OBJETIVO GENERAL Dictar disposiciones para orientar la organización, planeamiento y promover en la IE, la convivencia sin violencia para garantizar condiciones adecuadas de convivencia democrática y cultura de paz que permitan el desarrollo de las condiciones adecuadas para mejorar los aprendizajes de los estudiantes, estableciendo acciones de responsabilidad formativa, de identificación, prevención, intervención y de atención integral ante casos de violencia o acoso entre estudiantes, desterrando toda clase de Bullying.

ARTICULO 152 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Educar en valores, el respeto a la dignidad, integridad, intimidad, las diferencias entre los estudiantes, ideas y creencias de toda persona.

2. Inculcar los principios que sustentan una cultura de paz. 3. Crear un clima acogedor y seguro, para el aprovechamiento de la enseñanza-

aprendizaje. 4. Capacitar a los docentes en técnicas y estrategias en resolución de conflictos. 5. Fomentar una convivencia pacífica, desarrollar habilidades sociales y el respeto

al reglamento interno. 6. Involucrar a los padres de familia en los procesos de reflexión y acción que

ayuden a prevenir conflictos de convivencia en la institución educativa. ARTICULO 153 FINALIDAD La convivencia democrática tiene como finalidad proporcionar procesos de democratización en las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa, como fundamento de una cultura de paz y equidad entre las personas, contribuyendo de este modo a la prevención del acoso y otras formas de violencia entre los estudiantes.

ARTICULO 154 ALCANCE Las disposiciones contenidas en este Título, serán de conocimiento de toda la comunidad educativa.

ARTICULO 155 BASE NORMATIVA

1. Convención de los Decretos del Niño. 2. Ley N° 27337, Código del Niño y del Adolescente. 3. Ley N° 28044, Ley General de Educación. 4. Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las

Instituciones Educativas. 5. Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°

29719. 6. Resolución Ministerial N° 0622-2013-ED, que aprueba las Normas y

Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica. 7. Resolución Directoral N° 0343-2010-ed, Normas para el Desarrollo de las

Acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas.

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8. Directiva N° 001-2006-VMGP-Ditoe, Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción a la Convivencia Escolar Democrática.

ARTICULO 156 DISPOSICIONES GENERALES

1. La Dirección de la IE, ha considerado pertinente incidir en la práctica de la buena convivencia de todos los actores de la comunidad educativa desterrando la práctica del bullying u otro tipo de agresiones, adoptando medidas pasivas y activas que permitan prevenir, identificar y sancionar dichos actos en agravio de los discentes y/o la propia comunidad educativa.

2. Los tutores y de orientación educativa se encargarán de normar, planificar, ejecutar, monitorear, evaluar y difundir acciones de la Campaña de sensibilización y promoción “Dile no al Bullying”.

3. La prevención del maltrato físico, psicológico y sexual y todo tipo de discriminación, desde un enfoque de promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos de los estudiantes, se centrarán en sensibilizar y capacitar a la comunidad educativa debiendo identificar los siguientes aspectos: a. Prevención de Maltrato Físico y Psicológico b. Prevención del Abuso Sexual c. Discriminación de niñas y niños seropositivos d. Promoción del Derecho Internacional Humanitario e. Explotación comercial sexual infantil f. Trata de personas g. Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente

4. El Personal Directivo y todos los trabajadores de la IE, deberán promover la Convivencia y Disciplina Escolar Democrática, difundiendo y generando con ello, un proceso de reflexión que permita ponerla en práctica.

5. Las estrategias para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción “Dile no al Bulying” son las siguientes: a. Sensibilización, motivación y capacitación a los jerárquicos y docentes para

la elaboración de sus respectivos proyectos. b. Elaborar un plan a favor de la campaña, el cual deberá incluir la reflexión

sobre la convivencia y disciplina escolar democrática.

ARTICULO 157 ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN Conforme a la Cartilla de “Prevención e Intervención educativa frente al acoso entre estudiantes” del Ministerio de Educación, se enuncian las siguientes recomendaciones con respecto a las estrategias de prevención que contribuyan al logro de la convivencia democrática a nivel de la Institución Educativa y de Aula.

1. En la Institución Educativa a. Explicar en los instrumentos de gestión, objetivos y acciones que fortalezcan

la convivencia escolar democrática, el buen trato y el respeto mutuo. b. Realizar círculos de estudio con los docentes en aspectos relacionados a la

cultura de paz, convivencia democrática meditación escolar y solución de conflictos.

c. Respetar las normas de convencía señaladas en el presente reglamento y difundirlas entre los integrantes de la comunidad educativa estableciendo mecanismos para su cumplimiento.

d. Promover en la comunidad educativa la reflexión acerca de las falsas creencias sobre el tema.

e. Involucrar a los estudiantes y alumnas en el diálogo, reflexión y prevención de situaciones de maltrato, promoviendo entre ellos una actitud vigilante.

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f. Reconocer como espacios comunes de convivencia democrática; las aulas, pasillos, patios servicios higiénicos, quioscos, entre otros. Así como poner en práctica estrategias de acompañamiento a los estudiantes a la hora de entrada y salida.

g. Motivar a los estudiantes y a toda la comunidad educativa a comunicar y rechazar situaciones de acoso y maltrato.

h. Promover sistemas de denuncias directas o anónimas de posibles casos, a través de buzones informativos.

2. En el Aula

El docente debe promover el desarrollo de una cultura de respecto a las diferencias entre estudiantes que favorezcan las actitudes solidarias, tolerantes y de cooperación, orientada a propiciar la responsabilidad y la reflexión sobre las consecuencias de las acciones propias o ajenas reconociendo la importancia de las normas para el logro del bien común y teniendo en cuenta el desarrollo evolutivo del estudiante.

