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    ELEMENTOS CUANTITATIVOS DE LAOBLIGACIN TRIBUTARIA

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    CUANTIFICACION DE LA OBLIGACIONTRIBUTARIA.

    Obligacin Tributaria: Ocurre cuando se fija elmonto

    del adeudo del contribuyente.

    Obligacin Tributaria Material:Obligacinjurdico-tributaria de pagar una suma de dinero,sea en concepto de tributo o como accesoria, o el

    pago de sanciones pecuniarias.

    De oficio o autoliquidacin.

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    BASE IMPONIBLE

    Prez de Ayala la define como:

    ase tributaria, susceptible de unae!presin cuantitati"a, definida por la ley,#ue mide alguna dimensin econmica del$ec$o imponible y #ue debe aplicarse a

    cada caso concreto, seg%n losprocedimientos legales, a los efectos deli#uidacin del impuesto.

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    BASE IMPONIBLE

    &a &ey del 'mpuesto sobre la (enta ladefine como:

    )onjunto de los ingresos o beneficiospercibidos en el perodo del impuesto, porel sujeto pasi"o en "irtud de las

    acti"idades lucrati"as*.

    )orresponde a la renta bruta.

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    BASE LIQUIDABLE

    +eterminada la base imponible, se aplica lasdeducciones #ue la ley establece en fa"or de losadministrados $ec$as las rebajas, se l#uida elimpuesto.

    &a &'( la denomina Renta Neta: s elresultado de deducir de la renta bruta, loscostos y gastos %tiles, necesarios y pertinentespara producir la utilidad o beneficio, y las otraserogaciones e!presamente autorizadas por laley, debidamente respaldadas por comprobantesy registradas en la contabilidad.

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    TIPO GRAVAMEN CUOTA Y DEUDA TRIBUTARIA

    s el resultante de aplicar a la base li#uidable,la tarifa correspondiente.

    /arifa: Parte proporcional o alcuota, #uemultiplicado por la base li#uidable, da comoresultante la cuota o deuda a pagar.

    &a tarifa se pueden e!presar por porcentajes,factores y en cantidades de dinero, etc.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    Determinacin por la AdministracinTributaria.

    s el acto #ue declara la e!istencia ycuanta de un crdito tributario o suine!istencia.

    &os contribuyentes y dems responsables,deben indicar los $ec$os y proporcionar lainformacin para la determinacin deltributo.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    iscali!acin.

    &a A./. est facultada para "erificar el correcto

    cumplimiento de las obligaciones tributarias portodos los medios y procedimientos legales.

    (e#uerir a cual#uier persona, est o no inscrita,para #ue declare y pague los tributos, sanciones y

    cargas financieras.

    )erciorarse de la "eracidad del contenido de lasdeclaraciones juradas a efectos de determinar la"erdadera magnitud del $ec$o imponible y el

    tributo correspondiente.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    Requerimientos de informacin al contribu"ente.

    &a A./. podrre#uerir a los sujetos pasi"os toda necesaria

    para la "erificacin oportuna, tal como:

    )opia de los libros, arc$i"os, registros contables ydocumentacin #ue compruebe las operaciones efectuadas.

    'nformacin sobre el e#uipo de cmputo y las aplicacionesdesarrolladas.

    )opia de los soportes magnticos.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    #nformacin de terceros.

    /oda persona fsica o jurdica, pblica o

    pri"ada, est obligada a proporcionar lainformacin, deducida de sus relacioneseconmicas, financieras y profesionalescon otras personas.

    (e#uerimiento general o indi"idualizado.

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    FACULTADES Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIONTRIBUTARIARequerimient! "e in#rm$%i&n

    Puede e!igir a los beneficiarios deincenti"os fiscales, informacin sobre elcumplimiento de los re#uisitos y de los

    $ec$os #ue les permiten la utilizacin dedic$os incenti"os.

    stablecer directrices en cuanto a la

    forma de cmo deber0 consignarse lainformacin 1declaracionesinformati"as2.

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    FACULTADES Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIONTRIBUTARIACnt$'i(i"$" en e( "mi%i(i #i!%$(

    &a documentacin contable y los

    comprobantes deber0n demantenerse en el domicilio fiscal delsujeto pasi"o o en su defecto, en ellugar #ue e!presamente les $ayaautorizado la A./.

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    FACULTADES Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIONTRIBUTARIAFi!%$(i)$%i&n "e (! in*ent$ri!.

    &a A./ puede realizar in"entarios, fiscalizar sule"antamiento o confrontarlos con las

    e!istencias reales, procurando no afectar lasoperaciones del sujeto pasi"o.

    +ebe le"antar un acta y entregar copia al sujetopasi"o.

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    FORMAS DE DETERMINACIN.

    Cm+$re%en%i$.

    &a A./. podr citar a sujetos pasi"os y a terceros

    relacionados con la obligaci

    n tributaria.

    +ebern contestar las preguntas o re#uerimientosde informacin, necesarios para "erificar y fiscalizar

    las obligaciones tributarias.

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    FACULTADES Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIONTRIBUTARIARequi!it! %it$%i&n, $rt -/ LGAP0

    3ombre y direccindel rgano #ue cita

    3ombre y apellidospersona citada.

