Texto: La esclavitud

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Texto: La esclavitud En primer lugar, de todos es sabido que un gran número de cautivos de guerra serían masacrados cruelmente si no existiese la salida de venderlos a los europeos. (…) En segundo lugar, cuando son llevados a su destino, generalmente hablándolo, llevan allí una vida mejor más cómoda que la que tenían en su propio país. La razón es clara. Como los propietarios pagan por ellos precios muy caros, es de su interés darles el mejor trato posible. En tercer lugar, el trabajo de estos esclavos ha hecho tanto bien a las colonias inglesas (…), sobre todo en aquellas islas con plantaciones de azúcar. Como estas islas tienen un clima casi tan caliente como el de la costa de Guinea, los negros tienen más aptitudes para trabajar la tierra que los blancos (…) En una palabra, puedo asegurar que el bien que procura este comercio es mucho mayor que todos los inconvenientes que se le atribuyen.(…) Guillaume Snelgrave: Nueva relación de algunos lugares de Guinea y del comercio de esclavos que allí tiene lugar , 1735

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Texto: La esclavitud

En primer lugar, de todos es sabido que un gran número de cautivos de guerra serían masacrados cruelmente si no existiese la salida de venderlos a los europeos. (…)

En segundo lugar, cuando son llevados a su destino, generalmente hablándolo, llevan allí una vida mejor más cómoda que la que tenían en su propio país. La razón es clara. Como los propietarios pagan por ellos precios muy caros, es de su interés darles el mejor trato posible.

En tercer lugar, el trabajo de estos esclavos ha hecho tanto bien a las colonias inglesas (…), sobre todo en aquellas islas con plantaciones de azúcar. Como estas islas tienen un clima casi tan caliente como el de la costa de Guinea, los negros tienen más aptitudes para trabajar la tierra que los blancos (…)

En una palabra, puedo asegurar que el bien que procura este comercio es mucho mayor que todos los inconvenientes que se le atribuyen.(…)

Guillaume Snelgrave: Nueva relación de algunos lugares de Guinea y del comercio de esclavos que allí tiene lugar, 1735

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I) El Antiguo Régimen. 2) Régimen Demográfico Antiguo.

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TEXTO. Las desigualdades sociales en el Antiguo Régimen.

"Todo sistema que, bajo una apariencia de humanidad o de beneficiencia, llevase a una monarquía bien ordenada a establecer entre los hombres una igualdad de deberes y a destruir las distinciones necesarias, conduciría pronto al desorden, consecuencia inevitable de la igualdad absoluta y produciría la subversión de la sociedad. El noble consagra su dignidad a la defensa del Estado y asiste con sus consejos al soberano. La última clase de la nación que no puede otorgar al Estado servicios tan distinguidos, los suple con los tributos, la industria y los trabajos corporales.”

Amonestaciones del Parlamento de París. 4 de marzo de 1776.

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Texto. Jacques Bossuet justifica la monarquía absoluta.

"Dios estableció a los reyes como sus ministros y reina a través de ellos sobre los pueblos (...) Los príncipes actúan como los ministros de Dios y sus lugartenientes en la tierra. Por medio de ellos Dios ejercita su imperio. Por ello el trono real no es el trono de un hombre sino el de Dios mismo. Se desprende de todo ello que la persona del rey es sagrada y que atentar contra ella es un sacrilegio."

Bossuet. La política según las Sagradas Escrituras. 1709.

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Para saber más …

Desde la Edad Media existían en los reinos europeos asambleas que representaban a los súbditos, llamadas de distinta forma según los países: Parlamento en Inglaterra, Estados Generales en Francia, Cortes en Castilla y Aragón, Dieta en el imperio alemán, etc.

Estas asambleas habían sido en el pasado un freno al poder absoluto de los monarcas, ya que tradicionalmente tenían que reunirlas y oír sus propuestas para tomar algunas decisiones importantes, sobre todo para poner nuevos impuestos. Lo novedoso de la monarquía absoluta es que los reyes empezaron a gobernar sin reunir estas asambleas, y por lo tanto sin consultar a los representantes de los súbditos.

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Texto: Declaración de Derechos (1689)

(…) Los Lores (alta nobleza) (…) y los Comunes (baja nobleza y burguesía) (…), reunidos en Westminster (acordaron):

• Que el pretendido poder de suspender las leyes y la aplicación de las mismas, en virtud de la autoridad real y sin el consentimiento del Parlamento, es ilegal (…).

• Que las elecciones de los miembros del Parlamento deben ser libres.

• Que las libertades de expresión, discusión y actuación en el Parlamento no pueden ser juzgadas ni investigadas por otro Tribunal que el Parlamento (…).

• Y que (…) para remediar todas estas quejas, y para conseguir la modificación, aprobación y mantenimiento de las leyes, el Parlamento debe reunirse con frecuencia.

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Texto. VOLTAIRE: Cándido (1759).

Tras el temblor de tierra que había destruido las tres cuartas partes de Lisboa, los sabios del país no encontraron un medio más eficaz para impedir la ruina total que dar al pueblo un magnífico auto de fe: decidió la Universidad de Coimbra que el espectáculo de algunas personas quemadas a fuego lento con grandes ceremonias era un secreto infalible para impedir que la tierra temblase.

En consecuencia, (…) Cándido fue azotado al compás mientras cantaban; el vizcaíno y (otros) dos hombres (…) fueron quemados y Pangloss fue ahorcado, aunque no era ésta la costumbre. El mismo día, la tierra volvió a temblar con un estruendo espantoso.