3. Nivel de Educación Inicial

En el nivel inicial las acciones preventivas deben involucrar, además, de una observación permanente del comportamiento del niño o niña, dentro fuera del aula, un trabajo conjunto con la familia. Es importante que el docente conozca el entorno del niño, cómo son las relaciones familiares, cómo los padres establecen límites a la conducta del niño, si existen situaciones de agresión al interior de la familia, tomando en cuenta que el niño imita y aprende a partir de los que ve en su entorno. La familia debe proporcionar tres condiciones básicas; atención continua, apoyo emocional incondicional y oportunidades para aprender a autorregular emociones y conductas de las que depende la capacidad para respetar los límites. En el nivel de educación inicial ya se pueden observar algunas conductas de hostigamiento entre los niños y niñas, quienes, generalmente a esta edad, no tienen la capacidad para negociar y buscan imponerse de cualquier manera; a medida que van desarrollándose evolutivamente, estas conductas deben ir desapareciendo. Por ello, el docente debe estar en continua observación de la dinámica de las relaciones entre los niños, para actuar en caso sea necesario. Acciones a seguir:

a. Desarrollar actividades que contribuyan a incentivar la empatía y la solidaridad a través de juegos, canciones, cuentos, etc. Los cuentos son un buen recurso a través del cual se puede, por ejemplo, valorar las diferencias, identificar las conductas o actitudes intimidantes, los sentimientos, los adultos confiables y proponer alternativas.

b. Intervenir inmediatamente, ante la pelea por un juguete o material educativo. c. Transmitir mensajes positivos que el niño pueda interiorizar, para aprender a

autorregular o controlar su propia conducta. d. Conversar con los padres sobre la importancia de no minimizar situaciones

de agresión y no considerarlas como “cosas de chicos”, siendo necesario que estas conductas sean reguladas por los adultos para evitar que el niño las adopte como una forma de resolver sus conflictos.

e. Establecer con las niñas, niños y la familia las normas de convencía, de modo que comprendan que sus actos tienen consecuencias consigo y con los demás.

f. Coordinar con los padres y madres de familia sobre la importancia de que las normas y valores de convivencia sean compartidas entre la escuela y el hogar.

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g. Informar a los padres y madres de familia sobre el procedimiento a desarrollar en la institución educativa en caso de presentarse situaciones de agresión y la violencia.

h. Implementar con suficientes cámaras de seguridad, aulas, espacios comunes, espacios de recreo, etc.

i. Desarrollar en Escuela de Padres temas de prevención de la violencia como: límites y normas claras, respeto hacia el otro, solidaridad y cómo sus acciones están modelando constantemente la conducta de su hijo o hija.

4. Nivel de Educación Primaria En este nivel educativo, es primordial considerar la dimensión socioemocional en el desarrollo del niño o niña. En esta etapa, es importante sentirse aceptado por el grupo; en este sentido, es necesario que él o la docente generen condiciones que permitan que los niños y niñas aprendan a relacionarse sin excluir a sus compañeros por sus diferencias. El periodo evolutivo de los 6 a los 8 años es de máxima sensibilidad para adquirir las estrategias sociales de negociación e intercambio entre iguales, así como colaborar en tareas con otros niños. Acciones a seguir: a. Prestar atención a los niños que no participan del grupo, para fortalecer sus

habilidades sociales. b. Facilitar mecanismos para que los estudiantes comuniquen situaciones de

maltrato o violencia. c. Considerar que la opinión del menor importa. d. Estar atento a los juegos infantiles, ya que a través de ellos los niños

aprenden a modificar situaciones sociales, practicar roles ensayar normas y formas de relacionarse.

e. Conversar con los padres y madres para que estén atentos a los cambios repentinos de la conducta de sus hijos e hijas.

f. Por ejemplo: si ya no quiere asistir a la institución educativa e inventa excusas para ello, si deja de lado ciertas actividades, o si repentinamente está triste y callado.

g. Implementar cámaras de seguridad en espacios comunes, espacios de recreo, etc.

h. Promover que los padres y madres colaboren en el acompañamiento a los estudiantes durante horas de entrada y salida de los estudiantes.

5. Nivel de Educación Secundaria

En esta etapa los estudiantes experimentan una serie de cambios corporales y afectivos que influyen en su comportamiento individual y social. Buscan su identidad, prueban y ensayan roles, imitan, se identifican y buscan aceptación. Por ello es determinante la intervención con acciones que favorezcan el reconocimiento de otro como una persona que merece respeto. Para prevenir conductas como el acoso, “no basta con enseñar a rechazarlo, sí no que es preciso desarrollar otras alternativas que lo hagan “innecesario”, proporcionando, por ejemplo, habilidades para sentir que se forma parte de un grupo y explorar el nuevo estatus de adolescente, sin incurrir en conductas que vayan en contra de los valores educativos. En ese sentido, es importante “favorecer la integración en grupos de compañeros constructivos y enseñarles a resistir cualquier tipo de presión social cuando esta sea destructiva, ayudando a afrontar la tensión que puede suponer sentirse diferente al mantener el propio criterio”.

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Acciones a seguir: a. Desarrollar y fortalecer el respeto a las diferencias de los demás, habilidades

sociales como la autoestima, empatía, comunicación asertiva y la solución pacífica de conflictos.

b. Crear un clima positivo, promoviendo relaciones adecuadas entre compañeros, la cooperación, identificación con su grupo-clase y el respeto por las normas.

c. Establecer normas de aula específicamente para casos de maltrato. d. Brindar al adolescente oportunidad de compartir sus pensamientos y

sentimientos con compañeros que se identifiquen con valores positivos, fomentando que descubran coincidencias y puedan sentirse únicos y especiales, sin necesidad de poner en riesgo su desarrollo ni el bienestar de otras personas.

e. Estar atento a las situaciones de conflicto para mediar o fomentar su solución pacífica.

f. Realizar las Asambleas Escolares de Aula para dialogar sobre situaciones cotidianas que afecten a los estudiantes e involucrarlos en la propuesta de soluciones.

g. Promover que los padres colaboren en el acompañamiento a los estudiantes durante las horas de entrada y salida.