    Asunto por el #ue secita, calidad en #ue secita y fin para el #uese cita.

    i puede acudir pormedio de apoderado odebe $acerlopersonalmente.

    +a, $ora y lugar de lacomparecencia.

    Apercibimientos a los#ue #ueda sujeto el

    citado: sanciones. 4irmada por

    funcionario conindicacin de nombrey apellidos.

    +ebe le"antarse acta1art. 567 &8AP2

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    #nspeccin de locales

    &a A./. podr inspeccionar locales ocupados por elsujeto pasi"o, por cual#uier ttulo, para determinaro fiscalizar la situacin tributaria.

    n caso de negati"a o resistencia, podrsolicitar ala autoridad judicial competente, autorizacin parael allanamiento.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    $ecuestro.

    &a A./. podrsolicitar mediante resolucin fundada,

    a la autoridad judicial competente, autorizacinpara el secuestro de documentos o bienes #ue sere#uieran conser"ar, para determinar la obligacintributaria o para asegurar la pruebas de la comisinde una infraccin o acto ilcito tributario.

    Plazo establecido.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    %so de la informacin.

    &a informacin recabada, slo podr usarse para

    fines tributarios de la A./.

    &a pro$ibicin anterior no impide el traslado o usopor parte de los tribunales judiciales.

    &a informacin y prueba general obtenida medianteactos ilegales por la A./. no tendr efecto jurdicocontra el sujeto fiscalizado.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    &lementos para 'erificar " determinar

    la obligacin tributaria.A falta de libros y registros contables, de documentacin o deambas, si fueren insuficientes o contradictorios, puedenconsiderarse los siguientes indicios:

    )apital in"ertido

    9olumen de las transacciones

    'ngresos

    'n"entarios de mercaderas

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    &lementos para 'erificar " determinar

    la obligacin tributaria.

    (endimiento normal del negocio

    (endimiento de empresas similares alarios

    Al#uiler de negocio )ombustibles y energa elctrica

    Al#uiler de casa de $abitacin 8astos particulares del contribuyente y su familia onto y origen del patrimonio del sujeto pasi"o

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    Determinacin por loscontribu"entes.Autoliquidacin.

    e efect%a de acuerdo a las declaraciones juradas#ue presenta el sujeto pasi"o.

    n el tiempo y condiciones establecidas.

    Declaracin (urada: determinacin de laobligacin tributaria efectuada por el sujeto pasi"o,bajo juramento, con los efectos yresponsabilidades in$erentes.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    Determinacin por loscontribu"entes.

    &a declaracin debe presentarse en losmedios indicados por la A./.

    &a A./., puede disponer el uso obligatoriode medios electrnicos.

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    FORMAS DE DETERMINACIN

    )erificacin de las declaraciones*libros " dems documentos

    &a A./., puede realizar comprobacin de la informacinproporcionada, a efectos de la li#uidacin de los tributos.

    Puede practicar in"estigaciones, diligencias y e!menes #ueconsidere necesarios y tiles.

    e debe cobrar la diferencia de tributo #ue resultare o sede"uel"e el e!cedente #ue $aya pagado.

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    M$r% Gener$( "e ($! $%tu$%ine! "e ($ A.T.1r$ri "e ($! A%tu$%ine!.

    Actuaciones de comprobacin formal e in"estigacin con elcontribuyente o frente a terceros, se $ar0n en $oras $0biles,de

    ; a.m. a

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    M$r% Gener$( "e ($! $%tu$%ine! "e ($ A.T.A(%$n%e "e ($! A%tu$%ine!

    Al inicio de las actuaciones de comprobacin decontrol de cumplimiento de obligacionesmateriales 14iscalizacin y )ontrol !tensi"o2,debe informarse al contribuyente, responsable y

    declarante el alcance de la actuacin a desarrollar.

    n programas de control de cumplimiento dedeberes formales o de sancin en caso deincumplimiento 1)ontrol !tensi"o2, se debeinformar una "ez constatados los $ec$os a

    "erificar. j: 4acturacin

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    M$r% Gener$( "e ($! $%tu$%ine! "e ($A"mini!tr$%i&n.C$r2$ "e ($ Prue'$. ,Art. 3/ RGGRF0

    'ncumbe a la A.T. respecto de los $ec$osconstituti"os de obligacin tributariamaterial.

    'ncumbe al contribu"ente, responsableo declaranterespecto de los $ec$osimpediti"os, modificati"os o e!tinti"os dela obligacin tributaria.

    8arantiza el debido proceso.

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    M$r% Gener$( "e ($! $%tu$%ine! "e ($A"mini!tr$%i&nC$r2$ "e ($ Prue'$. ,Art. -4 5 -3 RGGFR0.

    &os contribuyentes pueden in"ocar comoprueba los documentos e!pedidos por laAA//, indicando la oficina donde seencuentren o presentando certificacin#ue compruebe su e!istencia.

    &a contabilidad del contribuyente podr0ser prueba a su fa"or, siempre #ue se

    lle"e de conformidad, con las normas yprincipios de contabilidad generalmenteaceptados.