Voltaire: Cándido (1759)

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Texto. La soberanía nacional

Sólo la voluntad general puede dirigir las fuerzas del Estado (…), el pueblo sometido a la ley debe ser el protagonista. El poder legislativo pertenece al pueblo y tan solo de él puede emerger. (…) Toda ley que no haya sido ratificada por el pueblo es nula. (…) Para asegurar las leyes, es necesario un gobierno, pero el gobierno es tan solo el representante del pueblo soberano. (…).

Jean-Jacques ROUSSEAU:

El contrato social, 1762.

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ACTIVIDAD: Lee los siguientes textos y relaciónalos

con cada una de las teorías económicas estudiadas. 1.- "...Nunca dejen de tener presente, ni el soberano ni la nación, que la tierra es la única

fuente de riquezas, y que la agricultura es la que las multiplica. Pues el aumento de la riqueza afianza el de la población; los hombres y las riquezas hacen prosperar la agricultura, amplían el comercio, vivifican la industria, aumentan y perpetúan las riquezas. De esta fuente copiosa depende el buen éxito de todas las partes de la administración del reino..."

2.-"...Segundo medio: descargar al reino de todas las especies que produce y fabrica con superabundancia...

Cuarto medio: No recibir las mercancías extranjeras sino al más bajo precio posible y a cambio de estos sobrantes.

Quinto medio: Impedir la mala costumbre de la extracción de las especies de oro y plata fuera del Reino"...

3.-"...Cada individuo en particular pone todo su cuidado en buscar el medio más oportuno de emplear con mayor ventaja el capital de que puede disponer. Lo que desde luego se propone es su propio interés, no el de la sociedad en común; pero esos mismos esfuerzos hacia su propia ventaja le inclinan a preferir, sin premeditación suya, el empleo más útil a la sociedad como tal. (...)"

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Texto: La educación pública.

(…). Obsérvese que la utilidad de la instrucción, considerada políticamente, no proviene de la suma de conocimientos que un pueblo posee, ni tampoco de la calidad de estos conocimientos, cuanto de su buena distribución. Puede una nación tener algunos, o muchos y muy eminente sabios, mientras que la gran masa de su pueblo yace en la más eminente ignorancia, ya se ve que en tal estado, la instrucción será de poca utilidad, porque siendo ella hasta cierto punto necesaria a todas las clases, los individuos de las que son productivas y más útiles serán ineptos para sus respectivas profesiones, mientras sus sabios compatriotas se levantan a las especulaciones más sublimes. Y así vendrá a suceder que, en medio de una esfera de luz y sabiduría, la agricultura, la industria y la navegación, fuentes de prosperidad pública, yacerán en las tinieblas de la ignorancia.

(…) ¿A qué podrá aspirar un pueblo sin educación, sino a la servil y precaria condición de jornalero? (…).

JOVELLANOS, G.M.: Memoria sobre la educación pública. 1811

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TEXTO. Tratado de Utrecht

“Artículo 1: Habrá una paz cristiana y universal y una perpetua y verdadera amistad entre el Serenísimo y muy Poderoso Príncipe Felipe V, rey Católico de las Españas, y la Serenísima y Muy Poderosa Princesa Ana, Reina de la Gran Bretaña, entre sus herederos y sucesores (...) Artículo 8: Será libre el uso de la navegación y del comercio entre los súbditos de ambos reinos (...) y para que la navegación y comercio a las Indias occidentales queden más firmemente y ampliamente asegurados, se ha convenido y ajustado también por el presente que ni el Rey Católico ni alguno de sus herederos y sucesores puedan vender, ceder (....) a los franceses ni a ninguna otra nación tierras, dominios y territorios algunos de la América española. Artículo 10: El rey católico, por sí y por sus herederos, y sucesores, cede por este tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar (...) Artículo 11: El Rey católico (...), cede también a la corona británica toda la isla de Menorca, traspasándola para siempre todo el derecho y pleno dominio sobre dicha isla (...)

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TEXTO. Tratado de Utrecht

Artículo 12: El rey Católico da y concede a su Majestad británica y a la compañía de vasallos suyos formada para este fin la facultad para introducir negros en diversas partes de los dominios de su Majestad Católica en América(...) Quiso, demás de esto, el Rey Católico conceder a la dicha Compañía otras grandes ventajas, las cuales la más plena y extensamente se explican en el tratado de marzo de este año presente de 1713; el cual asiento de negros, todas sus cláusulas, condiciones, inmunidades y privilegios en él contenidos.

Artículo 13: (...)El Rey católico, por su atención a Su majestad Británica, concede y confirma por el presente a cualesquiera habitadores de Cataluña, no sólo la amnistía deseada, juntamente con la plena posesión de todos sus bienes y honras, sino que les da y concede también todos aquellos privilegios que poseen y gozan los habitadores de las dos Castillas, que, de todos los pueblos de España, son los más amados del Rey católico(...).

Tratado de paz entre la Corona de España y la Gran Bretaña. Firmado en Utrecht el 13 de julio de 1713.

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Pérdidas españolas en Utrecht

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TEXTO. Decreto de Nueva Planta

He juzgado conveniente (…) abolir y derogar (…) los referidos fueros, privilegios, práctica y costumbre hasta aquí observados en los referidos reinos de Aragón y Valencia, siendo mi voluntad que aquellos se reduzcan a las leyes de Castilla y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y se ha tenido en ella y en sus tribunales, sin diferencia alguna en nada; pudiendo obtener por esta razón mis fidelísimos vasallos, los castellanos, oficios y empleos en Aragón y Valencia, de la misma manera que los aragoneses y valencianos han de poder en adelante gozarlos en Castilla sin ninguna distinción.

Real Decreto de Felipe V,

29 de julio de 1707

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Rococó. Interior del Palacio Real

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Rococó. BOUCHARDON, E.: Fauno durmiendo

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SALZILLO, F.: La oración en el huerto

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Diana tras la cacería, por Boucher