6. Padres de familia a. Orientar a los padres de familia que constituyen factores de riesgo para el

acoso o maltrato entre estudiantes, la excesiva permisividad o uso del castigo o maltrato como método de disciplina.

b. Definir claramente las normas, comportándose los adultos de manera coherente con éstas.

c. Mantener con sus hijos e hijas una comunicación continua, reflexionando con ellos sobre su vida cotidiana en la escuela: qué es lo que más le gusta, lo que no les gustó, con quienes de sus amigos compartió, como se siente, etc.

d. Controlar la educación informal que se trasmite por TV y redes sociales. e. Conversar con sus hijos e hijas sobre los mensajes que reciben a través de

los medios de comunicación y las nuevas tecnologías para la orientación sobre los valores que se quieren transmitir.

f. Conocer y conversar con sus amigos, compañeros de aula de hijo e hija. g. Estar atentos ante los cambios de comportamiento que pueden ser

consecuencia de acoso o maltrato. h. Practicar (niños y adultos) habilidades alternativas para afrontar y expresar

la tensión y resolver los conflictos si recurrir a la violencia.

7. Orientaciones a los Adultos de la Comunidad Educativa a. No ignorar, minimizar o neutralizar situaciones que pueden desencadenar

conflictos entre los estudiantes o entre los adultos. Muchas situaciones son ignoradas o pasadas por alto como su fueran “algo normal” o algo sin importancia, pero esa actitud puede llevar a que un conflicto se agrave.

b. Desarrollar y fomentar el diálogo reflexivo posibilita la comprensión del conflicto como un elemento presente en la convivencia y ayuda a una gestión pacífica y formativa de aquellos en la Comunidad Educativa.

c. Mantener los conflictos en silencio o no fomentar el dialogo, hace que permanezcan en estado latente lo que podría implicar una expresión posterior de violencia no el desarrollo e incremento de sentimientos de frustración, lo que también puede favorecer la emergencia de conductas agresivas.

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d. Fomentar relaciones democráticas. Es importante generar instancias para que los y las estudiantes y los demás integrantes de la comunidad educativa participen activamente en las diversas instancias que ofrece la vida escolar y para que colaboren en la forma de decisiones, de tal manera que la relación con los otros se constituya en una experiencia de aprendizaje de la convivencia.

e. Tomar conciencia de que los adultos son agentes modeladores en la conducta de los niños, niñas y jóvenes. La función socializadora se ejerce, en gran medida a través de la imitación de patrones que resultan atractivos y/o frecuentes en la vida cotidiana de los niños/as y jóvenes, lo que implica que la responsabilidad de parte de los adultos es fundamental. Esto quiere decir que no es suficiente con “hablar” de resolución pacífica de conflictos, sino asumirlos como patrón de conducta en las prácticas cotidianas. Un joven, una niña o un niño que observa relaciones conflictivas o inadecuadas entre adultos, definitivamente legitimará su discurso sobre resolución pacífica de conflictos.

f. Proporcionar aprendizajes colaborativos. La experiencia de situaciones cotidianas que impliquen resolver conflictos y situaciones problemáticas en forma pacífica se favorecen con el aprendizaje en grupo porque promueven relaciones de colaboración.

g. Es importante, por lo tanto, diseñar actividades que impliquen aprendizajes que vinculen a los y las estudiantes entre sí, de tal modo que puedan alcanzar sus metas en conjunto y ayudar en la superación de los modelos competitivos e individualistas.

h. Favorecer la expresión de emociones. La formación integral de los y las estudiantes supone promover el desarrollo, reconocimiento y autocontrol de las emociones. Esto requiere que crezcan en la comprensión de sus propias emociones y sentimientos, así también interesarse genuinamente en entender los puntos de vista de los otros, igualmente válidos y legítimos que los suyos. Implica, además superar concepciones discriminadoras y perjuicios, promoviendo el autoconocimiento de sus sentimientos e impulsos para poder aprender a regularlos.

ARTICULO 158 ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN DE LA AGRESIVIDAD

1. FACTORES MEDIOAMBIENTALES QUE SUSCITAN RESPUESTAS AGRESIVAS a. Conflictos personales que no han sido detectadas y acogidos asertivamente

y oportunamente en la Comunidad educativa. b. Problemas de índole familiar, estrés laboral en los adultos, insatisfacciones

de necesidades básicas entre otros, inciden en el comportamiento individual y pueden generar respuestas agresivas. Deben ser considerados por la comunidad para ofrecer alternativas que ayuden al sujeto (sea estudiante o algún adulto) a sentirse acogido y apoyado.

c. Problemas de comunicación en la Comunidad Educativa. sea por razones organizacionales o por dificultades individuales, las faltas de diálogo entre los miembros de la Comunidad Educativa contribuyen a generar sentimientos de aislamiento y frustración que son propios para la aparición de respuestas agresivas. Se debe avanzar, por tanto, en la generación de espacios de diálogo y de cultura inclusiva y en la que todos y todas tengan cabida.

d. Contextos sociales excesivamente rígidos. los modelos organizacionales y de interacción rígidos, tanto como la incapacidad o dificultad para ver matices en las situaciones, promueven respuestas agresivas. En este

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sentido, una cuota de humor se constituye en un elemento qué distiende y acerca a las personas, lo que permite ampliar la comprensión de las situaciones y atenuar la posibilidad de reacciones agresivas.

2. SITUACIONES QUE PUEDEN DESENCADENAR COMPORTAMIENTOS

AGRESIVOS. a. Sensación de que está invadiendo su espacio personal. b. Consecuencia de un estado de ánimo deprimido c. Cambios en el entorno inmediato o en las rutinas; esto sucede con mayor

frecuencia de un estado de ánimo deprimido. d. Efecto secundario de algún tratamiento farmacológico. e. Percepción de que su autoridad o experiencia no es considerar por el resto

de la comunidad escolar. f. Imposibilidad o dificultad de hacerse escuchar g. Percepción de injusticia por la aplicación o falta de aplicación de sanciones o

estímulos.

3. ESTRATEGIAS PARA PREVENIR EPISODIOS DE AGRESIVIDAD a. No estimular de agresividad. No se debe agredir psicológica, física, ni

verbalmente a niños, niñas o jóvenes bajo ninguna circunstancia. las correcciones respecto a este punto se deben centrar en los actos o acciones (las conductas) teniendo especial cuidado de no descalificarlos/las ni promover sentimientos de culpabilidad.

b. Las normas formas y trato agresivo, tanto como las condiciones ambientales, fomentan respuestas semejantes, por lo tanto, un trato digno, respetuoso y la creación de ambientes acogedores ayudan a desestimularlas.

c. Reducir y controlar la exposición a modelos y situaciones agresivas. Los adultos deben asumir la responsabilidad de mantener el control sobre los entornos de niños y jóvenes, respetando su autonomía progresiva, pero asegurando su protección y desarrollo en entornos anulados. Esto incluye los ambientes físicos (las relaciones familiares Hola comunidad educativa, con los padres etc.) también su exposición a medios virtuales internet, TV), los que deben ser conocidos, contralados supervisados por adultos. Se tendrá presente que, dado que se trata del desarrollo de una progresiva autonomía, un joven podrá contar con los mayores espacios de autonomía que un niño/a, pero esto sólo será útil si el niño/a y joven han incorporado patrones de conducta que le permitan mirar críticamente lo que se vive su entorno, es decir, que haya logrado desarrollar, en la medida que corresponda su capacidad para no imitar automáticamente determinados patrones conductuales.

d. Promover el modelamiento de comportamiento no agresivos mediante la exposición de modelos positivos que tengan validez para él y la estudiante (por ejemplo, a través de la resolución pacífica de conflictos entre los adultos y la comunidad educativa, donde exista dialogo y respeto) destacando que aquello constituye una forma alternativa a la conducta agresiva y que estas conductas positivas serán recompensadas con el desarrollo de relaciones interpersonales armónicas.

e. Controlar los factores ambientales. Si bien una conducta agresiva suele ser impredecible, algunos factores ambientales pueden ser controlados para evitar su ocurrencia. Por ejemplo, si la Institución Educativa se ha observado que estas conductas suelen aparecer cuando el profesor o profesora se ausenta de la sala de clases o en su casa, cuando dos hermanos quedan solos, es fundamental desarrollar estrategias formativas para que tales sustancias sean invitadas o disminuidas al máximo.

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4. MEDIDAS PARA CONTROLAR EPISODIOS DE AGRESIVIDAD

a. Identificación de la conducta agresiva. Es importante caracterizar la conducta agresiva, distinguiendo si él o la estudiante la dirige hacia sí mismo, hacia otros o hacia objetos. Igualmente es importante conocer en qué momento resultan más frecuentes las respuestas agresivas y con qué frecuencia ocurren. Esto es relevante para describir el episodio y adoptar medidas para prevenirlo, así como también, para diferenciarlo de otras acciones que son más sistemáticas y que requieren de otro tipo de intervención.

b. Descripción de las situaciones previas que pudiesen haber desencadenado la respuesta agresiva. Es importante conocer la cadena de sucesos previos de manera de discriminar si él o la estudiante está reaccionando a factores del entorno escolar que pueden ser controlados Es recomendable escuchar atentamente al niño/a o joven de manera de entender bien la situación. Sin embargo, dado que en ocasiones una respuesta agresiva surge como una reacción de una experiencia de hostigamiento (bullying) en este caso, es necesario abordar ambas situaciones de manera diferenciada

c. Desarrollar procedimientos de acción. Estos deben apuntar a dos objetivos fundamentales: disminuir la conducta agresiva y reforzar respuestas alternativas no agresivas, con el objetivo de desarrollar habilidades sociales. Es útil suscribir acuerdos con el/la estudiante que se excede de agresividad a fin de comprometerlo a modificar aquello que lo lleva a actuar de ese modo. Involucrar al conjunto de la Comunidad Educativa. Dado que el factor ambiental tiene una alta incidencia en la producción y reproducción de respuestas agresivas, es importante que ninguna acción agresiva pase desapercibida y que se tomen decisiones respecto de quienes presentan mayor dificultad para controlar esos impulsos, actuando de manera coordinada los adultos de la Comunidad Educativa y los estudiantes, respetando sus respectivos roles y funciones para controlar y prevenir situaciones que desencadenen actos de violencia.

5. INTERVENCIÓN

Recomendación frente de actos de violencia entre estudiantes: a. Intervenir inmediatamente

El Director, Sub director, Coordinador de Tutoría, Docentes Tutores, Auxiliares de Educación, personal administrativo y de mantenimiento y Padres de Familia deben tener en cuenta los siguientes criterios: (1) Observar ciertas señales de alerta que pueden indicar el acoso entre

estudiantes (2) Promover su colaboración en la identificación de situaciones de maltrato

y denuncia de los agresores a las autoridades de las Instituciones educativas Navales,

(3) Fomentar la responsabilidad para comunicar a las autoridades de la institución educativa para poner alto a estas situaciones. Cualquier integrante de la Comunidad educativa debe informar bajo responsabilidad a las Autoridades de la Institución educativa.

(4) El director adoptará bajo responsabilidad las medidas necesarias para detener la violencia entre estudiantes, conllevando a dar cuenta ante las autoridades competentes los casos que sobrepasen su responsabilidad.

(5) El Director y el equipo responsables efectuará la investigación respectiva y la toma de decisiones para realizar las medidas correctivas que debe estar en función a la gravedad de la falta, considerando que

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deben resguardar la dignidad de los estudiantes y su derecho a la educación.

(6) El Director pondrá de conocimiento al Jefe del Departamento de educación sobre los hechos ocurridos.

(7) No hacer excepciones en razón de los lazos de parentesco del estudiante de cualquier otro criterio que anteponga la convivencia del docente a la justicia de la acción y el interés superior al niño.

b. Identificar con claridad a los implicados

(1) Identificar a quien cometió la agresión, quién fue víctima de ella y quienes la presenciaron en calidad e espectadores.

(2) En la Institución Educativa, las normas de Convivencia y Disciplina Escolar, regula la organización del tiempo y el espacio, estableciendo los límites en los modos de interactuar con los otros y estableciendo un sistema de advertencias y sanciones. Permite conocer y respetar los límites, lo que promueve el desarrollo de una cultura democrática.

c. Ayudar a acompañar a quien fue agredido

(1) Garantizarle protección y hacerle ver que no está solo/a darle conocer que se tomarán medidas una vez conocidos todos los antecedentes (un adulto no debe comprometerse con sanciones sin conocer todas las versiones de los hechos).

(2) Para adoptar una medida proporcional a los hechos, verificar si existe algún tipo de lesión. Estas deben ser revisadas solamente por personal médico en presencia de los padres, no olvidar que algunas lesiones pueden ser de gravedad, aunque no se advierta externamente.

(3) Implementar medidas de protección inmediata, vigilar y garantizar que no se repitan las situaciones de maltrato.

(4) Brindar consideraciones para que comunique lo que pasó. (5) Fortalecer sus habilidades para la autoprotección. (6) Desarrollar sus habilidades sociales: expresión de sentimiento,

asertividad, autoestima, solución de conflictos. (7) Fortalecer su círculo de amigos. (8) Brindar la tutoría y orientación individual

d. Ayudar y acompañar a quién cometió la agresión

(1) Tratar de identificar y comprender las razones de su comportamiento ya que algunas agresiones pueden ser una estrategia de autodefensa o un acto de impulsividad aislado; conocer las razones.

(2) Ayudar a diferenciar los pasos a seguir y las medidas a adoptar; se le debe hablar de manera cortés, pero con seriedad, sin someterlo a presión ni amenazarlo o gritarle, recordar que sólo el personal policial está autorizado para registrar el cuerpo, vestimenta o enseres de las o los estudiantes.

(3) Fomentar la reparación del daño causado o promoviendo la responsabilidad del agresor. Ejemplo: pedir disculpas.

(4) Proporcionar reflexiones para el reconocimiento de las consecuencias de su acción.

(5) Fomentar su participación y compromiso en la búsqueda de soluciones. (6) Desarrollar sus habilidades sociales para resolver conflictos y actitudes

alternativas a la violencia. (7) Transmitir el mensaje claro de que no se tolerarán esas conductas e

informar de las medidas a tomar, si ello continúa. (8) Realizar el seguimiento que implique orientación individual

constantemente.

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(9) Los padres de familia deben evitar culpabilizar y castigar al menor debiendo ayudarlo a establecer límites, estimular sus habilidades y aspecto positivo, establezca normas familiares de relaciones interpersonales, conozca a sus amigos, mantener el contacto con la Institución Educativa.

e. Ayudar a recopilar en forma prudente, información de quienes presencian el hecho (1) Promover su colaboración en la identificación de las situaciones de

maltrato y de denuncia a los agresores. (2) Gestionar un espacio de discusión abierta acerca de lo sucedido y

consultar acerca de los roles que de cada uno de ellos adoptó. (3) Fomentar la discusión grupal; indagar sobre los antecedentes que

conocen y su visión de los hechos. (4) Tratar la situación con claridad sin ocultarla o minimizarla. (5) Fomentar su responsabilidad para comunicar y poner alto a estas

situaciones. (6) Enfatizar que la comunicación no es delatar sino contribuir a la

prevención de la violencia. (7) Evitar que se refuercen comportamientos violentos (8) Fomentar su participación con actividades de promoción del buen trato. (9) Promover capacidad para solución de conflicto

f. Cautelar la privacidad y confidencialidad de los participantes en el hecho

(1) Resguardar la privacidad no significa “crear secretos” en torno a la situación, por el contrario, hay que discutirlo con el resto de los y las estudiantes, con un enfoque formativo y sin centrarse en los aspectos puntuales.

(2) No olvidar que cada episodio es un comentado rápidamente entre ellos y muchas veces la versión de los hechos es distorsionada, disminuyendo la posibilidad de ejemplarizar al alumno a partir de la situación y también la versión real de los hechos.

6. LAS ACCIONES CORRECTIVAS, FORMATIVAS Y REPARADORAS.

a. Las normas establecen lo permitido, lo obligatorio y lo prohibido en un contexto determinado, así como las sanciones establecidas frente a la trasgresión de alguna de ellas.

b. Las normas deben destacar el valor de la dignidad, de la justicia y de ayudar a la autocorrección de las conductas que las transgrede, evitando la violencia, la discriminación y el abuso de poder.

c. Las acciones deben utilizarse de manera racional y sistemática, sin depender del Estado de ánimo de los adultos que la implementan, sino de la conducta que está siendo sancionado.

d. Deben resguardar la dignidad y el derecho a la privacidad de los y las estudiantes.

e. Deben ser proporcionales a la infracción o trasgresión cometida. independientemente de cuantas acciones previas acumule el/al estudiante.

f. Si es necesario citar a los responsables de los estudiantes (padres, madres y/o tutores) a la Institución Educativa, poniendo cuidado en separar los espacios de conversación.

g. Tener claro que existen instancias para conversar entre adultos y otras en que los niños, niñas y jóvenes puedan estar presentes.

h. Gestionar un primer momento para conversar previamente, con cada uno de los adultos a fin de que asimilen la información y solo después incorporar al niño, niña o joven de manera de minimizar una revictimización por parte del

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adulto (que puede comenzar a castigarlo o reprenderlo en medio de la crisis).

i. No ocultar la información ni minimizar los hechos; fomentar un espacio de conversación en los que los padres y madres y/o tutores puedan realizar consultas y conocer lo sucedido.

j. Garantizarla conforme a lo establecido en el reglamento Interno k. El personal directivo, docente y no docente debe entrevistar a los padres sin

distorsionar la información a fin de que tome las medidas correctas con el alumno agredido o agresor.

7. Realizar el seguimiento y acompañamiento de los compromisos asumidos a. Orientarlos y establecer compromisos para su colaboración en las medidas

adoptadas. b. Establecer una comunicación y seguimiento constante de los compromisos.

8. DISPOSICIONES EN LA IE.

a. Controlar la implementación, estrategias, iniciativas y resultados obtenidos del presente título lo cual será motivo de verificación por el equipo directivo y por los escalones superiores.

b. Disponer la realización de una actividad denominada “Semana de no violencia y erradicación del bullying” en la cual la Institución Educativa deberá desplegar todas las estrategias para sensibilizar y concientizar a la comunidad educativa sobre el rechazo a la violencia y bullying, desarrollando amplia iniciativa.

c. Formular un (01) Plan de Trabajo estableciendo objetivos, metas e iniciativas pedagógicas para lograr la “Semana de la convivencia sin violencia y radicación del bullying”, dicho documento será remitido al Departamento de Bienestar de la III DE y será motivo de verificación de los resultados obtenidos de manera periódica.

d. Planear, programar y ejecutar bimensualmente una (01) actividad denominada “Semana de no violencia y radicación del Bullying”, ésta actividad debe contar con la debida sensibilización y participación activa de la comunidad educativa, asimismo los directores de las IIEE, podrán desplegar una amplia iniciativa para lograr la concientización de los diferentes niveles de los participantes es decir docentes, personal administrativo, estudiantes, padres de familia y/o tutores, se podrán programar actuaciones, deportes, sketch, concurso de Pintura, trípticos y/o afiches relativos a la convivencia sin violencia, etc.

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XI. DEL CONEI CAPITULO XXXXXIII CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI) ARTICULO 159 CONFORMACIÓN DEL CONEI

1. El CONEI, es el órgano de participación concertación y vigilancia ciudadana de la IE. que colabora con la promoción y el ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática.

2. El CONEI está conformado, además de lo señalado en el artículo 136° del DS 011-2012-ED y con sujeción al D.S. N° 009-2005-ED, salvo disposición contraria de la autoridad educativa por los siguientes miembros: a. Es Presidido por el Director de la Institución Educativa y conformado por; b. Los Subdirectores de los niveles c. Una docente representante del nivel inicial d. Una docente representante del nivel Primario e. Una docente representante del nivel Secundario f. Un auxiliar de mayor antigüedad en años se servicio. g. Un representante de Padres de Familia h. Un Representante administrativo i. Un representante del alumnado.

3. Se eligen por voto democrático entre los miembros de toda la Comunidad Educativa por un periodo de dos (02) años.

4. La elección del representante de los docentes miembro del CONEI se hará por niveles y con la votación de profesores nombrados, contratados y auxiliares de educación.

ARTICULO 160 FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI):

1. Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional de acuerdo al manual de funciones.

2. Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución de acuerdo con la normatividad especifica emitida por la IE.

3. Actuar en segunda instancia en los procesos administrativos y disciplinarios. 4. Vigilar el acceso, matricula oportuna, inclusión educativa y calidad de servicio

que brinda el IE. 5. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad,

equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo. 6. Colaborar con el Director y garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de

trabajo pedagógico, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo.

7. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la institución priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

8. Coordinar con la dirección de la IE, sobre la promoción interna de docentes que se presenten previa calificación a contratos, nombramientos o encargaturas de subdirección.

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TITULO XII. DE LOS PADRES DE FAMILIA. CAPITULO XXXXXIV ARTICULO 161 DERECHOS

1. Considerar que la matricula del menor y su registro en el sistema SIAGIE le genera derechos en la IE, desde su ingreso, permanencia y salida, no existiendo alumno libre, los estudiantes cuyos padres de familia los envían sin cumplir estos preceptos será bajo su propia responsabilidad.

2. Recibir educación de calidad para sus hijos y buen trato personal. 3. Participar en la organización de eventos familiares. 4. Solicitar y utilizar los campos deportivos para tales fines siempre y cuando

estén disponibles y sin fines de lucro. 5. Presentar FUT, indicando aspectos de interés que vincule a la IE. 6. Ser informados sobre el avance pedagógico y de conducta de su menor. 7. Visitar a los estudiantes en horario de recreo empleando el área de visitas,

siempre y cuando tenga autorización en caso de problemas de tenencia de menor.

8. Solicitar atención psicológica para sus hijos 9. Solicitar los servicios de asistencia social 10. Solicitar los servicios que dispone la IE, exclusivamente para fines académicos

en provecho de sus menores. 11. Participar en actos académicos programados con sus hijos. 12. Por cumpleaños de sus menores que se encuentren en el nivel primario,

podrán compartir en el aula correspondiente durante los últimos 15 minutos de la última hora académica del día, coordinando su mantenimiento, quedando esta acción subordinada a las necesidades del servicio.

13. Participar con derecho a voz en la comisión de procesos administrativos y disciplinarios de la IE, cuando de por medio se trate de un alumno presuntamente perjudicado por la acción de un trabajador o aquellos que afecten o deterioren la imagen de la IE.

14. Actividades centralizadas, organizadas mediante directivas con participación de los padres de familia y alumnado; día de la madre, día del padre, día del maestro, día del estudiante y día de la institución educativa.

15. Es facultativo a los padres de familia, la elección y/o adquisición de uniformes deportivos para las olimpiadas internas quedando autorizado el empleo de brazaletes de colores u otros que no ocasionen gastos.

16. La IE apoyara a los deportistas que la representen, promoviendo su traslado en las mejores condiciones, asegurando su refrigerio y su correcta presentación.

ARTICULO 162 DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Informarse sobre el servicio educativo que brinda la IE. e interesarse por el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, participando y colaborando con su proceso educativo.

2. Cumplir puntualmente con la cuota mensual de bienestar social para la mejora de la calidad educativa de sus propios hijos.

3. Respetar la autonomía en el trabajo y el horario de atención de cada docente para no interrumpir la labor académica, debiéndose anunciar por personal de seguridad quien lo invitara esperar en la sala de visita, estándole prohibido el ingreso a la IE. sin autorización.

4. Para los estudiantes (cuna – inicial – primaria) de la IE, el Ingreso y recojo deberá ser a la hora establecida por Dirección y condiciones adecuadas de presentación del alumno (despierto, bien de salud, alimentados, vestidos, etc.), el incumplimiento reiterado de esta disposición será objetivada por la asistenta social y/o profesora de aula en la agenda y será considerada como un aspecto

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negativo e importante para la permanencia del educando en la IE, (observación de matrícula), sin perjuicio de dar cuenta a la autoridad correspondiente por abandono moral.

5. Enviar a sus hijos del nivel secundario a la IE, respetando el horario de ingreso y controlar su retorno a casa, la contravención de esta disposición, tendrá igual tratamiento sancionatorio que el párrafo anterior, será tarea de la auxiliar correspondiente objetivar esta falta.

6. Todo hecho y/o actividad particular en el exterior o que no esté autorizada por la IE, será de absoluta responsabilidad de los padres de familia.

7. Considerar que somos una IE., no guardería de niños y adolescentes. 8. Velar por su salud, vestimenta, aseo y alimentación, debiendo reflejarse en el

ingreso y permanencia de sus hijos a la IE. 9. Velar por la integridad de sus hijos contratando un servicio de seguro propuesto

por la IE o el de su libre elección, la misma que será requisito indispensable para permanencia del alumno. En caso de negativa por propia decisión, el padre de familia firmara una declaración jurada donde asuma absoluta responsabilidad respecto a su alteración de salud, atención médica y evacuación, debiendo concurrir inmediatamente cuando sea requerida su presencia.

10. Revisar diariamente la agenda que es uno de los medios formales reconocidos por la IE para establecer la comunicación bilateral, cumplir las disposiciones y/o adoptar lo conveniente.

11. Control de educación informal en casa (Tv, redes sociales, etc.) 12. Gestionar valores en casa los mismos que serán reforzados en la IE. 13. Considerar que la mala conducta del menor determinado por la junta de

disciplina, tendrá como penalidad la observación de su matrícula para el año posterior.

14. Respetar y mantener en todo momento un excelente clima institucional con el personal Directivo, Docentes, Auxiliares, Administrativos y servicios de la IE. en caso de conflictos o incidentes donde le asiste responsabilidad, se someterán a las sanciones que se determinen.

15. Mantener un vínculo cordial con las autoridades de las autoridades y trabajadores del plantel evitando la emisión de agresiones e inconductas, realizar criticas perniciosas, rumores mal intencionados, formular quejas infundadas a sabiendas de su falsedad en contra de las autoridades, personal docente, auxiliar de educación y administrativo, muchas de estas conductas se sancionarán administrativamente sin perjuicio de formular las denuncias ante las autoridades correspondientes.

16. Tener conocimiento que muchas de las infracciones de adolescentes tienen naturaleza penal, si se diera el caso en la IE, por la necesidad de protección del conjunto de menores, serán denunciados ante las autoridades competentes, en tal sentido los padres de familia o apoderados podrían tener responsabilidad por hechos ajenos.

17. Cuando el servicio de psicología recomiende la derivación a tratamientos y/o terapias especializadas para el estudiante, el padre de familia deberá presentar a la IE de manera oportuna y a la brevedad posible los informes o constancias de atención con la finalidad de apoyar al estudiante.

18. Inculcar de manera sostenida una adecuada conducta y disciplina a sus hijos, la misma que se debe reflejar en la IE.

19. Asistir a citaciones o reuniones programadas por la docente de aula, tutor, Sub dirección, Dirección de la IE., la contravención reiterada de esta disposición será objetivada y considerada como un aspecto negativo e importante para la permanencia del educando en la IE, (observación de matrícula), sin perjuicio de dar cuenta a la autoridad correspondiente por abandono moral.

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20. Asistir a las reuniones que convoca el Comité de Padres de Familia (COPAFA), bajo sanción de multa establecida en su reglamento interno.

21. Considerar que el uso del uniforme reglamentario de la IE, identifica al alumno con su institución educativa.

22. Considerar que muchas de las acciones o malas decisiones de los padres de familia respecto al envío de sus hijos a la IE diferenciándolos del resto, son potenciales factores generadores de bullyng (enviarlos sin alimentos, sin aseo, sin buena salud, sin uniforme reglamentario, sin material requerido, etc.)

23. Obligación de revisar permanentemente el portal oficial de la IE, www.colegioejercitoarequipa.com donde se publicaran aspectos de interés.

24. Hacerse responsable de la reposición o mantenimiento del patrimonio de la IE, (muebles e inmuebles), cuando se identifique el deterioro por mal uso con cargo a sus hijos.

25. Para la reposición de artículos señalada en el párrafo anterior, previa determinación de responsabilidad, se notificará a los padres de familia con la proforma referencial de mantenimiento adjunta a fin de que en base a ello u otra proforma de su libre elección reponga los daños teniendo como plazo siete (07) días en su defecto será cargado en su cuota de aporte mensual.

26. Devolución o reposición de los textos y libros de propiedad del MINEDU puestos a disposición de sus hijos y los de la biblioteca por perdida o extravío, la falta de internamiento de los libros será motivo de observación de su matrícula.

27. Considerar que se encuentra totalmente prohibido que sus menores traigan celulares u objetos de valor a la IE, en su defecto sea justificado o no, se harán responsables por la pérdida, hurto, robo o deterioro de los mismos al margen de las acciones disciplinarias.

28. En las reuniones familiares de compartir en las aulas, considerar que, para alcanzar la finalidad deseada, no debe haber despliegues económicos más allá de lo razonable, previo acuerdo de la totalidad de padres de familia.

29. No se admiten cobros, cuotas, u otros de naturaleza dineraria en las aulas, ningún padre de familia está en la obligación de cumplirlas.

30. Para los compartir estos deberán ser sobrios, evitar pedir montos dinerarios que perjudique al padre de familia y será de mutuo acuerdo.

31. Prohibido entregar regalos, dadivas u otros a cualquier trabajador de la IE. 32. La contravención de las responsabilidades de los padres de familia acarrea

responsabilidad y será penado con la observación de la matrícula de su menor. 33. Considerar que el cambio de aula del alumno será por motivos de estrategias

pedagógicas y/o como resultado de una tarea administrativa, proceso disciplinario para mejorar su conducta o aprendizaje, asimismo por disposición de la autoridad, por lo que deberán abstenerse de solicitar cambios.

34. Justificar personalmente la tardanza e inasistencia de su menor hijo. 35. Conocer y respetar las funciones y competencias de todos los integrantes de la

comunidad educativa. 36. Promueven el diálogo y acciones pacificas con las autoridades educativas

priorizando el bienestar de sus hijos. 37. Asume con eficiencia y probidad los cargos y comisiones que se le designe a

nivel Institución Educativa o de aula.

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XIII. DE LOS EX ESTUDIANTES CAPITULO XXXXXV DERECHOS, DEBERES Y RESPONSABILIDADES ARTICULO 163 DERECHOS

1. Asociarse como ex estudiantes y ser reconocidos por la IE. 2. Participar en la programación, organización y ejecución de actividades que

tengan como fin el mejoramiento institucional integral de la IE. 3. Promover el respeto permanente a la IE. 4. Rendir homenaje a los Ex-Directores, personal docente y/o administrativo que

en actividad desarrollaron una meritoria labor formativa de los educandos. 5. Fomentar la permanente solidaridad e integración entre los miembros de la

asociación como práctica efectiva de los principios de amistad y fraternidad institucional.

6. Coordinar con la Dirección del centro educativo o instituto superior, los programas que en beneficio de los estudiantes y/o participantes realice la asociación.

7. Participar en los desfiles cívicos escolares integrando la IE y conformando un grupo de formación.

ARTICULO 164 DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Proporcionar la lista de ex-estudiantes con indicación de sus direcciones telefónicas y los oficios que desempeñan con fines de seguimiento académico.

2. Colaborar con la IE. durante los eventos de jornada familiar. 3. Acudir a la solicitud de la IE, para dar charlas y/o conferencias en provecho de

los estudiantes y docentes a fin de mejorar la calidad educativa. 4. Prestigiar con sus acciones a la IE.

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TITULO XIV. DEL COPAFA

CAPITULO XXXXXVI ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ARTICULO 165 ORGANIZACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

1. Por disposición del Ejercito del Perú, en la Directiva N° 03 S-3.b./01.00 DAE/JBIENE, la organización de los PPFF se realizará a través del COPAFA (comité de padres de familia) debiéndose incluir en el reglamento del COPAFA lo siguiente: a. Los PPFF titulares, apoderados de los estudiantes participan en forma activa

para contribuir en mejorar la IE. b. Está conformado por los presidentes de los comités de aula. c. Los presidentes de aula son elegidos entre el personal Militar más antiguo y

deben estar en actividad. ARTICULO 166 FUNCIONES DEL COPAFA

1. Apoyar el proceso de mejoramiento de los servicios que brinda la IE. 2. Elabora el Plan de Trabajo del comité en coordinación con el Director de la IE,

priorizando sus requerimientos; teniendo en consideración las necesidades de las aulas para lo cual deberán elaborar el programa de implementación y mejora progresiva de la IE, dando a conocer a los Padres de Familia por intermedio del comité de aula.

3. En caso de mejoras en la infraestructura elabora el expediente técnico correspondiente para la presentación y aprobación por el SINGE.

4. Otros que se determinen al interior del comité.

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TITULO XV. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS

Primero. – El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir del día en que se emita la resolución directoral aprobándola. Segundo. – El presente Reglamento Interno se dará a conocer a todos los integrantes de la Comunidad Educativa en el portal oficial; Personal Docente y no Docente que labora en el Centro Educativo, así como a los Padres de Familia que harán conocer a sus hijos estudiantes. Tercero. – La Dirección como representante legal de la IE, es responsable del fiel cumplimiento del presente Reglamento. Cuarto. – La interpretación auténtica o la modificación total o parcial del presente Reglamento Interno, es atribución del Director de la IE, el equipo Directivo y el CONEI. Quinto. – Los casos no contemplados en el presente Reglamento Interno, serán resueltos por la Dirección, el equipo Directivo y el CONEI. Sexto. – Para la aplicación del presente Reglamento Interno, se podrán nombrar comisiones de trabajo. Séptimo. – Forma parte del presente Reglamento Interno, la Directiva de Certificación, Acreditación y, el manual de organización y funciones (MOF).